clasificados JUdicialEs 35 - El Nuevo Siglo · 2020. 11. 7. · JOHAN ESTIBEN CULMA REYES LA ......

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CLASIFICADOS JUDICIALES 35 DOMINGO 8 DE NOVIEMBRE DE 2020 EL NUEVO SIGLO Dando cumplimiento al paragrafo 2 o artículo 108 del código general del proceso, los emplazamientos se mantendran publicados en la web: www.elnuevosiglo.com.co durante el termino del emplazamiento, el cual se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación” Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C. Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 108 C.G.P. Nombre de la Cédula y/o Nit Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación persona citada del citado expediente HENRRY RAMIREZ PEREZ EJECUTIVO CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE SUCRE HENRRY NICOLAS RAMIREZ PEREZ MANDAMIENTO DE PAGO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS 700014189001- COMFASUCRE MAYO 17 DE 2019 MULTIPLES DE SINCELEJO (SUCRE) 2019-00331-00 *S2-2-08 HEREDEROS DETERMINADO E INDETERMINADOS DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNION DANNA SAFARY GARCIA CORDOBA HEREDERO DETERMINADO MENOR DE EDAD AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA 17 ORALIDAD DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 2019-1118 DEL CAUSANTE MARITAL DE HECHOS Y LA EXISTENCIA DE SAMUEL ESTEBAN CULMA GARCIA 21 DE ENERO DE 2020 JOHAN ESTIBEN CULMA REYES LA SOCIEDAD PATRIMONIAL ENTRE COMPAÑEROS Y HEREDEROS INDETERMINADOS DEL CAUSANTE PERMANENTES JOHAN ESTIBEN CULMA REYES *B2-1-08 LUIS EDUARDO DANIELS SANCHEZ PERTENENCIA POR PRESCRIPCION MARÍA TRINIDAD SALCEDO C.C. No. 23.560.570 LUIS EDUARDO DANIELS SANCHEZ AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA VEINTIDÓS (22) CIVIL MUNICIPAL DE Bogotá 110014003022- Y PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO Y GUILLERMO RICO C.C. No. 4.112.844 Y PERSONAS INDETERMINADAS 12 DE FEBRERO DE 2020 Carrera 10 No. 14-33 Edificio Hernando Morales 20200002100. a intervenir en el proceso de pertenencia por prescripcion Piso 8 extraordinaria adquisitiva de dominio sobre el bien inmueble identificado con Matrícula Inmobiliaria No. 50 S-847809, ubicado en el lote 5 manzana 15 de la urbanización la Fiscala, localidad de Usme en la ciudad de bogotá, con dirección catastral KR 2 este 62-47 Sur *E2-1-08 ERNESTO VEGA BERNAL PERTENENCIA POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANA LUCIA AVILA GONZALEZ, ERNESTO VEGA BERNAL AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA DIECISÉIS (16) DE PEQUEÑAS CAUSAS Y 2020-00076 Y TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS Y LAS QUE EXTRAORDINARIA DE DOMINIO NELLY CONSTANZA MORALES AVILA, Y PERSONAS INDETERMINADAS 05 DE FEBRERO DE 2020 COMPETENCIA MULTIPLE DE BOGOTA D.C. SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL BIEN INMUEBLE MARTHA LUCIA MORALES AVILA Y 11 DE MARZO DE 2020 Y ROSA LILIANA MORALES AVILA *D4-2-08 SE EMPLAZA A LOS HEREDEROS DETERMINADOS E VERBAL- MAYOR CUANTIA VICTOR MANUEL PEREZ AVENDAÑO ANA DOLORES PEREZ AVENDAÑO, AUTO ADMISORIO 25 CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. 11001-31-03-025- INDETERMINADOS DE: Y ELVIRA PEREZ DE CALDERON MAGNOLIA ELVIRA PEREZ AVENDAÑO 10-07-2018 / 02-07-2019 2018-00302-00 MARIA EMMA AVENDAÑO DE PEREZ GLORIA STELLA PEREZ AVENDAÑO FECHA QUE ORDENA EMPLAZAR en condición de personas naturales independientes y 02-07-2019. tambien en condición de HEREDEROS DETERMINADOS de la causante; MARIA EMMA AVENDAÑO DE PEREZ así como tambien a; ELKIN HUMBERTO DEL RIO PEREZ, ANDRES MAURICIO DEL RIO PEREZ, MARCO AURELIO CHAVEZ PEREZ, GLORIA ZULMA YADIRA NIETO PEREZ, EDUIN LEONARDO DEL RIO PEREZ, y en contra de los HEREDEROS INDETERMINADOS de la causante; MARIA EMMA AVENDAÑO DE PEREZ *U1-1-08R EMPLÁCESE A LAS PERSONAS INDETERMINADAS, QUE REIVINDICATORIO ROSA CAMPOS GARZON ALFREDO FANDIÑO AUTO QUE ORDENA PROMISCUO MUNICIPAL CAPARRAPI 2020-00087 SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR EN EL PRESENTE PERSONAS INDETERMINADAS 23 DE OCTUBRE DE 2020 CUNDINAMARCA PROCESO, EN LA FORMA Y TERMINOS ESTABLECIDOS POR EL ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. *U1-2-08 SE EMPLAZA A LOS HEREDEROS SUCESION INTESTADA CAUSANTE: MARIA FERNANDA BERNAL ALVAREZ, AUTO ADMISRIO 55 CIVIL MUNICIPAL DE 110014003055. INDETERMINADOS Y A TODAS MANUEL AUGUSTO BERN BERNAL MARIA DEL PILAR FERNANDA ALVAREZ 27 DE ENERO 2020 ORALIDAD DE BOGOTA 2020002700. LAS PERSONAS QUE SE CREAN Y ANA CECILIA ALVAREZ MENDEZ AUTO ORDENA EMPLAZAR: CON DERECHO A INTERVENIR 27 DE ENERO 2020 DENTRO DE LA PRESENTE MORTUORIA ARTÍCULO 108 DE C.G.P *S1-1-08 SE EMPLAZA A LAS DEMAS DECLARATIVA DE PERTENENCIA LUCY STELLA MORENO CENDALES SMITH FERNANDO MORENO CENDALES AUTO ADMISORIO VEINTITRES (23) CIVIL DEL 110013103023. PERSONAS INDETERMINADAS POR PRESCIPCION EXTRAORDINARIA y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS 28 DE FEBRERO DE 2020 CIRCUITO DE BOGOTA D.C. 20200058 00. QUE SE CREAN TENER DERECHO ADQUISITIVA DE DOMINIO AUTO ORDENA EMPLAZAR: SOBRE EL BIEN OBJETO DE 28 DE FEBRERO DE 2020 USUCAPION. INMUBELE IDENTIFICADO CON MATRICULA INMOBILIARIA No 50 C-514577, UBICADO EN LA CALLE 44 C BIS NO 50 - 83 DE BOGOTA D.C. ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. *Y1-1-08 En la forma y para los términos VERBAL SUMARIO DECLARACION ALFREDO IZQUEIRDO LIZBETH SOCORRO NORIEGA LEAL SETENTA Y NUEVE CIVIL 110014003079. previstos en los numerales 6 y 7 DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCION MUNICIPAL (TRANSFORMADO 20200001300. del artículo 375 del CGP ORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO . TRANSITORIAMENTE EN EL Se ordena emplazar a todas las EMPLAZAMIENTO DE TODAS JUZGADO SESENTA Y UNO DE personas que se crean con derechos LAS PERSONAS INDETERMINADAS Y PEQUEÑAS CAUSAS Y sobre el vehículo objeto de la usucapión LOS QUE SE CREAN CON DERECHO COMPETENCIAS MULTIPLES) de placas MEK 184 para que comparezcan SOBRE EL INMUEBLE VEHICULO A a hacer valer sus derechos USUCAPIR DE LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CLASE: CAMPERO MARCA FORD PLACA MEK 184 LINEA: BRONCO XLT CARROCERIA: COLOR GRIS PIEDRA CABINADO MODELO 1994 CHASIS: AJU1RP15891 *M2-3-08 A todas las personas indeterminadas DECLARATIVA DE PERTENENCIA MARIA DE JESUS SALAMNCA MORENO CORPORACION PROVIVIENDA FECHA DEL AUTO ADMISORIO: QUINCE (15) CIVIL DEL 2019-0631. que se crean con algún derecho sobre EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE EL MINUTO DE DIOS 8 DE JULIO DE 2020 CIRCUITO DE BOGOTA D.C. el inmueble materia de usucapión DOMINIO DE MAYOR CUANTÍA ARTÍCULO 108 DEL C.G.P C2-1-08 CESAR OCTAVIO MORENO RODRÍGUEZ 94.387.909. DIVORCIO DE TIPO VERBAL MARÍA EUCARIS GARCÍA ALZATE CESAR OCTAVIO MORENO RODRÍGUEZ FECHA DE AUTO DÉCIMO DE BOGOTÁ 110013110-010- ARTÍCULO 108 C.G.P. C.C. 52.416.737 C.C. 94.387.909 JULIO 8 DE 2020 2019-00597-00. *V1-21-08 INDETERMINADAS VERBAL LIBARDO ROMERO TORRES LUIS FELIPE CASTILLO Y FECHA DE AUTO ADMISORIO: CUARENTA Y SEIS 46 CIVIL 110013103045- ARTÍCULO 108 C.G.P. PERSONAS INDETERMINADAS 29 DE OCTUBRE DE 2020 DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ 2018-0001-00. *R1-3-08 EMPLAZA A TODAS AQUELLAS DECLARATIVO DE PERTENENCIA POR MARIA STELLA CRUZ DE GOMEZ, PERSONAS INDETERMINADAS Y DEMAS FECHA DE AUTO ADMISORIO: SEGUNDO CIVIL DE ORALIDAD 2019-00668. PERSONAS QUE SE CREAN CON PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA MARIA MAGDALENA CRUZ CRUZ PERSONAS QUE SE CREAN CON 5 DE DICIEMBRE-2019 DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. DERECHOS SOBRE EL INMUEBLE ADQUISITIVA DEL DOMINIO DERECHOS SOBRE EL BIEN INMUEBLE A USUCAPIR Y PERSONAS OBJETO DE USUCAPION INDETERMINADAS. ARTICULO 375 Y 108 C.G.P. *R1-5-08 FERNEY ALEJANDRO VARGAS ANGARITA 1.031.128.719. DIVORCIO DIANA RAQUEL HURTADO CUELLAR FERNEY ALEJANDRO VARGAS ANGARITA AUTO ADMISORIO: 14 DE FAMILIA DE BOGOTA 2020-0262. ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. DE BOGOTA C.C. 1.033.705.462 DE BOGOTA C.C. 1.031.128.719 DE BOGOTA 28 DE JULIO DE 2020 AUTO ORDENA EMPLAZAMIENTO: 28 DE JULIO DE 2020 *R1-9-08 LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DEL UNIÓN MARITAL DE HECHO LUZ YOLANDA ROJAS ALMONACID SANDRA MILENA LOPEZ ROJAS, AUTO ADMISORIO: OCTAVO (8°) DE FAMILIA DE 2020-00358. CAUSANTE LUIS CARLOS LOPEZ ORTIZ LINA ANDREA LOPEZ ROJAS, 8 DE OCTUBRE DE 2020 BOGOTA D.C. ARTICULO 108 DEL C.G.P LUIS CARLOS LOPEZ ROJAS Y AUTO ORDENA EMPLAZAMIENTO: HEREDEROS INDETERMINADOS 8 DE OCTUBRE DE 2020 *R1-12-08

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clasificados JUdicialEs 35DOMINGO 8 De NOvIeMbre De 2020 EL NUEVO SIGLO

Dando cumplimiento al paragrafo 2o artículo 108 del código general del proceso, los emplazamientos se mantendran publicados en la web: www.elnuevosiglo.com.co durante el termino del emplazamiento, el cual se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la Cédula y/o Nit Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicaciónpersona citada del citado expediente

HENRRY RAMIREZ PEREZ EJECUTIVO CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE SUCRE HENRRY NICOLAS RAMIREZ PEREZ MANDAMIENTO DE PAGO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS 700014189001-

COMFASUCRE MAYO 17 DE 2019 MULTIPLES DE SINCELEJO (SUCRE) 2019-00331-00*S2-2-08

HEREDEROS DETERMINADO E INDETERMINADOS DECLARACION DE EXISTENCIA DE UNION DANNA SAFARY GARCIA CORDOBA HEREDERO DETERMINADO MENOR DE EDAD AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA 17 ORALIDAD DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 2019-1118

DEL CAUSANTE MARITAL DE HECHOS Y LA EXISTENCIA DE SAMUEL ESTEBAN CULMA GARCIA 21 DE ENERO DE 2020

JOHAN ESTIBEN CULMA REYES LA SOCIEDAD PATRIMONIAL ENTRE COMPAÑEROS

Y HEREDEROS INDETERMINADOS DEL CAUSANTE

PERMANENTES JOHAN ESTIBEN CULMA REYES*B2-1-08

LUIS EDUARDO DANIELS SANCHEZ PERTENENCIA POR PRESCRIPCION MARÍA TRINIDAD SALCEDO C.C. No. 23.560.570 LUIS EDUARDO DANIELS SANCHEZ AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA VEINTIDÓS (22) CIVIL MUNICIPAL DE Bogotá 110014003022-

Y PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho

EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO Y GUILLERMO RICO C.C. No. 4.112.844 Y PERSONAS INDETERMINADAS 12 DE FEBRERO DE 2020 Carrera 10 No. 14-33 Edificio Hernando Morales 20200002100.

a intervenir en el proceso de pertenencia por prescripcion Piso 8

extraordinaria adquisitiva de dominio sobre el bien

inmueble identificado con Matrícula InmobiliariaNo. 50 S-847809, ubicado en el lote 5

manzana 15de la urbanización la Fiscala, localidad de

Usme en laciudad de bogotá, con dirección catastral KR 2

este 62-47 Sur*E2-1-08

ERNESTO VEGA BERNAL PERTENENCIA POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANA LUCIA AVILA GONZALEZ, ERNESTO VEGA BERNAL AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA DIECISÉIS (16) DE PEQUEÑAS CAUSAS Y 2020-00076

Y TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS Y LAS QUE EXTRAORDINARIA DE DOMINIO NELLY CONSTANZA MORALES AVILA, Y PERSONAS INDETERMINADAS 05 DE FEBRERO DE 2020 COMPETENCIA MULTIPLE DE BOGOTA D.C.

SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL BIEN INMUEBLE MARTHA LUCIA MORALES AVILA Y 11 DE MARZO DE 2020

Y ROSA LILIANA MORALES AVILA*D4-2-08

SE EMPLAZA A LOS HEREDEROS DETERMINADOS E VERBAL- MAYOR CUANTIA VICTOR MANUEL PEREZ AVENDAÑO ANA DOLORES PEREZ AVENDAÑO, AUTO ADMISORIO 25 CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. 11001-31-03-025-

INDETERMINADOS DE: Y ELVIRA PEREZ DE CALDERON MAGNOLIA ELVIRA PEREZ AVENDAÑO 10-07-2018 / 02-07-2019 2018-00302-00MARIA EMMA AVENDAÑO DE PEREZ GLORIA STELLA PEREZ AVENDAÑO FECHA QUE ORDENA EMPLAZAR

en condición de personas naturales independientes y 02-07-2019.

tambien en condición de HEREDEROS DETERMINADOS de la

causante;MARIA EMMA AVENDAÑO DE PEREZ

así como tambien a;ELKIN HUMBERTO DEL RIO PEREZ,

ANDRES MAURICIO DEL RIO PEREZ,MARCO AURELIO CHAVEZ PEREZ,

GLORIA ZULMA YADIRA NIETO PEREZ,EDUIN LEONARDO DEL RIO PEREZ,

y en contra de los HEREDEROS INDETERMINADOS de la

causante;MARIA EMMA AVENDAÑO DE PEREZ

*U1-1-08REMPLÁCESE A LAS PERSONAS

INDETERMINADAS, QUE REIVINDICATORIO ROSA CAMPOS GARZON ALFREDO FANDIÑO AUTO QUE ORDENA PROMISCUO MUNICIPAL CAPARRAPI 2020-00087

SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR EN EL PRESENTE PERSONAS INDETERMINADAS 23 DE OCTUBRE DE 2020 CUNDINAMARCA

PROCESO, EN LA FORMA Y TERMINOS ESTABLECIDOS

POR EL ARTÍCULO 108 DEL C.G.P.*U1-2-08

SE EMPLAZA A LOS HEREDEROS SUCESION INTESTADA CAUSANTE: MARIA FERNANDA BERNAL ALVAREZ, AUTO ADMISRIO 55 CIVIL MUNICIPAL DE 110014003055.INDETERMINADOS Y A TODAS MANUEL AUGUSTO BERN BERNAL MARIA DEL PILAR FERNANDA ALVAREZ 27 DE ENERO 2020 ORALIDAD DE BOGOTA 2020002700.

LAS PERSONAS QUE SE CREAN Y ANA CECILIA ALVAREZ MENDEZ AUTO ORDENA EMPLAZAR:CON DERECHO A INTERVENIR 27 DE ENERO 2020

DENTRO DE LA PRESENTEMORTUORIA

ARTÍCULO 108 DE C.G.P *S1-1-08

SE EMPLAZA A LAS DEMAS DECLARATIVA DE PERTENENCIA LUCY STELLA MORENO CENDALES SMITH FERNANDO MORENO CENDALES AUTO ADMISORIO VEINTITRES (23) CIVIL DEL 110013103023.PERSONAS INDETERMINADAS POR PRESCIPCION EXTRAORDINARIA y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS 28 DE FEBRERO DE 2020 CIRCUITO DE BOGOTA D.C. 20200058 00.

