Cahiers de Doleances

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Los famosos "Cuadernos de quejas." del reinado de Luis XVI. Los citados cuadernos...,fueron la gota que rebasó el vaso de la institucionalidad francesa del siglo XVIII. Allí se lee que,por ejemplo,los curas no querían pagar por el arreglo e un techo de una iglesia y le echaban todo el gasto al Estado,siendo que la Iglesia era el estamento más rico de la época. .

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    LEER LA REVOLUCIN FRANCESA: LOS CAHIERS DE DOLEANCES (1789)

    Pablo Romero Gabella.

  • Luis XVI a los 31 aos de

  • edad (1785)

    Los espritus estn agitados. Pero una Asamblea de representantes de la nacin no escuchar,

    sin duda, tan slo los consejos de la sabidura y la prudencia? Vosotros mismos habris juzgado,

    Seores, que nos hemos apartado de ellas en varias ocasiones recientes; pero el espritu

    dominante de vuestras deliberaciones responder a los sentimientos de una nacin generosa y

    cuyo carcter distintivo ha sido siempre el amor por sus reyes.

    Luis XVI a los Estado Generales, 5 de mayo de 1789

    INTRODUCCIN.

    Los cahiers de dolances son unos documentos fundamentales para conocer el estado Francia a

    comienzos de la Revolucin de 1789, y por tanto los comienzos del mundo contemporneo. Como

    ejemplo de la huella dejada en la historia por los cahiers, en la Conferencia de la ONU sobre

    Comercio y Desarrollo del ao 2000 se aludi a estos documentos como ejemplos para el futuro

    de crtica razonada a situaciones injustas.[1]

    En este artculo ofrecemos una introduccin sobre qu fueron, quines los escribieron y qu

    supusieron dentro del proceso trascendental revolucionario francs. Adems transcribimos como

    anexo documental y como material de trabajo tanto para profesores como alumnos de Secundaria

    y Bachillerato un seleccin de varios cuadernos de quejas representativos de cada estamento

    social.

    QU FUERON LOS CAHIERS DE DOLANCES?

    La convocatoria de los Estados Generales y la redaccin de los cahiers de dolance son la

    culminacin de la llamada "prerrevolucin" y el comienzo de lo que propiamente llamamos

    "Revolucin francesa".

    El clima de los aos 1787-1789 era de una extrema tensin. En primer lugar exista una

  • coyuntura econmica negativa que sumerga a las clases urbanas populares y a los campesinos

    en la caresta y la miseria. En segundo lugar la llamada "revuelta de los privilegiados" liderada

    principalmente por la nobleza de toga de los Parlamentos (tribunales de justicia) que se

    oponan a las reformas fiscales de los sucesivos ministros de Hacienda de Luis XVI, impelidos por la

    necesidad de acabar el caos del fisco estatal. Y a esto habra que aadir la expansin cada vez ms

    estruendosa de las ideas filosficas de la llamada " filosofa moderna" de la Ilustracin.

    Estos factores de crisis del Estado representaban un desafo desde todos los sectores

    sociales contra el actual estado de la monarqua absoluta francesa. Los parlamentarios ( los

    "oligarcas judiciales" segn Rud) apelaban demaggicamente al pueblo llamando a defender las

    "libertades" usurpadas por la tirana de los ministros. Sin saberlo arrastraban las ansias de reforma

    de la burguesa, que aspiraba a acceder a los cargos pblicos cada vez ms copados por los

    privilegiados, y de las clases populares.

    En las ciudades estallaban motines populares en contra de una caresta cada vez ms cotidiana y

    en los campos los campesinos comenzaban una ola de levantamientos, que recordaban a las

    jacqueries medievales, exigiendo la rebaja de los derechos seoriales y la peticin de que se

    atendiese a su general miseria. Mientras, los innumerables panfletos y libelos impresos que pedan

    reformas polticas cada vez contaban con ms eco dentro de la sociedad. As, en agosto de 1788 el

    rey no tuvo ms remedio que ceder a las presiones y convocar los Estados Generales que eran

    deseados por todos, y que no se celebraban desde principios del siglo XVII

    Los franceses esperaban una nueva poca con una mezcla de optimismo e inquietud.

    Estos sentimientos seran la antesala de los dos vectores emocionales dominantes durante la

    Revolucin: el miedo y la esperanza, como ya sealaran importantes historiadores de la

    Revolucin como Lefebvre y Soboul. Michelle Vovelle, ms recientemente, ha apuntado un

    cambio trascendental y "prerrevolucionario" en la sensibilidad colectiva entre 1760 y 1780 cuando

    se difundieron desde las lites los nuevos valores burgueses e ilustrados. Pero en toda Francia

    eran comunes dos puntos de vista:

    El moderantismo. No se pretenda acabar con la monarqua, sino reformarla.

