Canon Minero Culminado

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TRASENDENCIA DE LA MINERIA EN LA CIUDAD DE HUARAZ Y LA CONTABILIDAD MINERA Y EL MANEJO DE COSTOS

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  • INTRODUCCION

    El canon minero, segn la normativa actuales conforma por el 50% del impuesto a la renta de tercera categora producido por los titulares de las concesiones mineras, monto que se destina a los gobiernos regionales y locales de la regin en que se encuentra el yacimiento natural, a lo largo de los aos, y debido al crecimiento de la minera, los montos generados por el canon han adquirido una relevancia trascendental.

    El canon generado por la minera, entonces, se ha convertido en parte indispensable de los recursos que manejan los gobiernos regionales y locales abarcados por ste (regiones generadoras para ellos, representa una diferencia abismal en su presupuesto -y, por consiguiente, para el desarrollo de la poblacin- frente al que tendran si es que fuesen una regin no involucrada; de la idea presentada, se puede desprender que el canon genera una brecha en el dinero que manejan ciertas regiones abarcadas por el canon y aquellas que no lo hacen. En un mbito terico, no habra problema por el hecho de que algunos gobiernos regionales y locales (los generadores) manejen ms presupuesto que otros (los no involucrados), el problema est en que, bajo nuestra realidad social, el dinero a disposicin de una extensa cantidad de regiones y localidades no involucrados no es suficiente ni siquiera para cumplir con las necesidades bsicas de sus poblaciones.

    As, la realidad presentada es la siguiente, por un lado, existen gobiernos que manejan un presupuesto tan nfimo que no puede cumplir con lo que requiere la poblacin mientras que, por otro, se encuentran gobiernos que manejan en su presupuesto ingentes sumas de dinero, las cuales son tan considerables que ni siquiera se llegan a utilizar en su totalidad*; entonces, la propuesta reclamada por los primeros es simple, que parte del canon de las regiones generadoras se destine a las regiones que no lo son, con la finalidad de que stas puedan satisfacer de mejor manera las necesidades primigenias de la poblacin. Llano y concreto, lo planteado en el prrafo anterior es merecedor de ser analizado, si bien creemos que la finalidad -es decir, recortar la brecha existente entre las regiones mediante una distribucin ms equitativa- es inobjetable, la idea para lograr esto tiene que adecuarse al marco actual, es decir, sondear los escollos jurdicos y polticos que se le presenten, si es que quiere ser considerada como viable. Entonces, creemos que una modificacin estructural del canon en la que se establezca la distribucin de parte del canon de las regiones generadoras a las regiones no involucradas tendra que superar barreras muy altas, debido a un cmulo de motivos de diversos mbitos

  • CANON MINERO

    Qu es el canon minero?

    Segn el ordenamiento jurdico peruano, el Canon Minero es la participacin efectiva y

    adecuada de la que gozan los Gobiernos Locales (municipalidades provinciales y

    distritales) y los Gobiernos Regionales del total de ingresos y rentas obtenidos por el

    Estado por la explotacin econmica de los recursos mineros (metlicos y no metlicos).

    As, efectuada la recaudacin del Impuesto a la Renta, el Estado por intermedio de la

    Secretara de Descentralizacin de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM)

    transfiere un porcentaje de los ingresos captados por dicho concepto a las zonas en

    donde se explot el recurso minero. El monto de la transferencia ser depositado en

    Cuentas Especiales, las cuales se abrirn en el Banco de la Nacin. Cabe sealar que los

    montos transferidos no revierten al Estado

    Entre enero de 1997 y mayo del 2002, el Canon Minero estuvo constituido por el 20%

    del Impuesto a la Renta de Tercera Categora pagado por los titulares de la actividad

    minera. Sin embargo, a partir de junio del 2002 dicho porcentaje se increment a 50%

    segn lo establecido la Ley de Canon (Ley N 27506) y su Reglamento (D.S.N 005-2002-

