Calendar i o 2014

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CALENDARIO TRIBUTARIO 2014 ç Decreto 2972 de 2013 DECLARACION DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS E IMPUESTO A LA EQUIDAD CREE PAGO 2a. CUOTA. PAGO 1º CUOTA DECLARACION Y PAGO 2DA 50% DEL SALDO PAGO 3RA CUOTA 50% RESTANTE PAGO 2a. CUOTA. 1 8 de abril de 2014 10 de junio de 2014 1 11 de febrero de 2014 8 de abril de 2014 10 de junio de 2014 1 8 de abril de 2014 10 de junio de 2014 2 9 de abril de 2014 11 de junio de 2014 2 12 de febrero de 2014 9 de abril de 2014 11 de junio de 2014 2 9 de abril de 2014 11 de junio de 2014 3 10 de abril de 2014 12 de junio de 2014 3 13 de febrero de 2014 10 de abril de 2014 12 de junio de 2014 3 10 de abril de 2014 12 de junio de 2014 4 11 de abril de 2014 13 de junio de 2014 4 14 de febrero de 2014 11 de abril de 2014 13 de junio de 2014 4 11 de abril de 2014 13 de junio de 2014 5 14 de abril de 2014 16 de junio de 2014 5 17 de febrero de 2014 14 de abril de 2014 16 de junio de 2014 5 14 de abril de 2014 16 de junio de 2014 6 15 de abril de 2014 17 de junio de 2014 6 18 de febrero de 2014 15 de abril de 2014 17 de junio de 2014 6 15 de abril de 2014 17 de junio de 2014 7 21 de abril de 2014 18 de junio de 2014 7 19 de febrero de 2014 21 de abril de 2014 18 de junio de 2014 7 21 de abril de 2014 18 de junio de 2014 8 22 de abril de 2014 19 de junio de 2014 8 20 de febrero de 2014 22 de abril de 2014 19 de junio de 2014 8 22 de abril de 2014 19 de junio de 2014 9 23 de abril de 2014 20 de junio de 2014 9 21 de febrero de 2014 23 de abril de 2014 20 de junio de 2014 9 23 de abril de 2014 20 de junio de 2014 0 24 de abril de 2014 24 de junio de 2014 0 24 de febrero de 2014 24 de abril de 2014 24 de junio de 2014 0 24 de abril de 2014 24 de junio de 2014 * El valor de la primera cuota no podr ser inferior al 20% del saldo a pagar del ao gravable 2012. Hasta el Dia Hasta el Dia Hasta el Dia Últimos Dígitos Hasta el Dia Hasta el Dia 01 Y 02 12 de agosto de 2014 21 Y 22 27 de agosto de 2014 41 y 42 10 de septiembre de 2014 61 y 62 24 de septiembre de 2014 81 y 82 8 de octubre de 2014 03 Y 04 13 de agosto de 2014 23 Y 24 28 de agosto de 2014 43 y 44 11 de septiembre de 2014 63 y 64 25 de septiembre de 2014 83 y 84 9 de octubre de 2014 05 Y 06 14 de agosto de 2014 25 Y 26 29 de agosto de 2014 45 y 46 12 de septiembre de 2014 65 y 66 26 de septiembre de 2014 85 y 86 10 de octubre de 2014 07 Y 08 15 de agosto de 2014 27 Y 28 1 de septiembre de 2014 47 y 48 15 de septiembre de 2014 67 y 68 29 de septiembre de 2014 87 y 88 14 de octubre de 2014 09 Y 10 19 de agosto de 2014 29 Y 30 2 de septiembre de 2014 49 y 50 16 de septiembre de 2014 69 y 70 30 de septiembre de 2014 89 y 90 15 de octubre de 2014 11 Y 12 20 de agosto de 2014 31 Y 32 3 de septiembre de 2014 51 y 52 17 de septiembre de 2014 71 y 72 1 de octubre de 2014 91 y 92 16 de octubre de 2014 13 Y 14 21 de agosto de 2014 33 Y 34 4 de septiembre de 2014 53 y 54 18 de septiembre de 2014 73 y 74 2 de octubre de 2014 93 y 94 17 de octubre de 2014 15 Y 16 22 de agosto de 2014 35 y 36 5 de septiembre de 2014 55 y 56 19 de septiembre de 2014 75 y 76 3 de octubre de 2014 95 y 96 20 de octubre de 2014 17 Y 18 25 de agosto de 2014 37 y 38 8 de septiembre de 2014 57 y 58 22 de septiembre de 2014 77 y 78 6 de octubre de 2014 97 y 98 21 de octubre de 2014 19 Y 20 26 de agosto de 2014 39 y 40 9 de septiembre de 2014 59 y 60 23 de septiembre de 2014 79 y 80 7 de octubre de 2014 99 y 00 22 de octubre de 2014 IVA E IMPUESTO AL CONSUMO IVA E IMPUESTO AL CONSUMO DECLARACIÓN Y PAGO - ULTIMO DIGITO NIT O C.C. ENERO - FEBRERO 2014 MAYO - JUNIO 2014 CUATRIMESTRAL y 2do ANTICIPO ANUAL SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2014 MARZO - ABRIL 2014 JULIO - AGOSTO 2014 NOVIEMBRE - DICIEMBRE 2014 1 11 de marzo de 2014 9 de mayo de 2014 8 de julio de 2014 8 de septiembre de 2014 11 de noviembre de 2014 14 de enero de 2015 2 12 de marzo de 2014 12 de mayo de 2014 9 de julio de 2014 9 de septiembre de 2014 12 de noviembre de 2014 15 de enero de 2015 3 13 de marzo de 2014 13 de mayo de 2014 10 de julio de 2014 10 de septiembre de 2014 13 de noviembre de 2014 16 de enero de 2015 4 14 de marzo de 2014 14 de mayo de 2014 11 de julio de 2014 11 de septiembre de 2014 14 de noviembre de 2014 19 de enero de 2015 5 17 de marzo de 2014 15 de mayo de 2014 14 de julio de 2014 12 de septiembre de 2014 18 de noviembre de 2014 20 de enero de 2015 6 18 de marzo de 2014 16 de mayo de 2014 15 de julio de 2014 15 de septiembre de 2014 19 de noviembre de 2014 21 de enero de 2015 7 19 de marzo de 2014 19 de mayo de 2014 16 de julio de 2014 16 de septiembre de 2014 20 de noviembre de 2014 22 de enero de 2015 8 20 de marzo de 2014 20 de mayo de 2014 17 de julio de 2014 17 de septiembre de 2014 21 de noviembre de 2014 23 de enero de 2015 9 21 de marzo de 2014 21 de mayo de 2014 18 de julio de 2014 18 de septiembre de 2014 24 de noviembre de 2014 26 de enero de 2015 0 25 de marzo de 2014 22 de mayo de 2014 21 de julio de 2014 19 de septiembre de 2014 25 de noviembre de 2014 27 de enero de 2015 RETENCION EN LA FUENTE Y AUTORRETENCION DEL CREE ENERO FEBRERO MARZO 1P CUATRIMESTRAL MAYO JUNIO ABRIL 1 11 de febrero de 2014 11 de marzo de 2014 8 de abril de 2014 9 de mayo de 2014 10 de junio de 2014 8 de julio de 2014 2 12 de febrero de 2014 12 de marzo de 2014 9 de abril de 2014 12 de mayo de 2014 11 de junio de 2014 9 de julio de 2014 3 13 de febrero de 2014 13 de marzo de 2014 10 de abril de 2014 13 de mayo de 2014 12 de junio de 2014 10 de julio de 2014 4 14 de febrero de 2014 14 de marzo de 2014 11 de abril de 2014 14 de mayo de 2014 13 de junio de 2014 11 de julio de 2014 5 17 de febrero de 2014 17 de marzo de 2014 14 de abril de 2014 15 de mayo de 2014 16 de junio de 2014 14 de julio de 2014 6 18 de febrero de 2014 18 de marzo de 2014 15 de abril de 2014 16 de mayo de 2014 17 de junio de 2014 15 de julio de 2014 7 19 de febrero de 2014 19 de marzo de 2014 21 de abril de 2014 19 de mayo de 2014 18 de junio de 2014 16 de julio de 2014 8 20 de febrero de 2014 20 de marzo de 2014 22 de abril de 2014 20 de mayo de 2014 19 de junio de 2014 17 de julio de 2014 9 21 de febrero de 2014 21 de marzo de 2014 23 de abril de 2014 21 de