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    Filosofa del Derecho Terico FFyL UBA 2011 Dworkin 14/09/2011 1

    La tesis de Dworkin: El razonamiento legal es un ejercicio en interpretacinconstructiva, que nuestro derecho consiste en la mejor justificacin de nuestras prcticaslegales como un todo, que consiste en la historia narrativa [narrative story] de estasprcticas en el mejor sentido posible. La estructura distintiva y las restricciones delargumento legal emergen, segn esta visin, slo cuando identificamos y distinguimos

    las diversas y a menudo competitivas dimensiones del valor poltico, las diferenteshebras tejidas en conjunto en el juicio complejo que una interpretacin hace a la historiadel derecho [laws story] mejor en su conjunto, todas las cosas consideradas, quecualquier otra (R. Dworkin,Laws Empire, p. vii).

    Los problemas del positivismo:1. No puede explicar los desacuerdos jurdicos.2. Teora del hecho puro, el derecho como una cuestin emprica. Conservadurismovs. progresismo (I, ajuste, el texto, originalismo o constructivismo): Los desacuerdos seresuelven empricamente; una parte ignora o desobedece al derecho, a menudopolitizndolo; la otra parte se limita a decir lo que el derecho es y a reclamarles a los

    jueces que se cian al derecho ms o menos mecnicamente. Conservadurismo vs.

    progresismo (II, justificacin,LE, 357-9): contenido del derecho (v.g. castigo, libertadde mercado). La Corte Suprema y la poltica estadounidense.3. Los jueces hacen derecho, no lo descubren en ninguno sentido significativo. Amenudo tapan brechas, o lo crean, y muy probablemente sobre la base de sus creenciasmorales y polticas. Los desacuerdos jurdicos son desacuerdos polticos o moralesdisfrazados.4. Convencionalismo.

    La solucin:Tres cuestiones en un caso:1. Qu pas? (argumento histrico o fctico)2. Cul es el derecho aplicable? (Qu clase de argumento es?)3. Es el derecho aplicable justo? (argumento moral) (y si no lo es, deben los juecesdesobedecerlo?)Cmo explicar el desacuerdo entre jueces sobre el derecho vigente a pesar de que lasleyes hayan sancionadas y conocidas, as como las decisiones anteriores de los jueces?La prctica legal es argumentativa. Punto de vista externo dworkiniano (v.g., por quciertos patrones de argumentacin legal se desarrollan en algunos perodos ocircunstancias antes que en otros?,LE, p. 13, quizs se deba a razones econmicas,histricas, culturales, etc., ideolgicas, o polticas: haciendo cosas con el derecho) >hartiano. Punto de vista interno dworkiniano (= jueces): prctico, cules argumentoslegales son correctos y por qu.

    El aguijn semntico del positivismo.

    1. La tesis interpretativa: el derecho es un fenmeno interpretativo.El derecho como literatura: texto obra. esto [ley natural] es interpretacin[Interpretation], no texto; y podra venir alguien que con una intencin y un arteinterpretativo antitticos supiese sacar de la lectura de esa misma naturaleza, y enrelacin a los mismos fenmenos, (Nietzsche,MBM, I.22, Alianza, p. 47).Lo mismo que ha ocurrido todava ltimamente, a plena luz de los tiempos modernos,con la Revolucin francesa, esa farsa [Posse] horrible y, vista desde cerca, superflua,dentro de la cual, sin embargo, los espectadores nobles y exaltados de toda Europa que

    la vean desde lejos han venido proyectando durante mucho tiempo y de manera muyapasionada la interpretacin [hineininterpretiert haben] de sus propias indignaciones y

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    entusiasmos, hasta que el texto desapareci bajo la interpretacin: tambin podraocurrir que una posteridad noble malentendiese alguna vez el pasado entero y acaso deese modo hiciese tolerable por vez primera su aspecto (Nietzsche, MBM, I.38, p. 67,W, II, 39-40): malentendido?No existen fenmenos morales, sino slo una interpretacin [Ausdeutung] moral de

    fenmenos (Nietzsche,MBM, IV.108, p. 107, W, II, p. 65).La actitud interpretativa hacia las reglas de una prctica: (a) la prctica no slo existesino que tiene valor [teora interpretativa de la apreciacin]; (b) las reglas de la prcticaestn vinculadas con dicho valor. Ajedrez derecho. La relacin entre el contenido y elvalor o sentido de la prctica hace que emerja la interpretacin, la cual se vuelve sobrela prctica. Libertad y restriccin en la interpretacin. Inventan o descubren el derecholos jueces?Las etapas de la interpretacin: textual o pre-interpretativa (el texto delLeviatn),interpretacin en sentido estricto (liberal, totalitario). Instancias de una obra de artecomo ejemplar (MS), codificacin (negativo fotogrfico), instrucciones para laproduccin de instancias (partituras, obras de teatro) (S. Davis, OHAe, pp. 159-63).

