Clase de Ley

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MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS. Negociación: entre dos partes directamente, resuelven su controversia para llegar a un acuerdo Mediación: solo facilita la comunicación, ayuda a las dos personas para que hablen para que lleguen a un acuerdo, es un tercero para fluir la comunicación no se inclina por ninguno Conciliación: Resolver controversia, interviene un tercer y este si propone soluciones pero nunca obliga a cumplir la soluciones que da. Las partes deciden que soluciona tomar Arbitraje: ley de arbitraje 67-95 medio de solución de conflictos en el cual un tercero (arbitro, tribunal arbitral) resuelve y pone fin al conflicto, buscando la solución justa y equitativa para las partes, el fin que determina el árbitro se llama (laudo arbitral) resolución del árbitro. El audo arbitral pone fin al conflicto, pero porque los demás no podían ponerse de acuerdo. Se da mucho en el ámbito comercial y es nacional e internacional. Internacional del arbitraje de acuerdo a donde estén domiciliadas las partes, por ejemplo el conflicto es en Guatemala pero se arregla en new york, hay lugares diferentes involucrados. Conflictos o asuntos de arbitraje, Aquellas que tenga libre disposición, el arbitraje laboral se basa en el código de trabajo articulo 397 codigo de trabajo arbitraje laboral guatemalteco. No puede pedir arbitraje cuando un juez ya haya dictado sentencia. No pueden ser arbitrados, divorcios, matrimonios, casos familiares. Ministerio de trabajo solo es asesorías al trabajador, luego se presenta la demanda al juzgado, ARBITRAJE: procedimiento arbitral, ACUERDO DE ARBITRAJE: acuerdo de las partes si hay conflicto de contrato de relación de algo, se resolverá a travez de un arbitraje. FORMAS DE ACUERDO DE ARBITRAJE. Clausula compromisoria, clausula que se puede insertar en los contratos, o clausula compromisoria,

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MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS.

Negociación: entre dos partes directamente, resuelven su controversia para llegar a un acuerdo

Mediación: solo facilita la comunicación, ayuda a las dos personas para que hablen para que lleguen a un acuerdo, es un tercero para fluir la comunicación no se inclina por ninguno

Conciliación: Resolver controversia, interviene un tercer y este si propone soluciones pero nunca obliga a cumplir la soluciones que da. Las partes deciden que soluciona tomar

Arbitraje: ley de arbitraje 67-95 medio de solución de conflictos en el cual un tercero (arbitro, tribunal arbitral) resuelve y pone fin al conflicto, buscando la solución justa y equitativa para las partes, el fin que determina el árbitro se llama (laudo arbitral) resolución del árbitro. El audo arbitral pone fin al conflicto, pero porque los demás no podían ponerse de acuerdo. Se da mucho en el ámbito comercial y es nacional e internacional.

Internacional del arbitraje de acuerdo a donde estén domiciliadas las partes, por ejemplo el conflicto es en Guatemala pero se arregla en new york, hay lugares diferentes involucrados.

Conflictos o asuntos de arbitraje, Aquellas que tenga libre disposición, el arbitraje laboral se basa en el código de trabajo articulo 397 codigo de trabajo arbitraje laboral guatemalteco. No puede pedir arbitraje cuando un juez ya haya dictado sentencia.

No pueden ser arbitrados, divorcios, matrimonios, casos familiares. Ministerio de trabajo solo es asesorías al trabajador, luego se presenta la demanda al juzgado,

ARBITRAJE: procedimiento arbitral,

ACUERDO DE ARBITRAJE: acuerdo de las partes si hay conflicto de contrato de relación de algo, se resolverá a travez de un arbitraje.

FORMAS DE ACUERDO DE ARBITRAJE. Clausula compromisoria, clausula que se puede insertar en los contratos, o clausula compromisoria, si surge conflictos, se resolverán a través de la vía de arbitraje.

COMO SE DESARROLLA EL ARBITRAJE

ARTICULO 23, SUSTANCIACION DE LAS ACTUACIONES ARBITRALES

1. Trato equitativo de las partes2. Determinación del procedimiento (como se desarrolla el arbitraje, arbitraje idóneo 1. 3. Se inicia las actuaciones arbitrales (demandar ante un tribunal arbitral) 4. Idioma en el arbitraje ( 5. Demanda y contestación articulo 28 ( demanda 1 persona hacer valer porque surgió el

conflicto y todo lo que quiere, demandado, responder, defenders pruebas para fundamentar su demanda

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6. Audiencia y actuaciones por escrito ( citar a las partes para escucharlas en el proceso)Articulo 29 # 1, REPRESENTACION DE LAS PRUEBAS, ( EL tribunal arbitral escucha a las partes o presenta mas pruebas, ARTICULO 31 NOTIFICACIONES ( FIJAR UN LUGAR PARA RECIBIR LAS NOTIFICACIONES E INVITARLAS)

PERITOS. SON EXPERTOS EN DETERMINADOS TEMAS Y PUEDEN APORTAR OPINION EN PROCESOS , VERIFICA LA INFORMACION, ARTICULO 33:

ARTICULO # 40 forma y contendio del Laudo, se dicta por escrito y firmado por los árbitros, 2 debera ser motivado, o justificado) explicar el porque se esta dando la situaicon.3. Fecha que ha sido dictado y e lugar del arbitraje4. Notificado a las partes5. Costas: costos de un procesos, los árbitros tiene que detallar costo de proceso, honorarios, notificaciones costo o medios de prueba y a quien le toca pagarlos, Tabla de honorarios de los árbitros, fijados en dólares depende que se pelea asi son los honorarios, al inicio ellos pactan quien va a pagr o cada quien lo que gasto su parte,TERMINACION DE LAS ACTUALIZACIONES ARBITRALES ARTICULO 41: se termina con el laudo definitivo. Si las partes no están de acuerdo se impugna el laudo,

COMO SE MANEJA LA IMPUGNACION DEL LAUDO ARTICULO 43, Recurso de revisión,Impugnar: no estar de acuerdo y que se quiere que se haga otra cosaUna sala de acorde de apelaciones se le pide en el arbitral,No se esta de cuerdo con el laudo arbitral las partes se impugnan, son juezes magistrados a cargo de la sala de apelaciones, revisan laudo se modifica o se impugna y se hace uno nuevo se hace un efecto, primera instancia jueces, y en segunda instancia los magistrados

RECONOCIMIENTO Y EJECUCION DE LOS LAUDOS ARTICULO 45, referencias de con que leyes se van a defender los arbitrajes,ARTICULO 46 # 1Los laudos obligan a las partes para su cumplimiento y ejecución, general acciones y conflictos,

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HUELGA: suspensión de labores por parte de los trabajadores

PARO: suspensión de labores por patrones

Procesos judiciales se encarga de conciliar a las partes más en los procesos de familias.

En lo laboral, concilia al trabajador y al patrono antes de iniciar un proceso judicial, el juez no es mediador pero si conciliador para que se pongan de acuerdo las partes pero si no quieren el decide conforme a la ley