QUE SE CREAN TENER DERECHO ADQUISITIVA DE DOMINIO AUTO ORDENA EMPLAZAR:SOBRE EL BIEN OBJETO DE 28 DE FEBRERO DE 2020

USUCAPION. INMUBELE IDENTIFICADOCON MATRICULA INMOBILIARIANo 50 C-514577, UBICADO EN LA

CALLE 44 C BIS NO 50 - 83 DEBOGOTA D.C.

ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. *Y1-1-08

En la forma y para los términos VERBAL SUMARIO DECLARACION ALFREDO IZQUEIRDO LIZBETH SOCORRO NORIEGA LEAL SETENTA Y NUEVE CIVIL 110014003079.previstos en los numerales 6 y 7 DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCION MUNICIPAL (TRANSFORMADO 20200001300.

del artículo 375 del CGP ORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO . TRANSITORIAMENTE EN ELSe ordena emplazar a todas las EMPLAZAMIENTO DE TODAS JUZGADO SESENTA Y UNO DE

personas que se crean con derechos LAS PERSONAS INDETERMINADAS Y PEQUEÑAS CAUSAS Ysobre el vehículo objeto de la usucapión LOS QUE SE CREAN CON DERECHO COMPETENCIAS MULTIPLES)

de placas MEK 184 para que comparezcan SOBRE EL INMUEBLE VEHICULO Aa hacer valer sus derechos USUCAPIR DE LAS SIGUIENTES

CARACTERISTICAS:CLASE: CAMPERO MARCA FORD

PLACA MEK 184 LINEA: BRONCO XLTCARROCERIA: COLOR GRIS PIEDRA

CABINADO MODELO 1994CHASIS: AJU1RP15891

*M2-3-08A todas las personas indeterminadas DECLARATIVA DE PERTENENCIA MARIA DE JESUS SALAMNCA MORENO CORPORACION PROVIVIENDA FECHA DEL AUTO ADMISORIO: QUINCE (15) CIVIL DEL 2019-0631.que se crean con algún derecho sobre EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE EL MINUTO DE DIOS 8 DE JULIO DE 2020 CIRCUITO DE BOGOTA D.C.

el inmueble materia de usucapión DOMINIO DE MAYOR CUANTÍAARTÍCULO 108 DEL C.G.P

C2-1-08CESAR OCTAVIO MORENO RODRÍGUEZ 94.387.909. DIVORCIO DE TIPO VERBAL MARÍA EUCARIS GARCÍA ALZATE CESAR OCTAVIO MORENO RODRÍGUEZ FECHA DE AUTO DÉCIMO DE BOGOTÁ 110013110-010-

ARTÍCULO 108 C.G.P. C.C. 52.416.737 C.C. 94.387.909 JULIO 8 DE 2020 2019-00597-00. *V1-21-08

INDETERMINADAS VERBAL LIBARDO ROMERO TORRES LUIS FELIPE CASTILLO Y FECHA DE AUTO ADMISORIO: CUARENTA Y SEIS 46 CIVIL 110013103045-ARTÍCULO 108 C.G.P. PERSONAS INDETERMINADAS 29 DE OCTUBRE DE 2020 DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ 2018-0001-00.

*R1-3-08EMPLAZA A TODAS AQUELLAS DECLARATIVO DE PERTENENCIA POR MARIA STELLA CRUZ DE GOMEZ, PERSONAS INDETERMINADAS Y DEMAS FECHA DE AUTO ADMISORIO: SEGUNDO CIVIL DE ORALIDAD 2019-00668. PERSONAS QUE SE CREAN CON PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA MARIA MAGDALENA CRUZ CRUZ PERSONAS QUE SE CREAN CON 5 DE DICIEMBRE-2019 DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. DERECHOS SOBRE EL INMUEBLE ADQUISITIVA DEL DOMINIO DERECHOS SOBRE EL BIEN INMUEBLE

A USUCAPIR Y PERSONAS OBJETO DE USUCAPION INDETERMINADAS.

ARTICULO 375 Y 108 C.G.P. *R1-5-08

FERNEY ALEJANDRO VARGAS ANGARITA 1.031.128.719. DIVORCIO DIANA RAQUEL HURTADO CUELLAR FERNEY ALEJANDRO VARGAS ANGARITA AUTO ADMISORIO: 14 DE FAMILIA DE BOGOTA 2020-0262. ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. DE BOGOTA C.C. 1.033.705.462 DE BOGOTA C.C. 1.031.128.719 DE BOGOTA 28 DE JULIO DE 2020

AUTO ORDENA EMPLAZAMIENTO:28 DE JULIO DE 2020

*R1-9-08LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DEL UNIÓN MARITAL DE HECHO LUZ YOLANDA ROJAS ALMONACID SANDRA MILENA LOPEZ ROJAS, AUTO ADMISORIO: OCTAVO (8°) DE FAMILIA DE 2020-00358. CAUSANTE LUIS CARLOS LOPEZ ORTIZ LINA ANDREA LOPEZ ROJAS, 8 DE OCTUBRE DE 2020 BOGOTA D.C.

ARTICULO 108 DEL C.G.P LUIS CARLOS LOPEZ ROJAS Y AUTO ORDENA EMPLAZAMIENTO:HEREDEROS INDETERMINADOS 8 DE OCTUBRE DE 2020

*R1-12-08

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clasificados JUdicialEs36 DOMINGO 8 De NOvIeMbre De 2020 EL NUEVO SIGLO

LISTADO REMATES ARTICULO 450 CODIGO GENERAL DEL PROCESO

PARTE DEMANDADA PARTE DEMANDANTE CLASE DE PROCESO Fecha y hora / Apertura Licitacion

Bienes Materia de Remate Valor avalúo /Avalúo Base de Licitación

No. Radicacion Expediente JUZGADO

Nombre, Direccion, Teléfono Secuestre

Porcentaje para hacer Postura %

KAREN LORENA CASTRO HOLGUÍN BANCO DAVIVIENDA S.A. EJECUTIVO PARA LA 25/11/2020. BIENES MATERIA DEL REMATE: VALOR AVALUO 2575440030012018-00296-00. YULIET YEDSABEL HERNÁNDEZ 40%.

Y YEISON HAIR ESCAMILLA BARREÑO EFECTIVIDAD DE LA 2:00 P.M. 051-131585 (ANTES 50S-40592142) $ 33.018.000 I CIVIL MUNICIPAL DE SOACHA MARTÍNEZ C.C. 1.024.520.770

GARANTÍA REAL DE CARRERA 2 No 15-85 SUR VALOR BASE DE LICITACIÓN: REPRESENTANTE LEGAL DE

MENOR CUANTÍA APARTAMENTO 604 DE LA 70% ADMINISTRACIÓN LEGALES SAS.

TORRE 31 AGRUPACIÓN DE CARRERA 8 No 12-39 DE SOACHA

VIVIENDA AMBALEMA TELÉFONO: 7227731

CIUDADELA COLSUBSIDIO

MAIPORE

*V1-16-08

consulte en: www.elnuevosiglo.com.co

EMPLAZATORIOSJUZGADO TRECE (13) DE FAMILIA DE ORALIDAD - BOGOTA Bogotá, D.C. 10 AGO 2018 REF: 2018-0578 Teniendo en cuenta que la presente demanda reúne los requisitos formales, acorde con lo previsto en los artículos 82 y 90 del C. G.P., se DISPONE: RESUELVE: 1. ADMITIR la presente demanda de PRIVACIÓN DE LA PA-TRIA POTESTAD instaurada, a través de apoderada judicial por la señora MELANY DAIAN GONZALEZ OMEARA, en representación de la menor ISABELLA GARZON GONZALEZ, contra el señor LUIS ERNESTO GARZON FORERO en calidad de padre de la menor. 2. A la presente acción imprímasele el trámite establecido en el artículo 368 y ss., del C.G.P. 3. De ella córrase traslado al demandado por el término de veinte (20) días, notificándolos en la forma establecida en los artículos 291 y 292 del C. G. del P. 4. Previo a ordenar el emplazamiento del demandado, se deberá oficiar a FAMISANAR EPS a fin de que indiquen a este Despacho, que dirección de notificaciones registra en la base de datos el señor LUIS ERNESTO GARZON FORERO, toda vez que consultada la base de datos del RUAF, aparecía como cotizante principal hasta el mes de Junio del presente año. 5. Citese Mediante Edicto a todos los parientes que se crean con derecho a intervenir en el ejercicio de la guarda de la menor ISABELLA GARZON GONZALEZ, de conformidad con lo establecido en el inciso 2o del artículo, 395 del C.G. del. P.; la publicación de este Edicto podrá hacerse en cualquiera de los diarios La República, El Nuevo Siglo o El Espectador, y a los citados en la demanda, envieseles telegrama. 6. Notifiquese al Ministerio Público y a la Defensora de Familia para lo de su cargo. NOTIFIQUESE LA JUEZ, ALICIA DEL ROSARIO CADAVID DE SUÁREZ NOTIFICACIÓN POR ESTADO HOY: 13 AGO 2018 LORENA MARIA RUSSI GÓMEZ Secretaria

*P1-1-08

PUBLICACION DOMINGO EMPLAZAMIENTO DE QUIEN DEBE SER NOTIFICADO PERSONALMENTE ARTICULO 108 DEL C.G.P. NOMBRE DE LA PERSONA CITADA: Se emplaza al Desaparecido: OLEGARIO CANDÍA RABA, Se previene a quienes tengan noticias de el para que comuniquen al Juzgado, - EXTRACTO DE DEMANDA - TERCER AVISO - → El señor OLEGARIO CANDIA RABA nació el 24 de abril de 1913 según consta en el Libro 15, folio 93, número 211 del Libro de bautismo de la Parroquia San Pedro de Usme. » Los Señores OLEGARIO CANDIA Y UVALDINA ROMERO, va fallecidos fueron cónyuges entre sí, según nupcias contraídas el 18 de mayo de 1935, según consta en el libro I, folio 143, número 103 del libro de matrimonio de la Parroquia San José de Cabrera. > El señor OLEGARIO CANDIA RABA, tuvo su domicilio permanente y asiento principal de sus negocios en la ciudad de Bogotá D.C. El 23 de septiembre de 1953, el señor OLEGARIO CANDIA RABA se encontraba en la Finca el Porvenir de la vereda Santa Rita, municipio de Pandi, Cundinamarca, aserrando madera en compañía de su hijo GUILLERMO CANDIA ROMERO cuando recibieron la visita de un desconocido quien manifiesto a OLEGARIO CANDIA RABA que estaban esperándolo para que cumpliera una cita. El señor OLEGARIO CANDIA RABA se desplazó, pese a los ruegos de su hijo GUILLERMO CANDIA ROMERO, inmediatamente al lugar de la cita, ingresando a una zona boscosa sin nunca mas volver a aparecer. NATURALEZA DEL PROCESO: MUERTE PRESUNTA PARTE DEMANDANTE: Accionante: GUILLERMO CANDIA ROMERO PARTE DEMANDADA: DESAPARECIDO: OLEGARIO CANDIA RABA JUZGADO 25 DE FAMILIA DE BOGOTÁ D.C. CALLE 12 C No. 7 - 36 EDIFICIO NEMQUETEBA DE BOGOTÁ D.C. NUMERO DEL PROCESO: 2019-00678 AUTO ADMISORIO DE LA DEMADA: 26 DE SEPTIEMBRE DE 2019, Carrera 10 No. 14 - 20 Ofc. 201 Teléfono: 334 6852 Telefax: 342 5937

*H1-2-08

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS DE FAMILIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ D.C. CALLE 11 NO. 9.28/30 PISO 4 EDIFICIO VIRREY SOLIS - TO-RRI SUR (JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE DJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ) LA SUSCRITA PROFESIONAL UNIVERSITARIA AVISA Que dentro del proceso de privación de la patria potestad (J. 16) No. 2019 - 670 adelantado por MERCEDES RAMI-REZ GODOY, mediante sentencia proferida por el Juzgado Dieciséis de Familia de Bogotá el 22 de enero de 2020 y auto del 13 de abril de 2020 proferido por el Juez Tercero de Familia de Ejecución de Sentencia de Bogotá, se declaró

la privación de la patria potestad que ostenta el señor SANDRO DAZA OSPINA identificado(a) con cédula de ciu-dadanía No 79.741.424 respecto de su hijo menor JOHAN NICOLAS DAZA CARDENAS. En consecuencia, se designó como Curadora del Menor a su abuela materna la señora MERCEDES RAMIREZ GODOY identificada con cédula de ciudadanía No 26.436.136 de Acevedo-Huila quien tendrá a su cargo el cuidado del Menor y la administración de los bienes que tenga o llegare a tener. Para los fines previstos en el numeral 7° del artículo 586 del C.G.P., se pública el presente AVISO en un diario de amplia circulación nacional, hoy 106 NOV 2020 JENNIFER ANDREA CARDONA TELLES Profesional Universitaria

*D4-7-08

JUZGADO: CUARENTA Y SEIS CIVIL DE CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C. Dirección: CRA 9 #11-45 PISO 2 Correo: [email protected] EDICTO EMPLA-ZATORIO EL SECRETARIO DEL JUZGADO CUARENTA Y SEIS CIVIL DE CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA A LAS PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derecho sobre el bien inmueble, identificado con matrícula inmobiliaria número 50S-356467, ubicado en la Diagonal 49 Sur # 60 - 15 de la ciudad de Bogotá D.C., urbanización rincón de Venecia, determinado por los siguientes linde-ros: ORIENTE, En once metros con sesenta centímetros (11.60mts) con los lotes número seis (6), y siete (7) de la manzana R, hoy setenta y cuatro (74); OCCIDENTE, en once metros con sesenta centímetros (11.60mts) con el lote número nueve (9), de la misma manzana; NORTE, en cinco metros con ochenta centímetros (5.80mts) con la zona verde de la urbanización sobre la diagonal cuarenta y nueve (49) sur-por el Sur, en cinco metros con ochenta centímetros (5.80mts) con el lote número cinco (5), de la misma manzana, pretendido dentro del proceso VERBAL DE DECLARACION DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN ORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, seguido por LIBAR-DO ROMERO TORRES, a través de apoderado judicial, DR. ELJAYEK PEÑA BUITRAGO, contra: LUIS FELIPE CASTILLO Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS, RADICACION 2018-00001. Para los fines de los artículos 108 y 375, del código General del Proceso, a que hace referencia el numeral 7 del Código General del Proceso.

*R1-2-08

REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL JUZGADO SEPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA CITA Y EM-PLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el Proceso Verbal de PERTENENCIA (Art.375-6 C.G.P.). PROCESO No 2020-00018 CITADOS: A LOS DEMANDADOS: Herederos indeterminados de: JORGE ENRIQUE PINZON GALVIS, de JULIETA ARANA DE PINZON, de JOSE LUIS PINZON ARANA y de ALEJANDRO ENRIQUE PINZON ARANA; y los herederos determinados como tal y en nombre propio como titulares del derecho de dominio CESAR AUGUSTO PINZON ARANA, MARTHA ELI-ZABETH PINZON ARANA, AURA CECILIA PINZON ARANA, ESPERANZA PINZON ARANA Y MARIA VICTORIA PINZON ARANA y como titular del derecho de dominio JOSE KAOR DOKU OSPINO y demás personas Indeterminadas que se crean con derechos sobre el inmueble a usucapir. CITANTE: DEMANDANTE: CARLOS MANUEL PINZON ARANA. Fecha auto admisorio: 26 de Febrero de 2.020. El emplazamiento se entenderá surtido en los términos de los Art. 375 numeral 6° del Código General de Proceso. Si los emplazados no comparecen, se les designará curador ad litem, con quien se surtirá la notificación.

*R1-7-08

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO EDICTO EMPLA-ZATORIO PROCESO EJECUTIVO SINGULAR DE MENOR CUANTÍA No. 11001400302320190029200 (Art. 108 C. G. P. y Art 14 de la Ley 1561 de 2012) DEMANDATE: GYJ FERRETERIAS SA. DEMANDADOS: MARTHA SOFIA ORTIZ APOLINAR EL JUZGADO VEINTITRES (23) CIVIL MUNICIPAL DE ORA-LIDAD DE BOGOTÁ Ubicado en la Carrera 10 No. 14 - 33 Piso 8 en la ciudad de Bogotá EMPLAZA: A la demandada, la señora MARTHA SOFIA ORTIZ APOLI-NAR, persona mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Yopal e identificada con CC. No. 39731205, para que se notifique e intervenga en el proceso EJECUTIVO SINGULAR DE MENOR CUANTÍA, promovido por la sociedad GYJ FERRETERIAS SA, identificada con Nit. 800.130.426-3, y en contra de la señora MARTHA SOFIA ORTIZ APOLINAR, bajo el número de radicado 2019-292, el cual cursa en este despacho judicial, como quiera que mediante providencia (auto) calendada el día veintiuno (21) de marzo de dos mil diecinueve (2019) admitió demanda y libro mandamiento ejecutivo de pago.

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El Juzgado Noveno (9) de Familia del Circuito de Bogotá D.C. ubicado en la Carrera. 7 No. 14 -23. Piso 4. Edificio Nemqueteba de Bogotá. EMPLAZAMIENTO. Art. 108 C.G.P. DEMANDADO(S): 1. ALFREDO ANTONIO ESCOBEDO : mayor de edad, iden-tificado con Pasaporte No. 446210622, de nacionalidad Mexicano, de quien se desconoce su lugar de Domicilio, Residencia y lugar de Trabajo donde pueda ser Notificado. DEMANDANTE (S): -ELIZABETH GASCA ARBOLEDA, mujer, mayor de edad, identificada con la cedula de ciudadanía No. 52.223.714 Expedida en Bogotá, quien hoy se encuentra domiciliada en la Avenida Al bedat No. 72. Piso 3 puerta 9 D, de la ciudad de Torrente España, teléfono de ubicación celular No. 3112127093, de nacionalidad colombiana.