    La novela en cadena (wikipedia? Gadamer). Los jueces como autores y crticos.Derecho y poltica: anti-positivismo.Interpretacin: intencionalismo (conversacin) y constructivismo (principio de caridadinterpretativa? Las intenciones o propsitos son relevantes, pero los del intrprete: hacerdel objeto el mejor ejemplo posible del gnero al que pertenece). Intencionalismohipottico?: Una idea pertenence a la intencin del artista, segn esta visin, cuandoencaja con e ilumina sus propsitos artsticos de una manera que l reconocera yaceptara aunque l no lo ha hecho todava. (). [E]l juicio del intrprete de lo que unautor habra aceptado estar guiado por su comprensin [sense] de qu es lo que el autordebera haber aceptado, esto es, su comprensin de qu lecturas habran hecho a la obramejor y cules la habran hecho peor (LE, pp. 57-8).Puede agregar algo a la obra en s misma una interpretacin?: Cada poca entiende untexto transmitido de una manera peculiar, pues el texto forma parte del conjunto de unatradicin por la que cada poca tiene un inters objetivo [sachliches] y en la que intentacomprenderse a s misma. El verdadero sentido [Der wirkliche Sinn] de un texto talcomo ste se presenta [anspricht] a su intrprete no depende del aspecto puramenteocasional [von dem Okkasionellen] que representan el autor y su pblico originario.(). El sentido de un texto supera a su autor no ocasionalmente sino siempre. Por eso lacomprensin [Verstehen] no es nunca un comportamiento slo reproductivo, sino que esa su vez siempre productivo (V&M, p. 366; T&M, p. 296).El tiempo ya no es primariamente un abismo que hubiera de salvado porque por s

    mismo sera causa de divisin y lejana, sino que es en realidad el fundamento quesustenta el acontecer [der tragende Grund des Geschehens] en el que tiene sus races elpresente. La distancia en el tiempo no es en consecuencia algo que tenga que sersuperado. Este era ms bien el presupuesto ingenuo del historicismo: que haba quedesplazarse al espritu de la poca, pensar en sus conceptos y representanciones en vezde las propias, y que slo as podra avanzarse en el sentido de una objetividadhistrica (V&M, p. 367; T&M, p. 297, W&M, p. 302).Entender [Verstehen] es, esencialmente, un proceso de historia efectual [einwirkungsgeschichtlicher Vorgang] (V&M, p. 370; T&M, p. 300, W&M, p. 305).La conciencia histrica tiene que hacerse consciente de que en la aparente inmediatezcon que se orienta hacia la obra o la tradicin est siempre en juego este otro

    planteamiento [Fragestellung], aunque de una manera imperceptible y en consecuenciaincontrolada. Cuando intentamos comprender un fenmeno histrico desde la distancia

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    histrica que determina nuestra situacin hermenutica en general, nos hallamossiempre bajo los efectos de esta historia efectual [den Wirkungen derWirkungsgeschichte]. Ella es la que determina por adelantado lo que nos va a parecercuestionable [fragwrdig] y objeto de investigacin, y normalmente olvidamos la mitadde lo que es real, ms an, olvidamos toda la verdad de este fenmeno [Erscheinung]

    cada vez que tomamos el fenmeno inmediato como toda la verdad. (). No se exigesino que stas [ciencias del espritu] aprendan a comprenderse mejor a s mismas yreconozcan que los efectos de la historia efectual operan en toda comprensin[Verstehen], sea o no consciente de ello. (). [L]a conciencia histrico-efectual es unmomento de la realizacin de la comprensin, y opera ya en la obtencin de la

    pregunta correcta. La conciencia de la historia efectual es en primer lugar conciencia dela situacin hermenutica (V&M, pp. 370-2; T&M, p. 300, W&M, pp. 305-6).La interpretacin [Auslegung] no es un acto complementario y posterior al de lacomprensin, sino que comprender es siempre interpretar, y en consecuencia lainterpretacin es la forma explcita de la comprensin (V&M, p. 378; T&M, p. 307,W&M, p. 312).

