CIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATO SIMPLIFICADO …...CONTRATO SIMPLIFICADO DE MOBILIARIO 1.-La...

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PODER JUDICIAL DE LA FEDEN-\CIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES BOLIVAR No. 30, 4o PISO COL. CENTRO, C.P. 06000. MEXICO, D.F. TELS.: 4113-1000 EXT. 5704,5710,5305,5705 FAX: 5130-1750 JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL. CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D.F. R.F.C. SCJ-950204-6P5 DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZAAAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA. C.P. 09100, MEXICO, D.F. TELS.: 5701 2036 y 5763 7883 PROVEEDOR: CONGRESS & MEETINGS GROUP, S.A. DE C.V. FECHA DEL DOCUMENTO 04/0812016 FECHA DE ENTREGA 10 DIAS NATURALES Partida :r; 1 ,r. Clave art. 10 5110114021 20 FORMA DE PAGO CONTRA ENTREGA 1 . : ;. . LUGAR DE ENTREGA CHIAPAS 309, LEÓN, 37360, MX, GTO Unidaa l lH 1 \,•ij;'if.;·if ,Hl t :). '.;:íl' .,f' "Déscripcion :. 1 1 PZA PODIUM DE MADERA OBSERVACIONES CONSTRUCCIÓN DE PÓDIUM: ESTRUCTURA EN MADERA DE PINO SEGÚN MUESTRA, ACABADO EN BARNIZ DE POLIURETANO AL ALTO BRILLO, EN LAS DIMENSIONES SOLICITAS, INCLUYE ESCALÓN DE MADERA. GARANTIA DE UN AÑO POR DEFECTOS O VICIOS OCULTOS. 1 SER ROTULACIÓN EN VINIL RECORTADO OBSERVACIONES INSTALADO EN PODIUM. CLASIFICACIÓN: CONTRATACIÓN MINIMA PROCEDIMIENTO: ADJUDICACIÓN DIRECTA FUNDAMENTO: ARTÍCULOS 39 FRACCIÓN V, 42 SEXTO PARRAFO, 43 FRACCIÓN IV, 91 Y 92 DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Vl/2008 AUTORIZA: TITULAR DE LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA EN LEÓN, GUANAJUATO, BAJO SU ESTRICTA RESPONSABILIDAD EN EL MARCO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Yl/2008 Y ARTICULOS 64, 66, 70 DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN jVll/2008. = ================================================================= === CONTRATACIÓN PREVISTA EN EL PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2016. ESTE CONTRATO SIMPLIFICADO SE REGISTRA EN EL SISTEMA INTEGRAL ADMINISTRATIVO PARA EFECTOS DE SEGUIMIENTO, APLICACIÓN PRESUPUESTAL Y REGISTRO DE BIENES SUJETOS A INVENTARIO, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 138 SEGUNDO PÁRRAFO DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Vl/2008. LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES SE DESLINDA DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LOS PROCEDIMIENTOS OBSERVADOS PARA LA CONTRATACIÓfl DE REFERENCIA. 1 1 .. 8,800.00 650.00 CONTRATO SIMPLIFICADO 4516002301 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO S001 ¡\?" 8,800.00 650.00 CONTINUA Página 1 de 2 ING. GUSTAVO LUNA VELA DIRECTOR DE AREA LIC. CARLOS FERNANDO MATUTE GONZÁLEZ DIR. GRAL DE RECURSOS MATERIALES

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PODER JUDICIAL DE LA FEDEN-\CIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES BOLIVAR No. 30, 4o PISO COL. CENTRO, C.P. 06000. MEXICO, D.F. TELS.: 4113-1000 EXT. 5704,5710,5305,5705 FAX: 5130-1750

JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL. CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D.F. R.F.C. SCJ-950204-6P5

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZAAAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA. C.P. 09100, MEXICO, D.F. TELS.: 5701 2036 y 5763 7883

PROVEEDOR: CONGRESS & MEETINGS GROUP, S.A. DE C.V.

FECHA DEL DOCUMENTO 04/0812016

FECHA DE ENTREGA 10 DIAS NATURALES

Partida :r;1,r. Clave art.

10 5110114021

20

~)1~

FORMA DE PAGO CONTRA ENTREGA

1

. : ;. . ~ LUGAR DE ENTREGA CHIAPAS 309, LEÓN, 37360, MX, GTO

·¡.cantidad.~~ Unidaa llH 1\,•ij;'if.;·if ,Hl t ~: .>~. :). '.;:íl' .,f' "Déscripcion :. \l;,1 ;¿i;~",,.,!J~íi'¡r.iii-"':" 1 @~f~t;~~Jrrtr~N;-~ 11~¡~ 1 PZA PODIUM DE MADERA

OBSERVACIONES CONSTRUCCIÓN DE PÓDIUM: ESTRUCTURA EN MADERA DE PINO SEGÚN MUESTRA, ACABADO EN BARNIZ DE POLIURETANO AL AL TO BRILLO, EN LAS DIMENSIONES SOLICITAS, INCLUYE ESCALÓN DE MADERA. GARANTIA DE UN AÑO POR DEFECTOS O VICIOS OCULTOS.

