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PRESTACIONES SOCIALES LOTTT 2012 Página 1 SGTNómina versión 1.1 o superior. CAPITULO 2 Liquidación de Prestaciones Sociales LOTTT 2012. PROCEDIMIENTOS PARA CALCULAR PRESTACIONES SOCIALES EN 4 PASOS. 1. Crea un Trabajador. (Ver Capítulo, punto 2.1) 2. Indique los Históricos de Salarios. (Ver Capítulo 1, punto 2.1.2.1 Histórico de Salarios.) 3. Elija el Trabajador a Liquidar Prestaciones Sociales y Revisar cálculos detallados. (Ver punto 1 de este capítulo, Formulario de Prestaciones Sociales). 4. Calcular, Guardar e Imprimir Liquidación. (Ver punto 1.2.3 de este capítulo, Liquidar Prestaciones Sociales) Antes de comenzar a realizar cálculos o liquidar personal, recomendamos que conozca primero las opciones del Capítulo 1: Definiciones.Prestaciones Sociales.

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PRESTACIONES SOCIALES LOTTT 2012

Página 1 SGTNómina versión 1.1 o superior.

CAPITULO 2

Liquidación de Prestaciones Sociales LOTTT 2012.

PROCEDIMIENTOS PARA CALCULAR PRESTACIONES SOCIALES EN 4 PASOS.

1. Crea un Trabajador. (Ver Capítulo, punto 2.1)

2. Indique los Históricos de Salarios. (Ver Capítulo 1, punto 2.1.2.1 Histórico de Salarios.)

3. Elija el Trabajador a Liquidar Prestaciones Sociales y Revisar cálculos detallados. (Ver punto 1 de este

capítulo, Formulario de Prestaciones Sociales).

4. Calcular, Guardar e Imprimir Liquidación. (Ver punto 1.2.3 de este capítulo, Liquidar Prestaciones

Sociales)

Antes de comenzar a realizar cálculos o liquidar personal, recomendamos que conozca primero las opciones

del Capítulo 1: Definiciones.Prestaciones Sociales.

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1. Formulario para el Cálculo de Liquidación de Prestaciones Sociales

Por medio de este formulario, se realizan los cálculos de Prestaciones Sociales de los Trabajadores que se van

a Liquidar a una fecha determinada. De igual forma podrá determinar sus prestaciones Sociales sin necesidad

de indicar fecha de retiro, ya que se toma como fecha de Retiro la fecha del sistema.

Este formulario está divido en 3 partes:

Encabezado: Muestra los datos del trabajador seleccionado.

Cuerpo: Muestra los Cálculos y Resultados finales en 3 fases distintas

o Prestaciones Sociales e Intereses (LOT 1997) ANEXO 2:

Acreditados mensualmente hasta el 30 de abril del 2012. Ley Anterior LOT 1997.

o Prestaciones Sociales e Intereses (LOTTT 2012) ANEXO 1:

Acreditados Trimestralmente a partir de Mayo 2012. Ley actual LOTTT 2012.

o Liquidar Prestaciones Sociales:

Por medio de este proceso se determinan todos los conceptos de la LOTTT que le

corresponden al trabajador al momento de ser liquidado.

Pie: Muestra los Resúmenes y Totales de cada anexo.

Como pueden observar en esta imagen, en un solo formulario determinas los cálculos de las

Prestaciones Sociales de un Trabajador que haya ingresado antes o después de aprobarse la nueva LOTTT de

tal forma que sean auditados los resultados en base a sus anexos respectivos.

A continuación explicaremos como funciona cada parte del formulario:

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1.1 ENCABEZADO

En esta sección del Formulario nos permite identificar al trabajador que estamos seleccionando (Punto

anterior).

Los campos visibles son:

Datos de la Ficha del Trabajador:

Cédula

Nombre:

Apellidos:

Nacionalidad:

Cargo:

Fecha de Ingreso:

Fecha de Egreso:

Último Salario Diario.

Frecuencia de Pago:

Forma de Pago:

Salario Variable:

Datos de Prestaciones Sociales:

Antigüedad en la Empresa:

Garantía de las Prestaciones Sociales:

Parámetros Generales:

Días de Vacaciones:

Días de Bono Vacacional:

Días Bono Fin de Año.

Botones de Búsqueda y Flechas de Cursor:

Buscar Trabajador.