mayo de 2014 20 de junio de 2014 18 de julio de 2014 0 24 de febrero de 2014 25 de marzo de 2014 24 de abril de 2014 22 de mayo de 2014 24 de junio de 2014 21 de julio de 2014 JULIO 2P CUATRIMESTRAL SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE 3P CUATRIMESTRAL AGOSTO DICIEMBRE 1 12 de agosto de 2014 8 de septiembre de 2014 8 de octubre de 2014 11 de noviembre de 2014 10 de diciembre de 2014 14 de enero de 2015 2 13 de agosto de 2014 9 de septiembre de 2014 9 de octubre de 2014 12 de noviembre de 2014 11 de diciembre de 2014 15 de enero de 2015 3 14 de agosto de 2014 10 de septiembre de 2014 10 de octubre de 2014 13 de noviembre de 2014 12 de diciembre de 2014 16 de enero de 2015 4 15 de agosto de 2014 11 de septiembre de 2014 14 de octubre de 2014 14 de noviembre de 2014 15 de diciembre de 2014 19 de enero de 2015 5 19 de agosto de 2014 12 de septiembre de 2014 15 de octubre de 2014 18 de noviembre de 2014 16 de diciembre de 2014 20 de enero de 2015 6 20 de agosto de 2014 15 de septiembre de 2014 16 de octubre de 2014 19 de noviembre de 2014 17 de diciembre de 2014 21 de enero de 2015 7 21 de agosto de 2014 16 de septiembre de 2014 17 de octubre de 2014 20 de noviembre de 2014 18 de diciembre de 2014 22 de enero de 2015 8 22 de agosto de 2014 17 de septiembre de 2014 20 de octubre de 2014 21 de noviembre de 2014 19 de diciembre de 2014 23 de enero de 2015 9 25 de agosto de 2014 18 de septiembre de 2014 21 de octubre de 2014 24 de noviembre de 2014 22 de diciembre de 2014 26 de enero de 2015 0 26 de agosto de 2014 19 de septiembre de 2014 22 de octubre de 2014 25 de noviembre de 2014 23 de diciembre de 2014 27 de enero de 2015 PRECIOS DE TRANSFERENCIA IMPUESTO AL CONSUMO IMPUESTO NACIONAL A LA GASOLINA Y AL ACPM IMPUESTO AL PATRIMONIO Periodo gravable 1 y 2 25 de marzo de 2014 Enero de 2014 19 de febrero de 2014 3 y 4 26 de marzo de 2014 Febrero de 2014 19 de marzo de 2014 1 8 de septiembre de 2014 5 y 6 27 de marzo de 2014 Marzo de 2014 22 de abril de 2014 1 9 de mayo de 2014 8 de septiembre de 2014 2 9 de septiembre de 2014 7 y 8 28 de marzo de 2014 Abril de 2014 21 de mayo de 2014 2 12 de mayo de 2014 9 de septiembre de 2014 3 10 de septiembre de 2014 9 y 0 31 de marzo de 2014 Mayo de 2014 18 de junio de 2014 3 13 de mayo de 2014 10 de septiembre de 2014 4 11 de septiembre de 2014 Junio de 2014 18 de julio de 2014 4 14 de mayo de 2014 11 de septiembre de 2014 5 12 de septiembre de 2014 Julio de 2014 20 de agosto de 2014 5 15 de mayo de 2014 12 de septiembre de 2014 6 15 de septiembre de 2014 1 y 2 26 de enero de 2015 Agosto de 2014 18 de septiembre de 2014 6 16 de mayo de 2014 13 de septiembre de 2014 7 16 de septiembre de 2014 3 y 4 27 de enero de 2015 Septiembre de 2014 20 de octubre de 2014 7 19 de mayo de 2014 14 de septiembre de 2014 8 17 de septiembre de 2014 5 y 6 28 de enero de 2015 Octubre de 2014 19 de noviembre de 2014 8 20 de mayo de 2014 15 de septiembre de 2014 9 18 de septiembre de 2014 7 y 8 29 de enero de 2015 Noviembre de 2014 18 de diciembre de 2014 9 21 de mayo de 2014 16 de septiembre de 2014 0 19 de septiembre de 2014 9 y 0 30 de enero de 2015 Diciembre de 2014 20 de enero de 2014 0 22 de mayo de 2014 17 de septiembre de 2014 INFORMACION EXOGENA NACIONAL AÑO GRAVABLE 2013. Res. 273 de 2013 Art. 36 GRANDES CONTRIBUYENTES FECHA Últimos Dígitos FECHA Últimos Dígitos FECHA 3 21 de abril de 2014 26 a 30 7 de mayo de 2014 76 a 80 21 de mayo de 2014 4 22 de abril de 2014 31 a 35 8 de mayo de 2014 81 a 85 22 de mayo de 2014 5 23 de abril de 2014 36 a 40 9 de mayo de 2014 86 a 90 23 de mayo de 2014 6 24 de abril de 2014 41 a 45 12 de mayo de 2014 91 a 95 26 de mayo de 2014 7 25 de abril de 2014 46 a 50 13 de mayo de 2014 96 a 00 27 de mayo de 2014 8 28 de abril de 2014 51 a 55 14 de mayo de 2014 01 a 05 28 de mayo de 2014 9 29 de abril de 2014 56 a 60 15 de mayo de 2014 06 a 10 29 de mayo de 2014 0 30 de abril de 2014 61 a 65 16 de mayo de 2014 11 a 15 30 de mayo de 2014 1 5 de mayo de 2014 66 a 70 19 de mayo de 2014 16 a 20 3 de junio de 2014 2 6 de mayo de 2014 71 a 75 20 de mayo de 2014 21 a 25 4 de junio de 2014 CALENDARIO TRIBUTARIO BOGOTA 2014 PERSONAS JURIDICAS. (Dcto 2792 Art. 21) Últimos Dígitos DECLARACION y PAGO 1a. CUOTA. GRANDES CONTRIBUYENTES. (Dcto 2792 Art. 11) Últimos Dígitos DECLARACION CREE. (Dcto 2972 Art. 21) Últimos Dígitos DECLARACION y PAGO 1a. CUOTA. * Si la Declaracion tiene un valor inferior a 41 UVT (1.127.000) se debe pagar en una cuota. (Dcto 2972 Art. 49) * Si la Declaracion tiene un valor inferior a 41 UVT (1.127.000) se debe pagar en una cuota. (Dcto 2972 Art. 49) PERSONAS NATURALES. (Dcto 2972 Art. 14) Últimos Dígitos Últimos Dígitos Últimos Dígitos Últimos Dígitos Últimos Dígitos CUATRIMESTRAL y 1er ANTICIPO ANUAL CUATRIMESTRAL y 3er ANTICIPO ANUAL * IVA Cuatrimestral: Los responsables de este impuesto, personas jurdicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de. diciembre del ao gravable 2013 sean iguales o superiores a quince mil (15.000 )($ 402.615.000) UVT pero inferiores a noventa y dos mil (92.000) ($ 2.469.372.000) UVT. * IVA Anual: Los responsables de este impuesto, personas jurdicas y naturales cuyos ingresos brutos generados a 31 de diciembre del ao gravable 2013, sean inferiores a quince mil (15.000) UVT ($402.615.000), debern. presentar la declaracin del impuesto sobre las ventas de manera anual RETENCION EN LA FUENTE, RETEIVA Y AUTORRETENCION CREE Últimos Dígitos Últimos Dígitos *Autorretenedores con periodo cuatrimestral. Los contribuyentes autorretenedores cuyos ingresos brutos a 31 diciembre de 2013 fueron inferiores a 92.000 UVT ($2.469.372.000) debern presentar la declaracin de retencin en la fuente a ttulo de CREE cada cuatro meses * Los contribuyentes que se creen durante el ao gravable 2014 deben presentar la declaracion de autorretencion del CREE cuatrimestral. (Dcto 2972 Art. 35, par 4) Últimos Dígitos DECLARACiÓN INFO PRECIOS TRANSFERENCIA Y DOC. COMPROBATORIA Últimos Dígitos IMPUESTO AL CONSUMO REGIMEN SIMPLIFICADO 2013 DECLARACiÓN MENSUAL DEL IMPUESTO NACIONAL A LA GASOLINA Y AL ACPM Últimos Dígitos IMPTO AL PATRIMONIO 7MA CUOTA IMPTO AL PATRIMONIO 8VA CUOTA Últimos Dígitos IMPCONSUMO REGIMEN SIMPLIFICADO 2014 Últimos Dígitos PERSONAS JURIDCIAS Y NATURALES