-CLASE DE PROCESO: DECLARATIVO VERBAL DIVORCIO -- ABONO LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL. –-RADICACION: 11001311000920180051900 -AUTO QUE ORDENA EL EMPLAZAMIENTO:. El (los) emplazado(s) deben concurrir a este despacho judicial a recibir notificación personal del auto de fecha: 15 DE ENERO DE 2020. (Procede Liquidatario, ordena Notificar Emplazar y Abonar). El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días hábiles después de la publicación del presente. Se le(s) advierte al(os) EMPLAZADO(S) que vencido este término y no comparece(n), se le(s) designa(ra) Curador Ad-Litem, para seguir con el trámite pertinente (Art. 108 y 293 del CGP. <FIN> *R1-13-08RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO SETEN-TA (70) CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ D.C. Convertido Transitoriamente en JUZGADO CINCUENTA Y DOS (52) DE PEQUENAS CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE DE BOGOTA D.C. (Acuerdo PCSJA18-11127 de 2018) PRO-CESO: Declarativo No. 11001-4003-070-2020-00232-00 Veintiséis (26) de octubre de dos mil veinte (2020)Por cumplir con todos los requisitos legales la subsanación presentada, se ADMITE la demanda de CANCELACIÓN DE HIPOTECA POR PAGO DE LA OBLIGACIÓN CONTENIDA EN EL INSTRUMENTO, instaurada por la señora MAURA LUCIA ACHURY RAMIREZ, C.C. No. 39.781.158, contra JAYET PETINOT LUIS ELIE la que se tramitará conforme las reglas del proceso Verbal sumario previstas en los artículos 390 y siguientes del Código General del Proceso, y demás preceptos compatibles con dicho procedimientoDe la demanda y sus anexos, córrasele traslado a la parte demandada por el término legal de diez (10) días.Se ORDENA Emplazar a JAYET PETINOT LUIS ELIE, en los términos del artículo 293 del Código General del Proceso, en concordancia con el artículo 108 Ibidem.Por secretaria, en atención a lo dispuesto en el artículo 10° del Decreto 806 de 2020, inscríbase en el Registro Nacional de Personas Emplazadas, incluyendo el nombre del sujeto emplazado, su número de identificación, las partes del proceso, su naturaleza y el juzgado que lo requiere, de conformidad con el inciso 5º del artículo 108 del Código General del Proceso.Una vez vencido el término de quince (15) días contados a partir de la fecha de publicación de la información en dicho registro, ingrésese al Despacho para continuar con el trámite correspondiente.Reconocer a la abogada ELIANETH AGUILAR CORRADINE, como apoderada judicial de la parte actora, en los términos y para los efectos legales del poder conferido por obrante a folios 1 y 2. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE:FIDEL SEGUNDO MENCO MORALES JUEZ <FIN> *P5-3-08EDICTO N° 010 DE 2020 EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE ARAUCAEn uso de las atribuciones del artículo 209 de la Constitu-ción Política Nacional y legales el artículo 123 de la Ley 388 de 1997 en concordancia con la Ley 9ª de 1989 artículo 277 de la Ley 1955 de 2019 y artículo 2.1.2.2.2.7 del Decreto Nacional 149 de 2020 y Acuerdo Municipal 200.02.001 de 2020 HACE SABER: Que la señor LUIS FERNEY PARRA BLANDON Identificado con la cédula de ciudadanía No. 71’363.250 expedida en Medellin, ha solicitado por interme-dio de esta alcaldía la correspondiente escritura pública de un lote de terreno ubicado en la carrera calle 12 B #75 B-64 barrio Santa Teresita, con una extensión de DOSCIENTOS VEINTISEIS METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTI-METROS (226 20 M2), alinderado de la siguiente manera NORTE Con URBANIZACION LAS CAYENAS, en extensión de DOCE METROS (12.00.00m). SUR: Con CALLE 12 B en extensión de DOCE METROS (12.00m). ORIENTE: Con EDINSON RODRIGUEZ en extensión de DIECISIETE METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (17.50m)OCCIDENTE: Con EFRAIN ALEXANDER MEDINA, en extensión de VEINTE METROS CON VEINTE CENTIMETROS (20 20m.) y encierra.Para dar cumplimiento a la ordenado por el artículo 209 de la Constitución Politica de Colombia y artículo 2.1.2.2.2.7 del Decreto Nacional 149 de 2020 se fija el presente edicto en lugar púbico y visible de la Alcaldia de Arauca por el término de cinco (05) días hábiles y copia del mismo se le entregará al interesado para su publicación en un periódico de amplia circulación y por una emisora local en horario de cinco (5.00) a.m. y la diez (10.00) p.m en cualquier caso, por un término no inferior a cinco (5) días hábiles. Se fija el presente edicto hoy 29 OCT. 2020 siendo las 8.00 de la mañana EDGAR FERNANDO TOVAR PEDRA Alcalde del Municipio de Arauca<FIN> *C4-2-08EDICTO N° 013 DE 2020 EL ALCALDE DEL MUINICIPIO DE ARAUCA En uso de las atribuciones del artículo 209 de la Constitución Politica Nacional y legales el artículo 123 de la Ley 388 de 1997 en concordancia con la Ley 9ª de 1989, artículo 277 de la Ley 1955 de 2019 y artículo 2.1.2.2 2.7 del Decreto Nacional 149 de 2020 y Acuerdo Municipal 200.02 001 de 2020. HACE SABER:Que el señor ANDRES AUGUSTO CAPACHO Identificado con la cédula de ciudadania No. 88’032.365 expedida en Pamplona ha solicitado por intermedio de esta alcaldia, la correspondiente escritura pública de un lote de terreno ubi-cado en la carrera 24 #16-31 Int., barrio Santa Teresita, con una extensión de VEINTITRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES CENTIMETRO (23.43 M2), alinderado de la siguiente maneraNORTE Con SAMUEL SANCHEZ en extensión de TRES METROS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS (3.55.00m) SUR: Con ROSA ANGEL en extensión de TRES METROS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS (3.55m). ORIENTE: Con ANDRES AUGUSTO CAPACHO en extensión de SEIS METROS CON SESENTA CENTIMETROS., (6.60m) OCCIDENTE. Con YANITH GALVAN, en extensión de SEIS METROS CON SESENTA CENTIMETROS (6.60m) y encierra. Para dar cumplimiento a lo ordenado por el

artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y artículo 2.1.2.2.2.7 del Decreto Nacional 149 de 2020, se fija el presente edicto en lugar público y visible de la Alcaldia de Arauca por el termino de cinco (05) días hábiles y copia del mismo se le entregará al interesado para su publicación en un periódico da amplia circulación y por una emisora local en horario de cinco (5:00) am y la diez (10:00) p.m., en cualquier caso, por un término no inferior a cinco (5) días hábiles. Se fija el presente edicto hoy 30 OCT 2020 siendo las 8.00 de la mañana. EDGAR FERNANDO TOVAR PEDRAZAAlcalde del Municipio de Arauca

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EDICTO N° 008 DE 2020 EL ALCALDE DEL MUINICIPIO DE ARAUCA En uno de las atribuciones del articulo 209 de la Constitución Politica Nacional y legales el articulo 123 de la Ley 388 de 1997 en concordancia con la Ley 9ª de 1989 articulo 277 de la Ley 1955 de 2019 y articulo 1.2.2.2. 7 del Decreto Nacional 149 do 2020 y Acuerdo Municipal 200.02.001 de 2020, HACE SABER:Que el señor BELQUIS SULEMA SANTANA SILVA Identifi-cado con la cédula de ciudadanía No 68’291.766 expedida en Arauca, ha solicitado por intermedio de esta alcaldía, a correspondiente escritura pública de un lote de terreno ubicado en la carrera calle 22#10-10 barrio Unión con una extension de CIENTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS (125.44 M2), alinderado de la siguiente maneraNORTE Con ALIRIO GARFIDO, en extensión de ONCE ME-TROS CON VEINTE CENTIMETROS (11.20.00m).SUR: CON CALLE 22 en extensión de ONCE METROS CON VEINTE CENTIMETROS (11.20m). ORIENTE: Con CARRERA 10 en extensión de ONCE ME-TROS CON VEINTE CENTIMETROS (11.20m.) OCCIDENTE: Con MANUEL GARRIDO, en extensión de ONCE METROS CON VEINTE CENTIMETROS (11.20m) Para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y artículo 2.1.2.2.2.7 del Decreto Nacional 149 de 2020, se fija el presente edicto en lugar público y visible de la Alcaldia de Arauca por el termino de cinco (05) días hábiles y copia del mismo se le entregará al interesado para su publicación en un periódico da amplia circulación y por una emisora local en horario de cinco (5:00) am y la diez (10:00) p.m., en cualquier caso, por un término no inferior a cinco (5) días hábiles. Se fija el presente edicto hoy 30 OCT 2020 siendo las 8.00 de la mañana. EDGAR FERNANDO TOVAR PEDRAZA Alcalde del Municipio de Arauca

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NOTARIASLa Notaria Única del Círculo de Villapinzón encargada, por el presente edicto CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite de liquidación de sucesión intestada de la causante LIBORIA SEGURA VIUDA DE TORRES, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 21.100.026, fallecida el día 09 de abril de 2020 en la ciudad de Chia, quien tuvo como lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios el Municipio de Villapinzón. Aceptado el trámite en esta Notaria mediante acta número 018 de fecha cuatro (04) de Noviembre del año dos mil veinte (2020) y reconociendo a los señores BLANCA MARINA TORRES SEGURA, identificada con la cédula de ciudadanía número 21.102.959 expedida en Villapinzón, CARLOS TORRES SEGURA, identificado con la cédula de ciudadanía número 3.241.276 expedida en Villapinzón, LUIS HERNANDO TORRES SEGURA, identificado con la cédula de ciudadanía número 3.002.253 expedida en Chocontá, en calidad de herederos se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora de cobertura en el municipio de Villapinzón Cundinamarca y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo por el término de diez (10) días. - Hoy cinco (05) de Noviembre del año dos mil veinte (2020) siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). La Notaria, FADY AZUCENA CORZO LAGUADONotaria Única del Círculo de Villapinzón-Encargada (Resolución administrativa número 315 de fecha Noviembre 3 de 2020)

HAY UN SELLO *P1-2-08

NOTARIA 01 EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DE YOPAL (E) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a inter-venir y oponerse a la constitución del patrimonio de familia, que pretende constituir el señor GENARO DAVILA AGUILAR, mayor de edad, identificado con la C.C. No. 4.295.363 de Aguazul, a favor suyo, y de su nieta menor de edad, SARA ALEJANDRA GUITIERREZ DAVILA identificada con la Tarjeta de Identificada No. 1.029.642.077 de Yopal, con Registro Civil de Nacimiento con Indicativo Serial 37850133 y NUIP 1.029.642.077 de la Registraduría Especial del Estado Civil de Yopal, sobre el inmueble: Ubicado en la Carrera 11 C No. 30 - 48 Manzana | Lote 6 del perímetro urbano del munici-pio de Yopal, Departamento de Casanare, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 470 - 65157 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Yopal y cédula catastral No. 010112270006000. Las personas que así lo deseen, podrán oponerse a la constitución del patrimonio de familia, dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente edicto, por ser lesivo a sus derechos como acreedores de los constituyentes.

Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación en el lugar, en cumplimiento del artículo 5o del decreto 2817 de 2006. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría hoy Cinco (05) de Noviembre del año Dos Mil Veinte (2.020) por el termino de quince (15) días hábiles, siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). GIOVANNI BARRERA BOHORQUEZ Notario Primero del Círculo de Yopal (E) Resolución No. 08978 de fecha 27/10/2020 SNR

HAY UN SELLO *P1-3-08

EDICTO EL NOTARIO SEGUNDO (2o) DEL CIRCULO DE BOGOTA, D. C. HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada del causante CARLOS JULIO CAMACHO MARTINEZ, quien en vida se identifico con la cédula de Ciudadanía No. 2.857.040, falleció en Bogotá D.C., el día tres (3) de Junio de dos mil siete (2007) siendo la ciudad de Bogotá, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Fue Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría me-diante Acta número 109 de fecha 3 de Noviembre de 2020. Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (30) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy 3 de Noviembre de dos mil veinte (2020) a las ocho y treinta de la mañana (8:30 A.M.). YERSON ENRIQUE ARAMENDIZ VILLA NOTARIO SEGUNDO (2o) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ, D.C. ENCARGADO

HAY UN SELLO *D4-1-08

EDICTO EL NOTARIO SEGUNDO (2o) DEL CIRCULO DE BOGOTA, D. C. HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la causante HELENA MORALES DEL CORRAL, quien en vida se identifico con la cédula de Ciudadanía No. 35.457.370, falleció en Bogotá D.C., el día primero (1) de Agosto de dos mil veinte (2020) siendo la ciudad de Bogotá, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Fue Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría me-diante Acta número 111 de fecha 5 de Noviembre de 2020. Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy 5 de Noviembre de dos mil veinte (2020) a las ocho y treinta de la mañana (8:30 A.M.). DANIEL JOSE MARTINEZ MARIÑO NOTARIO SEGUNDO (2a) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ, D.C. ENCARGADO

HAY UN SELLO *D4-3-08

EDICIO EL NOTARIO SEGUNDO (2o) DEL CIRCULO DE BOGOTA, D. C. HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada del causante CARLOS JULIO NIÑO BARLCARCEL, quien en vida se identifico con la cédula de Ciudadanía No. 19.285.925, falleció en Bogotá D.C., el día quince (15) de Julio de dos mil veinte (2020) siendo la ciudad de Bogotá, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Fue Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría me-diante Acta número 111 de fecha 5 de Noviembre de 2020. Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o) del decreto novecientos dos (902.) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy 5 de Noviembre de dos mil veinte (2020.) a las ocho y treinta de la mañana (8:30 A.M.). DANIEL JOSE MARTINEZ MARIÑO NOTARIO SEGUNDO (2a) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ, D.C. ENCARGADO

HAY UN SELLO *D4-4-08

EDICIO EL NOTARIO SEGUNDO (2o) DEL CIRCULO DE BOGOTA, D. C. HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de los causantes DANIEL HIDALGO BUCHELI, quien en vida se identifico con la cédula de Ciudadanía No. 1.795.666, falleció en Bogotá D.C., el día veintisiete (27) de enero de dos mil dieciocho (2018) y CECILIA ACOSTA DE HIDALGO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 27.057.200, falleció en Bogotá D.C., el día veintiseis (26) de Julio de dos mil

dieciocho (2018), siendo la ciudad de Bogotá, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Fue Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría me-diante Acta número 087 de fecha 15 de Octubre de 2020. Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o) del decreto novecientos dos (902.) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria, por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy 15 de Octubre de dos mil veinte (2020.) a las ocho y treinta de la mañana (8:30 A.M.). DANIEL JOSE MARTINEZ MARIÑO NOTARIO SEGUNDO (2a) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ, D.C. ENCARGADO

HAY UN SELLO *D4-5-08

EDICIO EL NOTARIO SEGUNDO (2o) DEL CIRCULO DE BOGOTA, D. C. HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a inter-venir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada del causante LUIS GUILLERMO RIOS ECHEVERRY, quien en vida se identifico con la cédula de Ciudadanía No. 17.142.484, falleció en Bogotá D.C., el día veinticinco (25) de Junio de dos mil diecisiete (2017) siendo la ciudad de Bogotá, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Fue Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría me-diante Acta número 108 de fecha 31 de Octubre de 2020. Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o) del decreto novecientos dos (902.) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy 31 de Octubre de dos mil veinte (2020.) a las ocho y treinta de la mañana (8:30 A.M.). YERSON ENRIQUE ARAMENDIZ VILLA NOTARIO SEGUNDO (2a) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ, D.C. ENCARGADO

HAY UN SELLO *D4-6-08

NOTARIA 45 DEL CIRCULO DE BOGOTÁCARLA PATRICIA OSPINA RAMIREZ EDICTO LA NOTARIA CUARENTA Y CINCO (45) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro del trámite notarial de liquidación de la sucesión intestada de los causantes MARIA DEL TRANSITO ROMERO MOLANO, quien se identificada con la cedula de ciudadanía número 20.044.732, quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C., el día SIETE (07) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS (2002) y INOCENCIO BELTRÁN TRIVIÑO quien se identificada con la cedula de ciudadanía número 88.236, quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C., el dia DIECIOCHO (18) DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO (1.991), siendo el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número 059 de fecha TRES (03) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE (2.020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico y en una emisora, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. Del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy a los TRES (03) días del mes de NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE (2.020) a las 3:00 P.M. NOTARIA, CARLA PATRICIA OSPINA RAMIREZ NOTARIA CUARENTA Y CINCO (45) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.

HAY UN SELLO *U1-3-08

NOTARIA 45 DEL CIRCULO DE BOGOTÁCARLA PATRICIA OSPINA RAMIREZ EDICTO LA NOTARIA CUARENTA Y CINCO (45) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro del trámite notarial de liquidación de la sucesión intestada del causante CESAR MONTALVO NARVAEZ, quien se identificada con la cedula de ciudadanía número 17.059.805, quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C., el dia VEINTIUNO (21) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE (2015), siendo el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número 060 de fecha TRES (03) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE (2.020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico y en una emisora, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. Del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy a los TRES (03) días del mes de NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE (2.020) a las 3:30 P.M. CARLA PATRICIA OSPINA RAMIREZ NOTARIA CUARENTA Y CINCO (45) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.

