C. E. M. de Antequera - … · Reglamento de Organización y Funcionamiento, y el Proyecto de...

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN C. E. M. de Antequera PLAN DE CENTRO 2.016- 2.017 Directora: Mª Teresa Moreno Rueda Secretaria: Lidia Colado Golderos Jefe de Estudios: José Antonio Linero Hormigo

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C. E. M. de

Antequera

PLAN DE CENTRO

2.016- 2.017

Directora: Mª Teresa Moreno Rueda Secretaria: Lidia Colado Golderos

Jefe de Estudios: José Antonio Linero Hormigo

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PLAN DE CENTRO

CURSO 2016/2017

CONSERVATORIO ELEMENTAL DE MÚSICA DE

ANTEQUERA

El Plan de Centro ha sido elaborado por el Equipo Directivo y aprobado por el Consejo Escolar. En su elaboración ha requerido la colaboración e implicación del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica, del Departamento de formación, orientación, evaluación e innovación educativa y del Claustro de Profesorado.

El actual Plan de Centro pretende ser el eje vertebrador de nuestro conservatorio

posibilitando contar con autonomía pedagógica, de organización y de gestión para llevar a cabo modelos de funcionamiento propios.

El modelo de funcionamiento se concreta en tres puntos: El Proyecto Educativo, el

Reglamento de Organización y Funcionamiento, y el Proyecto de Gestión.

El presente Plan de Centro será revisado y modificado cuantas veces sea necesario por cambios que se puedan producir a lo largo del curso y estos deberán ser aprobados por el Consejo Escolar.

Entendemos que un proyecto no puede ser un modelo cerrado, sino que irá creciendo,

ensanchándose y modificándose en el tiempo a nivel práctico, en función de las circunstancias y demandas educativas, pues “la culturas son vida, no textos; son soluciones cambiantes a problemas cambiantes”.

PROYECTO EDUCATIVO

CONSERVATORIO ELEMENTAL DE MÚSICA DE

ANTEQUERA

Indice 1- Objetivos para la mejora del rendimiento escolar y continuidad del alumnado.

2- Líneas generales de actuación pedagógica. Contenidos curriculares de las enseñanzas elementales de música.

3- Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, integrando igualdad de género.

4- Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente y del horario de dedicación de las personas responsables de los mismos para la realización de sus funciones.

5- Procedimientos y criterios de evaluación, promoción y titulación del alumnado.

6-La forma de atención a la diversidad del alumnado

7-Organización de las actividades de recuperación del alumnado 8-

El plan de orientación y acción tutorial

9-El procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia.

10- Plan de convivencia

11- Plan de formación del profesorado. 12- Criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar y objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar.

13- Los procedimientos de evaluación interna

14- Los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado y la asignación de tutorías.

15- Los criterios generales para la elaboración de las programaciones didácticas de las enseñanzas. Programaciones didácticas.

PROYECTO EDUCATIV O

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INTRODUCCIÓN

El Proyecto Educativo constituye las señas de identidad del centro y expresa la educación que desea y va a desarrollar en unas condiciones concretas (valores, objetivos y prioridades de actuación). En cada apartado se ha hecho referencia a la normativa vigente por la que nos regimos,

permitiéndonos un margen significativo para incluir aspectos que corresponden y atienden a las características específicas de nuestro centro.

En nuestra cultura el trabajo confiere identidad y aparece como un singular medio de anclaje en la realidad; razón por la que al identificarnos y confirmarnos puede aportar alegría o infelicidad. El trabajo debe tener un componente de libertad, creación y realización para que éste sea un trabajo humano, es decir, que tenga un sentido para el hombre.

Trabajaremos en nuestro centro educativo para que este paradigma se cumpla centro educativo, y donde la actividad de toda la comunidad educativa se convierta en tiempo de detención, análisis, creación y posibilidad de imaginar continuamente soluciones y nuevos esquemas de pensamiento.

La riqueza social y económica está a todas luces relacionada con el interés por incrementar la cultura, en este caso, la cultura musical. Antequera cuenta con una población de 45.037 habitantes, según el padrón del INE de Enero de 2009, siendo el noveno municipio de la provincia de málaga por población. Cuenta con trece pedanías y se encuentra en un enclave geográfico estratégico por estar situado en el centro de Andalucía.

El Conservatorio Elemental de Música está ubicado en el centro de Antequera, y en él

estudian alumnos de toda la comarca.

Antequera posee tres escuelas infantiles públicas, seis centros de educación infantil y primaria públicos y tres de educación Secundaria públicos. Además existen seis colegios privados concertados, todos religiosos.

En la actualidad el municipio está en una época de prosperidad económica debido , por

ejemplo, al asentamiento del polígono industrial como uno de los motores económicos de la ciudad y la creación de polígonos periféricos como el parque empresarial de Antequera (PEAN).Otros proyectos ,como la conexión por AVE con Madrid, Córdoba y la Costa del Sol, el Centro de Investigación y Desarrollo de empresas, el proyecto del aeropuerto, y el proyecto del Centro de Observación Astronómico en el Torcal, hacen de esta ciudad una de las más prósperas de Andalucía en términos económicos y con mayor proyección de futuro.

El nivel económico y cultural de los padres de los alumnos en el conservatorio es muy

variado, de modo que conviven distintas identidades y niveles de cultura.

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El apoyo que observamos en la educación musical de sus hijos es, no obstante, muy satisfactorio, y el absentismo y la impuntualidad son escasos.

Los principales puntos del Proyecto Educativo son los siguientes:

1- Objetivos para la mejora del rendimiento escolar y continuidad del alumnado.

2- Líneas generales de actuación pedagógica. Contenidos curriculares de las enseñanzas elementales de música.

3- Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, integrando igualdad de género.

4- Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente y del horario de dedicación de las personas responsables de los mismos para la realización de sus funciones.

5- Procedimientos y criterios de evaluación, promoción y titulación del alumnado.

6-La forma de atención a la diversidad del alumnado

7-Organización de las actividades de recuperación del alumnado

8-El plan de orientación y acción tutorial

9-El procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia.

10- Plan de convivencia

11- Plan de formación del profesorado. 12- Criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar y objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar.

13- Los procedimientos de evaluación interna

14- Los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado y la asignación de tutorías.

15- Los criterios generales para la elaboración de las programaciones didácticas de las enseñanzas. Programaciones didácticas.

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1-Objetivos para la mejora del rendimiento escolar y continuidad del alumnado.

La mejora del rendimiento escolar gracias a una enseñanza de calidad, así como la continuidad del alumnado,,es el objetivo principal de nuestro centro educativo. Podría afirmarse que todo el Plan de Centro es el instrumento a través del cual se persiguen y se dan cumplimiento, en mayor o menor medida, estos dos puntos capitales.

2- Líneas generales de actuación pedagógica. Contenidos curriculares de las enseñanzas elementales de música.

Los objetivos, contenidos y criterios de evaluación del currículo de las enseñanzas elementales de música, de conformidad con lo dispuesto en el decreto 17/2009, de 20 de enero, por lo que se establece la Ordenación y Currículo de las enseñanzas elementales de música de Andalucía, serán establecidos por Orden de la Consejería competente en materia de educación.

Los objetivos deben tender a desarrollar capacidades relacionadas con una formación

artística de calidad junto a otras relacionadas con valores que ayuden a la formación integral

de alumno como persona.

a) Apreciar la importancia de la música como lenguaje artístico y medio de expresión

cultural de los pueblos y de las personas en el ámbito universal y andaluz.

b) Expresarse con sensibilidad musical y estética para interpretar y disfrutar la

música de las diferentes épocas y estilos, y para enriquecer sus posibilidades de

comunicación y de realización personal.

c) Tocar el instrumento correspondiente en público, con la necesaria seguridad en sí

mismos, para comprender la función comunicativa de la interpretación musical.

d) Interpretar música en grupo habituándose a escuchar otras voces o instrumentos y a

adaptarse equilibradamente al conjunto.

e) Ser conscientes de la importancia del trabajo individual y adquirir las técnicas de

estudio que permitan la autonomía en el trabajo y la valoración del mismo.

f) Valorar el silencio como elemento indispensable para el desarrollo de la

concentración, la audición interna y el pensamiento musical.

g) Conocer y valorar el patrimonio cultural e histórico de Andalucía en su dimensión

artística concerniente a la música.

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h) La formación del alumnado en valores educativos básicos y fundamentales.

Los cuatro cursos que componen las Enseñanzas Básicas es una etapa de suma

importancia para el desarrollo del futuro instrumentista, ya que a lo largo de este período han

de quedar sentadas las bases de una técnica correcta y eficaz y, lo que es aún más importante,

de unos conceptos musicales que cristalicen, mediando el tiempo necesario de maduración de

todo ello, en una auténtica conciencia de intérprete.

La problemática de la interpretación comienza por el correcto entendimiento del texto,

un sistema de signos recogidos en la partitura que, pese a su continuo enriquecimiento a lo

largo de los siglos, padece (y padecerá siempre) de irremediables limitaciones para

representar el fenómeno musical como algo esencialmente necesitado de recreación, como

algo susceptible de ser abordado desde perspectivas subjetivamente diferentes.

Esto, por lo pronto, supone el aprendizaje (que será simultáneo con la práctica

instrumental) del sistema de signos propio de la música, que se emplea para fijar, siquiera sea

de manera a veces aproximativa, los datos esenciales en el papel. La tarea del futuro intérprete

consiste por lo tanto en:

- Aprender a leer correctamente la partitura.

- Penetrar después, a través de la lectura en el sentido de lo escrito para poder apreciar

su valor estético.

- Desarrollar, al propio tiempo, la destreza necesaria en el manejo de un instrumento

para que la ejecución de ese texto musical adquiera su plena dimensión de mensaje

expresivamente significativo.

Una concepción pedagógica moderna debería tener en cuenta que la vocación musical

de un niño o niña puede en muchos casos (tal vez en la mayoría de ellos) no estar aún

claramente definida, lo cual exige que la suma de los conocimientos teóricos que ha de

aprender y las inevitables horas de práctica le sean presentadas de manera tan atractiva y

estimulante como sea posible. Ello ha de favorecer que se sienta verdaderamente interesado

en la tarea que se le propone, y de esa manera su posible incipiente vocación se vea reforzada.

La evolución intelectual y emocional a la edad en que se realizan los estudios de

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grado elemental (ocho a doce años, aproximadamente) es muy acelerada; ello implica que los

planteamientos pedagógicos, tanto en el plano general de la didáctica como en el más

concreto y subjetivo de la relación personal entre profesor o profesora y alumno o alumna han

de adecuarse constantemente a esa realidad cambiante como es la personalidad de estos

últimos, aprovechar al máximo la gran receptividad que es característica de la edad infantil,

favorecer el desarrollo de sus dotes innatas, estimular la maduración de su efectividad y,

simultáneamente, poner a su alcance los medios que le permitan ejercitar su creciente

capacidad de abstracción.

La música, como todo lenguaje, se hace inteligible a través de un proceso más o

menos dilatado de familiarización que comienza en la primera infancia, mucho antes de que

el alumno o alumna esté en la edad y las condiciones precisas para iniciar estudios

especializados de Enseñanzas Básicas.. Al comienzo de estos estudios es normal que se haya

aprendido ya a reconocer por la vía intuitiva algunos elementos de ese lenguaje; se poseen, en

cierto modo, algunas claves que permiten “entenderlo”, aun cuando se desconozcan las leyes

que lo rigen. Pero es preciso poseer los medios para poder “hablarlo”, y son estos medios los

que ha de comenzar a proporcionar la enseñanza del grado elemental.

Junto al adiestramiento en el manejo de los recursos del instrumento elegido (eso que

de manera más o menos apropiada llamamos “técnica”) es necesario favorecer en niños y

niñas una comprensión más profunda del fenómeno musical y de las exigencias que plantea su

interpretación. Para ello hay que comenzar a hacerles observar y comprender los elementos

sintácticos básicos sobre las que reposan las estructuras musicales, incluso en sus

manifestaciones más simples, y que la interpretación, en todos sus aspectos, expresivos o

morfológicos (dinámica, agónica, percepción de la unidad de los diferentes componentes,

formales y de la totalidad de ellos, es decir, de la forma global) está funcionalmente ligada a

esa estructura sintáctica.

Esta elemental “gramática” musical no es sino la aplicación concreta al repertorio de

obras que componen el programa que el alumno/ a debe realizar de los conocimientos

teóricos adquiridos en otras disciplinas (lenguaje musical, fundamentalmente), conocimientos

que habrán de ser ampliados y profundizados en el grado medio mediante el estudio de las

asignaturas correspondientes.

De forma complementaria es necesario que el alumno o alumna aprenda a valorar la

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importancia que el desarrollo de la memoria tiene en su formación como intérprete. La

memorización, entendida como proceso de reconstrucción de aquellos conocimientos,

experiencias y vivencias propios de los alumnos y alumnas, viene a completar y facilitar otros

procesos como son la lectura a primera vista, la improvisación y la práctica de conjunto.

Conviene señalar que, al margen de esa básica memoria construida por la inmensa y

complejísima red de acciones reflejas y de automatismo que hacen posible la ejecución

instrumental, la memorización permite desentenderse en un cierto momento de la partitura

para centrar toda la atención en la correcta solución de los problemas técnicos y en una

realización musical y expresivamente válida. Por último es conveniente señalar que la

memoria juega un papel de primordial importancia en la comprensión unitaria y global de una

obra, ya que al desarrollarse esta en el tiempo sólo la memoria permite reconstruir la

coherencia y la unidad de su devenir.

En consecuencia el desarrollo de las capacidades técnicas, comprensivas, estéticas y

memorísticas que van a permitir al futuro intérprete adquirir el máximo dominio de las

posibilidades que le brinda el instrumento de su elección, no debería convertirse o quedar

reducido a una mera ejercitación gimnástica.

Por último se debe señalar la necesidad de que los alumnos y alumnas conozcan,

valoren y respeten la amplia oferta de obras que les ofrece el patrimonio musical culto y

popular de Andalucía, así como aquellas otras obras de inspiración andaluza tanto de autores

españoles como de otros países. Ello les permitirá, por un lado, completar el repertorio básico

de su instrumento y, por otro, tomar conciencia de dicho patrimonio a través de la selección e

interpretación de sus obras más representativas. Asimismo, su utilización supone un marco

adecuado donde aplicar las experiencias y conocimientos adquiridos.

Existen otros aspectos de la educación no estrictamente musicales que entendemos

esenciales y que engloban distintos enfoques:

-Desarrollo de una conciencia democrática:

El alumnado debe tomar conciencia de la importancia de su colaboración; fomentar

la toma de iniciativas, el respeto a los diferentes puntos de vista y pluralidad de opiniones,

sensibilizar en la ayuda mutua e integración de todos los compañeros, etc.

-Formación en valores éticos:

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Que entiendan que además de músicos deben desarrollarse como seres humanos. A

parte de la divulgación del R.O.F., la educación global se trabaja diariamente en clase y en

cada una de las actividades extraescolares.

-Respeto a la autoridad:

A través de la admiración al profesorado (autoridad moral), normas de respeto

substanciales y con la colaboración indispensable de los padres, en los que el apoyo al

profesor debe ser un axioma básico.

-La conquista de la voluntad y la reivindicación del esfuerzo:

La música es una escuela de voluntad, paciencia y perseverancia. Hay que crear hábitos de

estudio

-Desarrollo del interés y la motivación:

La atención y motivación tienen un fuerte componente afectivo: La realidad no es por sí

misma interesante, sino que alcanza esta aristocracia del valor al concederle interés.

-Integración de la igualdad de género: 3- Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, integrando a

igualdad de género como un objetivo primordial.

Se estudiarán y programarán actuaciones que ayuden a construir relaciones entre los

sexos basadas en el respeto y la corresponsabilidad y que impulsen la participación de

hombres y mujeres en todos los espacios de la sociedad .

Se designará a una persona en el Consejo Escolar, siendo su función la de revisar que

la perspectiva de género transversalice todo el quehacer educativo, así como para

impulsar y hacer el seguimiento de las medidas educativas que fomenten la igualdad

efectiva entre hombres y mujeres. En el apartado pedagógico, nuestra apuesta

consiste en mejorar la coordinación general del centro y unificar criterios, de manera

que cada departamento tenga muy claros los criterios de evaluación, promoción y

contenidos que los desarrollan. A través de las reuniones de Equipo Técnico de

Coordinación Pedagógica se llegan a acuerdos que se llevan posteriormente al

Claustro de Profesores y a continuación si cabe, al Consejo Escolar. Siguiendo esta

dinámica la coordinación resulta sumamente eficaz.

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4- Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de

coordinación docente y horario para la realización de sus funciones.

-Designación y nombramiento de los órganos de coordinación docente.

La designación y propuesta de nombramiento, cuando proceda, de las personas

titulares de los órganos de coordinación docente se llevará a cabo en el mes de

septiembre de cada año, por la persona que ejerza la Dirección del centro.

-Órganos de Coordinación Docente

.Equipos docentes: todos los profesores que imparten la docencia en el

conservatorio.

Departamento de orientación ,formación, evaluación e innovación educativa:

Estará compuesto por la persona que ejerza la jefatura del departamento y por cuatro

profesores de distintos departamentos de coordinación didáctica.

Equipo técnico de coordinación pedagógica: estará integrado por la persona titular

de la dirección que ostentará la presidencia, la persona titular de la jefatura de

estudios, las personas titulares de las jefaturas de los departamentos de coordinación

didáctica y la del departamento de orientación, formación ,evaluación e innovación

educativa.

Tutoría: serán nombrados por la persona que ejerza la Dirección, a propuesta de la

jefatura de estudios, de entre el profesorado que imparta las especialidades

instrumentales.

-Plan de reuniones.

La jefatura de estudios elaborará el plan de reuniones a lo largo del curso

académico, de cada uno de los órganos de coordinación docente, atendiendo a los

criterios pedagógicos establecidos en el Proyecto Educativo y a las características del

órgano de coordinación que se trate. Sin perjuicio del plan de reuniones establecido,

los órganos de coordinación docente realizarán aquellas reuniones extraordinarias que

sean precisas para el ejercicio de las funciones y competencias asignadas a los

mismos.

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. Los criterios para el nombramiento de las Jefaturas de los distintos

departamentos, aprobados dichos criterios en reunión del Claustro de Profesorado por

unanimidad, son los siguientes:

1- Que la persona que ejerza la Dirección no presenten objeciones justificadas y dé

su voto favorable.

2- Consenso por mayoría en su elección, de los miembros que compongan el

departamento , (en el caso de estar formado por más de un profesor).

3- Formar parte del cuerpo de funcionarios por oposición.

4- Antigüedad en el cargo.

5- Antigüedad en el centro.

La jefatura de departamento deberá ser renovada cada dos años.

Uno de los principales objetivos del Proyecto Educativo consiste en mejorar la

coordinación general del centro y unificar criterios, de manera que cada departamento

tenga muy claros los criterios de evaluación, promoción y contenidos que los

desarrollan. A través de las reuniones de equipo técnico de coordinación pedagógica y

del departamento de formación, orientación, evaluación e innovación educativa, se

llegan a acuerdos que se llevan posteriormente al Claustro de Profesores y a

continuación, si cabe, al Consejo Escolar o viceversa. Siguiendo esta dinámica hemos

comprobado que la coordinación resulta sumamente eficaz. No obstante, la

coordinación siempre será flexible y responderá a las necesidades reales que se

presenten a lo largo del curso académico 5.-La evaluación: criterios , procedimientos. Promoción y titulación del alumnado.

La evaluación proporciona información sobre los conocimientos previos del alumnado y sus procesos de aprendizaje y es el mecanismo que permite al profesor y al propio alumno revisar, adaptar y mejorar el proceso de enseñanza-aprendizaje.

La evaluación debe ser individualizada, personalizada y continua, integrada y global.

En su dimensión individualizada, la evaluación permite obtener información sobre la evolución del proceso de aprendizaje de cada alumno; La evaluación personalizada responde a la intención de que el alumno tome conciencia de sí mismo.

La evaluación continua evalúa no sólo unos resultados, sino todo el proceso de enseñanza- aprendizaje. La evaluación es integradora al referirse no sólo a un área de conocimientos, sino a todos los objetivos generales. La dimensión global hace referencia al

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conjunto de la totalidad de los contenidos-conceptos, procedimientos y aptitudes-, y no sólo a los contenidos conceptuales.

Dependiendo del momento y situación en que se produzca la evaluación tendrá

diversas modalidades: inicial, formativa, final. La evaluación inicial se realiza al comienzo del aprendizaje y nos da información para decidir el enfoque didáctico y grado de profundidad con el que desarrollar los nuevos contenidos.

La evaluación continua formativa facilita la valoración del aprendizaje en cada momento y ayuda a ajustar algunos elementos del proceso de enseñanza- aprendizaje, inicialmente planificado, a las necesidades que se vayan planteando. La evaluación final sumativa determina el grado de consecución de los objetivos y valora los resultados del aprendizaje. La evaluación se convierte así en el eje vertebrador de todo el proceso curricular.

La evaluación es un proceso fundamental en la práctica educativa, que permite recoger información para medir el grado de cumplimiento de las capacidades establecidas en la Programación. Afecta a todo el proceso de enseñanza-aprendizaje, entendiendo como tal el contexto social, centro escolar, alumno y profesor. En cuanto al alumno, se observan las capacidades de partida, aptitudes e inquietudes musicales, compromiso, posibles carencias formativas relevantes y rendimiento excepcional. El profesor evalúa el proceso de aprendizaje y su propia práctica docente, utilizando la evaluación como una estrategia para, a partir de lo observado y las pruebas documentales con que cuenta, tomar decisiones y ajustar la intervención pedagógica a las características y necesidades de los alumnos, incorporando las medidas necesarias para su mejora en cualquier momento del curso. Es importante resaltar la importancia que tiene concebir la evaluación como un proceso continuo que ofrece información permanente sobre todo lo que ocurre en el aula y contempla en todo momento el avance que experimenta el alumno. Además, ha de ser integradora teniendo en cuenta, para la promoción y titulación del alumno, su madurez, grado de cumplimiento de las capacidades y posibilidades que tiene para aprovechar positivamente las modalidades de formación posteriores.

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PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN. El docente debe conocer las condiciones, el momento y el modo de aplicar los Criterios de Evaluación antes mencionados: así, el procedimiento para evaluar se basará en dos cuestiones:

1. Quién evalúa. 2. Cuándo se evalúa.

Quién evalúa.

Autoevaluación:

Es de vital importancia que el alumno se evalúe a sí mismo, conociendo previamente los objetivos marcados en la Programación. Las enseñanzas instrumentales demandan una implicación total del alumno en cuanto a la toma de sus propias decisiones, dado que el progreso es posible siempre y cuando aprenda a detectar hasta dónde es capaz de llegar y cuáles son las carencias que superar. Esta actitud hacia un conocimiento constante de sí mismo, favorece el pleno desarrollo artístico y musical, cuya responsabilidad crece en la tarea educativa.

- Coevaluación:

Es la reflexión llevada a cabo en el seno de un grupo, donde el alumno aprende a tomar decisiones, aplicar criterios y elaborar juicios sobre sí mismo y sobre sus compañeros. Es eficaz después de la realización de audiciones, conciertos y exposiciones, pues los alumnos aprenden a valorar su trabajo comparándolo con el del resto. Con esta, el grupo puede:

- autoevaluarse a sí mismo. - evaluar a los integrantes del mismo.

- Evaluación colegiada:

Es la realizada por un grupo de personas y goza de pluralidad de enfoques, de mayor rigor y de diversidad de puntos de vista. En las Enseñanzas Elementales de Música, puede estar compuesto por la totalidad de docentes de un curso completo (Orquesta, Lenguaje Musical, Armonía, etc.), así como por el conjunto de profesores de una misma asignatura o de asignaturas afines habitualmente en el seno de un Departamento Didáctico.

-Heteroevaluación.

El profesor evalúa el proceso de aprendizaje del alumno. Al pertenecer a distintos niveles, el docente puede aportar una gran cantidad de datos y posibilidades de enorme riqueza.

Cuándo se evalúa.

-Evaluación inicial o de diagnóstico.

Llevada a cabo al comienzo de un curso, trimestre o Unidad Didáctica, tiene como fin detectar los conocimientos previos del alumnado, sus características, experiencias y niveles, para adecuar a estos datos la intervención educativa. En función de lo observado, se planifican las actividades y se adoptan medidas de atención a la diversidad, si fuese oportuno.

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-Evaluación continua, procesual o formativa.

Llevada a cabo a través de todo el proceso formativo, tiene como finalidad la recogida continua de información para poder realizar los ajustes y adaptaciones necesarios en la intervención educativa. Sólo la pueden realizar los implicados en la tarea educativa. Es un derecho de los alumnos que pueden perder por la acumulación de faltas de asistencia a clase. Para el seguimiento de la evolución continua, el profesor se vale del diario de clase de clase y la ficha de registro individual, donde anota los datos referidos a cada clase: asistencia, evaluación inicial, propuestas de apoyo o ampliación, actividades realizadas, repertorio y valoración del trabajo realizado en casa y en el aula.

-Evaluación final o sumativa.

Llevada a cabo al finalizar la tarea educativa, tiene por objeto conocer si el nivel alcanzado por los alumnos es suficiente para abordar nuevos contenidos de procesos educativos futuros similares o idénticos al concluido, además de informar de los logros obtenidos y advertir de la existencia de posibles dificultades que requieran nuevas estrategias más exitosas. También advierte de la viabilidad futura de los objetivos propuestos.

INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN.

Constituyen el conjunto de recursos y herramientas que permiten dejar constancia de las tareas de observación derivadas de la aplicación de los Criterios de Evaluación para, en función de los datos obtenidos, calificar y evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje. Para ello, el profesor aplica la observación sistemática en las actividades realizadas en clase, analizando el interés y esfuerzo personal del alumno, las estrategias que utiliza y cómo resuelve los conflictos planteados.

Pueden ser, entre otros:

-Trabajos escritos donde se pida ofrecer una información objetiva referente a algún aspecto del aprendizaje, o por el contrario, se le invite al alumno a buscar información y elaborar él mismo un trabajo personal sobre un tema concreto.

-Participación en puestas en común grupales, debates y exposiciones: además del resultado, se valora el interés, el grado de implicación y la actitud tomada.

-Diario de clase: es un documento que permite llevar un seguimiento diario y constante de todo cuanto acontece en la clase: técnica, repertorio trabajado, audiciones, resolución de conflictos, tareas y actividades diversas.

-Ficha de registro individual: se trata de un documento en el que quedan reflejados, al margen de los datos personales del alumno, el desarrollo que experimentan determinados aspectos vinculados a su aprendizaje a lo largo del curso.

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Primer apellido Segundo Apellido Nombre Fecha Nacimiento Edad Lugar de nacimiento

Correo electrónico Teléfono Móvil

Domicilio Localidad Provincia Nombre del padre y tlf. Nombre de la madre y tlf.

FICHA REGISTRO INDIVIDUAL 1. DATOS PERSONALES. Año

Curso

FOTO

2. ANTECEDENTES ACADÉMICOS.

Conservatorios anteriores:

Asignaturas pendientes:

Calificación obtenida en el instrumento el año anterior:

Observaciones: …………………………………………………………………………………………………… …..................................................................................................................................................... ......................................................................................................................................................... ......................................................................................................................................................... ......................................................................................................................................................... ...

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3. EVALUACIÓN.

CONTROL DE ASISTENCIA

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 SPT. // OCT. NOV // DIC.

ACTITUDES

Respeto hacia el profesor y los compañeros:

Puntualidad:

Responsabilidad en el estudio personal en casa:

Capacidad de organización y planificación:

Reflexión y toma de decisiones propias:

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DESARROLLO DE CAPACIDADES

Postura corporal: Afinación:

Ritmo: Producción del sonido:

Golpes de arco: Memoria:

Ritmo: Cambios de posición:

SEGUIMIENTO DE ACTIVIDADES PROGRAMADAS

Repertorio:

Audiciones públicas:

Trabajos realizados:

Audiciones comparadas:

Búsqueda de documentación complementaria:

Actividades extraescolares:

MEDIDAS DE REFUERZO O ADAPTACIÓN CURRICULAR:

CALIFICACIÓN: RECUPERACIÓN:

COMUNICACIONES A/DE LOS PADRES O TUTORES: FECHA ASUNTO TRATADO – DECISIONES.

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Promoción del alumnado

El alumnado promocionará de curso cuando haya superado las materias cursadas o tenga evaluación negativa, como máximo, en una materia. En el supuesto de que un alumno o alumna promocione con una materia no superada, su recuperación deberá realizarse en el curso al que promociona, si dicha materia forma parte del mismo. En caso contrario, el alumno o alumna deberá asistir a las clases del curso del que procede. El alumnado que al término del cuarto curso de las enseñanzas básicas de música tuviera pendiente de evaluación positiva dos materias o más, deberá repetir el curso en su totalidad. Cuando la calificación negativa se produzca en una materia, sólo será necesario que se realice ésta.

Permanencia

El límite de permanencia de las enseñanzas básicas de música será de cinco años. El

alumnado no podrá permanecer más de dos años en el mismo curso. Con carácter excepcional, el Consejo Escolar del centro, estudiado el informe del profesorado y la solicitud del alumno o alumna, podrá ampliar en un año los límite de permanencia a que se refieren los apartados 1 y 2, en supuestos de enfermedad grave u otras circunstancias que merezcan similar consideración.

