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Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, S. C Concurso nacional por invitación a cuando menos tres personas no. CIB-004-SMA-06-BCS, primera invitación BASES CONCURSO NACIONAL POR INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE BIENES O PRESTACIÓN DE SERVICIOS (ARTÍCULOS 26 FRACCIÓN II, 28 FRACCIÓN I DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO) No de concurso: CIB-004-SMA-06-BCS Especialidad: Mantenimiento de Equipos de aire Acondicionado Lugar de entrega: Km 1 Carretera a San Juan de la Costa, predio “El Comitán”, La Paz, B.C.S., C.P. 23000. 1

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Concurso nacional por invitación a cuando menos tres personas no. CIB-004-SMA-06-BCS, primera invitación

BASES

CONCURSO NACIONAL POR INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE BIENES O

PRESTACIÓN DE SERVICIOS (ARTÍCULOS 26 FRACCIÓN II, 28 FRACCIÓN I DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR

PÚBLICO)

No de concurso: CIB-004-SMA-06-BCS

Especialidad: Mantenimiento de Equipos de aire Acondicionado

Lugar de entrega: Km 1 Carretera a San Juan de la Costa, predio “El Comitán”, La Paz, B.C.S., C.P. 23000.

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Concurso nacional por invitación a cuando menos tres personas no. CIB-004-SMA-06-BCS, primera invitación

ÍNDICE

1. Definición de términos para efectos del presente Concurso..................................................3

2. Normatividad aplicable...........................................................................................................3

3. Objeto del presente Concurso y descripción de los bienes o servicios requeridos (artículo 31 fracción IX de la Ley) ........................................................................................................4

4. Plazo, lugar y condiciones del suministro de bienes o prestación de servicios (artículo 31 fracción X de la Ley) ..............................................................................................................4

5. Información general. ..............................................................................................................4

6. Ubicación del CIBNOR y áreas..............................................................................................5

7. Fecha hora y lugar de la celebración de los actos y firma del Contrato (artículo 31 fracción III de la Ley) ...........................................................................................................................5

8. Costo y lugar de venta de Bases (artículo 27 del reglamento) ..............................................5

9. Modificación a las Bases........................................................................................................6

10. Condiciones de pago (artículo 31 fracción XII de la Ley).......................................................6

11. Impuestos...............................................................................................................................7

12. Programa de actos.................................................................................................................7

12.1 ACTO DE JUNTA DE ACLARACIONES. .................................................................................7 12.2 ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES. ..............................................7 12.3. COMUNICACIÓN DEL FALLO. ...........................................................................................11

13. Criterios para la evaluación de las Proposiciones y adjudicación de los Contratos (artículo 31 fracción VIII y 36 de la Ley).............................................................................................12

14. Causas de descalificación (artículo 31 fracción IV de la Ley) ..............................................13

15. Concurso desierto o cancelado (artículo 38 de la Ley y 47 del reglamento) .......................13

16. Formalización de Contrato. ..................................................................................................14

17. Penas convencionales (artículo 31 fracción XVI y 53 primer párrafo de la Ley y 64 del reglamento) ..........................................................................................................................15

18. Infracciones y sanciones (artículos 59 y 60 de la Ley) ......................................................15

19. Rescisión o terminación anticipada (artículo 54 de la Ley y 64 y 66 del reglamento) .........16

20. Inconformidades (artículo 65 de la Ley)...............................................................................16

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El Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, S.C., en cumplimiento a lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia, celebrará el presente Concurso con recursos autorizados según oficio no. DA/024/05 del 20 de enero de 2005, de conformidad con las siguientes:

B A S E S

1. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONCURSO.

CIBNOR: Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, S.C.

Área de Adquisiciones: Unidad administrativa del CIBNOR, que se encarga de tramitar el

Concurso.

Área Técnica: Área usuaria o solicitante del CIBNOR, que establece especificaciones y normas técnicas.

Concursante: Persona física o moral que participe en el Concurso.

Ley: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Reglamento: Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Políticas del CIBNOR: Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del CIBNOR.

Proposiciones: Ofertas o propuestas, que presenten los Concursantes.

Proveedor: Persona física o moral con la que se formalice Contrato.

Representante: Representante legal del Concursante.

Contrato: Documento legal en el que se establecen las condiciones o cláusulas relativas al Suministro de Bienes o Prestación de Servicios.

SMGMVDF: Salario Mínimo General Mensual Vigente en el Distrito Federal.

SMGDVDF: Salario Mínimo General Diario Vigente en el Distrito Federal.

2. NORMATIVIDAD APLICABLE. 2.1. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

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2.2. Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público.

2.3. Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del CIBNOR.

2.4. Demás disposiciones vigentes, aplicables en la materia.

3. OBJETO DEL PRESENTE CONCURSO Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES O SERVICIOS REQUERIDOS (artículo 31 fracción IX de la Ley)

El presente Concurso, tiene por objeto adjudicar el Contrato de Suministro de Bienes o Prestación de Servicios, cuya descripción a detalle se indica en el Anexo 4 de las presentes Bases.

4. PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DEL SUMINISTRO DE BIENES O PRESTACIÓN DE SERVICIOS (artículo 31 fracción X de la Ley).

4.1. El Suministro de Bienes o Prestación de Servicios se deberá realizar en un plazo máximo de 365 días naturales a partir de la firma del Contrato correspondiente.

4.2. El Suministro de Bienes o Prestación de Servicios se realizará en las instalaciones del CIBNOR ubicadas en Km 1 Carretera a San Juan de la Costa, predio “El Comitán”, La Paz, B.C.S., C.P. 23000.

4.3. Las condiciones del Suministro de Bienes o Prestación de Servicios, serán las que se establecen en el Anexo 4 de las presentes Bases.

5. INFORMACIÓN GENERAL.

5.1 Los actos de este Concurso se realizarán conforme a las fechas, horarios y lugares establecidos en el punto 7 de las presentes Bases.

5.2 Las condiciones contenidas en las presentes Bases y en las Proposiciones de los Concursantes, no podrán ser negociadas (artículo 31 fracción VII de la Ley).

5.3 En el presente Concurso podrá participar personas de nacionalidad mexicana (artículo 28 fracción I de la Ley).

5.4 La información sobre este Concurso, se podrá solicitar directamente al Área del departamento de Mantenimiento, o vía telefónica al número (612) 123-8484 extensiones 3762, en un horario de 9:00 a 15:00 de lunes a viernes (artículo 26 segundo párrafo de la Ley)

5.5 En los actos públicos de este Concurso, podrán estar presentes los Concursantes cuyas Proposiciones hayan sido desechadas durante el procedimiento de contratación, las Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras Organizaciones no gubernamentales, así como cualquier persona física que manifieste su interés de estar

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presente, con la condición de que registren su asistencia y se abstengan de intervenir en cualquier forma en los mismos (articulo 39 tercer párrafo del Reglamento y Oficio No. 200/223/2001 de SECODAM)

5.6 En el Anexo 3, se incluye nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y firmantes de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros, en Transacciones Comerciales Internacionales.

6. UBICACIÓN DEL CIBNOR Y ÁREAS. 6.1 Inmuebles del CIBNOR : en La Paz, B.C.S., el inmueble principal se ubica en el Km 1,

Carretera a San Juan de la Costa, predio “El Comitán”, c.p. 23000.

6.2 Sala de juntas de la Subdirección de Servicios Generales: edificio “L” del CIBNOR.

6.3 Área deliDepto. Mantenimiento: edificio “L” del CIBNOR.

