Clase07 Pagare

16
EL PAGARE EL PAGARE Dra Dra . Mariela Casanova . Mariela Casanova Claros Claros

description

titlos valores

Transcript of Clase07 Pagare

Page 1: Clase07 Pagare

EL PAGAREEL PAGARE

DraDra. Mariela Casanova Claros. Mariela Casanova Claros

Page 2: Clase07 Pagare

Definición:Definición:• Es una promesa de pago escrita a favor Es una promesa de pago escrita a favor

de una persona, por cantidad determinada de una persona, por cantidad determinada o determinable de dinero a cierto tiempo o o determinable de dinero a cierto tiempo o plazo.plazo.

Page 3: Clase07 Pagare

Contenido:Contenido:

a)a) La denominación de Pagaré;La denominación de Pagaré;b)b) La indicación del lugar y fecha de su La indicación del lugar y fecha de su emisión;emisión;c)c) La promesa incondicional de pagar La promesa incondicional de pagar una cantidad determinada de dinero o una una cantidad determinada de dinero o una cantidad determinable de éste, conforme a cantidad determinable de éste, conforme a los sistemas de actualización o reajuste los sistemas de actualización o reajuste de capital legalmente admitidos;de capital legalmente admitidos;

Page 4: Clase07 Pagare

d)d) El nombre de la persona a quien o a la El nombre de la persona a quien o a la orden de quien debe hacerse el pago;orden de quien debe hacerse el pago;e)e) La indicación de su vencimiento único La indicación de su vencimiento único o de los vencimientos parciales en los casos o de los vencimientos parciales en los casos señalados en el siguiente párrafo;señalados en el siguiente párrafo;f)f) La indicación del lugar de pago y/o, en La indicación del lugar de pago y/o, en los casos previstos por el Artículo 53, la los casos previstos por el Artículo 53, la forma como ha de efectuarse éste;forma como ha de efectuarse éste;g)g) El nombre, el número del documento El nombre, el número del documento oficial de identidad y la firma del emitente, oficial de identidad y la firma del emitente, quien tiene la calidad de obligado principal.quien tiene la calidad de obligado principal.

Page 5: Clase07 Pagare

FORMAS DE SEÑALAR EL PAGOFORMAS DE SEÑALAR EL PAGO

PuedePuede señalarse ya sea como pago único, señalarse ya sea como pago único, o en armadas o cuotas.o en armadas o cuotas.La falta de pago de una o más de ellas La falta de pago de una o más de ellas faculta al tenedor a dar por vencidos todos faculta al tenedor a dar por vencidos todos los plazos y a exigir el pago del monto los plazos y a exigir el pago del monto total del títulototal del título..

Page 6: Clase07 Pagare

Se deberá realizar el Se deberá realizar el protesto o formalidad protesto o formalidad sustitutoria en sustitutoria en cada cada oportunidad del oportunidad del incumplimiento de una cualquiera de dichas incumplimiento de una cualquiera de dichas armadas o cuotasarmadas o cuotas..

La cláusula de Liberación del Protesto que La cláusula de Liberación del Protesto que se hubiere incorporado en estos pagarés se hubiere incorporado en estos pagarés surtirá efecto sólo respecto a la última surtirá efecto sólo respecto a la última armada o cuota.armada o cuota.

Page 7: Clase07 Pagare

Requisitos adicionables Requisitos adicionables

En el Pagaré podrá dejarse constancia de:En el Pagaré podrá dejarse constancia de:a)a) La causa que dio origen a su emisión;La causa que dio origen a su emisión;b)b) La tasa de interés compensatorio que La tasa de interés compensatorio que devengará hasta su vencimiento; así como devengará hasta su vencimiento; así como de las tasas de interés compensatorio y de las tasas de interés compensatorio y moratorio para el periodo de mora, de moratorio para el periodo de mora, de acuerdo al Artículo 51, aplicándose en caso acuerdo al Artículo 51, aplicándose en caso contrario el interés legal; ycontrario el interés legal; yc)c) Otras referencias causales.Otras referencias causales.

