Certificado de Deposito Panama
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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICASDERECHO COMERCIAL II
TEMA“Certificado de DepósitoCertificado de Depósito”
INTEGRANTES
Elizabeth Martínez Clark 110266Dianis Ramos 090005Liliana Terán 120799Vanessa Sobrino 111847Jeannette Martínez 080037
PROFESORARuth Cisneros
En su forma actual, los certificados de depósito comenzaron a
emitirse por los bancos comerciales en Estados Unidos a partir
de 1961, por iniciativa del First National City Bank de Nueva
York. Las causa que motivaran el nacimiento y la rápida
expansión de los certificados de depósito han sido múltiples.
Pero fue la dificultad de captar pasivos en forma de depósitos a
la vista y a plazo, debido a la competencia de otros
intermediarios financieros y a la mayor pericia de las empresas y
particulares en la gestión de sus excedentes de tesorería.
Historia
Son títulos, resguardos o documentos entregados por un Banco o Caja de Ahorros como contrapartida de una suma de dinero depositada en el mismo a un plazo y tipo de interés determinados.
∗Disponer de las mercancías amparadas en el título
∗Exigir al almacén la entrega de las mercancías o el valor de las mismas.
Certificado de Deposito
Los Certificados de Depósito tienen por objeto el almacenamiento, guarda o conservación, manejo, control, distribución o comercialización de bienes y mercancías bajo custodia o que se encuentren en tránsito, amparados por certificados de depósito y el otorgamiento de financiamiento con garantía de los mismos.
Estos almacenes pueden realizar procesos de incorporación de valor agregado, así como la transformación, reparación y ensamble de las mercancías depositadas a fin de aumentar su valor, sin variar esencialmente su naturaleza.
Objetivo
Características del certificado de Depósito
Características del certificado de Depósito Los sujetos del Certificado de Depósito son:
a) Librador: Almacén General de Depósito;
b) Obligado: Mismo almacén;
c) Tenedor: Depositante.
Transmisión y Efectos de los Certificados de Deposito
Al portador: con la simple entrega del título, en tanto su legítimo poseedor será el titular.
A la orden: con el endoso del título a favor de persona determinada y su consiguiente entrega.
Nominativo: mediante una cesión de derechos y la comunicación al emisor.
El endosatario o cesionario se subroga en todas las obligaciones y derechos del endosante
Si el endosante o cedente es el remitente (cargador), éste seguirá siendo responsable frente al transportador (porteador.
Requisitos
Los requisitos del certificado de depósito se dividen en 4:
1. Personales.a) La designación y la firma del almacén general de depósito que lo expida.b) El nombre del depositante de las mercancías o bienes, o en su caso, la mención de ser al portador.
2. Documentales.a) La mención de ser "certificado de depósito".b) La fecha de expedición.c) El número de orden que le corresponde.
3. Relativos al depósito.a) El lugar de depósito.b) La mención de haber sido constituido el depósito con designación individual o genérica de las mercancías o bienes respectivos.c) El plazo del depósito.d) La mención de los adeudos o de las tarifas en favor del almacén general o en su caso, la mención de no existir tales adeudos.
4. Relativos a las mercancías depositadas.a) Su especificación con mención de su naturaleza, calidad y cantidad y todo lo demás que sirva para su identificación.b) La mención de estar o no estar aseguradas y del importe del seguro en su caso.
Requisitos
Tipos de empresas ofrecen certificados de depósito
Certificados de depósito son proporcionados por instituciones financieras minoristas tales como bancos, sociedades de ahorro y préstamo y cooperativas de crédito que normalmente son reguladas en el país en el que operan.
Beneficios del Certificado de Deposito
a.Minimiza riesgosb.Sencilloc.No tiene comisionesd.Ofrece tasas de interés más altas que las de las cuentas de ahorro
a.Acceso restringido a su dinerob.Penalidad por retiro si convierte los fondos a efectivo antes de la fecha de vencimiento
Utilidad del Certificado de depósito
Un certificado de depósito es un instrumento financiero al portador, negociable, que se emite a la recepción de un depósito a plazo. Se trata, en definitiva, de un depósito a plazo representado por un título, de forma que su negociación implica el cambio de titularidad. La principal razón de su aparición y utilización es la de dotar de liquidez a los depósitos a plazo.
El Certificado de Depósito conocido o identificado como CD o Cede, es un documento financiero que acredita la propiedad de mercancías o bienes depositados en el almacén que lo emite.
Almacenes Generales de Deposito
a.Subsidiaria de una empresa del sistema financiero, sometida a la vigilancia de la SBS.
b.Opera bajo la forma de una sociedad anónima.
c.Tiene como objeto el almacenaje y conservación de mercaderías previamente depositadas.