    Una ley no pide ser entendida histricamente sino que la interpretacin debeconcretarla en su validez jurdica. Del mismo el texto de un mensaje religioso no deseaser comprendido como un mero documento histrico sino de manera que pueda ejercersu efecto redentor. En ambos casos esto implica que si el texto, ley o mensaje de lasalvacin, ha de ser entendido adecuadamente, esto es, de acuerdo con las pretensionesque l mismo mantiene, debe ser comprendido encada momento y en cada situacinconcreta de una manera nueva y distinta. Comprender es siempre tambin aplicar. ().[L]a comprensin que se ejerce en las ciencias del espritu es esencialmente histrica,esto es, tambin en ellas un texto slo es comprendido cuando es comprendido encada caso de una manera distinta. (). [E]l carcter que revesta la misin de lahermenutica histrica reflexionar sobre la relacin de tensin entre la identidad delasunto compartido y la de la situacin cambiante en la que se trata de entenderlo. ().[L]a comprensin es menos un mtodo a travs del cual la conciencia histrica seacercara al objeto elegido para alcanzar su conocimiento objetivo que un proceso quetiene como presupuesto el estar dentro de un acontecer tradicional.La comprensinmisma se mostr como un acontecer, (V&M, p. 380, T&M, 309, W&M, p. 314).Frente a la ley vigente uno vive en la idea [Vormeinung] natural de que su sentido

    jurdico es unvoco y que la praxis jurdica del presente se limita a seguir simplementesu sentido original. Y si esto no fuese siempre as no habra razn para distinguir entresentido jurdico y sentido histrico de una ley. (). [El] jurista no puede sujetarse a loque, por ejemplo, los protocolos parlamentarios le ensearan respecto a la intencin de

    los que elaboraron la ley. Por el contrario est obligado a admitir que las circunstanciashan ido cambiando y que en consecuencia la funcin normativa de la ley tiene que irdeterminndose de nuevo. (). La hermenutica jurdica recuerda por s misma elautntico procedimiento de las ciencias del espritu. En ella tenemos el modelo derelacin entre pasado y presente que estbamos buscando. Cuando el juez intentaadecuar la ley transmitida a las necesidades del presente tiene claramente la intencin deresolver una tarea prctica. Lo que en modo alguno quiere decir que su interpretacin[Auslegung] de la ley sea una traduccin arbitraria [willkrkliche Umdeutung]. Tambinen su caso comprender e interpretar significa conocer y reconocer un sentido vigente(V&M, pp. 398-400, T&M, p. 326, W&M, pp. 331-2, 333).lo que es verdaderamente comn a todas las formas de la hermenutica es que el

    sentido que se trata de comprender slo se concreta y se completa en la interpretacin,pero que al mismo tiempo esta accin interpretadora se mantiene enteramente atada al

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    sentido del texto. Ni el jurista ni el telogo ven en la tarea de la aplicacin una libertadfrente al texto (V&M, p. 405; T&M, 332, W&M, p. 338).Falacia Intencionalista: El mejor argumento anti-intencionalista adopta la forma de undilema: o bien las intenciones del artista son realizadas exitosamente en el texto oestructura producida por el artista, en cuyo caso el intrprete no necesita referirse a

    ellas; o las intenciones del artista no son realizadas exitosamente en el artefacto operformance (tomados en conjuncin con otros aspectos no intencionales del contexto),en cuyo caso la referencia a ellos es insuficiente para justificar un alegacin relacionadasobre los significados de la obra (Livingston,A&I, 146-7).[Integridad] insiste en que el derecholos derechos y deberes que fluyen de lasdecisiones colectivas pasadas y por esa razn autorizan o requieren coercincontieneno slo el contenido explcito restringido de estas decisiones sino tambin, msampliamente, el esquema de principios necesarios para justificarlos. (). El derechocomo integridad comienza en el presente y busca el pasado slo en la medida y en lamanera en que el foco contemporneo lo dicta. No se propone recapturar, incluso para elderecho presente, los ideales o propsitos prcticos de los polticos que primero lo

    crearon. Apunta antes bien a justificar lo que ellos hicieron en una narrativa [story] deconjunto que valga la pena ser contada ahora, () (LE, 226-7).Ajuste y justificacin: ms de una interpretacin encaja con el texto. Decide la

    justificacin. Jueces como autores y crticos (literarios) del derecho. Libertad (traductor)y restriccin (obra nueva) (LE, 234).

