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CLASIFICACION ARANCELARIA
La posición arancelaria es la columna vertebral de una importación por cuanto es el
medio que el gobierno tiene para controlar el ingreso de bienes extranjeros al país; el
arancel permite fijar los gravámenes arancelarios, clasificar el régimen de importación,
es decir, si es libre importación o licencia previa, asignar el impuesto de ventas,
negociar con otros países algunas ventajas arancelarias, establecer medidas
Fitosanitarias o Zoosanitarias, determinar si se requiere certificado de calidad o algún
Vo.Bo. Específico.
ESTUDIO DE MERCADO Y FACTIBILIDAD
Al igual que en las exportaciones, como operaciones de comercio exterior, en importaciones también
es importante como punto de partida, el análisis preliminar del mercado para el producto a importar,
para lo cual se hace indispensable investigar la producción nacional o la existencia en el mercado de
productos importados de similares características y elaborar un costeo detallado de la operación, que
nos permita evaluar la viabilidad de la transacción.
El proceso anterior involucra algunas etapas como lo son la preselección, selección, información del
producto Vs. Mercado, lo que llevara a la empresa a ubicar la mejor opción de compra y el (los)
contacto (s) final (es).
También es importante en esta investigación tener en cuenta la estructura administrativa para manejar
no sólo el proceso de importación sino también la capacidad de comercialización y venta del producto.
Una vez se obtiene (n) la (s) cotización (es), se deben identificar plenamente los costos fijos y
variables de la operación, el punto de equilibrio, el margen de utilidad, los costos financieros y demás
costos que se generan en la importación dependiendo de la modalidad de compra si se realiza FOB,
CFR, CIF etc., según el acuerdo con el proveedor.
Una vez evaluados los puntos antes anotados y revisado cuidadosamente el costo de la operación, se
procederá a efectuar el cierre de la negociación.
COTIZACION INTERNACIONAL Y/O FACTURA PROFORMA
Recordemos que esta es la oferta de un bien o servicio, la cual incluye todas las
características básicas de la mercancía o del servicio ofrecido o solicitado y las condiciones
generales para la realización de la correspondiente negociación entre el comprador y el
vendedor.
Si el importador está de acuerdo con las condiciones allí estipuladas y las características del
pedido, esta cotización o factura proforma puede ser utilizada como definitiva. De lo contrario
se proponen los ajustes necesarios para que finalmente sea elaborada la factura comercial y a
su vez sea remitida vía electrónica o fax con el fin adelantar o iniciar el trámite de alguna
documentación previa al embarque como por el ejemplo: Registro o licencia de importación si
se requiere, alguna norma técnica o visto bueno entre otros.
Luego de la inteligencia de mercados y de obtener la cotización internacional,
dependiendo de si es aprobada por la empresa importadora, se procede a solicitar el
Registro o licencia de importación ante Mincomercio a través de la Ventanilla Única de
Comercio Exterior (vuce).
El procedimiento anterior solo se realiza si el producto esta condicionado a este trámite
previo según la normatividad aduanera Colombiana.
REGISTRO O LICENCIA DE IMPORTACION
REGISTRO O LICENCIA DE IMPORTACION (VUCE)
¿Cuándo se requiere Registro y cuándo licencia?
Registro de Importación: Está reglamentado con el Decreto 3803 de Octubre 31 de 2006.
Es utilizado para productos que están sujetos a requisitos como por ejemplo de tipo sanitario, fitosanitario,
normas técnicas entre otros.
Licencia de Importación: Está reglamentada con el Decreto 3803 de Octubre 31 de 2006.
Es utilizada para productos que ingresan al régimen de licencia previa y es la junta de importaciones de
MINCOMERCIO quien determina su aprobación.
Algunos productos que requieren licencia son: químicos para el tratamiento de narcóticos, armas,
municiones y explosivos; así mismo, se da tratamiento de licencia previa a bienes usados, imperfectos,
saldos, las importaciones no reembolsables, aquellos en que se solicite exención de derechos de aduana y
los presentados por entidades oficiales con excepción de gasolina y urea importados por ECOPETROL.
