CIENCIA ÉTICA ROMANOS MORES ARTE...ROMANOS MORES La ética como ciencia Ética normativista: son...

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Ética y Derechos Humanos Tema I Características de la ética Cultura occidental: conjunto de países de varios de continentes cuyas lenguas y culturas tienen su origen en las civilizaciones griega y romana. Éthos: se refería a las costumbres que eran obligatorias en la sociedad griega. Carácter: conjunto de cualidades y disposiciones psicológicas y de personalidad que distinguen a un individuo de los demás. Ética espontanea: es cuando se aplican juicios de valor en las actividades cotidianas. Ética sistemática: es cuando se aplican juicios de valor mediante un proceso metodológico, analítico y crítico. La ética como ciencia y como arte Positivismo: corriente de pensamiento creada por Comte, quien afirma que la ciencia debe basarse en los hechos y sus relaciones. Arte: virtud, habilidad y disposición para realizar alguna actividad. Es el acto o facultad mediante los cuales, valiéndose de la materia, el hombre imita o expresa lo material/inmaterial de manera real/ficticia de algo que exterioriza del interior. Ciencias teóricas: son las que tienen como objeto contemplar la verdad. Ciencias prácticas: son las que tendrán de encontrar la verdad y orientarla hacia la acción. ÉTICA CIENCIA ARTE GRIEGOS ÉTHOS ROMANOS MORES

Transcript of CIENCIA ÉTICA ROMANOS MORES ARTE...ROMANOS MORES La ética como ciencia Ética normativista: son...

  • Ética y Derechos Humanos

    Tema I – Características de la ética

    Cultura occidental: conjunto de países de varios de continentes cuyas lenguas y culturas

    tienen su origen en las civilizaciones griega y romana.

    Éthos: se refería a las costumbres que eran obligatorias en la sociedad griega.

    Carácter: conjunto de cualidades y disposiciones psicológicas y de personalidad que

    distinguen a un individuo de los demás.

    Ética espontanea: es cuando se aplican juicios de valor en las actividades cotidianas.

    Ética sistemática: es cuando se aplican juicios de valor mediante un proceso

    metodológico, analítico y crítico.

    La ética como ciencia y como arte

    Positivismo: corriente de pensamiento creada por Comte, quien afirma que la ciencia debe

    basarse en los hechos y sus relaciones.

    Arte: virtud, habilidad y disposición para realizar alguna actividad. Es el acto o facultad

    mediante los cuales, valiéndose de la materia, el hombre imita o expresa lo

    material/inmaterial de manera real/ficticia de algo que exterioriza del interior.

    Ciencias teóricas: son las que tienen como objeto contemplar la verdad.

    Ciencias prácticas: son las que tendrán de encontrar la verdad y orientarla hacia la acción.

    ÉTICA

    CIENCIA

    ARTE

    GRIEGOS ÉTHOS

    ROMANOS MORES

  • La ética como ciencia

    Ética normativista: son las normas a las que debe ajustarse la conducta del individuo

    debido a los diversos ámbitos en los que se desarrolla.

    El papel de la ética es explicar, fundamentar, plantear y, finalmente, resolver

    problemas en torno a la moral; es aquí donde está su carácter científico.

    La ética, al categorizarse como ciencia requiere de las condiciones siguientes:

    Objetividad: pretende explicar los hechos tal como son, sin la intervención de

    elementos subjetivos como las emociones, ideológicas o tendencias.

    Racionalidad: existe un proceso que va desde los conceptos, pasa por juicios y

    arriba al racionamiento.

    Sistematización: el conjunto de saberes de una ciencia es el resultado de un sistema

    de ideas relacionadas lógicamente entre sí.

    Metodología: proceso para llegar a la verdad.

    El método de la ciencia

    El método de la ética no puede ser exclusivamente inductivo, ni exclusivamente deductivo:

    es analítico-deductivo, porque en la ética tenemos que conocer la realidad con todas sus

    variantes mediante el método experimental.

    Tema II- Clasificación de las normas

    Los elementos esenciales de la moral son:

    Es un conjunto de normas: es un sistema del cual el hombre no podrá prescindir.

    Regulan la conducta del hombre: tienen el objeto de que el hombre las utilice en sus

    relaciones sociales.

    Se realizan de manera consciente y libre: el individuo las interioriza para que a

    través de ellas realice el valor de lo bueno., vinculándose de esta forma la moral con

    la bondad.

    Presenta dos planos, uno normativo y el otro fáctico o de hechos.

    Plano normativo de la moral: es el conjunto de reglas que la sociedad impone al

    individuo en función del deber ser.

    Plano fáctico de la moral: se refiere a lo que en realidad hace el individuo comparado con

    lo que le impone la sociedad.

  • Moralidad: es la moral que rige la conducta de un individuo en la vida cotidiana y que en

    ocasiones rompe con lo establecido en la sociedad.

    Ley natural

    La diferencia entre norma y ley radica en que, la norma se rige principalmente al intelecto y

    permite distinguir una coa de otra, en tanto que la ley se dirige a la voluntad, imponiéndole

    a ésta la obligación de conformarse a la norma.

    Leyes físicas: son las que comprenden los fenómenos naturales y se cumplen de manera

    necesaria.

    Ley natural: es la que se refiere al curso necesario de la propia naturaleza sin establecer

    distinción entre las leyes física y moral.

    Reglas técnicas

    Reglas técnicas: son una serie de procedimientos que se requieren para lograr los fines

    dados.