    No se crea posible aplicar principios igualitarios que permitieran la entrada de las masas

    populares en la vida poltica.

  • El 24 de Enero de 1789 se publicaba el reglamento para llevar a cabo la eleccin de los

    1.200 diputados para los Estados Generales (600 diputados por el Tercer Estado, y 300 por la

    nobleza y el clero respectivamente), rgano consultivo del rey similar a las Cortes estamentales en

    la Espaa del Antiguo Rgimen. Dicho reglamento fue obra de Necker, Revisor General de

    Finanzas del rey a pesar de la oposicin del Ministro de Justicia Barentin en el seno del Consejo de

    Estado (rgano que puede compararse con el actual Consejo de ministros).

    Dicho reglamento estableca la eleccin de diputados por sufragio directo para los estamentos

    privilegiados y por un complicado sistema de sufragio indirecto para el tercer estado. Sin embargo,

    no se ha puesto la atencin en lo avanzado de este reglamento[2], cuya aplicacin supona que

    ms de cinco millones de franceses fueron llamados a votar. Si comparamos esta cifra con los 4,3

    millones de ciudadanos activos (61,5% de los hombres adultos) que la Constitucin de 1791

    estableca como electores o el milln de votantes del Directorio (1795-1799)[3] podemos decir

    que la consulta a lo franceses se pareci bastante a una consulta general.

    Entre el clero y la nobleza se produjeron divisiones entre una minora favorable a las reformas y

    una minora reacia a ellas. Sin embargo el tercer Estado present una cierta homogeneidad

    definida por una mayora de burgueses, sobre todo hombres de leyes, conocedores de los recursos

    administrativos y aplicados en el arte oratorio. Como sealaba Mathiez "son los amos los que

    tienen la pluma entre sus dedos[4] De entre ellos ya comenzaron a despuntar las futuras figuras

    revolucionarias como Barnave, Robespierre, Mirabeau o Siyes.

    Estos diputados portaban consigo 60.000 "cuadernos de agravios" o cahiers de

    doleances que fueron redactados para apoyar las discusiones sobre los problemas que acuciaban

    a la nacin. Estos documentos podan comprender 80 pginas o una sola. Se escriban por

    parroquias, balias, senescalados ( distritos judiciales), corporaciones, provincias, o estamentos. Se

    redactaron en un clima de gran libertad que hoy nos parecera inusual para aquellos tiempos, ya

    que no contaban con un cuestionario previo o reglamentacin alguna.

    Lo primero que se transluce de ellos era la gran variedad regional de Francia. De norte

    a sur y de este a oeste se desarrollaban costumbres y tradiciones distintas, pesos y medias, leyes,

    sistemas de propiedad e incluso lenguas[5]. Los que les una era el Estado y su cspide era el rey.

    Era por tanto necesario centrar en las reformas de los males del pas en los que todos conocan: la

    monarqua.

  • Los "cahiers" compredan dos tipos: a) Los redactados en primera instancia en

    parroquias y gremios y b) los redactados en las balias que ya pasaban directamente a los Estados

    Generales ( y de los cuales han quedado abundantes ejemplos y que fueron editados a principios

    del siglo XX).

    En los cahiers de la nobleza se desprenda un apego a los privilegios sociales y

    polticos, dando ciertas concesiones hacia determinadas reformas fiscales. En lo poltico defendan

    un recorte de las prerrogativas de la monarqua absoluta y de los ministros. Apelaban a un

    legislativo que recortara los poderes de stos y donde ellos tuvieran un papel principal. En algunos

    ejemplos recuerdan al modelo bicameral ingls. En esto ltimo coincidiran con los redactados por

    el Tercer Estado.

    En los del clero se manifiesta una retrica abiertamente reaccionaria en contra de los

    cambios en las mentalidades introducidas por las ideas ilustradas y por la tolerancia cada vez

    mayor hacia los protestantes. Pedan la proteccin del Rey para mantener junto a l, el tradicional

    orden que se crea el nico y justo. Se sentan amenazados ( sobre todo en las poblaciones rurales

    que vean como eran invadidas por las ideas llegadas en panfletos de la ciudad) ante unos

    nuevos e inciertos tiempos y por esto mismo declaraban la necesidad de reformas administrativas

    y judiciales de igual signo que las propugnadas por los nobles.

