CLASES-Residencia y Supervision de Obra-Valorizacion

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RESIDENCIA Y SUPERVISIÓN DE OBRAS DE AGUA Y SANEAMIENTO Ing. Alex Ayón Sarmiento UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA FACULTAD DE INGENIERIA QUIMICA ESCUELA ACADEMICA PROFESIONAL DE INGENIERIA AMBIENTAL Y SANITARIA

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Transcript of CLASES-Residencia y Supervision de Obra-Valorizacion

  • RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS DE AGUA Y SANEAMIENTO

    Ing. Alex Ayn Sarmiento

    UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA

    FACULTAD DE INGENIERIA QUIMICAESCUELA ACADEMICA PROFESIONAL DE INGENIERIA AMBIENTAL Y SANITARIA

  • SISTEMA NACIONAL DE INVERSION PUBLICA

  • CICLO DE UN PROYECTO DE INVERSION

    MONTO DE UN PROYECTO ESTUDIOS REQUERIDOS

    Hasta S/. 1200,000 PERFIL SIMPLIFICADO

    Mayor a S/. 1200,000 Hasta S/. 20000,000 PERFIL

    Mayor a S/. 20000,000 FACTIBILIDAD

    RESOLUCIN DIRECTORAL N 004-2015-EF/63.01

  • REQUISITOS DEL PROFESIONAL PARA EJERCER LAS FUNCIONES DE RESIDENTE DE OBRA

    Artculo 185(Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado DL N 1017)

    En toda obra se contar de modopermanente y directo con unprofesional colegiado, habilitado yespecializado designado por elcontratista, previa conformidad de laentidad, como residente de obra, elcual podr ser ingeniero o arquitecto,segn corresponda a la naturaleza delos trabajos, con no menos de dos (2)aos de ejercicio profesional.

  • REQUISITOS DEL PROFESIONAL PARA EJERCER LAS FUNCIONES DE RESIDENTE DE OBRA

    Por su sola designacin, el residenterepresenta al contratista para los efectosordinarios de la obra, no estandofacultado a pactar modificaciones alcontrato.

    La sustitucin del residente soloproceder previa autorizacin escritadel funcionario de la Entidad, ElReemplazante deber reunircalificaciones profesionales similares osuperiores a las del profesionalreemplazado

  • FUNCIONES PRINCIPALES DEL RESIDENTE DE OBRA

    Tomar las decisiones tcnicas correspondientes y necesarias para la correcta ejecucin de los trabajos en las obras a su cargo, analizando la informacin que genera el proceso de ejecucin y resolviendo las consultas, aclaraciones, dudas o autorizaciones que presente el supervisor o la entidad contratante,

    Aplicar el expediente tcnico, administrativo y legal del proyecto

    Planificar y administrar el Recurso Humano.

  • FUNCIONES PRINCIPALES DEL RESIDENTE DE OBRA

    Realizar reuniones de coordinacin interna y aplicacin de los acuerdos en el desarrollo de la Obra.

    Asumir la responsabilidad directa de la ejecucin de los Planes de Calidad, Medio Ambiente y Seguridad

    Verificar y monitorear los resultados progresivos de Costos y Productividad.

    Validar las planillas semanales y monitorear las horas hombre (HH) previstas.

    Llevar el cuaderno de obra en forma oportuna.

  • FUNCIONES PRINCIPALES DEL RESIDENTE DE OBRA

    Llevar el cuaderno de obra en forma oportuna.

    Mantener el orden y limpieza en el desarrollo de la Obra, incluyendo sta aplicacin a las oficinas temporales.

    Contactar directamente con el Sindicato o Poblacin del caso; asimismo, de acuerdo a la zona donde se desarrolla la construccin, monitorear las implicancias de estos gremios en el desarrollo de la Obra.

    Coordinar y documentar el proceso de conclusin y de entrega-recepcin de las obras a su cargo en los aspectos tcnicos legales y administrativos, conforme a lo establecido en el contrato, mediante la elaboracin del acta correspondiente y sus anexos.

  • CONOCIMIENTOS QUE DEBE CONTAR EL RESIDENTE DE OBRA

    Manejo de la metodologa de Gerencia de Proyectos

    Conocimiento de Procesos Constructivo

    Conocimiento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado DL N| 1017 y Su Reglamento

    Conocimiento y manejo de software que contengan: Mdulos de Gerencia de Proyectos, Presupuestos, compras y almacn

    Conocimiento del sistema Microsoft Office.

    Conocimiento del sistema software Autocad.

  • Inspector o Supervisor de Obras

    Toda obra contar de modo permanente y directo con un inspector o con un supervisor, quedando prohibida la existencia de ambos en una misma obra.

