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CAPÍTULO III EL BANCO CENTRAL DE CHILE ABRE SUS PUERTAS El 22 de agosto de 1925 fue publicado en el Diario Oficial N° 14.254, el Decreto Ley 486 que creó el Banco Central de Chile. El cuerpo legal llevaba las firmas del presidente Arturo Alessandri Palma, y de su ministro de Hacienda, Valentín Magallanes. La puesta en marcha de la nueva institución tomó varios meses. Entre agosto y diciembre funcionó la comisión organizadora que creó el propio DL 486, la cual desarrolló las múltiples actividades necesarias para implementar la apertura y funcionamiento inicial del Banco. El período coincidió con la segunda renuncia de Alessandri, el gobierno interino del vicepresidente Barros Borgoño y las elecciones presidenciales y parlamentarias. A finales del año asumió el presidente electo Emiliano Figueroa y se produjo la reapertura del nuevo congreso. El Banco abrió sus puertas al público el lunes 11 de enero de 1926. 1. ANÁLISIS DE LA PRIMERA LEY ORGÁNICA El DL 486 constaba de 100 artículos de carácter permanente, un artículo final que establecía su vigencia a partir de la fecha de publicación y 8 artículos transitorios. El mensaje presidencial que acompañó este decreto se iniciaba así: “Visto el proyecto de fundación del Banco Central de Chile, presentado por la Misión de Consejeros Financieros, presidida por el señor Edwin Walter Kemmerer […]”. El proyecto se presentó acompañado de una

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el Banco central de chile aBre sUs PUertas

El 22 de agosto de 1925 fue publicado en el Diario Oficial N° 14.254, el Decreto Ley 486 que creó el Banco Central de Chile. El cuerpo legal llevaba las firmas del presidente Arturo Alessandri Palma, y de su ministro de Hacienda, Valentín Magallanes.

La puesta en marcha de la nueva institución tomó varios meses. Entre agosto y diciembre funcionó la comisión organizadora que creó el propio DL 486, la cual desarrolló las múltiples actividades necesarias para implementar la apertura y funcionamiento inicial del Banco. El período coincidió con la segunda renuncia de Alessandri, el gobierno interino del vicepresidente Barros Borgoño y las elecciones presidenciales y parlamentarias. A finales del año asumió el presidente electo Emiliano Figueroa y se produjo la reapertura del nuevo congreso. El Banco abrió sus puertas al público el lunes 11 de enero de 1926.

1. análisis de la Primera ley orgániCa

El DL 486 constaba de 100 artículos de carácter permanente, un artículo final que establecía su vigencia a partir de la fecha de publicación y 8 artículos transitorios.

El mensaje presidencial que acompañó este decreto se iniciaba así: “Visto el proyecto de fundación del Banco Central de Chile, presentado por la Misión de Consejeros Financieros, presidida por el señor Edwin Walter Kemmerer […]”. El proyecto se presentó acompañado de una

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1. Véase “Exposición de motivos del Proyecto de Ley que crea el Banco Central de Chile”, en Banco Central de Chile. 1926. Legislación Bancaria y Monetaria. Santiago. Imprenta Universitaria.

extensa exposición de motivos en la cual Kemmerer explicaba las razones que tuvo para proponer las diversas disposiciones1.

En los párrafos siguientes se explican brevemente las principales materias de que trataba esta primera ley orgánica, agrupadas de acuerdo con algunas características comunes a los bancos centrales y, cuando ha parecido conveniente, acompañadas de un breve comentario basado en lo que señaló el mismo Kemmerer en su exposición de motivos.

Objetivos y principales funciones del Banco

Aun cuando el articulado del DL 486 no contenía una definición explícita de los objetivos del Banco, en su considerando inicial se estableció que el proyecto venía a satisfacer ampliamente la necesidad de dotar al país de una institución que “estabilice la moneda y regule la tasa de intereses y descuentos, para evitar perturbaciones en el desenvolvimiento industrial y financiero de la Nación, y fomentar su progreso económico”.

Estos objetivos se podían lograr a través del desarrollo de las funciones principales que se establecían en el artículo 1°, a saber: “Fúndase un Banco que se denominará ‘Banco Central de Chile’, cuyas operaciones principales serán las de emisión y redescuento, y cuyas facultades y obligaciones serán las determinadas por la presente ley”. Cabe anticipar también que en los estatutos, aprobados en diciembre de 1925, se señaló que el Banco Central “es un Banco de emisión, depósito, descuento i jiro […]”.

De manera más detallada, en el cuerpo legal se agregaban a estas funciones principales de emitir el papel moneda del país y realizar ciertas operaciones de préstamos y redescuentos con los bancos accionistas, público en general y gobierno, las de regular las tasas

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de interés, proporcionar créditos de emergencia, estabilizar el tipo de cambio internacional y administrar las reservas de oro y divisas convertibles.

Asimismo, otras funciones que debía implementar el Banco eran la recepción de depósitos del gobierno, actuar como agente fiscal en determinadas materias, y funcionar como cámara de compensación para los otros bancos.

Monopolio en la emisión de papel moneda

El Banco tendría el monopolio de la emisión de billetes, los cuales serían convertibles al portador y a la vista, en la oficina principal en Santiago. El Banco tendría la obligación de canjear e inmediatamente cancelar y retirar de la circulación todos los billetes fiscales y vales de tesorería, entregando a la vista y a la par billetes convertibles de su propia emisión. En compensación de la mencionada obligación, se transferían al Banco varios fondos y créditos que hasta ese momento servían de garantía a los billetes fiscales y vales de tesorería, además de la mayor parte del oro acumulado en el Fondo de Conversión2.

Los billetes del Banco Central, según Kemmerer, debían constituirse en el único tipo de papel moneda que circulara en el país y por ello se les debía dotar de una capacidad de pago ilimitada. Los billetes serían recibidos a la par y sin limitación alguna de cantidad en el pago de impuestos y de cualquier otra obligación, tanto públicas como privadas. Solo como excepción, el artículo 68 estableció que “los billetes serán recibidos a razón de tres pesos por uno, en el pago de los derechos de aduana y demás contribuciones que, en virtud de leyes promulgadas con anterioridad […] se paguen en la moneda de 18 peniques ingleses por peso […]”

2. Los “fondos y créditos” se referían a aquellos depositados en la Oficina de Emisión u otras oficinas. El artículo 76 del DL 486 mencionó, como garantías que se traspasaban al Banco Central, las “prendas del salitre”, “depósitos constituidos en el Banco Español de Chile” y otros depósitos de oro. Véase el detalle en MABC, 1926.

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La moneda metálica continuaría siendo emitida por el gobierno, aunque este tendría la obligación de acatar la opinión del Banco en lo referente a las nuevas emisiones de monedas divisionarias, pues “por medio de emisiones excesivas el gobierno puede poner en peligro el patrón oro”. Asimismo, el Banco tenía la prohibición de emitir billetes de corte menor a cinco pesos, justificado por “razones sanitarias” debido a que su rápido deterioro facilitaba la trasmisión de enfermedades.

El DL 486 establecía que el Banco podía elegir si cambiaba los billetes que se le presentaran para ser canjeados por monedas de oro, oro en barras, o letras a la vista o a tres días vista sobre Londres o Nueva York, pagaderas en oro y giradas sobre fondos depositados en bancos de primera clase situados en dichas ciudades.

