Clasificacion de Los Contratos Segun La Teoria General Del Contrato
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7/26/2019 Clasificacion de Los Contratos Segun La Teoria General Del Contrato
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Contrato gratuito: si el contrato beneficia o
presta utilidad tan solo a una de las partes
que lo ha celebrado. El deudor secompromete con el acreedor sin esperar
contraprestación alguna. Existe una sola
atribución patrimonial.
Contratos desinteresados (de
servicios gratuitos): el deudor presta
el servicio al acreedor, pero sin tener,
no obstante, la voluntad de
empobrecerse en su beneficio. Ej.:
fianza, mandato no remunerado.
Interés de la distinción: a) derechos fiscales (más elevados en contratos gratuitos para evitar fraudes), b) intuitu personae (es ordinariamente indiferente en los contratos onerosos), c) acción pauliana (se admite más fácil en un
contrato gratuito que en uno oneroso).
Interés de la distinción: a) condición resolutoria tácita, b) excepción de contrato no cumplido (mora purga la mora),
c) teoría de los riesgos, d) teoría de la imprevisión.
Contratos unilaterales: una
de las partes se obliga paracon la otra. Hay un deudor y un
acreedor.
Contratos sinalagmáticos
imperfectos: nacen como
unilaterales, pero durante su
ejecución se generan nuevas
obligaciones para aquella de las
partes que originariamente no
contrajo obligación alguna. Sin
embargo este hecho no lo
transforma(Alessandri).
en bilateral.
El número de partes que resulten obligadas. Esta clasificación se realiza mirando el momento del
perfeccionamiento (formación) del contrato.
Contratos bilaterales o
sinalagmáticos: ambas partescontratantes se obligan
recíprocamente. Ambas partes son
deudoras y acreedoras Las
obligaciones son interdependientes.Depósito, mutuo, comodato
Contrato de depósito en el que el
depositario incurre en gastos
para conservar la cosa.
Compraventa
Contrato oneroso: el contrato beneficia en su ejecución a
ambas partes. Existe una retribución o una contraprestación.
Hay dos atribuciones patrimoniales en sentido recíproco einverso. Hay un intercambio de prestaciones.
La utilidad o beneficio que un contrato está llamado a prestar a las partes.
Contratos
conmutativos: el
deudor se
compromete
sabiendo cuál es
el valor de la
contraprestaciónque se le
otorgará. Ej.:
compraventa.
Contratos aleatorios: el deudor ignora
el valor de la contraprestación que se
le dará, porque la propia existencia o
simplemente el monto de esta
contraprestación está sujeto a una
incertidumbre independiente de las
voluntades de las partes. Ej.: contratode seguro, el juego, la lotería, la
constitución de renta vitalicia.Liberalidades entre vivos: el deudor se
despoja de un bien que estaba en su
patrimonio en beneficio del acreedor.
Hay empobrecimiento del deudor y
enriquecimiento del acreedor. Ej.:
donación.
Interés de la distinción: en los contratos aleatorios no es aplicable la
lesión enorme ni la teoría de la imprevisión.
CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS SEGUN LA TEORIA GENERAL DEL CONTRATO
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Interés de la distinción: aplicación del principio según el cual lo accesorio sigue la suerte de lo principal.
Interés de la distinción: aplicación de la teoría de la imprevisión que únicamente tiene lugar en los contratos de
ejecución diferida.
El momento en que los contratos deben ser cumplidos o ejecutados.
Contratos de ejecución instantánea: son
ejecutados de manera coetánea con sunacimiento.
Contratos de ejecución diferida: el cumplimiento de
la obligación emanada del contrato se difiere a unmomento posterior a su nacimiento. Son contratos en
los que las partes han sometido su cumplimiento a
alguna modalidad.
Si un contrato depende jurídicamente de otro para subsistir.
Contratos dependientes: son aquellos que, no
obstante no caucionar el cumplimiento de
obligación alguna, dependen de otro contrato
para producir sus efectos. Ej.: contrato de
incorporación de nuevos socios a una sociedad
ya constituida, capitulaciones matrimoniales,
contrato de posposición de hipoteca.
Contrato principal: es capaz de subsistir
jurídicamente sin necesidad de otro contrato.
Contrato accesorio: ha sido celebrado con la
intención de caucionar una obligación principal, de
modo que no puede subsistir sin la obligación que
cauciona. Ej.: contratos de garantía: prenda, hipoteca yla fianza.