REGIMENES DE IMPORTACION
El estatuto aduanero 2685 contempla los siguientes regímenes:
RÉGIMEN DE LIBRE IMPORTACION:
(Algunos no requieren registro de importación)
•Más del 98% del Arancel hace parte de este régimen
RÉGIMEN DE LICENCIA PREVIA:
•Menos del 2% del Arancel requieren aprobación de La Junta de Importaciones.
Trozos y despojos de ave, Despojos de Polímeros, Acetato de Etilo, Ácido Sulfúrico, TNT, Metanol, Nitroglicerina,
Cocaína, Pólvora, Dinamita, Plasma Humano, neumáticos y llantas recauchutadas, armamento y municiones, etc
Vehículos usados
Mercancías imperfectas, usadas, reconstruidas, desperdicios, saldos...
Mercancías para las que solicite exención de gravamen.
Mercancías que sean no reembolsables. (Bienes que se importen como inversión de capital
extranjero, d donaciones, mercancías adquiridas en Zonas Francas y que hayan sido pagadas con giro al exterior,
bienes que se importen como pago de deuda a una empresa colombiana, menajes y equipajes que se deban
nacionalizar, legalizaciones de mercancía)
Mercancías que importen las entidades oficiales con excepción de la gasolina la urea y demás combustibles.
Mercancías por Licencia Anual para la Industria Minera, Petrolera y para las Fuerzas Militares.
Las mercancías que se deban importar a través del Fondo Nacional de Estupefacientes.
L os bienes que únicamente pueden importarse por intermedio de Indumil.
Los desperdicios o chatarra que el gobierno determine
INTRA:
Los vehículos para el transporte público de pasajeros y vehículos para el transporte de carga deberán ser
inscritos ante el INTRA y presentar la tarjeta de inscripción vigente y la Resolución de homologación al
momento de presentar el Registro de importación
INCODER – Instituto Colombiano de Desarrollo Rural
•Recursos Pesqueros
•Programas de Desarrollo Rural, mediante programas de desarrollo agropecuario, forestal y pesquero.
•Otorgar subsidios para la adquisición y adecuación de tierras, asistencia técnica, y viviendas de interés social.
•Exportación de peces ornamentales.
CERTIFICADOS Y/O VISTOS BUENOS
SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
•Permiso a entidades de Vigilancia y Seguridad Privada
•Inscripción como usuario
•Inscripción como Importador
•Permisos de Importación de equipos
INGEOMINAS:
Instituto para la Investigación e Información Geocientífica, Minero-Ambiental y Nuclear.
•Isótopos Radioactivos y material radioactivo.
•Isótopos radioactivos
•material radioactivo.
INDUMIL – Industria Militar - Ministerio de Defensa Nacional – Oficio de Autorización. Inscripción.
Importación.
•Vehículos Blindados.
•Prendas Privativas de la Fuerza Pública.
•Armamento, explosivos, municiones.
•Nitrocelulosa, Nitrato de Amonio, etc…
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA
•Hidrocarburos
•Gasolina
INVIMA - Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos. – Ministerio de Protección
Social
•Importación de medicamentos
•Equipos biomédicos
•Alimentos
•Cosméticos
•Productos para el aseo, de uso humano y las materias primas utilizadas en su producción
•Registro Sanitario para productos terminados
•Visto Bueno para materias primas y equipo médico.
ICA – Instituto Colombiano Agropecuario - Ministerio de Agricultura.
Inscripción como Importador.
•Inscripción del predio.
•Permiso Fitosanitario o Zoosanitario para importación de productos animales o vegetales.
•Control sobre materiales de embalaje y empaque.
•Licencia de Venta para importación de insumos pecuarios o agrícolas como producto terminado
•Concepto de Insumos para importación de materias primas.
SIC - Superintendencia de Industria y Comercio. – Certificado de Conformidad para cumplimiento
de la Norma Técnica Colombiana Obligatoria.- NTI -
•Mercancías sometidas a Reglamento Técnico.
•Retie – Para Instalaciones Eléctricas.