    Normas jurídicas

    Las normas jurídicas presentan las siguientes características:

    a) Coercibles: se refiere a que pueden ser exigidas mediante el empleo de la fuerza.

    b) Heterónomas: implica que su origen proviene de una voluntad ajena a la de

    aquellos que deben cumplirlas.

    c) Bilaterales: quiere decir que frente al sujeto obligado por la norma existe otro

    facultado para exigir el cumplimiento de su obligación.

    d) Exteriores: implica que lo importante es la relación u obediencia a lo establecido

    por la norma, sin tomar en consideración el parecer u opinión de quien la cumple.

    Las normas jurídicas son de las más importantes tanto a nivel individual como para la

    sociedad, ya que son las que dan origen y razón de ser al derecho, que al igual que la ética,

    trata de determinar la conducta de las personas con el objetivo de que viva en armonía.

    Norma Aplicación por

    fuerza

    En cuanto a su

    creación

    Una o más

    personas

    Voluntad del

    hombre

    Sanciones

    Jurídica Coercible Heterónoma Bilateral Exterior Penadas

    Moral No coercible Voluntad interna Unilateral Interior Sin sanción

    Técnica Necesarias Voluntad ajena Bilateral Exterior Sin sanción

    Social No coercible Voluntad interna Multilateral Exterior Aislamiento

    social

  • Normas religiosas

    Presuponen la aceptación de la voluntad de un Ser Supremo que determina la realización de

    nuestras acciones.

    Ética religiosa: determina la existencia de una autoridad omnipotente que señala lo que es

    bueno o malo y su desobediencia es pecado.

    Ética humanista: el hombre determina sus propias normas mediante la razón y la

    discusión.

    Normas sociales

    Normas sociales/convencionalismos sociales: son normas que se aplican en el trato y

    convivencia social.

    Normas morales

    La norma moral busca la realización del hombre como un fin. Para lograr este propósito

    cada individuo deberá basarse en un primer principio moral: “Haz el bien y evita el mal”.

    Tema III – El objeto de la ética y su relación con la moral

    Objeto material de la ética: es el objeto al que se dedica el estudio de la ética.

    Objeto formal de la ética: se refiere a las características de la cosa objeto de estudio.

    Diferencia entre ética y moral

    Preceptos morales: son los principios que se transmiten en la familia, escuela o la

    sociedad.

    Principios éticos: es cuando aceptamos por nuestra propia voluntad ciertos valores que nos

    parecen buenos.

    Inmoral: es la persona que actúa contra la norma del bien, es decir, contra la moral.

    Amoral: es la persona que carece de sentido moral y valor moral.

    Moral: se refiere al acto humano en su relación con la norma del bien, identificándose con

    la ética.

    Concepto: es una limitación de la realidad captada por los sentidos y percibida con

    precisión.

  • Conocimiento holístico: implica percibir la realidad en todos sus aspectos y relaciones sin

    sustituirla por conceptos.

    Ética y normas jurídicas

    Los derechos humanos también se definen como el conjunto de derechos fundamentales

    que tiene el individuo por e solo hecho de ser humano y que le sirven para hacerlos valer

    frente a los abusos del poder.

    Los autores dividen a los derechos subjetivos públicos en dos clases: garantías

    individuales y garantías sociales.

    Las garantías individuales, su vez, se dividen en garantías de igualdad, libertad y

    seguridad.

    Garantías de igualdad: son la facultad mínima con que cuenta todo individuo de tener la

    misma condición, oportunidad o posición, comparado con otros sujetos, frente al Estado.

    Garantías de libertad: facultades mínimas que tiene el individuo para hacer u omitir de

    manera licita algo que no está prohibido ni ordenado por la ley.

    Garantías de seguridad: consisten en la facultad y certeza que se da a las personas de que

    se les respeten determinados derechos esenciales a su vida en la sociedad. La ley protege a

    todos los ciudadanos porque no pueden ser molestados ni en su familia u hogar.

    Garantías sociales: son las normas que el Estado concede como garantía mínima a las

    mayorías de población que están desprotegidas económicamente. Se enfocan en los

    problemas agrarios, la tenencia de la tierra y la propiedad de la misma.

    Tema IV – Actos humanos

    Actos humanos: son los que precede de la voluntad deliberada del hombre y se realiza por

    su libre voluntad.

    Actos del hombre: son los que se realizan sin conciencia, es decir, se hacen por necesidad

    o instinto.

    Tipos de actos humanos

    Actos éticamente buenos: son los que resultan acordes con la naturaleza humana.

  • Actos éticamente malos: son aquellos que no resultan adecuados a la naturaleza humana ni

    a su fin último. Son los que están en contra de la naturaleza humana y rompen los esquemas

    jurídicos y sociales.

    Características de los actos humanos

    Consentimiento directo: es cuando al realizar la acción se consigue el objetivo deseado.

    Consentimiento indirecto: sucede cuando al realizar la acción, ésta conlleva una serie de

    efectos anexos.

    Características de los actos humanos:

    Inteligencia: se refiere a que los actos humanos se realizan a partir del uso de la

    razón del sujeto que realiza la acción.

    Voluntad: todo acto implica que el sujeto lo realice con pleno convencimiento de

    sus efectos, por lo que la voluntad del individuo, genera que consiga el objetivo

    determinado.

    Imputabilidad: se refiere a que un acto puede atribuírsele a una persona, quien es

    responsable de los efectos de dicha acción.

    Deliberación: es la acción de escoger una alternativa de varias opciones y percibir

    los aspectos positivos o negativos que se generan del hecho de realizar determinada

    acción.

    Consentimiento: implica la capacidad del individuo para consentir o aceptar

    realizar una acción.

    Tipo de actos

    Humanos

    Ilícitos Lícitos

    Malos Buenos

    Del hombre

    Comer Dormir

    No se reflexiona

    si se hace o no

  • Efectos de los actos humanos

    Acto voluntario directo: es cuando se realiza una acción para conseguir un fin y con él

    lleva otro u otros efectos adicionales.

