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EXPLORACION - PRODUCCION REGIÓN MARINA SUROESTE MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, MODALIDAD PARTICULAR “OLEOGASODUCTO. DE 16” Ø X 10.3 KM. DE COSTERO A PLATAFORMA MAY-B” PROYECTO: “CRUDO LIGERO MARINO” 1 CAPÍTULO I.- DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. I.1.- Proyecto. I.1.1.- Nombre del proyecto. Oleogasoducto de 16” de diámetro x 10.3 Km. de Costero a May-B. I.1.2.- Ubicación del proyecto. El oleogasoducto inicia en la zona terrestre, cerca de la localidad conocida como ”Ejido Nuevo Centla” perteneciente a Frontera, Tab., a 0.52 Km. de la línea de costa y posteriormente su trazo continua mar adentro con dirección norte, en la Zona Económica Exclusiva del Golfo de México hasta llegar a la plataforma May-B; la obra se ubicará a una distancia aproximada de 67.0 Km. de la Terminal Marítima Dos Bocas de PEMEX y a 19.0 Km. de la ciudad de Frontera, Tab. En el plano de la página 7, al final de éste capítulo, se señala su ubicación. Calle, número o Colonia o barrio. La ubicación de la obra carece de calle y número, como referencia geográfica se señala el origen del ducto en un predio propiedad privada, aledaño al “Ejido Nuevo Centla” de la ciudad de Frontera Tab., el cual se localiza aproximadamente en el Km. 20 de la carretera federal 180 Frontera-Cd. del Carmen. Código postal. La ubicación del oleogasoducto carece de código postal. Localidad o delegación. La parte del oleogasoducto que corresponde a la zona terrestre se ubica a 4 Km. aproximadamente del “Ejido Nuevo Centla, Tab.” Municipio. El tramo del oleogasoducto que se ubica en zona terrestre, se localiza dentro del municipio de Centla, Tab.

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PROYECTO: “CRUDO LIGERO MARINO” 1

CAPÍTULO I.- DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. I.1.- Proyecto. I.1.1.- Nombre del proyecto. Oleogasoducto de 16” de diámetro x 10.3 Km. de Costero a May-B. I.1.2.- Ubicación del proyecto. El oleogasoducto inicia en la zona terrestre, cerca de la localidad conocida como ”Ejido Nuevo Centla” perteneciente a Frontera, Tab., a 0.52 Km. de la línea de costa y posteriormente su trazo continua mar adentro con dirección norte, en la Zona Económica Exclusiva del Golfo de México hasta llegar a la plataforma May-B; la obra se ubicará a una distancia aproximada de 67.0 Km. de la Terminal Marítima Dos Bocas de PEMEX y a 19.0 Km. de la ciudad de Frontera, Tab. En el plano de la página 7, al final de éste capítulo, se señala su ubicación. Calle, número o Colonia o barrio. La ubicación de la obra carece de calle y número, como referencia geográfica se señala el origen del ducto en un predio propiedad privada, aledaño al “Ejido Nuevo Centla” de la ciudad de Frontera Tab., el cual se localiza aproximadamente en el Km. 20 de la carretera federal 180 Frontera-Cd. del Carmen. Código postal. La ubicación del oleogasoducto carece de código postal. Localidad o delegación. La parte del oleogasoducto que corresponde a la zona terrestre se ubica a 4 Km. aproximadamente del “Ejido Nuevo Centla, Tab.” Municipio. El tramo del oleogasoducto que se ubica en zona terrestre, se localiza dentro del municipio de Centla, Tab.

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Entidad federativa. Como se mencionó anteriormente, el oleogasoducto iniciará en el estado de Tabasco y posteriormente se dirige mar adentro en la Zona Económica Exclusiva del Golfo de México. I.1.3.- Tiempo de vida útil del proyecto. Duración total. Se estima un periodo de 20 años de vida útil del oleogasoducto. Etapas que cubre la evaluación del estudio. Este proyecto consiste en la instalación y puesta en operación de un oleogasoducto, por lo que el presente estudio abarca, las diversas etapas de desarrollo de la obra, desde la preparación del sitio, hasta su instalación, operación y abandono. I.1.4.- Presentación de la documentación legal. El proyecto de construcción del oleogasoducto, se realizará en su mayor parte a lo largo de 10.3 Km. en zona marina del mar territorial en la Zona Económica Exclusiva de nuestro país, la cual tiene una extensión de 200 millas náuticas (370 400 m), según se establece en el articulo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que “corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental”, así mismo, “son propiedad de la nación, las aguas de los mares territoriales, en la extensión y términos que finque el derecho internacional, así como las aguas marinas interiores; por lo que el Gobierno Federal, a concesionado a PEMEX Exploración y Producción la realización de las actividades de exploración, perforación, producción y transporte de hidrocarburos”. El tramo que corresponde a la zona terrestre, se ocupa en un predio bajo el régimen de propiedad privada, para lo que PEMEX, cuenta con un Permiso de Paso a favor de PEMEX Exploración y Producción (Ver Anexo No. 1), con la propietaria del terreno que será afectado con la realización del proyecto cuyo nombre es:

Nombre Superficie total afectada (m2) 29,685.028 Protección de datos personales LFTAIPG

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I.2.- Promovente. I.2.1.- Nombre o razón social. PEMEX - Exploración y Producción. I.2.2.- Registro Federal de Contribuyentes del promovente. PEP920716-7XA. (Ver Anexo No.1). I.2.3.- Nombre y cargo del representante legal.

En el Anexo No. 2 se presenta el poder notarial, que lo acredita como representante legal de la empresa. I.2.4.- Dirección del promovente o de su representante legal. Subdirección Región Marina Suroeste. Edificio del Activo Integral Litoral de Tabasco Terminal Marítima Dos Bocas, Paraíso, Tabasco. Código postal. 86600. Localidad. Ranchería “El Limón”. Municipio o delegación. Municipio de Paraíso. Entidad federativa. Tabasco.

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Teléfono(s). Directo: 01(933) 33 3 14 32 Conmutador: 01(933) 33 3 51 00 Extensiones: 24800

Fax. 01(933) 33 3 51 00 Ext. 24802. Correo electrónico.

I.3.- Responsable de la elaboración del estudio de impacto ambiental. I.3.1.- Nombre o razón social. PEMEX - Exploración y Producción. I.3.2.- Registro federal de contribuyentes o CURP. PEP920716-7XA. I.3.3.- Nombre del responsable técnico del estudio.

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I.3.4.- Dirección del responsable técnico del estudio. Calle y número o bien nombre del lugar y/o rasgo geográfico de referencia, en caso de carecer de dirección postal. Edificio del Activo Integral Litoral de Tabasco. Interior de la Terminal Marítima Dos Bocas. S/N. Colonia o barrio. El edificio no se ubica dentro de alguna colonia o barrio. Código postal. 86600. Localidad. Ranchería “El Limón”. Municipio o delegación. Municipio de Paraíso.

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Entidad federativa. Tabasco. Teléfono. Directo: 01(933) 33 3 25 70

Conmutador: 01(933) 33 3 51 00

Extensiones: 24884 y 24912

Fax.

Correo electrónico.

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II.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO. Los incisos de éste capítulo, incluyen las actividades consideradas para las etapas de preparación del sitio, construcción, operación y mantenimiento de la obra, y se relacionaron con las regulaciones ambientales vigentes, que serán consideradas como instrumentos de control para prevenir y mitigar el impacto ambiental que ocasionará el desarrollo de la obra. La información referente a éste oleogasoducto se obtuvo de planos de Ingeniería, bases de diseño y bases de usuario elaborados por PEMEX Exploración y Producción (PEP), específicamente para esta obra. II.1.- Información general del proyecto. El Campo Costero se encuentra localizado geográficamente a 19 Km. de la ciudad de Frontera, cerca del ejido Nuevo Centla que pertenece al municipio de Centla, Tabasco; éste es uno de los nueve campos de explotación que conforman el proyecto “Crudo Ligero Marino”, el cual fue evaluado en materia de impacto ambiental y autorizado por la SEMARNAT con el Oficio No. SGPA-DGIRA-002559, así mismo, se cuenta con la autorización en materia de Impacto y Riesgo Ambiental del proyecto “Construcción de infraestructura para perforar los pozos de desarrollo costero 12, 13, 31 y 33”, emitida por SEMARNAT mediante oficio No. S.G.P.A.-DGIRA.-1918/02 de fecha 12 de diciembre de 2002 que se presentan en el Anexo No. 3. La explotación del campo Costero, a través de la instalación de un oleogasoducto que llegará a la plataforma May-B, es parte de la estrategia integral de PEMEX para aumentar la oferta y subsanar la demanda de gas, respondiendo al crecimiento interno planteado por la Secretaría de Energía y que compensará la declinación en la producción regional, que se estima se presente en el año 2007. Para ello, la infraestructura de explotación necesaria en la producción del Campo Costero, requiere de la construcción de un oleogasoducto de 16”Ø x 10.3 Km, que transportará la producción de hidrocarburos condensados desde el cabezal general del pozo 12 del Campo Costero al cabezal de recolección de la plataforma May-B. La salida del cabezal se ubica aproximadamente a 0.52 Km. de la línea de costa y posteriormente, el ducto continuará su trazo mar adentro con dirección norte en la Zona Económica Exclusiva del Golfo de México. II.1.1.- Naturaleza del proyecto. La obra pertenece al Sector Primario, Subsector Explotación de Petróleo y el tipo es la instalación de un oleogasoducto. El ducto tendrá un tramo terrestre y otro marino,

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por lo que en este inciso se describen las actividades de cada una de las etapas, para ambas zonas. En las Tablas No. 1 y 2 se presenta la matriz de actividades de proyectos petroleros, aplicable a esta obra. Tabla No.1. Matriz de actividades de proyectos petroleros terrestres (tramo terrestre del ducto).

Etapas de desarrollo Obras tipo Preparación del

sitio Construcción Operación y Mantenimiento Abandono

-Despalme en el derecho de vía (incluye desmonte en zona de manglar).

-Apertura de zanja en trayectoria del ducto.

-Monitoreo del sistema de protección catódica.

-Corte y taponado del ducto.

-Relleno para vialidad en el derecho de vía.

-Transporte de material y equipo.

-Soldado del ducto

-Radiografiado del ducto.

-Tendido del ducto.

-Relleno de zanja.

Oleogasoducto

-Colocación de accesorios para interconexiones.

Tabla No. 2. Matriz de actividades de proyectos petroleros marinos (tramo marino del ducto).

Etapas de desarrollo Obras tipo Construcción Operación y

Mantenimiento Abandono -Uso de embarcaciones, transporte de material, equipo y otras actividades. -Dragado de la línea regular (ducto).

-Operación del oleogasoducto. -Protección anticorrosiva de ductos ascendentes.

-Limpieza de hidrocarburos. -Llenado de agua de mar.

-Soldado de ducto. -Monitoreo del sistema de protección catódica.

-Corte y taponado del ducto.

-Radiografiado del ducto. -Limpieza interior del ducto. -Tendido del ducto. -Calibración de válvulas. -Colocación de curvas de expansión.

-Aplicación de inhibidor de corrosión.

-Colocación de accesorios para interconexiones.

-Colocación de ductos ascendentes.

Oleogasoducto

-Prueba hidrostática.

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Según el estudio de factibilidad 2002; editado por el Activo de Explotación Litoral Tabasco, el Proyecto Integral Crudo Ligero Marino (PCLM) involucra la explotación y exploración de nueve campos, dentro de la Zona Económica Exclusiva del Golfo de México, en la Región Marina Suroeste de PEMEX Exploración y Producción (PEP), en donde con obras como el oleogasoducto de Costero a May- B, se busca cumplir con las expectativas de producción requeridas par el año 2007. El Campo Costero, fue descubierto con el pozo Costero-1, resultando productor de condensado de 47º API; su reserva es del orden de los 109.6 Millones de barriles de petróleo crudo equivalente (MMBPCE), a esta reserva le corresponden 59.5 MMBPCE en la parte marina y 50.1 MMBPCE en la porción terrestre; en donde se espera alcanzar una producción máxima de 56.7 millones de pies cúbicos de gas y 9,829 barriles de aceite, promedio anual en el año 2004. Con base en lo anterior, PEMEX Exploración y Producción ha decidido desarrollar la infraestructura de explotación necesaria en la producción del Campo Costero, lo cual requiere de la construcción del oleogasoducto de 16”Ø con una longitud total de 10.3 km. para transportar la producción a partir del cabezal de recolección de los pozos productores para interconectarse al cabezal general de recolección de la plataforma May-B (autorizada en materia de impacto ambiental en el resolutivo No. S.G.P.A-DGIRA-O2559); considerando instalar un disparo de 12”Ø aproximadamente a 2.0 km. de la línea regular en dirección a la plataforma May-B, para una futura interconexión de la plataforma Costero-A. En la zona terrestre el transporte de equipo y material, contará con medidas de seguridad que evitarán en gran medida no causar daño a las piezas que se enviarán a la zona de construcción. En la zona marina, las embarcaciones que se utilizarán para el tendido del ducto, contarán con estaciones de soldadura, áreas de almacenamiento y equipos necesarios para el desarrollo de estas actividades; así también, tendrán un control de posicionamiento con la finalidad de controlar en forma automática por medio de un sistema computarizado G.P.S, la orientación y avance de la embarcación durante las operaciones de anclaje en el tendido del ducto; esta información se describe a mayor detalle en el punto II.2.4 Etapa de construcción, en el apartado “Tendido de la línea regular en zona marina”. La tubería que se utilizará en la instalación del ducto, será de acuerdo con los requerimientos establecidos en la especificación API-5L. Gr. X-52. Debido a que el ducto estará expuesto a condiciones del medio ambiente terrestre y marino, se suministrará con un recubrimiento de pintura anticorrosiva especial, su

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aplicación será de vital importancia durante el proceso de construcción y vida útil del

ducto que es de 20 años. Se utilizará un equipo de dragado para la zona marina, el cual actuará en forma sincronizada con el lanzamiento de la tubería dejando la parte superior del tubo revestido, un metro como mínimo debajo del nivel del lecho marino. La interconexión de la línea regular a la plataforma se realizará por medio de la curva de expansión, ya que es una parte del ducto que permite el ascenso a cubierta de la plataforma. En la zona terrestre se excava la zanja con maquinaria y posteriormente se coloca el ducto, el cual se interconectará en la salida al cabezal del pozo costero 12. Posteriormente, iniciará la etapa de operación; el programa de esta etapa se presenta en forma detallada en el punto II.2.5 Etapa de operación y mantenimiento. Durante la vida útil de la obra se inicia el mantenimiento, en donde se llevarán a cabo diversos procedimientos con la finalidad de asegurar la funcionalidad de la operación del oleogasoducto. Estas actividades se describen en el punto II.2.5, apartado “Programa de mantenimiento”. De acuerdo con la naturaleza de este proyecto, el único recurso natural aprovechado será el petróleo, para su explotación y comercialización. Los aspectos ambientales y su interacción con la obra, se describen en el Capítulo V. Justificación. En los estudios realizados del Campo Costero, se determinó que la forma más conveniente de explotar los hidrocarburos, será a través de la infraestructura integral que se desarrolle para el proyecto “Crudo Ligero Marino”. Los resultados de los estudios exploratorios del campo costero demuestran que su reserva es del orden de los 109.6 Millones de barriles de petróleo crudo equivalente (MMBPCE), a esta reserva le corresponden 59.5 MMBPCE en la parte marina y 50.1 MMBPCE en la porción terrestre. La mezcla a extraer está constituida por gas y condensado con una densidad de 47º API, por tales características y la necesidad de atender una parte considerable de la creciente demanda de gas, surge la necesidad de desarrollar la construcción del oleogasoducto con un diámetro de 16” y una longitud de 10.3 km. Así mismo, se dejará para una futura interconexión un disparo de 12”Ø y trampas para diablos en ambos extremos de la línea, así como un disparo de 16” Ø en la salida del cabezal del campo Costero a la plataforma May-B, para diversas infraestructuras que se desarrollarán en corto plazo.

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Objetivo El objetivo de la construcción del oleogasoducto es transportar un flujo de gas y condensados en condiciones normales de operación de 6 MBPD de gasto de aceite y 35 MMPCD en gasto de gas, a una presión de 97 kg/cm² y una temperatura de 60º C procedente del cabezal de recolección del Campo costero-1 al cabezal general en cubierta de la plataforma tipo Octápodo May-B; para contribuir a subsanar el déficit de gas, cada vez más marcado en nuestro país; debido a su gran demanda y a la reducción en el uso de combustóleo. II.1.2.- Selección del sitio. Para la selección del sitio de instalación de la obra se tomaron en cuenta diferentes criterios, los cuales permitieron elegir la alternativa más viable tanto operativa como ambientalmente. Los criterios técnicos para seleccionar la ubicación del trazo del ducto, fueron los que a continuación se indican: a.- Se consideraron los estudios meteorológicos/oceanográficos; así como geofísicos y geotécnicos del campo entero para establecer criterios de trazo y diseño; para el tramo terrestre se realizó también el estudio topográfico. b.- La ubicación de los puntos de envío y recepción, del cabezal del campo Costero a la plataforma May-B. Estudio Geofísico. En el estudio geofísico, se obtuvieron los registros sísmicos de alta resolución acústica, para determinar los aspectos siguientes: -Batimetría del lugar. -Las características del piso marino. -Definir la unidad de sedimentos no consolidados y factores que la afectan. -Detectar a profundidades someras la presencia de rasgos geológicos y eventos anómalos relevantes. -Identificar cualquier riesgo geológico significativo que represente riesgo para una tubería terrestre-submarina o que tenga un impacto en su diseño final. Una vez obtenida esta información, se procedió a realizar la evaluación de las condiciones bajo las cuales se desarrollará el proyecto. De acuerdo a los resultados, se observó que las condiciones a través de la ruta propuesta son favorables para la

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instalación y operación de una tubería terrestre-marino y no se identificaron condiciones o procesos geológicos que afecten adversamente el alineamiento propuesto durante la vida de una tubería. Los aspectos evaluados fueron los siguientes: Topografía del fondo marino: Los valores de tirante de agua en el área de instalación del oleogasoducto, fueron corregidos por mareas y referidos al Nivel de Bajamar Media (N.B.M.), varían de 0.00 m. en el extremo correspondiente a la salida del campo Costero, hasta 12.97 m. en el extremo de la llegada a la plataforma May-B; lo cual indica una pendiente con tendencia hacia el Noreste. El plano del corredor geofísico se presenta en el Anexo No. 4. Suelo (lecho marino): El espesor de sedimentos no consolidados, medidos desde el lecho marino hasta el primer estrato resistente, presenta un comportamiento uniforme con tendencia definida hacia el Noreste. Los espesores fluctúan aproximadamente de 0.00 a 8.70 m. en los extremos de la línea de costa hasta la llegada a la plataforma May-B. En los planos P319SNM0018P003-1 y P319SNM18P003-2 planos de isopacas del Anexo No. 5, se muestra la variación de estos espesores en el área explorada. Cabe mencionar, que aproximadamente a 2,100 m. de la línea de costa, se localizó una zona de probable transición en el tipo de materiales de depósito, en el cual el espesor de arcilla, característico de la unidad de sedimentos no consolidados, disminuye súbitamente aproximadamente de 5.0 a 2.0 m. lo cual hace suponer la presencia de estratos granulares, subyacentes a la unidad de sedimentos no consolidados, a profundidades menores de 2.0 m. en dirección hacia la línea de costa, de acuerdo al plano de corredor geofísico del Anexo No. 4, esta observación es importante ya que a esta altura aproximadamente estará ubicado el disparo de 12” Ø que interconectará a la plataforma Costero-A en un futuro; sin embargo, no presentará dificultades de apoyo para la colocación o instalación de la tubería. En cuanto a la zona terrestre se consideraron las condiciones topográficas del terreno, en donde se presentan condiciones de una planicie con ligeras depresiones de inundación y con una ligera inclinación del terreno hacía la línea de costa. Rasgos geológicos y riesgos: No existe ningún riesgo geológico relevante que pueda afectar el tendido en zona terrestre y marina. Socavación del fondo marino: No se encontraron evidencias de socavación reciente o de transporte de sedimentos. Se deduce que cualquier socavación futura bajo condiciones naturales durante la vida de la tubería propuesta, no es suficiente para afectar negativamente el desarrollo del proyecto. Condiciones causadas por el hombre u otras: Con las pruebas realizadas se obtuvieron valores de resistencia al corte de alta calidad, que podrá ser utilizados en

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los análisis y diseños de tuberías submarinas. Los datos obtenidos proporcionarán a los ingenieros especialistas, un panorama bastante confiable de la variación de este parámetro con la profundidad necesaria para normar criterios de ingeniería que se aplicarán en el desarrollo del proyecto. Riesgos potenciales: De acuerdo a los rasgos geológicos y la situación del lecho marino, así como los objetos y alcances del proyecto se determinó que no existen eventos relevantes naturales localizados sobre la línea central del proyecto que puedan afectar el tendido de la línea sobre el lecho terrestre-marino. Estudio geotécnico. La ejecución de este estudio nos indica si existen áreas con fallas en la ruta del tendido de la tubería, para que se considere un transporte confiable durante su vida útil. Los criterios ambientales para la elección de la trayectoria del ducto, se refieren principalmente a las características naturales del área y a las condiciones bajo las cuales se llevarán a cabo las actividades en las diferentes etapas de la obra considerando la prevención y/o mitigación de los posibles impactos; entre otros se consideraron los siguientes aspectos: a.- El área en donde se ubicará el ducto, la temperatura mínima no es inferior a los 9.5ºC, por lo que los intemperismos más severos son los nortes y tormentas tropicales y en menor grado la ocurrencia de huracanes. La región, no se encuentra afectada por actividad sísmica. De acuerdo con datos símicos obtenidos en estudios de Fugro McClelland, 1996, el área en donde se instalará el ducto constituye una zona tectónicamente estable y no existen corrimientos, hundimientos, etc. En general, el área del proyecto tiene baja susceptibilidad a riesgos de origen natural. b.- En la zona marina, debido a la naturaleza y ubicación del proyecto, no se prevé la afectación a especies de flora y fauna incluidas en la NOM-059-SEMARNAT-2001 y en la zona terrestre se reporta una sola especie de fauna dentro de esta Norma; con respecto a la vegetación, en el arribo costero del ducto, se ubica un relicto de manglar en el cual el trazo del ducto atraviesa en aproximadamente 60m lineales. Por otra parte, para los criterios ambientales se tomaron en cuenta los siguientes criterios técnicos, ya que la ocurrencia de algún evento que pudiera afectar a la obra, tiene incidencia sobre el medio circundante: -No se identificaron condiciones o procesos geológicos que afecten adversamente el alineamiento propuesto durante la vida del ducto.

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-La resistencia del suelo no presentará dificultades de apoyo para la colocación o instalación de la tubería. -En la zona terrestre, se presentan condiciones de una planicie con ligeras depresiones de inundación y con una ligera inclinación del terreno hacía la línea de costa. -No existe ningún riesgo geológico relevante que pueda afectar el tendido en zona terrestre y marina. -Se determinó que no existen eventos relevantes naturales localizados sobre la línea central del proyecto que puedan afectar el tendido de la línea sobre el piso terrestre-marino. Con respecto a los criterios socioeconómicos, se consideró lo siguiente: La realización de la obra no afectará las pesquerías de la zona; ya que esta actividad se ha venido realizando en esta área desde hace varias décadas, a la par de las actividades petroleras que se llevan a cabo. El desarrollo de la obra, generará empleos temporalmente, de mano de obra calificada y no calificada, a través de las compañías contratistas que realicen los trabajos para PEMEX. Con la explotación de éste campo y transporte a través del ducto de 16” x 10.3 Km. se atenderá una parte considerable de la creciente demanda de gas, en el país. II.1.3.- Ubicación física del proyecto y planos de localización. El oleogasoducto se caracteriza por ser de tipo lineal con una longitud de 10.3 Km.; en donde 0.52 Km. se ubican en la zona terrestre con tres puntos de inflexión y 9.78 Km. en la zona marina. El tramo de la zona marina del ducto, se ubica frente a las costas del Estado de Tabasco, el tramo de la zona terrestre se ubica aproximadamente a 19 km. al noreste de la ciudad de Frontera, Tabasco; específicamente en el ejido Nuevo Centla del municipio de Centla, Tabasco. Las coordenadas extremas de localización de la salida en el Campo Costero y llegada en la plataforma May-B se indican en el Cuadro No. 1.

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Cuadro No. 1. Coordenadas geográficas y UTM de localización del ducto de 16”Ø x 10.3 Km.

UTM. GEOGRÁFICAS. ORIGEN Y DESTINO. X Y LATITUD N. LONGITUD W.

Campo Costero.

551,786.30

2,060,400

18º´ 40' 33.00”

92º´ 30' 50.00”

Plataforma May-B.

545,000

2,068,000

18º´ 24' 14.21”

92º´ 34' 23.54”

Nota: Datos obtenidos de las bases de usuario. (PEMEX,2002). El plano en donde se aprecia la ubicación física del ducto, se presenta en el Capítulo I página 7, en éste se señalan las coordenadas extremas del mismo. Cabe señalar, que para este proyecto no se realizarán obras asociadas, por lo cual no se indican en el plano. II.1.4.- Inversión requerida. Los costos estimados para la obra están descritos con base en el Ciclo de Planeación 2004-2018 de PEMEX, realizado para la planeación de presupuestos para sus proyectos de inversión y operativos; para esta obra se tienen los siguientes datos: a.- Inversión total. La inversión total requerida para el proyecto integral Crudo Ligero Marino, se indica en el Cuadro No. 2 y en particular para el ducto de 16” x 10.3 Km., el costo total de la infraestructura a instalar será de 225.4 millones de pesos de acuerdo al estudio de factibilidad del mencionado proyecto. Cuadro No. 2. Costo del proyecto Integral Crudo Ligero Marino en valor presente.

Presupuesto solicitado por tipo de inversión y actividad Costo planeado (MM$) Inversión pidiregas (a) 17,782.4

Inversión programable (b) 25,117.1

Costo total del proyecto Crudo Ligero Marino (a + b) 42,899.5

b.-Periodo de recuperación de capital. Los indicadores económicos antes y después de impuestos del 2004 al 2018 se muestran en la Cuadro No. 3, en la cual se resaltan los valores del periodo de recuperación del capital.

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Cuadro No. 3. Indicadores económicos.

Indicadores Económicos Antes de impuestos

Después de impuestos Unidades

Valor presente neto VPN 68,696.00 949.00 MM Pesos Valor presente de la inversión Financiada VPIF 29,536.00 29,536.00 MM Pesos

Índice de rentabilidad VPN/VPI 2.33 0.03 Pesos/Pesos Tasa interna de retorno TIR >800 14 % Período de recuperación PR 2.0 6.0 Años Relación Beneficio Costo B/C 3.3 Peso/Peso Estos indicadores se evaluaron considerando flujo de efectivo y millones de pesos a precios del año 2003. La memoria de cálculo se presenta en el Anexo No. 6. c.-Costos para aplicar medidas de prevención y mitigación. Dentro de la planeación del presupuesto para los proyectos de PEMEX, se tiene un programa presupuestal para “Protección ecológica”; para el proyecto integral Crudo Ligero Marino, en el cual se incluye el oleogasoducto de Costero a May-B. Por otra parte, dentro del alcance del contrato de construcción del ducto se incluyen las actividades para el control de aspectos ambientales identificados y que serán cotizados por la empresa a la cual se adjudique el contrato. En cuanto a la etapa de operación y mantenimiento, PEMEX Exploración y Producción, proporcionará los recursos necesarios para la mitigación de los impactos que se pudieran presentar durante esta etapa. II.1.5.- Dimensiones del proyecto. La superficie requerida para la instalación del oleogasoducto es la siguiente: Longitud total del oleogasoducto: El tramo terrestre del ducto tendrá una longitud de 0.52 Km. y el tramo marino 9.78 Km., por lo que la longitud total es de 10.3 Km. Derecho de vía: PEMEX no establece legalmente un derecho de vía para la instalación de ductos marinos; por lo que sólo el tramo terrestre del oleogasoducto tendrá un derecho de vía de 13 m. de ancho. a) Superficie total del predio (m2): La distribución de las superficies requeridas para el oleogasoducto de 16” Ø con una longitud de 10.3 Km., se indican en el Cuadro No. 4.

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Cuadro No. 4. Superficies requeridas para el ducto. Superficie de ocupación en zona

terrestre–marina. Superficie (ha o m²). Porcentaje. Superficie total de seguridad durante el desarrollo de actividades de construcción, operación y mantenimiento.

6,760.0 m2.

(derecho de vía en zona terrestre)

9,780.0 m2.

(sección de ocupación del ducto en

zona marina)

16,540.0 m2.

(superficie total)

40.87%

59.13%

100%

Superficie requerida para la infraestructura operativa (alojamiento del ducto en el lecho marino y terrestre).

10,300.0 m². 100% de acuerdo a su

requerimiento. Infraestructura de apoyo y servicios (Instalaciones en donde se realizan las actividades complementarias a la actividad principal; por ejemplo: comedores para trabajadores, talleres de mantenimiento del equipo y maquinaria, casetas de vigilancia, etc.).

No requiere. No aplica.

Vialidades y estacionamientos. No requiere. No aplica. Áreas verdes o recreativas. No requiere. No aplica. Áreas naturales (zonas que serán destinadas para un futuro crecimiento del proyecto).

No requiere. No aplica.

Otras obras que no están especificadas en este Cuadro.

No requiere. No aplica.

El área a ocupar por el oleogasoducto en la zona terrestre y zona marina se obtuvo de acuerdo a las siguientes consideraciones: La primera área es de seguridad para la zona terrestre, el cálculo del área a ocupar, se realizó tomando en cuenta un derecho de vía de 13.0 m por la distancia en tierra que es de 520.0 m, por lo que se ocupará una superficie de 6,760.0 m2. Para la zona marina, se considera la sección que ocupará en el lecho marino que es de 1.0 m de ancho por la distancia del ducto a partir de la línea de costa, hasta la llegada a la plataforma May-B, que es de 9,780.0 m, por lo que se ocupará una superficie de 9,780.0 m2. De la sumatoria de las dos superficies, se obtuvo un área total de 16,540.0 m2. Debido a las condiciones del sitio en donde se ubica el proyecto y a las dimensiones de la superficie que ocupará el ducto, se consideró pertinente incluir el plano del corredor geofísico del ducto en escala 1:5000 del Anexo No. 4 (considerando que las escalas que tiene en existencia INEGI, no se aprecian a detalle las condiciones topográficas del lecho marino en donde se instalará el ducto); así también, para la

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zona terrestre se incluye el plano de salida del cabezal de costero a la línea de costa en el Anexo No. 7. b.-Superficie a afectar con respecto a cobertura vegetal. La superficie vegetal que ocupará el tramo terrestre del ducto es de 780m2 (4.7 %) de manglar y 5,330 m2 (32 %) de pastizal, los cuales corresponden a la longitud que atravesará el ducto por éstos tipos de vegetación (60 m en manglar y 410 m en pastizal) por el derecho de vía de 13 m. c.-Superficie para obras permanentes y su relación en % con respecto a la superficie total. No se realizará ningún tipo de obra asociada o de servicio permanente, únicamente será el oleogasoducto, por lo que el área de alojamiento tendrá una superficie de 10,300 m², la cual se refiere a la ocupada por un metro de ancho en todo la longitud del ducto y corresponde al 100% de la superficie para la operación de la misma. II.1.6.- Uso actual del suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en sus colindancias. Los usos actuales del suelo y actividades en los cuerpos de agua cercanos al proyecto se describen a continuación: Usos del suelo. El 95% (9.78 Km.), del ducto se ubica en el mar, en la Zona Económica Exclusiva del Golfo de México, en donde no existe un uso definido del suelo; en tanto que el 5% (0.52 Km.), se ubica en zona terrestre, en donde a partir de la línea de costa 0.05 Km. (50 metros), corresponden a zona de playa, 0.06 Km. (60 metros) están ocupados por vegetación de manglar y 0.41 (410 metros) corresponden a pastizal en donde realizan actividades de pastoreo de ganado ovino. En el plano de Uso del Suelo del apartado VIII.1.1, se aprecian las condiciones del uso del suelo y cuerpos de agua en la zona en donde se ubicará el ducto. Cabe señalar, que de acuerdo al registro del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SINAP) y del Sistema Estatal de Áreas Naturales Protegidas del Estado de Tabasco, se aprecia que en la zona en donde se ubica el proyecto, no existe algún área declarada o dentro del listado de ambos sistemas. Para definir los usos predominantes del suelo en donde se ubica el ducto y que se mencionan en el Cuadro No. 5, se consideraron los criterios siguientes:

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A.- El uso actual del suelo (uso predominante) en el sitio del proyecto y su área de influencia: se indicó de acuerdo al uso detectado en la zona. B.- Para el uso del suelo permitido en el sitio o área del proyecto: se calificó el uso permitido en orden de prioridad con números enteros positivos. C.- Para el uso del suelo propuesto por el proyecto: se indicó de acuerdo al giro del proyecto. D.- Para el uso del suelo condicionado o restringido: de acuerdo con los instrumentos normativos de planeación, se consideró no aplicable al proyecto en virtud de que no existe algún plan de regulación en la zona. Algunas de las actividades descritas en el Cuadro No. 5, no se podrán desarrollar ya que no aplican en la ejecución del proyecto. E.- En cuanto al uso prohibido del suelo de acuerdo con los instrumentos normativos y de planeación existentes: se considera que el proyecto, por su ubicación en la Zona Económica Exclusiva del Golfo de México, no se prohíbe su instalación para la explotación de hidrocarburos. Cuadro No. 5. Usos del suelo (uso predominante).

No. Uso del suelo. Clave Uso

Predominante (A).

Uso Permitido

(B).

Uso Propuesto

(C).

Uso Condicionado

(D).

Uso Prohibido

(E). 1 Agrícola Ag X 2 Pecuario* P X

(zona terrestre)

3 Forestal* Fo X 4 Pesquero Pe X¹ 5 Acuícola Ac 6 Asentamientos

Humanos* Ah

7 Infraestructura* If 8 Turístico* Tu 9 Industrial In X² X 10 Minero* Mi 11 Conservación

ecológica Ft,Cn

12 Áreas de atención prioritaria

An

13 Actividades marinas

M X 1 (zona marina)

Nota: * Algunos usos en el medio marino, no son factibles desarrollar.

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Usos de los cuerpos de agua. El ducto se ubica en la zona marina, en la plataforma continental frente a las costas del estado de Tabasco, en donde actualmente se desarrollan actividades de tipo industrial con la exploración y explotación de hidrocarburos de la industria petrolera; así también, se desarrolla la actividad de pesca comercial artesanal. Estas actividades en la zona se desarrollan de la siguiente forma: En cuanto a la exploración y explotación de hidrocarburos, PEMEX en su Región Marina Suroeste, según el anuario estadístico 2002, tiene en operación diversas instalaciones en donde sobresalen las siguientes: 787 ductos marinos de diferentes diámetros y longitudes, 23 plataformas de perforación, 4 plataformas de producción, 2 plataformas de compresión, 3 plataformas de enlace, 4 plataformas habitacionales y 40 plataformas recuperadoras de pozos. En general la mayor parte de esta infraestructura se localiza al norte y noreste del sitio de ubicación del ducto a distancias variables entre 20 y 60 km. Las actividades pesqueras generalmente son de tipo artesanal y se realizan a través de comunidades asentadas en la zona costera, los productos extraídos generalmente de camarón y de especies diversas se destinan al consumo local y regional. Yáñez-Arancibia y Sánchez- Gil (1988), señalan que la zona esta catalogada con importante potencial de pesca demersal, en virtud de que la relación de abundancia de peces acompañantes es 15:1, sin embargo, consideran que los patrones de distribución e interrelaciones de las poblaciones de peces con los hábitats no están suficientemente definidos, lo que reduce las posibilidades de una explotación adecuada. Con respecto al tráfico marítimo que existe en la zona, éste se realiza para llevar a cabo actividades de pesca por embarcaciones mexicanas de bajo calado, para la pesca de camarón y especies de escama. Para la actividad industrial, se utilizan embarcaciones de diferente calado, utilizadas principalmente para las actividades de carga e instalación de la infraestructura petrolera; en tanto que el transporte de hidrocarburos; se realiza a través de buques tanques de nacionalidad extranjera; las actividades de estas embarcaciones son reguladas a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en coordinación con sus Áreas de Puertos y Marina Mercante, en apego a su reglamentación interior y la Ley de Navegación. En el Cuadro No. 6, se enlistan los usos predominantes en la zona marina en donde se ubicará el ducto y en el plano de Uso del Suelo del Apartado VIII.1.1, se aprecia la ubicación de la obra en referencia al Golfo de México.

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Los criterios considerados para integración del Cuadro No. 6, fueron los siguientes: A.- Se consideró el uso actual de agua de acuerdo a las actividades que se realizan o uso predominante, y que se podrían ver afectados por la realización del proyecto. B.- Se consultó el uso permitido de acuerdo con los instrumentos normativos y de planeación. Para el caso de la exploración y explotación de hidrocarburos, se consideran aplicables los lineamientos normativos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, Ley de Navegación, Ley de Aguas Nacionales, Reglamento de Trabajos Petroleros y los criterios establecidos para la realización de actividades en la Zona Económica Exclusiva del Golfo de México. C.- Se consideró el uso restringido del agua de acuerdo con los instrumentos normativos que se indican en el inciso B. D.- Se consideró el uso prohibido del agua de acuerdo con los instrumentos normativos que se indican en el inciso B. Cabe mencionar, que en la zona terrestre, no se ocupará algún cuerpo de agua. Cuadro No. 6. Usos de los cuerpos de agua.

No. Uso de los cuerpos de agua. Clave Uso actual

(A). Uso

Permitido (B).

Uso restringido

(C).

Uso Prohibido

(D). 1 Abastecimiento público.* Ap. 2 Recreación.* Re. 3 Caza, pesca, acuacultura. Pe. X (pesca

comercial artesanal)

X (pesca comercial

artesanal)X

4 Conservación de la vida acuática.

Co.

5 Industrial. In. X X 6 Agricultura. Ag. 7 Ganadería.* P. 8 Navegación. Nv. X X 9 Transporte de desechos. Td.

10 Generación de energía eléctrica.*

Ge.

11 Control de inundaciones.* Ci. 12 Transporte de aguas

residuales. Tr.

13 Otro. Nota: * Algunos usos por las condiciones del medio marino, no son factibles desarrollar.

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Cambio de uso del suelo. De acuerdo con lo indicado en éste Apartado y en conformidad con el Artículo 28 Fracción VII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y los Artículos 5º inciso O y Artículo 14 de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental; en el Anexo No. 8 se presenta la información correspondiente para el trámite de cambio de uso del suelo en materia de impacto ambiental, con base en la Guía para la Manifestación de Impacto Ambiental en Materia de Cambio de Uso del Suelo o de Proyectos Agropecuarios, en el entendido que éste trámite es independiente del que PEMEX tendrá que realizar en materia forestal para el cambio de utilización de terrenos forestales. II.1.7.- Urbanización del área y descripción de servicios requeridos. Los servicios disponibles para el desarrollo de las actividades en cada una de las etapas del proyecto, son los siguientes: Vías de acceso. Las vías de acceso que serán utilizadas para la instalación del ducto se observan en el plano del Capítulo 1, página 7 y se describen a continuación. Vías de acceso aéreas: Las operaciones aéreas se llevarán a cabo por helicóptero, el cual es el medio más utilizado para el transporte de personal de supervisión de PEMEX; Los vuelos proceden de Ciudad del Carmen, Campeche y el puerto de Dos Bocas en el municipio de Paraíso, Tabasco. Vías de acceso marítimas: Los materiales, equipos y el personal que realiza las actividades de construcción, operación y mantenimiento del ducto en zona marina, se trasladará por vía marítima a partir del puerto de Cd. del Carmen, Campeche. Vías de acceso terrestre: Los materiales, equipos y el personal que realiza las actividades de construcción, operación y mantenimiento del ducto en zona terrestre, se trasladará a través de la Carretera Federal No. 180 en su tramo Frontera-Cd. del Carmen. Servicios existentes y requeridos. Para la zona marina en las etapas de construcción, operación, mantenimiento y abandono, los servicios requeridos serán proporcionados por medio de embarcaciones. Para la zona terrestre, se aprecia que el área es una zona rural en donde persisten pocos asentamientos humanos y no se encuentran disponibles servicios de energía eléctrica, agua entubada y drenaje; el contratista que lleve cabo la construcción del

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ducto, deberá cumplir estrictamente con la normatividad aplicable para este tipo de servicios, considerando el requerimiento de energía eléctrica, suministro de agua potable y de servicios sanitarios para los trabajadores. En cuanto a los servicios de recolección de residuos generados, para la zona marina se realizará con embarcaciones que los trasladarán al puerto de Dos Bocas, Tab., para su posterior manejo y disposición final a través de una empresa especializada; en tanto que en la zona terrestre la misma empresa los recolectará en el sitio en vehículos de 3 ton. para posteriormente trasladarlos por vía terrestre a su disposición final. II.2.- Características particulares del proyecto. El proyecto consistirá en la construcción de un ducto en zona marina y terrestre, las características particulares del desarrollo de cada una de las etapas de esta obra se describen en los incisos II.2.1 al II.2.10 de este apartado. II.2.1.- Programa general de trabajo. El programa de trabajo para la construcción de la obra, prevé iniciar en marzo de 2004; en el Cuadro No. 7, se presenta en el diagrama de Gantt el programa elaborado en base a la programación que ha establecido PEMEX Exploración y Producción, para el desarrollo de la explotación del Campo Costero, el cual puede variar de acuerdo a la autorización presupuestal que otorgue la Secretaría de Hacienda, para el desarrollo de los trabajos. Cuadro No. 7. Programa calendarizado de actividades.

ETAPA 2003 2004 2005 2010 2025 Gestión y obtención de permisos.

Construcción

Operación y mantenimiento

Abandono ( ver nota No. 1)

Nota No. 1.- No se tiene establecido algún periodo para la etapa de abandono. Sin embargo se considera una vida útil de 20 años para el ducto. II.2.2.- Preparación del sitio. Para la zona marina no se considera la actividad de dragado en la etapa de

preparación del terreno, en virtud de que se realiza al mismo tiempo que el tendido

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por lo que el dragado se describe en el inciso referente a la etapa de construcción II.2.4. En la preparación del terreno para la zona terrestre, se considera el desmonte y despalme, y el relleno para vialidad en el derecho de vía, como se indica en la Cuadro No. 8. Cuadro No. 8. Actividades del proyecto para la preparación del sitio.

Tipos de actividades. Aplicables al proyecto. Desmontes y despalmes. X (ver nota 1) Excavaciones, compactación y/o nivelaciones. Cortes. Rellenos en zona terrestre. Rellenos en cuerpos de agua y zonas inundables.

X (ver nota 2)

Dragados. Desviaciones de cauces. Otros (describir).

Notas.- 1. Desmontes y despalmes. Se realiza sólo en la zona terrestre; el despalme tendrá una longitud de 520 m desde el cabezal del campo Costero hasta la línea de costa, en donde es necesario eliminar la capa de materia orgánica del terreno con el uso de una retroexcavadora; el desmonte tendrá una longitud de 60 m., la actividad de derribo de árboles se realizará manualmente y en forma direccional al centro del derecho de vía para evitar daños a la vegetación adyacente. 2. Relleno en el derecho de vía para vialidad. En esta área es necesario rellenar con un área de 4 m. de ancho por 1.5 m de altura y en una longitud de 60 m. (zona de manglar), para que la maquinaria pueda desplazarse cuando se desarrollen las actividades de construcción. De acuerdo a las dimensiones a rellenar no se requerirá de la aplicación de taludes para la prevención de la erosión de la zona; así también, no se realizará obra pluvial en el área de instalación del ducto. El material que se utilizará en el relleno proviene de bancos de material de arena, previamente autorizados. El volumen necesario será de 360 m3. II.2.3.- Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto. Para la instalación del oleogasoducto en zona terrestre, no se consideran obras asociadas como; comedores provisionales para el personal, área médica, oficinas y almacenes temporales. En zona marina tampoco se consideran obras asociadas; ya que únicamente se utilizarán embarcaciones, las cuales, proporcionarán los servicios de apoyo necesarios para realizar las actividades y el personal. Sin embargo, en el Cuadro No. 9 se describe lo siguiente:

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Cuadro No. 9. Obras y actividades provisionales. TIPO DE INFRAESTRUCTURA. INFORMACIÓN ESPECÍFICA.

Descripción de centros de telecomunicaciones y cómputo.

En zona terrestre, la comunicación se realizará por radio y las oficinas se ubican en Cd. del Carmen. En zona marina, las embarcaciones cuentan con compartimientos utilizados como oficina para realizar los trabajos administrativos necesarios, con equipos de cómputo, teléfono, sistema de radiocomunicación, para la comunicación con el personal de la compañía en tierra que se localiza en Cd. del Carmen.

Servicio médico y respuesta a emergencia. En zona terrestre, del servicio médico con equipo y medicamentos necesarios se ubica en Cd. del Carmen. En zona marina, se cuenta con servicio médico abordo para accidentes menores presentados durante del desarrollo de la obra. Las embarcaciones cuentan con un equipo de primeros auxilios para atender accidentes menores, así como extintores en caso de incendio y lanchas salvavidas. Cuando exista un accidente considerado riesgoso grave, la persona afectada, será atendido en el servicio médico de la plataforma más cercana y será trasladado a tierra a un hospital o centro de salud más cercano.

Almacenes, bodegas y talleres. En la instalación del ducto, en zona terrestre se colocará un área de almacenamiento provisional. En zona marina, no se construirán talleres provisionales ya que las embarcaciones de tendido están acondicionadas con un área en donde se desarrollan los trabajos; la tubería es almacenada en la cubierta de las embarcaciones hasta que es tendido el ducto.

Campamentos, dormitorios y comedores. En la instalación en zona terrestre, no se instalarán campamento, dormitorios o comedores. En zona marina se utilizarán embarcaciones en las cuales se alojan los trabajadores con dormitorios y área de comedor.

Instalaciones sanitarias. Cuando la instalación del oleogasoducto, se realice en zona terrestre se deberá instalar letrinas móviles.

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Cuadro No. 9. Obras y actividades provisionales. (Continuación). TIPO DE INFRAESTRUCTURA. INFORMACIÓN ESPECÍFICA.

Instalaciones sanitarias. En zona marina, las embarcaciones tienen sus servicios sanitarios fijos, para el personal cuyas descargas serán enviadas a la planta de tratamiento de aguas residuales, posteriormente, estas aguas residuales previamente tratadas será descargadas al mar.

Bancos de material. En la zona terrestre se utilizarán bancos de material de arena para elaborar el relleno en la vialidad del derecho de vía; par lo cual será necesario obtener de un banco de material autorizado un volumen de 360 m3. En la parte de construcción marina no se requerirá de bancos de materiales.

Planta de tratamiento de efluentes. En las embarcaciones, el proceso de tratamiento consiste básicamente en la reducción de materia orgánica mediante la acción de bacterias; la cual reducirá la concentración de los componentes, previo a la descarga al mar. El efluente del agua residual en principio pasa por una bomba maceradora y después será enviada a una cámara de aeración en donde ocurrirá la reducción de materia orgánica, una vez reducida la DBO, el agua resultante será enviada a una cámara de desinfección, donde se incorporará hipoclorito de sodio y una sustancia deodorizante, y finalmente el agua será descargada al mar. La calidad del agua después del tratamiento deberá permanecer por debajo de los límites máximos permisibles de concentración para este tipo de descargas según la NOM-001-SEMARNAT-1996.

Instalaciones para la generación, transformación y conducción de energía.

Se requiere de generadores de energía que trabajan con diesel.

II.2.4.- Etapa de construcción. Las actividades de la etapa de construcción del oleogasoducto en zona marina y terrestre, son las siguientes: En la zona terrestre se llevarán a cabo los trabajos de apertura de zanja, transporte de material y equipo, soldadura, radiografiado, tendido, relleno de zanja y colocación de accesorios para interconexiones. Cabe señalar, que algunas actividades se realizan en forma similar en las dos zonas.

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En la zona marina se realizará: dragado, uso de embarcaciones para transporte de materiales y equipos, desarrollo de las actividades de construcción, soldadura, radiografiado, tendido, colocación de curvas de expansión, colocación de ductos ascendentes y prueba hidrostática. Respecto a la zona terrestre, es preciso definir previó a la construcción, el derecho de vía en el cual se desarrollarán las actividades y en donde para su apertura se necesitan llevar a cabo las indemnizaciones correspondientes. El trazo de los ejes será de acuerdo a la amplitud requerida para la obra; éste se muestra en el diagrama de derecho de vía del Anexo No. 9. Cabe mencionar, que en la franja de terreno en donde se alojará el ducto, no se podrá construir ningún edificio destinado a servir de habitación, sitio de reunión o ser usado para fines industriales o comerciales; por otra parte, este sitio no podrá ser transitado por maquinaria pesada, ni se llevarán a cabo excavaciones de ninguna profundidad. Desarrollo del procedimiento de construcción en zona terrestre y marina. Apertura de zanja. Se realiza una excavación de zanja de un metro de ancho por un metro de profundidad a partir del nivel del terreno, la excavación se lleva a cabo con el uso de una retroexcavadora y el material extraído se deposita en el costado izquierdo del derecho de vía. Dragado en zona marina. La etapa de dragado, enterrado, acolchonamiento y recubrimiento o tapado de la tubería, se realizará de acuerdo a los resultados emitidos por los estudios geofísicos, geotécnicos y de estabilidad hidrodinámica. A continuación se indican los aspectos para el desarrollo de la actividad del dragado. a).- La línea de dragado se realizará en el lecho marino en una longitud de 9.78 Km. de la plataforma May-B hasta la línea de costa, la zanja dragada varía de 1.0 a 3.0 m de profundidad y un ancho de 1.0 m. b).- El dragado y enterrado de la tubería se realizará con base en los resultados de los estudios geofísicos, geotécnicos y de estabilidad hidrodinámica. Para esta actividad se utiliza equipo de posicionamiento GPS y alguna estación de apoyo en playa, así como remolcadores de poco calado o fondo plano que permitan la aproximación a la costa.

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Una vez que se han abierto los canales; la embarcación transita y toma posición en el área preestablecida, localiza la tubería y guía el dragado con buzos y sonar (equipo de medición de profundidad de dragado), calibrando profundidades y confirmando el tipo de suelo de manera continua mediante el sonar, así como la inspección periódica mediante el buceo (mínimo una inspección cada tres horas) para asegurar que la cobertura del dragado sea el requerido. Posterior al alojamiento, se realizará el tapado de la tubería con el mismo material producto de excavación. c).- El tipo de material extraído, será de sedimentos no consolidados; la capa de los sedimentos en el lecho marino fluctúa aproximadamente de 0.00 a 8.70 m. en los extremos de salida (Campo Costero) y llegada a la plataforma (May-B) respectivamente. d).- En los planos de alineamiento de la tubería que se presentan en el Anexo No. 10, se observa el perfil batimétrico de la localización del ducto y el perfil una vez enterrada la línea de tendido. e).- Los tipos de comunidades de flora y fauna que se encuentran en la zona de instalación de la línea de tendido en zona terrestre-marina se describen en el capítulo IV apartado IV.2.2 Aspectos bióticos. Cabe mencionar, que en la zona de instalación del oleogasoducto existen comunidades de flora marina y las comunidades de fauna básicamente están conformadas por zooplancton y peces que se distribuyen de forma aleatoria en la zona, así como meiofauna (poliquetos, cangrejos, moluscos, etc). f).- El material, producto de las actividades de dragado, se utilizará en el mismo sitio, para cubrir la tubería después de su enterrado, por lo que no se afectará otra área con la disposición del material. g).- Como se mencionó anteriormente, no se consideran en este proyecto sitios para disposición del material, ya que será extraído y se utilizará para el enterrado del ducto en el mismo sitio de su ubicación, tanto en la zona terrestre como la marina. Transporte de materiales y equipos. Transporte del material en zona terrestre. El transporte de material y equipo para el tramo terrestre del ducto será por medio de tracto camiones automotores en la zona de instalación, evitando en gran medida que el material permanezca en áreas de almacenamiento provisional por mucho tiempo.

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Transporte del material en zona marina. En la etapa de construcción en zona marina, la recepción de los materiales y tubería se llevará a cabo en las áreas de trabajo de las embarcaciones, posteriormente, se enviará con ayuda de grúas al área de instalación en tramos de 12 m y finalmente serán trasladados a la rampa de lanzamiento para su instalación. La compañía contratista deberá registrar y controlar el movimiento del material que se utilizará en la etapa de construcción del oleogasoducto. El material se deberá suministrar periódicamente durante el tiempo de instalación con ayuda de embarcaciones de apoyo o chalanes. La embarcación típica de tendido de tubería, mide aproximadamente 120 m. de largo (eslora) por 30 m. de ancho (manga) con capacidad para 200 personas aproximadamente. En general la tubería debe ser suministrada con el recubrimiento anticorrosivo y el lastre de concreto, debiendo ser inspeccionado y certificado al 100% en sus actividades, conforme a las normas ISO-9001, por una empresa certificadora externa, reconocida por la Dirección General de Normalización (DGN), y se deberá contar en el área de aplicación con la presencia del fabricante con el objeto de validar físicamente la correcta aplicación del recubrimiento anticorrosivo. Soldadura del ducto en zona terrestre y marina. La soldadura en zona terrestre y marina se realiza bajo el mismo procedimiento, el que inicia con la identificación con números progresivos de los tramos de tubo, de los cuales cada tres tramos de 12 m de largo serán unidos por medio de la soldadura, para formar lindajes de 36 m. La soldadura de los tramos de tubería deberá realizarse bajo el proceso denominado de arco eléctrico con electrodo revestido o mediante el proceso de alambre tubular con fundente interior inner ahield, como se señala en las bases de diseño y la especificación API-5L Gr. X-52, proporcionadas por PEMEX Exploración y Producción. El procedimiento de aplicación se realizará como mínimo con dos soldadores especializados para cada soldadura. Radiografiado del ducto en zona terrestre y marina. El radiografiado de soldadura del ducto, es un procedimiento obligatorio que se realizará con el objeto de asegurar que los procesos de soldado se realicen adecuadamente para la acreditación de la aplicación de la soldadura, para ello deberá ser inspeccionada con radiografía y cumplir con la especificación API-1104,

además, se realiza para detectar defectos en la superficie interna y externa del ducto.

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Los equipos que forman la fuente radiográfica, son empleados con apego riguroso a las recomendaciones establecidas en los manuales de operación. El personal técnico encargado de tomar, revelar e interpretar radiografías de uniones soldadas, pertenece a una empresa especializada autorizada por la Secretaría de Energía. Los resultados de la inspección serán entregados al personal de PEMEX Exploración y Producción y antes de tomar una exposición radiográfica, se realizará una inspección visual con la finalidad de detectar irregularidades que puedan enmascarar o confundirse con defectos. El tiempo de exposición será de acuerdo con la actividad de la fuente, espesor del material, tipo de material, tipo de película, distancia y tipo de pantallas; esta actividad la deberá desarrollar el inspector de soldadura. Protección catódica aplicada en zona terrestre y marina. Para la protección catódica, los ánodos de sacrificio tipo brazalete Galvanium III, se instalarán en el punto medio en los tubos removiendo el revestimiento de concreto y dejando una cavidad de longitud aproximada al ancho del brazalete con una tolerancia máxima de 1 cm. y procurando no dañar el recubrimiento anticorrosivo según especificación P.3.413.01 para instalación de sistemas para protección catódica. Asimismo, esta actividad se realizará de acuerdo con la norma NFR-047-PEMEX-2002 (Diseño, instalación y mantenimiento de los sistemas de protección catódica). Aplicación de inhibidor de corrosión. Los servicios auxiliares requeridos en el Campo Costero serán generados en el campo de aplicación tanto en zona terrestre como marina y consisten básicamente en la inyección de agentes químicos en el cabezal principal ubicado entre las coordenadas de la trampa de diablos (esto datos los podremos conocer en el procedimiento de trampa de diablos posteriormente descrito). El Campo Costero contará con un sistema de inhibidor de corrosión, con el objeto de formar una película sobre el ducto, provocando un descenso en la velocidad de corrosión y prolongando de esta forma la vida del ducto. El sistema es básicamente un paquete de Inhibidor de corrosión, con clave PA-1250 y estará formado principalmente por tuberías, instrumentación, un tanque de inhibidor de corrosión FB-1250, según especificaciones del proyecto F-33737-5 del IMP. (Desarrollo de ingeniería básica de detalle del oleogasoducto del 16” Ø X 10.3 Km. del Campo Costero hacia May-B). La inyección del inhibidor de corrosión, se realizará a través de la línea de ¾” CI 1910 E39A a la línea de tendido o ducto. Tendido del ducto. Tendido de la línea regular en zona terrestre. El procedimiento de tendido de la tubería en zona terrestre deberá realizarse una vez

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que avance la excavación de la zanja en donde se alojará la tubería. Al inicio de la instalación se colocará una junta monoblock de 900 lb. ANSI para servicio amargo de 16” que unirá el cabezal del campo Costero a la línea regular. En el proceso de instalación de la tubería se deberá verificar que el doblado de la tubería se realice en frió, que quede recta en los extremos y que cumpla con el radio mínimo de doblez, la tubería deberá ser depositada en el fondo de la zanja teniendo cuidado en los procesos de carga, descarga, colocación y tendido de la tubería para evitar daño es su recubrimiento, para esto se deberá asegurar que la tubería sea bajada al fondo de la zanja con ganchos de caucho o bandas de lona según procedimiento de PEMEX 249-28900-CO-117-0004 (Procedimiento constructivo de una línea regular terrestre). Tendido de la línea regular en zona marina. Previo al inicio de las actividades de tendido, se verifica que operen en óptimas condiciones, los siguientes equipos: el sistema de la cama de alineamiento de la tubería (conveyor), la estación de alineamiento (line-up-station), la estación de soldadura, la estación de RX (incluyendo el equipo necesario), los tensiónadores, el malacate de suspensión temporal y de recuperación de la línea, los tapones de abandono e inicio con sus válvulas, el detector de dobles, alineador interior y el ajuste de las alturas de los rodillos de la rampa de tendido de acuerdo a las curvas de radio constante, según procedimiento de PEMEX para construcción de una línea regular marina clave 252-28300-CO-117-0001. Una vez que se cumpla con los requisitos mencionados, se inicia el trabajo de instalación con el posicionamiento de la embarcación durante el tendido de las líneas, el cual se realizará a través de un sistema de anclaje controlado en forma automática por medio de un sistema computarizado G.P.S. con el que se realizará la orientación, posicionamiento y avance de la embarcación. Durante el posicionamiento de las anclas, la embarcación será asistida por remolcadores auxiliares que permitirán a la embarcación posicionarse y mover correctamente, mientras que los chalanes abastecerán de tubería a la barcaza o embarcación y posteriormente esta será colocada al inicio de la rampa de lanzamiento. Al inicio del procedimiento de lanzamiento de la tubería se colocará en su interior un detector de pandeo; su colocación será con el objeto de asegurar que la línea no presente deformaciones en su interior, asegurándose de verificar que se deslice correctamente al ser jalado cuando la tubería sea lanzada hacia el mar para su posicionamiento dentro de la zanja. Durante el proceso de tendido en la rampa de lanzamiento, la tubería tomará la forma de una “S” dividiéndose en tres partes: curva en la región superior, curva en la región inferior y el punto de transición que divide las dos curvas.

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Durante el tendido de la línea se tiene un continuo control de la tubería suspendida, ya que este es uno de los aspectos más importantes durante esta actividad. Por lo anterior, se colocarán tensionadores que servirán para controlar la sustentación de la tubería y evitar su caída. Generalmente se utilizan dos tensionadores, ambos mantienen una fuerza de restricción entre el tubo y la embarcación, conforme esta se desplaza hacia adelante sobre sus anclas de forma perfectamente sincronizada. Cabe señalar, que se instalará un disparo submarino de 12”Ø, el cual es una infraestructura que servirá para interconectar en el futuro la plataforma Costero-A; el disparo se ubicará a 2+370.226 Km. de la línea regular de acuerdo al plano N-F.33737-5-1815-30-00492 (disparo submarino 12”Ø hacia costero-A) del Anexo No. 11 y tendrá las coordenadas de ubicación X = 550 335.096 y Y = 2 062 140.042. Antes de instalar este cabezal submarino, se hará una limpieza de la zona y se deberá remover el lastre de concreto de la línea regular, posteriormente se instalará una cama a base de sacos de 1 X 0.5 X 0.2 m., los cuales estarán llenos de una mezcla de arena/cemento 80-20 o equivalente y relación agua/cemento de 0.50 empleándose agua y arena que será llevada a la zona terrestre; dichos sacos, estarán apoyados hasta un estrato firme, para evitar futuros hundimientos o socavaciones y de esta forma asegurar su estabilidad. Además se colocarán abrazaderas para sujetar el disparo submarino a la línea regular, estas tendrán una especificación de acero al carbón ASTM-A-36 de acuerdo al plano N-F.33737-5-1815-30-00492, del disparo submarino 12”Ø hacia Costero-A del Anexo No. 11. Relleno de zanja en zona terrestre. El relleno de la zanja en zona terrestre se realizará una vez que se haya tendido el ducto y utilizando el material producto de la excavación. En el caso de la línea en zona marina no se necesitará este procedimiento ya que el mismo oleaje que se presente en la zona hará que quede cubierta con el mismo material extraído en la formación de la zanja. Instalación de curva de expansión en zona marina. En el proceso de instalación de la curva de expansión, se deberá localizar la zona de anclaje de la embarcación que realizará esta actividad, debido a que se encuentra cerca de la plataforma. Se utilizará para la colocación el sistema GPS y dos remolcadores que servirán para posicionar el ancla de la embarcación de tendido y sostendrán el cable para evitar causar daño por golpeteo del cable en el mar y por el movimiento constante de la embarcación que se encontrará cerca de la plataforma May-B.

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La curva de expansión que se instalará para interconectar el oleogasoducto de 16”Ø a la sección ascendente en la pata de la plataforma May-B, será de tipo Z y tendrá dos codos de 90° cada uno en posición horizontal y un tercer codo de 90° en posición perpendicular para conectarse con el ducto ascendente de acuerdo a plano de diseño No. N-F.33737-5-1815-30-00462G de detalles constructivos de curva de expansión de 16”Ø en plataforma May-B del Anexo No. 12. El ángulo de rotación entre el ducto ascendente y la curva de expansión se deberá mantener para apoyarlo horizontalmente en el lecho marino, con el de los atiesadores que son colocados en la cubierta de la embarcación y que servirán como soporte para la estabilidad durante la instalación; el atiesador es un tubo de acero al carbón ASTM-501 de 10.75” con un espesor 0.13 mm. (0.500”) de acuerdo a plano de diseño No. N-F.33737-5-1815-30-00462G del Anexo No. 12. La curva de expansión se instalará con ayuda de grúa hasta apoyarla en el fondo de la zanja en el lecho marino, hecha previamente con el procedimiento del dragado, y será inspeccionando mediante buzos que verificarán el alineamiento de la brida de la línea regular. Al final de la instalación de la curva de expansión, los atiesadores y materiales de obra falsa deberán retirarse. Instalación de ducto ascendente y colocación de accesorios para interconexiones en zona marina. La instalación del ducto ascendente, se realizará con ayuda de buzos que tomarán los niveles y perímetros de la pierna de la plataforma, en donde se ubicarán las abrazaderas que sujetarán la línea regular y verificarán que no existan obstrucciones provocadas por los nodos de la plataforma May-B, debiendo limpiar las superficies en las que se han adherido diversos organismos marinos. Se bajará el ducto con apoyo de grúas y revisión visual de los buzos; con la grúa se transferirá el ducto a la plataforma y se enviará al área preparada para realizar la maniobra y lograr que la brida del ducto ascendente quede exactamente sobre la brida de la curva de expansión la cual terminará en una brida de cuello soldable y de

esta forma lograr que se una el ducto que llegará a la plataforma May-B. Se deberá cuidar que coincida con las abrazaderas y verificar que los orificios de ambas bridas queden exactos y que el empaque metálico de la curva de expansión y del ducto ascendente quede bien colocado en la ranura de la brida; posteriormente se atornillarán los espárragos. El ducto ascendente en la plataforma May-B quedará

ubicado al oeste de la pierna B-2.

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Prueba hidrostática aplicada a la línea regular en zona terrestre y marina. Previó a realizar la prueba hidrostática, se deben llevar a cabo corridas de diablos. El diablo es una estructura tubular de acero que sostiene en cada extremo una copa de hule entre dos discos de acero que quedan herméticos al diámetro interno del tubo; este dispositivo se mueve a través del ducto por medio de una diferencia de presión. Las estaciones de entrada y descarga del diablo se les llaman trampas de diablos y deberán colocarse armadas completamente, con todos los componentes necesarios para su operación. El lanzador de Diablos HR-1100, contará con una línea de pateo de 4” hacia el lanzador de diablos HR-1100. Este lanzador de diablos se encontrará ubicado en la macropera del Campo Costero. Después de la aplicación de la corrida de diablos se deberá realizar una prueba hidrostática de acuerdo al código ASME B31.3 y previó al inicio de la operación del oleogasoducto. El tiempo de duración de la prueba hidrostática para el caso de gasoductos y/o oleogasoductos marinos es de 24 horas con revisión de registros cada 4 hrs. al momento de alcanzar la presión de prueba y su estabilización. El volumen de agua que se utilizará para esta actividad es de 1336.07 m³ (es la operación de multiplicar el área obtenida 0.1297 m² por la longitud total del ducto 10300 m). Esta prueba consiste básicamente en elevar el agua limpia y libre de materia en suspensión en el interior del tubo 1.25 veces la presión máxima por lo menos 4 horas continuas, con el fin de verificar fugas o deformaciones por esfuerzos en el material del tubo y garantizar un buen funcionamiento cuando se encuentre en servicio. La prueba hidrostática se desarrolla en la aplicación de presión al ducto en forma constante y moderada, cuando se tenga el 70% de la presión de prueba se debe regular el gasto de la bomba para minimizar las variaciones y garantizar incrementos no mayores de 0.0704 kg/cm2 (10 lb/pulg). La presión de prueba será la presión máxima de operación aumentada en un 25%. Como medida de seguridad, se deberán realizar inspecciones con buceo para verificar posibles fugas en las áreas de interconexión y trampas de diablos presurizados, para esto las áreas deberán ser acordonadas y señalizadas restringiendo al paso exclusivo del personal encargado de la prueba hidrostática. Al finalizar la prueba, se deberá desalojar el líquido utilizado al desfogar el sistema de presión y con la ayuda de un compresor se realizará una corrida de diablos de limpieza, al inyectar aire a presión para deslizar el diablo a través de la tubería arrastrando el agua hasta la salida de la trampa de diablos en donde se cuantificará al agua desplazada con un medidor de flujo instalado al final del ducto. Los resultados obtenidos deberán ser registrados y graficados para entregarlos al área operativa de PEMEX Exploración y Producción.

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II.2.5- Etapa de operación y mantenimiento. La operación del ducto consiste principalmente en el transporte de una mezcla de hidrocarburos cuyas condiciones de operación se describen en los siguientes párrafos; con límites mínimos y máximos de los cuales no se deberá exceder y que serán monitoreados en esta etapa de la obra. Clasificación del ducto y características operativas. El oleogasoducto en un 95% se ubica en zona marina y un 5%, en zona terrestre, por lo que, para su descripción y análisis se consideraron los aspectos aplicables a ductos marinos y ductos terrestres. En general se tendrá una mezcla de gas y condensado con una densidad de 47º API. Las condiciones de operación que soportará el oleogasoducto de acuerdo a su diseño son las siguientes: Condiciones máximas: 10 MBPD en gasto de aceite, 60 MMPCD de gasto de gas, 110 kg/cm² de presión y 100º C de temperatura. Condiciones normales: 6 MBPD en gasto de aceite, 35 MMPCD de gasto de gas, 97 kg/cm² de presión y 60º C de temperatura. Condiciones mínimas: 2 MBPD en gasto de aceite, 20 MMPCD de gasto de gas, 50 kg/cm² de presión y 20º C de temperatura. Los datos se obtuvieron de las condiciones de operación establecidas por PEMEX, Exploración y Producción en las bases de usuario (PEMEX, 2002). Tipo de fluido transportado. El fluido que será transportado a través del oleogasoducto de 16” de diámetro por 10.3 Km. de longitud del Campo Costero a la plataforma May-B, es una mezcla de gas y condensado con la composición química que se indica en el

Cuadro No. 10.

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Cuadro No. 10. Composición de la mezcla que será transportada. COMPONENTES. COMPOSICIÓN (% MOL).

Nitrógeno 0.0050 Bióxido de carbono 0.0124

Ácido sulfhídrico 0.0028 Metano 0.7893 Etano 0.0437

Propano 0.0192 Iso-butano 0.0042

Butano normal 0.0163 Iso- pentano 0.0059

Pentano normal 0.0083 Hexanos 0.0113

C7* 0.0047 C8* 0.0042 C9* 0.0054 C10* 0.0065 C11* 0.0069 C12* 0.0069 C13* 0.0067 C14* 0.0063 C15* 0.0058 C16* 0.0052 C17* 0.0045 C18* 0.0039 C19* 0.0033 C20* 0.0028 C21* 0.0023 C22* 0.0019 C23* 0.0015 C24* 0.0012 C25* 0.0010 C26* 0.0002

TOTAL 100.00 Fuente de información: Bases de usuario del ducto (PEMEX, 2002). Las propiedades de la mezcla son: densidad del condensado de 47º API, gravedad específica de 0.7927 con una relación gas-aceite de 1114.6 m³/m³ y peso molecular de 32.45. Especificaciones de diseño. Las condiciones para las cuales deberá operar el oleogasoducto serán para servicio amargo, con una presión máxima de 110 kg/cm². La tubería de la línea regular, curva de expansión y ducto ascendente, serán de acero al carbón API-5l-GR X-52 de acuerdo al plano N-F.33737-5-1815-30-00475A. (Alineamiento de tubería terrestre de 16”Ø de campo costero a plataforma May-B) del Anexo No. 13.

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El diseño y construcción del oleogasoducto fue calculado para garantizar una vida útil de 20 años de operación, contando con actividades de mantenimiento y control preventivo tales como: inyección de inhibidores de corrosión, reemplazamiento de ánodos de sacrificio, así como la inspección con equipos instrumentados para monitorear el estado interno y externo del ducto y permitir así su continua, segura y eficaz operación. Características y localización de válvulas de seccionamiento, trampas de diablos, etc. De acuerdo a las bases de usuario de PEMEX Exploración y Producción 2002; el ducto contará con válvula de seccionamiento tipo bola en la instalación del lanzador de diablos y con dos disparos, uno de ellos de 12” Ø aproximadamente a 2370 metros de la línea a partir del campo Costero a la plataforma May-B y un segundo disparo de 16” Ø en el cabezal del campo Costero. Además, en ambos extremos de la línea regular se deberán considerar trampas para diablos para efectuar la prueba de la corrida de diablos. En la Figura No. 1 se presenta esquemáticamente el flujo de proceso con las actividades principales de operación.

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MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, MODALIDAD PARTICULAR “OLEOGASODUCTO. DE 16” Ø X 10.3 KM. DE CAMPO COSTERO A MAY-B”

PROYECTO: “CRUDO LIGERO MARINO” 39

Figura No. 1. Proceso de operación del oleogasoducto. La fase de operación no implica almacenamiento de producto, ni generación de residuos sólidos, ya que solo se transportará el fluido por medio del oleogasoducto controlado por un sistema digital de monitoreo y control. Programa de mantenimiento. El mantenimiento que realiza PEMEX Exploración y Producción para instalaciones terrestres y marinas, se lleva a cabo para conservar la seguridad de las

PLATAFORMA MAY-B

OPERACIÓN DEL DUCTO

MEZCLA: GAS- ACEITE

CAMPO COSTERO

SENTIDO DEL TRANSPORTE DELHIDROCARBURO

SENTIDO DEL TRANSPORTE DEL HIDROCARBURO

COMPONENTE DEL PRODUCTO:

NITROGENO, BIOXIDO DE CARBONO, ACIDO

SULFHÍDRICO, METANO, ETANO, PROPANO, ISO-BUTANO, BUTANO NORMAL, ISO-PENTANO, PENTANO

NORMAL, HEXANO, HEPTANOS.

SÓLO SE APLICAN PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS PARA: .SISTEMAS DE MEDICION CONTINUA. . MONITOREO DE FLUJO .VÁLVULAS DE CORTE. .REGISTRO DE PRESIONES DE DESGARGA .OPERACIÓN DE DISPOSITIVOS DE ALIVIO: .VÁLVULAS, REGULADORES, PILOTO DE .ALIVIO Y DISCOS DE RÚPTURA. .SUMINISTRO DE AIRE PARA .INSTRUMENTOS. .SISTEMAS DE GENERACIÓN ELÉCTRICA. .NO SE GENERAN ALGÚN TIPO DE RESIDUO Y EMISIONES.

SALIDA LLEGADA

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PROYECTO: “CRUDO LIGERO MARINO” 40

instalaciones, equipos del proceso y del personal que incide durante las actividades. Su aplicación y seguimiento, permitirá incrementar la eficiencia de la operación de sistema y evitará en gran medida la generación de incidentes menores o mayores. El programa de mantenimiento se divide en preventivo y correctivo; a continuación se describen las actividades que forman parte del mantenimiento que se realizarán durante la vida útil del ducto. Mantenimiento preventivo: *Protección anticorrosiva externa (línea ascendente). *Protección catódica (línea regular terrestre y marina). *Mantenimiento a válvulas, cruces e interconexiones. *Corrida de diablos instrumentado. El mantenimiento preventivo se realiza periódicamente de acuerdo a los programas anuales que desarrolla PEMEX, debiendo realizar a esta instalación las actividades mencionadas de acuerdo a como se señala en el Cuadro No. 11. Mantenimiento correctivo: *Sustitución de válvulas y accesorios. *Rehabilitación a tramos. *Sustitución de tramos. *Encamisados. Para la aplicación del mantenimiento correctivo, el ducto se inspecciona a los 5 años, mediante un análisis de integridad para evaluar su estado estructural; consiste básicamente en identificar el tipo y grado de severidad de los defectos que presente y de acuerdo a los resultados obtenidos, se determina el tipo de mantenimiento que se aplicará en el área afectada. Para el análisis de integridad se toman en cuenta los siguientes datos: 1.- La presión o carga máxima permisible de operación del ducto o tramo de ducto en presencia de defectos. 2.- El tamaño máximo tolerable de defecto. 3. -La rapidez de crecimiento del defecto. El análisis de integridad es aplicable a todo el ducto (incluye zona terrestre y marina), sección ascendente y desde la trampa de diablos de envío de diablos del campo Costero y la trampa de recibo en la plataforma May-B.

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En el Cuadro No. 11. se indican las actividades de mantenimiento que generalmente se aplican a los ductos, así como los residuos que se generan al realizar las mismas. Cuadro No. 11. Actividades de mantenimiento para el ducto.

ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO PERIODICIDAD RESIDUOS GENERADOS

Protección anticorrosiva externa (líneas ascendentes). Semestral Residuos de esmaltes y

estopas impregnadas. Protección catódica Anual Ninguno

Mantenimiento a válvulas superficiales Semestral Restos de lubricantes, grasas y estopas impregnadas

Limpieza interior (Corrida de diablos) Cada 2 años Sedimentos e impurezas

Sustitución de válvulas y accesorios Restos de lubricantes y sellantes

Rehabilitación a líneas de construcción Materiales de construcción

Sustitución de tramos Secciones de tubería Encamisados

Cuando sea requerido y de acuerdo al análisis de

Integridad Mecánica posteriores a los 5 años de inicio de operación

del ducto. Restos de materiales II.2.6.- Descripción de obras asociadas al proyecto. No se llevarán a cabo obras asociadas en ninguna de las etapas de desarrollo de éste proyecto; las obras o actividades serán provisionales, las cuales se describen a mayor detalle en el inciso II.2.3. II.2.7.- Etapa de abandono del sitio. El proceso de abandono de sitio, consiste básicamente en abandonar el ducto en la zona terrestre y marina; es aplicado cuando termina la función del ducto por causas operativas o por término de vida útil. El proceso de abandono inicia con la aplicación de una corrida de diablos con el fin de desalojar el fluido contenido, posteriormente, se llena el ducto con agua para dejarlo lleno, con el fin de soportar la presión de mar (zona marina) y del suelo (zona terrestre), después se colocarán los tapones soldados al inicio y fin del ducto y finalmente se abandonará en el fondo del mar y en el suelo enterrado, respectivamente. Este proyecto es una infraestructura que permanecerá enterrado en el suelo y lecho marino durante su vida útil que se calcula es de 20 años, por lo que no se considera una rehabilitación del sitio, sólo en el caso de que se presente un derrame de hidrocarburos, se procederá a llevar a cabo las actividades de contingencia

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necesarias para mitigar y compensar los daños ocasionados de acuerdo a la normatividad indicada en el capitulo III. II.2.8.- Uso de explosivos. No aplica. No se utilizarán explosivos en ninguna de las etapas del proyecto. II.2.9.- Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones a la atmósfera. Durante el desarrollo de la obra tanto en la zona marina como terrestre, se generarán diversos tipos de residuos en forma directa o indirecta, tales como: residuos sólidos peligrosos y no peligrosos, aguas residuales y emisiones a la atmósfera, entre otros. A continuación, se describen características, volúmenes y fuentes de emisión de cada uno de ellos. Residuos sólidos peligrosos. Los residuos sólidos peligrosos son catalogados en el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Residuos Peligrosos de acuerdo a que en cualquier estado físico con características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, biológicas infecciosas; representan un peligro para el equilibrio ecológico o al ambiente. Derivado de la normatividad, en el Cuadro No. 12, se indican los residuos que con estas características se generarán durante el desarrollo de la obra.

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Cuadro No. 12. Residuos sólidos peligrosos. Et

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En la zona marina no se realiza propiamente preparación del sitio. Preparación del

sitio. Para zona Terrestre se considera el despalme en el derecho de vía con el uso se maquinaría, cuyo mantenimiento se realiza fuera del sitio de la obra.

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Nota: Los volúmenes de residuos se registrarán en el reporte y bitácora de la empresa que realice los trabajos de instalación del ducto de acuerdo a la normatividad aplicable. Residuos sólidos no peligrosos. Los tipos de residuos sólidos no peligrosos que se generarán durante las actividades del oleogasoducto, de acuerdo a sus características se clasificaron en domésticos,

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orgánicos y reutilizables o reciclables y de desecho. En el cuadro No. 13, se indican los residuos sólidos no peligrosos a generar, el sitio de almacenamiento temporal y uso o disposición final. Cuadro No. 13. Residuos sólidos no peligrosos.

ETAPA DEL PROYECTO

TIPO DE RESIDUO CLASIFICACIÓN

SITIO DE ALMACENAMIENTO

TEMPORAL DISPOSICIÓN FINAL

En la zona marina no se realiza propiamente preparación del sitio Preparación del sitio. Actividad de despalme (incluye desmonte) en zona terrestre

Residuos de vegetación del despalme y desmonte

Orgánicos No se realiza ningún tipo de almacenamiento

Esparcidos en sitios aledaños al derecho de vía

Restos de alimentos de cocina y comedor.

Orgánicos Área de cocina Triturados y depositados al mar

Envases de vidrio

Reutilizables o reciclables

Empresas recolectoras los envían a reciclar

Vasos, bolsas, platos, cucharas y botes de plástico Trapos, cartón, papel y envases tetrapack

Domésticos

Se envían al basurero municipal de Cd. del Carmen

Latas de aluminio de refresco

Reutilizables o reciclables

Chatarra metálica tubos, laminas, varillas y latas de empaque de soldadura

Reutilizables o reciclables

Empresas recolectoras los envían a reciclar

Construcción en zona marina, se realiza con uso de con embarcaciones en donde se generan los residuos

Residuos de soldadura Desecho

Área de residuos no peligrosos en las embarcaciones

Se envían al basurero municipal de Cd. del Carmen

Construcción en zona terrestre

Residuos semejantes a los que se generan en las embarcaciones

Se envían al basurero de Frontera, Tabasco

Operación y mantenimiento. En zona marina se utilizan embarcaciones por lo que los residuos son semejantes a los generados en la construcción. En zona terrestre solo se generan residuos en forma temporal cuando incide personal para alguna actividad de mantenimiento o verificación.

Abandono de sitio

Restos de tubería Desecho

Almacén temporal de residuos en la embarcación

Almacén en Dos Bocas

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Aguas residuales. Los residuos líquidos, serán las descargas de las aguas residuales de sanitarios, cocina y limpieza de las embarcaciones, que se generan durante los trabajos de instalación del ducto; así también, los aceites gastados de sus motores. Residuos líquidos peligrosos. Como se mencionó, solo se generarán como residuos líquidos peligrosos, los aceites gastados de los motores de las embarcaciones, maquinaría y equipos utilizados en la zona marina y terrestre en la etapa de construcción; para zona terrestre no se generan aceites gastados en virtud de que el mantenimiento de la maquinaria se realiza en empresas especializadas, las características CRETIB y de manejo de estos residuos se sintetizan en el Cuadro No. 14. Cuadro No.14. Generación, manejo y descarga de residuos líquidos peligrosos.

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Nota: Los volúmenes serán indicados en la bitácora y reporte del manifiesto de generación de residuos. Residuos líquidos no peligrosos. Los residuos líquidos a generar, serán solo las descargas de aguas residuales de las embarcaciones y el agua de mar utilizada para la prueba hidrostática; las características de su manejo y descarga se indican en el Cuadro No. 15; cabe señalar que de acuerdo a Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, las embarcaciones deberán obtener la concesión para la descarga de aguas residuales y que estas cumplan con los parámetros de la NOM-001-SEMARNAT-1996.

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PROYECTO: “CRUDO LIGERO MARINO” 46

Cuadro No. 15. Generación, manejo y descarga de residuos líquidos no peligrosos. Etapa

del proyecto

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Generación y emisión de sustancias a la atmósfera. Durante las etapas del proyecto, sólo en la operación de las embarcaciones se generarán emisiones a la atmósfera producto de la combustión de sus motores y la operación de equipos, como son grúas, winches y bombas; para la zona terrestre se incluyen camionetas, camiones y maquinaria; en el Cuadro No. 16, se presentan las fuentes generadoras de emisiones, así como el tipo de combustible a utilizar. Cuadro No. 16. Emisiones a la atmósfera.

Etapa del proyecto.

Fuentes generadoras (fijas o móviles).

Tipo de combustible

Volumen de emisiones

Modelo de dispersión de contaminantes

Construcción en zona marina y terrestre

Motores de combustión interna de fuentes fijas y móviles: embarcaciones y equipos como grúas, winches, lanchas de transporte, bombas, generadores eléctricos, retroexcavadoras y camiones

Diesel 450 mg/m3 No se considera aplicable.

Operación y mantenimiento

Uso de embarcaciones Diesel 450 mg/m3 No se considera aplicable.

Debido a que las emisiones son poco significativas y temporales, no se considera aplicable un modelo de dispersión de contaminantes, se deberá supervisar que los motores de equipos y maquinaria se encuentren en buenas condiciones para su correcto funcionamiento y se lleve a cabo el mantenimiento preventivo de afinación. En la Figura No. 2, se presenta un diagrama de flujo de las actividades que están asociadas a la generación y control de emisiones a la atmósfera.

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PROYECTO: “CRUDO LIGERO MARINO” 47

Figura No. 2. Actividades asociadas a la generación y control de emisiones.

Contaminación por ruido, vibraciones, energía nuclear, térmica o luminosa. La generación de ruido periférico más significativo, se presenta durante actividades de construcción en las embarcaciones, que generalmente están en constante movimiento y su emisión de ruido es más continuo, ya que sus motores y equipos estarán funcionando durante los trabajos; otros equipos generadores de ruido serán las grúas y las bombas, que son utilizadas en los trabajos de tendido del ducto. Durante la etapa de operación no se genera ruido significativo, ya que la operación sólo consiste en el transporte de un fluido a través de la tubería. En la etapa de mantenimiento, sólo se utiliza una bomba portátil, para inyección de inhibidor de corrosión a la tubería y pintado de tubería ascendente, y una embarcación, la cual generará ruido en forma temporal para su funcionamiento. Para la etapa de abandono de sitio, también se utilizarán embarcaciones debido a que se realizan maniobras con grúas, cuya operación generan ruido. De acuerdo a lo establecido en el reglamento para la protección del ambiente contra la contaminación originada por la emisión del ruido (publicado en el D.O.F. de fecha 6 de diciembre de 1982), la intensidad de decibeles emitidos y duración de ruido generados por los equipos durante cada una de las etapas del proyecto no sobrepasarán los 84 decibeles.

Etapa de Construcción en zona marina y terrestre

Uso de embarcaciones paraactividades de transporte demateriales y equipo, dragado,tendido del ducto, Instalaciónde curvas de expansión yductos ascendentes. Despalme, relleno de vialidad,apertura de zanja, soldadura.

Equipos de combustión interna: Embarcaciones Grúas Bombas Winche Maquinaria y camiones

Fin

Combustible Diesel

Emisiones a la atmósfera

Etapa de Operación y mantenimiento zona marina

Uso de embarcaciones paraactividades de Transporte de materiales y protecciónanticorrosivo de ductosascendentes

Etapa de abandono en zona marina

Uso de embarcaciones paraactividades de Transporte demateriales para realizar corte ytaponado del ducto

Equipos de combustión interna: Motores de embarcaciones Grúas Bombas

Equipos de combustión interna: Motores de embarcaciones Grúas Bombas

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PROYECTO: “CRUDO LIGERO MARINO” 48

Sustancias identificadas en las etapas del proyecto. Durante la etapa de construcción, se identificó diesel que es utilizado para la operación de las embarcaciones; se considera que ésta sustancia es la única puede generar impacto al ambiente en el caso que se derramará en el mar. En la etapa de operación y mantenimiento, se identificó la mezcla o fluido transportado por el ducto, es la sustancia que en el caso de presentarse un derrame, puede generar un impacto al ambiente; la mezcla esta compuesta de diferentes hidrocarburos alifáticos y ácido sulfhídrico (o sulfuro de hidrógeno). La composición de la mezcla, su densidad y peso molecular, se presentan en el inciso II.2.5. Así también, el uso de pinturas y esmaltes para el pintado de la tubería ascendente de la plataforma May-B, en el caso de derramarse pueden generar un impacto al ambiente. La condición de su peligrosidad y toxicidad, se indican en los Cuadros No. 16 y 17. En el Cuadro No. 17-A, por su peligrosidad se indica la mezcla del crudo que será transportado en el ducto y el diesel, utilizado como combustible para las embarcaciones; la condición de peligrosidad para la mezcla, se estableció de acuerdo a sus características CRETIB y los lineamientos propuestos en el segundo listado de actividades altamente riesgosas según el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 1992. Cuadro No. 17-A. Caracterización de las sustancias peligrosas.

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IDLH: Inmediatamente peligroso para la vida o la salud. TLV: valor límite de umbral.

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En cuanto a la distinción de sustancias tóxicas, se aprecia que dentro de la mezcla de hidrocarburos existe una fracción de ácido sulfhídrico (o sulfuro de hidrógeno), que es caracterizado como un compuesto tóxico; así también, se consideran como tóxicos, los esmaltes empleados para recubrir la tubería ascendente; cabe mencionar, que dentro de los esmaltes se utilizará el primario inorgánico de zinc, que es un compuesto que tiene principios tóxicos (García, 2002). Los datos de toxicidad de estos compuestos se presentan en el Cuadro No. 17-B. Cuadro No. 17-B. Caracterización de las sustancias tóxicas.

Persistencia Bioacumulación Toxicidad Aguda Crónica

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FBC: factor de bioacumulación. Log Kow: Coeficiente de partición octanol/agua. Derrame accidental de hidrocarburos. PEMEX Exploración y producción, en el caso de presentarse algún derrame de hidrocarburos en la zona marina, procede a la aplicación del “Plan Regional de Respuesta a Contingencias Ambientales por Derrames de Hidrocarburos en la Sonda de Campeche” y los lineamientos específicos que se indican en el “Plan de Respuesta a Emergencias del Activo de Integral Litoral de Tabasco” de la Región Marina Suroeste, ambos documentos se presentan en el Anexo No. 14. En el “Plan Regional Respuesta a Contingencias Ambientales por Derrames de Hidrocarburos en la Sonda de Campeche”, se indican las medidas y acciones de las fases de respuesta en el caso de presentarse algún evento que genere impacto al ambiente. Así también, una vez que se incluya el ducto en el “Plan de Respuesta a Emergencias del Activo de Explotación Litoral de Tabasco de la Región Marina Suroeste, este documento será considerado como el principal ordenamiento para llevar a cabo las actividades de atención a derrames y por tal motivo, su aplicación será obligatoria y de este derivarán todas los acciones a aplicar en coordinación con diferentes autoridades.

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Para el caso de algún derrame de diesel de las embarcaciones o de pinturas y esmaltes durante el mantenimiento, serán considerados los lineamientos normativos que se señalan en el convenio internacional “MARPOL 73/78” y el “Plan Nacional de Contingencias para Combatir y Controlar Derrames de Hidrocarburos y otras Sustancias Nocivas al Mar” (1981). Identificación de sitios de mayor probabilidad de derrame. Para el caso de ductos marinos, se ha registrado que los sitios de mayor riesgo operacional, son las secciones ascendentes a las plataformas por el efecto de golpeo de las corrientes marinas; así también, se observó en eventos atmosféricos extraordinarios, como fue el caso del huracán “Roxanne”, en el año 1995, que los daños a diferentes ductos ocurrieron en las secciones ascendentes de llegada a las plataformas. II.2.10.- Infraestructura para el manejo y disposición adecuada de los residuos. En la Figuras No. 3 al 6 se presentan los diagramas de flujo las etapas del proyecto, indicando las actividades que se realizan en cada una de ellas y el tipo de residuo que se genera. Cabe señalar, que la descripción detallada de cada tipo de residuo y fuentes generadoras, se encuentra en el apartado II.2.9. Asimismo, en el Anexo No. 15, se presenta el Manual de Procedimientos Operativos para el Manejo de Residuos Peligrosos en PEMEX Exploración y Producción. Figura No. 3. Residuos generados durante la etapa de preparación del sitio.

Preparación del sitio

-Despalme (incluye desmonte) en el derecho de vía.

-Relleno para vialidad en el derecho de vía.

ETAPA ACTIVIDADES RESIDUOS GENERADOS

EMISIONES A LA ATMÓSFERA

EMISIONES DE RUIDO

RESIDUOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS

Zona terrestre

Preparación del sitio

-Despalme (incluye desmonte) en el derecho de vía.

-Relleno para vialidad en el derecho de vía.

ETAPA ACTIVIDADES RESIDUOS GENERADOS

EMISIONES A LA ATMÓSFERA

EMISIONES DE RUIDO

RESIDUOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS

Zona terrestre

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Figura No. 4. Residuos generados durante la etapa de construcción.

Figura No. 5. Residuos generados durante la etapa de operación y mantenimiento.

ETAPA ACTIVIDADES RESIDUOS GENERADOS

RESIDUOS NO PELIGROSOS

RESIDUOS PELIGROSOS

EMISIONES A LA ATMÓSFERA

EMISIONES DE RUIDO

Zona terrestre y marina

-Apertura de zanja en trayectoria del ducto.-Transporte de material y equipo.-Soldado del ducto-Radiografiado del ducto.-Tendido del ducto.-Relleno de zanja.-Colocación de accesorios para interconexiones.

Construcción

ETAPA ACTIVIDADES RESIDUOS GENERADOS

RESIDUOS NO PELIGROSOS

RESIDUOS PELIGROSOS

EMISIONES A LA ATMÓSFERA

EMISIONES DE RUIDO

Zona terrestre y marina

-Apertura de zanja en trayectoria del ducto.-Transporte de material y equipo.-Soldado del ducto-Radiografiado del ducto.-Tendido del ducto.-Relleno de zanja.-Colocación de accesorios para interconexiones.

ConstrucciónConstrucción

Operación y Mantenimiento

-Monitoreo del sistema de protección catódica.

-Operación del oleogasoducto.-Protección anticorrosiva de ductos ascendentes.

-Monitoreo del sistema de protección catódica

-Limpieza interior del ducto.-Calibración de válvulas.-Aplicación de inhibidor de corrosión.

Zona terrestre

Zona marina

ETAPA ACTIVIDADES RESIDUOS GENERADOS

Derrame accidental de hidrocarburos

RESIDUOS PELIGROSOS

Operación y Mantenimiento

-Monitoreo del sistema de protección catódica.

-Operación del oleogasoducto.-Protección anticorrosiva de ductos ascendentes.

-Monitoreo del sistema de protección catódica

-Limpieza interior del ducto.-Calibración de válvulas.-Aplicación de inhibidor de corrosión.

Zona terrestre

Zona marina

ETAPA ACTIVIDADES RESIDUOS GENERADOS

Derrame accidental de hidrocarburos

RESIDUOS PELIGROSOS

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Figura No. 6. Residuos generados durante la etapa de abandono del sitio.

En las actividades a realizar en la zona marina, no se instalará infraestructura específica para este ducto en materia de residuos, ya que estas se realizan a través de embarcaciones, que generalmente cuentan con sistemas para el manejo y control de los mismos. En la zona terrestre, el manejo y disposición de los residuos, se realizará a través de contratistas especializadas para éste fin y en algunos casos en los servicios municipales. El manejo de residuos se realiza de la siguiente forma: Manejo de residuos no peligrosos. En las embarcaciones y zona terrestre, se utilizan par su almacenamiento temporal tambos metálicos, que se colocan en un área de la parte posterior de las embarcaciones y la zona terrestre fuera del derecho de vía, ésta área como almacén temporal; en donde respectivamente son separados de acuerdo a sus características; posteriormente, de las embarcaciones son trasladados con barcos de apoyo al puerto de Cd. del Carmen en donde una empresa especializada será responsable de enviarlos a reciclar o al basurero municipal; para la zona terrestre es el mismo procedimiento, sólo que el traslado se realiza por vía terrestre al basurero de Frontera, Tabasco. Para el caso de residuos orgánicos como son los restos de alimentos, en las embarcaciones son triturados para ser vertidos al mar a 12 millas de la costa según el convenio MARPOL (73/78) y en la zona terrestre los restos de vegetación producto del despalme son cortados para ser esparcidos en áreas aledañas al derecho de vía.

Abandono

-Corte y taponado del ducto.-Limpieza de hidrocarburos.-Llenado de agua de

mar-Corte y taponado del ducto.

ETAPA ACTIVIDADES RESIDUOS GENERADOS

EMISIONES A LA ATMÓSFERA

EMISIONES DE RUIDO

RESIDUOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS

Zona terrestre y marina

RESIDUOS PELIGROSOS (RESTOS DE HIDROCARBUROS)

Abandono

-Corte y taponado del ducto.-Limpieza de hidrocarburos.-Llenado de agua de

mar-Corte y taponado del ducto.

ETAPA ACTIVIDADES RESIDUOS GENERADOS

EMISIONES A LA ATMÓSFERA

EMISIONES DE RUIDO

RESIDUOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS

Zona terrestre y marina

RESIDUOS PELIGROSOS (RESTOS DE HIDROCARBUROS)

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Desarrollo de las actividades de manejo de residuos. Generalmente las embarcaciones de las contratistas cuentan con personal encargado o responsable de la colocación de los recipientes para los residuos en las distintas áreas de las embarcaciones, como son el puente de mando, consultorio, oficinas, baños, cocina, pasillos, y área de máquinas. Se recomienda que el sobrestante y los maniobristas verifiquen la recolección en la cubierta principal, y el cocinero se encargue de la basura de la cocina o comedor, así como de arrojar los desperdicios triturados al mar. Los encargados de cada área son responsables de que el personal no mezcle los residuos domésticos con basura general. En la zona terrestre el supervisor de obra, se encarga de verificar que se recolecten los residuos y se depositen en almacenamiento temporal. Actualmente, PEMEX solicita a las contratistas que en las actividades realizadas para la empresa, se cuente con un área de seguridad industrial y protección ambiental, la cual se encargará del cumplimiento y seguimiento de los aspectos ambientales generados. Manejo de residuos peligrosos. El manejo de los residuos peligrosos es importante para prevenir un impacto ambiental a través de su confinamiento inadecuado y eliminar las probabilidades de contaminación del ambiente marino o terrestre; por lo que se tendrá que verificar que todos los residuos se recolecten en depósitos metálicos y se dispongan en las áreas de almacenamiento temporal. El manejo y disposición final de estos residuos se basa en el Reglamento en Materia de Residuos Peligrosos de la LGEEPA y la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-1993, que establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por sus efectos al ambiente. Para el manejo de los residuos peligrosos siguen las siguientes disposiciones generales: El proceso de manejo de los residuos peligrosos, será el siguiente: En las embarcaciones y zona terrestre, se deberá llevar el control estricto de los residuos peligrosos que se generan por medio de una bitácora; cabe señalar, que en caso de contingencia, las embarcaciones cuentan con sistemas contra incendio como una medida de seguridad y para prevenir y controlar la contaminación del mar por derrames.

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Almacenamiento y Recolección. Esta actividad se realiza en contenedores metálicos y de acuerdo a los requerimientos de la norma NOM-003-SCT2-1993, referente a las características de las etiquetas de envase y embalaje destinadas al transporte de sustancias y residuos peligrosos. La responsabilidad de la aplicación efectiva del plan de manejo de los residuos recaerá en cada uno de los encargados de las áreas que los generen, se deberá considerar la implementación o contratación de personal capacitado para realizar en el área inspecciones, con la finalidad de indicar a los responsables de área las deficiencias en el manejo, a fin de corregirlas. Etiquetado de los residuos peligrosos. PEMEX, a través de los contratistas que realicen los trabajos deberá verificar que se realice el etiquetado de los contenedores, donde se colocarán los residuos peligrosos, lo cual se requiere debido a los lineamientos ambientales. Por lo que se deberá establecer que la etiqueta cuente con los siguientes datos: nombre de la Empresa generadora, procedencia, residuo, clave CRETIB, fecha y lote. Para el llenado de las etiquetas se deberá tomar en cuenta la clasificación que se indica en el Cuadro No. 18. Cuadro No. 18. Clasificación de los residuos peligrosos de acuerdo a la categoría CRETIB para su etiquetado.

Tipo de Residuo CRETIB Solventes. Inflamable – Tóxico. Residuos impregnados. Tóxico – Inflamable. Baterías usadas. Corrosivo – Tóxico. Aceites y grasas usados. Tóxico – Inflamable. Envases de pintura. Tóxico.

Supervisión del manejo. La contratista que realice la instalación del ducto contará con personal ambiental que verificará y será responsable de que se cumplan los aspectos siguientes: * Se realice el manifiesto de generación de residuos peligrosos. *La empresa que realice la instalación del ducto contará con la autorización como generadora de residuos peligrosos otorgado por SEMARNAT.

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*Verificar que la empresa y/o empresas que manejen el transporte y disposición final de los residuos peligrosos cuenten con la autorización correspondiente por parte de SEMARNAT y de la SCT. *Archivar manifiestos y bitácora de entrega, transportes y recolección de residuos peligrosos. *Revisar el correcto etiquetado y colocación de los tambos en el área de almacén temporal. *Realizar la gestión de embarque para el transporte y acceso al puerto de los residuos. *Realizar visitas de verificación del área de residuos peligrosos una vez por semana. *Enviar mensualmente un reporte a PEMEX de la gestión de los residuos peligrosos que envían a tratamiento o disposición final. *Verificar y supervisar que no se realice algún vertimiento al mar de este tipo de residuos. Sitios de disposición final. La disposición final de los residuos peligrosos como son grasas aceites y materiales impregnados con hidrocarburos, se llevará a cabo por empresas que se dediquen al tratamiento de dichos residuos; así también, esta empresa definirá si se realiza su tratamiento para su reutilización. Cabe mencionar, que las compañías especializadas en manejo y disposición de residuos peligrosos celebran contratos con PEMEX exploración y producción, una vez que esta definido la ejecución del proyecto. Manejo de aguas residuales. Las embarcaciones están equipadas con un sistema de tratamiento secundario para las aguas residuales, en donde se reduce la concentración de los contaminantes previo a que se descarguen al mar; el tratamiento tiene por objeto cumplir con las condiciones de descarga que marca la NOM-001-SEMARNAT-1996, relativa a los Límites permisibles de contaminantes en descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales (publicada en el D.O.F. de fecha 06 de enero de 1996). El proceso de tratamiento se lleva a cabo en un sistema de reducción de la materia orgánica, mediante la acción de bacterias en una cámara de aeración, una vez reducida la carga orgánica, el agua pasa a una cámara de desinfección, donde se incorpora hipoclorito de sodio y una sustancia deodorizante. La calidad de agua después del tratamiento debe estar por debajo de los límites máximos permisibles de

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concentración para este tipo de descargas, principalmente en los parámetros de DBO, grasas y aceites, coliformes y metales, que serán indicados en la concesión de descarga. El agua de mar de la prueba hidrostática, no adquiere o pierde sus propiedades por lo que será descargada sin ningún tratamiento. Disposición final de aguas residuales. Como se indicó las aguas residuales de las embarcaciones y el agua de mar de la prueba hidrostática, son vertidas al Golfo de México. Medidas de seguridad. Para los residuos generados durante las actividades realizadas en las embarcaciones y zona terrestre, se deberá llevar un control en virtud de que existe la posibilidad de generar situaciones críticas que provoquen la contaminación del ambiente. Por lo que la empresa contratista, que realice los trabajos deberá implementar procedimientos para la prevención de impactos, en donde se consideren los aspectos siguientes: capacitación, almacenamiento de sustancias, manejo de los residuos y un programa de respuesta a emergencias. Capacitación. Como primer punto se debe considerar la capacitación del personal en materia de manejo de residuos peligrosos, sistemas de seguridad y reglamentaciones de navegación; esto debe incluir pláticas sobre la forma de separación y almacenamiento adecuado de los residuos. Se contará con personal capacitado en el área de ambiental, para supervisar y vigilar el cumplimiento de los procedimientos. Sistema de emergencias. En las embarcaciones el personal debe estar preparado para la atención de emergencias, mediante realización de simulacros en caso de accidentes o incendios. Además, las embarcaciones deben contar con: equipo de salvamento como lanchas salvavidas, flotadores y extintores; señalización adecuada para las rutas de evacuación, y servicio médico con los implementos necesarios para eventos de emergencia.

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Señalización y medidas preventivas. Se colocarán señalamientos para delimitar el área utilizada para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, así como indicaciones de seguridad visibles para el personal, las cuales se deberán referir a medidas preventivas para evitar accidentes con los residuos almacenados.

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III.- VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y, EN SU CASO, CON LA REGULACIÓN DEL USO DEL SUELO. La infraestructura a instalar del campo May, en su mayor parte se ubica en zona marina y solo el origen del oleogasoducto Costero a May-B, está localizado en zona terrestre (5% de la longitud total); aunque es preciso señalar que se encuentra fuera de algún área urbana, por lo que para este capítulo se consideran las políticas que están marcadas en el Plan Nacional de Desarrollo, Plan Estatal de Desarrollo, Objetivos de Protección Ambiental de PEMEX, Programas de Medio Ambiente e instrumentos Normativos (Leyes, Normas Oficiales Mexicanas y Convenios), aplicables al desarrollo de las obras. Planes de Ordenamiento Ecológico del Territorio. La zona de ubicación del oleogasoducto, tanto en su trayectoria marina como terrestre, no cuenta con planes de ordenamiento ecológico del territorio decretados, ya sean de carácter general, regional, marino o local, por tanto no se describen criterios ecológicos aplicables a Unidades de Gestión Ambiental. Las actividades de esta obra y sus aspectos ambientales tienen vinculación con normas oficiales mexicanas, leyes y reglamentos ambientales. Planes y Programas de Desarrollo Urbano. Plan Nacional de Desarrollo 2000-2006. El objetivo estratégico fundamental del Plan Nacional de Desarrollo 2000-2006 con respecto a la política económica es promover un crecimiento económico vigoroso y sustentable que fortalezca la soberanía nacional y redunde en favor del bienestar social de todos los mexicanos. Asimismo, se pretende una convivencia fincada en la democracia y la justicia; es por eso que las políticas de aliento al crecimiento económico se aplicarán conjuntamente con estrategias, programas y acciones que tiendan a mejorar las condiciones ambientales y promover un uso racional de los recursos naturales. El crecimiento sostenido de la economía así como el empleo y los ingresos de los trabajadores del campo y la ciudad requieren de la inversión para aumentar la infraestructura de las instalaciones y la maquinaria para la producción de todos los sectores económicos. Sin inversión suficiente, no es posible ampliar la capacidad productiva ni absorber el aumento de la mano de obra.

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Para impulsar el crecimiento económico sostenido y sustentable a que se refieren los párrafos anteriores, se plantean en el Plan Nacional de Desarrollo las siguientes cinco grandes líneas de estrategia:

• Hacer del ahorro interno la base fundamental del financiamiento del desarrollo nacional y asignar un papel complementario al ahorro externo.

• Establecer condiciones que propicien la estabilidad y la certidumbre para la actividad económica.

• Promover el uso eficiente de los recursos para el crecimiento. • Desplegar una política ambiental que haga sustentable el crecimiento

económico. • Aplicar las políticas sectoriales pertinentes.

De estas estrategias, dentro de la tercera se considera el fortalecimiento de la capacidad de respuesta estratégica y la eficiencia operativa de PEMEX para apoyar el crecimiento y la creación de empleos, la empresa y sus subsidiarias concentrarán su esfuerzo en la exploración y producción primaria teniendo como prioridad la ampliación de la plataforma petrolera y tomando acciones para que el suministro de combustibles industriales sea rápido, confiable, a precios competitivos y en las cantidades requeridas en el ámbito nacional e internacional. Se promoverá una activa participación privada en la conducción, transporte, distribución y comercialización de los hidrocarburos. El Plan Nacional de Desarrollo 2000-2006 puntualiza claramente que las políticas y acciones en materia de medio ambiente y recursos naturales, se sustentarán también en nuevos esquemas de corresponsabilidad y participación social, mejorando la información a la sociedad y fortaleciendo las actuales formas de involucramiento ciudadano en esta política pública. Por lo tanto, el desarrollo de proyectos como el analizado en el presente estudio es una muestra de que PEP para cumplir con las líneas marcadas en el Plan Nacional de Desarrollo 2000-2006, ha concentrado su esfuerzo en la explotación y producción primaria y, además, el diseño de sus proyectos los ha emprendido cubriendo los requisitos que establece la legislación vigente promoviendo el desarrollo de estudios ambientales como Manifestaciones de Impacto Ambiental y Estudios de Riesgo, entre otros, cumpliendo con la política ambiental planteada a fin de alcanzar un crecimiento sustentable. Programa de Medio Ambiente 2000-2006. La formulación de este programa se fundamenta en las disposiciones jurídicas que regulan el Sistema de Planeación del Desarrollo Nacional, en las directrices del Plan Nacional de Desarrollo 2000-2006 y los principios y lineamientos estratégicos

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formulados por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). Una de las directrices de este plan es la política ambiental para un crecimiento sustentable; en materia de regulación ambiental la estrategia se concentrará en consolidar e integrar la normatividad y en garantizar su cumplimiento. Asimismo, define los lineamientos para frenar las tendencias de deterioro ecológico; inducir un ordenamiento del territorio nacional, tomando en cuenta que el desarrollo sea compatible con las aptitudes y capacidades ambientales de cada región; aprovechar de manera plena y sustentable los recursos naturales, como condición básica para la superación de la pobreza y cuidar el ambiente y los recursos naturales conforme a la demanda y en cumplimiento de las leyes. El plan define que el factor de promoción en la regulación ambiental estará dado por un sistema de incentivos que, a través de normas e instrumentos económicos, alienten a productores y consumidores a tomar decisiones que apoyen la protección del ambiente y el desarrollo sustentable. La atención a los problemas ambientales y la inducción de nuevos procesos de desarrollo requieren de la utilización de una amplia gama de instrumentos que hacen disponibles la legislación y las instituciones vigentes, los cuales constituyen las herramientas fundamentales de actuación tanto del gobierno como de la sociedad; como parte de estas herramientas, se considera la evaluación del riesgo ambiental, para generar información ambiental y un proceso analítico para evaluar elementos más comprensivos de costo y beneficio social en cada proyecto de desarrollo. Esta evaluación es un instrumento de aplicación específica y requiere analizar las particularidades de cada caso, ejerciendo una regulación en distintos planos y etapas. Plan Estatal de Desarrollo 2002-2006 Dentro del Plan de Desarrollo, cobra gran importancia la misión del Gobierno del Estado de proteger el medio ambiente con un enfoque mas integral, preventivo y a largo plazo; establecer armonía plena entre población, crecimiento económico y medio ambiente. Parte fundamental es promover la participación de la sociedad en la evaluación del impacto ambiental, mejorar la vigilancia de las áreas naturales protegidas, y en suma, impulsar una política ambiental viable y sustentable. Particular atención merece la industria petrolera, la cual en la actualidad y debido a los esfuerzos conjuntos ha generado la Nueva Relación Tabasco-PEMEX, labor institucional que ha permitido mutuos beneficios a partir de que la paraestatal se compromete a evitar el deterioro de las zonas donde trabaja, y elevar las condiciones

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de vida de los habitantes del lugar mediante programas y obras de infraestructura para beneficio de las comunidades donde desarrolla sus actividades. En correspondencia, el Gobierno del Estado apoya para que la empresa realice sus actividades dentro de un marco de estabilidad y paz social. Para el cumplimiento de este acuerdo se decretó la creación de la Comisión Interinstitucional para el Medio Ambiente y el Desarrollo Social (CIMADES), que constituye un enlace federación-estado-sociedad. Como parte de las estrategias de trabajo de este acuerdo se tienen:

• Propiciar dentro de un marco de civilidad política la revisión del Convenio de Coordinación PEMEX-Tabasco.

• Revisar el marco jurídico ambiental del Estado e impulsar las adecuaciones necesarias para reforzar el cumplimiento de las leyes ambientales por parte de PEMEX.

• Planear democráticamente los proyectos productivos y de obras de infraestructura que se realizan con recursos de PEMEX en las comunidades de las zonas petroleras.

• Programar las obras de beneficio social de acuerdo a las necesidades de las zonas

Programa Estatal de Desarrollo Social y Protección del Medio Ambiente. El Programa Estatal de Desarrollo Social y Protección del Medio Ambiente subraya el papel estratégico de la gestión ambiental dentro de las políticas públicas de desarrollo social del gobierno el estado, cuyo propósito es hacer compatible el logro de una mayor calidad de vida de los tabasqueños, con el derecho de las generaciones futuras de tener garantizado un mejor porvenir. Con la aplicación del Programa Estatal de Desarrollo Social y Protección del Medio Ambiente, así como de la normatividad federal en la materia, Tabasco sabrá estar a la altura de su circunstancia y del papel que los nuevos tiempos de cambio le demandan cumplir con el pacto federal, como parte de una gran nación generadora de sus propias soluciones de desarrollo. El Programa Estatal de Desarrollo Social y Protección del Medio Ambiente recoge los compromisos del Acuerdo de Coordinación Tabasco-PEMEX, cuyo eje conductor es el esfuerzo conjunto de la paraestatal y convertirla en una empresa de entorno, integrada plena y armónicamente a la dinámica socioeconómica y ecológica de la entidad, a la vez que se apoya el desarrollo eficiente de la propia industria.

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Programa de Desarrollo Urbano del Municipio de Centla, Tabasco. La integración del proyecto de “Oleogasoducto de 16” Ø por 10.3 km. de campo Costero a plataforma May-B”, es compatible con las políticas marcadas en el Programa de Desarrollo Urbano Local, ya que el marco físico artificial con que se conforma la estructura urbana actual de la ciudad de Frontera, no se verá alterada por ningún elemento de la infraestructura propia y necesaria para los fines del proyecto, en virtud que el oleogasoducto en su trayectoria terrestre (5% de su longitud total) se encuentra ubicado en una zona con un uso de suelo actual propiamente para actividades agrícolas y pecuarias. En este contexto, el proyecto no estará integrado al área urbana, no formará parte de proyecto alguno de tipo urbanístico o de vivienda, y no se encuentra localizado en algún área natural protegida. Programas de recuperación y restablecimiento de las zonas de restauración ecológica. La zona terrestre en que se instalará el proyecto no se encuentra dentro de algún área incluida en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, por lo que no se contempla la realización de programas de recuperación en zonas de restauración ecológica. Cabe señalar, que debido a que durante el desmonte y despalme, se afectará una porción de manglar, se realizará la reforestación con especies de mangle rojo (Rhizophora mangle) y mangle negro (Avicennia germinans), de acuerdo con el programa que se presenta en el apartado No. 6 del Anexo No. 8. Análisis de los Instrumentos Normativos. El análisis de la normatividad aplicable al desarrollo de la obra, considera implicaciones nacionales e internacionales, ya que su influencia como instrumento legal es base del desarrollo dentro de los estatutos para el buen funcionamiento y prevención de acciones que puedan ocasionar situaciones de riesgo o contingencias para el ambiente o personal. En lo que respecta a los recursos naturales de la plataforma continental, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los párrafos cuarto y quinto del Artículo 27, establece que "corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la Plataforma Continental y los zócalos submarinos de Ias islas" y que “son propiedad de la Nación, las aguas de los mares territoriales, en la extensión y términos que fije el derecho internacional, así como las aguas marinas interiores”.

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El ejercicio de esta soberanía, se extiende a la Zona Económica Exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente a éste. La Zona Económica Exclusiva se extiende a 200 millas náuticas, a partir de la línea de base desde la cual se mide el mar territorial dentro del cual se desarrollará la instalación del oleogasoducto. A continuación se mencionará el marco legal en función a las distintas actividades de la instalación del oleogasoducto. LEYES. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (Modificada el 31 de Diciembre del 2002). Publicada en el Diario Oficial de la Federación (D.O.F.) en fecha 28 de Enero de 1988, la institución encargada de su observancia y cumplimiento es la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). Esta ley tiene como objetivos establecer los lineamentos para la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la protección al ambiente en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Dentro de las observaciones contenidas en esta ley, aquéllas que contienen una vinculación directa con las acciones del proyecto son las disposiciones contenidas en el Titulo IV respectivo a la protección al ambiente de la atmósfera, el agua y los ecosistemas acuáticos, y el suelo. También se establece el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. Publicado en el D.O.F el 7 de Junio de 1988, de observancia en todo el territorio nacional y las zonas donde la Nación ejerce su soberanía y jurisdicción y tiene por objeto reglamentar la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia evaluación del impacto ambiental.

Ley de Aguas Nacionales. La Ley de Aguas Nacionales (D.O.F. del 1 de Diciembre de 1992) tiene por objeto regular la explotación, uso y aprovechamiento de dichas aguas, su distribución y control, así como la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral sustentable, reglamentando de esta forma, las disposiciones, en materia de aguas del párrafo quinto del Articulo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

Las de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el derecho internacional. Las aguas marinas interiores.

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Las de las lagunas y esteros que se comuniquen permanentemente o intermitentemente con el mar. Las de los manantiales que broten en las playas, zonas marítimas,

cauces, vasos o riberas de los lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional. Las que correspondan a la Nación en virtud de tratados internacionales. Las playas y zonas marítimas terrestres. Los terrenos ganados al mar y las islas que existen o que se formen en

el mar territorial. Las aguas costeras constituyen un bien tutelado por la Nación, bajo declaración de patrimonio de utilidad pública, que requiere por su naturaleza e importancia la aplicación estricta de políticas de control y manejo. Ley de Navegación. Publicada en el Diario Oficial de la Federación (D.O.F.), el 4 de enero de 1994, entró en vigor a partir del 5 de enero de 1994. La institución encargada de su observancia es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Establece que en el Art. 4, la obligatoriedad de la aplicación de la legislación mexicana para embarcaciones mexicanas y extranjeras cuando se encuentren en aguas de jurisdicción nacional y la obligatoriedad de ésta para embarcaciones mexicanas cuando se encuentren en aguas sometidas a otra jurisdicción, sin perjuicio de la observancia de la ley extranjera.

Regula las vías generales de comunicación por agua, la navegación y los servicios que en ella se prestan. Dentro de esta ley destacan los artículos contenidos en el Capítulo VII del Título 3o. referentes a la prevención de la contaminación marina en los que se establece la prohibición de arrojar cualquier sustancia u objeto que ocasionen daños en las aguas de jurisdicción mexicana así como la vinculación para el cumplimiento de normas y acuerdos internacionales. Ley Federal del Mar. Esta Ley es reglamentaria de los párrafos Cuarto, Quinto, Sexto y Octavo del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo relativo a las zonas marinas mexicanas. Las zonas marinas mexicanas son las siguientes: mar territorial, las aguas marinas interiores, zona contigua, la zona económica exclusiva, la plataforma continental y las plataformas insulares y cualquier otra permitida por el derecho internacional.

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Por lo que respecta a la protección y preservación del medio marino, se aplican tanto las disposiciones de esta Ley y su Reglamento, como las que en esta materia se señala en la Ley General de Salud, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y sus respectivos reglamentos, la Ley de Aguas Nacionales, demás leyes y reglamentos aplicables vigentes, así como Ias normas pertinentes de derecho internacional para prevenir, reducir y controlar la contaminación del medio marino. Así mismo, la soberanía de la Nación y sus derechos de soberanía, jurisdicciones y competencias dentro de los límites de las respectivas zonas marinas se ejercerán conforme a los ordenamientos señalados, en relación con:

Las obras, islas artificiales, instalaciones y estructuras marinas. El régimen aplicable a los recursos marinos vivos, inclusive su

utilización y conservación. El aprovechamiento económico del mar, incluyendo la utilización de

minerales disueltos en sus aguas, la producción de energía eléctrica o térmica derivada de las mismas, de las corrientes y de los vientos, la captación de energía solar en el mar, el desarrollo de la zona costera, la maricultura, el establecimiento de parques marinos nacionales, la promoción de la recreación y el turismo y el establecimiento de comunidades pesqueras. La protección y preservación del medio marino incluyendo la prevención

de su contaminación; y La realización de actividades de investigación científica marina.

Por otra parte, la particular importancia que reviste en las zonas marinas, la explotación, beneficio aprovechamiento, refinación transportación, almacenamiento, distribución y venta de hidrocarburos y minerales submarinos, requiere de la aplicación de diversas regulaciones. Por lo que estas actividades se rigen tanto por las leyes reglamentarias del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y en materia Minera y sus respectivos reglamentos, como por lo señalado en la Ley Federal del Mar (Diario Oficial de la Federación 8 de enero de 1986). Ley de Puertos. Expedida el 12 de julio de 1993; la institución encargada de la vigilancia de su aplicación es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Esta ley, así como su reglamento, tienen por objeto regular los puertos, terminales marinas e instalaciones portuarias, su construcción, uso, aprovechamiento explotación operación y formas de administración así como la prestación de los servicios portuarios.

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La presente ley es de orden público y de observancia en todo el territorio nacional, y tiene por objeto regular los puertos, terminales, marinas e instalaciones portuarias, su construcción, uso, aprovechamiento, explotación, operación y formas de administración, así como la prestación de los servicios portuarios. En el artículo III, se establece todo lo relacionado con la administración, operación y servicios portuarios, así como con las demás actividades conexas a estos, estará sujeto a la competencia de los poderes federales. En el artículo IX, se clasifican a los puertos según: I. Por su navegación en: A) De altura, cuando atiendan embarcaciones, personas y bienes en navegación entre puertos o puntos nacionales e internacionales, y II. Por sus instalaciones y servicios, enunciativamente, en: B) Industriales, cuando se dediquen, preponderantemente, al manejo de bienes relacionados con industrias establecidas en la zona del puerto o terminal. La obligatoriedad de esta ley, se presenta en apego a las tramites administrativos portuarios de las embarcaciones utilizadas para el desarrollo del proyecto en su área marina (abastecedores, chalanes, barcos guía, chatarreros, barcazas). Su aplicación se rige por el Reglamento de la Ley de Puertos. Ley Forestal. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1992, modificada mediante el decreto que por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones, y publicado en el D.O.F. el 20 de mayo de 1997. Esta Ley tiene por objeto regular y fomentar la conservación, protección, restauración, aprovechamiento, manejo, cultivo y producción de los recursos forestales del país, a fin de propiciar el desarrollo sustentable. Las disposiciones contenidas en el Título Segundo, Capítulo Cuarto indican la atribución de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para autorizar el cambio de utilización de los terrenos forestales, atendiendo, lo que dispongan el ordenamiento ecológico correspondiente, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo. Publicada en el D.O.F. el 29 de noviembre de 1958 en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF. Establece en el Art. 1.- Corresponde a la nación el dominio directo, inalienable e imprescriptible de todos los carburos de hidrogeno que se

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encuentren en el territorio nacional incluida la plataforma continental- en mantos o yacimientos, cualquiera que sea su estado físico, incluyendo los estados intermedios, y que componen el aceite mineral crudo, lo acompañan o se derivan de él. Confiere también en el Art. 4, que la Nación llevará a cabo la exploración y la explotación del petróleo y las demás actividades a que se refiere el Artículo 3, que se consideran estratégicas en los términos del articulo 28, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por conducto de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios. Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 1992. Establece las actividades que le corresponden en exclusiva en las áreas estratégicas del petróleo, demás hidrocarburos y petroquímica básica, por conducto de Petróleos Mexicanos y de los organismos descentralizados subsidiarios en los términos que esta ley establece, y de acuerdo con la Ley Reglamentaria del articulo 27 constitucional en el ramo del petróleo y sus reglamentos. En el Art. III, establece la creación de PEMEX, Exploración y Producción como organismo con personalidad Jurídica y patrimonios propios, dedicado a la exploración y producción del petróleo y el gas natural; su transporte, almacenamiento en terminales y comercialización. CONVENIOS Y ACUERDOS. Convenios Internacionales. La vinculación del proyecto con la normatividad internacional, se efectúa con apego a la ubicación del proyecto, que aunque se considera como patrimonio nacional, también forma parte del sistema de navegación portuaria internacional, y su uso es restringido; a usos petroleros. Las embarcaciones que hagan uso de esta área, deberán apegarse a convenios internacionales firmados y aceptados por México. El Convenio Sobre Cooperación, Preparación y Lucha Contra la Contaminación por Hidrocarburos (noviembre 30, 1990). Entró en vigor el 13 de mayo de 1995. La finalidad de tal convenio es proporcionar un marco mundial para la cooperación internacional en la lucha contra sucesos importantes o amenazas de contaminación del mar. Dicho convenio estipula el desarrollo de planes para hacer frente a sucesos de contaminación. Teniendo en cuenta que la protección de los trabajadores contra las enfermedades, sean o no profesionales, y contra los accidentes de trabajo constituye una de las tareas asignadas a la Organización Internacional del Trabajo por su Constitución.

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Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS, noviembre 01, 1974) y sus dos protocolos de enmienda (febrero 17, 1978 y noviembre 11, 1988). Entró en vigor el 25 de mayo de 1980. Está considerado como el más importante de todos los tratados internacionales; el objetivo principal del convenio es estipular normas mínimas para la construcción, el equipo y la utilización de embarcaciones compatibles con su seguridad. En general este convenio presenta importantes aspectos de seguridad tales como: Lo relativo al Sistema Mundial de Seguridad y Socorro Marítimos (SMSSM) que consta de todo un sistema de comunicación para salvar la vida humana en el mar, en caso de encontrarse en peligro. Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por Buques (noviembre 2, 1973) y su protocolo de enmienda (febrero 17, 1978) (MARPOL 73/78). México ratificó su ingreso a este convenio en abril de 1992. Aplicado para la protección del medio ambiente en general y, en particular, el marino por la contaminación causada por derrame accidental, negligente o deliberado de hidrocarburos y otras sustancias perjudiciales. Impone restricciones a la contaminación del mar, la tierra y el aire, por los buques. Abarca todos los aspectos técnicos de la contaminación procedente de buques, excepto el vertimiento de desechos en el mar y se aplica a todos los tipos de buques. El convenio tiene cinco Anexos que contienen reglas para la prevención de las diversas formas de contaminación: Anexo I. Prevención de la contaminación por hidrocarburos entró en vigor el 2 de octubre de 1983. Anexo II. Prevención de la contaminación por sustancias nocivas líquidas, vigente a partir del 6 de abril de 1987. Anexo III. Prevención de la contaminación por sustancias perjudiciales transportadas en paquetes, contenedores, tanques portátiles y camiones-cisterna o vagones-tanque, en vigor desde el 1 de julio de 1992. Anexo IV. Prevención de la contaminación por las aguas sucias, entrará en vigor 12 meses después de su ratificación por 15 estados cuyas flotas mercantes combinadas representen cuando menos el 50% de la flota mundial. Actualmente el Anexo ha sido aceptado por 51 estados con el 41% del tonelaje mundial.

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Anexo V. Prevención de la contaminación por basura, entró en vigor el 31 de diciembre de 1988. En México, PEMEX, ha adoptado las reglas del anexo V, más sobresalientes de acuerdo con las actividades de PEMEX Exploración y Producción, en especial las siguientes reglas:

• Regla 3: De las prohibiciones e indicaciones de cuales son los materiales que pueden ser arrojados y las condiciones de estos.

• Regla 4. De prescripciones especiales para eliminación de basura y el tratamiento en instalaciones mar adentro.

• Regla 5. Definición de las condiciones de la Zona del Gran Caribe, y las condiciones de eliminación de basura de dicha zona.

Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Materias (Noviembre 13, 1972). Entró en vigor el 30 de agosto de 1975. Publicado en el Diario Oficial del día 16 de julio de 1975. Creado en México D. F., Washington, Londres y Moscú, el 29 de diciembre de 1972. Aprobado por el Senado el 13 de diciembre de 1973, según decreto publicado en el Diario Oficial del 27 de mayo de 1974. El convenio tiene carácter mundial y prohíbe el vertimiento de ciertos materiales potencialmente peligrosos, exige un permiso general previo para otros desechos o materias, considerando dentro del artículo XII que: Las Partes Contratantes se comprometen a fomentar, dentro de los organismos especializados competentes y de otros órganos internacionales, la adopción de medidas para la protección del medio marino contra la contaminación causada por:

• Hidrocarburos, incluido el petróleo y sus residuos y

• Desechos originados en el curso de operaciones de buques, aeronaves, plataformas y otras construcciones en el mar.

• Desechos u otras materias directamente derivados de la exploración,

explotación y tratamientos afines fuera de la costa, de los recursos minerales de los fondos marinos o con ellos relacionados.

Iniciativa del Gran Caribe para los Desechos Generados por los Buques (WCISW). Proyecto de asistencia técnica a partir de una solicitud presentada por los 22 países en desarrollo de la Región del Gran Caribe (RGC), para apoyar la implementación de

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MARPOL 73/78 y la designación de la Región como “Zona Especial”. La RGC abarca dos áreas marítimas, el Mar Caribe y el Golfo de México y es una de las zonas más transitadas del mundo. Dentro del artículo 3, disposiciones generales considera: Las partes contratantes cooperarán dentro de sus posibilidades, en la adopción de todas las medidas, tanto preventivas como correctivas, que sean necesarias para proteger el medio marino y costero de la Región del Gran Caribe, particularmente las zonas costeras de las islas de la región, contra los incidentes de derrame de hidrocarburos. Después de la ratificación por parte del Gobierno Mexicano se estableció, el Convenio del protocolo relativo a la cooperación para combatir los derrames de hidrocarburos en la Región del Gran Caribe, el cual establece que conscientes de que las actividades de exploración, producción y refinación de hidrocarburos, así como el tráfico marítimo conexo, constituyen una amenaza de considerables derrames de hidrocarburos en la Región del Gran Caribe. En el Art.1 se establece que por "incidente de derrame de hidrocarburos" se entiende una descarga o una amenaza substancial de descarga de hidrocarburos, sea cual fuere su causa, de una magnitud que requiera una acción de emergencia o inmediata para reducir sus efectos o eliminar la amenaza. Dentro del Art. 2 se define la actitud de la organización ante los incidentes de derrame de hidrocarburos que tenga como resultado la contaminación del medio marino y costero de la Región del Gran Caribe o que afecten adversamente a los intereses conexos de una o varias Partes Contratantes o constituya un peligro considerable de contaminación. En el Art. 3 sección 1. Se establece como obligación de los contratantes a cooperar dentro de sus posibilidades, en la adopción de todas las medidas, tanto preventivas como correctivas, que sean necesarias para proteger el medio marino y costero de la Región del Gran Caribe, particularmente las zonas costeras de las islas de la región, contra los incidentes de derrame de hidrocarburos. Convenio para Prevenir y Controlar la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Materias (enero 23, 1979). El presente reglamento se aplica a los vertimientos deliberados de materias, sustancias o desechos en aguas marítimas jurisdiccionales mexicanas. Corresponde a la Secretaría de Marina, a través de la Armada de México y de las direcciones especializadas de la propia Secretaría la aplicación de este reglamento respecto del cumplimiento de sus disposiciones, aspectos técnicos y otorgamiento de los permisos, dentro de las restricciones más importe incluye:

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Artículo III. A los efectos del presente Convenio: a) Por "vertimiento" se define: I) Toda evacuación deliberada en el mar de desechos u otras materias efectuadas desde buques, aeronaves, plataformas u otras construcciones en el mar. II) Todo hundimiento deliberado en el mar de buques, aeronaves, plataformas u otras construcciones en el mar. III) La evacuación en el mar de desechos y otras materias que sean incidentales a las operaciones normales de buques, aeronaves, plataformas u otras construcciones en el mar y de sus equipos o que se deriven de ellas, excepto los desechos y otras materias transportados por o a buques, aeronaves, plataformas u otras construcciones en el mar, que operen con el propósito de eliminar dichas materias o que se deriven del tratamiento de dichos u otras materias en dichos buques, aeronaves, plataformas o construcciones. IV) La evacuación de desechos u otras materias directamente derivadas de la exploración, explotación y tratamientos afines, fuera de la costa, de los recursos minerales de los fondos marinos o con ellos relacionados no estará comprendida en las disposiciones del presente Convenio. Otras disposiciones. Decreto promulgación de 1978 relativo al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques,1973. Promueve la aceptación de México del convenio MARPOL, así como sus aplicaciones y normatividades, en los apartados I, III y V. La Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) propuso que la atención a este nuevo compromiso internacional recayese en un cuerpo colegiado integrado por la Secretaría de Marina, la Secretaría de Minas e Industria Paraestatal, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Pesca, Petróleos Mexicanos y la propia SEDESOL. De esta forma representantes de cada una de las dependencias mencionadas formularon una serie de requisitos con los cuales la Consultoría Jurídica de la Secretaría de Relaciones Exteriores, elaboró un proyecto con las bases de coordinación y el Reglamento, el 24 de Julio de 1992 (90 días a partir de la fecha de su ratificación) entró en vigor el compromiso de México ante la OMI.

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Normas Oficiales Mexicanas. Cuadro No. 19. Normas Oficiales Mexicanas aplicables al desarrollo del proyecto.

NOM aplicable Etapa y actividades de la obra

Aspectos ambientales a controlar

ETAPA DE CONSTRUCCIÓN NOM-001-SEMARNAT-1996. Límites permisibles de contaminantes en descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales (publicada en el D.O.F. de fecha 06 de enero de 1997).

Uso de embarcaciones para las actividades de transporte de materiales y equipo, dragado, tendido del ducto, colocación de curvas de expansión y colocación de ducto ascendente (ver nota 1).

La descarga de aguas residuales que realizan las embarcaciones deberá cumplir con los parámetros establecidos en la norma y contar con la licencia de concesión de descarga que emite la Comisión Nacional del Agua (CNA).

NOM-052-SEMARNAT-1993. Establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente (publicada en el D.O.F. de fecha 22 de octubre de 1993).

Mantenimiento de equipos y motores de las embarcaciones y de la maquinaria utilizada en el tendido del ducto.

Generación de residuospeligrosos como son aceitesgastados, restos de grasas ymateriales como son estopas,madera, cartones y papel y/orecipientes impregnados degrasas o aceites.

NOM-115-SEMARNAT-1998 Establece especificaciones para instalación y mantenimiento de sistemas de transporte y distribución de hidrocarburos en estado líquido y gaseoso, que se realicen en derechos de vía terrestres (publicada en el D.O.F. de fecha 22 de abril de 1998).

Apertura de derecho de vía terrestre

Residuos de despalme, desmonte y relleno de la vialidad, en el derecho de vía en zona terrestre

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Cuadro No. 19. Normas Oficiales Mexicanas aplicables al desarrollo del proyecto (Continuación).

NOM aplicable Etapa y actividades de la obra

Aspectos ambientales a controlar

ETAPA DE CONSTRUCCIÓN NOM-044-SEMARNAT-1993. Niveles máximos permisibles de emisión de hidrocarburos no quemados, monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno y partículas suspendidas y opacidad de humo provenientes del escape de motores que usan diesel como combustible y que se utilizan en vehículos automotores con peso mayor a 3857 kg.

Camiones y maquinaria para actividades de apertura de zanja, transporte de materiales, tendido del ducto, relleno de zanja, monitoreo de protección catódica y corte y taponado de ducto en zona terrestre.

Emisiones dentro de la norma de acuerdo a programas verificación y mantenimiento vehicular.

NOM-059-SEMARNAT-2001. Protección ambiental. Especies nativas de México de flora y fauna silvestres. Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio. Lista de especies en riesgo. (publicada en el D.O.F. de fecha 06 de marzo de 2002).

Desmonte en el derecho de vía, durante la construcción del tramo terrestre del ducto.

Derribo de vegetación de manglar.

ETAPA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO Pintado de la sección ascendente del ducto a la plataforma.

Recipientes con restos de pinturas y esmaltes. Estopas impregnadas con esmaltes, pintura y restos de disolventes.

NOM-052-SEMARNAT-1993. Que establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente (publicada en el D.O.F. de fecha 22 de octubre de 1993).

Durante el mantenimiento de equipos y motores de las embarcaciones.

Generación de residuos peligrosos de las embarcaciones como son aceites gastados, restos de grasas y materiales como son estopas, madera, cartones y papel y/o recipientes impregnados de grasas o aceites.

NOM-001-SEMARNAT-1996. Límites permisibles de contaminantes en descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales (publicada en el D.O.F. de fecha 06 de enero de 1997).

Uso de embarcaciones en el monitoreo del sistema de protección catódica. En esta actividad se realiza mediante buceo y con uso de embarcaciones (ver nota 1).

La descarga de aguas residuales que realizan las embarcaciones debe cumplir con los parámetros establecidos en la norma y contar con la licencia de concesión de descarga que emite la Comisión Nacional del Agua (CNA).

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MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, MODALIDAD PARTICULAR “OLEOGASODUCTO. DE 16” Ø X 10.3 KM. DE CAMPO COSTERO A MAY-B”

PROYECTO: “CRUDO LIGERO MARINO” 74

Cuadro No. 19. Normas Oficiales Mexicanas aplicables al desarrollo del proyecto (Continuación).

NOM aplicable Etapa y actividades de la obra

Aspectos ambientales a controlar

ETAPA DE ABANDONO Limpieza de residuos de hidrocarburos de las partes ascendentes del ducto.

Restos de hidrocarburos de la tubería ascendente.

NOM-052-SEMARNAT-1993. Establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente (publicada en el D.O.F. de fecha 22 de octubre de 1993).

Durante el mantenimiento de equipos y motores de las embarcaciones (ver nota 1).

Generación de residuos peligrosos de las embarcaciones como son aceites gastados, restos de grasas y materiales como son estopas, madera, cartones y papel y/o recipientes impregnados de grasas o aceites.

NOM-001-SEMARNAT-1996. Límites permisibles de contaminantes en descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales (publicada en el D.O.F. de fecha 06 de enero de 1997).

Uso de embarcaciones en el abandono del ducto y personal que labora en las embarcaciones (ver nota 1).

La descarga de aguas residuales que realizan las embarcaciones deben cumplir con los parámetros establecidos en la norma y contar con la licencia de concesión de descarga que emite la Comisión Nacional del Agua (CNA).

Nota: (1): El desarrollo de las actividades esta asociado a la operación de las embarcaciones, en las cuales se generan contaminantes. Se identificaron otras regulaciones como: leyes, reglamentos mexicanos y convenios internacionales que se indican en el Cuadro No. 20, los cuales son elementos normativos que rigen al desarrollo del proyecto, por lo que son considerados en una serie de normas de referencia y procedimientos ambientales que aplica PEMEX para la ejecución de sus obras. Cuadro No. 20. Otras regulaciones aplicables al desarrollo del proyecto.

Etapa de construcción Aspectos ambientales a controlar Otras regulaciones aplicables

Uso de embarcaciones en las actividades de transporte de materiales, dragado, tendido del ducto, colocación de curvas de expansión y colocación de ducto ascendente (ver nota 1).

Descarga de aguas residuales de las embarcaciones.

Reglamento para Prevenir y Controlar la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Materias. (publicado en el D.O.F. de fecha 23 de enero de 1979). Ley Federal del Mar (publicada en el D.O.F. de fecha 08 de enero 1986).

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Cuadro No. 20. Otras regulaciones aplicables al desarrollo del proyecto (Continuación).

Etapa de construcción Aspectos ambientales a controlar Otras regulaciones aplicables

Generación de residuos no peligrosos tales como son papel, cartón, envases de lata, envases de vidrio, restos metálicos, restos de plástico y restos de madera.

Se utilizan embarcaciones para recolectar los residuos que se generan en las barcazas de instalación del ducto, que posteriormente trasladan los residuos al Puerto de Cd. del Carmen; Campeche; para depositarlos de acuerdo a la normatividad reglamentaria del municipio.

Generación de residuos peligrosos de las embarcaciones como son aceites gastados, restos de grasas y materiales como son estopas, madera, cartones y papel y/o recipientes impregnados de grasas o aceites.

Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Residuos Peligrosos (Publicado en el D.O.F. de fecha 25 de noviembre de 1988).

Emisiones de gases a la atmósfera de motores, equipos de soldadura y generadores eléctricos de combustión de diesel, se ubican en las embarcaciones.

Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera. (Publicado en el D.O.F. de fecha 25 de noviembre de 1988).

Emisión de ruido en las embarcaciones.

Reglamento para la Protección del Ambiente contra la Contaminación Originada por la Emisión del Ruido. (Publicado en el D.O.F. de fecha 6 de diciembre de 1982).

Uso de embarcaciones en las actividades de transporte de materiales, dragado, tendido del ducto, colocación de curvas de expansión y colocación de ducto ascendente (ver nota 1).

Emisión de radiaciones. Reglamento General de Seguridad Radiológica, publicado en el D.O.F de fecha 22 de noviembre de 1988.

Radiografiado de tubería una vez aplicada la soldadura.

Emisión de radiaciones. Reglamento General de Seguridad Radiológica, publicado en el D.O.F. del 22 de Noviembre de 1988.

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Cuadro No. 20. Otras regulaciones aplicables al desarrollo del proyecto (Continuación).

Etapa de construcción Aspectos ambientales a controlar Otras regulaciones aplicables

Personal que labora en las embarcaciones durante las actividades en cubierta para instalación del ducto y de empaques de materiales.

Generación de residuos no peligrosos tales como son papel, cartón, envases de lata, envases de vidrio y restos de plástico.

Se utilizan embarcaciones para recolectar los residuos que se generan en las barcazas de instalación del ducto, que posteriormente trasladan los residuos al Puerto de Cd. del Carmen; Campeche; para depositarlos de acuerdo a la normatividad reglamentaria del municipio.

Soldadura de tubería en las embarcaciones.

Residuos de soldadura no peligrosos.

Residuos de soldadura no peligrosos que son enviados a Cd, del Carmen, en embarcaciones y se depositan de acuerdo a la normatividad reglamentaria del municipio.

Emisiones de gases de los generadores de energía.

Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera. (Publicado en el D.O.F. de fecha 25 de noviembre de 1988).

Prueba Hidrostática. Descarga del agua de mar represionada en el ducto.

El permiso para realizar la prueba hidrostática se obtiene de la Secretaría de Marina.

ETAPA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO. Por el uso de embarcaciones en esta etapa implicaría aplicar las regulaciones identificadas para la etapa de construcción, para los aspectos ambientales a controlar.

Aplicación de inhibidor de corrosión.

Restos y envases de inhibidor de corrosión.

Estos productos son elaborados en base a normas internacionales y sus formulas están protegidas por regulaciones de patentes. En general, las empresas de la industria química de alta tecnología, son certificadas para el control de sus productos y procesos en estándares ambientales internacionales como es la norma ISO-14001.

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Cuadro No. 20. Otras regulaciones aplicables al desarrollo del proyecto (Continuación).

Etapa de construcción Aspectos ambientales a controlar Otras regulaciones aplicables

ETAPA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO. Contaminación del mar por algún posible derrame de hidrocarburos.

Ley Federal del Mar (publicada en el D.O.F. de fecha del 8 de enero de 1986). Plan Nacional de Contingencias para Combatir y Controlar Derrames de Hidrocarburos y otras Sustancias Nocivas al Mar (Publicado en el D.O.F. de fecha del 8 de diciembre de 1981). Convenio Internacional MARPOL (73/78).

Operación del oleogasoducto.

Contaminación del suelo (tramo terrestre del ducto).

NOM-138-SEMARNAT-2002. Límites máximos permisibles de contaminación en suelos afectados por hidrocarburos, la caracterización del sitio y procedimientos para la restauración. (publicada en el D.O.F. de fecha del 20 de agosto de 2002).

ETAPA DE ABANDONO. Para realizar el corte y taponado del ducto se utilizaran embarcaciones, por lo que se aplicaran las regulaciones identificadas para la etapa de construcción, para el control los aspectos ambientales. El corte y taponado implica el retiro de la tubería ascendente en la plataforma May-B.

Residuos de hidrocarburos. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Residuos Peligrosos (Publicado en el D.O.F. de fecha 25 de noviembre de 1988).

Nota (1): El desarrollo de las actividades esta asociado a la operación de las embarcaciones, en las cuales se generan contaminantes. Decretos y Programas de Manejo de Áreas Naturales Protegidas. De acuerdo al registro del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SINAP) y del Sistema Estatal de Áreas Naturales Protegidas del Estado de Tabasco, se determinó que en la zona en donde se ubica el proyecto tanto en su parte terrestre como marina, no existe ninguna área declarada o dentro del listado de ambos sistemas. El Área Natural Protegida más próxima en el estado de Tabasco, se

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encuentra aproximadamente a 7 Km. al sur del punto de origen del oleogasoducto y es la Reserva de la Biosfera “Pantanos de Centla” Autorizaciones de impacto ambiental que tienen relación con el proyecto El oleogasoducto de 16” de diámetro x 10.3 Km. de Costero a May-B, es una obra complementaria del proyecto denominado “Crudo Ligero Marino”, el cual fue evaluado en materia de impacto ambiental a través de un Manifiesto de Impacto Ambiental en modalidad regional y que fue autorizado mediante el resolutivo No. S.G.P.A.-DGIRA.-02559 de fecha del 02 de julio de 2001 (Ver Anexo No. 3). Autorización en materia de Impacto y Riesgo Ambiental del proyecto “Construcción de infraestructura para perforar los pozos de desarrollo costero 12, 13, 31 y 33”, emitida por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental mediante oficio resolutivo No. S.G.P.A.-DGIRA.-1918/02 de fecha 12 de diciembre de 2002 (Ver Anexo No. 3). Autorización en materia de impacto y riesgo ambiental del proyecto “Construcción del camino de acceso, plataforma de perforación y presas localización exploratorio Costero DL-1, proyecto Litoral de Tabasco”, emitida por la Dirección General de Ordenamiento Ecológico e Impacto Ambiental mediante oficio resolutivo D.O.O.DGOEIA.-0433 de fecha 17 de febrero de 1998 (Ver Anexo No. 3).

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V.- IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES. V.1.- Metodología para identificar y evaluar los impactos ambientales. En este capítulo se describe la metodología que fue utilizada para efectuar la evaluación de los impactos que se generarán en el medio en donde se llevará a cabo la construcción, operación, mantenimiento, y abandono de sitio del “Oleogasoducto de 16” Ø x 10.3 Km de Campo Costero a May-B”. Metodología propuesta. El proceso de identificación y evaluación de los impactos, esta basado en la metodología propuesta por Conesa (1995), en su guía metodológica para la evaluación de impacto ambiental, la cual consiste en un análisis matricial sistemático en donde se consideran las siguientes fases: a.- Fase de identificación (matriz de causa-efecto). b.- Fase de caracterización y ponderación de impactos (matriz de valorización). c.- Fase de determinación de impactos significativos (matriz global de impactos). En forma secuencial se analizan en tres matrices los efectos de cada acción o actividad de la obra sobre los factores ambientales del sitio en donde se localiza el proyecto, por lo que la información de la descripción a detalle de las actividades y las condiciones ambientales, son base para el desarrollo adecuado de la metodología y la aplicación de los criterios establecidos para la evaluación. Cabe señalar, que con el fin de determinar y valorizar en forma adecuada los impactos, en la evaluación se analizó por separado la zona terrestre y la zona marina, en virtud de que son ambientes distintos y por otro lado, las actividades de la obra no son semejantes; los resultados observados del análisis matricial, se presentan en matrices separadas para cada ambiente. Conesa (1995), establece que previo a realizar la evaluación matricial, se considere que dentro del proceso metodológico, se realice una descripción específica de la obra y de sus actividades (ver capítulo II) y se describa en forma adecuada los factores ambientales que caracterizan el sitio en donde se pretende ubicar el proyecto (ver capítulo IV) y que interactuarán con las actividades. Así también, se establezca la escala de calificación de los criterios que serán utilizados para la evaluación de cada interacción actividad-ambiente y se incluya en el análisis matricial, con la finalidad de obtener la cuantificación y determinación de la importancia de los impactos en el ambiente, en donde se llevará a cabo el proyecto.

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Los criterios básicamente son utilizados para caracterizar la forma en la cual se manifiestan los impactos; por lo que se consideraron en el presente estudio, los criterios y escalas propuestos por Conesa (1995), ya que se fundamentan en la estandarización y aplicación de la metodología para diferentes proyectos. V.1.1.- Indicadores del impacto. La metodología propuesta, no considera el uso de indicadores para establecer la evaluación del impacto, ya que propone el uso de criterios de caracterización y ponderación de impactos, los cuales posteriormente son analizados mediante un índice de significancia, para definir la severidad con la cual serán afectados factores ambientales, por las actividades del ducto en sus diferentes etapas. Los criterios y su ponderación, fueron establecidos con base a una serie de investigaciones y evaluaciones de estudios de impacto, por lo que, esta metodología ofrece una mayor certidumbre al definirse la magnitud de los impactos a través de una resolución matemática. Cabe señalar, que para proceder a la calificación de los criterios, se consideró como parte fundamental, la información recopilada de los factores ambientales del “Diagnóstico Ambiental” (ver inciso IV.2.5), en donde se señala el estado actual de los componentes ambientales; con la finalidad de calificar con mayor certidumbre las alteraciones que podrán producirse como consecuencia del establecimiento del ducto en el sitio seleccionado. V.1.2.- Lista indicativa de indicadores de impacto. Como se señaló en el inciso V.1.1, para realizar la valorización de impactos, como marco de referencia se utilizó la caracterización actual de los componentes ambientales referidos en él “Diagnostico Ambiental” (ver inciso IV.2.5), los factores analizados para la interacción de actividades del proyecto, fueron los siguientes: Zona Terrestre: -Hidrología superficial y subterránea. -Suelo y usos. -Geomorfología y geología. -Vegetación terrestre. -Fauna terrestre. -Paisaje. -Aspectos Socioeconómicos (población, servicios públicos y actividades productivas).

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Zona Marina: -Lecho Marino. -Agua marina. -Flora Marina. -Fauna Marina. -Aspectos Socioeconómicos (población, servicios públicos y actividades productivas). V.1.3.- Criterios y metodologías de evaluación. Como se indicó en el inciso V.1, la metodología propuesta consiste en un análisis matricial sistemático en donde se identifican los impactos (matriz de causa-efecto), se caracterizan y ponderan los impactos (matriz de valorización) y se determinan los impactos significativos (matriz global de impactos). En la fase de caracterización y ponderación, se aplican los criterios que rigen la metodología, en ésta se determina cada una de las interacciones identificadas (actividad-factores ambientales). Los criterios utilizados se indican el inciso V.1.3.1. V.1.3.1.- Criterios. Criterios para evaluar los impactos. La metodología como base fundamental, considera la aplicación de criterios bajo los cuales, el evaluador califica, pondera y caracteriza las distintas formas en que se manifiestan los impactos en el medio. Su desarrollo considera la aplicación de once criterios que se presentan en el cuadro No. 56. Cuadro No. 56. Criterios para la evaluación de impactos (Conesa, 1995). SIGNO + Positivo (+), Negativo (-) I (intensidad) EX (Extensión – Magnitud) MO (Momento – Duración)

PE (Persistencia) RV (Reversibilidad)

SI (Sinergia) AC (Acumulación)

EF (Efecto)

MC (Recuperabilidad))

PR (Periodicidad)

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Descripción de los criterios. Naturaleza del impacto: se define como positivo (+) ó negativo (-). Intensidad: grado de incidencia de la acción sobre el factor ambiental. Extensión: determina el área de influencia del impacto en relación con el entorno del proyecto. Momento: es el plazo de manifestación del impacto, es decir, el tiempo en que transcurre entre la aparición de la acción y el comienzo del efecto. Persistencia: determina el tiempo que permanece el efecto desde su aparición. Reversibilidad: indica la posibilidad de reconstrucción del factor afectado por el proyecto. Sinergia: contempla el reforzamiento de dos o más efectos simples sobre un factor. Acumulación: determina el incremento progresivo de la manifestación del efecto. Efecto: es la forma de manifestación sobre un factor como consecuencia de una acción o actividad; Periodicidad: refleja la regularidad de la manifestación del efecto. Recuperabilidad: es la posibilidad de reconstrucción del factor afectado. Para llevar a cabo la calificación de los impactos identificados, se utilizó la ponderación de los criterios que se indican en el cuadro No. 57. Cuadro No. 57. Ponderación de los criterios de evaluación.

Criterio Carácter Descripción Calificación Impacto positivo Aquel admitido por la población en general

y la comunidad científica que hace alusión al carácter de beneficio.

+

Naturaleza del impacto.

Impacto negativo Aquel cuyo efecto se traduce en pérdida de valor natural, estético-cultural, paisajístico, de productividad ecológica o en aumento de los perjuicios derivados de la contaminación, erosión y demás riesgos ambientales.

-

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Cuadro No. 57. Ponderación de los criterios de evaluación. (Continuación). Criterio Carácter Descripción Calificación

Baja Aquel cuyo efecto expresa una destrucción mínima del factor considerado.

1

Media Aquel cuyo efecto se manifiesta en la alteración de algunos de los factores del medio, sin repercusión en el futuro.

2

Alta Aquel cuyo efecto se manifiesta en la alteración de algunos de los factores del medio, que puedan producir en el futuro repercusiones apreciables en el medio.

4

Muy Alta Aquel cuyo efecto se manifiesta como una modificación del medio, de los recursos naturales, que expresa una destrucción casi total del factor.

8

INTENSIDAD (I): Grado de incidencia de la acción sobre el factor.

Total Aquel cuyo efecto se manifiesta en la destrucción total del medio, de su proceso fundamental de funcionamiento.

12

Puntual Cuando la acción impactante produce un efecto muy localizado.

1

Parcial Aquel cuyo efecto supone una incidencia apreciable en el medio.

2

Extenso Aquel cuyo efecto se detecta en una gran parte del medio considerado.

4

Total Aquel cuyo efecto se manifiesta de manera generalizada no admite ubicación precisa en todo el entorno considerado.

8

EXTENSIÓN (EX): Área de influencia del impacto en relación con el entorno del proyecto.

Critica Aquel en que la situación en que se produce el impacto sea crítica. Normalmente se da en impactos puntuales.

12

Largo plazo Es aquel cuyo efecto tarda en manifestarse más de cinco años.

1

Mediano plazo Es aquel cuyo efecto tarda en manifestarse en un periodo de tiempo de 1 a 5 años.

2

Inmediato Cuando el tiempo de manifestación del efecto sea nulo.

4

MOMENTO (MO): Plazo de manifestación del impacto (tiempo en que transcurre entre la aparición de la acción y el comienzo del efecto.

Crítico Aquel en que el momento en que tiene lugar la acción impactante es crítico, independientemente del plazo de manifestación.

8

Fugaz Si la duración del efecto es inferior a un año.

1

Temporal Si la duración del efecto es entre 1 y 10 años.

2

PERSISTENCIA (PE): Tiempo que permanece el efecto desde su aparición. Irreversible Aquel cuyo efecto supone una alteración

indefinida en el tiempo, la duración del efecto es superior a los 10 años.

4

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Cuadro No. 57. Ponderación de los criterios de evaluación. (Continuación). Criterio Carácter Descripción Calificación

Corto plazo Aquel cuando las condiciones del ambiente se recupera inmediatamente.

1

Mediano plazo Aquel en el que la alteración puede ser asimilada por el entorno de forma lenta, debido al funcionamiento de los procesos naturales.

2

REVERSIBILIDAD (RV): Posibilidad de reconstrucción del factor afectado por el proyecto.

Irreversible Aquel cuyo efecto supone la imposibilidad o dificultad extrema de retornar.

4

Sin sinergismo Aquel cuyo efecto se manifiesta sobre un sólo componente ambiental, o cuyo modo de acción es individualizado, sin consecuencias en la inducción de nuevos efectos.

1

Sinérgico Cuando la componente total de la manifestación de los efectos simples, provocados por acciones que actúan simultáneamente.

2

SINERGIA (SI): Contempla el reforzamiento de dos o más efectos simples sobre un factor.

Muy sinérgico Cuando el efecto conjunto de la presencia simultánea de varios agentes o acciones supone una incidencia ambiental mayor.

4

Simple Cuando una acción no produce efectos acumulativos en el medio.

1 ACUMULACIÓN (AC): Incremento progresivo de la manifestación el efecto.

Acumulativo Si el efecto que al prolongarse en el tiempo la acción del agente inductor, incrementa progresivamente su gravedad.

4

Indirecto Aquel cuyo efecto supone una incidencia inmediata respecto a la interdependencia o, en general a la relación de un factor ambiental con otro.

1 EFECTO (EF): Forma de manifestación del efecto sobre un factor, como consecuencia de una acción.

Directo Es aquel cuyo efecto tiene una incidencia inmediata en algún factor ambiental.

4

Irregular, sin período y

discontinuo

Aquel cuyo efecto se manifiesta a través de alteraciones irregulares en su permanencia.

1

Periódico Aquel cuyo efecto se manifiesta con un modo de acción intermitente y continua en el tiempo.

2

PERIODICIDAD (PR): Regularidad de la manifestación del efecto.

Continuo Aquel cuyo efecto se manifiesta a través de alteraciones regulares en su permanencia.

4

Recuperable de manera inmediata

Posibilidad de retornar a las condiciones ambientales iniciales en forma inmediata.

1

Recuperable en mediano plazo

Posibilidad de retomar a las condiciones después de un cierto tiempo.

2

Mitigable Efecto en el que la alteración puede eliminarse por la acción humana.

4

RECUPERABILIDAD (MC): posibilidadde reconstruccióndel factor afectado.

Irrecuperable Aquel en el que la alteración del medio o pérdida es difícil de reparar.

8

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V.1.3.2.- Metodologías de evaluación y justificación de la metodología seleccionada. Como se mencionó en el inciso V.1 en el presente estudio, para la evaluación de los impactos, se utilizó la metodología propuesta por Conesa (1995), en su guía metodológica para la evaluación de impacto ambiental, la cual consiste en un análisis matricial sistemático. Justificación de la metodología. La metodología se justifica, en virtud de que es un proceso ordenado del análisis de las implicaciones y/o interacciones que tendrá el proyecto con el ambiente; el análisis incluye una fase de “identificación de impactos”, en donde se relacionan las interacciones que se presentarán entre las actividades del proyecto y los diferentes factores ambientales; posteriormente en una fase de “caracterización y ponderación de impactos”, con el uso de criterios, el evaluador califica cada una de las interacciones identificadas con la certidumbre de emitir juicios no subjetivos; y por último, se evalúa en forma global los “impactos significativos”, en donde se establece que factor ambiental, será impactado en forma más significativa por el establecimiento del proyecto. Descripción de la metodología seleccionada. La descripción de la metodología se presenta a continuación: Fase de identificación (matriz de causa-efecto). Una vez caracterizada la obra y las condiciones del medio en donde se ubicará, se procede a desarrollar la primera fase de la metodología que es la identificación de impactos a través de la integración de la primera matriz simple de causa-efecto, en donde se establecen a lo largo de sus ejes horizontales, las acciones de la implantación del proyecto y en sus ejes verticales los factores ambientales que podrían ser afectados, de esta manera permite asignar en sus cuadriculas correspondientes las interacciones o impactos de cada actividad sobre los componentes ambientales, las actividades de la etapas de construcción, operación y mantenimiento, y abandono de la obra, con sus interacciones en los diferentes factores ambientales. Fase de caracterización y ponderación de impactos (matriz de valorización y caracterización). En esta fase, se realiza la ponderación y caracterización del impacto, es decir se establece en base a los criterios establecidos su intensidad, su extensión, su

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PROYECTO: “CRUDO LIGERO MARINO” 153

condición de permanencia y reversibilidad en el ambiente, los efectos de sinergia, acumulación, periodicidad, recuperabilidad y si se refiere a un impacto directo o indirecto. Una vez calificados los once criterios para cada una de las interacciones (actividad-factor ambiental), se procedió a realizar el cálculo de importancia de impacto de acuerdo al siguiente algoritmo: I = + [3(I) + 2(EX) + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC] Este algoritmo es aplicado con la finalidad de obtener los valores que son incluidos en la matriz de evaluación global, en donde se establecen los que se generarán en el medio terrestre y marino, como producto del establecimiento del ducto en sus diferentes etapas. Fase de evaluación de impactos significativos (Matriz de evaluación global). Una vez calificados los impactos de las interacciones, los resultados obtenidos son integrados en la matriz de evaluación global con la finalidad de establecer los impactos más representativos y que factores serán significativamente impactados como producto de la ejecución de las diferentes actividades de establecimiento del ducto en todas sus etapas. En las matrices de evaluación global, los valores de cada casilla de interacción son sumados en filas para determinar el valor medio por etapa y se define en una ecuación final el valor de impacto para determinar si son poco significativos o significativos. Las ecuaciones utilizadas en la matriz de evaluación global de impactos, fueron las siguientes: IS = M1 + M2 + M3 / Mnx+1 En donde: IS = Índice de significancia. M1 = Media de los impactos en la etapa de construcción. M2 = Media de los impactos en la etapa de operación y mantenimiento. M3 = Media de los impactos en la etapa de abandono. Mnx+1= Número de medias resultantes de las etapas del proyecto. Los valores de la media (M1, M2 y M3), para cada etapa se obtuvieron con la ecuación siguiente:

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M1 = nx1/nx+1 M2 = nx2/nx+1 M3 = nx3/nx+1 En donde: M (1, 2 ó 3)= Media de cada valor de interacción. nx1 = Total de la suma de los valores en fila de cada interacción. nx+1 = Número de interacciones de cada fila Para la resolución de la ecuación IS = M1 + M2 + M3 / Mnx+1, es necesario que los resultados de las interacciones se sumen parcialmente de acuerdo a cada etapa, por lo que entonces la columna nx1, aplica a la etapa de construcción, columna nx2, para la etapa de operación y mantenimiento y columna nx3 para la etapa de abandono. Posteriormente, a cada una de estas columnas se le calcula la media con la siguiente ecuación M1, 2 ó 3 = nx1,2 ó 3/nx+1, finalmente la suma de los valores resultante de las medias (M1+M2+M3), se divide entre 1, 2 ó 3, según sea el número de medias encontradas en las etapas de la obra (Mnx+1). Los valores de impactos significativos son los considerados dentro del rango de moderados, severos y críticos de acuerdo a la definición de los índices de significancia del cuadro No. 58, así también se encuentran los impactos denominados como poco significativos, los cuales se consideran como asimilables por el ambiente. Cada tipo de impacto que resultó en la cuantificación, se utiliza para proponer alternativas o medidas que minimicen los efectos dañinos al medio, dichas medidas de mitigación se establecen en el Capítulo VI. Cuadro No. 58. Valorización y definición del índice de significancia.

Tipo de impacto Valor de significancia POCO SIGNIFICATIVOS

Inferiores a 25 (cumplen con la normatividad o son asimilables por el medio)

Moderados

De 25 y 49 (los efectos son asimilables por el medio cuando son controlados con medidas preventivas o de mitigación).

Severos

De 50 a 60 (cuando se afecta un factor ambiental y es necesario aplicar una medida de mitigación correctiva).

SI

GN

IFIC

ATI

VOS

Críticos

Superiores a 60 (Cuando se afectan dos o más factores ambientales y es necesario para su control un programa o plan de control ambiental.

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Resultados y descripción de impactos. Resultados de la fase de identificación. Los resultados de la identificación de los impactos se señalan en la matriz de causa-efecto que se presenta en el Anexo No. 17, este análisis permitió identificar que actividades interactuaran con los diferentes factores del medio y como resultado se aprecia un total de 134 interacciones.para la zona terrestre y marina. Para la zona terrestre, el total de interacciones fue de 65, para cada una de las etapas, fueron las siguientes: 20 en preparación del sitio, 37 en construcción, 3 en operación y mantenimiento y 5 para el abandono. Para la zona marina, el total de interacciones fue de 69 y en cada una de las etapas, fueron las siguientes: 48 en construcción, 12 en operación y mantenimiento, y 9 para el abandono. Resultados de la fase de caracterización y ponderación de impactos (matriz de valoración). La caracterización de los impactos y calificación se realiza de acuerdo a los criterios establecidos en la matriz de valorización y caracterización para la zona terrestre y marina que se presentan en el Anexo No. 18, en estas matrices se califica cada una de las interacciones que fueron señaladas en la matriz de identificación. Dentro de los resultados observados en la matriz de valoración y considerando los índices de significancía del cuadro No. 58, se aprecia que para la zona terrestre y marina respectivamente, el 98.5% y 92.4% de las interacciones detectadas, se están dentro del rango de impactos poco significativos, en virtud de que existe normatividad aplicable y/o son asimilables por el medio. En cuanto a impactos significativos moderados, para la zona terrestre y marina, se aprecia que respectivamente el 1.5% y 7.4%, corresponden a este tipo de impactos, que podrán ser asimilados por el medio, cuando se controlen con medidas preventivas o de mitigación. Como un posible impacto, se analizó el caso de un derrame de hidrocarburos; en donde como resultado se aprecia que este evento tendría un impacto significativo severo; en donde sería necesario aplicar medidas correctivas. En cuanto a impactos críticos, no se observa que algún impacto tanto en la zona terrestre y marina, se encuentre dentro de este rango.

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Así también, cabe señalar que en particular para impactos positivos se destaca la interacción de operación del ducto con el factor de actividades productivas, en donde se observa una alta calificación, por lo que se debe interpretar que esta obra tiene un significado representativo para el desarrollo de la actividad de explotación de hidrocarburos de la región y primordial para el campo Costero. Resultados de la fase de evaluación de impactos significativos (matriz global de impactos). En el Anexo No. 18, se presentan las matrices de evaluación de impactos para la zona terrestre y marina, en donde se analizaron los factores del medio que serán impactados en forma significativa en todas las etapas del ducto. Descripción de los impactos ambientales. Como se observa en la matriz global de evaluación impactos, algunos de los aspectos evaluados por cada factor tienen un valor de significancía similar, por lo que para sintetizar la descripción de los impactos, se realizó para cada factor afectado. A).-ZONA TERRESTRE. Impactos poco significativos. Factor ambiental: aire. Durante el desarrollo de las actividades del ducto en la zona terrestre, se utilizarán equipos manuales como motosierra, vehículos y maquinaria (camión de 3 ton y retroexcavadora), con los cuales se generarán emisiones a la atmósfera y aumento de los niveles de ruido, afectándose la calidad del aire del ambiente local; lo cual se reflejará, respectivamente en el aumento en la concentración de monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, óxidos de azufre, partículas e hidrocarburos no quemados, que son producto del proceso de combustión interna de los motores y se genera un incremento en los niveles de presión sonora (Kiely, 1999). Cabe señalar, que las emisiones de gases son reguladas por la NOM-041-SEMARNAT-1999 y NOM-044-SEMARNAT-1993 y para el aspecto de ruido, aplica el Reglamento para la protección del ambiente contra la contaminación originada por la emisión de ruido; por lo que en ambos casos al existir normatividad que regule los límites permisibles que pueden ser asimilables por el ambiente, se considera que los impactos al factor ambiental aire son negativos poco significativos, además de que en la caracterización se observa una intensidad media sin repercusiones en el futuro de la calidad del aire; su extensión es puntual, ya que la consecuencia es muy localizada; el momento en que se manifiesta este impacto, el resultado es casi nulo; la persistencia es fugaz. Así también, este impacto es considerado reversible en corto

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plazo, porque las condiciones del ambiente se recuperan en forma mediata; no se espera que tenga efectos sinérgicos, ya que el efecto se manifiesta sobre un sólo componente ambiental; el resultado de acumulación es simple, ya que no habrá un aumento progresivo; cabe mencionar, que aunque se considera que el efecto del impacto es directo, por ser en su periodicidad discontinua (emisiones temporales), la recuperabilidad del factor afectado es inmediata. Factor ambiental: geomorfología y geología. En particular, para conformar la vialidad en el derecho de vía del ducto en la zona terrestre, es necesario acarrear materiales para relleno, lo que implicará el aprovechamiento de materiales de algún banco de materiales; al respecto cabe señalar, que los materiales requeridos serán extraídos de algún banco que se encuentre en explotación, por lo que no será necesario realizar la apertura de algún banco; bajo esta consideración se determinó que el impacto a generar por esta actividad, tendrá efectos adversos poco significativos, una vez que la intensidad en que se manifestará es baja, ya que afectará en forma mínima el factor considerado; su extensión será puntual y se considera su persistencia temporal, con un proceso de reversibilidad a mediano plazo. No se considera que tenga efectos sinérgicos, pero si acumulativos, porque se incrementará la afectación que se ha provocado, en un banco de materiales existente. El impacto tendrá un efecto directo, pero debido a que se manifiesta en forma irregular, se espera que tenga una recuperabilidad a mediano plazo. Factor ambiental: vegetación herbácea. Con el desarrollo de las actividades del despalme y relleno de la vialidad en el derecho de vía, se generarán impactos a la vegetación terrestre del estrato herbáceo por la eliminación de la capa vegetal, aunque cabe señalar, que este tipo de estrato corresponde a pastos inducidos para el pastoreo y no se encuentran especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, por lo que el impacto se considera adverso, pero poco significativo; al caracterizar el impacto, se aprecia que la intensidad es baja, porque no tiene repercusión en el futuro del factor afectado; su extensión corresponde a acciones puntuales que tiene consecuencia muy localizadas; aun cuando el plazo de manifestación del impacto (momento), es inmediato, se considera que su persistencia del efecto es corto y reversible a corto plazo. No se esperan efectos sinérgicos y acumulativos, por que sólo se afecta un factor y no habrá un aumento progresivo del impacto; así también, se considera que la recuperabilidad es a corto plazo por ser efecto directo pero de condición temporal. Factor ambiental: fauna. Durante las etapas del proyecto, el impacto a la fauna será manifestado por la presencia de agentes externos (personal, vehículos, maquinaria y equipos) y por el

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desarrollo de las mismas actividades; lo cual provocará que algunas especies de aves y reptiles, que se consideran pueden distribuirse en áreas cercanas al sitio en donde se localiza el ducto, se desplacen a otros sitios aledaños; cabe señalar, que los efectos de esta presión a la fauna es temporal y no se observa que en el tramo del ducto terrestre, este presente algún sitio que funcione o sirva para anidación, refugio o área de reproducción; así también, en la zona se aprecia, que debido a la ampliación de las áreas de pastoreo de ganado ovino, se han reducido espacios en donde anteriormente se podrían distribuir especies silvestres, aunado a esto, los pobladores de zona siguen realizando captura de algunas especies para consumo. Bajo estas consideraciones, se determinó que el impacto es adverso, pero poco significativo, en donde la intensidad es baja, debido a que el factor será afectado en forma mínima; así también, la extensión del impacto es puntual y no se espera que se manifieste en forma inmediata, su persistencia es temporal y reversible a corto plazo; no se espera que tenga efectos sinérgicos, pero se espera que si tenga efectos acumulativos, aunque en forma simple, ya que para este factor, se ejerce presión por los aspectos mencionados; se considera que el efecto es indirecto y de periodicidad irregular, por lo que se estima que la recuperabilidad sea a mediano plazo. Factor ambiental: paisaje. Durante las actividades de preparación del sitio y construcción, las condiciones del paisaje serán afectadas temporalmente por la perdida de vegetación y la incidencia de maquinaria y equipos; esto no genera un impacto a cualidades únicas del paisaje o afectará drásticamente las cualidades visuales del entorno; para la fase de operación y mantenimiento no se espera impacto al paisaje en, en virtud de que el ducto queda enterrado en el suelo; bajo estas consideraciones el impacto es adverso pero poco significativo, con una intensidad de manifestación baja y extensión puntual; el momento en el que se expresa el impacto es inmediato pero de una persistencia temporal, por lo que se espera que la reversibilidad se presente en corto plazo; no se esperan efectos sinérgicos y acumulativos, ya que no hay inducción de nuevos efectos y aumento progresivo del impacto. Así también, aunque se considera un impacto de efecto directo, por ser su manifestación irregular, se espera que se recupere a mediano plazo. Factor ambiental: medio socioeconómico. En el área terrestre, se generarán impactos adversos y benéficos en los factores socio-económicos. Los efectos benéficos se manifestarán en el empleo, comercios y servicios; los cuales serán requeridos en forma temporal y cuya demanda no será de forma que implique desabasto o el incremento de requerimientos; por lo que desde el punto,

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socio-económico, por un lado, la creación de fuentes de empleo, permitirá a los pobladores de la zona en donde se ubica el ducto, tener la posibilidad de acceder a una fuente de trabajo que les permita devengar un salario para la adquisición de bienes y por otro, con la demanda de servicios, se prevé la inversión de capital para adquisición de materiales o pago de servicios; cabe señalar, que como se indicó la demanda no será de gran magnitud, por lo que se espera que el impacto sea poco significativo, ya que el grado de su intensidad es bajo, su extensión se refiere a una pequeña área de influencia, el tiempo en que se manifiesta será corto y de persistencia temporal, sin efectos sinérgicos y acumulativos; por ser su periodicidad irregular su recuperabilidad, es en poco tiempo. En cuanto a efectos adversos, para el manejo de residuos no peligrosos, se requiere el uso de las áreas que son utilizadas para el vertimiento de residuos, lo que, repercutirá en el aumento de los volúmenes generados en la zona en donde se ubica el ducto y el área que es ocupada; cabe señalar, que para evitar un impacto directo en el sitio por contaminación del suelo, el manejo de residuos no peligrosos se realizará como se indicó en el capítulo II. Al evaluar el impacto indirecto, se determinó que es poco significativo y se observa que es de baja intensidad, extensión puntual; el momento en el que, se expresa el impacto es a mediano plazo y de persistencia temporal. Así también, la reversibilidad de este impacto, será en mediano plazo; no se espera un efecto sinérgico, ya que sólo se afecta un factor ambiental, pero si representa efectos acumulativos, por que provoca un aumento del impacto generado en un área de vertimiento de residuos; aunque la periodicidad del impacto es irregular, la recuperabilidad se espera a mediano plazo. Impactos significativos. Factor ambiental: hidrología superficial. En particular, para la vialidad de vehículos y maquinaría en el derecho de vía del tramo del ducto en la zona terrestre, es necesario conformar un terraplén de 4.0 m de ancho por 1.5 m de altura en el sitio de manglar; este provocará un efecto barrera en el escurrimiento superficial durante el periodo de lluvias, al respecto cabe señalar, que este terraplén no se conformará sobre algún cauce o cuerpos de agua; bajo estas consideraciones, se determinó que el impacto a este factor es representativo moderado en donde los efectos son asimilables por el medio cuando son controlados con medidas preventivas o de mitigación, por lo que al respecto se recomienda que el terraplén cuente con escurrideros, para prevenir que no se obstruya completamente el escurrimiento de agua. Al evaluar el impacto se observó que la intensidad es media en donde se afectará el factor, pero sin repercusiones en el futuro, su extensión es puntual y el momento de su manifestación será a mediano plazo, su persistencia se considera permanente, ya

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que esta vialidad será utilizada para realizar verificación al ducto durante su operación; se considera su reversibilidad a mediano plazo, en donde la alteración del factor será asimilada en forma lenta; no tendrá efectos sinérgicos y acumulativos, ya que sólo se afecta un factor y no habrá aumento de otros impactos; su efecto es directo, ya que se incide sobre el factor en forma periódica y se establece que su recuperabilidad es mitigable, en donde la alteración puede eliminarse por medio de una medida correctiva. Factor ambiental: suelo. Con la instalación del ducto, el factor suelo será impactado en su estructura y el uso actual; al respecto durante la excavación de la zanja se modificará la estructura permanentemente durante la vida útil del ducto en 1.0 m de profundidad ya que es necesario para alojarlo y en cuanto al cambio de uso, éste se afectará en 13.0 m de ancho que se requieren en zona terrestre, para este aspecto PEMEX, realiza las gestiones para que se declare y establezca el derecho de vía en cumplimiento a la Ley General de Bienes Nacionales. Por lo anterior, se determinó que el impacto al factor suelo, es significativo moderado, en donde la intensidad con la que expresará el impacto es media en donde se alterará el factor, pero sin repercusiones notables en el futuro; se considera como un impacto puntual, porque estas acciones producirán un efecto muy localizado; el momento de aparición del impacto es inmediato, pero su persistencia es permanente, ya que la afectación en la estructura y uso, estará presente durante la vida útil del ducto; se considera reversible el impacto a mediano plazo; no se esperan impactos sinérgicos, por que no habrá inducción de nuevos efectos; se considera que el efecto acumulativo será simple; pero de periodicidad continua y con una recuperabilidad a mediano plazo. Factor ambiental: vegetación arbórea y especies de la NOM-059-SEMARNAT-2001. En particular, para la actividad de despalme en el derecho de vía, se realizará el desmonte en un tramo aproximado de 60 metros en donde persiste vegetación arbórea de manglar que esta conformada por las especies mangle rojo (Rhizopora mangle L.) y mangle negro (Avicennia germinans), que se encuentran catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, bajo el estatus de protección especial, se estima el derribo aproximado de 20 árboles de mangle negro y 27 árboles de mangle rojo; lo cual se llevará a cabo en forma manual y direccional al centro del derecho de vía para evitar daños a la vegetación adyacente; así también, para el derribo de árboles se gestionará la autorización requerida en base a la Ley Forestal y su reglamento.

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Por lo anterior, al realizar la evaluación, se determinó que la afectación por derribo de los árboles de mangle, es un impacto significativo moderado en donde el impacto será asimilable cuando se controle con medidas preventivas o de mitigación; el grado de intensidad con el que se expresa el impacto es media en donde se alterarán ciertas condiciones del factor afectado; su extensión es parcial, ya que sólo se afectará una fracción de mangle; el momento de manifestación del impacto es inmediato de persistencia permanente; se considera un efecto irreversible sin sinergismo y con acumulación simple, debido esto último a que el mangle es aprovechado por pobladores de la zona para usos domésticos. El efecto es directo, con una manifestación irregular (periodicidad) y su posibilidad de recuperabilidad se considera mitigable, ya que la alteración puede corregirse por medio de alguna acción de compensación. B).-ZONA MARINA. Impactos poco significativos. Factor ambiental: aire. El factor aire del ambiente local será afectado por las emisiones generadas por la operación de las embarcaciones y de los equipos empleados en la instalación del ducto, el impacto que ocasionen se refleja en el aumento en la concentración de monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, óxidos de azufre, partículas e hidrocarburos no quemados, que son producto del proceso de combustión interna de los motores. Cabe señalar, que las emisiones generadas, son reguladas por las Normas NOM-041-SEMARNAT-1999 y NOM-044-SEMARNAT-1993, por lo que se estima que al cumplir con los límites indicados en esta normatividad, serán asimilables por el ambiente. El impacto de las emisiones mencionadas, será adverso para el ambiente, pero poco significativo, en donde se espera que la intensidad con la que se manifieste el impacto no tiene repercusiones futuras en la calidad del aire; su extensión se caracteriza por ser puntual, de baja persistencia y el momento en que se manifiesta el impacto, el resultado es casi nulo. Así también, se considera reversible a corto plazo, por lo que las condiciones del ambiente se recuperan de forma inmediata; no se esperan efectos sinérgicos y acumulativos, ya que el impacto se manifiesta sobre un sólo factor ambiental y no tendrá un aumento progresivo. Independientemente de que es un impacto directo se prevé que la recuperabilidad del factor ambiental afectado sea inmediata. Con relación al impacto generado por las emisiones de ruido, producto de las embarcaciones y equipos empleados en la construcción, operación y mantenimiento

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del ducto, perturbarán el medio marino y al personal que labora debido a que se genera un incremento en los niveles de presión sonora (Kiely, 1999). Este impacto es adverso poco significativo, debido a que el grado de intensidad con el que se presenta es bajo, y cuyo efecto es mínimo en el ambiente; aunque este impacto se manifiesta inmediatamente, su extensión será puntual y localizada en el sitio en donde se encuentren las embarcaciones, por lo que su persistencia se considera fugaz. Así también se considera reversible a corto plazo y no se espera que tenga impactos sinérgicos y de acumulación, ya que no se genera un aumento progresivo del impacto por ser intermitente. Se genera un efecto directo sobre el aire, pero se considera que la recuperabilidad de este factor es de manera inmediata. Factor ambiental: agua de mar. Las embarcaciones utilizadas en el proyecto, tendrán descargas al mar de agua residual, que es producto del uso de agua para las actividades de limpieza y del personal; al respecto cabe mencionar, que en las embarcaciones el agua es sometida a un sistema de tratamiento tipo secundario y posteriormente son descargadas al mar; por lo que se cumplirá con la NOM-001-SEMARNAT-1996 relativa a los límites permisibles de contaminantes en descarga de aguas residuales en aguas y bienes nacionales, y con las condiciones de descarga que establece la Comisión Nacional de Agua en su concesión de descarga; las descargas serán caracterizadas por presentar bajos contenidos de compuestos de fosfatos, nitratos y materia orgánica. Al evaluar el impacto que las descargas tendrán en el ambiente marino, se determina que es adverso pero poco significativo, en donde cabe destacar que el grado de intensidad con el que se manifiesta este impacto no tendrá repercusiones en el futuro, aunque la extensión es parcial, la persistencia con la que se presenta es fugaz. Así también, el impacto se considera que sea reversible a mediano plazo ya que el entorno lo asimilará después de un cierto tiempo; no se prevé que tenga impactos sinérgicos y acumulativos, ya que se manifiesta el impacto sobre un componente ambiental y no generará un aumento de contaminantes en el ambiente. Cabe mencionar, que el efecto es directo y su periodicidad es irregular, por lo que existe la posibilidad de que el ambiente se recupere, por la misma acción de los procesos naturales que existen en el ambiente marino. Por otra parte, el agua de mar se verá afectada por las actividades de prueba hidrostática (etapa de construcción) y llenado del ducto (etapa de abandono), en donde se llevará a cabo su aprovechamiento; al respecto cabe señalar que estos aspectos son regulados por la Secretaría de Marina con apego a la Ley Federal del Mar.

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El impacto que tendrá el uso de agua de mar se considera adverso pero poco significativo, en donde la intensidad del aprovechamiento es mínima y puntual, con una reversibilidad del impacto a corto plazo, sin efecto sinérgicos o acumulativos, en virtud de que no habrá un aumento progresivo del aprovechamiento. Cabe señalar, que el efecto es directo, pero como es irregular el uso del agua, es recuperable en forma inmediata. Factor ambiental: lecho marino. Este factor en particular será afectado durante la etapa de construcción al realizar las actividades de dragado en la línea regular, tendido del ducto y colocación de curvas de expansión, cuyo impacto se refleja en cambios de la estructura y relieve del piso en donde quedará instalado el ducto. Cabe mencionar, que según De La Lanza (1991), el relieve de la zona en donde se ubicará el ducto es caracterizado por la presencia de domos salinos con pendientes ligeras hasta la isobata de 200 m.; y en cuanto a la estructura según el estudio geotécnico (ver figuras del Anexo No. 10), el espesor de la capa de sedimentos varía de 1.95 m cerca de la costa hasta 8.20 m cerca de la plataforma May-B, por lo que se considera que al dragarse 1.0 m en ancho por 1.0 m de profundidad en el piso para instalar el ducto (línea regular y curvas de expansión), el impacto es adverso, pero poco significativo, ya que no se modificarán drásticamente las condiciones del relieve y la estructura que en su primera capa esta conformada por sedimentos marinos, una vez que se coloque el ducto estos sedimentos se depositarán por la acción natural de las corrientes. Al evaluar el impacto en este factor, se considera que la intensidad con la que se manifiesta sobre el factor, no tendrá repercusiones en el futuro, se considera que la extensión del impacto es puntual, ya que las actividades tienen un efecto muy localizado; así también el impacto se manifiesta en poco tiempo, por lo que su persistencia es corta y la reversibilidad del impacto será a corto plazo. No se esperan efectos sinérgicos o acumulativos, ya que no hay un aumento progresivo del impacto, aunque el efecto es directo, sólo es temporal con una recuperabilidad inmediata, ya que existen posibilidades de que el factor retorne a sus condiciones ambientales en corto plazo. Factor ambiental: flora marina (Fitoplancton) y agua de mar. Estos factores serán afectados por las descargas de agua residual de las embarcaciones que reciben un tratamiento secundario, por lo que las descargas serán caracterizadas por presentar bajos contenidos de compuestos de fosfatos, nitratos y materia orgánica, los cuales provocan variaciones en la densidad del

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fitoplancton y a su vez puede provocar variaciones en el contenido de oxigeno en el agua, lo cual, puede catalogarse como impacto adverso. El impacto descrito es considerado adverso, pero poco significativo, en donde el grado de intensidad con el que se manifiesta es medio, por que puede repercutir en la alteración de algunos factores, su extensión es parcial, debido a que las descargas se realizan en diferentes sitios; el tiempo en que puede manifestarse el impacto es a mediano plazo, pero con un efecto de persistencia corta; cabe indicar, que se considera un impacto reversible, el cual es asimilado en forma natural por el entorno; no se considera que tenga repercusiones sinérgicas o acumulativas, en virtud de que no existe un aumento del impacto en el área; el impacto es directo, pero debido a que se manifiesta con una periodicidad irregular (descargas no continuas), se espera a que el factor afectado tenga una recuperabilidad inmediata. Factor ambiental: fauna marina (Zooplancton). El zooplancton al igual que el fitoplancton puede ser afectado por las descargas de agua residual sin tratamiento, alterando las características químicas del agua, así como otros factores indispensables para su desarrollo; en este caso al agua residual generada en las embarcaciones, se le dará un tratamiento secundario, para cumplir con los parámetros de descarga establecidos por la Comisión Nacional del Agua en su concesión y con los parámetros que indica la NOM-001-SEMARNAT-1996, por lo que el resultado después del tratamiento será un líquido claro, con bajos niveles de fosfatos, nitratos y materia orgánica. Para este factor el impacto se determina adverso pero poco significativo con un grado de intensidad media y sin repercusiones en el futuro; su extensión es parcial, debido a que las descargas se realizarán en diferentes sitios de la trayectoria del ducto; el momento de manifestación es a mediano plazo y su persistencia es corta, ya que finalizará cuando se termine la construcción de la obra; la reversibilidad del factor es a mediano plazo, ya que la alteración puede ser asimilada por el ambiente marino en forma lenta; no se presentarán impactos sinérgicos y acumulativos, así también el efecto es directo y con una regularidad de manifestación periódica que significa que las descargas se realizarán de forma intermitente, y se espera que las condiciones del factor se recuperen después de un cierto tiempo. Factor ambiental: fauna marina (necton y especies de interés comercial). Durante la construcción del ducto se realizará el dragado y tendido de la línea regular, así como la instalación de las curvas de expansión generando movimientos del sedimento y turbidez en el agua; por lo tanto, las comunidades que también serán afectadas son los peces, dentro de los cuales se encuentra algunas especies de interés comercial, pero debido a que poseen mecanismos para contrarrestar los

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rigores del medio ambiente, como su piel, escamas y la capa de mucus, podrán minimizar los cambios osmóticos asociados con los cambios de salinidad, temperatura y turbidez (Yánez-Arancibia, 1986). Además de que este tipo de organismos, por lo general pueden desplazarse de un lado a otro sin problema, debido a los mecanismos de locomoción que poseen (Yánez-Arancibia y Sanchez, 1988). Al realizar la evaluación del impacto a este factor se determinó que es adverso y clasificado dentro del rango de los poco significativos, cuya intensidad es baja por lo que no repercutirá a futuro en otros efectos; su extensión es parcial, debido a que el impacto se generará a lo largo de la trayectoria de localización del ducto, el tiempo de manifestación del efecto es inmediato, pero su persistencia es corta; aunque el efecto sea directo, no se presentarán efectos sinérgicos acumulativos y la periodicidad se presentará de forma irregular, es decir, serán durante el tiempo de construcción de la obra, por lo que existe la posibilidad de recuperación del factor a las condiciones ambientales iniciales en forma inmediata, ya que los peces podrán distribuirse nuevamente en la zona del proyecto una vez que hayan finalizado las actividades. Factor ambiental: medio socioeconómico. Derivado de las actividades para la instalación del ducto en la zona marina, algunos factores socioeconómicos, serán impactados con efectos adversos y benéficos. En los aspectos de empleo, comercios y servicios se presentarán impactos positivos, ya que se requerirán en forma temporal; permitiendo por un lado la creación de fuentes de empleo que permitirá al personal técnico de la región que se ha especializado en este tipo de trabajos, tener la posibilidad de acceder a una fuente de trabajo que les permita devengar un salario para la adquisición de bienes y por otro lado, con la demanda de servicios, se prevé la inversión de capital para adquisición de materiales o pago de servicios; cabe señalar, que como se indicó la demanda no será de gran magnitud, por lo que se espera que el impacto sea poco significativo, ya que el grado de su intensidad es bajo, su extensión se refiere a una pequeña área de influencia, el tiempo en que se manifiesta será corto y de persistencia temporal, sin efectos sinérgicos y acumulativos; por ser su periodicidad irregular su recuperabilidad es en poco tiempo. En cuanto efectos adversos, para el manejo de residuos no peligrosos, se requiere el uso de las áreas que son utilizadas para el vertimiento de residuos, lo que, repercutirá en el aumento de los volúmenes generados en la zona en donde se ubica el ducto y el área que es ocupada; cabe señalar, que para evitar un impacto directo en el sitio por contaminación del mar, el manejo de residuos no peligrosos se realizará como se indicó en el capitulo II; así también, en cumplimiento a lo

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normatividad existente y convenios internacionales, se encuentra prohibido realizar descarga de residuos en el mar. Al evaluar el impacto indirecto por el uso del área de vertimiento de residuos municipales, se determinó que es poco significativo y se observa que es de baja intensidad, la extensión puntual; el momento en el que, se expresa el impacto es a mediano plazo y de persistencia temporal. Así también, la reversibilidad de este impacto, será en mediano plazo; no se espera un efecto sinérgico, ya que sólo se afecta un factor ambiental, pero si representa efectos acumulativos, por que provoca un aumento del impacto generado en un área de vertimiento de residuos; se establece que aunque la periodicidad del impacto es irregular, la recuperabilidad se espera a mediano plazo. Impactos significativos. Factor ambiental: fauna marina (bentos). El dragado de la línea regular y de las curvas de expansión afectará a las comunidades bénticas, las cuales se componen de los organismos que se encuentran más tiempo de permanencia en los sedimentos marinos que en la columna de agua (Gold y Herrera, 1996). Cabe mencionar, que la zona en donde se ubica el proyecto está caracterizada por el gran aporte de sedimentos finos limo-arcillosos de los ríos Grijalva-Usumacinta (Yánez-Arancibia y Sánchez, 1988); en estos sedimentos los organismos parecen estar restringidos principalmente a unos pocos centímetros, ocupando por lo regular la capa más oxigenada (Ferris y Ferris, 1979 in: Gold y Herrera, 1996). El impacto que se generará a las comunidades bentónicas se considera como adverso y se encuentra dentro del rango de significativo moderado, cuyo grado de intensidad es alto, por que se manifiesta en la alteración de alguno de los factores del medio; su extensión es parcial, debido a que a este factor se afectará a lo largo de la trayectoria en donde se localiza el ducto, el tiempo de manifestación en que transcurre entre la aparición de la acción y el comienzo del efecto es inmediato, pero con una persistencia temporal; así también, se considera un impacto reversible a mediano plazo, ya que estas comunidades pueden recuperarse en forma lenta, dependiendo del buen funcionamiento de los procesos naturales; no se esperan efectos sinérgicos y acumulativos; el efecto es directo con una periodicidad irregular, es decir, que se presentará una sola vez y que posteriormente exista la posibilidad de recuperación del factor. Impacto por aspectos que pueden ocurrir en condiciones no normales de operación. Bajo condiciones no normales de operación del ducto, un evento que puede tener una contingencia que genere un impacto en el ambiente, puede ser el derrame de

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hidrocarburos como producto de la ruptura del ducto; teniendo como resultado afectaciones directas en los factores siguientes: para el caso de la zona terrestre, se impactaría el suelo, las condiciones hidrológicas, la vegetación; en tanto que para la zona marina, se afectaría la calidad del agua, el lecho marino, la flora y fauna; así también, en forma indirecta se afectaría el factor de la actividad productiva, debido a la perdida de producción durante el control de derrame. Por lo anterior, el impacto de esta clase de evento en el caso de presentarse, tendría un efecto significativo severo, por lo que es necesario aplicar una medida de mitigación correctiva, para las afectaciones generadas. Al respecto, PEMEX Exploración y Producción, cuenta con mecanismos para proceder a aplicar medidas que permitan mitigar el impacto de un derrame en zona terrestre y marina, en ambos casos aplica un “Plan de Contingencias” y normatividad ambiental que existe al respecto; el proceso de mitigación, consiste básicamente en el cierre de operaciones del ducto y en la recuperación de hidrocarburos. Para la zona marina, se aplican los procedimientos que se señalan en los planes de respuesta a emergencia que se presentan en el Anexo No. 14; en tanto que para la zona terrestre, se aplica el plan de contingencias para Instalaciones terrestres que se incluye en el mismo anexo. Al evaluar el posible impacto de un derrame, se determinó que su intensidad es alta, con repercusiones apreciables en el ambiente; en cuanto a la extensión, independientemente de su magnitud espacial, se considera como una situación critica de emergencia; se considera que el plazo en el que se manifiesta el impacto es crítico y permanente, cuyo efecto supone una alteración indefinida; al considerar la aplicación de medidas de mitigación, se determina que puede ser un impacto reversible a mediano plazo; se esperarían efectos sinérgicos, porque actuaría sobre mas de un factor y acumulativos, ya que las afectaciones pueden prolongarse en el tiempo. El efecto es directo o indirecto, y la periodicidad con que se manifieste, puede ser continua, con diferentes alteraciones en el tiempo; se determina como un impacto recuperable, por medio de una acción mitigable, que permita eliminar la alteración provocada.

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VI.- MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES. VI.1.- Descripción de la medida o programa de medidas de mitigación o correctivas por componente ambiental. De acuerdo a los resultados que se obtuvieron en la matriz de evaluación global de impactos, las medidas de mitigación están enfocadas a que sean objetivas y viables para los componentes ambientales impactados. Para la zona terrestre, se presentan las medidas aplicadas para los impactos poco significativos e impactos significativos, respectivamente en los Cuadros No. 59 y 60. En cuanto a la zona marina en los Cuadros No. 61 y 62, se indican las medidas aplicadas para impactos poco significativos e impactos significativos respectivamente. Cuadro No. 59. Medidas de prevención de impactos ambientales poco significativos para la zona terrestre.

Factor ambiental impactado Descripción de Medidas de Prevención

Periodo de aplicación de la

medida Se considera cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas existentes en la materia, por lo que los motores reciben mantenimiento preventivo y correctivo cuando es necesario y/o previo a la realización de alguna actividad. Previendo que las emisiones de gases a la atmósfera, generadas por los motores de combustión de equipos, vehículos y maquinaría, no sobrepasen los límites permisibles.

Aire : Emisiones a la atmósfera Actividad: Las actividades que requieren del uso de equipos, vehículos y maquinaría para la preparación del sitio, construcción, operación y mantenimiento, y abandono del ducto.

Se cumple con los aspectos normativos referentes a la emisión de ruido a través del mantenimiento adecuado y periódico de los equipos, vehículos y maquinaría, utilizados en la instalación del ducto, para que estos sean asimilables por el ambiente; así también, el personal utiliza equipo de seguridad auditivo.

El mantenimiento a motores de equipos, vehículos y maquinaría, se realiza previo o durante el desarrollo de alguna de las actividades del ducto.

Geomorfología: Aprovechamiento del material de relleno del banco de materiales. Actividad: Conformación de vialidad en el derecho de vía en la etapa de preparación del sitio.

El material de relleno será extraído de un banco de materiales existentes y la vialidad será conformada en el derecho de vía (en la zona de manglar), ocupando solo la superficie requerida.

Se considera aplicar la medida durante la etapa de preparación del sitio.

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Cuadro No. 59. Medidas de prevención de impactos ambientales poco significativos para la zona terrestre (Continuación).

Factor ambiental impactado

Descripción de Medidas de Prevención Periodo de aplicación de la medida

Vegetación herbácea: Eliminación de capa vegetal Actividad: Despalme y conformación de vialidad en la etapa de preparación del sitio.

El despalme y conformación de vialidad, se realizará exclusivamente en el derecho de vía y el material orgánico será esparcido en terrenos aledaños para permitir su incorporación al suelo a través de su degradación natural.

Se considera aplicar la medida durante la etapa de preparación del sitio.

Fauna: Aves y reptiles. Actividad: Conformación de vialidad en el derecho de vía en la etapa de preparación del sitio.

Se considera verificar que no existan madrigueras o sitios de anidación de alguna especie de ave o reptil en el sitio en donde se lleve a cabo el despalme y habilitación del derecho de vía. Así también, las actividades se desarrollaran en forma paulatina con la finalidad de que ejemplares de fauna puedan desplazarse hacía otros sitios aledaños.

Se considera aplicar durante la etapa de preparación del sitio.

Paisaje: Percepción visual Actividad: Actividades de las etapas de preparación del sitio y construcción.

Se considera no ocupar espacios aledaños al derecho de vía, para movilizar equipos, vehículos o maquinaria.

Se aplicarán las consideraciones durante la preparación del sitio y construcción.

Medio socioeconómico: Empleo, comercio, servicios y vertederos de residuos no peligrosos. Actividad: Las actividades que requieran estos aspectos durante la preparación del sitio, construcción, operación y mantenimiento, y abandono del ducto.

Los efectos benéficos de este proyecto se presentarán en la accesibilidad de empleo, la adquisición de materiales y la ocupación de servicios; para estos casos se considera contratar personal de la zona, adquirir los materiales cuando estén disponibles en comercios de las localidades cercanas, al igual contratar los servicios que sean requeridos. En cuanto a efectos adversos, se considera utilizar el basurero de Frontera, Tabasco, en donde se depositarán los residuos sólidos no peligrosos que sean generados.

Las medidas consideradas se aplicarán cuando se lleven a cabo actividades durante las etapas del ducto.

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Cuadro No. 60. Medidas de prevención de impactos ambientales significativos para la zona terrestre.

Factor ambiental impactado

Descripción de Medidas de Prevención Periodo de aplicación de la medida

Hidrología superficial: Efecto barrera en el escurrimiento superficial durante el periodo de lluvias. Actividad: Conformación de vialidad en derecho de vía.

Considerando la topografía del terreno, para el terraplén de la vialidad del derecho de vía en la zona de manglar, se recomienda que cuente con tubos de drenaje que permitan que el periodo de lluvias el agua fluya adecuadamente.

Se considera aplicar la medida durante la conformación del terraplén de vialidad en la etapa de preparación del sitio.

Suelo: Estructura y uso actual. Actividad: Apertura de zanja y conformación de vialidad en derecho de vía.

La excavación en el suelo se realizará exclusivamente en el sitio que será alojado el ducto; así también, en cuanto al uso, sólo se ocupará lo considerado técnicamente como necesario para el derecho de vía que es de 13.0 m.

Se considera aplicar estas medidas, respectivamente durante la construcción y operación y mantenimiento del ducto.

Vegetación: Estrato arbóreo y especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001. Actividad: Despalme en zona de manglar.

Para el desmonte, se observará que no se realice derribo de árboles, fuera del área de los 60 metros que hay vegetación de manglar y que dicho desmonte se lleve a cabo en forma manual y direccional al centro de derecho de vía. Cabe señalar, que se derribarán un total de 47 árboles de mangle, que están catalogados en la NOM-059-SEMARNAT-2001, por lo que como medida compensatoria se realizará un programa de reforestación con especies similares a las se afectarían por la instalación de la obra, las cuales son el mangle rojo (Rhizophora mangle L.) y mangle negro (Avicennia germinans).

Se considera aplicar la medida del desmonte durante la etapa de preparación del sitio. Las actividades de reforestación se iniciarán durante la etapa de construcción con un periodo de mantenimiento de la plantación de un año.

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Cuadro No. 61. Medidas de prevención de impactos poco significativos en la zona marina.

Factor ambiental impactado

Descripción de Medidas de Prevención Periodo de aplicación de la medida

Se considera cumplir con los aspectos normativos existente, por lo que los motores reciben mantenimiento preventivo y correctivo cuando es necesario y/o previo a la realización de alguna actividad. Previendo que las emisiones de gases a la atmósfera, generadas por los motores de combustión de embarcaciones y equipos, no sobrepasen los límites permisibles.

Aire : Emisiones a la atmósfera Actividad: Las actividades que requieren el uso de embarcaciones y equipos para la construcción, operación y mantenimiento, y abandono.

Se cumple con los aspectos normativos referentes a la emisión de ruido a través del mantenimiento adecuado y periódico de los equipos utilizados en la instalación del ducto y de operación de las embarcaciones, para que estos sean asimilables por el ambiente; así también, el personal utiliza equipo de seguridad auditivo.

El mantenimiento a motores de equipos y embarcaciones, se realiza previo o durante el desarrollo de alguna de las actividades del ducto.

Aire: Emisión de partículas a la atmósfera Actividad: Protección anticorrosiva de ductos ascendentes en la etapa de construcción.

La aplicación de la protección anticorrosiva del ducto ascendente, se realiza de acuerdo a los procedimientos y especificaciones para el desarrollo de esta actividad, así también, se utilizan las herramientas y pistolas de alta calidad, que evitan la mayor generación de partículas de esmalte. En cuanto a las partículas emitidas, previo al inicio de estas actividades, se suministra al personal el equipo de seguridad requerido para este tipo de trabajos.

Se aplican estas medidas de acuerdo al programa de mantenimiento del ducto, para la actividad de protección anticorrosiva en la sección ascendente.

Agua marina: Descarga de agua residual de embarcaciones. Actividad: Generación de agua residual de las embarcaciones utilizadas en las etapas de construcción, operación, mantenimiento y abandono.

El agua que es utilizada en baños y limpieza de diferentes áreas de las embarcaciones, es tratada a través de un sistema de tratamiento secundario, con la finalidad de que el agua residual que se descarga al mar cumpla con los límites permisibles de contaminantes que marca la NOM-001-SEMARNAT-1996 y la concesión de descarga que emite la Comisión Nacional del Agua.

Esta medida se debe aplicar desde el momento en que se empiecen a realizar las actividades las embarcaciones en la instalación del ducto

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Cuadro No. 61. Medidas de prevención de impactos poco significativos en la zona marina. (Continuación).

Factor ambiental impactado

Descripción de Medidas de Prevención Periodo de aplicación de la medida

Agua marina: Aumento de turbidez. Actividad: Dragado en la etapa de construcción.

Para generar menor turbidez, se verifica que el dragado se realice en forma adecuada en el área de alineamiento del ducto, con el uso de draga de arrastre y con succión de aire a presión; evitando mayor dispersión del sedimento y por consiguiente mayor turbidez.

Esta medida debe aplicarse durante el dragado de la línea regular y la instalación de las curvas de expansión.

Agua marina: Aprovechamiento. Actividad: Prueba hidrostática.

Se ocupará sólo el agua de mar necesaria por una sola vez, para realizar el llenado del ducto y realizar la prueba hidrostática, cumpliendo al realizar esta actividad con la Ley Federal del Mar.

Esta medida debe aplicarse durante la prueba hidrostática.

Lecho marino: Relieve y estructura. Actividad: Dragado.

Como medida de prevención para evitar que se incremente el impacto al relieve y estructura del suelo marino por el dragado, se verifica que esta actividad se realice en el área de alineamiento del ducto, la cual será de 1m x 1m (profundidad y ancho).

Esta medida se debe aplicar desde el momento en que se empiece a realizar el dragado de la línea regular y las curvas de expansión.

Flora marina: Fitoplancton y agua de mar. Actividad: Generación de agua residual de las embarcaciones utilizadas en las etapas de construcción, operación, mantenimiento y abandono.

El agua residual descargada al mar recibe un tratamiento secundario en donde se reducen los niveles de fosfatos, nitratos y materia orgánica, con lo cual se disminuyen las variaciones en las poblaciones de fitoplancton y características químicas del agua de mar; cabe señalar, que el agua residual vertida cumple con las condiciones de descarga de la concesión de descarga que emite la Comisión Nacional del Agua y de los límites los límites permisibles de contaminantes que señala la NOM-001-SEMARNAT-1996.

Esta medida se debe aplicar desde el momento en que se empiecen a realizar las actividades las embarcaciones en la instalación del ducto

Fauna marina: Necton y especies de interés comercial. Actividad: Tendido del ducto. Generación de agua residual de las embarcaciones utilizadas en las etapas de construcción.

Se verifica que el ducto se instale en forma adecuada en el área de alineamiento del ducto, evitando mayor dispersión del sedimento y por consiguiente mayor turbidez. El agua residual generada, es tratada con un sistema tipo secundario, lo que permite reducir sus cantidades de fosfatos, nitratos y materia orgánica, en apego a la NOM-001-SEMARNAT-1996 y la concesión de descarga que emite la Comisión Nacional del Agua

Estas medidas se deben aplicar durante la instalación del ducto y en el momento en que se empiecen a realizar actividades las embarcaciones.

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Cuadro No. 61. Medidas de prevención de impactos poco significativos en la zona marina. (Continuación).

Factor ambiental impactado Descripción de Medidas de Prevención Periodo de aplicación

de la medida Medio socieconómico: Empleo, comercio y servicios. Actividad: Las actividades que lo requieran durante la construcción, operación y mantenimiento, y abandono.

Efectos benéficos: Se contratará personal de la zona; y para prevenir accidentes, se cuenta con el equipo de seguridad de acuerdo a las actividades que desarrollen. Los recursos alimenticios para el personal serán adquiridos en volúmenes requeridos en los comercios de locales. El combustible diesel, para el uso de las embarcaciones, será adquirido de comercios locales. Efectos adversos: Los residuos no peligrosos, se depositarán en el vertedero municipal de Cd. del Carmen, Campeche; por lo que serán transportados en tambos debidamente rotulados y tapados.

Estas medidas se aplicarán cuando se realice alguna actividad del ducto durante la construcción, operación y mantenimiento, y abandono.

Factor ambiental: Actividades productivas (Industria) Actividad: Transporte de hidrocarburos en la etapa de operación.

Se considera un impacto positivo, en este caso se debe desarrollar el proyecto de acuerdo a la normatividad ambiental y especificaciones técnicas de instalación, para evitar impactos ambientales por el mal funcionamiento del ducto.

Esta medida se aplicará durante toda la vida útil del ducto.

Cuadro No. 62. Medidas de prevención de impactos significativos en la zona marina.

Factor ambiental impactado

Descripción de Medidas de Prevención Periodo de aplicación de la medida

Fauna: Bentos Actividad: Dragado en la etapa de construcción.

Para evitar el mayor impacto de los organismos bentónicos en la zona del proyecto por el dragado, como medida preventiva, esta actividad se verifica que se realice sólo en el sitio destinado para el alojamiento del ducto, por lo que no se debe sobrepasar las superficies indicadas de acuerdo al diseño del ducto.

Esta medida debe aplicarse durante el dragado de la línea regular y curvas de expansión.

Las medidas de mitigación que se establecen en el cuadro No. 63, se proponen para algún evento de derrame que pudiera ocurrir bajo condiciones no normales de operación, es decir, se plantea en el caso de generarse este impacto potencial en el área en donde se ubica el ducto.

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Cuadro No. 63. Medidas de mitigación de impactos por un evento de posible derrame de hidrocarburos. Factor ambiental afectado: Lecho marino (características físicas y químicas), agua marina (características físicas, químicas y turbidez), flora (fitoplancton), fauna (zooplancton, bentos, necton, especies de interés comercial) y actividades productivas (industria). Aspecto: Posible derrame de hidrocarburos. Medida de mitigación: Como medida de mitigación en caso de que se produzca un derrame de hidrocarburos y genere un impacto ambiental en el medio, se aplicarán las fases de respuesta a emergencias del Plan de Respuesta a Contingencias Ambientales por Derrames de Hidrocarburos en la Sonda de Campeche que incluye: Notificación, evaluación, operaciones de respuesta, reporte de operaciones y seguimiento y terminación de operaciones de respuesta. Asimismo se deberá realizarse lo siguiente: - Detener los equipos relacionados al transporte del hidrocarburo. - Dar aviso de inmediato a la autoridad ambiental. - Al recibir el reporte de aviso de fuga o derrame, las áreas operativas de PEMEX, deben proceder a su atención, para lo cual la actividad inicial es el traslado de equipo, personal y materiales de apoyo al lugar del derrame. - En el lugar del derrame se deberá instalar barreras contenedoras de hidrocarburos para evitar que estos sigan extendiéndose y afectando una superficie mayor. -Ubicar los equipos de recuperación de hidrocarburos (motobombas centrífugas, neumáticas, unidades de presión y vacío, etc.) en el sitio del derrame para bombear los hidrocarburos a unidades de transporte (tanques de almacenamiento). - Los hidrocarburos que por la fuerza de la corriente o por las condiciones de maniobras no puedan ser contenidos y recuperados, deberán ser atrapados con la aplicación de absorbentes. - Los absorbentes deben ser de origen orgánico, biodegradable, no tóxico, con capacidad mínima de absorción: tres veces su propio peso y retención del 97 al 99%. - El uso de estos productos deberá ser autorizado por la SEMARNAT, por lo que no deben aplicarse productos sintéticos. - Los hidrocarburos deberán manejarse por empresas especializadas en esta actividad. Especificaciones técnicas y/o procedimientos aplicables: La recuperación de hidrocarburos deberá realizarse de acuerdo al: -Procedimiento para la restauración de áreas contaminadas con hidrocarburos 249-28900-MA-117-0018 de PEMEX-Explotación y Producción. -Los procedimientos del Plan regional de respuesta a contingencias ambientales por derrames de hidrocarburos en la Sonda de Campeche Periodo de aplicación de la medida: Esta actividad se realiza hasta que se haya recuperado la mayor parte de los hidrocarburos derramados. VI.2.- Impactos residuales. Los impactos residuales, son aquellos cuyos efectos permanecen en el ambiente después de aplicar las medidas de mitigación. En el Cuadro No. 64, se indican los

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impactos para los cuales se observa que permanecerán algunos efectos tanto en la zona terrestre como marina. Cuadro No. 64. Impactos residuales en la zona terrestre y marina.

Factor ambiental impactado Impacto residual

Zona terrestre Vegetación herbácea Con la conformación del terraplén de vialidad se

impide se regenere la cubierta herbácea; así también, periódicamente se realiza limpieza en el derecho de vía.

Hidrología superficial Con la conformación del terraplén de vialidad en la zona de manglar se impedirá el escurrimiento del agua durante el periodo de lluvias.

Suelo. Al ser enterrado el ducto, se modificara la estructura del suelo en el sitio la zanja en donde se realiza la excavación. Así también, en derecho de vía se cambiará el uso del suelo; para ambos casos estas consideraciones se mantendrán durante el tiempo que opere el ducto.

Vegetación arbórea y especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001.

En el derecho de vía no se podrá establecer vegetación arbórea durante el tiempo que opere el ducto. Así también, con el derribo de árboles de mangle, se perderán ejemplares de mangle rojo (Rhizophora mangle L.) y mangle negro (Avicennia germinans).

Zona marina

Lecho marino. Al quedar enterrado el ducto se modificara permanentemente la estructura del suelo marino.

Fauna (bentos). Al realizar el dragado se removerán los organismos bentónicos que se encuentren situados en el trazo del ducto y estos espacios podrán ser ocupados por otros organismos posteriormente.

En general se determina que los impactos al ser evaluados, resultan en su mayoría valorizados dentro de la categoría de poco significativos (asimilables por el medio y con medidas regulatorias establecidas), moderados (asimilables por el medio cuando son controlados con medidas preventivas o de mitigación) y severos en el caso de algún posible derrame (cuando se afecta un factor ambiental y es necesario aplicar una medida de mitigación correctiva); por ello es necesario aplicar las medidas de prevención y mitigación descritas en los cuadros anteriores. La aplicación de las medidas preventivas y de mitigación durante el proyecto permitirá tener un control de las actividades de acuerdo a la normatividad ambiental y técnica que marca PEMEX-Exploración y producción en materia de operación, mantenimiento, seguridad y protección ambiental.

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Los residuos sólidos y líquidos peligrosos generados durante el desarrollo del proyecto se controlarán a través de empresas especializadas en apego a la normatividad ambiental y técnica requerida. En las matrices de evaluación no se consideró como una actividad la generación de residuos sólidos y líquidos peligrosos, debido a que la generación no es una actividad propia del desarrollo del proyecto.

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VII.- PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, LA EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS. VII.1.- Pronósticos de escenario. Para realizar el pronóstico del escenario ambiental, se consideraron las condiciones ambientales existentes en el sitio en donde se ubica la obra y los impactos que derivarán de las diferentes actividades en las etapas de desarrollo del proyecto. Lo anterior, con la finalidad de establecer la correspondencia entre las medidas de mitigación aplicadas y las condiciones del medio esperadas por el establecimiento del ducto; la proyección se realizó por separado para los ambientes terrestre y marino. Zona terrestre. En esta zona, los impactos al medio causados por emisiones a la atmósfera, emisión de ruido y generación de residuos no peligrosos; tendrán efectos en el escenario en forma temporal, ya que se considera cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas y otras regulaciones existentes en la materia, por lo que no se espera la presencia de estos aspectos en el escenario durante la operación del ducto. En cuanto al desplazamiento de la fauna a sitios aledaños; es un efecto temporal que solo ocurrirá durante las etapas de preparación del sitio y construcción del ducto, debido a la presencia de agentes externos o la ejecución de las actividades de estas etapas; por lo que una vez concluidas, se espera que este factor ambiental se restablezca. Con respecto al paisaje, se espera que las cualidades visuales, se afecten temporalmente por la perdida de vegetación y la incidencia de maquinaria y equipos; en donde no se modifican cualidades únicas o visuales del entorno; en tanto que para la fase de operación y mantenimiento, no se espera en el escenario un cambio drástico en virtud de que el ducto queda enterrado en el suelo y bajo esta consideración, solo será apreciable la perdida de vegetación arbórea en un relicto de mangle que ocupa 60 m en el trazo del ducto. En escenario final, no se espera generar infraestructura relacionada con aspectos de servicios públicos y de comercios, o modificar las actividades socioeconómicas prevalecientes en sitio en donde se ubica el ducto. Como escenario final, se podrá apreciar la perdida de vegetación arbórea en un tramo del ducto y cuyas especies de manglar están catalogadas bajo protección

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especial por la NOM-059-SEMARNAT-2001, esta pérdida se prevé compensar con la ejecución de un programa de reforestación. El cambio de uso de suelo en el derecho de vía del ducto, es otro de los aspectos esperados en el escenario final hasta cumplir con el periodo de vida del ducto, en este sentido PEMEX, realiza las gestiones para que se declare y establezca el derecho de vía en cumplimiento a la Ley General de Bienes Nacionales. Así también, la conformación del terraplén en la vialidad dentro del derecho de vía, en la zona de manglar, puede tener efectos negativos en el adecuado desplazamiento del agua superficial durante el periodo de lluvias. Por lo que al respecto es recomendable que el terraplén cuente con escurrideros, para prevenir que no se obstruya completamente el escurrimiento de agua. Zona marina. Los impactos causados al medio por emisiones a la atmósfera, emisión de ruido, y descarga de agua residual; tendrán efectos en el escenario en forma temporal, ya al cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas y otras regulaciones aplicables; se espera puedan ser asimilables por el ambiente; por lo que, su presencia en el escenario final durante la operación del ducto, no será perceptible. Con relación a los efectos en el lecho marino se espera que los efectos se presenten en la etapa de construcción al realizar las actividades de dragado en la línea regular, tendido del ducto y colocación de curvas de expansión, cambiando la estructura del piso al quedar alojado el ducto en la sección que es dragada; al respecto cabe señalar, que el espesor de la capa de sedimentos en donde se ubicará el ducto varía de 1.95 m cerca de la costa hasta 8.20 m cerca de la plataforma May-B, por lo que se considera que al dragarse 1.0 m en ancho por 1.0 m de profundidad, no genera una afectación significativa, así también, una vez que se realiza el tendido los sedimentos se depositan en forma natural sobre el ducto. En cuanto a factores como son la flora (fitoplancton) y fauna (zooplancton, necton y especies de interés comercial); se espera que los efectos en sus poblaciones sean temporales; ya que son afectados por la descarga de agua residual y la turbidez generada al dragar y tender el ducto, lo cual es asimilado por el medio en un corto plazo, debido a las condiciones dinámicas de las corrientes que se presentan en el área. En el escenario final, no se genera infraestructura relacionada con aspectos de servicios públicos y de comercios, o modificar las actividades socioeconómicas prevalecientes en zona de influencia de la obra.

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Como escenario al finalizar la construcción del ducto, se podrá apreciar la perdida de fauna bentónica, la cual se espera se restablezca en un mediano plazo; como medida preventiva es necesario verificar que el dragado y tendido, se realice en el sitio en donde se alojará el ducto de acuerdo al plano de alineamiento. VII.2.- Programa de vigilancia ambiental. Las obras que desarrolla PEMEX, Exploración y Producción, bajo contrato, incluyen la obligatoriedad por parte del contratista de dar cumplimiento a la legislación y normatividad ambiental nacional vigente, y lo señalado en el Anexo “S” denominado “Disposiciones en Materia de Seguridad Industrial y Protección Ambiental que Deben Cumplir los Proveedores o Contratistas de PEMEX Exploración y Producción”. Objetivos. El programa de vigilancia ambiental persigue los siguientes objetivos: Verificar que durante el desarrollo del ducto se lleven a cabo las medidas de mitigación y compensación previstas en la Manifestación de Impacto Ambiental. Verificar el manejo adecuado de residuos peligrosos y no peligrosos, así como su registro en las bitácoras de generación. Así también, el cumplimiento a la normatividad ambiental vigente. Aplicar las medidas que eviten causar daño a las especies vegetales y animales. Durante la etapa de operación y mantenimiento, las labores de vigilancia ambiental serán ejecutadas por personal de PEMEX Exploración y Producción en las instalaciones tanto en la zona terrestre como marina, con la finalidad de dar cumplimiento a las medidas de mitigación indicadas en la manifestación de impacto ambiental, así como los términos y condicionantes de la autorización de impacto ambiental. Programa de vigilancia ambiental para el proyecto en zona terrestre. En el Cuadro No. 65 se presenta el programa de vigilancia que se aplicará durante el desarrollo del proyecto en zona terrestre, en donde se indican las medidas de prevención y/o mitigación, su seguimiento y el procedimiento de supervisión aplicable.

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Cuadro No. 65. Programa de vigilancia ambiental en zona terrestre. Medidas de Prevención y/o mitigación Seguimiento Procedimiento de

supervisión Se considera cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas existentes en la materia, por lo que los motores reciben mantenimiento preventivo y correctivo cuando es necesario y/o previo a la realización de alguna actividad. Previendo que las emisiones de gases a la atmósfera, generadas por los motores de combustión de equipos, vehículos y maquinaría, sobrepasen los límites permisibles.

Se cumple con los aspectos normativos referentes a la emisión de ruido a través del mantenimiento adecuado y periódico de los equipos utilizados en la instalación del ducto, para que estos sean asimilables por el ambiente; así también, el personal utiliza equipo de seguridad auditivo.

El mantenimiento a motores de equipos, vehículos y maquinaría, se realiza previo o durante el desarrollo de alguna de las actividades del ducto.

Estas actividades se llevan a cabo a través de contratistas, por lo que PEMEX establece en sus contratos, que cuenten con especialistas ambientales para el seguimiento y/o realización de las medidas de mitigación, así como la vigilancia del cumplimiento de la normatividad ambiental vigente. El contratista, entregará informes a PEMEX del control ambiental que se realiza durante el desarrollo de sus actividades.

El material de relleno será extraído de un banco de materiales existentes y la vialidad será conformada en el derecho de vía ocupando solo la superficie requerida para el adecuado traslado de vehículos, maquinaria y equipos.

Se considera aplicar la medida durante la etapa de preparación del sitio.

Se verificará que la extracción de materiales sea a través de bancos autorizados y el cumplimiento a esta medida, así como supervisión directa en sitio por personal de PEMEX.

El despalme y conformación de vialidad, se realizará exclusivamente en el derecho de vía y el material orgánico será esparcido en terrenos aledaños para permitir su incorporación al suelo a través de su degradación natural.

Se considera aplicar la medida durante la etapa de preparación del sitio.

El contratista, entregará informes y reportes a PEMEX del cumplimiento de esta medida. Así también el personal de PEMEX lo verificará en sitio.

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Cuadro No. 65. Programa de vigilancia ambiental en zona terrestre. (Continuación). Medidas de Prevención y/o mitigación Seguimiento Procedimiento de

supervisión Se considera verificar que no existan madrigueras o sitios de anidación de alguna especie de ave o reptil en el sitio en donde se lleve a cabo el despalme y habilitación del derecho de vía. Así también, las actividades se desarrollaran en forma paulatina con la finalidad de que ejemplares de fauna puedan desplazarse hacía otros sitios aledaños.

Se considerar aplicar durante la etapa de preparación del sitio.

Se considera no ocupar espacios aledaños al derecho de vía, para movilizar equipos, vehículos o maquinaria.

Se aplicaran las consideraciones durante la preparación del sitio y construcción.

El contratista deberá llevar a cabo las actividades conforme a sus procedimientos de control ambiental. El contratista, entregará informes y reportes a PEMEX del cumplimiento de esta medida. Así también el personal de PEMEX lo verificará en sitio.

Los efectos benéficos de este proyecto se presentarán en la accesibilidad de empleo, la adquisición de materiales y la ocupación de servicios; para estos casos se considera contratar personal de la zona, adquirir los materiales cuando estén disponibles en comercios de las localidades cercanas, al igual contratar los servicios que sean requeridos. En cuanto a efectos adversos, se considera utilizar los vertederos de residuos de Frontera, Tabasco, en donde se depositaran los residuos sólidos no peligrosos que sean generados.

Las medidas consideradas se aplicaran cuando se lleven a cabo actividades durante las etapas del ducto.

Estas medidas se llevarán a cabo a través del contratista. El contratista contará con las autorizaciones correspondientes para el manejo y disposición de sus residuos.

Considerando la topografía del terreno, para el terraplén de la vialidad del derecho de vía en la zona de manglar, se recomienda que cuente con tubos de drenaje que permitan que el periodo de lluvias el agua fluya adecuadamente.

Se considera aplicar la medida durante la conformación del terraplén de vialidad en la etapa de preparación.

La excavación en el suelo se realizará exclusivamente en el sitio que será alojado; así también, en cuanto al uso, solo se ocupara lo considerado técnicamente como necesario para el derecho de vía que es de 13.0 m.

Se considera aplicar estas medidas, respectivamente durante la construcción y operación y mantenimiento del ducto.

El contratista llevará a cabo las actividades conforme a sus procedimientos de control ambiental. El contratista, entregará informes y reportes a PEMEX del cumplimiento de estas medidas. Así también el personal de PEMEX lo verificará en sitio.

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Cuadro No. 65. Programa de vigilancia ambiental en zona terrestre. (Continuación). Medidas de Prevención y/o mitigación Seguimiento Procedimiento de

supervisión Durante del despalme al realizar el desmonte se observará que se realice en el área seleccionada para el derecho de vía en 60 metros que hay vegetación de manglar y que dicho desmonte se realice en forma manual y direccional al centro de derecho de vía. Cabe señalar que se derribaran un total de 47 árboles de mangle, que están catalogados en la NOM-059-SEMARNAT-2001, por lo que como medida compensatoria se realizará un programa de reforestación con especies las se afectarían por la instalación de la obra, las cuales son el mangle rojo (Rhizophora mangle L.) y mangle negro (Avicennia germinans).

Se considera aplicar esta medida durante la etapa de preparación del sitio. Las actividades de reforestación se iniciarán durante la etapa de construcción con un periodo de mantenimiento de la plantación de un año.

El contratista, entregará informes y reportes a PEMEX del cumplimiento de esta medida. Así también el personal de PEMEX lo verificará en sitio. PEMEX llevará a cabo el programa de reforestación, el cual se realizará a través de una empresa especializada en este tipo de actividades.

Programa de vigilancia ambiental para el proyecto en zona marina. En el cuadro No. 66 se presenta el programa de vigilancia que se aplicará durante el desarrollo del proyecto en zona marina. Cuadro No. 66. Programa de vigilancia ambiental en zona marina.

Medidas de Prevención y/o mitigación Seguimiento Procedimiento de supervisión

Se considera cumplir con los aspectos normativos existentes en cuanto a emisiones a la atmósfera, por lo que los motores reciben mantenimiento preventivo y correctivo cuando es necesario y/o previo a la realización de alguna actividad. Previendo que las emisiones no sobrepasen los límites permisibles.

El mantenimiento a motores de equipos y embarcaciones, se realiza previo o durante el desarrollo de alguna de las actividades del ducto.

PEMEX establece en sus contratos, que los contratistas cuenten con especialistas ambientales para el seguimiento de las medidas de mitigación y el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente. El contratista, entregará informes a PEMEX del control ambiental que se realiza.

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Cuadro No. 66. Programa de vigilancia ambiental en zona marina. (Continuación). Medidas de Prevención y/o mitigación Seguimiento Procedimiento de

supervisión Se cumple con los aspectos normativos referentes a la emisión de ruido a través del mantenimiento adecuado y periódico de los equipos utilizados en la instalación del ducto y de operación de las embarcaciones, así también, el personal utiliza equipo de seguridad auditivo.

El mantenimiento a motores de equipos y embarcaciones, se realiza previo o durante el desarrollo de alguna de las actividades del ducto.

La aplicación de la protección anticorrosivo del ducto ascendente, se realiza de acuerdo a los procedimientos y especificaciones para el desarrollo de esta actividad, así también, se utilizan las herramientas y pistolas de alta calidad, que evitan la mayor generación de partículas de esmalte. En cuanto a las partículas emitidas, previo al inicio de estas actividades, se suministra al personal el equipo de seguridad requerido para este tipo de trabajos.

Se aplican estas medidas de acuerdo al programa de mantenimiento del ducto, para la actividad de protección anticorrosivo en la sección ascendente.

El agua que es utilizada en baños y limpieza de diferentes áreas de las embarcaciones, son tratadas a través de un sistema de tratamiento, con la finalidad de que el agua residual que se descarga al mar cumpla con los límites permisibles de contaminantes que marca la NOM-001-SEMARNAT-1996 y la concesión de descarga que emite la Comisión Nacional del Agua.

Esta medida se debe aplicar desde el momento en que se empiecen a realizar las actividades las embarcaciones en la instalación del ducto

Para generar menor turbidez, se verifica que el dragado se realice en forma adecuada en el área de alineamiento del ducto, con el uso de draga de arrastre y con succión de aire a presión; evitando mayor dispersión del sedimento y por consiguiente mayor turbidez.

Esta medida debe aplicarse durante el dragado de la línea regular y la instalación de las curvas de expansión.

PEMEX establece en sus contratos, que los contratistas cuenten con especialistas ambientales para el seguimiento y/o realización de las medidas de mitigación, así como la vigilancia del cumplimiento de la normatividad ambiental vigente. El contratista, entregará informes a PEMEX del control ambiental que se realiza durante el desarrollo de sus actividades.

Se ocupara solo el agua de mar necesaria por una sola vez, para realizar el llenado del ducto y realizar la prueba hidrostática, cumpliendo al realizar esta actividad con la Ley Federal del Mar.

Esta medida debe aplicarse durante la prueba hidrostática.

Como medida de prevención para evitar que se incremente el impacto al relieve y estructura del suelo marino por el dragado, se verifica que esta actividad se realice en el área de alineamiento del ducto, la cual será de 1m x 1m (profundidad y ancho). .

Esta medida se debe aplicar desde el momento en que se empiece a realizar el dragado de la línea regular y las curvas de expansión.

El contratista, entregará informes y reportes a PEMEX del cumplimiento de esta medida. Así también el personal de PEMEX lo verificará en sitio.

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Cuadro No. 66. Programa de vigilancia ambiental en zona marina. (Continuación).

Medidas de Prevención y/o mitigación Seguimiento Procedimiento de supervisión

El agua residual descargada al mar, recibe un tratamiento secundario en donde se reducen los niveles de fosfatos, nitratos y materia orgánica con lo cual se evita crear variaciones en las poblaciones de fitoplancton y propiedades químicas; cabe señalar que agua residual vertida la mar cumple con las condiciones de descarga de la concesión de descarga que emite la Comisión Nacional del Agua y de los límites los límites permisibles de contaminantes que señala la NOM-001-SEMARNAT-1996.

Esta medida se debe aplicar desde el momento en que se empiecen a realizar las actividades las embarcaciones en la instalación del ducto

Estas medidas deberán llevarse a cabo a través del contratista . Éste deberá contar con los sistemas de tratamiento en sus embarcaciones y las autorizaciones correspondientes para descarga. El contratista, entregará informes y reportes a PEMEX del cumplimiento de esta medida.

Para reducir el impacto sobre el necton y especies de interés comercial, se verifica que el ducto se instale en forma adecuada en el área de alineamiento del ducto, evitando mayor dispersión del sedimento y por consiguiente mayor turbidez. Así también, el agua residual generada, es tratada con un sistema tipo secundario, lo que permite reducir sus cantidades de fosfatos, nitratos y materia orgánica, en apego a la NOM-001-SEMARNAT-1996 y la concesión de descarga que emite la Comisión Nacional del Agua

Estas medidas se deben aplicar durante la instalación del ducto y en el momento en que se empiecen a realizar actividades las embarcaciones.

Esta actividad se lleva a cabo conforme a los procedimientos técnicos del contratista, por lo que PEMEX supervisará el cumplimiento de esta medida. El contratista, entregará informes y reportes a PEMEX del cumplimiento de esta medida.

Los residuos sólidos no peligrosos, se depositaran en el vertedero municipal de Cd. del Carmen, Campeche; por lo que serán transportados en tambos debidamente rotulados y tapados.

Esta medida se aplicará cuando se realice alguna actividad del ducto durante la construcción, operación y mantenimiento, y abandono.

El contratista contará con las autorizaciones correspondientes para la disposición de sus residuos. El contratista, entregará informes a PEMEX del cumplimiento.

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Cuadro No. 66. Programa de vigilancia ambiental en zona marina. (Continuación). Medidas de Prevención y/o mitigación Seguimiento Procedimiento de

supervisión Se considera un impacto positivo para la industria y en éste caso se debe desarrollar el proyecto de acuerdo a la normatividad ambiental y especificaciones técnicas de instalación, para evitar impactos ambientales por el mal funcionamiento del proyecto.

Esta medida se aplicará durante toda la vida útil del proyecto.

La operación, transporte y control del ducto será vigilado por personal de PEMEX de acuerdo a la normatividad interna para éste tipo de obras.

Para evitar el mayor impacto de los organismos bentónicos en la zona del proyecto por el dragado, como medida preventiva, esta actividad se verifica que se realice sólo en el sitio destinado para el alojamiento del ducto, por lo que no se debe sobrepasar las superficies indicadas de acuerdo al diseño del ducto.

Esta medida debe aplicarse durante el dragado de la línea regular y curvas de expansión.

El contratista, entregará informes y reportes a PEMEX del cumplimiento de esta medida.

VII.3.- Conclusiones Del análisis realizado al proyecto, en cuanto a sus actividades en cada una de las etapas del desarrollo, al inventario del sistema ambiental, la identificación y evaluación de los impactos ambientales y las medidas de mitigación, se concluye lo siguiente: Localización. El proyecto se encuentra localizado geográficamente a 19 Km. de la ciudad de Frontera, cerca del ejido Nuevo Centla que pertenece al municipio de Centla, Tabasco. El oleogasoducto es un proyecto de tipo lineal con una longitud de 10.3 Km.; en donde 0.52 Km. (5%) se ubican en la zona terrestre y 9.78 Km. (95%) en la zona marina. Superficies a ocupar. -La superficie a ocupar en la zona terrestre es de 6,760.0 m2 y para la zona marina, se considera una superficie de 9,780.0 m2, para un área total de 16,540.0 m2. Superficie a afectar con respecto a cobertura vegetal: La superficie vegetal que ocupará el tramo terrestre del ducto es de 780m2 (4.7 %) de manglar y 5,330 m2 (32 %) de pastizal, los cuales corresponden a la longitud que

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atravesará el ducto por éstos tipos de vegetación (60 m en manglar y 410 m en pastizal), por el ancho del derecho de vía que es de 13 m; cabe señalar que 50 m corresponden a un área de playa. Superficie para obras asociadas: No se realizará ningún tipo de obra asociada o de servicio permanente. Generación y manejo de residuos. Durante el desarrollo de la obra tanto en la zona marina como terrestre, se generarán diversos tipos de residuos en forma directa o indirecta, tales como: residuos sólidos peligrosos y no peligrosos, agua residual y emisiones a la atmósfera. Residuos sólidos peligrosos: serán manejados por empresas especializadas y autorizadas para cumplir con el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Residuos Peligrosos. Residuos sólidos no peligrosos: los generados en la zona terrestre serán depositados en el basurero de Frontera, Tabasco y los que se generen en la zona marina, se depositarán en el basurero de Cd. del Carmén , Campeche. Residuos líquidos no peligrosos: las embarcaciones contaran con un sistema de tratamiento, para que las descargas de agua residual no sobrepasen los límites permisibles que señala la NOM-001-SEMARNAT-1996 y se cumpla con la concesión para la descarga que emita la Comisión Nacional del Agua. Residuos líquidos peligrosos: serán manejados por empresas especializadas y autorizadas para cumplir con el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Residuos Peligrosos. Emisiones a la atmósfera: se realizará mantenimiento preventivo y correctivo a equipos y motores de las embarcaciones que generan emisiones a la atmósfera; así también, para la zona terrestre se aplicarán actividades de mantenimiento a vehículos, equipos y maquinaria. Planes, programas y autorizaciones ambientales. Planes de Ordenamiento Ecológico del Territorio: La zona en donde se ubica el oleogasoducto, tanto en su trayectoria marina como terrestre, no cuenta con planes de ordenamiento ecológico del territorio decretados, ya sean de carácter general, regional, marino o local, por tanto no se existen criterios

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ecológicos aplicables a Unidades de Gestión Ambiental. Por lo que las actividades de esta obra y sus impactos ambientales, están referidos a normas oficiales mexicanas, leyes y reglamentos ambientales. Programa de Desarrollo Urbano del Municipio de Centla, Tabasco: El Oleogasoducto, es compatible con las políticas marcadas en el Programa de Desarrollo Urbano Local, ya que el marco físico con que se conforma la estructura urbana actual de la ciudad de Frontera, no se verá alterada por ningún elemento de la infraestructura propia y necesaria para los fines del proyecto, en virtud de que el oleogasoducto en su trayectoria terrestre (5% de su longitud total), se encuentra ubicado en una zona en donde el uso de suelo actual, es propiamente para actividades agropecuarias. Decretos y Programas de Manejo de Áreas Naturales Protegidas: De acuerdo al registro del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SINAP) y del Sistema Estatal de Áreas Naturales Protegidas del Estado de Tabasco, se determinó que en la zona en donde se ubica el proyecto tanto en su parte terrestre como marina, no existe ninguna área declarada o dentro del listado de ambos sistemas. Autorizaciones de impacto ambiental que preceden al oleogasoducto: El oleogasoducto de 16” de diámetro x 10.3 Km. de Costero a May-B, es una obra complementaria del proyecto denominado “Crudo Ligero Marino”, el cual fue evaluado en materia de impacto ambiental a través de un Manifiesto de Impacto Ambiental en modalidad regional y que fue autorizado mediante el resolutivo No. S.G.P.A.-DGIRA.-02559 de fecha del 02 de julio de 2001. Así también, para el campo costero se cuenta con las siguientes autorizaciones: autorización en materia de Impacto y Riesgo Ambiental del proyecto “Construcción de infraestructura para perforar los pozos de desarrollo costero 12, 13, 31 y 33”, emitida por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental mediante oficio resolutivo No. S.G.P.A.-DGIRA.-1918/02 de fecha 12 de diciembre de 2002 y autorización en materia de impacto y riesgo ambiental del proyecto “Construcción del camino de acceso, plataforma de perforación y presas localización exploratorio Costero DL-1, proyecto Litoral de Tabasco”, emitida por la Dirección General de Ordenamiento Ecológico e Impacto Ambiental mediante oficio resolutivo D.O.O.DGOEIA.-0433 de fecha 17 de febrero de 1998.

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Diagnóstico ambiental. La plataforma continental del estado de Tabasco (zona sobre la cual se instalará la mayor parte del ducto), se ubica dentro de la Plataforma Oriental de México (Antoine, 1972); la cual presenta una estructura compleja y está indicada por largos pliegues paralelos relacionados con los movimientos verticales de sal a través de sedimentos suprayacentes (Ayala, 1990). Con base en la clasificación propuesta por Antoine (1972), la zona donde se instalará el ducto, se localiza en la Quinta Provincia denominada Marina de Coatzacoalcos y específicamente a la cuenca Marina de Campeche. Tectónicamente el área es una costa de mar marginal, que por su origen se considera como “costa primaria de depositación”, que se ha conformado principalmente al deposito de ríos y presencia de deltas; como son la desembocadura de los ríos Grijalva, San Pedro y San Pablo. La zona de influencia terrestre en donde se instalará el ducto, se encuentra ubicada sobre una superficie plana, la cual está constituida principalmente por conglomerados polímicticos del Terciario, cuyos clásticos son de caliza y arenisca principalmente, la matriz es arenosa y el cementante está formado por sílice y carbonato, la permeabilidad es media; no existen aprovechamientos en esta unidad pero se considera con posibilidades de funcionar como acuífero. Bajo estas consideraciones, para el diagnóstico se establecieron los criterios siguientes: Criterios de valoración: Normativos. Para todas las etapas de desarrollo del oleogasoducto, se cuenta con Normas Oficiales Mexicanas que regulan las actividades de instalación y mantenimiento de transporte de hidrocarburos, descarga de aguas residuales, emisiones a la atmósfera, manejo de residuos peligrosos y protección de especies de flora y fauna. Por lo que bajo este esquema, PEMEX, Exploración y Producción, en sus contratos incluye la obligatoriedad, por parte de los contratistas de dar cumplimiento a la legislación y normatividad ambiental nacional vigente, y lo señalado en el Anexo “S” denominado “Disposiciones en Materia de Seguridad Industrial y Protección Ambiental que Deben Cumplir los Proveedores o Contratistas de PEMEX Exploración y Producción”. Criterios de valoración: Diversidad. El ambiente marino, no presenta elementos con particularidades especiales que pudieran ser afectados por la trayectoria del ducto o por las actividades a realizar durante sus etapas.

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El ambiente terrestre presenta dos elementos, la vegetación de pastizal y la vegetación de manglar, siendo esta ultima catalogada de importancia ecológica, debido al estatus de protección especial en que se encuentran las dos especies que lo conforman en el área de trayectoria del ducto: el mangle rojo y el mangle blanco. Cabe señalar que estas especies presentan perturbación por su aprovechamiento y la expansión de la frontera agropecuaria. Criterios de valoración: Rareza. El área de influencia marina no muestra la presencia de recursos con la característica de este criterio. En el área de influencia terrestre tampoco se encuentran recursos con la característica de este criterio, ya que existe una extensa zona de manglar, ubicada en zonas de marismas, el delta del Río San Pedro y San Pablo y lagunas costeras. Criterios de valoración: Naturalidad. El ambiente marino en el área de influencia del proyecto, es una zona en la cual se realizan actividades pesqueras, que inciden en la composición de la biocenosis que de esta manera es afectada y con un grado de perturbación por las actividades humanas, la instalación y operación del ducto no aumentará ni disminuirá estas actividades humanas. El ambiente terrestre presenta una alta perturbación de las condiciones naturales ya que el uso del suelo ha sido modificado, por las actividades agropecuarias, extendiendo la frontera agropecuaria a costa de modificar la vegetación natural, en el caso del manglar, aún cuando el área de influencia presenta extensas zonas de manglar, la porción con vegetación de manglar que se ubica en la trayectoria del ducto, se encuentra aislada, y actualmente presenta invasión de vegetación secundaria (acahual); así también, el aporte de agua salada es por la acción de las mareas y no presenta aporte de agua dulce, este relicto no rebasa los cinco mil metros cuadrados. Criterios de valoración: Grado de aislamiento. En el ambiente marino por su grado de homogeneidad no se presentan poblaciones con elementos móviles que pudieran sufrir efectos de aislamiento, tal es el caso de peces, crustáceos y moluscos. La población de elementos móviles identificados en la zona de manglar corresponden a pequeños cangrejos los cuales actualmente habitan en este ecosistema, el cual por encontrarse aislado de otras áreas de manglar, crean una

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barrera limitante para que la población de cangrejos puedan desplazarse fuera de ella. Criterios de valoración: Calidad. Los parámetros físico químicos del agua marina, se encuentran dentro de los valores normales y sus variaciones son motivadas por los aportes de las corrientes de los ríos que desembocan en ella, tal es el caso de los Ríos Grijalva, Usumacinta y San Pedro y San Pablo. Las condiciones atmosféricas no presentan perturbación por efectos de contaminantes, ya que en el área no existen emisiones a la atmósfera provenientes de fuentes fijas. Los suelos en la zona terrestre, no presentan grados de erosión o agotamiento por las actividades de pastoreo de ganado o contaminación por el uso de plaguicidas. Consideraciones del diagnóstico: Topografía: El relieve será afectado durante la etapa de construcción, no obstante una vez terminada esta etapa y colocado y enterrado en ducto, será cubierto con material producto del zanjeado, por lo que el terreno se reintegrará a sus condiciones originales. Geología: Este elemento no sufrirá afectaciones en sus condiciones. Hidrología: Las condiciones hidrológicas conservarán su estado original, ya que las actividades de construcción no implican desviar algún cauce, el relleno de cuerpos de agua, el depósito de material producto de excavaciones o de residuos sólidos y el vertimiento de residuos líquidos. Cabe señalar que en el sitio de manglar que el relleno para la vialidad en el derecho de vía, provocara un impacto en el escurrimiento natural de agua en el periodo de lluvias. Edafología: Las condiciones del suelo serán afectadas, ya que al instalar el ducto es necesario modificar la estructura en un metro de profundidad. Cabe señalar que no se realizará depósito de residuos sólidos o vertimiento de residuos líquidos. Usos del suelo y vegetación: El área a ocupar en manglar es una porción de 780 metros cuadrados, en donde tendrá un cambio de uso de suelo de un terreno con aptitud forestal a uno con actividad industrial, en por lo menos la vida útil del proyecto que es de 20 años. Así también, la vegetación de manglar sufrirá el desmonte de 47 ejemplares de mangle rojo y mangle blanco en cual se mantendrá libre de árboles en el derecho de vía (60 m por 13 m); esto mismo ocurrirá en el

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despalme de la zona de pastizal (410 m por 13 m), con la finalidad de mantener el derecho de vía del ducto para actividades de verificación y mantenimiento. Paisaje: El proyecto no implica instalaciones o edificaciones por lo que una vez colocado y enterrado el ducto el área en su trayectoria presentará características similares al entorno previo, conservando únicamente el derecho de vía libre de vegetación. Por lo tanto, el paisaje tendrá la capacidad de absorber los cambios que se produzcan por las actividades de instalación del ducto, ya que el relieve no sufrirá cambios. Para el área no se detectan sitios que sean utilizados como zonas de recreo ni cruza alguna ruta o vía de comunicación por lo que no se presenta el tránsito de personas, así también, no se localizan sitios de interés científico, histórico o cultural como elementos o componentes del paisaje actual. Evaluación de impactos. -Identificación: Los impactos identificados para la zona terrestre, fueron 65 interacciones divididas en las etapas siguientes: 20 para la preparación del sitio, 37 en construcción, 3 en operación y mantenimiento y 5 para el abandono. Para la zona marina, fueron un total de 69 interacciones, que se dividen por etapa en la siguiente forma: 48 en construcción, 12 en operación y mantenimiento, y 9 para el abandono. -Caracterización y ponderación de impactos. Considerando los índices de significancía, se aprecia que para la zona terrestre y marina respectivamente, el 98.5% y 92.4% de las interacciones detectadas, están dentro del rango de impactos poco significativos, en virtud de que existe normatividad aplicable y/o son asimilables por el medio. En cuanto a impactos significativos moderados, para la zona terrestre y marina, se aprecia que respectivamente el 1.5% y 7.4%, corresponden a este tipo de impactos, que podrán ser asimilados por el medio, cuando se controlen con medidas preventivas o de mitigación. Como un posible impacto, se analizó el caso de un derrame de hidrocarburos; en donde como resultado se aprecia que este evento tendría un impacto significativo severo; en donde sería necesario aplicar medidas correctivas.

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En cuanto a impactos críticos, no se observa que algún impacto tanto en la zona terrestre y marina, se encuentre dentro de este rango. Así también, cabe señalar que en particular para impactos positivos se destaca la interacción de operación del ducto con el factor de actividades productivas, en donde se observa una alta calificación, por lo que se debe interpretar que esta obra tiene un significado representativo para el desarrollo de la actividad de explotación de hidrocarburos de la región y primordial para el campo Costero. Impactos residuales. Los factores ambientales afectados por impacto residual, son los siguientes: Vegetación herbácea: Con la conformación de la vialidad en el derecho de vía, se impide se regenere la cubierta herbácea, ya que también, periódicamente se realiza limpieza en el derecho de vía. Hidrología superficial: Con la conformación del terraplén de vialidad en la zona de manglar se impedirá el escurrimiento natural del agua durante el periodo de lluvias. Suelo: Al ser enterrado el ducto, se modificara la estructura del suelo en el sitio la zanja en donde se realiza la excavación. Así también, en derecho de vía se cambiará el uso del suelo; para ambos casos estas consideraciones se mantendrán durante el tiempo que opere el ducto. Vegetación arbórea y especies catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2001: En el derecho de vía no se podrá establecer vegetación arbórea durante el tiempo que opere el ducto. Así también, con el derribo de árboles de mangle, se perderán ejemplares de mangle rojo (Rhizophora mangle L.) y mangle negro (Avicennia germinans). Lecho marino: Al quedar enterrado el ducto se modificara permanentemente la estructura del suelo marino. Fauna (bentos): Al realizar el dragado se removerán los organismos bentónicos que se encuentren situados en el trazo del ducto y estos espacios podrán ser ocupados por otros organismos posteriormente. La aplicación de las medidas preventivas y de mitigación durante el proyecto permitirá tener un control de las actividades de acuerdo a la normatividad ambiental y técnica que marca PEMEX-Exploración y producción en materia de operación, mantenimiento, seguridad y protección ambiental.

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Medidas de mitigación y programa de vigilancia ambiental. En el capítulo VI, se indican las medidas de mitigación específicas a aplicar para los impactos que se generen en cada una de las actividades del ducto; estas medidas se basan principalmente en el cumplimiento de la normatividad ambiental aplicable, el control directo de las actividades y la aplicación de algunos aspectos técnicos. Cabe destacar, que una de las medidas consideradas, será la reforestación a realizar como compensación al desmonte de árboles de mangle. En el inciso VII.2, se detalla el programa de vigilancia ambiental para el cumplimiento de las medidas de mitigación; en general la supervisión se lleva a cabo a través de los contratistas que ejecutan las obras, por lo que PEMEX establece en sus contratos, que cuenten con especialistas ambientales para el seguimiento y/o realización de las medidas de mitigación; así como la vigilancia del cumplimiento de la normatividad ambiental vigente. El contratista, también entrega informes a PEMEX del control ambiental que se realiza durante el desarrollo de las actividades. Pronóstico del escenario. Zona terrestre: En esta zona, algunos impacto causados no estarna presentes en el pronóstico final del escenario, ya que se consideran en forma temporal; estos impactos son: emisiones a la atmósfera, emisión de ruido, desplazamiento de la fauna a sitios aledaños, modificación de las cualidades visuales del paisaje y presencia de infraestructura de servicios; así también, con el manejo de residuos no se espera que estén depositados en el sitio. Como escenario final, se podrá apreciar la perdida de vegetación arbórea en un tramo del ducto (manglar), el cambio de uso de suelo en el derecho de vía hasta cumplir con el periodo de vida del ducto y la conformación del terraplén en la vialidad dentro del derecho de vía, en la zona de manglar, que puede tener efectos negativos en el adecuado desplazamiento del agua superficial durante el periodo de lluvias. Zona marina. Los impactos causados al medio por emisiones a la atmósfera, emisión de ruido, y descarga de agua residual; tendrán efectos en el escenario en forma temporal; así como, los efectos en el lecho marino, por las actividades de dragado en la línea regular, tendido del ducto y colocación de curvas de expansión.

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En cuanto a factores como son la flora (fitoplancton) y fauna (zooplancton, necton y especies de interés comercial); se espera que los efectos en sus poblaciones sean temporales; ya que son afectados por la descarga de agua residual y la turbidez generada al dragar y tender el ducto. Como escenario al finalizar la construcción del ducto, se podrá apreciar la perdida de fauna bentónica, la cual se espera se restablezca en un mediano plazo. Así también, el lecho marino, al quedar enterrado el ducto se modificará permanentemente la estructura del suelo marino. Por lo anterior y considerando que los impactos

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VIII.3.- Glosario de términos.

Aceite crudo (Crude oil): El aceite que proviene de un yacimiento, después de separarle cualquier gas asociado y procesado en una refinería; a menudo se le conoce como crudo. Actividad peligrosa: Conjunto de tareas derivadas de los procesos de trabajo que generan condiciones inseguras y sobreexposición a los agentes químicos capaces de provocar daños a la salud de los trabajadores o al centro de trabajo. Acuífero (Aquifer): Una zona subterránea de roca permeable saturada con agua bajo presión. Para aplicaciones de almacenamiento de gas un acuífero necesitará estar formado por una capa permeable de roca en la parte inferior y una capa impermeable en la parte superior, con una cavidad para almacenamiento de gas. Beneficioso o perjudicial: Positivo o negativo. Cambio de uso de suelo: Modificación de la vocación natural o predominante de los terrenos, llevada a cabo por el hombre a través de la remoción total o parcial de la vegetación. Campo de gas / condensado (Gas / condensate field): Un yacimiento que contiene gas natural y aceite, con una mayor proporción de gas. El condensado aparece cuando el gas es extraído del pozo, y su temperatura y presión cambian lo suficiente para que parte del mismo se convierta en petróleo líquido. Capacidad de ducto (Pipeline capacity): El volumen de aceite o gas que se requiere para mantener el ducto lleno, o el volumen que se puede hacer pasar a través del ducto en un determinado período. Daño a los ecosistemas: Es el resultado de uno o más impactos ambientales sobre uno o varios elementos ambientales o procesos del ecosistema que desencadenan un desequilibrio ecológico. Decibel: Décima parte de un bel; su símbolo es dB. Derecho de vía (DDV): Bien del dominio público de la Federación constituido por la franja de terreno de anchura variable, que se requiere para la construcción, conservación, ampliación, protección, mantenimiento y en general para el uso adecuado de una vía de comunicación o de una instalación para el transporte de fluidos y de sus servicios auxiliares. Se incluyen en la presente definición los derechos de vía de caminos, carreteras, ferrovías, líneas de transmisión telefónicas y

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eléctricas, así como las de las tuberías de ductos para el transporte de agua, hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos. Desequilibrio ecológico: La alteración de las relaciones de interdependencia entre los elementos naturales que conforman el ambiente, que afecta negativamente la existencia, transformación y desarrollo del hombre y demás seres vivos. Ducto (Pipeline): Tubería para el transporte de crudo o gas natural entre dos puntos, ya sea tierra adentro o tierra afuera. Emisión: La descarga directa o indirecta a la atmósfera de energía, o de sustancias o materiales en cualesquiera de sus estados físicos. Especie: La unidad básica de clasificación taxonómica, formada por un conjunto de individuos que presentan características morfológicas, etológicas y fisiológicas similares, que son capaces de reproducirse entre sí y generar descendencia fértil, compartiendo requerimientos de hábitat semejantes. Especie y subespecie amenazada: La especie que podría llegar a encontrarse en peligro de extinción si siguen operando factores que ocasionen el deterioro o modificación del hábitat o que disminuyan sus poblaciones. En el entendido que especie amenazada es equivalente a especie vulnerable. Especie y subespecie en peligro de extinción: Es una especie o subespecie cuyas áreas de distribución o tamaño poblacional han sido disminuidas drásticamente, poniendo en riesgo su viabilidad biológica en todo su rango de distribución por múltiples factores, tales como la destrucción o modificación drástica de su hábitat, restricción severa de su distribución, sobreexplotación, enfermedades, y depredación, entre otros. Especie y subespecie endémica: Es aquella especie o subespecie, cuya área de distribución natural se encuentra circunscrita únicamente a la República Mexicana y aguas de jurisdicción federal. Especie y subespecie rara: Aquélla especie cuya población es biológicamente viable, pero muy escasa de manera natural, pudiendo estar restringida a un área de distribución reducida, o hábitats muy específicos. Especie y subespecie sujeta a protección especial: Aquélla sujeta a limitaciones o vedas en su aprovechamiento por tener poblaciones reducidas o una distribución geográfica restringida, o para propiciar su recuperación y conservación o la recuperación y conservación de especies asociadas.

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Especies con estatus: Las especies y subespecies de flora silvestre, catalogadas como en peligro de extinción, amenazadas, raras y sujetas a protección especial en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-ECOL-2001. Formas de toxicidad: Algunos agentes pueden tener una acción aguda, subaguda o crónica o todas sucesivamente. La toxicidad aguda y subaguda dependerán fundamentalmente de la dosis y vía de penetración. La crónica, también denominada a plazos más o menos largos, por absorción repetida, es la forma mas frecuente en el riesgo laboral o profesional. Cada día se le otorga mas importancia, ya que está demostrado que dosis mínimas repetidas, actúan como verdaderos venenos. Fuentes fijas: Todo tipo de industria, máquinas con motores de combustión, terminales y bases de autobuses y ferrocarriles, aeropuertos, clubes cinegéticos y polígonos de tiro; ferias, tianguis, circos y otras semejantes. Fuentes móviles: Aviones, helicópteros, ferrocarriles, tranvías, tractocamiones, autobuses integrales, camiones, automóviles, motocicletas, embarcaciones, equipo y maquinaria con motores de combustión y similares. Gas amargo (Sour gas): Gas natural que contiene cantidades significativas de ácido sulfhídrico. El gas amargo se trata usualmente con trietanolamina para remover los elementos indeseables. G.P.S.: Geoposicionador Satelital. Gravedad API (API/ gravity): La escala utilizada por el Instituto Americano del Petróleo para expresar la gravedad específica de los aceites. Hidrocarburo (Hydrocarbon): Cualquier compuesto o mezcla de compuestos, sólido, líquido o gas que contiene carbono e hidrógeno (por ejemplo: carbón, aceite crudo y gas natural). Impacto ambiental: Modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de la naturaleza. Impacto ambiental residual: El impacto que persiste después de la aplicación de medidas de mitigación. Impacto ambiental significativo o relevante: Aquel que resulta de la acción del hombre o de la naturaleza, que provoca alteraciones en los ecosistemas y sus recursos naturales o en la salud, obstaculizando la existencia y desarrollo del hombre y de los demás seres vivos, así como la continuidad de los procesos naturales.

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Impacto ambiental sinérgico: Aquel que se produce cuando el efecto conjunto de la presencia simultánea de varias acciones supone una incidencia ambiental mayor que la suma de las incidencias individuales contempladas aisladamente. Impacto poco significativo: Son los que pueden ser asimilados por el ambiente Impacto significativo: Son los considerados dentro del rango de severos, moderados o críticos. Impacto visual: La importancia y/o gravedad de la alteración que se produzca en la cualidad de los recursos visuales. Importancia: Indica qué tan significativo es el efecto del impacto en el ambiente. Para ello se considera lo siguiente:

a) La condición en que se encuentran el o los elementos o componentes ambientales que se verán afectados.

b) La relevancia de la o las funciones afectadas en el sistema ambiental. c) La calidad ambiental del sitio, la incidencia del impacto en los procesos de

deterioro. d) La capacidad ambiental expresada como el potencial de asimilación del

impacto y e) La de regeneración o autorregulación del sistema. f) El grado de concordancia con los usos del suelo y/o de los recursos naturales

actuales y g) Proyectados.

Irreversible: Aquel cuyo efecto supone la imposibilidad o dificultad extrema de retornar por medios naturales a la situación existente antes de que se ejecutara la acción que produce el impacto. Levantamiento sismológico (Seismic survey): Método para establecer la estructura detallada subterránea de roca mediante la detección y medición de ondas acústicas reflejas de impacto sobre los diferentes estratos de roca. Se le emplea para localizar estructuras potencialmente contenedores de aceite o gas antes de perforar. El procesamiento de datos moderno permite la generación de imágenes de tres dimensiones de estas estructuras subterráneas. Ver también: registro acústico, pistola de aire, anticlinal, sinclinal. Magnitud: Extensión del impacto con respecto al área de influencia a través del tiempo, expresada en términos cuantitativos. Manglar: Vegetación arbórea de las regiones tropicales y subtropicales, con especies de plantas halófitas localizadas principalmente en los humedales costeros.

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La vegetación es cerrada e intrincada en que al fuste de troncos y ramas se añade una complicada columna de raíces aéreas y respiratorias. Maquinaria y equipo: Es el conjunto de mecanismos y elementos combinados destinados a recibir una forma de energía, para transformarla a una función determinada. Material peligroso: Elementos, substancias, compuestos, residuos o mezclas de ellos que, independientemente de su estado físico, represente un riesgo para el ambiente, la salud o los recursos naturales, por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas. Medidas de mitigación: Conjunto de acciones que deberá ejecutar el promovente para atenuar el impacto ambiental y restablecer o compensar las condiciones ambienta les existentes antes de la perturbación que se causare con la realización de un proyecto en cualquiera de sus etapas. Medidas de prevención: Conjunto de acciones que deberá ejecutar el promovente para evitar efectos previsibles de deterioro del ambiente. Naturaleza del impacto: Se refiere al efecto benéfico o adverso de la acción sobre el ambiente. Nivel freático: Nivel superior de la zona saturada, en el cual el agua contenida en los poros se encuentra sometida a la presión atmosférica. Paisaje: Morfología del terreno y su cubierta, conformando una escena visualmente distante. Petróleo (Petroleum): Nombre genérico para hidrocarburos, incluyendo petróleo crudo, gas natural y líquidos del gas natural. El nombre se deriva del Latín, oleum, presente en forma natural en rocas, petra. Plataforma (Plattform): Estructura fija o flotante, costa afuera, desde la cual se perforan pozos. Las plataformas de perforación pueden convertirse en plataformas de producción una vez que los pozos produzcan. Pozo (Well): Agujero perforado en la roca desde la superficie de un yacimiento a efecto de explorar o para extraer aceite o gas. Propágulo: Fruto alargado y delgado de Rhizophora mangle, que contiene una semilla pregerminada.

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Protección catódica (Cathodic protection): Un método empleado para minimizar la corrosión electroquímica de estructuras tales como las plataformas de perforación, tuberías y tanques de almacenamiento. Región ecológica: La unidad del territorio nacional que comparte características ecológicas comunes. Residuo: Cualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización, control o tratamiento cuya calidad no permita usarlo nuevamente en el proceso que lo generó. Reversibilidad: Ocurre cuando la alteración causada por impactos generados por la realización de obras o actividades sobre el medio natural puede ser asimilada por el entorno debido al funcionamiento de procesos naturales de la sucesión ecológica y de los mecanismos de autodepuración del medio. Sistema ambiental: Es la interacción entre el ecosistema (componentes abióticos y bióticos) y el subsistema socioeconómico (incluidos los aspectos culturales) de la región donde se pretende establecer el proyecto.

Sustancias tóxicas: Son aquéllas en estado sólido, líquido o gaseoso pueden causar trastornos estructurales o funcionales que provocan daños a la salud o la

muerte si son absorbidas, aun en cantidades relativamente pequeñas por el trabajador.BIBLIOGRAFÍA

Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América sobre la contaminación del medio marino por derrame de hidrocarburos y otras sustancias nocivas. Diario Oficial de la Federación. 18 de Mayo de 1981. Aguirre León, A., A. Yánez-Arancibia, 1986. Las mojarras de la Laguna de Términos: Taxonomía, biología y dinámica trófica (Pisces: Gerreidae). An. Inst. Cienc. Del Mar y Limnol. Univ. Nal. Autón. México, 13(1): 369-444. Aguirre León, A., A. Yánez-Arancibia, F. Amescua Linares, 1982. Taxonomía, diversidad, distribución y abundancia de las mojarras de la Laguna de Términos. (Pises: Gerreidae). An. Inst. Cienc. Del Mar y Limnol. Univ. Nal. Autón. México, 9(1): 213-250. Anuario Estadístico de los Estados de Tabasco y Campeche, INEGI Edición 2001.

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Nombre Común Nombre Científico Familia Vegetación Arbórea

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Coco Cocos nucifera Arecaceae Guano redondo Sabal mexicano Arecaceae Mangle negro Avicennia germinans Combretaceae Mangle rojo Rhizophora mangle L. Combretaceae Palo mulato Bursera simarouba Burseraceae Tucuy Pithecellobium lancelatum Leguminosae

Vegetación Arbustiva y Herbácea Cilantrillo Adiantum wilesianum Adiantaceae Cornezuelo Acacia cornigera Leguminosae Dormilona Mimosa púdica L. Leguminosae Mangle botoncillo Conocarpus erectus Combretaceae Uva de playa Coccoloba barbadensis Polygonaceae

Pastizales Pasto alemán Echinochloa polystachya Poaceae Pasto pangola Digitaria decumbens Poaceae Pasto remolino Paspalum notatum Poaceae Zacate limón Cymbopogon citratus Poaceae

Usos alternativos de especies florísticas en la zona de influencia.

Nombre(s) común(es) Nombre científico Uso(s) Coco Cocos nucifera Oleaginosa Mangle rojo Rhizophora mangle L. Elaboración de carbón Mangle negro Avicennia germinans Elaboración de carbón Pasto remolino Paspalum notatum Ganadería Pasto pangola Digitaria decumbens Ganadería

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Listado de especies faunísticas que se identificaron en zona de influencia del área donde se instalará el ducto.

Nombre Común Nombre Científico

Aves Caracolero Rostrhamus sociabilis Cenzontle o Picanaranja Icterus gularis Garza blanca Casmerodius albus Garza azul Egretta caerulea Garcita oscura Butorides striatus Garza garrapatera Bubulcus ibis Martín pescador Ceryle torquita, C. alción, Chloroceryle americana Pijije Dendrocygna autumnalis Pijul Crotophaga sulcirrostris Polla de agua Jacana spinosa Zanate Quiscalum mexicanum Zopilote Cathartes aura

Mamíferos Mapache Procyon lotor Murcielago Rhynchonycteris sp Ratón de campo Oryzomys sp Tlacuache Didelphis marsupialis Tlacuache cuatro ojos Philander opossum

Anfibios Rana Centrolenella fleischmanni Rana Hyla ebraecata Sapo Bufo marinus

Reptiles Cola de hueso Bothrops arensis Azpoque Anolis biporcatus Iguana Iguana iguana Lagartija Coelonyx elegans Lagartija Eumeces sp Sabullán Boa constrictor Toloque Basiliscus vittatus

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EXPLORACION - PRODUCCION REGIÓN MARINA SUROESTE

MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, MODALIDAD PARTICULAR “OLEOGASODUCTO. DE 16” Ø X 10.3 KM. DE CAMPO COSTERO A MAY-B”

PROYECTO: “CRUDO LIGERO MARINO”

Ictiofauna más común para la zona de influencia marítima.

Nombre Común Nombre Científico Nombre Común Nombre Científico Abadejo Mycteroperca rubra Agujón Strongylura marina

Anchoa Anchoa mitchilli Atún Thunnus albacares

Bagre bandera Bagre marinus Bagre boca chica Ariopsis felis

Bagre prieto Cathorops melanopus Barracuda Sphyraena barracuda

Barrilete Euthynnus lineatus Biajaiba Lutjanus synagris

Botete Sphoeroides nephelus Cabra mora Epinephelus adscensionis

Cabrilla pinta Cephalopholis fulva Cazón Rhizoprionodon longurio

Cofre Acanthostracion tricornis Cojinuda Caranx crysos

Cherna pintada Epinephelus niveatus Cornuda Sphyrna lewini

Corvina Cynoscion arenarius Corvina pinta Cynoscion nebulousu

Chabela Chaetodipterus faber Chile Synodus foetens

Chopa Lobotes surinamensis Chopa amarilla Kyphosus incisor

Chucho pintado Aetobatus narinari Dorado Coryphaena hippurus

Erizo Chilomycterus schoepfi Escorpión Scorpaena plumieri

Esmedregal Rachycentron canadus Gata Ginglymostoma cirratum

Guitarra Rhinobatos productus Gurrubata Micropogonias undulatus

Huachinango Lutjanus campechanus Indio Paranthias furcifer

Jorobado Selene vomer Jurel Caranx hippos

Jurel ojon Caranx latus Lenguado Paralichthys lethostigma

Lebrancha Mugil curema Lija Aluterus scripta

Lisa Mugil cephalus Manta Manta birostris

Mojarra blanca Diapterus auratus Mojarra bandera Eucinostomus melanopterus

Palometa Peprilus paru Pámpano amarillo Trachinotus carolinus

Pampanito Trachinotus rhodopus Pargo lunarejo Lutjanus guttatus

Pargo mulato Lutjanus griseus Peluquero Chaetodipterus zonatus

Peto Acanthocybium solanderi Puerco/Cochinita Pseudobaliste carolinensis

Ratón barbudo Polydactilus octonemus Raya de espina Dasyatis sabina

Róbalo blanco Centropomus undecimalis Róbalo prieto Centropomus nigrescens

Rocote Sebastes constellatus Roncador Aplodinotus grunniens

Page 146: CAPÍTULO I.- DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL …sinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/tab/estudios/2003/27TA2003X... · infraestructura de explotación necesaria en la producción

EXPLORACION - PRODUCCION REGIÓN MARINA SUROESTE

MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, MODALIDAD PARTICULAR “OLEOGASODUCTO. DE 16” Ø X 10.3 KM. DE CAMPO COSTERO A MAY-B”

PROYECTO: “CRUDO LIGERO MARINO”

Ictiofauna más común para la zona de influencia marítima (continuación).

Nombre Común Nombre Científico Nombre Común Nombre Científico Ronco Bairdiella ronchus Sábalo Tarpón atlanticus

Sable Trichiurus lepturus Sargo A. robatocephalus

Chopa espina Lagodón rhomboides Sierra Scomberomorus maculatus

Tiburón mamón Mustelus californicus Tiburón común Carcharhinus remotus

Fuente: Los peces de México (Torres-Orozco, 1991). Crustáceos y moluscos más comunes para la zona de influencia. Nombre Común Nombre Científico Nombre Común Nombre Científico camarón blanco (Farfantepenaeus setiferus camarón rosado F. duorarum

camarón café F. aztecus camarón siete barbas Xiphopenaeus kroyeri

jaiba Callinectes sapidus Ostión Crassostrea virginica

jaiba C. similis y C. Rathbunae Almeja Unio stolli

Almeja del sur Mercenaria campechiensis Almeja voladora Proptera alata

Asafis arrugada Asaphis deflorata Caracol Phalium grannalatum

Caracol burro Melongena corona Cobo rosado Strombus gigas

Coquina del caribe Donax denticulatus Pulpo Octopus vulgaris

Peine percal Argopecten gibbus Tote Pomacea flagelata

Shuti Pachychilus rovirosai Vieira zig zag Pecten ziczac

Fuente: Atlas Pesquero de México (SEPESCA, 1994).