SIC y luego DIAN – Normas de etiquetado
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL
•Control para garantizar la Protección del Medio Ambiente y la Protección de la capa de ozono
•Permiso CITES: Para la Comercialización de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres
•Mercancías sometidas a Certificado de Emisiones por prueba dinámica.
•Homologación Vehicular.
COMANDO GENERAL DE LAS FUERZAS MILITARES:
sólo para importaciones realizadas a través de la industria militar como son armas, municiones y
sus partes, pólvora, explosivos y accesorios similares, clorato de potasio, nitrato de potasio,
fósforo rojo amorfo, nitrato de amonio y nitrato de amonio entre otras.
CONSEJO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES:
ácidos, permanganato de potasio, acetona, éter etílico, cloroformo y carbonato de sodio entre
otros.
OTROS
•Cuotas de Fomento – Banco de la República
•Listas de Precios Estimados - DIAN
•Importaciones de Entidades Oficiales. – Certificado de Disponibilidad Presupuestal –
Mincomercio – Depto. De Planeación Nal, Dental., Municipal.
•Acuerdos y Tratados Internacionales – Certificados de Origen
DOCUMENTOS QUE DEBEN EXIGIRSE AL VENDEDOR
Factura Comercial
Documento de transporte (B/L, Guía aérea o Carta porte)
Certificado de Origen cuando sea requerido por acuerdo comercial o
por exigencia de la aduana
Certificado sanitario o fitosanitario cuando las normas lo exijan
Lista de empaque cuando sea requerida
Certificado de seguro cuando la importación se realice en términos
CIF O CIP
Certificado de calidad cuando las normas lo exijan
Otros previos al embarque
Antes del despacho de la mercancía, el vendedor debe avisar con
anterioridad al despacho, el nombre de la empresa transportadora,
fecha aproximada de embarque y por lo menos suministrar copia vía fax
del documento de transporte y de los demás documentos si es posible.
ARTÍCULO 188 DE LA RES. 4240/00
REQUISITOS DE LA FACTURA COMERCIAL: La factura comercial a que se refiere el literal b) del artículo 121
del Decreto 2685 de 1999, debe ser un documento original expedido por el vendedor o proveedor de la
mercancía, no debe presentar borrones, enmendaduras o adulteraciones.
De conformidad con "las reglas y usos uniformes relativos a los créditos documentarios" contenidas en la
Publicación 500 de la Cámara de Comercio Internacional, la factura comercial que debe presentar el importador
de una mercancía contendrá como mínimo los siguientes datos:
1. Fecha de expedición.
2. Nombre y dirección del vendedor.
3. Nombre del comprador.
4. Descripción de la mercancía.
5. Cantidad y precio a pagar por la mercancía objeto de negociación.
6. Moneda de la negociación. Indicar, por ejemplo, si se trata de dólares de los Estados Unidos, liras italianas o
yenes.
7. Condiciones de entrega según el INCOTERM
FACTURA IMPORTACION
8. TRAMITES ADUANEROS
Nacionalización: Esta se hace una vez la mercancía llegue al puerto, aeropuerto o frontera.
Es indispensable la contratación de una Agencia aduanera y es la etapa
en la que se genera el pago de los impuestos (IVA, ARANCEL) Vs. Declaración de importación.
ADICIONALES SEGÚN EL PAIS Y EL TIPO DE PRODUCTO
Lista de empaque
Registro de importación
Vistos Buenos, Inscripciones, certificados sanitarios u otros que requiera el producto.
Certificado de origen
Certificados de calidad
DOCUMENTOS REQUERIDOS
PARA LA DIAN Y OTRAS AUTORIDADES
Factura comercial
Documento de transporte
Mandato (agencia de aduanas)
Mandatos para operadores de puerto o muelles
Circular 170 (operadores logísticos)
PARA LA AGENCIA DE ADUANA (Res. 0008571 agosto 27/2010)
Balance General y Estados Financieros
Rut
Certificado de Existencia y Representación Legal
Certificación Bancaria por entidad donde realiza operaciones de comercio exterior
TRAMITES ADUANEROS
Llegada de la mercancía a Zona primaria aduanera (puerto, aeropuerto o frontera).
