Catálogo de Las Lenguas Indígenas Nacionales (DOF 14ene2008)

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  • Lunes 14 de enero de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 31

    INSTITUTO NACIONAL DE LENGUAS INDIGENAS CATALOGO de las Lenguas Indgenas Nacionales: Variantes Lingsticas de Mxico con sus autodenominaciones y referencias geoestadsticas.

    Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional de Lenguas Indgenas.

    CATLOGO DE LAS LENGUAS INDGENAS NACIONALES: VARIANTES LINGSTICAS DE MXICO CON SUS AUTODENOMINACIONES Y REFERENCIAS GEOESTADSTICAS.

    El Consejo Nacional del Instituto Nacional de Lenguas Indgenas, con fundamento en lo dispuesto por los artculos 2o. de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos; 15, 16, 20 y tercero transitorio de la Ley General de Derechos Lingsticos de los Pueblos Indgenas; 1o., 3o. y 45 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal; 1o., 2o. y 11 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y los artculos 1o. y 10 fraccin II del Estatuto Orgnico del Instituto Nacional de Lenguas Indgenas; y

    CONSIDERANDO Que por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 14 de agosto de 2001, se reform y

    adicion la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, determinando el carcter nico e indivisible de la Nacin Mexicana y su composicin pluricultural sustentada en sus pueblos indgenas.

    Que con esta reforma constitucional nuestra Carta Magna reafirma su carcter social, al dedicar un artculo especfico al reconocimiento de los derechos de los pueblos indgenas.

    Que el artculo 2o. constitucional establece que los pueblos indgenas son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del pas al iniciarse la colonizacin y que conservan sus propias instituciones sociales, econmicas, culturales y polticas, o parte de ellas.

    Que uno de los derechos de los pueblos y las comunidades indgenas que reconoce el apartado A del artculo 2o. de nuestra Ley Suprema es el de la libre determinacin y, en consecuencia, el de la autonoma para preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyen su cultura e identidad.

    Que el artculo 2o. determina que en todos los juicios y procedimientos en que sean parte los pueblos indgenas o sus integrantes se debe garantizar el acceso pleno a la jurisdiccin del Estado y, para tal fin, se deben tomar en cuenta las costumbres y especificidades culturales de dichos pueblos, considerando, entre otros, el derecho a ser asistidos por intrpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.

    Que la Convencin Americana de Derechos Humanos, suscrita en Costa Rica en 1969, de la cual el Estado mexicano es parte desde el ao 1982, seala el compromiso de los estados parte a respetar los derechos y libertades reconocidos en sta y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona sujeta a su jurisdiccin, sin discriminacin alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma o religin, y que la misma establece el derecho lingstico de las personas para ser asistidos por intrpretes en los juicios en los que sean parte.

    Que el Convenio 169 sobre Pueblos Indgenas y Tribales en Pases Independientes, adoptado el 27 de junio de 1989 por la Conferencia General de la Organizacin Internacional del Trabajo, en su septuagsima sexta reunin, establece que los gobiernos deben asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participacin de los pueblos indgenas interesados, una accin coordinada y sistemtica para proteger los derechos de los pueblos indgenas y garantizar el respeto a su integridad; y que los gobiernos de los pases que lo ratifiquen deben tomar las medidas necesarias para asegurar que los individuos de estos pueblos tengan la oportunidad de leer y escribir en su lengua materna, o la de su comunidad y la oportunidad de llegar a dominar la lengua nacional o una de las lenguas oficiales del pas.

    Que a travs de los Acuerdos de San Andrs, suscritos en 1996, el Gobierno Federal se comprometi a garantizar a los pueblos indgenas mejores niveles de bienestar, desarrollo y justicia, desterrando comportamientos de discriminacin, combatiendo as la pobreza y la marginacin de stos, establecindose que para alcanzar la efectividad de los derechos sociales, econmicos, culturales y polticos de los pueblos indgenas el Estado debera garantizar el acceso pleno a la justicia, reconociendo y respetando las especificidades culturales, impulsando polticas culturales que eliminen las incomprensiones y discriminaciones hacia los indgenas. Que en los mismos Acuerdos se establece que deben promoverse y desarrollarse las lenguas y culturas indgenas, por lo que se debe destacar su conocimiento y respeto al contar las lenguas indgenas con el mismo valor social que el espaol (as llamado por la comunidad acadmica ibrica, y castellano, por la Constitucin Espaola de 1978). As mismo, se debe propiciar la educacin integral en lenguas indgenas, as como la enseanza y la lecto-escritura de las mismas, estableciendo programas educativos pluriculturales a todos los niveles, siendo la accin educativa el mecanismo para asegurar el uso y desarrollo de las lenguas indgenas.

    Que en los Foros de Consulta sobre Derechos Lingsticos de los Pueblos Indgenas, realizados por las Comisiones Unidas de Asuntos Indgenas y de Educacin Pblica y Servicios Educativos de la Cmara de Diputados en diversas entidades federativas, se concluy que en la Ley General de Derechos Lingsticos de los Pueblos Indgenas se estableciera como obligacin del Instituto Nacional de Lenguas Indgenas (INALI)

  • 32 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Lunes 14 de enero de 2008

    realizar un catlogo de lenguas indgenas; que stas deberan ser declaradas lenguas nacionales y oficiales en las regiones donde la poblacin indgena fuera mayoritaria; que es fundamental el reconocimiento jurdico de todas las lenguas indgenas que se hablan en el territorio nacional; que en los servicios mdicos que ofrece el Estado a la poblacin indgena se utilice la variante lingstica correspondiente a cada regin; que los derechos lingsticos deben ser capaces de dar cabida a dichas diferencias dialectales y a la discontinuidad geogrfica sin que stas sean un obstculo para su cohesin; y que en la administracin pblica y en los espacios pblicos de las regiones indgenas sean utilizadas obligatoriamente las variantes lingsticas locales.

    Que con fecha 13 de marzo de 2003 se public en el Diario Oficial de la Federacin la Ley General de Derechos Lingsticos de los Pueblos Indgenas, en la que se reconocen y protegen los derechos lingsticos, individuales y colectivos de los pueblos y comunidades indgenas, y en la que se refiere la promocin del uso y desarrollo de las lenguas indgenas, entendidas stas como aquellas que proceden de los pueblos existentes en el territorio nacional antes del establecimiento del Estado Mexicano, adems de aquellas provenientes de otros pueblos indoamericanos, igualmente preexistentes que se han arraigado en el territorio nacional con posterioridad.

    Que con dicha Ley, a su vez, se crea el INALI como un organismo descentralizado con personalidad jurdica y patrimonio propio, con el objeto de promover el fortalecimiento, la preservacin y el desarrollo de las lenguas indgenas que se hablan en el territorio nacional, y el conocimiento y disfrute de la riqueza cultural de la Nacin; y de asesorar a los tres rdenes de Gobierno para articular las polticas pblicas necesarias en la materia.

    Que el INALI tiene entre sus atribuciones la de disear estrategias e instrumentos para el desarrollo de las lenguas indgenas nacionales, en coordinacin con los tres rdenes de gobierno y los pueblos y comunidades indgenas.

    Que en trminos de la propia Ley General de Derechos Lingsticos de los Pueblos Indgenas, la administracin del INALI est a cargo de un Consejo Nacional, como rgano colectivo de gobierno, y un Director General, como responsable del funcionamiento del propio Instituto, y que dicho Consejo Nacional, previa consulta a los estudios particulares de los Institutos Nacional de Antropologa e Historia (INAH) y Nacional de Estadstica, Geografa e Informtica (INEGI), a propuesta conjunta de los representantes de los pueblos y comunidades indgenas y de las instituciones acadmicas que formen parte del propio Consejo, debe elaborar el CATLOGO DE LAS LENGUAS INDGENAS dentro del plazo de un ao siguiente a la fecha en que quede constituido dicho Consejo.

    Que con fecha 1 de septiembre de 2006, se public en el Diario Oficial de la Federacin el Estatuto Orgnico del INALI, en el que se establecen las bases de organizacin del Consejo Nacional del INALI, as como la estructura bsica, las facultades y funciones del INALI, y que de acuerdo con dicho Estatuto el Consejo Nacional qued instalado con sus nuevos integrantes en la Primera Sesin de 2006.

    Que mediante el mismo decreto en el que se promulg la Ley General de Derechos Lingsticos de los Pueblos Indgenas, se reform la fraccin IV del artculo 7o. de la Ley General de Educacin, con el fin de establecer que la educacin escolar debe promover el conocimiento de la pluralidad lingstica de la Nacin y el respeto a los derechos lingsticos de los pueblos indgenas, y que los hablantes de lenguas indgenas deben tener acceso a la educacin obligatoria en su propia lengua y espaol.

    Que con fecha 18 de enero de 2005 el INALI solicit al INEGI y al INAH, as como al Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropologa Social y a la Universidad de Quintana Roo, en su calidad de miembros del Consejo Nacional que en ese entonces tenan, informaran sobre la realizacin de estudios particulares propios para la elaboracin de un catlogo de lenguas indgenas; y que dichas instituciones dieron a conocer al INALI los avances con los que contaban en la materia.

    Que en la primera sesin ordinaria de 2005, el Consejo Nacional del INALI dio su conformidad para que este ltimo presentara un proyecto de CATLOGO DE LAS LENGUAS INDGENAS con el propsito de dar cumplimiento a la obligacin establecida en la Ley General de Derechos Lingsticos de los Pueblos Indgenas.

    Que entre las atribuciones del INALI est la de realizar investigacin bsica y aplicada para mayor conocimiento de las lenguas indgenas nacionales y promover su difusin, as como realizar investigaciones para conocer la diversidad de las lenguas indgenas nacionales; que entre dichas investigaciones cabe la elaboracin y la actualizacin del CATLOGO DE LAS LENGUAS INDGENAS que debe publicarse en el Diario Oficial de la Federacin.

