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CAJAS DE COMPENSACIÒN Y ASIGNACIÓN FAMILIAR Expositores: Elda Contreras Gómez Cecilia Lisette de la Rivera Claudia Lillo Osorio Melissa Pereira Rojas Cecilia Ramírez Solís Catedra: Derecho Tributario Profesora: Andrea Rozas Chacana CENTRO DE FORMACION TECNICA SANTO TOMAS SEDE ANTOFAGASTA TECNICO JURÍDICO

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Un pequeño trabajo, de sobre funciona parte del sistema en Chile.

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CAJAS DE COMPENSACIÒN Y ASIGNACIÓN FAMILIAR

Expositores:Elda Contreras Gómez

Cecilia Lisette de la Rivera

Claudia Lillo Osorio

Melissa Pereira Rojas

Cecilia Ramírez Solís

Catedra: Derecho Tributario

Profesora: Andrea Rozas Chacana

CENTRO DE FORMACION TECNICA SANTO TOMAS

SEDE ANTOFAGASTA

TECNICO JURÍDICO

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ACONTECIMIENTOS HISTÓRICOS

Las Cajas obtienen reconocimiento jurídico1953

1959

1974

1976

1977

1989

Se amplía el marco de acción de las Cajas.

Las Cajas son autorizadas a otorgar préstamos en dinero a sus afiliados con cargo a sus fondos de beneficios sociales.

Se extiende la cobertura del sistema. Las Cajas son autorizadas a incorporar como beneficiarios a todos los trabajadores de las empresas adherentes.

Las Cajas asumen la facultad de administrar otros regímenes previsionales, como subsidios por incapacidad laboral y subsidios de cesantía.

La ley 18.833 establece el Estatuto General para las Cajas que rige hasta hoy y que reitera y enfatiza el carácter privado de las Cajas.

1991

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2010

2011

2012 Las Cajas de Compensación comienzan a recibir como afiliados a los llamados trabajadores independientes.

Las Cajas son facultadas para entregar créditos de educación superior con recursos Corfo, ampliando las opciones de financiamiento para sus afiliados y cargas.

2008 Entra en vigor la ley que permite a las Cajas afiliar a los más de 250 mil empleados

públicos del país. Las Cajas pueden entregar créditos hipotecarios a 30 años y extiende de 5 a 7 años

el plazo de restitución de los créditos sociales. Las Cajas de Compensación inician la oferta de créditos hipotecarios a sus más de

4,6 millones de afiliados

2007Ley 20.233 que permite la afiliación de los empleados públicos a las Cajas a partir del

1 de enero de 2008.

Los pensionados son autorizados a ingresar al Sistema de Cajas, con excepción de los pensionados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y de la Dirección de Previsión Social Carabineros de Chile.

1998

1993 Las Cajas son facultadas para administrar cuentas de ahorro para el arrendamiento de viviendas con promesa de compraventa, conocido como Leasing Habitacional,

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¿ QUÉ SON LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN?

Son corporaciones de derecho privado sin fines de lucro.

Creadas hace más de 50 años como las primeras entidades de

seguridad social en Chile, para administrar por cuenta del Estado

las prestaciones de seguridad social conforme a la Ley 18.833,

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¿ QUIEN REGULA Y FISCALIZA LAS CAJAS ?

La Superintendencia de Seguridad Social, en cuanto a su

función y actuación y la Contraloría, en cuanto a la

administración de los recursos fiscales.

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ADMINISTRACIÓN DE LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN

Y ASIGNACIÓN FAMILIAR Las Cajas de Compensación serán administradas por un directorio. Los estatutos establecerán el número de directores, el cual no podrá ser inferior a tres ni Superior a siete.En el que deberán estar representados trabajadores y empleadores afiliados, en la proporción que fijen los estatutos.

La Superintendencia de Seguridad Social, en cuanto a su función y

actuación y la Contraloría, en cuanto a la administración de los recursos

fiscales.

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¿QUÉ DISTINGUE A LAS CAJAS DE OTRAS ENTIDADES PRIVADAS DE SEGURIDAD SOCIAL?

No persiguen fines de lucro

 Son altamente “representativas”. Sus directorios son

bipartitos

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¿CÓMO SE FINANCIAN LAS CAJAS SI CARECEN DE FINES DE LUCRO?

Provienen de la venta de servicios que le prestan al Estado y a otras entidades de seguridad social, de los aportes de los pensionados, pero el grueso se genera a partir de la prestación de créditos sociales.

Los recursos provenientes del Régimen de Crédito Social constituyen la principal fuente de ingreso de las Cajas, con la cual se financian las prestaciones que se otorgan en el ámbito de la educación, salud y recreación.

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¿CUÁNTAS CAJAS EXISTEN EN CHILE?

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¿POR QUÉ LAS CAJAS TIENEN TANTA RELEVANCIA EN EL PAÍS?

Porque el sistema de Cajas atiende hoy a 4,3 millones de trabajadores activos, 1,4 millones de pensionados.

Porque impactan las vidas de más 7 millones de chilenos de todos los estratos. Porque poseen 80.893 empresas privadas adheridas y también 729 empresas públicas. Porque administran 301.982 cuentas de ahorro para la vivienda. Porque el sistema de Cajas es número uno en prestaciones dentales del país. Porque, en conjunto, entregan 525.205 atenciones médicas y exámenes al año en sus

534 centros de salud. Porque contribuyen al descanso de más de 600 mil personas que visitan sus más de 53

centros turísticos y deportivos propios. Porque es la quinta organización educacional del país, gracias a su red de colegios e

institutos. Porque constituyen uno de los mejores aliados de las empresas del país, al apoyar a sus

servicios de bienestar con sus servicios y prestaciones.

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¿ CUALES SON SUS PRESTACIONES?

Prestaciones Redistributivas

Prestaciones Económicas

Prestaciones Adicionales y Complementarias

  

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PRESTACIONES REDISTRIBUTIVAS

Asignación Familiar:

• Requisitos: Vivir a expensas del beneficiario que lo invoca No percibir una renta, cualquiera sea su origen o procedencia igual o superior al 50% del I.M.M. Los causantes no darán derecho a mas de una asignación familiar por cada uno de ellos.

Subsidio por incapacidad laboral : Prestación de carácter pecuniario que se le otorga al trabajador con objeto de sustituir su remuneración. Mientras esta acogido a licencia medica.

  

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PRESTACIONES ECONÓMICAS

Asignaciones por nupcias

Asignaciones por nacimiento

Asignaciones por

fallecimiento

Becas de estudios

Asignaciones por matricula

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PRESTACIONES ADICIONALES Y COMPLEMENTARIAS

Crédito familiar Centros campestres y vacacionales Turismo familiar Seguros de vida familiar Convenios de salud Servicios dentales Cursos de capacitación y formación profesional Administración de prestaciones especificas de empresas afiliadas en virtud de convenios Actividades y eventos culturales , etc

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Las cajas de compensación están autorizadas, en virtud de la ley 19.281, de 1993, que regula el sistema leasing habitacional (arriendo de viviendas con promesa de compraventa), para administrar cuentas de ahorro para la vivienda. Con ello se ha abierto un amplio campo para las CCAF ya que han sido llamadas a desempeñar una activo rol en el proceso de administración del sistema.

En efecto la participación de estas entidades en este nuevo sistema permitirá facilitar el acceso a importantes sectores laborales de ingresos medios y bajos, contribuirán a su perfeccionamiento por las vías de perfeccionamiento y servicio que complementan el leasing habitacional. 

 

LEASING HABITACIONAL

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CONSTITUCIÓN DE LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN

MINISTERIO DEL TRABAJO Y

PREVISIÓN SOCIAL60 días

• Empresas del sector privado

• Empresas autónomas del Estado

• Entidad empleadora del sector público

Que tengan participación mayoritariamente,

• Entidad empleadora del sector público

sea del sector central o descentralizado.

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¿QUIÉNES SE AFILIAN A LAS CAJAS?

Los trabajadores dependientes del sector privado, los

pensionados, los trabajadores del sector público del sector

central o descentralizado, a partir del 1 de enero de 2008, y los

trabajadores independientes, desde 2012.

Si soy trabajador: ¿ Cómo me afilio a la caja?

¿cuánto pago mensualmente por pertenecer a una Caja?

