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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO CARÁTULA INCIDENCIA DE LA FIGURA JURÍDICA DE LA SILLA VACÍA DENTRO DEL DERECHO DE PARTICIPACION CIUDADANA EN EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE FRANCISCO DE ORELLANA EN EL AÑO 2014. Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de: ABOGADO Jiménez Yépez José Luis. TUTOR: MSc. Hernán Ullianodth García Suasnavas Quito, Mayo - 2016

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

CARÁTULA

INCIDENCIA DE LA FIGURA JURÍDICA DE LA SILLA VACÍA

DENTRO DEL DERECHO DE PARTICIPACION CIUDADANA EN

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL

DE FRANCISCO DE ORELLANA EN EL AÑO 2014.

Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de:

ABOGADO

Jiménez Yépez José Luis.

TUTOR: MSc. Hernán Ullianodth García Suasnavas

Quito, Mayo - 2016

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DEDICATORIA

A Dios por ser mi inspiración y que gracias a su amor, ha

permitido guiarme en el sendero de la fortaleza y perseverancia

para alcanzar mis objetivos.

A esos seres tan maravillosos, mis Padres: ANGEL VINICIO

JIMENEZ VILLARES Y DELIA EUFEMIA YEPEZ RUBIO; que

han constituido mi pilar fundamental en mi vida, por guiarme

con sus valores y virtudes, quienes con su amor y dedicación, y

su lucha silenciosa y constante de apoyo incondicional, han

hecho de mí, el hombre e hijo afortunado; cuya gratitud y amor

quedara plasmado en este presente proyecto de investigación.

A mis hermanos y familia en general, por ser quienes han

depositado en mí, la confianza y apoyo para seguir adelante

con cada paso de mi vida.

Y en memoria de: mi pequeño Angelito, que con su presencia

fugaz, desencadenó un amor eterno. Al igual que a mi gran

amigo y ex compañero de clases: JOSE ALEJANDRO

CHANALUISA YANQUE, por ser, ese amigo que con su

sencillez y humildad, se ganó mi gran admiración.

José Luis Jiménez Yépez

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AGRADECIMIENTO

A Dios, ser noble, fuente inagotable de conocimiento y amor; por darme Fe y

esperanza, y por hacer posible mi compromiso con la vida.

A mis padres, quienes han hecho posible gracias a su amor y apoyo, el

cumplimiento de mi etapa Universitaria.

A mis Hermanos y Familia, por ser esas personas maravillosas, que gracias a su

confianza y aliento, me ha permitido seguir adelante con mis objetivos.

A mis profesores Universitarios por impartir sus conocimientos importantes,

para consolidar mi preparación académica, que en lo venidero serán aplicadas con un

profundo espíritu de responsabilidad, en aras de servir a la sociedad; y, en especial a mi

Director del presente Proyecto de Investigación, Doctor. HERNAN ULLIANODTH

GARCIA SUASNAVAS, por ser una persona merecedora de un profundo respeto y

admiración; virtudes de una persona, que ha demostrado su compromiso y amor a la

docencia universitaria.

A mi Gloriosa Universidad Central del Ecuador, por abrirme las puertas y

transmitirme el verdadero amor por mi Carrera de Derecho, que día tras día, me llenó de

mucho optimismo a través de sus grandes maestros.

José Luis Jiménez Yépez

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DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD

Quito DM, 23 de mayo del 2016.

Yo, José Luis Jiménez Yépez, portador de la cedula de ciudadanía No. 2200034433, en

mi calidad de autor de la investigación , libre y voluntariamente declaro que el trabajo

de Grado titulado: “Incidencia de la figura jurídica de la silla vacía dentro del derecho

de participación ciudadana en el gobierno autónomo descentralizado municipal de

Francisco de Orellana en el año 2014”, es de mi plena absoluta autoría, original y no

constituye plagio o copia alguna, constituyéndose en documento único, como mandan

los principios de la investigación científica, de ser comprobado lo contrario me someto

a las disposiciones legales pertinentes.

Es todo cuanto puedo decir en honor a la verdad.

Atentamente.

José Luis Jiménez Yépez

CC. 2200034433

Telf: 0982804509

E- mail: [email protected]

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AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL

Yo, José Luis Jiménez Yépez, en calidad de autor del Proyecto de Investigación

titulado: “Incidencia de la figura jurídica de la silla vacía dentro del derecho de

participación ciudadana en el gobierno autónomo descentralizado municipal de

Francisco de Orellana en el año 2014.” , por la presente, autorizo a la UNIVERSIDAD

CENTRAL DEL ECUADOR, hacer uso de todos los contenidos que me pertenecen o

parte de los que contiene esta investigación, con fines estrictamente académicos o de

investigación.

Los derechos que como autor me corresponden, con excepción de la presente

autorización, seguirán vigentes a mi favor de conformidad con lo establecido en los

artículos 5,6, 8 y demás que sean pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y

Reglamento.

Quito DM, 23 mayo del 2016.

José Luis Jiménez Yépez

CC. 2200034433

Telf: 0982804509

E- mail: [email protected]

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APROBACIÓN DEL TUTOR

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APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO

Los Miembros del Tribunal de Grado APRUEBAN, el presente trabajo de

investigación, titulado: “Incidencia de la figura jurídica de la silla vacía dentro del

derecho de participación ciudadana en el gobierno autónomo descentralizado municipal

de Francisco de Orellana en el año 2014” presentado por el señor: José Luis Jiménez

Yépez.

Para constancia firman:

______________________________

PRESIDENTE

______________________ ______________________

VOCAL VOCAL

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ÍNDICE DE CONTENIDOS

DEDICATORIA ................................................................................................... ii

AGRADECIMIENTO ......................................................................................... iii

DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD .......................................................... iv

AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL .................................... v

APROBACIÓN DEL TUTOR ............................................................................ vi

APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO ............................................... vii

ÍNDICE DE CONTENIDOS ............................................................................. viii

ÍNDICE DE ANEXOS ........................................................................................ xi

ÍNDICE DE CUADROS .................................................................................... xii

ÍNDICE DE GRÁFICOS ................................................................................... xiii

RESUMEN ........................................................................................................ xiv

ABSTRACT ....................................................................................................... xv

INTRODUCCIÓN ................................................................................................ 1

CAPÍTULO I ........................................................................................................ 3

1. PROBLEMA ..................................................................................................... 3

1.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ................................................... 3

1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA ........................................................ 4

1.3 PREGUNTAS DIRECTRICES .................................................................. 4

1.4 OBJETIVOS ............................................................................................... 5

1.4.1 Objetivo General .................................................................................. 5

1.4.2 Objetivos Específicos ........................................................................... 5

1.5 JUSTIFICACIÓN ....................................................................................... 6

CAPÍTULO II ....................................................................................................... 8

2. MARCO TEÓRICO ......................................................................................... 8

2.1 ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN ......................................... 8

2.2 FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA ........................................................... 13

1. LA SILLA VACÍA EN EL MARCO LEGAL ECUATORIANO ............. 13

1.1. La Silla Vacía. .......................................................................................... 13

1.1.1. Definición .......................................................................................... 13

1.1.2. Concepto ............................................................................................ 14

1.1.3 Marco Legal. ...................................................................................... 15

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1.2. La Silla Vacía en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de

Francisco de Orellana-Ordenanza Municipal Nº 005-2011; y su mecanismo para su

cumplimiento. ............................................................................................................. 17

2. DERECHO DE PARTICIPACION CIUDADANA EN LA LEGISLACION

ECUATORIANA. ....................................................................................................... 24

2.1. Derecho de Participación Ciudadana. ...................................................... 24

2.2 Concepto ................................................................................................... 26

2.3. Concejo de Participación Ciudadana y Control Social. ........................... 26

2.3.1. Designación de Autoridades. ............................................................. 29

2.3.2. Participación y Control Social. .......................................................... 31

2.3.3. Transparencia y Lucha Contra la Corrupción. .................................. 32

2.4. Participación Ciudadana como Derecho Fundamental. ........................... 33

3. EFECTIVO CUMPLIMIENTO DE LA SILLA VACIA. .......................... 35

3.1. La Sociedad y la Silla Vacía. ................................................................... 36

2.3 FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA .......................................................... 38

2.3.1. Normativa Nacional .......................................................................... 38

2.4 IDEA A DEFENDER ............................................................................... 38

2.4 CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES ...................................... 39

2.4.1Variable Independiente ........................................................................ 39

2.4.2 Variable Dependiente ......................................................................... 39

2.5 DEFINICIÓN DE TÉRMINOS BÁSICOS .............................................. 39

CAPÍTULO III .................................................................................................... 43

3. METODOLOGÍA ........................................................................................... 43

3.1 DETERMINACIÓN DE LOS MÉTODOS A UTILIZAR ....................... 43

3.1.1. Métodos ............................................................................................. 43

3.2 DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN ....................................................... 45

3.3 OPERALIZACIONALIZACIÓN DE LAS VARIABLES ....................... 46

3.4 POBLACIÓN Y MUESTRA .................................................................... 48

3.5 TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE INVESTIGACIÓN ..................... 50

3.5.1 Técnicas de Investigación ................................................................. 50

3.6 VALIDEZ Y CONFIABILIDAD DE LOS INSTRUMENTOS .............. 50

3.7 TÉCNICAS DE PROCESAMIENTO Y ANÁLISIS DE DATOS .......... 50

CAPÍTULO IV ................................................................................................... 52

4. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS .............................................................. 52

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x

4.1 RECURSOS HUMANOS ......................................................................... 52

4.2 RECURSOS TÉCNICOS ......................................................................... 52

4.3 RECURSOS MATERIALES .................................................................... 53

4.4 RECURSOS FINANCIEROS ................................................................... 53

4.5 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES .................................................... 54

4.6 ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS. ....................... 55

CAPÍTULO V ..................................................................................................... 60

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ................................................. 60

5.1 CONCLUSIONES .................................................................................... 60

5.2 RECOMENDACIONES ........................................................................... 61

CAPÍTULO VI ................................................................................................... 62

PROPUESTA ..................................................................................................... 62

6.1. DATOS INFORMATIVOS ..................................................................... 62

6.1.1. Localización. ..................................................................................... 62

6.2 ANTECEDENTES. ................................................................................... 62

6.3. JUSTIFICACION. ................................................................................... 63

6.4. OBJETIVOS. ........................................................................................... 63

6.4.1. Objetivo General. .............................................................................. 63

6.4.2. Objetivos Específicos. ....................................................................... 64

6.5 UBICACIÓN SECTORIAL Y FISICA. ................................................... 64

6.6. CARACTERÍSTICAS DE LA UNIDAD DE OBSERVACIÓN. ........... 65

6.7 BENEFICIARIOS. .................................................................................... 65

6.8 FACTIBILIDAD. ...................................................................................... 65

6.9 DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA. ................................................... 66

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ............................................................... 68

ANEXOS ............................................................................................................ 71

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ÍNDICE DE ANEXOS

Anexo 1. Esquema Demostrativo ....................................................................... 71

Anexo 2. Entrevista ............................................................................................ 73

Anexo 3. Encuesta .............................................................................................. 75

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ÍNDICE DE CUADROS

Cuadro 1: Matriz de las Variables ...................................................................... 46

Cuadro 2: Población ........................................................................................... 48

Cuadro 3: Recursos Humanos ............................................................................ 52

Cuadro 4: Recursos Técnicos ............................................................................. 52

Cuadro 5: Recursos materiales ........................................................................... 53

Cuadro 6: Recursos financieros .......................................................................... 53

Cuadro 7: Cronograma ....................................................................................... 54

Cuadro 8: Resultado de la Encuesta ................................................................... 55

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ÍNDICE DE GRÁFICOS

Gráfico 1. UBICACIÓN SECTORIAL Y FISICA. ........................................... 64

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TEMA: “Incidencia de la figura jurídica de la silla vacía dentro del derecho de

participación ciudadana en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de

Francisco de Orellana en el año 2014”

Autor: José Luis Jiménez Yépez

Tutor: MSc. Hernán Ullianodth García Suasnavas

RESUMEN

El derecho de participación ciudadana bajo la figura jurídica de la Silla Vacía, a nivel

nacional y específicamente en el Cantón Francisco de Orellana, existe una dicotomía en

cuanto a su conocimiento, por parte de los pobladores, al no aplicar de manera correcta

la Silla Vacía en las sesiones que convoca el Concejo Municipal, sin embargo existe la

normativa jurídica en varios cuerpos legales; y, su procedimiento se plasma a través de

la Ordenanza Municipal 005-2011, pero ésta no ha sido de conocimiento público, por tal

razón fue necesario realizar la investigación correspondiente, a fin de determinar la

causa principal, para posterior encaminar una solución que se materializa en expedir por

parte del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana,

talleres de concientización, respecto al derecho constitucional de participación

ciudadana, en este caso la figura legal de la Silla Vacía, a los dirigentes barriales para

que ellos sean voceros hacia sus pobladores de cada barrio al que pertenecen; cuyo

objetivo es el conocimiento pleno, para que en próximas sesiones del Concejo

Municipal, sean partícipes en la toma de decisiones de carácter público y provean

soluciones, con sus ideas y requerimientos, fomentando la unidad, transparencia y la

democracia participativa, originando la construcción del poder público, que da paso a

una íntima relación del Estado con la Sociedad.

PALABRAS CLAVE: PARTICIPACIÓN CIUDADANA / FIGURA JURÍDICA

SILLA VACÍA / GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL

DE FRANCISCO DE ORELLANA / CONCEJO MUNICIPAL / ORDENANZA /

DEMOCRACIA PARTICIPATIVA

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TITLE: “Incidence of the juridical figure of the “empty chair” in the right to

citizen participation in the municipal autonomous decentralized government of

Francisco de Orellana in 2014”

Author: José Luis Jiménez Yépez

Tutor: MSc. Hernán Ullianodth García Suasnavas

ABSTRACT

Right to citizen participation, under the juridical figure of the “empty chair” nationwide

and specifically in Francisco de Orellana canton, there is a dichotomy regarding

information on it by inhabitants, when the “empty chair” figure has not been properly

used dirung meetings called by the Municipal Council. However, there is a legal

regulatory body in various legal bodies; and procedure is expressed through the

Municipal ordinance 005-2011, but it has not publicly available, for which, the relevant

investigation was necessary, in order to determine the main cause to undertake a

solution consisting in the issuance of the Municipal Autonomous Decentralized

Government of Francisco de Orellana Sensitization Workshops on the constitutional

law of citizen participation. In this case the legal figure of the “empty chair” to

neighborhood leaders, for them to become spokesmen to inhabitants of neighborhoods

to which they belong; whose purpose is full knowledge so that in the next meetings of

the Municipal Council take a part in the decision-making process in the public field, and

provide solutions with their ideas and requirements, promoting unit, transparency and

participative democracy, building the public power that gives rise to an intimate relation

of the State with the society.

KEYWORDS: CITIZEN PARTICIPATION / JURIDICAL FIGURE EMPTY CHAIR /

MUNICIPAL AUTONOMOUS DECENTRALIZED OF FRANCISCO DE

ORELLANA / MUNICIPAL COUNCIL / ORDINANCE / PARTICIPATIVE

DEMOCRACY.

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INTRODUCCIÓN

El presente proyecto de investigación, titulado: “Incidencia de la Figura Jurídica

de la silla vacía dentro del Derecho de Participación ciudadana en el Gobierno

Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana en el año 2014”,

adquiere de un profundo análisis, con la finalidad de entender su importancia para

sociedad, y de su correcta aplicación; es así que esta figura Jurídica de la Silla Vacía en

el Cantón Francisco de Orellana, constituye un mecanismo jurídico para fortalecer la

participación ciudadana, que permite adquirir beneficios para el colectivo. Pero es

menester afirmar que esta figura jurídica no se ha aplicado de manera correcta, por la

falta de concientización o sociabilización en la sociedad en sí; dicho sea de paso, este

medio jurídico es objeto de ser asechado por factores políticos o de intereses personales,

motivo por el cual, cambia su naturaleza de participación ciudadana, es decir, siempre

debe estar en favor de la construcción del poder ciudadano y del desarrollo de la

sociedad a través de la participación activa en las sesiones del Consejo Municipal por

parte de la ciudadanía en general, que coadyuva a un régimen del Buen vivir. La

investigación estará estructurada de la siguiente manera:

Capítulo I, EL PROBLEMA.- El presente capítulo contiene la formulación y

planteamiento del problema de la investigación, además se establecen las interrogantes

que permitirán encaminar la investigación y delimitarla. Finalmente se señala la

importancia del tema a tratar, así como los objetivos generales y específicos.

Capítulo II, MARCO TEÓRICO.- En este capítulo se abordará los antecedentes

de la investigación del tema, así como los criterios doctrinarios y teóricos realizados por

otros autores, la idea a defender del proyecto, las variables y el esquema demostrativo.

Capítulo III, METODOLOGÍA.- En este capítulo se tratarán los métodos a ser

aplicados en el desarrollo del plan y el proyecto, y de manera general el diseño del

mismo; la población y la muestra que permitirán obtener datos, además se puntualizarán

las técnicas e instrumentos a ser utilizados en el trabajo investigativo, así como su

validez y confiabilidad. Finalmente se determinará la caracterización de la propuesta.

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Capítulo IV, ASPECTOS ADMINISTRATIVOS.- En el capítulo cuarto se

describen los recursos humanos, los recursos técnicos y los recursos materiales además

de establecer el cuadro de los recursos financieros o presupuesto del trabajo y el

cronograma de actividades. El presente plan contiene además las referencias

bibliográficas utilizadas.

Capítulo V, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.-En el capítulo V se

determina luego de la investigación correspondiente cuales son los resultados que s e

materializan en la conclusión y recomendación.

Capítulo VI, PROPUESTA.- en el capítulo VI se describe la propuesta, que

permitirá la solución o el mecanismo idóneo para resolver el planteamiento del

problema inicial.

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CAPÍTULO I

1. PROBLEMA

1.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

El presente trabajo investigativo toma como base la vigente Constitución de la

República del Ecuador, expedida en el Registro Oficial 449, del 20 de octubre del 2008,

en la cual establece una nueva organización territorial del estado, incorpora nuevas

competencias a los gobiernos autónomos descentralizados e integra dos nuevas

Funciones al Estado, la de Participación Ciudadana y la Electoral; es así, que esta

nueva Función de Participación Ciudadana, plantea la visión, en donde el Estado

instaura garantías para que la ciudadanía, haga efectivo el uso del derecho de

participación en la gestión Pública, especialmente en la Fiscalización y lucha contra la

corrupción, para lo cual las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual o colectiva,

participaran de manera protagónica en la toma de decisiones del Estado y la Sociedad;

y, de sus representantes, en un proceso permanente de construcción del poder

ciudadano.

Por lo tanto se da importancia al reconocimiento del derecho de participación

ciudadana bajo la figura de la Silla Vacía en los Gobiernos Autónomos

Descentralizados del territorio nacional, reconocidos en varios cuerpos legales como es:

la Propia Carta Magna, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización; y, Ordenanzas, cuyo objetivo es la participación en las sesiones de

los diferentes Concejos Cantonales, Provinciales, Distritales y Regionales, por parte de

la ciudadanía y se pronuncie a través de sus representantes, esto coadyuva a la toma de

decisiones de interés general, tratando de esta manera, promover beneficios en cada

circunscripción territorial, ejerciendo un derecho indeleble para el desarrollo.

En la actualidad, la figura jurídica de la Silla Vacía no se ha ejecutado de manera

efectiva en los Gobiernos Autónomos Descentralizados, y los ciudadanos no han

otorgado la relevancia sobre este derecho; pero en su contexto jurídico, es beneficioso

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para la colectividad, por tal razón da paso a la investigación social jurídico y político

jurídico, a fin de determinar las causas y efectos para buscar la posible solución a este

problema.

La incidencia de este derecho en el Cantón de Francisco de Orellana no ha

logrado tener mayor relevancia. Ante ello se deben propender iniciativas por parte del

Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, para que se

haga el efectivo cumplimiento de lo estipulado en las leyes y Ordenanzas pertinentes a

esta figura jurídica. De esta manera permite la correcta ejecución del derecho de

Participación bajo la Figura Jurídica de la Silla Vacía, en aras de sentar bases para el

funcionamiento de la democracia participativa y el fortalecimiento del poder ciudadano.

1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

¿Cuál es la incidencia de la figura jurídica de la Silla Vacía como derecho de

participación ciudadana, en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de

Francisco de Orellana, en el año 2014?

1.3 PREGUNTAS DIRECTRICES

¿Cómo se aplica la Figura Jurídica de la Silla Vacía en el Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana?

¿Qué establece la Legislación Ecuatoriana acerca del derecho de Participación

Ciudadana?

¿Es necesario realizar un programa de concientización del derecho de

participación ciudadana bajo la figura Jurídica de la Silla Vacía por parte del Gobierno

Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana?

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1.4 OBJETIVOS

1.4.1 Objetivo General

Determinar los mecanismos y medios efectivos para que la Figura

Jurídica de la Silla Vacía dentro del derecho de Participación Ciudadana,

tenga un efectivo cumplimiento en el Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, siendo un derecho

plenamente reconocido por la Constitución de la Republica

1.4.2 Objetivos Específicos

Determinar tipos de mecanismos que se aplican en la figura jurídica de

la Silla Vacía en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de

Francisco de Orellana.

Conocer la estructura jurídica del derecho de participación ciudadana en

la Legislación Ecuatoriana.

Proponer un programa de concientización del derecho de participación

ciudadana bajo la figura de la Silla Vacía al Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana.

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1.5 JUSTIFICACIÓN

La importancia del presente proyecto es muy relevante para los ciudadanos y

ciudadanas del Cantón Francisco de Orellana , en cuanto al conocimiento pleno, sobre

el derecho de participación ciudadana que integra la figura jurídica de la Silla Vacía;

que constituye un elemento indisoluble para el fortalecimiento del poder ciudadano y

participación ciudadana, aspectos importantes que consolida el desarrollo de los

pueblos, a través de ciertos mecanismos como lo es: la participación directa de los

ciudadanos en la toma de decisiones de carácter general, planificación y Gestión de

asuntos Públicos y en Control Popular de Instituciones del Estado; cuya participación

de la sociedad se rigen mediante los principios de igualdad, autonomía, deliberación

publica, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad e interculturalidad, teniendo

en cuenta que las Sesiones del Concejo Cantonal serán públicas que garantiza la

democracia interna, la alternabilidad de sus dirigentes y la rendición de cuentas.

Es así, que permite a cualquier ciudadano de manera individual o colectiva,

pueda participar en las sesiones del Concejo Cantonal, acto que no permite la dicotomía

del poder con la sociedad, al contrario esta figura jurídica , radica en la unidad,

democracia e igualdad. Es indispensable para el fortalecimiento, implementar

mecanismos y medios efectivos para que el derecho de Participación Ciudadana bajo la

Figura Jurídica de la Silla Vacía, tenga un efectivo cumplimiento en el Gobierno

Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, siendo un derecho

plenamente reconocido por la Constitución de la Republica y otros instrumentos

jurídicos.

Considerando que, su factibilidad es aplicable en el Cantón de Francisco de

Orellana a través de Programas de Concientización o sociabilizar el derecho de

Participación Ciudadana a todos los habitantes del Cantón de Francisco de Orellana. Es

menester recordar que éste derecho, es muy fundamental; en tal virtud que, se debe

canalizar un medio efectivo de difusión de ideas, requerimientos o propuestas del

pueblo, transmitidas a las autoridades, y éstas deben ser analizadas en beneficio del

colectivo, pero a su vez, corre un roll importantísimo la sociedad al momento que se

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integra con su voz, al desarrollo y avance de un pueblo, todo esto en aras de fortalecer la

democracia; y, cuyos beneficiarios será la misma ciudadanía en general.

En conclusión el presente estudio tiene por objeto determinar a través de su

investigador, bajo la estructura jurídica estatal y de las Facultades del Gobierno

Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, dar la solución a este

problema, de esta manera, la ciudadanía podrá conocer el derecho de participación

ciudadana de la Silla Vacía , cuál es su naturaleza; y de esta manera ejecutarlo en

beneficio de los intereses generales , aportando su participación, para la construcción

del bienestar, desarrollo y garantía de los derechos Constitucionales, teniendo como

base el Plan Nacional de Desarrollo y el Sistema del Buen Vivir en favor de los

habitantes del Cantón Francisco de Orellana.

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CAPÍTULO II

2. MARCO TEÓRICO

2.1 ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

La presente investigación toma como base algunos criterios de varios autores,

que a continuación citare:

En el año 2015, el egresado en Derecho Zúñiga Tamayo René Leonardo, quien

realiza un trabajo investigativo como monografía para la obtención del Título de

Abogado en la Universidad de Cuenca con el tema: “LA SILLA VACÍA COMO

NUEVA FORMA DE PARTICIPACION CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE

CUENCA”. Al respecto el autor señala:

Con el propósito de fortalecer el poder popular y por ende la participación

ciudadana a nivel nacional, en la Constitución de la Republica de 2008,

redactada en Montecristi, se insertan nuevas formas o mecanismos de

participación ciudadana dentro de los Gobiernos Autónomos

Descentralizados, mecanismo mediante cuales las personas comunes o

corrientes , pero que representen a una organización o colectivo, tengan la

posibilidad de intervenir y participar en las decisiones adoptadas por parte de

las autoridades sectoriales, locales y provinciales, lo cual se considera por

muchos la posibilidad de una relación directa entre la sociedad y el Estado.

La implementación de la Silla Vacía, terma central de estudio de esta

monografía, como uno de los novedosos mecanismos para fomentar la

participación ciudadana, se encuentra implementado tanto en nuestra

constitución, como en la ley orgánica de participación ciudadana y el

COOTAD (Código de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización.) (Zuñiga, "La silla vacía como nueva forma de

participación ciudadana en le Municipio de Cuenca", 2015, pág. 41)

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En el año 2015, la egresada en Licenciatura Crespo Avilés Karina Maribel,

quien realiza un trabajo investigativo como Tesina para la obtención del Título de

Licenciada en Ciencias de la Educación en la Universidad de Cuenca con el tema:

“PARTICIPACION CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE CUENCA A TRAVÉS

DE LA UTILIZACION DE LA SILLA VACIA”. Al respecto la autora señala:

Dentro de la última Constitución redactada en Montecristi por parte de la

Asamblea Nacional, se establecieron nuevas características de participación

con la finalidad de establecer la democratización dentro del país.

Una de ellas sería la creación de una Ley Orgánica de Participación

Ciudadana que mediante varios mecanismos tiene como objetivo principal,

garantizar ejercicio de los derechos de participación en la colectividad.

Es de esta forma que surge la Silla Vacía; buscando dar soluciones a las

grandes propuestas presentadas por grupos que buscan la intervención de las

personas comunes y corrientes, pero con interés de ayudar a crear nuevas y

mejores soluciones con la colaboración y el trabajo desinteresado. En el caso

de este trabajo exclusivamente en las Sesiones de Consejo Cantonal del

Municipio de Cuenca.

Dentro de esta Ley uno de estos elementos al cual está dirigido este

proyecto, es la implementación de la Silla Vacía proceso que se utilizará

para que la ciudadanía a nivel general dentro de las reuniones de las

autoridades, puedan presentar propuestas opiniones e interactuar con los

gobernantes dentro de las Sesiones de Consejo Cantonal, sobre un cierto

tema. Actualmente se cumple con este requisito dentro del Municipio de

Cuenca en base a una resolución en base a una resolución aceptada por el

pleno del Consejo, pero la ciudadanía tiene muy poca información de lo que

es la Silla Vacía y como debe utilizarla y participar. (Crespo, 2015, pág. 9)

Paul Espinosa citado por Miguel González Marregot Como lo expresa en su

obra: La compleja realidad latinoamericana se encuentra aún caracterizada

por la pobreza, la exclusión social, los altos índices de corrupción pública y

privada, la violación de los derechos humanos y por una ineficacia

gubernamental generalizada. Esta situación requiere; sin lugar a dudas, de un

nuevo abordaje que implique el establecimiento de mecanismos

institucionales que permitan aunar esfuerzos entre el Estado, los ciudadanos

y la sociedad civil en beneficio de construir soluciones viables de corto,

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mediano y largo plazo en un ambiente de libertad, inclusión, responsabilidad

y eficiencia. En ese contexto de necesidades, especialistas y expertos han

volcado la mirada, y puesto su atención en la posibilidad de que ciudadanos

y ciudadanas participen en la gestión pública, como una alternativa de

cambio institucional y de “perfeccionamiento” de nuestras democracias.

(Espinosa, 2010, pág. 32)

Es así que el autor nos invita a establecer nuevos mecanismos institucionales, en

aras de fortalecer la democracia y la participación de los ciudadanos en la toma de

decisiones que son importantes para la construcción de una sociedad progresista, que

radica en la voluntad del pueblo, tal como lo expresa la (Constitución de la República

del Ecuador , 2008), en el artículo primero en la parte que permite: “…La Soberanía

radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se ejerce a través

de los órganos del poder público y de las formas de participación directa en la

Constitución…”

En el año 2010, el egresado en Derecho Espinosa Espinosa Paul Fernando,

realiza un trabajo investigativo como tesis para la obtención del Título de Abogado en

la Universidad Técnica de Cotopaxi con el tema: “EL QUINTO PODER DEL

ESTADO “PARTICIPACIÓN CIUDADANA” EN LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS

ÉTICOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DENTRO DE CONTRALORÍA

GENERAL DEL ESTADO REGIONAL N° 09”. Al respecto el autor señala:

La naturaleza de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y

Control Social, está implícita en el mismo marco constitucional y radica en

la importancia que se otorga a la sociedad civil o ciudadanos en general,

otorgándoles derechos (Art. 61), representación paritaria (Art. 65 El Estado

promoverá la representación paritaria de mujeres y hombres en los cargos de

nominación o designación de la función pública...), principios de

participación (Art. 95 Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y

colectiva, participarán de manera protagónica…), formas de organización

(Art. 96 Se reconocen todas las formas de organización de la sociedad, como

expresión de la soberanía popular), participación en los diferentes niveles de

gobierno (Art. 100)

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En todos los niveles de gobierno se conformarán instancias de participación

integradas por autoridades electas…), garantías (Art. 57 Se reconoce y

garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades

indígenas), ya que como lo establece textualmente en el Art. 204 “el pueblo

es el mandante y primer fiscalizador del poder público, en ejercicio de su

derecho a la participación”.

En base a esto los ciudadanos tenemos los suficientes argumentos para

opinar sustentadamente, participar en la definición e implementación de

acciones de carácter público que afectan directamente nuestra calidad de

vida, controlar socialmente a las autoridades que nos representan y sobre las

que hemos depositado responsabilidades, participar en la formulación de

políticas públicas, debatir sobre problemas comunes y tomar decisiones para

nuestro presente y futuro. Sólo así el naciente conjunto de normas jurídicas

se convertirá, en la expresión pura del verdadero poder ciudadano.

(Espinosa, 2010, págs. 32,33)

El autor concluye señalando que la participación ciudadana, es un derecho

constitucional que adquiere gran relevancia en los sectores de la población, cuya

naturaleza es la inserción de la ciudadanía en la fiscalización y toma de decisiones en el

sector público, cuando abarca aspectos de interés general, factor que permite a la

transparencia y la erradicación de la corrupción por parte de los representantes de la

sociedad.

En el año 2014, la egresada en Derecho Pailacho Pujota Silvia Pilar, realiza un

trabajo investigativo como tesis para la obtención del Título de Abogado en la

Universidad Técnica de Cotopaxi con el tema: “Reglamento para el Fortalecimiento del

Sistema de Participación Ciudadana del Gobierno Autónomo Descentralizado

Parroquial Rural de Tupigachi del Cantón Pedro Moncayo, Provincia de Pichincha”. Al

respecto la autora señala:

Para referirnos a la democracia, nuestro país tiene dos grandes

características, la primera es una manera de gobierno donde las autoridades

son elegidas por voto popular, y están sujetas a la ley, de esta manera nos

garantizan a las y los ciudadanos los derechos fundamentales, la segunda, se

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refiere al pueblo ya que para los ecuatorianos la democracia en si es una

forma de vida en el Ecuador vivimos en democracia ya que cada uno de las y

los ecuatorianos, podemos ejercer nuestro voto popular, desde los 16 años de

edad, teniendo la oportunidad y la responsabilidad de elegir a nuestras

autoridades, y con la creación de la constitución en el año 2008, el estado

nos garantiza diferentes derechos para ejercer la democracia no solo en las

elecciones, sino en las diferentes decisiones que se tome en el país, y así

practicar la democracia de manera permanente y participar activamente en

los asuntos públicos.

Tomando en cuenta que hoy en la actualidad, con la equidad de género, la

mujer ha tomado fuerza, y día tras día participa en diferentes espacios

públicos tanto políticos como sociales, ya que como es de conocimiento de

todas y todos, la asamblea constituyente se encuentra representada por tres

mujeres. La organización actual del Estado, está bajo la imagen del sistema

democrático participativo, en que los gobiernos locales son autónomos y sus

competencias están claramente definidas, generando por primera vez en el

Ecuador un sistema descentralizado.

La sociedad civil, en esta construcción de gobernabilidad tiene un rol

importante, sin embargo el desconocimiento, la falta de información e

incluso la misma negativa de las autoridades de los gobiernos locales han

hecho en algunos territorios, no se fortalezca la denominación de Gobierno

Autónomo Descentralizado, pues el artículo 29 del (Código Orgánico de

Organización Territorial Autonomía y Descentralización (COOTAD), 2010),

establece con claridad las funciones de este gobierno que son: a) De

legislación, normatividad y fiscalización; b) De ejecución y administración;

y, c) De participación ciudadana y control social. (Paillacho, 2014, págs. 1,2)

La autora concluye manifestando que el fortalecimiento de la participación

ciudadana en los Gobiernos Autónomos Descentralizados del Ecuador, es un pilar

fundamental para el beneficio de los colectivos a los cuales representan, pues la omisión

de la participación activa de los ciudadanos es el causante del retroceso de los pueblos,

siempre debe imperar el espíritu del desarrollo y prever los mecanismos suficientes para

que el derecho de participación tenga su efectivo conocimiento por parte de la sociedad

y de esta manera, ejecutar efectivamente su derecho.

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2.2 FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA

1. LA SILLA VACÍA EN EL MARCO LEGAL ECUATORIANO

Desarrollo de la Variable Independiente.

1.1. La Silla Vacía.

La silla Vacía a través de la nueva visión que instaura la Constitución de

Montecristi del 2008, trae consigo una nueva institucionalización estatal moderna y

equitativa, de esta manera cambia esa imagen retrógrada, en la cual el Ecuador adquiría

una concentración centralizada del poder, y no había brechas para consolidar la

participación ciudadana. Con la creación de la Figura Jurídica de la Silla Vacía, la

ciudadanía en general cuenta con un mecanismo de participación ciudadana en las

diferentes sesiones de los concejos de los Gads; pues su participación es necesaria para

incidir en la toma de decisiones, para la formulación, control y seguimiento de la

política pública, que estará orientada en beneplácito para la sociedad.

El inexorable paso del tiempo a raíz de la Constitución del 2008, ha permitido

que la Silla Vacía, se constituya a más de un mecanismo, en un instrumento de

comunicación directa de la Sociedad con el Estado; constituye un derecho que todos los

ciudadanos pueden acceder sin discriminación alguna y en igualdad de condiciones, por

tal razón, constituye un derecho de interés público; en consecuencia, fomenta la

alternabilidad en sus dirigentes, aportando nuevos criterios, formando nuevos líderes,

que transmiten las necesidades de sus representados y dejando el monopolio del poder.

1.1.1. Definición

La Silla Vacía, desde su connotación jurídica y aportaciones de varios autores,

se la entiende o define; como el mecanismo jurídico o figura legal, instituidas en varios

cuerpos legales nacionales, que reflejan el compromiso y garantía del ciudadano, en

mantener una estricta relación con el Estado, cuyo fin, es la toma de decisiones de

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asuntos de carácter público o de connotación social en la sesiones del Concejo de los

diferentes Gads del territorio nacional, que es determinante para la construcción de un

poder democrático, participación ciudadana y esencialmente el desarrollo de las

circunscripciones territoriales; beneficios que serán de gran importancia para consolidar

las necesidades de la sociedad.

Es evidente que las propuestas de la sociedad a través de sus representantes y en

uso de sus facultades, respecto al derecho de participación ciudadana, bajo la figura

jurídica de la Silla Vacía , deben ser concretas y apegadas a una factibilidad de

realizarse ; es entendible, que gran parte de la población ecuatoriana , requiere

necesidades por cumplirse, pero cabe señalar que el gobierno o estado no puede estar en

cada necesidad, puesto que la naturaleza de esta figura legal, es el cumplimiento de los

intereses de manera colectiva y no individual: obviamente para ejecutar dicho mandato

legal, debe existir un conocimiento vasto de que trata esta figura legal, de esta manera

se aplicara de manera correcta y eficaz.

1.1.2. Concepto

La silla vacía (SV) es un novedoso mecanismo de participación ciudadana

incorporado en el artículo 101 la Constitución de la República del Ecuador

de 2008. Por un lado, la SV busca garantizar r la participación de los

individuos y de los colectivos en los debates y toma de decisiones en los

gobiernos autónomos descentralizados (GAD)1. Por otro, la atribución

señalada en el artículo 77 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana

(LOPC), confiere al ocupante de la SV la facultad de adoptar decisiones con

voz y voto, del mismo modo que los alcaldes y concejales. Evidentemente, el

ocupante de la SV no posee la calidad de representante político, adquirida al

ganar una elección popular de carácter universal y directo. En consecuencia,

su elección es fruto de un proceso indirecto de designación de

representantes2 que, como cualquier designación indirecta, puede ser objeto

de manipulaciones (Bovero, 2012, pág. 336). Desde esta perspectiva, la SV

podría convertirse en un mecanismo clientelista, peligroso e incluso

antidemocrático. (Montero Castro, 2015, págs. 2-3)

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1.1.3 Marco Legal.

La Creación de la Silla Vacía en el Ecuador, como mecanismo o brecha para

fomentar la participación ciudadana, se encuentra insertada en los diferentes Gads,

permite a la ciudadanía de manera individual o colectiva, participar e incidir en

propuestas encaminadas a través de Ordenanzas, con el propósito de alcanzar el

beneficio para el colectivo relacionado en el Plan del Buen Vivir. Es así que esta figura

legal, está amparada por diversos cuerpos legales, tales se encuentra la Constitución de

la República del Ecuador, expedida en Montecristi, en el 2008, en donde señala en sus

artículos referentes a la Participación en los diferentes niveles de gobierno, lo siguiente:

Art.100.- En todos los niveles de gobierno se conformarán instancias de

participación integradas por autoridades electas, representantes del régimen

dependiente y representantes de la sociedad del ámbito territorial de cada

nivel de gobierno, que funcionarán regidas por principios democráticos. La

participación en estas instancias se ejerce para:

1. Elaborar planes y políticas nacionales, locales y sectoriales entre los

gobiernos y la ciudadanía.

2. Mejorar la calidad de la inversión pública y definir agendas de desarrollo.

3. Elaborar presupuestos participativos de los gobiernos.

4. Fortalecer la democracia con mecanismos permanentes de transparencia,

rendición de cuentas y control social.

5. Promover la formación ciudadana e impulsar procesos de comunicación.

Para el ejercicio de esta participación se organizarán audiencias públicas,

veedurías, asambleas, cabildos populares, consejos consultivos,

observatorios y las demás instancias que promueva la ciudadanía.

Art. 101.- Las sesiones de los gobiernos autónomos descentralizados serán

públicas, y en ellas existirá la silla vacía que ocupará una representante o un

representante ciudadano en función de los temas a tratarse, con el propósito

de participar en su debate y en la toma de decisiones.

Art. 102.- Las ecuatorianas y ecuatorianos, incluidos aquellos domiciliados

en el exterior, en forma individual o colectiva, podrán presentar sus

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propuestas y proyectos a todos los niveles de gobierno, a través de los

mecanismos previstos en la Constitución y la ley.

Es así que en el artículo 77 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana y

Control Social, también hace alusión a la Figura Jurídica de la Silla Vacía:

Artículo 77. De la silla vacía en las sesiones de los gobiernos autónomos

descentralizados.- Las sesiones de los gobiernos autónomos descentralizados

son públicas y en ellas habrá una silla vacía que será ocupada por una o un

representante, varias o varios representantes de la ciudadanía, en función de

los temas que se van a tratar, con el propósito de participar en el debate y en

la toma de decisiones. La convocatoria a las sesiones se publicará con la

debida anticipación.

En las asambleas locales, cabildos populares o audiencias públicas, se

determinará la persona que deberá intervenir en la sesión de acuerdo con el

tema de interés de la comunidad, quien se acreditará ante la secretaría del

cuerpo colegiado. Su participación en la sesión se sujetará a la ley,

ordenanzas y reglamentos de los gobiernos autónomos descentralizados.

La persona acreditada que participe en los debates y en la toma de decisiones

lo hará con voz y voto.

En el caso de que las personas acreditadas representen posturas diferentes, se

establecerá un mecanismo para consensuar su voto. No obstante, si no se

lograra llegar a consenso alguno, en el tiempo determinado en la sesión, solo

serán escuchadas sin voto.

El gobierno autónomo descentralizado mantendrá un registro de las personas

que solicitaren hacer uso del derecho a participar en la silla vacía, en cual se

clasificará las solicitudes aceptadas y negadas. (Ley Orgánica de

Participación Ciudadana y Control Social, 2010)

Por último el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y

Descentralización, se halla la Figura Jurídica, en donde determina:

Art.311.- Silla Vacía.- Las sesiones de los gobiernos autónomos

descentralizados son públicas y en ellas habrá una silla vacía que será

ocupada por un representante de la ciudadanía en función de los temas a

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tratarse, con el propósito de participar en el debate y en la toma de

decisiones en asuntos de interés general. Las personas que participen con

voto serán responsables administrativa, civil y penalmente.

El ejercicio de este mecanismo de participación se regirá por la ley y las

normas establecidas por el respectivo gobierno autónomo descentralizado.

(Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y

Descentralización, 2010)

1.2. La Silla Vacía en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de

Francisco de Orellana-Ordenanza Municipal Nº 005-2011; y su mecanismo

para su cumplimiento.

El 11 de marzo del 2011, en la sala de sesiones del Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, es aprobada la Ordenanza 005-

2011, mediante sesión del Concejo Municipal, que es el Órgano de Legislación y

Fiscalización, que trata sobre la ORDENANZA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE

LA SILLA VACIA Y COMISION GENERAL, en la cual se tomó como referencia

ciertos preceptos de carácter constitucional , como lo es el derecho de participación

ciudadana, que a partir de la nueva carta magna de Montecristi, se instauro un nuevo

paradigma en el andamiaje jurídico para la sociedad, cuya participación es esencial para

el estado y la misma sociedad.

Por tal razón el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de

Orellana, expide la Ordenanza referente al funcionamiento de la Silla Vacía, mediante

las facultades que otorga la constitución y la ley, a través de su órgano Legislativo, que

está comprendido por los concejales y alcaldesa; a fin de que la participación, es un

derecho cuyo ejercicio y titularidad le corresponde a la sociedad, por tal motivo el

artículo 3, literales G y articulo 311, del Código Orgánico de Organización Territorial

Autonomía y Descentralización (COOTAD), determina que el derecho de participación

será respetado, promovido y facilitado por todos los órganos del Estado de manera

obligatoria, con el fin de garantizar la elaboración y adopción compartida de decisiones;

y, que las sesiones de los gobiernos autónomos descentralizados son públicas y en ellas

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habrá una silla vacía que será ocupada por un representante de la ciudadanía en función

de los temas a tratarse.

Es así que la presente ordenanza se encuentra investida por los siguientes

artículos:

Artículo 1. Objeto.- La presente ordenanza tiene por objeto fomentar el

ejercicio de los derechos de participación ciudadana y de organización

colectiva autónoma, procurando la vigencia de formas de gestión pública

abiertas a la incidencia de la ciudadanía para sentar las bases para el

funcionamiento de la democracia participativa y fortalecimiento del poder

ciudadano.

Artículo 2. Ámbito.- La presente ordenanza promueve la participación de las

personas y colectivos en el debate y toma de decisiones en los temas a ser

tratados por el Concejo Municipal que es el Órgano de Legislación y

Fiscalización del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de

Francisco de Orellana.

Artículo 3. Objetivos.- Los objetivos de la presente ordenanza son:

Promover la democratización de las relaciones entre estado y sociedad.

Establecer las formas y procedimientos con que la ciudadanía puede hacer

uso de la Silla Vacía.

Establecer los mecanismos, procedimientos e instancias que promuevan de

manera oportuna y eficaz la participación de la ciudadanía y las

organizaciones sociales en el proceso de elaboración, ejecución y control de

las políticas y servicios públicos.

Fijar los criterios generales con que se seleccionaran a los ciudadanos y

ciudadanas que formen parte de las instancias y espacios de participación

establecidos por esta ordenanza, garantizando igualdad de condiciones.

Garantizando a la ciudadanía el acceso de la información necesaria para ser

parte activa de todo proceso de construcción de ordenanzas y políticas

públicas locales, así como del análisis y formulación de diferente temas a ser

tratados en las Sesiones del Concejo Municipal.

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Promover la formación en deberes y derechos y una ética de interés por lo

público que hagan sostenibles los procesos de participación y profundización

de la democracia.

Artículo. 4.- Principios.- El ejercicio de los derechos a la participación

ciudadana y a la organización social se regirá además de los principios

generales establecidos en la Constitución, en la Ley Orgánica de

Participación Ciudadana; y, en el Código Orgánico de Organización

Territorial Autonomía y Descentralización (COOTAD):

Igualdad.- La ciudadanía en forma individual o colectiva goza de los mismos

derechos y oportunidades para participar en la vida pública local.

Interculturalidad.- En el ejercicio de la participación ciudadana se reconocen,

respetan y valoran las diversas identidades culturales y se promueve su

interacción.

Autonomía.- La ciudadanía y las organizaciones sociales participan en la

vida pública local con independencia política y auto-determinación.

Deliberación.- La participación ciudadana y las relaciones entre

sociedad y estado, tienen como base el intercambio público y razonado de

argumentos, el procesamiento dialógico de los conflictos.

Respeto a la diversidad.- Se promueve el respeto a la diferencia, la

paridad de género y la igualdad de oportunidad entre distintos sectores,

grupos sociales y culturales. No existe discriminación de ningún tipo.

Responsabilidad.- En ejercicio de la participación ciudadana las

personas y los colectivos, asumen un compromiso legal y ético con la

búsqueda del bien común.

Corresponsabilidad.- En la gestión de lo público existe

responsabilidad compartida de las instituciones del Estado y de la sociedad

civil.

Transparencia.- La gestión de lo público será de libre acceso a la

ciudadanía, a su vez ésta, ejercerá el derecho al acceso a la información

pública con sujeción a los principios de responsabilidad y ética pública.

Pluralismo.- La participación ciudadana reconoce y permite la

organización, expresión y difusión de diferentes opiniones y sistemas de

ideas y principios en el marco de respeto a los derechos humanos.

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Artículo 5. Participación y Construcción del Poder Ciudadano.- Los

ciudadanos y ciudadanas en forma individual y colectiva participaran de

manera protagónica en la toma de decisiones, panificación y gestión de

asuntos públicos del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de

Francisco de Orellana, en un proceso permanente de construcción del poder

ciudadano.

Artículo 6. De la Silla Vacía.- La sesiones del Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, son públicas, en ellas

habrá una silla vacía que será ocupada por una o un representante, varias o

varios representantes de la ciudadanía, en función de los temas que se van a

tratar, con el propósito de participar en el debate y en la toma de decisiones.

Artículo 7. Mecanismo.- Las organizaciones sociales y la ciudadanía que

deseen ocupar la Silla Vacía deberán acreditarse con al menos 8 días de

anticipación ante la Secretaria General del Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, explicando en el tema

de su interés o comunidad.

Para la acreditación deberán entregar una solicitud con el nombre de la

aspirante o aspirante, numero de cedula de ciudadanía, el tema de su interés

o su comunidad, adjuntando una copia de la cedula, papeleta de votación

actualizada, y copia impresa de la propuesta concreta.

Artículo.8.- De los temas a tratar.- Los temas a ser tratados en el Concejo

Municipal que constituye el órgano legislativo y de fiscalización, serán

determinados por el alcalde o alcaldesa como primera autoridad con la

respectiva convocatoria que se realizara con al menos cuarenta y ocho horas

de anticipación a la fecha prevista y se acompañara el orden del día y los

documentos que se trate. Obligatoriamente sesionaran cada ocho días

(viernes a partir de las 08H00 en el auditórium del Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana). Preferentemente, los

temas a ser tratados serán promocionados con la debida anticipación; de

igual forma el o los temas que deban ser resueltos mediante ordenanza, para

ser tratado en primer debate deberán ser difundidos con al menos 15 días de

anticipación a la fecha de sesión. A excepción de aquellos de tipo operativo,

procedimental y reglamentarios que podrán ser adicionados previos envío de

la convocatoria escrita de la sesión. Para ello el Concejo Municipal contará

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con una Agenda Legislativa anual de trabajo, la misma que contendrá los

Planes Operativos Legislativos, anuales de cada Comisión, aprobados hasta

el 30 de enero de cada año. Esta información será pública y estará en el sitio

Web del Municipio.

Artículo. 9.- De la promoción de los temas.- La promoción de los temas

sobre los temas a ser tratados en las sesiones del concejo municipal y a los

cuales podrán la ciudadanía aplicar para ocupar la Silla Vacía, deberá ser

masiva y con la debida anticipación.

En caso de requerirlo la ciudadanía se procederá a realizar talleres de

sociabilización del contenido del tema o de los temas solicitados, se

promoverán procesos de formación ciudadana y campañas de difusión sobre

el ejercicio de los derechos y deberes establecidos en la Constitución y la

Ley, así como también los fundamentos éticos de la democracia y la

institucionalidad del Estado, en el marco de la igualdad y no discriminación.

Se promoverán talleres y cursos en castellano, kichwua y shuar, así como, en

los demás idiomas ancestrales de uso oficial para los pueblos indígenas. Para

ello el Municipio con la participación de la Dirección de Participación y

Desarrollo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco

de Orellana, será encargada de viabilizar y atender estos procesos y

promoción de temas.

Artículo.10.- De la ciudadanía o ciudadano que ocupara la Silla.- Cuando

exista más de un aspirante por tema o punto de la sesión, la Dirección de

Participación y Desarrollo, a través de su Director, convocara a reunión

pública con al menos 48 horas de anticipación a la realización de la sesión

del Concejo Municipal, a todos los interesados en ocupar la Silla Vacía, para

que democráticamente se elija a la delegada o delegado que lo ocupará.

La reunión será publica y en ella se procederá a socializar en forma

alfabética todas las propuestas, identificado puntos coincidentes y

discrepantes entre ellos, con miras a lograr a elegir por consenso a la

ocupante u ocupante de la Silla Vacía. En caso de no llegar al consenso se

procederá a tomar votación, para ello deberá mocionar los nombres de los

dos o tres candidatos entre los aspirantes. En caso de no llegar a ningún

acuerdo ni por consenso ni por votación, se realizará un sorteo público entre

los ocupantes a ocupar la Silla Vacía.

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La reunión y/o asamblea que será pública deberá entenderse como un

espacio para la deliberación entre las ciudadanas y ciudadanos, fortalecer sus

capacidades colectivas, de interlocución con las autoridades y, de esta forma,

incidir de manera informada en el ciclo de las políticas públicas, la

prestación de servicios y, en general, la gestión de lo público. La reunión y/o

asamblea que será publica deberá garantizar: pluralidad, interculturalidad e

inclusión de las organizaciones sociales, y de la ciudadanía, así como, de las

diversas identidades territoriales y temáticas con identidad de género y

generacional. La reunión y/o asamblea se regirá por los principios de

democracia, equidad de género y generacional, alternabilidad de sus

dirigentes y rendición de cuentas periódicas.

Artículo.11.- De la participación en la Silla Vacía.- La representante o el

representante ciudadano actuarán con voz y voto.

Artículo.12.- De las resoluciones de la Silla Vacía.- El Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, mantendrá un registro

de los pedidos del uso del derecho de la Silla Vacía, de los aceptados y

negados, además hará público el nombre de la ciudadana o ciudadano quien

ocupó la Silla Vacía, así como de su postura en la Sesión del Concejo

Municipal. De igual forma se llevará un registro público de quienes actuaron

con voz y voto y de sus propuestas. Existirá en el sitio Web Municipal una

link a Silla Vacía donde se publicará esta información.

Artículo.13.- De la Comisión General.- Se denomina Comisión General a la

instancia de participación ciudadana en el seno del Concejo Municipal a

pedido de la ciudadanía, para realizar pronunciamientos, denuncias o

peticiones.

Artículo.14.- Del acceso a Comisión General.- Para ser uso de este espacio

de participación, el peticionario, la peticionaria o los peticionarios entregaran

una solicitud de Comisión General al Secretario o Secretaria Gobierno

Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, con al

menos 48 Horas de anticipación.

En la petición se detallará el nombre de la, del o de los peticionarios, los

temas a ser tratado y el nombre de quien o quienes expondrán los temas

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señalados. No se aceptarán solicitudes expresadas en términos ofensivos o

amenazantes.

El Secretario o Secretaria Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal

de Francisco de Orellana, revisará la petición y en caso de ser un trámite de

tipo administrativo, se contactará con la, el o los peticionarios para sugerirles

el camino a seguir para que con esa información ratificar o aceptar su

desistimiento de hacer uso de este mecanismo.

Artículo.15.- Del funcionamiento de la Comisión General.- Quien o quienes

hagan uso del espacio de Comisión General podrán hacer uso de la palabra

por 10 minutos. En su intervención se referirá únicamente el tema

mencionado en su petición, no se permitirá ofensas, agravios o amenazas. En

caso de que el participante asista con una delegación de apoyo, sus

integrantes se limitaran a escuchar la intervención sin realizar ningún tipo de

barra, aplauso o pifia.

El concejo municipal que es el órgano de legislación y fiscalización,

integrado por el alcalde o alcaldesa y por los concejales o concejalas, tendrán

el pleno derecho de intervenir, interesarse y formular las réplicas necesarias.

Prontamente de escuchar todas las intervenciones, el alcalde o alcaldesa

informará por escrito a los peticionarios y ante el pleno del concejo, en el

pazo de 15 días sobre las acciones realizadas en torno a las peticiones

efectuadas por la ciudadanía bajo esta figura.

Artículo.16.- De los temas a ser tratados en Comisión General.- La

ciudadanía podrá solicitar comisión general ante el concejo municipal a fin

de:

Solicitar información sobre los actos y decisiones de la gestión pública.

Presentar propuestas o quejas en lo relacionado con los asuntos públicos.

Debatir problemas que afecten los intereses colectivos.

Artículo.17.- De las resoluciones de la Comisión General.- Los resultados

alcanzados en las Comisiones Generales deberán ser publicadas y difundidos

para que la ciudadanía pueda hacer seguimiento. Además deberá registrarse

las acciones realizadas en cada caso. Existirá en el sitio Web Municipal una

bitácora de seguimiento a las Comisiones Generales en donde se registre

todo este proceso.

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Artículo.18.- De la información pública.- El Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana garantiza el derecho

que tienen las ciudadanas y ciudadanos de acceso libremente a la

información pública, de conformidad a la Constitución y la ley. Este derecho

constituye un instrumento fundamental para ejercer la participación

ciudadana, la rendición de cuentas y el control social. Se implementaran

mecanismos concretos para la difusión por medio de los medios de

comunicación colectica de la localidad para la difusión de las sesiones del

concejo municipal (radio, televisión, portal web); como también,

electrónicos e informáticos en los procesos de información. (Ordenanza

Municipal Nº 005, 2011)

2. DERECHO DE PARTICIPACION CIUDADANA EN LA LEGISLACION

ECUATORIANA.

Desarrollo de la Variable Dependiente.

2.1. Derecho de Participación Ciudadana.

La Historia política del Ecuador, han sucedido un sinnúmero de hechos que han

marcado legados a nuestra cultura, uno de ellos y en especial es cuando se retoma la

vida Republicana, e inserta un modelo de participación ciudadana que se encuentra

positivado en un cuerpo normativo, cabe señalar que, diferentes Constituciones, han

buscado definir espacios para que la ciudadanía en general puedan plantear sus

requerimientos y necesidades , y dicho sea de paso , ser atendidos por los gobiernos de

turno.

Es así que, tomo como base fundamental lo señalado en el año 2015, por el

egresado en Derecho Zúñiga Tamayo René Leonardo, quien realiza un trabajo

investigativo como monografía para la obtención del Título de Abogado en la

Universidad de Cuenca con el tema: “LA SILLA VACÍA COMO NUEVA FORMA DE

PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE CUENCA”. Al respecto el

autor señala:

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A finales de los años 60 e inicios de los 70, se manifestó por parte de la clase

agraria, un interés por que se reconozca en el estado, espacios o escenarios

para los movimientos sociales existentes en esa época, con el propósito de

poder aumentar la defensa de los interés de las clases agrarias, que se vieron

amenazadas sobre sus propiedades y tierras. Antes de esta época la única

forma reconocida de participación ciudadana era el derecho al voto.

Con la redacción de la Constitución de 1998, se establecieron derechos, que

suponen una ampliación en la participación ciudadana, los mismos que

fueron:

El derecho al voto y elección de autoridades, para todas las personas

mayores de 18 años de edad, incluyéndose a las mujeres.

La existencia de la consulta popular.

La revocatoria del mandato.

Iniciativa popular para presentar proyectos de ley.

Derechos políticos.

Pero en sí, se puede decir que en los inicios decisivos de la participación

ciudadana en el Ecuador, se marca a mediados de los años noventa, en medio

de las protestas sociales de las organizaciones y movimientos que

denunciaban el neoliberalismo y la corrupción a viva voz. Entre los

resultados de dichas movilizaciones, figura el derrocamiento del Ex

Presidente Abdalá Bucaram (1997), acontecimiento que marcaría la

tendencia de las movilizaciones en los años siguientes, pero no fue la única

consecuencia, ya que otro resultado importante de las protestas , fue la

conformación en ese mismo año de la Comisión Anticorrupción, entidad que

tenía como finalidad, canalizar las demandas de la sociedad civil hacia los

poderes del Estado, fortalecer su participación y hacer frente a los actos de

corrupción y violación de derechos. (Zuñiga, 2015, págs. 21,22)

En el año 1998, se institucionaliza la Comisión del Control Cívico de la

Corrupción, que era una entidad de carácter Público , que está integrada por

representantes de los gremios sindicales y empresariales, así como también los

delegados de la Comisión , en la que eran seleccionados de diferentes grupos civiles,

medios de comunicación, sectores productivos, grupo de derechos Humanos,

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movimientos indígenas , entre otros; cuya representación era asignada a través de

colegios electorales convocados por la entonces Tribunal Supremo Electoral.

Es menester hacer alusión que la finalidad de este organismo era irrestrictamente

investigar casos que atañen con la corrupción; y, consecuentemente presentar informes

a los jueces o fiscales para que inicien con la respectiva investigación, so pena de que

ese informe , adquiera un antecedente fundamental para una investigación legal , que

puede desprenderse una pena en contra de quien atento con el ordenamiento jurídico y

que ha perjudicado con su acción u omisión ciertos derechos para la colectividad. Los

casos más importantes que estuvo a cargo de esta comisión se encuentra: La deuda

Externa-Jubileo, Caso Fybeca, Caso Texaco, o del Notario Cabrera. Dicha Comisión

perduro hasta el año 2007, quien fue abolida por la nueva Constitución de Montecristi

en el año 2008, donde otorga otro mecanismo de participación ciudadana, que es

mediante la figura jurídica de la silla vacía.

2.2 Concepto

La Participación Ciudadana es un derecho irrestricto para el hombre, cuya

magnitud es fundamental para consolidar una democracia participativa de la sociedad

con el Estado, que a través de los mecanismos jurídicos, investidos y garantizados por la

Constitución de la Republica u ordenamiento jurídico vigente de un país, constituye la

brecha que coadyuva para la toma de decisiones en los entes públicos, la fiscalización,

control y ejecución de asuntos públicos de interés general, a fin de mejorar la calidad de

vida de la población.

2.3. Concejo de Participación Ciudadana y Control Social.

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, desde su

creación constitucional, ha buscado consolidarse en un espacio de aporte y

trabajo colectivo para hacer realidad el país donde todos y todas podamos ser

parte activa de la planificación, gestión y toma de decisiones iniciando un

nuevo modelo de Estado participativo.

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Esta tarea se ha construido poco a poco, gracias a la voluntad de ciudadanos

y ciudadanas que nos han apoyado en la elaboración colectiva de políticas,

estrategias, metodologías de trabajo y sobre todo se ha realizado un esfuerzo

institucional por acompañar y respaldar las iniciativas ciudadanas de

participación, así como la lucha contra la impunidad y la corrupción,

aportando siempre en la consolidación del poder ciudadano.

HISTORIA INSTITUCIONAL

Como su avance más importante en materia de participación, la Constitución

de la República del Ecuador de 2008 establece la creación del Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social como una entidad autónoma, que

forma parte de la Función de Transparencia y Control Social. Su principal

objetivo es promover el ejercicio de los derechos de participación y control

social de lo público, la lucha contra la corrupción y la promoción de la

transparencia, y designar u organizar procesos de designación de las

autoridades que le corresponda de acuerdo con la Constitución y la Ley

De esta manera, acorde con el mandato ciudadano y constitucional, la

premisa que guía el trabajo del CPCCS es impulsar el empoderamiento

ciudadano, la inclusión y la intervención activa de todos y todas para lograr

una verdadera democracia participativa. La creación del CPCCS responde

también al mandato constitucional que garantiza la existencia de una

sociedad libre de corrupción. Este organismo es el encargado de receptar e

investigar denuncias que pudieran afectar la participación ciudadana, que

generen corrupción o vayan en contra del interés social, así como de tramitar

pedidos ciudadanos.

CPCCS TRANSITORIO

Para iniciar el trabajo de construcción y posicionamiento, la misma

Constitución estableció la creación de un Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social transitorio, cuyas principales funciones fueron:

1. Preparar el proyecto de Ley Orgánica para determinar su organización y

funcionamiento.

2. Reglamentar las Comisiones Ciudadanas de Selección de autoridades, así

como establecer las normativas correspondientes a cada concurso.

El CPCCS transitorio inició sus labores el 26 de enero de 2009 y finalizó el

14 de septiembre de 2010.

CPCCS DEFINITIVO

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El CPCCS está integrado por siete consejeros y consejeras principales y siete

suplentes que son seleccionados de entre representantes de organizaciones

sociales o ciudadanos de manera individual, a través de un concurso público

de méritos y oposición, con veeduría e impugnación ciudadana.

POSESIÓN DE CONSEJEROS Y CONSEJERAS

El 18 de marzo de 2010, una vez finalizado el proceso de selección, el

Presidente de la Asamblea Nacional, Arq. Fernando Cordero, posesionó a los

Consejeros y Consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y Control

Social (CPCCS).

Los siete miembros principales: Tatiana Ordeñana Sierra, David Rosero

Minda, Marcela Miranda Pérez, Luis Pachala Poma, Mónica Banegas

Cedillo, Fernando Cedeño, Rivadeneira, Andrea Rivera Villavicencio.

Los siete miembros suplentes: William Hugo Arias Palacios, Evans Lorena

Herrera González, Óscar Franklin Canelos Castillo, Lucy Jacqueline

Estupiñán Sánchez, Carlos Manuel Vera Quintana, Linda Aurora Vidal

Nazareno y Franklin Bolívar Moreno Quezada.

ELECCIÓN DE AUTORIDADES

En su primera sesión plenaria, el 25 de marzo de 2010, los siete consejeros

del Consejo de Participación Ciudadana escogieron a Marcela Miranda como

Presidenta y a Fernando Cedeño como Vicepresidente

SEGUNDO PERÍODO DE GESTIÓN DEL CPCCS

El 20 de septiembre de 2012, inició el segundo período de gestión del

CPCCS con la designación del Ab. Fernando Cedeño Rivadeneira como

Presidente de la institución y la Dra. Mónica Banegas Cedillo como

Vicepresidenta. Las autoridades designadas se comprometieron a fortalecer

las competencias del CPCCS a nivel nacional.

NUEVO CONSEJERO DEL CPCCS

El 8 de noviembre de 2012, el doctor William Hugo Arias Palacios fue

posesionado como consejero principal en la sesión No. 211 del Pleno del

CPCCS, en reemplazo de la doctora Tatiana Ordeñana Sierra, quien integró

la primera Corte Constitucional.

CPCCS PERIODO 2015-2020

El 23 de julio de 2015, los 7 consejeros y consejeras principales y 7

suplentes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS)

para el periodo 2015-2020, fueron posesionados en la Asamblea Nacional,

tal como lo determina el Art. 33 de la Ley Orgánica del CPCCS.

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El CPCCS está integrado por los siguientes consejeros y consejeras

principales: Edwin Leonardo Jarrín Jarrín, Doris Lucía Gallardo Cevallos,

Tito Fernando Astudillo Sarmiento, Tania Elizabeth Pauker Cueva, Xavier

Burbano Espinoza, Yolanda Raquel González Lastre, Juan Antonio Peña

Aguirre

Las consejeras y consejeros suplentes designados son: Sonia Gabriela Vera

García, Aquiles Alfredo Hervas Parra, Cruz María Bustamante Lucas,

Walter Norberto Fernández Ulloa, Narda Solanda Goyes Quelal, Carlos

Ernesto Torres Chacha y Nora Marianela Encalada Ojeda. Las y los

consejeros suplentes, legalmente designados, sustituirán a las y los

principales en caso de ausencia temporal o definitiva, con apego al orden de

su calificación y designación.

ELECCIÓN DE AUTORIDADES

Las consejeras y consejeros principales se reunieron el jueves 23 de julio en

la primera sesión del Pleno del Consejo y designaron, por unanimidad, a la

licenciada Yolanda Raquel González Lastre y el matemático Edwin

Leonardo Jarrín Jarrín como Presidenta y Vicepresidente, respectivamente,

para el período comprendido entre julio de 2015 y enero de 2018, de acuerdo

con lo que dispone el Art.40 de la Ley del Consejo.

De acuerdo con el artículo mencionado, la Presidencia y Vicepresidencia se

ejercerá de manera alternada y secuencial entre hombre y mujer por la mitad

del período para el que fueron electos consejeros y consejeras de

conformidad con la Constitución. (Consejo de Participación Ciudadana y

Control Social)

2.3.1. Designación de Autoridades.

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social designa u

organizar procesos para la designación de autoridades a través de

procedimientos establecidos en nuestra Constitución o en la ley que son los

siguientes:

MANDATOS CONSTITUCIONALES:

A través de Comisiones Ciudadanas de Selección Las Comisiones

Ciudadanas de Selección están integradas por 10 miembros: 5 delegados por

las Funciones del Estado y 5 representantes de las organizaciones sociales y

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de la ciudadanía escogidos en sorteo público de entre quienes se postulen y

cumplan con los requisitos.

El CPCCS debe organizar las correspondientes comisiones ciudadanas

seleccionadoras para escoger las siguientes autoridades

Defensor del Pueblo

Defensor Público

Fiscal General del Estado

Contralor General del Estado

Consejo Nacional Electoral

Tribunal Contencioso Electoral

A través de ternas presentadas por el Ejecutivo El CPCCS designa a las

siguientes autoridades de entre las ternas propuestas por la Presidenta o

Presidente de la República, luego del proceso de impugnación y veeduría

ciudadana correspondiente:

Procurador/a General del Estado y

Superintendentes

A través de una Comisión Calificadora En el Capítulo III: De la transición

institucional, nuestra Constitución determina que el Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social debe dictar las normas y procedimientos del

concurso para designar a:

Las magistradas y magistrados que integran la primera Corte

Constitucional

A través de ternas enviadas por Funciones e instituciones del Estado Según

la reforma aprobada en el referéndum y consulta popular de 7 de Mayo de

2011, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social determina el

procedimiento, plazos y demás elementos del proceso de elección de:

Miembros del Consejo de la Judicatura.

MANDATOS LEGALES:

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, de acuerdo con

normativas legales, tiene la atribución de organizar procesos de selección,

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designar autoridades institucionales y representantes ciudadanos a diversos

organismos. Este es el caso de:

Representantes de los afiliados activos y jubilados al Directorio del

Banco del IESS

Representantes de la Conferencia Nacional de Soberanía

Alimentaria

Defensores y defensoras del cliente ante cada una de las entidades

integrantes del Sistema Financiero

Héroes y Heroínas

Defensores de Audiencias y Lectores de los medios de

comunicación social de alcance nacional

Otras que disponga la Ley (Consejo de Participación Ciudadana y

Control Social)

2.3.2. Participación y Control Social.

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social promueve el

ejercicio de los derechos de participación, control social de lo público y la

rendición de cuentas.

Ley Orgánica del CPCCS, tiene como uno de sus objetivos fomentar las

iniciativas ciudadanas e impulsar mecanismos de participación y control

social como las Veedurías, los Observatorios, Asambleas, entre otros

SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL

SOCIAL

Con el fin de fortalecer su eje de trabajo relacionado con la participación

ciudadana, el control social y la rendición de cuentas, la Ley Orgánica del

CPCCS creó la Secretaría Técnica de Participación Ciudadana y Control

Social.

Estructura de la Secretaría de Participación Ciudadana y Control Social

Subcoordinación Nacional de Promoción de la Participación: encargada de

generar procesos de difusión de los derechos, mecanismos e instancias de

participación.

A las instituciones públicas de todas las funciones del Estado y a los

Gobiernos Autónomos Descentralizados les corresponde ejecutar las

normativas y los procesos de participación ciudadana

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Subcoordinación Nacional de Control Social: encargada de promover los

mecanismos de control social como las veedurías y los observatorios

ciudadanos.

A través del control social se garantiza el cumplimiento de los principios de

transparencia, eficiencia, eficacia, equidad, seriedad, cumplimiento y

calidad, como medios para prevenir la corrupción e impunidad y aportar al

buen vivir.

Subcoordinación Nacional de Rendición de Cuentas: encargada de brindar

los mecanismos para que el Estado cumpla la obligatoriedad de rendir

cuentas sobre su gestión y que la ciudadanía cuente con espacios

permanentes para ejercer este derecho.

La rendición de cuentas es un proceso mediante el cual quienes toman

decisiones sobre la gestión de lo público, cumplen su deber y

responsabilidad de explicar, dar a conocer o responder a la ciudadanía sobre

el manejo de lo público y sus resultados logrados: La ciudadanía evalúa

dicha gestión o manejo. (Consejo de Participación Ciudadana y Control

Social)

2.3.3. Transparencia y Lucha Contra la Corrupción.

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social establece

mecanismos para promover la transparencia, propone políticas

anticorrupción y realiza investigaciones sobre casos que afecten la

participación ciudadana, el interés público o generen corrupción. Además

tramita pedidos ciudadanos.

El CPCCS, mantiene reserva durante el proceso investigativo y coadyuva a

la protección del denunciante.

Además, el CPCCS interviene como parte procesal en el seguimiento de los

casos, de esta manera no solo se combate la corrupción sino también la

impunidad.

SECRETARÍA DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA

CORRUPCIÓN

Para cumplir con el mandato de luchar por la transparencia, contra la

corrupción y la impunidad, la Ley Orgánica del CPCCS crea la Secretaría

Técnica de Transparencia y Lucha contra la Corrupción.

¿Qué hace la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción?

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Recepta e investiga las denuncias sobre actos de corrupción, que afecten los

derechos de participación ciudadana o vayan en contra del interés social.

Recibe y tramita las pedidos de la ciudadanía cuando las quejas, pedidos o

denuncias de la ciudadanía presentados en otras instituciones del Estado (o

en las personas naturales o jurídicas privadas que manejan fondos públicos o

prestan servicios públicos) no hayan sido atendidos por éstas.

En la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción se orienta al

ciudadano o ciudadana sobre cómo presentar una denuncia o pedido, además

le informamos a cuál entidad pública debe acudir para satisfacer su

demanda.

El CPCCS investigará denuncias aceptadas a trámite y tramitará aquellas

quejas o pedidos que involucren las acciones u omisiones de servidores

públicos, personas naturales o jurídicas de derecho privado que presten

servicios públicos o desarrollen actividades de interés público.

La Secretaría Técnica de Transparencia y Lucha contra la Corrupción está

conformada por las subcoordinaciones de:

• Admisión y Orientación Jurídica: a través de la cual se dirige el proceso

integral de orientación a la ciudadanía y el análisis de denuncias o pedido

• Transparencia: es la encargada de ejecutar los procesos necesarios para

orientar, promover y fomentar la transparencia

• Investigación: es la encargada de investigar las denuncias sobre actos u

omisiones que afecten a los derechos de participación, generen corrupción o

vayan en contra del interés social.

• Patrocinio: a través de esta subcoordinación el CPCCS actúa como parte

procesal de los casos sometidos al Consejo. (Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social)

2.4. Participación Ciudadana como Derecho Fundamental.

Desde que el hombre empezó su vida, siempre ha estado inmerso en el

desarrollo, pues ha sido el protagonista en las decisiones idóneas para alcanzar el

beneficio de sus colectivos, las civilizaciones surgen con este fin de cooperación, cuyo

rol de participación y organización es fundamental para alcanzar y afianzar cada vez

más la seguridad de convivir en un círculo regido de costumbres, que posterior se

transforman en normas positivadas en un cuerpo legal, que rige para todos los miembros

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de una sociedad estructurada y organizada; y que de manera progresiva se busca el

beneficio, pero en ocasiones resalta intereses fuera del marco colectivo, es donde surge,

diferencias y conllevan a que existan posturas diferentes en cuanto a la toma de

decisiones que pueden originarse no por el bien colectivo, sino más bien por el

individual.

Es así que, en Ecuador la participación ciudadana, ha constituido un elemento

fundamental para la construcción de una sociedad participativa en aras del bien común;

por tal razón; y tomando como base, lo enunciado por el DIARIO EL UNIVERSO, de

fecha 24 de mayo del 2015, manifiesta:

Ha existido histórica y ancestralmente. Desde las mingas agrícolas que

desarrollaban las comunidades indígenas hasta la organización comunitaria y

las movilizaciones sociales que alcanzaron las calles. La participación

ciudadana ha estado presente en diversas formas en el Ecuador y ha buscado,

coinciden actores vinculados, que los ciudadanos sean protagonistas de la

toma de decisiones en los asuntos de interés público: salud, educación,

trabajo, servicios básicos, entre otros.

La Constitución del 2008 creó un marco legal que –se dijo entonces–

buscaba garantizar el ejercicio de la participación ciudadana. El art. 95, por

ejemplo, determina que los ciudadanos, en forma individual o colectiva,

participarán de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y

gestión de los asuntos públicos; el 96, reconoce las formas de organización;

el 98, el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder

público; y, el art. 204, pone al pueblo como mandante y primer fiscalizador

del poder público, en ejercicio de su derecho a la participación.

Pero esa misma Carta Magna dio origen a la Función de Transparencia,

llamada también quinto poder, integrada por el Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social (CPCCS), la Defensoría del Pueblo, la

Contraloría General del Estado y las superintendencias.

Su creación marcó un cambio en la esencia de la participación ciudadana,

que es una expresión que nace desde la sociedad y se expresa, entre otras, en

el control ciudadano del poder público, asegura Anunziatta Valdez,

subdirectora de la corporación Participación Ciudadana (PC).

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Institucionalizarla (con el CPCCS), dice, fue quitar su característica cívica,

voluntaria e independiente del poder público.

Tomando como base este enunciado, es necesario empezar citando que el

derecho de participación ciudadana es un medio de transparencia que ofrece

el Estado o Gobierno hacia sus mandantes, y como tal, es la garantía, para

que a través de la participación ciudadana se respete el derecho humano y

fundamental para construir una sociedad participativa. (Diario El Universo,

2015)

Es importante recalcar que ante los sucesos de la realidad nacional que acontece,

debe existir entes gubernamentales que garanticen una efectiva administración de los

asuntos de carácter público, a fin de salvaguardar el derecho de las personas. En tal

virtud, cito lo siguiente:

En una de sus resoluciones la Asamblea General de las Naciones Unidas

reiteró que una administración pública responsable, eficiente, eficaz y

transparente, tanto a nivel nacional como internacional, tiene un papel básico

que desempeñar en la aplicación de los objetivos convenidos

internacionalmente. (CIDH, 2011, pág. 22).

3. EFECTIVO CUMPLIMIENTO DE LA SILLA VACIA.

Una de las razones primordiales para alcanzar el desarrollo de las sociedades es

satisfacer las necesidades de todos los habitantes , no solamente con adquirir derechos

que tutelan su seguridad, sino de ser partícipe de ese desarrollo, que se adquiere con la

participación de la misma sociedad en el rol del Estado, pues el Estado no solo garantiza

los diferentes derechos de democracia como lo es, el de votar para la elección de las

autoridades de turno, al contrario faculta al ciudadano legalmente capaz de participar,

me refiero de una persona que la ley le faculte para estos hechos jurídicos, de ser el ente

protagónico para que a través de su voz, haga cumplir ciertas necesidades generales.

En Ecuador la democracia en sí , es una forma de vida , que permite

descentralizar el poder y adquirir un ámbito de participación, como lo es en forma

general; el pueblo es el mandante y coadyuva a fiscalizar todos los actos de las

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autoridades sectoriales, al respecto se garantiza la participación igualitaria en la

sociedad.

3.1. La Sociedad y la Silla Vacía.

Con los argumentos ya indicados sobre el derecho de participación ciudadana

bajo la Figura Legal de la Silla Vacía , caber señalar ciertos aspectos muy relevantes

respecto al ciudadano que ocupa la Silla Vacía, en las diferentes sesiones de los

Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales a nivel Nacional , y en específico

en el Cantón Francisco de Orellana, pues al referirse que es un representante de la

sociedad, siendo este en su calidad de dirigente barrial, este no adquiere una

representación pública a través de votos en un sentido directo y universal, solo es

elegido de manera indirecta de designación de representantes, cuya facultad es la de

comparecer en las sesiones de Concejo Municipal, sin embargo no existe una

clarificación en cuanto a su rol , ya que la normativa manifiesta que tiene

responsabilidad administrativa al momento de emitir su voto, esto distorsiona su

participación, por no ser una representación pública de manera legítima, muy distinto a

los que adquieren los Concejales y alcalde o alcaldesa.

Por otro lado la utilización de la Silla Vacía, puede ser maniobrada por intereses

particulares, que responden a tendencias políticas, es ahí que se debe otorgar un enlace

de la magnitud de la normativa jurídica de la Silla Vacía en favor de los ciudadanos de

una circunscripción territorial , para que este sea aplicada de manera democrática e

imparcial. Es decir que no solo sea utilizada para llenar ciertas expectativas de una

corriente ideológica que está ejerciendo la mayoría en el Concejo Municipal.

En consecuencia es fundamental citar lo siguiente:

Al respecto, la Constitución señala que quien ocupa la SV lo hace con el

objetivo de “participar en su debate y en la toma de decisiones”, nada

menciona sobre si la participación se ejerce o no con voto 3. En cambio, la

LOPC, al disponer que la participación se ejerza con voz y voto, instaura –en

nuestro criterio– una facultad que desnaturaliza al mecanismo. En primer

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lugar porque desde ningún punto de vista parece justo ni igualitario que

ciertas personas puedan votar y otras no. En segundo lugar, si se acepta que

todos puedan votar, el procesamiento de la votación podría ser engorroso, lo

que dificultaría el funcionamiento de la SV (Pachano, 2010, pág. 26). En

cualquiera de los dos casos, el derecho de voto, con el que legalmente cuenta

el ocupante, constituye, primero, una desestimación de la voluntad popular,

que eligió previamente a sus representantes en elecciones universales y,

segundo, una violación a la igualdad democrática, principio que busca la

exclusión de las diferencias arbitrarias o irrazonables de los sistemas

políticos (Scherz, 2013, pág. 3). La solución parece clara, la SV debería ser

un espacio estructurado dentro de un sistema de participación ciudadana

nacional y local, que permita a todos los sectores, sin exclusión expresar sus

posiciones y participar en los debates públicos sin voto. Solo de esta manera

se logrará una verdadera deliberación que no dependa de estrategias políticas

previas, sino que articule a los diversos actores de un sistema de gobierno.

Desde esta perspectiva, parece un craso error conceptuar a la SV como una

forma de poder político negativo4 (Noguera, 2013, pág. 81). Al contrario, la

SV debería ser un espacio que permita la exposición de distintos puntos de

vista y la inclusión de la ciudadanía en los debates en torno a temas de

interés, en un contexto de igualdad democrática (Fung et al., 2003, pág. 23).”

(Castro Montero, 2015, págs. 4-5)

Con lo citado anteriormente es preciso indicar que el representante de la

ciudadanía que ejerza la Silla Vacía, acude solo para este hecho y que su participación

esta ceñida a tratar el punto principal que fue acreditado y no inmiscuirse en otros que

no tengan relación al punto central, por ello debe existir un correcto manejo del tema a

tratarse, pero para tal cometido el Gobierno debe proponer una convocatoria con debida

antelación , que disponga del tiempo considerable para que puedan formular sus

requerimientos y propuestas.

En consecuencia, este mecanismo jurídico debe ser participativo y democrático,

sin distinción de corrientes políticas , con la finalidad de cumplir a cabalidad su

naturaleza de coadyuvar con el desarrollo del pueblo y alcanzando el régimen del buen

vivir, ante lo cual tomo como base lo señalado por el Doctor José Suing Nagua, al

referirse que se debe pensar de manera GLOCAL “…que se traduce en pensar

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38

globalmente pero actuar localmente…” (Suing Nagua, 2011) Fundamentación Jurídica.

Es decir proyectarse de manera global, tomando como ejemplo lo realizado en otras

ciudades que adquieran un desarrollo considerable y aplicar esas necesidades o

requerimientos que ya se ejecutaron para aplicar en un sentido local o sectorial.

2.3 FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

2.3.1. Normativa Nacional

El derecho de participación ciudadana bajo la figura jurídica de la Silla Vacía,

una vez ya entendida a través de la investigación correspondiente y que se encuentra

plasmado en este proyecto, es necesario volver a señalar que la normativa legal que se

encuentra esta figura legal y que es aplicable son las siguientes, que serán numeradas de

manera sucinta ya que en enunciados anteriores se encuentran citadas:

La Constitución de la República del Ecuador. Publicada en el Registro

Oficial 449, del 20 de Octubre del 2008.

Ley Orgánica de Participación Ciudadana y Control Social. Publicada en

el Registro Oficial 175, del 20 de abril del 2010.

Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización. Publicada en el Registro Oficial 303, del 19 de

Octubre del 2010.

2.4 IDEA A DEFENDER

Establecer mecanismos que permitan el efectivo cumplimiento de la Figura

Jurídica de la Silla Vacía dentro del Derecho de Participación, en el Gobierno

Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana.

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39

2.4 CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES

2.4.1Variable Independiente

Incidencia de la Figura Jurídica de la Silla Vacía.

2.4.2 Variable Dependiente

Derecho de Participación Ciudadana en el Gobierno Autónomo Descentralizado

Municipal de Francisco de Orellana.

2.5 DEFINICIÓN DE TÉRMINOS BÁSICOS

Asambleas Ciudadanas.- Las asambleas ciudadanas son espacios para la

organización de personas, que se establecen con base en intereses comunes,

y que tienen como objetivo dialogar y negociar con las autoridades y los

gobiernos, para obtener atención a sus necesidades e intereses, y asegurar el

buen gobierno de los asuntos públicos. (Glosario básico de participación

ciudadana, control social y transparencia, 2015)

Audiencias Públicas.- Es un mecanismo de participación convocado

por la autoridad (por iniciativa propia o a pedido de la ciudadanía)

para atender peticiones o fundamentar decisiones. (Glosario básico de

participación ciudadana, control social y transparencia, 2015)

Ciudadanía.- Se habla de ciudadanía cuando las personas establecemos una

relación individual o colectiva con el Estado, para el ejercicio de derechos y

responsabilidades. El ejercicio de la ciudadanía lleva implícito la búsqueda

de iguales oportunidades para todos y todas, así como la participación

responsable en la esfera pública. (Glosario básico de participación

ciudadana, control social y transparencia, 2015)

Control Social.- Es el derecho y el deber de los ciudadanos y ciudadanas

quienes, a través de un real proceso de involucramiento y participación

ciudadana, controlan la gestión de lo público y fiscalizan los asuntos de

interés público, mediante la aplicación de una diversidad de instrumentos y

mecanismos. (Glosario básico de participación ciudadana, control social y

transparencia, 2015)

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40

Corrupción.- Es la acción u omisión cometida por una autoridad pública, un

servidor público, o una persona natural o jurídica privada que maneja fondos

públicos o presta servicios públicos, para beneficiar ilícita o ilegítimamente,

intereses particulares, en desmedro del interés público. (Glosario básico de

participación ciudadana, control social y transparencia, 2015)

Ética.- Todo acto realizado por el ser humano con libertad, voluntad y

conciencia y basados en valores y principios que buscan el bien

común. (Glosario básico de participación ciudadana, control social y

transparencia, 2015)

Lo público.- Es todo aquello relativo al interés común o colectivo: •El

sistema estatal de administración de bienes y servicios• Aquellos

bienes y servicios, que siendo públicos, son prestados o administrados

por entes privados vía concesión y/o delegación del Estado. (Glosario

básico de participación ciudadana, control social y transparencia,

2015)

Participación Ciudadana.- La participación ciudadana es

principalmente un derecho de las ciudadanas y ciudadanos, en forma

individual y colectiva, de participar (ser parte de, incidir) de manera

protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los

asuntos públicos, y en el control popular de las instituciones del

Estado y la sociedad, y de sus representantes, en un proceso

permanente de construcción del poder ciudadano. (Glosario básico de

participación ciudadana, control social y transparencia, 2015)

Poder Ciudadano.- El poder ciudadano es el resultado del proceso de

la participación individual y/o colectiva de las ciudadanas y

ciudadanos de una comunidad, quienes, de manera protagónica

participan en la toma de decisiones, planificación y gestión de asuntos

públicos; así como, en el control social de todos los niveles de

gobierno, las funciones e instituciones del Estado, y de las personas

naturales o jurídicas del sector privado que manejan fondos públicos,

prestan servicios o desarrollan actividades de interés público, tanto en

el territorio nacional como en el exterior. (Glosario básico de

participación ciudadana, control social y transparencia, 2015)

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41

Pueblo.- El Convenio 169 de la OIT declara que un pueblo puede ser

considerado indígena si: a) Es descendiente de aquellos que habitaban

el área antes de su colonización; b) Ha mantenido sus propias

instituciones sociales, económicas, culturales y políticas desde la

época de la colonización y el establecimiento de los nuevos estados.

Añade: “la conciencia de su identidad indígena o tribal, (su auto-

identificación), deberá considerarse un criterio fundamental para

determinar los grupos a los que se aplican las disposiciones del

presente Convenio”. Pueblo indígena se define como “las

colectividades originarias, conformadas por comunidades o centros

con identidades culturales que les distinguen de otros sectores de la

sociedad ecuatoriana, regidos por sistemas propios de organización

social, económica, política y legal.” (Glosario básico de participación

ciudadana, control social y transparencia, 2015)

Rendición de Cuentas.- Es un proceso mediante el cual quienes

manejan y toman decisiones sobre la gestión de lo público, dan a

conocer a la ciudadanía los resultados de dicha gestión. Tiene como

propósitos: someter a evaluación la gestión pública, prevenir actos de

corrupción, y mejorar la gestión de recursos públicos, incorporando

las propuestas de la ciudadanía. (Glosario básico de participación

ciudadana, control social y transparencia, 2015)

Silla Vacía.- Es el espacio de participación en el debate y toma de

decisiones para un representante de la ciudadanía, dentro de las

sesiones de los gobiernos autónomos descentralizados. (Glosario

básico de participación ciudadana, control social y transparencia,

2015)

Transparencia.- Es la característica de una gestión o proceso, basada

en valores éticos fundamentales universales, como honestidad,

integridad, responsabilidad, eficacia. La transparencia se traduce en

principios y acciones claras destinadas a garantizar acceso a

información clara y oportuna para la ciudadanía, sobre las acciones,

recursos y decisiones que se toman en las instituciones públicas y

privadas. La transparencia permite el control ciudadano sobre el

manejo eficiente de recursos públicos, mejorar el desempeño de

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42

servidoras, servidores y autoridades, y por lo tanto, contribuye a

fortalecer la confianza ciudadana, incrementar la legitimidad de las

instituciones y el buen gobierno. (Glosario básico de participación

ciudadana, control social y transparencia, 2015)

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43

CAPÍTULO III

3. METODOLOGÍA

3.1 DETERMINACIÓN DE LOS MÉTODOS A UTILIZAR

En el presente proyecto de investigación, es fundamental la utilización de

métodos investigativos, que permitan recabar datos reales y de importancia, con el fin

de conducir a la indagación científica a través del investigador; razón por la cual en este

proyecto, está respaldado por la investigación Exploratoria; cabe señalar que el tema

principal de este proyecto, forma parte de la área de conocimiento y éste no ha sido

desarrollado o no está formulado de manera precisa, pues es menester que la

investigación explotaría sea aplicada en este proyecto de investigación.

3.1.1. Métodos

Observación Científica

En la presente investigación, uno de los métodos a utilizarse, es de la

Observación, que coadyuva el registro de aquellos datos o aspectos que son objeto de la

observación en sus condiciones naturales, a través de visitas al Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, con el propósito de conocer el

procedimiento aplicable para la figura Jurídica de la Silla Vacía, en las sesiones del

Concejo de dicha entidad.

Histórico – Lógico

Partimos de un procedimiento histórico, enmarcado sobre el desarrollo del

derecho de Participación Ciudadana , en cuanto a la legislación ecuatoriana, que

permite observar aspectos cronológicos de esta figura jurídica, que a través de los años,

adquiere una connotación transcendental para el fortalecimiento de la democracia y

participación directa de la ciudadanía en la toma de decisiones de interés general, de

Page 59: CARÁTULA INCIDENCIA DE LA FIGURA JURÍDICA DE LA SILLA ... · El presente proyecto de investigación, titulado: “Incidencia de la Figura Jurídica de la silla vacía dentro del

44

esta manera se debe complementar con la aplicación de un procedimiento lógico, para

entender sobre la estructura de la figura jurídica ya indicada en la realidad no se aplica

de manera efectiva en los Gobiernos Autónomos Descentralizados del territorio

nacional; es así, que debemos tener una compresión profunda sobre el problema, para

dar una solución.

Inductivo – Deductivo

El método inductivo es aplicable en el presente proyecto de investigación, al

momento de recopilar información interna del Gobierno Autónomo Descentralizado

Municipal de Francisco de Orellana, sobre la incidencia de la figura jurídica de la Silla

Vacía dentro del derecho de participación Ciudadana, tomando en cuenta la factibilidad

de la información proporcionada a través de la Pagina web y del personal que labora en

el departamento Jurídico de la Entidad antes indicada , lo que permite un diagnóstico

previo de lo que está sucediendo al interior de la entidad, en relación al efectivo

cumplimiento de la figura Jurídica de la Silla Vacía, que en cierta forma es lo que

motiva la investigación.

El método deductivo una vez ya planteado el tema se amplió el escenario de

observación y recolección de la información hacia el entorno, partiendo de los actores

circundantes. La información obtenida permite armar el todo de la investigación, para

establecer las conclusiones.

Exegético-Jurídico

El método exegético o llamado también método jurídico, es uno de los

más importante, en razón que el proyecto investigativo, forma parte de una área

político social y jurídico social, y a su vez es indispensable la interpretación de

la norma jurídica que habla sobre la Figura Jurídica de la Silla Vacía dentro del

Derecho de Participación Ciudadana , que se encuentra prescrita en la

Constitución de la República del Ecuador, Código Orgánico de Organización

Territorial Administración y Descentralización; y, Ordenanza Municipal 005-

Page 60: CARÁTULA INCIDENCIA DE LA FIGURA JURÍDICA DE LA SILLA ... · El presente proyecto de investigación, titulado: “Incidencia de la Figura Jurídica de la silla vacía dentro del

45

2011, del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de

Orellana.

3.2 DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN

En el presente proyecto de investigación tomará como base las investigaciones

de campo y la documental, por parte del investigador, como mecanismo para responder

el problema planteado.

Investigación de Campo: Parte de una investigación en el lugar donde se

delimitó el tema planteado, es decir en el Cantón de Francisco de Orellana,

permitiendo obtener un acercamiento con la realidad y ver las causas y efectos,

el de no aplicarse de manera efectiva la Figura Jurídica de la Silla Vacía dentro

del derecho de Participación Ciudadana en el Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana.

Es así que según a su carácter la investigación de campo, puede desprenderse en

descriptivo que ayuda analizar los resultados y generar una conclusión final del

tema investigado.

Finalmente se utiliza el método explicativo, con el fin de establecer a través de la

indagación el problema o el porqué de los hechos, en este sentido, buscar la

respuesta de la falta de aplicación de la Figura Jurídica de la Silla Vacía, en el

Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana.

Investigación documental: Permite la obtención de información fundamental

para el presente proyecto investigativo, fortaleciendo en un conocimiento más profundo

y amplio a través de documentos impresos, electrónicos o a su vez medios

audiovisuales, que señalen sobre el origen y aplicación de la Silla Vacía en el Gobierno

Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana.

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46

De esta manera interpretar cuáles son sus procedimientos que se han venido

aplicando sobre esta figura jurídica y proponer mecanismos más eficaces para el

fortalecimiento de este derecho fundamental para el beneficio de la sociedad.

3.3 OPERALIZACIONALIZACIÓN DE LAS VARIABLES

Cuadro 1: Matriz de las Variables

Variable

Independiente

Dimensión Indicadores Preguntas

Ítems

Técnica /

Instrumento

Incidencia de Figura

Jurídica de la Silla

Vacía:

Definición: Es el

espacio de

participación en el

debate y toma de

decisiones para un

representante de la

ciudadanía, dentro de

las sesiones de los

gobiernos autónomos

descentralizados.

(Glosario básico de

participación

ciudadana, control

social y

transparencia, 2015)

Jurídico

Conocimiento

Jurídico de la Silla

Vacía

3 Encuesta

Político Veeduría por parte

de la ciudadanía en

decisiones de interés

general para la

población.

1 Encuesta

Social

Grado de beneficio a

la Población a través

de la Silla Vacía

1 Encuesta

Variable

Dependiente

Dimensión Indicadores Preguntas

Ítems

Técnica /

Instrumento

Derecho de

Participación

Ciudadana en el

Gobierno Autónomo

Descentralizado

Jurídico Conocimiento del

derecho

Constitucional de

Participación

Ciudadana

1 Encuesta

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47

Municipal de

Francisco de

Orellana

Definición: Según el

Consejo de

Participación

Ciudadana y Control

Social, “La

participación

ciudadana es

principalmente un

derecho de las

ciudadanas y

ciudadanos, en forma

individual y

colectiva, de

participar (ser parte

de, incidir) de

manera protagónica

en la toma de

decisiones,

planificación y

gestión de los

asuntos públicos, y

en el control popular

de las instituciones

del Estado y la

sociedad, y de sus

representantes, en un

proceso permanente

de construcción del

poder ciudadano.”

(Fuente: Sitio web

www.cpccs.gob.ec,

página “Glosario”)

Social Conocimiento de las

Políticas Públicas

para el cumplimiento

del derecho de

Participación

1 Entrevista

Propuesta Social Campaña de

concientización

respecto a la Silla

Vacía

1 Vinculación

comunidad/

Diario de

Campo

Elaborado por: José Luis Jiménez Yépez – Investigador

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3.4 POBLACIÓN Y MUESTRA

El tema de investigación se aplicó en el Gobierno Autónomo Descentralizado

Municipal de Francisco de Orellana y la sociedad del Cantón de Francisco de Orellana,

con una población específica, los dirigentes de los diversos barrios asentados en dicho

Cantón, a fin de recoger datos que me servirán para posibles recomendaciones.

Por lo tanto la población del Cantón de Francisco de Orellana, en el último censo

realizado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos en el año 2010, se

desprende que hay 72.795 habitantes; y, es así que la población que se toma en cuenta

para la presente investigación son: Jefe del Departamento de Participación Ciudadana

del GADM De Francisco de Orellana, Dirigentes Barriales.

Cuadro 2: POBLACIÓN

Institución

Número de

personas

Área en la

Investigación

Jefe del Departamento

de Participación

Ciudadana del GADM

De Francisco de

Orellana

1

Departamento de

Participación

Ciudadana del GADM

De Francisco de

Orellana

Dirigentes Barriales del

Cantón de Francisco de

Orellana

130

Afectados

Total

131

Elaborado por: José Luis Jiménez Yépez – Investigador

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49

Cálculo de la muestra

Fórmula:

( )

Datos:

n = tamaño de la muestra

N = tamaño de la población 131 (Número de Dirigentes Barriales del Cantón de Francisco de

Orellana)

E = error máximo admisible, al cuadrado va entre (0,01 y 0,10)

Desarrollo:

( ) ( )

( )( )

( )

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50

3.5 TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE INVESTIGACIÓN

3.5.1 Técnicas de Investigación

En el presente proyecto de investigación se tendrá como base para la

recopilación de información los instrumentos de la entrevista, que es un medio por el

cual aporta información de manera verbal a través de un pliego de preguntas realizadas

por el investigador, que en este caso sería dirigida para el Jefe del Departamento de

Participación Ciudadana del Municipio de Francisco de Orellana, con el objeto de un

criterio acertado sobre la aplicación de la figura Jurídica de la Silla Vacía que se

encuentra inmersa en el derecho de Participación Ciudadana, en la población de

Francisco de Orellana.

Finalmente otro instrumento aplicable, es el de la encuesta, que esta

direccionada para los Dirigentes Barriales del Cantón de Francisco de Orellana, con el

afán de recopilar sus criterios, referente al tema planteado en la entrevista, es así que la

encuesta contendrá un pliego de preguntas en forma escrita y con 3 alternativas para que

la información que proporcionen sea confiable y fácil de tabular.

3.6 VALIDEZ Y CONFIABILIDAD DE LOS INSTRUMENTOS

Elaborados los instrumentos de la investigación, como son la entrevista y la

encuesta, y una vez aprobados, se realiza un pilotaje a los actores de la investigación,

con el propósito de adquirir información de manera valida y confiable para el presente

proyecto de investigación.

3.7 TÉCNICAS DE PROCESAMIENTO Y ANÁLISIS DE DATOS

Los tipos de procesamiento existentes dentro de la investigación científica actual

son los siguientes:

Page 66: CARÁTULA INCIDENCIA DE LA FIGURA JURÍDICA DE LA SILLA ... · El presente proyecto de investigación, titulado: “Incidencia de la Figura Jurídica de la silla vacía dentro del

51

Proceso Manual.- Con esto se logra analizar la información, ordenarla y clasificarla

para que sea utilizada dentro de la investigación, principalmente bibliográfica y jurídico

legal.

Proceso Electrónico.- Será utilizado para el procesamiento de datos, mediante

sofisticados cálculos que minimizan el porcentaje de error y ayudan a obtener datos más

precisos, que se aplicará en la tabulación de encuestas, para ello se utilizar el programa

informático procesador de texto Microsoft Office Word, y el programa de cálculo

Microsoft Office Excel.

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CAPÍTULO IV

4. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

4.1 RECURSOS HUMANOS

Cuadro 3: Recursos Humanos

RECURSOS HUMANOS NÚMERO

Investigador

Tutores:

1

2

Total 3

Elaborado por: José Luis Jiménez Yépez – Investigador

4.2 RECURSOS TÉCNICOS

Cuadro 4: Recursos Técnicos

RECURSOS TÉCNICOS NÚMERO

Constitución de la Republica

COOTAD

Ordenanza Municipal 005-2011, de Francisco de Orellana

Repositorios Digitales de Universidades.

Encuestas

1

1

1

240

Total 243

Elaborado por: José Luis Jiménez Yépez – Investigador

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4.3 RECURSOS MATERIALES

Los Recursos Materiales que se empleará son los siguientes:

Cuadro 5: Recursos materiales

No. RECURSOS MATERIALES

1

2

3

4

5

6

Computadora

Escritorio

Escáner/ copiadora

Impresora

Resmas de papel bond

Tinta de impresora

Elaborado por: José Luis Jiménez Yépez – Investigador

4.4 RECURSOS FINANCIEROS

Los recursos financieros a destinarse son:

Cuadro 6: Recursos financieros

No. RECURSOS MATERIALES COSTO

APROXIMADO

1

2

3

4

5

6

7

Libros

Cuerpos legales

Materiales de oficina

Equipos necesarios para la investigación

Trasporte

Gastos Varios

Aplicación de la Propuesta

$ 200

$ 100

$ 100

$ 800

$ 100

$ 200

$ 1000

Total $ 2500

Elaborado por: José Luis Jiménez Yépez – Investigador

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4.5 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

Cuadro 7: Cronograma

ACTIVIDAD /

MES

Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre

SEMANAS 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4

Elaboración del

plan

X X X

Revisión

bibliográfica

X

Aprobación del

Plan

X

Recolección de

Información

X

Elaboración de los

capítulos de la

investigación

X X X X X X X X X X X

Revisión del

borrador general

X X

Trámites

administrativos y

académicos

X X

Defensa Oral X X X

Elaborado por: José Luis Jiménez Yépez – Investigador

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4.6 ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS.

ENCUESTA DIRIGIDA A LOS DIRIGENTES BARRIALES

Cuadro 8: Resultado de la Encuesta

N° PREGUNTAS MUCHO POCO NADA

FRE % FRE % FRE %

1 ¿Conoce usted sobre la figura jurídica de la Silla

Vacía que se encuentra enmarcado en la

Constitución de la Republica y COOTAD?

11 11 23 23 64 65

2 ¿Considera que la implementación de la Figura de la

Silla Vacía, contribuirá al adelanto del Cantón

Francisco de Orellana?

32 33 28 29 38 38

3 ¿Considera usted que la socialización de la

normativa de la Silla Vacía, ayudará sentar bases

para el funcionamiento de la democracia

participativa y el fortalecimiento del poder

ciudadano?

71 72 13 13 14 14

4 ¿La gestión del Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal de Francisco de

Orellana, denota planeación, organización,

ejecución y control?

63 64 7 7 28 28

5 ¿Usted participa en actividades tendientes al

desarrollo de su comunidad, formulando propuestas

al Concejo Municipal?

6 6 24 24 68 69

6 ¿Considera que a través de la Silla Vacía, da paso a

la veeduría por parte de la ciudadanía, en decisiones

de interés general para la población?

43 44 33 33 22 22

7

¿Tiene conocimiento acerca del derecho

Constitucional de Participación Ciudadana?

19 19 32 32 47 48

8 ¿Tiene conocimiento de las Políticas Públicas que

aplica el Gobierno Autónomo Descentralizado

Municipal de Francisco de Orellana para el

cumplimiento del derecho de Participación?

8 8 22 22 68 69

9

9

¿Conoce usted como está conformado el Concejo

Municipal?

27

27

31

32

40

41

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Análisis e interpretación de resultados.

Pregunta N° 1.

Los dirigentes Barriales consideran que la Figura Jurídica de la Silla Vacía es

conocida de la siguiente manera: El 11% mucho; el 23% poco; y, 65% nada.

Según los resultados obtenidos la mayoría de encuestados manifestaron que no

conocen sobre la Silla Vacía, por lo tanto es necesario que tengan un conocimiento

vasto sobre esta figura legal, para su correcta aplicación.

Pregunta N° 2.

Los Dirigentes Barriales, respecto a la implementación de la Silla Vacía

contribuye al adelante del Cantón Francisco de Orellana; el 33% responde que mucho,

el 29 % responde poco y el 38% responde que nada.

11

33

72

64

6

44

19

8

27 23

13

7

24

33 32

22

32

65

38

14

28

69

22

48

69

41

0

10

20

30

40

50

60

70

80

Pregunta1

Pregunta2

Pregunta3

Pregunta4

Pregunta5

Pregunta6

Pregunta7

Pregunta8

Pregunta9

MUCHO POCO NADA

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57

Según los resultados obtenidos denota que no existe un porcentaje mayoritario

en razón a la confiabilidad que tenga la utilización de la Silla Vacía, considerando que

existe falta de conocimiento.

Pregunta N° 3.

Los Dirigentes Barriales, en razón de a la sociabilización de la Silla Vacía,

fomenta bases para el funcionamiento de la democracia participativa y el

fortalecimiento del poder ciudadano, el 72% responde que mucho, el 13% responde

poco y el 14% responde que nada.

Según los resultados obtenidos, la gran parte de los encuestados, consideran que

debe existir una sociabilización de la norma jurídica de la Silla Vacía, puesto que es un

derecho fundamental para coadyuvar el desarrollo del Cantón, a través de su

participación y colaboración en las decisiones que adopta el Concejo Municipal.

Pregunta N° 4.

Los Dirigentes Barriales, respecto a la Gestión del GADM de Francisco de

Orellana, existe planeación, organización, ejecución y control; el 64% responde que

mucho, el 7% responde que poco y 28 % responde que nada.

Según los resultados obtenidos, existe una dicotomía en cuanto a la aceptación

de una buena gestión por parte del Municipio de Orellana, pero en sí, la mayoría , no

tiene esa confianza , puesto que no se ha integrado a la comunidad con dicha

Institución, sea esta por razón de no contar con una información adecuada.

Pregunta N° 5.

Los Dirigentes Barriales, en razón de su participación tendientes al desarrollo de

su comunidad y que este formule propuestas al Concejo Municipal; el 6% responde

mucho, el 24% responde poco y el 69 responde que nada.

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58

Según los resultados obtenidos, denota que existe falta de interés por presentar

propuestas al Concejo Municipal, pero eso es reflejo de la ignorancia que tienen de los

mecanismos para su participación en las sesiones del concejo convocadas por el Gad

Municipal.

Pregunta N° 6.

los Dirigentes Barriales, respecto a que la Silla Vacía , da paso a la veeduría por

parte de la ciudadanía, en decisiones de interés general para la población, el 44%

responde que mucho, el 33 % responde que poco y el 22% responde que nunca.

Según los resultados obtenidos hay cierta mayoría, puesto que no conocen de

manera profunda sobre la temática de la Silla Vacía, pero los que algún conocimiento

tienen, piensan que si es un mecanismo para fiscalizar sobre las decisiones que adopten

las autoridades y más si su participación es en aras de un progreso para el Cantón.

Pregunta N° 7.

Los Dirigentes Barriales, en razón al conocimiento del derecho de participación,

el 19 % responde que mucho, el 32% responde que poco y el 48% responde que nada.

Según los resultados obtenidos, los dirigentes Barriales, no tienen conocimiento

del derecho de participación, considerando que es un derecho constitucional y de gran

difusión en el presente gobierno, puesto que existe el Quinto Poder, y es referente a este

derecho. Es necesario enfocar más la sociabilización de la norma jurídica para

ejecutarlo de manera efectiva.

Pregunta N° 8.

Los Dirigentes Barriales, respecto al conocimiento de las políticas públicas que

adopta el GADM de Francisco de Orellana para el cumplimiento del derecho de

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participación, el 8% responde que mucho, el 22% responde que poco y el 69%

responde que nada.

Según los resultados obtenidos, se denota que la mayoría no conoce el

mecanismo o políticas públicas que ejecuta el Municipio de Francisco de Orellana en

cuanto al derecho de participación, es necesario focalizar más este tema, para que la

ciudadanía conozca u acceda a este derecho.

Pregunta N° 9.

Los Dirigentes Barriales, respecto al conocimiento de la con formación del

Concejo Municipal, el 27% responde que mucho, el 32% responde que poco y el 41%

responde que nada.

Según los resultados obtenidos, arroja que la mayoría no tiene conocimiento

como está estructurado el Concejo Municipal.

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CAPÍTULO V

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

5.1 CONCLUSIONES

Como resultado de la investigación se puede concluir que la Incidencia

de la Figura Legal de la Silla Vacía dentro del derecho de Participación

Ciudadana en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de

Francisco de Orellana, no ha tenido mayor relevancia para los habitantes

del Cantón de Francisco de Orellana, al no existir una conducta

participativa en las sesiones del Concejo, aun mas, se pudo evidenciar

que desconocen sobre la temática de los derechos que les asisten en torno

a la participación ciudadana, en especial el de la Silla Vacía, esto por no

haber una correcta difusión de este derecho a los ciudadanos, a fin de

tener el conocimiento pleno, para poder aplicarlo de forma efectiva.

Por otro lado se desprende de los resultados de la investigación, no existe

un mecanismo idóneo de difusión sobre el derecho de participación

ciudadana bajo la figura jurídica de la Silla Vacía.

La Silla Vacía al constituirse un derecho de participación ciudadana ,

ratificados en varios cuerpos legales como es la Constitución de la

República, COOTAD, Ley Orgánica de Participación Ciudadana, es

fundamental para el desarrollo de los pueblos, bajo la participación activa

y directa de la ciudadanía en la toma de decisiones, en tal caso en las

Sesiones que adopte el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal

de Francisco de Orellana, para que sus aportaciones con sus

requerimientos e ideas , sean plasmadas en Ordenanzas , en aras de

prevalecer el interés general.

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5.2 RECOMENDACIONES

Comprendido el alcance de la normativa legal de la Silla Vacía, como

derecho de participación ciudadana en los habitantes del Cantón

Francisco de Orellana, en la cual no ha tenido una relevancia en cuanto a

su aplicación, se recomienda el vínculo directo, por parte del Gobierno

Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, realice

los talleres de concientización en favor de los habitantes de dicha

jurisdicción, con el objetivo de cumplir con eficacia la Silla Vacía.

Que se garantice la correcta aplicación de la Silla Vacía, en la cual las

autoridades sectoriales, en este caso del Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, faciliten a los

ciudadanos en general del Cantón de Francisco de Orellana, para que

acudan a las sesiones del Concejo Municipal, para que propongan sus

ideas y requerimientos.

Que a través de la concientización de la figura legal de la Silla Vacía a

favor de la ciudadanía del Cantón Francisco de Orellana, tengan la

predisposición de aportar con el desarrollo del Cantón, a través de sus

requerimientos e ideas, que ayudan a entablar nuevas ordenanzas que

prevalecerán el beneficio común.

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CAPÍTULO VI

PROPUESTA

Título: Establecer talleres de concientización a los ciudadanos del Cantón Francisco de

Orellana a través de los Comités Barriales, respecto al derecho de participación

ciudadana bajo la figura jurídica de la Silla Vacía por parte del Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana.

6.1. DATOS INFORMATIVOS

6.1.1. Localización.

La propuesta que se realiza es viable, para ser aplicada a nivel nacional, sin embargo la

muestra se desarrollará en el Cantón de Francisco de Orellana, provincia de Orellana.

6.2 ANTECEDENTES.

Con la vigencia de la Constitución de Montecristi del 2008, y la expedición del

Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en el año

2010, se instituye el derecho constitucional de Participación Ciudadana bajo la figura

legal de la Silla Vacía, a fin de que la ciudadanía en general, pueda ser participe en la

toma de decisiones de carácter general, es así que, permite que exista una brecha intima

de la sociedad con el Estado, cuyo objetivo es la construcción del poder ciudadano y la

democracia directa, de esta manera erradicar malos manejos en la administración

pública, puesto que este mecanismo legal, coadyuva a la transparencia. Al respecto

existe la normativa legal y sus procedimientos, en el caso del Cantón Francisco de

Orellana, se promulgo la Ordenanza Municipal 005-2011, en la que se detalla el

procedimiento para ejecutar la Silla Vacía en las Sesiones del Concejo Municipal, sin

embargo, no ha existido el conocimiento pleno de esta figura legal de la Silla Vacía,

por parte de los ciudadanos del Cantón de Francisco de Orellana, para que sean

partícipes en las Sesiones del Concejo , bajo la modalidad de la Silla Vacía, de esta

manera crear nuevas Ordenanzas en beneficio para la colectividad.

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Por tal razón es necesario indicar que pese a existir la normativa legal y sus

procedimientos que, en la mayor parte cada circunscripción territorial del Ecuador, es

diferente su modalidad de aplicar el procedimiento, puesto que sus ordenanzas son

distintas en aspectos de forma, en tal virtud se debe realizar programas o talleres de

concientización por parte del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de

Francisco de Orellana a los ciudadanos del Cantón Francisco de Orellana, a fin de que

se dé un cumplimiento efectivo de la Silla Vacía.

6.3. JUSTIFICACION.

La propuesta que se origina desde el proceso investigativo realizado, es de gran

importancia para los ciudadanos del Cantón Francisco de Orellana, a través de los

Talleres de concientización respecto al derecho de participación ciudadana bajo la

figura jurídica de la Silla Vacía por parte del Gobierno Autónomo Descentralizado

Municipal de Francisco de Orellana, en tal virtud, se tendrá un mayor conocimiento y

por ende la participación para que a través de las Sesiones de Concejo Municipal,

puedan ser los partícipes en la aportación de requerimientos e ideas para plasmar sus

necesidades en ordenanzas, que se deben estar apegados con la normativa legal,

refiriéndose a que el beneficio sea de carácter colectivo y no particular.

En consecuencia la Silla Vacía, es un mecanismo jurídico que coadyuva a la

unidad, la democracia e igualdad; que a través de la presente propuesta será posible tal

aspiración, dando lugar a la eficacia de la administración pública y gubernamental, en el

sentido de que la misma sociedad será quien velara o a su vez fiscalizará todos los actos

de las autoridades, que genera una mayor confianza y seguridad.

6.4. OBJETIVOS.

6.4.1. Objetivo General.

Establecer los mecanismos para emprender los talleres de concientización a los

ciudadanos del Cantón Francisco de Orellana a través de los Comités Barriales,

respecto al derecho de participación ciudadana bajo la figura jurídica de la Silla

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Vacía por parte del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de

Francisco de Orellana.

6.4.2. Objetivos Específicos.

Solicitar al departamento jurídico del Gobierno Autónomo Descentralizado

Municipal de Francisco de Orellana, la colaboración técnica jurídica para

realizar los talleres, respecto a la figura jurídica de la Silla Vacía dentro del

derecho de participación ciudadana.

Convocar a los Dirigentes Barriales del Cantón Francisco de Orellana, por parte

del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, a

fin de comparecer a los talleres de concientización, que se realizaran de manera

periódica, hasta tener capacitación adecuada.

Propender que los dirigentes Barriales luego de la capacitación correspondiente,

transmitan los conocimientos sobre la jurídica de la Silla Vacía dentro del

derecho de participación ciudadana, a los miembros del barrio que

corresponden.

6.5 UBICACIÓN SECTORIAL Y FISICA.

Gráfico 1. UBICACIÓN SECTORIAL Y FISICA.

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6.6. CARACTERÍSTICAS DE LA UNIDAD DE OBSERVACIÓN.

El Cantón de Francisco de Orellana, es una provincia situada en la región

Amazónica, es una de las más importantes para el Ecuador, respecto a su actividad

petrolera, que en mayor parte representan los ingresos para la economía nacional.

Cuenta con alrededor de 72.795 habitantes, incluidas las parroquias urbanas y rurales.

La implementación de los programas o talleres de concientización de la figura jurídica

de la Silla Vacía dentro del derecho de participación ciudadana es fundamental para

alcanzar la correcta aplicación, a fin de llegar a un desarrollo de la población en cuanto

al cumplimiento de sus necesidades, que la sociedad en general, aplicaran sus

inquietudes y requerimientos en las sesiones del Consejo Cantonal.

6.7 BENEFICIARIOS.

Los beneficiarios del presente proyecto de investigación y por ende de la

propuesta, es la misma ciudadanía en general del Cantón Francisco de Orellana, quienes

son los partícipes para fomentar la concientización de la Silla Vacía.

6.8 FACTIBILIDAD.

La propuesta es factible de realizarse, en razón de que, es beneficioso para los

ciudadanos del Cantón Francisco de Orellana, ya que su finalidad en su contexto

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general, es lograr la concientización del derecho constitucional de participación

ciudadana bajo la figura legal de la Silla Vacía; sin menoscabar que es un derecho poco

conocido y nuevo, pero su importancia es muy fundamental para consolidar el beneficio

colectivo, aportando su participación en la toma de decisiones de carácter público; y,

fiscalizar las actividades de las autoridades de turno, pues de esta manera se entiende

que el pueblo es el pilar fundamental para consolidar el desarrollo de una sociedad,

aportando de esta manera la construcción de brechas encaminadas al desarrollo.

Al entenderse que es un derecho de gran importancia para la sociedad de

Francisco de Orellana, a través de los talleres de concientización expedidos por el

departamento jurídico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de

Francisco de Orellana, dirigido a los Dirigentes Barriales del Cantón Francisco de

Orellana; facilitaran con la divulgación del contenido de la figura legal, haciéndoles

conocer la semántica de esta normativa jurídica, para que en su posterior sean

transmitidos a los ciudadanos de cada barrio que pertenezcan dichos dirigentes.

En tal virtud, teniendo más conocimiento acerca del derecho constitucional de

participación ciudadana que se encuentra previsto en varios cuerpos normativos; con

ello, el ciudadano de Francisco de Orellana, contara con las bases suficientes de

conocimientos jurídicos , que forma parte de la figura legal de la Silla Vacía, para que

en cada sesión del Concejo del Municipio de Francisco de Orellana, puedan aportar con

sus ideas y requerimientos, que si de ser pertinente se materialicen en Ordenanzas.

6.9 DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA.

La presente propuesta está encaminada en la realización de talleres de

concientización del derecho constitucional de participación ciudadana bajo la figura

legal de la Silla Vacía, por parte del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de

Francisco de Orellana, en favor de los dirigentes barriales del Cantón Francisco de

Orellana, cuya realización se la planteara de manera periódica por el lapso de un mes,

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convocándose cada sábado, por el lapso de 4 horas cada taller, en la que intervendrán

personal de dicha entidad, que manejen el tema jurídico , en este caso lo más factible es,

que el departamento jurídico, sea el encargado de impartir las charlas técnicas jurídicas

de lo que representa la figura legal de la Silla Vacía, con previa autorización de la

máxima autoridad del Concejo Municipal, en este caso la señora Alcaldesa Anita Rivas

Párraga.

Las convocatoria se realizara una vez que se apruebe la capacitación a través de

los talleres de concientización, en la que se detallara los aspectos fundamentales y que

dicho sea de paso, será de carácter obligatorio la comparecencia de los dirigentes

barriales, a fin de que exista un compromiso profundo, para que se adquiera el

conocimiento basto, y que los dirigentes barriales sean , los voceros para que se difunda

a la ciudadanía en general , lo que representa el derecho de participación ciudadana bajo

la figura jurídica de la Silla Vacía.

Esta propuesta, solo se necesitara la predisposición de la ciudadanía en general,

ya que es de muchísima importancia el conocimiento pleno de la normativa legal , en

este caso de la Figura jurídica de la Silla Vacía, pues una sociedad que sea preparada y

conozca la ley, es una sociedad que se encuentra armada ante cualquier irregularidad,

con ello , se permite que las autoridades de turno , no hagan de la ley o normativa legal,

un uso particular para satisfacer de sus necesidades, al contrario , genera más seguridad

y confianza por parte de la ciudadanía para proponer sus necesidades y que estas sean

atendidas con la pertinencia adecuada.

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

TEXTOS:

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direcciòn. Ambato: Universidad Técnica de Ambato.

Paillacho, S. (2014). Reglamento para el Fortalecimiento del Sistema de Participacion

Ciudadana del Gobierno Autonomo Descentralizado Parroquial Rural de

Tupigachi del Canton Pedro Moncayo, Provoncia de Pichincha. Quito:

Universidad Central del Ecuador.

Suing Nagua, J. (2011). Gobiernos Autónomos Descentralizados. Quito: Corporación de

Estudios y Publicaciones.

Zuñiga, R. (2015). La silla vacía como nueva forma de participación ciudadana en le

Municipio de Cuenca. Cuenca: Universidad de Cuenca.

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CÓDIGOS Y LEYES:

Constitución de la República del Ecuador . (2008). Quito. Registro Oficial No. 449.

Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización. (2010).

Quito. Registro Oficial No. 303.

Ley Orgánica de Participación Ciudadana y Control Social. (2010). Quito. Registro

Oficial No. 175.

Ordenanza Municipal Nº 005. (2011). Francisco de Orellana. Municipio de Francisco de

Orellana.

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LINKOGRAFÍA:

Glosario básico de participación ciudadana, control social y transparencia. Disponible

en la URL. http://www.cpccs.gob.ec/?mod=glosario. Consultado el 15 de

Noviembre del 2015

Ius Humani. Revista de Derecho. Disponible en la URL.

file:///C:/Users/Vinicio%20Jimenez/Downloads/Dialnet-

LaSillaVaciaYElDilemaDeLaParticipacionCiudadanaEnE-5278449.pdf.

Consultado el 13 de Mayo de 2016

Derechos humanos, rendicion de cuentas y participacion ciudadana. Disponible en la

URL. http://www.corteidh.or.cr/tablas/r27483.pdf. Consultado el 04 de 2016

Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Disponible en la URL.

www.cpccs.gob.ec. Consultado el 06 de Enero de 2016

Participación ciudadana, un derecho que se debate a la sombra de la política.

Disponible en la URL.

http://www.eluniverso.com/noticias/2015/05/24/nota/4902306/derecho-que-se-

debate-sombra-politica. Consultado el 21 de Mayo de 2016.

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Ius Humani. Revista de Derecho. Disponible en la URL.

file:///C:/Users/Vinicio%20Jimenez/Downloads/Dialnet-

LaSillaVaciaYElDilemaDeLaParticipacionCiudadanaEnE-5278449.pdf.

Consultado el 5 de mayo de 2016.

ANEXOS

Anexo 1. Esquema Demostrativo

Fundamentación Teórica

2.2 Fundamentación Teórica

1.- LA SILLA VACÍA EN EL MARCO LEGAL ECUATORIANO

Desarrollo de la Variable Independiente.

1.1.- La Silla Vacía.

1.1.1.- Definición

1.1.2.- Concepto

1.1.3 Marco Legal.

1.2.- La Silla Vacía en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de

Orellana-Ordenanza Municipal Nº 005-2011.

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2.- DERECHO DE PARTICIPACION CIUDADANA EN LA LEGISLACION

ECUATORIANA.

Desarrollo de la Variable Dependiente.

2.1.- Derecho de Participación Ciudadana.

2.1.1.- Concepto

2.2.- Concejo de Participación Ciudadana y Control Social.

2.2.1.- Designación de Autoridades.

2.2.2.- Participación y Control Social.

2.2.3.- Transparencia y Lucha Contra la Corrupción.

2.3.- Participación Ciudadana como Derecho Fundamental.

3.- EFECTIVO CUMPLIMIENTO DE LA SILLA VACIA.

3.1.- La Sociedad y la Silla Vacía.

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Anexo 2. Entrevista

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

ENTREVISTA DIRIGIDA PARA EL JEFE DE DEPARTAMENTO DE

PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL GADM DE FRANCISCO DE

ORELLANA.

La entrevista tiene como finalidad conocer la importancia de la Figura Jurídica de la

Silla Vacía que se encuentra inmersa en el derecho de Participación Ciudadana en el

Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana.

Le solicito muy comedidamente, se digne contestar las siguientes preguntas de manera

confiable, puesto que las respuestas contribuyen a la elaboración del proyecto de

Investigación, que la Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas de la

Universidad Central nos solicita realizar a los estudiantes que cursamos el Décimo

Semestre; y, a su vez permite canalizar una propuesta en beneficio para el Cantón de

Francisco de Orellana y la misma institución del GAD Municipal.

1. Cuáles son sus funciones en el Departamento de Participación Ciudadana?

2. Que tiempo viene desempeñando su función en el GADM de Francisco de

Orellana?

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3. De acuerdo con la Constitución de la Republica expedida el 20 de octubre del

2008 y en concordancia al COOTAD, señalan la figura jurídica de la Silla

Vacía, cuál es su criterio referente a este tema?.

4. Cuáles son los días establecidos para la realización de las sesiones del Concejo

Municipal?

5. Como está conformado el Concejo Municipal?

6. Cuáles son los mecanismos que aplica el Gobierno Autónomo Descentralizado

Municipal de Francisco de Orellana, para la utilización de la Silla Vacía por

parte de la ciudadanía, en las sesiones del Concejo?

7. Cuál es su criterio, en razón al conocimiento y comprensión de la ciudadanía

del Cantón de Francisco de Orellana, respecto a la Figura Jurídica de la Silla

Vacía que forma parte del derecho de Participación Ciudadana, se está

aplicando de manera efectiva?

8. De acuerdo a su criterio considera usted, que la correcta ejecución de la Figura

Jurídica de la Silla Vacía dentro del Derecho de Participación Ciudadana puede

sentar bases para el funcionamiento de la democracia participativa y el

fortalecimiento del poder ciudadano.

9. Cree pertinente, realizar una concientización por parte del Gad Municipal a la

población del Cantón Francisco de Orellana, en cuanto a la naturaleza para la

utilización de la Silla Vacía?

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Anexo 3. Encuesta

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

ENCUESTA DIRIGIDA A LOS DIRIGENTES BARRIALES DEL CANTÓN

FRANCISCO DE ORELLANA, REFERENTE A LA INCIDENCIA DE LA

FIGURA JURÍDICA DE LA SILLA VACÍA DENTRO DEL DERECHO DE

PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL GOBIERNO AUTÓNOMO

DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE FRANCISCO DE ORELLANA.

Le solicito muy comedidamente, se digne contestar el presente cuestionario de manera

confiable, puesto que las respuestas contribuyen a la elaboración del proyecto de

Investigación, que la Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas de la

Universidad Central nos solicita realizar a los estudiantes que cursamos el Décimo

Semestre; y, a su vez permite canalizar una propuesta en beneficio para el Cantón de

Francisco de Orellana y la misma institución del GAD Municipal.

Instrucción: Sírvase colocar una X, en la opción de respuesta que usted esté de

acuerdo.

1. Conoce usted sobre la Figura Jurídica de la Silla Vacía que se encuentra

enmarcado en la Constitución de la Republica y el COOTAD?

Mucho

Poco

Nada

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2. ¿Considera que la implementación de la Figura de la Silla Vacía, contribuirá al

adelanto del Cantón Francisco de Orellana?

Mucho

Poco

Nada

3. ¿Considera usted que la socialización de la normativa de la Silla Vacía, ayudará

sentar bases para el funcionamiento de la democracia participativa y el

fortalecimiento del poder ciudadano?

Mucho

Poco

Nada

4. ¿La gestión del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco

de Orellana, denota planeación, organización, ejecución y control?

Mucho

Poco

Nada

5. ¿Usted participa en actividades tendientes al desarrollo de su comunidad,

formulando propuestas al Concejo Municipal?

Mucho

Poco

Nada

6. ¿Considera que a través de la Silla Vacía, da paso a la veeduría por parte de la

ciudadanía, en decisiones de interés general para la población?

Mucho

Poco

Nada

7. ¿Tiene conocimiento acerca del derecho Constitucional de Participación

Ciudadana?

Mucho

Poco

Nada

8. ¿Tiene conocimiento de las Políticas Públicas que aplica el Gobierno

Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana para el

cumplimiento del derecho de Participación?

Mucho

Poco

Nada

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9. ¿Conoce usted como está conformado el Concejo Municipal?

Mucho

Poco

Nada