    El inspector ser un profesional, funcionario o servidor de la Entidad expresamente designado por sta, mientras que el supervisor ser una persona natural o jurdica especialmente contratada para dicho fin. En el caso de ser una persona jurdica, sta designar a una persona natural como supervisor permanente en la obra.

    El inspector o supervisor, segn corresponda, debe cumplir por lo menos con las mismas calificaciones profesionales establecidas para el residente de obra.

    Ser obligatorio contratar un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el ao fiscal respectivo.

    Artculo 190

  • Funciones del Inspector o Supervisor

    La Entidad controlar los trabajos efectuados por el contratista a travs delinspector o supervisor, segn corresponda, quien ser el responsable develar directa y permanentemente por la correcta ejecucin de la obra y delcumplimiento del contrato.

    El inspector o el supervisor, segn corresponda, tiene como funcincontrolar la ejecucin de la obra y absolver las consultas que le formule elcontratista segn lo previsto en el artculo siguiente. Est facultado paraordenar el retiro de cualquier subcontratista o trabajador por incapacidad oincorrecciones que, a su juicio, perjudiquen la buena marcha de la obra;para rechazar y ordenar el retiro de materiales o equipos por mala calidad opor el incumplimiento de las especificaciones tcnicas; y para disponercualquier medida generada por una emergencia.

    No obstante lo sealado en el prrafo precedente, su actuacin debeajustarse al contrato, no teniendo autoridad para modificarlo.

    El contratista deber brindar al inspector o supervisor las facilidadesnecesarias para el cumplimiento de su funcin, las cuales estarn

    estrictamente relacionadas con sta.

  • Costo de la supervisin o inspeccin

    El costo de la supervisin no exceder del diez por ciento (10%) del valor referencial de la obra o del monto vigente del contrato de obra, el que resulte mayor, con excepcin de los casos sealados en los prrafos siguientes. Los gastos que genere la inspeccin no deben superar el cinco por ciento (5%) del valor referencial de la obra o del monto vigente del contrato de obra, el que resulte mayor.

    Cuando en los casos distintos a los de adicionales de obras, se produzcan variaciones en el plazo de la obra o variaciones en el ritmo de trabajo de la obra, autorizadas por la Entidad, y siempre que impliquen mayores prestaciones en la supervisin, el Titular de la Entidad puede autorizarlas, bajo las mismas condiciones del contrato original y hasta por un mximo del quince por ciento (15%) del monto contratado de la supervisin, considerando para el clculo todas las prestaciones adicionales previamente aprobadas.

  • Clases de garantas

    En aquellos casos y en las oportunidades previstas en el Reglamento, el postor o el contratista, segn corresponda, est obligado a presentar las siguientes garantas:

    1. Garanta de seriedad de oferta.

    2. Garanta de fiel cumplimiento.

    3. Garanta por el monto diferencial de la propuesta.

    4. Garanta por adelantos.

  • Requisitos adicionales para la suscripcin del Contrato de Obra

    1. Presentar la constancia de Capacidad Libre de Contratacin expedidapor el RNP.

    2. Designar al residente de la obra, cuando no haya formado parte de lapropuesta tcnica.

    3. Entregar el Calendario de Avance de Obra Valorizado elaborado enconcordancia con el cronograma de desembolsos econmicosestablecido, con el plazo de ejecucin del contrato y sustentado en elPrograma de Ejecucin de Obra (PERT-CPM), el cual deber considerarla estacionalidad climtica propia del rea donde se ejecute la obra,cuando corresponda.

    4. Entregar el calendario de adquisicin de materiales e insumosnecesarios para la ejecucin de obra, en concordancia con el Calendariode Avance de Obra Valorizado.

    5. Entregar el desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, enel caso de obras sujeto al sistema de suma alzada.

  • Inicio del plazo de Ejecucin de Obra

    El inicio del plazo de ejecucin de obra comienza a regir desde el da siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:

    1. Que se designe al inspector o al supervisor, segn corresponda.

    2. Que la Entidad haya hecho entrega del expediente tcnico de obra completo.

    3. Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se ejecutar la obra;

    4. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales e insumos que, de acuerdo con las Bases, hubiera asumido como obligacin;

    5. Que se haya entregado el adelanto directo al contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en el artculo 187.

  • Clases de Adelantos en Obras

    Las Bases podrn establecer los siguientes adelantos:

    1. Directos al contratista, los que en ningn caso excedern en conjunto del veinte por ciento (20%) del monto del contrato original.

    2. Para materiales o insumos a utilizarse en el objeto del contrato, los que en conjunto no debern superar el cuarenta por ciento (40%) del monto del contrato original.

  • Entrega del Adelanto Directo

    En el caso que en las Bases se haya establecido el otorgamiento de este adelanto, el contratista dentro de los ocho (8) das contados a partir del da siguiente de la suscripcin del contrato, podr solicitar formalmente la entrega del adelanto, adjuntando a su solicitud la garanta y el comprobante de pago correspondientes, debiendo la Entidad entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) das contados a partir del da siguiente de recibida la mencionada documentacin.