    EF) El Canon Minero es el ms importante de los seis tipos de canon existentes (minero,

    petrolero, gasfero, hidroenergtico, forestal y pesquero), por el enorme volumen de

    recursos que genera para las zonas donde se distribuye No obstante, el Canon Minero

    generado en un ao determinado se distribuye desde junio del ao siguiente a su

    recaudacin, hasta mayo del ao subsiguiente. Es decir, la distribucin se hace con 18

    meses de retraso Como ejemplo, en el 2004 se gener S/. 1,158.5 millones por concepto

    de Canon Minero, los que estn siendo distribuidos en 12 cuotas mensuales iguales

    desde junio del 2005 hasta mayo del 2006. Por tanto, el Canon que se gener en

    determinado ejercicio fiscal (ao) jams podr coincidir con el canon distribuido a los

    beneficiarios en ese mismo ao, lo que resulta constante fuente de malentendidos. A

    continuacin se presenta un cuadro que demuestra lo anterior.

  • Base Legal

    Creado por la Ley General de Minera, segn D.S.N 014-92-EM y D.S.N 1 88-

    95-EF.

    Modificado por la Ley de Canon, Ley N 27506.

    Reglamentado por D.S.N 005-2002-U.

    Ley N 26922 - Ley Marco de Descentralizacin.

    Directiva N 011-2005-EF-76.01 (Directiva para la Programacin, Formulacin y

    Aprobacin del Presupuesto de los Gobiernos Regionales para el ao fiscal 2006)

    Directiva N 013-2005-EF-76.01 (Directiva para la Programacin, Formulacin y

    Aprobacin del Presupuesto de los Gobiernos Locales para el ao fiscal 2006)

    Cmo se distribuye? Los criterios de distribucin del Canon Minero han variado en varias oportunidades desde

    su publicacin inicial en junio del 2001.

    Inicialmente se distribua entre los Gobiernos Locales de acuerdo al criterio de rea de

    influencia del yacimiento explotado y densidad poblacional. Los Gobiernos Locales,

    constituidos por las municipalidades provinciales y distritales, tenan la siguiente

    distribucin:

    a) 20% del total recaudado para las municipalidades de la provincia o provincias en que

    se encuentra localizado el recurso natural.

  • b) 60% del total recaudado para las municipalidades provinciales y distritales del

    departamento o departamentos donde se encuentra localizado el recurso natural.

    c) 20% del total recaudado para los gobiernos regionales en cuyo territorio se encuentra

    el recurso natural, que sern invertidos en obras de impacto regional.

    El 26 de septiembre del 2003, mediante la Ley N 28077 y a mediados del 2004, con la

    Ley N 28322, se modific los porcentajes y criterios de distribucin del canon. A partir

    de julio del 2005 los Gobiernos Regionales y Locales recibieron un porcentaje de lo

    recaudado de acuerdo a los ndices de distribucin que fije el Ministerio de Economa y

    Finanzas (MEF) en base a criterios de poblacin y pobreza vinculados a la carencia de

    necesidades bsicas y dficit de infraestructura. Su distribucin qued establecida de la

    siguiente manera, que se mantiene vigente a la fecha

    a) 10% del total recaudado para los gobiernos de la municipalidad o municipalidades distritales donde se encuentra localizado el recurso natural (del cual 30% se destinar a

    la inversin productiva para el desarrollo de las comunidades).

    b) 25% del total recaudado para los gobiernos locales de la provincia o provincias

    donde se encuentra localizado el recurso natural, excluyendo al distrito o distritos

    productores.

    c) 40% del total recaudado para los gobiernos locales del departamento o

    departamentos de las regiones.

    d) 25% del total recaudado para los gobiernos regionales donde se encuentra el recurso

    natural. (De este porcentaje, el 20% ser entregado a las universidades pblicas de su

    circunscripcin. Estos recursos sern destinados exclusivamente a la inversin en

    investigacin cientfica y tecnolgica que potencien el desarrollo regional).