    Que en el ao 2005 el INALI public el Catlogo de lenguas indgenas nacionales: Cartografa contempornea de sus asentamientos histricos, obra donde se establece la territorialidad de las agrupaciones lingsticas de los pueblos originarios de lo que hoy es el territorio nacional, como la primera de las dos fases consideradas para cumplir con el mandato relativo a la elaboracin del CATLOGO DE LAS LENGUAS INDGENAS y que la segunda de estas fases es la presente obra, en donde se identifican, de manera complementaria y, entre otros aspectos, las variantes lingsticas correspondientes tanto a las agrupaciones lingsticas antedichas, como a las agrupaciones de otros pueblos indoamericanos arraigados en territorio nacional.

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    Que el INALI ha generado actualizaciones a la catalogacin de las lenguas indgenas realizada y publicada por l mismo en 2005, derivadas de la atencin especial dada a la diversidad de las agrupaciones lingsticas en la segunda fase de elaboracin de dicho CATLOGO; y que, de conformidad con las atribuciones referidas, ha considerado la incorporacin de tales actualizaciones a la presente obra.

    Que no obstante que diversas dependencias y entidades del sector pblico e instituciones privadas han generado y difundido, mediante diversas publicaciones, conocimientos sobre la catalogacin de lenguas indgenas de Mxico, no ha existido para estos casos el reconocimiento legal para que las lenguas catalogadas en dichas obras tengan el carcter de LENGUAS NACIONALES con la misma validez que el espaol en sus territorios, localizacin y contexto en que se hablen.

    Que el CATLOGO debe sustentarse principalmente en conocimientos sobre las estructuras lingsticas y la interdependencia de stas con el comportamiento sociolingstico de sus usuarios; as como sobre las relaciones genealgicas, unidad y diversidad de las variantes lingsticas en relacin con su cobertura territorial histrica en los niveles estatal, municipal y de localidad.

    Que el reconocimiento gubernamental de las lenguas indgenas, considerando para ellas un estatus oficial, as como la equidad respecto del espaol, ha sido una demanda de los pueblos y comunidades indgenas de nuestro pas.

    Que las academias de lenguas indgenas tienen un papel sumamente importante en los procesos concomitantes al reconocimiento antes referido.

    Que en la Declaracin de Ptzcuaro sobre el Derecho a la Lengua, adoptada en julio de 1980, en la Declaracin Universal de Derechos Lingsticos, suscrita en Barcelona, Espaa, en junio de 1996, as como en la Declaracin de Totonicapn Adrin Ins Chvez sobre el Derecho de los Pueblos a la Lengua, suscrita en Totonicapn, Guatemala, en octubre de 2002, se reconoce el derecho de todas las personas a expresarse en su lengua materna, y la necesidad de incorporar las lenguas maternas en los sistemas normativos y como vehculo para la educacin escolarizada.

    Que la incorporacin de las lenguas maternas, en particular las de los pueblos indgenas, en los sistemas gubernamentales normativo-administrativos, educativos, de justicia, de salud, entre otros, requiere de un proceso de normalizacin lingstica de todas y cada una de ellas, el cual debe sustentarse, entre otros elementos, en la catalogacin lingstica.

    Que el CATLOGO proporciona informacin necesaria para desarrollar estudios de diferentes disciplinas acadmicas, y para favorecer el cumplimiento de los derechos lingsticos de los hablantes de las lenguas indgenas garantizados por el Estado en los sistemas educativos, de administracin e imparticin de justicia y dems escenarios.

    Que los resultados de la catalogacin lingstica tambin representan para el Estado informacin sobre la situacin sociocultural de una parte de la poblacin nacional, as como datos socioculturales pertinentes que le permitirn evaluar efectos de algunas de las acciones gubernamentales y le orientarn en la toma de decisiones de los niveles de gobierno federal, estatal y municipal, tocantes al cumplimiento de las metas nacionales de desarrollo y los compromisos de atencin internacionales relativos a la poblacin hablante de lengua indgena.

    Que es necesario promover entre toda la poblacin nacional el conocimiento sobre la diversidad lingstica de los pueblos indgenas arraigados en lo que hoy es el territorio nacional.

    Que es necesario llevar a cabo investigaciones multidisciplinarias para conocer la correspondencia existente entre los pueblos indgenas y su respectiva diversidad lingstica, como difundir los resultados de dichas investigaciones entre toda la poblacin nacional.

    Que, en general, fuera de sus respectivos mbitos culturales, se desconocen las autodenominaciones o expresiones con las cuales los hablantes de lenguas indgenas nombran a stas en su propia variante lingstica; y que el conocimiento, reconocimiento y difusin de dichas autodenominaciones es una de las formas de reivindicar a los pueblos, las comunidades y las mismas lenguas indgenas, ya que la denominacin comnmente utilizada para designar a las lenguas indgenas corresponde, al nombre que histricamente ha recibido de manera exgena el respectivo pueblo indgena que las habla.

    Que la diversidad lingstica identificada al interior de un pueblo indgena en nuestro pas no ha significado ni antes ni ahora, ni debe significar, una fragmentacin tnica, y que, en cambio, las distintas formas de hablar dentro de un mismo pueblo indgena son manifestaciones de su riqueza cultural.

    Que para avanzar en la construccin de una sociedad igualitaria, equitativa y no discriminatoria es necesario incluir y fomentar los enfoques del multilingismo y de la interculturalidad en las relaciones entre el Estado y la sociedad nacional, conformada sta por la poblacin hablante de lenguas indgenas y la poblacin hispanohablante.

    Que la poblacin nacional debe participar en la prctica y el fortalecimiento de la interculturalidad, en el reconocimiento de la riqueza cultural del pas y en el efectivo ejercicio de los derechos lingsticos individuales y colectivos de los pueblos indgenas.

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    Que cualquiera que sea el lugar de residencia o trnsito de los individuos y con independencia de las variantes lingsticas identificadas en el presente Catlogo, as como de la relacin genealgica y las referencias geoestadsticas consignadas aqu mismo para ellas, los hablantes de las lenguas indgenas nacionales gozan en todo momento de los derechos reconocidos en la Ley General de Derechos Lingsticos de los Pueblos Indgenas.

    Que la informacin contenida en el presente Catlogo ser til para el diseo, aplicacin, desarrollo y evaluacin de las polticas pblicas dirigidas a la poblacin hablante de lengua indgena, en particular para las acciones que el gobierno emprenda haciendo uso de las lenguas indgenas respectivas y para que los tres rdenes de gobierno adecuen las referencias a las lenguas indgenas nacionales de conformidad con la catalogacin aqu establecida y cuenten as con una nueva plataforma conceptual e informativa que les permita cumplir de mejor manera con las obligaciones que en esta materia les impone la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Derechos Lingsticos de los Pueblos Indgenas y los dems ordenamientos relacionados con derechos lingsticos.

    Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artculo 20 de la Ley General de Derechos Lingsticos de los Pueblos Indgenas, el Consejo Nacional del INALI emite el siguiente:

    CATLOGO DE LAS LENGUAS INDGENAS NACIONALES: VARIANTES LINGSTICAS DE MXICO

    CON SUS AUTODENOMINACIONES Y REFERENCIAS GEOESTADSTICAS

    Contenido 1. Introduccin. 2. Objetivos del Catlogo. 3. Procedimientos para catalogar las lenguas indgenas nacionales. 4. Descripcin del Catlogo. 5. reas de aplicacin del Catlogo. 6. Catalogacin de las variantes lingsticas y normalizacin de las lenguas indgenas nacionales. 7. Fuentes consultadas para la elaboracin del Catlogo. 8. Las variantes lingsticas de Mxico. 8.1 Variantes lingsticas de las agrupaciones de la familia lgica.

    8.2 Variantes lingsticas de las agrupaciones de la familia yuto-nahua.

    8.3 Variantes lingsticas de las agrupaciones de la familia cochim-yumana.

    8.4 Variantes lingsticas de las agrupaciones de la familia seri.

    8.5 Variantes lingsticas de las agrupaciones de la familia oto-mangue.

    8.6 Variantes lingsticas de las agrupaciones de la familia maya.

    8.7 Variantes lingsticas de las agrupaciones de la familia totonaco-tepehua.

    8.8 Variantes lingsticas de las agrupaciones de la familia tarasca.

    8.9 Variantes lingsticas de las agrupaciones de la familia mixe-zoque.

    8.10 Variantes lingsticas de las agrupaciones de la familia chontal de Oaxaca.

    8.11 Variantes lingsticas de las agrupaciones de la familia huave.

    9. Notas y apndices. 1. Introduccin En esta obra se cataloga la diversidad lingstica indoamericana de Mxico con base en criterios

    generales de genealoga lingstica, dialectologa y sociolingstica, considerando la informacin que el Instituto Nacional de Lenguas Indgenas (INALI) integr, automatiz, trabaj con pautas geoestadsticas, edit y public en el ao 2005 mediante el Catlogo de lenguas indgenas mexicanas: Cartografa contempornea de sus asentamientos histricos (Cartografa INALI 2005). El presente Catlogo de las lenguas indgenas nacionales tiene un carcter enunciativo, es una de las bases en que deber sustentarse la normalizacin de las lenguas indgenas nacionales proceso dispuesto en la Ley General de Derechos Lingsticos de los Pueblos Indgenas y su informacin deber ser actualizada peridicamente en razn de la dinmica de las lenguas y de los estudios multidisciplinarios en materia de lenguas indgenas. Por un lado, en torno a la dinmica de las lenguas debern ser considerados: a) su diversificacin o desaparicin; b) el ingreso y arraigo de poblacin hablante de alguna lengua indgena de origen no mexicano en el territorio nacional; y c) los fenmenos migratorios al interior de la Repblica. Por otro lado, para la actualizacin del Catlogo tambin

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    sern relevantes: a) los estudios sobre la identificacin sistemtica de las lenguas en relacin con determinados conjuntos de variantes lingsticas, as como sobre la distribucin y demarcacin geoestadstica de unas y otras; y b) la documentacin de la expresin con la cual los hablantes de lenguas indgenas nombran a stas en su propia variante lingstica. En lo sucesivo, dicha expresin ser referida en este trabajo como AUTODENOMINACIN.