El modo de perfeccionamiento del contrato.
Contrato solemne: para que se perfeccione es
necesaria la observancia de ciertas formalidades
especiales, de manera que sin ellas no produce
ningún efecto civil. Ej.: compraventa de bienes
raíces, permuta de bienes raíces.
Contrato real: para que se perfeccione es necesaria latradición (entrega) de la cosa a que se refiere. Ej.:
mutuo, la prenda, el comodato, el depósito.
Contrato consensual: se perfecciona por el solo
consentimiento de las partes.
Interés de la distinción: validez del contrato cuando se requieren ciertas formalidades.
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Si la extinción del contrato está supeditada tan solo al cumplimiento íntegro de la obligación que de él emana.
Contratos de ejecución única: son aquellos en
que el cumplimiento de las obligaciones agota larazón de ser del contrato mismo.
Ej.: arrendamiento, contrato de renta
vitalicia, contrato de seguro.
Contratos de ejecución continua o periódica (tracto
sucesivo): son aquellos en que el cumplimiento de lasobligaciones que del contrato emanan se dilata, difiere
o extiende en el tiempo de manera que a la obligación
que se ha pagado sigue otra obligación que la sucede,
de manera que el contrato no se extingue con aquel
primer pago.
Interés de la distinción: a) la condición resolutoria tácita no produce su tradicional efecto retroactivo en los
contratos de ejecución continua o periódica, b) la terminación del contrato por incumplimiento de una de las partes
puede pedirse en cada periodo, c) la prescripción de las acciones tendientes a exigir el cumplimiento de lasobligaciones empieza a correr con el vencimiento de cada periodo.
La mayor o menor extensión de la autonomía de la voluntad en la celebración de los contratos.
Contratos de adhesión: son aquellos en que sus
cláusulas están previamente determinadas y son
propuestas por una de las partes a la otra. La parte a
quien el contrato se propone solo tiene la posibilidad
de aceptarlo de manera global o rechazarlo.
Contratos dirigidos: aquellos en que el Estado
interviene en beneficio del contratante más débil,
restableciendo el equilibrio natural que debe
existir entre las partes al momento de celebrar un
contrato.
Contratos constitutivos o traslaticios de
derechos reales limitativos del dominio: son
aquellos que tienen por finalidad servir de título que
valida la constitución de un derecho real sobre cosa
ajena. Ej.: contratos que dan origen a los derechos
reales de usufructo, uso o habitación, servidumbres,
hipoteca y prenda.
Efectos que los contratos producirán entre las partes.
Contratos translaticios del dominio: aquellos que
por su naturaleza sirven para transferirlo. Ej.:compraventa, permuta.
Contratos atributivos de un derecho de crédito: son
aquellos que confieren a las partes un derecho
personal, para poder exigir de otra el cumplimiento de
la obligación emanada del contrato. Ej.: contrato de
arrendamiento. Contratos de restitución: son aquellos en que la
obligación principal emanada de los mismos es la
obligación de restituir la cosa sobre la cual ha recaído
el contrato. Ej.: comodato o depósito.Bibliografía: Figueroa Yáñez. Curso de derecho civil. Tomo III y
Larroumet. Teoría general del contrato. Volumen I. Traducción de
Jorge Guerrero.
Contratos de libre discusión: son aquellos en que las partes estipulan libremente cada una de las
cláusulas del contrato. Ambas partes intervienen en dicha estipulación.
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Si el contrato tiene un nombre que ha sido aginado por la ley y esta se ha encargado de reglamentarlo.
Contratos nominados: tienen un nombre y una
reglamentación establecida por la ley. Ej.:compraventa, permuta, arrendamiento, sociedad,
mutuo, etc.
Contratos innominados: son los que han quedado
fuera de las previsiones del legislador y carecen, por lomismo, de nombre y de reglamentación legales. Las
partes pueden celebrarlos en virtud del principio de la
autonomía de la voluntad.
Bibliografía:
Figueroa Yáñez Gonzalo. Curso de derecho civil. Tomo III.
Larroumet Christian. Teoría general del contrato. Volumen 1. Guerrero Jorge
(Trad.). Alessandri Rodríguez Arturo. De los contratos.
INTEGRENTEJOSE LUIS RAMOS
SECCION:SAIA “C” PROFESORA:
YERLIN MENDOZACATEDRA:
DERECHO CIVIL CONTRATOS Y GARANTIAS.
BARQUISIMETO, 10, DE FEBRERO DEL 2016