Primero:

Anterior:

Siguiente:

Ultimo:

Salir:

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Por defecto siempre se muestra el último registro o trabajador procesado, y solo se muestran los

trabajadores que hayan sido procesados o guardados como liquidados, las cuales pueden ser localizados por

medio de las flechas del cursor. Aquellos trabajadores que no han sido liquidados, deberá buscarlos y

seleccionarlos, ver punto 1.1.1 de este capítulo.

1.1.1 Buscar y Seleccionar Trabajador:

Para iniciar el proceso de Calcular las Prestaciones Sociales a un trabajador es necesario Buscarlo y

Seleccionarlo por medio del botón de Buscar Empleado/Trabajador.

Seguidamente se despliega la ventana de búsqueda del Trabajador con criterios de búsquedas tales como:

- Cédula

- Apellidos

- Nombres

- Status.

Recuerde que por defecto está el Status de Activo, en caso de que el trabajador esté Liquidado, no será

mostrado mientras exista el filtro de Activo, debe cambiar para el Status de Liquidado.

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Elija el trabajador respectivo y de Clic al botón de Seleccionar.

Si no existe un trabajador que requiera liquidarlo, debe registrarlo previamente por medio de Fichero de

Trabajadores. Ver punto 1.1 del capítulo 1.

1.2 CUERPO

En esta sección del formulario se divide en 3 procesos en distintas pestañas:

Prestaciones Sociales e Intereses (LOTTT 2012).Anexo 1

Prestaciones Sociales e Intereses (LOT 1997). Anexo 2

Liquidar Prestaciones Sociales.

Cada uno de estos procesos lo identificaremos con el punto 3.1.2 seguido del número en orden que

le corresponde.

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1.2.1 Prestaciones Sociales e Intereses (LOTTT 2012) Anexo 1

Por medio de esta pestaña calcularemos el Depósito o Abono de las Prestaciones Sociales de todos los

trabajadores para su posterior Liquidación de Prestaciones Sociales.

Este proceso aplica a todos los trabajadores a todos los trabajadores de cualquier fecha de Ingreso.

Para los Trabajadores que estaban Activos antes de la entrada de vigencia de la LOTTT 2012, el primer mes

mostrado es Mayo 2012. (Ver Criterios al final de este punto).

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CAMPOS DEL FORMULARIO:

Por cada fila serán mostrados los datos relacionados con las siguientes columnas:

a. Años:

Es el año cumplido según la fecha del registro.

b. Fecha:

Corresponde al Mes y Año en forma progresiva desde el primer mes de Ingreso hasta

el mes de la fecha de Retiro.

c. Salario Diario:

Corresponde al Monto Diario devengado por el Trabajador según la tabla en Fichero

del Trabajador llamada “Histórico de Salario”.

1. El monto diario penderá del tipo de Salario del Trabajador: Fijo o Variable.

a. Si es Fijo: Muestra el Salario Diario de la Columna Salario Promedio

Mes.

b. Si es Variable: Muestra el Salario Diarios de la Columna Salario

Promedio Semestre.

d. Cuota Parte Bono Fin de Año:

Es el resultado diario de lo devengado por Bono Fin de Año de acuerdo al Monto

Diario Devengado y el factor de Bono de Fin de Año: Salario x Días Utilidades

dividido entre 360.

El valor de Días del Bono Fin de Año es tomado del formulario de Parámetros en

Ficheros, bajo el recuadro de LOTTT 2012.

e. Cuota Parte Bono Vacacional:

Es el resultado diario de lo devengado por Bono Fin de Año de acuerdo al Monto

Diario Devengado y el factor de Bono Fin de Año.

f. Salario Integral:

Es la suma de los Montos de las 3 columnas anteriores.

g. Días Abonados:

Corresponde a los 15 días (depositados o abonados cada trimestre) por derecho de

Prestaciones Sociales según el Art. 142 numeral A.

Este valor se genera en la fila del mes que coincida con la fecha de su cumplimiento.

h. Días Adicionales:

Corresponde a los 2 días adicionales (depositados o abonados cada año después del

primer año) según el Art. 142 numeral B.

Este valor se genera en la fila del mes que coincida con la fecha de su cumplimiento.

i. Total Días:

Corresponde a la suma en el mismo mes de las columnas Días Abonados y Días

Adicionales.