6.4 Subdirección Jurídica: edificio “K” del CIBNOR.

6.5 Caja General: edificio “L” del CIBNOR.

7. FECHA HORA Y LUGAR DE LA CELEBRACIÓN DE LOS ACTOS Y FIRMA DEL CONTRATO (artículo 31 fracción III de la Ley)

ACTO O ACTIVIDAD FECHA HORARIO LUGAR

7.1 Junta de Aclaraciones (artículo 34 segundo párrafo del reglamento)

24-NOV-2005 11:00 Sala de juntas de la Subdirección de Servicios Generales

7.2 Presentación de Proposiciones y apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas..

02-DIC-2005 11:00 Sala de juntas de la Subdirección de Servicios Generales

7.3 Acto de fallo 06-DIC-2005 14:30 Sala de juntas de la Subdirección de Servicios Generales

7.4 Firma del Contrato o Contratos 09-DIC-2005 14:30 Subdirección Jurídica

8. COSTO Y LUGAR DE VENTA DE BASES (artículo 27 del Reglamento):

8.1. Las presentes Bases se suministrarán sin costo a los Concursantes invitados.

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9. MODIFICACIÓN A LAS BASES:

El CIBNOR podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en las Bases a partir de la fecha de envío de la invitación a los Concursantes y hasta inclusive el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de Proposiciones (artículo 33 de la Ley).

10. CONDICIONES DE PAGO (artículos 31 fracciones VI y XII, y 44 de la Ley).

10.1 Los precios serán fijos en pesos mexicanos, y los Concursantes deberán cotizar el Suministro de Bienes o Prestación de Servicios objeto del presente Concurso, en moneda Nacional; en el caso de Proveedores nacionales que presenten su propuesta en dólares estadounidenses, éstos se pagarán en pesos mexicanos al tipo de cambio publicado en el Diario Oficial de la Federación, de acuerdo a lo siguiente:

a) Al tipo de cambio del día anterior a la fecha de pago, si éste corresponde a bienes entregados o servicios prestados dentro del plazo establecido en el numeral 4 de estas Bases.

b) Al tipo de cambio del último día del plazo convenido en el numeral 4 de estas Bases, si el pago corresponde a bienes entregados o servicios prestados fuera de dicho plazo.

En cualquiera de los dos casos, si el día al que corresponda el tipo de cambio no se publicó el Diario Oficial de la Federación, se tomará entonces el del día anterior más próximo en que haya habido publicación.

10.2 El CIBNOR realizará el pago de los bienes objeto de este Concurso, en una de las siguientes formas, según lo indique el Proveedor en su propuesta:

a) Pagos en quincenas vencidas, al recibir el CIBNOR de conformidad el servicio y las facturas originales.

(artículos 31, fracciones XII y XIII, y 48 fracción I de la Ley)

10.3 Los documentos requeridos para efectuar los pagos deberán presentarse en el Área del departamento de Mantenimiento, la cual los verificará y sellará para que el Proveedor los entregue en el Departamento de Caja General del CIBNOR, donde se le entregará el contra recibo correspondiente.

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11. IMPUESTOS

11.1 El CIBNOR pagará los impuestos y derechos en los términos de las disposiciones fiscales vigentes.

11.2 Los comprobantes que presente el Proveedor, deberán contener los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.

12. PROGRAMA DE ACTOS.

• Los actos señalados en los puntos 12.1, 12.2 y 12.3, se llevarán a cabo en las fechas, horas y lugares indicados en el punto 7 de las presentes Bases (artículo 31 fracción III de la Ley).

• De los actos referidos en el punto anterior se levantarán las actas correspondientes, la cuales serán firmadas por los asistentes. La falta de firma de algún Concursante no invalidará su contenido y efectos (artículos 34, tercer párrafo del Reglamento; 35 fracción III, VI y 37 primer párrafo de la Ley)

• Al término de cada acto, el acta respectiva se colocará por un término no menor de 5 días hábiles, en el pizarrón de informes ubicado en el Área del Departamento de Mantenimiento. Éste aviso sustituirá la notificación personal, por lo que será responsabilidad de cada Concursante, enterarse del contenido de la misma y obtener las copias correspondientes (artículo 35 del Reglamento)

12.1 ACTO DE JUNTA DE ACLARACIONES.

12.1.1 Solamente podrán formular preguntas las personas (o sus representantes) que hayan recibido la invitación para participar en el presente Concurso, en caso contrario se les permitirá su asistencia sin poder formular preguntas (artículo 34, primer párrafo de Reglamento)

12.1.2 Con el fin de facilitar y agilizar el acto, los Concursantes deberán presentar por medio magnético o escrito sus preguntas, directamente al Área del Departamento de Mantenimiento; vía fax al número (612) 123-84-84 Ext. 3265 o a los correos electrónicos [email protected] [email protected], a partir de la fecha de la invitación y hasta 1 día hábil previo al acto de Junta de Aclaraciones.

12.1.3 En el propio acto únicamente podrán solicitarse precisiones a las respuestas dadas a las preguntas recibidas de acuerdo al numeral anterior.

12.2 ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.

Quien concurra al acto en representación de algún Concursante, deberá presentar carta poder simple, así como original y copia de una identificación

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oficial, para participar en el mismo. (Punto 9, del Acuerdo que establece la documentación que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública podrán requerir a los Proveedores, para que estos acrediten su personalidad en los procedimientos de Concurso, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril 1997).

No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las Proposiciones, pero sólo podrá permanecer durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente (artículo 36 último párrafo del Reglamento)

12.2.1 Requisitos que deberán cumplir quienes deseen participar (artículo 31

fracción. XI de la Ley)

12.2.1.1 Acreditación de la personalidad del Concursante y de su Representante Legal, según se indica en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de las presentes Bases (artículo 31 fracción. II de la Ley)

12.2.1.2 Copia de identificación con validez oficial del Concursante o su Representante Legal, únicamente se aceptará pasaporte vigente, credencial para votar, cédula profesional o cartilla del servicio militar nacional.

Escrito firmado por el Concursante o su Representante Legal, preferentemente en papel membretado, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, lo que se indica en los incisos del a) al f) de este punto:

Nota importante: En cada manifestación deberán indicar en la parte sombreada entre paréntesis, el nombre del Representante legal del Concursante, y el nombre de su representada, cuidando que dichas manifestaciones se hagan en nombre del Concursante, por lo que se recomienda se sujeten al texto indicado, ya que en caso contrario cualquier cambio voluntario o involuntario en la redacción que altere el sentido de lo establecido originalmente, será motivo de descalificación.

a) Que (Nombre del Representante Legal ), que representa a ( Nombre del Concursante ), conoce el contenido de las presentes Bases y sus Anexos, que está de acuerdo en participar en el Concurso y cumplirá con todos y cada uno de los requisitos y las condiciones establecidas en las mismas, así como en las aclaraciones asentadas en el acta de Junta de Aclaraciones.

12.2.1.3

b) Que (Nombre del Representante Legal ), que representa a ( Nombre del Concursante ), no se encuentra en alguno de los supuestos señalados en el artículo 50 de la Ley (artículo 30 fracción III del Reglamento)

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c) Que en caso de que le sea adjudicado el Contrato, (Nombre del Representante Legal ), que representa a ( Nombre del Concursante ), no cederá ni subcontratará parcial o totalmente, las obligaciones establecidas en el mismo (artículo 46, último párrafo de la Ley)

d) Que (Nombre del Representante Legal ), que representa a (Nombre del Concursante), manifiesta que cuenta con la capacidad real instalada para el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Concurso.

e) Que (Nombre del Representante Legal ), que representa a (Nombre del Concursante), manifiesta que el Suministro de Bienes o Prestación de Servicios objeto del presente Concurso se hará de acuerdo al Anexo 4 de las Bases.

f) Que (Nombre del Representante Legal ), que representa a ( Nombre del Concursante ), manifiesta que por sí mismo(a) o través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos del CIBNOR, induzcan o alteren las evaluaciones de las Proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes (artículo 30 fracción VII del Reglamento)

12.2.1.4 Currículum preferentemente en papel membretado del Concursante (incluir relación de sus principales clientes con domicilio, teléfono y nombre del responsable del área contratante).

12.2.1.5 Modelo de contrato firmado de conformidad en cada una de sus hojas por el representante legal del concursante (Anexo 5)

12.2.1.6 Propuesta Técnica y Económica (incluida en sobre cerrado de manera inviolable).

12.2.2. La entrega de los documentos señalados en el punto 12.2.1, se podrá realizar utilizando el Anexo 2, el cual forma parte integrante de las presentes Bases, dicho formato servirá a cada Concursante como constancia de recepción de la documentación referida que entreguen en el acto correspondiente. La falta de presentación del formato no será motivo de descalificación (artículo 30 fracción I del Reglamento).