    2. La tesis valorativa: el derecho requiere evaluacin.La fenomenologa del valor: subjetividad y objetividad.[Troilo] Qu es algo sino tal como es evaluado? / [Whats aught but as tis valued?][Hctor] Pero el valor no reside en la voluntad particular: contiene su estimacin ydignidad / Tanto en la medida en que es apreciable. Es loca idolatra / Hacer al servicioms grande que el dios en s / Cuanto en el apreciador [But value dwells not in

    particular will: / It holds his estimate and dignity / As well wherein tis precious of itself

    / As in the prizer. Tis mad idolatry / To make the service greater than the god ,Troilo y Crsida, II.ii.50ss.].La especie aristocrtica de hombre se siente a s misma como determinadora de losvalores, no tiene necesidad de dejarse autorizar, su juicio es: lo que es perjudicial a m,es perjudicial en s, sabe que ella es la que otorga dignidad en absoluto a las cosas, ellaes creadora de valores (MBM, VI.260, Alianza, p. 237, W, p. 149). El valor se creaas, y est bien.No dudo en modo alguno que a menudo caiga en hablar de cosas que tratan [traictes]

    mejor los maestros del oficio [les maistres du mestier] y con ms verdad [plusveritablement]. Esto es puramente el ensayo [essay] de mis facultades naturales y enabsoluto de las adquiridas; y quien me sorprenda [suprendra]1 en algn error[ignorance] nada podr contra m [il ne fera rien contre moy], pues apenas si responder[respondroy-je]2 ante los dems de mis razones [discours], si no respondo de ellas niante m mismo; ni de ellas estoy satisfecho. Quien vaya en busca de ciencia psquelaall donde se aloja; de nada hago menos gala [profession]. Plasmo aqu mis ideas[fantasies], mediante las cuales no pretendo dar a conocer las cosas, sino a m mismo:(). As, no garantizo certeza alguna, sino es la de dar a conocer hasta qu punto llegaen estos momentos el conocimiento que tengo. Que no se fijen en las materias, sino enla forma [faon] que les doy (Montaigne,Ensayos, II.x, pp. 92-3, G, 427-8).

    1Convaincra: convencer, encontrar culpable, convicto2justificar

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    Digo libremente mi parecer [advis] sobre todas las cosas, incluso sobre aquellas quequiz se salen de mi inteligencia [ma suffisance], y que en modo alguno consideropertenecientes a mi jurisdiccin. Lo que opino de ellas revela [declarer] la medida demi vista y no la medida de las cosas (Ensayos, II.x, p. 95, G, 430).Pirro y otros escpticos o epojistas dicen que an siguen buscando la verdad. stos

    piensan que quienes piensan haberla encontrado yerran por completo [infiniement]; yque sigue pecando de vanidad demasiado osada ese segundo nivel que asegura que lasfuerzas humanas no son capaces de alcanzarla. Pues el establecer la medida de nuestropoder, el conocer y juzgar la dificultad de las cosas, es grande y extrema ciencia de laque dudan que el hombre sea capaz [Lucrecio, IV.471-2]. (). La ignorancia que sesabe, se juzga y se condena no es entera ignorancia: para serlo, ha de ignorarse a smisma. De manera que los prricos proclaman [profession] el movimiento, la duda y labsqueda, sin asegurar nada, sin responder de nada. ().[M]antienen y conservanambigua [la actividad consintiente del espritu [action de lame]], sin inclinarse haciaun lado u otro y sin aprobar cosa alguna por liviana que sea. (). Y ese estado de suentendimiento, recto e inflexible, que acepta todas las cosas sin aplicacin ni

