Clase Práctica Ciclo 2.013 LEY DE RIESGOS DE TRABAJO PROFESOR: CARLOS A. TOSELLI 1 Universidad...
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Clase Práctica Ciclo 2.013LEY DE RIESGOS DE TRABAJO
PROFESOR: CARLOS A. TOSELLI
1
Universidad Nacional de CórdobaFacultad de Derecho y Ciencias
Sociales
Jorge Pérez durante el último año percibió un sueldo mensual de $3.500.- Tenía 36 años de edad cuando se le detecta una enfermedad vinculada al trabajo.- A los seis meses de esa primera manifestación invalidante se determina a través de Comisión Médica una Incapacidad Parcial y Permanente del 52% de la T.O., cuya provisoriedad se fija por el término de 36 meses.-
Determinar:A) Ingreso base: (art. 12 LRT) B) Salario art. 208C) Monto a cargo del empleador: (art. 13, inc. 1, 2do
párrafo).-D) Prestación por incapacidad temporaria a cargo de la A.R.T. : $ E) Prestación por incapacidad parcial y permanente durante el
período de provisoriedad: F) Prestación por Incapacidad Parcial y Permanente Definitiva: $
G) Compensación adicional de pago único: $ (art. 11
apartado 4 a) de la ley 24.557 incorporado por el art. 3 del decreto 1278/00 y modificado por el decreto 1694/09 y con más los ajustes de la ley 26.773
2
A) INGRESO BASE (ART. 12 LRT):
$ 3.500 x 13 : 365 x 30 .4 = $ 3.789,58
B) SALARIO ART. 208 (Sueldo + 8,33 % ) = $ 3791,55
C) MONTO A CARGO DEL EMPLEADOR: $ 1.263,85 ( art. 13, inc. 1, 2do párrafo).
3
D) PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD TEMPORARIA A CARGO DE LA A.R.T.:
$3.791,55X 5 = 18.957,75 + 2.527,7 = $21.485,45
E) PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD PARCIAL Y PERMANENTE DURANTE EL PERÍODO DE PROVISORIEDAD:
3.791,55 X 36 = $136.495,80
F) prestación por incapacidad parcial y permanente definitiva:
53 X 3.789,58 X 0.52 X 1.80 (65: 36) X 20% = $187.993.47 x 20% = 225.592,16
4
5
G) INDEMNIZACION MINIMA:$ 1.800 X 52 X 2.648 X 20% : 297.423,36VALOR RIPTE: Junio 2013: 912,82 = Coef. 2.648
Enero 2010: 344,73
H) COMPENSACIÓN ADICIONAL DE PAGO ÚNICO:
$ 80.000 x 2.648= $ 211.840X 20% = 42.368 = 254.208
(art. 11 apartado 4 a) de la ley 24.557 incorporado por el art. 3 del decreto 1278/00 y modificado por
el decreto 1694/09) y reformado por los arts. 3 y 8 de la ley 26.773
PRÁCTICO Nº 2:Un empleado jerárquico de una empresa
láctea, con un ingreso mensual de $
7.000 y 38 años de edad fallece en un accidente de trabajo.- Qué perciben sus causahabientes teniendo esposa y dos hijos.-
Respuestas: A) Ingreso Base Mensual: B) Prestación Por Muerte C) Compensación adicional de pago único:
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A) INGRESO BASE MENSUAL:7.000 X 13 : 365 X 30.4 = $7.579,17
B) PRESTACIÓN POR MUERTE: 53 X 7.579,17 X 65:38 (1.71) X 20% =
$824.280,20
C) INDEMNIZACION MINIMA: 180.000 X 2.648 X 20% = $ 571.968
D) COMPENSACIÓN ADICIONAL DE PAGO ÚNICO: $120.000 x 2.648 x 20% = $
381.312 7
PRÁCTICO Nº 3:Un operario de Ciadea que había trabajado
durante todo el año anterior, que percibía un sueldo mensual de $ 2.800 y con 49 años de edad, sufre un accidente cerebro vascular.- A los 5 meses se le determina una Incapacidad Laboral Permanente Total del 92% y la necesidad de contar con asistencia permanente para la satisfacción de sus necesidades mínimas.- Determine Ingreso Base y Prestaciones a percibir y cuándo esa I.L.P.T. se transforma en definitiva.-
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A) INGRESO BASE: 2.800 X 13 : 365 X 30.4 = $3.031,67
B) ART. 208: 2.800 + 8.33% = $3.033,24
C) MONTO A CARGO DEL EMPLEADOR: $ 1.011,08
D) PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD TEMPORARIA A CARGO DE A.R.T. :
2.022,16 + 12.132,96 (3.033,24 X 4) = $14.155,12 9
E) PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL PROVISORIA:
3.033.24 X 36 = $109.196,64La incapacidad total provisoria se transforma en
definitiva al vencimiento del plazo fijado conforme Art. 9 inc. 1 párrafos 1 y 4.-
F) PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL DEFINITIVA: 53 X 3.031,67 X 1.32 (65: 49) = 212.095,63 X
20% = 42.419,12 = $254.514,75 G) INDEMNIZACION MINIMA: 180.000 X
2.648 X 20% = $ 571.96810
H) PRESTACIÓN POR GRAN INVÁLIDO: $2.000
(más reajustes jubilatorios desde marzo 2010)(art. 17 inc. 2)
I) COMPENSACIÓN ADICIONAL DE PAGO ÚNICO: $100.000 x 2.648 x 20% = $
317.760
11
PRÁCTICO Nº 4:Un albañil que cuenta con 63 años de edad es
contratado para una obra en construcción, con un ingreso mensual de $ 2.580.- Trabaja los meses de Enero y Febrero y el 28 de ese mes, mientras trabajaba sufre una fractura expuesta en la pierna derecha.- Comisión Médica al vencimiento del plazo legal fijado le determina una incapacidad del 27% de la T.O.- Determine Ingreso Base, Prestaciones y cuándo opera el vencimiento del plazo legal:
12
A) INGRESO BASE MENSUAL:2.580 x 2 : 5160 + 418 = 5.578 : 59 x 30.4 =
$2.874,08
B) ART. 208: 2580 + 8.33% = $2.794,91
C) MONTO A CARGO DEL EMPLEADOR:$931,63
D) PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD TEMPORARIA A CARGO DE LA ART:
1.863,28 + 30.744 (2.794,91 x 11) = $32.607,28
13
E) PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE DEFINITIVA:
53 x 2.874.08 x 1.03 (65:63) x 27% = 42.361.92
42.361.92 x 20% = $ 50.834,30
F) INDEMNIZACION MÍNIMA:1.800 x 27 x 2.648= 128.692,80 (a ese piso mínimo se le agrega el 20%) = $ 154.431,36
El vencimiento del plazo legal cuando el beneficiario tiene derecho a una prestación de pago único (igual o inferior al 50% de incapacidad) operará al año de la primera manifestación invalidante (art. 9 inc. 2 y art. 7 inc. 2, apartado c).
14
PRÁCTICO Nº 5:Una persona se encuentra en la parada del
colectivo que lo lleva a su trabajo cuando es atropellado por un vehículo que se sube a la vereda.- Sufre politraumatismos múltiples.- A los once meses se le determina una I.P.T. del 68% cuya provisoriedad se extiende por el plazo máximo fijado por la ley, con prórroga incluida.- Cuáles son las prestaciones que percibirá si había trabajado desde el 1 de enero al 10 de agosto, su sueldo era de $ 1.800 y su edad 57 años.-
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A) INGRESO BASE:$1.955,62
B) TOTAL DE REMUNERACIONES: $ 1.800 x 7 = 12.600 + 10 días de Agosto
(580,64) + SAC 1er semestre: 900 + SAC prop. 2do. Sem: 200,54 ($ 1.800 : 2 x 41 : 184) =
14.281,18 : 222 = 64.33 x 30.4 (es el promedio de días del mes, puesto que se cuentan los días corridos) = $1.955,62
C) ART. 208:$1.800 X 8.33% = $ 1.949,94
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D) MONTO A CARGO DEL EMPLEADOR:$ 649,98
E) PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD TEMPORARIA A CARGO DE A.R.T.:
$ 19.499,40 (10 meses x 1.949,94) + 1299.96 = $20.799,36
F) PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL PROVISORIA:
1.949,94 x 60 (va con prórroga incluida, 36+24) = $116.996,40
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G) PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL DEFINITIVA:
53 x 1.955,62 = 103.647,86 x 1.14 (65: 57) $118.158,56
H) INDEMNIZACION MINIMA: $180.000 X 2.648= $ 476.640
I) COMPENSACIÓN ADICIONAL DE PAGO ÚNICO:
$ 100.000 x 2.648= $ 264.800
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RECOMENDACIONES PARA EL PARCIAL:
1- Traer calculadora.
2- Estudiar de la LRT reformada.
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GRACIAS POR SU AMABLE ATENCIÓN
MUCHA SUERTE Y ÉXITOS PARA EL
PARCIAL !!!20