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CÓDIGO DE TRÁNSITO
Sin normas de tránsito
Definiciones de
términos
CALZADA
AC
CID
EN
TE
DEPOSITO MUNICIPAL DE VEHICULOS
DE
RE
CH
O D
E P
AS
O
DE
TE
NC
IÓN
DE
TE
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RS
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ES
TA
CIO
NA
R
INTERSECCIÓN ISLA LICENCIA DE CONDUCIR
LINEA DE PARADA
MARCA
PE
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BR
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O
PR
EF
ER
EN
CIA
DE
PA
SO
TR
ÁN
SIT
O
SEÑAL DE TRÁNSITO
Cuneta
Zanja al lado del camino o de
la carretera destinada a recibir
las aguas pluviales.
Intersección
Área común de
calzadas que se cruzan
o convergen.
VIDEO 1
Isla
Área de seguridad
situada entre carriles
destinada a encauzar el
movimiento de vehículos
o como refugio de
peatones.
Paso peatonal (crucero peatonal)
Parte de la calzada destinada para el cruce de peatones.
Zona rígida
Área de la vía en la
que se prohíbe el
estacionamiento de
vehículos las 24
horas del día.
Los peatones y el uso de las vías
VIDEO 2
Reglamento Nacional de Tránsito
El peatón debe acatar las disposiciones reglamentarias que rigen el tránsito ylas indicaciones de los efectivos de la PNP, asignados al control del tránsito.Goza de los derechos establecidos en este Reglamento y asume lasresponsabilidades que se deriven de su incumplimiento.
Artículo 61.- Obligaciones del peatón:
No respetar las señales que rigen el tránsito o desobedecer las
indicaciones del efectivo de la PNP asignado al control del tránsito.
A-5: Muy grave (2%): S/. 72
Alterar, mutilar, remover o suprimir las señales de tránsito.
A-8: Muy grave (2%): S/. 72
Utilizar las señales de tránsito con fines publicitarios u otros, a
excepción de la publicidad que se emplea en las señales turísticas en
la forma establecida en el Manual de Dispositivos de Control de
Tránsito para Calles y Carreteras.
B-3: Grave (0.75%): S/. 27
Arrojar, depositar o abandonar objetos o sustancias en la vía
pública que dificulten la circulación o constituyan peligro para los
usuarios.
B-4: Grave (0.75%): S/. 27.00
También se aplican a las personas que usan sillas de ruedas paradiscapacitados, andadores motorizados y carritos de compras, así como alos vehículos de niños, como triciclos y cochecitos.
Artículo 62.- Inclusión en el concepto de peatón por
extensión:
El peatón tiene derecho de paso sobre cualquier vehículo, en las intersecciones de lascalles no semaforizadas, ni controladas por efectivos de la PNP o por señales oficialesque adviertan lo contrario, siempre y cuando cruce la intersección de forma directa a laacera opuesta y no en forma diagonal, y lo haga cuando los vehículos que se aproximana la intersección se encuentren a una distancia tal que no representen peligro deatropello.
Artículo 63.- Derecho de paso del peatón en vías no
semaforizadas.
Artículo 64º
El peatón tiene derecho de paso en las intersecciones semaforizadas o controladas por efectivos de la PNP o por señales oficiales.
Infracción al conductor:
G-4
S/ 288
El peatón tiene derecho de paso, respecto a los vehículos que cruzanla acera para ingresar o salir de áreas de estacionamiento.
Artículo 65.- Derecho de paso del peatón en entradas o
salidas de áreas de estacionamiento.
El peatón no tiene derecho de paso respecto a los vehículos de emergenciaautorizados tales como: bomberos, ambulancias, patrulleros, serenazgo, grúas yauxilio mecánico, y sobre los vehículos oficiales, cuando estos hagan uso desus señales audibles y visibles.
Artículo 66.- Preferencia de vehículos de emergencia y
oficiales.
El peatón debe circular por las aceras, bermas o franjas laterales, según el caso,sin utilizar la calzada ni provocar molestias o trastornos a los demás usuarios,excepto cuando deba cruzar la calzada o encuentre un obstáculo que estébloqueando el paso, y en tal caso, debe tomar las precauciones respectivas paraevitar accidentes. Debe evitar transitar cerca al sardinel o al borde de la calzada.
Artículo 67.-
Circulación
del peatón.
Transitar cerca del
sardinel o al borde
de la calzada.
C-1: Leve ( 0.5%):
S/. 18.00
En intersecciones señalizadas, los peatones deben cruzar la calzada por la zonaseñalizada o demarcada especialmente para su paso. En las intersecciones noseñalizadas, el cruce debe realizarse en forma perpendicular a la vía que cruza,desde una esquina hacia otra, y de ser el caso, atendiendo las indicaciones de losefectivos de la Policía Nacional del Perú. Debe evitar cruzar intempestivamente otemerariamente la calzada.
Artículo 68.- Cruce de la calzada.
Cruzar la calzada sin respetar las normas de tránsito o hacerlo de
manera intempestiva o temerariamente, encontrándose en estado de
ebriedad superior a 0.50 grs/lt o drogas comprobado o por negarse.
A-1: Muy grave (3%): S/ 108
Cruzar de
manera
intempestiva o
temerariamente
la calzada, sin
respetar las
normas de
tránsito.
A-2: Muy grave
(2%): S/. 72
En vías de tránsito rápido de acceso restringido, los peatones deben
cruzar la calzada por los puentes peatonales o cruces subterráneos.
Artículo 69.- Uso de puentes y cruces subterráneos.
Cruzar la calzada sin utilizar los puentes peatonales o
cruces subterráneos, en vías de tránsito rápido y/o de
acceso restringido.
A-3: Muy grave (2%): S/. 72.00
VIDEO 3
En los lugares donde funcionen semáforos vehiculares los peatones debencruzar la calzada durante el tiempo que los vehículos permanecen detenidospor la luz roja. Donde funcionen semáforos para peatones, estos debencruzar la calzada al iluminarse el campo verde y se abstendrán de hacerlocuando se ilumine el campo rojo.
Artículo 70.- Cruce según semáforos.
VIDEO 4
El peatón está obligado a someterse a las pruebas que le solicite el
efectivo de la PNP, para determinar su estado de intoxicación por
alcohol, drogas, estupefacientes u otros tóxicos, o su idoneidad, en ese
momento, para transitar. Su negativa establece la presunción legal en
su contra.
Artículo 75.- Pruebas de intoxicación.
Los peatones que no tengan derecho de paso, no deben cruzar la calzadapor delante de un vehículo que se encuentra detenido, o entre dosvehículos que se encuentran detenidos, salvo los casos en que la detenciónsea determinada por el cumplimiento de una disposición reglamentaria.
Artículo 76.- Prohibición de cruce.
Cruzar la calzada por delante de un vehículo detenido, por
cualquier causa, cuando no se asiste el derecho de paso.
A-6: Muy grave (2%): S/. 72
VIDEO 5
El peatón, al percatarse de las señales audibles y visibles de los
vehículos de emergencia y oficiales, despejará la calzada y
permanecerá en los refugios o zonas de seguridad peatonales,
cuando las condiciones lo permitan.
Artículo 77.- Conducta del peatón ante señales de
vehículos de emergencia y oficiales.
No respetar el derecho de preferencia de los vehículos de
emergencia o vehículos oficiales que se anuncian con sus señales
audibles y visibles. A-7: Muy grave (2%): S/. 72
Artículo 78.- Reglas de tránsito para el peatón.
En vías de tránsito
de doble sentido.
En un solo sentido caminar por la derecha y en
sentido contrario al tránsito.
Artículo 79º
Para subir o bajar de los
vehículos, los peatones deben
hacerlo:
1) Cuando los vehículos estén
detenidos.
Subir o bajar de los vehículos en
movimiento.
B-2. Grave (0.75%): S/. 27
2) Por la(s) puerta(s) ubicadas a
la derecha del timón, cuando
el vehículo se ubique en el
carril derecho de la vía.
3) Teniendo precaución con el
tránsito de vehículos menores y
bicicletas.
Subir o bajar el pasajero de los vehículos por el lado izquierdo
salvo que: De acuerdo al Reglamento Nacional de Vehículos, la
estructura del vehículo no cuente con puerta a la derecha; o se
encuentre autorizado por la autoridad competente.
C-3: Leve ( 0.5%): S/. 18.00
Sujetarse de algún elemento externo de la carrocería de un
vehículo que esta circulando.
C-2: Leve ( 0.5%): S/. 18.00
Los ancianos, niños, personas discapacitadas y, en general, los peatones que no se encuentren en el completo usode sus facultades físicas o mentales, deben ser conducidos por personas aptas para cruzar las vías publicas.
Artículo 80.- Tránsito de peatones que no se encuentran en
completo uso de sus facultades.
Está prohibido que los peatones circulen por las calzadas, o bajaro ingresar a ella para intentar detener a un vehículo, con el fin desolicitar su servicio, o por cualquier otra situación o circunstancia.
Artículo 81.- Prohibición de circular por la calzada.
Transitar por las calzadas, excepto para cruzarlas o evitar
un obstáculo.
A-4: Muy grave (2%): S/. 72
Bajar o ingresar repentinamente a la calzada para intentar
detener un vehiculo.
B-1: Grave (0.75%): S/. 27
Los conductores y el uso de las vías
Artículo 82.- Obligaciones del conductor.
Artículo 83.- Precauciones.
Otros vehículosPeatones
Esperar peatones despejen
la víaNo tocar bocina
Artículo 83.- Precauciones.
Con niños Discapacitados, gestantes y
adultos mayores.
Artículo 83.- Precauciones.
Artículo 84.- Asiento exclusivo del conductor.
Artículo 85.- Uso del cinturón de seguridad.
VIDEO 6
Artículo 86.- Gobierno del volante.
VIDEO 7
Artículo 87.- Uso de teléfono celular.
VIDEO 8
Artículo 88.- Prohibición del consumo de bebidas
alcohólicas.
VIDEO 9
Artículo 89.- Prohibición de conducir en estado de
cansancio o somnolencia.
Artículo 90.- Reglas generales para el conductor.
Verificar antes de salir a la vía Dispositivos en caso de emergencia
VIDEO 10
Artículo 90.- Reglas generales para el conductor.
Circular con cuidado y prevención.
Artículo 91.- Documentación requerida.
Si se trata de un vehículo especial o que circula en servicio
especial, llevará además, el permiso de circulación
correspondiente.
No llevar estos documentos implica una infracción al tránsito
Artículo 92.- Distancia obligatoria.
Conserve su distancia
VIDEO 11
Artículo 94.- Pruebas de intoxicación.
Artículo 94.- Pruebas de intoxicación.
Artículo 96.- Número máximo de pasajeros.
Artículo 98.- Uso de la bocina.
Utilice la bocina del vehículo que conduce solo para evitar situaciones
peligrosas.
Artículo 99.- Uso de señales audibles y visibles.
Se debe utilizar en
caso de emergencia
las señales audibles
y visibles.
Artículo 102.- Conductores de vehículos menores.
Vehículos menores automotores o no motorizados, tienen los derechos y
obligaciones aplicables a los conductores de vehículos mayores.
Artículo 104.- Carga en vehículos menores.
No debe llevar pasajeros que dificulten su visibilidad, equilibrio, adecuada conducción y debe llevar solo los que quepan en el.
Artículo 104.- Carga en vehículos menores.
No debe llevar carga que dificulten su equilibrio y adecuada conducción.
Artículo 105.- Obligaciones del conductor y acompañante de
motocicletas y bicicletas.
Artículo 107.- Licencia de conducir.
Para conducir un vehículo motorizado y no motorizado de tres ruedas o más,
debe ser titular de una licencia de conducir.
Artículo 109.- Prohibición de conducción por menor de
edad.
No se permitirá la conducción de un vehiculo automotor a un menor
de edad.
Personas con discapacidad y normas complementarias
CONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACIÓN
DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD (CONADIS)
Se creó mediante Ley Nº 27050,
que establece el marco jurídico
de protección, atención de
salud, trabajo, educación,
rehabilitación, seguridad social
y prevención, orientado a que
las personas con discapacidad
alcancen su desarrollo e
integración social, económica y
cultural
Artículo 45.- Reservación de asientos preferenciales en
los vehículos públicos.
El CONADIS coordinará con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y lasMunicipalidades a fin de que los vehículos de transporte público reserven asientospreferenciales cercanos y accesibles para el uso de personas con discapacidad.
“Artículo 44.- Dotación de áreas y acceso a
instalaciones públicas y privadas
Toda infraestructura de uso comunitario, público y privado, que se construya, deberá estar dotada de acceso,
ambientes, corredores de circulación, e instalaciones adecuadas para personas con discapacidad.
Artículo 46.- Parqueo público
Las Municipalidades dispondrán la reserva de ubicaciones en cada parqueo público para vehículosconducidos o que transportar personas con discapacidad.
Puentes peatonales sin rampas
Artículo 22.- Restricciones en las licencias de conducir por
discapacidad física (Según el Reglamento Nacional de
Licencia de Conducir).
Las restricciones que se consignan en las licencias de conducir por discapacidad física del titular son:
a) Vehículos automotores con transmisión automática.
b) Vehículos automotores especialmente acondicionados.
c) Con lentes correctores externos o de contacto.
d) Con audífonos.
e) Con dos espejos retrovisores laterales y espejo con ángulo de 180 grados.
f) Las demás que determine la autoridad competente.
Para acceder a una licencia de conducir de la clase A categoría I el postulante podrá tener como máximo dos (2) restricciones, las mismas que serán consignadas en la licencia de conducir. Los postulantes a una licencia de conducir de la clase A categorías II o III sólo podrán tener la restricción c).
Ley 28683
Los lugares de atención al público las mujeres embarazadas, niños, adultas mayores y condiscapacidad, deberán ser atendidos preferentemente disponiendo que los servicios de usopúblico, como es el Servicio de Transporte Público de Pasajeros, deberán implementar medidaspara facilitar el uso y/o acceso adecuado para dichas personas.
FACTORES CAUSANTES DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
Tres factores son claves en la explicación de los
accidentes de tránsito:
El factor humano
El factor vehiculo
El factor vial
ACCIÓN
INSEGURA
Factor Humano
CONDICIÓN
INSEGURA
Factor Vía / Vehículo
FACTOR HUMANO
El factor humano, es
el responsable
“indirecto” de la casi
totalidad de los
accidentes de
tránsito y de un
eslabón de la cadena
de errores que
producen el mismo.
VELOCIDAD
La velocidad es la relación entre el
espacio recorrido y el tiempo empleado.
Se expresa generalmente, en
kilómetros por hora (km/h).
Una de las causas de accidentes de
tránsito es el exceso de velocidad
Cuanto más velocidad se conduce, más
difícil es controlar el vehículo.
En nuestro país existe sanción para los
conductores por exceso de velocidad.
ALCOHOL
Conjugar alcohol y conducción es
realmente una mezcla que implica
graves riesgos.
No existen límites establecidos en
los cuales podamos confiar.
Cada organismo humano tiene una
respuesta propia y exclusiva al
efecto del alcohol en la sangre.
En el Perú el límite máximo de
consumo para conductores
particulares es de 0.5 g/l y de servicio
público es 0.25 g/l de alcohol en la
sangre.
CINTURONES DE SEGURIDAD
Su finalidad es proteger y retener el cuerpo del conductor y demás ocupantes.
Su correcta utilización disminuye
considerablemente el riesgo de
muerte en accidente de tránsito.
En nuestro país existe
sanciones a conductores que
no estén puestos los
cinturones de seguridad.
Los peatones que no
usan el puente peatonal o
cruzamos la vía con
imprudencia.
Conductores no respetan
la vía preferencial o se
colocan sobre la vía
peatonal o se estacionan
en lugar prohibido.
Pasajeros que exigen
al chofer que vayan a
mayor velocidad,
pero no exigen el
cinturón de
seguridad.
Empresarios de
transportes prefieren
la informalidad antes
que el cumplimiento
de los requisitos de
seguridad o las
normas laborales.
Autoridades que no predican con el ejemplo o
abusan de su poder.
EL FACTOR VEHÍCULO
EL PARQUE AUTOMOTOR EN EL PERÚ ES UNO DE LOS MÁS
PEQUEÑOS, PERO TAMBIÉN UNO DE LOS MÁS MORTALES
RELACIÓN COMPARATIVA DE LA TASA DE MOTORIZACIÓN Y MUERTES POR CADA 10,000 VEHÍCULOS DEL PERÚ CON
ALGUNOS PAISES AL 2006
667
227
208162
10767 63 49
12
9
6
12
15
2425
0
5
10
15
20
25
30
0
100
200
300
400
500
600
700
800
ALEMANIA MEXICO ARGENTINA CHILE COLOMBIAECUADOR BOLIVIA PERU
Tasa de Motorizacion Nº Muertos *10000 vehículo
TASA DE MOTORIZACIÓN
(Nº de Vehiculos x 1,000 hab.)
MUERTOS X CADA 10,000
VEHÍCULOS
Fuente: Información extraída de CIDATT
ANTIGÜEDAD MÁXIMA PERMISIBLE EN EL PERÚ DE
TRANSPORTE PÚBLICO SUPERA AMPLIAMENTE LA
PERMITIDA EN PRINCIPALES ECONOMIAS DE AMÉRICA
LATINA.
En el Perú se encuentranautorizadas a operarvehículos que ha la fechaposeen más de 30 añosde antigüedad, muy porencima de la antigüedadmáxima permitida en laseconomías de AméricaLatina.
Antigüedad permisible en vehículos de transportepúblico en algunos países de América Latina
Fuente: Información extraída de CIDATT
México Argentina Chile Colombia Perú Flota real
10 1012
20
30
Tenemos el parqueautomotor másviejo, inseguro ycontaminante de AméricaLatina.
El promedio de antigüedades de 17 años. Pero hayvehículos transitando quellegan a los 35 ó 40 años.
EL FACTOR VÍA
La vía es el espacio donde se desarrolla el tránsito de personas, animales y vehículos.
El mal estado de las
vías, la falta o la mala
instalación de
señalizaciones de
tránsito ocasiona
accidentes.
Las vías nacionales son responsabilidad del MTC.
Las vías departamentales son responsabilidad de losGobiernos Regionales.
Las vías vecinales son responsabilidad de losMunicipios.
IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS EN LAS VIAS
No permitamos que nuestros hijos (as) y/o estudiantes adquieran hábitos violentos a
temprana edad.
No nos acostumbremos a que las
muertes en accidentes de tránsito sean
simples accidentes, o que son
inevitables.
MUCHOS ACCIDENTES
SE PUEDEN EVITAR !!!
Teoría del accidente de
tránsito
...Un accidente de tránsito es un hecho involuntario
que ocurre en la vía pública o
en lugar entregado al uso público, en el cual
participa al menos un vehículo y cuya operación
genera daños en las personas y en las cosas.
No existe el ánimo ni la intención de generarlo.
Tres factores son claves en la explicación de los
accidentes de tránsito:
El factor humano
El factor vehiculo
El factor vial
ACCIÓN
INSEGURA
Factor Humano
CONDICIÓN
INSEGURA
Factor Vía / Vehículo
Pero, la pregunta que a diario nos hacemos es:
Los accidentes … ¿son realmente accidentes?
AMBIENTE
Cada accidente involucra:
VÍA
VEHÍCULO
CONDUCTOR
Ejemplo:Lluvia
AlcoholizadoCurva
Exceso de VelocidadNeumáticos Lisos
AMBIENTE
¿Dónde tenemos injerencia?
VEHÍCULO
CONDUCTOR
VÍA
Aunque no existe el ánimo ni la intención de generar un accidente de tránsito, sí existe, en
algún momento, una negligencia, imprudencia, o impericia de
alguien que permite que los factores de riesgo aparezcan o aumenten provocando
accidentes.
Exposición y Riesgo
En el tránsito el riesgo depende de 3 elementos:
1. La exposición es decir cantidad de movimientos o desplazamientos que realizan los usuarios.
2. La probabilidad básica de sufrir una colisión o accidente.
3. La probabilidad de traumatismo en caso de choque.
TEORÍA DEL ACCIDENTE
Ecuación de accidentes
A = R x E
A: Tasa de Accidentes = Nº de accidentes o víctimas por periodo (Ej.
Víctimas por año)
R: Riesgo de Accidentes = Nº de accidentes o víctimas por kms
recorridos, vehículos existentes, pasajeros transportados, viajes
realizados, etc. (Ej. [víctimas/km].
E: Exposición al riesgo = cantidad de
kilómetros, vehículos, pasajeros, viajes, etc. verificados por período. (Ej.
[km/año]).
Para disminuir la tasa de Accidentes/víctimas (A):
Hay que disminuir la Exposición (E) o el Riesgo (R).
¿Como?
Siendo conscientes de la Exposición
y
Previniendo y minimizando el Riesgo
A = E x R
EXPOSICIÓN
Para disminuir la exposición E,
se tendrían que disminuir los
viajes, sin embargo el
desarrollo económico de un
país tiende a producir el efecto
contrario.
A = E (Exposición) x R
RIESGO
Por lo tanto, parece lógico
orientar los mayores esfuerzos
en tratar de disminuir el riesgo
R, para mantener o disminuir A.
A = E x R (RIESGO)
A = E x R (RIESGO)
Conducir en estado de ebriedad o con drogas.
Conducir con sueño, no atento a las condiciones del
tránsito, hablando por celular o fumando.
Conducir con negligencia, impericia o imprudencia.
Peatones circulando en la vía pública con alcohol.
Peatones circulando en la vía pública con negligencia o
imprudencia.
Otros
El nivel de Exposición y de Riesgo
existente es el que genera el ACCIDENTE.
CASO 1
Exposición
Riesgo (Barrera sin terminal)
ACCIDENTE
ACCIDENTE
CASO 2
Riesgo (animales en la vía y en la berma)
Exposición
ACCIDENTE
ACCIDENTE
También con animales más
grandes
ACCIDENTE
CASO 3
Riesgo (vía sin vereda que proteja al peatón. )
Exposición (circulación de peatones)
ACCIDENTE
CASO 4
Riesgo: acompañante sin casco.
Exposición
ACCIDENTE
http://www.cnsv.gob.pe
http://www.cnsv.gob.pe/educativo.htm
Av. Arequipa Nº 810 – Ofic. 903, telf. 433-3661
Seguridad vial responsabilidad de todos