    Otras modificaciones importantes fueron:

    El criterio de densidad poblacional (habitantes por kilmetro cuadrado) fue sustituido por

    el indicador de poblacin y pobreza ligado a las necesidades bsicas insatisfechas y

    dficit de infraestructura, este criterio fue modificado porque favoreca a los municipios

    ms densos en desmedro de los de baja densidad, que en muchos casos resultan ser las

    zonas de donde se extraen los recursos minerales o tienen una poblacin con mayores

    necesidades insatisfechas. As, por citar un ejemplo, si vemos el canon distribuido en el

    departamento de Lima entre 1996 y el 2002, la provincia de Lima recibi el 81.86% del

    canon generado, mientras que la provincia minera de Oyn recibi el 0.98%, esto, debido

    a que la provincia de Lima tiene una densidad poblacional superior. Se otorga un

    porcentaje especial de 10% aldistrito o distritos donde estn ubicados los yacimientos y

    concesiones. Con esta aclaracin se beneficia directamente y en mayor porcentaje a los

  • distrito o distritos donde estn ubicados los yacimientos y concesiones. Con esta

    aclaracin se beneficia directamente y en mayor porcentaje a los distritos donde se

    ubican.

    Se modifica los porcentajes a distribuirse entre los gobiernos locales del resto

    Se otorga un porcentaje especial de 10% al distrito o distritos donde estn ubicados los

    yacimientos y concesiones. Con esta aclaracin se beneficia directamente y en mayor

    porcentaje a los distritos donde se ubican las concesiones.

    Se modifica los porcentajes a distribuirse entre los gobiernos locales del resto

    De la provincia y del resto del departamento.

    Cabe sealar que en la Ley N 28322 se aprob una modificacin al texto de los

    porcentajes de distribucin, el cual se aplicar a partir de la entrada en vigencia del

    respectivo reglamento, pendiente a la fecha. Los dos cambios principales consisten en: a)

    reemplazo de la frase "donde se encuentra localzalo el recurso natural" por "donde se

    explota el recurso natura.; y b) elimina la exclusin del distrito (o distritos) y provincia (o

    provincias) productores en los literales b y c de los porcentajes de distribucin, lo que

    implicara que los gobiernos locales ms cercanos a la zona de explotacin del recursos

    reciban una mayor transferencia por concepto de canon, al ser incluidos en cada una de

    las otras distribuciones.

    EN QUE SE PUEDE USAR?

    Los recursos que los Gobiernos Regionales y Locales reciban por concepto de canon

    pueden ser utilizados exclusivamente para el financiamiento o co-financiamiento de

    proyectos u obras de impacto regional y local. Para ello el Gobierno Regional o Local

    tendr que establecer una cuenta destinada a dicha finalidad.

    Excepcionalmente, para el ejercicio fiscal del 2006 se est permitiendo que los Gobiernos

    Regionales y Locales utilicen el 20% de los recursos provenientes del Canon y la Regala

    Minera para el mantenimiento de la infraestructura generada por los proyectos de impacto

    regional y local. Asimismo, de dicho porcentaje los Gobiernos Regionales y Locales

    podrn destinar el 5% para financiar la elaboracin de perfiles correspondientes a los

    proyectos de inversin pblica que se enmarquen en los planes de desarrollo concertado.

    rea de Influencia

  • Para efecto de la distribucin de los recursos del Canon se considera como rea de influencia el rea territorial de los Gobiernos Locales y Regionales en cuya circunscripcin se explotan los recursos naturales, en donde se ubica la central de generacin de energa elctrica, se encuentran los lotes gasferos en explotacin, los lugares de desembarque de pesca de mayor escala y las concesiones o autorizaciones forestales.

    Cuando los lugares donde se explota el recurso natural (definidos en el prrafo anterior) se encuentran en circunscripciones distintas, la distribucin se realiza en proporcin a la produccin de cada unidad productiva.

    En el caso que los lugares donde se explota el recurso natural se encuentren ubicadas en dos o ms circunscripciones vecinas, la distribucin se realiza en partes iguales.

    Criterios de Distribucin

    El Canon ser distribuido entre los gobiernos regionales y locales de acuerdo a los ndices que fije el Ministerio de Economa y Finanzas en base a criterios de Poblacin y Necesidades Bsicas Insatisfechas. Su distribucin es la siguiente:

    El 10% del total de canon para los gobiernos locales de la municipalidad o municipalidades distritales donde se explota el recurso natural.