    En el caso que las Bases hubieran previsto entregas parciales del adelanto directo, se considerar que la condicin establecida en el inciso 5) del artculo 184 se dar por cumplida con la entrega del primer desembolso.

  • Entrega del Adelanto para Materiales e Insumos

    Las solicitudes de otorgamiento de adelantos para materiales oinsumos debern ser realizadas con la anticipacin debida, ysiempre que se haya dado inicio al plazo de ejecucin contractual,en concordancia con el calendario de adquisicin de materiales einsumos presentado por el contratista.

    No proceder el otorgamiento del adelanto de materiales oinsumos en los casos en que las solicitudes correspondientes seanrealizadas con posterioridad a las fechas sealadas en elcalendario de adquisicin de materiales e insumos.

  • Calculo de Adelanto de Materiales

    Codigo Descripcion Subpresupuesto Costo directo G.Grls Utilidad Sub-total x F.R.: 1.00000 IGV Costo parcial

    001 PAVIMENTACION 445,793.23 35,663.46 31,205.53 512,662.21 512,662.21 92,279.20 604,941.41

    002 VEREDAS DE CONCRETO 216,608.12 17,328.65 15,162.57 249,099.34 249,099.34 44,837.88 293,937.22

    003 SARDINELES DE CONCRETO 47,761.13 3,820.89 3,343.28 54,925.30 54,925.30 9,886.55 64,811.85

    004 AREAS VERDES 6,192.61 495.41 433.48 7,121.50 7,121.50 1,281.87 8,403.37

    005 RED DE ALCANTARILLADO 52,997.48 4,239.80 3,709.82 60,947.10 60,947.10 10,970.48 71,917.58

    006 RED DE AGUA POTABLE 62,838.81 5,027.10 4,398.72 72,264.63 72,264.63 13,007.63 85,272.27

    TOTALES 832,191.38 66,575.31 58,253.40 957,020.09 957,020.09 172,263.62 1,129,283.70

    001 PAVIMENTACIONMONTO

    MXIMO

    CONTRACTUA

    L

    (1)

    Io Ia

    MONTO

    MXIMO

    ADELANTO

    OTORGAR

    (2)

    Monto

    Solicitado

    por

    Contratista

    N01

    (3)

    MONTO

    AUTORIZAD

    O S/.Monomio Factor (%) Smbolo DESCRIPCION INDICE

    1 0.174 100.000 MOMANO DE OBRA INC. LEYES

    SOCIALES47 105,259.81

    100 100 105,259.810.00

    2 0.360 100.000 IINDICE GENERAL DE PRECIOS

    AL CONSUMIDOR39 217,778.91

    100 100 217,778.910.00

    3 0.298 100.000 C CEMENTO PORTLAND TIPO I 21 180,272.54 339.42 339.42 180,272.54 408,233.02 180,272.54

    4 0.080 100.000 MMADERA NACIONAL PARA

    ENCOF. Y CARPINT.43 48,395.31

    572.02 570.72 48,285.33169,599.08 48,395.31

    5 0.088 100.000 AACERO DE CONSTRUCCION

    CORRUGADO3 53,234.84

    474.67 474.90 53,260.64555,440.29 53,234.84

    SUB TOTAL 604,941.41 604,857.22 1,133,272.39 281,902.70

    K= 0.174*(MOr/MOo)+0.360*(Ir/Io)+0.298*(Cr/Co)+0.080(Mr/Mo)+0.088(Ar/Ao)

  • Amortizacin de Adelantos

    La amortizacin del adelanto directo se har mediante descuentos proporcionales en cada una de las valorizaciones de obra.

    La amortizacin del adelanto para materiales e insumos se realizar de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo N011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.

    Cualquier diferencia que se produzca respecto de la amortizacin de los adelantos se tomar en cuenta al momento de efectuar el pago siguiente que le corresponda al contratista y/o en la liquidacin

  • Cuaderno de Obra

    En la fecha de entrega del terreno, se abrir el cuaderno de obra, el mismo que ser firmado en todas sus pginas por el inspector o supervisor, segn corresponda, y por el residente, a fin de evitar su adulteracin. Dichos profesionales son los nicos autorizados para hacer anotaciones en el cuaderno de obra.

    El cuaderno de obra debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de stas a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor. El original de dicho cuaderno debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente, no pudiendo impedirse el acceso al mismo.

    Si el contratista no permite el acceso al cuaderno de obra al inspector o supervisor, impidindole anotar las ocurrencias, ser causal de aplicacin de multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorizacin por cada da de dicho impedimento.