    Acto voluntario indirecto: cuando al realizar una acción, aparte del efecto que se persigue

    de modo directo, se siguen otro u otros efectos adicionales que no se pretenden, sino solo se

    toleran por venir inseparablemente unido/unidos al primero.

    Acto voluntario de doble efecto: sucede cuando al realizar un acto, lleva anexos otros

    efectos, uno bueno y otro malo.

    Para que sea éticamente lícito realizar este tipo de acciones, es precio que se den

    cuatro condiciones:

    1. Que el objeto del acto sea en sí mismo bueno, o al menos indiferente.

    2. Que el primer efecto inmediato que se produce sea el bueno y e malo sea solo sus

    consecuencia necesaria.

    3. Que el que actúa se proponga el fin bueno, es decir, el resultado del efecto bueno y

    no el malo que solamente lo tolera.

    4. Que exista un motivo proporcionado para permitir el efecto malo.

    Acto voluntario in causa: sucede cuando al realizar ciertas acciones de efectos previsibles

    se conocen las consecuencias que lo proceden.

    En el acto voluntario in causa existen los dos factores del acto humano:

    conocimiento (se sabe lo que se hace y sus posibles consecuencias), y decisión de la

    voluntad (se arriesga a provocar los posibles efectos malos que sigan de la acción).

    Moralidad del acto humano

    La bondad de un acto la componen diversos factores:

    Objeto de una acción: es la acción misma, es decir, aquello que se hace con conocimiento

    y conforme o no con la ley natural.

    Intención: es el objetivo que persigue quien realiza la acción.

    Circunstancias: son elementos que contribuyen a agraviar a disminuir la bondad o maldad

    de la acción.

    Se pueden considerar como circunstancias los siguientes elementos:

  • Consecuencias o efectos: se refiere al aspecto futuro del acto.

    Quién o quiénes realizan la acción: se refiere o implica conocer el sujeto o los

    sujetos que llevaron a cabo el acto bueno o malo.

    Modo en que se realizó la acción: se refiere a conocer la manera en la que se llevó

    a cabo el acto.

    Qué es lo que se realiza: es tener conocimiento de la acción que se realizó.

    Dónde ocurrió el acto: implica identificar el lugar geográfico en el que se llevó a

    cabo la acción.

    Los medios con los que se realiza: se refiere a identificar los instrumentos o

    elementos que utilizó la persona para realizar el acto.

    Cuándo ocurre ésta: implica conocer el espacio temporal o la fecha en que se hizo

    el acto.

    Tema V – El bien

    Diversas acepciones del concepto bien

    Bien físico: consiste en la integridad de las partes de un ser y en una competencia de

    actividad.

    Bien ontológico/metafísico: se refiere a que todo ser, por el solo hecho de serlo, tiene en sí

    una bondad y es bueno para alguna cosa.

    Bien moral: se refiere al bien que está limitado a la conducta.

    Bien aparente: es el que toma como verdadero sin serlo, es algo que parece bueno en lo

    superficial, pero en esencia es malo.

  • Bien verdadero: busca la consecución de un bien absolutamente necesario.

    Bien instrumental: sirve como medio para buscar otro elemento mejor, es decir, no

    funciona por amor al bien mismo, sino como medio para conseguir otro más deseable.

    Bien placentero: es aquel que nos atrae de la manera más viva, por la satisfacción y el

    placer que nos procura, sin considerar si habrá de ser o no provechoso para nuestro ser.

    Bien apropiado: contribuye a la perfección de nuestro ser en su conjunto, porque es

    adecuado al individuo, esta acepción hace referencia a los valores que son parte de un

    individuo y que lo mejoran como persona.

    Bien intrínseco: es el que además de ser apropiado, es bueno en sí mismo como valor

    independiente debido a que se refiere a lo justo, honorable, noble, virtuoso, entre otros

    valores que mejoran la condición humana.

    Filosofía hedonista: corriente filosófica que consideraba que en la vida todo debía ser

    placer.

    Filosofía utilitaria: corriente que tenía como principio que toda conducta debería tener un

    uso útil y necesario.

    Falacia naturalista: se refiere a una afirmación que es falsa por las características de su

    naturaleza.

    El bien como fin

    Aristóteles afirmo que “El bien es aquello que todas las cosas persiguen”.

    Cambio: es un proceso al que está expuesta toda la materia para cambiar y tener un fin.

    Teleología: corriente filosófica que afirma que todo en el universo tiene un fin.

    Teoría mecanicista: corriente de pensamiento que afirma que todos los cambios ocurren

    por el azar.

    Actividad teleológica: es la actividad natural de cada cosa, es decir, son los cambios que

    ocurren a algo por si solos.

  • El bien como deber ser

    El primer deber del hombre es perfeccionar su esencia como tal, ya que él es un bien en sí

    mismo, y los preceptos morales precisamente permiten llevar a cabo este propósito o fin.

    En este sentido se debe seguir el bien moral, para de esa forma vivir una vida buena y

    realizarse como personas.

    El deber ser siempre impone a los individuos una serie de lineamientos a seguir, a

    diferencia del ser, que es el simple hecho de pertenecer o ser parte del universo, mientras

    que el deber ser impone normas y conductas a seguir.

    Tema VI - El Valor

    Axiología: rama de la filosofía que estudia los valores morales.

    El problema de la definición del valor

    Enfoque subjetivista del valor: el valor corriente que considera los valores de la forma en

    que los individuos los asimilan.

    Enfoque objetivista del valor: considera que los valores son independientes al individuo,

    son inmutables y absolutos.