    El 25% del total de canon para los gobiernos locales de las municipalidades distritales y provinciales donde se explota el recurso natural.

    El 40% del total de canon para los gobiernos locales del departamento o departamentos de las regiones donde se explote el recurso natural.

    El 25% del total de canon para los gobiernos regionales donde se explote el recurso natural. De este porcentaje los Gobiernos Regionales deben transferir el 20% a las Universidades Nacionales de su jurisdiccin.

    Todos los Canon excepto el Petrolero (tiene sus propias normas por Departamentos).

  • ndice de Distribucin

    Segn el marco legal sealado anteriormente, los recursos del Canon se asignan

    mediante ndices de distribucin, para cuya construccin se ha utilizado

    informacin proveniente de las siguientes fuentes oficiales:

    Instituto Nacional de Estadstica e Informtica (INEI):

    Proyecciones de la poblacin estimada a nivel departamental, provincial y

    distrital.

    Indicador de pobreza vinculado a necesidades bsicas insatisfechas y dficit

    de infraestructura segn departamentos, provincias y distritos.

    Ministerio de Energa y Minas (MINEM):

    Listado de empresas concesionarias de generacin de energa elctrica que

    utilicen el recurso hdrico.

    Centrales de generacin de energa hidroelctrica, niveles de produccin y

    su ubicacin a nivel distrital, provincial y departamental.

  • Utilidad bruta y/o ventas netas desagregadas por actividades en el caso de

    empresas que realizan diversas actividades de las que se derivan ms de un

    Canon proveniente de un monto de impuesto a la Renta nico.

    Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria (SUNAT):

    Montos de Impuesto a la Renta pagados por las empresas que explotan el

    recurso natural.

    Nota: Para todos los Canon excepto el Petrolero (tiene sus propias normas por Departamentos).

    Utilizacin del Canon

    De acuerdo a la cuarta disposicin final de la Ley de Presupuesto del Ejercicio Fiscal

    2006, los gobiernos regionales y locales utilizarn los recursos provenientes de los

    Canon, as como los de Regala Minera, en el financiamiento o cofinanciamiento de

    proyectos de inversin pblica que comprendan intervenciones orientadas a brindar

    servicios pblicos de acceso universal y que generen beneficios a la comunidad, que se

    enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno y sean compatibles con los

    lineamientos de polticas sectoriales. Estos proyectos no podrn considerar, en ningn

    caso, intervenciones con fines empresariales o que puedan ser realizados por el sector

    privado.

    Esta misma norma faculta a los gobiernos regionales y gobiernos locales a utilizar hasta un 20% de los recursos provenientes de los Canon y la Regala Minera a que se refiere la Ley N 28258, para el mantenimiento de la infraestructura generada por los proyectos de impacto regional y local, para el financiamiento de los gastos generados por los procesos de seleccin para la ejecucin de proyectos de inversin pblica. Asimismo, de dicho porcentaje podrn destinar hasta un 5% para financiar la elaboracin de perfiles correspondientes a los proyectos de inversin pblica que se enmarquen en los planes de desarrollo concertados que correspondan. Lo establecido en la presente disposicin no es de aplicacin a los gobiernos locales o gobiernos regionales a los que la normatividad haya otorgado la facultad del uso de un porcentaje de los recursos provenientes del Canon en gasto corriente.

  • TRANSFERENCIAS 2012

    Culminado el proceso de regularizacin del Impuesto a la Renta que pagan las empresas, correspondiente al ejercicio fiscal del ao 2011, el Gobierno Central procedi a transferir por concepto de Canon Minero recursos a los Gobiernos Locales de los distritos y provincias, as como a los Gobiernos Regionales que cuentan con actividad minera en su jurisdiccin. Al igual que en anteriores oportunidades, creemos pertinente comenzar este reporte con una breve explicacin de la mecnica de transferencia de estos recursos, de modo tal que la informacin que se describe en este documento resulte clara. El Canon Minero:

    Es la transferencia a los Gobiernos Locales y Regionales del 50% del Impuesto a la Renta

    que el Estado recibe por la explotacin econmica de los recursos mineros.