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CALENDARIO TRIBUTARIO 2014ç

Decreto 2972 de 2013

DECLARACION DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS E IMPUESTO A LA EQUIDAD CREE

PAGO 2a. CUOTA. PAGO 1º CUOTA PAGO 2a. CUOTA.

1 8 de abril de 2014 10 de junio de 2014 1 11 de febrero de 2014 8 de abril de 2014 10 de junio de 2014 1 8 de abril de 2014 10 de junio de 20142 9 de abril de 2014 11 de junio de 2014 2 12 de febrero de 2014 9 de abril de 2014 11 de junio de 2014 2 9 de abril de 2014 11 de junio de 20143 10 de abril de 2014 12 de junio de 2014 3 13 de febrero de 2014 10 de abril de 2014 12 de junio de 2014 3 10 de abril de 2014 12 de junio de 20144 11 de abril de 2014 13 de junio de 2014 4 14 de febrero de 2014 11 de abril de 2014 13 de junio de 2014 4 11 de abril de 2014 13 de junio de 20145 14 de abril de 2014 16 de junio de 2014 5 17 de febrero de 2014 14 de abril de 2014 16 de junio de 2014 5 14 de abril de 2014 16 de junio de 20146 15 de abril de 2014 17 de junio de 2014 6 18 de febrero de 2014 15 de abril de 2014 17 de junio de 2014 6 15 de abril de 2014 17 de junio de 20147 21 de abril de 2014 18 de junio de 2014 7 19 de febrero de 2014 21 de abril de 2014 18 de junio de 2014 7 21 de abril de 2014 18 de junio de 20148 22 de abril de 2014 19 de junio de 2014 8 20 de febrero de 2014 22 de abril de 2014 19 de junio de 2014 8 22 de abril de 2014 19 de junio de 20149 23 de abril de 2014 20 de junio de 2014 9 21 de febrero de 2014 23 de abril de 2014 20 de junio de 2014 9 23 de abril de 2014 20 de junio de 20140 24 de abril de 2014 24 de junio de 2014 0 24 de febrero de 2014 24 de abril de 2014 24 de junio de 2014 0 24 de abril de 2014 24 de junio de 2014

* El valor de la primera cuota no podra ser inferior al 20% del saldo a pagar del ano gravable 2012.

Hasta el Dia Hasta el Dia Hasta el Dia Últimos Dígitos Hasta el Dia Hasta el Dia

01 Y 02 12 de agosto de 2014 21 Y 22 27 de agosto de 2014 41 y 42 10 de septiembre de 2014 61 y 62 24 de septiembre de 2014 81 y 82 8 de octubre de 2014

03 Y 04 13 de agosto de 2014 23 Y 24 28 de agosto de 2014 43 y 44 11 de septiembre de 2014 63 y 64 25 de septiembre de 2014 83 y 84 9 de octubre de 2014

05 Y 06 14 de agosto de 2014 25 Y 26 29 de agosto de 2014 45 y 46 12 de septiembre de 2014 65 y 66 26 de septiembre de 2014 85 y 86 10 de octubre de 2014

07 Y 08 15 de agosto de 2014 27 Y 28 1 de septiembre de 2014 47 y 48 15 de septiembre de 2014 67 y 68 29 de septiembre de 2014 87 y 88 14 de octubre de 2014

09 Y 10 19 de agosto de 2014 29 Y 30 2 de septiembre de 2014 49 y 50 16 de septiembre de 2014 69 y 70 30 de septiembre de 2014 89 y 90 15 de octubre de 2014

11 Y 12 20 de agosto de 2014 31 Y 32 3 de septiembre de 2014 51 y 52 17 de septiembre de 2014 71 y 72 1 de octubre de 2014 91 y 92 16 de octubre de 2014

13 Y 14 21 de agosto de 2014 33 Y 34 4 de septiembre de 2014 53 y 54 18 de septiembre de 2014 73 y 74 2 de octubre de 2014 93 y 94 17 de octubre de 2014

15 Y 16 22 de agosto de 2014 35 y 36 5 de septiembre de 2014 55 y 56 19 de septiembre de 2014 75 y 76 3 de octubre de 2014 95 y 96 20 de octubre de 2014

17 Y 18 25 de agosto de 2014 37 y 38 8 de septiembre de 2014 57 y 58 22 de septiembre de 2014 77 y 78 6 de octubre de 2014 97 y 98 21 de octubre de 2014

19 Y 20 26 de agosto de 2014 39 y 40 9 de septiembre de 2014 59 y 60 23 de septiembre de 2014 79 y 80 7 de octubre de 2014 99 y 00 22 de octubre de 2014

IVA E IMPUESTO AL CONSUMO

IVA

E I

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SU

MO DECLARACIÓN Y PAGO - ULTIMO DIGITO NIT O C.C.

ENERO - FEBRERO 2014 MAYO - JUNIO 2014 SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2014MARZO - ABRIL 2014 JULIO - AGOSTO 2014 NOVIEMBRE - DICIEMBRE 2014

1 11 de marzo de 2014 9 de mayo de 2014 8 de julio de 2014 8 de septiembre de 2014 11 de noviembre de 2014 14 de enero de 2015

2 12 de marzo de 2014 12 de mayo de 2014 9 de julio de 2014 9 de septiembre de 2014 12 de noviembre de 2014 15 de enero de 2015

3 13 de marzo de 2014 13 de mayo de 2014 10 de julio de 2014 10 de septiembre de 2014 13 de noviembre de 2014 16 de enero de 2015

4 14 de marzo de 2014 14 de mayo de 2014 11 de julio de 2014 11 de septiembre de 2014 14 de noviembre de 2014 19 de enero de 2015

5 17 de marzo de 2014 15 de mayo de 2014 14 de julio de 2014 12 de septiembre de 2014 18 de noviembre de 2014 20 de enero de 2015

6 18 de marzo de 2014 16 de mayo de 2014 15 de julio de 2014 15 de septiembre de 2014 19 de noviembre de 2014 21 de enero de 2015

7 19 de marzo de 2014 19 de mayo de 2014 16 de julio de 2014 16 de septiembre de 2014 20 de noviembre de 2014 22 de enero de 2015

8 20 de marzo de 2014 20 de mayo de 2014 17 de julio de 2014 17 de septiembre de 2014 21 de noviembre de 2014 23 de enero de 2015

9 21 de marzo de 2014 21 de mayo de 2014 18 de julio de 2014 18 de septiembre de 2014 24 de noviembre de 2014 26 de enero de 2015

0 25 de marzo de 2014 22 de mayo de 2014 21 de julio de 2014 19 de septiembre de 2014 25 de noviembre de 2014 27 de enero de 2015

RETENCION EN LA FUENTE Y AUTORRETENCION DEL CREE

ENERO FEBRERO MARZO1P CUATRIMESTRAL

MAYO JUNIOABRIL

1 11 de febrero de 2014 11 de marzo de 2014 8 de abril de 2014 9 de mayo de 2014 10 de junio de 2014 8 de julio de 2014

2 12 de febrero de 2014 12 de marzo de 2014 9 de abril de 2014 12 de mayo de 2014 11 de junio de 2014 9 de julio de 2014

3 13 de febrero de 2014 13 de marzo de 2014 10 de abril de 2014 13 de mayo de 2014 12 de junio de 2014 10 de julio de 2014

4 14 de febrero de 2014 14 de marzo de 2014 11 de abril de 2014 14 de mayo de 2014 13 de junio de 2014 11 de julio de 2014

5 17 de febrero de 2014 17 de marzo de 2014 14 de abril de 2014 15 de mayo de 2014 16 de junio de 2014 14 de julio de 2014

6 18 de febrero de 2014 18 de marzo de 2014 15 de abril de 2014 16 de mayo de 2014 17 de junio de 2014 15 de julio de 2014

7 19 de febrero de 2014 19 de marzo de 2014 21 de abril de 2014 19 de mayo de 2014 18 de junio de 2014 16 de julio de 2014

8 20 de febrero de 2014 20 de marzo de 2014 22 de abril de 2014 20 de mayo de 2014 19 de junio de 2014 17 de julio de 2014

9 21 de febrero de 2014 21 de marzo de 2014 23 de abril de 2014 21 de mayo de 2014 20 de junio de 2014 18 de julio de 2014

0 24 de febrero de 2014 25 de marzo de 2014 24 de abril de 2014 22 de mayo de 2014 24 de junio de 2014 21 de julio de 2014

JULIO2P CUATRIMESTRAL

SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE3P CUATRIMESTRAL

AGOSTO DICIEMBRE

1 12 de agosto de 2014 8 de septiembre de 2014 8 de octubre de 2014 11 de noviembre de 2014 10 de diciembre de 2014 14 de enero de 2015

2 13 de agosto de 2014 9 de septiembre de 2014 9 de octubre de 2014 12 de noviembre de 2014 11 de diciembre de 2014 15 de enero de 2015

3 14 de agosto de 2014 10 de septiembre de 2014 10 de octubre de 2014 13 de noviembre de 2014 12 de diciembre de 2014 16 de enero de 2015

4 15 de agosto de 2014 11 de septiembre de 2014 14 de octubre de 2014 14 de noviembre de 2014 15 de diciembre de 2014 19 de enero de 2015

5 19 de agosto de 2014 12 de septiembre de 2014 15 de octubre de 2014 18 de noviembre de 2014 16 de diciembre de 2014 20 de enero de 2015

6 20 de agosto de 2014 15 de septiembre de 2014 16 de octubre de 2014 19 de noviembre de 2014 17 de diciembre de 2014 21 de enero de 2015

7 21 de agosto de 2014 16 de septiembre de 2014 17 de octubre de 2014 20 de noviembre de 2014 18 de diciembre de 2014 22 de enero de 2015

8 22 de agosto de 2014 17 de septiembre de 2014 20 de octubre de 2014 21 de noviembre de 2014 19 de diciembre de 2014 23 de enero de 2015

9 25 de agosto de 2014 18 de septiembre de 2014 21 de octubre de 2014 24 de noviembre de 2014 22 de diciembre de 2014 26 de enero de 2015

