C. PRESIDENTE DE LA H JUNTA LOCAL · 2016-10-20 · C. PRESIDENTE DE LA H JUNTA LOCAL DE...

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C. PRESIDENTE DE LA H JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE XALAPA, VERACRUZ PRESENTE. 5 Trabajadores SERGIO MENDOZA LEÓN, en mi carácter de secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados en Establecimientos Comerciales y del Comercio en General de la República Mexicana, autorizando así mismo de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 376, 692 y 693 de la Ley Federal del Trabajo, y con la suma de facultades contenidas en los artículos 2554, 2555 del código civil a las C.C. Jesús Alfaro Alvarado, José Pimentel Pérez, Israel Estrada ^Zamudio, Ezequiel Ortiz Ramos, Jessica Espino Padilla, Laura Pasten Rosas, Jesús Hernández Lprgado, Alma María Rivera Escasena, Karla Alicia Villegas Mata, para que a mi nombre y v r^ej^fesentación conjunta o separadamente se avoquen al deposito y tramite del presente contrato ;tivo de trabajo, así como para que reciban toda clase de documentación del mismo, señalando 10 domicilio social para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en Pestalozzi No. ), Colonia Narvarte, C.P. 03020, México, D.F., con el debido respeto comparezco y expongo: -CíUACiúfl Por medio de la Presente anexo REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO, para que r surta sus efectos en el interior del centro de trabajo, propiedad de la empresa denominada ADNE WsAíiMINISTRACION, S DE R.L. DE C.V. (ANTERIORMENTE DENOMINADA GARCÍA •'^NflJNTÉ, SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, S. DE R.L. DE C.V., DEDICADA A PRESTAR, 'r'AJ&ECIBIR Y/O CONTRATAR TODA CLASE DE SERVICIOS, EN ESPECIAL SERVICIOS DE PROVISIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN GENERAL A FAVOR DE TERCEROS, INCLUYENDO, TÉCNICOS DE CONSULTORIA, ASESORÍA, SUPERVISIÓN, INVESTIGACIÓN, EVALUACIÓN Y VENTAS, ASI COMO LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS Y TODOS AQUELLOS SERVICIOS RELACIONADOS CON LO ANTERIOR), con domicilio ubicado en Carretera Federal 185 Tramo Jaltípan-Acayucan Km 45 + 500, Municipio de Jaltipan de Morelos, Veracruz, representada legalmente por el C. LUCIANO MIGUEL CONTRERAS VÁRELA, de conformidad con el artículo 425 de la Ley Federal del Trabajo, solicitando a usted que tenga por formulado, depositado y aprobado el reglamento de referencia, para que surta sus efectos legales a que haya lugar. ATENTAMENTE. MÉXICO, D.Fh A 07 DE DICIEMBRE DE 201: EL SECRETAÍIO GENERAL. C. SER MENDOZA LEÓN

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C. PRESIDENTE DE LA H JUNTA LOCALDE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJEDE XALAPA, VERACRUZP R E S E N T E .

5 TrabajadoresSERGIO MENDOZA LEÓN, en mi carácter de secretario general del Sindicato Nacional

de Trabajadores y Empleados en Establecimientos Comerciales y del Comercio en General de laRepública Mexicana, autorizando así mismo de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 376, 692y 693 de la Ley Federal del Trabajo, y con la suma de facultades contenidas en los artículos 2554,2555 del código civil a las C.C. Jesús Alfaro Alvarado, José Pimentel Pérez, Israel Estrada

^Zamudio, Ezequiel Ortiz Ramos, Jessica Espino Padilla, Laura Pasten Rosas, Jesús HernándezLprgado, Alma María Rivera Escasena, Karla Alicia Villegas Mata, para que a mi nombre y

v r^ej^fesentación conjunta o separadamente se avoquen al deposito y tramite del presente contrato;tivo de trabajo, así como para que reciban toda clase de documentación del mismo, señalando

10 domicilio social para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en Pestalozzi No.), Colonia Narvarte, C.P. 03020, México, D.F., con el debido respeto comparezco y expongo:

-CíUACiúfl Por medio de la Presente anexo REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO, para quer surta sus efectos en el interior del centro de trabajo, propiedad de la empresa denominada ADNEWsAíiMINISTRACION, S DE R.L. DE C.V. (ANTERIORMENTE DENOMINADA GARCÍA•'^NflJNTÉ, SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, S. DE R.L. DE C.V., DEDICADA A PRESTAR,'r'AJ&ECIBIR Y/O CONTRATAR TODA CLASE DE SERVICIOS, EN ESPECIAL SERVICIOS DE

PROVISIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN GENERAL A FAVOR DE TERCEROS,INCLUYENDO, TÉCNICOS DE CONSULTORIA, ASESORÍA, SUPERVISIÓN,INVESTIGACIÓN, EVALUACIÓN Y VENTAS, ASI COMO LA REALIZACIÓN DEESTUDIOS Y TODOS AQUELLOS SERVICIOS RELACIONADOS CON LO ANTERIOR), condomicilio ubicado en Carretera Federal 185 Tramo Jaltípan-Acayucan Km 45 + 500, Municipio deJaltipan de Morelos, Veracruz, representada legalmente por el C. LUCIANO MIGUELCONTRERAS VÁRELA, de conformidad con el artículo 425 de la Ley Federal del Trabajo,solicitando a usted que tenga por formulado, depositado y aprobado el reglamento de referencia,para que surta sus efectos legales a que haya lugar.

