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  • 7/26/2019 Clase 1.Sesao

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    CURSO

    SEGURIDAD Y SALUDOCUPACIONAL

    Docente:

    Dr. Napolen Juregui Nongrados

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    TEMARIO

    1. Evolucin de las condiciones laborales.

    2.Alcances y Principios de la Ley 29783, 30222.

    3.Aspectos ms importantes del ReglamentoD.S. N005-

    2012-TR, D.S. N 006-2014-TR.4. SUNAFIL

    5. Ley del discapacitado N 27050.

    6. Directivas de la OIT.

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    Salud Ocupacional:

    El completo bienestar fsico, psicolgico y social del

    individuo en su puesto de trabajo

    Seguridad Ocupacional:

    Disciplina que

    estudia problemtica de riesgosoperacionales que generan

    accidentes laborales.

    Higiene Industrial:Disciplina que estudia riesgosambientales capaces de originarenfermedad profesional, en el

    puesto de trabajo.

    DEFINICIONES

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    A CONTINUACIN VEREMOSUN VIDEO ACERCA DE LA

    EVOLUCIN DE LASEGURIDAD Y SALUDOCUPACIONAL

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    VER VIDEO EN: https://youtu.be/oGg6KxewFsI

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    PREHISTORIA E. ANTIGA E. MEDIA Y

    MODERNA

    E. CONTEMPORANEA

    Herramientas agrcolasArmas de guerra.Utensilios domsticos.NavegacinEPP

    Produccin ydesarrollo de nuevosmodelos demaquinaria.

    Globalizacin,Desarrollo dela tecnologa

    1er. Antecedente legal deproteccin y seguridad: ElCdigo de Hammurabi(ao 2100 A.C)Ley deTalin.

    Bernardino Ramazzini:padre de la Medicinadel Trabajo.

    HerramientasagrcolasArmas paracaza.Utensiliosdomsticos.

    EVOLUCIN DE LAS

    CONDICIONES LABORALES

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    EVOLUCIN DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL

    AO ACCIN

    1833 Comenz las inspecciones gubernamentales.

    1850 Se verificaron mejoras como resultados de la intervencin

    1863 EEUU (Massachussets) inicia participacin de los primeros inspectoresindustriales.

    1871 2/3 de los trabajadores eran mujeres y nioscon trabajo de 12 a 14horas al da. 50 % falleca antes de los 20 aos.

    1877 Se promulga la primera Ley que obliga resguardar toda maquinariapeligrosa.

    1883 Parsasesoramiento a industrias en temas de seguridad.

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    1885 ALEMANIA

    Solo para enfermedades

    1897 GRAN BRETAA

    1898 ITALIA Y FRANCIA1902 ESTADOS UNIDOS

    Con restricciones

    1903 RUSIA

    LEY DE COMPENSACIONES O DEINDEMNIZACIONES

    1911- Se aplica en Wiscosin laley de indemnizacin por

    accidentes y enfermedades detrabajo sin importar si eltrabajador tuvo o no la culpa

    Pese a los avances, la legislacin tard bastante enestablecer condiciones sobre el bien comn del trabajador.

    En 1921 se cre la OIT al final de la Primera Guerra Mundial, con suServicio de Seguridad y Prevencin de Accidentes.

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    PRIMERAS LEYES PROMULGADAS SOBRE SALUDOCUPACIONAL EN ALGUNOS PAISES DE AMRICA

    1910 Estados Unidos 1911 El Salvador yPer

    1914 Uruguay 1915 Argentina 1916 Chile, Colombia y Panam 1919 Brasil 1921 Ecuador 1923 Venezuela

    1925 Costa Rica y Bolivia1927 Paraguay

    1930 Nicaragua1931 Mxico1932 Repblica Dominicana yEspaa1946 Guatemala1952 Honduras

    ACTUAL LEGISLACIN PERUANA SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOLEY N 29783, 30222 y su REGLAMENTOS D.S. 005-2012-TR, D.S. 006-2014-TR

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    Normas Nacionales vinculadas a la SST

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    Constitucin

    Poltica del Per1993

    (Arts. N 2 y 7)

    Toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a

    su integridad moral, psquica y fsica.Todos tienen derecho a la proteccin de su salud, ladel medio familiar y la de la comunidad as como el

    deber de contribuir a su promocin y defensa.

    Ley N 29783

    (Ttulo preliminar-Principio deprevencin)

    REGLAMENTO: D.SN 005-2012-TR

    El empleador garantiza en el centro de trabajo, elestablecimiento de los medios y condiciones que

    protejan la vida, la salud y el bienestar de lostrabajadores.

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    LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    LEY: N 29783, N 30222DECRETOS SUPREMOS: N 005-2012-TR, N 006-2014-TR

    REGLAMENTO DE LAS LEYES DE SST

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    CONTENIDO DEL D.S. N 005-2012-TR,REGLAMENTO DE LA LEY N 29783

    LEY 30222 Y D.S. N 006-2014-TR, MODIFICA ARTCULOS DE LA LEY 29783

    TITULO I : DISPOSICIONES GENERALES

    TITULO II: POLITICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO

    TITULO III: DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO

    TITULO IV: SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO

    TITULO V: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE EMPLEADORES YTRABAJADORES

    TITULO VI: NOTIFICACION DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO YENFERMEDADES PROFESIONALES.

    TITULO VII: DE LA SUPERVISION, FISCALIZACION Y SANCION DE LASACTIVIDADES SECTORIALES

    . DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL

    . DISPOSICION COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS

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    LEY SE

    SEGURIDAD Y SALUD

    EN ELTRABAJO

    1.-PREVENCIN

    2.-RESPONSABILIDAD

    3.-

    COOPERACIN

    4.-INFORMACINY CAPACITACIN

    5.-GESTININTEGRAL

    6.-ATENCININTEGRAL DE LA

    SALUD

    7.-CONSULTA YPARTICIPACIN

    8.-PRINCIPIO DEPRIMACIA DE LA

    REALIDAD

    9.-PRINCIPIO DEPROTECCIN.

    PRINCIPIOS

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    GESTION DE

    SEGURIDAD Y

    SALUD EN EL TRABAJO

    Estado

    Empleadores

    Organizacionessindicales

    Trabajadores

    CULTURA DE PREVENCIN DE RIESGOS

    TTULO PRELIMINAR Y OBJETIVOS DE LA LEY Y

    SU REGLAMENTO

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    Sectores deservicios

    SectorPblico

    TODOS LOSSECTORES

    ECONMICOS

    Trabajadores

    Independientes

    mbito de Aplicacin

    - Instituciones delestado.

    - Empresas privadas.

    - Fuerzas Armadas.

    - Fuerzas policiales

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    AMBITO DE APLICACION DE LEY DE SST

    Comprende : A toda persona bajo modalidad

    formativa y a los trabajadores

    autnomos. Tambin se incluye atodo aquel que, sin prestarservicios, se encuentre dentro dellugar de trabajo, en lo que lesresulte aplicable.

    D.S.N.005-2012-TR:

    REGLAME

    NTODE

    LEYSST

    SECTORESDE

    SERVICIOS

    SECTOR

    PUBLICO

    TRABAJADORES

    PORCUENTA

    PROPIA

    TODOS LOS SECTORES ECONOMICOS

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    Entidades encargadas de la SST

    17

    Ministerio de Trabajo yPromocin del Empleo

    Ministerio de Salud

    Otras entidadesMinisterio de Construccin y

    Vivienda

    Ministerio de Energa yMinas

    a) Los dos entes supra sectoriales de la seguridad y salud en el trabajo de acuerdo a la Ley N29783 Art. N16 son: MTPE y MINSA.

    b) INDECI se encarga de la seguridad ante desastres naturales, planes de contingencia y respuestaa emergencia, regulado por la Ley N28551.

    c) Los Gobiernos Regionales y locales ven dentro de sus competencias los programas sectorialescon respecto a la SST.

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    OBJETIVO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    TRABAJADORES Y SUS ORGANIZACIONESSINDICALES

    VELAR POR LA PROMOCION, DIFUSION Y CUMPLIMIENTODE LA NORMATIVA

    EMPLEADOR

    DEBER DE PREVENCION

    ESTADO

    ROL FISCALIZADOR Y DE CONTROL

    Promover una cultura de prevencin de riesgos laborales en el pas

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    POLTICA NACIONAL DE SSTPone enPRACTICA

    FormulaLA POLITICA REEXAMINA

    Prevenir los accidentes daos a la salud comoconsecuencia del trabajo, guarden relacin osobrevengan durante el trabajo, reduciendo almnimo, en la medida en que sea razonable yfactible, las causas de los riesgos inherentes almedio ambiente de trabajo.

    Objeto:

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    ROL SUPRA SECTORIAL EN SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO

    MINISTERIODE TRABAJO

    YPROMOCIONDEL EMPLEO

    MINISTERIODE SALUD

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    Sistema de Gestin de

    Seguridad y Salud en elTrabajo

    https://lh4.googleusercontent.com/-yTn7IwsgI0I/TW2F5o1YIqI/AAAAAAAAAA0/S42hKPdLqY8/s1600/salud-ocupacional.jpg
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    La puesta en prctica de unsistema de gestin no suponeuna reduccin inmediata de

    los incidentes/accidentes ni delas enfermedades laborales.

    Instrumento que sirve paraalcanzar el nivel de actuacin

    propuesto por la organizacin.

    DEFINICIONES

    S b l l d t i l i l

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    POLITICA COMITDIAGNSTICO

    IPER

    RISYST

    PLAN ANUALCapacitacinMAPA DE RIESGOS

    REGISTROS

    Sabe cul es la documentacin que se le exige alempleador?. Artculo 32 del DS 005-2012

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    POLTICA DEL SISTEMA DE GESTIN DESEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

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    a) Ser especficapara laorganizacin yapropiada a sutamao y a lanaturaleza desus actividades;

    b) Ser concisa, estarredactada conclaridad, estarfechada y hacerseefectiva mediantela firma o endosodel empleador o

    del representantede mayor rangoconresponsabilidad enla organizacin;

    d) Ser actualizadaperidicamente yponerse adisposicin delas partesinteresadasexternas, segncorresponda

    c) Ser difundida yfcilmenteaccesible atodas laspersonas en ellugar detrabajo;

    Poltica SG-SST

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    ORGANIZACIN DEL SISTEMA DE

    GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD ENEL TRABAJO

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    El empleador define losrequisitos decompetencianecesarios para cadapuesto de trabajo yadopta disposicionespara que todotrabajador de laorganizacin estcapacitado para asumirdeberes y obligaciones

    relativos a la seguridady salud.

    El Sistema de Gestin dela Seguridad y Salud enel Trabajo esresponsabilidad delempleador, quien asumeel liderazgo ycompromiso de estas

    actividades en laorganizacin

    El empleador implementa los registros ydocumentacin del Sistema de Gestin de laSeguridad y Salud en el Trabajo, pudiendoestos ser llevados a travs de medios fsicoso electrnicos. Estos registros y documentosdeben estar actualizados y a disposicin delos trabajadores y de la autoridadcompetente, respetando el derecho a la

    confidencialidad.

    ORGANIZACIN DEL SG-SST

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    CONSTITUCIN DEL COMIT DESST

    Slo las Empresas que cuentecon 20 o ms trabajadores,constituirn obligatoriamenteun Comit de Seguridad y

    Salud en el Trabajo. Los empleadores que cuentencon sindicatos mayoritariosincorporan un miembro delrespectivo sindicato encalidad de observador.

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    CONFORMACIN DEL COMIT DE SST

    De 20 a mstrabajadores

    Comit de seguridad ysalud en el trabajo

    conformado porrepresentante de

    organizacionessindicales en caso

    exista

    - Deben elaborar unreglamento interno de

    SST

    -Libro de Actas

    BENEFICIOS:

    -Licencia con goce de haber

    para realizar labores de SST,-Proteccin contra despidoincausado.

    Duracin: hasta seis mesesantes y despus del terminode su funcin.

    Menor de 20trabajadores

    Supervisor de

    seguridad y salud en eltrabajo

    elegido por lostrabajadores

    - Libro de notas tipo

    actas.

    Reglamento 005-2012-TR

    REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DEL

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    REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DEL

    COMIT DE SST

    REPRESENTANTE DE TRABAJADORES:a) Ser trabajador del empleador.b) Tener dieciocho (18) aos de edad como

    mnimo.c) De preferencia, tener capacitacin en

    temas de seguridad y salud en el trabajoo laborar en puestos que permitan tenerconocimiento o informacin sobreriesgos laborales.

    REPRESENTANTE DEL EMPLEADOR:

    El empleador designa a susrepresentantes, titulares y suplentesante el Comit de Seguridad y Salud enel Trabajo, entre el personal de direcciny confianza.

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    CMO SE ELIGE A LOSREPRESENTANTES DE LOS

    TRABAJADORES ANTE EL COMIT Se realiza mediante un proceso electoralque est a cargo de la organizacinsindical mayoritaria o la que afilie elmayor nmero de trabajadores.

    De no existir sindicato, el empleadorconvoca a la eleccin la cual debe serdemocrtica, mediante votacin secreta ydirecta, entre los candidatos presentadospor los trabajadores.

    La eleccin se realiza mediante votacin

    secreta y directa. La nominacin de los candidatos debe

    efectuarse quince (15) das hbilesantes de la convocatoria a elecciones,a fin de verificar que stos cumplan conlos requisitos legales.

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    SE PUEDE CREAR COMISIONESTCNICAS PARA CASOS

    ESPECFICOS?El Comit de SST, cuando lamagnitud de la organizacin delempleador lo requiera, puedecrear comisiones tcnicas para eldesarrollo de tareas especficas,tales como, la investigacin deaccidentes de trabajo, eldiseo del programa decapacitacin, la elaboracin de

    procedimientos, entre otras.La composicin de estascomisiones es determinada porel Comit.

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    QUIN NOMBRA AL SUPERVISOR DESEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO?

    En empresas con menos de20 trabajadores, sedesignar un Supervisor deSeguridad y Salud en elTrabajo quien ser elegidopor los trabajadores de entreellos siguiendo la formalidadde eleccin de

    representantes detrabajadores ante el Comitde SST.

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    QU FACILIDADES DEBEN TENER LOS MIEMBROSDEL COMITE O SUPERVISOR DE SST?

    Licencia con goce dehaber para la realizacinde sus funciones.

    Proteccin contra eldespido incausado.

    Facilidades para eldesempeo de susfunciones en sus

    respectivas reas detrabajo, seis meses antesy hasta seis mesesdespus del trmino de sufuncin.

    E

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    DOCUMENTACIN DEL SISTEMA DE GESTINDE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    a) La poltica y objetivos en materia de seguridad y salud en eltrabajo.

    b) El Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.

    c) La identificacin de peligros, evaluacin de riesgos y sus

    medidas de control.d) El mapa de riesgo.

    e) La planificacin de la actividad preventiva.

    f) El Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.

    g) Registros (8)

    h) Libro de Actas del Comit de SSTi) Libro de Actas de elecciones de representantes de

    trabajadores ante el Comite de SST

    NOTA: a, c y d debe ser exhibida en lugar visible.D.S.N.005-2012-TR:

    REGLAME

    NTODE

    LEYSST

    REGISTRO Y DOCUMENTACION DEL SISTEMA DE GESTION

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    REGISTRO Y DOCUMENTACION DEL SISTEMA DE GESTIONDE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    REGISTRO TIEMPO DEALMACENAMIENTO

    Registro de investigaciones, exmenes mdicos

    ocupacionales, monitoreo de agentes fsicos, inspeccionesinternas y estatales, estadsticas, equipos de seguridad,induccin, capacitacin , entrenamientos, simulacros.

    5 AOS

    Registros de accidentes de trabajo e incidentes peligrosos. 10 AOS

    Registros de enfermedades ocupacionales 20 AOS

    E

    http://www.google.com.pe/imgres?imgurl=http://us.123rf.com/400wm/400/400/pressmaster/pressmaster1004/pressmaster100400175/6769789-foto-de-empleador-bonita-con-portapapeles-y-el-l-piz-en-la-mano-sonriendo-a-la-c-mara.jpg&imgrefurl=http://es.123rf.com/photo_6769789_foto-de-empleador-bonita-con-portapapeles-y-el-l-piz-en-la-mano-sonriendo-a-la-c-mara.html&usg=__WLXbFb36RxD5caXj8ej5emrtO9I=&h=400&w=267&sz=15&hl=es&start=59&zoom=1&tbnid=QOlbDuo93XotoM:&tbnh=124&tbnw=83&ei=y3OUTozRLea1sQKn7sHvAQ&prev=/search?q=EMPLEADOR&start=40&hl=es&sa=N&gbv=2&tbm=isch&itbs=1http://www.google.com.pe/imgres?imgurl=http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/05/contratos_electronico.gif&imgrefurl=http://asturiastramita.es/2010/05/19/registro-de-documentacion-administrativa-de-licitadores/&usg=__JVuYPmfUiECj5ttOTDCkRUS960k=&h=221&w=236&sz=22&hl=es&start=9&zoom=1&tbnid=Wu91-sZOlp9-xM:&tbnh=102&tbnw=109&ei=HHKUTsKhEorosQKEkOnuAQ&prev=/search?q=REGISTRO+Y+DOCUMENTACION&um=1&hl=es&sa=N&tbm=isch&um=1&itbs=1
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    CONSULTA DE LOS REGISTROS DESEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    Los trabajadores y los representantes de lasorganizaciones sindicales tienen el derechode consultar los registros del Sistema de

    Gestin de la Seguridad y Salud en elTrabajo, con excepcin de la informacinrelativa a la salud del trabajador que sloser accesible con su autorizacin escrita.

    D.S.N.005-2012-TR:

    REGLAMENTODE

    LEYS

    ST

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    ASPECTOS A CONSIDERAR EN ELIPER.

    a) Actividades, tareas rutinarias y no rutinarias;

    b) Las actividades de todas las personas que tengan acceso allugar de trabajo;

    c) Comportamiento humano, las capacidades y otros factores;

    d) Peligros externose) Peligros originados en las inmediaciones del lugar de

    trabajo;

    f) Infraestructura, el equipamiento y los materiales;

    g) Cambios o propuestas de cambios

    h) Obligacin legal aplicables (Naciones e internacionales:Directrices e instrumentos internacionales)

    i) reas de trabajo, los procesos, las instalaciones, lamaquinaria/equipamiento, la organizacin del trabajo,

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    EVALUACIN DEL SG SST

    La supervisin permite:

    a) Identificar las fallas o deficiencias en el SGSSTb) Adoptar las medidas preventivas y correctivas necesarias paraeliminar o controlar los peligros asociados al trabajo.c) Prever el intercambio de informacin sobre los resultados de la SSTd) Aportar informacin para determinar si las medidas ordinarias de

    prevencin y control de peligros y riesgos se aplican y demuestran sereficaces.e) Servir de base para la adopcin de decisiones que tengan por objetomejorar la identificacin de los peligros y el control de los riesgos, y elSistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

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    EVALUACIN DEL SISTEMA DE GESTIN DE LA SEGURIDAD YSALUD EN EL TRABAJO

    La Realizacin de auditorias:

    Para determinar la aplicacin y laeficacia de las medidas ordinarias deprevencin y control de peligrosimplementadas.

    Para ello se debe prever elintercambio de informacin sobre losresultados de la seguridad y salud enel trabajo

    En base a los resultados se debentomar decisiones para mejorar elSGSST.

    Incorpora como objeto de la supervisin a diferencia de la norma reglamentaria elpreverel intercambio de informacin sobre los resultados de la seguridad y salud

    en el trabajo.

    DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES

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    DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES

    Garantizar que las elecciones de los representantes de lostrabajadores se realicen a travs de las organizaciones

    sindicales.

    Asignando los recursos necesarios para garantizar el trabajo delComit paritario.

    Por incumplimientos de deber de prevencin genera laobligacin de inmdenizar al trabajador o sus derecho habientes.

    En el enfoque de genero y proteccin de las trabajadoras, seconsidera que al estar en estado de gestacin tienen derechoa ser transferidas a otro puesto que no implique riesgo parasu salud integral, sin menoscabo de sus derechosremunerativos y de categora;

    http://www.google.com.pe/imgres?imgurl=http://derecho2011.files.wordpress.com/2010/11/votacic3b3n.jpg&imgrefurl=http://derecho2011.wordpress.com/2010/11/19/resultado-de-elecciones/&usg=__SRvkL-rWphKx0p6Za3G1xik0qRA=&h=320&w=314&sz=14&hl=es&start=19&zoom=1&tbnid=OeBUYgPNDAZjSM:&tbnh=118&tbnw=116&ei=iGWUTqmqEYfKsQLxv7zvAQ&prev=/search?q=Elecciones&um=1&hl=es&sa=N&tbm=isch&um=1&itbs=1http://3.bp.blogspot.com/-K94xyai_iKw/Tfutglz3PII/AAAAAAAAAJQ/HvFjscAlQ10/s1600/comite+3.jpg
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    DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES

    Los resultados de los exmenes no pueden ser utilizadospara ejercer discriminacin alguna sobre los trabajadoreses pasible de acciones administrativas y judiciales.

    - Garantizar que los trabajadores hayan sido consultadosantes de que se ejecuten cambios en las operaciones, los

    procesos y en la organizacin del trabajo que pudierantener repercusiones en la seguridad y salud de lostrabajadores.

    Informar :

    - Las razones de los exmenes de salud ocupacional.- Los resultados de los informes mdicos previos a laasignacin de un puesto de trabajo y los relativos a laevaluacin de la salud,

    POLTICAS EN EL PLANO DE LAS EMPRESAS Y CENTROS

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    MDICOS ASISTENCIALES.

    El empleador debe Informar al MINTRA:

    a) Todo accidente de trabajo mortal.b)Los incidentes peligrosos que pongan enpeligro la salud e integridad fsica deltrabajador o de la poblacin, uc)Cualquier tipo de situacin que altere o

    ponga en riesgo la vida, integridad fsica ypsicolgica del trabajador suscitado en elmbito laboral.

    - Los centros mdicos asistenciales que

    atiendan por primera vez sobre accidentes detrabajo y enfermedades profesionalesregistradas o los que se ajustan a la definicinlegal de estas estn obligados a informar alMinisterio de Trabajo y Promocin del Empleo.

    INVESTIGACIONES DE ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES OCUPACIONALES E

    http://www.nuevastecnologias.com/wp-content/uploads/2011/07/Etxebide-nueva-opci%C3%B3n-para-registrar-viviendas-sin-tanto-papeleo.jpg
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    ,INCIDENTES PELIGROSOS

    Empleador

    Representante de las

    Organizaciones Sindicales oRepresentante de losTrabajadores

    RESULTADOS DE LA INVESTIGACION

    MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DELEMPLEO

    MEDIDAS DE PREVENCION ADOPTADAS

    FACULTADES DE LOS INSPECTORES DE

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    TRABAJO-Aconsejar y recomendar laadopcin de medidas de SST.

    - Solicitar la realizacin lasmodificaciones.

    -Iniciar el procedimientosancionador porincumplimiento de las normasde seguridad y salud en eltrabajo.

    -Presunta comisin de delitovinculado a la inobservancia de

    las normas de seguridad y saluden el trabajo, la inspeccin detrabajo remite al MinisterioPblico los hechos que hayaconocido y los sujetos que

    podran resultar afectados

    PERITOS

    TECNICOS

    REPRESENTANTES O

    VISITA DE INSPECCION

    Para el adecuado ejercicio de las funcionesde inspeccin en materia de seguridad ysalud en el trabajo

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    PARALIZACIN O PROHIBICIN DE TRABAJOS POR RIESGOGRAVE O INMINENTE

    En el caso de que los inspectorescomprueben que la inobservancia de lanormatividad sobre prevencin de riegoslaborales implica un grave e inminenteriesgo para la seguridad y salud de lostrabajadores pueden ordenar de

    conformidad con la legislacin deinspecciones la inmediata paralizacin ola prohibicin de los trabajos o tareas,dichas ordenes son inmediatamenteejecutadas, independientemente del

    pago de las remuneraciones eindemnizaciones a favor de lostrabajadores afectados.

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    INCORPORACIN DE LA FIGURA PENAL DEL DELITO DE ATENTADO CONTRA LAS

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    CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIALESCdigo Penal del artculo 168-A

    Tipo penal : Atentado contra las condiciones deseguridad e higiene industriales

    DELITO PENA

    El que no adopte lasmedidas preventivas deSST poniendo en riesgo

    su vida y salud as comode los trabajadores.

    No menos de 2 aosNi mayor de 5 aos

    Por inobservancia de lasnormas de SST ocurre unaccidente mortal o con

    lesiones graves

    No menos de 5 aosNi mayor de 10 aos

    Artculo 168-A. (Ley 30222) Atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo: El que, deliberadamente infringe estando legalmenteobligado, y habiendo sido notificado previamente por la autoridad competente por no adoptar las medidas previstas en stas y como consecuencia directa dedicha inobservancia, ponga en peligro inminente la vida, salud o integridad fsica de sus trabajadores, ser reprimido con pena privativa de libertad no menorde uno ni mayor de cuatro aos.Si, como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas de seguridad y salud en el trabajo, se causa la muerte del trabajador o terceros o leproducen lesin grave, y el agente pudo prever este resultado, la pena privativa de libertad ser no menor de cuatro ni mayor de ocho aos en caso demuerte y, no menor de tres ni mayor de seis aos en caso de lesin grave.

    Se excluye la responsabilidad penal cuando la muerte o lesiones graves son producto de la inobservancia de las normas de seguridad y salud enel trabajo por parte del trabajador.

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    LEY N 29981 - LEY QUE CREA LA SUPERINTENDENCIANACIONAL DE FISCALIZACIN LABORAL (SUNAFIL), MODIFICALA LEY 28806, LEY GENERAL DE INSPECCIN DEL TRABAJO Y

    LA LEY 27867- LEY ORGNICA DE GOBIERNOS REGIONALESCAPTULO I CREACIN DE LA SUNAFIL

    Artculo 1. Creacin y finalidad

    Crase la Superintendencia Nacional de Fiscalizacin

    Laboral (Sunafil), en adelante Sunafil, como organismotcnico especializado, adscrito al Ministerio de Trabajo yPromocin del Empleo, responsable de promover,supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento

    jurdico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo,as como brindar asesora tcnica, realizar investigacionesy proponer la emisin de normas sobre dichas materias.

    Dr. Napolen Juregui Nongrados 49

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    SUNAFIL - MULTAS

    Las sanciones que sern impuestas por la comisin de

    infracciones de normas legales en materia de seguridad ysalud en el trabajo, se medirn de acuerdo a los siguientescriterios:

    a) Presentacin extempornea, presentacin incompleta o quecontenga datos falsos, en los documentos inspeccionados por elpersonal de la SUNAFIL.

    b) Gravedad de la falta cometida.c) Nmero de trabajadores afectados y/o expuestos.d) Antecedentes de la persona infractora.e) La peligrosidad de las actividades y el carcter permanente o

    transitorio de los riesgos inherentes a las mismas.f) La gravedad de los daos cometidos en los casos de accidente de

    trabajo y/o enfermedad profesional.g) La conducta diligente o negligente del sujeto obligado en materia

    de seguridad y salud en el trabajo.

    A continuacin la nueva tabla de multas:

    Dr. Napolen Juregui Nongrados 50

    DECRETO SUPREMO N 012-2013-TR LAS

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    DECRETO SUPREMO N 012-2013-TR, LASMULTAS SE EXPRESAN EN UNIDADESIMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT).

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    DISCAPACIDAD

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    DISCAPACIDAD

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    LA DISCAPACIDAD EN EL MUNDO

    Alrededor del 10%de la poblacin mundial, o sea 650millonesde personas, vive con una discapacidad.

    El 80%de las personas con discapacidad vive en pases

    en desarrollo, segn el PNUD.

    Segn se estima, unos 368 millonesde personas enedad de trabajar tienen una discapacidad, segn la OIT.

    Contina la discriminacin y falta de conciencia enrelacin a las personas con discapacidad. Sin acceso aderechos, bienes y servicios, no hay inclusin.

    Fuente: Convencin sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ONU, 2006

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    DEFINICIONES DE DISCAPACIDAD

    OMS (2001), la define a la discapacidad como el

    resultado de la interaccin entre una persona con unadisminucin y las barreras medioambientales y deactitud que esa persona puede enfrentar. (Modelosocial).

    Ley 27050: Art. 2: La persona con discapacidad esaquella que tiene una o ms deficiencias evidenciadascon la prdida significativa de alguna o algunas de susfunciones fsicas, mentales o sensoriales, que impliquen

    la disminucin o ausencia de la capacidad de realizaruna actividad dentro de formas o mrgenesconsiderados normales limitndola en el desempeo deun rol, funcin o ejercicio de actividades y oportunidadespara participar equitativamente dentro de la sociedad.

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    LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD

    Artculo 5.- Creacin del Consejo Nacional de Integracin de laPersona con Discapacidad

    Para el logro de los fines y la aplicacin de la presente Ley, craseel Consejo Nacional para la Integracin de la Persona conDiscapacidad (CONADIS) incorporndose como Organismo Pblico

    Descentralizado del Ministerio de Promocin de la Mujer y delDesarrollo Humano.

    Artculo 10.- Convenio del CONADIS con las Municipalidades

    El CONADIS convendr con las Municipalidades, en lo que fuera

    pertinente, para que en su representacin vigilen el cumplimiento deesta Ley y su Reglamento, extendiendo los alcances sociales,integradores e inclusivos de la Ley a todo el territorio nacional. Losgobiernos locales, por su parte, prevern la formacin de oficinas deproteccin, participacin y organizacin de los vecinos con

    discapacidad.

    LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD

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    LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD

    Artculo 33.- Fomento del empleo

    El CONADIS, en coordinacin con el Ministerio deTrabajo y Promocin Social, apoya las medidas defomento del empleo y los programas especiales parapersonas con discapacidad, dentro del marco legalvigente.

    Artculo 35.- Deduccin de gastos sobre el importetotal de remuneraciones

    Las entidades pblicas o privadas, que a partir de la

    vigencia de la presente Ley empleen personas condiscapacidad, obtendrn deduccin de la renta brutasobre las remuneraciones que se paguen a estaspersonas, en un porcentaje adicional que ser fijado por

    el Ministerio de Economa y Finanzas.

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    ELIMINACIN DE BARRERASARQUITECTNICAS.

    Tener en cuenta la presencia depersonal discapacitado en la

    empresa.

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    MOTIVOS DE DISCAPACIDAD: RANKING MUNDIAL

    En 1990 En 2020

    Infecciones de las vasrespiratorias bajas 1 Enfermedadescardiovasculares

    Diarreas 2 Depresin unipolar

    Trastornos durante elembarazo

    3 Accidentes del trnsito

    Depresin unipolar 4

    Enfermedad

    cerebrovascular

    Enfermedadescardiovasculares

    5 Obstrucciones pulmonares

    Enfermedad cerebrovascular 6Infecciones de las vas

    respiratorias bajas

    Tuberculosis 7 TuberculosisSarampin 8 Heridas de guerra

    Accidentes de trnsito 9 Diarreas

    Anomalas congnitas 10 SIDA

    Fuente: OMS

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    ASPECTOS A TENER EN CUENTAEN LAS ADAPTACIONES DE LOS

    PUESTOS DE TRABAJO

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    CONOCER:

    Puesto de trabajo

    Entorno de trabajo: Instalaciones de la empresaAccesibilidad al puesto de trabajo

    Habilidades y capacidades del trabajador

    ESTUDIO DE NECESIDADES

    DEFINIR MEDIDAS DE ADAPTACIN: Individuales: sobre el puesto de trabajo y el desarrollo

    de las tareas. Colectivas: accesibilidad a las instalaciones de laempresa.

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    OPININ DEL TRABAJADOR

    Tener en cuenta siempre la

    opinin del trabajador, para

    garantizar el xito de las

    soluciones adoptadas.

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    EQUIPOS DE TRABAJO.

    POSTURAS DE TRABAJO(manejo de cargas,posturas forzadas, movimientos repetitivos).

    CONDICIONES FSICAS DEL PUESTO DE

    TRABAJO Y DEL ENTORNO (lugares detrabajo: iluminacin, ruido, etc).

    CONDICIONES ORGANIZATIVAS (ritmo de

    trabajo, pausas, comunicacin, definicin defunciones).

    FORMACIN, REHABILITACIN OTRATAMIENTO.

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    ADAPTACIONES PARATRABAJADORES NO

    VENDEDORES CON CEGUERA

    TOTAL O POCO RESTO VISUAL

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    ROTULADORA ENBRAILLE DYMO

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    ANOTADORES PARLANTES:sistemas porttiles dealmacenamiento, proceso y edicin de datos, conconexin a otros dispositivos (ordenador, impresora)

    BRAILLE HABLADO: entrada de datos en un tecladobraille y salida a travs de un sintetizador de voz.

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    MENSAJE DEL DISCAPACIDATO

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    MENSAJE DEL DISCAPACIDATO

    Para seguir pensando: Tener una familia, Buenos amigos, Sentir que somos parte de nuestra comunidad Un trabajo que nos permita realizarnos, Elegir donde estar Cumplir nuestros sueos.....

    SER FELICESNo es acaso lo que todos queremos?

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    Las personas noson recordadas porel nmero de vecesque fracasan, sino

    por el nmero deveces que tienen

    xito.Thomas Alva Edison

    Dr. Napolen Juregui Nongrados

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    TALLEREn grupos responder el cuestionario adjunto y exponer los resultados en clase,segn la Ley 29783 y su Reglamento.Tiempo de duracin de la resolucin de casos: 20 minutosTiempo de duracin de la exposicin de resultados: 5 minutos por grupo.

    GRUPO 011. Juan Jos, es sometido a exmenes ocupacionales previo a su primer da de trabajo. Quin

    es la persona encargada de hacerle entrega de stos resultados?. Porque?2. Art .102 del reglamento y Art. 71 de la Ley.3. Actualmente Estela se encuentra laborando en el laboratorio de Anlisis de Suelos de la

    Empresa SEGURIDAD; en ste ambiente, la exposicin a agentes qumicos es un riesgo

    elevado y Estela presenta 3 semanas de gestacin. Cules son las acciones a seguir porparte del empleador?

    Art. 92 reglamento y Art. 66 de la LeyLuis es Ing. Industrial y se encuentra preparando una charla a los trabajadores del rea deTransporte de Residuos Slidos de la Empresa MUY SEGURA. Cules son las alternativas

    respecto al horario que escoger Luis?.