0 26 de agosto de 2014 19 de septiembre de 2014 22 de octubre de 2014 25 de noviembre de 2014 23 de diciembre de 2014 27 de enero de 2015

PRECIOS DE TRANSFERENCIA IMPUESTO AL CONSUMO IMPUESTO NACIONAL A LA GASOLINA Y AL ACPM IMPUESTO AL PATRIMONIO

Periodo gravable

1 y 2 25 de marzo de 2014 Enero de 2014 19 de febrero de 20143 y 4 26 de marzo de 2014 Febrero de 2014 19 de marzo de 2014

1 8 de septiembre de 2014 5 y 6 27 de marzo de 2014 Marzo de 2014 22 de abril de 2014 1 9 de mayo de 2014 8 de septiembre de 20142 9 de septiembre de 2014 7 y 8 28 de marzo de 2014 Abril de 2014 21 de mayo de 2014 2 12 de mayo de 2014 9 de septiembre de 20143 10 de septiembre de 2014 9 y 0 31 de marzo de 2014 Mayo de 2014 18 de junio de 2014 3 13 de mayo de 2014 10 de septiembre de 20144 11 de septiembre de 2014 Junio de 2014 18 de julio de 2014 4 14 de mayo de 2014 11 de septiembre de 20145 12 de septiembre de 2014 Julio de 2014 20 de agosto de 2014 5 15 de mayo de 2014 12 de septiembre de 20146 15 de septiembre de 2014 1 y 2 26 de enero de 2015 Agosto de 2014 18 de septiembre de 2014 6 16 de mayo de 2014 13 de septiembre de 20147 16 de septiembre de 2014 3 y 4 27 de enero de 2015 Septiembre de 2014 20 de octubre de 2014 7 19 de mayo de 2014 14 de septiembre de 2014

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* Si la Declaracion tiene un valor inferior a 41 UVT (1.127.000) se debe pagar en una cuota. (Dcto 2972 Art. 49)

* Si la Declaracion tiene un valor inferior a 41 UVT (1.127.000) se debe pagar en una cuota. (Dcto 2972 Art. 49)

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Últimos Dígitos

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Últimos Dígitos

CUATRIMESTRAL y 1er ANTICIPO ANUAL CUATRIMESTRAL y 2do ANTICIPO ANUAL CUATRIMESTRAL y 3er

ANTICIPO ANUAL

* IVA Cuatrimestral: Los responsables de este impuesto, personas juridicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de. diciembre del ano gravable 2013 sean iguales o superiores a quince mil (15.000 )($ 402.615.000) UVT pero inferiores a noventa y dos mil (92.000) ($ 2.469.372.000) UVT.

* IVA Anual: Los responsables de este impuesto, personas juridicas y naturales cuyos ingresos brutos generados a 31 de diciembre del ano gravable 2013, sean inferiores a quince mil (15.000) UVT ($402.615.000), deberan. presentar la declaracion del impuesto sobre las ventas de manera anual

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Últimos Dígitos

Últimos Dígitos

*Autorretenedores con periodo cuatrimestral. Los contribuyentes autorretenedores cuyos ingresos brutos a 31 diciembre de 2013 fueron inferiores a 92.000 UVT ($2.469.372.000) deberan presentar la declaracion de retencion en la fuente a titulo de CREE cada cuatro meses

* Los contribuyentes que se creen durante el año gravable 2014 deben presentar la declaracion de autorretencion del CREE cuatrimestral. (Dcto 2972 Art. 35, par 4)

Últimos Dígitos

DECLARACiÓN INFO PRECIOS TRANSFERENCIA Y DOC.

COMPROBATORIA

Últimos Dígitos

IMPUESTO AL CONSUMO REGIMEN SIMPLIFICADO

2013

DECLARACiÓN MENSUAL DEL IMPUESTO NACIONAL A LA GASOLINA Y AL ACPM Últimos

DígitosIMPTO AL PATRIMONIO

7MA CUOTAIMPTO AL PATRIMONIO

8VA CUOTA

Últimos Dígitos

IMPCONSUMO REGIMEN SIMPLIFICADO 2014

Page 2: Calendar i o 2014

8 17 de septiembre de 2014 5 y 6 28 de enero de 2015 Octubre de 2014 19 de noviembre de 2014 8 20 de mayo de 2014 15 de septiembre de 20149 18 de septiembre de 2014 7 y 8 29 de enero de 2015 Noviembre de 2014 18 de diciembre de 2014 9 21 de mayo de 2014 16 de septiembre de 20140 19 de septiembre de 2014 9 y 0 30 de enero de 2015 Diciembre de 2014 20 de enero de 2014 0 22 de mayo de 2014 17 de septiembre de 2014

INFORMACION EXOGENA NACIONAL AÑO GRAVABLE 2013. Res. 273 de 2013 Art. 36

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3 21 de abril de 2014 26 a 30 7 de mayo de 2014 76 a 80 21 de mayo de 20144 22 de abril de 2014 31 a 35 8 de mayo de 2014 81 a 85 22 de mayo de 20145 23 de abril de 2014 36 a 40 9 de mayo de 2014 86 a 90 23 de mayo de 20146 24 de abril de 2014 41 a 45 12 de mayo de 2014 91 a 95 26 de mayo de 20147 25 de abril de 2014 46 a 50 13 de mayo de 2014 96 a 00 27 de mayo de 20148 28 de abril de 2014 51 a 55 14 de mayo de 2014 01 a 05 28 de mayo de 20149 29 de abril de 2014 56 a 60 15 de mayo de 2014 06 a 10 29 de mayo de 20140 30 de abril de 2014 61 a 65 16 de mayo de 2014 11 a 15 30 de mayo de 20141 5 de mayo de 2014 66 a 70 19 de mayo de 2014 16 a 20 3 de junio de 20142 6 de mayo de 2014 71 a 75 20 de mayo de 2014 21 a 25 4 de junio de 2014

CALENDARIO TRIBUTARIO BOGOTA 2014

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO IMPUESTO SOBRE VEHICULOS AUTOMOTORES IMPUESTO INDUSTRIA Y COMERCIO

CON DCTO 10% ULTIMO PLAZO CON DCTO 10% ULTIMO PLAZO Último plazo año gravable 2013.

11 Abril de 2014 20 de Junio de 2014 9 de mayo de 2014 4 de julio de 2014Noviembre Diciembre 2013 17 de enero de 2014

Año gravable 2014

Enero - Febrero 19 de marzo de 2014

REGIMEN SIMPLIFICADO ICAMarzo - Abril 19 de mayo de 2014Mayo - Junio 18 de julio de 2014Julio - Agosto 19 de septiembre de 2014

Año gravable 2013 19 de febrero de 2014 Septiembre - Octubre 19 de noviembre de 2014Año gravable 2014 19 de febrero de 2015 Noviembre - Diciembre 19 de enero de 2015

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

FECHA FECHA FECHA

01 a 05 25 de marzo de 2014 51 a 55 8 de abril de 2014 01 a 10 5 de mayo de 201406 a 10 26 de marzo de 2014 56 a 60 9 de abril de 2014 11 a 20 6 de mayo de 201411 a 15 27 de marzo de 2014 61 a 65 10 de abril de 2014 21 a 30 7 de mayo de 201416 a 20 28 de marzo de 2014 66 a 70 11 de abril de 2014 31 a 40 8 de mayo de 201421 a 25 31 de marzo de 2014 71 a 75 21 de abril de 2013 41 a 50 9 de mayo de 201426 a 30 1 de abril de 2014 76 a 80 22 de abril de 2013 51 a 60 12 de mayo de 201431 a 35 2 de abril de 2014 81 a 85 23 de abril de 2013 61 a 70 13 de mayo de 201436 a 40 3 de abril de 2014 86 a 90 24 de abril de 2013 71 a 80 14 de mayo de 201441 a 45 4 de abril de 2014 91 a 95 25 de abril de 2013 81 a 90 15 de mayo de 201446 a 50 7 de abril de 2014 96 a 00 28 de abril de 2014 91 a 00 16 de mayo de 2014

Últimos Dígitos

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Todos los predios (Sistema General y Sistema

Simplificado de Pago)Exclusivamente para vehículos y motos matriculados en Bogotá

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TABLA RETENCION EN LA FUENTE AÑO 2014

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RETENCION POR PAGOS AL EXTERIOR Y RETEIVA.

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TABLA RETENCION EN LA FUENTE AÑO 2014

SALARIALES

HONORARIOS Y CONSULTORIA

Aplicable a los pagos gravables, efectuados por las personas naturales o juridicas, las sociedades de hecho, las comunidades organizadas y las sucesiones iliquidas, originados en la relación laboral o legal y reglamentaria, y categoria empleados.

Los pagos mensuales o mensualizados (PM) efectuados por las personas naturales o juridicas, las sociedades de hecho, las comunidades organizadas y las sucesiones iliquidas, a las personas naturales pertenecientes a la categoria de empleados.

Indemnizaciones salariales empleado sueldo superior a 10 SMMLV (Art. 401-3 E.T.)

Honorarios y Comisiones (Cuando el beneficiario del pago sea una persona juridica o asimilada. Dcto 260. 2001 Art. 1)

Honorarios y Comisiones cuando el beneficiario del pago sea una persona natural (Art. 392 Inc 3), sera del 11% Para contratos que se firmen en el año gravable o que la suma de los ingresos con el agente retenedor superen 3.300 uvt ($90.700.500 Uvt año 2014). Dcto 260 de 2001 Art. 1

Por servicios de licenciamiento o derecho de uso de software. Los pagos o abonos en cuenta que se realicen a contribuyentes con residencia o domicilio en Colombia obligados a presentar declaracion del Impuesto sobre la renta y complementarios en el pais. (Dcto 2521 de 2011), para no declarantes la tarifa se aplica segun lo establecido en el numeral 5

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Por actividades de analisis, diseno, desarrollo, implementación, mantenimiento, ajustes, pruebas, suministro y documentación, fases necesarias en la elaboracion de programas de informatica, sean o no personalizados, así como el diseno de paginas web y consultoría en programas de informatica. (Dcto 2521 de 2011) para no declarantes la tarifa aplica segun lo establecido en el numeral 5. (Dcto 2499 de 2012)

Contratos de administración delegada (Cuando el beneficiario sea una persona jurídica o asimilada) Dto 260 de 2001, Art. 2.

Contratos de administración delegada P.N. No declarantes (La tarifa sera del 11% si cumple con los mismos requisitos del numeral 5) Dto 260 de 2001, Art. 2.

En los contratos de consultoría de obras públicas celebrados con personas jurídicas por la Nación, los departamentos las Intendencias, las Comisarias, los Municipios , el Distrito Especial e Bogota los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado posea el noventa por ciento (90%) o mas de su capital social cuyo remuneracion se efectúe con base en el método de factor multiplicador señalado en le articulo 34 del Decreto 1522 de 1983 y por los señalamientos en los literales a) y d) del articulo 35 del mismo Decreto. Dcto 1354 de 1987 Art. 5.

Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones, que realicen las PN o PJ pública o privado, las sociedades de hecho, y demas entidades a favor de PN o PJ y entidades contribuyentes obligadas a presentar declaracion de Renta. Dcto 1141 de 2010.

Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones, a favor de PN No obligadas a presentar declaracion de Renta. La retencion para PN o Uniones temporales Sera del 6% en los siguientes casos: a) Cuando del contrato se desprenda que los ingresos que obtendra la PN directamente o como miembro del consorcio o union temporal superan en el año gravable (3.300) UVT. b) Cuando de los pagos o abonos en cuenta realizados durante el ejercicio gravable por los ingresos superan en el año gravable el valor equivalente a tres mil trescientas (3.300) UVT. Dcto. 1141 de 2010.

Prestación de servicios de sísmica para el sector hidrocarburos. Pagos o abonos en cuenta que realicen las personas juridicas, las sociedades de hecho y las demas entidades y personas naturales a PN, PJ o asimiladas obligados a declarar renta. Dcto 1140 de 2010. Para No declarantes de renta la tarifa es del 10%

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SERVICIOS

Servicios en general personas juridicas y asimiladas y PN declarantes de renta. Dcto 260 de 2001 Art. 3Servicios en general PN no declarantes de renta (Art. 392 Inc 4)Servicios de transporte nacional de carga (terrestre, aéreo o maritimo) Dcto 1189 de 1988 Art. 4

Servicios de Transporte nacional de pasajeros (terrestre). DECLARANTES (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1

Servicios de Transporte nacional de pasajeros (terrestre). NO DECLARANTE (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1

Servicio de transporte nacional de pasajeros (aéreo y maritimo) Decreto 399 de 1987 Art. 2

Servicios prestados por Empresas Temporales de Empleo. (Sobre AIU) Dcto 1300 de 2005 Art. 1

Servicios de vigilancia y aseo prestados por empresas de vigilancia y aseo. (Sobre AIU). Dcto 3770 de 2005 Art. 1

Los servicios integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados, prestados a un usuario por instituciones prestadoras de salud IPS, que comprenden hospitalizacion, radiologia, medicamentos, examenes y analisis de laboratorios clinicos (Art. 392 Inc 5 E.T.)