A T E N T A M E N T E .MÉXICO, D.Fh A 07 DE DICIEMBRE DE 201:EL SECRETAÍIO GENERAL.

C. SER MENDOZA LEÓN

REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL C. SERGIOMENDOZA LEÓN, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO NACIONALDE TRABAJADORES Y EMPLEADOS EN ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y DELCOMERCIO EN GENERAL DE LA REPÚBLICA MEXICANA, CON DOMICILIO SOCIAL UBICADOEN PESTALOZZI NÚMERO 809, COLONIA NARVARTE, DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ, C.P, 03020,MÉXICO, D.F., Y POR LA OTRA LA EMPRESA DENOMINADA ADNE ADMINISTRACIÓN, S DER.L. DE C.V. (ANTERIORMENTE DENOMINADA GARCÍA MUNTÉ, SERVICIOSADMINISTRATIVOS, S. DE R.L. DE C.V., DEDICADA A PRESTAR, RECIBIR Y/O CONTRATARTODA CLASE DE SERVICIOS, EN ESPECIAL SERVICIOS DE PROVISIÓN DE RECURSOSHUMANOS EN GENERAL A FAVOR DE TERCEROS, INCLUYENDO, TÉCNICOS DECONSULTORIA, ASESORÍA, SUPERVISIÓN, INVESTIGACIÓN, EVALUACIÓN Y VENTAS, ASICOMO LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS Y TODOS AQUELLOS SERVICIOS RELACIONADOS CONLO ANTERIOR), CON DOMICILIO UBICADO EN CARRETERA FEDERAL 185 TRAMO JALTIPAN-ACAYUCAN KM 45 + 500, MUNICIPIO DE JALTIPAN DE MORELOS, VERACRUZ,, ELABORADOPOR LA COMISIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 424 FRACCIÓN DE LA LEY FEDERAL DELTRABAJO.

DEFINICIÓN DE REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO

Es el conjunto de disposiciones obligatorias para los trabajadores y el patrón en el desarrollo de lostrabajadores en la EMPRESA.

CAPITULO I

DISPOSICIONES PRELIMINARES

•NÍus ARTICULO IV Para poder ingresar al servicio de la EMPRESA se requiere ser mayor de edad y,PJj«vlamente llenar una solicitud que contendrá los siguientes datos: nombre, edad, estado civil, nacionalidad,sexo, currículo vitae y domicilio, así como el nombre y domicilio de ias personas que dependaneconómicamente del solicitante.

ARTICULO 2°.- El solicitante deberá someterse previamente a los exámenes necesarios paracomprobar el estado físico, mental, capacidad, conocimientos generales y especiales, quedando además sujetoa las investigaciones de antecedentes que practique la EMPRESA.

ARTICULO 3°.- La persona cuya solicitud sea aceptada, ingresará al servicio de la EMPRESA encalidad de empleado, en los términos de su contrato individual de trabajo.

Será causa de rescisión de contrato individual de trabajo si dentro del término de 30 días siguientes ala fecha de la contratación, el empleado no demuestra la capacidad que dijo tener para desarrollar el puestoque solicito, en los términos de la fracción I del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo.

ARTÍCULO 4°.- La interacción entre el personal de la organización, clientes y proveedores se da enun ambiente de respeto mutuo. Puede existir confianza entre las personas, sin embargo; dicha confianza nodebe transformarse en un exceso y caer en falta de respeto.

Artículo 5°.- Los medios de comunicación internos: radios, teléfonos y móviles, sólo se utilizarán para

asuntos de trabajo.

CAPITULO II

CLASIFICACIÓN DE PERSONAL

ARTICULO 6°.- El personal de la EMPRESA se clasificará como sigue:

a) Permanente o contratado por tiempo indefinido.b) Temporal o eventual, ya sea porque así lo exija la naturaleza del trabajo que se

vaya a prestar o por que tenga por objeto sustituir temporalmente a otro empleado.c) Por obra determinada.

ARTICULO 7°.- La EMPRESA puede contratar libremente empleados para laejecución del trabajo temporal, eventual o por obra determinada, considerándoseterminados los respectivos contratos de trabajo, sin responsabilidad para la EMPRESA aldesaparecer la causa que dio origen a la contratación o al concluir la obra para la cual secontrató. El personal temporal o eventual, se regirá en cuanto a sus obligaciones yderechos, por las estipulaciones de los contratos respectivos y por las disposicioneslegales aplicables.

ARTÍCULO 8°.- Los empleados eventuales o temporales tendrán derecho a lasstacíones que establece el presente reglamento, que sean acordes con la naturalezasu cargo, de acuerdo con los principios establecidos en la Ley Federal del Trabajo.

ARTICULO 9°.- La EMPRESA podrá remover al empleado del lugar que se letenga asignado a otro distinto, en la forma y términos establecidos en su contratoindividual de trabajo, sin menoscabo de la retribución y de su categoría, previo acuerdo

el trabajador.

CAPITULO III

HORARIO DE TRABAJO Y DÍAS DE DESCANSO

ARTÍCULO 10°.- El horario laboral de entrada y salida para todo el personal es delunes a domingo de 07:00 a 15:30 horas para e! turno 1 y de 15:30 a 23:00 horas para elturno 2. El horario matutino y vespertino de entrada, tendrá una tolerancia de 10 minutos,posterior a esa tolerancia, se contará como retardo, y la acumulación de 2 retardos en unaquincena se considera como falta laboral.

a) Después de transcurridos 30 minutos después de la hora de entrada, se regresaráal trabajador y se le contará como falta laboral.

b) El trabajador cuando falte a su trabajo, está obligado avisar a su jefe inmediato yreportar la causa de su falta. [\) Queda entendido que los certificados de incapacidad expedidos por el IMSS serán V

los únicos comprobantes como justificante de las faltas que tenga el trabajador.d) Las citas personales o médicas deben de ser programadas fuera del horario

normal de trabajo. Si esto no es posible, deben de ser programadas a primera hora /en la mañana o por la tarde para evitar afectar la jornada laboral. /

e) Los permisos para ausentarse del trabajo por asuntos personales, son autorizadosa consideración del supervisor de operaciones y en casos excepcionales por elgerente, no son remunerables y son solicitados en los formatos establecidos.

f) El personal de la EMPRESA deberá de firmar la libreta de asistenciacorrespondiente.

g) El horario de trabajo y los días de descanso para el personal operativo será enbase a los roles y horarios definidos por los supervisores de operación y/oacuerdos establecidos por la gerencia.

USO DEL COMEDOR

a) Queda prohibido ingerir alimentos en lugar distinto al comedor de la empresa.b) Por respeto a los compañeros, evite tomar los alimentos ajenos.c) El personal que ocupe el comedor será responsable de dejarlo limpio y ordenado.d) La basura y los desperdicios que se generen en las instalaciones, se depositan en

los contenedores pertinentes.e) El último en salir del comedor deberá apagar as luces y apagar el aire

acondicionado.f) Hacer uso adecuado de los aparatos electrodomésticos, cualquier avería o daño

provocado por uso inadecuado será motivo de una sanción a la persona que loocasione y calificado según el artículo 47° de este presente reglamento.

g) No está permitido fumar dentro del comedor.h) No está permitido realizar negocio de venta de alimentos.i) El horario de comida para el personal de la EMPRESA es de 11:00 a 11:30 am

para la guardia matutina y de 07:00 a 07:30 pm para la guardia vespertina en elcomedor de la empresa.

CAPITULO IV

LUGAR Y HORAS DE TRABAJO

¡TRATOS ARTICULO 11°.- El personal prestara sus servicios en las oficinas de la EMPRESAlENTOSubicadas en el lugar o lugares especificados en los contratos individuales de trabajo..IAJO

Esta disposición no tendrá efecto alguno para empleados cuyo contrato de trabajose refiera a cargos que requieran movilización continua.

CAPITULO V

VACACIONES, DÍAS FESTIVOS, PERMISOS O LICENCIAS

ARTICULO 12°.- El personal hará uso de sus vacaciones en las fechas que alefecto fije la EMPRESA, dentro de los seis meses siguientes al vencimiento de cada añode servicios, de tal modo que no se entorpezcan las labores ordinarias de esta, para locual formulara e) programa de vacaciones al que se sujetara el personal.

No podrán modificarse los periodos de vacaciones señaladas en dicho programa,salvo por causas verdaderamente extraordinarias, motivadas por el trabajo y previaautorización de Recursos Humanos y del Jefe de área en que se encuentre laborando elempleado.

Las vacaciones no son acumulables ni podrán compensarse con unaremuneración.

Si la relación de trabajo termina antes de que se cumpla el año de servicios, eíempleado contratado por tiempo indeterminado tendrá derecho a una remuneración porlos días no disfrutados de vacaciones y prima vacacional proporcional correspondiente.

Los empleados temporales o eventuales tendrán derecho a un periodo anual devacaciones, en proporción al número de días trabajados en el año, de conformidad con surespectivo contrato individual de trabajo.

ARTICULO 13.- Serán días de descanso obligatorio los que marque la Ley Federaldel Trabajo en su artículo 74.

ARTICULO 14°.- El personal podrá faltar justificadamente a sus labores, previoaviso a su jefe inmediato por los días y los motivos que a continuación se detallan;

a) Los hombres, cinco días de descanso de nacimiento de sus hijos.b) Las mujeres, 42 días antes y 42 días después del alumbramiento de sus hijos.c) Cualquier empleado, dos días en caso de fallecimiento de sus padres, hermanos,

cónyuge, hijos o concubina.Cualquier empleado, el tiempo que fijen los médicos del Instituto Mexicano delSeguro Social.

ARTICULO 15°,-La inasistencia de los empleados a sus labores por motivo de$ae#ideníe o enfermedades no profesionales, solo podrá justificarse mediante la¿Mapacidad que al efecto extienda el Instituto Mexicano del Seguro Social, debiendo

" Presentarla a fa EMPRESA el día que se presenten a trabajar.

XÍAOÓN ARTICULO 16°.- Cuando los empleados deban acudir a citas ante el InstitutoMexicano del Seguro Social durante horas de labor, deberán recabar previamente

^-^grorización por escrito de su jefe inmediato.