    Las lenguas indgenas objeto del presente trabajo son aquellas que cuentan con hablantes vivos que adquirieron alguna de ellas como lengua materna y que la hablan con fluidez. Las fuentes que sustentaron la catalogacin de las familias, agrupaciones y variantes lingsticas aqu consideradas, as como la demarcacin de las referencias geoestadsticas de sus respectivos asentamientos histricos, adems de la Cartografa INALI 2005, fueron: a) los censos generales de poblacin y vivienda 1990 y 2000, y los conteos de poblacin y vivienda 1995 y 2005, realizados por el Instituto Nacional de Estadstica, Geografa e Informtica (INEGI); en particular, lo correspondiente a la informacin proporcionada por las personas que declararon hablar alguna lengua indgena; b) los conocimientos ms recientes sobre genealoga, dialectologa y sociolingstica generados por los investigadores de las lenguas indgenas de Mxico y de sus pases vecinos, accesibles mediante publicaciones, o proporcionados al INALI a travs de consultas; y c) la informacin producto de las consultas que el INALI realiz a hablantes de las distintas lenguas indgenas nacionales.

    2. Objetivos del Catlogo El presente Catlogo de las lenguas indgenas nacionales tiene como objetivos primordiales: a) dar a

    conocer cules son las lenguas indgenas habladas en nuestro pas para su reconocimiento como lenguas nacionales por la Ley General de Derechos Lingsticos de los Pueblos Indgenas; b) contribuir a hacer ms eficiente la atencin gubernamental dirigida a la poblacin hablante de lengua indgena; y c) colaborar para que la poblacin hablante de lengua indgena cuente con un mejor acceso a los derechos lingsticos que le reconoce el Estado.

    Con este Catlogo tambin se pretende: a) apoyar el cambio de actitud en la poblacin nacional respecto de las lenguas indgenas, sus hablantes y las prcticas socioculturales concomitantes a ellos, en trminos de reconocerlos como parte de la realidad nacional y de resarcir una deuda histrica, as como de lograr la justicia social, la visin y el trato equitativos correspondientes; b) contribuir al reconocimiento del patrimonio cultural intangible de nuestra nacin, en su parte relativa a la diversidad y riqueza de las lenguas indgenas, mediante una relacin relativamente novedosa en su conjunto de variantes lingsticas identificadas con sus respectivas autodenominaciones y referencias geoestadsticas, elaborada al nivel de desagregacin al cual la suma de conocimientos alcanzados permite llegar; c) sealar la necesidad de distinguir, en la teora y en la prctica, como dos dimensiones distintas, aunque estrechamente vinculadas, a los pueblos indgenas, por un lado, y a las lenguas indgenas, por otro; d) sensibilizar a la poblacin nacional acerca de las relaciones genealgicas de las lenguas indgenas en sus distintos niveles de agregacin y diferenciacin; e) ofrecer una base de informacin condensada y actualizada para apoyar la realizacin de estudios, investigaciones y trabajos que permitan avanzar en la identificacin de lenguas indgenas en relacin con determinados conjuntos de variantes lingsticas para documentar autodenominaciones, as como para mejorar el conocimiento de la relacin entre los pueblos indgenas y sus lenguas; f) proponer a las academias de lenguas indgenas una catalogacin de su respectiva diversidad lingstica que complemente la informacin con la que cuentan y les auxilie a focalizar las acciones de su competencia.

    Finalmente, otros objetivos de la presente obra son dar a conocer la diversidad lingstica correspondiente a las reas geogrficas sealadas en el Catlogo de lenguas indgenas mexicanas: Cartografa contempornea de sus asentamientos histricos; as como presentar, respecto de dicha publicacin, las actualizaciones que fueron posible realizar en trminos de la catalogacin lingstica propiamente dicha. Del mismo modo, se busca proporcionar una base firme a partir de la cual sea posible iniciar el proceso de normalizacin de las lenguas indgenas nacionales proceso referido en el apartado 6 para que stas queden plena y positivamente identificadas en todos los planos sociales, y logren la sistematizacin y las convenciones necesarias para el cabal desarrollo de todas sus funciones en la vida nacional.

    3. Procedimientos para catalogar las lenguas indgenas nacionales El presente apartado comprende la definicin de las categoras empleadas en la catalogacin de las

    lenguas indgenas nacionales (3.1), y una descripcin sucinta del proceso de catalogacin de las lenguas indgenas nacionales aplicado en esta obra (3.2).

    3.1. La presente catalogacin de las lenguas indgenas nacionales se desarroll considerando la diversidad lingstica de la sociedad mexicana como una realidad inobjetable y aprovechando, primordialmente, resultados y procedimientos de las investigaciones realizadas en genealoga lingstica, dialectologa y sociolingstica, enfocadas a las lenguas indgenas de Mxico y de sus pases vecinos. Los aportes obtenidos en dichas materias permitieron generar, para los efectos del presente trabajo y en aras de la adecuacin conceptual necesaria para el avance en la materia, las siguientes categoras: a) FAMILIA LINGSTICA; b) AGRUPACIN LINGSTICA; C) VARIANTE LINGSTICA; y d) LENGUA o IDIOMA. Sus definiciones y aplicaciones respectivas se ofrecen a continuacin.

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    3.1.1. La FAMILIA LINGSTICA, la categora ms inclusiva de los niveles de catalogacin aqu aplicados, se define como un conjunto de lenguas cuyas semejanzas en sus estructuras lingsticas y lxicas se deben a un origen histrico comn.

    Respecto de la aplicacin de la categora FAMILIA LINGSTICA, en el presente Catlogo fueron adoptados: a) las familias lingsticas indoamericanas presentes en Mxico con por lo menos una de sus lenguas, consideradas por Campbell (1997); y b) el modelo de familia lingstica empleado por dicho autor, por tratarse de un modelo que sintetiza las propuestas metodolgicas ms coherentes elaboradas hasta el momento, y que integra las fuentes ms confiables sobre las lenguas indgenas de todo el continente americano; tales caractersticas posicionan en la actualidad la propuesta de Campbell como una de las ms consensuadas en el medio.

    3.1.2. Por lo que respecta a la definicin de la categora AGRUPACIN LINGSTICA, de carcter intermedio en trminos de inclusin de los niveles de catalogacin aplicados en esta obra, conviene repasar primero la manera en que han sido llamados los pueblos indgenas en la historiografa mexicana. Las ms de las veces dichos pueblos han sido referidos mediante un nombre establecido durante la poca virreinal, como son por ejemplo: cora, chichimeca, huave, mixe, tepehua, tzeltal, entre otros. Al parecer, la mayora de estos nombres son de origen indgena, aunque por lo comn fueron aplicados de manera exgena, es decir, desde fuera del respectivo pueblo indgena que designan.

    Los nombres dados histricamente a los pueblos indgenas tambin han sido utilizados, por extensin, en la designacin de varios de sus rasgos culturales, en particular sus lenguas; de ello han resultado expresiones tales como lengua cora, lengua chichimeca, etctera. Adems, a partir de observar el uso e interpretacin dados a dichas expresiones lengua huave, lengua mixe y as sucesivamente, es evidente que la poblacin mexicana, en general, ha mantenido la falsa creencia de que cada pueblo indgena habla una lengua que nunca ha experimentado ningn tipo de cambio. Un anlisis de la historia social de nuestro pas permite identificar una relacin absolutamente asimtrica entre la poblacin dominante y la poblacin hablante de las lenguas originarias del territorio nacional; es precisamente en torno a ello que la poblacin dominante se refiere a la otra, de una manera sobregeneralizada, como poblacin indgena. Adems, esa misma relacin ha obstaculizado el conocimiento, y respectivos reconocimientos, de la gran diversidad cultural y lingstica existentes desde siempre en Mxico.

    Considerando tanto la dinmica social, histrica y contempornea de la poblacin mexicana, as como la diversidad cultural y lingstica nacional, es errneo suponer que: a) los pueblos indgenas hablan lenguas que no se han adaptado con el paso de los aos a nuevas condiciones de uso, como lo han hecho otras lenguas del mundo; y b) el habla de cada uno de los pueblos indgenas en la actualidad es homognea al grado de considerar que stos hablan una nica lengua. Adems, diferentes estudios lingsticos han demostrado que en el seno de varios de los pueblos indgenas son utilizadas, adems del espaol, variantes lingsticas tan diferenciadas que no es posible una comunicacin fluida entre los hablantes de una y los de otra. Lo anterior debe quedar plenamente diferenciado de los casos de multilingismo documentados en determinadas comunidades indgenas, en las que son empleadas lenguas pertenecientes a dos o ms pueblos indgenas (as ocurre, por ejemplo, en ciertas comunidades totonacas de la Sierra Norte de Puebla, en donde algunos de sus habitantes, adems de su propia lengua, tambin hablan nhuatl).