12.2.3. El registro de Concursantes se llevará a cabo a la hora señalada en el punto 7.2 de las presentes Bases; las Proposiciones podrán enviarse por mensajería con atención al Área del Departamento de mantenimiento ubicada en el domicilio que se menciona en el numeral 6 de estas Bases, debiendo recibirse en dicho domicilio a más tardar el día anterior al del acto de recepción de propuestas; no se aceptarán ofertas enviadas por fax, telefax, telegrama o correo electrónico (artículos 34 tercer párrafo y 31 fracción XVIII de la Ley).

12.2.4. Una vez iniciado el acto, no se aceptarán las Proposiciones de los Concursantes que no se hayan registrado en la lista de asistencia, como máximo a la hora establecida para inicio del mismo en el punto 7.2 de las presentes Bases.

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12.2.5. La entrega de Proposiciones se hará en un sobre cerrado de manera inviolable

que contendrá la Propuesta Técnica y Económica, y deberá indicar por escrito el nombre del Concursante y número de Concurso. Los documentos distintos a las Proposiciones (solicitados en los puntos 12.2.1.1 al 12.2.1.4) podrán entregarse, a elección del Concursante, dentro o fuera del sobre que contenga dichas Proposiciones (artículo 34 primer párrafo de la Ley)

12.2.6. El sobre deberá contener: Propuesta Técnica y Económica con la descripción a detalle de cada partida de Suministro de Bienes o Prestación de Servicios y especificaciones de acuerdo al Anexo 4 de las presentes Bases, indicando precio unitario y total con I.V.A desglosado, así como los requisitos económicos específicos solicitados en dicho Anexo; en su caso, la descripción de cada partida deberá incluir el modelo, marca o código que la identifique.

12.2.7. Las Proposiciones Técnicas y Económicas deberán presentarse firmadas autógrafamente por el Concursante o su Representante Legal, en cada una de las hojas del documento que las contenga (artículo 27 cuarto párrafo de la Ley y 38 del Reglamento).

12.2.8. Las Proposiciones deberán presentarse en idioma español y en pesos mexicanos o en dólares estadounidenses (con dos dígitos después del punto decimal).

12.2.9. Las Proposiciones deberán presentarse, por escrito a máquina o computadora y en caso de ser manuscritas, preferentemente con tinta negra, escribiendo con caracteres de imprenta totalmente legibles, sin correcciones, tachaduras, raspaduras, ni enmendaduras.

12.2.10. Una vez recibidas las Proposiciones en sobre cerrado, el servidor público que presida el acto, verificará que los mismos se presenten de acuerdo a lo establecido en el punto 12.2.5 de las presentes Bases, procediendo a su apertura, desechando las que hubieren omitido alguno de los requisitos solicitados en el punto 12.2.1 de las presentes Bases (artículo 35 fracción I de la Ley)

12.2.11. Se procederá a rubricar las Proposiciones Técnicas y Económicas en cada una de sus hojas, por parte del servidor público designado por el CIBNOR para presidir el acto y un Concursante, si asistiere alguno, y enseguida se dará lectura al importe total de cada una de las propuestas (artículo 35 fracción II de la Ley).

12.2.12. Se procederá a levantar el acta respectiva, tal como se indica en el numeral 12 de estas bases, señalándose en la misma, lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo del Concurso (artículo 35 fracciones III y IV de la Ley).

12.2.13. Proposiciones Conjuntas: dos o más personas podrán presentar conjuntamente Proposiciones sin necesidad de constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas morales, siempre que, para tales efectos, en la Proposición y en el Contrato se establezcan con precisión y a satisfacción del CIBNOR, las partes a que cada Concursante se obligará, así como la manera en que se exigiría el cumplimiento de las obligaciones. En este supuesto la Proposición

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deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas, debiendo celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes (artículos 34 segundo párrafo de la Ley y 31 del Reglamento):

12.2.13.1 Nombre y domicilio de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales.

12.2.13.2 Nombre de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación.

12.2.13.3 La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la Proposición presentada en el Concurso.

12.2.13.4 La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones.

12.2.13.5 Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del Contrato o Contratos que se firmen.

El incumplimiento a los preceptos señalados, será motivo de descalificación

12.3 Comunicación del fallo.

12.3.1 El CIBNOR emitirá el dictamen que servirá como base para el fallo, en el que se hará constar una reseña cronológica de los actos del procedimiento, el análisis de las Proposiciones y las razones para admitirlas o desecharlas (artículo 36 bis último párrafo de la Ley).

12.3.2 En este acto se dará lectura al dictamen referido en el punto anterior, por medio del cual será dado a conocer el nombre del Concursante o Concursantes ganadores quedando el acta correspondiente a disposición de los Concursantes que no hayan asistido, para su notificación en el Área del Departamento de Mantenimiento (artículo 37 primer párrafo de la Ley).

12.3.3 En el mismo acto de fallo o adjunta a la comunicación referida, el CIBNOR entregará escrito al o los Concursantes que contendrá la información acerca de las razones por las cuales su propuesta no resultó ganadora (artículo 37 segundo párrafo de la Ley).

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13. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS (artículo 31 fracción VIII y 36 de la Ley).

La evaluación de las Proposiciones se realizará verificando que cada una de ellas cumpla con todos los requisitos establecidos en las presentes Bases, sus Anexos y la Junta de Aclaraciones de acuerdo a lo siguiente:

13.1. En el acto de apertura de proposiciones se revisará la documentación solicitada en el punto 12.2.1, desechándose las que hubieren omitido alguno de los requisitos exigidos; en este acto la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa sin entrar al análisis detallado de su contenido, el cual se efectuará durante el proceso de evaluación de las Proposiciones (artículo 35 fracción I de la Ley y 39 segundo párrafo del Reglamento).

13.2. Posteriormente al acto referido, durante el proceso de evaluación de Proposiciones, el Área del Departamento de Mantenimiento coordinará la realización de la evaluación de las propuestas aceptadas, verificando que la documentación entregada de conformidad con el punto 12.2.1, cumpla con los requisitos establecidos, en caso contrario se desechará la Proposición correspondiente (artículo 35 fracción IV y 36 de la Ley, y 39 segundo párrafo del Reglamento).

13.3. El Área del departamento de Mantenimiento, considerando lo establecido en los puntos 13.1 al 13.2, procederá a elaborar el resultado en el que se indicará el nombre de los Concursantes cuyas Proposiciones cumplan con la totalidad de requisitos así como las que no cumplan, detallando en su caso las causas del incumplimiento.

13.4. Hecha la evaluación de las Proposiciones, el Contrato se adjudicará al Concursante cuya propuesta resulte solvente porque reúne las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados, el Área del Departamento de mantenimiento procederá a comparar en forma equivalente el aspecto económico, adjudicándose el Contrato al Concursante que ofrezca el precio más bajo (artículo 36 bis párrafos primero, segundo y tercero de la Ley); en caso de que se presenten propuestas en moneda extranjera, el tipo de cambio que se aplicará para la comparación descrita, será el que publique el Diario Oficial de la Federación en la fecha de presentación de propuestas, y si ese día no hubiera publicación, se tomará entonces el del día anterior más próximo en que haya habido.

13.5. El CIBNOR podrá desechar las Proposiciones cuando estime que son insolventes en el aspecto económico (artículo 41 del Reglamento).

13.6. En caso de empate de dos o más Proposiciones, el desempate se hará

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mediante sorteo manual por insaculación el cual se celebrará en el propio acto de fallo, consistiendo en la participación de un boleto por cada Proposición que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del Concursante ganador (artículo 44 del Reglamento).

13.7. En la evaluación de las Proposiciones no se utilizarán mecanismos de puntos o porcentajes, ni se aplicará el criterio de costo beneficio (artículo 36 fracciones III y IV de la Ley).