    Características de los valores

    Polaridad: los valores se dan en pares, ya sea positivo o negativo.

    Inherencia: los valores no existen en sí mismos, sino que se dan siempre en un

    sujeto.

    Transcendencia: los valores nunca se realizan perfectamente, no se identifican con

    los objetos, están más allá de ellos.

    Preferencia: es la atracción que el valor ejerce sobre nosotros, siempre existe una

    actitud de aceptación o rechazo frente a otros valores.

    Jerarquía: los valores se ordenan por su importancia, hay valores superiores e

    inferiores.

    Heterogeneidad: los valores se diferencian cualitativamente, debido a que

    dependen del sujeto que los realiza.

    Objetividad: los valores se dan en los objetos pero siempre por y para el hombre.

    Jerarquía de los valores

    Max Scheler propone los siguientes criterios de ordenación para los diferentes valores:

  • Duración: se considera un valor superior a otros si posee mayor duración, o el bien

    donde se ubica el valor puede durar un mayor tiempo que otro.

    Divisibilidad: los valores son superiores en cuanto menos puedan dividirse.

    Fundamentación: es superior aquel valor que fundamenta a otro.

    Satisfacción: aquel valor que satisface más, es superior a otros.

    Relatividad: el valor es superior cuando se relaciona con los aspectos superiores de

    la persona que complementa.

    Max Scheler propone la siguiente tabla de valores:

    Lo agradable y desagradable.

    Lo noble y lo vulgar.

    Valores espirituales.

    Valores de lo santo.

    Valores

    religiosos Sagrado - Profano

    Valores

    espirituales

    Morales

    Intelectuales

    Estéticos

    Justo - Injusto

    Bueno - Malo

    Verdadero - Falso

    Evidente - Dudoso

    Bello - Feo

    Elegante - Tosco Valore vitales

    Sano – Enfermo

    Fuerte - Débil

    Valore útiles Caro – Barato

    Útil - Inútil

  • Valor moral

    El valor moral es el que hace a un hombre bueno, en el sentido total de la palabra.

    Las características del valor moral son:

    Solo puede darse en seres libres y en actos voluntarios o humanos.

    Los valores morales son universales, es decir, son válidos para todos en iguales

    condiciones.

    Los valores morales se justifican a sí mismos.

    El valor moral tiene supremacía sobre cualquier otro valor.

    Implica obligación.

    Tema VII – Libertad

    Libertad: es la capacidad que tiene el individuo de poder autodeterminarse como

    verdadero autor de su conducta.

    Autodeterminación

    Autodeterminación: es cuando el individuo tiene el pleno dominio de poder decidir acerca

    de su propia conducta sin ninguna intervención externa.

    Responsabilidad moral: es la posibilidad de decidir y actuar con libertad, con el

    conocimiento de que es responsable de las consecuencias de su conducta.

    Teorías sobre la libertad de autodeterminación

    Determinismo absoluto: teoría que sostiene que la conducta del hombre ya está

    determinada por el principio de causalidad.

    Teoría del libertarismo: afirma que la conducta del hombre es una autodeterminación del

    yo e identifican con este concepto la libertad.

    Teoría de la conducta determinada: sostiene que la conducta del hombre está

    determinada, pero esta determinación no impide la libertad, sino que es la condición

    necesaria de ella.

    Clases de libertad

    De acuerdo con Rubén Sanabría, las clases de libertad son:

    Libertad física: libertad corporal de actuar.

  • Libertad de coacción: ausencia de cualquier determinación proveniente de causas

    externas a la voluntad.

    Libertad de elección o psicológica: no basta que el sujeto no esté determinado por

    nada.

    Libertad ética o moral: capacidad de elegir entre el bien y el mal con plena

    conciencia.

    Libertad existencial: trasciende y comprende los niveles anteriores.

    Coacción: fuerza que se ejerce sobre una persona para que realice alguna conducta incluso

    contra su voluntad.

    Límites y condicionamientos de la libertad

    1. Ignorancia: ausencia de conocimientos. Se le considera un obstáculo a la libertad,

    porque para elegir es necesario conocer.

    a) Ignorancia culpable: es cuando se ignora lo que se debe saber.

    b) Ignorancia no culpable: sucede cuando no se sabe lo que no se debe saber.

    2. Miedo: es la aprensión de un mal inminente. Cuando es una emoción, es un

    trastorno del apetito sensible, cuando es un reflejo que produce temor.

    3. Violencia: es una fuerza externa, física o psíquica ante la cual es difícil o imposible

    resistirse.

    4. Desajustes psíquicos: los problemas psíquicos debilitan la libertad cuando la

    persona se siente atada a ciertos patrones de conducta o pautas de defensa como la

    ansiedad y la angustia.

    Garantías de libertad en México

    Algunos autores clasifican a las garantías de libertad de la siguiente manera:

    Corporales: está prohibida la esclavitud y que no se permite ni válido ningún trato

    que tenga como objeto privar de la libertad a alguien.

    De educación: la ley fundamental señala en su artículo 3 que la educación debe ser

    libre y ajena a la imposición de una creencia religiosa y que debe ser basada en la

    ciencia.

    Laborales: todo individuo tiene la libertad de ejercer la profesión u oficio que

    cualquiera y con la remuneración necesaria.

    De prensa y de ideas: los individuos tienen la libertad de manifestar lo que quieran

    por cualquier medio.

  • De reunión y asociación: las personas tienen la libertad de reunión para los

    objetivos que requieran, siempre y cuando sea de manera pacífica y por escrito.

    Transitar y poseer armas: todos pueden circular de manera libre por todo el

    territorio nacional sin que sea limitado, además las personas pueden poseer armas,

    con el permiso específico y con fines lícitos.