1 SER ROTULACIÓN EN VINIL RECORTADO OBSERVACIONES INSTALADO EN PODIUM.

CLASIFICACIÓN: CONTRATACIÓN MINIMA PROCEDIMIENTO: ADJUDICACIÓN DIRECTA FUNDAMENTO: ARTÍCULOS 39 FRACCIÓN V, 42 SEXTO PARRAFO, 43 FRACCIÓN IV, 91 Y 92 DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Vl/2008 AUTORIZA: TITULAR DE LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA EN LEÓN, GUANAJUATO, BAJO SU ESTRICTA RESPONSABILIDAD EN EL MARCO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Yl/2008 Y ARTICULOS 64, 66, 70 DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN jVll/2008. ===================================================================== CONTRATACIÓN PREVISTA EN EL PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2016. ESTE CONTRATO SIMPLIFICADO SE REGISTRA EN EL SISTEMA INTEGRAL ADMINISTRATIVO PARA EFECTOS DE SEGUIMIENTO, APLICACIÓN PRESUPUESTAL Y REGISTRO DE BIENES SUJETOS A INVENTARIO, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 138 SEGUNDO PÁRRAFO DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Vl/2008. LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES SE DESLINDA DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LOS PROCEDIMIENTOS OBSERVADOS PARA LA CONTRATACIÓfl DE REFERENCIA.

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650.00

CONTRATO SIMPLIFICADO

4516002301

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

¡\?" ;1mP9r:tetr..ofa1l·:1'tt:i~f·~~ 8,800.00

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ING. GUSTAVO LUNA VELA

DIRECTOR DE AREA

LIC. CARLOS FERNANDO MATUTE GONZÁLEZ

DIR. GRAL DE RECURSOS MATERIALES

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CONTRATO SIMPLIFICADO DE MOBILIARIO 1.- La Suprema Corle de Jusllda de la Nación. en lo sucesivo ia Suprema Corteº por conduelo da su representante para los efectos de este instrumento manifiesla que: 1.1.- Es el málcimo órgano deposllario del Poder Judiáal de la Federaáón. en términos de lo dispuesto en los articulos 94 de la Constituáón Politica de tos Estados Unidos Mexicanos y 1. fracción 1, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. 1.2.· a pcceci1 iel *> meda'1la ~ <*9cta, lle aDlzado por el MiJar de la Casa de la CUUa .M1dca. ad9aila a la Oirea:ión Genenil de Casas de la CIJtl.ra .Mldca de la ~ Corle de .AJslda de la Nad6n. de arimidacl con lopeo.islo enel ri:úo 42. páralo q.á'm.mso a). del huerdo Genera de M1iistiación wicm. del ..a1icinco de sepfemn de dos rri ocho. del Corrilá de Gobierno y M1i i>tlacióudela Svema Cole de .Al5licia de la Nación por el"" se A!gUanlos pocedi1 ems paa la Sltµsición, id 1i l5'aci6i 1 y desi mpa aci6i1 de bienes y llt analación de ollras.. usos y SENdos re<JJEridos por e9e TiluB. Ll.- 8 Ol'edor General de Reanos Maloriaes eslá faWlado paa susaiir el presene iráumer'ID, de ari>ITTidad con lo dspueslo en el Regial1ef*I Orgérico en Malaria de PdTiristadón de la St4Jrerna Corle de Jus*ia de la Nao6n, as1 como mtioJo 10, plrrafo sego..nlo, del AaJerdo General de .Ad 1i isflaciói 1 V1/'2008. del winllcinc:o de septierrtlnl de dos rril acto. del Corrilé de Gobierno V M 1 i istiaci6n de la 9vema Cale de Juskia de la Naóón por el cp se regtDi los pooeci1 ¡.,.a psa la adcp.jsición. ad1il isliaciá1 y desincorporació de bleres y la cor*1llaci6n de cbras. usos y seMcios ¡eq.Jeridos por esta Ttb.nal. L4.- Pwa ilClo lo relacionado con el presen1e arnm señala como su dorrialo el Lbicaci> en la Cale de José Mala Pino St*ez rúnero 2. Cdcria Cen'1l de la CUlad de MéJóoo. deiegldór1 Q.ei.til6moc:, c:ódgo poslal 06060. CfJdad de Mé>lai. 11. - 8 "Pn:Meda" por oondudo de su rep ese1 ttaf ila legal mariflesta bajo po4lesla de decir Yeldad que:

11.1.- Conoce perfectamente las especificaciones téaicas y de operación de los bl- requertdos por ia Suprema Corte" y Cl.lenta <X>n los elementos técni<X>s y capeddad económica necesarios para enlregar1os a saUsfa<:dón de 6Sl8. 11.2.- No se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren IOs artiaAos .S. Fracciones 1, 11, 111, IV, V. VI. VII , VIII y X. asi como 58 fracción XVI, del AOJenlo General de Administración Vl/2008. l3.· Conoce y acepta ~a lo pre"'*' en el Acuerdo General de Acinirisndá1Vl12008. del W!ir'licinto de seplerrb9 de dos mil och>, del Can1é de Gobiemo y Adrririslración de la ~Cole de Justcia de la Nación por el cp se regijanlos pocedmier*>s pin la adcp.jsición. PdrriristradOn y desimpaaci6i 1 de bienes y la conialadálde abas. usos y seM::ios ~ poresleM> Trb.nll. U . PIW'a ilClo lo r9aDoredo CXlO el presenle c:irr.m. S8l'8la como su daridio el i-daldo en la ariUa del ~ irlSNner*>. en el ,.atado dencr'*1ado °f'n:M!edcl". 111.- La "Suprema Corte" y el "Proveedor" deelaran que: 111.1.- Reconocen mutuamenle la personalidad jurídica <X>n la que comparecen a la celebración del presente Instrumento y manlfieslan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dlr1girén a los domicilios Indicados en los antecedentes 1.4 y 11.4 de esle Instrumento.