    consentimiento, les lleva a su ataraxia, que es una condicin de vida apacible, tranquila,exenta de las agitaciones que recibimos por la impresin de la idea y el conocimientoque pensamos tener de las cosas. (). Lbranse as incluso del celo por su disciplina.Pues discuten muy suavemente. No temen en modo alguno la revancha en el debate[dispute]. Cuando dicen que lo pesado va hacia abajo, lamentaran sobremanera que lescreyesen, e intentan que les contradigan para engendrar la duda y el aplazamiento de laopinin [jugement], lo cual constituye su fin. Slo manifiestan sus ideas [propositions]para rebatir [combattre] aquellas que creen que nosotros tenemos. Si adoptis la suya,gustosos sostendrn la contraria: todo les es igual; no hacen eleccin (Ensayos, II.xii,p. 204-5, G, 529).Segn ellos, por qu no han de poder [permis] dudar, al igual que los dogmticos[dogmatistes]3 dicen unos verde y otros amarillo? Hay acaso cosa alguna que ospuedan proponer para aceptarla o rechazarla que no sea susceptible de ambigedad? Ysi los dems se ven empujados, bien por la costumbre de su pas, bien por la educacin[institution] de sus padres, bien por azar, como por una tempestad, sin juzgar ni elegir,incluso a menudo antes de la edad de discernir [discretion], a tal o cual opinin, a lasecta estoica o epicrea, con la cual se hallan hipotecados, esclavizados y unidos comoen una trampa de la que no pudieran librarse: (), por qu no podrn ellos del mismomodo mantener su libertad y considerar las cosas sin obligacin ni servidumbre? ().No es acaso cierto privilegio [advantage] hallarse libre de la necesidad que ata a losdems? No vale ms permanecer indeciso [demeurer en suspens] que enfrascarse en

    tantos errores como la imaginacin [fantasie] humana ha producido? No vale ms dejarla conviccin [persuasion] en suspenso que mezclarse en esas divisiones sediciosas ypendencieras [querelleuses]? Qu elegir? Aquello que os plazca con tal de queelijis! He aqu una necia respuesta a la que sin embargo parece que llega tododogmatismo que [no!] nos permite ignorar lo que ignoramos [par qui il ne nous est pas

    permis dignorer ce que nous ignorons]. Considerad el partido ms famoso, jams sertan seguro que no hayis de atacar y combatir cientos y cientos de partidos contrariospara defenderlos. No vale ms mantenerse fuera de esa lucha? (Ensayos, II.xii, pp.205-6, G, 531).Esto dicen ellos: No establezco nada; no es ms de esta manera que de esta otra, ni queni de una ni de otra; no lo comprendo en absoluto; las razones [apparences] son iguales

    para todo; la posibilidad [loy] de hablar tanto a favor como en contra es la misma. Nada3los filsofos de la afirmacin: aristotlicos, estoicos, epicreos

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    parece verdadero que no pueda parecer falso. Su palabra sagrada es , es decir,aguanto, no me muevo. stos son sus decires [refreins] y otros de similar contenido[substance]. El resultado [effect]4 es un aplazamiento y una prrroga de la opinin[jugement], pura, entera y muy perfecta. Srvense de su raciocinio [raison] parapreguntar y debatir, mas no para establecer [arrester]5 o elegir. Quien conciba una

    permanente [perpetuelle] confesin de ignorancia, un juicio sin pendiente ni inclinacinen toda ocasin, concibe el pirronismo (Ensayos, II.xii, p. 207, G, 532).Hay, segn ellos, cosas verdaderas y falsas, y hay en nosotros con qu buscarlas, masno con qu comprobarlas en la piedra de toque. Vale ms dejarnos llevar sinpreguntarnos sobre el orden del mundo (Ensayos, II.xii, p. 208, G, 533): el escpticoexterno admite que hay verdad pero slo en la fsica.discusin y agitacin de las diversas y contrarias interpretaciones [ratiocinations]6 delas que es susceptible la materia del derecho (Ensayos, II.xii, p. 213, G, 537-8).en las escuelas no tienen ms que un patrn e igual educacin [institution] y disciplinacircunscrita, ya no se mira cunto valen y pesan las monedas, sino que cada cual a suvez las acepta segn el precio que la aprobacin comn y el curso les dan. No se

    considera el valor [alloy], sino el uso [usage]: y as se pone todo al mismo nivel(Ensayos, II.xii, 275, G, 593).Que las cosas no se hallan [logent] en nosotros en forma y en esencia, ni entran por supropia fuerza y autoridad, eso harto lo sabemos: pues si as fuera, aceptaramoslas[recevrions] por igual; el vino sera el mismo en la boca del enfermo que en la boca delsano. (). Los objetos ajenos [subjects estrangers] entrganse pues a nuestra merced,aljanse en nosotros como nos place. Y si por nuestra parte recibisemos [recevions]7alguna cosa sin alteracin, si las trampas humanas fueran lo bastante capaces y slidascomo para cazar [saisir] la verdad por nuestros propios medios, al ser estos medioscomunes a todos los hombres, esta verdad pasara [rejecteroit] de mano en mano de unoa otro. Y al menos habra una cosa en el mundo de todas las que hay, que sera credapor los hombres con consentimiento universal. Mas esto de que no haya afirmacin[proposition] alguna que no sea motivo de debate y controversia entre nosotros, o queno pueda serlo, demuestra que nuestro juicio natural no capta [saisit] bien claramente loque capta [saisit]. Pues mi juicio no puede hacer que lo acepte el juicio de micompaero: lo que prueba que lo he captado por algn otro medio distinto al podernatural que pudiera haber en m y en todos los hombres. ().[S]e da por sentado congran verdad que sobre nada estn de acuerdo los hombres, y me refiero a los sabiosmejor nacidos y ms inteligentes, ni siquiera sobre el hecho de que tengamos el cielosobre nuestra cabeza; () (Ensayos, II.xii, p. 279, G, 595-6).Tienen las cosas humanas distintos aspectos y distintos puntos de vista [Les subjects

    ont divers lustres et diverses considerations];

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    esto es lo que principalmente engendra ladiversidad de opiniones. Una nacin considera una cosa en un aspecto y en l se queda;otra, en otro (Ensayos, II.xii, p. 301, G, 616).son, digo, nuestros sentidos los que dotan igualmente de distintas cualidades a losobjetos [subjects], o las tienen ellos as? (). El que no tiene gusto achaca la falta desaber al vino: el sano, el sabor; el ebrio, la embriaguez. Y resulta que si nuestro estadoadapta [accommodant] las cosas a s mismo y las transforma segn l, no sabemos

    4conclusin prctica que extraen5dcider6

    arguments contradictoires7ms arriba aceptar8los objetos tienen diversas apariencias y diversas maneras de ser considerados

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    entonces cmo son las cosas de verdad; pues todo llega a nosotros falsificado y alteradopor nuestros sentidos (Ensayos, II.xii, p. 325, G, 637).He odo hablar de un juez que, cuando se topaba con algn difcil [aspre] conflictoentre Bartolo y Baldo, y con alguna materia que encerrara contradicciones [agite de

    plusierus contrarietez], pona al margen de su libro: Cuestin [Question] para el

    amigo; es decir, que estaba la verdad tan liada [embrouille] y era tan discutible[debatue], que en semejante causa podra favorecer a aquella parte que mejor [bon] lepareciera. Slo por falta de ingenio y de inteligencia [desprit et de suffisance] no podaponer siempre: Cuestin para el amigo. Los abogados y los jueces de nuestra pocahallan en todas las causas, suficientes puntos de vista [biais] para interpretarlas [lesaccommoder] como mejor les parece. En ciencia tan infinita, sujeta a la autoridad detantas opiniones y de tema tan arbitrario, no puede dejar de surgir una extremaconfusin de juicios. Por ello, apenas si hay proceso tan claro como para que no haya enl diversidad de opiniones [advis]. Lo que han considerado unos [ce quune compaignie{F: cour} a jug], considranlo [juge] los otros al revs, y ellos mismos al revs otravez. De todo lo cual vemos ejemplos corrientes [ordinaires] en esa licencia de no acatar

    los fallos [de nes arrester {H: se limiter} aux arrests] y correr de un juez a otro paradecidir sobre una misma causa, lo cual deshonra grandemente [merveilleusement] laceremoniosa autoridad y limpieza de nuestra justicia. En cuanto a la verdad de lasteoras filosficas acerca del vicio y la virtud, es cosa sobre la que no es menesterextenderse y sobre la que hay muchas opiniones que ms vale callar que publicar a lasmentes dbiles (II.xii, p. 303 [618]).lo nico por lo que me estimo algo es cosa en la que jams hombre alguno considerosepobre: es mi mrito [recommendation] vulgar, comn y popular, pues quin pensalguna vez carecer de juicio [sens]? Sera un aserto [proposition] que contendra en smismo una contradiccin: (); acusarse sera excusarse en este tema; y condenarsesera absolverse (II.xvii, p. 390, G, 695).el escptico, esa criatura delicada, se horroriza con demasiada facilidad; su concienciaest amaestrada para sobresaltarse y sentir algo as como una mordedura cuando oyecualquier no, e incluso cuando oye un s duro y decidido. S! y no!esto repugna a sumoral; por el contrario, le gusta agasajar a su virtud con la noble abstencin, diciendoacaso con Montaigne: Qu s yo? O con Scrates: Yo s que no s nada(Nietzsche, MBM, VI.208, p. 158, W, p. 99). Compromiso sin valores?Interpretacin = uso? (el violar [o violacin, violencia], correccin pordesplazamiento, abreviacin, dejar de lado, rellenado, poetizacin, falsificacin y todolo que adems pertenece a la esencia del interpretar [das Vergewaltigen,