Titulación

título

La superación de las enseñanzas básicas de música dará derecho a la obtención del

elemental de música, como título propio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que será expedido por la Consejería competente en materia de educación.

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6- La forma de atención a la diversidad del alumnado

La escolarización del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo se

regirá por principios de normalización, inclusión escolar y socia., flexibilización,

personalización de la enseñanza y coordinación interadministrativa.

Corresponderá al departamento de orientación, formación, evaluación e innovación

educativa elaborar y asesorar a los departamentos de coordinación didáctica y al profesorado,

bajo la coordinación de la jefatura de estudios, en el desarrollo de las medidas de atención a la

diversidad, garantizando las condiciones más favorables al alumnado que las necesite.

Se pondrá especial atención en la detección y tratamiento de las dificultades de

aprendizaje a través de la evaluación inicial. El tutor, una vez detectado al alumnado con

necesidades específicas de apoyo educativo deberá informar al departamento de formación,

orientación , evaluación e innovación educativa, a la persona que ejerza el la dirección del

centro y a los padres del alumnado.

A continuación, se arbitrarán medidas curriculares y organizativas para atender a la

diversidad ,que permitan al alumnado obtener el máximo desarrollo posible de las

capacidades personales sin suponer una discriminación que impida alcanzar los objetivos

establecidos en este tipo de enseñanzas.

Se considera alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo aquel que

presenta necesidades educativas especiales debidas a diferentes grados y tipos de capacidades

personales de orden físico, psíquico, cognitivo o sensorial; el que, por proceder de otos paíse

o por cualquier otro motivo, se incorpore de forma tardía al sistema educativo, así como el

alumnado que precise de acciones de carácter compensatorio.

Asimismo, se considera alumnado con necesidad específica de apoyo educativo al que

presenta altas capacidades intelectuales.

La atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo se realizará

de acuerdo con lo recogido en el Título II de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo: en la Ley

9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la educación, y en la ley 17/2007, de 10 de

diciembre, de Educación de Andalucía.

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Protocolo de actuación.

Ante la hipotética presencia en el aula de alumnos con estas características, el protocolo a seguir es el siguiente:

-Puesta en conocimiento del equipo directivo para adoptar las debidas decisiones organizativas.

-Adopción de acuerdos por parte del equipo docente que imparte clase al alumno.

-Establecimiento de contacto intensivo y permanente con la familia del alumno.

-Búsqueda de apoyos exteriores, como fundaciones y organizaciones (ONCE, Asociación de padres con hijos con TDAH, etc.).

La presencia de alumnos con problemas temporales como pueda ser rotura de un brazo, tendinitis, etc., derivará en el establecimiento, si procede, de adaptaciones curriculares apropiadas.

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FUENTES DE EVIDENCIA

-Diagnóstico de necesidades: Comprobación del conocimiento por parte de la

dirección del alumnado del centro:

-Listado de alumnos de necesidades educativas especiales(discapacidad, situaciones

sociales desfavorecidas, de altas capacidades…)

-Listado de alumnos con otras necesidades específicas de apoyo educativo.

-Registro de absentismo.

-Registro de alumnado de reciente incorporación.

-Análisis de resultados. - Respuesta a esas necesidades.

Comprobación de la existencia de respuestas deiferenciales en función de las

necesidades del alumnado:

-Programas complementarios de escolarización.

-Planes de convivencia.

-Compromisos educativos con las familias. Plan de acción tutorial.

-Programas de desarrollo curricular. - Revisión de las respuestas diferenciales.

Existencia de propuestas de mejora en las respuestas educativas ofrecidas al alumnado

-Actas de claustro.

-Actas de la comisión de coordinación pedagógica.

-Actas del departamento de orientación.

-Actas de departamentos. - Coordinación/trabajo en red con otras instituciones /asociaciones/entidades; (Registro

de reuniones)

Potenciación del trabajo en red:

-Asesorías de necesidades educativas especiales

-Ayuntamientos (trabajadores sociales, mediadores…)

-Asociaciones vinculadas a las diferentes discapacidades u otras necesidades

20

específicas de apoyo educativo. 7- Organización de las actividades de recuperación para el alumnado con

materias o asignaturas pendientes de evaluación positiva.

Según la Orden de 24-6-2009, por la que se establece la ordenación de la

evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de las enseñanzas elementales de

danza y música de Andalucía, (BOJA 09-02-2009), los alumnos que cursen las

enseñanzas Elementales de música no tendrán la posibilidad de una prueba

extraordinaria en septiembre.

Al término de cada curso se valorará el progreso global de cada alumno en las

diferentes materias en el marco del proceso de evaluación continua.

La valoración se trasladará al acta de evaluación, al expediente académico y al

historial académico de las enseñanzas básicas de música o danza.

Las calificaciones de las materias pendientes de cursos anteriores, se

consignarán, igualmente, en el acta de evaluación, en el expediente académico y en el

historial académico de las enseñanzas básicas de música o danza.

El alumnado, los padres, madres o tutores legales, podrán formular reclamaciones sobre

los resultados de la evaluación final, de acuerdo con el procedimiento establecido en la

disposición adicional primera.

- Promoción del alumnado.

De conformidad con lo establecido en el artículo 16.1 de los decretos 16/2009

de enero, y 17/2009, de 20 de enero, el alumnado promocionará de curso cuando haya

superado las materias cursadas o tenga evaluación negativa, como másimo, en una

materia.

-Actividades de recuperación.

En el supuesto de que un alumno promociones con una materia no superada, su

recuperación deberá realizarse en el curso que promociona, si dicha materia forma parte

del mismo. En caso contrario, deberá asistir a las clases del curso del que procede.

La evaluación y calificación de las materias pendientes deberá realizarse antes de la

21

evaluación final del curso que promociona.

-Asignaturas pendientes de evaluación positiva que forman parte del curso al que se

promociona.

Si el profesor tiene en su horario lectivo alguna hora de refuerzo educativo, el

alumnado asistirá en esta franja horaria a realizar las actividades de recuperación de la

materia pendiente. El horario de refuerzo educativo deberá ser compatible con el

horario del alumno que debe asistir a estas clases.

Si el profesor que no dispone de horas de refuerzo, debe realizar las actividades

de recuperación de estos alumnos dentro del horario lectivo de la asignatura del curso

posterior.

La evaluación y calificación de la asignatura pendiente se realizará antes de la

evaluación final del curso al que promociona.

- Asignaturas pendientes de evaluación positiva que no forman parte del curso al que

se promociona.

Si se trata de asignaturas que no forman parte del curso al que se promociona, se

asistirá a clase de la asignatura pendiente con total normalidad, con la salvedad de que

la evaluación y calificación de la materia pendiente de evaluación positiva se realizará

antes de la evaluación final del curso al que promociona.

8-Plan de orientación y acción tutorial

Tomando como referencia el Decreto 210/2005, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Conservatorios Profesionales de Música de Andalucía, las funciones que debe llevar a cabo el profesor-tutor del alumno, al margen de la formación técnico-musical específica, son las siguientes:

-Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos a su cargo, organizando, presidiendo y levantando actas de las correspondientes Sesiones de Evaluación. -Orientar al alumno sobre la elección de diferentes materias optativas o itinerarios a seguir, guiándole siempre hacia un futuro profesional de calidad y abierto a los diferentes abanicos de posibilidades. -Facilitar la integración de los alumnos en el conservatorio y fomentar su participación en las actividades artísticas que se organicen en el centro.

22

-Facilitar la comunicación del alumno y sus familiares con el resto de profesores del equipo docente, actuando como mediador en la resolución de dudas y conflictos. -Establecer un contacto constante y directo con el resto de profesores del alumno a fin de conocer la evolución que el mismo efectúa en el resto de asignaturas. -Informar a la Comisión de Coordinación Pedagógica sobre las solicitudes de ampliación o renuncia de matrícula, así como sobre el cambio o simultaneidad de especialidades instrumentales que puedan presentar sus alumnos. -Informar a los padres, a los profesores y a los alumnos de todo aquello que les concierna, en relación con el rendimiento académico y las actividades docentes y complementarias.

A fin de llevar a cabo, en las mejores condiciones posibles, la labor que como tutor se atribuye al profesor de Viola, se indican las siguientes propuestas:

Reunión con los padres a principio de curso, donde se informe sobre las metas propuestas, el horario de clase, el ritmo de trabajo, los materiales necesarios, etc. Reunión con los padres al final de curso, donde se haga un balance del rendimiento obtenido y se oriente al alumno de cara al verano y al curso siguiente. Reuniones trimestrales con los padres a fin de informar sobre la evolución del alumno. Levantar actas de cada sesión de tutoría.

Corresponde al departamento de orientación, formación , evaluación e innovación educativa la colaboración con el equipo directivo en la elaboración del plan de orientación y acción tutorial y su inclusión en el presente proyecto educativo, así como contribuir al desarrollo de los mismos, planificando y promoviendo actuaciones dirigidas a hacer efectiva la prevención de la violencia, la mejora de la convivencia escolar, la mediación y la resolución pacífica de conflictos.

Cada profesor de especialidades instrumentales, con independencia de asumir

otro tipo de cargos, se configura como tutor o tutora de sus alumnos. Los alumnos que

por diferentes causas no estudien ninguna asignatura instrumental, se les asignará como

tutor a un profesor de alguna de las asignaturas que curse.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80.m del Reglamento aprobado

por el Decreto 361/2011, de 7 de Diciembre, el horario dedicado a las entrevistas con

los padres o representantes legales del alumnado se fijará de forma que posibilite la

asistencia de los mismos y, en todo caso, en sesión de tarde.

Los padres o tutores de los alumnos podrán solicitar una reunión de tutoría cuando lo

23

estimen conveniente.

11- Tutoría electrónica:

De conformidad con lo recogido en el artículo 16 del Decreto 285/2010, de 11

de mayo , los centros docentes y las familias intercambiarán información mediante la

utilización del Sistema de Información Séneca para apoyar el proceso de enseñanza y

aprendizaje del alumnado.

El plan de orientación y acción tutorial establecerá la organización de la tutoría

electrónica para facilitar la comunicación y coopeación con el alumnado o sus familias

en el proceso educativo.

Los tutores entregará en la dirección del centro ,antes de finalizar el curso, un

informe que recoja las reuniones de tutorías mantenidas ,con los puntos abordados en

cada una de ellas, firmados por los padres o tutores.

Las competencias de los tutores son las siguientes:

• Organizar y coordinar las sesiones de evaluación

• Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y acción

tutorial

• Conocer las aptitudes e intereses de cada alumno con objeto de orientarle en

su proceso de aprendizaje y toma de decisiones personales , académicas y

profesionales.

• Coordinar la intervención educativa del profesorado que compone el equipo

docente de cada alumno a su cargo.

• Organizar y presidir las reuniones del equipo docente y las sesiones de

evaluación de sus aslumnos.

• Coordinar el proceso de evaluación continua del alumnado y adoptar, junto

con el equipo docente, las decisiones que procedan acerca de la evaluación,

promoción y titulación del alumnado, de conformidad con la normativa que

resulte de aplicación.

• Cumplimentar la documentación personal y académica del alumnado a su

cargo.

• Informar al alumnado sobre el desarrollo de su aprendizaje, así como a sus

24

padres, madres o representantes legales así como del comportamiento escolar

y social en el centro de sus hijos o niños a su cargo.

• Implicar a los padres en las tareas educativas de sus hijos e hijas

• Facilitar la comunicación y la cooperación educativa entre el profesorado del

equipo docente y los padres o representantes legales del alumnado.Dicha

cooperación incluirá la atención a la tutoría electrónica.

• Mantener una relación permanente con los padres o representantes legales

del alumnado, a fin de facilitar el ejercicio de los derechos reconocidos en el

artículo 12 de Decreto 361/2011, de 7 de Diciembre.

• Facilitar la integración general del alumnado en el centro y fomentar su

participación en las actividades del conservatorio.

.Proponer a la jefatura del departamento de extensión cultural y promoción

artística, o en su defecto a la Jefatura de Estudios, la realización de actividades

de carácter cultural y artístico- musical.

• Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el plan de orientación y acción

tutorial del conservatorio o por Orden de la persona titular de la Consejería

Durante el primer trimestre, cada profesor concierta una reunión colectiva con

los padres y/o tutores de sus alumnos para comunicar los contenidos generales y los

específicos de cada instrumento. Asimismo se despejan las dudas más habituales y se

asientan las bases de la futura relación entre padres y profesorado.

Para que las tutorías cumplan su cometido de modo satisfactorio y eficaz, se

siguen, entre otras, las siguientes medidas:

1· Plan global de trabajo de curso.

2· Cumplimentar la hoja de asistencia de padres a la reunión inicial de tutoría y de las

posibles reuniones que se realizarán durante el curso.

3·Comunicar la utilidad y las funciones de la agenda escolar:

- Justificar las faltas de asistencia.

- Autorizar la salida de clase antes de finalizar.

25

- Autorizar la salida del Centro para asistir o participar en actividades complementarias

o extraescolares.

- Conocer las recomendaciones de estudio.

- Conocer los objetivos a conseguir en cada trimestre.

- Conocer el estudio o tarea que tendrá que realizar su hijo para la siguiente clase.

- Solicitar cita previa con sus profesores, o al contrario, los profesores con los padres.

- Enviar cualquier comunicación importante.

4· Criterios de evaluación y promoción.

5· Comunicar horario de tutoría y dar información sobre la tutoría electrónica.

6· Convivencia. Educación para el comportamiento de los alumnos en las zonas

comunes o específicas del Conservatorio. Compromisos educativos y de convivencia.

12- Plan de orientación.

El departamento de orientación, formación, evaluación e innovación educativa

realizará las siguientes funciones :

-Planificar y proponer actuaciones dirigidas a hacer efectiva la prevención de la

violencia, la mejora de la convivencia escolar, la mediación y la resolución pacífica de

los conflictos.

-Colaborar y asesorar a los departamentos de coordinación didáctica y al profesorado,

bajo la coordinación de la jefatura de estudios, en el desarrollo de las medidas de

atención a la diversidad del alumnado.

-Asesorar al alumnado sobre las opciones que ofrece el sistema educativo.

-Investigar sobre el uso de las buenas prácticas docentes existentes y trasladarlas a los

departamentos del conservatorio para su conocimiento y aplicación.

-Fomentar el trabajo cooperativo de los equipos docentes.

-Informar al profesorado sobre líneas de investigación didáctica innovadoras que se

estén llevando a cabo con respecto al currículo.

-Fomentar iniciativas entre los departamentos de coordinación didáctica que favorezcan

la elaboración de materiales curriculares.

-Proponer al equipo directivo y Claustro de Profesorado planes de mejora como

resultado de las evaluaciones llevadas a cabo en el conservatorio.

.

26

9- El procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia con las familias.

La familia o el tutor pueden solicitar la suscripción de un Compromiso de Convivencia para todos aquellos alumnos que hayan incumplido las normas de convivencia en algún momento, aunque no tendrá mucho sentido suscribirlo con quienes hayan cometido una falta leve de manera puntual, ni con aquellos que, aún habiéndoles aplicado otras medidas preventivas, no han querido cambiar su actitud, se muestran reincidentes, no manifiestan intención de mejorar o no hay colaboración alguna de la familia.

Como ya se dijo en el diagnóstico, no se ha dado el caso de tener alumnos

conflictivos ni el de tener que aplicar medidas disciplinarias. De cualquier manera, si se produjera algún caso conflictivo este sería el procedimiento a seguir:

1. El tutor dará traslado al director del conservatorio de cualquier propuesta de

compromiso de convivencia, con carácter previo a su suscripción, para que éste verifique el cumplimiento de las condiciones previstas en el plan de convivencia para la aplicación de esta medida. Una vez verificadas las condiciones, el director autorizará al tutor para que lo suscriba.

2. Una vez suscrito el compromiso de convivencia, el tutor dará traslado del mismo

al director del conservatorio, que lo comunicará a la Comisión de Convivencia. En el ANEXO I encontraremos el Modelo de Compromiso de Convivencia a seguir en el Conservatorio Elemental de Música de Antequera.

COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA

La comisión de convivencia la componen:

� La persona que ejerza la Dirección

� El titular de la Jefatura de estudios.

� Un padre miembro del Consejo Escolar

� El padre representante del AMPA en el Consejo Escolar.

� Dos alumnos del centro.

27

CALENDARIO DE REUNIONES DE LA COMISIÓN DE CONVIVENC IA

Además, si fueran necesarias, se prevén dos reuniones al año en las que la comisión de convivencia dará cuenta al Consejo Escolar del conservatorio de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas. La comisión de convivencia tendrá, al menos, tres reuniones anuales:

� Inicial en el primer trimestre.

� A mediados del segundo trimestre (para introducir modificaciones y propuestas de mejora).

� Después de la última, con la finalidad de realizar un balance.

COMPROMISO DE CONVIVENCIA: PLAN DE ACTUACIÓN

El plan de actuación de la Comisión de convivencia se llevará a cabo de acuerdo con las funciones que se le encomiendan desde el artículo 8, del Decreto 19/2007. Este plan de actuación requerirá:

1. Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la Comunidad Educativa para

mejorar la convivencia, el respeto mutuo, así como promover la cultura de paz y la resolución pacífica de los conflictos.

En este sentido el plan de convivencia se compromete a:

� Establecer vías de comunicación y participación adecuadas a las características

del centro.

� Ofrecer espacios y tiempos en los que los distintos sectores puedan dialogar. Este centro dispone, en la planta baja, de una sala acogedora y con plena disposición para este tipo de reuniones que podrían celebrarse los viernes por la tarde, día en que el conservatorio cuenta con menos confluencia de alumnos y es más propicio para el diálogo.

� Conocer, analizar y realizar propuestas de mejoras sobre los aspectos que no

favorezcan la convivencia, el respeto o la tolerancia.

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� Impulsar el trabajo sistemático en el aula y en las tutorías, de los contenidos actitudinales y transversales que eduquen al desarrollo personal. Esta tarea estará encaminada a la creación permanente de un aula pacífica que integrará cinco principios fundamentales:

a) Cooperación: Los alumnos aprenden a trabajar juntos, y a confiar, ayudar

y compartir.

b) Tolerancia: Aprenden a respetar y a apreciar las diferencias entre las personas y entender el prejuicio y cómo éste funciona.

c) Expresión positiva de las emociones: Aprenden a expresar sus

sentimientos, especialmente la ira-enfado y la frustración, encauzándolos de formas no agresivas ni destructivas; Asimismo aprenden autocontrol.

d) Resolución de conflictos: Los niños aprenden las habilidades de

responder creativamente a los conflictos en el contexto de una comunidad humanitaria y de apoyo.

e) Promover en los distintos órganos de gobierno, de participación y de coordinación docente el derecho y el deber de la convivencia, el respeto y la tolerancia como valores fundamentales.

� Fomentar actividades que inviten al análisis sobre estos valores y diseñar

estrategias que impulsen su desarrollo en el ámbito familiar y escolar.

� Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas del centro:

o Se harán públicos los derechos y deberes así como las normas de cada

uno de los sectores de dicha Comunidad para su pleno conocimiento. o Se llevará a cabo un currículo adecuado a las características del

alumnado, que respete la diversidad como medida habitual en el tratamiento de cualquier contenido, no desde el punto de vista de la segregación sino de la inclusión.

� Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas:

� Analizar focos de discriminación social y escolar, investigar sus causas y

establecer planes de acción.

29

� Impulsar metodologías pedagógicas que eduquen en la convivencia.

Para este y otros cometidos el conservatorio cuenta con un Equipo técnico de coordinación pedagógica integrado por el director, el jefe de estudios y los jefes de los distintos departamentos: instrumentos de cuerda frotada, guitarra, piano, clarinete y el de lenguaje musical y coro. En reuniones periódicas se analizan temas de esta índole junto a propuestas y sugerencias para una mejor coordinación y convivencia entre los alumnos y profesores.

• Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del

curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas impuestas.

• Realizar, por delegación del Consejo Escolar, el seguimiento del plan de convivencia y coordinación de medidas contenidas en el mismo. En este apartado se debe incluir el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el Centro. Se valorará la efectividad de los mismos y se propondrá la adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento, entre las que podrá contemplarse la anulación del mismo.

LA TUTORÍA COMPARTIDA

El Proyecto de Tutoría Compartida es una estrategia de acción tutorial adaptada, dirigida al alumno con problemas de disfunciones en la convivencia, desde una intervención continuada mediante técnicas de orientación personal, familiar, social y académico.

El proyecto consiste en asociar cada alumno o alumna a un profesor o profesora

con funciones de asesoramiento y orientación personalizada e individualizada. Este segundo tutor o tutora desarrollará esta función independientemente de otras funciones que tenga asignadas .

el de la

Para realizar el proyecto pueden mencionarse el uso del horario de guardia y/o

Jefatura de departamento, la entrega de notas conjunta con el tutor o tutora , etc.

El perfil del alumno al que va dirigido esta medida será aquel con dificultades para su integración en el centro bien por problemas especialmente graves de atención y aprendizaje, o con una acusada falta de disciplina, de respeto, de tolerancia y de actitudes para la convivencia pacífica. También se incluirán alumnos que presenten alguna discapacidad por minusvalía y requieran mayor atención pedagógica de la que le pueda prestar su tutor o tutora.

30

1. Objetivos:

� Abordar los problemas de conducta desde una perspectiva en la que prime más el proceso de gestión de conflictos que la aplicación de correcciones.

� Lograr la co-implicación de toda la comunidad educativa en los casos derivados

del alumno con déficit de atención, aprendizaje o integración socio afectiva.

� Beneficiar al resto del alumnado en su macha académica positiva que genera el proyecto y mejorar el clima del aula.

� Descargar de tareas al tutor o tutora.

2. Distribución de funciones:

� De los departamentos didácticos:

a) Elaborar un banco de materias curriculares que cumplan las características

siguientes: eficacia, accesibilidad y adaptación b) Orientar a los segundos tutores o tutoras sobre las adaptaciones curriculares.

� De los tutores:

a) Seguir manteniendo sus funciones tutórales b) para con el alumno con la complicidad del segundo tutor en la parte

disciplinaria. c) Presentar el proyecto a las familias del alumno seleccionado para participar en

él, así como facilitar el contacto con ellas. d) Lograr la implicación y participación positiva de su grupo en el desarrollo del

programa.

� De los segundos tutores o tutora:

a) Cumplimentar el cuadernillo de seguimiento, reflejando del trabajo de campo desarrollado con el alumno o alumna que se le asignó y registrando entrevistas individualizadas con alumnos o alumnas y/o padres o madres, incidencias, acumulación de bonificaciones, así como cualquier otra observación que estime conveniente.

b) Elaborar para las familias un informe resumen, al menos de carácter mensual con los aspectos más relevantes del seguimiento realizado, además del boletín oficial.

c) Intermediar, conciliar e intervenir en la resolución de los conflictos en los que esté involucrado su tutorando, participando en la adopción de medidas pedagógicas y disciplinarias.

3. Fases del proyecto:

31

FASE 1: SELECCIÓN DEL ALUMNADO

La selección del alumnado se realizará preferentemente durante el primer trimestre de cada curso escolar, entre los meses de septiembre y octubre, siguiendo las caracteriscas indicadas, en cuanto al perfil del alumnado al que va dirigida esta medida. Esto no impide que se pueda incluir un alumno/a en el Proyecto en cualquier momento del curso.

La solicitud de participación en el Proyecto de Tutoría Compartida se

realizará de forma voluntaria para el profesorado, el alumnado y las familias.

Lo emparejamientos se designaran por el elección del profesor o la profesora, por continuidad en el proyecto o por indicación del tutor o tutora.

Los segundos tutores o tutoras preparan los cuadernillos de seguimiento

de los alumnos/as que participen en el proyecto.

FASE 2: DESARROLLO DEL PROYECTO

El proyecto de desarrollará aplicando diez estrategias básicas Tutorías Compartidas:

1º Compromiso de Trabajo: El alumno/a firma un documento donde se

compromete a realizar los trabajos pactados con el Tutores.

2º Entrevistas con los Alumnos/as: Donde se fijan objetivo0s a corto y medio plazo, y se mejora los lazos afectivos entre profesor y alumno/a.

3º Entrevistas entre Padres y Madres: Se le comunican el seguimiento de cada

alumno/a.

4º Intermediación entre Conflictos: El segundo Tutor o Tutora actúa con técnicas de mediación y con el alumnado se procura la reflexión y Asunción de responsabilidades. El conflicto es considerado como una situación de aprendizaje más, y la capacidad para superarlo como un valor.

5º Informes: Cuando se estime conveniente, si es necesario de forma quincenal o

mensual se hace entrega a los padres y madres de un informe donde se recoge el grado de consecución de los objetivos previstos.

6º Bonificaciones Positivas o Negativas: Tipología de refuerzos + y -. La

acumulación de bonos positivos con lleva la ent4rega de un premio inmediato.

32

En el caso de los bonos negativos se procede a algún tipo de medida de corrección.

7º Tareas Adaptadas: Normalización Académica, se trata de comenzar con nivel

asequible que le haga adquirir un hábito de trabajo sostenible.

8º Bono de Invitación: Refuerzo a la participación del grupo mediante su participación en actividades motivadoras y concretas.

9º Tipología de Correcciones: Disposición de una variada batería de medidas

correctivas con finalidad didáctica como alternativa a la expulsión usada en caso excepcionales.

FASE 3: EVALUACIÓN

Los distintos cotutores o cotutoras deberán coordinarse con los respetivos tutores/as y con los equipos educativos, para establecer los criterios y los momentos de evaluación del alumnado seleccionado que participa en el proyecto de la Tutoría Compartida.

Asimismo, es necesario realizar el seguimiento y la evaluación del proyecto de

Tutoría Compartida e incluirlo en la revisión del Plan de Convivencia.

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ANEXO I COMPROMISO DE CONVIVENCIA

D./Dña. , representante legal del alumno/a , matriculado en este Conservatorio Elemental de Música de Antequera, en el curso escolar , en el curso de grado , en la especialidad de , y D./Dña. dicho alumno/a, se comprometen a:

COMPROMISOS QUE ADQUIERE LA FAMILIA

en calidad de tutor/a de

� Asistencia diaria y puntual del alumno/a al conservatorio. � Asistencia al centro con los materiales necesarios para las clases. � Colaboración para la realización de las tareas propuestas por el profesorado. � Colaboración con el conservatorio para la modificación de la conducta del

alumno/a y seguimiento de los cambios que se produzcan. � Entrevista mensual con el tutor del alumno. � Colaboración para mejorar la percepción por parte del alumno/a de lo que

representan los estudios de música en un conservatorio y la labor que desempeña el profesorado.

COMPROMISOS QUE ADQUIERE EL CONSERVATORIO

� Control diario e información inmediata a los representantes legales sobre la

ausencia del alumno/a. � Seguimiento de los cambios que se produzcan en su actitud e información a la

familia. � Aplicación de medidas preventivas para mejorar su actitud. � Entrevista entre el representante legal del alumno y el tutor con la periodicidad

establecida � Reintegración del alumno dentro de la Comunidad Educativa del conservatorio.

En Antequera, a de de

EL TUTOR LOS REPRESENTANTES LEGALES

Fdo.: Fdo.:

Vº Bº, EL DIRECTOR

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10.-Plan de convivencia

INTRODUCCIÓN

El Decreto 19/2007, de 23 de enero, por el que se adoptan medidas para la promoción de la cultura de paz y la mejora de la convivencia en los centros educativos sostenidos con fondos públicos, a excepción de los universitarios, establece un conjunto de actuaciones encaminadas a la mejor de la convivencia escolar.

El articulo 4 del mencionado Decreto 19/2007, de 23 de enero, dispone que los

centro educativos elaborarán u aprobarán un plan de convivencia en el que se incluirán las normas de convivencia, tanto generales del centro comp. Particulares de cada aula, y todas las medidas y actuaciones que desarrollarán éstos para prevenir, detectar, tratar y resolver los conflictos que pudieran plantearse, así como otras actuaciones para la formación de la comunidad educativa en esta materia.

Por otra parte, el Decreto 19/2007 establece en su artículo 16.3 que la

Administración educativa regulará mediante Orden los compromisos de convivencia entre el centro educativo y las familias del alumnado. Esta Orden para la Comunidad Autónoma de Andalucía es la de 18 de julio de 2007, por la que se regula el procedimiento para la elaboración y aprobación del plan de convivencia de los centros educativos sostenidos con fondos públicos, y la que ha servido de referencia para la elaboración del presente Plan de Convivencia del Conservatorio Elemental de Música de Antequera.

Este documento sirve para concretar la organización y el funcionamiento del

centro en relación con la convivencia y establecer las líneas generales del modelo de convivencia a adoptar en el centro, los objetivos específicos a alcanzar, las normas que lo regularán y las actuaciones a realizar en este ámbito para la consecución de los objetivos planteados.

OBJETIVOS

a) Facilitar a los órganos de gobierno y al profesorado instrumentos y recursos en

relación con la promoción de la cultura de paz, la prevención de la violencia y la mejora de la convivencia en el centro.

b) Concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa sobre la importancia de una

adecuada convivencia escolar y sobre los procedimientos para mejorarla. c) Fomentar en los centro educativos los valores, las actitudes y las prácticas que

permitan mejorar el grado de aceptación y cumplimiento de las normas y avanzar en el respeto a la diversidad y en el fomento de la igualad entre hombres y mujeres.