CLÁUSULAS Pmiera. Condiciones Generales. 8 "Pro\leedor" se airrpanelB a propordcna-los tienes desaft>s en la anua del pesenle ínsNnenlo y respeto-en ilClo m:rne'*> el pecio. plazo y a:rdcia1es de pago sel'Bados en la referida caráb.Ja, c1r.lrCe y hasta el ~ tllal del objefD de esle aa.edo de lodrtlades. 8 pago sel\alado en la peser1lit dálsUa. abre el lcCal de los tienes cortralados. palo rual '1a St4Jrerna Cale" no lene dllgación de QbiT lll"QÚ'l lllllCflB aclcional. En caso de que el l.'el1Cirrierto de los plazos sel\alados en el preserje conlralo se l.lllque en t.i dla lrhábil. el plazo se recorren\ al dia hébi irmeclato sigljenle.

Stgunda. lnstalaclón de bienes. En caso de requerirse Instalación de los bienes objeto del <X>ntrato "el Proveedor" deberá noliflcar con cinco días hábiles de antidpadón la enlrega de los bienes para que '1a Suprema Corte" programe la fecha a partir de la rual se podrá efectuar la enlrega e Instalación de los mismos. En caso de preseRa'Se airase en la adecud6n de los espacios o~ d(!I érea, deslnados a la lnstiadón de los bienes que 8l1"ll3 el presenle cxrtaD, por aMaS lrrpAabies a "la~ Corte", que reperc:Ua en la «*ega o i1slalaciá1 de los bienes, "la~ Cene" poctá mocMarla ennga e lnslaladcln de los bienes, en C1l)'O caso el "Prowedol" deberá iricia-la della o lnslalad6n. seg(.n sea el caso, denlro de los dez días hébles sigUenes al que por esalo "la ~ Cor1B" lo sdci!e. Te reara. Enttegaofteepclón. El lpo de B1SpOl1e a l.fllizar será aquel que el powedor considere CXJIM!rienle y que garanlice la em.ga opor\ra. asl como que la ll"ldad sea entl1!gada en 6pirno eslado en la Cludad i... Mé>dco. 8 ~será re!pOOSable de a.trir los costls de taslado y seguo de los tienes desde sus inslaladones hasta el k(¡ar de deslilo mal. UI ~ Corle de ~ de la Nación no rectiá los bieres en mal estldo por causas~ al proyeedoi" o su lransp<:ñsla. Paa 8\0tar dal'OS en el RlSpOr'lt y sopolW las mrilbras a las que estrin ~ los bienes objefD de esta concu"SO deber*i estar peplW8dos pn su ervega. a"1leriendo la lnbTred6n y cloo.memaci6n necesaia pn su idenHcaóón. asl como ura copia de la facllla o lllmlsiál Cllll1ls¡xll td8I ila. La SCJN, poctá harer d~ de la uridad aando: a) Se CQn1)iuebe que no son de la caldad 90llci1ada. b) Preserten defedos de fabricaci6n o deficiencias Q.nnle su uso por causas~ al pridpert.e. e) Cuando los bienes ertegados no o..n1J1an CXlll las caraderislicas lécr1cas sokiladas por la &.perna Ca1e. En eslos casos el p¡rióparte se ollfiga a restíür sin cordción i!lglria a la ~ Corte de .kJSticia de la Nación. el eqo..ipo dewello. dertro de los 10 dias reluales sigLienles a la preserCación de la redmnadón. Cunlo la ~ Corte de .kJdcia de la Naciá1 l'8Qlieca hac:i!r la deladcln del eqo..ipo par causas dsli1tas a las i'ócadas, éstas se efeduarán p'elÓO ao.erti:> por esailo de amas pins. en QJyO caso se deben! electullr la devcU:l6rl de los rea.rsos efeávarnef1e pagados por la ~ Ca1ll de JJstil de la Naci6f\ en 1.i plazo que no eia::eda 15 dias hábiles medaWe dep6sit> o e:t-eq.ie ca1llcado a nomn de la lnshld6n,

asl como losnereses pa dktlasanidades hasta la fecha en que se pof1l'S1 ekliYarnenle las anldades a clsposkiál de la~ Cale de~ de la Nación y que se~ por días calendlrlo. CualtL Pena COIW*IClonal. En caso de ~ en wakµera de las oblígacicnes eslalllecidas en el nstnmer*> ar*8dual, la ~ Corte de .19cia de la Nación pociá l!l'ka" a los~ ura pena <XlrM!r1cional tmla por un 10% del mor*>"" CDTeSpOrda al wlorde los tienes (Sitino:ü LVA)"" ro se l"eyarl entegodo y de los seNdos que ro se l"eyarl preslado. a enaa saisfao:XIO de la SupaTll COi1B de .1ISlicia de la Nad6n. En caso de~ en el pazo de er1J"98 pactado en el artalo, se le a¡b'A e los~· ura pera com.encicrel por los alra9os que le .....i ~en la riega de los tienes y en al cmo la lnstáadón de rmlllaioyaca!salos, eqU\l3lerte el mono que 1'1!9J1B de a¡:icrel 10 al ~paCildadía naUlll de rmaso ala arildad queírTp:rlen los tienes no erCregados en el plazo eslltileddoylos srNcios no p-eslados.

lo que no pcxtá elOlder del 10% del ITICri:> W de los bienes en ~. sin lncil LVA En las operada1es en que se pac1e ._ de pecios. la penaización se caloJará sobe el pac:io aj..lslado. B ~

responsable del iro.rrf.frrier* se lwá acreedor a las sarDone5 pi9'Aslas en los pkrafils cp rilaceden. oon hle¡la tder da de "" se t-eg;si efectivas las ganrias olagadas. Las psm poct8n desca1arse de los lllOl*'5

penc1en1es de Clbr porpale de la ~Cene, a "prol.eedor" y. de serneceswio, í'9"58do .. mor*> a la Tesarerie de asila /'Jo Tri:lunal. Quinta. R9quls- para reallwtos pos respedlvos. Pa-a efectos lscafes el '1'loveedor" deberá presenllr la o las faCUas a norrbe de '1a 5'4x!!ma Cate" 5e!J'.n <XlOSla en la cecl.la de ldenillcad6n hcal, qtedda por la~ de Hacienda y Crldlo Púlllco CXlll el Regisro Federal de Con'1buyerees SCJ950204 6P5, lnclcando el dorriciJo sellalado en 111 dedaradón 1.4 de este insln.mento y dem6s reqúllilos bailes a que hay lugar.

Sexta. Modíflcaclones de aste Instrumento. Las oondiciones pactadas en el presente insln.mento patán serObjek> de mocHcación en tém1nos de lo pre..;sto en los artiaJos 12, fi'acd6n XXII; 143, tacd6n 1 y penültno pérralo, 146 y 162 del reCeñdo Ao.Jllltlo Gereral WZOOB. S.pllma. Ganntla ci. equipo. 8 "PltMledor", garanmra los ~ en tJclas sus partes por 1.i aro a pstr de la lllcha de riega y1o recepdcln a eniera salsfao:iér1 de '1a St4Jrerna Ccrtl!", ~ ietaa:icres y nW"O de obra (o susl\.d6n del eqlJpo en el caso que és1e ro sea re¡aado en menos de 72 horas), debleRlo repanne CXlO refacdores ariginales (de igual mait:a y modelo o superiores) IUMIS; en caso de en caso de desperfec:los deberá SIS!Urtos pa Olro lguel al oeünalmerte <élado. Los eqüpos, partes y maleriales que estén l\lera de especilc:acioo li!S yfo p-eserten talas"" irr1)0Sibiiten su uso adecuado y oporU1o rils de su instaladOn v aceplación o tien después y cirio de los l"eria días ~ deberán ser n:er 1 ¡:iiaz:ajLx¡ por prodl.dos ruews, por parte del "PloYee<b", sin '*l¡Ül costo aclcional paa '1a Sl.pl!rna Corle". A la ernga de los tienes olljek> del presene Í'lSNllel"CO. "el ~ enlregri copia de la pói2a g¡r.rtía emitla por el fal:lllc::s'le. en su caso, cala gnrtla que aba los reqUsit>s a cp se reiEre el ..., IX de la Ley Federal de l'iolecd6r1 al Consuridor. en la que se lrdq.Je el alcence. ci.radá1, cxntciones. rneorismos paa haa!rla efecM, ruya \Ogencia debenl 511" port.i mítno de doce meses arilados a pñ-dela riega de los tienes objet>del pre9l!l"ila ilsNnefio. Oct1v1. Conlldenclalidad. La documentación que se proporcione aJ "Proveedor" con motivo de la celebración de este contrato, es propiedad de ia Suprema Corteº, por lo que el "Proveedor". por a través de sus lrabajadores, se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación, rualquler resultado o dalo obtenido de los bienes objeto de este contrato slmpllftcado. Nowna. Rescisión. ()Jeda ~air-*loque 'la~ Cate' poctá dir porresdrddo el peser'ila ar*8lo sin neoe9dad de"" mecledediraciáljui::ial, en caso de que el ,,rtMleda" deje de curt*C1.lllqUera

las oblgadones que 8SUTI! en es111 arnm por caJSaS que le sean ~o bien. en caso de serot;*> de errtiisv:>. h.$ eslalada, concuso ITlE!ltlÓI o~ Anles de dedinrla resó!ltln. "la SupaTll COilB" rdllari pa escrit> las c:aJSaS respect..as el 1"roweda" en su dorricio sellaado en la dednci6n 11.4 de este inslntlw*>, con "'811 en el adose ""'1Jel*9, oD¡¡ánlcle 1.i pazo de qúnce días hl!tiles psa cp mrilesle lo "" a su dmld1o CXl1111eng8. 8n8Jl8 los documenils que eslíne conveneres y apr11!, en al caso, las pt.ebas que estire perfnerles. Vs'dOO ese plazo el ágaio arrpetene de '1a ~ Cole" detemYml sobre la JJOO!!dencla de la lll!ci!i6r\ lo"" se cxmriari el~ en su domidio señaiaO:> en la decJnd6n 11.4 de eslllinsrunn:I. Oilc2Tw. 5upuesm de llmiiaclón del ca'dralD, dNefsos a la resdliOr\ 8 preserila ariat> poctá darse por llm'i1ado. al o:w1 pa1u ase su ctjl!ilo o bien de mnra a*'8B wnlo e>óstar1 aLS11S ¡.ái:adas o raixres de i1erés general en lém'iros dll lo prNsti en los s1lcúJs 1411. 149. 150 151 del Jla.eli> General dei"d 1ilsla:lá1 w.100!. Dllclma Prime"- Del fOmenlo a la transparencia y de la protección de dales pe~les. Les pm1es eslBn de acuerdo en que el presenta i1sln.rneno ~ ínblreción púl*8 en temw1os de lo dspueslo en los lWtiaJos 1, 7 y 42 de la Ley Federal de Trarisparencia y ~'SJJ a la lnbmación Pllilca Qbemamental, por lo que los gobsnados podrán realil.ar su ainsUla. De artmidadCXllllo esta:'9tt>en el ri:Llo 71 del P<laá:J Genera delltCcrri!iónde T~/la:sJalatbrreciónA:tbQ.bmmnalyf'láea:DldeDeml'nnilesdela~Catede.uláa delaNaciOr\del n.e.edejmddlsniato,...W..Oalos~ypwd 1 f& bpsaU!llrenel

*'i*>de9* Trbrllillosdiledmde.:asiala0Jmiáór\a1apMlcidadyalapom:i]'ldedobspnordesg¡r.ñzadosenelafo.Jo8Q:nsarirel.el~seá:9a~91!CJ'*>ya ro~porri'vJimedo.&11~ri porarinniasykJ it:nTeslosdl!lospn:rdes aeµt&-ga axeio <mll'llÑl de la rb:1menacilneµt rraiej9 oarozmll desaidarlas dl.icbdesctjl!ilodel pese<Eamm Encaso de íunl*Tier'm 'la~ C:OWpoáá eqfl pogo CDiespOi de E d 10% del rn1*> W deeolioilstumer*>, paarcepodepena an.en:la8. ~ Seguldf. RaloU:l6ndewá"""'*5. Pira~delai11!1p'dar:Xny~delo-..mena~ d~se ureloeo>e&11a ea lasdeciiales delTrbnl Fiero dll 'lil ~ C:OWnnrdlrdoen brre qnsa ao.SJ.wQoleoq..e en nmJi á!su cbriciooloEáD!d. 8911 oleg!nrl a li!!IW, dll mtlmtlad<mkl iúcadoenel l!lli:>Jo 11,iaaiinXXde la LeyQgiiica del F\xl<r J..ddalde la FedBaciln Uls prleSaa.adfl'lc,.e~ rc6:aalrl"" 11rg111c,.eieaizasedeu-e pllBa en. se ieála'á pores::rt>enfldontZq..ete Sll'lallKlo enlasdedn:laleslAyll.4 de esletálmni. 06chlt Tercera. Llglslildón ....... 8BQBlbde~po.ist>ene9ehsiunerloarR1.el1111 IQaporlo~enlaOinsll.ó:'.ll'I Pl:ilaldelosEstailst.ncbsMe>icam. elPasd:>Geraade~w.!Dl.del l.ei'tim de~ de ctls ni o:to. del Carié dll Gdierro y Afriisiad6n dela &.perra Cale de .>.áci8 de la Na:ílr1 y en lo no en elle pcr el C.ó:fo:l CM Ftllml. CidgJ Federal de Au:ai 1 ia u o.e, Ley Fedenif de~ y Rle!¡xJ sd:la:lesJldTtistaMlsdelos aer.id:lesplixlsyla LeyFed!r.!I del PltUd 1 fa l>~ enlo

PLIFICADO POR "EL PROVEEDOR"

Fecha

I

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC. 06060. D F. R.F.C. SCJ-9502°'4-6P5

PROVEEDOR: CONGRESS & MEETINGS GROUP, S.A. DE C.V.

FECHA DEL DOCUMENTO 04/0812016

FECHA DE ENTREGA 1 O DIAS NATURALES

FORMA DE PAGO CONTRA ENTREGA

LUGAR DE ENTREGA CHIAPAS 309, LEÓN, 37360, MX, GTO

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES BOLIVAR No. 30, 40 PISO COL. CENTRO, C.P. 06000. MEXICO, D.F. TELS .. 4113-1000 EXT. 5704,5710,5305,5705 FAX: 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZAAAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA, C P 09100, MEXICO, D F. TELS 5701 2036 y 5783 7883

~ONTRATO SIMPLIFICADO

4516002301 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

Partida. Clave.art. -~ cantídad i,1. Unidad ¡ i ·~ ! ~ · ~ \'ilit~ • ·1 .. ~:·¡ 'I -~ descnpclon :~1·1tli_,¡1::.n-··;;\, . i!l :·"H'J:mf!?· . .fl1;~!;!'.;. .:< •. P.Unltarfo it' • 1 ' v. ;~ lmpoite Total · l .'l .

SERVICIOS INCLUIDOS SERV DE REIMPRESION DE PUBLICACIONES

IMPORTE EN LETRA DIEZ MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 001100. M.N.

ING. GUSTAVO LUNA VELA DIRECTOR DE AREA

SUBTOTAL

LV.A.

TOTAL

LIC. CARLOS FERNANDO MATUTE GONZÁLEZ DIR GRAL. DE RECURSOS MATERIALES

9,450.00

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Page 4: CIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATO SIMPLIFICADO …...CONTRATO SIMPLIFICADO DE MOBILIARIO 1.-La Suprema Corle de Jusllda de la Nación. en lo sucesivo ia Suprema Corteº por conduelo

CONTRATO SIMPLIFICADO DE MOBILIARIO l.· La Suprema Corte de Justicia de la Nación. en lo sucesivo ia Suprema Corte· por conducto de su representante para los electos de este instrumento manifiesta que: 1.1 •• Es el málámo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación. en terminos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de tos Estados Uridos Mexicanos y 1. fraedón t . de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. L2.· 8 p COld 1ier*> mecianl8 q..dcadón dr!da, b! aiAaizado por el lllB de la Casa de la QAn .u1dca. adscrila a la Dlrea:i6n General de Casas de la QJlua .uicb de le 5uprerre Ca1e de .usicia de la Nación. de oorbrridad oon lo pre.;sio en el ri:úo 42. P*nlfo "-**'·roso a). del Acuefdo General de Mririslradcln Vll20re, del lleirlicinco de sepiembn! de dos ml octo. del Conilé de Golliemo y Mririsia:ión de la Suprema Cate de .Alstióa de la Naáón por el que se reg<Jan los pix:edrrierms para la adqUsiciOO, attriristaáón y desinc:orpcncíón de bienes y la ortaladón de obras. usos y senAdos requeridos por !lSle TriblJ'lal. L3.· 8 Oireckr General de Rea.nos Maler1ales eslá facJlado para susatir el preserle lnst\.merm, de ariom1clad oon lo dispueslO en el Reglamef1o Orgárico en Materia de Mrirlsnc:i6n de la S'4)rf!m8 Cate de Justc:ia de la Nadón. asi amo atiaJo 10. pérralo segllldo, del Aruenlo General de MI. iáadá 1 V1/2008. del *1ldnco de septientte de dos mi och>. del Conilé de Goliemo y M ¡. iáacl6i 1 de la $qlnlrna Cale de Juskia de la Nación por el que se ~los p¡ocid 1 ia'ios para la aá:¡úsldcln a:1i1• i5' aá6n y desi mpa¡aá6n de bienes y la CXll*3laCión de obras. usos y ser-.icios recpñlos por eslB Triblnll. 1.4.· Pira todo lo relaáoredo oon el preserm anam señala amo sudorriolo el lbicado en la Cale de José Maria Pino Su!n!z rúnero 2. Coloría Cef*'> de la Ciudad de Mé>dco. delegación Cua.Hénoc, códgo poslal 06060, Ciudad de Mé>Ocxl. IL· 8 "Plolleedcl" por ooncllclo de su 1ep¡ esei 1181 lle legal rrerifoeSa bajo pitlleSta de deOr'Jl!fdad que:

11.1.· Conoce perfectamenle las especiftcadones téalicas y de operación de los bienes requeridos por ia Suprema Corte• y aienla con los elementos téaicos y capacidad económica necesaños para entregal1os a satisfaa:ión de 6sta. 11.2.· No se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los altfculos 48. Fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI. VII, VIII y X. asf corno 58 fracción XVI, del Acuerdo General de Administración \11/2006. a.3.· Conoce y acepta St.jetlrse a lo pnMsto en el Aruefdo General de Aaninls1raci6n Vt 12008. del veirclch:o de septiembre de dos mi octo. del Cormé de Gobierno y Adrrlristac:ión de la Suprema Cate de ..ustida de la Nat;6n por el que se~ los p¡ooeduier*>s para la adqUsidón. Adrririslradón y desi mpaadói 1 de bienes y la oon'1ltldcln de obras, usos y serllicios requeridos por este /JkJ Tribul& U. . Pira tlCfo lo relacior'edo oon el preserm ~. seilala amo 11 dorricilo el irdc:ado en la ariUa del presene ilsN'ner*>, en el ~ denorrhldo 'PnM!ecb". 111.· L• "Suprema Corte• y el "Proveedor" declaran que: 111.1.· Reconocen mutuamente la peBOnafidad j..-idica con la que comparecen a la celebración del presente lnsln.mento y manffiestan que todas las com.inicadones que se rulk:en entra ellas se dlñginln a los domicilios Indicados en los antecedentes 1.4y11.4 de este insln.mento.