Este sistema era lo que constituía la variante del padrón oro que se denominó qualified gold exchange standard o padrón de cambio oro calificado. Kemmerer, en su exposición de motivos, mostró especial preocupación por explicar que esta variante funcionaba con todos los beneficios del automatismo del patrón oro más ortodoxo y con las ventajas adicionales de desestimular el atesoramiento del metal, ahorrar costos de transporte y agilizar su funcionamiento. En la práctica el Banco Central podía emitir billetes en Santiago contra depósitos en oro en Londres o Nueva York. Subrayó Kemmerer en su exposición de motivos que: “este padrón oro es el que funciona en muchos países, como la India, Colombia, las islas Filipinas y Alemania. Cabe recordar también en este contexto, que la idea de operar con un padrón oro modificado había sido incorporada en varios de los proyectos previos presentados en Chile”.

Régimen cambiario y régimen monetario

El régimen monetario del padrón de cambio oro modificado era básicamente similar a un sistema de tipo de cambio fijo con plena libertad cambiaria. El tipo de cambio, sin embargo, no era fijado por el Banco Central, sino que estaba determinado por la Ley Monetaria, en 0,183057 gramos de oro fino por peso chileno, equivalente al

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3. Como £ 1 = 217 peniques, la libra esterlina se cotizaba en algo más de 36 pesos. Dado, además, que una libra aproximadamente era equivalente a 4,5 dólares, el tipo de cambio peso/dólar era de alrededor de 8 pesos. Véase “Recuadro I-1: El Padrón Oro: teoría, funcionamiento y modalidades”.

4. Ossa, Fernando. 2001. El mecanismo automático del ajuste internacional: orígenes y desarrollo de la teoría económica. Santiago. Pontificia Universidad Católica de Chile. Instituto de Economía, p. 13.

contenido de oro fino de 6 peniques ingleses3. El Banco regulaba automáticamente el valor de la moneda, pues permanentemente estaba dispuesto a comprar o vender oro o divisas extranjeras al tipo de cambio equivalente a 6 peniques por peso. Mientras ese automatismo se mantuviera, el tipo de cambio solo podía fluctuar dentro de la estrecha banda de los puntos oro. Cuando el Banco inició sus operaciones, dicho margen era de más o menos 0,75%.

El régimen monetario en un modelo de tipo de cambio fijo era un espejo del régimen cambiario. Las compras o ventas de oro o divisas convertibles tenían su contrapartida en disminuciones o aumentos del dinero circulante. Por eso el saldo de la balanza de pagos se denominaba también cuenta monetaria, pues correspondía a variaciones en la oferta monetaria. Así estaba contemplado que funcionara el Banco Central en el contexto del mecanismo de ajuste automático del padrón oro. En términos modernos, la oferta de dinero se hacía igual a la demanda de dinero, vía la cuenta monetaria de la balanza de pagos4.

Adicionalmente, sin embargo, el Banco también tenía facultades para hacer operaciones de crédito interno, que afectaban la emisión sin una contrapartida directa en las reservas. El artículo 83 del DL 486 estableció que el Banco mantendría una reserva de oro no inferior a 50% del total de sus billetes en circulación y de los depósitos que le hicieran los bancos accionistas y el público. Se establecía una escala de multas que, a beneficio fiscal, debería pagar el Banco si su reserva de oro bajaba de dicho porcentaje. Asimismo, la tasa de descuento y redescuento del Banco debería aumentar automática y progresivamente si la reserva bajaba del mencionado 50%.

El establecimiento de 50% como mínimo de reserva o encaje era explicado por Kemmerer como una forma de infundir confianza,

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especialmente al comienzo de las operaciones del Banco. Para quienes consideraban que ese porcentaje era muy alto, Kemmerer hacía algunas comparaciones: el Banco de Francia tenía reservas mayores a 60% y el de Inglaterra entre 45 y 50% sobre depósitos y 80% o más sobre billetes; al Banco de la República de Colombia se le había fijado una reserva legal de 60%. También explicaba que el establecimiento de “una sanción graduada por déficit en la reserva y por la traslación de esta multa al público en forma de recargos en las tasas de descuento y redescuento del Banco” permitía que en épocas de emergencia la reserva legal mínima no fuera “una muralla de piedra”, sino que siempre resultara posible requerir recursos del Banco Central, aunque con una tasa progresiva de redescuento. Este mecanismo también existía en otros bancos centrales5.

Operaciones de crédito interno

La primera ley orgánica autorizaba al Banco para hacer operaciones de préstamos o redescuentos con los bancos accionistas, con el público y con el gobierno. El encaje o reserva legal de 50% constituía una primera restricción global a las operaciones de préstamos, descuentos e inversiones del Banco, pues acotaba el aumento de la emisión por la vía del crédito interno.

Las operaciones de redescuento con el sistema bancario debían cumplir una serie de requisitos, que tendían fundamentalmente a asegurar la liquidez de dichos activos. Kemmerer opinaba que si el Banco Central iba a desempeñar la función de redescuento para otros bancos, debía estar preparado para épocas de emergencia; por esto explicaba que “para un banco de esta naturaleza la primera y principal obligación es la de velar por que su activo esté compuesto de valores fácilmente realizables”. Para ello se elaboró una detallada regulación, explicitando aquellas operaciones que el Banco tenía prohibidas, entre las que destacaban aquellas de plazo mayor a 90 días, salvo algunas

5. Se basaba en el denominado “principio de Bagehot”. La multa era equivalente al porcentaje establecido en la Ley de la Reserva Federal y en la del Banco de la República de Colombia, entre otros. Los ingresos por los cobros de un redescuento mayor iban al gobierno y no a ganancias exclusivas del Banco Central.

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6. Estas disposiciones reflejaban la denominada real bills doctrine, que consideraba de gran importancia distinguir entre los que después se conocieron como créditos “productivos” e “improductivos”, también llamados “orgánicos” e “inorgánicos”.

garantizadas con productos agrícolas, que podían extenderse a seis meses, también dentro de ciertos límites. Otros requisitos ponían el énfasis en que las operaciones de redescuento tuvieran su origen en la “producción”, vale decir, no se aceptaban operaciones con fines especulativos, inversiones a largo plazo o de naturaleza similar6.

La autorización de operaciones directas con el público fue objeto de especial polémica. Kemmerer prefirió la opción de autorizarlas, dentro de ciertas condiciones, a la alternativa de prohibir todos estos negocios, a pesar de que muchos bancos no deseaban esa competencia. Los argumentos fueron básicamente que estas operaciones permitían que el Banco Central “obtuviera las suficientes ganancias con que cubrir sus gastos” y que adicionalmente, era una herramienta que ayudaría a “hacer efectivas las tasas del Banco”, vale decir, traspasar al mercado las modificaciones de la tasa de redescuento.

El crédito al fisco, municipalidades, Empresa de Ferrocarriles del Estado y algunas otras entidades públicas, no podía sobrepasar 20% del capital pagado y reservas del Banco, según lo establecía el artículo 54 del DL 486. Excepcionalmente y con quórum especial del directorio se podía elevar esa cifra a 30%, por un período máximo de seis meses.

Tasas de descuento y redescuento

El DL estableció también la facultad del directorio para fijar las tasas de descuento y redescuento, según las operaciones y plazos. Aunque en principio no había restricciones directas a la libertad del Consejo para la fijación de dichas tasas, indirectamente se introdujeron algunas excepciones. En esta materia fue importante la disposición que determinó que

“el Banco Central no podrá redescontar documentos a los bancos accionistas que carguen a sus clientes, sobre papeles de la misma

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naturaleza y de igual vencimiento, tasas de descuento, más comisiones y otros gastos, que en conjunto excedan en más de 2,5% la tasa de redescuento fijada por el Banco Central para esa misma clase de papeles”.