Es probable que el resultado sea 0, 2, 15 o 17 días según las condiciones y resultados

que se cumplan en el mismo mes.

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j. Monto Abonado:

Es el resultado de la multiplicación de Total Días por el Monto de la Columna Salario

Integral.

k. Total Prestaciones:

Es la suma acumulada de la Columna Monto Abonado.

l. Anticipos de Prestaciones:

Corresponde al monto indicado en la columna de Anticipo en Histórico de Salarios.

Este monto se imputará en el mes que le corresponda según lo indicado en Histórico

de Salarios de la Ficha del Trabajador.

m. Saldo de Prestaciones:

Es la suma acumulada de la Columna Total Prestaciones menos la Columna Anticipos

de Prestaciones.

Este resultado sirve como base o Capital para el cálculo de Intereses.

n. Tasa Interés Promedio:

Corresponde al abono mensual de los Intereses sobre Prestaciones Sociales indicados

en el Art. 143.

o. Intereses Devengados:

Corresponde al monto abonado los intereses del mes que resulta de la ecuación:

CAPITAL X TASA

1200

Capital= Columna Saldo de Prestaciones, Monto del Mes Anterior.

Tasa= Columna Tasa Interés Promedio: Tasa del mes.

p. Pago de Intereses:

Corresponde al monto indicado en la columna de Pago Intereses en Histórico de

Salarios.

q. Saldo de Intereses:

Es la suma acumulada de la Columna Intereses Devengados menos la Columna Pago

de Intereses.

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1.2.2 Prestaciones Sociales e Intereses (LOT 1997) Anexo 2

Por medio de esta pestaña calcularemos el Depósito o Abono de las Prestaciones Sociales de todos los

trabajadores para su posterior Liquidación de Prestaciones Sociales.

Este proceso se calcula a todos los trabajadores que estaban Activos antes de la entrada de vigencia de la

LOTTT.

Prácticamente es igual al formulario LOTTT 2012, la diferencia es que está los abonos mensuales o

trimestrales.

Los abonos de Antigüedad mensual son calculados desde la fecha de Ingreso del Trabajador hasta el 30 de

Abril del 2012.

En caso de Trabajadores que ingresaron después del 30 de Abril del 2012, no se mostrarán ningún tipo de

registro o cálculo.

Veamos las diferencias en los campos que se detallan a continuación:

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CAMPOS DEL FORMULARIO:

Por cada fila serán mostrados los datos relacionados con las siguientes columnas:

a. Años:

Es el año cumplido según la fecha del registro.

b. Fecha:

Corresponde al Mes y Año en forma progresiva desde el primer mes de Ingreso hasta

el mes de la fecha de Retiro.

c. Salario Diario:

Corresponde al Monto Diario devengado por el Trabajador según la tabla en Fichero

del Trabajador llamada “Histórico de Salario”.

1. El monto diario penderá del tipo de Salario del Trabajador: Fijo o Variable.

a. Si es Fijo: Muestra el Salario Diario de la Columna Salario Promedio

Mes.

b. Si es Variable: Muestra el Salario Diarios de la Columna Salario

Promedio Semestre.

d. Cuota Parte Utilidades:

Es el resultado diario de lo devengado por Utilidades de acuerdo al Monto Diario

Devengado y el factor de Utilidades: Salario x Días Utilidades dividido entre 360.

El valor de Días de Utilidades es tomado del formulario de Parámetros en Ficheros,

bajo el recuadro de LOTT 1997.

e. Cuota Parte Bono Vacacional:

Es el resultado diario de lo devengado por Bono Fin de Año de acuerdo al Monto

Diario Devengado y el factor de Bono Fin de Año.

f. Salario Integral:

Es la suma de los Montos de las 3 columnas anteriores.

g. Días Abonados:

Corresponde a 5 días (depositados o abonados mensualmente) por derecho de

Prestaciones Sociales según el Art. 108 LOT 1997.

Este valor se genera en la fila del mes que coincida con la fecha de su cumplimiento.

h. Días Adicionales:

Corresponde a los 2 días adicionales (depositados o abonados cada año después del

primer año) según el Art. 108 LOT 1997.

Este valor se genera en la fila del mes que coincida con la fecha de su cumplimiento.

i. Total Días:

Corresponde a la suma en el mismo mes de las columnas Días Abonados y Días

Adicionales.

Es probable que el resultado sea 0, 2, 5 o 7 días según las condiciones y resultados

que se cumplan en el mismo mes.

PRESTACIONES SOCIALES LOTTT 2012

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j. Monto Abonado:

Es el resultado de la multiplicación de Total Días por el Monto de la Columna Salario

Integral.

k. Total Prestaciones:

Es la suma acumulada de la Columna Monto Abonado.

l. Anticipos de Prestaciones:

Corresponde al monto indicado en la columna de Anticipo en Histórico de Salarios.

Este monto se imputará en el mes que le corresponda según lo indicado en Histórico

de Salarios de la Ficha del Trabajador.

m. Saldo de Prestaciones:

Es la suma acumulada de la Columna Total Prestaciones menos la Columna Anticipos

de Prestaciones.

Este resultado sirve como base o Capital para el cálculo de Intereses.

n. Tasa Interés Promedio:

Corresponde al abono mensual de los Intereses sobre Prestaciones Sociales.

Intereses Devengados:

Corresponde al monto abonado los intereses del mes que resulta de la ecuación:

CAPITAL X TASA

1200

Capital= Columna Saldo de Prestaciones, Monto del Mes Anterior.

Tasa= Columna Tasa Interés Promedio: Tasa del mes.

o. Pago de Intereses:

Corresponde al monto indicado en la columna de Pago Intereses en Histórico de

Salarios.

p. Saldo de Intereses:

Es la suma acumulada de la Columna Intereses Devengados menos la Columna Pago

de Intereses.

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PIE DEL FORMULARIO:

En esta sección al final del Formulario que corresponde al Cálculo de las Prestaciones Sociales e Intereses

según la LOTTT 2012, el Sistema le provee Información Resumida y Detalle de los Cálculos para su Impresión.

RESUMEN CONSOLIDADO DE MONTOS

Resumen de Prestaciones Sociales:

En este recuadro se muestran los resultados resumidos de las Prestaciones Sociales

calculadas en ambos formularios (Ley Anterior y Actual en columnas distintas), de tal forma

que permita verificar los resultados de forma consolidada.

LOT 1997

LOTTT 2012.

TOTAL (Consolidado o la suma de cada fila de ambas columnas).

Prestaciones Sociales Depositadas o Abonadas.

Menos: Anticipos sobre Prestaciones Sociales.

Saldo de Prestaciones Sociales.

Resumen de Intereses sobre Prestaciones Sociales:

En este recuadro se muestran los resultados resumidos de los Intereses sobre Prestaciones

Sociales calculados en ambos formularios (Ley Anterior y Actual en columnas distintas), de tal

forma que permita verificar los resultados de forma consolidada.

LOT 1997

LOTTT 2012.

TOTAL (Consolidado o la suma de cada fila de ambas columnas).

Intereses abonados mensualmente.

Menos: Intereses pagados.

Saldo de Intereses sobre Prestaciones Sociales.

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REPORTES

Anexo 1 A: Por medio de este reporte podrá conocer como se realizaron los

cálculos de los montos de los Depósitos o Abonos de las Prestaciones

Sociales realizados por cada mes, indicando además como se determinó el

Salario Integral y los Días que corresponden por ley.

Anexo 1 B: Por medio de este reporte podrá conocer como se realizaron los

cálculos de los montos de los Intereses sobre las Prestaciones Sociales

abonados cada mes.

Estos reportes sirven como anexo al Comprobante de Pago de Liquidación de Prestaciones Sociales

en relación a los Cálculos de la LOTTT 2012.

A continuación los Reportes en PDF y Excel. (Para Imprimir en PDF, recomendamos usar PDFCreator y

lo elije como Impresora al momento de Imprimir).

PRESTACIONES SOCIALES LOTTT 2012

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Cuando finaliza la Impresión, el Sistema le da la opción de Exportar el Reporte en Formato Excel. Elija la

opción Si y se genera automáticamente.

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PRESTACIONES SOCIALES LOTTT 2012

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IMPRESIÓN LOT 1997

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1.2.2.1 CRITERIOS APLICADOS EN LOS CÁLCULOS DE LAS PRESTACIONES SOCIALES E INTERESES (LOTTT

2012) TOMANDO EN CUENTA QUE EXISTEN VACIOS EN LA LEY QUE SOLO PODRAN SER ACLARADOS EN EL

NUEVO REGLAMENTO.

Es importante que el Usuario conozca los criterios de cálculos que realizamos apegados a la LOTTT

vigente, de tal forma que pueda auditar los resultados emitidos por el Sistema.

PRIMER TRIMESTRE PARA EL DEPÓSITO O ABONO DE LAS PRESTACIONES SOCIALES.

Es importante aclarar que este proceso realiza el primer abono trimestral en base a los siguientes

escenarios:

A. Abono de las Prestaciones Sociales en el primer Trimestre basado en texto de la LOTTT:

Disposiciones Transitorias Segunda, Numeral 4: “Los trabajadores y Trabajadoras que para el

momento de la entrada en vigencia de esta Ley tuviesen un tiempo de servicio menor a tres

meses, se les efectuará el primer depósito de quince días por concepto de garantía de

prestaciones sociales establecida en esta Ley al cumplir los tres meses de servicio.

Si el trabajador ingresó en Febrero o Marzo del 2012, el primero abono trimestral de las

Prestaciones Sociales por 15 días se realiza en Mayo del 2012.

Recordemos que estos trabajadores en la anterior Ley no se les abonó la

Antigüedad de los 5 días sino hasta el cuarto mes. Es por ello que se le reconoce

los 15 días en Mayo 2012.

Si el trabajador ingresó en Abril del 2012, el primero abono trimestral de las Prestaciones

Sociales por 15 días se realiza en Junio del 2012; ya que su primer trimestre los cumple en Junio

2012.

B. Abono de las Prestaciones Sociales en el primer Trimestre basado en texto de la LOTTT: Art. 142,

Numeral a: “El patrono o patrona depositará a cada trabajador o trabajadora por concepto de

garantía de las prestaciones sociales el equivalente a quince días cada trimestre, calculado con

base al último salario devengado. El derecho a este depósito se adquiere desde el momento de

iniciar el trimestre.”

i. Si el trabajador ingresó en Mayo del 2012 o cualquier fecha de Enero del 2012 o anterior, el

primero abono trimestral de las Prestaciones Sociales por 15 días se realiza en Julio del 2012, o

sea, al cumplir su primer trimestre según la nueva ley.

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ii. Si el trabajador ingresó en Junio del 2012 o cualquier fecha posterior, el primero abono

trimestral de las Prestaciones Sociales por 15 días se realiza cuando cumpla el primer trimestre.

En el caso de Junio 2012, el primer trimestre se cumple en Agosto 2012; si ingresa en Julio 2012,

el primer trimestre se cumple en Septiembre 2012, así sucesivamente.

TRIMESTRES POSTERIORES PARA EL DEPOSITO O ABONO DE LAS PRESTACIONES SOCIALES.

Todos los abonos de los 15 días de las Prestaciones Sociales se realizarán al cumplirse cada Trimestre,

esto quiere decir que si el primer abono de Antigüedad se realizó en Julio 2012, el próximo abono

será en Octubre de 2012, luego Enero 2013, así sucesivamente mientras esté activo el trabajador.

La Ley no es muy clara en cuanto a cual trimestre se refiere, si es fiscal o si es del trabajador, por los

momentos lo interpretamos como el trimestre del trabajador, ya que en las Disposiciones

Transitorias Segunda Numeral 4 establece el hecho de cumplir el primer trimestre y se puede

interpretar el criterio del legislador donde al cumplirse el primer trimestre, los siguientes trimestres

se aplicarán bajo los mismo criterios. Luego si el nuevo Reglamento de la LOTTT define este criterio,

realizaremos el cambio respectivo, mientras tanto no hay un criterio bien definido, por lo cual nos

inclinamos por este, debido a las consultas que hemos realizados a expertos en la materia y

publicaciones en los medios de comunicación donde expertos manifiestan su posición al respecto.

ABONO DE LAS PRESTACIONES SOCIALES EN EL ULTIMO TRIMESTRE LABORADO.

En el texto de la ley especifica Art.142 numeral a. “El derecho a este depósito se adquiere desde el

momento de iniciar el trimestre”.

Es por esta razón que en el último mes siempre se acreditará 15 días de Prestaciones Sociales, ya que

el derecho se obtiene al principio o al final del trimestre.

Analogía de derecho y pago de cada Trimestre:

Si un trabajador contratado semanalmente, cuyo pago se realiza cada fin de semana, el derecho lo

adquiere al comienzo de su semana y se paga al final de su jornada.

Lo mismo sucede con los beneficios adquiridos en períodos distintos como es el caso de los 15 días

que la LOTTT le otorga al trabajador. En caso de no cumplirse el trimestre, tiene por derecho los 15

días aun cuando no los haya culminado.

Claro está que los Intereses devengados en el último mes deben corresponder por los días desde el

inicio del mes hasta la fecha de retiro.

Importante: Las Prestaciones Sociales Acumuladas menos los Anticipos aplicados, podrán

visualizarlos en el Anexo 1 a.

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CALCULO DE LOS INTERESES DE PRESTACIONES SOCIALES:

Este proceso se realiza mensualmente a la Tasa Promedio tomando como capital el Saldo de

las Prestaciones Sociales. (Total Prestaciones Sociales menos los Anticipos.)

Los Intereses Acumulados menos los pagos de Intereses podrá visualizarlos en el Anexo 1 b.

ANTICIPOS DE LAS PRESTACIONES SOCIALES:

Aunque la Ley regula el Anticipo de Prestaciones Sociales cuando se Acredita en la

Contabilidad de la Entidad (Art. 144) o cuando se Deposita en una Cuenta de Fideicomiso Individual o

en el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales, el Usuario podrá indicar los montos de Anticipos si los

mismo han sido otorgados. El sistema procesará la información que Usted registre y no restringirá el

campo para tales efectos.

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1.2.3 Liquidar Prestaciones Sociales:

Por medio de este formulario se determina la Liquidación General del trabajador, tales como:

Las Garantías de las Prestaciones Sociales LOTTT 2012 y los Intereses devengados. Anexo

1 A y B.

Las Garantías de las Prestaciones Sociales y los Intereses al 30-04-2012 calculados en

base a la ley derogada, para los trabajadores activos al momento de la vigencia de la

nueva ley.

Vacaciones Fraccionadas.

Bono Vacacional Fraccionado.

Bono fin de año Fraccionado.

Anticipos de Prestaciones Sociales. (Si corresponde).

Intereses de Mora (Si Aplica)

Diferencia a favor por Retroactividad de las Prestaciones Sociales. (Si aplica).

Asignaciones y Deducciones que correspondan aplicar al trabajador al terminar la

relación laboral.

Para tales efectos es necesario conocer los procedimientos para determinar la Liquidación del trabajador.

PRESTACIONES SOCIALES LOTTT 2012

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Importante: Los conceptos calculados al momento de la liquidación del trabajador corresponden con los

exigidos en la LOTTT vigente, motivo por el cual el Sistema bloquea liquidaciones antes de entrar en vigencia

la nueva ley debido para evitar confusiones e incongruencias de conceptos en base al tiempo y la ley.

1.2.3.1Retroactividad según Art. 142 numeral C.:

Este recuadro muestra el cálculo exigido en la ley para determinar si el trabajador goza de un beneficio

tomando en cuenta su Antigüedad en años (Asignándole un valor de 30 días por cada año) multiplicado por

el Último Salario devengado a la fecha de Retiro.

De este resultado se compara con el total de Prestaciones Sociales Depositadas o Abonadas, de ser Mayor el

Total del Monto de Retroactivo, entonces le corresponde pagar este Monto. Como contablemente ya

tenemos depositados o abonadas la Prestaciones Sociales, entonces se le cancela la “Diferencia a favor por

este recalculo”.

Ejemplo1: Cuando el monto de la Retroactividad es mayor que el monto de lo Depositado o abonado de las

Prestaciones Sociales.

Un trabajador tuvo una Total de Prestaciones Sociales Depositadas o Abonadas por un Monto de BsF.

15.000, y al momento del Retiro se hizo el Cálculo de la Retroactividad y el Monto fue de BsF 18.000 (6 Años

= 180 días por BsF. 100 ) entonces , la Empresa debe pagarle BsF. 3.000 como una compensación por

Retroactividad de las Prestaciones Sociales.

Finalmente el trabajador cobra BsF. 18.000 (Suma de 15.000 de Prestaciones Sociales + 3.000 por la Dif. De

Retroactividad).

Ejemplo2: Cuando el monto de la Retroactividad es menor que el monto de lo Depositado o abonado de las

Prestaciones Sociales.

PRESTACIONES SOCIALES LOTTT 2012

Página 22 SGTNómina versión 1.1 o superior.

Un trabajador tuvo una Total de Prestaciones Sociales Depositadas o Abonadas por un Monto de BsF.

15.000, y al momento del Retiro se hizo el Cálculo de la Retroactividad y el Monto fue de BsF 14.400 (6 Años

= 180 días por BsF. 80) entonces, NO hay diferencia a Pagar por concepto compensación por la

retroactividad de las Prestaciones Sociales, debido a que los Depositado o Abonado como Garantía de las

Prestaciones Sociales es mayor que el total de lo calculado como Retroactivo.

1.2.3.2 Opciones del Formulario:

El Formulario de Liquidar Prestaciones Sociales tiene varios botones para distintos fines, tales como:

Motivo del Retiro o Egreso:

Es necesario que seleccione una de estas opciones de Retiro, ya que del mismo

dependen el cálculo de otros conceptos.

Las opciones de Retiro son las siguientes:

- Retiro Voluntario.(Retiro)

- Culminación de Contrato. (Justificado).

- Despido (Justificado).

- Despido (No Justificado).

- Fallecimiento. (No Justificado).

- Jubilación (Retiro).

- Incapacidad. (No Justificado).

PRESTACIONES SOCIALES LOTTT 2012

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Fecha de Pago:

Esta fecha es importante indicarla para determinar los Interese de Mora en caso

de que la fecha de pago sea posterior a la fecha tope a pagar que establece la

ley.

Calcular Intereses de Mora:

Solo aplica cuando la fecha de pago es posterior a la fecha tope que establece la

ley para pagar las Prestaciones Sociales ( Máximo 5 días hábiles a partir de la

fecha de Retiro).

El cálculo se realiza por la diferencia de días entre la fecha tope a pagar sin

Intereses y la fecha de pago.

Es necesario que esté tildado el campo llamado “Calcular Intereses de Mora”.

Para calcular los Intereses de Mora solo es necesario que indique la nueva fecha

de pago y de Clic al botón de Calcular. El resultado será mostrado como un nuevo

concepto siempre y cuando tenga días de mora.

Auditoria de Datos:

Corresponden a valores que no son mostrados en los cálculos pero son parte de

los resultados, tales como:

- Total días abonados de Prestaciones:(Suma en Días de las Prestaciones

de LOTTT 2012 y LOT1997.

- Días Adicionales totales (Acumulados, tope 30 días.)

- Días de Mora pago de Prestaciones (Si aplica)

- % de Tasa de Interés de Mora aplicada. (Si aplica).

- Cualquier otro valor que sea necesario mostrar para auditar resultados.

Calcular:

Este proceso es necesario para que se generen los conceptos de pago.

Si el recuadro de conceptos está vació, de Clic a esta opción.

Calcular no Implica que esté liquidado el trabajador, deberá Guardar para que el

Trabajador quede como Liquidado y los cálculos queden guardados sin poder ser

alterados.

Sirve también como opción de Reversar el proceso de Trabajador Liquidado,

dejando Activo nuevamente el Trabajador para poder ser Recalculadas sus

Prestaciones.

Incluir Nuevo Concepto:

Por medio de esta opción podrá agregar Nuevos Concepto de libre criterio, solo

indica el nombre del Concepto y el Monto a Pagar (Valor Positivo) o Deducir

(Valor Negativo).

PRESTACIONES SOCIALES LOTTT 2012

Página 24 SGTNómina versión 1.1 o superior.

Conceptos Adicionales:

Es una lista de conceptos disponibles para indicar montos a pagar adicional a los

que se calculan automáticamente.

Guardar:

Esta opción aparte de Guardar los Resultados, también procesa al trabajador

como Liquidado.

Una vez que el trabajador quede liquidado, no podrá realizar cambios, solo

imprimir el Recibo de Pago.

Si requiere reversar la Liquidación use nuevamente el botón de Calcular.

Imprimir:

Emite el Recibo de Pago con el resumen de pago de las Prestaciones Sociales.

Este Reporte es un modelo de ejemplo y está desarrollado en Crystal Reports,

motivo por el cual podrá cambiarlo a sus necesidades.