Aviso de arribo de la mercancía por parte del transportador a la aduana a través del sistema informático.
El transportador suministra a través del manifiesto de carga, la información de los documentos de transporte para que la
DIAN proceda a la asignación del número así: MARÍTIMO (Registro aduanero), AEREO (Sobordo), TERRESTRE
(Remesa terrestre).
Descargue y asignación de bodega por parte de la DIAN.
Preinspección o reconocimiento de la mercancía por parte de la agencia de aduana
Incorporación de información al sistema por parte de la agencia de aduana (cuando se tengan todos los documentos
originales).
Solicitud de aceptación por parte de la Agencia de aduana y la firmeza de la misma.
Pago de tributos en el banco o presentación para esticker si no hay pago de impuestos por ser una temporal o este
excenta. (Actualmente este trámite se puede hacer en línea con algunos bancos)
Aforo o inspección aduanera (físico, automático o documental).
Levante y retiro mercancía del deposito y libre disposición de la misma
NOTA: Se presenta la declaración andina de valor si requiere, esta complementa la declaración de importación.
TRAMITE CAMBIARIO REEMBOLSO DE DIVISAS
MEDIOS DE PAGO
•Carta de crédito
•Giro directo
•Cheque
INTERMEDIARIO MERCADO
CAMBIARIO
DOCUMENTO SOPORTE PARA EL
BANCO DECLARACION
DE IMPORTACION
DECLARACION DE CAMBIO
NO. 1
Toda importación genera la salida de divisas del país, lo cual debe realizarse a través de los
intermediarios del mercado cambiario autorizados.
Es la única formalidad que en el régimen actual se requiere para la negociación de divisas
(compra o venta).
Los reembolsos al igual que las exportaciones pueden realizarse de manera anticipada o
posterior al embarque
Para estos efectos deberán presentar la declaración de cambio por importaciones de bienes
(Formulario No. 1) utilizando, en cada caso, el numeral cambiario que corresponda.
2017 Anticipo
2016 Gastos de importación
2014, 2015 , 2022, 2023, 2024 , 2025 o 2060 Mercancía ya embarcada pero el código
depende de la fecha en que se gire según el documento de transporte
OPERACIÓN CAMBIARIA
DECLARACION DE CAMBIO Y NUMERALES
Se presenta ante el intermediario del mercado cambiario si hay compra o
venta de divisas.
Por numeral cambiario se entiende el código asignado por el Banco de la
República para identificar las operaciones de cambio que se canalicen a
través del mercado cambiario y son utilizados para fines estadísticos.
Las declaraciones de cambio que exigen numerales por operaciones
canalizadas a través del mercado cambiario y del mercado libre son
(Formularios Nos. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 10).
Cuando nacionalice informo en cualquier momento
IMPORTACIONES
Anticipo
• Presentar el formulario No. 1
• Utilizar el numeral cambiario 2017
• Canalizar divisas por I.M.C
• Guardar documentos soporte de la operación
COMPROMISOS
Formulario No. 1
Declaración de
cambio
Giro y me embarcan según acuerdo
•Una vez nacionalice y obtengo levante
informo al banco
IMPORTACIONES Pago financiado
• Presentar el formulario No. 1 con los datos completos de la declaración de importación
• Utilizar el numeral cambiario 2014, 2015 , 2022, 2023, 2024 , 2025 o 2060 según plazo y adiciono el numeral 2016 para gastos de fletes y otros relacionados en la declaración de importación
Reembolso divisas en el termino acordado con el proveedor .
• Guardar documentos soporte de la operación
COMPROMISOS DEC. DE M.
Formulario No. 1
Declaración de
cambio
1 CONTRATO 1
5 ENVIO MERCANCIA
8 DOCUMENTOS
3 CARTA DE CRÉDITO
9 REEMBOLSO
4 C
ON
FIR
MA
CIÓ
N L
/C
10 D
OC
UM
EN
TO
S
2 A
PE
RT
UR
A L
/C
COMPRADOR VENDEDOR
BANCO
CORRESPONSAL
BANCO
EMISOR