    Las distintas variantes lingsticas que han sido identificadas en torno al mismo pueblo indgena muestran ciertamente una alta cercana estructural entre s, debido a su origen comn en un pasado no muy lejano. Sin embargo, en trminos de la genealoga lingstica, la dialectologa y la sociolingstica, se trata de lenguas diferentes, respecto de las cuales no es posible que se produzca la mutua inteligibilidad durante la interaccin verbal espontnea de sus respectivos usuarios. En consecuencia, las expresiones lengua tepehua, lengua tzeltal, entre otras, han designado tradicionalmente el habla de los respectivos pueblos indgenas sin reparar en la semejanza o diferencia entre sus formas de expresin regional, social, ni en sus modificaciones perceptibles a lo largo del tiempo. Cabe mencionar que en la presente catalogacin fueron considerados, preponderantemente, los aspectos territoriales y sociales de las diferencias lingsticas a las que es posible acceder por va de los hablantes nativos con que stas cuentan en la actualidad; en cambio, no fue considerado en especfico ningn factor de naturaleza temporal en este trabajo.

    Por lo tanto, la categora AGRUPACIN LINGSTICA se define en los trminos de este Catlogo como el conjunto de variantes lingsticas comprendidas bajo el nombre dado tradicionalmente a un pueblo indgena.

    Respecto de la aplicacin de la categora AGRUPACIN LINGSTICA, en el presente Catlogo se procedi, por principio metodolgico, de la siguiente manera: a) considerar AGRUPACIN LINGSTICA y LENGUA como categoras diferentes, no como sinnimas; b) relacionar cada uno de los pueblos indgenas con una y slo una agrupacin lingstica, no as con una lengua indgena; c) suponer que las agrupaciones lingsticas con frecuencia se caracterizan por la diversidad de sus variantes lingsticas y no por su imaginada homogeneidad; y d) considerar que slo en los casos de una alta homogeneidad al interior de una agrupacin lingstica sta puede ser equivalente a una lengua indgena. El nombre que en este trabajo reciben las agrupaciones lingsticas es el que por tradicin ha venido usndose para designar al respectivo pueblo indgena; por ejemplo, mixteco, es el nombre de la agrupacin lingstica correspondiente al pueblo indgena mixteco (en el Catlogo de lenguas indgenas mexicanas: Cartografa contempornea de sus asentamientos histricos [Cartografa INALI 2005], tal nocin fue manejada como NOMBRE HISTRICO; vase el Apndice 2 del apartado 9).

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    3.1.3. La VARIANTE LINGSTICA es la categora que alcanza el mayor grado de detalle de los niveles de catalogacin aplicados en este trabajo y se define como una forma de habla que: a) presenta diferencias estructurales y lxicas en comparacin con otras variantes de la misma agrupacin lingstica; y b) implica para sus usuarios una identidad sociolingstica que contrasta con la identidad sociolingstica de los usuarios de otras variantes.

    Por lo general, para la identificacin de variantes lingsticas, de acuerdo con las prcticas ms comunes de la dialectologa, se comparan los sistemas lingsticos de una regin a otra, o de una localidad a otra, y an entre diferentes facciones territoriales o sectores sociales de una misma localidad. Dicha identificacin va acompaada, por lo comn, de su respectiva demarcacin geoestadstica, establecida por el conjunto de localidades en las que sus habitantes dicen tener interinteligibilidad mutua en su forma de hablar y donde se comparte la identidad sociolingstica.

    Las diferencias entre variantes lingsticas implican distintos problemas y grados de dificultad en la descodificacin de los mensajes que intercambian los individuos de distintas regiones, localidades o sectores sociales, vindose alterada, por ello, la inteligibilidad en distintas proporciones y, en ocasiones, hasta en sentidos asimtricos.

    Las variantes lingsticas, de conformidad con la sociolingstica, se encuentran vinculadas con una conducta basada esencialmente en principios de identidad respecto de la cual los individuos que hablan diferentes variantes de una misma agrupacin lingstica declaran tener problemas de inteligibilidad al recibir mensajes verbales en la variante que no es la suya y viceversa; existen casos en que la complejidad de la situacin, el alto nmero de factores implicados, las inercias sociales, educativas y formativas, entre otros asuntos, dificultan a las personas el reconocimiento y superacin de estas diferencias.

    Los problemas de inteligibilidad que llevan a los usuarios de una y otra variante lingstica a considerarse, en un plano de mutua exclusin, miembros de grupos sociales distintos, pueden ser explicados por varios factores, como por ejemplo los conflictos sociales histricos o contemporneos, o los cambios en la infraestructura y acceso a servicios en la respectiva regin. En otros casos, por encima del reconocimiento de diferentes variantes al interior de una misma agrupacin lingstica, sus respectivos hablantes se comunican entre s, hecho que no slo es posible sino tambin efectivo y hasta tradicional en algunas regiones del pas.

    La categora VARIANTE LINGSTICA permite apreciar que en los procesos de identificacin, demarcacin y catalogacin correspondientes a ellas tienen lugar tanto componentes meramente lingsticos por ejemplo, las diferencias estructurales y lxicas de una forma de hablar en oposicin a otra, como factores de carcter no lingstico la memoria histrica comunitaria, la informacin institucionalizada proporcionada a los individuos y las actitudes personales derivadas de ello.

    Respecto de la aplicacin de la categora VARIANTE LINGSTICA, en el presente Catlogo se establece una relacin de pertenencia de un nmero relativamente abierto de variantes lingsticas a una y slo una agrupacin lingstica. En este trabajo las variantes lingsticas son referidas mediante su autodenominacin, y se identifican simultneamente con su demarcacin geoestadstica.

    3.1.4. La categora LENGUA o IDIOMA, intermedia en trminos de inclusin entre AGRUPACIN LINGSTICA y VARIANTE LINGSTICA, se define como un sistema de comunicacin socializado mediante el cual dos o ms individuos que se identifican como o con miembros de una comunidad lingstica pueden codificar y descodificar, en un plano de mutua inteligibilidad, los mensajes orales o escritos que llegasen a intercambiar. Para la aplicacin de esta categora en el presente Catlogo, las variantes lingsticas deben ser tratadas como lenguas.

    3.2. De conformidad con los procedimientos de catalogacin aplicados aqu y con base en la primera fase de este proyecto, cuyos resultados se plasmaron en la Cartografa INALI 2005, se procedi a estudiar la diversidad lingstica correspondiente a cada una de las agrupaciones lingsticas con el propsito de identificar las eventuales variantes que las integran. Las variantes identificadas se encuentran consignadas aqu, hasta donde ello fue materialmente posible, junto con sus respectivas autodenominaciones y referencias geoestadsticas.

    Por su parte, los resultados de las investigaciones desarrolladas en torno a algunas agrupaciones lingsticas muestran importantes semejanzas estructurales entre sus variantes lingsticas, cuando las hay, as como altos ndices de identidad compartida entre sus hablantes. En el presente Catlogo, dicha homogeneidad se ve reflejada, principalmente, en aquellas agrupaciones lingsticas que presentan una sola variante lingstica y, en consecuencia, tales variantes pueden ser consideradas, con un grado considerable de probabilidad, una sola lengua indgena. Estas variantes se corresponderan, a su vez, con las agrupaciones lingsticas del menor grado de diversidad interna detectado, es decir, las agrupaciones constituidas por una lengua nada ms. nicamente bajo esas condiciones ser posible poner en correspondencia uno a uno a determinado pueblo indgena con una lengua indgena en particular, consideracin que no invalida la relacin genealgica que guarda dicha lengua con una determinada familia lingstica, ni se contrapone con los dems elementos catalogrficos aplicados en el presente trabajo.

    Las obras consultadas para la elaboracin de este Catlogo corresponden a publicaciones editadas a partir de la dcada de 1950, aun cuando la discusin sobre la catalogacin de las lenguas indgenas mexicanas sobre criterios genealgicos se remonta al ltimo cuarto del siglo XVIII. De las obras aqu consideradas, las de los autores siguientes son, en el medio, algunas de las ms reconocidas sobre estos

  • 38 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Lunes 14 de enero de 2008

    temas: Norman McQuown (1956 y 1967), Robert Longacre (1957), Mauricio Swadesh (1959, 1960 y 1963), Otto Schumann (1969 y 1990), Eugene Casad (1974), Terrence Kaufman (1974a), Evangelina Arana (1975), Steven Egland & Doris Bartholomew (1978), Lyle Campbell (1979 y 1997), Leonardo Manrique (1988 y 1995), Jorge Surez (1986), Thomas Smith Stark (1995 y 2001), Leonardo Manrique, Yolanda Lastra & Doris Bartholomew (1994-95), Raymond Gordon (2005), as como el libro Clasificacin de las lenguas indgenas de Mxico. Memoria del III Coloquio Internacional de Lingstica Mauricio Swadesh, coeditado por el Instituto de Investigaciones Antropolgicas de la Universidad Nacional Autnoma de Mxico y el INALI (2007). Las referencias completas del total de los estudios revisados se proporcionan en el apartado 7.

    Adicionalmente, fueron consultados: a) los acadmicos especializados en el estudio de las lenguas indgenas de Mxico y los pases circunvecinos, sobre distintos aspectos de la diversidad lingstica; y b) hablantes de lenguas indgenas considerando tanto sus conocimientos lingsticos empricos, como sus actitudes sociolingsticas, sobre la autodenominacin que dan a la lengua correspondiente, en su respectiva variante lingstica, as como respecto del grado de mutua inteligibilidad que tiene la variante lingstica de su localidad en comparacin con variantes de otras localidades o regiones. Sobre las reuniones, consultas y el trabajo de campo realizados con especialistas de las lenguas indgenas aqu catalogadas y con hablantes de dichas lenguas, se proporciona informacin complementaria en la Nota 2 del apartado 9.

    4. Descripcin del Catlogo Las categoras FAMILIA LINGSTICA, AGRUPACIN LINGSTICA y VARIANTE LINGSTICA guiaron el proceso de

    elaboracin del presente Catlogo de las lenguas indgenas nacionales y tambin orientarn, en buena medida, el de su constante actualizacin; dichas categoras son, a su vez, aquellas con las que el Instituto Nacional de Lenguas Indgenas (INALI) trata la diversidad lingstica de Mxico. En este apartado, despus de un breve repaso de dichas categoras, se describe el Catlogo, teniendo en cuenta los elementos relativos a cada una de ellas, as como la manera en que fue consignada su respectiva informacin en la presente obra.

    En primer lugar, el Catlogo reconoce la existencia en nuestro pas de varias familias lingsticas, lo cual significa que la poblacin originaria de lo que actualmente es el territorio nacional no comparti en la antigedad la misma historia sociocultural, sino que se desarroll sobre diferentes experiencias en tiempos y espacios presumiblemente dismiles tambin. En trminos generales, la categora FAMILIA LINGSTICA, especialmente por lo que corresponde a la realidad indgena mexicana, no es de uso comn para la mayora de la poblacin.

    En segundo lugar, esta obra da cuenta tambin de varias agrupaciones lingsticas, hecho que subsume el reconocimiento de una diversidad cultural y lingstica considerable y consecuente con la identificacin de las distintas familias lingsticas sealadas. Como fue referido en el apartado 3, la poblacin en general ha mantenido la falsa idea de que a cada pueblo indgena le corresponde una sola manera de hablar, hbito posiblemente derivado de una tradicin colonizadora homogeneizante y respecto de la cual se emplean expresiones tales como lengua totonaca, haciendo uso de la categora LENGUA o idioma, de amplia difusin, y haciendo uso del respectivo nombre de un pueblo indgena. Sin embargo, en estricto apego a la realidad, no existe la as llamada lengua totonaca; el panorama lingstico designado mediante tal expresin y otras tantas equiparables no es homogneo, sino demostrablemente diversificado. En consecuencia, en este Catlogo se procedi a emplear la categora poco difundida de AGRUPACIN LINGSTICA para categorizar el habla de cada pueblo indgena. As, continuando con el ejemplo, la expresin correspondiente en esta obra es agrupacin lingstica totonaca, la que designa un conjunto de variantes lingsticas que, debido a su alto grado de diferencias estructurales y lxicas, convendr tratar como lenguas distintas; esta situacin puede ponerse en contraste con otros casos, como el de la agrupacin lingstica tarasca, que refiere un conjunto de variantes cuyas escasas diferencias posibilitan que sta sea tratada como una misma lengua.

    En tercer lugar, el presente trabajo da a conocer un nmero sensiblemente alto de variantes lingsticas, las cuales representan uno de los indicadores ms fehacientes de la enorme diversidad lingstica y cultural de Mxico. Por su parte, la categora VARIANTE LINGSTICA es comnmente empleada por la poblacin hablante de lengua indgena, particularmente la que es bilinge lengua indgena-espaol, precisamente para hacer referencia a una forma de hablar que contrasta, en mayor o menor medida, en los planos estructural y/o lxico, con la de otra u otras comunidades o regiones asociadas con un mismo pueblo indgena.

    En este repaso de categoras, queda implcito que INDGENA tiene como referente, en el presente contexto, un conjunto de pueblos, conocimientos, lenguas, tradiciones y prcticas altamente diversificados, en nada homogneos ni uniformes, como lo hacen suponer las interpretaciones reduccionistas dominantes.

    En el presente Catlogo fueron consignadas: a) las 11 familias lingsticas indoamericanas que tienen presencia en Mxico con al menos una de las lenguas que las integran; b) las 68 agrupaciones lingsticas correspondientes a dichas familias; y c) las 364 variantes lingsticas pertenecientes a este conjunto de agrupaciones.

  • Lunes 14 de enero de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 39

    Las 11 familias lingsticas indoamericanas consideradas en esta obra son: I lgica. II Yuto-nahua. III Cochim-yumana. IV Seri. V Oto-mangue. VI Maya. VII Totonaco-tepehua. VIII Tarasca. IX Mixe-zoque. X Chontal de Oaxaca. XI Huave. Estas familias lingsticas se presentan de acuerdo con la distribucin geogrfica que tienen de norte a sur

    en el continente. Cabe aclarar que la integracin de estas familias lingsticas, lo que esencialmente significa el conjunto de agrupaciones lingsticas comprendidas en cada una de ellas, corresponde, en algunos casos, a la propuesta que incorpora los anlisis lingsticos ms recientes y ms exhaustivos, y, en los otros casos, a la ms aceptada entre los estudios de genealoga lingstica de las lenguas de la regin. Para mayor informacin respecto de la ubicacin geogrfica del territorio donde se hablan las agrupaciones lingsticas de las familias contenidas en este trabajo, sobre otras relaciones genealgicas, tanto de estas familias lingsticas, como de las agrupaciones lingsticas que las integran, y en torno a otros nombres dados a dichas familias, consltese el Apndice 1.

    En este Catlogo, la categora FAMILIA LINGSTICA fue desarrollada de la siguiente manera: por lo que respecta a su nomenclatura, de la variedad de nombres para cada una de las familias incluida en el Apndice 1, fue seleccionada slo una forma, en general la de uso ms extendido. Con tal nombre se hace referencia siempre, en este trabajo, a la familia lingstica; as ocurre en los respectivos encabezados de las secciones y cuadros del apartado 8, en donde se plasma la diversidad lingstica del pas a partir de la categora FAMILIA LINGSTICA. Acerca de los nombres de las familias lingsticas se puede sealar, en general, que stos corresponden por lo comn a una de las opciones que se detallan a continuacin:

    1.- Es uno de los nombres dados a la agrupacin lingstica que por s sola integra la familia; como los nombres chontal de Oaxaca, huave, seri y tarasca.

    2.- Es una expresin que alude a las subdivisiones mayores de la familia; como los nombres chochim-yumana, mixe-zoque y totonaco-tepehua.

    3.- Es una expresin compuesta por el nombre o parte de l de dos de las agrupaciones lingsticas pertenecientes a la famiia, por lo general aquellas habladas en los extremos del territorio comprendido por sta; como los nombres oto-mangue y yuto-nahua.

    4.- Es el nombre de una agrupacin lingstica de la familia, o el de un pueblo que habla una lengua de esa familia, que ha destacado en la historia regional, como el nombre maya; en otros casos, se recurre a una abreviatura de dicho nombre, como el trmino lgica.

    En el apartado 8, las familias lingsticas se presentan mediante un breve texto introductorio en el que, respectivamente, se incluye la explicacin del origen del nombre, los lugares en donde se hablan sus agrupaciones lingsticas y algn dato de carcter lingstico o histrico relevante para el caso. Vase el nmero (1), correspondiente a la familia lingstica lgica:

    (1) I FAMILIA LGICA El nombre de la familia lingstica lgica proviene de la contraccin del nombre de una

    de las dos subfamilias que la integran, la algonquina (alg-), y la adhesin a sta de una partcula (-ic) que seala pertenencia a algo. Cabe mencionar que, dentro de esta familia, las lenguas algonquinas han tenido, en trminos de cobertura geogrfica, diversidad interna y nmero de hablantes, mucha relevancia. Las lenguas de esta familia se hablan en gran parte de Canad y en el extremo norte de los Estados Unidos de Amrica, teniendo una concentracin muy significativa en la regin de los Grandes Lagos. El Kickapoo, que pertenece a la subfamilia algonquina y es la nica agrupacin lingstica de esta familia que se habla en Mxico. La llegada de los kickapoo a territorio nacional se dio en el siglo XIX cuando, despus de una invasin de los anglosajones a su territorio, le pidieron al gobierno mexicano un espacio para vivir y ste, a cambio, les solicit que defendieran a los pobladores mexicanos de los ataques de los comanches, muy frecuentes en aquel tiempo. Desde ese momento, los kickapoo son considerados un grupo binacional. En los Estados Unidos de Amrica a los kickapoo de Mxico se les conoce como la banda de Texas.

  • 40 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Lunes 14 de enero de 2008

    Posterior a la introduccin, se ofrece un esquema arbreo de la familia lingstica en cuestin. En l, se representan las relaciones genealgicas del total de sus elementos, con las subdivisiones correspondientes. En los casos en que as aplique, los elementos de la primera subdivisin de una familia sern llamados subfamilias y todas las subdivisiones subsecuentes sern llamadas subgrupos, para terminar en cada caso en el nivel de las agrupaciones lingsticas; en el esquema arbreo, tanto las subfamilias como los subgrupos y las agrupaciones se consignan con su respectivo nombre. De acuerdo con la catalogacin aplicada en la presente obra, el nivel de divisin que sigue a las agrupaciones es el de las variantes lingsticas, desarrolladas en el apartado 8, mas no representadas en los esquemas arbreos aqu comentados. Para la genealoga lingstica, los niveles de subdivisin se corresponden con los diferentes grados de diferenciacin estructural y lxica relativos a las formas de hablar. Respecto de las familias lingsticas con presencia tanto en Mxico como en el extranjero, en los esquemas respectivos se marca en negritas el nombre de las agrupaciones lingsticas que se hablan en nuestro pas, tal como se aprecia en el nmero (2), donde es mostrado el esquema genealgico de la familia cochim-yumana, y respecto del cual se explican y ejemplifican abajo los trminos expuestos en este prrafo:

    (2) Cochim-yumana Yumana Subgrupo pai (Yumano del norte) Tierras altas Walapai Havasupai Yavapai paipai kuahl Subgrupo Ro (Yumano del centro) Mojave Maricopa Quechan (Yuma) Subgrupo Delta-California cucap Diegueo Lipai Jamul kumiai kiliwa cochim () Los elementos y las relaciones del presente esquema se pueden explicar de la siguiente manera: 1.- La familia lingstica cochim-yumana en el primer nivel se divide en la subfamilia yumana, y en la

    agrupacin lingstica cochim (hoy extinta, lo que se seala con el signo ). 2.- En el segundo nivel, la subfamilia yumana se divide en tres subgrupos (pai, Ro y Delta-California) y

    en la agrupacin lingstica kiliwa (marcada en negritas por hablarse en Mxico). 3.- En el tercer nivel, el subgrupo pai se divide en el subgrupo Tierras altas y en dos agrupaciones

    lingsticas (paipai y kuahl, ambas en negritas por hablarse en Mxico); el subgrupo Ro se divide en tres agrupaciones lingsticas (mojave, maricopa y quechan); y el subgrupo Delta-California se divide en la agrupacin lingstica cucap (en negrita por hablarse en Mxico) y el subgrupo diegueo.

