CENTRAL RECEPTORA DE ALARMA DEL MUSEO ARQUEOLÓGICO DE …

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Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 13067375150353171337 en http://sede.cabildofuer.es Referencia: 2019/00036855Y Asunto: Contrato de servicio de conexión a central receptora de alarmas de intrusión y mantenimiento correctivo del sistema de alarma por detección de intrusiones del Museo Arqueológico de Fuerteventura Interesado: Representante: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO/ SUMINISTRO, INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONEXIÓN A CENTRAL RECEPTORA DE ALARMA DEL MUSEO ARQUEOLÓGICO DE FUERTEVENTURA 1. OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato es la contratación del servicio/suministro, instalación, mantenimiento y conexión a central receptora de alarma del Museo Arqueológico de Fuerteventura del Excmo. Cabildo Insular de Fuerteventura. La instalación está considerada de grado 3, riesgo medio /alto, según el artículo 2 de la Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre los funcionamientos de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada. La instalación se realizará de conformidad con la legislación de aplicación para este tipo de instalaciones en el ámbito de la seguridad privada. Todos los equipos han de contar con los correspondientes certificados según las normas de la UE: UNE-EN 50130, 50131, 50132, 50133,50136 y en la Norma UNE CLC/TS 50398. Así mismo constituye el objeto del contrato de los equipos de alarma descritos en el punto 3 de este pliego y el mantenimiento de los sistemas de control. 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CONTRATO. El edificio es el Museo Arqueológico de Fuerteventura, en la calle Amador Rodríguez s/n esquina C/Roberto Roldán Verdejo. 35638. Betancuria.

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Referencia: 2019/00036855Y

Asunto: Contrato de servicio de conexión a central receptora de alarmas de intrusión y mantenimiento correctivo del sistema de alarma por detección de intrusiones del Museo Arqueológico de Fuerteventura

Interesado:

Representante:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO/ SUMINISTRO, INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONEXIÓN A CENTRAL RECEPTORA DE ALARMA DEL MUSEO ARQUEOLÓGICO DE FUERTEVENTURA

1.OBJETO DEL CONTRATO.

El objeto del contrato es la contratación del servicio/suministro, instalación, mantenimiento y conexión

a central receptora de alarma del Museo Arqueológico de Fuerteventura del Excmo. Cabildo Insular

de Fuerteventura.

La instalación está considerada de grado 3, riesgo medio /alto, según el artículo 2 de la Orden

INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre los funcionamientos de los sistemas de alarma en el ámbito de

la seguridad privada.

La instalación se realizará de conformidad con la legislación de aplicación para este tipo de

instalaciones en el ámbito de la seguridad privada.

Todos los equipos han de contar con los correspondientes certificados según las normas de la UE:

UNE-EN 50130, 50131, 50132, 50133,50136 y en la Norma UNE CLC/TS 50398.

Así mismo constituye el objeto del contrato de los equipos de alarma descritos en el punto 3 de este

pliego y el mantenimiento de los sistemas de control.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CONTRATO.

El edificio es el Museo Arqueológico de Fuerteventura, en la calle Amador Rodríguez s/n esquina

C/Roberto Roldán Verdejo. 35638. Betancuria.

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El centro tiene instalado en la actualidad un sistema de alarma antiintrusión que deberá ser

desinstalado para evitar duplicidades.

La superficie construida del Museo es de 2678,76 m2 desarrollada en tres niveles. El nuevo edificio

cuenta con tres salas de exposición, dos permanentes, ubicadas en las plantas baja y primera, de

562,15 m2 y 346,65 m2, respectivamente, y una sala de exposiciones temporal de 111,85 m2 en la

planta segunda. Además cuenta con una zona de cafetería, un almacén taller y un salón de actos.

En el Anexo I se incorporan los planos generales de las tres plantas.

3. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS.

La prestación del servicio de vigilancia y seguridad consistirá principalmente en una acción protectora

de carácter preventivo, cuya finalidad es la de proteger a las personas, instalaciones, bienes y

equipos frente a cualquier actividad delictiva. La prestación del servicio se realizará con medios

técnicos, teniendo en cuenta que esta parte de la prestación comprende también las operaciones de

instalación de elementos y sistemas de seguridad contra robo e intrusión que se conecten a centrales

receptoras de alarmas (en adelante CRA), así como, el mantenimiento tanto de los medios instalados.

Los trabajos a realizar para la prestación del servicio comprenden los siguientes servicios:

1. Suministro e instalación del sistema de alarma de intrusión con conexión a

central receptora de alarmas.El sistema de alarma instalado, que pasará a ser propiedad del Cabildo de Fuerteventura salvo la

tarjeta de comunicación GPRS (que será propiedad de la adjudicataria), deberá tener conexión con

Central Receptora de Alarmas, consistente en la recepción y gestión de incidencias de los sistemas

de alarma objeto del presente pliego: conexión, desconexión, intrusión, corte en el suministro

eléctrico, fallo de baterías, etc.

Para conectar aparatos, dispositivos o sistemas de seguridad a centrales de alarmas será preciso

que:

- El material que se instale y utilice se encuentre debidamente aprobado, según lo establecido en el

artículo 3 de la Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma

en el ámbito de la seguridad privada.

- Se cuente con el pertinente certificado de instalación y que se lleven a cabo las revisiones

preventivas, conforme a lo que determinan los artículos 4 y 5 de la mencionada Orden.

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La conexión a la central receptora de alarmas tendrá las siguientes características:

El contratista dispondrá de un servicio de control y vigilancia las 24 horas del día, para la verificación

y recepción de las señales que emitan los sistemas de alarma. La central receptora de alarmas será

propia del adjudicatario y dispondrá de los suficientes medios materiales y humanos para atender el

servicio que a continuación se detalla.

a) Servicio de recepción, verificación y transmisión de señales de alarmas. Comunicación a los

teléfonos y personas de contacto que defina el Museo. Comunicación de las alarmas

verificadas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de acuerdo a la normativa

reguladora de Seguridad Privada.

b) Aviso corte eléctrico. Servicio de aviso a los teléfonos y personas de contacto que determine

el Museo, ante la detección de falta de suministro de fluido eléctrico y tras las dos horas de

detección de falta del fluido eléctrico.

c) Acceso remoto. Servicio de acceso personal y privado a datos relativos al servicio de

videovigilancia, a través de dirección IP facilitada por el adjudicatario. Se podrán realizar las

siguientes acciones:

o Acceso a imágenes en tiempo real: visualización en tiempo real de las imágenes transmitidas

por las cámaras instaladas en el Museo.

o Acceso a grabaciones: visualización de las imágenes almacenadas por los distintos métodos.

d) Aviso de comprobación o cancelación: servicio de aviso de comprobación al inmueble

protegido ante un salto de alarma, en el caso de que el usuario haya procedido a su

desconexión a través de la claves necesarias a tal efecto. Dicho servicio se deberá ofrecer

con palabra clave. En caso de detección de motivo que induzca a considerar situación de

intrusión u otros riesgos, se procederá como una alarma normal.

e) Método de contraclave: método de identificación segura del adjudicatario a través de clave

exclusivamente conocida por el Museo.

f) Monitorización de comunicaciones: servicio de supervisión de las comunicaciones entre el

sistema de seguridad y la central receptora de alarmas . En caso de no detección de dichas

comunicaciones se procederá a revisar el equipo por el adjudicatario.

g) Alarmas técnicas: servicio de recepción y comunicación a teléfonos y personas de contacto

que designe el Museo de señales generadas por dispositivos técnicos (como humos,

inundación…) sin que estas señales supongan la obligación por parte del adjudicatario de

avisar a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, siendo la única obligación, en su

caso, la de avisar a las personas y contactos definidos.

h) Videovigilancia: Servicio de monitorización y verificación de alarmas mediante señales de

video.

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i) Grabación y custodia de eventos: servicio de almacenamiento de imágenes grabadas en los

servidores del adjudicatario en las siguientes circunstancias: grabación y custodia de

imágenes asociadas a eventos, siendo guardadas por el periodo legalmente establecido. La

custodia de imágenes nunca superará el tiempo establecido por disposición legal.

j) Servicio a través de aplicación para dispositivos móviles: servicio de comunicación entre el

sistema de seguridad y los medios telemáticos de comunicación pertenecientes al Museo. El

servicio consistirá en: realizar activaciones y desactivaciones del sistema de seguridad;

consultar el estado del sistema de seguridad. Estas interacciones se realizarán en base a

solicitudes emitidas por el Museo desde su dispositivo electrónico de comunicaciones para lo

que deberá contar con la aplicación. Dicha aplicación podrá descargarse accediendo a la

plataforma web de un operador de internet destinada a tal efecto.

El adjudicatario deberá entregar al Cabildo de Fuerteventura los manuales técnicos del Sistema de

seguridad, así como el proyecto de instalación y de ejecución y las fichas con las características

técnicas de los equipos suministrados, y deberá instruir de manera expresa al personal del museo

sobre el correcto funcionamiento del sistema de alarmas.

Deberá suministrar e instalar al menos hasta en 6 lugares de las paredes exteriores del museo

distintivos exteriores con la información de “Alarma Conectada. Aviso a Policía.”

Los dispositivos electrónicos con los que cuente el sistema de alarma deben ser como mínimo los que

se detallan a continuación, su instalación será en el interior del inmueble.

1 Central de Alarma.

Dispositivo electrónico conectado a la Central Receptora de Alarmas (CRA), que es el centro

donde se lleva a cabo el monitoreo de las señales emitidas por cada uno de los equipos.

Deberá contar con fuente se alimentación supervisada, cargador de baterías, admitir hasta 10

códigos de usuarios, comunicación digital GPRS/IP con CRA y comunicación telefónica

convencional.

1 Batería 12V . Su objetivo es suministrar electricidad a la central de alarma en caso de corte

de electricidad.

1 Sirena de aviso de intrusión. Su grado de seguridad y clase ambiental serán adecuados

al riesgo a proteger y al tipo de instalación.

1 Sai. sistema de alimentación ininterrumpida-Triple Protección.

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SAI de corriente continúa a 12V especialmente indicado para proteger contra sobrecargas y

suministrar energía cuando se produce un corte de corriente en dispositivos tales como router,

switch, VOIP, alarmas, decodificadores, videovigilancia

16 Detectores volumen. Su grado de seguridad y clase ambiental serán adecuados al riego

a proteger y al tipo de instalación. Serán periféricos cuando se tengan que situar en puntos a

proteger, y volumétricos, cuando se trate de áreas interiores diáfanas, sin necesidad de

apertura de elementos de acceso. La conectividad debe ser cableada, con 15 metros de

alcance máximo, 85 grados de ángulo de cobertura, color blanco y garantía 5 años.

1 Kit detectores volumétricos radio.

2 Repetidores de Radio.

3 Expansor cable de 100 metros la unidad. La instalación de la alarma debe ser cableada.

1 comunicador Ethernet + Gprs

1Teclado radio pantalla LCD+ lector Tag. Teclado alfanumérico con lector de proximidad,

con pantalla gráfica de retroiluminación, interfaz con icono, interfaz de voz, protección

antiapertura, protección antidesprendimiento, micrófono y altavoz, gestión de macros en

llaveros o tarjetas.

1 mando de cuatro botones.

La instalación y puesta en funcionamiento de la alarma se pondrá en un plazo no superior a 5 días

desde la firma del contrato. Se incluirá en este periodo de tiempo la desinstalación de los equipos

electrónicos que están instalados actualmente y que corresponden al anterior sistema de alarma.

Se deberá garantizar el correcto funcionamiento de los elementos y sistemas de seguridad, por un

plazo mínimo de garantía de 2 años, a contar desde la fecha de su instalación. La garantía cubrirá las

correcciones de todos los defectos de los equipos, sistemas y materiales suministrados y de su

instalación, programación y puesta en marcha, debido a errores en la calidad de los equipos y

materiales o la mala ejecución de los trabajos.

El adjudicatario deberá entregar al Cabildo el proyecto de seguridad de la instalación de la alarma en

que se especifiquen la existencia de dichos dispositivos, acompañado de los planos de Museo en el

que se señalice la ubicación de los sistemas de alarma.

El Cabildo de Fuerteventura dispone de la infraestructura adecuada de telecomunicaciones (línea fija,

móvil, ADSL, GPRS o cualquier otro medio de acceso), según la necesidad de la alarma.

El Cabildo de Fuerteventura también dispone de los siguientes materiales que deberán formar parte

de la instalación, aptas para la conexión de cualquier sistema electrónico:

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8 cámaras Mini Domo Full-HD Leds 30Mts.

8 alimentadores para cámara de 12 voltios.

1 grabador digital full HD de 8 canales.

El contratista aceptará dichos materiales existentes en las condiciones actuales de cada uno de sus

elementos, se hará cargo de las mismas, y a tal efecto entregará un acta los quince primeros días

después de la firma del contrato para constatar que recibe las instalaciones en correctas condiciones

de funcionamiento.

Dichos materiales serán recepcionados en un acta de entrega por el contratista, donde se expresará

que éste las recibe en correctas condiciones de funcionamiento, de tal manera que cualquier

desajuste posterior que comporte un sobrecoste imputable al contratista se le repercutirá y se le

deducirá de las certificaciones mensuales de los servicios prestados. El contratista debe mantener los

elementos existentes originales sin cambiar características esenciales. En su defecto, podrá llevar a

cabo las instalaciones de materiales de similar características que cumplan la misma función. En

ningún caso el Cabildo de Fuerteventura asumirá gasto alguno derivado de la instalación materiales

que sustituyan los descritos anteriormente.

2. Mantenimiento preventivo- normativo.

Las operaciones mínimas que comprenden el mantenimiento preventivo son las que a continuación

se indican, sin perjuicio de que éstas puedan ser objeto de modificación en cualquier momento de la

duración del contrato por parte del Cabildo de Fuerteventura:

. Chequeo del sistema desde la central.

. Limpieza de sensores, terminal acústico y óptico.

. Repaso de la pintura de los elementos exteriores, si existieran síntomas de corrosión, engrase de

mecanismos y ajuste de los mismos, según las especificaciones del fabricante.

. Revisión del funcionamiento correcto de todos los sistemas de detección.

. Cada seis meses se procederá al disparo de las alarmas tanto en tensión como sin ella para

chequear el funcionamiento de las sirenas y de las baterías de alimentación de las mismas.

La empresa confeccionará un informe de cada inspección de mantenimiento preventivo que efectúe,

en el que quedará registrado el análisis del estado funcional de las alarmas y las observaciones sobre

anomalías o defectos que disminuyan su rendimiento o sean susceptibles de ocasionar una futura

avería. Los informes serán puntualmente remitidos al Museo Arqueológico de Fuerteventura.

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El contratista realizará las verificaciones que establece la reglamentación vigente de las instalaciones

de seguridad.

Si durante la realización de las revisiones se observa la necesidad de reparar o sustituir determinados

elementos de la instalación, éstos se valorarán aparte como trabajos de adecuación de instalaciones,

excepto el pequeño material deteriorado (relés, pequeño material de montaje) que irán a cargo del

contratista.

Los trabajos se realizarán sin interferir en la actividad propia del centro. Cuando el cumplimiento de

esta condición lo requiera, se podrá exigir al adjudicatario la realización de trabajos fuera del horario

laboral.

En relación al mantenimiento técnico-legal, la empresa encargada realizará este servicio con arreglo a

las correspondientes especificaciones reglamentarias que exija la normativa industrial comunitaria,

nacional, autonómica o local.

Se estima que debe realizarse el mantenimiento correctivo-normativo dos veces al año, con una

periodicidad semestral, como norma general.

Se incluye en el objeto del contrato el material necesario para llevar a cabo las operaciones de

mantenimiento preventivo, como las verificaciones de funcionamiento de los distintos componentes de

la instalación, limpiezas de cuadros y luminarias, mediciones, comprobación de interruptores y

conexiones, etc…

A estos efectos se ha previsto para el cálculo del presupuesto de la licitación del contrato una partida

de 150,00 € anuales de material necesario para el mantenimiento. En esta partida se incluyen:

Los Materiales fungibles: Aquellos que se caracterizan por poseer una duración de vida corta, bien de

forma normal o aleatoria. Se consideran de forma no exhaustiva, los siguientes:

Guarnición, prensaestopas en calidad ordinaria para reparaciones de equipos aislados.

Juntas de estanqueidad.

Pernos, precinto, clip o anilla de seguridad, tornillos ordinarios, clavos, abrazaderas, tacos,

abrazaderas, etc.

Fusibles, pilotos.

Cinta aislante, clemas de unión, terminales, pegatinas, etiquetas revisión, etc.

Pequeñas cantidades de aislamiento térmico.

Pequeños equipos eléctricos y cableados.

Trapos de limpieza de piezas y equipos.

Otros materiales fungibles.

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3. Atención a los usuarios por altas, bajas y modificaciones. Este servicio tiene por objeto la comunicación directa del contratista con los usuarios de la alarma

para informar de las altas, bajas y modificaciones de posiciones y códigos de acceso.

Las personas asignadas por el Museo Arqueológico solicitarán al contratista las altas, bajas y

modificaciones, y el contratista comunicará al usuario final los códigos de acceso y dar la formación

necesaria para su utilización (activación y desactivación de zonas).

Al inicio del contrato el Museo Arqueológico, facilitará al contratista los protocolos de actuación en el

caso de salto de alarma con los datos de contacto de las personas responsables de cada instalación.

La actualización del listado de personas responsables y de las autorizadas lo realizarán los técnicos

del Museo Arqueológico.

El contratista comunicará directamente al usuario (no al responsable del centro) los códigos de

activación, así como de las responsabilidades que implica y cuando sea necesario, realizará la

formación que este requiera para su buen uso.

El contratista mantendrá informado al responsable del edificio y al responsable del contrato, en lo que

se refiera a las posiciones disponibles de las alarmas, para que este pueda realizar una buena

gestión.

El licitador informará la organización de este servicio de atención a los usuarios que incluya:

secuencia de actuaciones, descripción de procedimientos, tiempos necesarios para cada uno de

ellos, vías de comunicación de las partes implicadas, sistemas de confidencialidad, etc.

4. Otros servicios.4.1 Control del uso de la instalación.

El contratista facilitará al Museo Arqueológico, la información que pueda extraer de su sistema de

control que haga referencia a la utilización de las alarmas.

Los informes tipo se deberán de emitir mensualmente y servirán al Museo para valorar las causas de

un posible mal uso de la instalación: negligencia, desconocimiento, falta de coordinación, etc.

4.2.- Gestiones administrativas.

Todas las gestiones y gastos que haya que hacer ante las administraciones u organismos oficiales

correspondientes, derivadas de la adjudicación de este contrato, motivadas por el cambio de

mantenedor o reforma de instalaciones, serán a cargo de la empresa adjudicataria.

4.3.- Actualización del inventario.

La actualización del inventario no se contempla como un servicio aislado del contrato de

mantenimiento, sino como una tarea a realizar de forma paralela durante la realización de los trabajos

de mantenimiento.

Se notificará al Museo Arqueológico, cualquier modificación, alta o baja de los elementos contenidos

en las instalaciones que formen parte de este pliego y de sus características técnicas con el objetivo

de tener un inventario completo y exhaustivo.

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4.4.- Asesoramiento técnico.

El contratista asesorará al responsable del Museo Arqueológico, en las materias objeto del presente

pliego, especialmente cuando se produzcan cambios de normativa que afecten las instalaciones. Así

mismo, realizará informen generales sobre las características técnicas y generales del sistema de

alarma instalado.

4. PRESCRIPCIONES REGLAMENTARIAS.

Se aplicarán como mínimo las reglamentaciones del listado siguiente, que no tiene carácter limitador:

SEGURIDAD PRIVADA.

Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada y modificaciones posteriores.

Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada.

Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito

de la seguridad privada.

L.O. 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y sus modificaciones

posteriores.

RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD

Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el cual se establecen las disposiciones mínimas de

seguridad y salud en las obras de construcción.

Real Decreto 485/1997 de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de la

seguridad y salud en el trabajo.

Real Decreto 1215/1997 de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas se

seguridad y salud para la utilización para los trabajadores de los equipos de trabajo.

Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a

la utilización para los trabajadores de equipos de protección individual.

GENERALES

Normas tecnológicas de la edificación.

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Cualquier otra norma o disposición legal aplicable aprobada o que se apruebe durante la vigencia del

contrato, en cualquiera de sus ámbitos nacional, autonómico o local.

Este servicio se prestará de conformidad a la Orden INT/317//2011, de 1 de febrero, sobre medidas

de Seguridad Privada (LSP) y al Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre en el que se aprueba el

reglamento de seguridad privada (RSP), así como sus posteriores modificaciones y/o actualizaciones

.

5. VIGENCIA DEL CONTRATO.

7.1.- Transición del servicio El contratista, un mes antes de finalizar la concesión, facilitará al Cabildo de Fuerteventura, toda la

información y códigos referente a las instalaciones que sea necesaria para que, en el caso de que se

haga la adjudicación a un contratista diferente, éste pueda continuar la prestación del servicio, así

como:

- Planos y esquemas de las instalaciones que reflejen los componentes de la instalación, su tipología

y ubicación, así como las superficies que comprenden las diferentes particiones.

- Histórico de actuaciones realizadas (actuaciones correctivas y preventivas).

- Una vez finalizado el contrato objeto de los presentes pliegos, se establece un periodo de transición

de un mes, durante el cual el contratista estará a disposición de los Servicios Técnicos Municipales y

del nuevo adjudicatario para resolver las dudas que puedan surgir en la prestación del servicio.

7.2. – Duración del contrato.

El contrato tendrá una duración de dos años desde la firma del contrato.

En relación al plazo y duración de los contratos y de ejecución de la prestación, se estará a lo

dispuesto en el art. 29 LCSP.

Cabe la posibilidad de la prórroga de dos años, sin que la duración total del contrato pueda exceder

de cuatro años.

La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria por el empresario, siempre

que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo del

contrato.

Antes de finalizar el plazo de duración del contrato o de sus prórrogas, el Cabildo de Fuerteventura

convocará nueva licitación para la prestación del servicio. No obstante, si llegado el vencimiento del

plazo del contrato, inicial o prorrogado, no han concluido los trámites de contratación para la

adjudicación del servicio a una nueva empresa como consecuencia de incidencias resultantes de

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acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de

adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, el contratista

inicial estará obligado a continuar con la ejecución del contrato, hasta que el nuevo adjudicatario esté

en disposición de prestar el servicio, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya

publicado con una antelación mínima de tres meses de la fecha de finalización del contrato originario.

Dicha situación no podrá exceder de 9 meses.

Se incluye anexo I con plano de las tres plantas del Museo.

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