    Tema VIII – Obligación moral

    Norma: es una serie de reglas que se dirigen al intelecto y permite distinguir una cosa de la

    otra.

    Ley: es la regla que se impone a la voluntad para obligarla a ajustarse a la norma.

    Características de la ley

    Son una ordenación porque se trata de un mandato, una orden emanada de la

    voluntad de un superior que obliga a un inferior con necesidad moral.

    La ley es de razón, porque proviene de un proceso mental basado en la recta razón.

    Es congruente con otras leyes y derechos; debe dar a cada quien lo suyo, es decir,

    debe de ser justa, su observancia debe ser efectiva y útil en razón al bien que

    persigue.

    Decimos que la ley es para el bien común, porque persigue el bienestar de una

    comunidad en su totalidad y no para los individuos como tales.

    Ha de ser promulgada, lo que implica que debe hacerse pública para que todo el

    mundo pueda conocerla.

    Debe provenir de aquel que cuida de la comunidad, es decir, debe ser creada por el

    legislador.

    Por su naturaleza, la ley debe ser imperativa, razonable, útil para la comunidad, promulgada

    y autoritaria.

    Leyes físicas: son las que están predeterminadas, es decir, que expresan o se dan por

    relaciones de causalidad.

    Ley natural: es la que está constituida y tiene sus raíces en la naturaleza humana.

    Fagothey resume los conceptos relativos a la ley moral natural de la siguiente

    forma:

  • 1. Ha de ser una ley.

    2. Ha de ser una ley moral.

    3. Ha de ser una ley natural.

    Cuando no cumplimos alguna obligación, se da un remordimiento, en el que hay dos

    facetas: remordimiento psíquico se manifiesta como un estado de ánimo, como un

    sentimiento de pena. En el remordimiento ético hay un sentimiento de pena, pero

    merecida, motivado por el incumplimiento del deber.

    Propiedades de la obligación

    Obligación moral: es la presión que ejerce la razón sobre la voluntad enfrente de un valor

    para comportarse de determinada manera:

    La obligación se da de dos formas:

    Obligación absoluta: cuando el hombre percibe por medio de su razón el valor moral entre

    muchos otros valores, en el ejercicio pleno de su libertad y autonomía, sabe que el valor

    ético se impone absolutamente por encima de todos los demás valores.

    Obligación incondicional: el valor moral no puede condicionarse a ningún otro, de manera

    que la obligación se presenta a la conciencia en forma de disyunción o de condición.

    Responsabilidad

    Responsabilidad: es la disposición de quien se sabe que es causa de una acción y de las

    consecuencias de ésta.

    Para que exista la responsabilidad deben darse los siguientes supuestos:

    a) Un sujeto consiente y libre para actuar o no actuar.

    b) Una norma moral.

    c) Un acto.

    d) Las consecuencias de este acto.

    Tipos de sanción

    Sanción: es la promesa de recompensa al observar la ley o la amenaza de castigo cuando se

    rompe la ley.

    La sanción puede contemplarse desde dos perspectivas: como sanción antecedente y

    consecuente.

  • Sanción antecedente: cuando motiva a la gente a cumplir la ley o cuando le proscribe el

    vulnerarla.

    Sanción consecuente: cuando premia o castiga después que la ley haya sido cumplida o

    violada.

    Existen diversas clases de sanciones:

    Sanción natural: cuando la consecuencia del acto realizado es producto del mimo

    incumplimiento o violación de la ley.

    Sanción positiva: cuando proviene de una voluntad ajena a la nuestra que no tiene algún

    tipo de relación natural con el acto violado.

    Sanción perfecta: cuando otorga a nuestra voluntad racional una motivación suficiente

    para observar la ley al mismo tiempo establece una igualdad entre el mérito y la

    recompensa.

    Sanción imperfecta: cuando de alguna forma es débil o injusta o puede reunir estas dos

    posibilidades.

    Tema IX – Conciencia

    Proceso de la conciencia

    Conciencia: es la capacidad que permite a las personas juzgar acerca de la maldad o

    bondad de sus actos.

    Existen tres elementos a los que se refiere el término conciencia:

    1. Al intelecto como facultad de formar juicios acerca de los actos individuales buenos

    o malos.

    2. Al proceso de razonamiento que sigue el intelecto para llegar a semejante juicio.

    3. Al juicio mismo, que es la conclusión del proceso discursivo.

    Conciencia Intelecto Deductivo

    lógico

    Premisa mayor

    Premisa menor Conclusión

  • Sindéresis: es un principio moral general formado en la mente por medio de los hábitos y

    constituye la base de la conducta.

    La premisa mayor, es un principio moral general (sindéresis). La premisa menor es el

    acto particular a realizar aquí y ahora.

    Clasificación de la conciencia

    Cuando hacemos lo que nuestra conciencia aprueba o desaprueba, para tener una mayor

    seguridad en nuestra forma de actuar, se dan dos normas fundamentales:

    1. Obedece siempre a una conciencia cierta.

    2. No actúes nuca con una conciencia dudosa.

    Conciencia y crisis moderna

    Nuestra conciencia puede actuar de tres maneras:

    a) Razón: se identifica como conciencia de lo universal.

    b) Reflexión: como conciencia de sí misma.

    c) Apreciación: cuando se identifica como conciencia de los valores.

    Anomia: se refiere a una sociedad desorganizada debido a la ausencia, contradicción o

    incongruencia de las normas sociales.

  • Tema X – Los derechos humanos

    Concepto y antecedentes

    Derechos humanos: son las facultades y libertades civiles, políticas, sociales y culturales

    que garantiza el Estado para todos los individuos por el hecho de ser humanos.