    GRUPO 21. A qu se considera acto de hostilidad? Art. 105 del reglamento2. Por orden del empleador, en la Empresa en donde labora Enrique, los trabajadores se someten a un

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    Dr. Napolen Juregui 75

    p p q jexamen mdico no obligatorio; Enrique, no considera necesaria su participacin para dicho chequeomdico. Que accin tomar el empleador? Art. 107 reglamento, Art. 79 de la ley.

    3. Luca es trasladada a otro puesto de trabajo en la misma Empresa a fin de que se recupere de una lesinen el brazo ocasionada por motivo del trabajo que realiz; en el nuevo puesto de trabajo, se requiere queLuca:

    a. Conozca sus riesgos?b. Ser capacitada en la labor que va a desempear?

    Art. 108 reglamento, Art. 76 de la ley.

    GRUPO 31. Qu promueve la La Ley de Seguridad y Salud en el trabajo (02 palabras).2. Qu nos d a conocer el Art. 94 del Reglamento de la Ley 29783?3. A fin de implementar un sistema de Mejora Continua en la Empresa, se debe considerar lo siguiente:

    a. Resultados de la Supervisin y Medicin de la Eficiencia.b. Objetivos de la Seguridad y Salud en el trabajo de la Empresa.c. Cambios en las Normas Legales. Art. 46 de la Ley.

    GRUPO 041.- Javier quiere implementar un Sistema de Gestin de Seguridad y Salud en el Trabajo en su empresa, noobstante, desconoce quin asumir el liderazgo del Sistema. En su condicin de estudiante de la carrera de

    Ing. Industrial, Ud. le aclarar la duda. Art. 26 de la Ley 297832.- Cul es el origen de las actuaciones de inspeccin en las empresas?. Art. 100 de la Ley 29783.

    GRUPO 051. La implementacin de la Ley 29783 es compatible con otros Sistemas de Mejora Continua?2. En qu consiste el Estudio de Lnea Base?3. Es posible basarnos en normativa internacional; cuando no encontramos sustentos tcnicos en la

    normativa peruana?

    Taller: Sustentar los siguiente enunciados basados en el DS N 005-2012-TR,

    indicando si es FALSO o VERDADERO, sustentando su respuesta segn el artculo

    del DS que lo respalda.

    N Enunciado Rpta Artculo

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    N Enunciado Rpta Artculo1 a revisin del sistema de gestin de la seguridad y salud en el trabajo se realiza

    or lo menos 1 vez cada dos aos.

    2 os miembros trabajadores del Comit gozan de licencia con goce de haber porreinta das naturales por ao.

    3 a funcin del comit es Elaborar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud enl Trabajo.

    4 l empleador debe poner en conocimiento de todos los trabajadores, solamenteediante medio fsico o digital bajo cargo

    5 ara ser integrante del comit debe estar capacitado en temas de seguridad6 El Comit de SYST aprueba el Programa anual de Seguridad y Salud en el

    Trabajo.

    7 a revisin del sistema de gestin de la seguridad y salud en el trabajo se realizaor lo menos dos veces (2) al ao.

    8 n registro obligatorio del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo es el de losactores de riesgo disergonmicos.

    9 Las auditorias son obligatorias a partir del 1 de diciembre del 2015

    10 l Comit de SYST debe asegurar que los trabajadores conozcan las instrucciones,specificaciones tcnicas.

    11 a evaluacin inicial de riesgos debe realizarse en cada puesto de trabajo delmpleador.

    12 a asignacin de puestos de trabajo, debe considerar los factores en relacin a la

    uncin reproductiva, periodo de gestacin o lactancia.13 os equipos de proteccin personal deben atender a medidas antropomtricas

    olo del trabajador discapacitado

    14 e considera que existen riesgos psicosociales cuando perjudica la salud delrabajador, causndole estrs y dems

    15 a capacitacin de los trabajadores de la micro y pequea empresa sern a unosto mnimo, dada por la autoridad competente.

    16 a ley considera que existe exposicin a los riesgos psicosociales cuando seerjudica la salud de los trabajadores mayores de 60aos.

    17 a capacitacin del personal, cualquiera que sea su modalidad, debe realizarseentro o fuera de la jornada de trabajo, previo acuerdo con el empleador.

    18 a eleccin de los miembros del comit por parte de los trabajadores estar aargo de la organizacin sindical mayoritaria.

    19 os miembros del Comit de Seguridad y Salud en el Trabajo deben recibirapacitaciones especialidades en seguridad por cuenta propia, el empleador daras facilidades del caso.

    20 uando en el contrato de trabajo no conste por escrito la descripcin de lasecomendaciones de seguridad y salud en el trabajo, stas debern entregarse enorma digital a ms tardar, el mes siguiente de las labores.

    21 l empleador debe exhibir el mapa de riesgos.

    22 El Comit de Seguridad debe colaborar con la Investigacin del Accidente deTrabajo.

    23 Realizar inspecciones peridicas solo en las reas administrativas.