De esta manera se restringió el universo de documentos redescontables a aquellos que no superaran el mencionado límite.

En otro caso excepcional, se dispuso en el artículo 86 que “la tasa de descuento y redescuento del Banco Central no será inferior al 7% anual mientras la reserva del Banco se mantenga continuamente, durante una semana o más, por debajo del indicado mínimo normal del 50% del monto total de los billetes en circulación y de los depósitos”.

Operaciones de cambio y otras funciones

La primera ley orgánica autorizaba al Banco a efectuar diversos tipos de operaciones de cambio, tanto con los bancos y público general como con el gobierno en su calidad de agente fiscal. El propio proceso de conversión de sus billetes involucraría al Banco en este tipo de operaciones, pues estaba obligado a convertirlos en moneda de oro, en oro en barra o en letras sobre Londres o Nueva York. Esta última modalidad era la más utilizada, y mediante la compra y venta de letras en oro o monedas convertibles se obtenía el objetivo de mantener estabilizado el tipo de cambio.

Por otra parte, se disponía que el Banco podría operar como agente fiscal, tanto para el gobierno como para las municipalidades y diversas empresas estatales. En esta condición, podía comprar o vender letras sobre el extranjero, por cuenta de terceros. La ley también establecía ciertos requisitos que debían cumplir estos documentos, para lograr mantener las inversiones del Banco en forma líquida y segura.

El Banco podía efectuar una serie de otras operaciones con los bancos accionistas, tales como recibir depósitos, sin pago de interés, y servir como cámara de compensación. En el caso de las operaciones con el público, también podía recibir depósitos a la vista, sin intereses;

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y en el caso del gobierno, sería el depositario principal de sus fondos y reparticiones, también sin pago de intereses.

Autonomía legal: estructura del capital y composición del directorio

Parte importante de la exposición de motivos con la cual Kemmerer presentó el proyecto estuvo destinada a comentar las razones que lo llevaron a favorecer las estructuras propuestas para el capital y el directorio de la nueva institución. Entre esas razones se planteó frecuentemente el tema de la autonomía o independencia, que Kemmerer consideraba como requisito fundamental para el Banco, entendiendo por tal la ausencia de influencias significativas del gobierno y/o de otros sectores del ámbito público o privado en las decisiones de esta institución. Aunque esa independencia no podía asegurarse con la sola composición del capital y del directorio, se trataba de dos aspectos de gran relevancia para ese propósito, al menos desde la perspectiva de la autonomía de carácter legal.

El DL 486 estableció que el capital autorizado del Banco de $150 millones, equivalente a alrededor de £3,75 millones o US$18 millones de la época, estaría dividido en 150 mil acciones nominativas, las cuales podrían ser de tipo “A”, “B”, “C” y “D”, con iguales derechos con respecto a los dividendos. Las clase “A” , de $20 millones, serían suscritas por el Estado; las clase “B” debían ser suscritas exclusivamente por bancos comerciales nacionales, cada uno de los cuales tenía que adherir al Banco Central al mantener permanentemente en acciones un equivalente a 10% de su respectivo capital y reservas; las clase “C” serían suscritas por los bancos extranjeros que operaban habitualmente en Chile, también en una proporción de 10% de sus respectivos capitales y reservas. El DL estableció un detallado mecanismo para fiscalizar que se cumpliera la obligación de mantener en acciones del Banco Central el mencionado porcentaje y, de ser necesario, reponerlo año a año. Finalmente, las clase “D” podrían ser suscritas y conservadas por cualquier persona natural o jurídica. El articulado del decreto ley reglamentó detalladamente la forma de pago y otras operaciones que involucraban a las acciones, en cuya implementación y control jugó un papel importante la comisión organizadora.

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Aunque el proyecto no estableció explícitamente un capital pagado mínimo, Kemmerer estimó que, por los requisitos indirectos que se exigían, el Banco iniciaría sus operaciones con al menos $81 millones, esto es, poco más de £2 millones. Se dieron razones tanto de orden operacional como de confianza pública para justificar esta cifra, que era relativamente mayor a la de otros bancos centrales comparables. Kemmerer, a modo de ejemplo, indicó los capitales de otros bancos centrales: Bélgica, £1.000.000; Grecia, £873.000; Holanda, £2.790.000; Noruega, £1.875.000, y Suiza, £1.233.000. En cuanto al capital autorizado de $150 millones, Kemmerer se preocupó de establecer condiciones bastante estrictas para poder incrementarlo, pues consideraba peligroso para la independencia del Banco que este aumentara en demasía7.

También las normas sobre el destino de las utilidades reflejaban una inquietud, tanto por mantener el patrimonio indispensable para una operación independiente de la institución, como por evitar abusos en la distribución. Se destinaría 20% de las utilidades líquidas a incrementar el fondo de reserva, mientras dicho fondo fuera menor a la mitad del capital del Banco, 5% iría a un fondo especial de beneficio para los empleados, y el saldo se destinaría a repartir dividendos a los accionistas, los que llegarían como máximo a 8% sobre el capital pagado. Cuando quedara un excedente, la ley establecía las formas en que se repartiría, incluyendo la posibilidad de aumentar los dividendos y finalmente la parte que iría como regalía para el Estado.

El DL estableció, además, que el Banco Central sería administrado por un consejo o directorio compuesto de diez miembros, tres de los cuales serían designados por el Presidente de la República. Estos directores durarían tres años en sus cargos, salvo en el caso de los nombramientos iniciales en que se establecía un escalonamiento de uno, dos y tres años, para evitar, en lo posible, que en el futuro hubiera que designar a los tres simultáneamente.

7. Equivalente a casi US$10 millones de la época. Solo a modo de referencia, cabe recordar que en el proyecto de Claro Solar de agosto de 1918, se proponía un Banco Central Privilegiado, que tendría un capital de 100 millones de pesos de 18 peniques (esto es, $300 millones de 6 peniques), el cual sería suscrito por el público y los bancos nacionales.

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Los accionistas “B”, en representación de los bancos nacionales, elegirían dos; los “C”, en representación de los bancos extranjeros, uno —en elecciones a razón de un voto por cada acción— y los “D” otro, completando así siete consejeros. Los otros tres se designarían de la siguiente manera: uno conjuntamente por la Sociedad Nacional de Agricultura y la Sociedad de Fomento Fabril; otro conjuntamente por la Asociación de Productores de Salitre de Chile y la Cámara Central de Comercio de Chile, y el tercero por el directorio general de la Federación Obrera. El articulado establecía además, las incompatibilidades y los mecanismos específicos aplicables a las respectivas elecciones.

La composición del directorio de la nueva institución era una materia sensible, y Kemmerer no ahorró argumentos para respaldar su propuesta de un consejo de diez miembros, elegidos de una manera bastante sui generis. En primer lugar, señaló haber constatado “un temor muy extendido y arraigado en el público […] de que el Banco quede sometido a las influencias ilegítimas de parte del Gobierno […]”, lo que habría justificado, a su juicio, restringir a tres los directores de gobierno. Luego explicó que había tomado una idea del proyecto de Banco Central presentado por la comisión de Hacienda en agosto de 1924, para respaldar su proposición de dejar dos directores que representaran a los gremios empresariales. Luego argumentó sobre “la confianza que la clase obrera demostraría al Banco Central” si formaba parte del directorio, al menos con un miembro. La representación de los bancos accionistas y del público accionista, con sus aportes de capital, resultaba más fácil de comprender. Se extendió Kemmerer, sin embargo, en justificar la presencia en el directorio de un representante de los bancos extranjeros con sucursales en Chile, por muy diversas consideraciones, incluyendo lo que en su opinión era una menor vulnerabilidad a la influencia política.

En todo caso, la composición mixta del directorio del Banco era una fórmula que ya se había planteado en varios de los proyectos que antecedieron al DL 486. La ley no consideró la participación sistemática de ministros u otras autoridades en las sesiones de directorio, salvo que este expresamente, los invitara o accediera a una solicitud de concurrir para tratar materias específicas.

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Por último, el resguardo de la autonomía fue el argumento con que se respaldó, además, una diversidad de otras disposiciones de la ley orgánica. Por ejemplo, el hecho de que la duración del Banco se estableciera en 50 años fue fundamentado en el deseo de evitar que su ley orgánica fuera revisada demasiado frecuentemente por el sistema político.

Supervigilancia y transparencia

La nueva Ley General de Bancos dispuso que el Banco Central estuviera sometido a la vigilancia de la Superintendencia de Bancos en términos similares a los bancos comerciales. En este contexto, el Banco estaba obligado a presentar al superintendente los informes que este le pidiera y a someterse a las inspecciones que le ordenara. No hubo comentarios que indicaran alguna aprensión por la eventual interferencia en la independencia del Banco, al quedar sometido a las inspecciones de la Superintendencia, la cual dependía del gobierno. Según lo manifestó Kemmerer:

“Debe darse amplísima publicidad en cuanto se relacione a la situación y a las operaciones de todo banco central de emisión y redescuento […] Los informes deben presentarse con cortos intervalos y ser publicados oportunamente. Esta es la costumbre usual entre los principales bancos centrales del mundo entero”8.

La propia ley orgánica estableció que el Banco debía presentar tres clases de estados o informes: un estado semanal con la información que la ley describía; otro estado general, que debía presentar por lo menos cuatro veces al año, con los antecedentes que el superintendente solicitara; balances semestrales y un informe o Memoria Anual. El articulado detallaba la información que debían contener los informes y las publicaciones a efectuar en el Diario Oficial, entre las que se incluían las reservas de oro que servían de respaldo a los billetes y depósitos a la vista.

8. “Exposición de motivos del Proyecto de Ley que crea el Banco Central de Chile”. Op. cit., p. 52. Véanse también los artículos 89 a 98 del DL 486.

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Se establecía también, que “los directores y empleados del Banco que a sabiendas ejecuten o autoricen operaciones prohibidas por la presente ley, responderán personalmente con sus bienes […], sin perjuicio de las penas legales en que incurran”9.

En este contexto legal, el Banco debió ejercer sus actividades con permanente y oportuna transparencia de sus operaciones y de sus principales cuentas financieras.

Administración

Finalmente, según la primera ley orgánica, el presidente y vicepresidente serían elegidos por el directorio por el período de un año, pudiendo ser reelegidos. Estos dos cargos podrían ser desempeñados por personas extrañas a este consejo de directores, en cuyo caso no tendrían derecho a voto, salvo para decidir empates. Según la opinión de Kemmerer, el directorio debía elegir al presidente del Banco teniendo la máxima flexibilidad, por lo cual no era conveniente que quedara restringido a sus miembros. El gerente general sería designado por mayoría de votos del Consejo, y dictaría los estatutos que regirían la administración del Banco. Se estableció, en todo caso, que los estatutos y sus posteriores reformas deberían ser aprobados por el Presidente de la República.

2. Comisión organizadora

De los siete artículos transitorios que tenía el DL 486, cinco estaban destinados a instituir y reglamentar el trabajo de una junta que se denominaría Comisión Organizadora del Banco Central de Chile. No se daba un plazo específico para que esta comisión completara su labor.

9. Artículo 98. Corresponde a la redacción que le dio el DL 573, del 29 de septiembre de 1925, que introdujo las primeras modificaciones al DL 486.

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Trabajo de la comisión organizadora: directorio y capital

La comisión creada para realizar todo lo necesario para que el Banco pudiera iniciar sus funciones cumplió su mandato entre agosto y diciembre de 192510.

Por Decreto Supremo 1.382, la comisión, designada por el gobierno, quedó compuesta por Guillermo Subercaseaux y Hernán Correa Roberts, en representación del Ejecutivo; Pedro Torres y Luis Larraguibel, en representación de los bancos nacionales, y Tomas Little, en representación de los bancos extranjeros. Algunas sesiones contaron también con la asistencia de H.M. Jefferson, quien fue uno de los miembros de la misión Kemmerer, que permaneció en el país durante más tiempo para ejercer funciones de asesoría en materias bancarias.

La primera reunión de la comisión tuvo lugar el 31 de agosto, con asistencia de todos sus miembros. Su trabajo se concentró en dos temas fundamentales: constituir el primer directorio del Banco Central e implementar los procedimientos para la suscripción y el pago de su capital. El ministro de Hacienda, Valentín Magallanes, sólo asistió a la sesión inaugural y a la de cierre.

En cuanto al proceso para constituir el directorio, la comisión hizo las gestiones pertinentes para que se designara rápidamente a los tres directores representantes del gobierno, los que finalmente fueron Hernán Correa, Maximiliano Ibáñez y Guillermo Subercaseaux. Nombrados inicialmente por decreto del ministerio de Hacienda 2.253, incluían a Julio Philippi, quien después fue sustituido por Ibáñez, por haber sido designado superintendente de bancos.

La Asociación de Productores de Salitre y la Cámara Central de Comercio comunicaron, con fecha 8 de octubre, que habían designado

10. “Esta comisión empezó a funcionar diariamente a contar de su nombramiento o sea desde el 26 de agosto hasta el 1° de diciembre del año pasado, fecha en que pasó al Gobierno una memoria de sus actividades”. En “Hoy iniciará sus labores el Banco Central de Chile”. Diario La Nación, Santiago, 11 de enero de 1926.

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a Augusto Bruna como su representante. Asimismo, la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA) y la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) informaron con igual fecha que habían denominado a Francisco Garcés Gana en su representación.

En el caso de los directores representantes de los bancos, la comisión se abocó a determinar el número de acciones que debían suscribir los bancos accionistas clase B —nacionales— y clase C —extranjeros—, sobre la base del monto de su capital y reservas, para lo cual utilizó estudios previos que había hecho la misión Kemmerer. Los bancos tenían un voto por cada acción que poseyeran, por lo que el Banco de Chile acumulaba más de 50% de los votos de los trece bancos nacionales11.

11. Las acciones clase B quedaron suscritas por las siguientes cantidades:Banco de Chile 20.384Banco Nacional 5.018Banco A. Edwards y Cía. 4.004Banco Chile y Argentina 1.351Banco Curicó 703Banco Comercial de Curicó 219Banco de Talca 1.374Banco de Constitución 70Banco de Concepción 774Banco de Mulchén 51Banco de Osorno y la Unión 1.340Banco de Llanquihue 131Banco Régulo Valenzuela y Cía. 500Total: 36.009En cuanto a las acciones clase C, la comisión dirigió una nota a los bancos

extranjeros solicitándoles que entregaran los datos necesarios para determinar los respectivos aportes. Solo debió modificar la cuota correspondiente al Banco Mercantil de Bolivia, institución que, de acuerdo con información enviada por su sede principal, posteriormente, debió suscribir un mayor número de acciones.

Banco Yugoslavo de Chile 1.273Banco Anglo Sud-Americano 7.150Banco Alemán Transatlántico 1.640Banco de Londres y de A. del Sur 400Banco Germánico de A. del Sur 800National City Bank of NY 500Banco Chile y Alemania 1.304Banco Ítalo-Belga 208Banco Francés e Italiano 501Banco Español de Chile 10.104Banco Italiano 1.280Total: 25.160

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Pedro Torres y Carlos Van Buren, en representación de los bancos nacionales, fueron designados directores por unanimidad, el 15 de octubre, con la participación de todos los bancos accionistas de la serie “B”. Asimismo, Sidney H. Salmon fue elegido en representación de los bancos extranjeros accionistas de la serie “C”.

Con el objetivo de promover la suscripción de las acciones clase D, la comisión adoptó diversas medidas, tales como publicar avisos en los principales diarios de cada provincia, invitando al público a suscribir acciones; fijar un plazo entre el 15 de septiembre al 30 de octubre para recibir ofertas de suscripciones; preferir, en la forma que determinaba la ley, las ofertas no superiores a diez acciones, y exigir el pago de solo 10% sobre el valor de cada una al momento de efectuar la suscripción. Hasta fines de octubre habían sido suscritas 8.371 acciones clase D, lo que significaba como entrada en caja $837.100, equivalente a 10% del valor de las acciones suscritas.

Para los efectos de elegir al director representante de los accionistas particulares, la comisión convocó a junta general de accionistas clase D, que se realizaría con el número que concurriera, y el nombramiento requeriría la mayoría absoluta de los votos. La elección tuvo lugar el 20 de octubre con un total de 3.392 acciones representadas, ganando con la mayoría absoluta (2.109 votos) Arturo Alessandri Palma, quien había renunciado a la presidencia de la República solo tres semanas antes.

Para hacer operativa la elección del director representante de la Federación de Trabajadores, la comisión recomendó introducir una modificación al DL 486. Esto se hizo a través del DL 573 del 25 de septiembre, que constituyó el primer cambio experimentado por la ley orgánica, apenas transcurridas algunas semanas de su promulgación. La reforma estableció que la designación debía hacerse por mayoría absoluta, en votaciones en las que podían intervenir solamente las sociedades obreras que contaran con más de 500 miembros y con personalidad jurídica de cinco años como mínimo. Para efectuar este nombramiento, la comisión, con fecha 7 de octubre, pidió a los intendentes de las provincias que notificaran a las sociedades de trabajadores que cumplieran con los requisitos señalados, para que estas indicaran al ministro de Hacienda un nombre de su preferencia.

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12. En respuesta a esa circular, se recibieron comunicaciones solo de cinco sociedades: Diego Barros Arana, de Valparaíso; Artesanos, de Ovalle; Cristóbal Colón, de Ovalle; Artesanos la Unión, de Santiago, y Socorros Mutuos la Unión Nacional, de Santiago.

La participación de las sociedades de trabajadores fue reducida y el resultado de la votación dio como mayoría el nombre de Vicente Adrián12.

La última sesión de la Comisión Organizadora se realizó el martes 1 de diciembre de 1925 y estuvo presidida por el ministro de Hacienda, Guillermo Edwards Matte. Contó con la asistencia de todos sus miembros y de los delegados del flamante directorio del Banco Central, Maximiliano Ibáñez, Vicente Adrián y Sidney H. Salmon, a quienes se les hizo entrega de la memoria del trabajo de la comisión, la que daba cuenta del estado de caja del banco, con fecha 30 de noviembre de 1925.

Primeras sesiones de directorio

La primera sesión de directorio tuvo lugar el sábado 5 de diciembre de 1925, en oficinas del Ministerio de Hacienda, y fue abierta por el titular de esa cartera. A esta sesión asistieron los directores Vicente Adrián, Arturo Alessandri, Augusto Bruna, Hernán Correa, Francisco Garcés, Maximiliano Ibáñez, Sidney H. Salmon, Guillermo Subercaseaux y Carlos Van Buren. Estuvo presente también H. M. Jefferson y actuó como secretario Ismael García-Huidobro. En la práctica el directorio pasó a denominarse indistintamente consejo o directorio, y sus miembros consejeros o directores.

El acta de la sesión N° 1 señaló que el ministro Edwards Matte hizo presente “la necesidad de proceder cuanto antes a la constitución del Banco, apreciación en la cual coincidieron unánimemente los señores Directores”. Aunque no se consignó en el acta, otras fuentes atribuyeron este apremio al riesgo que veían algunos directores en las presiones de sectores contrarios al establecimiento de un banco central, los que ahora tendrían la tribuna del Parlamento para hacerse oír.

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Lo anterior se complicó cuando el 1 de diciembre se produjo la crisis del Banco Español de Chile.

En efecto, por variadas razones el mencionado banco, el segundo más importante de la plaza y al cual el gobierno de Alessandri había traspasado desde el Banco de Chile los negocios y depósitos del Estado, debió declarar suspensión de pagos y cerrar sus puertas. La quiebra del Banco Español se atribuyó al “fraude, la mala administración y las especulaciones sobre cambios en las oficinas de Valparaíso y Barcelona”. Las transacciones de estas oficinas habían sido ocultadas no solo al público, sino también al propio directorio de la institución13. El gobierno, en lugar de salir en su ayuda con fondos fiscales, como había sido habitual en casos similares, ordenó a la recientemente creada Superintendencia de Bancos que se hiciera cargo de la empresa bancaria y aplicara las disposiciones de la nueva Ley General de Bancos, lo cual fue acogido muy favorablemente por los círculos financieros y por la opinión pública14. Lo anterior, “en cierto respecto […] tuvo un efecto excelente […] pues había razones para estimar que poderosos intereses trataban de postergar la apertura del Banco Central hasta que el Congreso se reuniera en marzo, en la esperanza de que éste rechazaría la idea de establecerlo”15.

A raíz de las dificultades del Banco Español, el gobierno debió autorizar, por Ley 731 del 3 de diciembre de 1925, la emisión de circulante de emergencia, esto es, billetes fiscales contra depósitos en oro. La emisión máxima por este concepto llegó a cerca de $93 millones a comienzos de enero de 1926, lo cual significaba un incremento de más de 20% de la emisión total. Sin embargo, en esta oportunidad el total emitido fue rescatado en el transcurso de los siguientes siete meses.

El Consejo efectivamente, se apresuró a fijar el día de la apertura para el lunes 11 de enero de 1926. Se acordó, por unanimidad, ofrecer la presidencia del Banco a Ismael Tocornal, prestigioso hombre público que había llegado a ejercer la vicepresidencia de la República (anexo III), quien no era miembro del directorio. También se tomó el

13. Fetter. Op. cit., p. 205.14. MABC, 1926, p. 25.15. Fetter. Op. cit., p. 206.

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16. En sesión del directorio del 30 de diciembre de 1925, un director de gobierno solicitó que no se retiraran los fondos depositados en el banco Rothschild, pues había una negociación pendiente del gobierno con esa institución. Esto causó molestia en otros miembros del directorio, pues se consideró que constituía una interferencia en su autonomía.

acuerdo de contratar como consultor a H. M. Jefferson, quien ya había preparado informes sobre la constitución y funcionamiento del nuevo organismo emisor.

En el transcurso del mes de diciembre y hasta el 6 de enero, el directorio celebró otras siete sesiones. Como vicepresidente se eligió al director Francisco Garcés Gana, representante de la SNA y de la Sofofa, y como gerente general se designó a Aureliano Burr, quien había hecho una larga carrera en el sector bancario.

En su segunda sesión, del 7 de diciembre de 1925, el Consejo acordó adoptar como sello oficial del Banco Central de Chile, el del siguiente diseño: “Dos círculos concéntricos entre los cuales se lee la inscripción ‘Banco Central de Chile’ en la parte superior, y ‘Santiago’, en la parte inferior […] y dentro del círculo interior hay figurado un cóndor, parado sobre una roca, en actitud de emprender el vuelo”.

Asimismo, el directorio designó a los primeros bancos corresponsales y depositarios de las reservas del Banco en el extranjero, recayendo el nombramiento en el Midland Bank y el Westminster Bank de Londres, y The National Bank of Commerce y The First National Bank, de Nueva York. Después se sumó, a solicitud del gobierno y con cierta polémica, la Casa Rothschild and Sons, también de Londres16.

El directorio también analizó el tema del primer local en que funcionaría el Banco, aprobando el arriendo de una parte de un edificio de propiedad del Banco Español de Chile, ubicado en Ahumada con Agustinas. Se contrató a los primeros ejecutivos y empleados, fijándose también los primeros sueldos (recuadro III-1).

Se dio una primera orden de fabricación de billetes del Banco, una vez que se obtuvo información más precisa sobre los billetes fiscales en circulación que deberían ser canjeados.

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Después de las que quizás fueron las primeras discrepancias en temas de política monetaria al interior del directorio, se acordó que el Banco iniciara sus operaciones con una tasa de redescuento de 9%. El asesor Jefferson propuso 10%, con la expectativa de “reducirla enseguida, según el giro que tomaran las operaciones […]”. Los directores Ibáñez, del gobierno, y Adrián, representante de los trabajadores, propusieron 8%, pues “[…] el propósito de la ley, al crear el Banco, ha sido […] producir un alivio en los negocios […]”17.

Se cumplió con lo establecido en el propio DL 486, relativo a que el directorio, tan pronto quedara constituido, dictaría los estatutos que regirían la administración de la institución, los cuales deberían ser aprobados por el Presidente de la República. Para estos efectos, el directorio consideró el proyecto preparado por el asesor Jefferson y, después de aprobarlo con algunas modificaciones, lo despachó para su promulgación por el Poder Ejecutivo.

Estatutos del Banco Central de Chile

Por Decreto Supremo 2.855 del 28 de diciembre de 1925, se aprobó el texto de los primeros estatutos del Banco Central. El decreto llevaba las firmas del presidente de la República, Emiliano Figueroa Larraín, y de su ministro de Hacienda, Jorge Silva Somarriva.

Dichos estatutos regirían la administración del Banco, regulando con mayor especificidad algunas materias que ya estaban tratadas de manera más general en la ley orgánica. En cuanto al directorio, se detalló la reglamentación para la elección de los directores y se estableció, entre otras materias, que celebraría sesiones ordinarias una vez por semana, de las cuales deberían levantarse actas. Sus miembros recibirían una remuneración de $250 por cada sesión presencial, no pudiendo exceder, en total, los $10.000 al año por cada director. Este último monto equivalía aproximadamente a US$1.200 de la época, que era lo que ganaba en un mes el gerente general.

17. Acta de sesión del directorio (en adelante ASD), 4 de enero de 1926.

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El presidente y vicepresidente debían ser elegidos por el directorio en la primera sesión ordinaria de cada año. Cada uno duraría un año en el ejercicio de su cargo, pudiendo ser reelegidos. El gerente general sería el responsable directo de la administración interna del Banco, y asistiría a todas las sesiones del directorio, a las del comité ejecutivo y otras comisiones, con voz, pero sin derecho a voto.

En cuanto a nuevos órganos administrativos al interior de la institución, se creó un comité ejecutivo, formado por el presidente y tres directores. Estos últimos eran rotativos y serían nombrados por el directorio en la primera sesión de cada mes. Asimismo, se creaba y definían las funciones del cargo de revisor general, y se detallaba la forma en que deberían nombrarse las juntas directivas de las sucursales del Banco.

Los estatutos establecieron también que estarían obligados a rendir caución para el correcto desempeño de sus cargos el presidente, el vicepresidente, el gerente general, un listado de otros cargos y todos los empleados que manejaran fondos. El monto de la caución sería fijado por el directorio.

En otras materias, los estatutos reglamentaron las operaciones de emisión de billetes, cuya impresión se ejecutaría por la Dirección de Especies Valoradas, de acuerdo con las instrucciones que le impartiría el directorio. Los billetes retirados de la circulación deberían incinerarse, de acuerdo con estrictas normas de fiscalización.

3. aPertura y FunCionamiento iniCial

A las 9:30 de la mañana del lunes 11 de enero de 1926, el Banco Central abrió sus puertas al público, en su local de Agustinas esquina de Ahumada.

En los días previos existía cierta preocupación de que pudiera producirse una gran demanda de oro con el fin de atesorarlo. El diario La Nación publicaba el 3 de enero que

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“por informaciones que nos ha proporcionado el Superintendente de la Casa de Moneda, sabemos que se ha trabajado activamente en la acuñación de monedas de oro del tipo de cien pesos, en forma de que el Banco Central pueda disponer en el día indicado de ocho millones de pesos, a fin de atender las demandas del público […]”.

El temor, sin embargo, resultó infundado, a pesar de la considerable afluencia de público durante ese día lunes.

“Hoy abrió sus puertas el Banco Central del Estado” fue el titular de Las Últimas Noticias en la tarde del mismo lunes, demostrando cierta confusión con el nombre de la flamante institución.

En su edición del 12 de enero, El Mercurio describía lo ocurrido el primer día: “el público empezó a concurrir a las siete u ocho cajas en funciones, a canjear billetes por monedas de oro del tipo de cien pesos o por billetes nuevos del mismo tipo de los actuales, pero con el sobretimbre que indica la intervención del Banco Central en las nuevas emisiones”.

Y, en carácter más anecdótico, agregaba que:

“Las relucientes monedas de oro de 10 cóndores empezaron a salir ayer a la circulación desde el Banco Central. […] La primera moneda de oro del tipo de cien pesos que se entregó en el Banco Central fue para el ex Presidente de la República, don Arturo Alessandri, quien había proporcionado la pasta de oro para que fuese acuñada”.

En el mismo carácter El Mercurio del 12 de enero añadía que: “[…] llegaba hasta las Cajas el ex ministro de Estado don Miguel Letelier, quien, al ser interrogado por un amigo suyo del motivo que allí lo llevaba, contestó sonriente: ‘Vengo a ver si todo esto es verdad’ […]”18.

18. En “Las relucientes monedas de oro de 10 cóndores empezaron a salir ayer a la circulación desde el Banco Central”. Diario El Mercurio, Santiago, 12 de enero de 1926.

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Anunciaba también la prensa que el presidente Tocornal y casi todos los miembros del directorio estuvieron presentes en este primer día, además de recibir la visita del superintendente Julio Philippi, y que el gerente general informó en la tarde al ministro de Hacienda, quien “estimó muy halagadores los datos que el señor Burr le proporcionó”. Asimismo, entre otros antecedentes proporcionados por la prensa, se reveló que el total de oro canjeado por billetes era de aproximadamente $240.000, equivalente a unas £6.000 de la época.