CLÁUSULAS Prmera. Condiciones Genenles. 8 ~ se airrpanele a propordcna- los bienes dl!sams en la c:riUa del presem instl.menb y iMp8Cal" en ledo mome'*> el precio, plazo y a:nOOones de pago seilalados en la rderida ariiJa, lba1e y haSa el CUTl*nenb IOllil del ot;et> de esm aOJl!lllfo de IQnades. 8 pago sellelado en la p¡eser11e dáusUa abra fll ID!lll de los bienes artalados. por lo Cl..lll '111 Slp'l!mB eone· no lene ctilgadór"¡ de ablt rirQúi irTl>a1e adiciorel. En oaso de que el vendrrieno de los pazos sellalados en el presem co'*1*> se lbiqlJe en t.n dia lrhábl el pam se noamri al cia hábi irmedat> slgúenla. Segunda. Instalación de bienes. En caso de requerirse Instalación de los bienes objeto del contrato •ar Proveedor" deberá notilk:ar oon cinco dlas hábiles de anticipación la entrega de los bienes para que "la Suprema Corte" programe la fecha a partir de la cual se podrá efectuar la entrega e Instalación de los mismos. En caso de presercase maso en la adecuad6n de los esp!Kios o preparadón del área, destnados a la lnslalaci6n de los bienes CJJ8 .,...,..,. el presere airnt>, por causas irp..Cables a '1a ~ Cona", que repera.ea en la riega o lnslaladón de los bienes, ia 5uprerre Cate' poctá mcxflialr la lecha ernga e lnslalación de los bienes. en ~caso el 1'rOl.eedcr" deberá iridar la er*8ga o inslalaciln. segúi sea el caso. dertO de los diez lfas hllblessiglienles al que poresat:> '1a S4nna Cale" lo sctiB. Tercen. Enlrega-reeepcl 8 fpo de r.npotta a lAiiza' será aquel CJ.18 el ~ oonsilen! cxrM!rieri! y que garanlce la er*8ga opor\.nl. asi oomo que la uidad sea enll"egada en 6p6mo estado en la Oulad !.. Me><lco El ptO\ll!8dOI" será resp:insable de abfr los CXlSlos de traslado y seguo de los tienes desde sus lnslllac:icnes hasla el k.ga-de deS1lno lnll. La Suprema Corte de~ de la Naó6n no l8Cttá los bieres en n'lll estado por causas Íl'rflÚableS al pnM!l!dor o su ~ Paa eloiW dañ>s en el lnmpoÁ8 y sopa1ar las ma-iobras a las que eslarán ~ los bienes olljelo de esle oonourso deben!n estarfnlllSlldos para su erhga. oonlenlendo la li1forTracíón y doamentad6n nece52ria paa su idenffcaci6n. asi oomo ura copia de la ladua o n!l'risión cmespo1 de!11a. La SCJN. po<iá haoer de\IOkJc:iones de la l.rldad o.ando: a) Se oon-puebe que ro son de la calldad scliálada. b) Preserten defedos de fabricaci6n o deftc:iencias <lnnle su uso por call98S lrrl)IJables aj p&ftic:ipa1e. e) Cuando los bienes el1regados no osrplan oon las caraderís6cas téaicas saláladas por la Suprema Ca1e. En estos casos el partdparee se obliga a resti\k sin a:rdci6n alg..ria a la Suprema Corle de Justicia de la Nación. el eql.lpo clewBb. denro de los 10 dlas r9tLr.ies sigUenes a la preseltad6n de la l9danad6n. Cuando la Suprema Corte de Juslcia de la Nación reql.iera hacer la dellolLCión del eqúpo por causas c:fistirjas a las indicadas, éstas se efecUr.in pi'8<ÁO aa.erdo por escrit> de anilas pales, en ~ caso se deberá efeduarla devdu::lónde los reo.nos efectivamente pagadosporla Suprema Cate de ..IJslc:ia de la Nac:i6n, en t.n ¡:lazo que no eJaKla 15dlashábies me<fanle depósilo o che<µlce<1ificado a rarbrede lalnstiU:ión. asl cano los ineteses por didlas canlldades hasta la recta en que se pongan efediv.melie las cartidades a dsposic:i6n de la Suprema Corte de Justlda de la Nación y que se oo111)1ianln por días calendal1o. Cuma. Pena Convencional. En caso de ~ en cualqUera de las ot:ligaciones eslal:jecjdas en fll i'lstnmri> exlnlradual, la Suprema Corte de Justida de la NadOn poctá apbr" a los "proveedores" 1n1 pena CXllM!Rcional hasla por t.n 10% del mcnb q..e <Xlm!SpOr'da aj wiorde los tienes (Sin incik LV A} que ro se ~ ri1!IJ8do y de los seNdosq..e ro se~ prestado, a enlefa salsfacx:ión de la s..prema Cale de Justicia de la Nadá\. En caso de~ en el ¡:lazo de ernga padado en el~ se le a¡icaá a los~. ura pena ainven:ional por los ansos que le_, irrpJables en la ernga de los bienes y en su caso la inslaiadcln de rrdliaio y acancños, ~al mor*> que resUle de aplca-el 10 "' trilar por cada dla r8'nl de rmaso a la cailáid que~ los tienes no degados en el plazo estalllec:ido y los sen.idos no prestados. lo (1.19 no poctá eJCCeder del 10% del mor*> mtlll de los tienes en~. !in lncü LVA En las operaciones en que se paáa ajusle de precios. la penalzad6n se cai<úanl sollre el precio ajJslalb. 8 "pi"""8dol' res¡ionsable del~ se hará acreedor a las san:iones prel.lslas en los i*Taibs que anlecedef1, oon fndepe11de1 ida de que se tegan efedvas las gannias obgadas. Les penas poct*1 desc:ortne de los mora perdertes de o.bT por p¡ne de la Suprema Corte. el "pro;eedor" y, de ser necesario, irvesido su mor*> a la Tesaeria de este /'lo Trlllllal. QJlntL Requlsilos para realizarlos pos n1t1pectivos. Pil'll efeclOs lscales el "Proveedor" deberá ~la o las faduas a nombre de 'la St4)1'8m8 Corte" seg(ll oonsta en la oedUa de klerdlcación fiScal, expedda por la Seaelaria de Ha<ienda y ClédlO Pltllc:o oon et Registro Federal de Conllibuyefies SCJ950204 6P5, indicando el dorriclio se{lalado en la dedarac:ión 1.4 de "* fnslnmenlo y demás reqWilos ftsc:ales a que hay lugar. Sexta. Modificaciones de este Instrumento. Las anfdones pactadas en el presente lnstn.men1o poctán ser Objeto de mxffcadón en lénrinos de lo prel.isto en los ric:Uos 12, lraailn XXJI; 143, tacdón 1 y penütíno párrafo, 146 y 162 del referido Acuerdo General \N200B. Séptima. Gatantia de equipo. 8 "Prol.@OOo('. garrizará los eqUpC>s en todas sus pat1es por...., ano a paltr de la fecha de er1rega ylo reoepdón a enera satistacd6n de '1a ~ Cor1e", ixluyendo iefacdones y rrero de ctwa (o sushdln del eq.ipo en el caso que 6sle no sea reparado en menos de 72 horas), debierdo repawse oon rela:álres aiginales (de VIII nwt:a y modelo o ~) ruevas; en caso de en caso de despelfedos deberá sustlJrlos por Olro igual el o\¡i a1 e la tfer1BOO. l.os ~ l*18S y ITIIEñales q..e esüi llera de espeok:ab es ylo preserlal fatas que~ su uso adeo..edo y op:nro 8l'ileS de su insl2lad6n y aa!plaó6r1 o bien después y dera'o de los h!inlB dias siglienles. cleben!l1 ser - 1 ~ por proc1.á>s ruews, por pata del 'Proliee<b", 91 rirc¡úi ooslO adcionlll paa 'la Suprerre Corle". A la erh¡¡a de los lienes ot;*> del peseé inAunelto. "el proveedor" «*egri cxi¡ia de la p6lza ~ enifda por fll fallria!f1le. éii su caso, cata ginn!a que aJJra los reqlisibs a q..e se mtere el capU:> IX de la Ley Federal de l'nlleo:i6n aj Consuridor, en la que se irdcµI el ak:a1ce, ó..radcin, oonddones, mearlsmos para hacerla efecl1a. ruya \lgenda deberá serport.n mirino de doce meses ooríados a Pllft'dela erlrega delos tienes obje4o del presen1e iislrunerlo.