    En los "cahiers" del Tercer Estado se observa una diferenciacin segn las zonas. En las

    rurales el problema constitucional pasas casi inadvertido y se centran sobre todo en la denuncia

    de los abusos de los derechos feudales, de los abusos de los recaudadores de impuestos, del

    diezmo y de las quintas de soldados para el ejrcito real. Los redactados en las ciudades

    expresaban ms a las claras el pensamiento de una burguesa inquieta, donde se manifestaba con

    claridad un deseo de reformas estructurales en el aparato estatal. Se exiga la libertad de palabra,

    reunin y comercio, y la igualdad civil entre los tres estados... En cuanto a la forma que deban

    tomar los Estados Generales pedan una sola asamblea donde se votase por cabeza y no por

    estamento. Ms que clrigos y nobles se sentan los representantes de la nacin y por ello

    defendan la necesidad de una nueva Constitucin poltica para Francia. En conclusin todas

    aquellas ideas que magistralmente resumira el diputado Siyes en su famossimo panfleto Qu

    es el Tercer Estado?.

    Autores como Soboul o Rud de matriz ideolgica materialista han basado sus trabajos

    en su interpretacin central de la Revolucin Francesa: el trnsito del feudalismo al capitalismo. Y

    por ello todo proceso evolutivo lo han caracterizado como un avance de las formas de produccin

    capitalistas y de la ideologa del liberalismo econmico. En los "cahiers" no lo observamos con

  • tanta claridad. La ambigedad en lo econmico tiene mucho que ver con los localismos. Cada

    regin propona medidas liberalizadoras para el comercio de sus productos y manufacturas pero

    tambin sostenan la defensa de sus antiguas tradiciones que iban sumadas a la peticin de un

    proteccionismo por parte del Estado de sus manufacturas y productos frente a la competencia de

    otros mercados.

    Pero en trminos generales podemos concluir que casi unnimemente se peda una

    reforma poltica de la nacin ( ya sea de tendencias reaccionarias como innovadoras) y de un

    rechazo de las cargas feudales por parte de las clases populares. Este "cuarto estado", como lo han

    llamado Rud y Soboul, impedir un futuro entendimiento entre nobleza y burguesa, y sera lo

    que hara dinamizar el proceso revolucionario posterior hacia una fase ms radical de la que se

    aventuraban en los cahiers de la primavera de 1789.

    BIBLIOGRAFIA

    Bsica:

    BOIS,J.P. La Revolucin francesa, Ed. Historia 16, Madrid, 1989

    GODECHOT,J. Las Revoluciones (1770-1799), Ed. Labor, Barcelona, 1981

    LEFEBVRE, G. La Revolucin francesa y el Imperio, FCE, Madrid, 1980.

    MATHIEZ, A. La Revolucin francesa, Ed. Labor, Barcelona, 1935.

    RUDE,G. La Europa revolucionaria, Ed. Siglo XXI, Barcelona, 1984.

    SOBOUL,A. La Revolucin francesa, Ed. Futuro, Buenos Aires, 1964.

    VOVELLE,M. La mentalidad revolucionaria, Ed. Crtica, Barcelona, 1989.

    VOVELLE,M. Introduccin a la Revolucin francesa, Ed. Crtica, Barcelona,1981.

    Sobre los cahiers dolences:

  • MERRICK WHITCOMBE, ed. Typical Cahiers of 1789, Translations and Reprints From The Original

    Sources of European History, Philadelphia, 1898 vol. IV, n 5, pp. 1-36.

    ROBIN, R. El campo semntico de la feudalidad en los Cahiers de Dolances Generales de 1789,

    Estudios de Historia Social, n 2-3, UNAM, Mxico, 1977.

    EN INTERNET:

    A pesar de la importancia de los cahiers como documentos histricos la red de redes no nos ofrece

    una gran variedad de estos textos.

    En castellano podemos encontrar algunos ejemplos (que actualmente no se pueden consultar) en

    la interesante pgina de DERECONS (Red Acadmica de Derecho Constitucional) que contiene

    transcritas las principales constituciones histricas: http://constitucion.rediris.es.

    En su lengua original francesa encontramos 12 cahiers de dolnces de los tres estados en la

    excelente pgina Gallica, biblioteca virtual de la Biblioteca Nacional Francesa: http://gallica.bnf.fr.

    En ingls tenemos la pgina del Proyecto de Textos Histricos del Departamento de Historia del

    Hanover College (EEUU). Los cahiers pertenecen a una seleccin de la obra de Merrick Whitcombe

    y son: Cahiers del clero de Blois y Romorantin; Cahiers de la nobleza de Blois y Cahiers del tercer

    estado de Versalles y Carcassonne. Se puede consultar en:

    http://history.hanover.edu/modern/cahiertc.htm.