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Page 3: clasificados JUdicialEs 35 - El Nuevo Siglo · 2020. 11. 7. · JOHAN ESTIBEN CULMA REYES LA ... MARÍA TRINIDAD SALCEDO C.C ... RICO C.C. No. 4.112.844 Y PERSONAS INDETERMINADAS

clasificados JUdicialEs 37DOMINGO 8 De NOvIeMbre De 2020 EL NUEVO SIGLOclasificados JUdicialEs

NOTARÍA CUARTA (4a) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CARRERA 8 N° 17-30 TELÉFONOS: 7519617 -7519602 EDICTO EMPLAZA: Por el Término de Diez (10) Días a Todas las personas que se consideren con Derecho a Intervenir en el Trámite de la LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y HERENCIA de la señora LUZ MARINA MONTAÑO TORRES quien se identificaba con Cédula de Ciudadanía Número 41.777.787. Quien Falleció en BOGOTÁ D.C.,- COLOMBIA el Día veinti-siete (27) de Junio del año Dos Mil diez (2010) y siendo la Ciudad de Bogotá D.C. el lugar de su último Domicilio y Asiento Principal de sus Negocios. Igualmente se informa que fue Aceptado el Trámite Res-pectivo de la LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y HERENCIA en esta Notaría Mediante Acta Mediante Acta Número ciento Ochenta y seis (186) del Dia cinco (05) del Mes de Noviembre del Año Dos Mil Veinte (2020). Se Ordena la Publicación del Presente EDICTO en un Perió-dico de Amplia Circulación Nacional y en una Radiodifusora de Audición Local. En cumplimiento de lo Previsto en el Artículo Tercero (3o) del Decreto Ley 902 de 1988. Ordénese Además su Fijación en un lugar Visible de la Notarla por el Término de Diez (10) Días. El Presente EDICTO se fij→ Hoy cinco (05) del mes de Noviembre del Año Dos Mil Veinte (2020). EDUARDO MONGUI ORTIZ NOTARIO CUARTO ERCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. Quien firma designado por Resolución N°9282 del 04 de Noviembre del año 2020 de la Superintendencia de Notariado y Registro.

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REPUBLICA DE COLOMBIA NOTARIA CINCUENTA Y TRES (53) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. JUAN FERNANDO TOLOSA SUAREZ Notario EDICIO N° 075 LA SUSCRITA NOTARIA CINCUENTA Y TRES (53) ENCAR-GADA DEL CÍRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de la liquidación de herencia de REYES JIMENEZ JIMENEZ, quien se identificó con la cedula de ciudadanía número 66.391, fallecido en Bogotá, D.C, el once (11) de julio de dos mil uno (2001), y ANA ELISA RODRIGUEZ DE JIMENEZ, quien se identificó con la cedula de ciudadanía número 20.079.591, fallecida en Bogotá, D.C, el once (11) de Marzo de dos mil dieciocho (2018), siendo sus últimos domicilios y el asientos principa-les de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C. El trámite respectivo fue aceptado por esta Notaría mediante Acta No. 075 de fecha treinta (30) de Octubre del año dos mil veinte (2.020), en la cual se autorizó la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y en una emisora de reconocida sintonía de Bogotá, D:C., en cumpli-miento a lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1.988; ordenándose además, su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. is Si después de publicado este Edicto no se hubiere formulado oposición por algún interesado, se continuará el trámite y el notario procederá a extender la escritura pública correspondiente, En cumplimiento de lo anterior se fija el presente EDICTO en lugar público de la Notaría, hoy treinta (30) de Octubre de dos mil veinte (2020), siendo las 8:00 a.m. CAROLINA PINILLA SOLER Notaria Cincuenta y Tres (53) del Círculo Encargada de Bogotá D.C. Resolución 08834 del 22 de Octubre del 2020 <FIN>HAY UN SELLO *H1-1-08REPUBLICA DE COLOMBIA NOTARIA CINCUENTA Y TRES (53) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. JUAN FERNANDO TOLOSA SUAREZ Notario EDICTO. No 066 EL SUSCRITO NOTARIO CINCUENTA Y TRES DEL CÍRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de la sucesión de JOSE JOAQUIN ARIAS NIÑO, quien se identificó con la cedula de ciudadanía número 19.155.197 expedida en Bogotá D.C., fallecido en Bogotá D.C., Cundinamarca., el Veintisiete (27) de Marzo del año dos mil dieciséis (2016), siendo su ultimo domicilio y el asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C. El trámite respectivo fue aceptado por esta Notaría mediante Acta No. 066 De fecha siete (07) de Octubre del año dos mil veinte (2.020), en la cual se autorizó la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y en una emisora de reconocida sintonía de Bogotá, D.C., en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1.988; ordenándose además, su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. Si después de publicado este Edicto-ro se hubiere formulado oposición por algún interesado, se continuará el trámite y el notario procederá a extender la escritura pública correspondiente. En cumplimiento de lo anterior se fija el presente EDICTO en lugar público de la Notaría hoy siete (07) de Octubre de dos mil veinte (2020), siendo las 8:00 a.m. JUAN FERNANDO TOLOSA SUAREZ Notario cincuenta y tres del Círculo de Bogotá D.C.

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REPUBLICA DE COLOMBIA NOTARIA CINCUENTA Y TRES (53) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. JUAN FERNANDO TOLOSA SUAREZ Notario EDICTO. N° 070 EL SUSCRITO NOTARIO CINCUENTA Y TRES (53) EN PROPIEDAD DEL CÍRCULO DE BOGOTA · EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de la liquidación de herencia de MARIA BLANCA SANCHEZ DE REYES, quien se identificó con la cedula de ciudadanía número 28.502.396, fallecida en Bogotá, D.C, el veintiséis (26) de Mayo de dos mil diecinueve (2019), y JOSE SALVADOR REYES VALERO, quien se identificó con la cedula de ciudadanía número 246.540, fallecido en Bogotá, D.C, el siete (07) de Febrero de dos mil veinte (2020), siendo sus Últimos domicilios y el asientos principales de sus negocios la ciudad de Bogota DC. El trámite respectivo fue aceptado por esta Notaría mediante Acta No. 070 de fecha catorce (14) de Octubre del año dos mil veinte (2.020), en la cual se autorizó la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y en una emisora de reconocida sintonía de Bogotá, D.C., en cum-plimiento a lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1.988; ordenándose además, su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. Si después de publicado este Edicto no se hubiere formulado oposición

por algún interesado, se continuará el trámite y el notario procederá a extender la escritura pública correspondiente: En cumplimiento de lo anterior se fija el presente EDICTO en lugar público de la Notaría, hoy catorce (14) de Octubre de dos mil veinte (2020), siendo las 8:00a.m. JUAN FERNANDO TOLOSA SUAREZ Notario Cincuenta y Tres (53) del Círculo de Bogotá D.C.

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REPUBLICA DE COLOMBIA NOTARIA CINCUENTA Y TRES (53) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. JUAN FERNANDO TOLOSA SUAREZ Notario EDICIO. N° 073 EL SUSCRITO NOTARIO CINCUENTA Y TRES (53) EN PROPIEDAD DEL CÍRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de la liquidación de he-rencia de ALFONSO PACHON MERCHAN, quien se identificó con la cedula de ciudadanía número 17.194.637, fallecido en Bogotá, D.C, el nueve (09) de Agosto de dos mil veinte (2020), siendo su ultimo domicilio y el asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C: El trámite respectivo fue aceptado por esta Notaría mediante Acta No. 073 de fecha veinte (20) de Octubre del año dos mil veinte (2.020), en la cual se autorizó la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y en una emisora de reconocida sintonía de Bogotá, D.C., en cum-plimiento a lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1.988; ordenándose además, su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. Si después de publicado este Edicto no se hubiere formulado oposición por algún interesado, se continuará el-trámite y el notario procederá a extender la escritura pública correspondiente. En cumplimiento de lo anterior se fija el presente EDICTO en lugar público de la Notaría, hoy veinte (20) de Octubre de dos mil veinte (2020), siendo las 8:00a.m. JUAN FERNANDO TOLOSA SUAREZ Notario Cincuenta y Tres (53) del Círculo en propiedad de Bogotá D.C.

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REPUBLICA DE COLOMBIA NOTARIA SEGUNDA DE IBAGUE Calle 9 NO. 3-50 PBX 5153505 EL SUSCRITO.NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE IBAGUE EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la pu-blicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante MARCO ANTONIO DURAN, identificado en vida con cédula de ciudadanía 5.815.531 de Ibagué, quien falleció en Ibagué, el quince (15) de enero del año dos mil veinte (2020), siendo el último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Ibagué. Aceptado el trámite respectivo e iniciado mediante acta número 67 de fecha 05 de noviembre de 2.020, se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y una radio difusora local, en cumpli-miento a lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989 Artículo 3o, además de su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy seis (06) de noviembre de dos mil veinte (2.020) a las ocho de la mañana (08:00 a.m.) El Notario, GERMAN EUGENIO ALVARADO GAITAN Notario Segundo Encargado de Ibagué

HAY UN SELLO *I2-1-08

NOTARIA 1 NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBAGUE EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ DEPARTAMENTO DEL TOLIMA, REPUBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a inter-venir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico en el tramite notarial de liquidación de herencia simple e intestada de la causante MARIA AMPARO CASTAÑO MUÑOZ (Q.E.P.D), quien se identificaba en vida con la cedula de ciudadanía número 38.234.761 expedida en Ibagué y la cual falleció el 16 de marzo de 2020, en el Municipio de Rionegro (Antioquia), siendo la ciudad de Ibagué, su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo e iniciado mediante acta número 66 del 5 de noviembre de 2020, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3o. Del Decreto 902 de 1988, además de su fijación en el lugar visible en la Notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy SEIS (6) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE (2020) SIENDO LAS 8:00 A.M. ----- LA NOTARIA, DORIS MORA ORREGO NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ.

HAY UN SELLO *I2-2-08

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA SEXTA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIÓDICO, EN EL TRAMITE NOTARIAL DE LA SU-CESION INTESTADA DEL CAUSANTE: LUIS ALBERTO NINO MENDOZA (Q.E.P.D.). QUIEN EN VIDA SE IDENTIFICO CON LA CEDULA DE CIUDADANÍA NO. 14.205.922 DE IBAGUÉ Y FALLECIDO EN IBAGUÉ, EL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017, INICIADO EL TRAMITE EN ESTA NOTARÍA MEDIANTE ACTA NUMERO 91 DE FECHA CINCO (5) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE (2020), SE ORDENA LA publicación de este Edicto en un periódico de Circulación Nacional y en una Radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3o. del Decreto 902 de 1.988, además de su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy Cinco (5) de Noviembre del ANO DOS MIL VEINTE (2020), siendo las Ocho de la mañana (8:00 a.m.). LA NOTARIA MANUEL GUILLERMO ALDANA ORTIZNOTARIO SEXTO ENCARGADO DEL CIRCULO DE IBAGUE

HAY UN SELLO *I2-3-08

NOTARIA 1 NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBAGUE LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ DEPARTAMENTO DEL TOLIMA, REPUBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la

publicación del presente edicto en el periódico en el tramite notarial de liquidación de herencia simple e intestada de la causante ASTRID LOZADA MONTEALEGRE, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 28.683.410 de Chaparral y falleció el 12 de Febrero del año 2020 en la ciudad de Ibagué, siendo esta ciudad, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo e iniciado mediante acta número 65 del 05 de Noviembre del año 2020, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3o. Del Decreto 902 de 1988, además de su fijación en el lugar visible en la Notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy SEIS (06) DE NOVIEMBRE DOS MIL VEINTE (2020) SIENDO LAS 8:00 A.M. LA NOTARIA DORIS MORÁ ORREGO NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ

HAY UN SELLO *I2-4-08

REPUBLICA DE COLOMBIA NOTARIA SEGUNDA DE IBAGUE Calle 9 No. 3-50 PBX 5153505 EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE IBAGUE EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a inter-venir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante AURA ROSA FRANCO DE GALLEGO, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 28.804.507 expedida en Líbano, quien falleció en Ibagué, el veinte (20) de diciembre del año dos mil diecinueve (2019), siendo el último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Ibagué. Aceptado el trámite respectivo e iniciado mediante acta número 66 de fecha 03 de noviembre de 2.020, se ordena la publicación de este Edicto amplia circulación Nacional y una radio difusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989 Artículo 3o, además de su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy cuatro (04) de noviembre de dos mil veinte (2.020) a las ocho de la mañana (08:00 a.m.) CESAR AUGUSTO ALVARADO GAITAN Notario Segundo de Ibagué

HAY UN SELLO *I2-5-08

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEXTO DEL CIRCULO DE IBAGUE EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DIAS, SIGUIENTES A LA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIODICO, DENTRO DEL TRAMITE NOTARIAL DE LA LIQUIDACION DE LA SUCESIÓN INTESTADA DE LA CAUSANTE MARIA ADELA REYES DE MORALES (Q.E.P.D.) QUIEN SE IDENTIFICO CON LA CEDULA DE CIUDADANIA NUMERO 24.670.373 DE GENOVA (QUINDIO), FALLECIDA EN EL MUNICIPIO DE ROVIRA- TOLIMA, EL DÍA 02 DE ABRIL DE 2017, SIENDO LA CIUDAD DE IBAGUÉ, LUGAR - DE SU ÚLTIMO DOMICILIO Y ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS, Y QUIEN FALLECIÓ SIN OTORGAR TESTAMENTO ALGUNO, INICIADO MEDIANTE ACTA NUMERO 92 DE FECHA CINCO (05) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE (2020), SE ORDENA LA PUBLICACION DE ESTE EDICTO EN UN PERIODICO DE CIRCULACION NACIONAL Y EN UNA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 3o. DEL DECRETO 902 DE 1988, ADEMAS DE SU FIJACION EN LUGAR VISIBLE DE LA NOTARIA POR EL TERMINO DE DIEZ (10) DIAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY SEIS (06) DE NOVIEM-BRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE (2020), SIENDO LAS OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) MANUEL GUILLERMO ALDANA ORTIZ NOTARIO SEXTO DEL CIRCULO DE IBAGUE

HAY UN SELLO *I2-6-08

NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ LA NOTARIA TERCERA (E) DEL CIRCULO DE IBAGUE, EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, e liquidación sucesoral de LUIS ALBERTO ROBAYO ROMERO y/o LUIS ALBERTO ROBAYO (Q.E.P.D.), quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.885.013 Y NEPOMUCENA CA-NACUE DE ROBAYO y/o NEPOMUCENA CANACUE y/o ENEPOMUCENA CANACUE y/o NEPOMUCENA CANACUE GUTIERREZ (Q.E.P.D.), quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 26.445.830, cuyos últimos domicilios fue el municipio de Ibagué, quienes fallecieron en el Mu-nicipio de Aipe- Huila e Ibagué- Tolima, respectivamente, el día veintiuno (21) de Febrero de dos mil trece (2013) y once (11) de Febrero de dos mil once (2011); trámite que ha sido aceptado en esta Notaría mediante acta número 1843 del ocho (8) del mes de Septiembre del año dos mil veinte (2020). --- Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y Decretos 1729 de 1988 y 2651 de 1991, además de su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. --- El presente edicto se fija hoy nueve (09) del mes de Septiembre del año dos mil veinte (2020), a las 8.00 A.M. JANNETH RUBIO LOPEZ NOTARIA TERCERA ENCARGADA DEL CIRCULO DE IBAGUÉ

HAY UN SELLO *I2-7-08

REPÚBLICA DE COLOMBIA EDICTO El Notario Primero del Círculo de Tunja EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a concurrir a la liquidación de la sucesión intestada de los causantes ALBERTO AYALA GUTIERREZ (Q.E.P.D), quien se identificó en vida con Cedula de Ciudadanía número 995.181 y MARIA MARGARITA GONZALEZ DE AYALA (Q.E.P.D) quien se iden-tificó en vida con Cedula de Ciudadanía número 23.255.469. El suscrito Notario acepta la solicitud y documentación anexa para llevar a cabo el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta No. 058 del 05 de Noviembre de 2020, por medio de la cual se ordena, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988, lo siguiente: → La publicación de este, en un periódico de circulación nacional, → La difusión por una vez en una emisora local si la hubiere, y → La fijación en un lugar visible de esta Notaria, por el término de diez (10) días hábiles a partir de esta fecha. En la Cartelera principal de la Notaria Primera del Círculo de Tunja, se fija el presente Edicto hoy 6 NOV 2020 siendo las 08:00 a.m., por el término correspondiente. El Notario Primero, HERNÁN MONTANA RODRIGUEZ

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EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE. TUNJA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de he-rencia y de Sociedad Conyugal de EFRAIN LOPEZ QUEMBA, quien se identificaba en vida con Cédula de Ciudadanía No. 4.279.200 de Toca. Aceptado el tramite respectivo en esta Notaria mediante Acta No 066 de fecha 05 de noviembre de 2.020, se ordena la publicación en un periódico que tenga amplia circulación en la localidad (BOYACA 7 DIAS, EL TIEMPO, LA REPUBLICA, EL NUEVO SIGLO, ETC), y en una radiodifusora local (RCN, SUPER, CARACOL, ARMONIAS, ETC), en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el termino de Diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 06 de noviembre de 2.020, siendo las ocho (8.00) de la mañana. El Notario Segundo: CARLOS ELIAS ROJAS LOZANO Notario Segundo del Círculo de Tunja

HAY UN SELLO *S5-3-08

NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE TOCA BOYACÁ RICARDO ANTONIO PERALTA CASTELLANOS NOTARIO EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO DEL CÍRCULO DE TOCA BOYACA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a inter-venir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico de amplia circulación Nacional y en Emisora de la Radio Local, en el trámite de Sucesión Notarial intestada de los señores; GREGORIO VICTOR DE JESUS JIMENEZ ACUNA y ROSA RODRIGUEZ DE JIMENEZ, quienes en vida se identificaron con las cédulas de ciudadanía Nos. 1.174.459 y 24.173.961 de Toca, respectiva-mente, fallecidos en Tunja, el dia 04 de diciembre de 2016 y el 04 de agosto de 2017, respectivamente y cuyo domicilio y asiento principal de sus negocios fue el municipio de Toca (Boy). Para tal efecto presentó la solicitud el día cuatro (04) del mes de noviembre del año 2020. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria mediante ACTA número doce (12) de fecha seis (06) de noviembre de 2020. Se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y en Emisora Radial. En cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 3o del decreto 902 de 1.988. ordenándose además su fijación en lugar visible de este Despacho por el término de diez (10) días hábiles. Se fija el presente Edicto, a los seis (06) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2.020) a las 7:00 a.m. RICARDO ANTONIO PERALTA CASTELLANOS