    La distribucin del Canon se realiza de la siguiente manera: Cabe indicar que una cuarta parte (5% de los 25%) que se le entrega al Gobierno Regional se transfiere a las Universidades e Institutos Nacionales. El perodo de distribucin - Hasta el ao 2006, el Canon generado por el Impuesto a la Renta en un ao determinado, se transfera en 12 cuotas iguales a los Gobiernos Locales y Regionales, empezando en junio del ao siguiente hasta mayo del ao subsiguiente (ver reportes de aos anteriores).

  • Para los ltimos seis aos (2007-2012) el momento de la transferencia ha sido diferente,

    realizndose en una sola ocasin en julio, por el total del canon generado en el ao

    inmediatamente anterior.

    Por otro lado, no olvidemos que el Canon es un fiel reflejo de la rentabilidad del sector,

    en este caso el minero. Por tal motivo, en momentos de auge se capt mayores recursos

    va Impuesto a la Renta pero, debido a la crisis financiera internacional del 2008, las

    utilidades de las empresas mineras se redujeron y por ende el Impuesto a la Renta y el

    Canon Minero. No obstante ello, desde el 2010 se viene recuperando dichas

    transferencias. Asimismo, en los ltimos 17 aos se han transferido a los Gobiernos

    Locales, Regionales, Universidades e Institutos Nacionales ms de S/. 29 mil millones,

    como se aprecia en el siguiente grfico:

    Reporte Informativo Transferencias de Canon Minero en el

    2012

  • Fuente: MEF 2 Los montos totales distribuido a los Gobiernos Regionales,

    Locales, Universidades e Institutos Nacionales en julio del 2012 son los

    siguientes (en millones de S/.)

  • Estructura de participacin en el total distribuido por regin para julio del 2012 es:

  • Reporte Informativo Transferencias de Canon Minero en el 2012 Ancash

    Al Gobierno Regional de Ancash S/. 201,820,486

    Al Gobiernos Provinciales y Distritales S/. 749,516,405 => Total Transferido a Ancash S/. 951,336,891

    Fuente: MEF 3

  • Transferencias de Canon Minero en el 2012 nuevos soles) 1de2

    Reporte Informativo Transferencias de Canon Minero en el 2012 Fuente: MEF 4 Transferencias de Canon Minero en el 2012 (en nuevos soles) 2 de 2

  • CANON MINERO PARA EL DISTRITO DE CHAVIN DE HUANTAR

    38 192 686 (Nuevo soles)

    UBICACIN GEOGRFICA DE CHAVN DE HUNTAR:

    Chavn se encuentra ubicado en el inicio de un estrecho callejn, formado por el ro

    Pukcha o Mosna, el que se forma con los deshielos de la Cordillera Blanca y conduce sus

  • aguas hacia el rio Maran donde nace el Amazonas. Dos cadenas lo separan de la selva

    amaznica que se levanta entre las cuencas del Maran y el Huallaga y la oriental, que

    establece la separacin de aguas entre el Huallaga y el Ucayali. Chavn esta est en un

    punto crucial de conexin este-oeste y norte-sur de un extenso territorio. Es una suerte

    de nudo de caminos de una regin que cubre la costa y la sierra de Lambayeque, La

    Libertad, Cajamarca, Ancash, Hunuco y Lima. Desde Chavn, adems, se puede llegar a

    la floresta amaznica siguiendo el curso del Maran.

    CENTROS POBLADOS DEL DISTRITTO DE CHAVIN DE HUANTAR

  • La Municipalidad Distrital de Chavn de Huantar

    es una entidad comunal que funciona en la provincia de Huari. De acuerdo a Ley tiene autonoma poltica, administrativa y econmica, la misma que ejerce salvaguardando el cumplimiento de las normas de carcter general. Su jurisdiccin es el distrito del mismo nombre, perteneciendo geogrficamente el distrito a la Provincia de Huari en el departamento de Ancash.