    Por ltimo destacar en el apartado de REVISTAS ELECTRNICAS, el artculo de Roberto Martucci:

    La Constitucin inencontrable, conflicto constitucional en Francia durante la transicin de la

    Monarqua a la Repblica (1789-1799), Fundamentos. Cuadernos monogrficos de teora del

  • Estado, derecho poltico e historia constitucional, n 2. Revista electrnica,

    www.constitucion.rediris/fundamento/segundo.

    EXTRACTOS DE CAHIERS DE DOLEANCES DE LOS TRES ESTAMENTOS.

    TERCER ESTADO

    CAHIER DE DOLANCES DE LA PARROQUIA DE PEUMERIT (BRETAA).

    Los miembros de la parroquia de Peumerit... informados de los buenos deseos de S.M. que quiere

    mostrarse ante sus sbditos como un verdadero padre del pueblo, invitndoles a todos, sin

    distincin, a presentar a los pies de su trono sus peticiones, problemas y quejas con el fin de

    conocer las necesidades de todos y de cada uno en particular:

    Informados de la voluntad de S.M, de poner pronto y provechoso remedio a los males

    del Estado y de asegurar a su pueblo la felicidad, han decidido unnimemente solicitar a S.M. con

    confianza lo que sigue:

    Que S.M. sea el protector, el sostn y el apoyo de la religin catlica, apostlica y romana, sobre

    todo en este siglo desgraciado, donde las costumbres son menos puras que nunca. Por ello le

    suplican que no permita la prctica de ninguna religin extranjera ni en el Estado ni el ducado de

    Bretaa.

    Pedimos insistentemente que Luis XVI, nuestro buen Rey, y sus sucesores en lnea directa reinen

    como verdaderos monarcas, de acuerdo con las leyes fundamentales de la monarqua y que no se

    impongan otras trabas a su autoridad que aquellas que puedan impedirles hacer reflejar sobre su

  • pueblo las dulces influencias de su bondad.

    Que el Tercer Estado en la provincia de Bretaa sea representado, tanto en los Estados generales

    como en los Estados provinciales por un nmero de diputados que iguale el nmero de los dos

    primeros rdenes reunidos, los cuales diputados no podrn ser nobles, ni procuradores fiscales ni

    eclesisticos; y que en ambos estados se vote por cabeza.

    Que el clero y la nobleza contribuyan con el Tercer estado en la construccin y en la conservacin

    de los caminos mediante el pago de la corvee real.

    Que se suprima el sorteo de quintas, que los milicianos, guardacostas y marineros lo sean en los

    sucesivo por contrato libre y pagados en dinero. Este es el nico medio de conservar las familias,

    que son lo ms preciado y lo ms necesario de la nacin.

    Que la capitulacin y las dems cargas pecuniarias sean todas ellas comprendidas en un solo

    registro, en el cual estn incluidos tambin los eclesisticos y los nobles, y que cada contribuyente,

    a partir de ahora, pague de acuerdo con su opulencia. De esta forma disminuirn las cargas que

    agobian al pueblo.

    Que las pensiones y otras gracias que disfruta la nobleza no sean en adelante una carga para el

    Tercer Estado, sino que los fondos destinados a esos fines sean recaudados entre la nobleza.

    Que las prestaciones personales seoriales y otros derechos se paguen en metlico y que se

    reconozca el derecho a librar los dominios redimibles en dinero y no en prestaciones personales.

    Que los derechos feudales sean absolutamente abolidos como derechos odiosos y vejatorios.

    Nuestros campos estn casi desnudos, los bosques han disminuido los seores y los hacendados

    abandonan totalmente las plantaciones. El medio ms eficaz para hacer revivir el campo est en

    permitir a todos los campesinos, labrar, plantar rboles o sembrar a su voluntad las tierras vacas,

    recogiendo el fruto de lo que hayan trabajado.

  • Que los plebeyos puedan ser admitidos a ocupar cualquier civil o militar, teniendo en cuenta el

    mrito antes que el nacimiento.

    Estas son las quejas que los habitantes de esta parroquia desean elevar al monarca.

    Estos son los deseos que ellos se atreven a presentar para la conservacin, el honor y la fidelidad

    del pueblo francs.

    Hecho en la sacrista de la iglesia parroquial de Peumerit y firmado por.....

    CAHIERS DE DOLANCES DE LA COMUNIDAD DE UCHAU (SENESCALA DE NIMES, LANGUEDOC).

    1. Suplicamos humildemente a S.M. que ordene la supresin de todos los privilegios

    atribuidos a todas las tierras consideradas como nobles, cualquiera que sea la calidad de su

    poseedores; y que los impuestos de cualquier naturaleza, reales, provinciales y municipales sean

    repartidos entre todas las tierras, ya sean nobles o plebeyas, en funcin de su valor en el catastro.