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EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE TUNJA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) dias siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de herencia y de Sociedad Conyugal de MARIA ROSA ALCIRA BORDA DE GARCIA, quien se identificaba en vida con Cédula de Ciudadanía No. 23.276.293 de Cucaita, Aceptado el tramite respectivo en esta Notaria mediante Acta No 054 de fecha 06 de octubre de 2.020, se ordena la publicación en un periodico que tenga amplia circulación en la localidad (BOYACA 7 DIAS, EL TIEMPO, LA REPUBLICA, EL NUEVO SIGLO, ETC), y en una radiodifusora local (RCN, SUPER, CARACOL, ARMONIAS, ETC), en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 3o del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el termino de Diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 07 de octubre de 2.020, siendo las ocho (8.00) de la mañana, El Notario Segundo: CARLOS ELIAS ROJAS LOZANO Notario Segundo del Círculo de Tunja

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EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DEL CIRCULO DE TUNJA EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de herencia del causante JOSE ELADIO AREVALO BUITRAGO, identificado con la cédula de ciudadanía número 6.748.282 expedida en Tunja (Boyacá), fallecido en la ciudad de Tunja (Boyacá), el día diecisiete (17) de diciembre del año dos mil once (2011), cuyo último domicilio fue la ciudad de Tunja y el Municipio de Samacá (Boyacá) y la ciudad de Tunja, además fue el lugar de asiento principal de sus negocios, dentro de días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico. Trámite ACEPTADO en ésta Notaría mediante acta No. 081 de fecha 06 de noviembre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988 y demás normas concordantes, ordena lo siguiente: Publicar este edicto en un periódico de amplia circulación nacional, en una radiodifusora local y su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy 06 de noviembre de 2020 siendo las 8:00 am en la cartelera principal de esta Notaría. JULIO ALBERTO CORREDOR ESPITIA Notario Cuarto de Tunja

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EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO TERCERO DEL CIRCULO DE TUNJA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de la Herencia del causante DIDIMO ROJAS CORDERO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 2.678.438 expedida en Tulua (Valle), cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Tunja (Boyacá), habiendo ocurrido su fallecimiento en la ciudad de Bogotá D.C., el dia doce (12) de Abril del año dos mil diecinueve (2019); para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, se hagan presentes. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 017 de fecha cinco (05) de Noviembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplía circulación y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy, seis (06) días del mes de No-viembre del año dos mil veinte (2020), siendo las 8:00 a.m. El Notario Tercero: EDGAR GREGORIO VACA ULLOA

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NOTARIA UNICA DE GUARANDA EDICTO EMPLAZATORIO El suscrito Notario Unico del Circulo Notarial de Guaranda - Departamento de Sucre, cita y emplaza a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) dias siguientes a la publicación del presente EDICTO, que en la Notaria Unica del Circulo Notarial de Guaranda - Sucre, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante SAMUEL ANTONIO PALENCIA RODRIGUEZ (Q.E.P.D.), quien en vida se identifico con la CÉDULA DE CIUDADANÍA 928.152, cuyo último domicilio y/o asiento principal de sus negocios lo fue el municipio de Guaranda en el departamento de Sucre. Se informa que aceptado el trámite liquidatario en este despacho notarial mediante ACTA 006 DE 2.020, se dispuso la publicación en un periódico de amplia circulación nacional, como en una radiodifusora local y/o regional, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 3 del Decreto 902 de 1.988. ORDENESE además, la fijación en lugar público de la Notaria Única del Circulo Notarial de Guaranda - Departamento de Sucre, por el término único de DIEZ (10) dias NOTA DE FIJACIÓN. El presente EDICTO EMPLAZATORIO se fija en lugar público de la Notaria Unica del Circulo de Guaranda - Sucre, a los Siendo los ----siendo las 08:00 horas MARIA MERCEDES NUÑEZ BOHORQUEZ Notaria NOTA DE DESFIJACIÓN. El presente EDICTO EMPLAZA-TORIO se desfija hoy siendo las 06:00 horas

HAY UN SELLO *S2-2-08

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE NOTARIA SEGUNDA SINCELEJO EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO (29) DEL CÍRCULO DE SINCELEJO SUCRE CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se sientan con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en un Periódico amplia circulación, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral del causante señor ADOLFO ANDRÉS TAPIA MARTINEZ, poseedor de la cédula de ciudadanía Número 10.890.010, y, quien falleció en la ciudad de Sincelejo el 24 de junio de 1998.- Aceptando el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta número TREINTA Y DOS (32) de cuatro (04) del mes de noviembre de 2020, se ordena la Publicación de este EDICTO en un Periódico amplia circulación y una Radiodifusora Local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) dias. El presente se fija hoy 05 de noviembre de 2020, a las 7:30 A, M. EVER LUIS FERIA TOVAR Notarío Segundo

HAY UN SELLO *S2-4-08

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE NOTARIA SEGUNDA SINCELEJO EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO (2°) DEL CÍRCULO DE SINCELEJO SUCRE CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se sientan con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en un Periódico amplia circulación, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de la causante señora MARIA ALGEMIRA JIMÉNEZ SÁNCHEZ, poseedora de la cédula de ciudadanía Número 26.025.115, y, quien falleció en la ciudad de Sincelejo el 03 de febrero de 2013.- Aceptando el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta número TREINTA Y UNO (31) de cuatro (04) del mes de noviembre de 2020, se ordena la Publicación de este EDICTO en un Periódico amplia circulación y una Radiodifusora Local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria, por el término de diez (10) dias. El presente se fija hoy 05 de noviembre de 2020, a las 7:30 A, M. EVER LUIS FERIA TOVAR Notario Segundo

HAY UN SELLO *S2-5-08

NOTARIA CUARTA (4ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CARRERA 8 N° 17-30 TELÉFONOS: 7519617 -7519602 EDICTO EMPLAZA:Por el Término de Diez (10) Días a Todas las personas que

se consideren con Derecho a Intervenir en el Trámite de la LIQUIDACION DE LA HERENCIA de la señora LUCY PINEDA PINEDA quien se identificaba con Cédula de Ciudadanía Número 39.746.089. Quien Falleció en BOGOTA D.C.,- CO-LOMBIA el Día veintinueve (29) de febrero del año Dos Mil veinte (2020) y siendo la Ciudad de Bogotá D.C. el Lugar de su último Domicilio y Asiento Principal de sus Negocios. Igualmente se informa que fue Aceptado el Trámite Respec-tivo de la LIQUIDACION DE LA HERENCIA en esta Notaria Mediante Acta Mediante Acta Número ciento sesenta y nueve (169) del Día veintiséis (26) del Mes de Octubre del Año Dos Mil Veinte (2020). Se Ordena la Publicación del Presente EDICTO en un Periódico de Amplia Circulación Nacional y en una Radiodifusora de Audición Local. En cumplimiento de lo Previsto en el Artículo Tercero (3º) del Decreto Ley 902 de 1988. Ordénese Además su Fijación en un lugar Visible de la Notaría por el Término de Diez (10) Días. El Presente EDICTO se Fija Hoy veintiséis (26) del Mes de Octubre del Año Dos Mil Veinte (2020). VIDAL AUGUSTO MARTINEZ VELASQUEZ NOTARIO CUARTO (4°) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOIÁ D.C. Quien firma designado por Resolución N°8061 del 01 de Octubre del año 2020 de la Superintendencia de Notariado y Registro.

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NOTARIA 69 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ EDICTO LA NOTARÍA SESENTA Y NUEVE (69) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA Todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en este despacho, en el trámite notarial de liquidación conjunta de sociedad conyugal y de herencia del causante: EDGAR ALIRIO BUITRAGO VEGA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 7.231.074 expedida en Monterrey (Casanare), fallecido en la ciudad de Bogotá D.C., el dia seis (06) de febrero de dos mil diez (2010); Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número CERO CINCUENTA Y UNO (051) de fecha cuatro (04) de noviembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988 y Artículo 3° del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy cuatro (04) de noviembre de dos mil veinte (2020) a las 8:00 a.m. CARLOS ALBERTO RAMIREZ PARDO - ENCARGADO NOTARIO SESENTA NUEVE (69) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C.

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EDICTO EL NOTARIO CINCUENTA Y DOS DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante: CAUSANTE: ETELVINA MORENO DE MORA CÉDULA DE CIUDADANIA: C.C. 20.169.147 FECHA DE FALLECIMIENTO: 19 DE ENERO DE 2018 LUGAR DE FALLECIMIENTO: CHÍA, CUNDINAMARCA. El presente edicto se fija hoy CATORCE (14) DE JULIO DE DOS MIL (2020), siendo las OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 A.M.) ANGÉLICA M. GIL QUESSEP NOTARIA CINCUENTA Y DOS (52) DE BOGOTÁ D.C. – ENCARGADA

HAY UN SELLO *V1-2-08

EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE AGUAZUL CASANARE EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de la causante LUZ NEIRA ACHAGUA, quien se identificaba con la cédula No C.C 24.226.506 Quien falleció en la ciudad de Tauramena-Casanare el 25 de noviembre de 1999; Cuyo último domicilio fue la ciudad de Aguazul Casanare, donde tenía el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 079 / de fecha 0 4 NOV 2020 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio difusora, en cumpli-miento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se publica hoy: 04 NOV 2020 ORPILo GONZALEZ CRISTANCHO Notario Unico de Aguazul

HAY UN SELLO *V1-3-08

AVISO DE ESCISIÓNEl representante legal y revisor fiscal de la sociedad, VISIÓN COLOMBIA INMOBILIARIA S.A.S, sociedad domiciliada Bogotá D.C., para dar cumplimiento con lo ordenado en el artículo 174 del Código de Comercio y 5º de la Ley 222 de 1995, Informa que:1. Ha sido aprobado un proyecto de escisión parcial por creación, en el cual la sociedad escindente será la sociedad VISION COLOMBIA INMOBILIARIA S.A.S y por el cual se creará la sociedad GRUPO INMOBILIARIO ACACIA S.A.S. 2. La aprobación del Proyecto de Escisión y la determinación del método de evaluación e intercambio accionario se hicieron con los balances de la sociedad con corte al 30 de septiembre de 2020, debidamente aprobado por Asamblea General de Accionistas de VISION COLOMBIA INMOBILIARIA S.A.S, que presenta la siguiente situación financiera:

Compañías Participantes Activos Pasivos Patrimonio

VISION COLOMBIA INMOBILIARIA SA.S. $125.663.469.844,°° $93.973.814.938,oo $31.689.654.906,°°

GRUPO INMOBILIARIO ACACIA S.A.S. $18.546.289.000,°° $0.oo $18.546.289.000,°°3. Para efectos de la escisión y en cumplimiento de las leyes aplicables, el Patrimonio Escindido fue valorado según su registro en libros de contabilidad y, particularmente, en los balances de escisión cortados a 30 de septiembre de 2020.

(Original Firmado) (Original Firmado)MARTHA CRISTINA BARRETO GONZALEZ CINDI PAOLA CAMERO O.Representante Legal Revisor Fiscal C.C. 39.549.003 TP.No.230152-T

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EXTRACTO PARA AVISO EN PRENSACANCELACION Y REPOSICION DE TITULO VALOR

DATOS DEL INTERESADO: WILSON MORALES ALARCÓN C.C/NIT: 79.575.941 MOTIVO DE PUBLICACION: HURTO ( ), EXTRAVÍO (X), DESTRUCCIÓN ( ), DETERIORO ( )PRETENSIÓN: CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR. DATOS DEL TÍTULO: CDT NO. 0010AB0026322871 FECHA DE EXPEDICIÓN: 04/04/2019 FECHA DE VENCIMIENTO: 28//10/2020 TASA: 5.20 EA PLAZO: 186 DIAS TIPO DE MANEJO: INDIVIDUAL TITULAR O BENEFICIARIO: INGERDICON SAS C.C/NIT 900.126.522-1 VALOR: QUINIENTOS MILLONES DE PESOS MCTE $500.000.000 OTORGANTE: BANCO DAVIVIENDA S.A. DATOS PARA NOTIFICACIÓN OFICINA QUE EMITIÓ EL TÍTULO: ISERRA 100 DIRECCIÓN DE LA OFICINA: AV SUBA CL 100. C.C ISERRA 100. LC 108.TELEFONO DE LA OFICINA: 3383838

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Page 4: clasificados JUdicialEs 35 - El Nuevo Siglo · 2020. 11. 7. · JOHAN ESTIBEN CULMA REYES LA ... MARÍA TRINIDAD SALCEDO C.C ... RICO C.C. No. 4.112.844 Y PERSONAS INDETERMINADAS

clasificados JUdicialEs38 DOMINGO 8 De NOvIeMbre De 2020 EL NUEVO SIGLO clasificados JUdicialEs

EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE AGUAZUL CASA-NARE EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante CELSO NAZARIO MORENO HERRERA, quien se identificaba con la cédula No C.C 208768, quien falleció en la ciudad de Santa Rosa de viterbo (Boyaca) el 26 de Agosto de 1959, quien tuvo su ultima residencia y asiento principal de sus negocios la ciudad de Aguazul., donde tenía el asiento principal de sus negocios.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 052 / de fecha 16 SEP 2020 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio difusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se publica hoy: 16 SEP 2020 ORFILO GONZALEZ CRISTANCHO

HAY UN SELLO *V1-4-08

NOTARÍA ÚNICA DE AGUAZUL EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE AGUAZUL CASANARE EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación su-cesoral del causante IGNACIO ROLDAN GOMEZ, quien se identificaba con la cédula No C.C 6.671.246 Quien falleció en la ciudad de Aguazul-Casanare el 17 de octubre de 1987; Cuyo último domicilio fue la ciudad de Aguazul Casanare, donde tenía el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 080 / de fecha 05 NOV 2020 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio difusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se publica hoy: 05 NOV. 2020ORFILO GONZALEZ CRISTANCHO Notario Unico de Aguazul

HAY UN SELLO *V1-5-08

NOTARÍA 79 DEL CÍRCULO NOTARIAL DE BOGTÁ D.C DR. LUIS BERNARDO FRANCO RAMIREZ AEROPUERTO INTERNACIONAL EL DORADO EDICTO EL NOTARIO SETENTA Y NUEVE (79) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. HACE SABER: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de circulación nacional, en el trámite notarial de liquidación sucesoral- e intestada del causante LUIS ALEJANDRO AVENDAÑO ZIPAMONCHA quien en vida se identificó con la c.c 19.167.069 de Bogotá, fallecido el dia 23 de septiembre del año 2020 en la ciudad de Bogotá, siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá, ADMITIDO el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta número CERO TREINTA (030) del cinco (05) de noviembre del año dos mil veinte (2020). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo Tercero (3ro) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días El presente EDICTO se fija hoy seis (06) de noviembre del año dos mil veinte (2020), a la 1:00 pm SE DESFIJA HOY: CLAUDIA ROSA GUZMAN DIMATE NOTARIA SETENTA Y NUEVE (E) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C.

HAY UN SELLO *V1-6-08

NOTARIA 36 EDICTO - SUCESIÓN EL NOTARIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y emisora radial, en el trámite de LIQUIDACION DE SUCESIÓN de el(la-los) causante(s) MARIA DEL CARMEN SILVA DE GOMEZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 20.114.176, quien falleció el treinta (30) de Julio de dos mil veinte (2020), siendo la ciudad de Bogotá D.C., el último domicilio y asiento principal de los negocios del causante Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 303 de fecha cinco (05) de noviembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en periódico de circulación Nacional y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1.988 ordenando además su fijación en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días y entrega de copias para su publicación. Hoy cinco (05) de noviembre de dos mil veinte (2020), a las 8:00 A.M. EL NOTARIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CÍRGULO DE BOGOTÁ D.C. JAVIER HERNANDO CHACON OLIVEROS (E)

HAY UN SELLO *V1-7-08

NOTARIA 36 EDICTO - SUCESIÓN EL NOTARIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publi-cación del presente Edicto en el periódico y emisora radial, en el trámite de LIQUIDACION DE SUCESIÓN de el(la-los) causante(s) VICTOR ADELMO CASTRO AGUDELO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 19.066.226, quien falleció el dieciocho (18) de febrero de dos mil uno (2001), siendo la ciudad de Bogotá D.C., el último domicilio y asiento principal de los negocios del causante Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 300 de fecha cuatro (04) de noviembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en periódico de circulación Nacional y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1.988 ordenando además su fijación en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días y entrega de copias para su publicación. Hoy cuatro (04) de noviembre de dos mil veinte (2020), a las 8:00 A.M. EL NOTARIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. JAVIER HERNANDO CHACON OLIVEROS (E)

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NOTARIA 36 EDICTO - SUCESIÓN EL NOTARIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y emisora radial, en el trámite de LIQUIDACION DE SUCESIÓN de el(la-los) causante(s) EPIFANIO PUERTO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 1.182.115, quien falleció el veinticuatro (24) de Octubre de mil novecientos setenta y cinco (1975), siendo la ciudad de Bogotá D.C., el último domicilio y asiento principal de los negocios del causante Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta No. 297 de fecha tres

(03) de noviembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en periódico de circulación Nacional y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1.988 ordenando además su fijación en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días y entrega de copias para su publicación. Hoy tres (03) de noviembre de dos mil veinte (2020), a las 8:00 A.M. EL NOTARIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. JAVIER HERNANDO CHACON OLIVEROS (E)

HAY UN SELLO *V1-9-08

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIÓDICO, EN EL TRÁMITE NOTARIOL DE LA LIQUIDACIÓN SUCESORAL DE LA (LOS) SEÑOR(A)(ES), FRANCISCO ANTONIO MARIN VALENCIA C.C.#2’726.301, QUIEN FALLECIÓ EN BOGOTÁ, EL DIA VEINTITRÉS (23) DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES (1993). ACEPTADO EL TRAMITE SU-CESORAL MEDIANTE ACTA NÚMERO 65 DE OCTUBRE DIECISIETE (17) DE DOS MIL VEINTE (2020), ORDENA LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO EN UN DIARIO Y EMISORA DE CIRCULACIÓN NACIONAL, DE ESTA CIUDAD, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 902 DE 1988, ORDENANDOSE ADEMÁS SU FIJACIÓN EN UN LUGAR VISIBLE DE ESTA NOTARIO POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS, COMO EN LA FECHA ACATAMOS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY DIECISIE-TE (17) DEL MES DE OCTUBRE DE (2020 ), A LAS 9:00 A.M OLGA MARÍA VALERO MORENO NOTARIA EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA EL DÍA VEINTIOCHO (28) DEL MES DE OCTUBRE DE (2020), A LAS 5:30 PM.