Arrendamiento de Bienes Muebles. Dcto 3770 de 2005 Art. 1Arrendamiento de Bienes Inmuebles. DECLARANTES (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1

Arrendamiento de Bienes Inmuebles. NO DECLARANTES (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1

Por emolumentos eclesiasticos efectuados a personas naturales que sean "declarantes de renta" Dcto 886 de 2006 Art. 2

Por emolumentos eclesiasticos efectuados a personas naturales que no sean declarantes de renta. Dcto 886 de 2006 Art. 2

Servicio de Hoteles , Restaurantes y Hospedajes. DECLARANTES (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1

Servicio de Hoteles , Restaurantes y Hospedajes. NO DECLARANTES (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1

C33
(Concepto DIAN 67699 de 2012) Retención en la fuente sobre otros ingresos tributarios. Mediante la Ley 633 de 2000, artículo 18 se incrementó el porcentaje de retención en la fuente por concepto de Otros Ingresos, contenida en el artículo 401 del Estatuto Tributario a la tarifa del 3,5% sobre el valor total del pago o abono en cuenta. Esta tarifa es aplicable a todos los pagos o abonos en cuenta susceptibles de constituir un ingreso tributario para el beneficiario, que a la fecha de expedición de la Ley 50 de 1984 no tenían una tarifa específica. Por consiguiente la tarifa de retención en la fuente del 3,5%, de que trata el artículo 18 de la Ley 633 de 2000 en concordancia con los artículos 4 y 5 del Decreto Reglamentario 260 de febrero 19 de 2001 será aplicable a todos los pagos o abonos en cuenta, que efectúen las personas jurídicas, las sociedades de hecho y las demás entidades y personas naturales que tengan la calidad de agentes retenedores, susceptibles de constituir ingreso tri butario, por los siguientes conceptos: 1. - Compras 2.- Arrendamiento de bienes raíces 3. - Servicios de restaurante 4. - Servicio de Hotel y hospedaje http://accounter.co/normatividad/conceptos/15348-concepto-067669-retencion-en-la-fuente-trabajadores-independientes.html
C34
(Concepto DIAN 67699 de 2012) Retención en la fuente sobre otros ingresos tributarios. Mediante la Ley 633 de 2000, artículo 18 se incrementó el porcentaje de retención en la fuente por concepto de Otros Ingresos, contenida en el artículo 401 del Estatuto Tributario a la tarifa del 3,5% sobre el valor total del pago o abono en cuenta. Esta tarifa es aplicable a todos los pagos o abonos en cuenta susceptibles de constituir un ingreso tributario para el beneficiario, que a la fecha de expedición de la Ley 50 de 1984 no tenían una tarifa específica. Por consiguiente la tarifa de retención en la fuente del 3,5%, de que trata el artículo 18 de la Ley 633 de 2000 en concordancia con los artículos 4 y 5 del Decreto Reglamentario 260 de febrero 19 de 2001 será aplicable a todos los pagos o abonos en cuenta, que efectúen las personas jurídicas, las sociedades de hecho y las demás entidades y personas naturales que tengan la calidad de agentes retenedores, susceptibles de constituir ingreso tri butario, por los siguientes conceptos: 1. - Compras 2.- Arrendamiento de bienes raíces 3. - Servicios de restaurante 4. - Servicio de Hotel y hospedaje http://accounter.co/normatividad/conceptos/15348-concepto-067669-retencion-en-la-fuente-trabajadores-independientes.html
C37
(Concepto DIAN 67699 de 2012) Retención en la fuente sobre otros ingresos tributarios. Mediante la Ley 633 de 2000, artículo 18 se incrementó el porcentaje de retención en la fuente por concepto de Otros Ingresos, contenida en el artículo 401 del Estatuto Tributario a la tarifa del 3,5% sobre el valor total del pago o abono en cuenta. Esta tarifa es aplicable a todos los pagos o abonos en cuenta susceptibles de constituir un ingreso tributario para el beneficiario, que a la fecha de expedición de la Ley 50 de 1984 no tenían una tarifa específica. Por consiguiente la tarifa de retención en la fuente del 3,5%, de que trata el artículo 18 de la Ley 633 de 2000 en concordancia con los artículos 4 y 5 del Decreto Reglamentario 260 de febrero 19 de 2001 será aplicable a todos los pagos o abonos en cuenta, que efectúen las personas jurídicas, las sociedades de hecho y las demás entidades y personas naturales que tengan la calidad de agentes retenedores, susceptibles de constituir ingreso tri butario, por los siguientes conceptos: 1. - Compras 2.- Arrendamiento de bienes raíces 3. - Servicios de restaurante 4. - Servicio de Hotel y hospedaje http://accounter.co/normatividad/conceptos/15348-concepto-067669-retencion-en-la-fuente-trabajadores-independientes.html
C38
(Concepto DIAN 67699 de 2012) Retención en la fuente sobre otros ingresos tributarios. Mediante la Ley 633 de 2000, artículo 18 se incrementó el porcentaje de retención en la fuente por concepto de Otros Ingresos, contenida en el artículo 401 del Estatuto Tributario a la tarifa del 3,5% sobre el valor total del pago o abono en cuenta. Esta tarifa es aplicable a todos los pagos o abonos en cuenta susceptibles de constituir un ingreso tributario para el beneficiario, que a la fecha de expedición de la Ley 50 de 1984 no tenían una tarifa específica. Por consiguiente la tarifa de retención en la fuente del 3,5%, de que trata el artículo 18 de la Ley 633 de 2000 en concordancia con los artículos 4 y 5 del Decreto Reglamentario 260 de febrero 19 de 2001 será aplicable a todos los pagos o abonos en cuenta, que efectúen las personas jurídicas, las sociedades de hecho y las demás entidades y personas naturales que tengan la calidad de agentes retenedores, susceptibles de constituir ingreso tri butario, por los siguientes conceptos: 1. - Compras 2.- Arrendamiento de bienes raíces 3. - Servicios de restaurante 4. - Servicio de Hotel y hospedaje http://accounter.co/normatividad/conceptos/15348-concepto-067669-retencion-en-la-fuente-trabajadores-independientes.html
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COMPRAS

OTROS

Contratos de construccion, urbanizacion y en general confeccion de obra material de bien inmueble. Dcto 2418 de 2013 Art. 2

Compras y otros ingresos tributarios en general DECLARANTE (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1

Compras y otros ingresos tributarios en general NO DECLARANTE (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto Dian 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1

Compra de bienes y productos Agricolas o Pecuarios sin procesamiento industrial. Dcto 2595 de 1993 Art. 1

Compra de bienes y productos Agricolas o Pecuarios con procesamiento industrial. DECLARANTE Dcto 2595 de 1993 Art. 1

Compra de bienes y productos Agricolas o Pecuarios con procesamiento industrial. NO DECLARANTE Dcto 2595 de 1993 Art. 1Compra de Café Pergamino o cereza. Dcto 1479 de 1996 Art. 1.Compra de Combustibles derivados del petroleo. Dcto 3715 de 1986 Art. 2Adquisicion de vehiculos. Dcto 2418 de 2013 Art. 2 Adquisicion de Bienes raices para vivienda de habitacion por las primeras 20.000 uvt. Dcto 2418 de 2013 Art. 2. vendedor Persona Juridica

Adquisicion de Bienes raices para vivienda de habitacion sobre el exceso de las primeras 20.000 uvt. Dcto 2418 de 2013 Art. 2. vendedor Persona Juridica

Adquisicion de Bienes raices uso diferente a vivienda de habitacion. Dcto 2418 de 2013 Art. 2. vendedor Persona Juridica

Enajenacion de activos fijos por parte de una persona natural o juridica (Art. 398, 399 y 368-2 E.T.) o venta de bienes inmuebles vendedor persona natual.