35

d) Facilitar la prevención, detección, tratamiento, seguimiento y resolución de los conflictos que pudieran plantearse en el centro, y aprender a utilizarlos como fuente de experiencia de aprendizaje.

e) Facilitar la prevención, detección y eliminación de todas las manifestaciones de

violencia, especialmente de la violencia de género y de las actitudes y comportamientos xenófobos y racistas.

f) Facilitar la mediación para la resolución pacífica de los conflictos.

DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE LA CONVIVENCIA

El Conservatorio Elemental de Música de Antequera es un centro público en el que se imparten enseñanzas musicales: piano, violín, viola, violonchelo, guitarra, clarinete, lenguaje musical y coro. Estas enseñanzas no son obligatorias y por ello se encuentran dentro de las Enseñanzas de Régimen Especial. Este hecho, el de ser unas enseñanzas optativas a las que se asiste por propia voluntad, y el hecho también de ser enseñanzas artísticas, dice mucho de las características del alumnado que encontramos en un conservatorio.

El número de alumnos supera los doscientos. Las edades de estos alumnos van

desde los ocho años hasta los quince en su gran mayoría.

Otra realidad del conservatorio es que hay un gran número de alumnos que proceden de los pueblos de alrededor. Este conjunto de alumnos supone alrededor del 20% del total de grado elemental y medio. Esto significa que, a la hora de realizar la organización del curso, debemos tener en cuenta especialmente la procedencia para la realización de los agrupamientos. Tener en cuenta este hecho facilita la integración de los alumnos en el conservatorio.

El Conservatorio Elemental de Música de Antequera se encuentra en el centro de

Antequera, en la calle Carreteros, nº 8. Se sitúa en la Casa de la Cultura, un edificio antiguo que pertenece al Ayuntamiento. Las clases del conservatorio se reparten por las tres plantas del edificio. La accesibilidad para personas con algún tipo de minusvalía no está contemplada en este tipo de construcción antigua. El horario lectivo del conservatorio es de tarde. Las clases se imparten de 16:00 a 21:00 horas.

La convivencia en el conservatorio es muy buena. Siempre lo ha sido. Es de

resaltar la comunicación existente entre todos los sectores de la comunidad educativa, así como la implicación creciente de los padres en los últimos años, implicándose en la convivencia, proponiendo actividades y tomando la iniciativa en cualquier asunto que suponga una mejora para el centro. Del mismo modo, los conflictos entre alumnos destacan por su ausencia, sin que se recuerde por parte de ningún padre o profesor de

36

más antigüedad que los hubiera habido en algún momento. Así pues, nunca se ha tenido que adoptar, en la historia del conservatorio, ninguna medida orientada a subsanar una situación conflictiva.

Nuestra relación con otros colegios, asociaciones, ayuntamiento, prensa... son

siempre cordiales y de mutuo apoyo. Es especial nuestra relación con el Ayuntamiento de Antequera, que colabora con nosotros en varias actividades anualmente y que permanece atento a nuestras necesidades. Siempre que hemos acudido a cualquier institución hemos tenido las puertas abiertas. Lo mismo ha ocurrido en sentido contrario.

NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO

Las normas de convivencia concretarán los derechos y deberes de los alumnos así como las medidas preventivas y correcciones que correspondan por las conductas contrarias a las citadas normas y cuyo incumplimiento será motivo de sanciones.

Las correcciones o sanciones que hayan de aplicarse tendrán un carácter

educativo y recuperador garantizando el respeto a los derechos del resto de los alumnos y procurarán la mejora de las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.

En las correcciones de los incumplimientos de las normas de convivencia no podrán imponerse correcciones contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del alumnado y deberá contribuir a la mejora de su proceso educativo.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS

Los derechos de los alumnos son:

a) A una formación integral que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.

b) A que se respete su conciencia cívica, moral y religiosa de acuerdo con la

Constitución.

c) A que el centro les facilite cuantas oportunidades y servicios educativos sean posible para que puedan desarrollarse física, moral y socialmente en condiciones de libertad y dignidad.

d) A la participación activa en la vida escolar y en la organización del Centro, en

los términos que marca la ley.

37

e) A la orientación educativa atendiendo a los problemas personales de aprendizaje y desarrollo de la personalidad.

f) A la utilización del mobiliario, de las instalaciones y material del Centro que

responderán a las máximas garantías de seguridad e higiene.

g) A formular ante los profesores y el Equipo Directivo cuantas iniciativas y reclamaciones estime oportunas, siguiendo los cauces reglamentarios.

h) A recibir información sobre los medios que la Administración pone a su

disposición.

i) A reunirse, con el conocimiento previo del Director o Jefe de Estudios, para tratar asuntos relativos a su actividad como alumnos.

j) A conocer el Reglamento de Organización y Funcionamiento.

k) A conocer las fechas y criterios de evaluación.

l) A tener delegado de clase que hagan de portavoces del grupo.

m) A ser informados de cuanto afecte a su proceso educativo.

n) A ser atendido en caso de accidente o enfermedad súbita.

o) A ser educados y tratados en un espíritu de comprensión, tolerancia y

convivencia democráticas.

p) A que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad.

q) Derecho a no ser discriminados por razón de nacimiento, sexo, raza, religión, .... o cualquier otra circunstancia personal o social.

r) Igualdad de oportunidades.

s) Derecho a percibir ayudas para compensar carencias de tipo familiar, económico

o sociocultural.

t) El alumnado tiene derecho al estudio y a participar en las actividades orientadas al desarrollo del currículo de las diferentes áreas, materias y especialidades.

u) Derecho a recibir orientación escolar y profesional para conseguir el máximo

desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones o intereses.

v) El alumnado tiene derecho a que sus actividad se desarrolle en las debidas

condiciones de seguridad e higiene.

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w) A elegir, mediante sufragio directo y secreto, a sus representantes en el Consejo Escolar

Los deberes de los alumnos son:

� Deber de estudiar, asistir a clase con puntualidad, cumplir y respetar los horarios, seguir las orientaciones del profesor y participar en las actividades orientadas al desarrollo del currículo de las diferentes áreas o materias.

� Tener interés por aprender.

� Conocer y respetar el R.O.F. cumpliendo su normativa.

� Tener un trato respetuoso con los profesores y con el personal no docente del

Centro.

� Acudir a clase limpios y aseados.

� Acudir puntualmente a las clases y demás actividades escolares.

� Respetar el edificio, material didáctico, instalaciones y mobiliario del colegio.

� Justificar las faltas de asistencia a clase, considerándose injustificadas aquéllas que no sean debidamente acreditadas.

� Respetar las convicciones morales, políticas y religiosas de toda la Comunidad

Escolar.

� No discriminar a nadie en razón de sus características especiales, de su sexo, de su raza, de su religión ni de su ideología.

� Respetar las pertenencias de los demás.

� Colaborar con el profesorado en aquellas misiones que se les encomiende y que

estén destinadas al mejor funcionamiento, orden y limpieza del Centro.

� Acudir a clase con el material necesario.

� Devolver los boletines de evaluación firmados por los padres o tutores en el tiempo que se establezca.

� No perturbar el orden ni la marcha de la clase.

� Contribuir a mantener la limpieza del centro haciendo uso de las papeleras

instaladas al respecto.

39

NORMAS DE CONVIVENCIA EN EL AULA

� Hay que estudiar con el instrumento y realizar las tareas que encargue el profesor.

� Los alumnos pueden entrar y salir de clase sólo cuando el profesor lo indique.

� No interrumpir al profesor ni a ningún compañero mientras está hablando.

� Hay que dirigirse al profesor con respeto, utilizando su nombre. En el caso de

los compañeros, no utilizaremos apodos ni nombres despectivos, sólo su nombre.

� Se respetará lo que digan los compañeros y no se discriminarán en cualquier

actividad (clase colectiva, excursión, convivencia, juegos... )

� Respetar la explicación del profesor y levantar la mano para preguntar.

� Durante la clase se evitará charlar, distraer o molestar a los compañeros, hacer ruidos, levantarnos de nuestra mesa, levantar la voz o tirarnos al suelo.

� No se podrá traer ningún objeto o material ajeno a la actividad que se vaya a

realizar en clase: pelota, juegos electrónicos, objetos punzantes...

� Todos deben de traer su material de estudio, tanto instrumentos como partituras, y respetar el material de los demás compañeros.

� Mantener en orden las clases, así como el resto de las dependencias,

manteniendo siempre el aula limpia.

� Respetar el derecho al estudio de los compañeros.

� No comer durante las clases.

40

DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE ALUMNOS Los derechos de los padres son:

� Elegir libremente a sus representantes en los órganos colegiados, y presentar sus

candidaturas a los mismos de acuerdo con la Ley.

� Que sus hijos o tutelados reciban la formación más completa que el Centro pueda proporcionarle.

� Que sus hijos reciban una educación conforme a los fines establecidos en la

Constitución.

� Ser informados de cualquier aspecto relacionado con la formación de su hijo.

� Ser oídos por el personal del centro al expresar las reclamaciones y sugerencias que crean oportunas.

� Conocer las respuestas a sus peticiones y las explicaciones sobre las mismas.

� Participar activamente en los Órganos Colegiados para los que fuesen elegidos y

en cuantas comisiones y equipos de trabajo, que no sean privativas de algún otro sector , se creen en el Centro, especialmente las relacionadas con las actividades extraescolares.

� Poder utilizar las dependencias del centro con fines educativos, siempre que no

suponga alteración del normal funcionamiento de la actividad docente y con el conocimiento previo de algún miembro del Equipo Directivo.

� En el caso de la APA, poder contar con un local determinado de uso propio

dentro del Conservatorio.

� La Junta Directiva de la APA se reunirá al menos tres veces en el Curso, con el Director del Centro, con el fin de estar informados y manifestar su opinión y ayuda sobre los asuntos generales que afectan al Conservatorio.

� Derecho a reunión, cuyo derecho se facilitará de acuerdo con la legislación

vigente y teniendo en cuenta el normal desarrollo de las actividades docente.

41

Los deberes de los padres son:

� Conocer y cumplir el ROF.

� Asumir las Normas de Convivencia del Centro y colaborar para que sus hijos también las asuman y respeten.

� Colaborar para la creación de un ambiente de convivencia positivo entre todos

los miembros de la Comunidad Educativa.

� Respetar las funciones que son propias y exclusivas del resto de estamentos de la organización escolar.

� Cooperar constructivamente con el Centro en todo lo que este relacionado con la

formación de sus hijos/as.

� Proporcionar a sus hijos, en la medida de lo posible, el material necesario para que la labor educativa sea eficiente.

� Responder a las citaciones, requerimientos y sugerencias que se les haga en

relación con la instrucción y educación de sus hijos.

� Procurar que sus hijos asistan a clase puntualmente y con el debido aseo.

� Respetar el horario establecido para entrevistas con el Equipo Directivo o los profesores-tutores.

� Justificar mediante volante medico que no hay peligro de contagio, después de

una enfermedad contraída por sus hijos..

� Los padres y madres de los alumnos no podrán permanecer en el Centro en horario lectivo, respetando los horarios de tutoría de cada profesor, concertada ésta previa cita. (Punto insertado en la Revisión del R.O.F. por el Consejo Escolar en su reunión Ordinaria del día 5 de febrero de 2.004)

� Abstenerse de visitar a sus hijos y al profesor tutor durante la jornada lectiva,

salvo causa de fuerza mayor.

� No desautorizar la acción de los profesores en presencia de sus hijos

� Justificar documentalmente, en caso de separación judicial, a quién corresponde la guardia y custodia de los hijos.

� Conocer las calificaciones de sus hijos y firmar los boletines correspondientes.

� Facilitar las obligaciones de sus hijos con respecto al Centro.

42

� Poner un horario de estudio a los hijos y procurarles un lugar para estudiar.

� Estimular a sus hijos en el respeto a los profesores y demás personal del Centro. Cuidado del Centro, sus medios e instalaciones.

� Mantener las reuniones y entrevistas que procedan con los profesores-tutores de

sus hijos, dentro del día y hora previstos.

� Recoger personalmente o mediante persona autorizada a los alumnos que deban ausentarse del Centro en horario escolar y que sean menores.

CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVEN CIA Y SU CORRECCIÓN

Las correcciones o sanciones que hayan de aplicarse tendrán un carácter educativo y recuperador garantizando el respeto a los derechos del resto de los alumnos y procurarán la mejora de las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.

En las correcciones de los incumplimientos de las normas de convivencia no

podrán imponerse correcciones contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del alumnado y deberá contribuir a la mejora de su proceso educativo.

Asimismo la imposición de correcciones deberá tener en cuenta la edad del alumno

y sus circunstancias personales, familiares y sociales. Existirá una gradación de las correcciones, así como circunstancias que atenúan la responsabilidad y otras que la agravan.

1. Se consideran circunstancias atenuantes:

a) El reconocimiento de la conducta incorrecta.

b) La falta de intencionalidad.

c) Reparación espontánea del daño producido.

2. Se consideran circunstancias agravantes:

a) La premeditación.

b) La reiteración.

c) Causar daño, injuria u ofensa a los compañeros y compañeras.

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d) Cualquier acto que atente contra el derecho sobre la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, nivel social, convicciones políticas o religiosas así como discapacidades físicas o psíquicas.

e) La incitación o estímulo a la actuación colectiva lesiva de los derechos de demás

miembros de la comunidad educativa. Podrán corregirse los actos contrarios a las Normas de Convivencia del conservatorio realizados por los alumnos tanto en horario lectivo como en el dedicado a la realización de actividades extraescolares o complementarias.

CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVEN CIA Y SU CORRECCIÓN

1. Los actos de indisciplina, injuria u ofensa grave contra los miembros de la Comunidad Educativa.

2. La reiteración, en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las Normas

de Convivencia.

3. La agresión física o moral contra los demás miembros de la Comunidad Educativa.

4. La suplantación de personalidad en los actos de la vida docente y la falsificación

o sustracción de documentos académicos.

5. Los daños graves causados por uso indebido o intencionado en los locales, material o documentos del centro o de otros miembros de la Comunidad Educativa.

6. Los actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las

actividades del centro.

7. Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la Comunidad Educativa o la intención a las mismas.

8. El incumplimiento de las sanciones impuestas.

9. Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad

educativa

10. La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia del Centro.

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11. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el conservatorio prescribirán a los dos meses contados a partir de la fecha de su comisión.

Estas conductas gravemente perjudiciales para la convivencia no podrán corregirse

sin la previa instrucción de un expediente disciplinario, que tras la recogida de la necesaria información, acuerde el director del conservatorio, bien por su propia iniciativa o bien a propuesta del Consejo Escolar del centro. Al iniciarse el procedimiento o en cualquier momento de su instrucción, el director, por decisión propia o a propuesta del instructor del expediente, podrá adoptar las medidas provisionales que estime convenientes. Estas medidas podrán consistir en el cambio temporal de grupo o en la suspensión del derecho de asistencia al centro o a determinadas clases o actividades por un período que no será superior a cinco días. Estas medidas provisionales serán comunicadas al Consejo Escolar, que podrá revocarlas en cualquier momento.

Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el conservatorio podrán corregirse con:

a) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades

del centro o a reparar el daño causado. Estas tareas deberán realizarse en horario no lectivo.

b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares.

c) Cambio de grupo.

El procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia con las familias.

La familia o el tutor pueden solicitar la suscripción de un Compromiso de Convivencia para todos aquellos alumnos que hayan incumplido las normas de convivencia en algún momento, aunque no tendrá mucho sentido suscribirlo con quienes hayan cometido una falta leve de manera puntual, ni con aquellos que, aún habiéndoles aplicado otras medidas preventivas, no han querido cambiar su actitud, se muestran reincidentes, no manifiestan intención de mejorar o no hay colaboración alguna de la familia.

Como ya se dijo en el diagnóstico, no se ha dado el caso de tener alumnos

conflictivos ni el de tener que aplicar medidas disciplinarias. De cualquier manera, si se produjera algún caso conflictivo este sería el procedimiento a seguir:

3. El tutor dará traslado al director del conservatorio de cualquier propuesta de

compromiso de convivencia, con carácter previo a su suscripción, para que éste verifique el cumplimiento de las condiciones previstas en el plan de convivencia para la aplicación de esta medida. Una vez verificadas las condiciones, el director autorizará al tutor para que lo suscriba.

45

4. Una vez suscrito el compromiso de convivencia, el tutor dará traslado del mismo al director del conservatorio, que lo comunicará a la Comisión de Convivencia.

En el ANEXO I encontraremos el Modelo de Compromiso de Convivencia a seguir en el Conservatorio Elemental de Música de Antequera.

COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA

La comisión de convivencia la componen:

� El director o directora

� El/la jefe de estudios.

� Un padre miembro del Consejo Escolar

� El padre representante del APA en el Consejo Escolar.

� Dos alumnos del centro.

CALENDARIO DE REUNIONES DE LA COMISIÓN DE CONVIVENC IA

La comisión de convivencia tendrá, al menos, tres reuniones anuales:

Además, si fueran necesarias, se prevén dos reuniones al año en las que la comisión de convivencia dará cuenta al Consejo Escolar del conservatorio de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas:

� A mediados del segundo trimestre (para introducir modificaciones y propuestas

de mejora).

� Después de la última, con la finalidad de realizar un balance. COMPROMISO DE CONVIVENCIA: PLAN DE ACTUACIÓN

El plan de actuación de la Comisión de convivencia se llevará a cabo de acuerdo con las funciones que se le encomiendan desde el artículo 8, del Decreto 19/2007. Este plan de actuación requerirá:

46

2. Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la Comunidad Educativa para mejorar la convivencia, el respeto mutuo, así como promover la cultura de paz y la resolución pacífica de los conflictos.

En este sentido el plan de convivencia se compromete a:

� Establecer vías de comunicación y participación adecuadas a las características

del centro.

� Ofrecer espacios y tiempos en los que los distintos sectores puedan dialogar. Este centro dispone, en la planta baja, de una sala acogedora y con plena disposición para este tipo de reuniones que podrían celebrarse los viernes por la tarde, día en que el conservatorio cuenta con menos confluencia de alumnos y es más propicio para el diálogo.

� Conocer, analizar y realizar propuestas de mejoras sobre los aspectos que no

favorezcan la convivencia, el respeto o la tolerancia.

� Impulsar el trabajo sistemático en el aula y en las tutorías, de los contenidos actitudinales y transversales que eduquen al desarrollo personal. Esta tarea estará encaminada a la creación permanente de un aula pacífica que integrará cinco principios fundamentales:

a) Cooperación: Los alumnos aprenden a trabajar juntos, y a confiar, ayudar

y compartir.

b) Tolerancia: Aprenden a respetar y a apreciar las diferencias entre las personas y entender el prejuicio y cómo éste funciona.

c) Expresión positiva de las emociones: Aprenden a expresar sus

sentimientos, especialmente la ira-enfado y la frustración, encauzándolos de formas no agresivas ni destructivas; Asimismo aprenden autocontrol.

d) Resolución de conflictos: Los niños aprenden las habilidades de

responder creativamente a los conflictos en el contexto de una comunidad humanitaria y de apoyo.

e) Promover en los distintos órganos de gobierno, de participación y de coordinación docente el derecho y el deber de la convivencia, el respeto y la tolerancia como valores fundamentales.

� Fomentar actividades que inviten al análisis sobre estos valores y diseñar

estrategias que impulsen su desarrollo en el ámbito familiar y escolar.

47

� Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas del centro:

o Se harán públicos los derechos y deberes así como las normas de cada

uno de los sectores de dicha Comunidad para su pleno conocimiento. o Se llevará a cabo un currículo adecuado a las características del

alumnado, que respete la diversidad como medida habitual en el tratamiento de cualquier contenido, no desde el punto de vista de la segregación sino de la inclusión.

� Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas:

� Analizar focos de discriminación social y escolar, investigar sus causas y

establecer planes de acción.

� Impulsar metodologías pedagógicas que eduquen en la convivencia.

Para este y otros cometidos el conservatorio cuenta con un Equipo técnico de coordinación pedagógica integrado por el director, el jefe de estudios y los jefes de los distintos departamentos: instrumentos de cuerda frotada, guitarra, piano, clarinete y el de lenguaje musical y coro. En reuniones periódicas se analizan temas de esta índole junto a propuestas y sugerencias para una mejor coordinación y convivencia entre los alumnos y profesores.

• Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del

curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas impuestas.

• Realizar, por delegación del Consejo Escolar, el seguimiento del plan de convivencia y coordinación de medidas contenidas en el mismo. En este apartado se debe incluir el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el Centro. Se valorará la efectividad de los mismos y se propondrá la adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento, entre las que podrá contemplarse la anulación del mismo.

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LA TUTORÍA COMPARTIDA El Proyecto de Tutoría Compartida es una estrategia de acción tutorial adaptada, dirigida al alumno con problemas de disfunciones en la convivencia, desde una intervención continuada mediante técnicas de orientación personal, familiar, social y académico.

El proyecto consiste en asociar cada alumno o alumna a un profesor o profesora

con funciones de asesoramiento y orientación personalizada e individualizada. Este segundo tutor o tutora desarrollará esta función independientemente de otras funciones que tenga asignadas .

de la

Para realizar el proyecto pueden mencionarse el uso del horario de guardia y/o el

Jefatura de departamento, la entrega de notas conjunta con el tutor o tutora , etc.

El perfil del alumno al que va dirigido esta medida será aquel con dificultades para su integración en el centro bien por problemas especialmente graves de atención y aprendizaje, o con una acusada falta de disciplina, de respeto, de tolerancia y de actitudes para la convivencia pacífica. También se incluirán alumnos que presenten alguna discapacidad por minusvalía y requieran mayor atención pedagógica de la que le pueda prestar su tutor o tutora.

2. Objetivos:

� Abordar los problemas de conducta desde una perspectiva en la que prime más

el proceso de gestión de conflictos que la aplicación de correcciones.

� Lograr la co-implicación de toda la comunidad educativa en los casos derivados del alumno con déficit de atención, aprendizaje o integración socio afectiva.

� Beneficiar al resto del alumnado en su macha académica positiva que genera el

proyecto y mejorar el clima del aula.

� Descargar de tareas al tutor o tutora. 3. Distribución de funciones:

� De los departamentos didácticos:

c) Elaborar un banco de materias curriculares que cumplan las características

siguientes: eficacia, accesibilidad y adaptación d) Orientar a los segundos tutores o tutoras sobre las adaptaciones curriculares.

� De los tutores:

e) Seguir manteniendo sus funciones tutórales f) para con el alumno con la complicidad del segundo tutor en la parte

disciplinaria.

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g) Presentar el proyecto a las familias del alumno seleccionado para participar en él, así como facilitar el contacto con ellas.

h) Lograr la implicación y participación positiva de su grupo en el desarrollo del programa.

� De los segundos tutores o tutora:

d) Cumplimentar el cuadernillo de seguimiento, reflejando del trabajo de campo

desarrollado con el alumno o alumna que se le asignó y registrando entrevistas individualizadas con alumnos o alumnas y/o padres o madres, incidencias, acumulación de bonificaciones, así como cualquier otra observación que estime conveniente.

e) Elaborar para las familias un informe resumen, al menos de carácter mensual con los aspectos más relevantes del seguimiento realizado, además del boletín oficial.

f) Intermediar, conciliar e intervenir en la resolución de los conflictos en los que esté involucrado su tutorando, participando en la adopción de medidas pedagógicas y disciplinarias.

4. Fases del proyecto:

FASE 1: SELECCIÓN DEL ALUMNADO

La selección del alumnado se realizará preferentemente durante el primer trimestre de cada curso escolar, entre los meses de septiembre y octubre, siguiendo las caracteriscas indicadas, en cuanto al perfil del alumnado al que va dirigida esta medida. Esto no impide que se pueda incluir un alumno/a en el Proyecto en cualquier momento del curso.

La solicitud de participación en el Proyecto de Tutoría Compartida se

realizará de forma voluntaria para el profesorado, el alumnado y las familias.

Lo emparejamientos se designaran por el elección del profesor o la profesora, por continuidad en el proyecto o por indicación del tutor o tutora.

Los segundos tutores o tutoras preparan los cuadernillos de seguimiento

de los alumnos/as que participen en el proyecto.

FASE 2: DESARROLLO DEL PROYECTO

El proyecto de desarrollará aplicando diez estrategias básicas Tutorías Compartidas:

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10ºCompromiso de Trabajo: El alumno/a firma un documento donde se compromete a realizar los trabajos pactados con el Tutores.

11ºEntrevistas con los Alumnos/as: Donde se fijan objetivo0s a corto y medio

plazo, y se mejora los lazos afectivos entre profesor y alumno/a.

12ºEntrevistas entre Padres y Madres: Se le comunican el seguimiento de cada alumno/a.

13ºIntermediación entre Conflictos: El segundo Tutor o Tutora actúa con técnicas

de mediación y con el alumnado se procura la reflexión y Asunción de responsabilidades. El conflicto es considerado como una situación de aprendizaje más, y la capacidad para superarlo como un valor.

14ºInformes: Cuando se estime conveniente, si es necesario de forma quincenal o

mensual se hace entrega a los padres y madres de un informe donde se recoge el grado de consecución de los objetivos previstos.

15ºBonificaciones Positivas o Negativas: Tipología de refuerzos + y -. La

acumulación de bonos positivos con lleva la ent4rega de un premio inmediato. En el caso de los bonos negativos se procede a algún tipo de medida de corrección.

16ºTareas Adaptadas: Normalización Académica, se trata de comenzar con nivel

asequible que le haga adquirir un hábito de trabajo sostenible.

17ºBono de Invitación: Refuerzo a la participación del grupo mediante su participación en actividades motivadoras y concretas.

18ºTipología de Correcciones: Disposición de una variada batería de medidas

correctivas con finalidad didáctica como alternativa a la expulsión usada en caso excepcionales.

FASE 3: EVALUACIÓN

Los distintos cotutores o cotutoras deberán coordinarse con los respetivos tutores/as y con los equipos educativos, para establecer los criterios y los momentos de evaluación del alumnado seleccionado que participa en el proyecto de la Tutoría Compartida.

Asimismo, es necesario realizar el seguimiento y la evaluación del proyecto de

Tutoría Compartida e incluirlo en la revisión del Plan de Convivencia.

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ANEXO I COMPROMISO DE CONVIVENCIA

D./Dña. , representante legal del alumno/a , matriculado en este Conservatorio Elemental de Música de Antequera, en el curso escolar , en el curso de grado , en la especialidad de , y D./Dña. dicho alumno/a, se comprometen a:

COMPROMISOS QUE ADQUIERE LA FAMILIA

en calidad de tutor/a de

� Asistencia diaria y puntual del alumno/a al conservatorio. � Asistencia al centro con los materiales necesarios para las clases. � Colaboración para la realización de las tareas propuestas por el profesorado. � Colaboración con el conservatorio para la modificación de la conducta del

alumno/a y seguimiento de los cambios que se produzcan. � Entrevista mensual con el tutor del alumno. � Colaboración para mejorar la percepción por parte del alumno/a de lo que

representan los estudios de música en un conservatorio y la labor que desempeña el profesorado.

COMPROMISOS QUE ADQUIERE EL CONSERVATORIO

� Control diario e información inmediata a los representantes legales sobre la

ausencia del alumno/a. � Seguimiento de los cambios que se produzcan en su actitud e información a la

familia. � Aplicación de medidas preventivas para mejorar su actitud. � Entrevista entre el representante legal del alumno y el tutor con la periodicidad

establecida � Reintegración del alumno dentro de la Comunidad Educativa del conservatorio.

En Antequera, a de de

EL TUTOR LOS REPRESENTANTES LEGALES

Fdo.: Fdo.:

Vº Bº, EL DIRECTOR Fdo

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11- Plan de formación del profesorado.

Según el decreto 361/2011, de 7 d diciembre, constituye un deber del

profesorado la participación en las actividades formativas programadas por el

conservatorio como consecuencia de los resultados de la autoevaluación o de las

evaluaciones internas o externas que se realicen.

La formación permanente constituye un derecho y un deber del profesorado.

Desde el equipo directivo y el departamento de formación ,orientación evaluación e

innovación educativa se impulsa y apoya al profesorado a que se implique en grupos de

trabajo, proyectos de innovación, investigación y experimentación educativa, así como

en los distintos planes de mejora y en cuantas iniciativas de formación se pongan en

marcha.

Al finalizar cada curso escolar se deberá realizar un diagnóstico de las

necesidades que se desprenden de los planes de evaluación desarrollados. Una vez

descubiertas se propondrá para el siguiente curso las actividades formativas y los

diferentes cursos a nuestro Centro Profesorado de referencia. Estas actividades serán

previamente diseñadas por el equipo docente para su mayor aceptación.

Individualmente el profesorado del conservatorio podrá participar en cursos on-line y

otras actividades formativas.,organizadas por otros centros y por centros de profesorado

de otras zonas, siempre que no perjudique el normal funcionamiento del horario del

conservatorio.

Al existir un departamento D.A.C.E. , que se ocupa de la formación , el plan de

formación desarrollado se encuentra en el Proyecto Educativo , junto con las

programaciones del resto de departamentos.

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12- Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los

objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar.

