Caracteres de La Soberanía

4
Caracteres De La Soberanía. Es esencial al Estado, ya que éste para ser Estado, para que podamos calificar a un grupo social como Estado tiene que tener dentro de sí un poder soberano. Si su poder de mando se encuentra subordinado, entonces tendremos ante nuestro análisis un grupo social diferente; no existe, en esa hipótesis , un Estado soberano. Esto no quiere decir que dentro de la estructura constitucional de diversos Estados, el poder no tenga diferentes manifestaciones y que no existan diferentes estructuras de autonomía dentro del Estado, como sucede en el Estado Federal. Pero aun en estos casos en que existen esferas de autonomía, como son los Estados particulares, los llamados Estados miembros de las Federaciones, siempre existe un órgano, que es el que posee el poder supremo, por encima de esos poderes particulares. (Poder de categoría superior). Existe jerarquía y en lo alto de esta jerarquía, la cúspide del poder, se encuentra la soberanía. La jerarquía de las órdenes, según dice Dabin, "está determinada por la jerarquía de los fines". El fin supremo que es, en el orden de las comunidades políticas , el fin del Estado, cuyo contenido ya estudiamos, reclama para su obtención un poder de la misma jerarquía; un poder supremo. El fin más alto que le es dado alcanzar a una comunidad social, que es el bien público, sólo puede obtenerse empellando en el desarrollo de la actividad encaminada a conseguirlo un poder del mismo rango: un poder supremo. El bien público, fin del Estado, tiene por su calidad general un rango superior al bien particular o individual. En esta forma, la idea de bien público contiene en potencia la idea de soberanía. El organismo que tiene a su cargo obtener la paz y la tranquilidad, la creación y el cumplimiento de las leyes , tiene que poseer un poder, un mando que le permita imponer de manera obligatoria sus decisiones. Sumisión de la soberanía ante el derecho. En cuanto a la actuación a la actuación de la soberanía dentro de su propia esfera, dentro de la esfera temporal y pública, importa también precisar cuál ha de ser su

Transcript of Caracteres de La Soberanía

Page 1: Caracteres de La Soberanía

Caracteres De La Soberanía.Es esencial al Estado, ya que éste para ser Estado, para que podamos calificar a un grupo social como Estado tiene que tener dentro de sí un poder soberano. Si su poder de mando se encuentra subordinado, entonces tendremos ante nuestro análisis un grupo social diferente; no existe, en esa hipótesis, un Estado soberano.Esto no quiere decir que dentro de la estructura constitucional de diversos Estados, el poder no tenga diferentes manifestaciones y que no existan diferentes estructuras de autonomía dentro del Estado, como sucede en el Estado Federal. Pero aun en estos casos en que existen esferas de autonomía, como son los Estados particulares, los llamados Estados miembros de las Federaciones, siempre existe un órgano, que es el que posee el poder supremo, por encima de esos poderes particulares. (Poder de categoría superior).Existe jerarquía y en lo alto de esta jerarquía, la cúspide del poder, se encuentra la soberanía. La jerarquía de las órdenes, según dice Dabin, "está determinada por la jerarquía de los fines".El fin supremo que es, en el orden de las comunidades políticas, el fin del Estado, cuyo contenido ya estudiamos, reclama para su obtención un poder de la misma jerarquía; un poder supremo.El fin más alto que le es dado alcanzar a una comunidad social, que es el bien público, sólo puede obtenerse empellando en el desarrollo de la actividad encaminada a conseguirlo un poder del mismo rango: un poder supremo.El bien público, fin del Estado, tiene por su calidad general un rango superior al bien particular o individual.En esta forma, la idea de bien público contiene en potencia la idea de soberanía.El organismo que tiene a su cargo obtener la paz y la tranquilidad, la creación y el cumplimiento de las leyes, tiene que poseer un poder, un mando que le permita imponer de manera obligatoria sus decisiones.

Sumisión de la soberanía ante el derecho.En cuanto a la actuación a la actuación de la soberanía dentro de su propia esfera, dentro de la esfera temporal y pública, importa también precisar cuál ha de ser su manifestación y examinar su situación respecto del orden jurídico.El Estado, en sus relaciones con los otros Estados se encuentra sujeto a normas, a las normas del Derecho Internacional, y en sus relaciones con los ciudadanos que forman su población, también se encuentra sometido a un orden, que es el establecido por las normas jurídicas; es decir, que en su aspecto interno, la soberanía también se encuentra sometida al Derecho.Para Duguit pretende que es contradictorio hablar de poder supremo o soberano, y a la vez, afirmar que el mismo se encuentra limitado por el Derecho y de ahí deriva uno de los problemas que, al considerarlo irresoluble, lo lleva a negar el concepto mismo de soberanía.La soberanía no es "el derecho de una voluntad de no determinarse jamás como no sea por si misma", no es su atributo el fijar ella misma el dominio de su acción dando órdenes incondicionales, como pretende definir DuguitLo cierto es que la soberanía, entendida en esa forma, sería equivalente a despotismo o arbitrariedad.La soberanía significa la existencia de un poder supremo que implica el

Page 2: Caracteres de La Soberanía

derecho, no de no someterse a ninguna regla, sino de dictar y aplicar las conducentes a la obtención del bien público, encaminando su actividad precisamente dentro de los senderos dados por esas normas.El bien público temporal, que justifica la soberanía del Estado, determina, al mismo tiempos, su sentido y su límite. Por tanto, no corresponde a la soberanía fijar por sí misma el límite de su acción. Su competencia ya está prefijada por el fin específico que se deriva de su misma realidad existencial y, por ello, no tiene ningún poder para extenderlo, restringirlo o rebasarlo.El Estado no tiene derecho a dar órdenes incondicionales, esto es, dar órdenes que no estén sujetas a principios rectores. Sus órdenes no son legítimas sino en cuanto están condicionadas por su fin y permanecen fieles al espíritu de la institución.Solo es legítima la actividad del Estado cuando su orientación es positiva, cuando se dirige hacia la obtención de su fin específico.Hicimos ya hincapié en la circunstancia de que la soberanía entraña una competencia especial que la hace relativa, o sean las cosas públicas y dentro de esta esfera particular tiene una delimitación, que es la de dirigirse a obtener no un interés particular, sino el general: el bien público.El Estado es una institución de competencia delimitada por su finalidad específica. Su soberanía sólo puede existir, lógicamente, dentro de esos límites.Pero, colocada dentro de ellos, rectamente ordenada, esta soberanía absoluta. Es un poder supremo, colocado dentro del campo propio de la actividad estatal.

LA SOBERANIA.- Para un gran número de autores, la soberanía es un atributo esencial del poder político. Dicho concepto puede ser caracterizado tanto negativamente como en forma positiva. En su primer aspecto implica la negación de cualquier poder superior al del Estado, es decir, la ausencia de limitaciones impuestas al mismo por un poder extraño. El poder soberano es, por ende, el más alto o supremo. Es, también, un poder independiente. El carácter de independencia revélase, sobre todo, en las relaciones con otras potencias; la nota de supremacía aparece de manera más clara en los vínculos internos del poder con los individuos y colectividades que forman parte del Estado.

Para ciertos juristas, la soberanía tiene un tercer atributo. El poder soberano, declaran, debe ser ilimitado o ilimitable. En la actualidad esta tesis suele ser unánimemente repudiada. Aun cuando el poder soberano sea el más alto y no dependa de ningún otro, hallase, sin embargo, sometido al derecho y, en tal sentido, posee determinadas restricciones. Si el poder político fuese omnipotente dice Jellinek- podría suprimir el orden jurídico, introducir la anarquía y, en una palabra, destruirse a sí mismo. "El Estado puede, es verdad, elegir su constitución; pero es imprescindible que tenga alguna. La anarquía es una posibilidad de hecho, no de derecho".

Un estudio sobre el origen y evolución del mismo concepto revela que la soberanía no es atributo esencial del poder del Estado. Hay, en efecto, Estados soberanos y no soberanos. El de la Edad Media, por ejemplo, no tenía aquel

Page 3: Caracteres de La Soberanía

atributo, pero era, no obstante, Estado. Y, en nuestra época, los Estado miembros de una Federación no son, relativamente a ésta, soberanos, ya que se encuentran sujetos a la constitución general a las leyes federales.