    4.- En el cuarto y ltimo nivel, el subgrupo Tierras altas se divide en tres agrupaciones lingsticas (walapai, havasupai y yavapai); y el subgrupo diegueo se divide en otras tres agrupaciones lingsticas (lipai, jamul y kumiai, la ltima en negritas por hablarse en Mxico).

    En el apartado 8, las agrupaciones lingsticas se presentan segn su posicin relativa, de arriba a abajo, en el esquema genealgico de la familia lingstica correspondiente.

    Cada una de las 68 agrupaciones lingsticas aqu catalogadas se distingue de las otras, por un lado, en razn de su pertenencia a una determinada familia lingstica; y, por otro, tanto por las diferencias entre sus estructuras lingsticas y repertorios lxicos, como por las oposiciones que en trminos de identidad manifiestan sus hablantes. Como puede apreciarse, las diferencias entre una y otra agrupacin, especialmente entre aquellas pertenecientes a una misma familia lingstica se dan en un plano lingstico y en un plano social; ambos planos proporcionan evidencia suficiente para la distincin plena de las agrupaciones lingsticas, al grado de que stas llegan a ser para sus respectivos usuarios sistemas de comunicacin ininteligibles uno respecto de otro y/o sistemas simblicos con que se diferencian los miembros de un pueblo frente a otro.

  • Lunes 14 de enero de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 41

    Las agrupaciones lingsticas son citadas en el presente Catlogo mediante el nombre con que usualmente han sido conocidos los pueblos indgenas a los que ellas se encuentran vinculados, como ya ha sido explicado en estas pginas. En los apndices 2 y 3 se ofrecen elementos complementarios sobre la conceptualizacin efectuada en el nivel de diversidad lingstica en que aqu son ubicadas las agrupaciones lingsticas, y se proporcionan otros nombres con que stas han llegado a ser denominadas.

    Es pertinente hacer dos anotaciones con respecto a la nomenclatura de las agrupaciones lingsticas. Primera, en los casos en los que el nombre de una agrupacin sea igual al de otra, ha sido agregado un elemento diferenciador de carcter geoestadstico, de conformidad con las prcticas acadmicas convenidas para este tipo de situaciones; tal es el caso de las agrupaciones chontal de Oaxaca (de la famiia lingstica chontal de Oaxaca) y el chontal de Tabasco (de la familia lingstica maya). Segunda, en el caso de las agrupaciones lingsticas que se hablan mayoritariamente en el extranjero, para la representacin de sus nombres han sido respetadas aqu las normas ortogrficas empleadas por los hablantes de sus respectivas comunidades no mexicanas. As, para el caso de las lenguas de origen guatemalteco, se sigue la normativa aprobada y sugerida por la Academia de las Lenguas Mayas de Guatemala, que tuvo su origen en las mesas de trabajo del proceso de la firma de los Acuerdos de Paz Firme y Duradera de diciembre de 1996; en trminos generales, dicha normativa consiste, primero, en escribir el nombre de la agrupacin con las grafas correspondientes a los alfabetos de cada una de las agrupaciones lingsticas con historia y cultura maya de Guatemala y, segundo, en escribir el nombre de la agrupacin con letra mayscula inicial. Para el caso de la agrupacin lingstica Kickapoo se utiliza la forma empleada en ingls, debido a que esta poblacin desarrolla la educacin formal escolarizada en los Estados Unidos de Amrica.

    Las 68 agrupaciones lingsticas catalogadas en el presente trabajo se enlistan de acuerdo con el ordenamiento alfabtico adoptado en esta obra, a saber: A, , , AA, A, , A, , AA, , AA, , B, C, CH, CH, D, E, , , EE, E, , E, , EE, , EE, , F, F, G, H, I, , , II, I, , I, , II, , II, , J, K, KW, K, KW, L, LL, M, N, , O, , , OO, O, , O, , OO, , OO, , P, P, Q, Q, R, S, T, T, TL, TS, TS, U, , , UU, U, , U, , UU, , UU, , V, W, X, Y, Z (El apstrofe que sigue a algunas consonantes representa tanto las consonantes glotalizadas, como las aspiradas). En este mismo orden se disponen las referencias geoestadsticas del apartado 8, as como las listas de agrupaciones lingsticas y autodenominaciones del apartado 9. stas son las agrupaciones, dispuestas en relacin con la familia lingstica a la que pertenecen:

    Akateko VI Familia maya Amuzgo V Familia oto-mangue Awakateko VI Familia maya Ayapaneco IX Familia mixe-zoque Cora II Familia yuto-nahua Cucap III Familia cochim-yumana Cuicateco V Familia oto-mangue Chatino V Familia oto-mangue Chichimeco jonaz V Familia oto-mangue Chinanteco V Familia oto-mangue Chocholteco V Familia oto-mangue Chontal de Oaxaca X Familia chontal de Oaxaca Chontal de Tabasco VI Familia maya Chuj VI Familia maya Chol VI Familia maya Guarijo II Familia yuto-nahua Huasteco VI Familia maya Huave XI Familia huave Huichol II Familia yuto-nahua Ixcateco V Familia oto-mangue Ixil VI Familia maya Jakalteko VI Familia maya Kaqchikel VI Familia maya Kickapoo I Familia lgica Kiliwa III Familia cochim-yumana Kumiai III Familia cochim-yumana Kuahl III Familia cochim-yumana Kiche VI Familia maya Lacandn VI Familia maya

  • 42 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Lunes 14 de enero de 2008

    Mam VI Familia maya Matlatzinca V Familia oto-mangue Maya VI Familia maya Mayo II Familia yuto-nahua Mazahua V Familia oto-mangue Mazateco V Familia oto-mangue Mixe IX Familia mixe-zoque Mixteco V Familia oto-mangue Nhuatl II Familia yuto-nahua Oluteco IX Familia mixe-zoque Otom V Familia oto-mangue Paipai III Familia cochim-yumana Pame V Familia oto-mangue Ppago II Familia yuto-nahua Pima II Familia yuto-nahua Popoloca V Familia oto-mangue Popoluca de la Sierra IX Familia mixe-zoque Qatok VI Familia maya Qanjobal VI Familia maya Qeqch VI Familia maya Sayulteco IX Familia mixe-zoque Seri IV Familia seri Tarahumara II Familia yuto-nahua Tarasco VIII Familia tarasca Teko VI Familia maya Tepehua VII Familia totonaco-tepehua Tepehuano del norte II Familia yuto-nahua Tepehuano del sur II Familia yuto-nahua Texistepequeo IX Familia mixe-zoque Tojolabal VI Familia maya Totonaco VII Familia totonaco-tepehua Triqui VI Familia oto-mangue Tlahuica V Familia oto-mangue Tlapaneco V Familia oto-mangue Tseltal VI Familia maya Tsotsil VI Familia maya Yaqui II Familia yuto-nahua Zapoteco V Familia oto-mangue Zoque IX Familia mixe-zoque A su vez, las 364 variantes lingsticas aqu identificadas constituyen la mayor parte de la informacin

    catalogrfica contenida en el presente trabajo. stas son referidas a detalle en el apartado 8, en la manera en que se describe a continuacin; adems, en el Apndice 4, se proporciona una lista de dichas variantes, ordenada alfabticamente por su autodenominacin.

    El contenido del apartado 8 sigue una organizacin general establecida por las familias lingsticas, de conformidad con el orden en que stas han sido enlistadas en la presente obra, de la familia lgica a la huave. Respecto de cada familia lingstica, la informacin se organiza por su o sus agrupaciones lingsticas, mismas que se ordenan segn la posicin en que aparecen, de arriba a abajo, en el esquema genealgico de su respectiva familia lingstica. Finalmente, a cada agrupacin lingstica le corresponde, en el apartado 8, un cuadro en el que se plasma su diversidad lingstica, refiriendo la o las variantes lingsticas que la componen; tales cuadros estn compuestos por dos bloques, uno tocante a la nomenclatura y otro a la localizacin. En el nmero (3) se ejemplifica el contenido de este prrafo:

  • Lunes 14 de enero de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 43

    (3) 8.2. Variantes lingsticas de las agrupaciones de la familia yuto-nahua tepehuano del sur

    Autodenominacin de la variante lingstica y nombre

    en espaol Referencia geoestadstica

    As, en el apartado 8, en la seccin correspondiente a la familia yuto-nahua, se consigna: a) el ttulo

    8.2. Variantes lingsticas de las agrupaciones de la familia yuto-nahua; b) el nombre de las agrupaciones lingsticas, en negritas, en este caso tepehuano del sur; y c) el cuadro de la diversidad lingstica correspondiente. A continuacin se explican y ejemplifican los elementos pertenecientes a dichos cuadros.

    1. El bloque de la nomenclatura comprende tres elementos: la autodenominacin, su transcripcin fontica y un nombre para denominarla en espaol.

    1.1. Autodenominacin de la variante lingstica. La autodenominacin es la expresin con la cual los hablantes de lenguas indgenas nombran a stas en su propia variante lingstica; sta se consigna en primer lugar en el espacio correspondiente, mediante una de las formas escritas empleada por el sector indgena correspondiente, como en el nmero (4) se ejemplifica con Odam:

    (4)

    Autodenominacin de la variante lingstica y nombre

    en espaol Referencia geoestadstica

    odam En los casos en que a distintas variantes lingsticas les corresponda una misma autodenominacin, por

    ejemplo Odam para dos variantes, la diferencia en su nomenclatura se establece agregando entre parntesis, segn proceda, un elemento preferentemente de orden cardinal o geogrfico, como en el nmero (5) lo ilustran las expresiones (bajo) y (alto):

    (5) Autodenominacin de la

    variante lingstica y nombre en espaol

    Referencia geoestadstica

    odam (bajo) odam (alto)

    Es importante aclarar que a pesar de la homonimia en la autodenominacin de distintas variantes

    lingsticas, cualquiera que sea el nmero de elementos iguales o incluso semejantes, tales variantes no pierden su carcter de formas de habla diferenciadas, hecho que se ve complementado con las referencias geoestadsticas correspondientes en exclusiva a cada una de ellas.

    1.2. Transcripcin fontica de la autodenominacin. Esta parte del bloque de la nomenclatura requiere de las siguientes advertencias: a) la autodenominacin de cualquier variante lingstica tiene como forma natural de manifestacin la expresin oral; b) la forma empleada en este Catlogo para representar por escrito las autodenominaciones es una de las empleadas dentro del sector indgena correspondiente; c) los procesos de escritura de las lenguas originarias, incluidas sus variantes, se encuentran en cada uno de los pueblos indgenas de Mxico en diferentes etapas de estudio, normalizacin o socializacin. Por consiguiente y con el objetivo de proveer una gua para acceder a la forma oral de la autodenominacin, se incluye, debajo de sta, su transcripcin fontica entre corchetes, conforme el Alfabeto Fontico Internacional (AFI); dicha transcripcin corresponde slo a la autodenominacin, no incluye los elementos entre parntesis empleados para diferenciar formas homnimas, como en el nmero (6) lo ilustra el elemento [odam]:

    (6) Autodenominacin de la

    variante lingstica y nombre en espaol

    Referencia geoestadstica

    odam (bajo) [odam]

    En el Handbook of the International Phonetic Association, 1999, as como en la pgina electrnica

    www.linguistics.ucla.edu/people/ladefoge/, se encuentra informacin relativa al AFI.

  • 44 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Lunes 14 de enero de 2008

    1.3. Nombre de la variante lingstica en espaol. A partir de las prcticas con que histricamente la poblacin nacional ha venido refirindose a los pueblos indgenas y a sus elementos culturales especialmente a sus lenguas, se propone aqu una expresin en espaol con la que se nombra a cada una de las 364 variantes lingsticas catalogadas en la presente obra. Dicha expresin se deriva del nombre de la agrupacin lingstica a la que pertenece la variante en cuestin e incorpora, segn se requiera, los elementos aclaratorios utilizados para diferenciar las autodenominaciones homnimas; como en el nmero (7) lo ejemplifica el elemento , consignado entre los signos en la ltima parte del bloque de la nomenclatura:

    (7) Autodenominacin de la

    variante lingstica y nombre en espaol

    Referencia geoestadstica

    odam (bajo) [oam]

    El INALI recomienda el uso de estos nombres en espaol a la poblacin nacional hispanohablante,

    principalmente, con el propsito de tener una forma prctica para hacer referencia a las variantes lingsticas objeto del presente Catlogo.

    2. El bloque de la localizacin comprende tres tipos de referencias geoestadsticas pertenecientes nicamente al territorio mexicano, a saber: entidades federativas, municipios y localidades. Los elementos contenidos en el presente bloque consisten, esencialmente, en informacin conceptualizada y generada por el Instituto Nacional de Estadstica, Geografa e Informtica (INEGI); as mismo, se emplean aqu las categoras y la nomenclatura con que este organismo se refiere a los aspectos geoestadsticos considerados en este Catlogo.

    2.1. Entidad federativa. La entidad federativa se consigna en primer lugar en el espacio correspondiente, en maysculas y seguida de dos puntos (a manera de apertura para la informacin municipal y de localidad correspondiente); cuando la variante lingstica se habla en ms de dos entidades federativas, sus respectivos nombres se disponen de manera alfabtica y la informacin corrrespondiente va separada por un espacio de rengln en blanco. El nmero (8) ejemplifica lo anterior:

    (8) Autodenominacin de la

    variante lingstica y nombre en espaol

    Referencia geoestadstica

    ... DURANGO: ZACATECAS:

    2.2. Municipio. El municipo se consigna en seguida de los dos puntos de la entidad federativa, en negritas

    y seguido de dos puntos (como apertura para la informacin de localidad correspondiente); cuando la variante lingstica se habla en ms de dos municipios, sus nombres se disponen de manera alfabtica en el espacio de la entidad federativa correspondiente y su respectiva informacin se separa mediante la convencin del punto y seguido. El nmero (9) ejemplifica lo anterior:

    (9) Autodenominacin de la

    variante lingstica y nombre en espaol

    Referencia geoestadstica

    ... DURANGO: Mezquital: . Schil: . 2.3. Localidad. La o las localidades en que se hablan las variantes lingsticas dentro del asentamiento

    histrico correspondiente a su respectivo pueblo indgena se consignan en seguida de los dos puntos del municipio, de corrido y de acuerdo con el orden alfabtico adoptado en esta obra. El nmero (10) ejemplifica lo anterior:

    (10) Autodenominacin de la

    variante lingstica y nombre en espaol

    Referencia geoestadstica

    ... DURANGO: Mezquital: Agua Caliente, Agua Prieta, Agua Prieta Chico, Agua Salada, Agua Seca, Agua Verde, Agua Zarca, Agita Zarca, Alamitos, Altamira, Ameca, Angostura, Arroyo de las Papas, Arroyo de Los Limones, Arroyo del Gavilancillo, Arroyo Hondo, Azafranes, Bajo de La Laguna Zopilotes.

  • Lunes 14 de enero de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 45

    Respecto de la nomenclatura de las localidades, se consignan en esta obra los nombres establecidos por el INEGI. Advirtase que cuando una localidad va seguida de una forma entre parntesis, se trata de un nombre alternativo identificado por el propio INEGI; por ejemplo, como se ilustra en el nmero (11), la localidad Bajo La Cofrada, ha sido identificada tambin como Chachamoles:

    (11) Autodenominacin de la

    variante lingstica y nombre en espaol

    Referencia geoestadstica

    ... DURANGO: Mezquital: Bajo La Cofrada (Chachamoles)

    Por su parte, cuando una localidad va seguida de una forma entre corchetes, se trata del nombre

    alternativo de una localidad, o de una precisin sobre ste, que ha sido identificado por el INALI durante las reuniones, consultas y el trabajo de campo desarrollados para la elaboracin del presente Catlogo; por ejemplo, como se muestra en el nmero (12), la localidad San Francisco de Ocotn ha sido identificada como San Francisco Ocotn:

    (12) Autodenominacin de la

    variante lingstica y nombre en espaol

    Referencia geoestadstica

    ... DURANGO: Mezquital: San Francisco de Ocotn [San Francisco Ocotn]

    5. reas de aplicacin del Catlogo De acuerdo con la Ley General de Derechos Lingsticos de los Pueblos Indgenas, es relevante la

    aplicacin del presente Catlogo de las lenguas indgenas nacionales en las siguientes reas: 1. La educacin pblica y privada en todos sus niveles. 2. La imparticin y administracin de justicia en todos sus rdenes. 3. La salud pblica en todos sus servicios. 4. La administracin pblica en todas sus modalidades y tipos de atencin. 5. La cultura en todas sus expresiones. 6. Los medios de comunicacin pblicos y privados en todos sus formatos, en particular por lo que

    corresponde al uso de las lenguas indgenas en ellos. 7. La regionalizacin que deben observar las acciones de las entidades pblicas o privadas que

    emprendan programas dirigidos a la poblacin hablante de lengua indgena, o en los que sta se vea involucrada, para lograr mayor eficiencia en trminos de comunicacin, transmisin de mensajes y comprensin lingstica.

    8. La planeacin de proyectos de desarrollo lingstico comunitario, regional, intermunicipal, interestatal o internacional que propongan los propios hablantes de los pueblos y comunidades indgenas, a travs de sus respectivas academias de lenguas o por el medio a su alcance o eleccin.

    9. Las investigaciones, programas acadmicos, actividades de difusin y de divulgacin cientficas que desarrollen las entidades pblicas o privadas en materia de lenguas indgenas.

    10. El proceso de normalizacin de las lenguas indgenas concomitante al presente Catlogo. Dentro de dichos mbitos o cualesquiera otros, la consulta y aplicacin del Catlogo proporcionar en lo

    general bases para mejorar la atencin gubernamental en sus tres niveles y la informacin institucionalizada en materia de lenguas indgenas que el Estado ofrece a la poblacin nacional. En lo particular, orientar a cualquier agente, pblico o social, de conformidad con las caractersticas lingsticas de la poblacin hablante de lengua indgena a considerar, en la toma de decisiones relativas a:

    1. La o las variantes lingsticas de las agrupaciones que se deben emplear cuando sea necesario el uso exclusivo de una de ellas, el uso alternado de dos o ms de ellas, as como el uso de una o ms variantes de manera alternada con el espaol.

    2. La o las variantes lingsticas de las agrupaciones lingsticas con territorio histrico binacional, o nicamente guatemalteco o estadounidense, que se encuentran comprendidas en los derechos lingsticos promovidos por el Estado mexicano.