Si soy pensionado: ¿ Cómo me afilio a la caja?

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PASOS PARA AFILIARSE

AFILIADOR AFILIARSE DESAFILIARSE

Trabajadores

Dependientes

Podrá afiliarse a una Caja cualquier entidad

empleadora.

Se requiere el acuerdo de los trabajadores

adoptado en asamblea especialmente

convocada al efecto y realizada ante un

ministro de fe competente.

La afiliación de las entidades empleadoras

a las Cajas opera desde el día primero del

mes subsiguiente al de la fecha de

aprobación de la correspondiente solicitud

Podrá retirarse de una Caja cualquier

entidad empleadora afiliada a ella, con el acuerdo

de sus trabajadores, siempre que tenga un

período de afiliación no inferior a seis meses.

En el caso que los trabajadores deseen

desafiliarse de una Caja para afiliarse a otra, se

deberán llevar a cabo dos votaciones distintas y

sucesivas realizadas en asamblea celebrada ante

un ministro de fe competente. La desafiliación

regirá desde la fecha de la correspondiente

afiliación a la otra Caja

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PASOS PARA AFILIARSE

AFILIADOR AFILIARSE DESAFILIARSE

Trabajadores

Independientes

Haber cotizado para pensiones

y salud en los últimos 30 días.

Debe efectuarse

personalmente.

Se materializa mediante la

suscripción y posterior

aprobación de la

correspondiente solicitud

Debe presentarse personalmente la solicitud desafiliación.

Afiliación mínima seis meses.

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PASOS PARA AFILIARSE

AFILIADOR AFILIARSE DESAFILIARSE

Pensionados

Debe efectuarse personalmente

Se materializa mediante la suscripción y posterior aprobación de la correspondiente solicitud

Debe presentarse personalmente

Afiliación mínima seis meses.

Si se cambia a otra Caja debe presentar ante la nueva Caja la respectiva solicitud de afiliación

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SU INTERVENCIÓN

Las Cajas de Compensación podrán ser intervenidas cuando:  A juicio de la Superintendencia, incurran en incumplimiento grave y reiterado

de las disposiciones legales, reglamentarias o estatutarias que las rigen o de las instrucciones que ella hubiere impartido que perjudiquen la marcha de la entidad;

Caigan en insolvencia por exceder su pasivo a su activo en un diez por ciento o más,

No paguen oportunamente, sin causa justificada, las prestaciones legales, no obstante haber recibido recursos correspondientes.

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DISOLUCIÓN

La disolución de una Caja de Compensación será declarada por decreto supremo fundado, expedido a través

del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y desde su dictación la Caja será considerada en disolución para todos

los efectos legales; cesará definitivamente en sus funciones el directorio, se iniciará su liquidación y el interventor

asumirá, además, las funciones de liquidador.

1. Determinar el estado financiero de la Caja de Compensación

2. Continuar y concluir las operaciones pendientes al tiempo de la disolución;

3. Exigir la cuenta de su administración al gerente general

4. Enajenar los bienes de la Caja de Compensación;

5. Presentar estados de la liquidación cuando lo exija la Superintendencia, y

6. Rendir cuenta de su administración al término de sus funciones.

 

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CONCLUSION

las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAF), o simplemente cajas de compensación, son corporaciones chilenas de derecho privado, con patrimonio propio y sin fines de lucro. Su objeto principal es la administración de prestaciones de seguridad social que tiendan al desarrollo y bienestar del trabajador y su grupo familiar, protegiéndolo de contingencias sociales y económicas.

Tienen diferentes prestaciones de servicios, las cuales podemos reunirlas en dos grupos: prestaciones legales; las cuales se refieren al principio de subsidiaridad de los régimen previsionales, donde el Estado delega la administración de una parte de los fondos de seguridad social en estas cajas quedando estas a cargo del pago de por ejemplo: la asignación Familiar, el subsidio de cesantía o por incapacidad laboral temporal. Y por otro lado están las prestaciones de bienestar social que son beneficios adicionales de carácter social y familiar, que se entregan a los afiliados definidos como por ejemplo: centro de vacaciones, becas por estudio, convenios médicos, entre otros beneficios.

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“ GRACIAS POR SU ATENCION”