Page 8: Clase07 Pagare

Formas de vencimiento Formas de vencimiento

a)a) A fecha o fechas fijas de vencimiento, A fecha o fechas fijas de vencimiento, según se trata de pago único de su importe según se trata de pago único de su importe o de pago en armadas o cuotas;o de pago en armadas o cuotas;b)b) A la vista.; oA la vista.; oc)c) A cierto plazo o plazos desde su A cierto plazo o plazos desde su emisión, según se trate de pago único de emisión, según se trate de pago único de su importe o de pago en armadas o cuotas.su importe o de pago en armadas o cuotas.

Page 9: Clase07 Pagare

Obligaciones del emitente Obligaciones del emitente

El emitente en su condición de obligado El emitente en su condición de obligado principal asume las mismas obligaciones principal asume las mismas obligaciones que el aceptante de una Letra de Cambio; que el aceptante de una Letra de Cambio; y el tenedor tiene acción directa contra él y el tenedor tiene acción directa contra él y sus garantesy sus garantes..

Page 10: Clase07 Pagare

Normas aplicables Normas aplicables

Son de aplicación al Pagaré, en cuanto no Son de aplicación al Pagaré, en cuanto no resulten incompatibles con su naturaleza, resulten incompatibles con su naturaleza, las disposiciones referidas a la Letra de las disposiciones referidas a la Letra de Cambio.Cambio.

Page 11: Clase07 Pagare

EL PAGARE BANCARIOEL PAGARE BANCARIO

Page 12: Clase07 Pagare

Definición:Definición:• Es un título valor que representa la Es un título valor que representa la

obligación contraída por una empresa del obligación contraída por una empresa del Sistema Financiero de pagar al tenedor al Sistema Financiero de pagar al tenedor al momento de su vencimiento la cantidad momento de su vencimiento la cantidad de dinero señalada en él.de dinero señalada en él.

• Es un instrumento de captación de ahorro Es un instrumento de captación de ahorro del público en el cual la única obligada a del público en el cual la única obligada a su pago es la entidad del SF que lo emite.su pago es la entidad del SF que lo emite.

Page 13: Clase07 Pagare

Entidad autorizada:Entidad autorizada:

Sólo las empresas del Sistema Financiero Sólo las empresas del Sistema Financiero Nacional autorizadas por la ley de la Nacional autorizadas por la ley de la materia están facultadas a emitir el materia están facultadas a emitir el Pagaré Bancario, sea como valor Pagaré Bancario, sea como valor individual o masivo.individual o masivo.

Page 14: Clase07 Pagare

Contenido:Contenido:

La denominación destacada de "Pagaré La denominación destacada de "Pagaré Bancario"Bancario"

Los demás requisitos formales que se Los demás requisitos formales que se señala en el Artículo 158 de la Ley de señala en el Artículo 158 de la Ley de Títulos Valores para el pagaré, en lo que Títulos Valores para el pagaré, en lo que le resulte aplicable.le resulte aplicable.

Page 15: Clase07 Pagare

Emisión masiva:Emisión masiva:a)a) La emisión masiva para su colocación La emisión masiva para su colocación

por oferta pública requerirá de por oferta pública requerirá de autorización previa de la autorización previa de la SuperintendenciaSuperintendencia

b)b) El Pagaré Bancario emitido en forma El Pagaré Bancario emitido en forma masiva podrá ser a la orden o masiva podrá ser a la orden o nominativo. En este último caso, podrá nominativo. En este último caso, podrá estar representado por anotación en estar representado por anotación en cuenta, observándose en tal caso en lo cuenta, observándose en tal caso en lo pertinente la ley de la materia.pertinente la ley de la materia.

Page 16: Clase07 Pagare

RESPONSABILIDAD DE LOS TRANSFERENTESRESPONSABILIDAD DE LOS TRANSFERENTES Los transfirientes del Pagaré Bancario no Los transfirientes del Pagaré Bancario no

asumen responsabilidad solidaria frente al asumen responsabilidad solidaria frente al último tenedor, correspondiendo la obligación último tenedor, correspondiendo la obligación de pago exclusivamente a la empresa emisora de pago exclusivamente a la empresa emisora y/o sus garantes.y/o sus garantes.

PROTESTOPROTESTO El Pagaré Bancario, emitido en forma El Pagaré Bancario, emitido en forma

individual o masiva, no requiere de protesto individual o masiva, no requiere de protesto para el ejercicio de los derechos cambiarios, para el ejercicio de los derechos cambiarios, constituyendo título ejecutivo.constituyendo título ejecutivo.