ARTICULO 17°.- Los empleados que se encuentren impedidos, deberán dar avisoinmediato a la EMPRESA por sí mismo o por conducto de sus familiares o personadistinta, dentro de la primera hora que transcurra a partir de su hora de entrada. LaEMPRESA tendrá derecho a verificar la existencia de los motivos hecho vale por losempleados que justifiquen la inasistencia de que se trate, debiendo estos comprobardichas causas. En caso contrario los empleados se harán acreedores a las sancionescorrespondientes y se reportara como injustificada la falta respectiva.

ARTICULO 18°.- De negarse la EMPRESA a otorgar algún permiso solicitado porlos empleados y estos falten a sus labores o las suspendan dentro de la jornada detrabajo que tienen asignada, se considerará como falta injustificada al trabajo o ^suspensión de labores y desobediencia al patrón, en su caso, además de incurrir en Uviolaciones a este Reglamento, haciéndose acreedores a la sanción correspondiente. \O 19o- Independientemente de la obligación estipulada en el artículo 17° /

de este reglamento, los empleados deberán justificar la falta a su trabajo el día en que ¿4rreanuden las labores, por haber cesado el impedimento.

CAPITULO VI

SALARIOS Y DESCUENTOS

ARTICULO 20°.- El pago de salarios a! personal se hará en moneda nacional losdías viernes de cada catorcena vía transferencia electrónica a la cuenta bancaria de cadatrabajador.

Si el día de pago del salario coincide con un día festivo o de descanso obligatorio,el pago del sueldo se efectuara eí día laborable inmediato anterior a aquel en quecorresponda.

El empleado deberá cobrar personalmente sus salarios dentro de los horariosestablecidos para tal efecto y, en el caso de no poder hacerlo, soto podrá hacerse el pagoa persona distinta, cuando esta obtenga del interesado una carta poder suscrita ante dostestigos, la cual será recogida por la EMPRESA.

ARTICULO 21°.- El personal otorgara recibos a favor de la EMPRESA por atotalidad de los salarios devengados, hasta la fecha del otorgamiento de los mismosrecibos, en el entendido de que tal otorgamiento implica conformidad con la cantidadrecibida que acuse.

Cualquier reclamación que sugiere sobre el particular, deberá hacerseprecisamente al extenderse el recibo, salvo errores u omisiones del cálculo.¿)^ ARTICULO 22°.- La EMPRESA está autorizada para hacer los descuentos en

nominas que correspondan al pago de impuestos y préstamos.

¡ACIÓN La EMPRESA solamente queda autorizada para hacer los descuentos a losTRAT$?'arios de los empleados conforme a la Ley Federal del Trabajo, en los siguientes casos:ÍNTOSAK> a) Para la Constitución y fomento del Fondo de Ahorro.

b) Por Orden de las autoridades judiciales a consecuencia de condena al pago depensión alimenticia.

c) Por préstamos o adeudos contraídos con la EMPRESA.

ARTICULO 23°,- En todo caso, los descuentos a los salarios de los empleados sesujetaran a lo dispuesto en el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo.

Quedan prohibidos los anticipos de salarios.

ARTICULO 24°.- Los salarios de los empleados se fijaran y regularan por medio detrabajadores que serán formulados por la EMPRESA, de acuerdo a sus necesidades.

CAPITULO Vil

CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO

ARTICULO 25°.- De conformidad con el capítulo III Bis de la Ley Federal delTrabajo, la EMPRESA y los empleados, por conducto de sus representantes constituiránla Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento.

ARTICULO 26°.- La EMPRESA se obliga a capacitar y adiestrar a sus empleados,en los términos del capítulo anteriormente señalado. Los empleados por su parte seobligan a recibir el adiestramiento y capacitación.

La EMPRESA impartirá la capacitación y adiestramiento conforme a los programasestablecidos, previamente autorizados por la Dirección General de Capacitación yProductividad de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social.

ARTICULO 27°.- La capacitación y adiestramiento se deberá impartir al empleadodurante las horas de su jornada de trabajo, salvo que, atendiendo a la naturaleza de losservicios, EMPRESA y empleado convengan que podrán impartirse de otra manera, sícomo en el caso de que el trabajador desee capacitarse en una actividad distinta a laocupación que desempeñe, en cuyo supuesto, la capacitación se realizara fuera de lajornada de trabajo.

ARTICULO 28°.- Cuando los cursos de capacitación y adiestramiento se realicenfuera de las horas de trabajo, la asistencia será libre y sin derecho a remuneración. Sitiene: lugar dentro de la jornada de trabajo, la asistencia será obligatoria y el tiempo

^respectivo se considerará como trabajado.

-,. ARTICULO 29o- Terminados satisfactoriamente la capacitación y adiestramiento,•; Ja Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento otorgará las constancias de^habilidades correspondientes, autorizadas por la secretaría del Trabajo y Previsión Social.

UK* CAPITULO VIII

.TRATOS HIGIENE Y SEGURIDADíNTOS '

KJO ARTICULO 30.- Quedará integrada en la EMPRESA la Comisión de Seguridad eHigiene, con las atribuciones que le confiere la Ley Federal del Trabajo y sus reglamentosa efecto de establecer ías medidas para prevenir los riesgos de trabajo, determinándoseque por la naturaleza de las actividades de la EMPRESA, no existen en ella laborespeligrosas o insalubres.

ARTICULO 31°.- El personal está obligado a someterse a cada seis meses a losexámenes médicos que acuerde la EMPRESA y a poner en práctica las medidasprofilácticas y de higiene que la misma determine.

ARTICULO 32°.- Para seguridad del propio personal y de las personas a quienespresta servicios la EMPRESA, todos los empleados están obligados a observar lasmedidas de seguridad que la propia EMPRESA establezca.

El empleado deberá portar su gafete en lugar visible, siempre y cuando seencuentre en las instalaciones de la EMPRESA.

Fuera de horas de oficina en días hábiles, ningún empleado tendrá acceso a lasinstalaciones.

El empleado deberá mostrar el interior de su bolsa o portafolio, en caso de sersolicitado.

ARTICULO 33°,- Los empleados deberán reportar de inmediato los accidentes detrabajo y enfermedades profesionales que sufran durante el mismo a consecuencia deéste, en el momento en que sucedan, para efectos de que la EMPRESA pueda procederen los términos de Ley o prestar eficientemente los primeros auxilios en caso de accidentemenor o padecimiento repentino.

ARTICULO 34.- La EMPRESA quedará en todo caso obligada a prestar losprimeros auxilios y a cuidar el traslado de los empleados a su domicilio o a un centromédico, aun cuando el accidente de trabajo se haya producido encontrándose elempleado en estado de embriaguez o bajo la acción de algún narcótico o droga enervanteo cuando se ocasione deliberadamente alguna incapacidad por sí o por medio de otrapersona o cuando el siniestro sea el resultado de algún delito del que sea responsable elempleado, de un intento de suicidio o de alguna riña en que hubiere tomado parte.

La EMPRESA deberá mantener en el mismo lugar de trabajo medicamentos ymaterial de curación necesarios para primeros auxilios y al personal adiestrado para quelos preste

ARTICULO 35- Las madres trabajadoras tendrán derecho durante el periodo debarazo a no realizar trabajos que exijan esfuerzos considerables y que signifiquen un

para su salud, en relación con la gestación, tales como levantar, tirar o empujarides pesos que produzcan trepidación, estar de pie durante largo tiempo o que actúen

alterar su estado psíquico o nervioso.

Disfrutarán de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto,podrá prorrogar el periodo de descanso por el tiempo necesario en el caso de que se

iuentren imposibilitadas para trabajar a causa del embarazo o del parto.'TRATOSÍNTOS A solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita del médico y"" tomando en cuenta la opinión del patrón y la naturaleza del trabajo, se podrá transferir

hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo.En caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieranatención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta ocho semanas posterioresa parto, previa presentación del certificado médico correspondiente.

En caso de adopción de un infante disfrutarán de un descanso de seis semanascon goce de sueldo, posteriores al día en que lo reciban.

En el periodo de lactancia hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dosreposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, enlugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien, cuando esto no sea posible,previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante elperiodo señalado.

ARTICULO 36.- Queda prohibido a los trabajadores fumar, beber alcohol oconsumir drogas en cualquier parte dentro de la empresa o en horario de trabajo, asícomo el salir de las instalaciones para este fin.

ARTÍCULO 37.- Queda prohibido a los trabajadores distraer cuando esténlaborando, a sus compañeros salvo los casos en que por necesidad del trabajo necesitendirigirse a ellos.

ARTICULO 38.- Queda prohibido a los trabajadores correr, jugar, hacer bromasdentro de la EMPRESA y en general ejecutar cualquier acto que altere la disciplina y/oque pueda poner en peligro la vida, seguridad o salud de los mismos.

ARTICULO 39.- Queda prohibido el introducir e ingerir alimentos, refrescos, chicleso cualquier otro tipo de bebida y en general cualquier tipo de alimento a las instalacionesde la EMPRESA. Disponiendo el EMPRESA de un lugar para sus alimentos. La empresano cuenta con trabajadores menores y en caso de que llegarán a contratar quedaránprohibidas las labores insalubres y peligrosas para los mismos.

CAPITULO IX

ASEO Y USO DE INSTALACIONES Y EQUIPO

ARTICULO 40°.- El personal cuidará que las herramientas de trabajo estén limpiasy en buen estado. Cinco minutos antes de concluir o interrumpir sus labores del dia,guardará las herramientas, cubrirá y desconectará las máquinas y cerrará los escritorios

llave, /cuidando de dejar en orden los muebles del área en que presta sus servicios.

Así mismo, se contará con sillas suficientes para la disposición de los trabajadores.

ARTICULO 41°.- La conservación de las instalaciones, herramientas de trabajo ypo en general, queda bajo la responsabilidad del personal que los use. Cuando por

áusas imputables al empleado dichas herramientas o equipo se destruyan o se pierdan,resarcirá a la empresa de los daños que se causen.

personal responderá también por el uso de las diversas instalaciones eléctricasde los aparatos de intercomunicación, etc. Y reportará de inmediato a la

MPRESA cualquier descompostura y anomalía que observe a este respecto.

CAPITULO X

OBLIGACIONES ESPECIALES DE LOS JEFES

ARTICULO 42°.- Además de las disposiciones de orden técnico y administrativo yde las obligaciones inherentes a sus puestos, los jefes cumplirán con las siguientesobligaciones especiales:

a) Hacia el personal a su cargo:

1. Comunicar todo lo necesario para el mejor desempeño de su trabajo comomiembro integrante de la EMPRESA

2. Capacitarlo para el mejor desempeño de su puesto y para su superación comomiembro integrante de su equipo de trabajo.

3. Escucharlo y atender sus sugerencias, quejas y asuntos de trabajo.4 Tratarlo con educación y respeto, procurando que las relaciones personales entre

todos sean cordiales y respetuosas.5. Cuidar en su área de trabajo, el estricto cumplimiento de este Reglamento, de las

políticas, procedimientos y disciplinas establecidas en la EMPRESA.

b) Hacia el público en general:

1. Cuidar que el servicio al público, en su caso, se preste con toda oportunidad,eficacia y amabilidad.

2. Cuidar de la prestación y conservación de los locales, mobiliario, equipo oinstalaciones, para dar el mejor servicio y la mejor imagen, así como lascondiciones de trabajo más adecuadas al personal.

ARTICULO 43°.- Para el debido cumplimiento de estas obligaciones especiales delos jefes o supervisiones, la EMPRESA les proporcionará el apoyo y la orientaciónnecesarios.

CAPITULO XI

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA.

ARTÍCULO 44°.- La EMPRESA está obligada a;

\) Adoptar las medidas de higiene y seguridad necesarias, tales como:

Contar con medicamentos y material de curación adecuados para prestar primerosaux''ios en casos de emergencia.

- Colocar extinguidores de fuego en lugares estratégicos de la EMPRESA.3. Adiestrar al personal para el manejo y utilización de los extinguidores de fuego.

Proporcionar al personal el mobiliario, material, en perfectas condiciones para elbuen desempeño de sus labores, los cuales deberán conservar estos implementos

' en buen estado.S

\EAiQ

c) Expedir a solicitud de los empleados, una constancia escrita del número de díastrabajados y del sueldo percibido.

d) Ajustarse a lo dispuesto por el Titulo Quinto de la Ley Federal del Trabajo, en losque se refiere al trabajo de las mujeres y a la protección de la maternidad.

Asimismo, ajustarse a los que dispone el artículo 132 de la citada Ley.

. CAPITULO XII

OBLIGACIONES DEL PERSONAL

ARTICULO 45°.- Además de las obligaciones derivadas del Contrato individual deTrabajo, de este Reglamento Interior de trabajo, de la Ley y demás disposicionesaplicables, el personal tendrá las siguientes obligaciones:

1. Cumplir con todas las disposiciones de orden técnico y administrativo que dicte laEMPRESA, mediante órdenes de servicio, reglamentos, instructivos, circulares odisposiciones de carácter general o especial.

2. Presentarse puntualmente al desempeño de sus labores y marcar o firmar sushoras de entrada y salida del trabajo, según el sistema establecido.

3. Presentarse al trabajo debidamente aseado y observar buenas costumbres yconducta satisfactoria en el lugar de trabajo, conduciéndose respetuosamente enel trato a sus compañeros y sus superiores jerárquicos o representantes de laEMPRESA.

4. Ejecutar su trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiado, en la forma,tiempo y lugar convenidos, de acuerdo a los sistemas establecidos.

5. Prestar auxilio o ayuda en cualquier peligro o riesgo inminente para el personal,así como para los intereses de la EMPRESA.

6. Cooperar con la EMPRESA en las investigaciones que realice, para ladeterminación o verificación de cualquier asunto relacionado con las labores.

7. Informar de inmediato a la EMPRESA sus cambios de domicilio, estado civil, ycualquier dato relevante que deba constar en su expediente personal, entre otros,nacimientos y defunciones de sus familiares.

CAPITULO XIII

PROHIBICIONES A LOS EMPLEADOS

ARTICULO 46°.- Además de las prohibiciones derivadas del contrato individual dejjtfábajo, de este Reglamento Interior de Trabajo, de la Ley y demás disposiciones, aplicables, el personal estará sujeto a las siguientes:

Nnuros1- Suspender o abandonar su trabajo o salir a la calle en horas de labores, sin^NJOS autorización expresa de su jefe inmediato.

2. Utilizar los medios de comunicación de la EMPRESA para asuntos particulares,excepto en casos de emergencia.

3. Permanecer o introducirse a las instalaciones, departamentos y oficinas de laEMPRESA, fuera de las horas de labores, sin el permiso correspondiente.

4. Faltar al trabajo sin causa justificada y sin previo permiso de sus superiores.

5. Organizar y participar en colectas, rifas y las llamadas tandas entre el personal.

6. Realizar operaciones de préstamos o compra venta dentro de las oficinas o localesde la EMPRESA.

7. Sustraer de las oficinas o dependencias de la EMPRESA documentos,herramientas, papeles y pertenencias de la misma o que estén bajo su cuidado oguarda, sin permiso escrito previo otorgado por los representantes de laEMPRESA.

8. Realizar actividades ajenas al trabajo o aquellas que obstaculicen o entorpezcanlas labores dentro de las horas destinadas a las mismas.

9. Queda prohibido introducir y escuchar cualquier tipo de radio durante su estanciaen la EMPRESA. Así mismo el introducir y/o leer revistas, periódicos o cualquiertipo de publicación dentro de la EMPRESA, Hacer uso del teléfono celular asícomo sus aplicaciones (mensajes, internet, chat, radio, mp3, etc.). Siempre ycuando esta no haya sido proporcionada por la EMPRESA.

10. Introducir a las instalaciones, departamentos u oficinas de la EMPRESA apersonas ajenas a las mismas.

11. Ejecutar actos que puedan poner en peligro su segundad, la de la EMPRESA, lade sus compañeros o la del público en general.

12. Permitir que otro empleado marque o firme sus horas de entrada y salida deltrabajo, marcarlas o firmarlas por otro empleado, según el sistema establecido.

13. Comunicar a cualquier persona o empresa, secretos o informes sobre los asuntoso negocios de la EMPRESA.

14. Alterar, modificar, falsificar o destruir correspondencia, documentos, comprobantesy controles de la EMPRESA o de la clientela, cualquiera que sea su objeto.

^ 15. Solicitar o aceptar retribuciones o dádivas de terceros en relación con lasoperaciones que estos realicen en la EMPRESA.

''/16. Portar armas de cualquier clase dentro de las instalaciones de la EMPRESA, sin

autorización de ésta.

•MOS17. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez, introducir o ingerir bebidas'*^os alcohólicas en el centro de-trabajo, o presentarse bajo la influencia de algún

narcótico, droga o enervante, así como, introducirlos o ingerirlos en lasinstalaciones de la EMPRESA, salvo que exista prescripción médica, la cualdeberá acreditarse y hacerse del conocimiento de la EMPRESA con la anticipacióndebida.

18. Tratar cuestiones políticas, sindicales y en general asuntos distintos y ajenos altrabajo, durante la jornada de labores.

19. Dañar en forma dolosa o ppr negligencia, los implementos y útiles de trabajo, asicomo las instalaciones de la EMPRESA.

20. Mover, alterar, quitar o destruir las señales, reportes, publicaciones o avisos engeneral, destinados a proteger su salud y seguridad o en los que se consignannormas de trabajo y demás propaganda dirigida al personal.

21. Acudir a sus labores sin la presentación personal formal y adecuada, es decir,tanto hombres como mujeres deberán portar ropa y calzado de acuerdo a sus/)actividades o en su caso, el uniforme de la EMPRESA. 1

22. Alterar o evadir en cualquier forma las normas, métodos, procedimientos y ¿jrsistemas de trabajo establecidos o que se establezcan en la EMPRESA, para eldesempeño de las labores de la misma.

IMAGEN PERSONAL

a) Toda persona que ingrese o desempeñe actividades a nombre de la EMPRESA endiferentes instalaciones deberá hacerlo con pulcritud y con higiene personaladecuada,

• En el caso de los hombres, deberán presentarse con cabello corto, bien afeitado ysin barba. Está permitido el uso de bigote bien recortado.

• No está permitido portar perforaciones corporales visibles, excepto las de lasorejas en el caso de las mujeres.

• No está permitido el uso de tatuajes visibles y/o piercing.• Las camisas o blusas deben estar por dentro del pantalón y debidamente

abotonadas.

b)

c)

No se permite el uso de gorras, short, sandalias, playeras sin mangas, tenis, gafasoscuras o atuendos informales en las instalaciones de la EMPRESA.Toda persona que ingresa a las instalaciones de la EMPRESA está obligado a suregistro en ía bitácora de acceso en la caseta de vigilancia presentando unaidentificación oficial vigente con fotografía.El personal de la EMPRESA deberá de ingresar y salir de las instalaciones conropa de civil. El personal que cuenta con uniforme o equipo de protección personaldeberá portarlo adecuadamente en las áreas según corresponda.Todos los clientes, proveedores, contratistas, visitantes y operadores de líneastransportistas están obligados a vestir ropa de trabajo y usar equipo de protecciónpersonal (EPP) conforme a la naturaleza de sus labores.El personal que realice actividades de trabajo a nombre de la EMPRESA en elcentro de trabajo ubicado en la Refinería Gral. Lázaro Cárdenas se deberá regirpor los reglamentos internos y normatividad de trabajos requeridos respecto alequipo de protección persona! y demás líneamientos.

CAPITULO XIV

SANCIONES

ARTICULO 47°.- Los empleados podrán ser separados de su trabajo, sinresponsabilidad alguna para la EMPRESA, cuando incurran en alguna de las causalesprevistas en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo.

ARTICULO 48.- La EMPRESA, podrá sancionara sus trabajadores de uno a ochodías de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, amonestándolos, suspendiéndolos einclusive rescindirles el contrato de trabajo sin responsabilidad para la EMPRESA, deacuerdo a la gravedad de la situación o su reincidencia.

WTMTOS••MINIOS

ARTICULO 49°.- Será causa de rescisión de la relación de trabajo,responsabilidad para la EMPRESA, desobedecer el empleado a ía misma o arepresentantes sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado.

sinsus

ARTICULO 50°.- En todo caso, para la imposición de las sanciones, se atenderásiempre a la gravedad de la falta y la EMPRESA no podrá imponer sanciones a susempleados, sin que previamente hayan sido oídos y se les reciban las pruebas ofrecidas,

para el efecto de que expresen lo que convenga a sus interesesprocedencia o improcedencia de la sanción.

se determine la

ARTICULO 51°.- Todos los empleados que prestan servicios en forma subordinadapara la EMPRESA, incluyendo aquellos que ingresen a la misma en el futuro durante lavigencia de este Reglamento, quedan obligados a su observancia y a su plenoconocimiento, toda vez que ante su aplicación no podrá argumentar ignorancia,desconocimiento o prácticas contrarias a las disposiciones en él contenidas.

CAPITULO XV

DISCIPLINA

ARTÍCULO 52.-Ei objetivo que siempre debe prevalecer en la EMPRESA es el dela conservación del orden, el comportamiento positivo y el respeto entre todos los quelaboran en ella. La base primordial para establecer lo anterior es el desarrollo del sentidode responsabilidad de cada quien, en el cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio desus derechos.

A la luz de lo anterior, la disciplina en ADNE ADMINISTRACIÓN, S. DE R.L. DEC.V., debe tener un enfoque de convencimiento y desarrollo de la responsabilidadpe/sonal, a través de un análisis conjunto de los empleados sobre los problemas que se

presenten y la búsqueda de alternativas de solución para prevenirlos en el futuro.

-UCKW

cico, D.F. a 07 de diciembre de 2015.

SAJO

POR LA EMPRESA:EL REPRESENTAN!

POR EL SINDICATOEL SECRETARIO GENERAL

MIGUEL CONTRERAS VÁRELA C. SERBIO MENDOZA LEÓN

POR LA EMPRESA (PERSONAL DE CONFIANZA)

C. ALEJANDRO LIMÓN OROZCO

C, ELOY CANDELARIO SÁNCHEZ

POR LOS TRABAJADORES

C. MONTSERRAT MONTERRUBIO RODRÍGUEZ

C. ANGÉLICA CUERVO CRUZ

.-UACIÓN

jNTHATOSAMENTOS

STPSPSECRETARÍA DE TRABAJO.

PREVISIÓN SOCIALY PRODUCTIVIDAD

DEL ESTADO DE VERACRUZ

H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN YARBITRAJE DEL ESTADO.

Departamento de Contratos Colectivos yReglamentos Interiores de Trabajo

EXPEDIENTE: R.I.T.-29/2016,ADNE ADMINISTRACIÓN, S. DER.L. DEC.V.YSERGIO MENDOZA LEÓN.REPRESENTANTE OBRERO.JALTIPAN, VER.

XALAPA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ A DIECIOCHO DE MAYO DE DOS MILDIECISÉIS.

Por recibido de Oficialía de Partes de este Tribunal, en veinticuatro de febrero delaño en curso, el REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO que aplica en la Empresadenominada: ADNE ADMINISTRACIÓN, S. DE R.L. DE C.V., con domicilio sito en: CRRT.FEDERAL 185 TRAMO JALTIPAN-ACAYUCAN KM. 45+500, JALTIPAN, VER,representada por LUCIANO MIGUEL CONTRERAS VAREU en su carácter derepresentante legal, Jorge Iván Salazar Tamez, Titular de la Notaría Pública Número CientoCuarenta y Tres con residencia en el Municipio de Santiago, Ni., del que se agrega copiacotejada en autos, personalidad que se le reconoce de conformidad con lo dispuesto por elartículo 692 fracción II y 693 de la Ley Federal del Trabajo.

Reglamento formulado por la COMISIÓN MIXTA integrada por LUCIANO MIGUELCONTRERAS VÁRELA en su carácter de representante patronal, y SERGIO MENDOZALEÓN Secretario General del SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES YEMPLEADOS EN ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y DEL COMERCIO ENGENERAL DE LA REPÚBLICA MEXICANA, conforme se advierte del acta de 07 dediciembre del año próximo pasado y la Toma de Nota de 31 de agosto de 2012, cuyosantecedentes obran en los autos del expediente CC-206/2013 del índice de esteDepartamento.

Consecuentemente y habiendo dado cumplimiento a lo dispuesto por los artículos132 fracciones XVIII, XXVIII, 422,423 424, 425,616 Fracción V, 692 y 693 de la nueva LeyFederal de! Trabajo, SE DECRETA EL DEPOSITO del REGLAMENTO INTERIOR DETRABAJO que aplicará en la fuente de trabajo y domicilio referidos, se REGISTRA bajo elnúmero: R.I.T.-29/2016, mismo que surte efectos a partir del 24 de febrero de 2016,

Entregúese a los representantes de la comisión mixta dos tantos del ReglamentoInterior registrado, debiendo la patronal imprimir, fijar en lugar visiblemente y difundir en lafuente de trabajo donde se presta el servicio, las disposiciones contundentes delReglamento Interior que nos ocupa.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMÓ LA JJJNTA LOCAL DECONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO, PRESIDIDA POR/ÉL/ LIC. JONATHANCORTES VARGAS DANDO FE EL SECRETARIO GENERAL/DE/ACUERDOS/¿IC.VÍCTOR MANUEL SALAS REBOLLEDO EN UNIÓN 0EL/ENCARGACÍO ¿ELDEPARTAMENTO/E CONTRATOS COLECTIVOS Y REGJAMENTOS INTERIORES DETRABAJO LIC.ABÍTURO ALTfl/lIRANO MUÑOZ.LICAWMrsm. / W