    2. Atendiendo a que este tipo de impuesto no grava ms que a los bienes inmuebles y que es

    justo que los capitalistas[6] concurran tambin a las necesidades del Estado en proporcin a sus

    fortunas, suplicamos a S.M. se digne aprobar las medidas que considere necesarias para que las

    municipalidades de su Reino queden autorizadas a incluir en las listas de impositores, con

    contribuciones similares a las fijadas para los bienes inmuebles, a todos aquellos sbditos del

    Reino poseedores de fortunas en metlico.

    3. Suplicamos a S.M. tenga a bien conceder a la provincia del Languedoc una nueva

    constitucin y una nueva administracin, compuesta por diputados de los tres rdenes libremente

    elegidos, a fin de que dicha administracin sea realmente representativa de la provincia y que el

    Tercer Estado tenga el mismo nmero de representantes que los otros dos rdenes, el del clero y

  • el de la nobleza juntos, y que las deliberaciones se realicen no por orden sino por cabeza.

    4. Suplicamos a S.M. tenga a bien ordenar que, conforme a las antiguas leyes de la Iglesia, y a

    la administracin primitiva de las rentas pertenecientes a los eclesisticos, estos, como

    beneficiarios de los diezmos, sean obligados a ceder anualmente al municipio un porcentaje de lo

    recaudado por este concepto para que se aplicado a la subsistencia de los pobres.

    5. Suplicamos... ordenar la supresin de todos los derechos de salida impuestos sobre los

    vinos del bajo Languedoc, atendiendo a que este artculo es la principal fuente de ingresos de esta

    parte de la provincia y que los genoveses y otros extranjeros que adquieren el vino se aprovechan

    de esta circunstancia para comprarlo a un precio mucho ms bajo.

    6. Suplicamos...prohibir la salida de mulos y caballos del reino, pues ello produce una caresta

    tal que perjudica considerablemente a los habitantes de las provincias meridionales.

    7. Exponemos que esta provincia, habiendo tenido que soportar una emigracin de sbditos

    no catlicos de S.M. por efecto de la revocacin del Edicto de Nantes en 1685, alberga aun a un

    gran nmero de sbditos no catlicos lo cuales, a pesar del edicto de noviembre de 1787,

    mediante el cual, S.M. se dign reconocerles una parte de los derechos civiles perdidos, no

    disfrutan de todos sus derechos. Suplicamos a S.M. tenga a bien suprimir las medidas aun vigentes

    que restringen los derechos de estos sbditos, medidas que son contrarias a la justicia y al derecho

    natural, lo cual resultara de gran utilidad y beneficio para todo el reino.

    8. Suplicamos...aproximar la justicia a los justiciables y restablecer en esta comunidad la

    situacin en que se encontraba cuando fue separada de la baila y del marquesado de Calvisson,

    para que la justicia sea administrada en la propia localidad de Uchau como se administraba antes

    de su incorporacin a la baila y veguera de Marsillargues.

    9. Finalmente suplicamos...la supresin de la milicia en tiempos de paz y que, si en tiempos de

    guerra tiene S.M. necesidad de hombres, le sea permitido a cada comunidad designarlos...

    NOBLEZA

  • CAHIERS DE DOLANCES DE LA NOBLEZA DE LA BAILA DE AMONT (FRANCO CONDADO).

    Antes de tomar parte en cualquier tipo de deliberacin, los diputados de la nobleza exigen la

    seguridad de sus personas y la declaracin de que no podrn ser perseguidos por ningn tribunal

    en materia civil mientras que dure su misin.

    Para conseguir dar a los Estados generales, tanto para esta primera asamblea como para las

    sucesivas, una forma legtima constitucional, segn prescribe la equidad natural, a fin de que

    ningn orden de ciudadanos pueda ser oprimido por otro, a fin de que puedan conservar entre

    ellos un equilibrio perfecto de influencia y de poder, est expresamente ordenado a los diputados

    de la Nobleza el insistir para obtener la reduccin de los tres rdenes a dos.

    El primero estara compuesto por el Clero noble y por la Nobleza laica, el segundo orden estar

    compuesto por el Clero no noble y por el Tercer Estado de las ciudades y de los campos.

    Si cada orden est compuesto por un nmero igual de representantes, la deliberacin por cabeza

    podr tener lugar, pero si la igualdad numrica no existe entre el primer y el segundo orden,

    entonces se votar separadamente por orden.

    Pero, en todo caso, la composicin del primer orden ser tal que los representantes de la nobleza

    sern, al menos, el doble que los del clero.