El Diario Ilustrado también tituló resaltando el tema del oro: “Desde ayer circulan nuevamente en el país las monedas de oro”, destacando una foto donde señalaba que: “los empleados del Banco se hacen pocos para atender las múltiples solicitaciones de canje de oro […]”, aunque advertía que “[…] casi todos pretendían el cambio de una sola moneda, lo que prueba que se deseaba conservar un recuerdo, más bien que obtener oro, demostración fehaciente de la confianza pública en la nueva institución […]”

El 13 de enero La Nación publicaba declaraciones definitivamente tranquilizadoras del presidente Ismael Tocornal: “[…].hoy puedo decirles que los depósitos en oro recibidos por el Banco superan por un gran margen a las cantidades retiradas, lo que viene a demostrar elocuentemente la confianza que el público tiene en la nueva institución”.

En otro orden de temas, La Nación del 12 de enero, sobre una fotografía del directorio, comentaba su composición, subrayando:

“[…] el Banco Central adquiere así la fisonomía de una institución ampliamente nacional y democrática hasta en su propia organización técnica, toda vez que en su organismo directivo toman parte y responsabilidad representantes intrínsecos de las asociaciones populares, los bancos extranjeros y nacionales, el Estado y el público, en equilibrada y prudente proporción […]”

Otro de los temas que se destacaba eran los pagos que los accionistas de las diversas clases de acciones habían hecho desde el primer día:

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“[…] a las 8 p.m., hora en que terminó el arqueo de las cuatro cajas, pudimos constatar que la Caja A había recibido más de $18 millones en pagos de las cuotas de las acciones de los bancos, y la caja B alcanzó a recibir $337.500 correspondiente al 30% del valor de los accionistas de la clase D”.

En efecto, al final de los diez primeros días de funcionamiento, el Banco tenía más oro que cuando comenzó sus operaciones. Esta demostración de confianza se atribuía a varios factores, tales como que el cambio estaba a la par y había permanecido estable los cuatro meses previos, y el hecho de que el Banco Central se iniciaba con reservas de oro suficientes y “un gran crédito en Londres”19.

Resoluciones y operaciones iniciales

Durante el primer mes de funcionamiento del Banco, su directorio celebró cuatro sesiones, siendo la primera de ellas coincidente con el día de apertura. Desde el inicio se incorporó a las sesiones el nuevo asesor Walter Van Deusen, también recomendado por Kemmerer, quien tuvo una activa participación y determinante influencia en varias de las decisiones.

Entre otras materias propias de la instalación, en la sesión del 11 de enero se procedió a designar al comité ejecutivo para el primer mes, acordándose que mes a mes debía estar compuesto por un director representante del gobierno, otro de los bancos accionistas y un tercero que representara al resto del directorio. De esta manera, el primer comité estuvo integrado, además del presidente Tocornal, por los directores Subercaseaux, por el gobierno, Salmon, por los bancos, y Adrián por el resto del directorio. Este comité, cuyos miembros rotaban mes a mes, era fundamentalmente un órgano auxiliar del directorio que no tenía mayor relevancia en la gestión del Banco.

19. En “Desde ayer volvemos al régimen del oro”. Diario La Nación, Santiago, 12 de enero de 1926.

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En un interesante debate sobre política monetaria, en la misma sesión, se discutió extensamente si el canje de billetes debía hacerse irrestrictamente por oro amonedado, en beneficio de generar confianza, o había que establecer restricciones, para no arriesgar el ocultamiento del metal y la consiguiente escasez de circulante. Las eventuales restricciones consistían en el ejercicio de la facultad del Banco de entregar, a su elección, oro amonedado o letras sobre el extranjero. El asesor Van Deusen, consultado al respecto, pidió que lo “excusaran por el escaso conocimiento que tenía del país”, pero de todos modos opinó que, en su concepto, “no hay peligro en dar oro en cuanta proporción el público lo quiera, y más aún, a juicio suyo esto debe hacerse si se quiere infundir confianza […]”. Finalmente y a modo de acuerdo transaccional, el presidente cerró el debate diciendo que entendía que “[…] el Consejo confiaba en el tino y discreción del Presidente y del Gerente General para que, prudencialmente efectúen el canje de billetes por oro amonedado cuando las solicitudes sean moderadas, y dejando el canje por letras en el extranjero para cuando los pedidos se hagan por gruesas sumas”20.

La tasa de redescuento de 9% con que abrió el Banco fue disminuida a los pocos días de funcionamiento, en sesión del 25 de enero, “teniendo en cuenta que la fijación de la semana anterior obedeció a un mero ensayo, el cual los bancos accionistas no habían acogido, se acordó fijar la tasa de redescuento en 8%”. Esta decisión se tomó por unanimidad. Mayor debate se produjo al fijar la tasa de descuento en 10% para las operaciones con el público, pues algunos directores preferían mantener solo un punto porcentual de diferencia entre ambas tasas. En especial el director Subercaseaux argumentó, sin éxito, que la tasa de descuento debía fijarse en 9%.

La primera operación de descuento a particulares que el gerente general llevó al directorio fue para sociedad El Tattersal, la cual fue aprobada por algo más de $120.000, en sesión del 8 de febrero. El acta

20. ASD, 11 de enero de 1926.

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consignó que “al tomar este acuerdo el señor Vicepresidente abandonó la sala”21.

La primera operación de crédito para el fisco también se efectuó a las pocas semanas de que el banco abriera sus puertas. A comienzos de febrero el presidente informó que había recibido del gobierno, con carácter de urgente, una solicitud de préstamo por el máximo que autorizaba la ley, esto es 30% del capital del banco. Por unanimidad el Consejo aprobó la operación, pues “el gobierno se halla legalmente autorizado” y “en atención al objeto a que ese dinero estaba destinado”. Esto último se refería a que el gobierno se comprometía a cubrir su cuota insoluta de capital del banco con los mencionados recursos22.

En otro orden de materias, el presidente dio cuenta de que, en cumplimiento de una autorización anterior del Consejo, se efectuó un embarque de oro de £ 2 millones a Nueva York para luego ser trasladadas a Londres. Asimismo, el directorio acordó pedir al gobierno que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 88d de la ley orgánica, por el momento se abstuviera de acuñar cualquier clase de moneda divisionaria, porque “hay plétora de ella”.

La impresión de los billetes del Banco debía ser ejecutada por la Dirección de Especies Valoradas, por expresas disposiciones legales. Aunque en el corto período transcurrido desde la promulgación del DL 486, no había sido posible ordenar los diseños o características de los billetes de cada tipo, la dirección se había anticipado a encargar el papel con que confeccionar los billetes definitivos.

Sin embargo, coincidiendo con el día de apertura, se produjo un hecho inesperado:

21. El vicepresidente Francisco Garcés Gana era director en representación de la Sociedad de Fomento Fabril y de la Sociedad Nacional de Agricultura. Esta última estaba estrechamente vinculada a la sociedad El Tattersal, importante empresa comercializadora de productos agrícolas.

22. ASD, 1° de febrero de 1926.

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“el 11 de enero aquel material estaba depositado en la Oficina de Especies Valoradas, pero no se había comenzado el proceso de elaboración esperando a que la fabricación de los billetes provisorios se terminara.

Mientras se atendía a este trabajo, un incendio destruyó todo el papel encargado en septiembre anterior y con ello se introdujo un retardo considerable en la confección de los billetes definitivos”.

En efecto, este primer inconveniente y otros posteriores determinaron que el Banco debiera esperar varios años para poder emitir los primeros billetes definitivos23.