    Declaración de los Derechos del Hombre

    y del ciudadano

    → Estados Unidos, 1787

    Declaración de los Derechos del Hombre

    y del ciudadano

    → Francia, 1789

    Declaración Universal de los Derechos

    Humanos

    → ONU, 1948

    Constitución Política de los Estados

    Unidos Mexicanos

    → México, 1917

    Universalización de los valores humanos

    Existen tres niveles de comportamiento al respecto:

    Nivel preconvencional

    Quien vive en este nivel juzga siempre según su propio egoísmo, no tiene otra forma de

    mirar la realidad, ni conoce otra medida. Es bueno solo lo que va bien con su egoísmo.

    Nivel convencional

    Quien vive en este nivel tiene por justas las normas de su propia comunidad y solo ellas, o

    no mira a las demás comunidades con la misma objetividad que la suya.

    Nivel posconvencional

    Universalidad: es un principio de los derechos humanos que se refiere a que en todo lugar

    y tiempo se deben hacer validad.

    Quien no se sitúa en este nivel no ha aprendido a distinguir entre las normas de

    nuestra comunidad concreta y principios universalistas que tienen en cuenta a todo la

    humanidad desde los cuales podemos poner en cuestión todo lo demás. Estos últimos son

    los que legitiman las instituciones democráticas.

    Testimonialidad: se refiere a que los derechos se deben llevar a la práctica y no solo

    decirlos verbalmente.

  • Amparo: es un recurso que puede usar todo individuo cuando sea afectado en sus derechos

    humanos y contra algún abuso de autoridad.

    Principio de universalidad axiológica: implica que los valores humanos se deben aplicar

    a todo mundo, sin excepción alguna. Si no valen para todos, no valen para ninguno.

    Generaciones de los derechos humanos

    Tras la terminación de la segunda guerra mundial, la declaración universal de los derechos

    humanos (1949), que con el curso del tiempo ha ido desarrollándose hasta el punto de que

    hoy hablamos de tres generaciones.

    Primera generación

    Los derechos humanos de la primera generación son las libertades civiles o libertades y la

    libertad política. Estos derechos son valores de libertad.

    Libertades civiles: son las facultades que tienen los ciudadanos para expresarse, asociarse,

    transitar y trabajar libremente.

    Libertad política: es la facultad de los individuos de participar en la política de manera

    directa o a través de sus representantes.

    Estos fueron los primeros que exigió y formulo el pueblo en la Asamblea Nacional durante

    la Revolución Francesa (s. XVIII). Como resultado de esas luchas, esas exigencias fueron

    consagradas como auténticos derechos y difundidos internacionalmente, entre los cuales

    figuran:

    Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza,

    color, idioma, posición social o económica.

    Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.

    Los hombres y mujeres poseen iguales derechos.

    Nadie está sometido a esclavitud o servidumbre.

    Nadie será sometido a tortura, ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes,

    ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral.

    Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o

    correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación.

    Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia.

    Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

    En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a

    disfrutar de él, en cualquier país.

  • Los hombres y mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que

    desean.

    Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión.

    Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas.

    Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica.

    Segunda generación

    Estos derechos se agrupan bajo la expresión “libertades respecto de” o “liberación”. Estos

    derechos son valores de igualdad.

    Los derechos de la segunda generación, también se denominan derechos

    económicos, sociales o culturales.

    Se demanda un Estado de bienestar que implemente acciones, programas y

    estrategias, a fin de lograr que las personas los gocen de manera efectiva, y son:

    Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los

    derechos económicos, sociales y culturales.

    Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.

    Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses.

    Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su

    familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios

    sociales necesarios.

    Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.

    Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y

    asistencias especiales.

    Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades.

    La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.

    Tercera generación

    Los derechos humanos de la tercera generación exigen aún más que los restantes de la

    solidaridad internacional. Exigen la colaboración internacional y llevan al cosmopolitismo.

    Estos derechos son valores de solidaridad. Entre otros destacan:

    La autodeterminación.

    La independencia económica y política.

    La identidad nacional y cultural.

    La paz.

    La coexistencia pacífica.

    El entendimiento y confianza.

    La cooperación internacional y regional.

    La justicia internacional.

  • El uso de los avances de las ciencias y la tecnología.

    La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos.

    El medio ambiente.

    El patrimonio común de la humanidad.

    El desarrollo que permita una vida digna.

    Mandatos absolutos y prudenciales

    Deberes absolutos: son los que deben ser obedecidos sin excepción porque prohíben

    atentar contra un valor absoluto.

    Mandatos positivos: son los que admiten gradaciones y excepciones.

    Tema XI – Protección de los derechos humanos

    Amnistía Internacional

    Visión: un mundo en el que todos las personas disfruten en plenitud de sus derechos

    humanos.

    Misión: consiste en investigar y realizar acciones que pongan fin a los abusos contra los

    derechos humanos.

    Amnistía internacional: es un organismo de nivel mundial que tiene más de cuatro

    décadas en la lucha contra las violaciones a los derechos humanos.

  • Tortura: aplicar a una persona diversos tipos de padecimientos corporales o psíquicos con

    el fin de persuadirlo para que haga o diga algo.

    Presos de conciencia: se les llama así a los que están presos por su tendencia política o

    ideológica, así como a los encarcelados por su orientación sexual.

    Métodos

    AI es un organismo que es parte de la ONU, por lo que trabaja de manera independiente

    con los gobiernos, sin embargo, esto no significa que no colabore con ellos o no los

    consulte/asesore en la lucha contra el atropello de los derechos humanos.

    AI se dirige de manera directa a gobiernos, organizaciones intergubernamentales,

    grupos políticos armados, empresas y otros agentes no estatales.