    Se atribuir a los Estados generales la fijacin de los lmites de la influencia del Rey en las

    deliberaciones, tanto si los dos rdenes opinan por cabeza como si lo hacen separadamente;

    esta influencia debe ser tal que, manteniendo toda la dignidad de la majestad real, la asamblea de

    la nacin quede investida de todo el poder que le corresponde.

    La conservacin de los privilegios personales y de las distinciones que la nobleza ha tenido en

  • todos los tiempos son atribuidos que la distinguen esencialmente de los dems y que no podrn

    ser atacados ni destruidos. El abuso que resultara de tales cambios es demasiado evidente y, por

    lo tanto, no es necesaria su discusin. La Nobleza de la baila de Amont, pide, pues que el orden al

    que pertenece conserve todas sus prerrogativas personales, consintiendo, no obstante, por amor

    a la justicia y con la intencin de aumentar el horror por los grandes crmenes, que en los casos de

    delitos contra el orden pblico y contra las leyes de la Nacin, se supriman las distinciones en los

    castigos a los culpables.

    Todos los rdenes estn unnimemente convencidos del respeto debido a la propiedad. La

    Nobleza no tiene la intencin, de ninguna manera, de despojarse de sus derechos seoriales,

    honorficos o tiles, tales como la alta, media y baja justicia, derechos de caza, pesca, manos

    muertas, talla, corves, laudemio, censos, diezmos, comisos, embargos de bienes, derecho de

    retracto, consentimiento y otros que puedan existir, consintiendo la Nobleza, no obstante, por el

    honor del nombre francs, al abandono de la mano muerta personal; igualmente aquellos

    derechos antedichos que la sabidura y prudencia de los Estados generales estimen demasiado

    onerosos en su forma actual podran ser redimidos por quienes lo soportan, mediante una

    indemnizacin convenida de buen grado entre ambas partes, entendiendo la Nobleza que el

    rescate de dichos derechos no podr realizarse parcialmente en un mismo feudo sin el

    consentimiento del seor.

    Si la amovilidad de los jueces de las justicias seoriales no es reconocida por el Tercer Estado, los

    diputados la mantendrn en todo su poder de acuerdo con el estado actual, y esto por inters

    mismo de las comunidades.

    Los Estados Generales debern asumir la voluntad de derogar las leyes que impiden el desarrollo

    de manufacturas en el Franco Condado.

    La posibilidad de volver a hacer navegable el Saona presenta ms provecho que costes. Los

    Estados Generales tomarn en consideracin el perfeccionamiento de la navegacin en el Saona y

    el proyecto de su comunicacin con el Meuse

    Los diputados del orden de la Nobleza pedirn la ejecucin en el Franco Condado de un edicto a

    favor de los no catlicos para que los oficiales franceses no catlicos puedan ser revestidos de la

    Orden del mrito militar.

  • Los Estados generales debern examinar si es de utilidad la conservacin o la modificacin de los

    Registros de Hipotecas.

    Los diputados solicitarn, en funcin del derecho poltico del Estado, la abolicin de anatas y

    prohibirn a todos los habitantes del reino dirigirse directamente a la Corte de Roma para solicitar

    las dispensas.

    Habiendo solicitado los tres rdenes mediante un artculo comn de sus quejas que los Estados

    generales aconsejen sobre la mejor forma que deben insistirn para que, en la organizacin de

    dichos Estados provinciales futuros, la comisin general no tenga ms de doce miembros...y que

    sean establecidas en cada una de las comunidades de la provincia una delegacin, presidida por el

    Seor o por su delegado, encargada de administrar los asuntos de la comunidad y de repartir los

    impuestos.

    En el caso de que los Estados generales, de acuerdo con el Rey, no decidieran el establecimiento

    del libre comercio en todo el reino, los diputados solicitarn que el peaje establecido sobre el

    Saona, que se paga a Chalon en detrimento del Franco Condado, sea suprimido.

    Los diputados solicitarn el reconocimiento de los derechos y privilegios de la provincia, tales

    como fueron establecidos por Luis XIV en el momento de su conquista, estando autorizados los

    dichos diputados a sacrificar aquellos privilegios que parezcan irreconciliables con el bien general

    del Estado, pero con las indemnizaciones pertinentes.

    Otras posibles peticiones, reclamaciones y amonestaciones que pudiera hacer l,a nobleza de la

    baila de Amont, quedarn encomendadas a la rectitud, al celo y a la prudencia de sus

    candidatos...

    CLERO

  • CAHIERS DE DOLANCES DEL CLERO DE LA BAILIA DE ORLENS (ORLEANESADO).

    Religin.

    Que S.M., a ejemplo de su predecesores, acuerde toda proteccin y favor a la religin,

    que es el ms firme apoyo de su trono, la base ms slida de la fidelidad de sus sbditos, y la

    salvaguarda ms segura de la estabilidad de los imperios; que emplee todo su celo para hacerla

    florecer en sus Estados y toda su autoridad para la defensa de los ataques mltiples de la impiedad

    y de la filosofa moderna; que reprima con leyes severas la licencia desenfrenada de la prensa que

    inunda la capital y las provincias de escritos escandalosos de todas clases; que los autores que las

    escriben, los impresores que los publican, los libreros que los venden y quienes propagan su

    contenido sean perseguidos con el rigor de las ordenanzas.

    Unidad de fe y culto.

    Que la fe catlica, apostlica y romana, que desde Clodoveo ha sido siempre la fe del

    reino cristiano, sea la nica permitida y autorizada sin el permiso para ningn otro culto pblico;

    que sean tomadas las precauciones contra los abusos que los protestantes comienzan a hacer del

    edicto que les devuelve su derechos civiles: que sea ordenado a los magistrados vigilar a aquellos

    que, sin tener en cuenta las ordenanzas, se renan en asambleas ilcitas y perturben el servicio

    divino mediante tumultuosas reuniones: que, de acuerdo con las prcticas anteriores a la

    revocacin del Edicto de Nantes, sean obligados a llevar a sus nios a la iglesia para ser bautizados;

    en fin, que de acuerdo con el deseo del clero francs, consignado en sus amonestaciones relativas

    al edicto de 1787, se conforme una declaracin interpretativa de este edicto.

    Santificacin de los domingos y festivos.

    Que las leyes sobre la santificacin de los domingos y festivos sean renovadas y

    observadas exactamente.

  • Restablecimiento de las buenas costumbres.

    Que en los planes que sern formados para devolver al reino su esplendor y su lustre,

    se tenga en cuenta, ante todo, la regeneracin de la moral pblica, pues su mantenimiento o

    su decadencia han tenido una influencia muy marcada sobre la suerte de los imperios. Que la

    licencia con la cual se vende y se expone pblicamente a todas las miradas los cuadros y los

    grabados ms indecentes sean reprimida y castigada; que se prohban, como fuentes infectadas de

    corrupcin, los espectculos de todo gnero que, estrenados en la capital, donde se reproducen

    cada da, se presentan luego en las provincias; que cualquier espectculo sea especialmente

    prohibido durante la quincena de Pascua y en las fiestas principales del ao durante las cuales,

    bajo ningn pretexto sern toleradas; que se tomen las medidas contra los actores que, en los

    tiempos en que los espectculos son cerrados en la capital, se trasladan a las ciudades de

    provincias o incluso a los pueblos donde, por asistir a unas representaciones profanas, los fieles de

    la Iglesia se apartan de los actos de religin que deberan practicar.

    Disciplina eclesistica.

    Que se ponga un especial cuidado en restablecer la disciplina eclesistica; en

    consecuencia que, conforme a la ordenanza de Orlens y al artculo 14 de la de Blois, los

    arzobispos y obispos residan en su dicesis y no puedan ausentarse de ellas sin causas justas y

    legtimas, aprobadas por derecho y certificadas por el metropolitano y por el obispo ms

    anciano de la provincia; que estas normas se tengan especialmente en cuenta en Adviento,

    Cuaresma y en las principales fiestas del ao, durante las cuales debern permanecer en sus

    iglesias.

    Colegios.

    Que se delibere con detenimiento sobre los medios que se utilicen para designar, en

    todos los colegios, maestros instruidos y religiosos, capaces de formar a sus alumnos en la piedad,

    en las buenas costumbres y en las ciencias profanas.

    Dotacin de los curas y vicarios.

  • Que se tome en especial consideracin la mejora de la suerte de los curas y de los

    vicarios, tanto de las ciudades como de los campos. Que sean pronta y eficazmente dotados

    mediante el aumento de la porcin de la congrua que les corresponde que, aunque asciende a 700

    libras , es todava insuficiente para la honesta subsistencia de un cura, si consideramos que est

    cargado con sus propias necesidades y con la de sus pobres. Se pedir que la fijacin de sus rentas,

    dejada a la libre determinacin del Rey, sea hecha, no en metlico, sino en grano como en el

    pasado.

    Jubilacin de curas y vicarios.

    Que se busquen los medios para permitir el retiro a los curas y vicarios cuando su edad

    o sus enfermedades le impidan continuar las funciones de su ministerio, sea mediante pensiones

    asignadas sobre un fondo destinado nicamente a este objeto, sea mediante canonjas

    especialmente fundadas para este menester en las diversas capitales de las dicesis.

    Diezmos y posesiones.