    Concluida la ejecucin de la obra, el original quedar en poder de la Entidad.

  • Anotacin de ocurrencias

    En el cuaderno de obra se anotarn los hechos relevantes queocurran durante la ejecucin de esta, firmando al pie de cadaanotacin el inspector o supervisor o el residente, segn sea el queefectu la anotacin. Las solicitudes que se realicen comoconsecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra,se harn directamente a la Entidad por el contratista o surepresentante, por medio de comunicacin escrita.

    El cuaderno de obra ser cerrado por el inspector o supervisorcuando la obra haya sido recibida definitivamente por la Entidad.

  • Consultas sobre ocurrencias en la obra

    Las consultas se formulan en el cuaderno de obra y se dirigen alinspector o supervisor, segn corresponda.

    Las consultas cuando por su naturaleza, en opinin del inspector osupervisor, no requieran de la opinin del proyectista, sern absueltaspor stos dentro del plazo mximo de cinco (5) das siguientes deanotadas las mismas. Vencido el plazo anterior y de no ser absueltas, elcontratista dentro de los dos (2) das siguientes acudir a la Entidad, lacual deber resolverlas en un plazo mximo de cinco (5) das, contadosdesde el da siguiente de la recepcin de la comunicacin del contratista.

    Las consultas cuando por su naturaleza, en opinin del inspector osupervisor, requieran de la opinin del proyectista sern elevadas porstos a la Entidad dentro del plazo mximo de cuatro (4) das siguientesde anotadas, correspondiendo a sta en coordinacin con el proyectistaabsolver la consulta dentro del plazo mximo de quince (15) dassiguientes de la comunicacin del inspector o supervisor.

  • Consultas sobre ocurrencias en la obra

    Para este efecto, los proyectistas establecern en sus respectivas propuestas para los contratos de diseo de la obra original, el compromiso de atender consultas en el plazo que establezcan las Bases.

    En caso no hubiese respuesta del proyectista en el plazo mximo fijado en el prrafo anterior, la Entidad deber dar instrucciones al contratista a travs del inspector o supervisor, sin perjuicio de las acciones que se adopten contra el proyectista, por la falta de absolucin de la misma.

    Si, en ambos casos, vencidos los plazos, no se absuelve la consulta, el contratista tendr derecho a solicitar ampliacin de plazo contractual por el tiempo correspondiente a la demora. Esta demora se computar slo a partir de la fecha en que la no ejecucin de los trabajos materia de la consulta empiece a afectar la ruta crtica del programa de ejecucin de la obra

  • Valorizaciones y Metrados Las valorizaciones tienen el carcter de pagos a cuenta y sern elaboradas el

    ltimo da de cada perodo previsto en las Bases, por el inspector o supervisor y el contratista.

    En el caso de las obras contratadas bajo el sistema de precios unitarios, las valorizaciones se formularn en funcin de los metrados ejecutados con los precios unitarios ofertados, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad ofertados por el contratista; a este monto se agregar, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas.

    En el caso de las obras contratadas bajo el sistema a suma alzada, durante la ejecucin de la obra, las valorizaciones se formularn en funcin de los metrados ejecutados contratados con los precios unitarios del valor referencial, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad del valor referencial. El subtotal as obtenido se multiplicar por el factor de relacin, calculado hasta la quinta cifra decimal; a este monto se agregar, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas.

  • Valorizaciones y Metrados En las obras contratadas bajo el sistema a precios unitarios se valorizar hasta el total de

    los metrados realmente ejecutados, mientras que en el caso de las obras bajo el sistemade suma alzada se valorizar hasta el total de los metrados del presupuesto de obra.

    Los metrados de obra ejecutados sern formulados y valorizados conjuntamente por elcontratista y el inspector o supervisor, y presentados a la Entidad dentro de los plazosque establezca el contrato. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorizacinconjunta con el contratista, ste la efectuar. El inspector o supervisor deber revisar losmetrados durante el perodo de aprobacin de la valorizacin.

    El plazo mximo de aprobacin por el inspector o el supervisor de las valorizaciones y suremisin a la Entidad para perodos mensuales es de cinco (5) das, contados a partir delprimer da hbil del mes siguiente al de la valorizacin respectiva, y ser cancelada por laEntidad en fecha no posterior al ltimo da de tal mes. Cuando las valorizaciones serefieran a perodos distintos a los previstos en este prrafo, las Bases establecern eltratamiento correspondiente de acuerdo con lo dispuesto en el presente artculo.

    A partir del vencimiento del plazo establecido para el pago de estas valorizaciones, porrazones imputables a la Entidad, el contratista tendr derecho al reconocimiento de losintereses legales, de conformidad con los artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil.Para el pago de los intereses se formular una Valorizacin de Intereses y se efectuar enlas valorizaciones siguientes