13.8. Si durante el proceso de evaluación, el CIBNOR requiere de alguna aclaración, la podrá solicitar a los Concursantes sin contravenir lo estipulado en las presentes Bases, por otra parte el personal del CIBNOR podrá realizar visitas a las instalaciones de los Concursantes para el mismo fin.

13.9. La adjudicación del Contrato será por partidas totales independientes o de servicios no considerándose el abastecimiento simultáneo (artículo 31 fracción XIV de la Ley).

13.10. Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno (artículo 37 tercer párrafo de la Ley).

14. CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN (artículo 31 fracción IV de la Ley).

Serán causas de descalificación:

14.1. El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las presentes Bases, sus Anexos y la Junta de Aclaraciones.

14.2. La comprobación de que algún Concursante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los bienes o servicios, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás Concursantes.

15. CONCURSO DESIERTO O CANCELADO (artículo 38 de la Ley y 47 del Reglamento).

15.1. Se podrá declarar desierto el Concurso cuando: no se presenten Proposiciones en el acto de presentación de las mismas; las Proposiciones presentadas no reúnan los requisitos de las Bases del concurso o sus precios no fueren aceptables para el CIBNOR.

15.2. Se podrá declarar desierta una o mas partidas, cuando las Proposiciones presentadas no reúnan los requisitos de las Bases del concurso o sus precios no fueren aceptables, por lo que respecta exclusivamente a dichas partidas.

15.3. Se podrá cancelar el Concurso por caso fortuito o de fuerza mayor. Igualmente, cuando existan circunstancias debidamente justificadas que provoquen la extinción de la necesidad para adquirir los bienes o servicios objeto de este Concurso.

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16. FORMALIZACIÓN DE CONTRATO.

16.1. Para la formalización del Contrato, el Concursante ganador, deberá presentar:

16.1.1. Escrito en el que se manifieste bajo protesta de decir verdad, los hechos a que se refiere la fracción I, regla 2.1.17 de la Novena Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004 y sus anexos 7 y 9, publicada el día 17 de marzo de 2005 en el Diario Oficial de la Federación (este requisito únicamente aplicará cuando el monto que se adjudique exceda de $110,000.00 sin incluir I.V.A.).

16.1.2. Garantía de cumplimiento del contrato por el 10% del monto total del Contrato sin incluir I.V.A., la cual deberá entregarse a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del Contrato (este requisito únicamente aplicará cuando el monto que se adjudique exceda de 2500 veces el SMGDVDF sin incluir I.V.A.); la garantía deberá presentarse mediante fianza a favor del Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, S.C., la cual deberá contener las declaraciones establecidas en la fracción I del artículo 68 del Reglamento y ser otorgada por compañía autorizada en los términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, o mediante cheque certificado o de caja a favor del Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, S.C., con cargo a cualquier institución de crédito.

16.2. Por otra parte, con el fin de verificar la información presentada en el Anexo 1 de su Proposición, el Concursante ganador, deberá entregar copia y presentar para cotejo, originales o copias certificadas de la siguiente documentación (artículo 36 penúltimo párrafo del Reglamento).

16.2.1. Personas Morales: 16.2.1.1. Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.

16.2.1.2. Cédula de Identificación Fiscal.

16.2.1.3. Comprobante de domicilio (recibo telefónico, luz, predial o agua); su antigüedad no deberá ser mayor a tres meses, contados a partir de la fecha de invitación al concurso.

16.2.1.4. Acta Constitutiva de la empresa Concursante y en su caso, las modificaciones a la misma, debidamente inscritas en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

16.2.1.5. Poder Notarial, en el que se acredite la personalidad y facultades del Representante Legal.

16.2.1.6. Identificación oficial del Representante Legal. Únicamente se aceptará pasaporte vigente, credencial para votar, cédula profesional o cartilla del servicio militar nacional.

16.2.1.7. Declaración fiscal anual del ejercicio inmediato anterior y pagos provisionales del ejercicio actual.

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16.2.2. Personas físicas: 16.2.2.1. Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.

16.2.2.2. Cédula de Identificación Fiscal.

16.2.2.3. Comprobante de domicilio (recibo telefónico, luz, predial o agua); su antigüedad no deberá ser mayor a tres meses, contados a partir de la fecha de invitación al concurso.

16.2.2.4. Acta de nacimiento

16.2.2.5. Identificación oficial del Concursante y en su caso del Representante Legal. Únicamente se aceptará pasaporte vigente, credencial para votar, cédula profesional o cartilla del servicio militar nacional.

16.2.2.6. Declaración fiscal anual del ejercicio inmediato anterior y pagos provisionales del ejercicio actual

16.3. El Concursante o Concursantes ganadores deberán presentarse a suscribir el Contrato o Contratos, en la Subdirección Jurídica del CIBNOR, dentro de los 20 días naturales siguientes al de la notificación del fallo (artículo 46 primer párrafo de la Ley).

16.4. Cualquier modificación al o los Contratos, una vez formalizados deberá constar por escrito en los instrumentos legales respectivos. Las modificaciones de ninguna forma podrán otorgar condiciones más ventajosas a un Proveedor comparadas con las establecidas originalmente (artículo 52 de la Ley).

17. PENAS CONVENCIONALES (artículo 31 fracción XVI y 53 primer párrafo de la Ley y 64 del Reglamento).

17.1. Las penas convencionales que se aplicarán serán del 1.0 %, más el Impuesto al Valor Agregado correspondiente, sobre el retraso en la fecha del Suministro de Bienes o Prestación de Servicios contratados, por cada día natural de retraso y hasta un 10% del monto total de Contrato.

17.2. Para lo anterior, el Proveedor deberá presentar nota de crédito, efectivo, cheque certificado o de caja por el importe total de la penalización, a favor del CIBNOR, que será requisito para liberar el pago correspondiente.

18. INFRACCIONES Y SANCIONES (artículos 59 y 60 de la Ley)

18.1. Serán infraccionados y sancionados por la Secretaría de la Función Pública, los Concursantes o Proveedores, cuando incurran en cualquiera de los siguientes

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supuestos:

18.1.1. Infrinjan las disposiciones de la Ley.

18.1.2. Injustificadamente y por causas imputables a los mismos no formalicen el o los Contratos adjudicados.

18.1.3. Se encuentren en el supuesto de la fracción III del artículo 50 de la Ley, respecto de dos o más dependencias o entidades.

18.1.4. No cumplan con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos y que, como consecuencia, causen daños o perjuicios graves al CIBNOR.

18.1.5. Proporcionen información falsa o que actúen con dolo o mala fe durante el procedimiento de Concurso, la firma del Contrato, o bien, en la presentación o desahogo de una queja en una audiencia de conciliación o de una inconformidad.

18.1.6. Se encuentren en el supuesto de la fracción XII del artículo 50 de la Ley.

En los casos no expresamente señalados, al incumplimiento de alguno de los compromisos con el CIBNOR, derivados del presente Concurso, se aplicarán las disposiciones legales vigentes.

19. RESCISIÓN O TERMINACIÓN ANTICIPADA (artículo 54 de la Ley y 64 y 66 del Reglamento).

19.1. El CIBNOR podrá rescindir administrativamente el Contrato en caso de incumplimiento de obligaciones a cargo del Proveedor.

19.2. El CIBNOR podrá dar por terminados anticipadamente los Contratos cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes o servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública.

20. INCONFORMIDADES (artículo 65 de la Ley).

Las inconformidades que se deriven del presente Concurso deberán presentarse por escrito ante la Secretaría de la Función Pública, a través de la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial, única facultada para conocer, tramitar y resolver las mismas (artículo 47 fracción IV, inciso a, numeral 4, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública).

La Paz, Baja California Sur a 03 de octubre de 2005

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PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE PARTICIPE EN EL PROCEDIMIENTO

ANEXO 1

“Formato para Acreditación de Personalidad”

(Artículo 36 fracciones I VII del Reglamento y Punto 8 tercer párrafo, del Acuerdo que establece la documentación que las Dependencia y Entidades de la Administración Pública podrán requerir a los

Proveedores, para que estos acrediten su personalidad en los procedimientos de Concurso

(Nombre), manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en el presente Concurso, a nombre y representación de: (Persona moral).

No. De Concurso: _________________________

Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio:

Calle y número:

Colonia: Delegación o municipio:

Código postal: Entidad Federativa:

Teléfonos: Fax:

Correo electrónico:

No. De la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha:

Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cual se dio fe de la misma:

Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público del Comercio

Relación de accionistas:

Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre(s):

Descripción del objeto social:

Reformas al acta constitutiva: Nombre del Apoderado o Representante Legal:

Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades:

Escritura Pública número: Fecha:

Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cuál se otorgó:

La Paz, Baja California Sur, a de de 2005 Protesto lo necesario

Firma

Nota: el presente formato podrá ser reproducido por cada Concursante en el modo que estime conveniente en papel membretado, debiendo respetar su contenido, preferentemente en el orden indicado.

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PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE PARTICIPE EN EL PROCEDIMIENTO

ANEXO 2

“Formato para la presentación de los documentos solicitados en el punto 12.2.1 de las Bases”

(Articulo 30 fracción I del Reglamento) PRESENTAReferen-

cia en Bases

Descripción del documento SI NO

12.2.1.1 Acreditación de la personalidad del Concursante y de su Representante Legal, según se indica en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de las presentes Bases. (artículo 31 fracción. II de la Ley).

12.2.1.2 Copia de identificación con validez oficial del Concursante o su Representante Legal, únicamente se aceptará pasaporte vigente, credencial para votar, cédula profesional o cartilla del servicio militar nacional.

12.2.1.3 Escrito firmado por el Concursante o su Representante Legal, preferentemente en papel membretado, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, lo que se indica en los incisos del a) al f) de este punto:

Nota importante: En cada manifestación deberán indicar en la parte sombreada entre paréntesis, el nombre del Representante legal del Concursante, y el nombre de su representado-Nombre del Concursante-, cuidando que dichas manifestaciones se hagan en nombre del Concursante, por lo que se recomienda se sujeten al texto indicado, ya que en caso contrario cualquier cambio voluntario o involuntario en la redacción que altere el sentido de lo establecido originalmente, será motivo de descalificación.

a) Que (Nombre del Representante Legal ), que representa a ( Nombre del Concursante ), conoce el contenido de las presentes Bases y sus Anexos, que está de acuerdo en participar en el Concurso y cumplirá con todos y cada uno de los requisitos y las condiciones establecidas en las mismas, así como en las aclaraciones asentadas en el acta de Junta de Aclaraciones.

b) Que (Nombre del Representante Legal ), que representa a ( Nombre del Concursante ), no se encuentra en alguno de los supuestos señalados en el artículo 50 de la Ley (artículo 30 fracción III del Reglamento)

c) Que en caso de que le sea adjudicado el Contrato, (Nombre del Representante Legal ), que representa a ( Nombre del Concursante ), no cederá ni subcontratará parcial o totalmente, las obligaciones establecidas en el mismo (artículo 46, último párrafo de la Ley).

d) Que (Nombre del Representante Legal ), que representa a ( Nombre del Concursante ), manifiesta que cuenta con la capacidad real instalada para el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Concurso.

e) Que (Nombre del Representante Legal ), que representa a ( Nombre del Concursante ), manifiesta que el Suministro de Bienes o Prestación de Servicios objeto del presente Concurso se hará de acuerdo al Anexo 4 de las Bases.

f) Que (Nombre del Representante Legal ), que representa a ( Nombre del Concursante ), manifiesta que por sí mismo(a) o través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos del CIBNOR, induzcan o alteren las evaluaciones de las Proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes (artículo 30 fracción VII del Reglamento).

12.2.1.4 Currículum preferentemente en papel membretado del Concursante (incluir relación de sus principales clientes con domicilio, teléfono y nombre del responsable del área contratante).

12.2.1.5 Modelo de contrato firmado de conformidad en cada una de sus hojas por el representante legal del concursante (Anexo 5).

12.2.1.6 Propuesta Técnica y Económica (incluida en sobre cerrado de manera inviolable).

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PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE PARTICIPE EN EL PROCEDIMIENTO

Concursante Nombre: Domicilio: Teléfono y

fax:

Firma del Concursante

Para uso exclusivo del CIBNOR ACUSE DE RECIBO

SELLO Y FIRMA

Nota importante:

El presente acuse se extiende exclusivamente para hacer constar la entrega de los documentos relacionados en el mismo, los cuales son revisados en el acto cuantitativamente, sin entrar al análisis detallado

de su contenido, por lo que no se deberá considerar que dichos documentos cumplen hasta en tanto sean revisados cualitativamente

por el Área de Adquisiciones del CIBNOR

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ANEXO 3

“Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)”

(Oficio circular No. SACN/300/148/2003, de fecha 3 de septiembre de 2003)

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha transcendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.

La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación -la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

• La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. • El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera.

Las responsabilidades del sector público se centran en:

• Profundizar las reformas legales que inició en 1999. • Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento. • Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

• Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

• Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

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• Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.

Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.

El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.

En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la Convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:

"Artículo 222

Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

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En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.

Capítulo XI

Cohecho a servidores públicos extranjeros

Artículo 222 bis

Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.

Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral."

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ANEXO 4

PRIMERA INVITACION EDIFICIO CANTID. TIPO CAPACIDAD TOTAL

TON. P.U. IMPORTE

A 4 INTEGRAL 3.0 12.0

2 INTEGRAL 5.0 10.0 1 INTEGRAL 1.0 1.0 2 INTEGRAL 3.0 6.0 TOTAL 29.00

B 1 VENTANA 2.0 2.0

1 VENTANA 2.0 2.0 TOTAL 4.0

C 1 INTEGRAL 7.5 7.5

1 INTEGRAL 5.0 5.0 3 VENTANA 2.0 6.0 2 MINI SPLIT 2.0 4.0 5 MINI SPLIT 1.0 5.0 TOTAL 27.5

D 1 INTEGRAL 5.0 5.0

3 VENTANA 1.5 4.5 TOTAL 9.5

E 1 VENTANA 1.0 1.0

5 VENTANA 1.5 7.5 1 VENTANA 2.0 2.0 1 MINI SPLIT 1.0 1.0 TOTAL 11.5

F 3 INTEGRAL 5.0 15.0

1 VENTANA 2.0 2.0 TOTAL 17.0

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G 1 MINI SPLIT 2.5 2.5

3 MINI SPLIT 1.0 3.0 2 VENTANA 1.0 2.0 2 INTEGRAL 5.0 10.0 TOTAL 17.5

H 2 INTEGRAL 15 30.0

2 INTEGRAL 10.0 20.0 1 VENTANA 1.75 1.75 4 VENTANA 2.0 8.0 TOTAL 59.75

I 1 REMOTO 7.5 7.5

1 VENTANA 2.0 2.0 1 VENTANA 2.0 2.0 1 VENTANA 2.0 2.0 1 VENTANA 1.0 1.0 3 MINI SPLIT 1.0 3.0 2 MINI SPLIT 2.0 4.0 TOTAL 28.5

J 6 MINI SPLIT 2.5 15.0

3 MINI SPLIT 2.0 6.0 14 MINI SPLIT 1.5 21.0 8 MINI SPLIT 1.0 8.0 TOTAL 50.0 K 3 INTEGRAL 10.0 30.0 1 MINI SPLIT 4.0 4.0 10 VENTANA 2.0 20.0 1 VENTANA 2.25 2.25 1 VENTANA 1.0 1.0 2 VENTANA 1.5 3.0 6 REMOTO 1.75 10.5 6 REMOTO 2.25 13.5 4 MINI SPLIT 1.5 6.0 3 MINI SPLIT 1.0 3.0 TOTAL93.25

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L 4 INTEGRAL 5.0 20.0

4 MINI SPLIT 1.5 6.0

1 MINI SPLIT 1.0 1.0

TOTAL 27.0

M 3 MINI SPLIT 2.5 7.5

16 MINI SPLIT 2.0 32.0 5 MINI SPLIT 1.5 7.5 5 MINI SPLIT 1.0 5.0 TOTAL 52.0

N 2 MINI SPLIT 1.0 2.0

1 TIPO DIVIDIDO

20.0 20.0

1 TIPO DIVIDIDO

10.0 10.0

2 INTEGRAL 7.5 15.0 4 REMOTO 2.0 8.0 TOTAL 55.0

O 4 INTEGRAL 5.0 20.0

5 VENTANA 2.0 10.0 2 VENTANA 2.75 5.5 TOTAL 35.5

P 3 INTEGRAL 3.0 9.0

2 VENTANA 2.0 4.0 8 CUARTO FRIO 3.0 24.0 3 MINI SPLIT 1.0 3.0 3 MINI SPLIT 2.0 6.0 TOTAL 46.0

Q 3 INTEGRAL 5.0 15.0

2 VENTANA 2.0 4.0 1 CHILER 3.0 3.0 TOTAL 22.0

R 3 MINI SPLIT 1.5 4.5

54 MINI SPLIT 1.0 54.0 TOTAL 58.5

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S 3 MINI SPLIT 2.O 6.0

4 MINI SPLIT 4.0 16.0 4 MINI SPLIT 1.5 6.0 2 MINI SPLIT 2,5 5.0 TOTAL 33.0

T 3 MINI SPLIT 1.5 4.5

54 MINI SPLIT 1.0 54.0 TOTAL 58.5

U 6 MINI SPLIT 2.5 15.0

16 MINI SPLIT 2.0 32.0 6 MINI SPLIT 1.0 6.0 TOTAL 53.0 W 2 MINI SPLIT 2.0 4.0 1 MINI SPLIT 1.0 1.0 TOTAL 5.0 V 2 MINI SPLIT 1.0 2.0 1 MINI SOLIT 2.0 2.0 4 MINI SPLIT 1.5 6.0 3 MINI SPLIT 3.0 9.0 TOTAL 19.0 Z 4 MINI SPLIT 1.5 6.0 1 MINI SPLIT 2.0 2.0 2 MINI SPLIT 1.0 2.0 2 INTEGRAL 4.0 8.0 TOTAL 18.0

ENLACE 5 MINI SPLIT 1.5 7.5

1 MINI SPLIT 2.5 2.5 1 MINI SPLIT 1.0 1.0 TOTAL 11.0

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4.1 REQUISITOS TÉCNICOS Y ECONÓMICOS

Las propuestas técnicas y económicas deberán incluir lo siguiente: 4.1.1 Descripción de los bienes o servicios, considerando el total de especificaciones técnicas de

conformidad con el Anexo 4 considerando en su caso las aclaraciones realizadas en los actos correspondientes. Asimismo, deberá incluir folletos originales que contengan las especificaciones para cada uno de los bienes ofertados, así como documento en el que manifieste bajo protesta de decir verdad que los bienes ofertados cumplen con la Norma Oficial Mexicana o con la norma ISO-9000 respectiva

4.1.2 Manifestación escrita en la que en caso de resultar ganador, el Concursante se obliga a realizar el Suministro de Bienes o Prestación de Servicios derivados del presente Concurso, conforme los requerimientos de la convocante establecidos en el Anexo 4, considerando en su caso las aclaraciones realizadas en los actos correspondientes.

4.1.3 Los Concursantes deberán indicar por escrito la vigencia de la Propuesta Técnica y Económica, la cual deberá ser como mínimo de sesenta días naturales contados a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de Proposiciones.

4.1.4 Los precios deberán indicarse en pesos mexicanos o en dólares estadounidenses para cada partida, con dos dígitos después del punto decimal y anotando con letra el tipo de moneda en que se presenta la propuesta.

4.1.5 Nombre del Concursante. 4.1.6 Firma del Concursante o su Representante Legal.

ANEXO 5

“Modelo de Contrato” CONTRATO DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL CENTRO DE

INVESTIGACIONES BIOLÓGICAS DEL NOROESTE, SOCIEDAD CIVIL, AL QUE EN LO SUCESIVO

SE LE DENOMINARA EL "CIBNOR", REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, DR. MARIO

MARTINEZ GARCIA; Y POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA “----------”, S.A. DE C.V.,

EN LO SUCESIVO EL "PROVEEDOR", POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL EL -------

-, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS.

D E C L A R A C I O N E S

I. El "CIBNOR" declara por conducto de su Director General: A) Que es una sociedad civil con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituida como entidad

paraestatal asimilada al régimen de las empresas de participación estatal mayoritaria, de acuerdo con el articulo 46, fracción II último párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, como consta en el artículo primero de los estatutos sociales, mismos que fueron protocolizados en el acta notarial No. 17,978, volumen 423, de fecha 10 de marzo del año 2004, pasada ante la fe del Notario Público número 9 con ejercicio en la ciudad de La Paz, Baja California Sur e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta misma ciudad, con el número 54, volumen

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VIII, de Sociedades y Poderes, Sección Comercio, de fecha 18 de marzo del año 2004.

B) Que tiene el carácter de Centro Público de Investigación, de conformidad con el Acuerdo de los CC.

Secretario de Educación Pública y Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, con la opinión favorable de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para efectos presupuestales, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 16 de agosto del año 2000 y en términos del artículo 47 de la Ley de Ciencia y Tecnología en vigor, encontrándose agrupado con las entidades paraestatales que conforman el Sistema de Centros Públicos CONACyT.

C) Que el Dr. Mario Martínez García, en su carácter de Director General del "CIBNOR", tiene

facultades suficientes para suscribir el presente contrato, de conformidad con el artículo 37 de los estatutos sociales protocolizados en el acta notarial indicada en el inciso A) anterior.

D) Que los recursos destinados para cubrir las obligaciones derivadas del presente contrato, ------------- E) Que la adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento de invitación a

cuando menos tres personas en los términos del artículo 42 y demás relativos y aplicables de la de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

F) Que tiene establecido su domicilio en calle Mar Bermejo número 195, colonia Playa Palo de Santa

Rita, la Ciudad de La Paz, Baja California Sur, mismo que señala para los fines y efectos legales de este contrato.

II.- El "PROVEEDOR" declara por conducto de su representante: A) Que es una persona ----------. B) Que reconoce que las bases de licitación del concurso ---número ---, el presente contrato y sus

anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones, y que tiene interés en dar cumplimiento a las normas y requerimientos en ellos contenidos en lo que respecta a la compraventa de los bienes que más adelante se detallan, con fundamento en el penúltimo párrafo del artículo 45 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

C) Que su representante manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que ninguno de los socios o

asociados desempeña un empleo, cargo o comisión en o para “EL CIBNOR”, ni se encuentran inhabilitados para ello, así como que “EL PROVEEDOR” tampoco se encuentra en alguno de los supuestos a que se refiere el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

D) Que se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con la cédula de identificación

fiscal número --------------, y con domicilio ubicado en calle -----------, en la Ciudad de --------, Estado de ------------, mismo que señala para todos los fines y efectos legales del presente contrato.

E) Que cumple las condiciones técnicas y económicas necesarias para obligarse en los términos del

presente contrato y declara bajo protesta de decir verdad que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de acuerdo con las disposiciones aplicables.

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F) Que conoce el contenido y los requisitos que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público, su Reglamento y las reglas generales para la contratación y adquisición de bienes y servicios de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, .

En virtud de las declaraciones que anteceden, ambas partes de común acuerdo otorgan y se someten a las siguientes:

12.4 C L A U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: El "PROVEEDOR" se obliga y compromete a suministrar a el CIBNOR en las instalaciones de éste último localizadas en Km. 1 carretera a San Juan de la Costa, predio El Comitán, Municipio de La Paz, Baja California Sur, conforme se indica en la cláusula séptima de este contrato, el equipo consistente en -------------------cuya descripción técnica y especificaciones se contienen en -----------------, documento que debidamente rubricado por las partes forma parte integrante del presente instrumento como si estuviese insertado a la letra, identificado como anexo “1”.

SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO": Para la adquisición del bien materia del presente contrato, el “CIBNOR” se obliga a pagar al "PROVEEDOR" el precio fijo de $ ------.00 pesos (------------00/100 MN), suma que no incluye el impuesto al valor agregado, conforme se indica en la cláusula siguiente. TERCERA.- FORMA DE PAGO.- El monto descrito en la cláusula anterior se pagará ------------------------ (*) En caso de que el monto adjudicado sin incluir el I.V.A. sea igual o menor a 2500 veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal, automáticamente se aplicarán las condiciones de pago en dos exhibiciones como máximo, al recibir el CIBNOR de conformidad los bienes y las facturas originales, según lo dispuesto en la cláusula décima tercera. CUARTA.- LUGAR DE PAGO.- El importe establecido en la cláusula segunda se cubrirá en las oficinas administrativas del "CIBNOR", ubicadas en el edificio "L" de su inmueble ubicado en el Km. 1 de la carretera a San Juan de la Costa, predio El Comitán, Municipio de La Paz, Baja California Sur, previa presentación de la factura que para tal efecto se expida a nombre del "CIBNOR", y que contendrá todos los requisitos de carácter fiscal que exige la normatividad aplicable en estos casos. QUINTA.- PATENTES Y DERECHOS DE AUTOR.- El "PROVEEDOR" asume toda la responsabilidad por las violaciones que se pudieran causar en materia de patentes o derechos de autor, con respecto del bien objeto de este contrato. Si se da dicho supuesto, "CIBNOR" dará aviso a las autoridades competentes y al "PROVEEDOR" en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles a la fecha de recepción de la notificación de la violación.

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Si como resultado de la demanda por la referida violación el "CIBNOR" no puede adquirir el bien objeto del presente contrato, éste lo rescindirá y ejercerá los derechos contenidos en la cláusula décima cuarta "limite de responsabilidades" de este instrumento. SEXTA.- GARANTIA DEL BIEN.- El "PROVEEDOR" garantiza que el bien así como sus accesorios y componentes, objeto de este contrato, se entregarán completamente nuevos, libres de defectos materiales y en buenas condiciones, conforme a las especificaciones técnicas contenidas en el anexo “1” del presente contrato. El "PROVEEDOR" garantiza el buen funcionamiento del bien objeto del presente contrato por un período de 12 (DOCE) meses, contado a partir de la recepción de conformidad de los mismos de conformidad con la cláusula décima segunda de este instrumento. SEPTIMA.- FORMA DE ENTREGA.- El "PROVEEDOR" se obliga a llevar a cabo el suministro del bien objeto del presente contrato en las instalaciones del "CIBNOR" ubicadas en Km. 1 carretera a San Juan de la Costa, Predio "El Comitán", Municipio de La Paz, Baja California Sur, dentro del plazo de 70 (SETENTA) días naturales contados a partir de la firma del presente contrato. Al término del plazo señalado, el "CIBNOR" podrá optar por: A).- Rescindir el contrato, en cuyo caso el "PROVEEDOR" pagará lo correspondiente de conformidad con la cláusula décima cuarta, restando de dicha penalización, si para el caso procede, el pago que hubiere realizado el "PROVEEDOR" con motivo de la sanción del 1.0% (uno por ciento) del valor total de las partidas pendientes de entregar por cada día del retraso correspondiente. B).- En caso de que decida no rescindir el contrato, el "PROVEEDOR" pagará al "CIBNOR" el 1.0% (uno por ciento) del valor total de las partidas pendientes de entregar, por cada día natural de retraso que transcurra a partir del vencimiento de la entrega, sin que pueda exceder esta pena convencional del monto de la garantía de cumplimiento del contrato establecido en la cláusula décima primera punto 2. Las partes acuerdan que para la aplicación de la pena convencional establecida en esta cláusula, “EL PROVEEDOR” deberá presentar nota de crédito, efectivo, cheque certificado o de caja por el importe total de la penalización, a favor de “EL CIBNOR”, que será requisito para liberar el pago correspondiente. OCTAVA.- TRANSPORTACION.- La transportación del bien objeto del presente contrato será por cuenta y riesgo del "PROVEEDOR", quedando a su elección la forma y términos de transportar el bien materia del presente contrato, los cuales deberán ser entregados en los términos del presente contrato. NOVENA.- INFORMACION TÉCNICA Y OBLIGACIONES DEL “PROVEEDOR”.- El "PROVEEDOR" se obliga llevar a cabo la instalación y puesta en marcha del equipo materia del presente contrato. El “PROVEEDOR” se obliga a suministrar al "CIBNOR" toda la información técnica por escrito relativa a la operación y funcionamiento equipo materia del presente contrato. DECIMA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: Ninguna de las partes contratantes, será responsable de cualquier retraso o incumplimiento de los términos de este contrato, si dicho incumplimiento resulta directa o indirectamente de caso fortuito o de fuerza mayor.

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DECIMA PRIMERA.- FIANZAS: El "PROVEEDOR" se obliga a constituir en favor del “CIBNOR” y en los términos del articulo 48 fracciones I y II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y artículo 68 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las siguientes fianzas: 1. Por el monto total del anticipo a que se refiere el inciso a) de la cláusula tercera del presente

contrato, para garantizar la correcta inversión del mismo. 2. Por el 10 % del monto total del presente contrato, para garantizar el cumplimiento de todas y cada

una de las obligaciones que de él deriven.

Ambas fianzas deberán expedirse por compañía legalmente autorizada para ello, y serán entregadas al “CIBNOR” por el "PROVEEDOR" en un plazo no mayor de 10 (DIEZ) días naturales contados a partir de la firma del presente contrato y permanecerán vigentes por un período de un año posterior a la aceptación de los bienes de acuerdo con la cláusula décima segunda.

Mientras “EL PROVEEDOR” no entregue la póliza de fianza a “EL CIBNOR”, estará obligado a cumplir con todas sus obligaciones derivadas de este contrato, pero no podrá exigir ninguno de los derechos a su favor. (*) En caso de que el monto adjudicado sin incluir el I.V.A. sea igual o menor a 2500 veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal, se eximirá al Proveedor de esta garantía de cumplimiento (último párrafo, artículo 53 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la entidad). DECIMA SEGUNDA.- ACEPTACION DEL BIEN MATERIA DE ESTE CONTRATO.- El "CIBNOR" contará con cinco (5) días hábiles para realizar las pruebas de aceptación del bien suministrado, las cuales se realizarán con base en las especificaciones técnicas del fabricante. Si en el transcurso de las pruebas ocurrieran fallas, el "PROVEEDOR" reparará éstas conforme al procedimiento descrito en la cláusula décima tercera del presente contrato. Una vez concluidas las pruebas conforme al procedimiento señalado, el "CIBNOR" contará con cinco (5) días hábiles para notificar al "PROVEEDOR" de su conformidad y aceptación del bien materia de este contrato. Si el "CIBNOR" no pudiera realizar las pruebas, pactará con el "PROVEEDOR" una nueva fecha para ejecutarlas, en los términos antes citados. DECIMA TERCERA.- CORRECCION DE FALLAS DEL BIEN MATERIA DE ESTE CONTRATO DURANTE EL PERIODO DE GARANTIA.- El "PROVEEDOR" se obliga a efectuar durante el periodo de garantía, las correcciones de fallas a fin de conservar el bien materia de este contrato en condiciones óptimas de funcionamiento. El tiempo máximo en el que deberá corregirse cualquier falla será de diez (10) días hábiles. Las refacciones y partes que se requieran para la corrección de fallas del bien objeto de este

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contrato serán proporcionadas por la exclusiva cuenta del "PROVEEDOR", ya sea que las haya en existencia en esta localidad o en cualquier otra parte, las cuales tendrán que ser nuevas o de calidad equivalente; para este ultimo caso el "PROVEEDOR" se compromete a garantizar su duración, resistencia y funcionamiento. Si el bien objeto de este contrato requiere ser trasladado a cualquier lugar distante de la ciudad de La Paz, Baja California Sur, para su reparación, los gastos que ello ocasione serán cubiertos por cuenta exclusiva del "PROVEEDOR". DECIMA CUARTA.- LIMITE DE RESPONSABILIDADES DEL "PROVEEDOR".- El "PROVEEDOR", se compromete a responder de la calidad de los bienes, así como a asumir cualquier responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el presente contrato, de conformidad con lo previsto por el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Dicha responsabilidad independientemente de la forma de acción que se ejercite, consistirá en: • La devolución de cualquier pago que se le haya efectuado hasta el momento en que haya incurrido

en el incumplimiento; y • El pago de daños y perjuicios derivados del funcionamiento inadecuado del bien objeto del presente

contrato. El pago por el límite de responsabilidades referido, que se derive del incumplimiento de los términos y condiciones estipulados en este contrato, lo hará el "PROVEEDOR" dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la notificación que el "CIBNOR" le haga de los daños causados por el incumplimiento. DECIMA QUINTA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.- “EL PROVEEDOR” acepta en forma expresa que “EL CIBNOR”, podrá rescindir administrativamente el presente contrato sin necesidad de juicio, por una o varias de las siguientes causas imputables al mismo: A) Si no entrega en el plazo convenido los bienes materia de este contrato, o suspende las

acciones necesarias para ello sin causa justificada. B) Por entregar los bienes materia de este contrato sin apegarse a lo estipulado en el mismo

y en sus anexos.

C) Por negarse a corregir las fallas que presenten los bienes materia del presente contrato en los términos de la cláusula décima tercera.

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D) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones consignadas en este contrato, sus

anexos y las bases de la licitación ---------------- o de las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

E) Cuando autoridad competente lo declare en concurso mercantil; o exista alguna otra situación que afecte su patrimonio, en forma tal que le impida cumplir con sus obligaciones contraídas en virtud de este contrato.

F) Si se comprueba que la manifestación a que se refiere la declaración II inciso C) del

presente instrumento se realizó con falsedad, así como la información proporcionada en la propuesta presentada en la licitación -----------------------.

El procedimiento de rescisión a que alude esta cláusula se llevará conforme al artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que dará inicio con la comunicación por escrito de “EL CIBNOR” a “EL PROVEEDOR” del incumplimiento en que éste haya incurrido para que en un término de cinco (5) días hábiles, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas pertinentes. Transcurrido el término señalado en el párrafo anterior, “EL CIBNOR”, tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidos por “EL PROVEEDOR”, determinará de manera fundada y motivada si resulta procedente o no rescindir el contrato y comunicará por escrito a “EL

PROVEEDOR” dicha determinación, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a aquél en que se haya agotado el plazo señalado en el párrafo anterior. En caso de que se rescinda el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que, en su caso, deba efectuar “EL CIBNOR” por concepto de los bienes recibidos que hubieren sido aceptados y que se encontraren pendientes de pago, quedando a cargo de éste último realizar la liquidación correspondiente. De existir diferencias en favor de “EL CIBNOR”, éstas deberán ser restituidas por “EL PROVEEDOR”.

DECIMA SEXTA.- SUSPENSION Y TERMINACIÓN ANTICIPADA: “EL CIBNOR” podrá suspender los efectos del presente contrato, por caso fortuito o de fuerza mayor, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos bienes que hubiesen sido entregados y recibidos en los términos de la cláusula décima segunda del presente contrato y se reintegrarán los anticipos no amortizados. Por el contrario, si las causas de la suspensión son imputables a “EL CIBNOR”, éste pagará los gastos no recuperables en que incurra “EL PROVEEDOR” durante la suspensión,

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siempre y cuando dichos gastos sean debidamente comprobados y deriven directamente del presente contrato. Asimismo, las partes convienen en que “EL CIBNOR” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio a “EL CIBNOR”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, de conformidad con lo previsto por el último párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En el supuesto de terminación anticipada del contrato, “EL CIBNOR” reembolsará a “EL PROVEEDOR” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estés debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato. DECIMA SEPTIMA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL: El presente contrato constituye el acuerdo entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación, obligación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita con anterioridad a la fecha en que se firme el mismo y manifiestan que en la celebración del presente contrato no ha habido vicio alguno del consentimiento. DECIMA OCTAVA.- JURISDICCION: Todo lo no previsto expresamente en el presente contrato, se regirá por las disposiciones relativas contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en el Código Civil Federal, y en caso de controversia para su interpretación y cumplimiento, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales federales de la Ciudad de La Paz, Baja California Sur, renunciando al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa. LEIDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR LAS PARTES Y ENTERADAS PLENAMENTE DE SU CONTENIDO Y EFECTOS LEGALES EN SUS CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES, LO FIRMAN EN LAS INSTALACIONES DEL CIBNOR LOCALIZADAS EN EL KM. 1 CARRETERA A SAN JUAN DE LA COSTA, PREDIO EL COMITAN, MUNICIPIO DE LA CIUDAD DE LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, A LOS ---------- DIAS DEL MES DE --------- DEL AÑO DOS MIL CINCO.

POR EL "CIBNOR' POR EL "PROVEEDOR"

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DR. MARIO MARTINEZ GARCIA DIRECTOR GENERAL

C. ------------ REPRESENTANTE LEGAL

Vo. Bo.

Vo. Bo.

M.C. MARIA ELENA CASTRO NUÑEZ DIRECTORA DE ADMINISTRACION

M.C. RAFAEL PALOMEQUE MORALES SUBDIRECTOR DE SERVICIOS

GENERALES

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ANEXO 6

“Encuesta de Transparencia”

Elija la opción que más se ajuste a su respuesta: Junta de aclaraciones

1. ¿El contenido de las bases fue claro para la contratación que se pretende realizar?

Totalmente de acuerdo

En general de acuerdo

En general en desacuerdo

Totalmente en desacuerdo

2. ¿Las preguntas efectuadas en el evento se contestaron con claridad?

Totalmente de acuerdo

En general de acuerdo

En general en desacuerdo

Totalmente en desacuerdo

Presentación y apertura de proposiciones

3. ¿El evento se desarrolló con oportunidad, en razón de la cantidad de documentos que presentaron los concursantes?

Totalmente de acuerdo

En general de acuerdo

En general en desacuerdo

Totalmente en desacuerdo

Fallo

4. ¿La evaluación de las proposiciones fue realizada conforme a las bases y junta de aclaraciones respectivas?

Totalmente de acuerdo

En general de acuerdo

En general en desacuerdo

Totalmente en desacuerdo

5. ¿En el fallo se especificaron los motivos y el fundamento que sustentan la adjudicación o no

adjudicación de los contratos, así como las razones por las que en su caso se desecharon proposiciones?

Totalmente de acuerdo

En general de acuerdo

En general en desacuerdo

Totalmente en desacuerdo

Generales

6. ¿Tuvo fácil acceso al lugar donde se desarrollaron los eventos?

Totalmente de acuerdo

En general de acuerdo

En general en desacuerdo

Totalmente en desacuerdo

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7. ¿Todos los eventos dieron inicio en la hora y lugar establecidos en la convocatoria?

Totalmente de acuerdo

En general de acuerdo

En general en desacuerdo

Totalmente en desacuerdo

8. ¿El trato que le dieron los servidores públicos del CIBNOR, durante el concurso fue respetuoso y

amable?

Totalmente de acuerdo

En general de acuerdo

En general en desacuerdo

Totalmente en desacuerdo

9. ¿Volvería a participar en otro concurso convocado por el CIBNOR?

Totalmente de acuerdo

En general de acuerdo

En general en desacuerdo

Totalmente en desacuerdo

10. ¿El procedimiento del concurso en que participó, se apegó a la normatividad aplicable?

Totalmente de acuerdo

En general de acuerdo

En general en desacuerdo

Totalmente en desacuerdo

Si desea agregar algún comentario respecto al concurso referido, favor de anotarlo a continuación: La presente encuesta podrá ser entregada a más tardar a los diez días hábiles después de emitido el fallo, en una de las siguientes formas:

El día del acto de fallo, en papel. En el Departamento de Control Patrimonial, en papel. Por correo electrónico a las siguientes direcciones: [email protected], [email protected]

Razón social de la empresa: _________________________________________________ GRACIAS POR SU PARTICIPACIÓN

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