    Para sacar a luz abusos contra los derechos humanos de forma precisa, rápida y

    persistente, lo realiza mediante la investigación sistemática e imparcial de violaciones de

    los derechos humanos. Además da a conocidos por el público en general y por las

    instituciones o gobiernos para que terminen con esos abusos.

    Opinión pública: se refiere a la opinión de la sociedad que puede ser utilizada para

    presionar a los gobiernos a realizar alguna acción.

    En resumen, los métodos de la Amnistía Internacional son tres:

    1. Consulta.

    2. Asesoría.

    3. Publicación de atropellos a derechos humanos.

    Estas formas van dirigidas a:

  • Empresas.

    Gobiernos.

    Organismos intergubernamentales.

    Grupos políticos.

    Organizaciones no gubernamentales

    Las Naciones Unidas cuentan con el apoyo de grupos civiles que a veces incluso arriesgan

    su vida en la promoción de los derechos humanos. Estos grupos junto con las Naciones

    Unidas trabajan para presionar a los gobiernos para que respeten los derechos

    fundamentales.

    Asimismo, son una muy importante fuente de información para la labor de las

    Naciones Unidas, desempeñando una función activa en relación con la labor de la Comisión

    de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

    Su presencia ha sido notable desde la redacción de la Carta de las Naciones

    Unidas, donde 40 organizaciones no gubernamentales y varias delegaciones, especialmente

    de países pequeños, presionaron para lograr la inclusión de los derechos humanos en dicho

    documento.

    Tema XII – Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)

    Estructura de la CNDH

    Presidencia

    El presidente de la CNDH ejerce la representación legal del organismo y es el responsable

    de formular los lineamientos generales para las actividades administrativas y dictar las

    medidas específicas que juzgue convenientes para el mejor desempeño de las funciones del

    organismo.

    Celebra acuerdos de coordinación y convenios de colaboración con autoridades y

    organismos de defensa de derechos humanos, así como con instituciones académicas y

    asociaciones culturales.

    El presidente de la CNDH aprueba y emite recomendaciones publicas autónomas y

    formada las propuestas para lograr una mejor protección de los derechos humanos en el

    país.

    Requisitos:

    1. Mexicano por nacimiento.

    2. Estar en pleno uso de los derechos políticos y civiles.

    3. Tener más de 35 años de edad.

    4. Gozar de buena reputación.

    5. No haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal.

  • Consejo consultivo

    El consejo consultivo de la CNDH se integra por 10 consejeros que son elegidos por el

    voto de las 2/3 partes de los miembros presentes de la cámara de senadores, o, en sus

    recursos, por la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, con la misma votación

    calificada.

    Sus cargos son honorarios y el presidente es también el presidente de la CNDH. El

    consejo cuenta con un secretario técnico, quien es designado por el propio Consejo a

    propuesta del presidente de la CNDH.

    Las funciones del Consejo, destacan:

    1. Establecer los lineamientos generales de actuación de la comisión nacional.

    2. Aprobar el reglamento interno de la comisión nacional.

    3. Aprobar las normas de carácter interno relacionadas con la comisión nacional.

    4. Opinar sobre el proyecto de informe anual del presidente de la comisión nacional.

    5. Solicitar al presidente de la comisión nacional información adicional sobre los

    asuntos que se encuentren en trámite o haya resuelto la comisión nacional.

    6. Conocer el informe del presidente de la comisión nacional respecto al ejercicio

    presupuestal.

    El consejo funciona en sesiones ordinarias o extraordinarias, y toma sus decisiones por

    la mayoría de votos de sus miembros presentes. Las sesiones ordinarias se verifican cuando

    menos una vez al mes. Las sesiones extraordinarias pueden convocarse por el presidente de

    la comisión nacional o mediante la solicitud que a éste formulen por lo menos 3 miembros

    del consejo.

    Secretaria ejecutiva

    La secretaria ejecutiva es el área encargada de dar seguimiento a la agenda internacional en

    materia de derechos humanos para recomendar al consejo consultivo y al presidente de la

    CNDH las políticas generales que en esta materia habría de seguir la CNDH ante las

    instancias regionales e internacionales, así como con organismos no gubernamentales

    internacionales.

    Tiene facultades y obligaciones en el ámbito interno. Para la consecución de sus

    labores, cuenta con un área de asuntos internacionales que coordina el seguimiento de la

    agenda internacional sobre los derechos humanos.

    También es el área que promueve y desarrolla las actividades de seguimiento,

    cooperación, intercambio de información y experiencias con instituciones nacionales de

    promoción y defensa de los derechos humanos.

    Ombudsman: es como se denomina a las personas que están a cargo de las oficinas que

    defienden los derechos humanos.

  • En periodos mensuales, la SE publica la Carta de Novedades en su versión en

    español y Newsletter en su versión en inglés. En este boletín se presentan las

    recomendaciones que la CNDH emite.

    La dirección de Enlace y Cooperación, es su responsabilidad la investigación en materia de

    los derechos humanos de los grupos vulnerables. Para lograr esto, la SE y la de DEC

    promueven la cooperación nacional e internacional mediante convenios de colaboración

    con otras instituciones homologas o con asociaciones privadas o fundaciones con el fin de

    proveer a la CNDH de recursos extrapresupuestales.

    Otra de las labores de la SE en el seguimiento de la agenda internacional es la de la

    promoción de los derechos humanos, esto a través de la Dirección de Análisis y

    Divulgación, que además se encarga de la realización del ciclo anual de conferencias sobre

    derechos humanos.

    Dirección General de Quejas y Orientación

    Las funciones de la Dirección General de Quejas y Orientación son las siguientes:

    1. Recibir y registrar los escritos de queja por presuntas violaciones a los derechos

    humanos.