23. MABC, 1926.

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24. Por los bancos extranjeros asumió Alejandro Mc Kerrow y por las instituciones obreras Abraham Morales.

reCuadro iii.1

Perfil institucional en 1926

Los diez miembros del primer Consejo más el presidente Tocornal tuvieron la responsabilidad de designar y contratar a los primeros ejecutivos y al resto de los funcionarios, fijar sus remuneraciones e implementar todos los arreglos propios de la administración que no había podido cubrir la comisión organizadora. Durante el primer año presentaron su renuncia voluntaria dos de los directores, el representante de los bancos extranjeros y el de los trabajadores, siendo oportunamente reemplazados24.

Para la gerencia general se designó a Aureliano Burr Sánchez, un ex gerente del sector bancario, quien había hecho su carrera en el Banco de Chile por casi 30 años, llegando a la subgerencia. El cargo de gerente general se le ofreció antes a Abel Gómez, quien no lo aceptó. El Consejo contó inicialmente con dos consultores externos, H. M. Jefferson y Walter Van Deusen, ambos recomendados por Kemmerer. Jefferson dejó sus funciones muy tempranamente, en cambio Van Deusen, quien venía de desempeñar un cargo similar en el Banco de la República de Colombia, se mantuvo como asesor del directorio, además de desempeñarse como primer revisor general del Banco, desde enero de 1926.

Los otros cargos de mayor nivel al momento de la apertura eran el de secretario abogado, para el cual se contrató a Juan Benavente; el de contador, asumido por Otto Meyerholz, y el de jefe de la sección cambios y descuentos, ocupado por Gonzalo Debesa. El directorio intervenía en la contratación de todo el personal y en sus primeras sesiones aprobó la de los funcionarios indispensables para las operaciones iniciales. Al

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PresidenteDIRECTORIO

Gerente General

Asesor y revisor generalAsesor externo

Secretario abogadoAbogado

Secretarios

Contador Jefe SecciónEmisión

Jefe SecciónCambios y Descuentos

Jefe SecciónMantenimiento

momento de abrir sus puertas el Banco contaba, además de los ejecutivos, con 15 empleados: tres cajeros, tres empleados para la sección cambios, tres para contabilidad, uno para emisión, tres secretarios y un abogado. También participó en las labores de las primeras etapas de funcionamiento del Banco algún personal de la ex Oficina de Emisión Fiscal de Billetes. El Mercurio informaba que se había decretado el cierre de la Oficina de Emisión Fiscal de Billetes y que “gran parte del personal de la referida oficina pasará a prestar sus servicios al Banco Central”25.

Transcurrido el primer mes, el Banco contaba con alrededor de 25 trabajadores, incluyendo a ejecutivos y personal de planta. Se hacía la distinción, como era usual en esa época, entre empleados y obreros.

El organigrama básico era el siguiente:

25. En “Las relucientes monedas de oro de 10 cóndores empezaron a salir ayer a la circulación desde el Banco Central”. Diario El Mercurio, 12 de enero de 1926.

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Millones de pesos oro de 6 peniques

Capital suscrito Capital pagado en en enero 1926 diciembre 1926

Acciones A 20,0 10,3Acciones B 36,0 36,3Acciones C 15,1 21,2Acciones D 8,4 8,0TOTAL 79,5 75,8

Fuente: Primera Memoria Anual del Banco Central de 1926.

Entre los sueldos de las más altas autoridades, que fueron fijados por el directorio en sus primeras sesiones, destacaban el del presidente, con $96.000 anuales, equivalente, en dólares de la época, a unos US$1.000 mensuales, y el del gerente general, con $84.000. El secretario abogado y el contador ganaban $36.000 anuales (unos US$375 mensuales), mientras que al jefe de la sección cambios y descuentos se le fijó un sueldo de $30.000 anuales. Un cajero ganaba $24.000 y los secretarios de la presidencia y de la gerencia $12.000 (US$125 mensuales). Caso especial era el del asesor Van Deusen, a quien se le pagaban US$25.000 anuales, vale decir, más del doble del sueldo del presidente. El vicepresidente, a diferencia del presidente, no tenía sueldo fijo, sino que recibía el doble de las asignaciones que por asistencia a cada sesión se pagaba a los otros directores.

El Banco empezó sus operaciones con un capital suscrito de aproximadamente $79,5 millones, el cual tuvo un incremento a través del año hasta algo menos de $86,7 millones. El capital pagado a fines de diciembre de 1926 alcanzó a $75,8 millones, de acuerdo con la siguiente estructura accionaria:

Al finalizar el primer mes de funcionamiento, los activos principales del Banco estaban constituidos por sus reservas internacionales. El total era equivalente a cerca de £12 millones. Su composición y colocación era la siguiente, en millones de pesos oro de 6 peniques:

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En el exterior: Millones de pesos oro de 6 d

N.M. Rothschild and Sons 10,7National Bank of Commerce 89,1Midland Bank 16,1Westminster Bank 14,8Banco Anglo Sudamer (Londres) 53,5Westminster Bank (a 30 días) 44,0Midland Bank (a 30 días) 44,0SUBTOTAL 272,1

En Chile. Bóveda de Reserva:

En oro sellado US$3,4 millones 28,0En £ selladas 15,4En oro sell chileno de 18d $3,06 millones 9,2En oro sell chileno de 6d $9,6 millones 9,6En oro en pasta a 6d $144,0 millones 144,0SUBTOTAL 206,2

En las cajas para el servicio diario

Oro de 6d $0,143 0,143Oro de 18d $0,025 0,025Total de £ 12,0 millones que representan en los libros 478,6

Como lo exigía su ley orgánica, el Banco publicó todos los informes financieros periódicos establecidos por la superintendencia, que incluían los semanales, mensuales, cuatrimensuales y los dos balances semestrales.

En 1926 se practicaron balances semestrales el 30 de junio y el 31 de diciembre (cuadro III-1), donde destacaba como la principal partida del total de activos la correspondiente a depósitos en bancos extranjeros, los que se incrementaron fuertemente a lo largo del año. En ese primer ejercicio

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sobresalía también una incidencia muy poco significativa de las partidas representativas de crédito interno. Los pasivos a junio y diciembre de 1926 reflejaban la evolución de la emisión, distinguiendo aún la composición mixta entre billetes emitidos por el Banco y las antiguas emisiones del gobierno. Las ganancias netas del año llegaron a algo menos de 10% del capital pagado y la distribución de utilidades se hizo conforme a lo dispuesto en el artículo 99 del DL 486.

En cuanto al primer local del Banco, en la sesión de directorio del 7 de diciembre de 1925 se facultó al presidente y al asesor Jefferson para que “[…] practiquen un estudio de la adaptabilidad del edificio que ocupaba el antiguo Banco Santiago, a las necesidades del Banco Central, y en caso de que convenga a éstas, gestionen el arrendamiento de esa propiedad para que funcione en ella la nueva institución […]”. Luego, en sesión del 28 de diciembre, el Consejo aprobó “el arrendamiento del mencionado local, ubicado en Ahumada esquina sur poniente con Agustinas, contratado con el Banco Español de Chile por el término de un año a partir del 1 de marzo, en la cantidad de $10.000 mensuales, siendo de cargo del arrendatario las reparaciones que se efectúen […]”26. El Banco comenzó a funcionar en dicho local, ocupando solo una parte del edificio, que rápidamente debió ampliarse a la totalidad del inmueble.

26. Ricardo González fue el arquitecto que se hizo cargo de las reparaciones del edificio, por un presupuesto ascendente a casi $58.000. ASD, 25 de enero de 1926.

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Cuadro III.1Balances del Banco Central de Chile presentados en la primera Memoria Anual de 1926

(cifras en pesos oro de 6 peniques)

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