HAY UN SELLO *C5-1-08

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIÓDICO, EN EL TRÁMITE NOTARIOL DE LA LIQUIDACIÓN SUCESORAL DE LA (LOS) SEÑOR(A) (ES), HILDA MARIA MORALES DE MENDOZA C.C. # 23’924.694, expedida en Pesca- Boyacá, quien falleció en Bogotá, el día veintidós (22) de Junio de dos mil diecisiete (2017). ACEPTADO EL TRAMITE SUCESORAL MEDIANTE ACTA NÚMERO 66 DE OCTUBRE DIECISEIS (16) DE DOS MIL VEINTE (2020), ORDENA LA PUBLICA-CIÓN DEL PRESENTE EDICTO EN UN DIARIO Y EMISORA DE CIRCULACIÓN NACIONAL, DE ESTA CIUDAD, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 902 DE 1988, ORDENANDOSE ADEMÁS SU FIJACIÓN EN UN LUGAR VISIBLE DE ESTA NOTARIO POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS, COMO EN LA FECHA ACATAMOS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY DIECISIETE (17) DEL MES DE MAYO DE (2020), A LAS 9:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día veintiocho (28) del mes de Mayo de (2020), a las 5:30 pm.

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LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), MARÍA DEL ROSARIO CARDENAS GUEVARA, C.C.# 21.099.566, quien falleció en Bogotá D.C., el día catorce (14) de Noviembre del dos mil seis (2006). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número SETENTA Y SIETE (77) de fecha Noviembre seis (06) de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día seis (06) del mes de noviembre de 2020, a las 8:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA. - El presente edicto se desfija el día dieciocho (18) del mes de Noviembre de 2020, a la 05:30 pm.

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LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), SILVINA, POVEDA DE PEÑUELA C.C. # 20.949.076, quien falleció en Bogotá D.C., el día veintinueve (29) de Julio de dos mil veinte (2.020). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número SETENTA Y OCHO (78) de fecha noviembre seis (06) de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día seis (06) del mes de noviembre de (2020), a las 08:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día dieciocho (18) del mes de Noviembre de 2020, a las 05:30 pm.

HAY UN SELLO *C5-4-08

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), CLEOTILDE CAMELO DE PINZÓN, C.C. # 20.726.281, quien falleció en Bogotá D.C., el día veintiocho (28) de Enero del dos mil tres (2003), y ANDRES PINZÓN GÓMEZ, C.C. # 314.241, quien falleció en Bogotá D.C., el día veintitrés (23) de Junio del dos mil diecinueve (2019). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número SETENTA Y NUEVE (79) de fecha noviembre seis (06) de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día seis (06) del mes de noviembre de (2020), a las 08:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día dieciocho (18) del mes de Noviembre de 2020, a las 05:30 pm.

HAY UN SELLO *C5-5-08

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), ROSA TORRES ABRIL, C.C. # 20.076.942, quien falleció en Bogotá D.C., el día siete (07) de Mayo del dos mil quince (2015). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número OCHENTA (80) de fecha noviembre seis (06) de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el dia seis (06) del mes de noviembre de (2020), a las 08:00 A.M OLGA MARÍA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día dieciocho (18) del mes de Noviembre de 2020, a las 05:30 pm.

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LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), OLGA SILVA DE GOMEZ, C.C. # 41.308.033, quien falleció en Bogotá D.C., el día siete (07) de noviembre del dos mil trece (2013). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número OCHENTA Y UNO (81) de fecha noviembre seis (06) de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día seis (06) del mes de noviembre de (2020), a las 08:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día dieciocho (18) del mes de Noviembre de 2020, a las 05:30 pm.

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LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), LIA YRLEY SOTO DE TOLEDO, C.C. # 23.834.143, quien falleció en Bogotá D.C., el día veintiuno (21) de julio del dos mil veinte (2020). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número OCHENTA Y DOS (82) de fecha noviembre seis (06) de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día seis (06) del mes de noviembre de (2020), a las 08:00 A.M OLGA MARÍA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día dieciocho (18) del mes de Noviembre de 2020, a las 05:30 pm.

HAY UN SELLO *C5-8-08

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), ARISTIDES MONTAÑA CHAPARRO C.C. # 4.215.945, quien falleció en Bogotá D.C., el día veinticuatro (24) de Agosto de dos mil veinte (2020).Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número OCHENTA Y TRES (83) de fecha Noviembre seis (06) de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día seis (06) del mes de noviembre de (2020), a las 08:00 AM OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día dieciocho (18) del mes de Noviembre de 2020, a las 05:30 pm.

HAY UN SELLO *C5-9-08

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), AGUSTÍN SANCHEZ MALDONADO C.C. 2.030.913, quien falleció en BUCARAMANGA., el día primero (01) de Junio de dos mil diecisiete (2017). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número OCHENTA Y CUATRO (84) de fecha Noviembre seis (06) de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se tija hoy siendo el día seis (06) del mes de noviembre de (2020), a las 08:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día dieciocho (18) del mes de Noviembre de 2020, a las 05:30 pm.

HAY UN SELLO *C5-10-08

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), RAMON RUNCERIA, C.C. # 2.895.160, quien falleció en Bogotá D.C., el día veintiséis (26) de agosto del dos mil veinte (2020). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número OCHENTA Y CINCO (85) de fecha noviembre seis (06) de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día seis (06) del mes de noviembre de (2020), a las 08:00 AM OLGA MARÍA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día dieciocho (18) del mes de Noviembre de 2020, a las 05:30 pm.

HAY UN SELLO *C5-11-08

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), LUIS ALEJANDRO SALAZAR NOVOA, C.C. # 79.326.508, quien falleció en Duitama, el día seis (06) de Enero del dos mil veinte (2020). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número OCHENTA Y SEIS (86) de fecha noviembre seis (06) de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día seis (06) del mes de noviembre de (2020), a las 08:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día dieciocho (18) del mes de Noviembre de 2020, a las 05:30 pm.

HAY UN SELLO *C5-12-08

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), MISAEL FOSCA PARRA C.C. # 19.262.581, quien falleció en Bogotá D.C., el día veinte (20) de Julio de dos mil diecinueve (2.019). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número OCHENTA Y SIETE (87) de fecha noviembre seis (06) de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día seis (06) del mes de noviembre de (2020), a las 08:00 A.M OLGA MARÍA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día dieciocho (18) del mes de Noviembre de 2020, a las 05:30 pm.

HAY UN SELLO *C5-13-08

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), DEISY ENCISO C.C. # 39.6393.039 expedida en BOGOTÁ, D.C., quien falleció en Bogotá D.C., el día cuatro (04) de Junio de dos mil catorce (2.014). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número OCHENTA Y OCHO (88) de fecha noviembre seis (06) de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) dias, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el dia seis (06) del mes de noviembre de (2020), a las 08:00 A.M OLGA MARÍA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día dieciocho (18) del mes de Noviembre de 2020, a las 05:30 pm.

HAY UN SELLO *C5-14-08

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), DELFINA HERNANDEZ SEDANO C.C. # 41.619.610, quien falleció en Bogotá D.C., el día siete (07) de Septiembre de dos mil dieciocho (2.018). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número OCHENTA Y NUEVE (89) de fecha noviembre seis (06) de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día seis (06) del mes de noviembre de (2020), a las 08:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día dieciocho (18) del mes de Noviembre de 2020, a las 05:30 pm.

HAY UN SELLO *C5-15-08

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), MARIA NIEVES DE LAS MERCEDES RUBIANO FORERO C.C. # 20.293.119, quien falleció en Bogotá D.C., el día quince (15) de Octubre de dos mil diecinueve (2019). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número SETENTA Y CINCO (75) de fecha Octubre diecinueve (19) de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día diecinueve (19) del mes de Octubre de (2020), a las 8:00 AM OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día veintinueve (29) del mes de Octubre de (2020), a las 5:30 pm.

HAY UN SELLO *C5-16-08

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIÓDICO, EN EL TRAMITE NOTARIAL DE LA LIQUIDACIÓN SUCESORAL DE LA (LOS) SEÑOR(A)(ES), MARCOS ESPITIA CHAVES C.C. # 172.596, QUIEN FALLECIÓ EN BOGOTÁ, EL DÍA TREINTA (30) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO (2.018) Y LEONOR MOLANO DE ESPITIA C.C. # 20.273.153, QUIEN FALLECIÓ EN BOGOTÁ, EL DÍA VEINTINUEVE (29) DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO (1.998). ACEPTADO EL TRAMITE SUCESORAL MEDIANTE ACTA NÚMERO 68 DE OCTUBRE DIECINUEVE (19) DE DOS MIL VEINTE (2020), DE FECHA OCTUBRE DIECINUEVE (19) ORDENA LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO EN UN DIARIO Y EMISORA DE CIRCULACIÓN NACIONAL, DE ESTA CIUDAD, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 902 DE 1988, ORDENANDOSE ADEMÁS SU FIJACIÓN EN UN LUGAR VISIBLE DE ESTA NOTARIO POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS, COMO EN LA FECHA ACATAMOS. EL PRESENTE ÉDICTO SE FIJA HOY

DIECINUEVE ( 19 ) DEL MES DE OCTUBRE DE (2020 ), A LAS 8:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día veintinueve (29) del mes de Octubre de (2020), a las 5:30 pm.

HAY UN SELLO *C5-17-08

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE GUATAVITA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite Notarial de liquidación de la sucesión del causante señor GUSTAVO ALFONSO RODRIGUEZ CHUNZA, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía No. 11.349.886, fallecido el día 09 de marzo de 2020 en la ciudad de Bogotá D.C., cuyo último asiento principal de sus negocios y actividades del causante fue en el Municipio de Sopó (Cundinamarca). Aceptado el trámite en ésta Notaria, mediante ACTA No. 077 de fecha: CINCO (05) de NOVIEMBRE de DOS MIL VEINTE (2020). Se ordena la Publicación de éste EDICTO en un PERIODICO DE CIRCU-LACION NACIONAL y en la Radiodifusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. Del DECRETO 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy CINCO (05) de NOVIEMBRE de DOS MIL VEINTE (2020). Siendo las Ocho de la mañana (8:00 A.m.). -- EL NOTARIO, PEDRO VASQUEZ ACOSTA

HAY UN SELLO *V1-10-08

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE GUATAVITA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite Notarial de liquidación de la sucesión de la causante ADELA DEL SOCORRO URIBE CATAÑO, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía No. 22.023.287, fallecida el día 13 de agosto de 2020 en el Municipio de San Roque (Antioquia), quien tuvo como último domicilio y asiento principal de sus negocios el Municipio de Sopó (Cundinamarca). Aceptado el trámite en esta Notaría, mediante ACTA No. 075 de fecha: CUA-TRO (04) de NOVIEMBRE de DOS MIL VEINTE (2020). Se ordena la publicación de éste EDICTO en un PERIODICO DE CIRCULACION NACIONAL y en la Radiodifusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. Del DECRETO 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. - El presente EDICTO se fija hoy CUATRO (04) de NOVIEMBRE de DOS MIL VEINTE (2020). Siendo las ocho de la mañana (8:00 A.m.). --EL NOTARIO, PEDRO VASQUEZ ACOSTA

HAY UN SELLO *V1-11-08

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE GUATAVITA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite Notarial de liquidación de la sucesión del causante señor GABRIEL JAIME OROZCO LOPEZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía No. 5.862.202 expedida en Casablanca (Tolima), fallecido el día ocho (08) de mayo del año 2018 en la ciudad de Bogotá D.C., cuyo último domicilio del causante fue en el Municipio de Sopó (Cundinamarca). Aceptado el trámite en ésta Notaría, mediante ACTA NO. 076 de fecha: CINCO (05) de NOVIEMBRE de DOS MIL VEINTE (2020). Se ordena la Publicación de éste EDICTO en un PERIODICO DE CIRCU-LACION NACIONAL y en la Radiodifusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. Del DECRETO 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy CINCO (05) de NOVIEMBRE de DOS MIL VEINTE (2020). Siendo las Ocho de la mañana (8:00 A.m.). EL NOTARIO, PEDRO VASQUEZ ACOSTA

HAY UN SELLO *V1-12-08

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE GUATAVITA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite Notarial de liquidación de la sucesión de los causantes señores EDILMA LEON DE MENDEZ, en vida se identificó con la cedula de ciudadanía No. 41.472.778 de Bogotá, fallecida el día 01 de diciembre de 2019 en el Municipio de Guasca (Cund) y CAMPO ELIAS MENDEZ, en vida se identificó con la cedula de ciudadanía No. 17.107.299 de Bogotá, fallecido el día 10 de febrero de 2005 en la ciudad de Bogotá D.C., cuyo último domicilio y asiento principal de los negocios y actividades de los causantes fue el Municipio de Sopó (Cund). Aceptado el trámite en ésta Notaría, mediante ACTA No. 074 de fecha: CUATRO (04) de NOVIEMBRE de DOS MIL VEINTE (2020). Se ordena la Publicación de éste EDICTO en un PERIODICO DE CIRCULACION NACIONAL y en la Radiodifusora en cum-plimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. Del DECRETO 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. -- El presente EDICTO se fija hoy CUATRO (04) de NOVIEMBRE de DOS MIL VEINTE (2020). Siendo las Ocho de la mañana (8:00 A.m.). EL NOTARIO, PEDRO VASQUEZ ACOSTA

HAY UN SELLO *V1-13-08

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE GUATAVITA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite Notarial de liquidación de la sucesión de la causante señora ROSA TULIA PEDRAZA DIAZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía No. 20.642.766, fallecida el día 10 de junio de 2020 en el Municipio de Guatavita, quien tuvo como último domi-cilio y asiento principal de sus negocios el Municipio de Guatavita (Cundinamarca). Aceptado et trámite en ésta Notaría, mediante ACTA No. 073 de fecha: TREINTA (30) de OCTUBRE de DOS MIL VEINTE (2020). Se ordena la Publicación de éste EDICTO en un PERIODICO DE CIRCULACION NACIONAL y en la Radiodifusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. Del DECRETO 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy TREINTA (30) de OCTUBRE de DOS MIL VEINTE (2020) Siendo las Ocho de la mañana (8:00 A.m.). EL NOTARIO, PEDRO VASQUEZ ACOSTA

HAY UN SELLO *V1-14-08

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE GUATAVITA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite Notarial de liquidación de la sucesión de los causantes JOSE JUSTINIANO ARDILA COHECHA, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía No.

202.433 de Caqueza, fallecido el día 01 de marzo de 2017 en el Municipio de Sopó (Cund) y ROSA MARIA VANEGAS DE ARDILA, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía No. 20.436.908 de Caqueza, fallecida el día 28 de marzo de 2020 en la ciudad de Bogotá D.C., cuyo último domicilio y asiento principal de negocios de los causantes fue el Municipio de Sopó (Cund). Aceptado el trámite en esta Notaría, mediante ACTA No. 071 de fecha: VEINTISEIS (26) de OCTUBRE de DOS MIL VEINTE (2020). -Se ordena la publicación de este EDICTO en un PERIODICO DE CIRCU-LACION NACIONAL y en la Radiodifusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. Del DECRETO 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notarían por el término de Diez (10) días. --- El presente EDICTO se fija hoy VEINTISEIS (26) de OCTUBRE de DOS MIL VEINTE (2020). Siendo las ocho de la mañana (8:00 A.m.). EL NOTARIO, PEDRO VASQUEZ ACOSTA

HAY UN SELLO *V1-15-08

EDICTO EMPLAZATORIO NOTARIA TREINTA Y UNO DE BOGOTÁ D.C. Como lo disponen los Decretos 902 de 1988 y 1729 de 1989, EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la SUCESION de: MIGUEL GERARDO TELLEZ MARIN C.C 79.123.851 Quienes en vida tuvieron su último domicilio en esta ciudad de Bogotá, D.C., sucesión cuya tramitación ha sido solicitada a esta Notaría. Para los efectos señalados en la ley, se fija el presente EDICTO EMPLAZATORIO en lugar público, y se ordena su publicación en un periódico de amplia circulación y en una emisora de la localidad. CONSTANCIA DE FIJACIÓN Se FIJA el presente Edicto Emplazatorio en la secretaría de la Notaría, por el término de diez (10) días hábiles, para los efectos del numeral 2, artículo 3 del decreto 902 de 1.988. BOGOTA, D.C. 30 DE OCTUBRE DE 2020 NOTARIA TREINTA Y UNA (E) DE BOGOTÁ D.C.