Octavo. Conlldencialld1d. La documentación que se proporcione al "Proveedor" con moUw de la celebración de este contrato, es propiedad de ia Suprema Corte", por lo que el "Proveedor", por a lravés de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación, cualquier resultado o dato obtenido de los bienes objeto de este oontralo slmptlficado. Novena. Rescisión. CU"'8"'P"""'1 et lle ainverido que 'la Sqinwna Catl!" poctá d!I' porl1!Sldndido el pmsel*9 ariat> 91 necesidad de que mecle dedndón juXiai, en caso de q..e el i>l1Ml!da" deja de ain1* <lllllqUera las oblgaóones que asu'l'le en esiB oonnt> por ca.isas que le sean~. o l:ien. en caso de ser ol**1 de «l'i8¡¡o, tu!lga estalada. oonano rneR:ld o líqUcfaó6n. Mes de dedlnrla resásiín, 'la ~ Cale" nclilar.í por escrib las C11.JSaS ~ fll ~en su dorridlo sellalado en la dedndcln 11.4 de este~. oon qU&n en el acm se encuern, ~ t.n ¡:lall> de qúnce dlas t1ibles pera q..e mriesle lo que a 11 dl!redlo C01'11e1Q8. anelGl!I los doru"nems q.111 es&re CXllMri!nles y aporte. en su caso, las pruebas que estine pe"1eriles. Venciál ese ¡:lall> el ágaro ~ de 1a ~ Cale" delerrinri scae la p¡a:ederda de la leSÓ!iÜ\ lo q..e se a:mricaá al~ en 11daricioseiaiad)enladedarad6n11.4 de 85111 lnsruneno. DKirTIL $upl8ÁlS de ~ del connm, dfwisos a la l'8álil5n. 8 ¡reser1e arAI> pcaá d!l'se porll!nri"iado. al oo 1¡Jti1 e tase su ~o bien de rnrera ~ o..inlo e.isa! auas jJslilcadas o llllDleS de Inris ger¡eral en li!miros de loll'f!\GD en losa1aJos 146. 141. 151 151 del.Aa.em GenEr<I de/>d 1iisi>CD1 W2IXJl. Déclma Primera. Del fomento a 11 transparencia y de la protección de d<ltoll persooales. Las pll1es est!n de acuen:lo en que el p-esalll lnstnmeno <Xlf15ftJye infan"ad6n p¡1llica en tiiminos de lo dspuesi:I en los artiaJos 1, 7 y 42 de la Ley Federal de Transpaten::ia y />l:ttso a la lr1bnnaclón Pllllca ~. por lo que los gobernados podrán realzrsu oonslJta. De ari:midadoonloest!l:lecmenel ato.Jo 71 delPa.aá>Ge-Era de la Corülnde Tr.ro¡iaa-da. ~a la ~Plllk:a Gberrarerlal yf'lt.lec:dá1deOeDsPerscniesdela9.p-erre Qnt de JJsija de la Nadir\ del IUM! de j.Jo dedos rrl octo, ielallo a los ágomsy poañ 1 iertlS paa umren fll árt*> de 85111 Tll:Ju'O las den!d1lS de aa:eso a lai*rmr;Xn ala pil.ealady a la pQealá1deQiD;persor8esg¡nrimcb¡enflla1ioJo6 Cad..idc:ra, el '1"rcl.m:b""" d9 a IJ&dar9il01*ly a no ~¡xrri"OJimedo..., fllaááito, rl ¡xrarinnias ylo it:rrres ltedm:a persor8es aq..e lllVI aa:eso a:nm:illo da la ÓJO.ll1l!l1adln q..B ITlrl!jB o <DDZDI al dEsaitirlas ól<Bdes oijelt> del piesene amm. En caso de i'c.n1*riert> 'la~ CaW' poct.i eigel ~ 001"'40 dei *'al 10%d!I m:R> .. de eslllil!ture'*>, ¡xrarce¡*>deperaan.en:icnt DéciT8 Segt.ndl. ResOOclOnde~ Pllaei!á>dela~y~delo~enlál ntlne1o,el~se sarelee,>ea•e ea lasdeáicresdelTlhn!I Plerod! 'la~ Calit'nnn:irdoei brre ~ a~Oto tao CJ.18ff'I rmnde sudcrricioo'8i'ldad, Bvsi o legllena tener, d!arimi:ladoonlJh:lcadoenelarti::li> 11, taaX:nXXde lal.e,i~ del Pal!r .l.ddalde la Feder.rXn l.aspales m.atblq..e~ noliicacDlq..B llrgalq..B ieelzasede ire pnaota. seiealzaá¡xresmen d dcrricioq..e ta !l!l'Saa>enlasdedera:mes 1.4 yll.4ded! insrurerm. D6anl Ten:on. Llgisllciln lf*ll*. 8 aaad'.l de ldl1ades JJtMsl:> eneole nstunrt>artac:Uf se¡t¡eporlo dl¡J.emenlitCa'oa..dén Pdilca de tos Estaáls Uicbs Me>ia!ros. d lla.enil Gennl deJl<trriirao6n w.!XJl. del "8rti"m de~ de lb rri o&o. del Carilé de GOOielro y ~dflla ~ Qnt de .lááa de la Nlr:ilnyen lo ro end! ¡xrel Códgo CM Fedml, Códgo Fáral de Accm118i a ()Es. l.e,i Fedlr.!I de ~Y Rqn &d:laáls~debsS!!llld:Jesp.1*:Dsylil l.ll'jFedsaldfllAoo:d118i t>~enlo

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL C LIFICADO POR "El PROVEEDOR"

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"En términos de lo previsto en los artículos 111, 116 y 120, primer párrafo de la Ley General de

Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113, fracción 1 y el Capítulo IV del Título Cuarto, de

la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en esta versión pública se suprime

la información considerada legalmente como confidencial que encuadra en esos supuestos normativos."

"Este documento es parte integrante de la vers1on pública del Contrato Simplificado,

correspondiente al procedimiento de Adquisición de "Podium de Madera" año 2016".