Dada la heterogeneidad del alumnado del Conservatorio Elemental de Música de Antequera, que tiene en sus aulas alumnos pertenecientes a Antequera y a toda la comarca, se procurará establecer por parte del jefe de estudios un horario que tenga en cuenta la procedencia de los alumnos, de modo que todos aquellos que procedan de un mismo pueblo tengan sus clases de grupo e individuales los mismos días de la semana para así facilitar sus desplazamientos.

Asimismo, para los alumnos procedentes de los pueblos, se establecerá a la hora

de confeccionar los horarios un orden de prioridad que dará preferencia a los alumnos cuyo lugar de residencia sea más lejano sobre aquellos que vivan más cerca.

Por último y a petición del AMPA y del Consejo Escolar, se establecerá en el

horario lectivo dos días de clase para un mismo grupo de alumnos, que no podrán ser consecutivos .Con ello, se pretende evitar el abandono escolar y la pérdida de tiempo en los desplazamientos para los alumnos del centro y los padres que han de traerlos, sobre todo los procedentes de los pueblos, permitiéndoles mayor tiempo para la tarea de la casa y la asistencia a otras actividades.

PLAN DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES.

1-INTRODUCCIÓN

Las actividades han de estar encaminadas a colaborar con la educación general a la formación integral del alumno como persona y como ciudadano

El objetivo fundamental de nuestra tarea es contribuir al pleno desarrollo de la

personalidad. Para conseguir este fin, las actividades lectivas deben completarse con otras que desarrollen aspectos no incluidos en los currículos. Convencidos de la importancia de estas actividades ya que contribuyen a mejorar la calidad educativa .

En este centro con diferentes horarios y procedencias de alumnos, las actividades complementarias y extraescolares adquieren una complejidad que hace que las tareas de coordinación y organización sean imprescindibles.

Los profesores hacen un gran esfuerzo en este sentido, sin tener más

compensación que su propia satisfacción como profesionales de la enseñanza

Es tarea de los profesores del conservatorio complementar el trabajo de sus educadores de enseñanzas obligatorios y ayudarlos en su formación, orientarles para que encuentren su camino y elaboren su proyecto de vida, posibilitándolos el ejercicio de su libertad para que aprendan a tomarse en serio el compromiso de la responsabilidad.

54

No existe una sola forma de aprendizaje de la libertad a través del lenguaje, sino que se dan también otros modos de aprendizaje no verbales, esencialmente prácticos, que influyen en los jóvenes de manera decisiva porque envían mensajes más intensos y duraderos y hacen brotar intuiciones e iniciativas creativas dentro de ellos.

El elemento de diversión no debe ser el único que lleve a la realización de las

Actividades Complementarias. Es posible por eso educar a los alumnos y a las alumnas para conocer por que realizan una determinada actividad, a programarla y seleccionarla en función de sus capacidades, interés y finalidades, y a evaluar el rendimiento obtenido. Los conciertos, intercambios, estudio y disfrute del patrimonio cultural, artístico, histórico y social y en general un empleo constructivo del ocio, van apareciendo ante los alumnos no ya como un juego, sino como un fenómeno cultural con implicaciones, sociológicas, culturales y estéticas, un fenómeno que han de ser capaces de valorar críticamente, asumiendo las responsabilidades que suponen su conservación y mejora, apreciando como fuente de disfrute y utilizándolo como recurso para el desarrollo individual y colectivo. Con ellas se pretende que consigan:

Relacionarse con otras personas y participar en actividades de grupo con actitudes solidarias y tolerantes, rechazando cualquier discriminación basada en diferencias de raza, sexo, clase social, creencias y otras características individuales y sociales

Analizar los mecanismos y valores que rigen la sociedad con su funcionamiento, en especial los relativos a los derechos y deberes de los ciudadanos, y adoptar juicios y actitudes personales con respecto a ellos.

Conocer las creencias, actitudes y valores básicos de nuestra tradición y patrimonio cultural, valorando críticamente y elegir aquellas opciones que mejor favorezcan su desarrollo integral como personas.

Para que este plan se pueda llevar a cabo es precisa la participación de los distintos miembros de la comunidad escolar y de la administración educativa. También hay que propiciar la participación de instituciones, organizaciones y empresas que sin ánimo de lucro, puedan colaborar.

2. OBJETIVOS

La Jefatura de Estudios será el encargado de diseñar, organizar, coordinar y

llevar a cabo todas las actividades complementarias y extraescolares del Conservatorio; así como coordinar los espacios para la realización de estas actividades; elaborar programas y carteles, organizar el acto, etc.

.E DUCACION PARA LA CONVIVENCIA Adquirir habilidades sociales de convivencia en grupo, aceptación de normas y

urbanidad. Favorecer la integración en el grupo, en el centro, con el entorno etc. Fomentar el ocio activo y la utilización apropiada del tiempo libre

55

.F ORMACION CULTURAL. Entender la cultura como un todo que englobe la formación científica,

humanística y artística, integrándolas e interrelacionándolas. Fomentar una actitud abierta y crítica ante los avances tecnológicos

3-METODO DE ACTUACION A SEGUIR.

A-TEMPORALIZACIÓN.

.Las actividades deberán tener un carácter cultural y/o complementario de las

programaciones. .Estarán dirigidas tanto a los alumnos sus familiares y a todas aquellas personas

de Antequera y su comarca. .Cualquier actividad que se organice durante el curso debe estar recogida en el

Plan de Centro y aprobada por el Consejo Escolar. Para proceder a su aprobación deberá presentarse una programación de la misma

y/ o en qué actividades participarán los alumnos. Así mismo se indicará el nivel de estos y la fecha de realización

Por tanto, es imprescindible programar al principio de curso todas las actividades que piensen realizar salvo en casos especiales.

La persona que ejerza la jefatura de estudios recogerá las propuestas de

actividades de los distintos departamentos y junto con los distintos jefes de departamentos realizaran el calendario y actividades definitivas que se llevaran a cabo en el presente curso.

Cuando una actividad no ocupe toda la jornada lectiva, los alumnos deben asistir

a las clases previas y/o posteriores. Esta información debe estar claramente expuesta en los distintos medios de comunicación a alumnos y profesores (tablón, impresos, etc).

B-OBLIGATORIEDAD EN LA ASISTENCIA.

Las actividades extraescolares y las complementarias que se realicen fuera del

horario lectivo no serán obligatorias para los alumnos y tendrán carácter voluntario para el profesorado en general, pero su realización será obligatoria para los profesores que la programaron. Las actividades complementarias en horario lectivo son obligatorias para los alumnos y los profesores; si no asiste, deberá presentar justificante de su ausencia, como en cualquier otra circunstancia.

Los alumnos que salgan del Centro para la realización de actividades extraescolares deberán haber entregado al profesor o profesores encargados de las mismas una autorización firmada por sus padres o tutores.

En Jefatura de Estudios se custodiarán dichas autorizaciones, junto con una relación nominal de alumnos asistentes

56

Se pide a los profesores que se comprometan con sus alumnos para que asistan a las actividades programadas (conferencias, etc), por ejemplo, haciendo que su presencia sea de algún modo evaluable

C-PROFESORES ACOMPAÑANTES.

Los profesores que participen en una salida, deben dejar actividades

programadas para los grupos a los que no podrán dar clase.

Los que no participen en una actividad concreta atenderán en sus horas lectivas a los alumnos que han quedado sin profesor, según programe la Jefatura de Estudios.

En las actividades en el centro participarán los profesores que en ese momento

tengan clase con los grupos afectados. Si algún otro profesor quisiera asistir, debe asegurarse de que sus tareas quedan perfectamente atendidas y contar con la autorización de Jefatura de Estudios.

En las salidas fuera del centro irán como mínimo dos profesores, para que se

pueda intervenir ante cualquier contingencia. Cuando las circunstancias así lo aconsejen, podría autorizarse una ratio inferior, pero, normalmente, se establece la siguiente:

Un profesor por 15 alumnos

Estos profesores deben impartir clase en dichos grupos o ser sus tutores. Si no se

consiguiera reclutar el número necesario para cubrir de manera óptima dicha actividad nos veremos obligados a suspenderla.

D-CONTINUACIÓN DE LAS CLASES.

Si el número de participantes en la actividad es igual o superior al 75% del grupo

,se suspenderán las clases. E- ORGANIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD.

En cada propuesta de actividad deben recogerse los siguientes puntos:

.Objetivos que se pretendan conseguir.

.Fechas y horas de la actividad y si es fuera del Centro horas de salida y llegada aproximadas.

.Nivel o grupos a los que va dirigida (en general, se programarán para un grupo completo; sólo en casos excepcionales se destinarán a sólo una parte del mismo ).

Todas las actividades complementarias deben ser comunicadas a la Jefatura de

Estudios con al menos diez días lectivos de antelación. Las actividades se anunciarán en el calendario del tablón de informativo, por correo electrónico y/o notificaciones en los

57

respectivos casilleros .A los padres y/o tutores de los alumnos se les informará por las diferentes vías de que dispone el Centro, incluyendo la agenda escolar, el sistema Séneca, y la página Web del conservatorio.

4. MEDIOS DE COMUNICACIÓN.

Se trasladará a los medios de comunicación toda aquella información que pueda ser interesante y que previamente será consensuada con la dirección.

5- MEMORIA DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y

EXTRAESCOLARES. Desde la Jefatura de Estudios se realizará un breve proyecto donde se

temporalicen las acciones a llevar a cabo. Realizar una memoria pormenorizada de final de curso donde se refleje el

trabajo realizado, los logros conseguidos, los aspectos no logrados y las necesidades detectadas. Esta memoria será revisada por el Departamento de de formación, orientación, evaluación e innovación educativa.

58

6- ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES QUE SE REALIZAN:

- Audiciones trimestrales por los alumnos de los distintos Departamentos. -Actividades para celebrar Santa Cecilia: conciertos, talleres, etc

-Actividad “Villancicos en la calle”: Alumnos y padres interpretan con voz e instrumentos los villancicos más populares en una de las calles de Antequera .A esta actividad se suma un mensaje de felicitación por parte del conservatorio.

Conjuntamente se persigue una campaña de información de cara a las preinscripciones de Marzo, por lo que es importante que las letras de las canciones que se repartan vayan acompañadas de la información necesaria sobre la fecha de las preinscripciones y el teléfono, dirección y correo del conservatorio

-Cursos de perfeccionamiento de instrumento dirigidos a alumnos.

- Concierto de Navidad . Alumnos de todas las especialidades tocarán un concierto que finalizará con la interpretación de villancicos por parte del coro y la orquesta.

- Actividades para promocionar el conservatorio durante el mes de Abril.

-Concurso de guitarra “Ciudad de Antequera,”para alumnos de enseñanzas básicas, y primer ciclo de enseñanzas profesionales.

- Ciclo de conciertos de “Música Viva”: Se celebran durante las dos primeras semanas del mes de Junio y en ellas se ofrecen una serie de conciertos interpretados por músicos consagrados para todos los públicos. Además se brinda la posibilidad de que abran estos conciertos antiguos alumnos del conservatorio que ya poseen un nivel elevado en la práctica del instrumento.

-Concierto fin de curso Alumnos de todas las especialidades clausuran el curso académico con un concierto.

-Actividades de colaboración con las diversas entidades y organizaciones

musicales de Antequera y comarca, tales como la Escuela de Música, la “ Banda de

Música””, la joven orquesta “El Efebo” –constituida por antiguos alumnos del

59

Conservatorio-, así como las corales de “San Sebastián”, “Mª Inmaculada” y “ Ciudad

de Antequera”, La Salle” y el “coro infantil de La Salle.”

13- Los procedimientos de evaluación interna

El Decreto 361/2011, de 7 de diciembre establece que la Agencia Andaluza de

Evaluación Educativa elaborará y desarrollará planes de evaluación de los

conservatorios elementales y profesionales de míusica.

La evaluación del centro deberá tener en cuenta las conclusiones obtenidas en

las anteriores evaluaciones, y los resultados de la autoevaluación, así como las

situaciones socioeconómicas y culturales de las familias y el alumnado que acogen, el

municipio del propio centro y los recursos de que disponen.

Los centros realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los

programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los

resultados del alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la

prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la inspección

educativa.

El resultado de este proceso se plasmará en una memoria de autoevaluación que

, una vez aprobada, será incluída en el sistema de Información Séneca antes del 15 de

julio de cada año.

Para el desarrollo del proceso de autoevaluación se utilizarán los indicadores que

, a tal efecto, establezca la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, así como los

indicadores de calidad que determine el departamento de orientación ,formación,

evaluación e innovación educativa, de conformidad con el artículo 27.2 del Reglamento

aprobado por el Decreto 361/2011, de 7 de diciembre.

Los plazos para la realización de la medición de los indicadores de calidad por

parte del departamento de orientación, formación ,evaluación e innovación educativa,

60

así como para la realización de aportaciones por parte del Claustro de Profesorado,

serán fijados por la dirección del conservatorio y finalizarán, en todo caso, antes del 25

de junio de cada año.

La inspección educativa asesorará al departamento de formación, orientación

,evaluación e innovación educativa en la determinación de los indicadores de calidad y

supervisará el proceso de autoevaluación del conservatorio, así como la elaboración de

la correspondiente memoria, y velará para que se incluya en la misma las propuestas de

mejora que se deriven de la autoevaluación y de la evolución de los indicadores a que se

refiere el artículo 6.2 y para que se realicen las actualizaciones o modificaciones del

Plan de Centro que correspondan.

Los criterios de evaluación generales del Conservatorio, relacionados

directamente con los objetivos pedagógicos.

a) Apreciar la importancia de la música como lenguaje artístico y medio de

expresión cultural de los pueblos y de las personas en el ámbito universal y andaluz.

b) Expresarse con sensibilidad musical y estética para interpretar y disfrutar la

música de las diferentes épocas y estilos, y para enriquecer sus posibilidades de

comunicación y de realización personal.

c) Tocar el instrumento correspondiente en público, con la necesaria seguridad

en sí mismos, para comprender la función comunicativa de la interpretación musical.

d) Interpretar música en grupo habituándose a escuchar otras voces o

instrumentos y a adaptarse equilibradamente al conjunto.

e) Ser conscientes de la importancia del trabajo individual y adquirir las técnicas

de estudio que permitan la autonomía en el trabajo y la valoración del mismo.

f) Valorar el silencio como elemento indispensable para el desarrollo de la

concentración, la audición interna y el pensamiento musical.

g) Conocer y valorar el patrimonio cultural e histórico de Andalucía en su

dimensión artística concerniente a la música.

h) La formación del alumnado en valores educativos básicos y fundamentales

61

Los cuatro cursos que componen las Enseñanzas Básicas es una etapa de suma

importancia para el desarrollo del futuro instrumentista, ya que a lo largo de este

período han de quedar sentadas las bases de una técnica correcta y eficaz y, lo que es

aún más importante, de unos conceptos musicales que cristalicen, mediando el tiempo

necesario de maduración de todo ello, en una auténtica conciencia de intérprete.

La problemática de la interpretación comienza por el correcto entendimiento del

texto, un sistema de signos recogidos en la partitura que, pese a su continuo

enriquecimiento a lo largo de los siglos, padece (y padecerá siempre) de irremediables

limitaciones para representar el fenómeno musical como algo esencialmente necesitado

de recreación, como algo susceptible de ser abordado desde perspectivas subjetivamente

diferentes.

Esto, por lo pronto, supone el aprendizaje (que será simultáneo con la práctica

instrumental) del sistema de signos propio de la música, que se emplea para fijar,

siquiera sea de manera a veces aproximativa, los datos esenciales en el papel. La tarea

del futuro intérprete consiste por lo tanto en:

- Aprender a leer correctamente la partitura.

- Penetrar después, a través de la lectura en el sentido de lo escrito para poder

apreciar su valor estético.

- Desarrollar, al propio tiempo, la destreza necesaria en el manejo de un

instrumento para que la ejecución de ese texto musical adquiera su plena

dimensión de mensaje expresivamente significativo.

Una concepción pedagógica moderna debería tener en cuenta que la vocación

musical de un niño o niña puede en muchos casos (tal vez en la mayoría de ellos) no

estar aún claramente definida, lo cual exige que la suma de los conocimientos teóricos

que ha de aprender y las inevitables horas de práctica le sean presentadas de manera tan

atractiva y estimulante como sea posible. Ello ha de favorecer que se sienta

verdaderamente interesado en la tarea que se le propone, y de esa manera su posible

incipiente vocación se vea reforzada.

La evolución intelectual y emocional a la edad en que se realizan los estudios de

grado elemental (ocho a doce años, aproximadamente) es muy acelerada; ello implica

62

que los planteamientos pedagógicos, tanto en el plano general de la didáctica como en el

más concreto y subjetivo de la relación personal entre profesor o profesora y alumno o

alumna han de adecuarse constantemente a esa realidad cambiante como es la

personalidad de estos últimos, aprovechar al máximo la gran receptividad que es

característica de la edad infantil, favorecer el desarrollo de sus dotes innatas, estimular

la maduración de su efectividad y, simultáneamente, poner a su alcance los medios que

le permitan ejercitar su creciente capacidad de abstracción.

La música, como todo lenguaje, se hace inteligible a través de un proceso más o

menos dilatado de familiarización que comienza en la primera infancia, mucho antes de

que el alumno o alumna esté en la edad y las condiciones precisas para iniciar estudios

especializados de Enseñanzas Básicas.. Al comienzo de estos estudios es normal que se

haya aprendido ya a reconocer por la vía intuitiva algunos elementos de ese lenguaje; se

poseen, en cierto modo, algunas claves que permiten “entenderlo”, aun cuando se

desconozcan las leyes que lo rigen. Pero es preciso poseer los medios para poder

“hablarlo”, y son estos medios los que ha de comenzar a proporcionar la enseñanza del

grado elemental.

Junto al adiestramiento en el manejo de los recursos del instrumento elegido (eso

que de manera más o menos apropiada llamamos “técnica”) es necesario favorecer en

niños y niñas una comprensión más profunda del fenómeno musical y de las exigencias

que plantea su interpretación. Para ello hay que comenzar a hacerles observar y

comprender los elementos sintácticos básicos sobre las que reposan las estructuras

musicales, incluso en sus manifestaciones más simples, y que la interpretación, en todos

sus aspectos, expresivos o morfológicos (dinámica, agónica, percepción de la unidad de

los diferentes componentes, formales y de la totalidad de ellos, es decir, de la forma

global) está funcionalmente ligada a esa estructura sintáctica.

Esta elemental “gramática” musical no es sino la aplicación concreta al

repertorio de obras que componen el programa que el alumno/ a debe realizar de los

conocimientos teóricos adquiridos en otras disciplinas (lenguaje musical,

fundamentalmente), conocimientos que habrán de ser ampliados y profundizados en el

grado medio mediante el estudio de las asignaturas correspondientes.

63

De forma complementaria es necesario que el alumno o alumna aprenda a

valorar la importancia que el desarrollo de la memoria tiene en su formación como

intérprete. La memorización, entendida como proceso de reconstrucción de aquellos

conocimientos, experiencias y vivencias propios de los alumnos y alumnas, viene a

completar y facilitar otros procesos como son la lectura a primera vista, la

improvisación y la práctica de conjunto. Conviene señalar que, al margen de esa básica

memoria construida por la inmensa y complejísima red de acciones reflejas y de

automatismo que hacen posible la ejecución instrumental, la memorización permite

desentenderse en un cierto momento de la partitura para centrar toda la atención en la

correcta solución de los problemas técnicos y en una realización musical y

expresivamente válida. Por último es conveniente señalar que la memoria juega un

papel de primordial importancia en la comprensión unitaria y global de una obra, ya que

al desarrollarse esta en el tiempo sólo la memoria permite reconstruir la coherencia y la

unidad de su devenir.

En consecuencia el desarrollo de las capacidades técnicas, comprensivas,

estéticas y memorísticas que van a permitir al futuro intérprete adquirir el máximo

dominio de las posibilidades que le brinda el instrumento de su elección, no debería

convertirse o quedar reducido a una mera ejercitación gimnástica.

Por último se debe señalar la necesidad de que los alumnos y alumnas conozcan,

valoren y respeten la amplia oferta de obras que les ofrece el patrimonio musical culto y

popular de Andalucía, así como aquellas otras obras de inspiración andaluza tanto de

autores españoles como de otros países. Ello les permitirá, por un lado, completar el

repertorio básico de su instrumento y, por otro, tomar conciencia de dicho patrimonio a

través de la selección e interpretación de sus obras más representativas. Asimismo, su

utilización supone un marco adecuado donde aplicar las experiencias y conocimientos

adquiridos.

Existen otros aspectos de la educación no estrictamente musicales que entendemos

esenciales y que engloban distintos enfoques:

-Desarrollo de una conciencia democrática.

El alumnado debe tomar conciencia de la importancia de su colaboración; fomentar

64

la toma de iniciativas, el respeto a los diferentes puntos de vista y pluralidad de

opiniones, así como sensibilizar en la ayuda mutua e integración de todos los

compañeros, incluyendo especialmente a los alumnos con discapacidad, etc.

-Formación en valores éticos.

Que entiendan que además de músicos deben desarrollarse como seres

humanos. A parte de la divulgación del R.O.F., la educación global se trabaja

diariamente en clase y en cada una de las actividades extraescolares.

-Respeto a la autoridad.

A través de la admiración al profesorado, (autoridad moral) , normas de respeto

substanciales y con la colaboración indispensable de los padres, en los que el apoyo al

profesor debe ser un axioma básico.

-La conquista de la voluntad y la reivindicación del esfuerzo.

La música es una escuela de voluntad, paciencia y perseverancia. Hay que crear

hábitos de estudio. Desde el E.T.C.P. y a través del A.M.P.A. nos esforzamos con dos

puntos cardinales: crear hábito en casa con el apoyo moral e incentivador de los padres:

y que los alumnos elaboren por escrito un horario real que puedan cumplir. Dejar claro

que el estudio es el único camino que hasta ahora hemos encontrado para aprender.

-Desarrollo del interés y la motivación: La atención y motivación tienen un fuerte componente afectivo: La realidad no es por

sí misma interesante, sino que alcanza esta aristocracia del valor al concederle interés.

Desde los diferentes departamentos didácticos y la acción tutorial y de

orientación seguiremos trabajando este aspecto que le da sentido a la ardua, pero

también gratificante tarea de aprender música.

14- Criterios para establecer los agrupamientos del alumnado y la asignación de las tutorías.

Dada la heterogeneidad del alumnado del Conservatorio Elemental de Música de Antequera, que tiene en sus aulas alumnos pertenecientes a Antequera y a toda la comarca, se procurará establecer por parte del jefe de estudios un horario que tenga en cuenta la procedencia de los alumnos, de modo que todos aquellos que procedan de un

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mismo pueblo tengan sus clases de grupo e individuales los mismos días de la semana para así facilitar sus desplazamientos.

Asimismo, para los alumnos procedentes de los pueblos, se establecerá a la hora

de confeccionar los horarios un orden de prioridad que dará preferencia a los alumnos cuyo lugar de residencia sea más lejano sobre aquellos que vivan más cerca.

Por último y a petición del AMPA y del Consejo Escolar, se establecerá en el

horario lectivo dos días de clase para un mismo grupo de alumnos, que no podrán ser consecutivos .Con ello, se pretende evitar el abandono escolar y la pérdida de tiempo en los desplazamientos para los alumnos del centro y los padres que han de traerlos, sobre todo los procedentes de los pueblos, permitiéndoles mayor tiempo para la tarea de la casa y la asistencia a otras actividades.

Para la elaboración de los grupos de la asignatura de agrupación instrumental, se

seguirán criterios como la coherencia y viabilidad de los instrumentos que la componen atendiendo a su afinidad acústica, y persiguiendo un resultado sonoro donde cada instrumento armonice con el resto.

Las agrupaciones constarán como máximo,de dos alumnos de piano.

Se tendrán en cuenta el curso y nivel del alumnado.

15 Los criterios generales para la elaboración de las programaciones didácticas de

las enseñanzas. Plan anual de Centro por departamentos. Curso2013/2014.

Los criterios generales se pueden concretar en los siguientes:

-Cada programación didáctica deberá desarrollar los siguientes puntos:

1. Introducción.

2. Objetivos

3. Contenidos

4. Metodología 5. Criterios de Evaluación

En este último apartado deben incluirse la eficacia en porcentaje de asistencia a

clase y a audiciones; criterios de evaluación relativos a la actitud, comportamiento e interés por la asignatura; se especificarán los criterios mínimos para superar el curso.

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-Con el fin de hacer el formato homogéneo las programaciones deberá tener una extensión de entre 30 a 40 páginas, con letra Times New Roman o Arial del número 12, e interlineado de 1.5

Las programaciones didácticas corresponden a los instrumentos que se imparten en el Conservatorio Elemental de música de Antequera, más las asignaturas colectivas de lenguaje musical y coro. Las especialidades instrumentales son las de clarinete, guitarra, piano, violín, viola y violonchelo.

REGLAM ENTO DE

ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO (R.O.F)

CURSO 2016/2017

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INDICE

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA 1.-

ÓRGANOS DE GOBIERNO

ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO EL DIRECTOR DEL CENTRO ELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DEL DIRECTOR REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS PRESENTACIÓN DE LAS CANDIDATURAS A LA DIRECCION COMPETENCIAS DEL DIRECTOR CESE DEL DIRECTOR JEFE DE ESTUDIOS Y SECRETARIO DESIGNACIÓN Y NOMBRAMIENTO DEL JEFE ESTUDIOS Y DEL SECRETARIO COMPETENCIAS DEL JEFE DE ESTUDIOS COMPETENCIAS DEL SECRETARIO CESE DEL JEFE DE ESTUDIOS Y DEL SECRETARIO SUSTITUCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL EQUIPO DIRECTIVO

2.- ÓRGANOS COLEGIADOS INTRODUCCIÓN

EL CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO CARÁCTER DEL CONSEJO ESCOLAR

COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR COMPOSICIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR: ELECCIÓN, RENOVACIÓN Y CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO ESC OLAR ELECCIÓN Y RENOVACIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR PROCEDIMIENTO PARA CUBRIR VACANTES EN EL CONSEJO ES COLAR JUNTA ELECTORAL COMPETENCIAS DE LA JUNTA ELECTORAL PROCEDIMIENTO PARA CUBRIR LOS PUESTOS DE DESIGNACIÓ N ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES EN EL CONSEJO ESCOLAR. ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PADRES. ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DEL PERSONAL DE ADMINIST RACIÓN Y SERVICIOS ESCRUTINIO DE VOTOS Y ELABORACIÓN DE ACTAS PROCLAMACIÓN DE CANDIDATOS ELECTOS Y RECLAMACIONES CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR

COMISIONES EN EL SENO DEL CONSEJO ESCOLAR

COMISIÓN DE CONVIVENCIA COMISIÓN ECONÓMICA

3.-EL CLAUSTRO DE PROFESORES: CARÁCTER Y COMPOSICIÓN COMPETENCIA DEL CLAUSTRO DE PROFESORES RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE PROFESORE S

4.- ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE DEPARTAMENTOS DIDACTICOS COMPETENCIA DE LOS DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS DESIGNACIÓN DE LOS JEFES DE DEPARTAMENTO DIDÁCTICO CESE DE LOS JEFES DE DEPARTAMENTO DIDÁCTICO COMPETENCIAS DE LOS JEFES DE DEPARTAMENTOS DIDÁCTIC OS EQUIPO TÉCNICO DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

COMPOSICIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO DE COORDINACIÓN PEDA GÓGICA

COMPETENCIAS DEL EQUIPO TÉCNICO DE COORDINACIÓN PED AGÓGICA TUTORES TUTORÍA Y DESIGNACIÓN DE TUTORES FUNCIONES DEL TUTOR

A) CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS DIFERENTES

SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. DERECHOS Y DEBE RES

5.-ALUMNADO DERECHOS DE LOS ALUMNOS DEBERES DE LOS ALUMNOS ADSCRIPCIÓN Y AGRUPAMIENTO DEL ALUMNADO

6.- PROFESORADO DERECHOS DEL PROFESORADO DEBERES DEL PROFESORADO

7.- PADRES DE ALUMNOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE ALUMNOS.

EL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

b) ROF LOS CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE GARANTICEN E L RIGOR Y LA TRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES POR LOS DIST INTOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE COORDINACIÓN DOCENTE, ESPECIALMENT E EN LOS PROCESOS RELACIONADOS CON LA ESCOLARIZACIÓN Y LA EV ALUACIÓN. ESCOLARIZACIÓN

PRINCIPIOS A TENER EN CUENTA 8.- NORMAS DE CONVIVENCIA

PROCEDIMIENTO PARA IMPOSICIÓN DE LAS CORRECCIONES 9.-HORARIO GENERAL DEL CONSERVATORIO

HORARIO DOCENTE PERSONAL NO DOCENTE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

c) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del conservatorio, con especial referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto.

10.-DISTRIBUCIÓN DE ESPACIOS Y MEDIOS MATERIAL NO INVENTARIABLE O FUNGIBLE. REPROGRAFÍA

d) La organización de la vigilancia de los tiempos lectivos y, en su caso, de los tiempos no lectivos del alumnado en el conservatorio y de los periodos de entrada y salida de clase e) EL PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACIÓN DEL EQUIPO DE EVALUACIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 27.5. EL PLAN DE AUTOPROTECCION DEL CONSERVATORIO g) las normas sobre la utilización en el conservatorio de teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos y procedimiento para garantizar el acceso seguro a Internet del alumnado, de acuerdo con lo dispuesto en el decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de Internet y las tecnologías de la información y la comunicación (tic) por parte de las personas menores de edad. h) COMPETENCIAS Y FUNCIONES RELATIVAS A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. i) LAS FUNCIONES DE LA JUNTA DE DELEGADOS Y DELEGADAS DEL ALUMNADO Y DEL DELEGADO O DELEGADA DEL CONSERVATORI O. j) LOS PROCEDIMIENTOS DE ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS Y L AS DELEGADAS DE CURSO Y DEL DELEGADO O DELEGADA DEL CO NSERVATORIO

11.- REVISIÓN DEL PRESENTE ROF.-

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

1. INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN

Este Reglamento de organización y funcionamiento tiene como objetivo recoger y

concretar el modelo de funcionamiento propio del Conservatorio Elemental de Antequera en el marco de la Ley Orgánico 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, del Decreto 361/2011, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los conservatorios profesionales de Música, de la Orden de 19 de marzo de 2012 por la ue se regula la organización y funcionamiento de los conservatorios profesionales de música y en las normas que lo desarrollen.

El Reglamento Orgánico de los conservatorios profesionales de música, en su Capítulo

II, regula la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión:

Artículo 21. Disposiciones generales

1. Los conservatorios elementales y los conservatorios profesionales de música contarán con autonomía pedagógica, de organización y de gestión para poder llevar a cabo modelos de funcionamiento propios,... 3. Cada conservatorio concretará su modelo de funcionamiento en el proyecto educativo, en el reglamento de organización y funcionamiento y en el proyecto de gestión.

El Reglamento de organización y Funcionamiento ROF, es parte del Plan de Centro

y recogerá, entre otros, los siguientes aspectos: (Art. 25 del Reglamento Orgánico de los Conservatorios de música, en adelante, ROC)

a) Los cauces de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa en todos los aspectos recogidos en el Plan de Centro. b) Los criterios y procedimientos ue garanticen el rigor y la transparencia en la toma de decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación del alumnado. c) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del conservatorio, con especial referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto. d) La organización de la vigilancia, en su caso, de los tiempos no lectivos del alumnado en el conservatorio y de los periodos de entrada y salida de clase. e) El procedimiento para la designación de los miembros del euipo de evaluación a ue se refiere el artículo 27.5. f) El plan de autoprotección del conservatorio.

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g) Las normas sobre la utilización en el conservatorio de teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos, así como el procedimiento para garantizar el acceso seguro a Internet del alumnado, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el ue se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de Internet y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad. h) Las competencias y funciones relativas a la prevención de riesgos laborales. i) Las funciones de la Junta de delegados y delegadas del alumnado y del delegado o delegada del conservatorio. j) Los procedimientos de elección de los delegados y delegadas de curso y del delegado o delegada del conservatorio. k) Cualesquiera otros ue le sean atribuidos por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación y, en general, todos auellos aspectos relativos a la organización y funcionamiento del conservatorio no contemplados por la normativa vigente, a la que, en todo caso, deberá supeditarse.

El Reglamento de Organización y Funcionamiento es el documento que debe facilitar la consecución de un clima organizado y funcional adecuado para alcanzar las Finalidades Educativas y el desarrollo y aplicación del Proyecto Curricular del Centro.

Es necesario que nuestro Centro adopte un modelo propio de organización y funcionamiento que permita dar respuesta a las demandas de su entorno y a las características del alumnado. Al mismo tiempo, se debe favorecer la participación de los distintos sectores que constituyen la Comunidad Educativa, logrando entre todos un clima de convivencia basado en el respeto y en la continua comunicación.

El presente Reglamento establece cauces de comunicación suficientes para facilitar una estrecha coordinación y colaboración entre todos los estamentos existentes en su organización. Al mismo tiempo no pierde de vista el hecho de que un trabajo conjunto, coordinado y en equipo no tiene por qué suponer una intromisión en las funciones propias de cada sector. Se trata pues, de trabajar en equipo, de aunar esfuerzos, de utilizar la diversidad de opiniones para favorecer un diálogo enriquecedor y constructivo que nos lleve a conseguir los fines educativos que nos proponemos.

Partiendo de estas premisas, el presente documento, debe convertirse en la “norma” que inspire todos los quehaceres educativos. No obstante, debe tener un carácter dinámico, dando respuesta en todo momento a las necesidades del Conservatorio, constituyéndose, no en un documento estático, sino en algo con espíritu creativo y abierto.

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No es un “catálogo” definitivo, sino, como queda dicho, es abierto y creativo, y únicamente la práctica diaria de sus compromisos nos llevará a sacarle las mayores cotas de rendimiento, marcando caminos a seguir, fijando conductas y decisiones, inspirando posturas y comportamientos.

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ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

1.ÓRGANOS DE GOBIERNO

De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley Orgánica 9/1.995, de 20 de noviembre, este Centro tendrá los siguientes órganos de gobierno:

a) Unipersonales: Director, Jefe de Estudios y Secretario.

b) Colegiados: Consejo Escolar y Claustro de Profesores.

ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO

Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el Equipo Directivo del Centro y trabajarán de forma coordinada en el desempeño de sus funciones.

La composición del Equipo Directivo será: Director, Jefe de Estudios y Secretario.

El Equipo Directivo tendrá las siguientes funciones:

a) Velar por el buen funcionamiento del Centro.

b) Estudiar y presentar al Claustro de Profesores y al Consejo Escolar propuestas para facilitar y fomentar la participación de toda la comunidad educativa en la vida del Centro.

c) Promover procedimientos de evaluación de las distintas actividades y colaborar en las actividades externas del Centro.

d) Proponer a la comunidad educativa actuaciones de carácter preventivo que favorezcan las relaciones entre los distintos colectivos que la integran y que mejoren la convivencia con el Centro.

e) Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinada de las decisiones del Consejo Escolar y del Claustro de Profesores en el ámbito de sus respectivas competencias.

f) Establecer los criterios para la elaboración del proyecto de presupuestos.

g) Coordinar la elaboración del Proyecto de Centro, del Plan Anual de Centro y de la Memoria Final de Curso.

h) Elaborar la propuesta de Reglamento de Organización y Funcionamiento.

i) Colaborar con la Administración Educativa en aquellos órganos de participación que se establezcan.

EL DIRECTOR DEL CENTRO

ELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DEL DIRECTOR

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica 9/1.995 de 20 de noviembre, el Director será elegido por el Consejo Escolar y nombrado por el Delegado/a de la Consejería de Educación y Ciencia en la provincia por un período de cuatro años.

2. La votación se efectuará mediante sufragio directo y secreto. La elección se

producirá por mayoría absoluta de los miembros del Consejo Escolar del Centro, en reunión extraordinaria de dicho Consejo, que a tal efecto se convoque.

3. Si en primera votación no se produce la mayoría absoluta, se procederá a una

nueva convocatoria en el plazo de cuarenta y ocho horas. En el caso de que haya concurrido más de un candidato, el más votado en la primera votación figurará como único candidato en la segunda. En cualquier caso la elección se producirá también, por mayoría absoluta.

4. El nombre del candidato que obtenga la mayoría absoluta será notificado por el

Director del Centro al Delegado/a Provincial para su correspondiente nombramiento. El nombramiento y la toma de posesión se realizará con efectos 1 de julio siguiente a la celebración de las elecciones.

REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS

1. Podrán ser candidatos al cargo de Director cualquier profesor o profesora, funcionario de carrera y en servicio activo, que reúna los siguientes requisitos:

a) Tener una antigüedad de al menos cinco años en el cuerpo de profesor o profesora.

b) Haber sido profesor o profesora durante al menos cinco años en un Centro que imparta alguna de las enseñanzas del mismo nivel y régimen.

c) Tener destino definitivo en el Centro con una antigüedad en el mismo de al menos un curso académico completo.

d) Haber sido acreditado para el ejercicio de la dirección por la Administración Educativa.

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2. El Director-a podrá desempeñar su mandato en el Centro por un máximo de tres períodos consecutivos.

3. No podrán presentarse como candidatos los profesores o profesoras que, por cualquier causa, no vayan a prestar servicio en el Centro en el Curso Académico siguiente a su toma de posesión como Director.

PRESENTACIÓN DE LAS CANDIDATURAS A LA DIRECCION

1.- Cuando proceda la convocatoria de elecciones, el Consejo Escolar fijará el plazo de presentación de candidatos, que deberá posibilitar lo establecido en el siguiente apartado núm. 2.

2.- Los candidatos deberán presentar por escrito ante el Consejo Escolar, con una antelación mínima de quince días hábiles respecto a la fecha de elección, su programa de dirección y sus méritos profesionales.

3.- El programa de dirección deberá contener al menos:

a) La propuesta de órganos unipersonales de gobierno que forman la candidatura.

b) La justificación de haber sido acreditado para el ejercicio de la función directiva, que debe incluir las condiciones que permitieron su acreditación.

c) Un análisis del funcionamiento del Centro y de los principales problemas y necesidades del mismo.

d) Los objetivos que pretende alcanzar durante su mandato.

4. Los candidatos deberán exponer ante el Claustro, en una convocatoria extraordinaria del mismo, y como punto único en el Orden del Día, su programa de dirección. Dicha convocatoria extraordinaria se realizará con una antelación mínima de 20 días hábiles con respecto a la fecha de elección. En ese mismo Claustro y tras la exposición del programa por parte de los candidatos, se abrirá un turno de palabra para que los miembros del Claustro que lo deseen intercambien sus puntos de vista con los candidatos y sobre sus respectivos programas.

5. El Consejo Escolar valorará los programas de dirección presentados y los méritos profesionales de los candidatos.

6.- En el caso de ausencia de candidatos o cuando éstos no hayan obtenido la mayoría absoluta se procederá de la siguiente manera:

a) Se celebrará un Claustro Extraordinario con el fin de valorar la situación y, si es posible, promover alguna candidatura con el fin de evitar lo que se expone en el apartado siguiente.

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b) El Delegado o Delegada Provincial, oído el Consejo Escolar del Centro, nombrará a un profesor o profesora del Centro o de otro ubicado en el ámbito de la Delegación Provincial correspondiente para que, en comisión de servicios, desempeñe la función directiva. El director designará a los restantes cargos unipersonales del Equipo Directivo. La duración del mandato del Director será de cuatro años.

COMPETENCIAS DEL DIRECTOR

a) Dirigir y coordinar todas las actividades del Centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes y de los restantes órganos de gobierno del mismo.

b) Representar oficialmente a la Administración Educativa en el Centro y ostentar la representación oficial del mismo, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.

c) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.

d) Colaborar con los órganos de la Administración educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos del Centro, así como, formar parte de los órganos consultivos de la Delegación Provincial que se establezcan.

e) Ejercitar la Jefatura de todo el personal adscrito al Centro.

f) Mantener las relaciones administrativas con la Delegación Provincial y proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades educativas competentes.

g) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del Centro y ordenar los pagos.

h) Visar las certificaciones y documentos oficiales del Centro.

i) Designar y proponer el nombramiento y cese de los restantes miembros del Equipo directivo.

j) Proponer el nombramiento y cese de los Coordinadores de ciclo y de los tutores, de acuerdo con el procedimiento establecido en este Reglamento.

k) Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la Comunidad Educativa y proporcionar los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas competencias, garantizando el derecho de reunión de profesores y profesoras, padres y madres, alumnado y personal de administración y servicios.

l) Convocar, presidir y moderar los actos académicos y las reuniones del Consejo Escolar, del Claustro y del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica del Centro y de los demás órganos colegiados.

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m) Promover e impulsar las relaciones del Centro con las Instituciones de su entorno y facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona.

n) Facilitar la información sobre la vida del Centro a los distintos sectores de la comunidad educativa.

ñ) Favorecer la convivencia en el Centro y garantizar que el procedimiento seguido para imponer las correcciones que correspondan estén de acuerdo con las disposiciones vigentes, a lo establecido en el ROF y a los criterios fijados por el Consejo Escolar del Centro.

o) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros de acuerdo con lo establecido por la Ley.

p) Potenciar el funcionamiento del Claustro de Profesores como órgano de vital importancia para la vida del Centro, consultándole y promoviendo el debate en todas aquellas cuestiones que afecten a la organización y marcha del Centro en todos sus aspectos.

q) Fomentar en el Centro la discusión y el debate como medio para llegar a acuerdos en los aspectos que atañen a la vida escolar.

r) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente.

CESE DEL DIRECTOR

1. El Director del Centro cesará en sus funciones al término de su mandato o al producirse alguna de las causas siguientes:

a) Renuncia motivada aceptada por el Delegado/a Provincial, oído el Consejo Escolar.

b) Destitución o renovación, acordada por el Delegado/a Provincial, oído el Consejo Escolar.

c) Cuando por cualquier circunstancia, el Director deje de prestar servicios efectivos en el Centro.

2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el Delegado Provincial podrá cesar o suspender al Director antes de la finalización de su mandato cuando incumpla gravemente sus funciones, previo informe razonado del Consejo Escolar, y audiencia al interesado, mediante la instrucción del correspondiente expediente.

3. Asimismo, el Delegado Provincial, a propuesta razonada del Consejo Escolar, acordada por mayoría de dos tercios de sus miembros, podrá revocar el nombramiento del Director, mediante el oportuno expediente de revocación y audiencia al interesado.

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4. Si el Director cesara antes del término de su mandato por cualquiera de las circunstancias enumeradas anteriormente, el Delegado Provincial nombrará, oído el Consejo Escolar, un director en funciones hasta la nueva elección en la primera convocatoria que se realice.

5. Cuando el Director haya obtenido, aunque sea provisionalmente, traslado a otro centro, o cuando le reste menos de un año para alcanzar la edad de jubilación, se celebrarán nuevas elecciones en la primera convocatoria ordinaria que se realice. El Director elegido tomará posesión con fecha de 1 de julio siguiente, momento en que cesará en su cargo, a todos los efectos, el Director anterior.

JEFE DE ESTUDIOS Y SECRETARIO

DESIGNACIÓN Y NOMBRAMIENTO DEL JEFE ESTUDIOS Y DEL SECRETARIO

1. El Jefe de Estudios y el Secretario serán profesores o profesoras, funcionarios/as de carrera en situación de servicio activo, con destino definitivo en el Centro, designados por el Director, previa comunicación al Consejo Escolar, y nombrados por el Delegado o Delegada Provincial de Educación y Ciencia.

En situaciones excepcionales y con autorización expresa del Delegado o Delegada Provincial, podrán ser designados un profesor o profesora del Centro que no tenga destino definitivo en el mismo. A estos efectos, el/la Director/a, oído al Consejo Escolar del Centro, podrá elevar una propuesta razonada a la correspondiente Delegación Provincial para su nombramiento.

2. No podrán ser nombrados Jefe de Estudios ni Secretarios los profesores o profesoras que, por cualquier causa, no vayan a prestar servicio activo en el Centro en el curso académico siguiente a su toma de posesión.

3. La duración del mandato del Jefe de Estudios y del Secretario será el que corresponda al Director que los hubiera designado, salvo los designados en las situaciones excepcionales a las que se hace referencia en el apartado uno.

4. El Director del Centro remitirá al Delegado o Delegada Provincial la propuesta de nombramiento de los profesores y profesoras por él designados para ocupar los cargos de Jefe de Estudios y de Secretario. El nombramiento y la toma de posesión se realizará con los mismos efectos que para el Director, salvo que la designación se produjera en fecha distinta, en cuyo caso el nombramiento será con dicha fecha.

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COMPETENCIAS DEL JEFE DE ESTUDIOS

Son competencias del Jefe de Estudios las siguientes:

a) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico y controlar la asistencia al trabajo del mismo.

b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.

c) Coordinar las actividades de carácter académico y de orientación, incluidas las derivadas de la coordinación con el Conservatorio Profesional “Manuel Carra”, como Aula de Extensión, impartiendo el Primer Ciclo de Grado Medio en nuestro Centro.

d) Promover la realización de actividades extraescolares en colaboración con el Ayuntamiento y otras instituciones del entorno , dentro de lo establecido en los objetivos del Proyecto de Centro y en coherencia con las Finalidades Educativas.

e) Coordinar la realización de las actividades complementarias y extraescolares en colaboración con los Coordinadores de Ciclo, las Asociaciones de Padres de Alumnos y el/la representante del Ayuntamiento en el Consejo Escolar.

f) Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, el horario general del Centro, los horarios académicos del alumnado y de los profesores y profesoras de acuerdo con los criterios incluidos en el Plan Anual de Centro, así como velar por su estricto cumplimiento.

g) Coordinar las actividades de los Coordinadores de Ciclo.

h) Coordinar la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado que, de acuerdo con el plan de formación, organice el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

i) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y tutoras conformar al Plan de Acción Tutorial.

j) Organizar los actos académicos.

k) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización.

l) Organizar la atención y el cuidado del alumnado en los períodos de horas libres y otras actividades no lectivas.

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m) Potenciar y facilitar los medios para promover la figura del profesor como investigador en el aula, para conseguir una renovación pedagógica constante que propicie una mayor calidad de enseñanza.

n) Velar por el estricto cumplimiento de los criterios establecidos para el agrupamiento de alumnos.

o) Potenciar las reuniones de ciclo como foro idóneo para mejorar la coordinación organizativa y técnico-pedagógica con el objetivo de mejorar la calidad de enseñanza en el Centro.

p) Fomentar en el Centro la discusión y el debate como medio para llegar a acuerdos en los aspectos que atañen a la marcha académica del mismo.

q) Velar para que la adjudicación de las materias y cursos, sin menoscabo del estricto cumplimiento de lo dispuesto a tal fin por la ley, se haga basándose en los criterios técnico-pedagógicos prefijados por los distintos ciclos y, en definitiva, por el Claustro.

COMPETENCIAS DEL SECRETARIO

Son competencias del Secretario:

a) Ordenar el régimen administrativo del Centro, de conformidad con las directrices del Director.

b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del Centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.

c) Custodiar los libros oficiales y archivos del Centro.

d) Expedir, con el visto bueno del Director, las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.

e) Realizar el inventario general del Centro y mantenerlo actualizado.

f) Adquirir el material y el equipamiento del Centro, custodiar, coordinar, y gestionar la utilización del mismo y velar por su mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones del Director.

g) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscritos al Centro y controlar la asistencia al trabajo del mismo.

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h) Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, el horario del personal de administración y servicios, cuando lo hubiera, así como velar por su e stricto cumplimiento.

i) Elaborar el anteproyecto de presupuesto de gastos e ingresos del Centro.

j) Ordenar el régimen económico del Centro, de conformidad con las instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

k) Informar al Claustro de la marcha económica del Centro y tener en cuenta las sugerencias aprobadas por el Claustro para la elaboración del presupuesto.

l) Mantener informados a los miembros de la Comunidad Escolar de cuantas leyes, resoluciones, normativas, cursillos, información sindical..., que , en materia educativa, aparezcan o sean cambiados.

n) Mantener actualizados los modelos de documentación que los tutores han de cumplimentar para el expediente académico de los alumnos.

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CESE DEL JEFE DE ESTUDIOS Y DEL SECRETARIO

1. El Jefe de Estudios y el Secretario cesarán en sus funciones al término de su mandato o al producirse alguna de las circunstancias siguientes:

a) Renuncia motivada aceptada por el Delegado o Delegada Provincial, previo informe razonado del Director, oído el Consejo Escolar.

b) Cuando, por cese del Director que lo propuso, se produzca la elección del nuevo Director.

c) Cuando deje de prestar servicios efectivos en el Centro.

d) A propuesta del Director, mediante escrito razonado, previa audiencia del interesado y comunicación al Consejo Escolar.

2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el Delegado o Delegada Provincial podrá cesar o suspender al Jefe de Estudios o al Secretario antes de la finalización de su mandato, cuando incumplan gravemente sus funciones, previo informe razonado del Director, dando audiencia al interesado y oído el Consejo Escolar.

3. Cuando cese el Jefe de Estudios o el Secretario por alguna de las causas señaladas en el apartado anterior, se actuará conforme a lo dispuesto en artículo siguiente, sin perjuicio de que el Director designe, si procede, a un nuevo profesor o profesora para cubrir el puesto vacante, notificándolo al Consejo Escolar.

SUSTITUCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL EQUIPO DIRECTIVO

1. En caso de ausencia o enfermedad del Director, se hará cargo provisionalmente de sus funciones el Jefe de Estudios.

2. En caso de ausencia o enfermedad del Jefe de Estudios o del Secretario, se hará cargo provisionalmente de sus funciones el profesor o profesora que designe el Director, quien informará de su decisión al Consejo Escolar.

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2.ÓRGANOS COLEGIADOS INTRODUCCIÓN

1. Los órganos colegiados de gobierno del Centro son el Consejo Escolar de Centro y el Claustro de Profesores.

2. La comunidad educativa participará en el gobierno del Centro a través del Consejo Escolar. El profesorado lo hará también a través del Claustro de Profesores.

3. Los padres y madres podrán participar también en el funcionamiento del Centro a través de sus asociaciones. En este sentido, uno de los representantes de los padres y madres en el Consejo Escolar será designado por la Asociación de Padres de Alumnos.

4. Se fomentará y garantizará el ejercicio y la participación democrática de los diferentes sectores de la comunidad educativa.

EL CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO

CARÁCTER DEL CONSEJO ESCOLAR

El Consejo Escolar del Centro es el órgano de participación en el mismo de los diferentes sectores de la comunidad educativa.

COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO

a) Establecer las directrices para la elaboración del Proyecto Educativo del Centro, aprobarlo y evaluarlo sin perjuicio de las competencias que el Claustro de Profesores tiene atribuidas en relación con la planificación y organización docente. Asimismo establecer los procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje.

b) Elegir al Director o Directora del Centro.

c) Informar a la Administración Educativa acerca de la designación del Director o Directora del Centro en el supuesto de que éste deba ser designado por la misma.

d) Proponer la renovación del nombramiento del Director o Directora.

e) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas con sujeción estricta a lo establecido en la normativa vigente.

f) Aprobar el Reglamento de Régimen Interior del Centro.

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g) Resolver los conflictos e imponer las sanciones, con finalidad pedagógica, que correspondan a aquellas conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el Centro de acuerdo con la normativa vigente.

h) Aprobar el proyecto de presupuesto del Centro y la ejecución del mismo.

i) Promover la renovación de las instalaciones y equipamiento escolar, así como vigilar su conservación

j) Aprobar y evaluar la programación general del Centro, respetando en todo caso los aspectos docentes que competen al Claustro de Profesores.

k) Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares, extraescolares y complementarias.

l) Fijar las directrices para la colaboración del Centro con fines culturales, educativos y asistenciales con otros centros, entidades y organismos.

m) Analizar y evaluar el funcionamiento general del Centro, especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así como la aplicación de las normas de convivencia, y elaborar un informe de dicha aplicación que se incluirá en la memoria final de Curso.

n) Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar del Centro.

ñ) Informar y evaluar la Memoria Anual sobre las actividades y actuación general del Centro.

o) Conocer e impulsar las relaciones del Centro con las instituciones de su entorno.

p) Cualesquiera otras que les sean atribuidas por la normativa vigente.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR

1. Las reuniones del Consejo Escolar deberán celebrarse en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros y, en cualquier caso, en función vespertina. En las reuniones ordinarias, el Secretario o Secretaria del órgano colegiado, por orden del Presidente o Presidenta, convocará con el correspondiente Orden del Día a los miembros del Consejo Escolar, con una antelación mínima de una semana y pondrá a su disposición la correspondiente información sobre los temas incluidos en el mismo. Podrán realizarse además convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.

2. El Consejo Escolar será convocado por acuerdo del Presidente, adoptando por

propia iniciativa o a solicitud de, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso sed

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reunirá como mínimo una vez al trimestre y será preceptiva una sesión a principio a principio de curso y otra al final del mismo.

3. El Consejo Escolar adoptará los acuerdos por mayoría simple salvo en los casos siguientes:

a) Elección del Director o Directora, que requerirá mayoría absoluta. b) Aprobación del presupuesto y ejecución del mismo, que se realizará por mayoría absoluta. c) Aprobación del Proyecto Educativo del Centro y del reglamento de régimen interior, que se realizará por mayoría de dos tercios.

d) Propuesta de renovación del nombramiento del Director o Directora, que requerirá mayoría de dos tercios.

e) Otros acuerdos en los que para su adopción sean exigibles determinadas mayorías, de acuerdo con la normativa vigente.

4. Si algún miembro del Consejo quiere alterar el Orden del día, lo comunicará al inicio de la sesión y tras debate y votación se decidirá.

5. Toda sesión del Consejo durará como máximo 90 minutos, contados a partir de su inicio. Este plazo es prorrogable siempre y cuando se vote afirmativamente por la totalidad de los asistentes. En caso de no haberse agotado el Orden del día, se fijará día y hora de continuación, antes de levantar la sesión.

6. En los temas a debatir se abrirán los siguientes turnos de palabra:

a) Turno abierto: para entrar en el debate. Su duración se deja a juicio del moderador.

b) Turno cerrado: terminado el anterior turno se abrirá uno cerrado, por si hubiera algo nuevo que aportar, finalizado el cual nadie podrá intervenir, pasándose a la votación si hubiera lugar.

c) Turno por alusiones personales: este turno se considera intercalado entre los dos anteriores al considerar que se puede replicar por alusiones personales. El turno de intervención se dará por el moderador, procurando éste finalizar la situación planteada cuando los términos del debate se alejen de los puntos del Orden del Día. Si fuera necesario, el moderador llevaría a votación por el Consejo la continuación o no de dicho turno por alusiones.

7. No se considerará turno de palabra sobre un tema una vez realizada la votación del mismo.

8. El quórum necesario para que se celebre el Consejo es de 2/3 en primera convocatoria y mayoría simple en la segunda.

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9. En primera votación los acuerdos se tomarán por mayoría simple. Caso de no darse mayoría simple, se abrirá un turno nuevo de intervenciones. Debatido de nuevo el tema, los cuerdos serán válidos siempre que el número de votos a favor de la propuesta superen al número de votos en contra y abstenciones.

10. Para revocar un acuerdo al Consejo será necesario un número de votos igual a la mayoría.

COMPOSICIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR:

El Consejo Escolar del Centro estará formado por los siguientes miembros:

a) El Director o Directora o Directora del Centro que será su presidente.

b) El Jefe o Jefa de Estudios.

c) Cuatro Profesores/as.

d) Cuatro padres o madres de los alumnos, de los que uno será designado por la asociación de Padres de Alumnos.

e) Un representante del personal de administración y servicios.

f/ Un concejal o representante del Ayuntamiento.

g) El Secretario o Secretaria del Centro, que actuará como secretario del Consejo Escolar, con voz pero sin voto.

h) Un representante de los alumnos y alumnas.

ELECCIÓN, RENOVACIÓN Y CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO ESC OLAR

ELECCIÓN Y RENOVACIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR

1. El procedimiento de elección de los miembros del Consejo Escolar se desarrollará, cuando corresponda, durante el primer trimestre del Curso.

2. El Consejo Escolar se renovará por mitades cada dos años, afectando sucesivamente las distintas renovaciones a los siguientes miembros:

a) Primera mitad:

El 50% de los representantes del profesorado, y en su caso del alumnado y de los padres, incluido el representante de estos últimos designado por la Asociación

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de Padres de alumnos. Cuando ese porcentaje no fuera número entero en cualquiera de los sectores, será el número entero inmediatamente superior.

b) Segunda mitad:

El resto de los representantes del profesorado y, en su caso, de los padres y del alumnado, el representante de administración y servicios, así como el concejal o representante designado por el Ayuntamiento.

3. Cuando se proceda por primera vez a la constitución del Consejo Escolar, se elegirán todos los miembros de cada sector de una vez. Los electores de cada uno de los sectores representados harán constar en su papeleta, como máximo, tantos nombres como puestos a cubrir. En la primera renovación parcial, posterior a la constitución del Consejo Escolar, se elegirán los puestos correspondientes a la primera mitad, afectando a aquellos representantes que hubieran obtenido menos votos en la elección anterior, y en su caso, al representante designado por la Asociación de Padres de Alumnos.

4. Los miembros de la comunidad escolar sólo podrán ser elegidos por el sector correspondiente y podrán ser candidatos para la representación de uno sólo de dichos sectores, aunque pertenezcan a más de uno.

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PROCEDIMIENTO PARA CUBRIR VACANTES EN EL CONSEJO ES COLAR

1. Aquel representante que, antes de la renovación que le corresponda, dejara de cumplir los requisitos necesarios para pertenecer al Consejo Escolar, producirá una vacante que será cubierta por el siguiente candidato de acuerdo con el número de votos obtenidos.

Para la dotación de las vacantes que se produzcan, se utilizará la relación del Acta de la última renovación parcial, independientemente de que la vacante a cubrir corresponda a una renovación parcial anterior. En el caso de que no hubiera más candidatos para cubrir la vacante, quedaría sin cubrir hasta la próxima renovación del Consejo Escolar.

2. Las vacantes que no se hayan cubierto se dotarán mediante elección en la siguiente

renovación parcial. Las vacantes que se produzcan a partir del mes de Septiembre inmediatamente anterior a cualquier renovación parcial se cubrirán en dicha renovación y no por sustitución.

3. En el caso de que en una renovación parcial haya vacantes que pertenezcan a la

renovación parcial anterior, los puestos de la renovación actual se cubrirán con los candidatos más votados y las vacantes con los siguientes en número de votos. Estas últimas se renovarán en la siguiente elección general.

JUNTA ELECTORAL

A efectos de organización del procedimiento de elección, se constituirá en el Centro una Junta electoral, compuesta por los siguientes miembros: el Director o Directora del centro, que actuará como presidente, un profesor o profesora, que actuará como secretario y levantará acta de las sesiones, un padre o madre, un alumno o alumna con derecho a voto y un representante del personal de administración y servicios, siendo designados por sorteo público los cuatro últimos, así como sus respectivos suplentes.

Los alumnos, los padres o madres de los mismos o el personal de administración y

servicios que no tengan representación en el Consejo Escolar, tampoco formarán parte de la Junta Electoral.

El representante de los alumnos y alumnas deberá ser mayor de doce años así como

el padre o madre representante deberá serlo de un alumno menor de 18 años.

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COMPETENCIAS DE LA JUNTA ELECTORAL

Serán competencia de la Junta Electoral las siguientes:

a) Aprobar y publicar los censos electorales, que comprenderán nombre y apellidos de los electores, en su caso documento nacional de identidad de los mismos, así como su

condición de profesores, padres, alumnos, o personal de administración y servicios.

b) Concretar el calendario electoral.

c) Organizar el proceso electoral.

d) Admitir y proclamar las candidaturas, así como concretar el número máximo que pueden ser votados por cada elector.

e) Promover la constitución de las distintas Mesas Electorales.

f) Resolver las reclamaciones presentadas contra las decisiones de las Mesas

Electorales.

g) Proclamar los candidatos y candidatas elegidos y remitir las correspondientes actas a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia.

PROCEDIMIENTO PARA CUBRIR LOS PUESTOS DE DESIGNACIÓ N

1. En la primera constitución y siempre que proceda o se produzca una vacante en los puestos de designación, la Junta Electoral solicitará la designación de sus representantes al Ayuntamiento y a la Asociación de Padres de Alumnos, legalmente constituida.

2. En el caso de exista más de una Asociación de Padres de alumnos en el Centro, previamente, dichas Asociaciones acreditarán ante la Junta Electoral, mediante certificación expedida por el secretario de dichas Asociaciones el número de asociados a efectos de determinar su representatividad.

ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES EN EL CONSEJO ESCOLAR.

1. Los representantes de los profesores y profesoras en el Consejo Escolar serán elegidos por el Claustro entre sus miembros. El voto será directo, secreto y no delegable.

2. Serán electores todos los miembros del Claustro. Serán elegibles los profesores y profesoras que se hayan presentado como candidatos.

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3. El Director o Directora acordará la convocatoria de un Claustro, de carácter extraordinario, en el que, como único punto del orden del día, figurará el acto de elección y proclamación de profesores electos.

4. En la sesión del Claustro extraordinario, se constituirá una Mesa Electoral. Dicha Mesa estará integrada por el Director o Directora del Centro, que actuará de presidente, el profesor/a de mayor antigüedad en el Centro y el de menor antigüedad que actuaran de secretario de la Mesa. Cuando coincidan varios profesores o profesoras de igual antigüedad, formaran parte de la Mesa el de mayor edad entre los más antiguos y el de menor edad entre los menos antiguos.

5. El quórum será la mitad más uno de los componentes del Claustro. Si no existiera quórum, se efectuará nueva convocatoria veinticuatro horas después de la señalada para la primera. En este caso no será preceptivo el quórum señalado.

6. Cada profesor o profesora podrá hacer constar en su papeleta, como máximo, cuatro nombres de la relación de candidatos. Serán elegidos los profesores y profesoras con mayor número de votos. Si en la primer a votación no hubiese resultado elegido el número de profesores que corresponda, se procederá a realizar en el mismo acto sucesivas votaciones hasta alcanzar dicho número.

El Director, el Secretario Y el Jefe de Estudios no podrán ser representantes del profesorado en el Consejo Escolar del Centro.

ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PADRES.

1. La representación de los padres y madres en el Consejo Escolar corresponderá a estos o a los tutores de los alumnos y alumnas. El derecho a elegir y a ser elegido corresponde al padre y a la madre, en su caso, a los Tutores de los alumnos y alumnas.

2. Serán electores todos los padres, madres y tutores de los alumnos que estén matriculados en el Centro y, por tanto, deberán figurar en el Censo. Serán elegibles los padres, madres y tutores de los alumnos que se hayan presentado como candidatos y hayan sido admitidos por la Junta Electoral. Las Asociaciones de Padres y Madres de alumnos legalmente constituidas podrán presentar candidaturas diferenciadas, que quedarán identificadas en la correspondiente papeleta de voto en la forma que se determine.

3. La elección de los representantes de los padres de los alumnos estará presidida por la constitución de la Mesa Electoral encargada de presidir la votación, conservar el orden, velar por la pureza del sufragio y realizar el escrutinio.

4. La Mesa Electoral estará integrada por el Director/a del Centro, que actuará de presidente, y cuatro padres, madres o tutores de los alumnos designados por sorteo, actuando de Secretario el de menor edad entre estos. La Junta Electoral deberá prever el nombramiento de un número de suplentes, designados también por sorteo, que

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garantice, en la medida de lo posible, la presencia en la Mesa de los cuatro padres, madres o tutores anteriormente mencionados.

5. Podrán actuar como supervisores de la votación los padres, madres o tutores de los alumnos matriculados en el Centro, propuestos por una asociación de Padres de Alumnos del mismo o avalados por la firma de diez electores.

6. El voto será directo secreto y no delegable. Cada elector podrá hacer constar en su papeleta como máximo cuatro padres o madres, descontando, en su caso, el representante designado por la asociación de padres más representativa del Centro.

7. A fin de conseguir la mayor participación posible, los padres, madres y tutores de los alumnos, podrán utilizar el voto por correo. A tal efecto, el voto deberá ser enviado a la Mesa Electoral del Centro antes de la realización del escrutinio por correo certificado y en el modelo de papeleta aprobado por la Junta Electoral. En la correspondiente orden de convocatoria de elecciones se determinarán los demás requisitos exigibles para el ejercicio del voto por correo.

8. La Junta electoral con el fin de facilitar la asistencia de los votantes, fijará el tiempo durante el cual podrá emitirse el voto, que no podrá ser inferior a cinco horas consecutivas, contadas a partir del horario lectivo correspondiente a la jornada de tarde y que deberá finalizar, en todo caso, no antes de las 21 horas. Así mismo, por la Junta Electoral se establecerán los mecanismos de difusión que estime oportuno para el general conocimiento del proceso electoral.

ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS

1. El representante de los alumnos y de las alumnas en el Consejo Escolar serán elegidos, cuando proceda, por los alumnos y alumnas mayores de 12 años matriculados en el Centro. Serán elegibles aquellos alumnos y alumnas que se hayan presentado como candidatos y hayan sido admitidos por la Junta Electoral.

2. La elección estará presidida por la Constitución de la Mesa Electoral integrada por el Director o Directora del Centro, que actuará de Presidente, y dos alumnos o alumnas designados por sorteo, de entre los electores, actuando de Secretario de la Mesa el de mayor edad entre ellos.

3. La votación será directa, secreta y no delegable. Cada alumno o alumna hará constar en su papeleta, 1 el nombre de un candidato. La votación se efectuará de acuerdo con las instrucciones que dicte la Junta Electoral.

4. Podrán actuar de supervisores de la votación los alumnos y alumnas que sean avalados por la firma de 10 electores.

ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

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El representante del personal de administración y servicios será elegido por el personal que realiza en el Centro funciones de esta naturaleza. Serán elegibles aquellos miembros de este personal que se hayan presentado como candidatos y hayan sido admitidos por la Junta Electoral.

Para la elección del representante del personal de administración y servicios, se constituirá una Mesa electoral, integrado por el Director o Directora, que actuará de presidente, el Secretario del Centro que actuará como secretario, y el miembro del citado personal con más antigüedad en el Centro. Si el número de electores es menor de cinco, la votación se realizará ante la Mesa electoral del profesorado en urna separada.

La votación se efectuará mediante sufragio directo, secreto y no delegable.

ESCRUTINIO DE VOTOS Y ELABORACIÓN DE ACTAS

1. En cada uno de los actos electorales, una vez finalizada la votación, se procederá por la Mesa Electoral correspondiente al escrutinio de los votos. Efectuado el recuento de los mismos, que será público, se extenderá un acta firmada por todos los componentes de la Mesa, en la que se hará constar el nombre de los representantes elegidos, y el nombre y el número de votos obtenidos por cada uno de los candidatos presentados. El acta será enviada a la Junta Electoral del Centro a efectos de la proclamación de los distintos candidatos elegidos.

2. En el caso en que se produzca empate en las votaciones, la elección se dirimirá por sorteo, debiendo quedar este hecho y el resultado del mismo reflejado en el acta.

3. Contra las decisiones de las Mesas Electorales se podrá presentar reclamación dentro de los tres días siguientes a su adopción ante la correspondiente Junta Electoral, que resolverá en el plazo de cinco días.

PROCLAMACIÓN DE CANDIDATOS ELECTOS Y RECLAMACIONES

1. El acto de proclamación de los candidatos electos se realizará por la Junta Electoral del Centro, tras el escrutinio realizado por las Mesas Electorales y la recepción de las correspondientes actas.

2. Contra las decisiones de la Junta Electoral del Centro sobre aprobación de los Censo Electorales, admisión y proclamación de candidaturas y de proclamación de miembros electos, se podrá interponer recurso de alzada ante la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa.

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CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR

1. En el plazo de diez días a contar desde la fecha de proclamación de los miembros electos, el Director o Directora acordará convocar la sesión de constitución del nuevo Consejo Escolar.

2. Si alguno de los sectores de la Comunidad Educativa no eligiera o designara a sus representantes en el Consejo Escolar por causas imputables al propio sector este hecho no invalidará la constitución de dicho órgano colegiado.

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COMISIONES EN EL SENO DEL CONSEJO ESCOLAR

La complejidad de cometidos de este órgano colegiado y su composición numérica, pueden restar eficacia al funcionamiento habitual del mismo, haciendo con ello que la participación de sus miembros tenga un carácter más distante, que sus sesiones sean más largas y el desgaste y la apatía hagan su aparición. Es entonces cuando este instrumento de control deja de servir para lo que por Ley fue creado. Tanto si se trata de adoptar medidas rápidas, como si se trata de estudiar de forma detenida aspectos relacionados en el funcionamiento del centro, resulta indicado descentralizar responsabilidades haciendo funcionar al Consejo bajo dos modalidades:

A)En pleno B9 En comisiones.

Ello conlleva una serie de ventajas, entre las que enumeramos:

.- Mayor número de reuniones, al estar las comisiones formadas por un número menor de miembros.

.- La especialización de funciones que posibilita una mayor profundización

.- Las mayores cotas de participación entre sus miembros.

Será necesario delimitar clara y concretamente las funciones de cada Comisión.

Las directrices para el funcionamiento de las Comisiones deben corresponder siempre al Pleno del Consejo. Las distintas comisiones están obligadas a informar en todo momento al pleno.

En nuestro Centro, podrán existir tantas comisiones como este determine, siendo obligatorias las que señala la Ley y que son:

a) La Comisión de Convivencia b) La Comisión Económica.

COMISIÓN DE CONVIVENCIA

1. Estará formada por el Director o Directora del Centro, el Jefe de Estudios, dos profesores, dos padres de alumnos y el representante de los alumnos en el Consejo Escolar.

2. Los miembros de la Comisión de Convivencia serán elegidos por cada uno de los

sectores de entre sus representantes en el Consejo Escolar. Dicha elección se realizará en la primera reunión que celebre el Consejo Escolar al comienzo de cada Curso académico y nunca con fecha posterior al 30 de septiembre. Si antes de esa fecha fuera necesaria la intervención de la Comisión de Convivencia, estará vigente, a todos los efectos, la del curso académico anterior.

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3. Se reunirá una vez a principio de Curso y siempre que la ocasión lo requiera.

4. De cada reunión se levantará acta. Para ello actuará de secretario el profesor o profesora de menor antigüedad en el Centro, perteneciente a dicha Comisión. A tal efecto, deberá existir un libro de Actas para uso exclusivo de la Comisión de Convivencia.

5. Informará al Pleno del Consejo de todas sus actuaciones y reuniones.

6. Son competencias de la Comisión de Convivencia las siguientes:

a) Resolver y mediar en los conflictos de convivencia que se planteen. Para ello, dará audiencia a las partes implicadas. Los profesores o profesoras implicados deberán presentar, en el más breve espacio de tiempo, un informe en el que se haga constar lo sucedido y todas aquellas circunstancias que puedan dar luz al análisis de los hechos y a la posible aplicación de la sanción correspondiente. Tras dicha audiencia, y sin que estén presentes las partes afectadas, la Comisión debatirá y decidirá la sanción a imponer. Si la Comisión lo estima conveniente, puede decidir trasladar el asunto al Consejo Escolar, que será convocado con carácter extraordinario.

b) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la Comunidad Educativa para mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia.

c) Velar por la correcta aplicación de lo dispuesto el Real Decreto de 5 de mayo de 1.995 (B.O.E. de 2 de junio) sobre derechos y deberes de los alumnos de Centros Docentes no Universitarios.

d) Velar por la constante actualización y cumplimiento de las normas de convivencia.

7. Su funcionamiento se desarrollará en reuniones que promoverá el Equipo Directivo, los componentes de la Comisión, o al menos tres miembros de la Comunidad Escolar.

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COMISIÓN ECONÓMICA

1. Estará integrada por el Director, un profesor y un padre de alumno, elegidos por cada uno de los sectores de entre sus representantes en el Consejo Escolar.

2. Su funcionamiento se desarrollará en reuniones que promoverá el Equipo Directivo o alguno de los miembros de dicha Comisión.

3. Serán preceptivas tantas reuniones como veces haya que elaborar presupuestos o justificaciones de gastos.

4. Su vigencia será de dos años. La renovación de sus miembros coincidirá con la renovación por mitades de los componentes del Consejo Escolar.

5. En la justificación de gastos estudiará, como mínimo las siguientes cuestiones:

a) Importe de cada una de las facturas, agrupadas por partidas.

b) Dinero invertido en cada partida.

c) Diferencia a favor o en contra del presupuesto de ingresos y gastos.

6. Tanto el padre/madre del alumno/a como el profesor/a, pertenecientes a la Comisión Económica, llevarán a ésta las propuestas e iniciativas que se planteen sus representados.

7. Una vez analizada la gestión económica, emitirá un informe que será aprobado por el Consejo Escolar.

8. Se mantendrá constantemente informado al Claustro de cuanto atañe a la marcha económica del Centro.

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3.EL CLAUSTRO DE PROFESORES: CARÁCTER Y COMPOSICIÓN

1. El Claustro de profesores, órgano de participación de éstos en el Centro, tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, decidir e informar sobre todos los aspectos educativos del mismo.

2. El Claustro de Profesores será presidido por el Director o Directora del Centro y estará integrado por la totalidad del profesorado que preste servicios en el mismo. Actuará como Secretario en el Claustro el Secretario o Secretaria del Centro.

COMPETENCIA DEL CLAUSTRO DE PROFESORES

a) Formular propuestas dirigidas al Equipo Directivo para la elaboración del Proyecto Educativo del Centro y del Plan Anual del mismo.

b) Establecer los criterios para la elaboración de los Proyectos Curriculares. Aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones posteriores de los mismos, conforme al Proyecto Educativo del Centro.

c) Aprobar los aspectos docentes del Plan Anual de Centro, conforme al proyecto Educativo del Centro e informarlo antes de su presentación al Consejo Escolar, así como la Memoria Final de Curso.

d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación educativas.

e) Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar de Centro.

f) Conocer las candidaturas a la dirección y los programas presentados por los candidatos.

g) Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación y de los alumnos y alumnas.

h) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del Centro realice la Administración Educativa o cualquier información referente a la marcha del mismo.

i) Analizar y evaluar los aspectos docentes del Proyecto Educativo del Centro y del Plan Anual del mismo.

j) Promover iniciativas en la formación del profesorado del Centro y elegir a sus representantes en el Centro de Profesores.

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k) Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración del horario general del Centro, de los horarios de los alumnos y de los horarios del profesorado, tratados previamente en ciclos.

l) Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación.

m) Analizar y valorar trimestralmente la situación económica del Centro.

n) Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general de Centro a través de los resultados de las evaluaciones y de cuantos otros medios se consideren.

ñ) Conocer las relaciones del Centro con las instituciones de su entorno.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE PROFESORE S

1. Las reuniones del Claustro deberán celebrarse en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros. En las reuniones ordinarias, el Secretario o Secretaria del Claustro, por orden del Director o Directora, convocará con el correspondiente Orden del Día a los miembros del mismo, con una antelación mínima de cuatro días y pondrá a su disposición la correspondiente información sobre los temas incluidos en él. Podrán realizarse además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.

2. El Claustro de Profesores será convocado por acuerdo del Director o Directora,

adoptado por propia iniciativa o a solicitud de, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y será preceptiva una sesión a principio de curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del Claustro de Profesores será obligatoria para todos sus miembros.

3. El Orden del Día será elaborado por el Director o Directora con las aportaciones

hechas por el Equipo Directivo y los Coordinadores de Ciclo en una reunión previa.

4. Si algún miembro del Claustro quiere alterar el Orden del Día, lo comunicará al inicio de la sesión y tras el debate y votación se decidirá.

5. Al principio de cada sesión del Claustro se reservará un espacio de tiempo para

informar acerca del último Consejo Escolar celebrado. El Secretario o Secretaria procederá a leer el acta de la última sesión del Consejo, lectura que podrán completar, si lo creyesen necesario, otros profesores o profesoras pertenecientes al Consejo.

6. Toda sesión del Claustro durará como máximo 90 minutos, contados a partir de su

inicio. Este plazo es prorrogable siempre y cuando se vote afirmativamente por la totalidad de los asistentes. Caso de no haberse agotado el Orden del Día, se levantará la sesión previo acuerdo del día y hora de continuación.

7. En los temas a debatir se abrirán los siguientes turnos de palabra:

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a) Turno abierto: para entrar en el debate. Su duración se deja a juicio del moderador. b) Turno cerrado: terminado el anterior turno se abrirá uno cerrado, por si hubiera algo nuevo que aportar, finalizado el cual nadie podrá intervenir, pasándose a la votación si hubiera lugar.

c) Turno por alusiones personales: este turno se considerará intercalado entre los dos anteriores al considerar que se puede replicar por alusiones personales. El turno de intervención se dará por el moderador, procurando éste finalizar la situación planteada cuando los términos del debate se alejen de los puntos del Orden del Día. Si fuera necesario, el moderador llevaría a votación por el Claustro la continuación o no de dicho turno por alusiones.

8. No se concederá turno de palabra sobre un tema, una vez realizada la votación del mismo.

9. El quórum necesario para que se celebre el Claustro es de 2/3 en primera convocatoria y mayoría simple en la segunda.

10. En primera votación los acuerdos se tomarán por mayoría simple. Caso de no darse mayoría simple, se abrirá un turno nuevo de intervenciones. Debatido de nuevo el tema, los acuerdos serán válidos siempre que el número de votos a favor de la propuesta superen al número de votos en contra.

11. Para revocar un acuerdo de Claustro será necesario un número de votos igual a la mayoría.

4.ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

En el centro existirán los siguientes órganos de coordinación docente:

a) Departamentos

b) Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

c) Tutores

DEPARTAMENTOS DIDACTICOS

1. Los Departamentos Didácticos son los órganos básicos encargados de organizar y desarrollar las enseñanzas de cada Especialidad musical y de las actividades que se le encomienden dentro del ámbito de sus competencias, bajo la coordinación del Jefe del Departamento y Jefe de Estudios.

2. A cada departamento didáctico pertenecerán los profesores y profesoras de las especialidades que impartan las enseñanzas propias de la especialidad. Estarán

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adscritos a un departamento los profesores y profesoras que, aún, perteneciendo a otro impartan alguna especialidad del primero.

COMPETENCIA DE LOS DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS

a) Elaborar los aspectos docentes del Plan Anual de Centro correspondientes al Departamento.

b) Formular propuestas al Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica relativas a

la elaboración o modificación del Proyecto Curricular de Centro.

d) Elaborar, antes del comienzo del curso académico la programación didáctica de las enseñanzas correspondientes a los Departamentos, bajo la coordinación y dirección del jefe del mismo, y de acuerdo con las directrices generales establecidas por el equipo técnico de coordinación pedagógica.

d) Promover la investigación educativa y proponer al Jefe de Estudios actividades

de perfeccionamiento.

e) Mantener actualizada la metodología didáctica.

e) Resolver en primera instancia las reclamaciones que el alumnado formule al Departamento y emitir los informes pertinentes.

f)) Llevar a cabo la evaluación de las actividades realizadas y elaborar las correspondientes propuestas de mejora, como parte integrante de la Memoria Final de Curso, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Consejo Escolar en esta materia.

g) Promover, organizar y realizar las Actividades Complementarias y

Extraescolares.

h) Elaborar las correspondientes programaciones didácticas.

i) Seleccionar los materiales didácticos, recursos y metodología.

j) Establecer su calendario de reuniones, respetando, en todo momento, los mínimos establecidos por la normativa vigente.

l) Realizar la programación conjunta del trabajo educativo así como una evaluación también conjunta de los alumnos.

m) Asegurarse de la adecuación de las programaciones entre los Departamentos.

n) Realizar el seguimiento del grado de cumplimiento de la programación didáctica y proponer medidas de mejora que se deriven del mismo.

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ñ) Determinar los criterios de evaluación y los instrumentos para llevarla a cabo.

o) Evaluar la práctica docente y los resultados del proceso de enseñanza – aprendizaje entre los Departamentos.

DESIGNACIÓN DE LOS JEFES DE DEPARTAMENTO DIDÁCTICO

1. Serán nombrados por el Delegado o Delegada Provincial y desempeñarán su cargo durante dos cursos académicos.

2. La Jefatura del Departamento será desempeñada por un profesor o profesora que

pertenezca al mismo y tenga destino definitivo. Cuando no lo haya, la jefatura podrá ser desempeñada por cualquier miembro del departamento.

3. En todos los casos, el Director elevará la oportuna propuesta a la correspondiente

Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia para su nombramiento.

CESE DE LOS JEFES DE DEPARTAMENTO DIDÁCTICO

1.- Los Jefes de los Departamentos cesarán en sus funciones al producirse alguna de las circunstancias siguientes:

a) Cuando finalice su mandato.

b) Renuncia motivada aceptada por el Delegado o Delegada Provincial, previo

informe razonado del Director.

c) A propuesta del Director, mediante informe razonado, oído el Claustro, con audiencia del interesado.

2.- Asimismo, podrá ser propuesto el cese de los jefes de departamento didácticos por el Director del centro, a petición de la mayoría absoluta de los miembros del Departamento, en informe razonado dirigido al Director, y con audiencia del interesado.

3.- Producido el cese de cualquier jefe de departamento didáctico, el Director del Centro procederá a designar al nuevo jefe del departamento.

.COMPETENCIAS DE LOS JEFES DE DEPARTAMENTOS DIDÁCTIC OS

a) Coordinar la elaboración de los aspectos docentes del Plan Anual de Centro y de la programación didáctica que se integra en el Departamento.

b) Dirigir y coordinar las actividades académicas del Departamento bajo la coordinación del Jefe de Estudios.

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c) Convocar y presidir las reuniones del Departamento y levantar acta de las mismas.

d) Velar por el cumplimiento de la programación didáctica del Departamento y la correcta aplicación de los criterios de evaluación.

e) Coordinar la organización de espacios e instalaciones, proponer la adquisición del material y equipamiento específico asignado al departamento y velar por su mantenimiento.

f) Promover la evaluación de la práctica docente de su Departamento y de los

distintos proyectos y actividades del mismo.

g) Colaborar en las evaluaciones que, sobre el funcionamiento y las actividades del Centro, promuevan los órganos de gobierno del mismo o la administración educativa.

h) Representar al Departamento en el Equipo Técnico de Evaluación Pedagógica.

i) Asistir a las reuniones de coordinación y hacer el seguimiento de las pruebas de

acceso a Grado Medio con los responsables de las mismas.

j) Velar por el grado de adecuación de las enseñanzas de las especialidades integradas en el Departamento al Proyecto Curricular y en su caso, ordenar las modificaciones oportunas.

k) Colaborar con el Secretario en la realización del inventario de los recursos materiales del Departamento.

l) Colaborar con el equipo directivo en el fomento de las relaciones con las

instituciones públicas y privadas para el fomento de las enseñanzas que le son propias.

EQUIPO TÉCNICO DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

COMPOSICIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

1. El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica estará integrado por el Director, que será su Presidente, el Jefe de Estudios, los Jefes de los distintos Departamento y en su caso el Secretario. Actuará como Secretario el Jefe de Departamento que designe el Director.

3. Se reunirá con una periodicidad mensual y celebrará una reunión extraordinaria al

comienzo del Curso Escolar, otra al finalizar éste y cuantas otras se consideren necesarias. A sus reuniones podrán asistir los profesores o profesoras que así lo deseen.

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4. De las reuniones se levantará acta en el libro correspondiente.

COMPETENCIAS DEL EQUIPO TÉCNICO DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

a) Establecer las directrices generales para la elaboración del Proyecto Curricular de Centro y de sus modificaciones.

b) Coordinar la elaboración del Proyecto Curricular de Centro y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el Proyecto de Centro y sus modificaciones.

c) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las programaciones didácticas de los Departamentos, del plan de orientación y de acción tutorial y del plan de formación del profesorado.

d) Organizar, bajo la coordinación del Jefe de Estudios, la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado de acuerdo con el Plan de Formación.

e) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones Curriculares para el alumnado.

f) Proponer al Claustro el Proyecto Curricular de Centro para su aprobación.

g) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación del Proyecto Curricular de Centro.

h) Proponer al Claustro de profesores la planificación general de las sesiones de evaluación de acuerdo con la Jefatura de Estudios.

i) Preponer al Claustro de Profesores el plan para evaluar el Proyecto Curricular de Centro, los aspectos docentes del Proyecto de Centro y del Plan Anual del mismo, la evolución del aprendizaje y del proceso de enseñanza.

j) Fomentar la evolución de todas las actividades y proyectos que el Centro realice,

colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración Educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

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TUTORES

TUTORÍA Y DESIGNACIÓN DE TUTORES

1. Todos los profesores de instrumento musical serán tutores del grupo de alumnos y alumnas al que les imparta clase, excepto los profesores que imparten las asignaturas del Lenguaje Musical, Coro y Piano Complementario .

2. El nombramiento de los profesores tutores se efectuará para un curso académico.

FUNCIONES DEL TUTOR

a) Desarrollar las actividades previstas en el Plan de Orientación y Acción Tutorial. Para ello podrán contar con la colaboración del equipo de Orientación Educativa.

b) Coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo y adoptar, junto

con el Equipo Educativo, la decisión que proceda acerca de la promoción de los alumnos y alumnas de acuerdo con los criterios que, al respecto, se establezcan en el Proyecto Curricular.

c) Coordinar, organizar y presidir el Equipo Educativo y las sesiones de evaluación

de su grupo de alumnos y alumnas.

d) Orientar y asesorar al alumnado sobre sus posibilidades académicas y profesionales.

e) Facilitar la integración de los alumnos y alumnas en el grupo y fomentar su

participación en las actividades del Centro.

f) Coordinar las actividades complementarias de los alumnos y alumnas del grupo en el marco de lo establecido por el Departamento de actividades complementarias y extraescolares.

g) Atender las dificultades de aprendizaje del alumnado para proceder a al

adecuación personal del curriculum.

d) Facilitar la integración de los alumnos/as en el grupo y fomentar su participación en las actividades del Centro.

e) Ayudar a resolver las demandas e inquietudes del alumnado.

e) Informar a los padres, profesores y profesoras y alumnado del grupo de todo

aquello que les concierna en relación con las actividades docentes, con las complementarias y con el rendimiento académico.

f) Cada tutor o tutora celebrará antes de la finalización del mes de noviembre una

reunión con todos los padres de sus alumnos/as para exponer el plan de trabajo

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del Curso, la programación y los criterios y procedimientos de evaluación, así como las medidas de apoyo que, en su caso, se vayan a seguir. Así mismo, mantendrá contactos periódicos con cada uno de ellos y, al finalizar el año académico, atenderá a los alumnos/as o a sus representantes legales que deseen conocer con detalle su marcha durante el Curso.

g) Facilitar la cooperación educativa entre el profesorado y los padres y madres de

los alumnos y alumnas.

h) Colaborar con el Equipo de Orientación Educativa en los términos que establezca la Jefatura de Estudios.

j) Cumplimentar la documentación académica individual del alumnado a su cargo.

l) Comunicar al Equipo Directivo las deficiencias orgánicas que se detecten en el alumnado del grupo, si se desprende de ellas un riesgo para el propio alumno/a o sus compañeros.

m) Dar a conocer a los padres, madres o tutores legales de su grupo de alumnos/as el calendario escolar, el horario de clases y el horario de tutorías.

n) Procurar que su grupo de alumnos/as cumpla las normas de convivencia del Centro y las emanadas del propio grupo.

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A) CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS DIFERENTES SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. DERECHOS Y DEBERES

5.ALUMNADO

Participación (Art. 2, 3, y 4 del ROC) Constituyen un deber y un derecho del alumnado la participación en el funcionamiento y en la vida del centro, y en los órganos que corresponde, así como la utilización de las instalaciones del mismo. Es igualmente un derecho y un deber del alumnado la participación y colaboración en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro.

Cauces de participación (Art. 5,6,1'y 8 del ROC) La participación del alumnado en el RCPMA se llevará a cabo a través de:

a) Los delegados y delegadas de grupo. b) Las Juntas de delegados y delegadas del alumnado.

b) El Consejo Escolar del Conservatorio. c) Las asociaciones de alumnos y alumnas legalmente constituidas en el Centro. d) Los Consejos Escolares Municipales, así como en el Consejo Escolar de Andalucía.

Delegados y subdelegados de curso

1. El alumnado de cada curso elegirá, por sufragio directo y secreto, por mayoría simple durante el primer mes del curso escolar, un delegado o delegada de curso así como un subdelegado o subdelegada, que sustituirá a la persona que ejerce la delegación en caso de vacante, ausencia o enfermedad. Las elecciones se realizarán en todos los grupos de Lenguaje Musical. 2. Los delegados y delegadas colaborarán con el profesorado en los asuntos que afecten al funcionamiento de la clase y, en su caso, trasladarán a la jefatura de estudios las sugerencias y reclamaciones del alumnado al que representan.

El alumnado:

1. Tienen la condición de alumnos/as todos los matriculados en este Centro.

2. Al adquirir la condición de nuevos alumnos se les entregará a sus padres o tutores

legales, una copia de los derechos y deberes de los alumnos y de las Normas de Convivencia que figuran en el R.O.F

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3. Los derechos y deberes de los alumnos se encuentran desarrollados en el Decreto 85/1999, del 6 de abril por el que se regulan los derechos y deberes del alumnado y las correspondientes normas de convivencia en los centros docentes.

4. Son éstos, adaptados a nuestro Centro:

DERECHOS DE LOS ALUMNOS

Los alumnos tendrán los siguientes derechos:

a) A una formación integral que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.

b) A que se respete su conciencia cívica, moral y religiosa de acuerdo con la Constitución.

c) A que el Centro les facilite cuantas oportunidades y servicios educativos sean posible para que puedan desarrollarse física, moral y socialmente en condiciones de libertad y dignidad.

d) A la participación activa en la vida escolar y en la organización del Centro, en los términos que marca la ley.

e) A la orientación educativa atendiendo a los problemas personales de aprendizaje y desarrollo de la personalidad.

f) A la utilización del mobiliario, de las instalaciones y material del Centro que responderán a las máximas garantías de seguridad e higiene.

g) A formular ante los profesores y el Equipo Directivo cuantas iniciativas y reclamaciones estime oportunas, siguiendo los cauces reglamentarios.

h) A recibir información sobre los medios que la Administración pone a su disposición.

i) A reunirse, con el conocimiento previo del Director o Jefe de Estudios, para tratar asuntos relativos a su actividad como alumnos.

j) A conocer el Reglamento de Organización y Funcionamiento.

k) A conocer las fechas y criterios de evaluación.

l) A tener Delegado/a de clase que hagan de portavoces del grupo.

m) A ser informados de cuanto afecte a su proceso educativo.

n) A ser atendido en caso de accidente o enfermedad súbita.

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ñ) A ser educados y tratados en un espíritu de comprensión, tolerancia y convivencia democráticas.

o) A que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad.

p) Derecho a no ser discriminados por razón de nacimiento, sexo, raza, religión, ....

o cualquier otra circunstancia personal o social. q) Igualdad de oportunidades. r) Derecho a percibir ayudas para compensar carencias de tipo familiar, económico

o sociocultural. s) El alumnado tiene derecho al estudio y a participar en las actividades orientadas

al desarrollo del currículo de las diferentes áreas, materias y especialidades. t) Derecho a recibir orientación escolar y profesional para conseguir el máximo

desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones o intereses.

u) El alumnado tiene derecho a que sus actividad se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene.

v) A elegir, mediante sufragio directo y secreto, a sus representantes en el Consejo Escolar

DEBERES DE LOS ALUMNOS:

- Deber de estudiar, asistir a clase con puntualidad, cumplir y respetar los horarios, seguir las orientaciones del profesor y participar en las actividades orientadas al desarrollo del currículo de las diferentes áreas o materias.

- Tener interés por aprender.

- Conocer y respetar el R.O.F. cumpliendo su normativa.

- Tener un trato respetuoso con los profesores y con el personal no docente del Centro.

- Acudir a clase limpios y aseados.

- Acudir puntualmente a las clases y demás actividades escolares.

- Respetar el edificio, material didáctico, instalaciones y mobiliario del colegio.

- Justificar las faltas de asistencia a clase, considerándose injustificadas aquéllas que no s sean debidamente acreditadas.

- Respetar las convicciones morales, políticas y religiosas de toda la Comunidad Escolar.

- No discriminar a nadie en razón de sus características especiales, de su sexo, de su raza, de su religión ni de su ideología.

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- Respetar las pertenencias de los demás.

- Colaborar con el profesorado en aquellas misiones que se les encomiende y que estén destinadas al mejor funcionamiento, orden y limpieza del Centro.

- Acudir a clase con el material necesario.

- Devolver los boletines de evaluación firmados por los padres o tutores en el tiempo que se establezca.

- No perturbar el orden ni la marcha de la clase.

- Contribuir a mantener la limpieza del centro haciendo uso de las papeleras instaladas al respecto.

- Mantener en orden las aulas de clase así como el resto de las dependencias.

- Respetar el derecho al estudio, de sus compañeros.

- Estudiar y realizar los deberes que se les encomiende con el mayor interés.

ADSCRIPCIÓN Y AGRUPAMIENTO DEL ALUMNADO

La adscripción del alumnado a los diferentes grupos será realizada por la Jefatura de Estudios en base a los siguientes criterios:

1.- A su ingreso en los estudios de música los grupos de alumnos se constituirán según la ratio en los grupos de asignaturas colectivas (lenguaje Musical, Coro y colectiva de instrumento). Se tienen en cuenta los horarios de clases individuales de instrumento para hacerlas compatibles con las clases colectivas y en horas sucesivas y procuranddo que el alumnos solo tenga que desplazarse dos días al Centro, especialmente los alumnos que vienen desde otros municipios.

2.- Al promocionar de un curso a otro se intenta que los alumnos, a ser posible, continúen con el mismo profesor de instrumento para que su periodo de aprendizaje sea lo más homogéneo posible.

3. Se respetará la continuidad de cada alumno/a con su grupo y profesor/a al promocionar de curso. No obstante, al principio de cada Curso, se podrá reconsiderar esta continuidad en base a posibles problemas de adaptación o de conducta, que aconsejaran el cambio de grupo.

4. Ningún otro motivo podrá ser presentado como causa que justifique una adscripción de los alumnos, distinta a la que se deriva de los criterios expuestos. Todos estos cambios y adscripciones se producirán una vez que haya sido debatida y consensuada cada propuesta en el seno del Equipo Educativo y posteriormente aprobada por el Claustro.

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5.- El número de alumnos/as que formarán cada grupo, se propondrá al Claustro por el Equipo Directivo y se dará a conocer al Consejo Escolar, en función de lo que establezca la ratio.

6.- En ningún caso se procederá al agrupamiento de alumnos/as en base a su capacidad intelectual o a su rendimiento académico.

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Representantes del alumnado en el Consejo Escolar del Conservatorio.

Todos los alumnos y alumnas del Centro estarán representados en el Consejo Escolar por el número determinado de alumnos que la legislación establece. Serán elegidos democráticamente y por sufragio entre todos los candidatos, con arreglo a la legislación vigente. Los alumnos y alumnas del Consejo Escolar son miembros de pleno derecho del mismo.

Asociaciones del Alumnado.

1. El alumnado matriculado en un conservatorio podrá asociarse, de acuerdo con la normativa vigente. 2. Las asociaciones del alumnado tendrán las finalidades que se establezcan en sus propios estatutos, entre las que se considerarán, al menos, las siguientes:

a) Expresar la opinión del alumnado en todo aquello que afecte a su situación en el conservatorio. b) Colaborar en la labor educativa del conservatorio y en el desarrollo de las actividades complementarias y extraescolares del mismo. c) Promover la participación del alumnado en los órganos colegiados del conservatorio. d) Realizar actividades culturales, deportivas y de fomento de la acción cooperativa y del trabajo en equipo. e)

3. Las asociaciones del alumnado tendrán derecho a ser informadas de las actividades yrégimen de funcionamiento del conservatorio de las evaluaciones de las que hayapodido ser objeto el conservatorio así como del Plan de Centro establecido por el mismo

4. Las asociaciones del alumnado se inscribirán en el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, a que se refiere el Decreto 71/2009, de 31 de marzo por el que se regula el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza.

El Profesorado (Art 9,10 y 11 del ROC)

Participación La participación del profesorado es vital para que el centro realmente funcione. Los aspectos directamente relacionados con el profesorado vienen expresados en el Proyecto educativo del Plan de Centro.

Cauces de participación La participación del profesorado se realiza a través del Claustro de Profesorado de los representantes del Profesorado en el Consejo Escolar, que serán seis profesores o profesoras, y de los diferentes órganos de coordinación docente del centro. Los órganos de coordinación docente son los siguientes:

a) Tutoría b) Equipos docentes c) Departamento de orientación, formación, evaluación e innovación educativa

d) Departamentos de coordinación didáctica y del departamento de extensión cultural y promoción artística e) Equipo técnico de coordinación pedagógica.

El Profesorado colaborará, de forma directa o indirecta, en el ejercicio de las competencias y funciones que desarrollen estos órganos y equipos.

6.PROFESORADO

1. Tienen la condición de profesores/as del Centro todos los que imparten clases en él, de cualquier materia, curso o especialidad, sea cual fuere su situación administrativa.

2. En Andalucía, los derechos y deberes del profesorado se recogen en la Ley 6/85 de 28 de Noviembre (BOJA 28-11-85) y en la posterior corrección de errores del BOJA de 21-12-85.

DERECHOS DEL PROFESORADO

- Ser respetados en su integridad física, moral, intelectual e ideológica.

- Ejercer su actividad docente de acuerdo con el principio de Libertad de Cátedra y con las únicas limitaciones que marque la legislación vigente.

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- Participar en los órganos de gestión y representación del Centro marcados por la ley.

- Poseer información de todo aquello que pueda afectarles personal y profesionalmente cuando esta información llegara al Centro.

- Celebrar Asambleas para discutir o debatir sobre asuntos profesionales y/o laborales.

- Disponer, en la forma que la organización del Centro establezca, de los medios que éste pueda proporcionarle para el desarrollo de su actividad académica, así como para su actualización y perfeccionamiento.

- Poder presentar ante los Órganos Colegiados o Unipersonales cuantas sugerencias o reclamaciones desee.

-Reunirse libremente en el Centro, con el conocimiento de la dirección y sin interferir el desarrollo normal de las actividades diarias, para asuntos relacionados con la actividad docente.

- Tener acceso a los documentos, actas de los Órganos Colegiados y archivos del Centro, previa comunicación al Equipo Directivo.

- Ocupar las tutorías de las especialidades según criterios Técnico- Pedagógicos.

DEBERES DEL PROFESORADO

- Cumplir lo establecido en el R.O.F. - Orientar su trabajo hacia el cumplimiento del Proyecto de Centro.

- No interferir negativamente en la actividad profesional del resto del colectivo o

en la marcha del Centro. - No abandonar el Centro durante la jornada escolar. En caso de necesitar

ausentarse, deberán comunicarlo al Director. - En caso de no asistencia al puesto de trabajo, se está a lo dispuesto a la

normativa vigente. - Cuando un profesor/a sepa con antelación la imposibilidad de asistencia a clase,

lo pondrá en conocimiento del Director, con tiempo suficiente con el fin de que puedan tomarse las medidas oportunas; dejará información y preparación del trabajo a seguir por los alumnos/as a los que imparta enseñanza. En caso de ausencia imprevista hará lo posible para comunicarlo con antelación a la jornada escolar.

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- En caso de ausencia de algún profesor o profesora será el jefe de Estudios el que determine la atención de ese o esos grupos de alumnos y alumnas. En cualquier caso, se evitará dentro de lo posible el reparto de alumnos dando prioridad a la permanencia en sus clases a los de menor edad. La atención de estos grupos de alumnos se llevará a cabo por parte de los profesores/as que figuran en el cuadro de horario como profesores de guardia.

- Todos el profesorado del Centro tiene la obligación ineludible de prestar auxilio

a los alumnos/as que por enfermedad o accidente súbito así lo necesiten. En caso necesario recabarán la asistencia médica adecuada. De tener que desplazarse a un centro sanitario lo hará, en la medida de lo posible, el profesor o profesora que menos altere la marcha normal de las clases, algún miembro del Equipo Directivo o profesor de guardia.

- En aquellas actividades extraescolares en la que sea necesario salir del

Conservatorio, será obligatorio recabar la autorización previa del padre, madre o representante legal para que el alumno/a pueda asistir a ella.

- Ser responsable de sus alumnos/as durante el horario de clase. - . - Cada profesor o profesora se hará cargo a la entrada y salida de clase del grupo

de alumnos que según el horario le corresponda. - Los cambios de clase se realizarán con puntualidad y diligencia.

- En las salidas de clase será el profesor/a el último en abandonar el aula vigilando

que se desarrolle manteniendo el orden. - Todos los profesores/as estarán obligados a cumplir y a colaborar en el

cumplimiento de cuantas normas apruebe el Claustro, el Consejo Escolar, el Equipo Directivo y el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

- Ser puntuales al inicio y a la finalización de las clases.

- Atender a los padres o representantes legales de los alumnos y alumnas durante

las horas fijadas para tutoría. - Controlar diariamente la asistencia de sus alumnos, tomando las medidas que

considere necesarias cuando no existiera una justificación a las mismas. - Cumplimentar toda la documentación oficial de su competencia.

- Asistir a las reuniones de Claustro y demás órganos colegiados y de

coordinación siempre que no exista un motivo justificado que lo impida. - Colaborar en el mantenimiento y conservación del material educativo,

instalaciones, mobiliario, la limpieza y la convivencia.

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- Dar a conocer a sus alumnos y alumnas las Normas de Convivencia que regulan la vida del Centro, sus Derechos y Deberes, y los procedimientos disciplinarios para corregir conductas contrarias a las Normas de Convivencia.

7 .PADRES/MADRES/TUTORES DE ALUMNOS

Participación (Art. 13 del ROC) Las madres, padres o representantes legales del alumnado menor de edad,

como principales responsables que son de la educación de sus hijos e hijas o pupilos, tienen la obligación de colaborar con los conservatorios y con el profesorado.

Cauces de participación

La participación de las familias se llevará a cabo a través de las asociaciones de madres y padres, y de los representantes de los padres y madres en el Consejo Escolar. Para que esta participación sea efectiva, se llevarán a cabo una serie de medidas que la favorezcan, a través de la organización de reuniones informativas durante el curso, una de ellas a principios de curso. En ésta se abordarán todos los aspectos organizativos y novedosos en cada curso que se consideren de su interés: normas de funcionamiento de centro, tutorías del profesorado, horario del alumnado, etc. Además, se facilitará la comunicación entre padres y tutores reservando una hora semanal en el horario de cada tutor o tutora destinada a este fin (siempre previa cita). Se realizarán al menos, tres reuniones más a lo largo del curso coincidiendo con la finalización de cada una de las evaluaciones.

Representantes de las familias del Alumnado en el Consejo Escolar del Conservatorio.

La representación de las familias en el Consejo escolar del Conservatorio estará integrada por tres padres, madres o representantes legales del alumnado menor de edad, de los que uno será designado por la asociación de madres y padres del alumnado con mayor número de personas asociadas, si procediera. Serán elegidos democráticamente y por sufragio entre todos los candidatos, con arreglo a la legislación vigente. Los padres, madres o representantes legales del alumnado del Consejo Escolar son miembros de pleno derecho del mismo.

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PADRES/MADRES/TUTORES DE ALUMNOS

1. En el Centro Podrán existir las Asociaciones de Padres y alumnos tal como se regula en el Decreto 27/1.998, de 10 de Febrero.

2. Serán competencia de la A.P.A. las siguientes:

a) Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del Proyecto de Centro.

b) Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del Centro que considere oportuno.

c) Informar a los padres de su actividad

d) Recibir información del Consejo Escolar sobre los temas tratados por el mismo, así como recibir el orden del día de las reuniones de dicho Consejo antes de su realización, con el objeto de poder elaborar propuestas.

e) Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de este.

f) Formular propuestas para la realización de actividades complementarias y extraescolares y colaborar en el desarrollo de las mismas.

g) Conocer los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el Consejo Escolar.

h) Recibir un ejemplar del Proyecto de Centro y de sus modificaciones, así como del Plan Anual de Centro y de la Memoria Final de Curso.

i) Recibir información sobre libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el Centro.

j) Realizar propuestas para la elaboración del ROF y de sus modificaciones.

k) Fomentar la colaboración entre los padres, madres y el profesorado del Centro para contribuir a un mejor funcionamiento y convivencia en el mismo.

l) Utilizar las instalaciones del Centro en los términos que establezca el Consejo Escolar. No obstante lo anterior, (especificado en el Decreto 201/1.997, de 3 de Septiembre, BOJA de 6 de setiembre), se especifican los siguientes

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derechos y deberes, ya sean ejercidos a título individual y/o como asociación.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE ALUMNOS.

- Elegir libremente a sus representantes en los órganos colegiados, y presentar sus candidaturas a los mismos de acuerdo con la Ley.

- Que sus hijos o tutelados reciban la formación más completa que el Centro

pueda proporcionarle. - Que sus hijos reciban una educación conforme a los fines establecidos en la

Constitución. - Ser informados de cualquier aspecto relacionado con la formación de su hijo.

- Ser oídos por el personal del Centro al expresar las reclamaciones y sugerencias

que crean oportunas. - Conocer las respuestas a sus peticiones y las explicaciones sobre las mismas.

- Participar activamente en los Órganos Colegiados para los que fuesen elegidos y

en cuantas comisiones y equipos de trabajo, que no sean privativas de algún otro sector , se creen en el Centro, especialmente las relacionadas con las actividades extraescolares.

- Poder utilizar las dependencias del Centro con fines educativos, siempre que no

suponga alteración del normal funcionamiento de la actividad docente y con el conocimiento previo de algún miembro del Equipo Directivo.

- En el caso de la APA, poder contar con un local determinado de uso propio

dentro del Conservatorio. - La Junta Directiva de la APA se reunirá al menos tres veces en el Curso, con el

Director/a del Centro, con el fin de estar informados y manifestar su opinión y ayuda sobre los asuntos generales que afectan al Conservatorio.

- Derecho a reunión cuyo derecho se facilitará de acuerdo con la legislación

vigente y teniendo en cuenta el normal desarrollo de las actividades docente.

- Conocer y cumplir el ROF. - Asumir las Normas de Convivencia del Centro y colaborar para que sus hijos/as

también las asuman y respeten. - Colaborar para la creación de un ambiente de convivencia positivo entre todos

los miembros de la Comunidad Educativa.

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- Respetar las funciones que son propias y exclusivas del resto de estamentos de la organización escolar.

- Cooperar constructivamente con el Centro en todo lo que este relacionado con la

formación de sus hijos/as. - Proporcionar a sus hijos/as, en la medida de lo posible, el material necesario para

que la labor educativa sea eficiente. - Responder a las citaciones, requerimientos y sugerencias que se les haga en

relación con la instrucción y educación de sus hijos/as. - Procurar que sus hijos/as asistan a clase puntualmente y con el debido aseo.

- Respetar el horario establecido para entrevistas con el Equipo Directivo o los

profesores tutores. - Justificar mediante volante medico que no hay peligro de contagio, después de

una enfermedad contraída por sus hijos/as. - Los padres y madres de los alumnos/as no podrán permanecer en el Centro en

horario lectivo, respetando los horarios de tutoría de cada profesor, concertada ésta previa cita. (Punto insertado en la Revisión del R.O.F. por el Consejo Escolar en su reunión Ordinaria del día 5 de febrero de 2.004)

- Abstenerse de visitar a sus hijos/as y al profesor tutor durante la jornada lectiva,

salvo causa de fuerza mayor. - No desautorizar la acción de los profesores en presencia de sus hijos

- Justificar documentalmente, en caso de separación judicial, a quién corresponde

la guardia y custodia de los hijos/as. - Conocer las calificaciones de sus hijos/as y firmar los boletines

correspondientes. - Facilitar las obligaciones de sus hijos/as con respecto al Centro.

- Poner un horario de estudio a los hijos y procurarles un lugar para estudiar.

- Estimular a sus hijos en el respeto a los profesores y demás personal del Centro.

Cuidado del Centro, sus medios e instalaciones. - Mantener las reuniones y entrevistas que procedan con los profesores-tutores de

sus hijos/as, dentro del día y hora previstos. - Recoger personalmente o mediante persona autorizada a los alumnos/as que

deban ausentarse del Centro en horario escolar y que sean menores.

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EL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

El personal de administración y servicios tendrá derecho a participar en el Consejo Escolar en calidad de representante del personal de administración y servicios, de acuerdo con las disposiciones vigentes, y a elegir a sus representantes en este órgano colegiado.

b) ROF LOS CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE GARANTICEN E L RIGOR Y LA TRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES P OR LOS DISTINTOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE COORDINACIÓN DOC ENTE, ESPECIALMENTE EN LOS PROCESOS RELACIONADOS CON LA ESCOLARIZACIÓN Y LA EVALUACIÓN. ESCOLARIZACIÓN

Para garantizar la transparencia en la escolarización del alumnado aspirante a

realizar sus estudios musicales en nuestro Centro, hay que regirse por la ORDEN de 7 de julio de 2009, por la que se regulan las pruebas de aptitud y de acceso a las enseñanzas básicas de las enseñanzas elementales de Música.

Las pruebas a que hace referencia el artículo 1.1 serán de dos tipos: a) Prueba de aptitud para acceder al primer curso de las enseñanzas básicas de música. b) Prueba de acceso a un curso distinto del de primero de las enseñanzas básicas de música.

Convocatoria de la prueba de aptitud.

1. Se deberá realizar una prueba para evaluar las aptitudes para la música de los aspirantes. 2. La prueba a que se refiere el apartado 1 se celebrará entre el 15 de mayo y el 5 de junio de cada año y será convocada por las personas que ostentan la Dirección de los centros, con antelación suficiente, indicando en la convocatoria las fechas de celebración de la misma y el tipo de ejercicios que configurarán su contenido, con el fin de orientar a los aspirantes.

Convocatoria de las pruebas de acceso a cursos distintos del de primero.

1. Siempre que existan solicitudes dentro del plazo de admisión, podrán efectuar pruebas de acceso a cursos distintos del de primero, sin que se requiera haber cursado los anteriores, previa autorización de la Dirección General competente en la materia, que será cursada a través de la Delegación Provincial correspondiente, antes del 30 de abril de cada curso académico. 2. De existir plazas vacantes, y de acuerdo con lo establecido en el apartado 1, las pruebas de acceso a cursos distintos del de primero se celebrarán entre el 1 y el 10 de septiembre de cada año, y serán convocadas por las personas que ostentan la Dirección de los centros, en la primera quincena del mes de julio, indicando en la convocatoria las fechas de celebración de las mismas y el tipo de ejercicios que configurarán su contenido, con el fin de orientar a los aspirantes. 3. En las pruebas de acceso a cursos distintos del de primero no podrá participar el alumnado ya matriculado en estas enseñanzas.

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Participantes

Podrán participar en las pruebas, exclusivamente, aquellos aspirantes que hayan presentado solicitud de admisión en los plazos establecidos en la Orden de 24 de febrero de 2007, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados, a excepción de los universitarios.

Estructura y contenido de la prueba de aptitud.

La prueba de aptitud, que no estará vinculada a ningún instrumento musical, será elaborada por cada centro, y deberá valorar las capacidades siguientes:

a) Capacidad rítmica. b) Capacidad auditiva, a través de la percepción del tono e intensidad de los línea melódica y del canto de melodías sencillas.

Estructura y contenido de las pruebas de acceso a cursos distintos del de primero: Las pruebas de acceso a cursos distintos del de primero constarán de dos partes:

a) Interpretación, en el instrumento que vaya a cursar el aspirante, de dos obras de entre las que fije el centro para cada curso. b) Ejercicio teórico-práctico para valorar los conocimientos propios del curso al que el aspirante tuviera ocasión de incorporarse de acuerdo con el ejercicio anterior. La adecuación del contenido y la valoración de esta prueba será acorde con la distribución por cursos de los objetivos, contenidos y criterios de evaluación del proyecto educativo del centro y deberá estar recogida en dicho proyecto. Una vez aprobado el proyecto educativo, cada centro hará pública la adecuación de dicha prueba a los niveles respectivos. En todo caso, los mínimos exigibles para el acceso a un curso distinto del de primero deberán coincidir con el nivel exigido en la programación general anual del centro, para superar el curso inmediatamente anterior a aquel al que el aspirante pretenda acceder.

Tribunales.

Para la valoración de las pruebas se constituirán Tribunales compuestos por tres profesores o profesoras designados por la Dirección del centro. Uno de ellos actuará como Presidente o Presidenta y otro como Secretario o Secretaria, pudiendo existir un profesor o profesora suplente para cada miembro del tribunal.

Los Tribunales ajustarán su actuación a lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Título IV, Capítulo II de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Para las pruebas de aptitud el tribunal será único y, para las pruebas de acceso a cursos distintos del de primero existirá un tribunal por cada materia instrumental, debiendo ser uno de sus miembros profesor o profesora de la citada materia. En la medida de lo posible, y de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se procurará que exista una representación equilibrada de hombres y mujeres.

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Procedimiento. 1. Los centros, en función de las solicitudes de admisión presentadas publicarán en el tablón de anuncios la relación de los aspirantes que podrán efectuar las pruebas. 2. Los miembros de los distintos tribunales evaluarán conjuntamente cada una de las partes de las que se componen las pruebas.

Calificación de las pruebas.

Cada uno de los apartados de que consta la prueba de aptitud, a la que se refiere el artículo 6, será calificado de 1 a 10 puntos.

La calificación global de la prueba será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en los dos apartados de que consta la citada prueba.

Cada una de las dos partes de que consta la prueba de acceso a curso distinto del de primero será calificada de 1 a 10 puntos.

La calificación global será la media ponderada de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, ponderándose el primero de ellos en un 70% y el segundo en un 30%.

Para la superación de las pruebas a que hacen referencia los apartados 1 y 2, será necesario obtener en la calificación global un mínimo de 5 puntos.

Publicación y reclamación de las calificaciones de las pruebas.

Una vez concluidas las pruebas, se levantará el acta correspondiente, que será firmada por los miembros del tribunal, publicándose a continuación, en el tablón de anuncios del centro, la correspondiente lista de calificaciones obtenidas por los aspirantes, debiendo aparecer, tanto la puntuación de cada uno de los ejercicios, como la calificación global. Dicha lista, que será única para las pruebas de aptitud y separada según la materia instrumental para las pruebas de acceso a cursos distintos del de primero, deberá ordenarse de mayor a menor calificación.

Contra la citada lista de calificaciones se podrá interponer reclamaciones ante el tribunal, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su publicación. Dichas reclamaciones se harán por escrito y concretando los motivos de las mismas. El Tribunal se reunirá dentro de las veinticuatro horas siguientes para estudiar las reclamaciones presentadas y, en su caso, modificar el acta y la lista de calificaciones. El Tribunal dará publicidad, en el tablón de anuncios del centro, a la resolución de las reclamaciones a las que se refiere el apartado anterior, procediendo, asimismo, a la publicación de los listados definitivos de calificaciones.

Contra la citada resolución podrá presentarse recurso de alzada, conforme a lo preceptuado en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la persona titular de la Delegación Provincial correspondiente. La superación de las pruebas surtirá efecto únicamente para el curso académico para el que hayan sido convocadas. Los aspirantes admitidos deberán efectuar la matrícula en los plazos establecidos en el artículo 35 de la Orden de 24 de febrero de 2007.

EVALUACIÓN

Para poder garantizar la transparencia en la toma de decisiones de los distintos órganos de coordinación docente en cuanto a la evaluación del alumnado es necesario acudir a la Orden de 24 de junio de 2009, donde detalla las normas generales de ordenación de la evaluación.

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De conformidad con lo dispuesto en los Decretos 16/2009, de 20 de enero, y 17/2009, de 20 de enero, la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de las enseñanzas básicas será continua e integradora, aunque diferenciada, según las distintas materias del currículo.

La evaluación será continua en cuanto estará inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado, con el fin de detectar las dificultades en el momento en que se produzcan, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las medidas necesarias que permitan al alumnado continuar su proceso de aprendizaje.

La evaluación será integradora, debiendo tener en cuenta las capacidades establecidas en los objetivos generales de las enseñanzas elementales de danza y de música, a través de las expresadas en los objetivos de las distintas materias que constituyen el currículo.

La evaluación será diferenciada según las distintas materias del currículo, por lo que observará los progresos del alumnado en cada una de ellas y tendrá como referente los objetivos generales de estas enseñanzas. Asimismo, en la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado se considerarán las características propias de éste y el contexto sociocultural del centro. La evaluación tendrá un carácter formativo y orientador del proceso educativo y proporcionará una información constante que permita mejorar, tanto los procesos, como los resultados de la intervención educativa. El alumnado podrá solicitar al profesorado responsable de las distintas materias aclaraciones acerca de las evaluaciones que se realicen para la mejora de su proceso de aprendizaje.

Asimismo, en su caso, los padres, madres o tutores legales ejercerán este derecho a través de la persona titular de la tutoría. Se harán públicos los criterios de evaluación comunes y los propios de cada materia que se aplicarán para la evaluación de los aprendizajes, la promoción del alumnado y la obtención de la titulación.

Criterios de evaluación.

De conformidad con lo establecido en el artículo 15.4 de los Decretos 16/2009, de 20 de enero, y 17/2009, de 20 de enero, el profesorado evaluará tanto el aprendizaje del alumnado como los procesos de enseñanza. En todo caso, los criterios de evaluación de las materias serán referente fundamental para valorar el grado de consecución de los objetivos. Los centros docentes deberán especificar en su proyecto educativo los procedimientos y criterios de evaluación comunes que ayuden al profesorado a valorar el grado de adquisición de los objetivos generales de estas enseñanzas y faciliten la toma de decisión más adecuada en cada momento del proceso evaluador.

A los efectos de lo previsto en la Orden de 24 de junio de 2009, deberá entenderse por criterios de evaluación comunes el conjunto de acuerdos incluidos en el proyecto educativo que concretan y adaptan al contexto del centro docente los criterios generales de evaluación establecidos en los Decretos 16/2009, de 20 de enero, y 17/2009, de 20 de enero. El Conservatorio Elemental de Antequera establece los siguientes criterios de evaluación comunes: • El alumnado deberá superar los objetivos y contenidos establecidos por cada departamento didáctico en cada asignatura, atendiendo en todo momento a las adaptaciones curriculares que pudieran surgir por alumnado con necesidades educativas

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especiales, alumnos que se han incorporado tarde al sistema educativo, alumnado con altas capacidades intelectuales, etc. • El alumnado que presente más del 30% de ausencias injustificadas en el trimestre perderá el derecho a la evaluación continua. • A la hora de la evaluación del alumnado se tendrá en cuenta además la actitud ante la clase, el comportamiento y el interés a lo largo del trimestre. El alumnado tiene derecho a ser evaluado conforme a criterios de plena objetividad, así como a conocer los resultados de sus aprendizajes, para que la información que se obtenga, a través de los procedimientos informales y formales de evaluación, tenga valor informativo y lo comprometa en la mejora de su educación.

El conservatorio hará públicos los criterios de evaluación comunes y los propios de cada materia que se aplicarán para la evaluación de los aprendizajes, la promoción del alumnado y la obtención de la titulación. La participación del alumnado y de sus padres, madres o tutores legales en el desarrollo del proceso de evaluación queda recogida en el presente reglamento, en el punto anterior.

Evaluación continua.

La evaluación continua será realizada por el equipo docente, que actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del mismo, coordinado por quien ejerza la tutoría. El profesor o la profesora responsable de cada materia decidirá la calificación de la misma. Los procedimientos formales de evaluación, su naturaleza, aplicación y criterios de corrección deberán ser conocidos por el alumnado, con el objetivo de hacer de la evaluación una actividad educativa.

Sesiones de evaluación.

La sesión de evaluación es la reunión del equipo docente, coordinada por quien ejerza la tutoría, para intercambiar información y adoptar decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado orientadas a su mejora.

A lo largo de cada uno de los cursos, dentro del período lectivo ordinario, se realizarán para cada grupo de alumnos y alumnas, al menos, tres sesiones de evaluación, sin perjuicio de lo que a estos efectos los centros docentes puedan establecer en sus proyectos educativos. La persona titular de la tutoría de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptados. La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos y decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación. Los resultados de la evaluación de cada materia se expresarán por medio de calificaciones, en los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT) y Sobresaliente (SB), considerándose calificación negativa el Insuficiente y positivas todas las demás. Estas calificaciones irán acompañadas de una calificación numérica, sin emplear decimales, en una escala de uno a diez, aplicándose en este caso las siguientes correspondencias: Insuficiente: 1, 2, 3 ó 4. Suficiente: 5. Bien: 6. Notable: 7 u 8. Sobresaliente: 9 ó 10.

En las sesiones de evaluación se acordará también la información que sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, se transmitirá al alumnado y, en su caso, a su padre, madre o tutores legales, de acuerdo con lo recogido en el proyecto educativo del centro, en los Decretos 16/2009, de 20 de enero, y 17/2009, de 20 de enero, en la presente Orden y en la demás normativa que resulte de aplicación.

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Evaluación a la finalización del curso. Al término de cada curso se valorará el progreso global de cada alumno y

alumna en las diferentes materias, en el marco del proceso de evaluación continua llevado a cabo. La valoración del progreso del alumnado, expresada en los términos descritos en el artículo anterior, se trasladará al acta de evaluación, al expediente académico y al historial académico de las enseñanzas básicas de música o de danza.

Las calificaciones de las materias pendientes de cursos anteriores se consignarán, igualmente, en el acta de evaluación, en el expediente académico y en el historial académico de las enseñanzas básicas de música o de danza. El alumnado, los padres, madres o tutores legales, podrán formular reclamaciones sobre los resultados de la evaluación final, de acuerdo con el procedimiento establecido en la disposición adicional primera.

Promoción del alumnado.

De conformidad con lo establecido en el artículo 16.1 de los Decretos 16/2009, de 20 de enero, y 17/2009, de 20 de enero, el alumnado promocionará de curso cuando haya superado las materias cursadas o tenga evaluación negativa, como máximo, en una materia. En el supuesto de que un alumno o alumna promocione con una materia no superada, su recuperación deberá realizarse en el curso al que promociona, si dicha materia forma parte del mismo. En caso contrario, deberá asistir a las clases del curso del que procede. La evaluación y calificación de las materias pendientes deberá realizarse antes de la evaluación final del curso al que se promociona.

Exámenes de septiembre

El alumnado matriculado en 1º y 2º de EE.PP. de música, podrá hacer uso de la convocatoria extraordinaria de septiembre en caso de no haber superado alguna o algunas de las materias. Será el profesor o profesora de la asignatura el que lo califique. En caso de que el profesor esté destinado en otro Centro a partir del día uno de septiembre, vendrá exclusivamente a nuestro Centro a atender a su alumnado con asignaturas pendientes. En el caso de que el profesor/ a que examina ya no trabaje para la Junta de Andalucía, se hará cargo del examen el departamento de la asignatura. En este caso serán dos profesores del departamento los que examinen al alumnado para garantizar una mayor objetividad.

Participación del alumnado y las familias en el proceso de evaluación.

Con el fin de garantizar el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, las personas titulares de las tutorías, así como el resto del profesorado, informarán a los padres, madres o tutores legales sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas. Esta información se referirá a los objetivos establecidos en el currículo y a los progresos y dificultades detectadas en la consecución de los objetivos de cada una de las materias. A tales efectos, las personas titulares de las tutorías requerirán, en su caso, la colaboración de los restantes miembros de equipo docente. Al menos tres veces a lo largo del curso, la persona titular de la tutoría informará por escrito a los padres, madres o tutores legales, sobre el aprovechamiento académico del alumno o alumna y la evolución de su proceso educativo.

Al finalizar el curso se informará por escrito a los padres, madres o tutores legales, acerca de los resultados de la evaluación final. Dicha información incluirá, al menos, las calificaciones obtenidas en las distintas materias cursadas, la decisión acerca

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de su promoción al curso siguiente y las medidas adoptadas, en su caso, para que el alumno o alumna alcance los objetivos establecidos en cada una de las materias, según los criterios de evaluación correspondientes. Con el fin de garantizar el derecho que asiste al alumnado a la evaluación y al reconocimiento objetivo de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar, el profesorado informará a los padres, madres o tutores legales del alumnado, a principio de curso, acerca de los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de cada una de las materias, incluidas las materias pendientes de cursos anteriores.

Documentos oficiales de evaluación.

Los documentos oficiales de evaluación de las enseñanzas básicas de danza y de música son los siguientes: las actas de evaluación, el expediente académico personal, el historial académico de las enseñanzas básicas de música o de danza y los informes de evaluación individualizados.

Las actas de evaluación se extenderán para cada uno de los cursos de las enseñanzas básicas de danza y de música, comprenderán la relación nominal del alumnado que compone el grupo, junto con los resultados de la evaluación, y se cerrarán al término del período lectivo. Asimismo, se extenderán actas de evaluación de materias pendientes por curso, al término del período lectivo. Las actas de evaluación, firmadas por todo el profesorado del grupo y el secretario o secretaria del centro docente, con el visto bueno de la persona que ejerza la dirección del centro, serán archivadas y custodiadas en la secretaría del centro docente. Las actas de evaluación se ajustarán al modelo y características que se determinan en el Anexo I de la Orden de 24 de junio de 2009. El expediente académico del alumnado incluirá los datos de identificación del centro docente y del alumno o alumna y la información relativa al proceso de evaluación, según el modelo que se recoge como Anexo II de la citada Orden.

La custodia y archivo de los expedientes académicos corresponde a los centros

docentes. El historial académico del Conservatorio es el documento oficial que refleja los resultados de la evaluación y tiene valor acreditativo de los estudios realizados. Recogerá, al menos, los datos identificativos del alumno o alumna, las materias cursadas en cada uno de los años de escolarización y los resultados de la evaluación final, la nota media, así como la información relativa a los traslados de centro. Su custodia corresponde a la secretaría del centro docente en que el alumnado se encuentre escolarizado y se le entregará al mismo una vez superados los estudios. Esta circunstancia se hará constar en el expediente académico del alumno o alumna. El historial académico de las enseñanzas básicas de música o de danza se extenderá en impreso oficial, llevará el visto bueno del director o directora del centro y se ajustará al modelo y características que se determinan en el Anexo III de la reiterada Orden. Para garantizar la continuidad del proceso de aprendizaje de todo el alumnado y, en particular, el de quienes se trasladen a otro centro docente, se emitirá un informe de evaluación individualizado en el que se consignarán los siguientes elementos:

a) Resultados de la evaluación final del último curso realizado. b) Aplicación, en su caso, de medidas educativas complementarias de refuerzo y apoyo, así como las adaptaciones curriculares realizadas. c) Todas aquellas observaciones que se consideren oportunas acerca del progreso general del

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alumno o alumna. d) Además, en caso de traslado a otro centro docente sin haber concluido el curso, resultados parciales de las evaluaciones que se hubieran realizado. El informe de evaluación individualizado se ajustará al modelo y características que se determinan en el Anexo IV de la Orden. Será cumplimentado por la persona titular de la tutoría, con el visto bueno de la persona titular de la dirección del centro, que lo depositará en la jefatura de estudios en el mes de septiembre para que sea entregado a quien ejerza la tutoría del grupo al que se incorpora el alumno o alumna al inicio del curso siguiente. En el caso del alumnado que se traslade a otro centro docente, el informe de evaluación individualizado será realizado en el plazo de diez días hábiles desde que se reciba en el centro docente de origen del alumno o alumna la solicitud del centro de destino del historial académico.

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8. NORMAS DE CONVIVENCIA

PRINCIPIOS A TENER EN CUENTA:

- Armonización de las relaciones entre los distintos sectores que forman la Comunidad Educativa para conseguir actuaciones que se basen en el mutuo respeto y colaboración.

- Convivencia responsable, elemento para la realización del trabajo en equipo, pues éste dependerá de que quien lo realiza se sienta protegido y respetado.

- Rechazo de la violencia y profundización en la tolerancia, democracia y justicia.

NORMAS DE CONVIVENCIA

Las normas de convivencia de nuestro Centro están fundamentadas en el Decreto de los derechos y deberes de los alumnos y alumnas, que se regulan en su capítulo II.

Las normas de convivencia concretarán los derechos y deberes de los

alumnos así como las medidas preventivas y correcciones que correspondan por las conductas contrarias a las citadas normas y cuyo incumplimiento será motivo de sanciones.

Las correcciones o sanciones que hayan de aplicarse tendrán un carácter

educativo y recuperador garantizando el respeto a los derechos del resto de los alumnos y procurarán la mejora de las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.

En las correcciones de los incumplimientos de las normas de convivencia

no podrán imponerse correcciones contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del alumnado y deberá contribuir a la mejora de su proceso educativo.

Asimismo la imposición de correcciones deberá tener en cuenta la edad

del alumno y sus circunstancias personales, familiares y sociales. Existirá una gradación de las correcciones, así como circunstancias que atenúan la responsabilidad y otras que la agravan.

1) Se consideran circunstancias atenuantes:

a) El reconocimiento de la conducta incorrecta. b) La falta de intencionalidad. c) Reparación espontánea del daño producido.

2) Se consideran circunstancias agravantes :

a) La premeditación

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b) La reiteración. c) Causar daño, injuria u ofensa a los compañeros y compañeras. d) Cualquier acto que atente contra el derecho sobre la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, nivel social, convicciones políticas o religiosas así como discapacidades físicas o psíquicas. e) La incitación o estímulo a la actuación colectiva lesiva de los derechos de demás miembros de la comunidad educativa.

Podrán corregirse los actos contrarios a las Normas de Convivencia del

Centro realizados por los alumnos/as tanto en horario lectivo como en el dedicado a la realización de actividades extraescolares o complementarias.

Conductas contrarias a las Normas de Convivencia del Centro:

1. Las faltas injustificadas de puntualidad.

2. Las faltas injustificadas de asistencia a clase.

3. El deterioro no grave del material del Centro y de sus edificios e instalaciones o la agresión no grave a cualquier miembro de la comunidad educativa.

4 Cualquier acto injustificado que perturbe levemente el normal funcionamiento de las actividades del centro.

5. Cualquier otra conducta contaría a los apartados desarrollados en los derechos y deberes de los alumnos.

6. Cualquier acto de incorrección y desconsideración hacia los otros miembros de la comunidad educativa.

7. Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho al cumplimiento del deber de estudiar por sus compañeros.

Se consideran faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad de un alumno/a, las que no sean excusadas de forma escrita por el alumnado o sus representantes legales si es menor de edad. El número de faltas de asistencia por curso será establecido por el ROF a efectos de evaluación y promoción del alumnado.

Las conductas contrarias a las normas de convivencia recogidas en este ROF prescribirán en el plazo de 30 días naturales contados a partir de la fecha de su comisión.

Las conductas contrarias a las Normas de Convivencia podrán ser corregidas con:

1.- Amonestación oral. (Profesorado, dando cuenta al tutor/a o a la jefatura de estudios). 2.- Apercibimiento por escrito.

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3.- Reparación del daño causado en las instalaciones, recursos, materiales o documentos del Centro.

6.- Cambio de grupo.

Los órganos competentes para imponer las correcciones de las conductas

contrarias a las normas de convivencia serán, según el grado de la falta: el profesor del alumno, el tutor, el jefe de estudios y el director.

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro:

1.- Los actos de indisciplina, injuria u ofensa grave contra los miembros de la Comunidad Educativa.

2.- La reiteración, en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las Normas de Convivencia.

3.- La agresión física o moral contra los demás miembros de la Comunidad Educativa.

4.- La suplantación de personalidad en los actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.

5.- Los daños graves causados por uso indebido o intencionado en los locales, material o documentos del centro o de otros miembros de la Comunidad Educativa.

6.- Los actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades del centro.

7.- Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la Comunidad Educativa o la intención a las mismas.

8.- El incumplimiento de las sanciones impuestas.

9.- Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa

10.- La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia del Centro.

Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro

prescribirán a los dos meses contados a partir de la fecha de su comisión.

Estas conductas gravemente perjudiciales para la convivencia no podrán corregirse sin la previa instrucción de un expediente disciplinario, que tras la recogida de la necesaria información, acuerde el Director del Centro, bien por su propia iniciativa o bien a propuesta del Consejo Escolar del Centro. Al iniciarse

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el procedimiento o en cualquier momento de su instrucción, El Director, por decisión propia o a propuesta del instructor del expediente, podrá adoptar las medidas provisionales que estime convenientes. Estas medidas podrán consistir en el cambio temporal de grupo o en la suspensión del derecho de asistencia al centro o a determinadas clases o actividades por un período que no será superior a cinco días. Estas medidas provisionales serán comunicadas al Consejo Escolar, que podrá revocarlas en cualquier momento.

Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro podrán corregirse con:

1.- Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o a reparar el daño causado. Estas tareas deberán realizarse en horario no lectivo (La impone el Consejo Escolar).

2.- Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares (La impone Consejo Escolar)

3.- Cambio de grupo (por decisión del Consejo Escolar)

PROCEDIMIENTO PARA IMPOSICIÓN DE LAS CORRECCIONES

Para la imposición de las correcciones previstas será preceptivo, en todo caso, el trámite de audiencia al alumno o alumna y serán inmediatamente ejecutivas. Si el alumno es menor de edad se dará audiencia a sus representantes legales.

Los profesores y profesoras y el tutor del alumno o alumna deberán informar por

escrito al Jefe de Estudios de las correcciones que se impongan así como a los representantes legales de los alumnos.

El alumno o alumna o sus representantes legales podrán presentar en el plazo de

dos días lectivos una reclamación contra las correcciones impuestas, ante quien las impuso.

En el caso de que la reclamación fuese estimada la corrección no figurará en el

expediente académico del alumno.

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9.HORARIO GENERAL DEL CONSERVATORIO

Para la confección del horario general de apertura del Conservatorio Elemental de Música de Antequera se tendrá en cuenta, primero, las necesidades del alumnado y después los criterios que permitan el mejor funcionamiento posible del Conservatorio, facilitando la tarea de todos los órganos colegiados, unipersonales así como de los órganos de coordinación didáctica y del personal no docente.

De este modo, se establece el siguiente horario de apertura del Centro:

• De lunes a viernes de 15:00 horas a 22:00 horas para establecer el horario lectivo.

• Lunes, miércoles y viernes de 8:00 horas a 15:00 horas para permitir a los órganos de gobierno unipersonales, a los órganos de coordinación didáctica, a los departamentos y al personal no docente realizar las tareas propias de sus funciones, así como para ofrecer atención al público en horario de mañana.

• De lunes a viernes de 8:00 horas a 15:00 horas para que el servicio de limpieza realice su trabajo en horario no lectivo y no entorpezca el desarrollo normal de las clases.

HORARIO DOCENTE

Dada la heterogeneidad del alumnado del Conservatorio Elemental de Música de Antequera, que tiene en sus aulas alumnos pertenecientes a Antequera y a toda la comarca, se procurará establecer por parte del jefe de estudios un horario que tenga en cuenta la procedencia de los alumnos, de modo que todos aquellos que procedan de un mismo pueblo tengan sus clases de grupo e individuales los mismos días de la semana para así facilitar sus desplazamientos.

Asimismo, para los alumnos procedentes de los pueblos, se establecerá a la hora de confeccionar los horarios un orden de prioridad que dará preferencia a los alumnos cuyo lugar de residencia sea más lejano sobre aquellos que vivan más cerca.

Por último y a petición del AMPA y del Consejo Escolara, se establecerá en el horario lectivo dos días de clase para un mismo grupo de alumnos, que no podrán ser consecutivos y evitando en la medida de lo posible que uno de ellos sea el viernes. Con ello, se pretende evitar el abandono escolar y la pérdida de tiempo en los desplazamientos para los alumnos del centro y los padres que han de traerlos, sobre todo los procedentes de los pueblos, permitiéndoles mayor tiempo para la tarea de la casa y la asistencia a otras actividades.

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PERSONAL NO DOCENTE

En el Conservatorio Elemental de Música de Antequera el personal no docente está compuesto por:el conserje-ordenanza, un auxiliar administrativo y una limpiadora.

La plaza de Conserjería está cubierta por una trabajadora perteneciente al

personal laboral fijo de la Junta de Andalucía.

Tiene las funciones que se especifican a continuación:

- Adorno y vigilancia de locales. - Custodia del material y utensilios destinados al mantenimiento o que están al servicio del Centro como: material audiovisual, estufas, material de papelería, botiquín, etc. - Orientar las visitas. - Control de entradas y salidas de personas ajenas al Centro. - Medidas de vigilancia en las entradas y salidas de los alumnos y alumnas. - Servicio de llaves. - Recogida y reparto de la correspondencia. - Recados oficiales. - Entregas y avisos. - Porteo de enseres y material mobiliario. - Mantenimiento de los edificios, dentro de sus posibilidades.

GESTIÓN ADMINISTRATIVA

- Los servicios administrativos serán coordinados por el Secretario del Centro. Se desempeña por una funcionaria de carrera de la Junta de Andalucía.

- Los funciones de los servicios administrativos son los siguientes:

- Registro y control administrativo de todo el personal de la Comunidad Escolar.

- Registro y control del material audiovisual, mobiliario del Centro y material fungible.

- Archivos.

- Control de libros.

Registro y control administrativo de todo el personal de la comunidad escolar

Se referirá fundamentalmente a:

- Alumnos: altas, bajas, censo, fichas, expedientes y archivo.

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- Profesores: altas, bajas, licencias, expedientes personales, faltas, fichas y censo.

- Padres: censo.

- Personal de administración y servicios: censo.

Registro y control del material audiovisual, mobiliario del centro y material fungible

- Se llevarán los correspondientes registros, actualizándose siempre que se produzcan altas o bajas.

- Se controlará el material fungible para prever su reposición al objeto de que haya un abastecimiento permanente y eficaz.

Archivos

Incluyen:

- Expedientes: Documentos de evaluación. Cada alumno tendrá su número correspondiente. Cualquier documento podrá ser perfectamente localizable cuando se necesite. - La correspondencia tendrá su libro de entradas y salidas en el que se anotarán éstas con su debido número para el control de las mismas.

Contabilidad

- La contabilidad será responsabilidad del Secretario, con el visto bueno del Director.

- El Secretario, de acuerdo con la Comisión Económica, confeccionará:

- Presupuesto de ingresos y gastos.

- Distribución de las partidas.

- Justificación de cuentas a la Delegación Provincial.

- El Secretario custodiará la documentación contable y llevará registro y control de facturas.

Libros

En Secretaría se custodiarán y se cumplimentarán:

- Expediente del alumno.

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- Libro registro de matrícula.

- Libro de Títulos y Diplomas.

- Libro de actas del Claustro y Consejo Escolar.

- Registro de inventario de medios audiovisuales, biblioteca, material didáctico y mobiliario.

- Gestión económica informatizada.

- Registro de ingresos y de gastos.

- Movimientos bancarios.

c) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del conservatorio, con especial referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto.

10.DISTRIBUCIÓN DE ESPACIOS Y MEDIOS

El Conservatorio se encuentra en un edificio de dos plantas, Pertenece al Ayuntamiento de Antequera, con quien compartimos varios espacios, como es el salón de Actos y Servicios y espacios de uso común (entrada, escaleras, pasillos, etc). El Conservatorio, antes Aula de Extensión del Conservatorio Superior de Málaga, en 1989 se convierte en un Conservatorio de Grado Elemental de Música, independiente.

Los espacios que utiliza el Conservatorio y que le ha cedido el Ayuntamiento en

la Casa de la Cultura, sita en C/ Carreteros, nº 8 son los siguientes:

PLANTA BAJA: En la planta se encuentra la Sala de Audiciones, Sala de Profesores, una clase de piano y unos servicios.

- Planta primera: Se compone de siete aulas de clase: aula 1: Lenguaje Musical.;

Aula 2: Piano; aula 3:viola; aula 4:violonchelo y colectiva de cuerda; aula 5:violín; aula 6:piano y colectiva de piano y aula 7: guitarra y colectiva de guitarra.

- También en la Primera Planta se encuentra: el despacho de la Directora, el

despacho de la Jefa de estudios y del Secretario y la oficina de administración y conserjería.

- Servicios para ambos sexos.

- Salón de Actos (que se comparte con la Casa de la Cultura)

- Sala de estudios para los alumnos.

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PLANTA SEGUNDA: Hay cinco aulas: aula 8: Lenguaje Musical; aula 9: Clarinete; aula 10: Clarinete. Aula 11: Guitarra. Aula 12: Lenguaje Musical.

- Servicios para ambos sexos.

MEDIOS AUDIOVISUALES:

El Centro cuenta con una Cámara de Vídeo, que se encuentra en el Despacho de la Dirección. Una Televisión y Vídeo que se encuentra en el aula 1. Un CDI que también se encuentra en el aula 1. Cuatro equipos de música en diferentes aulas.

También hay varias colecciones de CD, CDI y Cintas de Cassettes. Todo

esto se encuentra en la Biblioteca a disposición de los profesores y profesoras.

Serán los mismos profesores/as los responsables de retirar este material, haciéndolo constar en un cuaderno destinado a tal fin que estará siempre en el mismo armario del material, así como los que también se responsabilicen de devolverlo a su lugar de ubicación una vez utilizado.

Se tendrá muy en cuenta que todo este material deberá permanecer fuera

de su lugar de origen sólo el tiempo necesario, considerándose la demanda de otros compañeros/as en aquellos casos en los que su uso fuera a ser continuado.

MATERIAL NO INVENTARIABLE O FUNGIBLE.

Este material se encuentra depositado en uno de los armarios de las dependencias de los despachos, siendo el conserje el encargado de su custodia y de su distribución a medida que se vaya solicitando por parte del profesorado, si es que éste no lo hace personalmente.

REPROGRAFÍA

Los elementos de reprografía se encuentran en conserjería. Corresponde al conserje el control de su mantenimiento y su utilización cuando algún profesor o profesora necesite de sus servicios, y no lo haga personalmente. Su uso está destinado a las necesidades del Centro. Se tendrá siempre presente que su utilización debe ser racional.

No se podrán utilizar estos elementos con fines particulares de alguno de

los miembros de la Comunidad Escolar, a menos que sea sufragada la cantidad que corresponda a las copias realizadas.

El fondo proveniente de fotocopias lo guardará el conserje hasta que se

haga cargo del mismo el Secretario para su contabilidad.

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El Centro cuenta con una fotocopiadora automática. Cuenta con cinco equipos informáticos: Uno en despacho de Dirección; Uno para la Jefatura de Estudios; Uno para el Secretario. Uno para los profesores y otro en Administración.

d) La organización de la vigilancia de los tiempos lectivos y, en su caso, de los tiempos no lectivos del alumnado en el conservatorio y de los periodos de entrada y salida de clase

La vigilancia del centro en los tiempos lectivos, estará cubierta con:

- El profesorado que en ese momento esté en Servicio de Guardia - El ordenanza

Serán funciones del profesorado de guardia las siguientes:

a) Velar por el cumplimiento del normal desarrollo de las actividades docentes y no docentes.

b) Velar por el normal desarrollo de las actividades, dedicando una mayor atención al alumnado de los primeros cursos a fin de garantizar su integración en el centro en las mejores condiciones posibles.

c) Procurar el mantenimiento del orden en aquellos casos en que por ausencia del profesorado encargado de este cometido sea necesario, así como atender a los alumnos y alumnas en sus aulas con funciones de estudio o trabajo personal asistido.

d) Anotar en el parte correspondiente las incidencias que se hubieran producido, incluyendo las ausencias o retrasos del profesorado.

e) Auxiliar oportunamente a aquellos alumnos y alumnas que sufran algún tipo de accidente, gestionando, en colaboración con el equipo directivo del instituto, el correspondiente traslado a un centro sanitario en caso de necesidad y comunicarlo a la familia.

f) Atender la biblioteca , en caso de ausencia del profesorado que tenga asignada esta función en su horario individual.

g) Atender, en su caso, el aula de convivencia, de acuerdo con lo que se establezca en el plan de convivencia.

Serán funciones del ordenanza con respecto a la vigilancia del centro:

- Adorno y vigilancia de locales. - Custodia del material y utensilios destinados al mantenimiento o que están al servicio del Centro como: material audiovisual, estufas, material de papelería, botiquín, etc. - Orientar las visitas. - Control de entradas y salidas de personas ajenas al Centro.

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- Medidas de vigilancia en las entradas y salidas de los alumnos y alumnas. - Servicio de llaves.

Cuadrante de guardias del profesorado:

Se procura, a pesar de la saturación de carga lectiva, con las últimas reformas educativas de que el centro esté cubierto el máximo nº de horas. El cuadrante del Servicio de Guardia de nuestro centro es el siguiente:

L M X J V

4,00

NIEVES

JOSE LUIS

LOLI

NIEVES

JOSE LUIS

NIEVES

JOSE LUIS

LOLI

JOSE LUIS

MAURICIO

PABLO

4´30

ANA

TERESA

CANDE

MARGARITA

ANA

TERESA

MARGARITA

CANDE

LINERO

JOSE LUIS

5´30

LIDIA

PABLO

LIDIA

SALVADOR

PABLO

6´30

MAURICIO

LINERO

LINERO

SALVADOR

SALVADOR

LINERO

7´30

MAU

PABLO

8´30

MAU

LOLI LOLI

JOSE LUIS 8.30-9.30

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CLAUSTRO DE PROFESORES PARA EL CURSO 2016/2017

Dña. Teresa Moreno Rueda .................Profesora de Piano

D. Mauricio López Mendoza..................Profesor de Cello

Dña. Ana Cárdenas Lafuente .............. Profesora de Lenguaje Musical

Dña. Candelaria Jiménez López............Profesora de Lenguaje Musical y Coro

Dña. Margarita Bolós Faraboschi............Profesora de Piano

D. Salvador Ruiz Acrís..........................Profesor de Guitarra D. