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FORMATO ESTUDIO PREVIO Código: Página 1 de 30 Versión: Vigente a partir de : 1. INFORMACIÓN GENERAL 1.1Fecha elaboración estudio: 13 DE SEPTIEMBRE DE 2018. 1.2 Nombre Del Rubro: MANTENIMIENTO / INVERSIÓN DOTACIÓN DE HOSPITALES CENTROS Y PUESTOS DE SALUD. 1.3 Código Del Rubro: 2102215 2302010113 1.4 Valor Total estimado del contrato: TRESCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. ($340.000.000.oo) 1.5 Objeto del Contrato: ADQUISICIÓN Y DOTACIÓN DE DOS (2) AMBULANCIAS TIPO TRANSPORTE AMBULATORIO BÁSICO (TAB) 4X4 PARA EL HOSPITAL REGIONAL SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN VALLE DE TENZA E.S.E. 2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD Y JUSTIFICACIÓN El Hospital Regional Segundo Nivel de Atención Valle de Tenza ESE es una IPS que requiere contratar la reposición de dos (2) ambulancias de transporte asistencial básico (TAB), pues según el archivo histórico y las hojas de vida de las ambulancias existentes en la E.S.E con que actualmente se presta el servicio de Transporte Asistencial Básico, tienen una antigüedad y uso de 20 años aproximadamente por lo tanto, son de tecnología desactualizada y obsoleta. En la actualidad, se presenta inoportunidad en la prestación del servicio de Transporte Asistencial Básico, en las (2) dos sedes de mediana complejidad Guateque y Garagoa, debido al mal estado en que se encuentran las (2) dos ambulancias TAB de estos municipios. Además los vehículos tienen un alto grado de obsolescencia con 20 años de uso y por esta razón se genera la baja capacidad instalada en los vehículos TAB, en primer lugar, las luces de emergencia en ocasiones fallan, la parte mecánica los motores requieren una reparación general, eléctricas, sus instalaciones se recalientan por uso prolongado, los radios de comunicación y los equipos sonoros presentan gran deterioro, la señalización reflectada se encuentra descolorizada y esto puede generar accidentes y frente a las carrocerías hay desgaste interno y externo, pues se ven averías en la parte trasera en donde se traslada el paciente, por esto se filtra el polvo en los viajes, exponiendo al paciente a más afectaciones en su salud. Esta situación, demuestra las pésimas condiciones en que están las ambulancias, sobre todo, generando un alto grado de inseguridad en el traslado de los usuarios. Por consiguiente, el mantenimiento y reparación de los vehículos TAB han ocasionado altos costos es el caso para los últimos (3) tres años pues se evidencia un valor de sesenta y cinco millones seiscientos nueve mil quinientos pesos M/CTE. ($ 65.609.500.oo) (valor aproximado de las 4 ambulancias más antiguas), para solo estas dos ambulancias, pues el Hospital Valle de Tenza cuenta con (12) doce ambulancias para sus (8) ocho sedes, por eso es necesario la reposición de estos (2) dos vehículos, ya que el dinero que se le está invirtiendo en mantenimiento y reparación convendría estar enfocado en la mejoría de otro servicio de salud. Además de lo anterior, los tiempos de espera para las remisiones se han vuelto más extensos, entre hora y media y dos horas, generando conflictos a los usuarios y sus familiares, debido a en que en algunos casos se les han aumentado los costos de transporte pues ellos deben incurrir en estos. La consecuencia de este problema es el aumento de la morbilidad de los usuarios de la E.S.E. A raíz de este escenario, la E.S.E ha tenido que tomar una medida de mitigación, la cual es el préstamo de las ambulancias TAB de las (6) seis sedes de primer nivel –Guayatá, Tenza, Almeida, Chinavita, Chivor y Sutatenza- para suplir las falencias de los (2) dos vehículos TAB pertenecientes a las (2) dos sedes de mediana complejidad Guateque y Garagoa, el uso de estos depende de la demanda requerida por día y semana, muchas veces se presentan siete remisiones por día, multiplicada por siete son 49 remisiones a la semana, esta necesidad no se puede cumplir en su totalidad con las ambulancias en obsolescencia que

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1. INFORMACIÓN GENERAL

1.1Fecha elaboración estudio: 13 DE SEPTIEMBRE DE 2018.

1.2 Nombre Del Rubro: MANTENIMIENTO / INVERSIÓN DOTACIÓN DE HOSPITALES CENTROS Y PUESTOS DE SALUD.

1.3 Código Del Rubro: 2102215 2302010113

1.4 Valor Total estimado del contrato: TRESCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. ($340.000.000.oo)

1.5 Objeto del Contrato:

ADQUISICIÓN Y DOTACIÓN DE DOS (2) AMBULANCIAS TIPO TRANSPORTE AMBULATORIO BÁSICO (TAB) 4X4 PARA EL HOSPITAL REGIONAL SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN VALLE DE TENZA E.S.E.

2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD Y JUSTIFICACIÓN El Hospital Regional Segundo Nivel de Atención Valle de Tenza ESE es una IPS que requiere contratar la reposición de dos (2) ambulancias de transporte asistencial básico (TAB), pues según el archivo histórico y las hojas de vida de las ambulancias existentes en la E.S.E con que actualmente se presta el servicio de Transporte Asistencial Básico, tienen una antigüedad y uso de 20 años aproximadamente por lo tanto, son de tecnología desactualizada y obsoleta. En la actualidad, se presenta inoportunidad en la prestación del servicio de Transporte Asistencial Básico, en las (2) dos sedes de mediana complejidad Guateque y Garagoa, debido al mal estado en que se encuentran las (2) dos ambulancias TAB de estos municipios. Además los vehículos tienen un alto grado de obsolescencia con 20 años de uso y por esta razón se genera la baja capacidad instalada en los vehículos TAB, en primer lugar, las luces de emergencia en ocasiones fallan, la parte mecánica los motores requieren una reparación general, eléctricas, sus instalaciones se recalientan por uso prolongado, los radios de comunicación y los equipos sonoros presentan gran deterioro, la señalización reflectada se encuentra descolorizada y esto puede generar accidentes y frente a las carrocerías hay desgaste interno y externo, pues se ven averías en la parte trasera en donde se traslada el paciente, por esto se filtra el polvo en los viajes, exponiendo al paciente a más afectaciones en su salud. Esta situación, demuestra las pésimas condiciones en que están las ambulancias, sobre todo, generando un alto grado de inseguridad en el traslado de los usuarios. Por consiguiente, el mantenimiento y reparación de los vehículos TAB han ocasionado altos costos es el caso para los últimos (3) tres años pues se evidencia un valor de sesenta y cinco millones seiscientos nueve mil quinientos pesos M/CTE. ($ 65.609.500.oo) (valor aproximado de las 4 ambulancias más antiguas), para solo estas dos ambulancias, pues el Hospital Valle de Tenza cuenta con (12) doce ambulancias para sus (8) ocho sedes, por eso es necesario la reposición de estos (2) dos vehículos, ya que el dinero que se le está invirtiendo en mantenimiento y reparación convendría estar enfocado en la mejoría de otro servicio de salud. Además de lo anterior, los tiempos de espera para las remisiones se han vuelto más extensos, entre hora y media y dos horas, generando conflictos a los usuarios y sus familiares, debido a en que en algunos casos se les han aumentado los costos de transporte pues ellos deben incurrir en estos. La consecuencia de este problema es el aumento de la morbilidad de los usuarios de la E.S.E. A raíz de este escenario, la E.S.E ha tenido que tomar una medida de mitigación, la cual es el préstamo de las ambulancias TAB de las (6) seis sedes de primer nivel –Guayatá, Tenza, Almeida, Chinavita, Chivor y Sutatenza- para suplir las falencias de los (2) dos vehículos TAB pertenecientes a las (2) dos sedes de mediana complejidad Guateque y Garagoa, el uso de estos depende de la demanda requerida por día y semana, muchas veces se presentan siete remisiones por día, multiplicada por siete son 49 remisiones a la semana, esta necesidad no se puede cumplir en su totalidad con las ambulancias en obsolescencia que

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se tienen en las sedes de mediana complejidad, por esto es necesaria la ayuda de las (6) seis UBA. Sin embargo, la consecuencia de este arreglo es el desamparo de la Red Valle de Tenza, pues se deja de prestar el servicio de Transporte Asistencial Básico en las UBA generando un efecto negativo en la atención pertinente, lo que es peor, en varios de estos municipios se da la explotación minera entonces existe una gran probabilidad de accidentes laborales de alto riesgo. Con la reposición de dos (2) ambulancias de transporte asistencial básico se busca mejorar la prestación en el Servicio de Transporte Asistencial Básico, en las (2) dos sedes de Mediana complejidad Guateque y Garagoa de la E.S.E, dando cumplimiento a los estándares de habilitación (Res 2003 de mayo 2014, NTC 3729 última actualización y Ley 1831 del 2017), y con esto no comprometer el servicio de transporte a un cierre inmediato, por el no cumplimiento de las normas de habilitación. Debido a lo anteriormente expuesto, la Red Valle de Tenza se favorecerá en sus ocho sedes, pues las (6) seis sedes de primer nivel ya no tendrán que prestar sus vehículos de Transporte Asistencial Básico, a las dos sedes de mediana complejidad, esta situación se presenta actualmente ya que (2) dos de las ambulancias TAB con las que cuentan Garagoa y Guateque se encuentran obsoletas y deterioradas y en la mayoría de casos, hay que utilizar los vehículos TAB de las (6) seis sedes de primer nivel de la Red Valle de Tenza, para de algún modo poder prestar el servicio. El fortalecimiento de este servicio es de vital importancia para la seguridad del paciente, además de generar mayor oportunidad en la atención a los habitantes del Valle de Tenza. También es importante mencionar que desde el punto de vista jurídico se requiere la contratación del objeto anteriormente mencionado a efectos de garantizar:

- Cumplimiento de la normatividad vigente Resolución 2003 de 2014, siendo los estándares del sistema único de habilitación.

- Cumplir con el plan de mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos de Transporte Asistencial Básico.

- Se debe cumplir con el personal capacitado para la puesta en operatividad de las (2) ambulancias TAB como lo es, los profesionales médicos, enfermeras auxiliares y conductores.

- Cumplir con la seguridad del paciente. - Efectuar las recomendaciones del fabricante de las ambulancias TAB de acuerdo al manual de

operatividad de los vehículos.

JUSTIFICACIÓN La E.S.E cuenta con (12) doce ambulancias, de las cuales (2) dos son de transporte medicalizado y (10) diez son de transporte básico, siendo (6) seis básicas para las (6) seis UBA, (4) básicas más (2) medicalizadas para las dos sedes de mediana complejidad, de los vehículos anteriormente expuestos los modelos más obsoletos son las (2) dos ambulancias básicas de las dos sedes de mediana complejidad, esta situación se debe mejorar, pues el número de población que deben atender con estas dos ambulancias es de 26.469 habitantes de los municipios de Garagoa y Guateque. Y en general existe la afectación para 45.856 habitantes pertenecientes a todas las ocho sedes del Hospital Valle de Tenza, pues como se dijo anteriormente cuando fallan las dos (2) ambulancias de Garagoa y Guateque se toman prestadas las seis ambulancias básicas de las UBA, dejando desprotegidos los seis municipios. Es por esto que se requiere de nuevas ambulancias con mayor calidad, para evitar a largo plazo el aumento de los costos por mantenimiento y reparación o en últimas el cambio de los vehículos por otros nuevos en menor tiempo del que se tiene estipulado, antes de cumplir su vida útil. Teniendo en cuenta la problemática con las que cuenta el Hospital Regional Segundo Nivel de Atención Valle de Tenza indicadas anteriormente, se hace necesario gestionar la reposición de dos ambulancias de Traslado Asistencial Básico y de esta manera cumplir con la normatividad vigente (Resolución 2003 de 2014, Ley 1831

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de 2017 y NTC 3729 última actualización); con el objetivo de mejorar la prestación del servicio Referencia y Contra-referencia con mayor oportunidad y efectividad.

3. ESPECIFICACIONES GENERALES 3.1. Lugar: GUATEQUE __X___ GARAGOA _____ GUAYATA ______ SUTATENZA _______ TENZA _______ ALMEIDA _______ CHIVOR _______ CINAVITA ________ 3.2. Forma De Pago: Único pago con el visto bueno de conformidad del supervisor del contrato del Hospital Regional Segundo Nivel de Atención Valle de Tenza ESE dentro de los treinta (30) días contados a partir de la radicación de la factura; previa certificación expedida por el área de almacén respecto del cumplimiento de las condiciones técnicas del bien o servicio, anexando el pago a seguridad social o certificación de revisor fiscal (si aplica) de estar a paz y salvo en pagos al sistema de seguridad social en salud. 3.3. Vigencia del contrato: El contrato tendrá una vigencia de ejecución de cuarenta (40) días; que se

cuentan a partir del perfeccionamiento del contrato y firma del Acta de Inicio. 3.4 Perfil O Requisitos del Contratista: Podrán participar en esta convocatoria pública todas las personas naturales y jurídicas, consorcios y uniones temporales que cumplan con la capacidad jurídica, experiencia, capacidad financiera y administrativa y, cuyo objeto social este directamente relacionado con las actividades a contratar. El HOSPITAL REGIONAL SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN VALLE DE TENZA ESE verificará con el Registro Único de Proponentes el cumplimiento de los requisitos habilitantes y/o en los documentos presentados por el proponente y/o en aquellos documentos adicionales que la entidad estime conveniente verificar. A. CAPACIDAD JURÍDICA Podrán participar en esta Convocatoria todas las personas naturales, jurídicas, consorcios y/o uniones temporales, que cumplan con la capacidad jurídica y con las referencias de experiencia, capacidad financiera y operacional, solicitadas. La duración del consorcio o unión temporal debe ser por lo menos por la vigencia del Contrato y un año más. En materia contractual la E.S.E. Hospital Regional Segundo Nivel de Atención Valle de Tenza se rige por las normas del Derecho Privado, conforme dispone el Articulo 195 numeral 6 de la Ley 100 de 1993, el Decreto 1876 de 1994 y el Estatuto Interno de Contratación Acuerdo 012 de 2014 y según las excepciones expuestas en la normatividad vigente (Ley 1122 de 2007, Ley 1150 de 2007, Ley 1438 de 2011) para no acogerse al Estatuto General de Contratación Pública (Ley 80 de 1998) y sus Decretos Reglamentarios, sin perjuicio de que pueda hacer uso de las clausulas excepcionales consagradas en el Estatuto General de la de Contratación Pública. El Articulo 13 de la Ley 1150 de 2007 establece que las entidades estatales que por disposición legal cuenten con un régimen contractual distinto al del Estatuto General de la de Contratación Pública, aplicaran en desarrollo de su actividad contractual, un régimen legal especial establecido internamente para su ejecución, permitiendo la contratación en la institución mediante las modalidades que se contemplen en el Estatuto Interno de la entidad, en propensión del cumplimiento de los objetivos misionales de la institución y respetando los principios de la actuación administrativa. En concordancia con lo anterior, la E.S.E. Hospital Regional Segundo Nivel de Atención Valle de Tenza adoptó mediante Acuerdo No. 012 de 01 de diciembre de 2014, emanado por la Junta Directiva de la Institución, el ESTATUTO DE CONTRATACIÓN, en el cual contempla dentro de sus modalidades la CONVOCATORIA PUBLICA, teniendo en cuenta la cuantía del contrato a celebrar: “ Artículo 23.3- En los

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procesos de selección cuya cuantía sea superior a doscientos ochenta (280) salarios mínimos legales mensuales vigentes (…)”. En esa medida el proceso de selección del contratista será el reglamentado en el estatuto de contratación de la entidad en su artículo 23.3. Convocatoria Pública (Articulo 23.3 del Estatuto de Contratación del Hospital Regional Segundo Nivel De Atención Valle De Tenza E.S.E. Acuerdo No. 012 de 1 de Diciembre de 2014). El HOSPITAL REGIONAL SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN VALLE DE TENZA ESE también revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios y el certificado de antecedentes judiciales. REQUISITOS DE ORDEN JURÍDICO Las personas interesadas en presentar propuesta en el presente proceso de Convocatoria Pública deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos, so pena de rechazo de la propuesta, los cuales serán habilitantes para contratar con esta entidad a saber: - CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA: Firmada en original por el representante legal de la sociedad, y deberá contener la información solicitada en el anexo No. 1, asimismo declarar el oferente que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la normatividad aplicable. El anexo 1 Carta de presentación deberá estar firmada por el representante legal. En caso de que la propuesta sea presentada consorcio o unión temporal, LA CARTA DE PRESENTACION deberá ser presentada y suscrita por la persona que represente el consorcio o la unión temporal. En la carta de presentación, el oferente deberá indicar cuál de la información suministrada en su propuesta, es de carácter reservado, señalando la norma que le otorga ese carácter. - MANIFESTACION DE NO ENCONTRARSE INCURSO EN CAUSAL DE INHABILIDAD O INCOMPATIBILIDAD El oferente(s) no se debe(n) encontrar incurso en inhabilidad o incompatibilidad alguna para contratar, ya sea de orden constitucional o legal. Con la presentación de la propuesta y la carta de presentación de la misma se entenderá que el oferente (o miembros del consorcio o unión temporal) manifiesta bajo la gravedad de juramento que no se encuentra incurso en inhabilidad o incompatibilidad alguna para proponer y/o para contratar. - CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACION LEGAL: La persona natural o jurídica deberá demostrar que está organizado como empresa o establecimiento de comercio cuya actividad le permita desarrollar el objeto a contratar, lo cual deberá acreditar de la siguiente manera: Para personas naturales o jurídicas deberá aportar el certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no mayor de treinta (30) días calendarios anteriores, contados a partir de la fecha de cierre de la convocatoria, donde acredite que su vigencia es mayor a la vigencia del contrato y un (01) año más. Se debe adjuntar copia del documento de identidad del representante legal. En caso de consorcio o unión temporal, cada uno de los integrantes deberá presentar este certificado y su vigencia de conformidad a lo antes señalado, respecto de la antigüedad mínima requerida de la empresa o

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establecimiento de comercio. - ACTA DE LA JUNTA DE SOCIOS De conformidad con certificado de existencia representación legal, cuando el proponente sea persona jurídica y representante legal se encuentre limitado en razón a la cuantía u otro factor para representar debidamente a la sociedad en esta contratación, deberá presentar el acta de la junta de socios, en la cual se le autoriza para presentar las ofertas y celebrar el correspondiente contrato en caso de que le sea adjudicado. - DOCUMENTO DE CONSTITUCION DEL CONSORCIO O UNION TEMPORAL. Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada en consorcio o unión temporal. En tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos el grupo conformado por la pluralidad de personas, y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. Podrán participar consorcios y uniones temporales, para lo cual se deberán cumplir con los siguientes requisitos: Acreditar la existencia del consorcio o de la unión temporal y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, lo cual deberá declararse de manera expresa en el acuerdo de asociación correspondiente, señalando las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, los términos, actividades, condiciones y participación porcentual de los miembros del consorcio o la unión temporal en la propuesta y en la ejecución de las obligaciones atribuidas al contratista por el contrato ofrecido. Acreditar un término mínimo de duración del consorcio o de la unión temporal de dos (02) años, contado a partir del vencimiento del plazo máximo para el suministro de la vigencia del presente contrato. Acreditar la existencia, representación legal y capacidad legal y jurídica de las personas jurídicas consorciadas o asociadas en Unión Temporal y la capacidad de sus representantes para la constitución del consorcio o unión temporal, así como la propuesta para la presentación, celebración y ejecución del contrato. Acreditar que cada una de las personas jurídicas integrantes del consorcio o unión temporal tiene una vigencia de dos (02) años, contado a partir del vencimiento del plazo del contrato. La designación de un representante que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o unión temporal. Igualmente deberá designar un suplente que lo reemplace en los casos de ausencia temporal o definitiva, indicando expresamente las facultades otorgadas para el efecto. Los requisitos relacionados con la existencia, la representación legal y capacidad jurídica de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, respecto de las personas jurídicas que se asocian para la presentación de la propuesta, deberán acreditarse conforme se indica en los numerales respectivos en la presente convocatoria. Por lo anterior, en el caso de consorcio o uniones temporales que se encuentren por personas jurídicas, deben todos sus integrantes contar con un objeto social de fabricación o venta de ambulancias que les permita cumplir con la presentación del servicio requerido en los pliegos de condiciones. En caso de unión temporal, sus integrantes deberán señalar los términos y extensión de la participación de cada uno de ellos en la propuesta y la ejecución de contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento escrito de la entidad. - FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE CIUDADANÍA.

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Fotocopia de la cedula de ciudadanía del proponente persona natural y/o del representante legal de la persona jurídica. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberán presentar este documento de cada uno de los integrantes y el representante legal cuando sea diferente a los integrantes. - CERTIFICADO DE ANTECEDENTES FISCALES El proponente debe anexar certificado de antecedentes fiscales expedidos por la Contraloría General de la Republica. En caso de los proponentes plurales este documento tendrá que ser adjuntado por cada uno de los integrantes y por el representante legal cual sea persona distinta a los integrantes. Para personas jurídicas el representante legal y la empresa individualmente el presente documento. El presente documento deberá corresponder al último boletín publicado por la Contraloría General de la Republica el cual no puede ser superior a 30 días contados a partir del cierre de la convocatoria. - CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS El proponente debe anexar certificado de antecedentes disciplinarios expedidos por la Procuraduría General de la Nación. En caso de los proponentes plurales este documento tendrá que ser adjuntado por cada uno de los integrantes y por el representante legal cual sea persona distinta a los integrantes. Para personas jurídicas el representante legal y la empresa individualmente el presente documento el cual no puede ser superior a 30 días contados a partir del cierre de la convocatoria. - REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS (VIGENTE) El proponente debe anexar el Registro Nacional de Medidas Correctivas expedido por la Policía nacional. En caso de los proponentes plurales este documento tendrá que ser adjuntado por cada uno de los integrantes y por el representante legal cual sea persona distinta a los integrantes. Para personas jurídicas únicamente el del representante legal. - LIBRETA MILITAR Para personas jurídicas el representante legal deberá acreditar el haber definido su situación militar mediante copia de la libreta militar expedida por el distrito militar respetivo. (Ley 48 de 1993), si el proponente es persona jurídica, el representante legal de la misma, deberá aportar copia de este documento. En caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los integrantes deberá aportar copia de este documento. - CERTIFICADO DE PAGO DE APORTE PARAFISCALES Si el proponente es persona natural debe allegar copia de la planilla de pago del último mes (actual) donde conste cual es el aporte a los sistemas de seguridad social integral, salud, pensiones, riesgos profesionales y parafiscales (en caso de que aplique). En caso de consorcio o de unión temporal, cada uno de sus integrantes deberá cumplir esta condición. Si el proponente es una persona jurídica deberá acreditar el pago de aportes de sus empleados, a los sistemas de salud, pensiones y riesgos profesionales y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar- ICBF y Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimiento de ley o por el representante legal durante un lapso no inferior a seis (06) meses anteriores a la presentación de la oferta, o a partir de su constitución en el evento en que la sociedad no tenga más de

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seis (06) meses de constituida. (Ley 789 de 2002). Cuando el proponente sea consorcio o unión temporal, cada uno de los miembros que lo integran, deberán certificar que se encuentran en cumplimiento de la anterior obligación, al momento de presentar la propuesta. Tratándose de personas jurídicas extranjeras que no tengan trabajadores o empleados en Colombia, no deberán aportar esta certificación, pero acreditaran que por esta situación no son sujetos pasivos de dichos aportes parafiscales. La información presentada en desarrollo del presente numeral se entiende suministrada bajo la gravedad de juramento respecto de su fidelidad y veracidad. El Hospital verificará únicamente la acreditación del respectivo pago a la fecha de presentación de la propuesta y a la fecha de suscripción del contrato, sin perjuicio de los efectos generados ante las entidades recaudadoras por el no pago dentro de las fechas establecidas en las normas vigentes. - CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES. El proponente debe presentar el certificado judicial vigente a la fecha de cierre del presente proceso de selección. Si es persona jurídica se allegará el de su representante legal. Si se trata de consorcios o uniones temporales, se deberá allegar copia del certificado de todos los integrantes. - REGISTRO UNICO TRIBUTARIO (RUT) Se deberá aportar RUT de la persona natural, persona jurídica. En caso de Consorcio o unión temporal de cada uno de los integrantes deberá aportar el presente documento. - REGISTRO UNICO DE PROPONENTES El proponente nacional o extranjero con domicilio o sucursal en Colombia y cada uno de sus integrantes si el mismo es un consorcio o una unión temporal o promesa de sociedad futura, deberán acompañar sus ofertas con la certificación vigente de su inscripción y clasificación en el Registro Único de proponentes de la cámara de comercio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto 0019 de 2012, en concordancia con el Decreto 1082 de 2015. con fecha de expedición no mayor de treinta (30) días calendarios anteriores, contados a partir de la fecha de cierre de la convocatoria - GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA El proponente debe garantizar la seriedad de su oferta con la presentación de la garantía de seriedad expedida por compañía de seguros o entidad bancaria legalmente establecida en Colombia. Beneficiario: ESE Hospital Regional de Segundo Nivel de Atención valle de Tenza (NIT. No. 900.004.894-0) Afianzado. El oferente. Si quien presenta la oferta es un consorcio o una unión temporal, deben aparecer los nombres de sus integrantes, la garantía de seriedad de la propuesta deberá ser expedida a nombre del consorcio o unión temporal, incluyendo cada uno de sus integrantes y su porcentaje de participación. Los nombres deben figurar completos, tal como aparezcan en el certificado de la Cámara de Comercio. Vigencia 60 días calendario contados a partir de la fecha límite para presentar las ofertas. Objeto: Describir la totalidad del objeto de esta convocatoria. Cuantía: 10% del valor del presupuesto oficial.

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Si la ESE Hospital Regional de Segundo Nivel de Atención valle de Tenza, llegare a prorrogar los términos de cierre y adjudicación o del perfeccionamiento del contrato, los proponentes se obligan a ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta. En las propuestas presentadas por personas jurídicas la garantía debe ser tomada a nombre de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio, sin utilizar sigla, a no ser que en el certificado de la cámara de comercio establezca que la sociedad podrá identificarse con la sigla. Si quien presenta la oferta es un consorcio o unión temporal, deben aparecer los nombres de los integrantes, la garantía de seriedad de la propuesta deberá ser expedida a nombre del consorcio o unión temporal, incluyendo a cada uno de sus integrantes y su porcentaje de participación. Los nombres deben figurar completos, tal como aparezca en el certificado de la cámara de comercio. Cuando la propuesta se presente mediante proponente plural consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura, la garantía de seriedad deberá ser otorgada por todos y cada uno de los integrantes del proponente rural. Directamente o a través de apoderados para el efecto. Una vez firmado y legalizado el contrato, la entidad devolverá la garantía de seriedad de las propuestas, a los proponentes que así lo soliciten. La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última. Efectividad de la garantía de seriedad del ofrecimiento, la garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva en los siguientes eventos:

a. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado. b. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el termino previsto en

los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue, o cuando el termino previsto para la suscripción del contrato se prorrogue siempre y cuando esas prorrogas no excedan un término de tres meses.

c. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el cumplimiento de las obligaciones del contrato.

d. El retiro de la oferta después de vencido el termino fijado para la presentación de las propuestas. e. El haber manifestado ser Mipyme para limitar la convocatoria de un proceso contractual sin cumplir

los requisitos establecidos en la normativa para tener tal condición.

En el evento señalado en el literal a, el valor asegurado de la garantía quedará a favor de la entidad contratante en calidad de sanción, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por la misma. Ante la situación, la entidad mediante acto administrativo debidamente motivado podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento del término para suscribir el mismo o cumplir dichos requisitos, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta también sea igualmente favorable a la entidad. En los eventos señalados en los literales b,c,d y e, la garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios que los mismos ocasionen, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por la misma.

- CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL RUNT Así mismo, se deberá anexar a la propuesta el Certificado Vigente de Inscripción en el RUNT – Registro Único Nacional de Transito, como ensamblador o fabricante de carrocerías.

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B. CAPACIDAD FINANCIERA La capacidad financiera no está sujeta a puntaje, pero será verificada para habilitar la propuesta mediante los indicadores de liquidez, nivel de endeudamiento, patrimonio y capital de trabajo, por lo tanto, el proponente que no cuente con los indicadores mínimos exigidos dentro de los cuatro indicadores señalados, no se evaluará ni podrá ser sujeto de adjudicación. La capacidad financiera del proponente, se verificará a través del registro único de proponentes con corte a 31 de diciembre de 2017, tomando como base los siguientes indicadores financieros

INDICADOR ÍNDICE REQUERIDO FORMULA Liquidez Mayor o igual a 2 AC/PC Nivel de endeudamiento Menor o igual 0.43 PT/AT Razón de cobertura de Intereses Mayor o igual a 4.3 UO/GI Patrimonio Mayor o igual a 600 SMMLV AT-PT Capital de Trabajo Mayor o igual a 600 SMMLV AC-PC

AC: Activo Corriente PC: Pasivo Corriente AT: Activo Total PT: Pasivo Total UO: Utilidad Operacional GI: Gastos de intereses

C. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL La capacidad organizacional no está sujeta a puntaje, pero será verificada para habilitar la propuesta mediante los indicadores de rentabilidad sobre el patrimonio y rentabilidad sobre activos, por lo tanto, el proponente que no cuente con los indicadores mínimos exigidos dentro de los dos indicadores señalados, no se evaluará ni podrá ser sujeto de adjudicación. La capacidad organizacional del proponente, se verificará a través del registro único de proponentes con corte a 31 de diciembre de 2017, tomando como base los siguientes indicadores financieros De acuerdo a lo anterior el proponente deberá acreditar la siguiente capacidad de organización:

INDICADOR ÍNDICE REQUERIDO FORMULA Rentabilidad sobre el patrimonio Mayor o igual a 0.36 UO/P Rentabilidad sobre activos Mayor o igual a 0.22 UO/AT

UO: Utilidad Operacional P: Patrimonio

AT: Activo Total D. EXPERIENCIA Teniendo en cuenta que la experiencia es el conocimiento del proponente derivado de su participación previa en actividades iguales o similares a las previstas en el objeto del contrato y que esta debe ser

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adecuada y proporcional al objeto del contrato. Se tendrá en cuenta como requisito habilitante la experiencia, de la siguiente manera: - EXPERIENCIA GENERAL El proponente deberá acreditar que la marca del chasis y carrocería sea reconocida, en ese sentido deberá demostrar experiencia mínima de diez (10) años (contados a partir del registro en la Cámara de Comercio). - EXPERIENCIA ESPECÍFICA La experiencia será acreditada mediante la certificación o certificaciones de mínimo cinco (05) contratos con entidad pública o privada, cuyo objeto sea la adquisición y/o compraventa de ambulancias, donde la sumatoria de las certificaciones sean igual o superior al 100% del presupuesto oficial, Esta experiencia deberá encontrarse acreditada en el registro único de proponentes bajo la siguiente clasificación UNSPSC:

Código Descripción 25 10 17 00 Ambulancias

La experiencia del oferente plural corresponde a la suma de la experiencia que acredite cada uno de los integrantes del proponente plural. Por otra parte, cuando un proponente plural adquiere experiencia en un contrato como integrante de un contratista plural, la experiencia derivada de este contrato corresponde a la ponderación del valor del contrato por el porcentaje de participación. El proponente debe acreditar lo anterior con certificación expedida por la entidad contratante y, de manera opcional, la copia del contrato y acta de liquidación de este, que sirvan de soporte para la experiencia en relación con el objeto del presente proceso. Documentos estos que serán objeto de comparación con el respectivo Certificado del RUP, para verificar requisitos adicionales como el tiempo en que se ejecutaron estos contratos y, de igual forma, la congruencia en la información reportada para efectos de ser acreditada como requisitos habilitantes. Solamente serán admitidas las certificaciones de cumplimiento expedidas por la entidad contratante. No se tendrán en cuenta auto certificaciones. En caso de experiencia acreditada por entidades privadas, el oferente deberá presentar la factura Legal y además anexar el respectivo formulario de IVA y pago del mismo presentado a la DIAN en el periodo correspondiente a la ejecución del contrato y/o certificación, que acredite la experiencia exigida en el presente proceso. En caso de consorcio o unión temporal, será válido que uno de los proponentes cumpla con este requisito, o en su defecto, que, sumadas las certificaciones presentadas por los proponentes, se cumpla con las condiciones anteriormente establecidas. Cuando se presenten contratos realizados bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, la ESE Hospital Regional de Segundo Nivel de Atención valle de Tenza, tomará para la verificación correspondiente, el porcentaje (%) de participación en la ejecución del contrato del integrante del consorcio o de la Unión Temporal. Para lo anterior el proponente deberá presentar el documento que acreditó la conformación del consorcio o de la Unión Temporal, donde deberá constar el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes para la ejecución del contrato, en caso de no estar contemplado en la certificación. Si en la certificación se encuentra definido el porcentaje, será válida y no se requerirá anexar el documento que acreditó la conformación del consorcio o de la Unión Temporal.

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Los contratos certificados deberán encontrarse terminados a la fecha de cierre del presente proceso.

4. DESCRIPCIÓN Y ACTIVIDADES DEL OBJETO A CONTRATAR: ACCIONES Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA El proponente adjudicatario deberá realizar entre otras las siguientes actividades para la efectiva ejecución del objeto contractual:

a. Entregar a título de venta, los elementos y objetos, según las especificaciones técnicas establecidas en el presente estudio, en los sitios que señale el supervisor, a la firma del acta de inicio.

b. Entregar instalados y en completo funcionamiento, los elementos de las obligaciones y ficha técnica, en las cantidades y especificaciones técnicas señaladas, en el Hospital Regional Valle de Tenza ESE.

c. Asumir los gastos de transporte, entrega y capacitación de la tripulación de las ambulancias hasta el lugar de entrega.

d. Obrar con diligencia y el cuidado necesario, en los asuntos que le asigne el supervisor del contrato, de los bienes a proveer.

e. Cumplir con el objeto del contrato y las especificaciones técnicas establecidas en el presente estudio, el pliego de condiciones, los anexos, y en la oferta presentada por EL PROPONENTE.

f. Responder por todo daño ocasionado, directa o indirectamente, en los bienes muebles o la infraestructura, del Hospital, durante la ejecución contractual, para lo cual deberán ser subsanados por éste.

g. Cumplir con todas las normas de seguridad industrial y Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas, al instalar los equipos.

h. Cumplir con las obligaciones inherentes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, ello de conformidad a lo exigido por parte del Art. 50 de la Ley 789 de 2002, del Art. 2 de la Ley 828 de 2003, con relación al personal que trabaje para su empresa y que participen en la ejecución del contrato, objeto del presente proceso.

i. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato imparta el Hospital, a través de la persona que llevará a cabo la supervisión del contrato.

j. Reemplazar bajo su costo y riesgo, los elementos que resulten defectuosos o de mala calidad, sin costo adicional para el Hospital.

k. Cumplir con todas aquellas obligaciones inherentes al contrato y necesarias para la correcta ejecución del objeto de este.

l. El contratista debe informar oportunamente al supervisor, cualquier novedad que se presente y afecte la eficiente ejecución del contrato.

m. Ningún acuerdo, modificación u otra actividad que en relación con el contrato efectué el contratista con persona diferente a la que ejerce la supervisión del contrato se tendrá por no válida para todos los efectos.

n. Cumplir con las especificaciones mínimas técnicas de los elementos a proveer.

5. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA ADQUIRIR AMBULANCIAS DE TRANSPORTE ASISTENCIAL BÁSICO Los bienes a adquirir están comprendidos por lo siguiente: Es importante aclarar que el contratista deberá cumplir con lo dispuesto en la en la ley 1831 de 2017 Por medio de la cual se regula el uso del Desfibrilador Externo Automático (DEA), en transportes de asistencia básico, lugares de alta afluencia de público, y se dictan otras disposiciones Transporte Asistencial BÁSICO (TAB) 4x4, para el Hospital Regional Segundo Nivel de Atención Valle de Tenza E.S.E., Tipo furgón, Diesel, Modelo 2019, cilindraje comercial de 2.400 cc a 3.000 cc, deben cumplir las Normas Técnicas Colombianas del Icontec: NTC 1570, la NTC 3729, Totalmente Dotada según Resolución 2003 de 2014, Resolución 1441 mayo de 2013 y las demás normas que las adicionen, modifiquen o sustituyan, para el apoyo del sistema de Referencia y Contra referencia de la red hospitalaria del Valle de Tenza. DOCUMENTACIÓN QUE DEBE SUMINISTRAR EL PROVEEDOR • Catálogo técnicos originales, con los siguientes requisitos:

a. Un listado de los repuestos y piezas que el fabricante del vehículo recomienda cambiar durante los primeros 50.000 kilómetros, indicando a que kilometraje debe realizarse dicho cambio.

b. Las recomendaciones de mantenimiento preventivo, sugeridas por el fabricante durante el período de garantía ofertado por el proveedor; indicando claramente qué incluye y qué no incluye de la revisión durante la garantía y qué costos debe asumir el nuevo propietario de la ambulancia durante dichas revisiones exigidas o recomendadas en la garantía.

c. En relación al mantenimiento de la carrocería, el fabricante debe incluir las recomendaciones de mantenimiento preventivo y de limpieza indicando los tiempos en el cual se debe hacer y cuáles son las piezas que deben remplazarse, indicando los costos de mano de obra y de repuestos.

d. El vehículo deberá entregarse con el equipamiento que trae original de fábrica. e. Las ambulancias deberán cumplir con las reglamentaciones legales vigentes a la fecha de entrega,

que están dispuestas por el “código nacional de tránsito terrestre” a través de los decretos, artículos y resoluciones, del Ministerio del Medio Ambiente y el Ministerio de Transporte. Además, deberán cumplir con los Decretos, Normas y Resoluciones del Ministerio de Salud y Protección Social en particular la Resolución 2003 de mayo 30 de 2014 y la norma de ICONTEC NTC - 3729 últimas actualizaciones, 12/12/2007 además de las condiciones específicas indicadas en las “condiciones de oferta”.

f. Cada ambulancia será marcada y señalizada con el código que le indique el Hospital matriculada a nombre de la Hospital Regional Segundo Nivel Valle de Tenza, antes de la fecha prevista para la entrega.

g. Certificación de la medición del peso de la carrocería (compartimento de pacientes) y del peso final del vehículo debidamente terminado y dotado. El chasis de la ambulancia no podrá ser cargado con valor superior a la capacidad máxima estipulada por el fabricante, proveedor distribuidor al hallarse carrozado, totalmente equipado, con tripulación y pasajeros. (El peso mínimo de carga para equipos, pasajeros, tripulación, deberá ser de 1.100 kg).

h. Dotación con aire acondicionado tanto delantero como adecuación trasera (carrocería). i. Material de tapicería original del fabricante. j. Espejos retrovisores externos manuales o eléctricos. k. Radio AM/FM l. Parlantes 2. m. Tacómetro. n. Odómetro.

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ANEXOS SOLICITADOS CON LA OFERTA

a. Planos técnicos de vista general (interna y externa de la ambulancia) con dimensiones. b. Planos de ubicación y dimensiones de las puertas y ventanas. c. Planos de instalación del sistema sonoro de alerta vial. d. Plano de Instalación de la barra de luces. e. Planos o diagramas eléctricos y de la red de gases de la carrocería. f. Planos técnicos de la modificación del chasis. En caso de hacerlo se deberá presentar la ficha de

homologación del vehículo expedida por el Ministerio de Transporte, la cual indique si el fabricante de la carrocería tiene permiso de modificar el chasis.

g. Planos o diagramas del habitáculo del paciente. h. El proveedor deberá entregar cada vehículo con el tanque lleno de combustible según el tipo. Este

valor debe ser incluido en el precio de la propuesta. i. El proponente debe acreditar permanencia en la fabricación de AMBULANCIAS de mínimo 10 años

mediante la presentación del certificado de cámara comercio. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL VEHÍCULO

a. La ambulancia debe ser tipo chasis y deberá constar de dos áreas principales denominadas: Compartimento del Conductor y Compartimento del Paciente, separadas por una división y con comunicación visual y auditiva entre sí.

b. Tener acceso principal al compartimiento del paciente por la parte posterior con una apertura útil de mínimo 1.10 metros altura y 0.90 metros de ancho, con mecanismo que permite el bloqueo en posición de “abierta” con un peldaño adherido a la carrocería con acabados antideslizante para facilitar el acceso al compartimiento del paciente.

c. Las modificaciones necesarias, para adecuar el vehículo a este servicio de transporte de pacientes, no deberán afectar el comportamiento mecánico del mismo y deben ser realizadas por fabricantes de automotores o de carrocerías.

d. La ambulancia construida bajo estas especificaciones deberá diseñarse sobre vehículos comerciales disponibles en Colombia con una permanencia superior a Veinte (20) años, y Se deberá certificar la marca mediante documento expedido por el Fabricante de la Marca o por Representante de la Marca autorizado. El certificado debe hacer mención al proceso en referencia y dirigido al entidad con fecha no superior a 30 días anterior a la presentación de la propuesta.

e. Todos los asientos individuales y múltiples deben contar con protección para la cabeza y la espalda, con cinturón de seguridad por cada puesto, de conformidad con la norma NTC 1570.

f. Los dispositivos de señalización como los conjuntos emisores de luz pueden ser independientes o integrados con equipos adicionales (como altavoz de sirena o iluminación adicional).

g. La ambulancia y los equipos construidos bajo estas especificaciones, deben diseñarse teniendo en cuenta la instalación de todo el material especificado de forma que, una vez completo el equipamiento, el vehículo deberá conservar las posibilidades de acceso, ajuste y reparaciones necesarias para su fácil mantenimiento, lo mismo que sus condiciones mecánicas y de maniobrabilidad.

h. En cada uno de los equipos ofertados, como baterías, alternadores, iluminación interior o exterior, luces de prioridad, intensidad sonora, ondas radio eléctricas, aire acondicionado, vidrios de seguridad, dimensiones de la carrocería, y demás, deberán cumplir con las especificaciones técnicas incluidas de los numerales 4.7, 4.8 y 4.9 de la NTC 3729 última actualización de 2007 del ICONTEC.

i. Las pruebas eléctricas, se realizarán con todos los equipos en funcionamiento como: aire acondicionado, succionador, iluminación, radio y demás elementos eléctricos.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MOTOR

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a. Cilindraje de 2400 c.c. a 3000 c.c. b. Número de válvulas mínimo: 16 válvulas c. Potencia mínima: 130 Hp @ 3.600 rpm d. Torque mínima: 320 N.M @1800-2800 RPM e. Inyección directa + f. Combustible: DIESEL EURO IV + g. PBV máximo: 3000 kg h. Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 última actualización de 2007.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SISTEMA DE TRANSMISIÓN

a. Caja de velocidades: manual. De cinco (5) velocidades más reversa. b. Distancia entre ejes mínimo 3100 mm c. Sistema de transmisión 4x4. d. Neumáticos y rines en acero R16 e. Radio Sistema Am/Fm Cd +USB f. Capacidad Tanque de Combustible: máximo 20 Galones. g. Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 última actualización de 2007.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SISTEMA DE FRENOS

a. Sistema de frenos: discos ventilados delanteros, y frenos traseros tambores. b. Freno de aparcamiento o emergencia capaz de mantener inmóvil y en forma permanente, el

vehículo completamente cargado. c. Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 última actualización de 2007.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SISTEMA DE SUSPENSIÓN

a. El sistema de suspensión delantera independiente barra estabilizadora. b. Suspensión trasera: Eje rígido con Ballesta de Doble Etapa. c. Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 última actualización de 2007.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SISTEMA DE DIRECCIÓN Y RUEDAS

a. Sistema de dirección: con Asistencia Hidráulica. b. Llantas: Debe rodar sobre cuatro (4) ruedas, con llantas radiales en tamaño comercial; con

llantas radiales en rin acero 16” y del tipo autorizado por el fabricante del vehículo. c. Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 última actualización de 2007.

ESPECIFICACIONES DEL SISTEMA ELÉCTRICO

a. La ambulancia debe estar equipada con un sistema generador de energía eléctrica a partir del motor del vehículo, de tipo alternador, con rectificación y regulación electrónica, con capacidad mínima de producir 60 amperios, a una tensión de 12 voltios y con una temperatura ambiente en el compartimento del motor a 90º Centígrados.

b. El alternador debe cumplir con todos los requisitos establecidos en la NTC 1704 del ICONTEC - 2001-08 -29. Primera actualización.

c. Todos los circuitos instalados estarán protegidos mediante fusibles calibrados de fácil accesibilidad para su eventual sustitución. Los fusibles correspondientes al equipo médico y conexiones del compartimento del paciente, irán en una caja única en un compartimento de fácil acceso para la sustitución y mantenimiento.

d. Durante la adecuación del sistema eléctrico de la ambulancia se deberá trabajar en conjunto con los técnicos de comunicaciones de la Secretaria de Salud y el proveedor de los equipos de

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radiocomunicación para coordinar la colocación del equipo. El cableado, las terminales, conectadores y demás elementos periféricos o diferentes al equipo de recepción y transmisión para el equipo de radio comunicaciones deberán ser pre instalados y proporcionados por el proveedor de la ambulancia de acuerdo a la especificación técnica que suministre la Secretaria de Salud.

e. Todo el equipo eléctrico del vehículo, funcionará a una tensión nominal de 12 voltios de corriente continua, con polaridad negativa a la masa del vehículo, y con un inversor.

f. La ambulancia deberá contar con un sistema de almacenamiento de energía de mínimo 150 amperios hora, distribuido como mínimo en dos baterías (una de ellas debe ser la original del vehículo). El sistema de acumulación debe proporcionar una tensión de 12 voltios, capaz de suministrar un corriente pico de 400 amperios y su capacidad debe ser suficiente para producir, sin caída apreciable de tensión, una intensidad mínima de 115 amperios durante una hora a 17 grados centígrados de temperatura ambiente. Las baterías deben ser libres de mantenimiento y cumplir con todos los requisitos establecidos en la NTC 978 del ICONTEC.

g. El sistema eléctrico del vehículo y del compartimento del paciente debe cumplir con la norma NTC 3729 última actualización de 2007, mejorado en su potencia a través del inversor, el cual será como mínimo de uno punto dos (1.2) Kw, con una eficiencia mínima de 90%. Además deberá tener: dos tomacorrientes de tipo encendedor de cigarrillos extendidos al compartimento del paciente (corriente continua de 12 v) y cuatro (4) tomacorrientes dobles (corriente alterna de 120 v+/- 15% 60 Hz) bien identificados y ubicados hacia la cabecera de la camilla (panel anterior izquierdo del compartimento del paciente), al lado del acceso principal y en el mueble de equipos.

h. Cada uno de los toma corrientes deben estar protegidos por un breaker independiente, de tal manera que un cortocircuito producido en un aparato conectado a una de las tomas, no afecte a las restantes.

i. La instalación eléctrica de la carrocería debe estar dentro de un sistema de canalización y protección, de material auto extinguible, debe contar con sistema de supresión de interferencia para ondas de radio, preferiblemente en los cables de ignición. Debe estar aislada y protegida del agua, señalizada e identificada en los planos eléctricos y electrónicos de la ambulancia.

j. La ambulancia deberá tener, en su dotación, una extensión de cable encauchado calibre mínimo de 16 AWG con polo a tierra trifilar y encauchetado, de mínimo 30 metros con sus extremos debidamente adaptados para lograr la alimentación eléctrica del exterior (110 voltios, 60 Hertz, corriente alterna), con sistema para enrollarlo o recogerlo.

k. Se debe tener en cuenta el consumo eléctrico de los sistemas propios y de los equipos biomédicos de la ambulancia, bajo condiciones de operación simultánea de todos los equipos como: aire acondicionado, succionador, iluminación, radio y demás elementos eléctricos. La capacidad del sistema de generación y almacenamiento debe ser superior a la suma de cada uno de los circuitos soportados por éstos en condiciones extremas.

l. Se debe utilizar elementos de alta eficiencia energética para efectos de señalización e iluminación de la ambulancia y limitar al máximo la utilización de elementos adicionales innecesarios para la función de señalización e iluminación.

m. Se debe señalizar el riesgo eléctrico por medio de un aviso visible cercano a la conexión de entrada a la ambulancia.

COMPARTIMIENTO DE PACIENTES- GENERALIDADES Carrocería: Tipo furgón

a. Sistema constructivo monocasco con estructura el Coll Roll internamente forrada en fibra de vidrio y externamente una sola pieza en fibra de vidrio, generando una estructura resistente y liviana, con alta absorción al impacto y a la deformación, brindando mayor seguridad al paciente y a los ocupantes del habitáculo.

b. Con relación al compartimento de pacientes, el proponente debe especificar los materiales y características de los mismos, revestimientos interiores, tipos de soportes y características de

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estos, de acuerdo a los equipos a instalarse en cada uno de los vehículos.

c. Debe estar localizada en la sección posterior del vehículo y tendrá las dimensiones suficientes para albergar una camilla de dos metros de longitud, una silla para tripulante ubicada en la cabecera o al lado de la camilla en la que pueda estar cómodamente sentado el personal paramédico, con un espacio de 25 cm entre el borde anterior del asiento y la cabecera de la camilla, un asiento lateral auxiliar para el personal acompañante y que pueda emplearse para ubicar una camilla auxiliar con un espacio mínimo de 20 cm entre el borde lateral del asiento y el borde lateral de la camilla principal, en todos los casos el espacio destinado al paciente debe estar aislado del destinado al conductor.

d. Debe poseer una barra pasamanos de material resistente y antioxidante fijada al techo, a todo lo largo del compartimento del paciente, a fin de proporcionar sostenimiento al personal asistencial cuando el vehículo se encuentre en movimiento.

e. Debe poseer un sistema de iluminación interior tipo LED de doble intensidad que permita la asistencia del paciente en condiciones adecuadas.

f. Longitud mínima del interior del compartimento del paciente (sin revestimiento) deberá ser de 2.20 m.

g. Ancho mínimo del interior del compartimento del paciente (sin revestimiento) deberá ser de 1.50 m.

h. Altura mínima del interior del compartimento del paciente (sin revestimiento) deberá ser de 1.35 m.

i. En el compartimiento del paciente, lleva la leyenda de “NO FUME” y “USE EL CINTURÓN DE SEGURIDAD”.

j. En todo caso el compartimento del paciente deberá cumplir con todos los demás requerimientos consignados en la Norma Técnica 3729 última actualización de 2007.

k. El mueble principal debe ser de un solo molde de pared a pared de techo a piso. ESPECIFICACIONES DE LUCES INTERIORES

a. En el techo del compartimento del paciente debe haber un sistema de luz ambiental constituido por cuatro lámparas con tecnología LED de doble intensidad.

b. Las demás consignadas en la Norma Técnica ICONTEC 3729 última actualización de 2007. ESPECIFICACIONES DE LUCES EXTERIORES

a. La ambulancia debe contar con dispositivos de señalización óptica, de acuerdo a la Norma Técnica ICONTEC 3729 última actualización de 2007 además de las normas SAEJ1318.

b. Las barras de luces de la ambulancia pueden ser estroboscópicas o con LEDS de acuerdo a la Norma SAEJ 845, domo rojo en policarbonato, incluido megáfono y sirena con caja de sonido que arroje como mínimo de 100 vatios y que la unidad de sonido arroje mínimo 100 vatios.

c. Una mini barra de luces tipo LED en la parte posterior de la ambulancia. d. Los cocuyos direccionales delanteros corresponderán a los originales de fábrica del vehículo y los

cocuyos direccionales traseros del vehículo deben tener adicionalmente luces LED. e. Los controles para la operación de luces de emergencia preferiblemente deben ser accionados con

tarjeta electrónica. f. Las luces de delimitación laterales blancas fijas tipo LED distribuidas simétricamente en cada

costado del vehículo con una inclinación de 15° con respecto del eje vertical. ESPECIFICACIONES DEL SISTEMA SONORO DE ALERTA VIAL

a. El sistema principal de alerta es una sirena electrónica mínimo de cuatro tonos seleccionados independientemente y corneta activada manualmente de mínimo 100 vatios de potencia en valor eficaz.

b. Debe contar con perifoneo o megafonía externa, tendrá control de volumen y será de dotación

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obligatoria. El dispositivo de mando estará instalado como un panel de control en el compartimento del conductor, de tal manera que pueda ser accionado por este o por su acompañante.

c. La intensidad sonora debe ser mínima de 118 decibeles medidos a 3 metros del vehículo. d. El altavoz puede ir en la barra de señalizaciones prioritarias o externo en la cara anterior del

vehículo, debidamente protegido de golpes y elementos extraños y dirigiendo el sonido hacia adelante.

ESPECIFICACIONES DE ACCESOS (PUERTAS - PELDAÑOS)

a. La ambulancia, deberá tener como mínimo cuatro (4) accesos: dos ubicados en la cabina de conducción y dos en la parte del compartimento del paciente.

b. Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 última actualización de 2007. ESPECIFICACIONES DE VENTANAS

a. Todas las ventanas del compartimento de paciente deben estar ubicadas en el medio superior, con vidrios de seguridad, homologados para uso en vehículos automotores logrando visibilidad únicamente de adentro hacia fuera aún en condiciones nocturnas y con luces interiores encendidas. Adicionalmente con dispositivo de martillo o de otro tipo para fracturarla en caso de necesidad.

b. La puerta lateral derecha de acceso para la tripulación debe tener ventana con sistema para su apertura.

c. Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 última actualización de 2007. ESPECIFICACIONES DE REVESTIMIENTOS INTERIORES

a. Las superficies interiores del compartimento del paciente no deben poseer elementos afilados o cortantes y con acabados con materiales no rugosos y lavables.

b. El área interior del paciente debe revestirse en plástico reforzado de fibra de vidrio de material de color claro en las paredes y techo, con aislante térmico y acústico en poliuretano inyectado o material similar de 2,5 mm de espesor, de tal forma que garantice la conservación de la temperatura ambiente y la insonorización del mismo. Debe ser impermeable, auto extinguible y permitir limpieza con soluciones jabonosas, ácidas, alcalinas o mixtas, sin sufrir deterioro por ello.

c. Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 última actualización de 2007. ESPECIFICACIÓN DE PISOS

a. La rampa de acceso a la ambulancia para la camilla principal debe ser de lámina en acero inoxidable o aluminio.

b. Protección para el área de la camilla en lámina de acero inoxidable. c. Piso en material de caucho antideslizante o fibra de vidrio y su unión con las paredes debe ser

hermética y adherida al vehículo. d. Las consignadas en la Norma Técnica 3729 última actualización de 2007.

ESPECIFICACIÓN DE GABINETES

a. El proveedor deberá presentar como mínimo dos (2) planos de distribución del mobiliario. En todo caso el diseño final debe ser aprobado por el Hospital.

b. El proveedor debe presentar la especificación técnica del material a utilizar en la elaboración del mobiliario.

c. Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 última actualización de 2007.

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ESPECIFICACIONES DE SILLAS-(AUXILIAR-ACOMPAÑANTE) SILLA DE PERSONAL AUXILIADOR:

a. Ubicada en la cabecera de la camilla, al lado al paciente y destinada a la persona que realiza la atención.

b. Dotado con cinturón de seguridad de tres puntos y con seguridad y protección para la cabeza y espalda.

c. Deberá estar instalado de tal manera que el usuario quede mirando a la camilla principal. SILLA DEL ACOMPAÑANTE:

a. En el compartimento del paciente existirá un asiento lateral como mínimo de 30 cm de ancho, construido sobre mueble, que servirá de depósito para equipo de abordo, dejando un espacio libre entre este y el borde externo de la camilla principal de mínimo 20 cm.

b. Con cojín o colchoneta construidos de forma que sus uniones sean herméticas, de material lavable y de color claro.

c. Dotado de tres (3) cinturones de seguridad y con seguridad y protección para la cabeza y espalda. d. Esta será usada como sitio para la ubicación de la camilla adicional cuando se requiera, para lo

cual se dotará con un juego de tres (3) cinturones de seguridad adicionales para ese efecto o un sistema de anclaje para la misma.

ESPECIFICACIONES DE SEÑALIZACIÓN EXTERIOR (ÓPTICA COLORES Y SÍMBOLOS)

a. El color principal de la ambulancia será blanco. b. Llevará franjas reflectivas horizontales en los costados laterales. c. La rotulación, identificación y señalización exterior, se hará con cinta reflectiva que garantice su

adherencia al vehículo durante mínimo el periodo de garantía del vehículo, en todo caso esta rotulación e identificación debe ser aprobada por el Hospital tanto en sus dimensiones como en su ubicación y características.

d. En los costados y en la parte posterior deberá ir el número de emergencia, código de la ambulancia, el nombre del Hospital y el logo de Misión Médica. La marcación podrá estar contenida claramente en logotipos o escudos, en todo caso esta rotulación e identificación debe ser aprobada por el Hospital tanto en sus dimensiones como en su ubicación y características.

e. Debe incluir la sigla TAB en cada costado lateral y posterior del vehículo, según indicaciones de la Secretaria de Salud.

f. En todos los lados exteriores de la carrocería incluido el techo esta la leyenda “AMBULANCIA” fabricada en material refractivo. En el aviso de la parte anterior externa de la carrocería, la palabra “AMBULANCIA”, debe tener un largo mínimo del 90% del frente del vehículo y estar escrita en sentido inverso.

g. En los costados, puertas posteriores y en el techo de la ambulancia, tiene la “estrella de la vida”, en color azul o verde reflectado y el emblema protector de la Misión Medica de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 4481 de 2012 y las demás normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan del Ministerio de Salud y Protección Social.

h. Las demás consignadas en la Norma Técnica ICONTEC 3729 última actualización de 2007. ESPECIFICACIÓN DE CONDICIONES AMBIENTALES TEMPERATURA:

a. Las consignadas en la Norma Técnica ICONTEC 3729 última actualización de 2007. b. Nivel de ruidos: acorde al manual del vehículo c. Las consignadas en la Norma Técnica ICONTEC 3729 última actualización de 2007.

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IMPERMEABILIDAD:

a. Las consignadas en la Norma Técnica ICONTEC 3729 última actualización de 2007. CAMILLA PRINCIPAL Deberá tener las siguientes dimensiones mínimas:

a. Colchón de espuma cubierto con material impermeable con aberturas para cinturón de seguridad y sistema de bloqueo de cuatro puntos.

b. Respaldo ajustable con movimiento de posición de “Fowler” con seis posiciones de altura. c. Mango lateral con sistema de cierre automático. d. Dos ruedas giratorias de cinco (5) pulgadas de diámetro con freno. e. Dos manijas independientes para doblar las piernas de la camilla - sistema doble de retracción. f. Capacidad de carga de mínimo 440 libras, sin que sufra daños en su estructura. g. Longitud: 1 metro 84 centímetros de longitud de la cama mínimo y 2 metros entre los puntos más

sobresalientes de la estructura incluidos los asideros y elementos adicionales de manejo y transporte mínimo.

h. Ancho: 49 centímetros de ancho de la cama mínimo y 59 centímetros del ancho total de la camilla como máximo incluyendo barandillas y otros elementos adicionales.

i. Altura: desde el piso hasta el eje aéreo debe tener una altura en posición alta de mínimo 72 centímetros y una altura en posición baja de 40 centímetros. Tendrá dos posiciones como mínimo: alta y baja.

j. Pies deslizantes (ruedas) abatibles y en la cabecera 2 ruedas de un diámetro mínimo de cinco (5) pulgadas para su deslizamiento dentro del vehículo. Durante el proceso de ensamble el proveedor deberá presentar una camilla al Hospital para su aprobación y evaluación.

k. La disposición de la camilla en el compartimento del paciente deberá estar en forma tal que la cabeza del paciente esté orientada hacia la parte delantera del vehículo. La parte superior de la camilla correspondiente a la cabeza, distará al menos de 25 centímetros de la silla del tripulante y la parte lateral derecha distará al menos 20 centímetros del asiento del acompañante.

l. Los anclajes para fijar la camilla principal deben ser en acero inoxidable, diseñados y fijados al piso de la ambulancia de tal forma que resistan el impacto que genera el trabajo cotidiano. En todo caso este sistema debe someterse a aprobación del Hospital.

m. La camilla debe tener un peso neto de 75 libras. n. Que cumpla con la certificación ISO 9001 de 2008. o. Las demás consignadas en la Norma Técnica ICONTEC 3729 última actualización de 2007.

CAMILLAS SECUNDARIAS

a. Una tabla espinal larga, con sus correspondientes correas e inmovilizadores laterales. b. Una tabla espinal corta, con sus correspondientes correas e inmovilizadores laterales o chaleco de

extracción vehicular. SILLA DE RUEDAS PORTATIL

a. El sistema de ruedas, manijas y cinturón de seguridad debe someterse a la aprobación del comité operativo.

b. Silla de ruedas portátil, liviana y plegable, con una capacidad de carga de mínimo 120 kg. Permitiendo el lavado y desinfección sin deteriorarse. Deberá tener mínimo dos cinturones de sujeción para el paciente y para su transporte al interior de la ambulancia.

c. Las consignadas en la Norma Técnica ICONTEC 3729 última actualización de 2007.

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SISTEMA DE OXIGENO PORTATIL Debe constar con:

a. Bala de aluminio mínimo de 0.5 metros cúbicos para permitir el desplazamiento de las camillas manteniendo el suministro de oxígeno al paciente.

b. Color normativo. c. Funda en material lavable para su fácil transporte. d. Humidificador plástico. e. Manómetro para oxigeno medicinal. f. Flujómetro para oxigeno medicinal.

NOTA: Debe entregarse con la respectiva prueba hidrostática y contenido de oxígeno, de tal manera que se encuentren listos para uso inmediato. SISTEMA DE OXIGENO PRINCIPAL Debe constar de:

a. La(s) bala(s) de oxígeno debe(n) estar ubicada(s) en un compartimento cerrado, con puerta al interior o exterior de la ambulancia.

b. Dotar la ambulancia con una (1) bala de 3 m3 de capacidad total de almacenamiento, en aluminio, para oxigeno medicinal respectivamente cargadas (Debe entregarse con la respectiva prueba hidrostática y contenido de oxígeno, de tal manera que se encuentren listas para uso inmediato).

c. Sistema de aseguramiento de la bala con amortiguación en las paredes y en el piso donde esta haga contacto, con el fin de limitar las vibraciones y ruidos. El aseguramiento debe soportar movimientos y golpes sin soltar el cilindro.

d. Comunicación con el interior de la ambulancia a través de la cual se pueda maniobrar la llave de cierre de la válvula de la bala y el manómetro instalado en la misma.

e. La manguera o tubería para conducción del oxígeno, debe estar en el compartimento del paciente y terminar en una de las paredes interiores de la ambulancia con una toma de flujómetro.

f. Una llave de boca fija de 1.1/8 de pulgada para las conexiones de la red de oxígeno en el recambio de la bala. Esta llave puede estar fijada con una cadena, en una de las paredes del compartimento de tal forma que permita fácil maniobra para aflojar la manguera/tubería o el manómetro.

g. Un manómetro para cilindro de oxígeno para colocar en la bala. h. Un flujómetro de pared con su humidificador, conectado al sistema de almacenamiento de

oxígeno, instalado en el interior del compartimento del paciente. i. Un humidificador plástico, esterilizarle.

SISTEMA DE COMUNICACIÓN Incluye sistema de comunicación Radioteléfono tipo móvil, de las siguientes características:

a. Alimentado a 12 v a 45 potencia, a través de instalación eléctrica del vehículo que le permite establecer contacto con su central cumpliendo con las normas vigentes del ministerio de comunicaciones.

b. Con mínimo 1.100 canales fijos. c. Tecnología digital de acceso por división de tiempo TDMA. d. Tarjeta de tonos digitales. e. Pantalla numérica. f. Botones programables. g. Botón de emergencia con GPS.

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h. Debe incluir además: Antena GPS/VHF, licencia para usuarios de radio GPS. i. Instalación del radio de perifoneo en las instalaciones del Carrocero que ensamble las

ambulancias. j. Poseer un sistema de comunicación en la banda VHF digital con GPS

DOTACIÓN

a. Una (1) Tijera de material. b. Una (1) Termómetro clínico. c. Una (1) Manta térmica alumínizada. d. Dos (2) Vendas de algodón. e. Dos (2) Vendas de gasa. f. Seis (6) Vendas triangulares. g. Una (1) Caja guantes Pares de guantes desechables. h. Dos (2) Apósitos de gasa. i. Dos (2) Apósitos de algodón. j. Dos (2) ligaduras umbilicales. k. Cinco (5) Sondas naso gástrico de diferentes tamaños. l. Cinco (5) Sondas de nelaton de diferentes tamaños. m. Dos (2) rollos de esparadrapo. n. Dos (2) Rollos de micropore. o. Dos (2) Sabanas desechables camilla. p. Una Caja (1) Tapabocas. q. Un (1) Sistema guardián. r. Un (1) Gafas de bioprotección, elementos de desinfección y aseo. s. Un (1) Micro cámara de nebulización adulto y pediátrica. t. Un (1) Frasco de jabón. u. Un (1) Isodine. v. Un (1) Alcohol. w. Cinco (5) Bolsas solución de Hartmann o lactato de ringer. x. Seis (6) bolsas de solución salina normal, 0.9% 500cc y. Dos (2) bolsas de dextrosa. z. Dos (2) agua destilada al 5% 500cc. aa. Cinco (5) Catéteres venosos de diferentes tamaños bb. Cinco (5) Equipos de macrogoteo.

EQUIPO BÁSICO

a. Una Llanta de repuesto original del vehículo. b. Un Rin original del vehículo. c. Dos (2) extintores de 5 lbs instalados uno en la zona del paciente y uno en la cabina del

conductor. d. Gato original del vehículo. e. Herramientas de sustitución de ruedas original del vehículo. f. Dos tacos de madera. g. Dos bloques de madera. h. Dos señales reflectivas de emergencia. i. Una llave de pernos tipo cruceta. j. Un juego de seis llaves boca fija diferentes medidas, k. Una llave inglesa de 1.1/2”. l. Dos chalecos fluorescentes. m. Un juego de cables de iniciación eléctrica de batería. n. Tres destornilladores de pala 6” - 8” - 10”.

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o. Tres destornilladores de estrella 6” - 8” - 10”. p. Un alicate de mango aislado 6”. q. Una palanca patacabra de mínimo 50 centímetros. r. Un martillo metálico de 250 grs mínimo. s. Una tijera corta todo. t. Una cuchilla para romper cinturones. u. Una cuerda estática de 20 mts, con diámetro mínimo de 12.5 mm y su correspondiente gancho

para tracción. v. Una lámpara con enchufe para toma corriente con 15 mts de cable. w. Una linterna con pilas. x. Una caja con fusibles surtidos de los usados por el vehículo. y. Una caneca con elementos propios de aseo. z. Un (1) recipiente reciclable o desechable, con mecanismo de ajuste a la carrocería o a los

gabinetes, que contenga como mínimo 5 litros de agua. OTROS EQUIPOS MÉDICOS

a. Atril porta sueros para líquidos parenterales. b. Torniquete para uso de ven punción. c. Riñonera en acero inoxidable. d. Pato original en acero inoxidable masculino y femenino. e. Pato cronológico en acero inoxidable. f. Dos vasos humidificadores con racores. g. Cuatro mangueras reutilizables para oxígeno. h. Sistemas suministros de oxigeno (cánula o mascarilla) 3 niño, 3 adulto desechables. i. Un aspirador de secreciones portátil eléctrico. j. Un respirador manual pediátrico con bolsa, reservorio y dos Máscaras. k. Un respirador manual adulto con bolsa reservorio y tres mascaras. l. Un Juego de cánulas de Guedel 2-4-5. m. Una Linterna de examen con pilas. n. Un Fono endoscopio de doble servicio. o. Un Tensiómetro aneroide con brazaletes para adultos y niños. p. Conjunto para inmovilización que debe contener inmovilizadores cervicales graduables adulto (2) y

pediátrico (2), inmovilizadores laterales de cabeza, férulas de cartón o de plástico ó maleables para el brazo, antebrazo, pierna y pié; vendas de algodón, vendas de gasa, vendas triangulares y vendas elásticas (varios tamaños). Collares cervicales semirrígidos pequeño, mediano y grande; sabanas desechables del tamaño de la camilla.

q. Dos cobijas. EQUIPO DE PINZAS ESTIRILIZADO Y DE PEQUEÑA CIRUGIA COMPUESTO DE:

a. Mango de bisturí. b. Dos hojas de bisturí. c. Dos pinzas Kelly curvas. d. Dos pinzas Kelly rectas. e. Dos pinzas mosquito. f. Una pinza de disección con garra. g. Una pinza de disección sin garra. h. Dos porta agujas de diferentes tamaños. i. Una tijera de material. j. Una tijera de tejido. k. Un campo de ojo. l. Cubeta conteniendo el material rotulado y esterilizado en auto clave.

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m. Caneca de pedal.

EQUIPOS MÉDICOS SEGÚN RESOLUCIÓN 2003 AMBULANCIA TAB Monitor Un (01) Monitor de trasporte El proveedor cumplirá como mínimo con las siguientes actividades:

a. Registro Sanitario otorgado por el INVIMA, según corresponda, de todos los equipos biomédicos. b. Deberá suministrar la Declaración de Importación del equipo biomédico en la que pueda evidenciar

el serial del equipo, expedido por la DIAN. MATRÍCULA Las Ambulancias deben entregarse matriculadas a nombre de la E.S.E Hospital Regional de Segundo Nivel de Atención Valle de Tenza, correspondiente (matricula realizada en una de las Unidades Regionales de la Secretaria de Transporte y Movilidad del Departamento de Boyacá) incluyendo todos los trámites, impuestos seguros obligatorios (soat) con vigencia mínima de un año. DOTACIÓN SEGÚN LEY 1831 DE 2017 PARA DESFIBRILADOR EXTERNO AUTOMÁTICO (DEA) EN TRANSPORTE DE ASISTENCIA La Ley 1831 de 2017 establece la obligatoriedad, la dotación, disposición y acceso a los Desfibriladores Externos Automáticos (DEA) en los transportes de asistencia básica y medicalizada, así como en los espacios con alta afluencia de público; aclarando la definición de Desfibrilador para efectos de esta ley: Aquel dispositivo médico electrónico portátil, dotado de electrodos destinados a generar y aplicar pulsos intensivos que puede descargar una corriente al corazón a través del tórax, para que esta detenga la fibrilación ventricular y permita que el corazón vuelva a un ritmo normal saliendo del paro, que garantice el ritmo cardiaco viable del paciente; está destinada a garantizar el acceso a Desfibriladores Externos Automáticos (DEA) en ambientes extra-hospitalarios, transportes asistenciales y espacios con alta afluencia de público, tales como los siguientes: Transportes asistenciales básicos, públicos y privados, de orden terrestre, fluvial, marítimo y aéreo; Terminales de transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo nacional e internacional. Escenarios deportivos, tanto públicos como privados, tales como estadios, coliseos, polideportivos, canchas sintéticas, gimnasios, clubes deportivos, acuáticos y parques naturales, de diversiones o recreacionales, ciclovías y centros de alto rendimiento o entrenamiento; Entidades públicas tales como gobernaciones, asambleas departamentales, concejos, ministerios, departamentos administrativos, guarniciones militares y policiales, y centros de atención al público tanto nacionales como departamentales y distritales; Cárceles y centros penitenciarios o de detención de orden nacional, municipal o distrital; La Presidencia de la República, el Congreso de la República, Palacio de Justicia (Altas Cortes), Ministerio Público, Fiscalía General de la Nación, y complejos judiciales tales como tribunales y juzgados. Los sistemas de transporte masivo metropolitano; Escenarios culturales y recreacionales tanto públicos, privados o de naturaleza mixta, tales como museos, bibliotecas, ferias, centros de exposición, teatros, complejos turísticos y hoteleros; Centros de rehabilitación, salud mental o reclusión temporal; Universidades públicas y privadas; Colegios públicos, privados o en concesión; Centros comerciales; Inmuebles de uso mixto, tales como centros empresariales y de unidades residenciales y comerciales de más de cien unidades, comandos de la Policía Nacional de Colombia y en los Centros de Atención Inmediata (CAl), resguardos Indígenas. GARANTÍA DE LAS AMBULANCIAS El proponente deberá indicar expresamente en su propuesta, el término de garantía comercial contra defectos de fabricación así: Para el chasis, la garantía será de mínimo dos (2) años y para la carrocería

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mínimo de 1 año. La garantía del chasis deberá ser expedida por el concesionario autorizado y la garantía de la Carrocería deberá ser expedida por el fabricante de la Carrocería. Debiendo responder sin costo alguno para el Hospital Regional Valle de Tenza, para los bienes que resulten defectuosos y por los vicios ocultos que pudieran presentarse.

6. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y FUNDAMENTOS JURIDICOS

En materia contractual la E.S.E. Hospital Regional Segundo Nivel de Atención Valle de Tenza se rige por las normas del Derecho Privado, conforme dispone el Artículo 195 numeral 6 de la Ley 100 de 1993. En concordancia con el Estatuto General de Contratación Acuerdo 012 de 2014, “Por medio del cual se aprueba el Estatuto Interno Contractual del Hospital Regional Valle de Tenza E.S.E.”. De acuerdo a lo anterior, la modalidad de Selección de este proceso es: CONTRATACIÓN DIRECTA PROCESO DE INVITACIÓN PÚBLICA.

PROCESO DE CONVOCATORIA PÚBLICA OTROS MODALIDADES DE SELECCIÓN

7. SOPORTE ECONÓMICOY ANÁLISIS DE MERCADO 7.1 Valor Total estimado del Presupuesto: $340.000.000.oo Valor en Letras: TRESCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. 7.2 Análisis de mercado: La presente contratación se estima con base en las cotizaciones realizadas por la ESE Hospital Regional de Segundo Nivel de Atención Valle de Tenza para la presentación del proyecto ante el Ministerio y teniendo en cuenta que el resultado del presupuesto oficial fue establecido mediante el presente estudio de mercado, la Entidad consolidó el mismo con base en el menor valor cotizado, es decir, una tarifa de adquisición en el mercado equivalente a $340.000.000, incluido IVA y demás impuestos, tasas, contribuciones especiales y parafiscales, todos los costos y gastos directos e indirectos, que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación, según cotizaciones, tomándose el precio más favorable para la entidad siendo este el máximo referencial, sin obviar los aspectos de calidad de que debe estar revestida la contratación. Además, para suplir a este contrato de mayor información veraz y confiable frente al estudio de mercado, el Hospital Regional de Segundo Nivel de Atención Valle de Tenza, tomó el estudio de mercado que había realizado la Gobernación de Boyacá, frente a la adquisición de varias ambulancias para diferentes municipios de Boyacá. 8. CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL QUE RESPALDA LA CONTRATACIÓN

Con base en el anterior análisis de mercado, el Hospital Regional Segundo Nivel de Atención Valle de Tenza ESE cuenta con la Disponibilidad Presupuestal No. 700 del 13 de Septiembre de 2018, rubro presupuestal No. 2302010113 - Dotación Hospitalaria, centro y puesto de salud; y Disponibilidad Presupuestal No. 701 del 13 de Septiembre de 2018, rubro presupuestal No. 21020215 Mantenimiento, expedida por la Oficina de Presupuesto.

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9. SUPERVISIÓN Y/O INTERVENTORIA

9.1 Supervisor y/o interventor: SUBGERENTE CIENTIFICO

10. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE: * Según lo establecido en el artículo 23.3 del Estatuto de Contratación de la ESE, Acuerdo 012 de Diciembre de 2014, la Entidad debe determinar la oferta más favorable para el caso de Convocatoria Publica teniendo en cuenta: La ponderación de los elementos de calidad, precio, experiencia, soportados en puntajes o fórmulas. CONDICIONES TECNICAS. La ESE Hospital Regional de Segundo Nivel de Atención valle de Tenza, para efectos de realizar la verificación técnica habilitante, requiere que el proponente aporte la documentación sobre los elementos a adquirir, soportada en catálogos y fichas técnicas individuales de cada uno de los bienes requeridos, en las cuales para cada uno de ellos debe ofrecer las características y especificaciones técnicas exigidas en el alcance del objeto y en el anexo de especificaciones técnicas. Para efectos de presentar los documentos de contenido técnico, el proponente debe tener en cuenta los requerimientos mínimos sobre los cuales deben formular sus ofertas de tal forma que los mismos deben enmarcarse dentro de todas las exigencias y requerimientos, y además él proponente debe diligenciar y presentar con la propuesta los siguientes documentos: CERTIFICACIÓN DEL FABRICANTE DE LA MARCA DEL VEHICULO.

En caso de que el proponente no sea fabricante, deberá allegar certificación vigente del fabricante y/o ensamblador y/o distribuidor autorizado de la marca del vehículo en el país, en la que conste que cuenta con su autorización para distribuir los vehículos ofrecidos en el territorio nacional. En dicha certificación deberá constar expresamente que el fabricante y/o ensamblador y/o distribuidor autorizado respalda la garantía técnica ofrecida al Departamento de Boyacá, sin condicionamiento de ningún tipo. CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES TÉCNICAS El proponente acreditara que las ambulancias ofrecidas cumplen con las especificaciones técnicas exigidas en los estudios previos correspondientes, para lo cual deberá presentar con su oferta el Anexo que se disponga para el efecto y que incluya la ficha técnica establecidas para el tipo de ambulancia aquí requerido (TAB). La información contenida en mencionado anexo-ficha técnica, NO puede ser modificada ni condicionada, ni omitida, so pena de rechazo de la propuesta. Las condiciones técnicas exigidas son de obligatorio cumplimiento para los oferentes. FACTORES DE VERIFICACIÓN Una vez efectuada la apertura de las propuestas se procederá a realizar el análisis jurídico, financiero, organizacional y técnico de los documentos que lo integran, con el fin de determinar, de acuerdo con la ley y las exigencias de estos pliegos de condiciones, cuales propuestas son admisibles. Las propuestas serán admisibles teniendo en cuenta los criterios que se enuncian a continuación:

CRITERIO HABIL/NO HABIL/ RECHAZADA

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Verificación jurídica hábil/no hábil/ rechazada

Verificación financiera hábil/no hábil/ rechazada Verificación técnica hábil/no hábil/ rechazada

Condición de experiencia hábil/no hábil/ rechazada CALIFICACION HABIL/NO HABIL/ RECHAZADA

OFERTA ECONOMICA El oferente deberá presentar su oferta económica en pesos colombianos, sin anotar centavos, aproximando por exceso o por defecto al entero más cercano así: si es superior a 50 centavos, se aproxima al entero y si es inferior a 50 centavos se baja al entero anterior. El valor de la oferta no podrá ser superior a los valores referenciales del presupuesto oficial que señala en este pliego. Cualquier inconveniente que se presente durante la ejecución del contrato debida a una mala elaboración del cálculo del costo de la propuesta será responsabilidad exclusiva del proponente, debiendo asumir los mayores costos y /o perdidas que se deriven de dichos errores u omisiones. Teniendo en cuenta que este punto es de la esencia de la oferta no podrá estar condicionada, ni ser adicionada, modificada o completada después de haber sido presentado la oferta. PONDERACIÓN

PONDERACION DE LOS ELEMENTOS DE CALIDAD Y PRECIO. La Entidad determinará la oferta más favorable para el caso de convocatoria publica teniendo en cuenta la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas. Por ello, para dichos elementos la evaluación, será:

- CRITERIOS DE PUNTUACIÓN DE LAS PROPUESTAS La ponderación de los factores de evaluación de las propuestas se aplicará a aquellas propuestas que resultaron hábiles. La ESE Hospital Regional de Segundo Nivel de Atención valle de Tenza, determinará la oferta más favorable, teniendo en cuenta los elementos de calidad y precio soportados en puntajes y formulas. El precio es el elemento al cual la Entidad le asigna mayor puntaje del total determinado para la ponderación de ofertas, otorgándole al proponente los puntos que le correspondan según la metodología a aplicar. Respecto a las condiciones técnicas adicionales de calidad, la asignación de puntos se le dará a la propuesta que manifieste ofrecer disponibilidad técnica y de equipo adicional al mínimo requerido para la ejecución del contrato. Por otra parte, recogiendo las disposiciones de la ley 816 de 2003, la Entidad otorgara puntos adicionales a las propuestas presentadas por los proponentes a que hace referencia el parágrafo del articulo No 1, modificado por el artículo 51 del Decreto 019 de 2012. Por lo anterior, en el siguiente cuadro se presenta la asignación de puntaje por criterios de evaluación a utilizar:

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ITEM

CRITERIO DE EVALUACIÓN PUNTAJE MÁXIMO

ELEMENTO DE PRECIO 50

ELEMENTO DE OFRECIMIENTO ADICIONAL

30

ELEMENTO ASISTENCIA TÉCNICA 10

INCENTIVO A LA INDUSTRIA NACIONAL 10

Puntaje total 100

- ELEMENTO DE PRECIO MENOR PRECIO OFRECIDO 50 PUNTOS En el proceso de evaluación se realizará una corrección aritmética, la cual consistirá en lo siguiente: a) Al diligenciar el formato PROPUESTA TÉCNICA ECONÓMICA de los formatos del pliego de condiciones, el proponente no podrá adicionar, modificar, suprimir o alterar los ítems, unidades, cantidades y especificaciones técnicas dadas por el Hospital. Para la ponderación de la propuesta económica (asignación de puntaje), se tendrá en cuenta el valor total, a partir del valor total de la propuesta asignara puntaje así; PUNTAJE= Menor Valor Ofertado se le otorgará 50 puntos, de ahí en forma descendente se le otorgará menos 10 puntos ELEMENTOS DE ASISTENCIA TÉCNICA -DISPONIBILIDAD DE TALLER AUTORIZADO (Puntaje Máximo 10 Puntos) El proponente deberá acreditar que las marcas de los vehículos ofertados cuentan con concesionario y taller autorizado en el departamento de Boyacá, para atender los servicios de garantía y postventa (mantenimiento y repuestos), para lo cual deberá allegar el respectivo certificado suscrito por el representante legal y/o apoderado autorizado, del Fabricante y/o Representante de la Marca de los vehículos en Colombia, en la que manifieste el cumplimiento de la anterior condición. Así mismo, el certificado deberá manifestar que el proponente cuenta con el soporte y respaldo técnico en la prestación de los servicios técnicos, de garantía y postventa (mantenimiento y repuestos) para los vehículos ofertados dentro del proceso de Convocatoria Publica 006 de 2018. Así mismo, el proponente deberá aportar carta de intención, manifestando que prestará el servicio de mantenimiento y garantía de los equipos biomédicos dentro del departamento de Boyacá. El proponente debe contar con un taller para mantenimiento de la carrocería en el Departamento de Boyacá.

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OFRECIMIENTOS ADICIONALES El proponente que ofrezca los mayores beneficios que impliquen un impacto positivo en la meta del objeto del contrato se le asignará un puntaje adicional. OFRECIMIENTO BENEFICIO ADICIONAL PUNOS A

ASIGNAR Oferente que presente ingeniero biomédico registrado ante el Invima para el soporte técnico y atención al usuario de los equipos biomédicos.

20

Oferente que presente capacitación de uso y manejo de ambulancias, para mínimo ocho tripulaciones.

10

TOTAL 30 PUNTOS

14.1.7.6 INCENTIVO A LA INDUSTRIA NACIONAL (Puntaje Máximo 10 puntos) Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo de diez (10) puntos se tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 816 de 2003, artículo 1, parágrafo, modificado por el Decreto Ley 019 de 2012 el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.3.1, que define los servicios nacionales, disponiendo que "(...) son los servicios prestados por personas naturales colombianas residentes en Colombia por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana (...)" artículo 2.2.1.2.4.1.3 que indica la existencia de trato internacional así "(...) La Entidad Estatal debe conceder trato nacional (a) los oferentes, bienes servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales; (b) los bienes servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los oferentes de bienes servicios nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión comparación de la normativa en materia de compras contratación pública de dicho Estado; (c) los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable la materia. El Ministerio de Relaciones Exteriores debe expedir el certificado por medio del cual se acredite la situación mencionada en el literal (b) anterior en relación con un Estado en particular, lo cual no es requerido para acreditar las situaciones las que se refieren los literales (a) (c) anteriores. Para constatar que los oferentes de bienes servicios nacionales gozan de trato nacional en un Estado, el Ministerio de Relaciones Exteriores debe revisar comparar la normativa en materia de compras contratación pública del respectivo Estado para lo cual puede solicitar apoyo técnico del Ministerio de Comercio, Industria Turismo de Colombia Compra Eficiente, dentro de sus competencias legales. Los certificados para acreditar la condición a la que se refiere el literal (b) anterior deben ser publicados en la forma y oportunidad que para el efecto disponga Colombia Compra Eficiente. La vigencia de los certificados será de dos años contados partir de su expedición, sin perjuicio de que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o Colombia Compra Eficiente puede determinar vía circular la forma como el Ministerio de Relaciones Exteriores debe constatar que los oferentes de bienes servicios nacionales gozan de trato nacional de revisar comparar la normativa en materia de compras contratación pública para la expedición del certificado. Para personas naturales, la cédula de ciudadanía certifica la nacionalidad la visa de residente certifica la residencia. Para personas jurídicas se verifica con el certificado de existencia representación legal, si el domicilio de la persona está dentro del territorio nacional.

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14.2 CRITERIOS DE DESEMPATE En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones. Si persiste el empate, la Entidad Estatal escogerá la propuesta que haya sido primero radicada.

11. DESCRIPCIÓN DE LOS POSIBLES RIESGOS 11.1 TIPIFICACIÓN DEL RIESGO

RIESGOS PREVISIBLES RIESGOS IMPREVISIBLES

• Incumplimiento del contratista, frente a las obligaciones, ejecución oportuna y objeto a contratar; esto podría generar demoras en el cumplimiento del contrato o incumplimiento parcial o total del mismo.

• Modificaciones a las condiciones del contrato.

• Establecimiento de nuevos impuestos, tasas y contribuciones especiales y parafiscales; puede generar inestabilidad en el avance del contrato y retardo en la ejecución del mismo.

• Baja calidad de los bienes vendidos por el contratista, que genera incumplimiento parcial o total del contrato.

• Robos • Desastres naturales • Actos terroristas

12. GARANTÍAS EXIGIDAS 12.1 TIPIFICACIÓN DEL RIESGO Para garantizar las obligaciones surgidas con ocasión del proceso de selección y del contrato a celebrar los amparos que deben solicitarse al proveedor o contratista, de acuerdo con el objeto del contrato a ejecutar son los siguientes:

COBERTURA EXIGIBLE SI NO CUANTÍA VIGENCIA

Garantía de seriedad de la propuesta Diez (10%) por ciento del

valor total del contrato Tres (3) meses a partir del cierre del proceso

Cumplimiento general del contrato Diez (10%) por ciento del

valor total del contrato Duración del contrato y cuatro (4) meses más

Calidad del bien o servicio Diez (10%) por ciento del valor total del contrato

Duración del contrato y cuatro (4) meses más

Estabilidad de Obra Diez por ciento (10%) del valor total del contrato

Cinco (5) años a partir de la entrega de la obra

Page 30: Código: Página 1 30 FORMATO ESTUDIO PREVIO Versión ......FORMATO ESTUDIO PREVIO Código: Página 2 de 30 Versión: Vigente a partir de : se tienen en las sedes de mediana complejidad,

FORMATO ESTUDIO PREVIO

Código: Página 30 de 30 Versión: Vigente a partir de :

Buen Manejo y correcta inversión del Anticipo Ciento por ciento (100%) del

Valor del Anticipo Duración del contrato y cuatro (4) meses más

Salarios, prestaciones e indemnizaciones Cinco por ciento (5%) del

valor total del contrato Duración del contrato y tres (3) años más

Responsabilidad Civil Extracontractual 200 Salarios mínimos legales

vigentes Duración del contrato

Suministro de repuestos Diez por ciento (10%) del valor total del contrato

Duración del contrato Un (1) año más

Correcto funcionamiento de los equipos Diez por ciento (10%) del

valor total del contrato Duración del contrato Un (1) año más

Otras: Responsabilidad Civil profesional 400 Salarios mínimos legales

vigentes Duración del contrato

Nota: Las garantías consistirán en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizadas para funcionar en Colombia, en garantías bancarias y en general, en los demás mecanismos de cobertura del riesgo autorizados por el reglamento para el efecto.

13. RESPONSABLES DEL ESTUDIO PREVIO

ELABORADO POR: JUAN PABLO PEREZ GRANADOS Cargo: Coordinador Contratación

REVISADO POR: MARCELO MARIÑO MARTINEZ Cargo: Subgerente de Prestación de Servicios

Vo. Bo. MARCELA CONSTANZA VARGAS BERNAL Cargo: Subgerente Administrativo

APROBADO POR JOSE OMAR NIÑO CARREÑO Cargo: Gerente

ORIGINAL FIRMADO