    Zurechtschieben, Abkkrzen, Weglassen, Ausstopfen, Ausdichten, Umflschen und was

    sonst zum Wesen alles Interpretierens gehrt], ZGM, III.24, p. 280).una distincin crucial: entre el escepticismo dentro del emprendimiento de lainterpretacin, como una posicin sustantiva sobre la mejor interpretacin de algunaprctica u obra de arte, y el escepticismofuera y sobre tal emprendimiento. (). Unescptico interno podra decir, Vos te equivocs. [X] es muy confuso y enredadopara ser sobre cualquier cosa en absoluto: es una mescolanza incoherente. Unescptico externo podra decir, Estoy de acuerdo con vos; yo tambin creo que esta esla lectura ms iluminadora de la obra. Por supuesto, esto es slo una opinin quecompartimos; no podramos suponer con sensatez que [nuestra opinin sobre X] esun hecho objetivo que hemos descubierto encerrado en la naturaleza de la realidad, ahafuera en algn mundo metafsico trascendental en donde subsisten los significados de

    las obras. (). El escptico interno se refiere a la sustancia de las alegaciones que ldesafa; l insiste en que es un error en todo sentido decir queHamlet es una obra

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    mejor leda de esa manera. O de hecho de cualquier otra manera. No porque ningunavisin de lo que hace una obra mejor pueda ser realmente correcta, sino porque unavisin es correcta: (). El escepticismo interno descansa sobre la solidez de unaactitud interpretativa general que cuestiona todas las posibles interpretaciones de unobjeto particular de interpretacin. (). El escepticismo externo es una teora

    metafsica, no una posicin interpretativa o moral. El escptico externo no desafapretensin moral o interpretativa alguna en particular. l no dice en forma alguna que esun error creer que la esclavitud es incorrecta. Su teora es en realidad una teora desegundo nivel sobre la posicin o clasificacin filosfica de tales alegaciones. l insisteen que no son descripciones que puedan ser probadas o examinadas como la fsica: lniega que los valores estticos o morales puedan ser parte de lo que l llama eltejido del universo. Su escepticismo es externo porque est distanciado [disengaged]:(). El escptico externo mismo tiene opiniones sobreHamlety la esclavitud y puededar razones para preferir estas opiniones por sobre las que l rechaza. l slo insiste enque estas opiniones son proyectadas sobre, no descubiertas en, la realidad,LE, 78-80).

    La tesis de la respuesta correcta (TRC). Escepticismo interno y externo. Participantes yobservadores. Argumentos de knock-out, metafsica y moral. Error y TRC. Laretrica del escepticismo externo con la fuerza del interno.

    Convencionalismo Pragmatismo IntegridadVnculo derecho ycoaccin

    S. Derecho yderechos legales,consistencia condecisiones pasadas

    No. No hay derechoo derechos legales

    S. Derecho yderechos legales,consistencia condecisiones pasadas

    El sentido delderecho

    Previsibilidad yjusticiaprocedimental

    Mejor resultado Igualdad

    Consistencia Convenciones,reglas. Si se agotan,creacin

    El pasado como talno es importante.Como si

    Reglas y principiosde moralidadpersonal y poltica

    Debate entre positivismo e iusnaturalismo visto de otra manera. Derecho injusto.Una teora totalmente poltica del derecho (LE, 110).Fundamentos (filosofa del derecho) y fuerza (filosofa poltica) del derecho.Desobediencia civil y la fuerza del derecho.

    Convencionalismo fuerte y dbil, extensin explcita e implcita de lasconvenciones. Clases de convenciones: (a) coordinativas, (b) conviccionesindependientes.