    2. Despachar toda la correspondencia concerniente a la atención de las quejas.

    3. Realizar las labores de orientación al público cuando de la queja se desprenda

    fehacientemente que no se trata de violaciones a los derechos humanos.

    4. Turnar a las vestiduras generales los escritos de queja, inmediatamente después de

    que se hayan registrado.

    5. Operar y administrar el banco de datos en el que se registren todas las acciones

    llevadas a cabo por la Comisión Nacional.

    6. Presentar al presidente de la comisión nacional los informes periódicos y los

    proyectos anuales sobre el avance en la tramitación de los expedientes.

    7. Coordinar sus labores con los responsables de las visitaduras generales.

    8. Informar a los quejosos los datos generales sobre los avances de sus expedientes.

    9. Administrar el archivo general de la comisión nacional en cuanto a los expedientes

    concluidos.

    10. Analizar toda la correspondencia que se recibe en las oficinas de la comisión

    nacional y turnarla a los órganos o dependencias administrativas a ellos dirigidos.

    Funciones de la CNDH

    Atribuciones

    Recibir quejas por presuntas violaciones a los derechos humanos.

    Conocer e investigar a petición de parte o de oficio.

  • Formular recomendaciones públicas no vinculatorias así como denuncias y quejas

    ante las autoridades respectivas.

    Acudir ante los organismos internacionales de protección de los derechos humanos,

    ante el incumplimiento de las recomendaciones de la comisión o cuando se cometan

    violaciones graves a los derechos humanos.

    Sustanciar y resolver el incidente de presentación de personas en los términos de la

    presente ley.

    Sin menoscabo de la ley, procurar la conciliación entre los quejosos y las

    autoridades o servidores públicos señalados como presuntos responsables.

    Promover la observancia de los derechos humanos en el estado y en los municipios.

    Formular y proponer programas y acciones que impulsen el cumplimiento en el

    estado de los tratados en materia de derechos humanos de los que México forma

    parte.

    Formular y proponer políticas públicas en materia de derechos humanos.

    Promover y fomentar la investigación científica, el estudio, la enseñanza y

    divulgación de los derechos humanos en el ámbito estatal y municipal.

    Elaborar y ejecutar programas preventivos, formativos y de difusión en materia de

    derechos humanos.

    Promover la participación del sector público, social y privado, en la formulación y

    ejecución de los programas preventivos, formativos y de difusión en materia de

    derechos humanos.

    Celebrar convenios y acuerdos de coordinación y colaboración tendientes al

    cumplimiento de sus fines con instituciones públicas y privadas.

    Realizar visitas periódicas, con la finalidad de verificar y supervisar el irrestricto

    respeto a los derechos humanos en:

    a) Establecimientos del sector público estatal y municipal destinados a la detención

    preventiva, custodia y de readaptación social.

    b) Orfanatos, asilos, hospicios, albergues, hospitales y similares.

    c) Zonas rurales.

    Expedir y modificar su reglamento.

    El procedimiento de queja

    Debe ser breve y sencillo, gratuito.

    Solo estará sujeto a ciertas formalidades para la investigación.

    Escrita o verbal; en casos urgentes, podrá enviarse por teléfono, fax, o cualquier

    medio de comunicación, a ratificarse los posteriores 5 días.

    La comisión procurara confidencialidad.

  • Conciliación: procedimiento en el que la CNDH propone al agraviado y las autoridades

    responsables llegar a un acuerdo para terminar con el conflicto.

    Autoridades responsables: son los que la CNDH ha resuelto declarar como culpables de

    la denuncia que realizó algún ciudadano al que se afectaron sus derechos humanos.

    Recomendaciones

    Recomendaciones: son documentos que emite la CNDH a las autoridades responsables

    para que restituyan los derechos humanos a los agraviados.

    Las recomendaciones contendrán los siguientes elementos:

    1. Nombre del quejoso, autoridad/servidor público responsable, número del

    expediente, lugar y fecha.

    2. Descripción de los hecho violatorios de los derechos humanos.

    3. Análisis de evidencias que demuestren la violación de los derechos humanos.

    4. Descripción de la situación jurídica generada por la violación de los derechos

    humanos y del contexto en que los hechos se presentaron.

    5. Observaciones, adminicularían de pruebas y razonamientos lógico-jurídicos y de

    equidad en los que se soporte la convicción sobre la violación de derechos humanos.

    6. Recomendaciones.

    Las recomendaciones se notificaran en un plazo de 3 días.

    La autoridad responsable tendrá 10 días después de la notificación para aceptarla o

    no.

    Si la respuesta es positiva, tendrá 15 días para responder la aceptación.

    Acuerdos de no responsabilidad

    Acuerdos de no responsabilidad: documento que expide la oficina de derechos humanos

    en el que se establece la autoridad no violó los derechos humanos.

    Los acuerdos de no responsabilidad contendrán los siguientes elementos:

    1. Nombre del quejoso, autoridad señalada como responsable, número de expediente

    de la queja, lugar y fecha.

    2. Descripción sucinta de los hechos que fueron alegados como violatorios de los

    derechos humanos.

    3. Relación de las evidencias y medios de convicción que demuestren la no violación

    de derechos humanos o la inexistencia de las evidencias en que se soporta la queja.

    4. Análisis de los motivos de la resolución.

  • 5. Conclusiones.

    Los recursos de queja e impugnación

    Recurso de impugnación: es un recurso que tiene el quejoso para impugnar alguna

    decisión que la oficina de derechos humanos haya hecho de manera negativa.

    Plazo: 10 días hábiles.

    En resumen, las funciones de la CNDH son: