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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PIURA COMISIÓN PERMANENTE DE SELECCIÓN DE PERSONAL “Año de la diversificación Productiva y del fortalecimiento de la Educación” BASES DEL CONCURSO PÚBLICO DE SELECCIÓN DE PERSONAL 001-2015-UE-PIURA CAPITULO I: OBJETO Y FINALIDAD DEL CONCURSO PÚBLICO. El presente proceso tiene por objeto seleccionar, previa evaluación de conocimientos y habilidades, al personal idóneo para ocupar las posiciones funcionales o puestos de trabajo e incorporarlos al Poder Judicial - Corte Superior de Justicia de Piura, bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728 a plazo indeterminado. (Ver Anexo I). CAPITULO II: BASE LEGAL DEL CONCURSO PÚBLICO. Ley N° 26586, que deroga los arts. N° 111° y 254° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y establece que los trabajadores administrativos y jurisdiccionales que se incorporen al Poder Judicial lo harán bajos los alcances del Régimen Laboral de la Actividad Privada. Ley N° 26766, que sustituye al art. 198° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sobre incompatibilidad por razón de parentesco, afinidad y matrimonio. Ley N° 26771 – Ley que establece las prohibiciones para ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el Sector Público en casos de parentesco y su Reglamento aprobado mediante D.S. 021-2000-PCM y sus modificatorias aprobadas mediante D.S. 017-2002-PCM.. Ley N° 26772 – Ley que dispone que las ofertas de empleo y acceso a medios de formación educativa no podrán contener requisitos que constituyan discriminación, anulación o alteración de la igualdad de oportunidades o de trato y su Reglamento aprobado por D.S. 002-98-TR. Ley N° 27050 – Ley General de la Persona Discapacitada y su Reglamento aprobado mediante D.S. 003-2006-MIMDES. Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley N° 27588, que establece las prohibiciones e incompatibilidades de los funcionarios y servidores públicos así como del personal que preste servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual y su Reglamento aprobado mediante D.S. 019-2002-PCM.

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COMISIÓN PERMANENTE DE SELECCIÓN DE PERSONAL

“Año de la diversificación Productiva y del fortale cimiento de la Educación”

BASES DEL CONCURSO PÚBLICO DE SELECCIÓN DE PERSONAL 001-2015-UE-PIURA

CAPITULO I: OBJETO Y FINALIDAD DEL CONCURSO PÚBLICO .

El presente proceso tiene por objeto seleccionar, previa evaluación de conocimientos y habilidades, al personal idóneo para ocupar las posiciones funcionales o puestos de trabajo e incorporarlos al Poder Judicial - Corte Superior de Justicia de Piura, bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728 a plazo indeterminado. (Ver Anexo I).

CAPITULO II: BASE LEGAL DEL CONCURSO PÚBLICO.

� Ley N° 26586, que deroga los arts. N° 111° y 254° de la Ley Orgánica del

Poder Judicial, y establece que los trabajadores administrativos y jurisdiccionales que se incorporen al Poder Judicial lo harán bajos los alcances del Régimen Laboral de la Actividad Privada.

� Ley N° 26766, que sustituye al art. 198° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sobre incompatibilidad por razón de parentesco, afinidad y matrimonio.

� Ley N° 26771 – Ley que establece las prohibiciones para ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el Sector Público en casos de parentesco y su Reglamento aprobado mediante D.S. 021-2000-PCM y sus modificatorias aprobadas mediante D.S. 017-2002-PCM..

� Ley N° 26772 – Ley que dispone que las ofertas de empleo y acceso a medios de formación educativa no podrán contener requisitos que constituyan discriminación, anulación o alteración de la igualdad de oportunidades o de trato y su Reglamento aprobado por D.S. 002-98-TR.

� Ley N° 27050 – Ley General de la Persona Discapacitada y su Reglamento aprobado mediante D.S. 003-2006-MIMDES.

� Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.

� Ley N° 27588, que establece las prohibiciones e incompatibilidades de los funcionarios y servidores públicos así como del personal que preste servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual y su Reglamento aprobado mediante D.S. 019-2002-PCM.

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“Año de la diversificación Productiva y del fortale cimiento de la Educación” � Ley N° 28175 – Ley Marco del Empleo Público.

� Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

� Ley N° 29277, cuyo art. 42° establece la incompatibilidad por razones de parentesco de hasta cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y de unión de hecho.

� Ley N° 29607 – Ley de Simplificación de la Certificación de los Antecedentes Penales en beneficios de los postulantes a un empleo.

� Ley N° 36281 – Ley del Presupuesto para el Sector Público para el año 2015.

� Decreto Legislativo N° 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil y la constituye en Ente Rector del Sistema Administrativo de Recursos Humanos en la Administración Pública.

� D.S. 003-97-TR - Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728 – Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

� D.S. 066-2012-EF – Aprueba la Escala Remunerativa para los trabajadores del Poder Judicial sujetos al Decreto Legislativo N° 728.

� Resolución Ejecutivo N° 061-2010-SERVIR/PE, que dispone asignar un bonificación del 10% en los concursos de selección de personal en la Administración Pública a los licenciados de las Fuerzas Armadas.

� Resolución Administrativa N° 010-2004-CE-PJ que aprueba el Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial.

� Resolución Administrativa N° 087-2008-CE-PJ, que aprueba la Directiva N° 006-2008-GG-PJ sobre “Normas y Procedimientos para el Control de Nepotismo e Incompatibilidad en el Poder Judicial”.

� Resolución Administrativa N° 298-2009-CE-PJ, que exhorta a los señores magistrados y personal auxiliar, que para el desempeño de los cargos en que se requiera el título de Abogado, deberán encontrarse debidamente habilitados para el ejercicio de la profesión por el Colegio de Abogados al cual se encuentran adscritos.

� Resolución Administrativa N° 305-2011-P-PJ que modifica el Reglamento para el Otorgamiento del Bono Jurisdiccional y aprueba la nueva escala.

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“Año de la diversificación Productiva y del fortale cimiento de la Educación” � Resolución Administrativa N° 038-2012-CE-PJ, que aprueba el “Reglamento

para el Desarrollo de los Concursos Públicos y Abiertos de Selección de Personal en el Poder Judicial”, y sus modificatorias aprobadas mediante las Resoluciones Administrativas N° 078-2012-CE-PJ, 198 y 315-2013-CE-PJ, y 389-2014-CE-PJ.

� Resolución Administrativa N° 141-2012-CE-PJ, que dispone que en las posteriores convocatorias a concurso público y abierto de personal para cubrir plazas vacantes en el Poder Judicial, que consideren como requisito el perfil de abogado, los concursantes además de acreditar dicha condición mediante la presentación del título profesional, deberán acompañar con la constancia de habilidad debidamente expedida por el Colegio Profesional correspondiente.

� Resolución Administrativa N° 381-2012-GG-PJ, que aprueba el documento técnico denominado “Perfiles de Cargo de los Trabajadores del Poder Judicial sujetos al Régimen de la Actividad Privada”.

� Resolución Administrativa N° 215-2015-P-PJ, que aprueba el Cuadro de Asignación de Personal.

� Resolución Administrativa N° 216-2015-P-PJ, que aprueba el Presupuesto Analítico de Personal en función al Cuadro de Asignación de Personal aprobado mediante Res. Adm. N° 215-2015-P-PJ.

� Resolución Administrativa N° 261-2015-P-CSJPI/PJ, que conforma la Comisión Permanente de Selección de Personal en la Corte Superior de Justicia de Piura.

Asimismo, y en concordancia con lo dispuesto en el literal r) del Art. 16° del “Reglamento para el Desarrollo de Concursos Públicos y Abierto de Selección de Personal en el Poder Judicial”, constituyen base normativa aplicable al presente concurso, los acuerdos adoptados por la Comisión Permanente de Selección de Personal que hayan sido debidamente registrados en acta.

CAPITULO III: DE LOS PARTICIPANTES DEL CONCURSO PÚB LICO. En concordancia con lo dispuesto en el artículo 7° del Reglamento para el Desarrollo de los Concursos Públicos y Abiertos de Selección de Personal en el Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 038-2012-CE-PJ y sus modificatorias (en adelante “Reglamento”), podrán participar en este proceso de selección, todas las personas interesadas,

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“Año de la diversificación Productiva y del fortale cimiento de la Educación” siempre y cuando cumplan con los requisitos generales establecidos en las presentes BASES. En caso de reingreso, podrán participar aquellos ex trabajadores, que además de los requisitos generales, cumplan con los siguientes parámetros: a) para los que mantuvieron una relación contractual a plazo indeterminado, que al momento de postular haya transcurrido como mínimo un (01) año calendario desde la fecha del cese por renuncia, de conformidad con el art. 78° del D.S. 003-97-TR, y b) para los que mantuvieron una relación contractual a plazo fijo, que la causal de cese fuera por renuncia, retiro voluntario y/o término de contrato.

CAPITULO IV: DE LOS REQUISITOS GENERALES PARA PARTI CIPAR EN EL CONCURSO PÚBLICO. Conforme a lo dispuesto en las presentes bases y en concordancia con el artículo 23° del “Reglamento”, podrán participar en el proceso de selección de personal, los trabajadores y ex trabajadores del Poder Judicial, así como el público en general, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos: a) No incurrir en causales de incompatibilidad por razón de parentesco

hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, por matrimonio y/o unión de hecho con Magistrados, Funcionarios, Auxiliares Administrativos y/o Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Piura.

b) No registrar antecedentes penales ni encontrarse requisitoriado.

c) No registrar proceso penal abierto.

d) No haber sido despedido o destituido de una Entidad Pública ni haberse acogido a un programa de renuncia con incentivos, en los cinco (05) años anteriores a la fecha de postulación.

e) No haber sido sancionado con medida disciplinaria administrativa en los

seis (06) meses anteriores a la fecha de postulación (trabajadores y/o ex trabajadores del Poder Judicial y de otras Entidades Públicas).

CAPITULO V: DE LAS ETAPAS DEL CONCURSO PÚBLICO. 5.1. Convocatoria.

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La Comisión Permanente de Selección de Personal de la Corte Superior de Justicia de Piura (en adelante “la Comisión”), procederá a publicar a través del enlace “OPORTUNIDAD LABORAL” del portal web del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), las bases, cronograma y los perfiles de los puestos de trabajo que serán sometidos en el presente Concurso Público, con la finalidad de que las personas interesadas, tomen conocimiento de ello y puedan participar adecuadamente.

Asimismo en el mismo enlace, se encuentra publicado de forma permanente, el Manual de Usuario del aplicativo informático de selección de personal (P.S.E.P.) el mismo que deberá ser consultado de manera obligatoria por aquellos que deseen participar del proceso de selección, ya que se allí se indica el procedimiento correcto para realizar el registro de información durante la fase postulación.

Para acceder a la publicación de las bases, cronograma y los perfiles de los puestos de trabajo, las personas interesadas deberán realizar los siguientes pasos:

• Acceder a la página web del Poder Judicial (www.pj.gob.pe). • Seleccionar el enlace “OPORTUNIDAD LABORAL”. • Seleccionar el enlace “CONVOCATORIAS EXTERNAS” • Seleccionar el enlace “CONVOCATORIAS VIGENTES” • Filtrar y seleccionar el “CONCURSO PÚBLICO 001-2015-UE-

PIURA”. • Seleccionar los enlaces “Bases del Concurso”, “Detalles del

Concurso” y/o “Cronograma de Concurso”, asimismo para conocer en detalle los requisitos de un puesto de trabajo en particular, deberá cliquear sobre el nombre del mismo.

5.2. Postulación

Concluida la fase de convocatoria, el aplicativo activará la opción de postulación en cada puesto de trabajo habilitado, a fin de que las personas interesadas inicien el registro de información conforme al procedimiento establecido en el Manual de Usuario.

Esta etapa se encuentra bajo la exclusiva responsabilidad de cada postulante, y para realizarla de manera exitosa deberá tener en consideración lo siguiente:

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� De conformidad con el artículo 22° del “Reglamento”, ninguna persona puede postular a más de una plaza vacante en un mismo concurso público y abierto de selección de personal, la inobservancia de esta disposición acarreará la separación automática del proceso sin derecho a rectificación.

� El registro de información de datos personales, académicos, laborales y demás información requerida, sólo se realizará a través de los formatos virtuales prediseñados que se encuentran ubicados en el del aplicativo informático de Postulación, Selección y Evaluación de Personal (en adelante “aplicativo informático para la selección de personal”) y que tienen carácter de declaración jurada.

� Para iniciar el registro de información, deberá seguir los siguientes pasos:

• Acceder a la página web del Poder Judicial (www.pj.gob.pe). • Seleccionar el enlace “OPORTUNIDAD LABORAL”. • Seleccionar el enlace “CONVOCATORIAS EXTERNAS” • Seleccionar el enlace “CONVOCATORIAS VIGENTES” • Filtrar y seleccionar el “CONCURSO PÚBLICO 001-2015-UE-

PIURA”. • Seleccionar el puesto de trabajo y cliquear en el ícono de

postulación. • Realizar el registro de información, siguiendo las instrucciones

contenidas del Manual de Usuario publicado en el mismo enlace.

� Una vez concluido el registro de información, el postulante deberá obtener el reporte “Ficha de Postulación”, en el que se consigna su Código de Postulante, el mismo que se constituirá en el único documento válido que acredita como participante del Concurso Público y que deberá ser presentado en cada etapa de evaluación o cuando le sea requerido por “la Comisión”.

� El postulante que culmina su proceso de inscripción se compromete automáticamente a someterse a las evaluaciones que serán realizadas en la sede que “la Comisión” señale oportunamente.

� En las etapas siguientes al proceso de inscripción, solamente se tendrá en consideración la información debidamente registrada y que guarde relación con los requerimientos del puesto de trabajo al que postula, por lo tanto, no se permitirá la incorporación de información adicional que no haya sido debida y oportunamente registrada en la

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fase postulación.

� Considerando que el proceso se realiza en forma virtual y en línea, se recomienda tomar las medidas pertinentes a fin de evitar el registro de información en horas de alto tráfico del servicio de internet, y además debe asegurarse que el equipo de cómputo que utilizará para postular cuente con el programa Internet Explorer 7 o superior.

� Culminado el plazo de postulación, no se admitirá la modificación de la información registrada ni el registro de información adicional, en caso de incumplimiento el postulante será excluido del proceso de selección.

� En caso de interponerse, en esta etapa, una medida cautelar, la Comisión podrá habilitar, a solicitud de los postulantes afectados por la misma, para que puedan optar por postular a otro puesto de trabajo que no haya sido afectado por la medida cautelar.

5.3. Evaluaciones.

Esta etapa es conducida por “la Comisión” y consta de las siguientes evaluaciones:

5.3.1. Evaluación del Perfil Académico y Requisitos (Filtro de Información).

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 41° y 42° del Reglamento, esta fase es de carácter eliminatorio y tiene por objeto, en base a la información registrada en el aplicativo informático de selección de personal durante el proceso de postulación, verificar que el postulante cumpla con los requisitos generales contenidos en las presentes bases, así como en los requerimientos específicos del puesto de trabajo al que postula. (Ver Anexo II).

Culminada la fase de postulación, la Comisión obtendrá del aplicativo informático de selección de personal, los reportes que muestran la información registrada por los postulantes y seleccionará a aquellos que cumplan con los supuestos de párrafo anterior, calificándolos como aptos y asignándoles un puntaje inicial de quince (15) puntos que los habilita para las siguientes fases de la etapa de evaluación.

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Una vez determinados los postulantes aptos para continuar el proceso de selección, la Comisión, en concordancia con lo dispuesto en inciso c) del artículo 42° del “Reglamento”, procederá a evaluar la información registrada por aquellos, en cuanto a tiempo de experiencia laboral en la Administración Pública, a fin de asignarles un puntaje adicional. (Ver Anexo III).

Para evaluar la experiencia laboral en la Administración Pública, sólo se considerará aquella labor realizada bajo una relación contractual con una Institución del Estado, sin embargo, excepcionalmente, se computará como un (01) año de experiencia laboral, aquella labor desarrollada por los egresados de la carrera de Derecho bajo la modalidad de Secigra o Pasantía, en una Institución Pública.

5.3.1.1. Publicación de Resultados y Recursos Impugnativos.

Concluida la evaluación, la Comisión procederá a publicar en forma preliminar la relación de postulantes que han sido seleccionados así como el puntaje adicional asignado por el rubro de experiencia laboral en la Administración Pública.

En concordancia con lo dispuesto en el artículo 58° del Reglamento, los postulantes que no hayan sido seleccionados o que consideren que no les corresponde el puntaje adicional asignado, podrán interponer su recursos de reconsideración dentro del día siguiente de publicados los resultados preliminares de la Evaluación del Perfil Académico y Requisitos (Filtro de Información), el mismo que deberá ser resuelto por la Comisión dentro de las 48 horas de presentado el recurso.

Resueltas las impugnaciones y/o culminado el plazo para presentarlas sin que se registre ninguna, la Comisión procederá a la publicación de los resultados definitivos y asimismo precisará la fecha, hora y lugar de la Evaluación de Competencias.

Si luego de publicados los resultados definitivos, se advierte que en uno o varios puestos de trabajo, no hay postulantes seleccionados como aptos, el ó los

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puestos de trabajo serán calificados como “puesto de trabajo desierto”, y excluidos definitivamente del proceso de selección. En el caso de que se advierte que no hay postulante apto en ninguno de los puestos de trabajo sometidos en el presente Concurso Público, éste deberá ser declarado “Proceso de Selección Desierto” por la Comisión, dándose por concluido el mismo.

5.3.2 Evaluación por Competencias

Esta fase se inicia con la existencia de por los menos un (01) postulante apto por puesto de trabajo y comprende a su vez dos evaluaciones de carácter obligatorio: la evaluación de conocimientos relacionados al cargo que postula, que tiene carácter eliminatorio y la evaluación psicológica que tiene carácter referencial y serán desarrollado en el lugar, fecha y hora que la Comisión determine y que será puesta en conocimiento de los postulantes con una anticipación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a la fecha del examen.

En esta etapa y con la finalidad de evaluar con mayor precisión y transparencia, los conocimientos y las competencias de los postulantes requeridos por cada puesto de trabajo, la Comisión ha agrupado los mismos por grupo ocupacional y especialidad. (Ver Anexo IV).

El examen consta de dos partes: a) un examen de conocimiento, que tiene por finalidad determinar si el postulante tiene el nivel de conocimiento suficiente para el desarrollo de las funciones inherentes al puesto de trabajo al que postula y desarrollado en base al temario elaborado por la Comisión (Ver Anexo V), cuya nota mínima aprobatoria es veinte (20) puntos y la máxima es de treinta (30) puntos, y b) un test psicológico, que tiene como finalidad identificar los recursos intelectuales y rasgos de personalidad consignados en el perfil de cada puesto de trabajo, utilizando las técnicas y herramientas que resulten necesarias, cuya nota máxima es de diez (10) puntos. Para ingresar y participar de la evaluación de competencias, todos los postulantes deberán identificarse con la Ficha de Postulante y su DNI, con una anticipación no menor de quince

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minutos antes del inicio del examen, de lo contrario no se les permitirá el ingreso y serán automáticamente separados del proceso de selección. Durante el desarrollo de las pruebas, los postulantes deberán mantener una conducta acorde con la finalidad de la evaluación y seguir las instrucciones que el responsable del examen les indique, en caso de incumplimiento por parte de un postulante, éste será inmediatamente descalificado y retirado del local. Culminada la evaluación, “la Comisión” procederá a la revisión del examen de conocimiento y publicará a través del aplicativo informático de selección de personal, las notas obtenidas por cada postulante. Asimismo, publicará la nota obtenida en el examen psicológico, sólo de aquellos postulantes que hayan obtenido la nota mínima aprobatoria de veinte (20) puntos en el examen de conocimiento.

En caso, que no haya por lo menos un postulante apto para la siguiente fase, la Comisión declarará como desierto el puesto de trabajo, de darse el caso de que en ningún puesto de trabajo se registre un postulante aprobado, la Comisión procederá a declarar desierto el Concurso Público y dar por concluido el mismo.

Determinación de Postulantes Aptos para la Entrevista Personal.

Culminada la etapa de evaluación de competencias, “la Comisión” procederá a publicar a través del aplicativo informático de selección de personal, el puntaje total alcanzado por todos los postulantes que superaron la última etapa. Luego de ello, se seleccionará a los tres (03) mejores puntajes por cada puesto de trabajo y se les requerirá la presentación física de los documentos que sustenten toda la información registrada con carácter de declaración jurada durante el proceso de selección, en el lugar, fecha y hora que la Comisión comunique en forma oportuna. (Ver Anexo VI). En caso que el postulante seleccionado, no presentase toda la documentación requerida en el lugar y plazo establecido, o que presente documentación que no haya sido registrada en la etapa

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de postulación o que no acredite algún registro efectuado en la etapa de postulación, será descalificado y excluido del proceso de selección y se llamará al que continúe en el orden de puntaje. Para ser considerado en las ternas, el postulante deberá haber obtenido un puntaje mínimo acumulado de cuarenta (40) puntos. En caso de no existir postulante habilitado para rendir la entrevista personal, la Comisión declarará desierto el puesto de trabajo. Seleccionados los postulantes que pasan a la Entrevista Personal, la Comisión procederá a publicar la fecha, hora y lugar donde se desarrollará la misma.

5.3.3. La Entrevista Personal

Esta evaluación se encuentra a cargo de la Comisión Permanente de Selección de Personal y tiene por objeto identificar a los postulantes más competentes para ocupar cada uno de los puestos de trabajo, siguiendo los siguientes criterios:

• Expectativas del postulante en función al puesto de trabajo al que postula.

• Logros obtenidos durante su experiencia laboral anterior y el impacto en el cumplimiento de los objetivos institucionales o empresariales.

• El postulante acredita las competencias requeridas para ser incorporado o ascendido en el puesto de trabajo que postula.

• Actitud emocional y corporal durante la entrevista.

La Comisión, podrá convocar a otros profesionales competentes (con voz pero sin voto) para el desarrollo de la entrevista, con el propósito de ayudar en la evaluación del entrevistado, asimismo deberá tomar en cuenta el informe psicológico elaborado por el profesional competente en base a la evaluación realizada durante la etapa anterior. El puntaje máximo a asignar en esta etapa es de veinticinco (25) puntos.

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“Año de la diversificación Productiva y del fortale cimiento de la Educación” 5.4. Publicación Preliminar de los Resultados Final es y Presentación

de Tachas.

Culminada la etapa de la Entrevista Personal, la Comisión, a través del aplicativo de selección de personal, procederá a publicar de forma preliminar los resultados finales y declarará como Ganadores del Concurso Público a los postulantes que, habiendo obtenido un puntaje mínimo de sesenta y cinco (65) puntos, ocupen una de las plazas ofertadas dentro del puesto de trabajo al que postularon.

Sin embargo, en caso de que el número de postulantes de un mismo puesto de trabajo que obtuvieron el puntaje mínimo e incluso superarlo, sea mayor al número de plazas ofertadas dentro del puesto de trabajo, se proclamarán como ganadores a aquellos que hayan obtenido el mayor puntaje entre sus pares en estricto orden de mérito, en caso de empate entre dos o más postulantes, la Comisión deberá dirimir y elegir la cantidad necesaria para cubrir las plazas ofertadas, mediante una decisión debidamente fundamentada, teniendo en cuenta los siguientes criterios de evaluación:

a) En primer lugar se tendrá en cuenta el puntaje obtenido en la evaluación psicológica.

b) De persistir el empate, se verificará el puntaje obtenido en la evaluación de conocimientos y,

c) Finalmente, si aún persiste el empate, se dirimirá teniendo en

cuenta el puntaje obtenido por los postulantes en la evaluación de experiencia en la administración pública.

Los postulantes que, habiendo superado el puntaje mínimo de sesenta y cinco (65) puntos y no hayan alcanzado una de las plazas ofertadas en el puesto de trabajo al que postularon, serán declarados como “elegibles”, y en dicha condición por un lapso de seis (06) meses podrán ser convocados para cubrir la plaza ante la declinación, renuncia o impedimento por parte del ganador de concurso para ocupar la plaza asignada.

De conformidad con el artículo 58° del Reglamento, en esta etapa, aquellos que mantenga legítimo interés en el proceso de selección,

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podrán interponer sus tachas contra la declaración preliminar de ganadores, dentro del día siguiente de publicado los resultados preliminares, las mismas que deberán ser resueltas por la Comisión en un lapso no mayor a dos (02) días de su presentación.

5.5. Publicación de los Resultados Definitivos y Pr oclamación de los Ganadores de Concurso.

Resueltas las tachas y/o culminado el plazo para presentarlas sin que se registre ninguna, la Comisión procederá a la publicación de los resultados definitivos y al registro en el aplicativo de selección de personal de los ganadores de concurso de cada puesto de trabajo.

CAPITULO VI: CONSIDERACIONES FINALES.

• Ninguna persona puede postular a más de un puesto de trabajo. El incumplimiento de esta disposición ocasiona la descalificación automática del concurso, sin derecho a rectificación.

• Para la realización de la evaluación de competencias, así como para la celebración de la entrevista personal, los postulantes que sean trabajadores activos del Poder Judicial, tendrán derecho a gozar de licencias con goce de haber mientras duren las mismas, siempre que sus códigos de postulación estén registrados en los listados respectivos.

• En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento, la Comisión Permanente de Selección otorgará una bonificación adicional (equivalente al 15% de su puntaje final acumulado), a los candidatos que certifiquen efectivamente su discapacidad.

• Los consultas, discrepancias, observaciones y/o tachas deberán ser

dirigidas directamente a la Comisión Permanente de Selección y presentadas ante la Secretaría Técnica, ubicada en la Gerencia de Administración Distrital en el cuarto piso de la sede institucional de la Calle Lima N° 997- Cercado de Piura.

• La Comisión de Selección, podrá modificar el cronograma del Concurso de Selección, cuanto lo estime conveniente.

• La interposición de medidas cautelares durante la etapa de evaluación

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y/o entrevista personal, suspenderá de manera indefinida la participación de los postulantes a los puestos de trabajo afectados hasta que se resuelva el proceso principal.

CAPITULO VII: ANEXOS.

ANEXO I: RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO.

N° Puesto de Trabajo Ubigeo

N° Plazas

en Concurso

01 Secretario Judicial de la Oficina

Desconcentrada de Control de la Magistratura – ODECMA

PIURA / PIURA / PIURA 2

02 Secretario Judicial del Tercer

Juzgado Civil de Piura PIURA / PIURA / PIURA 1

03 Secretario Judicial del Juzgado

Civil de Paita PIURA / PAITA / PAITA 1

04 Secretario Judicial del Juzgado de

Paz Letrado de Tambogrande PIURA / PIURA / TAMBOGRANDE

1

05 Secretario Judicial del Juzgado de

Paz Letrado de Sechura PIURA / SECHURA /

SECHURA 1

06 Especialista Judicial de

Audiencias de Juzgado del Módulo Penal de Chulucanas

PIURA / MORROPON / CHULUCANAS

1

07 Especialista Judicial de Juzgado del Módulo Penal de Huarmaca

PIURA / HUANCABAMBA / HUARMACA

1

08 Perito Judicial de la Sala Laboral

de Piura PIURA / PIURA / PIURA 1

09 Asistente Judicial del Juzgado de

Paz Letrado de Huarmaca PIURA / HUANCABAMBA /

HUARMACA 1

10 Asistente Jurisdiccional de

Juzgado del Módulo Penal de Huarmaca

PIURA / HUANCABAMBA / HUARMACA

1

Total Plazas Ofertadas 11

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ANEXO II: PERFILES DE PUESTO DE TRABAJO.

N° Puesto de Trabajo Descripción del Puesto Perfil

01

Secretario Judicial de

la Oficina

Desconcentrada de

Control de la

Magistratura

Realiza labores de

apoyo al Jefe de la

Oficina

Desconcentrada de

Control de la

Magistratura y/o a los

Magistrados

designados en los

procesos de

investigación.

Experiencia:

02 años de experiencia en labores jurídicas o en

el ejercicio de la profesión.

Grado Académico y/o Nivel de Estudios:

Bachiller en Derecho con Título Profesional de

Abogado debidamente colegiado y con

habilitación vigente para el ejercicio de la

profesión.

Conocimientos para el Puesto de Trabajo:

• Ofimática.

• Procedimiento Administrativo y Sancionador

Competencias y Habilidades:

• Comunicación Asertiva.

• Capacidad de Análisis y Síntesis de

Problemas.

• Empatía.

• Flexibilidad.

• Orientación al Logro.

02

Secretario Judicial

del Tercer Juzgado

Civil

Realiza labores

jurisdiccionales de

asistencia al juez en las

actuaciones o

diligencias que se

realizan dentro o fuera

del local jurisdiccional

respectivo, proyecta

resoluciones, oficios

entre otros.

Experiencia:

02 años de experiencia en labores jurídicas o en

el ejercicio de la profesión.

Grado Académico y/o Nivel de Estudios:

Bachiller en Derecho con Título Profesional de

Abogado debidamente colegiado y con

habilitación vigente para el ejercicio de la

profesión.

Conocimientos para el Puesto de Trabajo:

• Ofimática.

• En derecho civil y procesal civil.

Competencias y Habilidades:

• Comunicación Asertiva.

• Capacidad de Análisis y Síntesis de

Problemas.

• Empatía.

• Flexibilidad.

• Orientación al Logro.

03

Secretario Judicial

del Juzgado Civil de

Paita.

Realiza labores

jurisdiccionales de

asistencia al juez en las

Experiencia:

02 años de experiencia en labores jurídicas o en

el ejercicio de la profesión.

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COMISIÓN PERMANENTE DE SELECCIÓN DE PERSONAL

“Año de la diversificación Productiva y del fortale cimiento de la Educación”

actuaciones o

diligencias que se

realizan dentro o fuera

del local jurisdiccional

respectivo, proyecta

resoluciones, oficios

entre otros.

Grado Académico y/o Nivel de Estudios:

Bachiller en Derecho con Título Profesional de

Abogado debidamente colegiado y con

habilitación vigente para el ejercicio de la

profesión.

Conocimientos para el Puesto de Trabajo:

• Ofimática.

• En derecho civil y procesal civil.

Competencias y Habilidades:

• Comunicación Asertiva.

• Capacidad de Análisis y Síntesis de

Problemas.

• Empatía.

• Flexibilidad.

• Orientación al Logro.

04

Secretario Judicial

del Juzgado de Paz

Letrado de

Tambogrande

Realiza labores

jurisdiccionales de

asistencia al juez en las

actuaciones o

diligencias que se

realizan dentro o fuera

del local jurisdiccional

respectivo, proyecta

resoluciones, oficios

entre otros.

Experiencia:

02 años de experiencia en labores jurídicas o en

el ejercicio de la profesión.

Grado Académico y/o Nivel de Estudios:

Bachiller en Derecho con Título Profesional de

Abogado debidamente colegiado y con

habilitación vigente para el ejercicio de la

profesión.

Conocimientos para el Puesto de Trabajo:

• Conocimiento de Ofimática.

Competencias y Habilidades:

• Comunicación Asertiva.

• Capacidad de Análisis y Síntesis de

Problemas.

• Empatía.

• Flexibilidad.

• Orientación al Logro.

05

Secretario Judicial

del Juzgado de Paz

Letrado de Sechura.

Realiza labores

jurisdiccionales de

asistencia al juez en las

actuaciones o

diligencias que se

realizan dentro o fuera

del local jurisdiccional

respectivo, proyecta

resoluciones, oficios

entre otros.

Experiencia:

02 años de experiencia en labores jurídicas o en

el ejercicio de la profesión.

Grado Académico y/o Nivel de Estudios:

Bachiller en Derecho con Título Profesional de

Abogado debidamente colegiado y con

habilitación vigente para el ejercicio de la

profesión.

Conocimientos para el Puesto de Trabajo:

• Conocimiento de Ofimática.

Competencias y Habilidades:

• Comunicación Asertiva.

• Capacidad de Análisis y Síntesis de

Problemas.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PIURA

COMISIÓN PERMANENTE DE SELECCIÓN DE PERSONAL

“Año de la diversificación Productiva y del fortale cimiento de la Educación”

• Empatía.

• Flexibilidad.

• Orientación al Logro.

06

Especialista Judicial

de Audiencias de

Juzgado del Módulo

Penal de Chulucanas

Realiza labores

jurisdiccionales, tales

como las

coordinaciones para la

realización de las

audiencias, efectuar las

grabaciones en audio y

video de las

audiencias, dar fe

pública de los actos

procesales efectuados

en los juzgados,

elaborar el acta de

audiencia, preparación

de notificaciones y

oficios, entre otros.

Experiencia:

02 años de experiencia en labores jurídicas o en

el ejercicio de la profesión.

Grado Académico y/o Nivel de Estudios:

Bachiller en Derecho con Título Profesional de

Abogado debidamente colegiado y con

habilitación vigente para el ejercicio de la

profesión.

Conocimientos para el Puesto de Trabajo:

• Conocimiento de Ofimática.

• Sobre Derecho Penal y Procesal Penal.

Competencias y Habilidades:

• Comunicación Asertiva.

• Capacidad de Análisis y Síntesis de

Problemas.

• Empatía.

• Flexibilidad.

• Orientación al Logro.

07

Especialista Judicial

de Juzgado del

Módulo Penal de

Huarmaca

Realiza labores

jurisdiccionales, tales

como, el seguimiento

de las causas, control

de plazos, registro de

requisitorias y

condenas,

coordinación para el

uso de las salas de

audiencia y verificación

del correcto despacho

de las notificaciones,

supervisa a los

asistentes

jurisdiccionales de

juzgados y a las

especialistas judiciales

de audiencias de

juzgado, entre otros.

Experiencia:

02 años de experiencia en labores jurídicas o en

el ejercicio de la profesión.

Grado Académico y/o Nivel de Estudios:

Bachiller en Derecho con Título Profesional de

Abogado debidamente colegiado y con

habilitación vigente para el ejercicio de la

profesión.

Conocimientos para el Puesto de Trabajo:

• Conocimiento de Ofimática.

• Sobre Derecho Penal y Procesal Penal.

Competencias y Habilidades:

• Comunicación Asertiva.

• Capacidad de Análisis y Síntesis de

Problemas.

• Empatía.

• Flexibilidad.

• Orientación al Logro.

08 Perito Judicial de la

Sala Laboral de Piura

Realiza labores

periciales en materia

contable y afines,

asesora a los jueces en

asuntos de su

competencia, entre

Experiencia:

02 años de experiencia en labores similares.

Grado Académico y/o Nivel de Estudios:

Bachiller en Contabilidad, Economía o

Administración, con Título Profesional,

colegiatura y habilitación vigente para el

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COMISIÓN PERMANENTE DE SELECCIÓN DE PERSONAL

“Año de la diversificación Productiva y del fortale cimiento de la Educación”

otros. ejercicio de la profesión.

Conocimientos para el Puesto de Trabajo:

• Conocimiento en Normativa Laboral.

• Conocimiento de Ofimática.

Competencias y Habilidades:

• Comunicación Asertiva.

• Capacidad de Análisis y Síntesis de

Problemas.

• Empatía.

• Tolerancia para Trabajar bajo presión.

• Iniciativa

• Flexibilidad.

• Orientación al Logro.

• Habilidad para el Cálculo Numérico y

Redacción de Documentos.

09

Asistente Judicial del

Juzgado de Paz

Letrado de

Huarmaca

Realiza labores

diversas de apoyo

jurisdiccional:

organización de

expedientes,

confección de cédulas,

formación de

cuadernos de

incidentes,

fotocopiado de anexos,

transcripciones, apoyo

en actuaciones o

diligencias, recepción,

registro y distribución

de documentos,

atención al público

usuario, búsqueda de

expedientes, apoyo en

inventarios, control de

ingresos y salidas de

expedientes, entre

otros.

Grado Académico y/o Nivel de Estudios:

Estudiante de la carrera universitaria de Derecho

(8vo. Ciclo mínimo)

Conocimientos para el Puesto de Trabajo:

• Conocimiento de Ofimática.

Competencias y Habilidades:

• Comunicación Asertiva.

• Capacidad de Análisis y Síntesis de

Problemas.

• Empatía.

• Flexibilidad.

• Orientación al Logro.

10

Asistente

Jurisdiccional de

Juzgado del Módulo

Penal de Huarmaca

Realiza labores

diversas de apoyo

jurisdiccional:

organización y

recepción de

expedientes,

confección de cédulas,

proyección de

decretos, oficios,

Grado Académico y/o Nivel de Estudios:

Estudiante de la carrera universitaria de Derecho

(8vo. Ciclo mínimo)

Conocimientos para el Puesto de Trabajo:

• Conocimiento de Ofimática.

Competencias y Habilidades:

• Comunicación Asertiva.

• Capacidad de Análisis y Síntesis de

Problemas.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PIURA

COMISIÓN PERMANENTE DE SELECCIÓN DE PERSONAL

“Año de la diversificación Productiva y del fortale cimiento de la Educación”

control de plazos,

elaboración de

boletines de condena,

apoyo en la

programación de

audiencias y otras

labores del juzgado.

• Empatía.

• Flexibilidad.

• Orientación al Logro.

ANEXO III TABLA DE PUNTAJE POR EXPERIENCIA.

1 Más de 10 años de experiencia 20

2 Más de 9 hasta 10 años de experiencia 18

3 Más de 8 hasta 9 años de experiencia 16

4 Más de 7 hasta 8 años de experiencia 14

5 Más de 6 hasta 7 años de experiencia 12

6 Más de 5 hasta 6 años de experiencia 10

7 Más de 4 hasta 5 años de experiencia 8

8 Más de 3 hasta 4 años de experiencia 6

9 Más de 2 hasta 3 años de experiencia 4

10 De 1 hasta 2 años de experiencia 2

ANEXO IV: GRUPOS DE POSTULANTES.

N° Grupo Puestos de Trabajo Involucrados

01 Profesionales en Derecho – Área Administrativa

• Secretario Judicial de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura.

02 Profesionales en Derecho – Área Jurisdiccional

• Secretario Judicial del Tercer Juzgado Civil de Piura.

• Secretario Judicial del Juzgado Civil

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“Año de la diversificación Productiva y del fortale cimiento de la Educación”

de Paita.

• Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado de Tambogrande.

• Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado de Sechura.

• Especialista Judicial de Audiencias del Módulo Penal de Chulucanas.

• Especialista Judicial de Juzgado del Módulo Penal de Huarmaca.

03 Profesionales de Otras Especialidades

• Perito Laboral de la Sala Laboral de Piura.

04 Apoyo Jurisdiccional • Asistente Jurisdiccional de Juzgado del Módulo Penal de Huarmaca.

• Asistente Judicial del Juzgado de Paz Letrado de Huarmaca.

ANEXO V: TEMARIO.

N° Temario Grupo

01 Constitución Política del Perú: Título Preliminar, Derechos Fundamentales, Estructura del Estado, Garantías Constitucionales.

01, 02, 03 y 04.

02 Ley Orgánica del Poder Judicial: Principios Generales, Organización del Poder Judicial, Carrera Auxiliar Jurisdiccional. Actividad Procesal.

01, 02, 03 y 04.

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“Año de la diversificación Productiva y del fortale cimiento de la Educación”

03 Código de Ética: Función Pública, Deberes, Derechos y Prohibiciones de los Funcionarios y Servidores Públicos.

01, 02, 03 y 04.

04 Ley del Procedimiento Administrativo General. 01.

05 Ley de la Carrera Judicial 01 y 02.

06 Código Civil. Título Preliminar. Derecho de las Personas. Acto Jurídico. Derecho de Familia. Derechos Reales. Las Obligaciones. Fuentes de las Obligaciones. Prescripción y Caducidad.

02.

07 Código Procesal Civil. Título Preliminar. Jurisdicción, acción y competencia. (Títulos I y II). Sujetos del Proceso (Título I y II). Actividad Procesal. Postulación del Proceso. Procesos Contenciosos. Procesos No Contenciosos.

02.

08 Código Penal. Título Preliminar. Parte General. 02

09 Código Procesal Penal. Título Preliminar. La Justicia y las Partes. La Actividad Procesal. El Proceso Común. La impugnación. Los Procesos Especiales. La Ejecución y las Costas.

02

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PIURA

COMISIÓN PERMANENTE DE SELECCIÓN DE PERSONAL

“Año de la diversificación Productiva y del fortale cimiento de la Educación”

10 Código del Niño y Adolescente. Título Preliminar. 02

11 Ley 26636 – Ley Procesal Laboral. Título Preliminar. Jurisdicción y Competencia. Principios. Actividad Procesal.

02, 03

12 Ley 29497 – Nueva Ley Procesal Laboral. Título Preliminar. Disposiciones Generales.

02, 03

13 Normas Reglamentarias relativas a la obligación de los Empleadores de llevar Libros de Planillas (D.S. 001-98-TR)

03.

14 Disposiciones relativas al uso del documento denominado Planilla Electrónica (D.S. 018-2007-TR).

03.

ANEXO VI: DOCUMENTOS A PRESENTAR POR LOS POSTULANTES

SELECCIONADOS PARA LA ENTREVISTA PERSONAL. N° REQUISITO 01 Resumen Ejecutivo de Hoja de Vida (*) 02 Declaraciones Juradas (*) 03 Copia Simple del D.N.I.

04

Copia del Grado Académico y del Título Profesional. (Postulantes de los puestos de trabajo de Secretario Judicial y Perito Judicial). En caso de estudiantes de la carrera profesional de Derecho (Asistentes Judiciales y Jurisdiccionales), deberán presentar una Constancia de Estudios con fecha posterior al cierre de la postulación.

05 Copia de la Constancia de Habilidad debidamente expedida con fecha

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COMISIÓN PERMANENTE DE SELECCIÓN DE PERSONAL

“Año de la diversificación Productiva y del fortale cimiento de la Educación”

posterior al cierre de la postulación. (Secretarios Judiciales y Perito Judicial)

06 Certificados de Trabajo que acrediten la Experiencia Laboral requerida en los perfiles de puesto.

07 Certificados de las Capacitaciones y/o Estudios de Especialización requeridos en los perfiles de puesto.

(*) Formato Prediseñado que será publicado por la Comisión Permanente en la oportunidad correspondiente. Nota (1): La documentación será requerida sólo a los postulantes que sean seleccionados para la etapa de Entrevista Personal, y formará parte del acervo documentario del Concurso Público, por lo que no se admitirán solicitudes de devolución de documentos. Nota (2): En caso de detectarse la falsificación y/o adulteración de la documentación por parte del postulante, éste será excluido del proceso de selección y asimismo se remitirán los actuados para el inicio de las acciones legales y judiciales que correspondan.