Características de La Sociedad Anónima

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Características de la Sociedad Anónima INICIO » FORMAS JURÍDICAS DE CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA » CARACTERÍSTICAS DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA Respecto a las características de la Sociedad Anónima (S.A.) es una sociedad mercantil cuyo capital está dividido en acciones, integradas por las aportaciones de los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales contraídas sino que lo harán con el capital aportado. El número mínimo de socios es 1 (Sociedad Anónima Unipersonal) y el capital inicial mínimo es de 60.102 Euros. totalmente suscrito y desembolsado en un 25% (el resto no tiene plazo legal, determinándose en los estatutos). Si se constituye una sociedad anónima con un único socio (Sociedad Anónima Unipersonal), debe hacerse constar en toda la documentación, correspondencia, facturas y en los anuncios legales (S.A.U). El cambio de socio único y la pérdida de la condición de unipersonal debe hacerse constar en escritura e inscribirse en el Registro Mercantil. Si una Sociedad adquiere la condición de unipersonal y transcurren seis meses sin que se haya inscrito en el Registro Mercantil , el socio único responderá personal, ilimitada y solidariamente de las deudas sociales contraídas durante el período de unipersonalidad. Se pueden aportar bienes o derechos valorables económicamente. Estas aportaciones deberán ser objeto de un informe elaborado por experto designado por el Registrador Mercantil, que deberá incorporarse a la escritura de constitución o, en su caso, ampliación de capital. Respecto a la transmisión de acciones, las restricciones a las mismas únicamente son válidas si se trata de acciones nominativas y se prevén expresamente en los Estatutos. La libre transmisibilidad únicamente puede condicionarse a la autorización de la Sociedad cuando los Estatutos regulen las causas que permitan denegar dicha autorización. La regla general es que los acuerdos se adoptan por mayoría de votos emitidos válidamente. Los Estatutos pueden aumentar las mayorías exigidas. Cada acción ordinaria atribuye el derecho a emitir un voto

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caracteristicas de una sociedad anonima como identificarla y diferenciarla de las demas

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Caractersticas de la Sociedad AnnimaINICIOFORMAS JURDICAS DE CONSTITUCIN DE LA EMPRESA CARACTERSTICAS DE LA SOCIEDAD ANNIMARespecto a lascaractersticas de laSociedad Annima(S.A.) es una sociedad mercantil cuyo capital est dividido en acciones, integradas por las aportaciones de los socios, quienes no respondern personalmente de las deudas sociales contradas sino que lo harn con el capital aportado.Elnmero mnimo de socios es 1(Sociedad Annima Unipersonal) y el capital inicial mnimo es de60.102 Euros. totalmente suscrito y desembolsado en un 25% (el resto no tiene plazo legal, determinndose en los estatutos).Si se constituye unasociedad annima con un nico socio(Sociedad Annima Unipersonal), debe hacerse constar en toda la documentacin, correspondencia, facturas y en los anuncios legales (S.A.U). El cambio de socio nico y la prdida de la condicin de unipersonal debe hacerse constar en escritura e inscribirse en el Registro Mercantil.Si una Sociedad adquiere la condicin de unipersonal y transcurren seis meses sin que se haya inscrito en el Registro Mercantil , el socio nico responder personal, ilimitada y solidariamente de las deudas sociales contradas durante el perodo de unipersonalidad.Se pueden aportarbienes o derechos valorables econmicamente. Estas aportaciones debern ser objeto de un informe elaborado por experto designado por el Registrador Mercantil, que deber incorporarse a la escritura de constitucin o, en su caso, ampliacin de capital.Respecto a la transmisin de acciones, las restricciones a las mismas nicamente son vlidas si se trata de acciones nominativas y se prevn expresamente en los Estatutos. La libre transmisibilidad nicamente puede condicionarse a la autorizacin de la Sociedad cuando los Estatutos regulen las causas que permitan denegar dicha autorizacin.La regla general es que los acuerdos se adoptan por mayora de votos emitidos vlidamente. Los Estatutos pueden aumentar las mayoras exigidas. Cada accin ordinaria atribuye el derecho a emitir un voto aunque los Estatutos pueden limitar el nmero mximo de votos que puede emitir un mismo accionista.Los Estatutos deben fijar elrgano de administracinde entre los siguientes: un Administrador Unico, dos o ms Administradores solidarios o mancomunados, o un Consejo de Administracin compuesto por un mnimo de tres y un mximo de doce consejeros. El cambio en el modo de organizar la administracin de la Sociedad requerir modificacin estatutaria. Vea ms detalles sobre lasdistintas formas de administrar la sociedad.Antes de proceder alreparto de beneficioses requisito legal aplicar a laReserva Legalel equivalente al 10% del beneficio, al menos hasta que dicha Reserva alcance el 20% del capital social. Solo se pueden repartir dividendos con cargo a beneficios si el valor del patrimonio neto contable no es, a consecuencia del reparto, inferior al capital social.El nombre de la sociedad habr de incorporar las siglas S.A.A partir del 1 de septiembre de 2010, estas sociedades se regulan por laLey de Sociedades de Capital, que deroga el Real Decreto Legislativo 1564/1989, por el que se aprobaba el texto refundido de la Ley de Sociedades Annimas.VENTAJASINCONVENIENTES

Sociedad abierta. Los socios pueden vender libremente sus acciones y la sociedad puede cotizar en Bolsa.Trmites de constitucin similares a la sociedad limitada, salvo que se vayan a hacer aportaciones no dinerarias al capital de la sociedad, en cuyo caso es necesario Informe de un experto designado por el Registro Mercantil.

La responsabilidad de los socios es limitada. Proteger as su patrimonio personal.Es necesario un capital inicial de 60.102 euros (totalmentesuscrito y desembolsado en un 25%).

Buena imagen frente a terceros.Ms estricta y rgida en su funcionamiento.

Un slo socio puede constituirla (Sociedad Annima Unipersonal).Destinada a negocios con gran nmero de socios o con grandes inversiones.