    3. La variante a emplear en actividades tales como la enseanza, la instruccin, el aprendizaje, la lectura, la escritura, la redaccin, la traduccin, la interpretacin, la locucin o la conduccin, as como en la elaboracin de textos educativos, cientficos, recreativos, artsticos, legales, administrativos, entre otras actividades afines.

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    4. La variante en que se deben producir y reproducir, en forma impresa, auditiva, audiovisual o cualquier otra, los materiales dirigidos a la respectiva poblacin.

    5. El perfil que es necesario satisfacer, en lo tocante a la lengua que deben conocer en sus formas oral y escrita, los agentes educativos, jueces, mdicos/enfermeros, entre otros funcionarios del gobierno, ubicados o por establecerse en los espacios escolares, juzgados, hospitales y dems sedes de servicios pblicos localizados en regiones indgenas o en contextos no indgenas pero donde las condiciones en que se hace presente la poblacin hablante de lengua indgena determinan que sta debe ser atendida en su propia lengua.

    6. Los elementos lingsticos a considerar en la certificacin y acreditacin de tcnicos y profesionistas bilinges hablantes de lengua indgena y espaol.

    7. La cobertura geogrfica a considerar en relacin con la zonificacin escolar y la aplicacin de otros programas, y actividades correspondientes a los hablantes de lenguas indgenas.

    8. El universo lingstico de accin que le corresponde a los institutos estatales y municipales de lenguas indgenas, as como a las academias de lenguas correspondientes que existen o llegaran a fundarse.

    6. Catalogacin de las variantes lingsticas y normalizacin de las lenguas indgenas nacionales El Instituto Nacional de Lenguas Indgenas, de conformidad con las atribuciones que le confiere la Ley

    General de Derechos Lingsticos de los Pueblos Indgenas y despus de publicar esta primera versin del Catlogo de las lenguas indgenas nacionales, continuar analizando tanto la informacin aqu contenida como los nuevos estudios en la materia, y seguir estimulando la participacin comunitaria para acceder a los conocimientos y opiniones de los propios hablantes de las lenguas indgenas, con el propsito de actualizar la presente catalogacin y publicarla en intervalos de entre cinco y diez aos, o antes, de considerarlo necesario. De hecho, del Catlogo de lenguas indgenas mexicanas: Cartografa contempornea de sus asentamientos histricos al presente trabajo ya fueron aplicadas algunas actualizaciones (vase, por ejemplo, el Apndice 2 del apartado 9). Se prev que las actualizaciones a este Catlogo consistirn, en buena medida, en la depuracin de las variantes lingsticas reconocidas en la actualidad.

    Tal depuracin de variantes lingsticas implica primordialmente, en el marco sociolingstico de cada una de las respectivas agrupaciones lingsticas, investigar el grado de su homogeneidad estructural, por un lado, y el grado de identidad compartida por sus respectivos hablantes, por otro. Es preciso saber cules variantes lingsticas pueden ser incluidas en un mismo conjunto a partir de su funcionalidad comunicativa e identitaria efectivas; se requiere identificar y determinar, entre otras cosas, las redes ya existentes de comunicacin efectiva intercomunitaria o interregional; es decir, las comunidades de habla reales entre la poblacin indgena. En consecuencia, las investigaciones referidas darn las bases a partir de las cuales ser posible considerar, en trminos de la catalogacin lingstica: a) cundo las variantes lingsticas de una agrupacin conforman una sola lengua indgena; y b) cundo las variantes de la misma agrupacin corresponden a ms de una lengua indgena y a cules de esas lenguas pertenece cada una de tales variantes.

    Sin embargo, el reconocimiento gubernamental de las lenguas indgenas nacionales implica, adems de su catalogacin, y de manera concomitante a ello, un profundo proceso de normalizacin lingstica. Tal implicacin se sustenta, entre otros factores fundamentales, en el hecho de que las lenguas naturales indgenas o no son de naturaleza no discreta, y que son instituciones sociales de comunidades o conjuntos de comunidades cuyos distintos componentes tnico, econmico, ideolgico, etctera son verdadera y altamente dinmicos.

    La normalizacin lingstica como proceso sumamente complejo requiere, por lo tanto y entre otras cosas, del aprovechamiento de los conocimientos multidisciplinarios alcanzados en materia de lenguas indgenas, de la voluntad, organizacin y participacin comunitaria, de la participacin de autoridades federales, estatales y municipales, de la realizacin de la investigacin bsica faltante, de la capacitacin a la poblacin indgena en los campos de polticas pblicas y planeacin lingstica, de la concepcin, diseo, elaboracin, aplicacin y evaluacin de guas, manuales, cuestionarios, mtodos de enseanza, materiales didcticos, textos informativo-formativos, as como otro tipo de productos afines. Es altamente importante para el proceso de la normalizacin considerar siempre las aplicaciones prcticas de todo tipo de proyecto que lleven a la sistematizacin del conocimiento de la lengua y la cultura indgenas, as como a posicionar dicho conocimiento en el plano social; como por ejemplo: a) el establecimiento de alfabetos, unificados y argumentados a partir de estudios fonolgicos, y su socializacin entre todos sus agentes; b) la elaboracin de gramticas de uso escolar, basadas en estudios morfosintcticos; c) la produccin de diccionarios de referencia para su uso escolar y comunitario, realizados a partir de la lexicografa.

    El proceso de normalizacin subsume por igual la realizacin de estudios sociolingsticos e interdisciplinarios para identificar pautas socioculturales, espacios sociales y tendencias de la poblacin, entre otros aspectos, que podran apoyar el desarrollo del uso normado de la lengua indgena correspondiente en su forma escrita, con efectos especficos sobre su uso en la educacin, en la imparticin y administracin de la justicia, en el contexto de la salud, en los medios de comunicacin masiva, en todos los niveles de la vida pblica, y dems espacios referidos en el apartado 5.

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    El reconocimiento gubernamental de las lenguas indgenas, en particular el estatus dado a stas como lenguas nacionales, obliga a los distintos actores de la sociedad nacional a participar comprometidamente en la cimentacin de la nueva plataforma que la legislacin mexicana actual ha establecido con el nimo de propiciar una mejor vida para dichas lenguas. Tal plataforma requiere de diversas polticas pblicas que favorezcan la construccin de las LENGUAS INDGENAS NACIONALES como entes socioculturales renovados, como entidades seriamente identificadas en trminos sociales, polticos, acadmicos y administrativos, as como motivos de identidad y orgullo nacional para la poblacin en su totalidad. Por ejemplo, al interior del sistema educativo nacional, sera recomendable una poltica pblica especfica que fortalezca y ample la capacidad comunicativa de los hablantes de las lenguas indgenas en trminos del manejo de sus registros ms variados en la intercomunicacin con usuarios de variantes lingsticas diferentes a la suya. Adems, tal proceso constructivo demanda en especial la participacin de los hablantes de las lenguas indgenas, no slo de manera individual sino tambin familiar, comunitaria, en agrupaciones tales como academias de lenguas, asociaciones de profesionistas, de escritores, u otras formas de organizacin.

    7. Fuentes consultadas para la elaboracin del Catlogo A continuacin se presenta, en orden alfabtico, un listado de las obras que fueron consultadas para la

    realizacin del presente Catlogo de las lenguas indgenas nacionales en sus fases de planeacin, elaboracin y revisin. La lista se encuentra divida en tres partes; una correspondiente a los artculos, libros y trabajos ledos en reuniones acadmicas sobre temas de lingstica (1); otra, referente al marco jurdico (2); y una ms relativa a legislacin no mexicana (3).

    En la primera parte, la de temtica lingstica, se incluyen fichas bibliogrficas de las agrupaciones lingsticas o lenguas, as como del material que, por diferentes razones, es considerado obra de referencia entre los especialistas para el conocimiento de una familia, una agrupacin o una variante lingstica. En este apartado tambin se aluden los trabajos que versan sobre genealoga lingstica, dialectologa y sociolingstica consultados para elaborar esta obra. En las partes segunda y tercera, de carcter jurdico-legislativo, se anotan nicamente las referencias de aquellos documentos citados en los considerandos del Catlogo.

    El modelo de ficha aplicado para citar el material de la primera parte es el siguiente: 1.- Primer apellido del autor en maysculas, seguido del segundo apellido, en su caso, y del nombre. 2.- Ao de la edicin consultada. 3.- Ttulo del libro en letras cursivas, o ttulo del artculo o trabajo ledo entrecomillado. En los casos de

    los artculos o trabajos ledos se anota el nombre del editor, compilador o coordinador de la obra correspondiente al artculo o trabajo ledo, junto con el ttulo de dicha obra, en cursivas.

    4.- En el caso de los libros, se anota el nombre de la ciudad donde se hizo la publicacin (en los casos de una ciudad del extranjero, se proporciona el nombre en espaol de dicha ciudad), el nombre de la casa editora y, en su caso, las pginas en las que se encuentra el artculo o trabajo ledo.

    5.- En el caso de las revistas o publicaciones peridicas se anota su nombre en cursivas, seguido del nmero o volumen y las pginas en las que se encuentra el artculo o trabajo ledo.

    Todas las fichas se encuentran en formato de prrafo francs. 1. Artculos, libros y trabajos ledos en reuniones acadmicas AISSEN, Judith. 1987. Tzotzil clause structure. Dordrecht: Reidel Publishers. ALEXANDER, Ruth. 1980. Gramtica mixteca de Atatlahuca. Mxico, D.F.: Instituto Lingstico de Verano. AMADOR Hernndez, Mariscela. 1976. Gramtica del mazahua de San Antonio Pueblo Nuevo. Tesis de

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