Casos estación 3

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Aprendiz: Daniel González Programa: Técnico en Sistemas. CASO #1 Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices de la modalidad presencial. ¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría? En los derechos del aprendiz Sena encontramos en el numeral 4: “Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.” Por lo que Federico en el momento de legalizar su matrícula debía obtener un carnet en el que se lo identificaría como aprendiz Sena con el que obtendría benéficos en las instalaciones Sena y luego no presentaría mayores inconvenientes a la hora de su etapa productiva ya que en el artículo 3 de los principios generales menciona: “Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en los programas de formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e inseparables en su proceso formativo.” Por ello debería agilizar cuanto antes su carnet que lo identifique como aprendiz Sena para que no pierda la oportunidad de terminar su etapa productiva. En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le

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Aprendiz: Daniel González Programa: Técnico en Sistemas.

CASO #1

Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices de la modalidad presencial.

¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría?

En los derechos del aprendiz Sena encontramos en el numeral 4: “Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.” Por lo que Federico en el momento de legalizar su matrícula debía obtener un carnet en el que se lo identificaría como aprendiz Sena con el que obtendría benéficos en las instalaciones Sena y luego no presentaría mayores inconvenientes a la hora de su etapa productiva ya que en el artículo 3 de los principios generales menciona: “Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en los programas de formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e inseparables en su proceso formativo.” Por ello debería agilizar cuanto antes su carnet que lo identifique como aprendiz Sena para que no pierda la oportunidad de terminar su etapa productiva.

En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.

La respuesta de la líder de bienestar fue equivocada ya que en el artículo 3 de los principios generales menciona:

“Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en los programas de formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e inseparables en su proceso formativo.”

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Resaltando que el aprendiz en cualquiera de sus modalidades cuenta con los mismos derechos y deberes, por consiguiente se encuentra en la obligación de facilitar el carnet al aprendiz.

CASO #4

Uno de los aprendices plantea que no recuerda en qué consiste las faltas académicas y disciplinarias.

¿Cuáles son las medidas formativas y en qué consisten?

En el capítulo IX de medidas formativa y sancionarías plantea que son fallas de bajo grado, no afectan directamente a los deberes, derechos y prohibiciones establecidos en el reglamento del aprendiz Sena y que en alguno de los casos son ejecutadas en forma preventiva a una ocurrencia mayor o de mayor gravedad mejorando el comportamiento disciplinario de aprendiz y son :

- Llamado de atención verbal: es cuando el instructor, coordinador, subdirector o encargado de bienestar hace este llamado con el fin de mejorar el comportamiento disciplinario o académico para que no se presente afectaciones mayores.

- Plan de mejoramiento académico: es una medida para la consignación escrita de las faltas académicas cometidas por parte del aprendiz se lleva a cabo con unas estrategias de mejoramiento las cuales tendrán seguimiento por parte del instructor, coordinador, subdirector o encargado de bienestar que en 1 mes a partir de la concertación de las partes tendrán que dar resultado obteniendo solo resultados positivos para el aprendiz.

- Plan de mejoramiento disciplinario: este plan de mejoramiento también es una consignación en documento escrito que se lleva a cabo con el fin de mejorar actitudes comportamentales propias del aprendiz, generando cambios positivamente bajo el seguimiento del instructor, subdirector, coordinador o encargado de bienestar en un periodo de un mes como máximo para evidenciar los cambios estratégicos de mejoramiento anteriormente estipulados

¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?

En el artículo 28 en sanciones describe las faltas académicas o disciplinarias y están:

Llamado de atención escrito: es una consignación escrita dirigida por el coordinador académico o por el centro de formación al aprendiz con copia a la

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hoja de vida en donde se encuentra la falta cometida, los compromisos y el seguimiento dado según la gravedad del caso.

Condicionamiento de la matrícula: sanción impuesta por la incurrencia y agotamiento de planes de mejoramiento de una falta académica o disciplinaria. Con esta sanción se pierde los incentivos que hasta el momento se ese recibiendo y según la gravedad de la falta la cancelación de la matricula además de tiempo exonerado para poder acceder cualquier tipo de formación.

Mencione por lo menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio de los aprendices y qué casos se otorgan A los aprendices que se destaquen en su proceso formativo y se

inscriban en la convocatoria para tutorías se les pagara un 5%, 15% del salario mínimo vigente según las horas que el ejecute en el horario opuesto a su jornada de formación.

A los aprendices de escasos recursos que sean convocador y aprobados se les dará un incentivo mensual.