    Que los eclesisticos sean mantenidos en el disfrute de todos los diezmos de cualquier

    naturaleza que posean sin que nadie pueda, por ningn motivo, pronunciarsec contra estas

    posesiones.

    Registros de bautismos, matrimonios y sepulturas.

    Que se ordene a los curas y a los vicarios y a todos aquellos que tienen los registros

    de bautismos, matrimonios y sepulturas, redactar sus actas de una forma menos abreviada

    mencionando el nombre, la parroquia y la dicesis de los padres y madres de quienes son objeto

    directo del acta. Debido a la omisin de esos enunciados se pierde a menudo la pista de loas

    ascendientes o descendientes y muchas herencias quedan vacantes o son usurpadas por parientes

    menos prximos por la imposibilidad de encontrar al legtimo heredero mediante las actas

    anteriores y establecer el orden de generaciones que contempla el derecho.

    Administracin.

  • Que en las asambleas municipales los curas tengan siempre el primer lugar despus del

    seor y que no sean nunca precedidos por los sndicos de las parroquias.

    Que se dote a la nacin de un nuevo cdigo civil y criminal: que los procedimientos

    sean simplificados y los trmites disminuidos.

    Que los campos sean provistos, por cada partido judicial, de cirujanos y parteras,

    obligados a dar a los pobres asistencia gratuita si presentan un certificado de pobreza librado por

    el cura; pero que nadie pueda ser admitido a ejercer estas profesiones sin exmenes rigurosos que

    avalen su capacidad.,

    Que se hagan cumplir con rigor las leyes que regulan el derecho a la caza; pero que se

    eviten los frecuentes abusos de los seores facilitando a los habitantes de los campos medios

    libres y seguros para evitar los daos que se producen en sus cultivos como consecuencia de la

    excesiva multiplicacin de la caza sobre las tierras del seor.

    Que la libertad personal de los ciudadanos sea defendida de los atentados a los que

    se encuentra expuesta por el uso arbitrario de las lettres de cachet.

    Que todas las adunas establecidas en el interior del reino sean abolidas y trasladadas a

    las fronteras exteriores.

    Que la convocatoria de los Estados Generales se realice peridicamente, fijndose los

    intervalos entre sus asambleas futuras as como su duracin.

    Los diputados llevaran a la Asamblea General de los Estados los reugos del Clero de

    esta baila:

    Para la extincin de la venalidad de los cargos de judicatura cuando el estado de las

    finanzas reales lo haga posible.

  • Para la reduccin de los diferentes pesos y medidas que existen en el reino a una sola

    medida y a un solo peso.

    Para la inviolabilidad absoluta del sello de las cartas confiadas a la oficina de correos.

    Para el alivio de los impuestos.

    Podrn los dichos diputados consentir en lo sucesivo que todo impuesto distintivo

    entre los rdenes sea abolido; que todo subsidio, contribucin y cargo pblico sea igualmente

    repartido entre las diversas clases de ciudadanos en funcin de sus propiedades; y que no haya

    excepciones de privilegios ni pecuniarias en el Estado.

    ___________________________________________________________________

    [1] Se puede consultar en www.unctad-10.org/pdf/ux_tdll363.sp.pdf.

    [2] Esto se expone en el interesante artculo de Roberto Martucci en La Constitucin

    inencontrable, conflicto constitucional en Francia durante la transicin de la Monarqua a la

    Repblica (1789-1799) en Fundamentos. Cuadernos monogrficos de teora del Estado, derecho

    poltico e historia constitucional n 2. Revista electrnica,

    www.constitucion.rediris/fundamento/segundo.

    [3] En aquella poca, en el rgimen parlamentario ingls slo tenan derecho al voto el 17,2% de

    los hombres mayores de edad.

  • [4] MATHIEZ, La Revolucin Francesa, vol. I, Ed. Labor, Barcelona, 1935, p. 65.

    Los campesinos que eran mayora slo tuvieron un representante: Michel Grard, " acomodado e

    instruido...habitual de la Sociedad de Agricultura de Rennes", cit. BOIS, La Revolucin francesa, Ed.

    Historia16, Madrid, 1989, p. 37

    [5] Esta idea la mantiene Norman Hampson sobre cmo se realizaron las elecciones a diputados

    para los Estados Generales por toda Francia. De esta manera En el Delfinado los tres rdenes se

    reunieron en relativa armona, en tanto que en Bretaa los rdenes privilegiados boicotearon de

    pleno las elecciones y se negaron a enviar representantes a los Estados Generales...,en Historia

    social de la Revolucin francesa, Ed. Alianza, Madrid,1984,pg. 66.

    [6] Los que disponen de dinero en metlico..