Clases de DepositoEsta clasificación consiste en dos tipos de clases:
• Deposito de Mercancías Individualmente DesignadasEs un depósito simple. La obligación del almacén se reduce a la guarda y custodia de las mercancías y a su restitución en el estado que las mercancías hayan tenido al ser constituido el depósito.
• Deposito de Mercancías Genéricamente DesignadasEste depósito se estableció con el fin de recibir en silos o bodegas, granos y semillas de igual género que por ser de los mismos agricultores, generalmente serían fungibles entre el almacén responde de los daños ocasionados a las mercancías y su monto debe quedar determinado expresamente en el certificado de depósito correspondiente, así mismo lo serán por cuenta del almacén.
Tres Clases de Certificados
a.Sobre mercancías depositadas efectivamente en el almacén general.
b.sobre mercancías de transito siempre que los almacenes generales tengan el carácter de destinatarios.
c.sobre mercancías en procesos de transformación o beneficio en las condiciones y formas indicadas.
Solicitud de Certificado de Deposito
De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 6 de 1961, los
certificados de Depósito se estimarán extendidos
únicamente a favor de la persona que según conste en el
documento tenga derecho a recibir las mercancías
depositadas, o a favor de la persona que mediante cesión
debidamente acreditada haya adquirido los derechos del
certificado recibido. Dichas personas serán consideradas,
según el caso, como tenedores del respectivo Certificado
de Depósito.
Negociar el Certificado
De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 6 de 1961 el
tenedor de un Certificado de Depósito podrá solicitar el
canje de dicho certificado por varios certificados en que
se separen los productos depositados.
Penalidad
De acuerdo con el artículo 16 de la Ley 6 de 1961 el que en cualquier forma falsifique o altere el contenido de un Certificado de Depósito, será castigado con las penas indicadas en el Código Penal, sin perjuicio de las multas que puedan afectarlo, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto del Órgano Ejecutivo que lo reglamente.Las mercaderías amparadas por un Certificado de Depósito transferible no podrán ser secuestradas, embargadas o gravada desde el momento en que el Certificado de Depósito haya sido pignorado. La existencia de la prenda se hará constar en el Certificado.Ello se hará constar igualmente en el registro del almacenador, con indicación de la fecha y hora en que el Certificado haya sido pignorado.
Obligaciones del Tenedor del Certificado
a. Pago del Bodegaje y Otros Gastos Sabido que es el contrato de depósito como bilateral impone obligaciones de parte y parte económicamente equivalentes por ser de carácter sinalagmático.
b. Pago de Bono de Prenda Cuando el tenedor del certificado ha constituido bono de prenda sobre sus mercancías, se constituye en parte directa en ese último título valor y por consiguiente, a su vencimiento, debe hacer entrega al almacén de la provisión con el fin de que se pague la Obligación.
Obligaciones del Almacén General de Depósitos
-Conservar y Custodiar la Mercancía. Articulo 832 CC.El depositario no podrá, salvo pacto en contrario, usar de la cosa depositada.La infracción de esta regla dará derecho al depositante para exigir la compensación correspondiente, aparte de los daños y perjuicios, aun cuando provengan de caso fortuito.
-Otorgar el Certificado de Depósito a Petición del SolicitanteDebe el almacén otorgar el certificado de depósito a solicitud del depositante, obligación consustancial al contrato de depósito en almacén general, porque es el instrumento que le va a dar oportunidad, por su carácter representativo y de tradición, de reclamar las mercancías o de disponer de ellas o de los derechos que tenga sobre ellas.
Obligaciones del Almacén General de Depósitos
-Garantizar la Existencia de la Mercancía. Articulo 835 CC.Los riesgos de dichos depósitos corren a cargo del depositario, siendo de su cuenta los daños que sufran, si no se prueba que ocurrieron por fuerza mayor o caso fortuito.-Inspección de la Mercancía. Articulo 833 CC.
El depositario deberá permitir al depositante la inspección de sus mercaderías, la toma de muestras de las mismas, así como cualquier operación que se estime necesaria para la conservación de lo depositado.
-Entregar las Mercancías DepositadasHacer entrega de las mercancías al tenedor del certificado al vencimiento del contrato de depósito, que es mismo vencimiento del título valor.
Protestar el Certificado
Si no hace entrega de las mercancías por cualquiera
circunstancia, a petición del tenedor es su obligación
protestar el certificado para asegurarle las acciones de
regreso, pues respecto a la directa no tiene incidencia
cambiaria.
Conclusión
La finalidad de este instrumento es la de facilitar el tráfico con mercaderías depositadas sin una movilización material, pues basta la transferencia mediante endoso del título, para adquirir el derecho representado y el dominio sobre las mercaderías.
El bono de prenda es un título de crédito que expide un Almacén General de Depósito, a solicitud del depositante, mediante el cual se representa un contrato de mutuo celebrado entre el propietario de las mercaderías depositadas y un prestamista, con garantía de las mercaderías que el título especifica.