HAY UN SELLO *Y1-2-08

NOTARIA 65 DE CULO DE BOGOTA Dr. AUGUSTO CONTI NIT: 19.194.168-1 EDICTO 074 I EL NOTARIO SESENTA Y CINCO (65) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. HACE SABER: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir den-tro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente EDICTO en periódico de amplia circulación nacional, en el trámite notarial de Liquidación de Herencia Acumulada de los causantes ANA DOLORES MUÑOZ DE LEON, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 28.102.544, quien falleció el día cinco (05) de Septiembre de mil novecientos ochenta y nueve (1989) en Yopal – Casanare, y JOSE RAMIRO LEON MENDEZ, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 2.077.381, quien falleció el día cinco (05) de Abril de dos mil veinte (2020) en Bogotá, D.C., tuvieron su último domicilio y asiento principal de sus negocios en la ciudad de Bogotá Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número CERO SETENTA Y CUATRO I (074 I) de fecha veintinueve (29) de Octubre de dos mil veinte (2020) se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se fija hoy treinta (30) de Octubre de dos mil veinte (2020) a las ocho de la mañana (8:00 a.m.). JOHN MARCEL BARRAGAN PINZON NOTARIO SESENTA Y CINCO (65) ENCARGADO DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.

HAY UN SELLO *Y1-3-08

Notaría 54 DEL Círculo de Bogotá EL NOTARIO CINCUENTA Y CUATRO (54) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. ORDENA LA PUBLICACIÓN EDICTO EMPLAZATORIO. De conformidad con el mandato contenido en el Artículo Tercero (3o) del Decreto novecientos dos (902) de Mayo del año mil nove-cientos ochenta y ocho (1.988); EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS que se crean con derecho para intervenir en el trámite de herencia admitida en esta Notaría, el veintisiete (27) de octubre del año dos mil veinte (2.020), aceptada según Acta número 94-2020, con el fin de liquidar, por medio de Escritura Pública; la sucesión intestada del causante CALIXTO PEDRAZA RINCON, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 19.258.544 expedida en BOGOTA D.C., quien falleció en esta ciudad, el dia dieciocho (18) de noviembre de dos mil dieciocho (2.018), siendo Bogotá D.C. lugar de su último domicilio y asiento principal de los negocios. El presente EDICTO se publicará por una vez en un periódico de amplia circu-lación en Bogotá, D.C. y en una radiodifusora local. - Las personas interesadas en el presente trámite Sucesoral podrán presentarse a la Notaría dentro de los diez (10) días siguientes desde que se publique en el periódico Si pasan los diez (10) días hábiles sin que se hubiera formulado oposición, siempre y cuando la Oficina de Cobranzas, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN, Unidad Administrativa Especial De Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales De La Protección Social (UGPP) y/o Administración de Impuestos Distritales de la Secretaría de Hacienda, hayan dado su respuesta favora-ble; la Notaría procederá a otorgar la escritura pública de la liquidación de la sociedad conyugal y de herencia, si fuere el caso. El presente Edicto se fija el veintiocho (28) de octubre del año dos mil veinte (2.020), siendo las 7:30 de la mañana. JUAN PABLO AMAYA BOLIVAR NOTARIO CINCUENTA Y CUATRO (54) ENCARGADO DE BOGOTÁ D.C. Según resolución 8565 del 15 de octubre de 2020 de la Superintendencia de Notariado y Registro. El presente Edicto se desfija hoy nueve (9) de noviembre del año DOS MIL VEINTE (2.020), siendo las 5:00 PM

HAY UN SELLO *R1-4-08

EDICTO EL NOTARIO 56 DEL CIRCUITO DE BOGOTA, D.C (Carrera 73 No. 59 - 12 Sur Locales 221 y 222) EMPLAZA: A todas las personas que se crean con el decreto de invertir, en el trámite de Liquidación Notarial de la Sucesión Intestada ACUMULADA de JOSE ANTONIO MORENO CABUYA Y BLANCA CECILIA PINZON DE MORENO quien (es) en vida se identificaba (n) con la (s) cédula (s) de ciudadanía No. (s) de 3.114.820 y 20.789.361 expedidas en Pacho (Cund.) respectivamente y tuvo (ieron) su último domicilio en Bogotá, D.C., aceptada en esta Notaria me-diante ACTA No. 062 de octubre 14 de 2020. Para efectos del artículo 589 de Código de procedimiento civil y del numeral 2º. Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en un lugar público de la Secretaria de la Notaria por el término de diez (10) días, se entrega las copias de él para sus respectivas publicaciones y se fija hoy CATORCE (14) DE OCTUBRE DE 2020 a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). EL NOTARIO CINCUENTA Y SEIS (56) DE BOGOTA BERNI FRANCISCO ESCALONA CASTILLA

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Page 5: clasificados JUdicialEs 35 - El Nuevo Siglo · 2020. 11. 7. · JOHAN ESTIBEN CULMA REYES LA ... MARÍA TRINIDAD SALCEDO C.C ... RICO C.C. No. 4.112.844 Y PERSONAS INDETERMINADAS

clasificados JUdicialEs 39DOMINGO 8 De NOvIeMbre De 2020 EL NUEVO SIGLO

EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE TABIO CUNDINAMARCA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente EDICTO, en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de la causante: FAUSTINO VELASQUEZ FLOREZ, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 3.069.408 de La Calera, quien falleció en el municipio de La Calera el día 31 de octubre de 2019, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el municipio de Tabio, Cundinamarca. Aceptado el trámite respectivo en esta notaria, mediante acta número CIEN (100) de fecha cuatro (4) de noviembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora de amplia circulación, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria, por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se fija el cinco (05) de noviembre de dos mil veinte (2020) a las siete y treinta de la mañana (7:30 am). NESTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO

HAY UN SELLO *V1-18-08

EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE TABIO CUNDINAMARCA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente EDICTO, en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de la causante: ALFONSO GACHARNA SANCHEZ, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 395.587 de Bogotá, quien falleció en la ciudad de Bogotá el día 18 de junio de 2018, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el municipio de Tabio, Cundinamarca. Aceptado el trámite respectivo en esta notaría, mediante acta número NOVENTA Y NUEVE (099) de fecha cuatro (4) de noviembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora de amplia circulación, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria, por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se fija el cinco (05) de noviembre de dos mil veinte (2020) a las siete y treinta de la mañana (7:30 am). NESTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO

HAY UN SELLO *V1-19-08

NOTARÍA CUARTA (4ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CARRERA 8 N° 17-30 TELÉFONOS: 7519617 -7519602 EDICTO EMPLAZA: Por el Término de Diez (10) Días a Todas las personas que se consideren con Derecho a Intervenir en el Trámite de la LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y HERENCIA del señor ALVARO BERNAL GARZON quien se identificaba con Cédula de Ciudadanía Número 17.189.110. Quien Falleció en BOGOTÁ D.C.,- COLOMBIA el Día treinta y uno (31) de Julio del año Dos Mil diecinueve (2019) y siendo la Ciudad de Bogotá D.C. el Lugar de su último Domicilio y Asiento Principal de sus Negocios. Igualmente se informa que fue Aceptado el Trámite Respectivo de la LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y HERENCIA en esta Notaría Mediante Acta Mediante Acta Número ciento Ochenta y siete (187) del Día cinco (05) del Mes de Noviembre del Año Dos Mil Veinte (2020). Se Ordena la Publicación del Presente EDICTO en un Periódico de Amplia Circulación Nacional y en una Radiodifusora de Audición Local. En cumplimiento de lo previsto en el Artículo Tercero (3°) del Decreto Ley 902 de 1988. Ordé-nese Además su Fijación en un lugar Visible de la Notaría por el Término de Diez (10) Días. El Presente EDICTO se Fija Hoy cinco (05) del Mes de Noviembre del Año Dos Mil Veinte (2020). EDUARDO MONGUI ORTIZ NOTARIO CUARTO (4°) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOIÁ D.C. Quien firma designado por Resolución N°9282 del 04 de Noviembre del año 2020 de la Superintendencia de Notariado y Registro.

HAY UN SELLO *R1-10-08

NOTARIA ÚNICA DEL CIRCULO DE TABIO EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación herencial DEL CAUSANTE, JOSE ORLANDO MOLINA HERNANDEZ quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 80.001.837, siendo, según solicitud, su último domicilio la ciudad de Bogotá D.C. y asiento principal de sus negocios en el municipio de Tabio, Cundinamarca. Aceptado el tramite respectivo en esta notaria, mediante acta número ciento tres (103) del cuatro (04) de noviembre del dos mil veinte (2020), se ordena la: publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación, y en la radiodifusora local en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3 del decreto 902 de 1988 y, además, su fijación en lugar visible de la notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy cinco (05) de noviembre del dos mil veinte (2020) a las siete y treinta de la mañana. El Notario, NÉSTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE TABIO

HAY UN SELLO *R1-11-08

NOTARIA 36 EDICTO - SUCESIÓN EL NOTARIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y emisora radial, en el trámite de LIQUIDACION DE SUCESIÓN de el(la-los) causante(s) WILLIAM ALFREDO BEJARANO CASAS, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 79.556.002, quien falleció el cuatro (04) de enero de dos mil trece (2013), siendo la ciudad de Bogotá D.C., el último domicilio y asiento principal de los negocios del causante Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 291 de fecha veintiocho (28) de Octubre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en periódico de circulación Nacional y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1.988 or-denando además su fijación en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días y entrega de copias para su publicación. Hoy veintiocho (28) de Octubre de dos mil veinte (2020), a las 8:00 A.M. EL NOTARIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. JAVIER HERNANDO CHACON OLIVEROS (E)

HAY UN SELLO *M2-1-08

NOTARIA 27 CIRCULO DE BOGOTA D.C. Manuel Castro Blanco Notario EDICTO EL NOTARIO VEINTISIETE DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las

personas que se consideren con derecho a concurrir a la liquidación de herencia conjunta de ROSALBA VILLAMIL DE CORTES, identificada en vida con la cedula de ciuda-danía número 20.517.247, fallecida el dos (02) de abril de dos mil diecinueve (2019), siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., y MISAEL CORTES SUAREZ, identificado en vida con la cedula de ciudadanía número 377.222 fallecido el diez (10) de abril de dos mil diecinueve (2019), siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., para que durante el termino de diez (10) días se presenten en esta Notaria, a estar a derecho dentro del trámite notarial. La solicitud de liquidación de herencia fue aceptada mediante acta número ciento noventa y uno (191) del veintiséis (26) de octubre de dos mil veinte (2020). Para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en sitio visible de la Notaria, por el termino de diez (10) días, el veintisiete (27) de octubre de dos mil veinte (2020), a las ocho (8:00 am) de la mañana y se entregan dos copias al interesado, una para que sea publicada en un periódico de circulación nacional y otra se difundirá por una vez en una emisora de este lugar. El Notario Veintisiete (E), ANGELA DEL PILAR CONDE JIMENEZ El EDICTO anterior, permaneció fijado en lugar visible de esta Notaria, por el termino de diez (10) días y se desfija hoy diez (10) de noviembre de dos mil veinte (2020), siendo las cinco y cincuenta (5:50 P.M.) de la tarde. El Notario Veintisiete,

HAY UN SELLO *M2-2-08

Notaría UNICA DE YACOPÍ EDICTO NUMERO 017 EL NO-TARIO UNICO DEL CIRCULO DE YACOPI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia de los causantes DOMINGO CAMACHO MEDINA, fallecido en el Municipio de La Dorada, el día 10 de Agosto de 2015, y NATIVIDAD MANJARRES DE CAMACHO, fallecida en el Municipio de La Dorada, el día 20 de Agosto de 2011, para que dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto hagan presentes ante este Despacho Notarial ubicado en la calle 9ª No. 2-32 de Yacopi Cundinamarca y hagan valer sus derechos. Acep-tado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante acta número cero diecisiete (017) de fecha 6 de Noviembre de 2020, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y 3º. del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible en la Notaria, por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 6 de Noviembre de 2020 a las 7:00 A.M. WILLIAM EDUARDO JIMENEZ LEAÑO NOTARIO

HAY UN SELLO *R1-14-08

Notaría UNICA DE YACOPÍ EDICTO NUMERO 016 EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE YACOPI EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante RODRIGO BOLAÑOS PEÑALOZA, fallecido en el Municipio de Yacopí, el día 1º de Octubre de 1.998, para que dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto hagan presentes ante este Despacho Notarial ubicado en la calle 9ª. No. 2-32 de Yacopi Cundinamarca y hagan valer sus derechos. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, me-diante acta número cero dieciséis (016) de fecha 4 de Noviembre de 2020, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º. del Decreto 902 de 1988 y 3º. del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible en la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 4 de Noviembre de 2020 a las 7:00 A.M. OFELIA GOMEZ DE FLORIDO NOTARIA (E.)

HAY UN SELLO *R1-15-08

NOTARIA 1 CIRCULO DE CHİA. NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE CHÍA, CUNDINAMARCA JUAN ANTONIO VILLAMIZAR TRUJILLO - NOTARIO NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE CHÍA - CUNDINAMARCA EDICTO EMPLAZATORIO LIQUIDACIÓN DE HERENCIA DE LA CAUSANTE BLANCA LEONOR OSORIO MURILLO EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO (E) DEL CÍRCULO DE CHÍA CITA Y EMPLAZA: Por el termino de diez (10) días a todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el tramite notarial de Liquidación de herencia del causante de la causante BLANCA LEONOR OSORIO MURILLO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 20.130.897 de Bogotá D.C., fallecido el día ocho (08) de abril de dos mil cinco (2005) en el municipio de Chía (Cundinamarca), teniendo el municipio de Chía como último lugar de domicilio y asiento principal de sus negocios. Igualmente informa que fue aceptado el trámite respectivo de la liquidación de la herencia en esta Notaria mediante acta número diecisiete (17) de fecha tres (03) días del mes de noviembre de dos mil veinte (2020), por lo tanto, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional y una radiodifusora local. En cumplimiento de los previsto por el numeral 2 del artículo 3º de Decreto Ley 902 de 1.988, modificado por el Artículo 3º del Decreto 1729 de 1.989, ordénese además su fijación en un lugar visible de la notaria por el termino de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy cuatro (04) de noviembre de dos mil veinte (2020), a las 08:30 A.M. El Notario, JAIRO FREDY SATIZABAL HURTADO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE CHÍA, CUNDINAMARCA ENCARGADO

HAY UN SELLO *R1-16-08

EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE FUNZA (CUND.) EMPLAZA: A todas las personas que se consi-deren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en ésta notaría, en el Trámite Notarial de la Liquidación los causantes los señores LUIS ROBERTO GAITAN, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía No. 380.705 DE SASAIMA, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Funza (Cund.), quien falleció en Bogotá D.C., el día 10 de diciembre de 2013 y ROSA MARIA MOJICA BEJARANO, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía No. 20.913.264, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Funza (Cund.), quien falleció en Bogotá D.C. , el día 28 de mayo de 2001. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA No. 49 del CINCO (5) del mes de NOVIEMBRE del año Dos Mil VEINTE (2020), se ordena la publicación del presente Edicto y se publique en el periódico EL DIARIO EL ESPECTADOR, EL NUEVO SIGLO O LA RÉPUBLICA y en la EMISORA CORRESPONDIENTE. En cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 3° del Decreto 902 DE 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la

Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy, CINCO (5) del mes de NOVIEMBRE del año Dos Mil VEINTE (2020), siendo las OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) LUIS GERMAN BOLIVAR SABOGAL NOTARIO

HAY UN SELLO *R1-17-08

Notaria Unica de Pacho – Cundinamarca Pablo Cuellar Benavides NIT. 5328839-1 Notario EDICTO El Notario Único del Círculo de Pacho, Cundinamarca: EMPLAZA: a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de la liquidación de la Su-cesión Intestada del Causante PABLO ANTONIO BUSTOS MARTINEZ, quien falleció en el Municipio de Soacha, Cundinamarca, el quince (15) de Septiembre de dos mil trece (2.013), fecha hasta la cual se identificó con cédula de ciudadanía 3.116.668 de Pacho, Cundinamarca, cuyo último domicilio y/o asiento principal de sus negocios fue en el Municipio de Pacho. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta Número TREINTA Y SIETE (0037) del cuatro (04) de Octubre de dos mil veinte (2020), se ordena la fijación del presente EDICTO en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días y su publicación en un medio masivo escrito (Nuevo Siglo, La República, El Tiempo) y en la radiodifusora de la misma localidad (la cual deberá surtirse el día domingo), en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, en concordancia con el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, modificado por la ley 794 de 2.003, artículo 30. El presente EDICTO se fija hoy cinco (05) de Noviembre de dos mil veinte (2.020) a la hora de las ocho de la mañana (8:00 a. m.). NOTARIO ÚNICO, PABLO CUELLAR BENAVIDES

HAY UN SELLO *P5-1-08

Notaria Unica de Pacho – Cundinamarca Pablo Cuellar Be-navides NIT. 5328839-1 Notario EDICTO El Notario Único del Círculo de Pacho. Cundinamarca: EMPLAZA: a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de la Constitución Voluntaria de Patrimonio de Familia Inembargable del Constituyente OSCAR LONDOÑO MUÑOZ, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía 79.387.076 de Bogotá, D.C. y de los hijos que llegaren a tener, sobre el siguiente bien inmueble PREDIO RURAL denominado “SAN FERNAN-DO”, ubicado en la Vereda COMPERA, del Municipio de PACHO, Departamento de CUNDINAMARCA, identificado con el Folio de Matrícula Inmobiliaria 170-120 y Ficha Catastral 00-04-0004-0025-000, el cual lo adquirió me-diante escritura pública novecientos noventa (0990) del veinticuatro (24) de Octubre de dos mil diecisiete (2.017) de la Notaría Única de Pacho. Previo el cumplimiento de los requisitos legales y aprobada la documentación exigida por la ley, este Despacho ORDENA la fijación en la cartelera de Avisos de esta Notaría por el término de quince (15) días y su publicación en un medio masivo escrito y en una radiodifusora de la misma localidad en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 5º del Decreto 2817 del 22 de Agosto de 2006. El presente EDICTO se fija hoy tres (03) de Noviembre del dos mil veinte (2.020) a las ocho de la mañana (8:00 a.m.).NOTARIO ÚNICO, PABLO CUELLAR BENAVIDES

HAY UN SELLO *P5-2-08

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE ARAUCA MUNICIPIO DE ARAUCA NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE ARAUCANIT 17580629-1 EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE ARAUCA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derechos a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico en el tramite notarial de liquidación sucesoral del señor (a) BERNAVELA CONTRERAS quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 37.238.468 DE CUCUTA; quien falleció en la ciudad de Arauca-Arauca, el dia 22 de Noviembre de 2015, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Arauca. Departamento de Arauca. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta numero 030 de fecha 29 de Octubre de 2020, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de alta circulación Nacional y se difunda en una radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días hábiles El presente edicto se fija hoy veintinueve (29) de Octubre de dos mil veinte (2020), siendo las 2.00 P.M PAOLA CASTELLANOS HERRERA Notaria Encargada.

HAY UN SELLO *C4-1-08

REMATESAVISO DE REMATE JUZGADO CUARTO (04) DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE DE SOACHA (CUNDINAMARCA) TRANSITORIO ANTES JUZGADO TERCERO (03) CIVIL MUNICIPAL DE SOACHA (CUNDINAMARCA) CALLE 12 N° 8-20-PISO DOS [email protected] HACE SABER Que dentro del PROCESO EJECUTIVO PARA HACER EFECTIVA LA GARANTIA REAL REF: 2016/321 de COOPERATIVA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA MILITAR, PENSIONADOS Y FAMILIARES-COOPINDUMIL, en contra del señor RICARDO MOSQUERA QUIÑONEZ, se profirió auto de fecha 02 de julio de 2020, señalando como fecha y hora para la DILIGENCIA DE REMATE, el día veinticuatro (24) del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020) a la hora de la nueve de la mañana (9:00 A.M), para llevar a cabo la DILIGENCIA DE REMATE del inmueble legalmente embargado, secuestrado y avalua-do. Apartamento 303, interior 15, Conjunto Residencial San Mateo, B 5.2, SUBET 2 A, SEC 2, del Municipio de Soacha (Cund), identificado con el folio de matrícula inmobiliaria N°051-134226, ubicado en la Calle 34 N° 2-15, consta de Sala-comedor, tres (3) alcobas (una de ellas como principal con espacio para futuro baño), baño de alcoba, cocina y zona de ropas. El inmueble se encuentra en obra gris, AVALUADO en la suma de $52.500.000.oo. Será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo. El precio base de la licitación del apto 303 en la suma de $36.750.000.oo. Dado al bien inmueble, previa consignación del 40% del avalúo del inmueble. La licitación se iniciara a la fecha y hora señalada y no se cerrara sino hasta tanto que haya transcurrido por lo menos una hora de iniciada. El secuestro se encuentra a cargo de la empresa AUXILIARES DE LA JUSTICIA, con Nit No 901102289-8, representada legalmente por el señor UBER RUBEN BALAMBA BOHORQUEZ, identificado con la C.C. N° 79.365.548, con domicilio en la Carrera 68 B No 1-39 Sur Bogotá D.C., Móvil N° 313-8874128. Para los efectos del artículo 450 C.G.P., y ss., se expiden copias hoy----------- para su publicación en un periódico de amplia circulación nacional.

*R1-6-08

CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVOSECCIÓN PRIMERA

Bogotá, D.C., seis (6) de octubre de dos mil veinte (2020)Número único de radicación: 11001-03-15-000-2020-04264-00Referencia: Acción de tutelaActor: DISTRITO TURÍSTICO Y CULTURAL DE CARTAGENA DE INDIASAsunto: Remite para posible acumulaciónAUTO INTERLOCUTORIOConsultado la Sede Electrónica para la Gestión Judicial -SAMAI- del Consejo de Estado, se advierte que en el Despacho del señor Con-sejero HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ se tramita la acción de tutela identificada con el número único de radicación 2020-03325-001, por los mismos hechos que dieron origen a la acción de la re-ferencia, si se tiene en cuenta que en los dos procesos las preten-siones están encaminadas, entre otras, a que se ordene al Tribunal de Arbitramento convocado por el Consorcio Vial Isla Barú2 contra el actor, conformar en debida forma el contradictorio y, en ese orden, se vincule como litisconsorte ne-cesario a la sociedad KMC S.A.S. Siendo ello así, estima el Des-pacho que en aplicación de los principios de economía procesal y seguridad jurídica y teniendo en cuenta que la citada acción constitucional se admitió el 3 de agosto de 2020, en la que, como ya se indicó, contiene identidad de hechos y derechos a los aquí expuestos, es del caso disponer la remisión del expediente de la referencia al Despacho del señor Consejero HERNANDO SÁN-CHEZ SÁNCHEZ, para que estudie la viabilidad de la acumulación y/o su conocimiento3, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 2.2.3.1.3.1 y 2.2.3.1.3.3, del De-creto 1834 de 16 de septiembre de 20154.En mérito de lo expuesto, el Con-sejo de Estado, Sala de lo Con-tencioso Administrativo, Sección Primera, en Sala Unitaria,

R E S U E L V EREMÍTASE el expediente de la referencia al Despacho del señor Consejero HERNANDO SÁN-CHEZ SÁNCHEZ, para que estudie la viabilidad de la acumulación de este a la acción de tutela identi-ficada con el número único de radicación 2020-03325-00 y/o su conocimiento.El contenido de la presente provi-dencia, publíquese en un medio de amplia circulación y en la página web del Consejo de EstadoNOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN

Consejera1. Actor: KMC S.A.S.

2. Conformado por las constructoras Emma Ltda

y Cicón S.A.S

3. Dentro de la acción de tutela núm. 2020-03325-00, la Sección primera profirió sentencia de primera instancia el 24 de septiembre de 2020.

4. Decreto 1834 de 16 de septiembre de 2015 “Por el cual se adiciona el Decreto número 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sec-tor de Justicia y del Derecho, y se reglamenta parcialmente el artículo 37 del Decreto número 2591 de 1991, en lo relativo a las reglas de repar-to para acciones de tutela masivas.

[…]

Artículo 2.2.3.1.3.1. Reparto de acciones de tu-tela masivas. Las acciones de tutela que per-sigan la protección de los mismos derechos fundamentales, presuntamente amenazados o vulnerados por una sola y misma acción u omisión de una autoridad pública o de un particular se asignarán, todas, al despacho ju-dicial que, según las reglas de competencia, hubiese avocado en primer lugar el conoci-miento de la primera de ellas.

A dicho Despacho se remitirán las tutelas de iguales características que con posterioridad se presenten, incluso después del fallo de instancia […]”.

Artículo 2.2.3.1.3.3. Acumulación y fallo. juez de tutela que reciba las acciones tutela podrá acumular los procesos en virtud de la aplicación de los artículos 2.2.3.1.3.1. y 2.2.3.1.3.2 del pre-sente decreto, hasta antes dictar sentencia, para fallarlos todos en la misma providencia.

Contra el de acumulación no procederá ningún recurso.

[…]”. (Resaltado fuera del texto).

LICENCIASSECRETARIA DE PLANEACION DE CHIA Dirección de Urbanismo HACE SABER A: Propietario, arrendatario, poseedor, tenedor o residente del predio identificado con número catastral 01-01-0009-0049-000, ubicado en la calle 11 N 4AEste-30, costado oriente (PEDRO BUSTACARA), Propietario, arrendatario, poseedor, tenedor o residente del predio identificado con número catastral 01-01-0009-0801- 000, ubicado en la calle 11 Este con carrera 4 Este Manzana D casa 18 Praderas de La Sabana, costado occidente (ALIRIO JOSE ROMERO) y Propietario, arrendatario, poseedor, tenedor o residente del predio identificado con número catastral 01-01-0009-0032-000, ubicado en la calle 10A N 4AEste-30, costado sur (EMMA GRACIELA PRIETO DE MUÑOZ.) Que los señores ROSA MARIA CASTILLO SALVADOR Y JOSE PLINIO GONZALEZ, Presentaron solicitud para obtener la Licencia de Construcción en Modalidad Demolición y Obra Nueva para vivienda Unifamiliar, en el predio identificado con la cedula catastral 01-01-0009-0048-000, ubicado en la calle l1 N 4E-48, bajo la radicación No. 20199999923471. La anterior citación dando cumplimiento a lo preceptuado en el Articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015 por cuanto los predios se encuentran colindando por el costado oriente, occidente y sur y no se encontró persona alguna que recibiera la comunicación de vecinos por parte de la Dirección de Urbanismo, con el fin de que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos.

*CH1-1-08

CURADURÍA URBANA No. 1 - TUNJA ARQ. MARTHA BONILLA CURREA AVISO NOTIFICACIÓN VECINOS COLINDANTES AVISA A LOS VECINOS COLINDANTES DEL PREDIO UBICADO EN LA CALLE 8B SUR No. 7-09 DE LA CIUDAD DE TUNJA. En cumplimiento a lo señalado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, en los términos establecidos en la ley 1437 de 2011 (C.P.A.C.A), la suscrita Curadora Urbana No. 1 se permite informar a los interesa-dos que el señor AGUSTIN GONZALEZ , identificado con la

cédula de ciudadanía No. 91.011.092, en su condición de propietario del predio No. 010305370139000 Localizado en la calle 8B Sur.. No. 7-09 urbanización Villa Nueva de la ciudad de Tunja, radicó bajo el número 15001-1 20-0319VNB-031 la solicitud de licencia de construcción en la modalidad de obra nueva Por lo anterior, la Curaduría Urbana No. 1 se permite citar a los vecinos colindantes del predio en mención, para que comparezcan si así lo consideran a este despacho ubicado en la Carrera 9 No. 19-92 Oficinas 101 - 102 de la ciudad de Tunja, dentro de los cinco (5) días contados a partir de esta comunicación de citación, para conocer personalmente del proyecto en mención y manifiesten por escrito sus observaciones sobre el proyecto. La presente citación se hace en la ciudad de Tunja, a los 25 días del mes septiembre de .. 2020 NOTA: Con ocasión a la Emergencia Sanitaria decretada por el Gobierno Nacional y Local, y en atención a la resolución conjunta C1C2-006 de 2020, para consultar el proyecto objeto de citación podrá realizarla de manera virtual a través de cualquiera de los medios tecnológicos que posee la Curaduría, para lo cual le solicitamos que manifieste su interés en hacerse parte en el proceso de licenciamiento comunicándose con la curaduría a los teléfonos celulares 3153970889 – 3153449335, al teléfono fijo 7438000 o a los correos electrónicos [email protected] - [email protected], con el fin de poder coordinar la presentación y así usted conozca el proyecto. Cordialmente, MARTHA LIGIA BONILLA CURREA Curadora Urbana No. 1 de Tunja

HAY UN SELLO *S5-8-08

PRESTACIONESFONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO EDICTO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 44 de 1980, Ley 100 de 1993 y el artículo 212 del Código Sustantivo del Trabajo HACE SABER: Que el Docente ANGEL MARIA BARRERA SIZA (Q.E.P.D.), quien se identificaba con la Cédula de Ciudadanía No. 4.237.760, Falleció en Tunja (Boyacá), el día once (11) de septiembre de 2020 y que a reclamar sus prestaciones sociales se ha presentado, GLORIA ISABEL MONROY

MATALLANA C.C. 40.026.969, en su condición de Conyugue del causante. Quienes crean tener igual o mejor derecho que el reclamante citado, deben presentarse en la Oficina de Prestaciones Sociales del Magisterio en Boyacá, dentro del término de treinta (30) días siguientes a la fecha de esta publicación. Ordénese dos (2) publicaciones de los edictos en un periódico de amplia circulación, con un intervalo de quince (15) días cada uno. Se expide hoy a veintiocho (28) de octubre de dos mil veinte (2020). EFRAIN OLIVO MELO BECERRA Profesional Especializado (E) Líder de Prestaciones Sociales

*S5-2-08

GOBERNACION DEL TOLIMA - NIT. 800.113.6727 - DIRECCION DEL FONDO TERRITORIAL DE PENSIONES. AVISA. QUE EL SEÑOR JOSE ORLANDO VANEGAS (Q.E.P.D), IDENTIFICADO CON CEDULA DE CIUDADANIA No. 14.010.057, DISFRUTABA DE PENSION A CARGO DEL FONDO TERRITORIAL DE PENSIONES DEL DEPARTA-MENTO, MEDIANTE RESOLUCION No. 532 DEL 23 DE ABRIL DE 1995 Y FALLECIO EN LA CIUDAD DE IBAGUE, EL 24 DE JUNIO DE 2020. QUE A RECLAMAR LA SUSTITUCION PENSIONAL SE PRESENTO LA SEÑORA : HILDA RAYO DE VANE-GAS, IDENTIFICADA CON CEDULA DE CIUDADANIA No. 28.680.417, EN CALIDAD DE CONYUGUE DEL CAUSANTE. QUE EN CUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES SE FIJA EL PRESENTE AVISO EMPLAZATORIOEN UN LUGAR VISIBLE DE LA ENTIDAD Y SE ORDENA LA PUBLICACION EN UN PERIODICO DE AMPLIA CIRCULACION, CON EL FIN DE QUE UN POSIBLE BENEFICIARIO CON IGUAL O MEJOR DERECHO SE PRESENTE A HACERLO VALER DENTRO DE UN TERMINO DE TREINTA ( 30 ) DIAS SIGUIENTES A LA FECHA DE SU PUBLICACION. FABIO ANDRES PULIDO RODRIGUEZ DIRECTOR FONDO TERRITORIAL DE PENSIONES.

*I2-8-08

EDICTO EMPLAZATORIO

El liquidador de S P CONSTRUCCIONES S.A.S. en liquida-ción voluntaria, con NIT. 900.444.451-9 en cumplimiento de lo ordenado en el Acta No 18 del 07 de diciembre de 2018, por la cual se designó Liquidador y posesionado por documento del 10 de diciembre de 2018:

EMPLAZA:

1.- A todas las personas naturales o jurídicas de carácter público o privado que se consideren con derecho a formular reclamaciones de cualquier índole contra S P CONSTRUCCIONES S.A.S. en liquidación voluntaria, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá DC, con el fin que se presenten a reclamar sus obligaciones con prueba siquiera sumaria de sus créditos. Tratándose de derechos incorporados en títulos valores, deberá presentarse el original del título, dirigiendo comunicación al liquidador con las pruebas que pretenda hacer valer a la sede de la liquidación únicamente, Carrera 66 No.72A-32 en Bogotá, D.C., en el horario de 8:00 Am a 12: M y de 2: PM a 4:00 PM.

2.- A todos los acreedores y cualquier persona que tenga en su poder a cualquier título activos de S P CONS-TRUCCIONES S.A.S. en liquidación voluntaria, para que proceda de manera inmediata a entregar dichos activos al Liquidador. Se advierte que atendiendo la prelación legal, el Liquidador se opondrá a los pagos hechos a personas distintas a éste, incluidos los embargos o acciones contra alguno de los haberes y activos de la liquidación posteriores a la orden de liquidación por obligaciones contraídas en nombre de la intervenida, anteriores y posteriores a que se dispuso dicha medida.

3.- Se advierte a los interesados, que acogiendo los plazos y términos señalados en normas comerciales, los acreedores tienen un término de treinta (30) días para presentar las reclamaciones de sus créditos, contados a partir de la publicación del presente aviso, personalmente o por medio de apoderado debidamente acreditado, con la advertencia expresa que una vez vencido el término señalado, el liquidador no tendrá facultad para aceptar ninguna reclamación en término, y que las obligaciones no reclamadas, las reclamadas en forma extemporánea como las que aparezcan debidamente comprobadas en libros de contabilidad serán calificadas como pasivo no reclamado.

4.- Sobre bienes o de cualquier otro derecho a cargo de la liquidación, se avisará a los Registradores de Instru-mentos Públicos para que informen de la existencia de folios en los que aparezca como titular de bienes o de cualquier otro derecho S P CONSTRUCCIONES S.A.S. en liquidación voluntaria.

5.- Así mismo, se avisará a los Jueces de la República y a las autoridades que adelanten procesos ejecutivos y coactivos en curso, para que procedan a su suspensión, no admitir nuevos procesos de esta clase por obligacio-nes anteriores a dicha medida, proceder al levantamiento de medidas cautelares y remitir el expedientes para incorporarlos a la liquidación como crédito, en un término no mayor de 15 días de recibo de la comunicación respectiva, por tratarse de la prelación de créditos en liquidación, derecho constitucional de igualdad y tomando como fuente lo previsto en normas similares en liquidaciones judicial y forzosas administrativas.

El presente edicto se fija en lugar público de la sede de la liquidación Carrera 66 No.72A-32

y en el lugar donde operó S P CONSTRUCCIONES S.A.S., ambas de Bogotá, a las 8:00 A.M del día catorce (14) de Diciembre de 2018. El término para presentar reclamaciones estará comprendido entre el quince (15) de diciembre de 2018 al seis (6) de febrero de 2019, después de la publicación del presente aviso atendiendo que se suspenden términos entre el 20 de diciembre de 2018 al 11 de enero de 2019 por motivo de vacancia.

MAURICIO HERNANDO SIERRA PEÑA

Liquidador