    Actualmente su alcalde es el: Sr. Manuel G. Paucar Ramrez

    Uso de la Renta Minera en la Municipalidad de Chavn de Huantar

    Chavn de Huantar es el gobierno distrital de la Provincia de Huari que recibe ms recursos, luego del distrito productor de San Marcos, obteniendo incluso ms recursos que el propio gobierno provincial de Huari8. La poblacin de Chavn de Huantar, al igual que en toda la provincia, est en su mayora asentada en el rea rural, inclusive cuenta con el mayor porcentaje (77%) en comparacin con los otros dos gobiernos locales.

    El distrito tiene una poblacin altamente dispersa; por un lado estn sus 19 centros poblados que suman dispersa; por un lado estn sus 19 centros poblados que suman el 49% del total de sus habitantes, todos ellos en el rea rural; por otro, debemos considerar a los 2,556 habitantes que se encuentran muy alejados de los centros

  • poblados considerados poblacin dispersa- y que representan el 28% del distrito. Entre ambos grupos suman el 77% de habitantes en el rea rural.

    Cuadro N 16: Distrito de Chavn de Huantar. Centros poblados por habitantes y rea de residencia.

    La poblacin rural, como se observa en el siguiente cuadro, tambin se encuentra organizada en seis comunidades campesinas.

  • Los centros poblados (constituidos en municipios de centros poblados) y las comunidades campesinas son organizaciones con las cuales el gobierno local distrital de Chavn de Huantar tiene que trabajar coordinadamente para la atencin de sus necesidades y la ejecucin de los proyectos de inversin.

    CUADRO DE PORCENTAJE DEL PRESUPUESTO DISTRIBUIDO POR SECTORES PARA LA EJECUCION D ELAS OBRAS PARA CHAVIN DE HUANTAR SEFUN EL

    MEF

  • Principales proyectos financiados con recursos del Canon Minero

    El gobierno distrital de Chavn de Huantar program 104 proyectos de inversin en 2011. Como en el caso de San Marcos, todos los proyectos son financiados en su integridad por recursos del Canon Minero a excepcin de tres que tambin son financiados con recursos de Donaciones y transferencias, del Fondo de compensacin municipal y de Recursos directamente recaudados. Cabe sealar que, sumando la

  • ejecucin de los tres rubros de ejecucin durante el ao 2011, estos proyectos en su integridad son financiados por el canon minero.

    Cuadro N 26: Distrito de Chavn de Huantar. Monto de ejecucin de principales proyectos, 2011

    OBRAS EJECUTADAS CON EL CANON MINERO EN EL DISTRITO DE CHAVIN DE

    HUANTAR 2012

  • La obra ejecutada cuenta con un presupuesto de 800 mil nuevo solesel cual se obtiene

    con los fondos del canon minero.

  • CONCLUSION

    En conclusin la mayor parte de Las obras ejecutadas es gracias a los recursos del canon

    minero el cual es de gran apoyo para el desarrollo de los pueblos y la salida de la

    pobreza para las zonas de extrema pobreza donde se busca apoyar a la poblaciones con

    los diferentes proyectos e inversiones en esos pueblos.

    El canon generado por la minera, entonces, se ha convertido en parte indispensable de los recursos que manejan los gobiernos regionales y locales abarcados por ste (regiones generadoras para ellos, representa una diferencia abismal en su presupuesto -y, por consiguiente, para el desarrollo de la poblacin- frente al que tendran si es que fuesen una regin no involucrada; de la idea presentada, se puede desprender que el canon genera una brecha en el dinero que manejan ciertas regiones abarcadas por el canon, y otras regiones reciben menos con respecto a la distribucin , pero que al final beneficia a toda la poblacin.

    .

    Bibliografa:

    http://www.cies.org.pe/investigaciones/medio-ambiente/canon-minero

    http://www.propuestaciudadana.org.pe/sites/default/files/publicaciones/archivos/ANCASH-Extractiva-13vol1.pdf

    http://www.munichavindehuantar.gob.pe.

    http://www.invierteenhuaraz.com.pe/prensa/regionales/58-regionales/6377-llego-canon-minero-para-ancash