Pagos a establecimientos comerciales que aceptan como medio de pago las tarjetas débito o crédito. Dcto 406 de 2001 art. 17 - Dcto 556 de 2001 Art. 1 Loterias, Rifas, Apuestas y similares. Art. 306, 217, 402 y 404-1 E.T. Colocacion independiente de juegos de suerte y azar. Los ingresos diarios de cada colocador debe exceder de 5 UVT (Art. 401-1 E.T.)

Indeminizaciones diferentes a las salariales y a las percibidas en demandas contra el estado (Art. 401-2 E.T.)

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RETENCION POR PAGOS AL EXTERIOR Y RETEIVA.

Conceptos

Dividendos y participaciones gravadas. Personas Naturales o extranjeras. Art 245 E.T.

Rendimientos Financieros Provenientes de titulos de renta fija, contemplados en el Decreto 700 de 1997. Dcto 2418 de 2013 Art. 3 Rendimientos financieros en general Art. 395, 396 y Dct 3715 de 1986.Rendimienos financieros provenientes de titulos de denominacion en moneda extranjera Dcto 3025 de 2014

Ingresos provenientes de las operaciones realizadas a través de instrumentos financieros derivados.Dcto 2418 de 2013 Art. 1

Intereses originados en operaciones activas de crédito u operaciones de mutuo comercial.Dividendos y participaciones gravadas. Dcto 567 de 2007

Dividendos y participaciones gravadas. Personas Juridicas sin domicilio en Colombia. Art. 240 E.T.

Intereses, comisiones, honorarios, regalias, arrendamientos, compensaciones por servicios personales, o explotacion de toda especie de propiedad industrial. Art. 408 E.T. Ver Art. 240 E.T. 25% o 33%

Consultorias, servicios técnicos y de asistencia técnica, bien sea que se presten en Colombia o desde el exterior. Art. 408 inc 2.

Los pagos o abonos en cuenta por concepto de rendimientos financieros, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el pais, originados en créditos obtenidos en el exterior por término igual o superior a un (1) año o por concepto de intereses o costos financieros del canon de arrendamiento originados en contratos de leasing que se celebre directamente o a través de compañias de leasing con empresas extranjeras sin domicilio en Colombia. (Art 47 Ley 1430 de 2010)

Los pagos o abonos en cuenta, originados en contratos de leasing sobre naves, helicopteros y/o aerodinos, asi como sus partes que se celebren directamente o a través de compañias de leasing, con empresas extranjeras sin domicilio en Colombia.

Arrendamiento de maquinaria para construccion, mantenimiento, o reparacion de obras civiles que efectúen los constructores colombianos en desarrollo de contratos que hayan sido objeto de licitaciones públicas internacionales

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Compra de bienes gravados con IVAServicios gravados con IVA.Pagos a establecimientos comerciales que aceptan como medio de pago las tarjetas débito o crédito (Servicios 4UVT, Bienes 27UVT.)

Por el pago de servicios gravados con IVA y quien presto el servicio es un no residente en Colombia

Por compras de aviones (en este caso el agente de retencion es la Aeronautica Civil ), Art. 437 - 2 E.T.

Retencion de IVA para venta de chatarra identificada con la nomenclatura arancelaria andina 72.04, 74.04 Y76.02, se generara cuando esta sea vendida a las siderúrgicas. (Art. 437-4)

El IVA causado en la venta de tabaco en rama o sin elaborar y desperdicios de tabaco identificados con la nomenclatura arancelaria andina 24.01. (Art. 437-5)

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TABLA RETENCION EN LA FUENTE AÑO 2014 UVT AÑO 2013 27,485

A partir de pesos Tarifas

95 2,611,000

128.96 3,544,000

N/A 1 20%

A partir de pesos Tarifas

N/A 1 11%

N/A 1 10%

N/A 1 3.5%

A partir de UVT

Tabla del Art.383 del ET

Tabla del Art.384 del ET

A partir de UVT

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N/A 1 3.5%

N/A 1 11%

N/A 1 10%

N/A 1 2%

N/A 1 6%

N/A 1 10%

N/A 1 6%

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A partir de pesos Tarifas

4 110,000 4%

4 110,000 6%

4 110,000 1%

27 742,000 2.5%

27 742,000 3.5%

4 110,000 1%

4 110,000 1%

4 110,000 2%

4 110,000 2%

N/A 1 4%

27 742,000 2.5%

27 742,000 3.5%

27 742,000 4%

27 742,000 3.5%

4 110,000 2.5%

4 110,000 3.5%

A partir de UVT

Page 18: Calendar i o 2014

27 742,000 2%

A partir de UVT A partir de pesos Tarifas

27 742,000 2.5%

27 742,000 3.5%

92 2,529,000 1.5%

27 742,000 2.5%

27 742,000 3.5%

160 4,398,000 0.5%

N/A 1 0.1%

N/A 1 1%

20,000 549,700,000 1%

20,000 549,700,000 2.5%

N/A 1 2.5%

N/A 1 1%

A partir de UVT A partir de pesos Tarifas

N/A 1 1.5%

48 1,319,000 20%

5 137,000 3%

N/A 1 20%

Page 19: Calendar i o 2014

N/A 1 4%

N/A 1 7%

N/A 1 4%

N/A 1 2.5%

N/A 1 2.5%

N/A 1 20% o 33%

RETENCION POR PAGOS AL EXTERIOR Y RETEIVA.

A partir de UVT A partir de pesos Tarifas

N/A 1 25%

N/A 1 33%

N/A 1 33% o 25%

N/A 1 10%

N/A 1 14%

N/A 1 1%

N/A 1 2%

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27 742,000 15% del IVA

4 110,000 15% del IVA

No aplica 10% del Iva

No aplica 100% del IVA

No aplica 100% del IVA

No aplica 100% del IVA

27 100% del IVA

La base es el 100% del IVA teorico

La base es el 100% del IVA teorico

La base es el 100% del IVA teorico

La base es el 100% del IVA teorico

La base es el 100% del IVA teorico

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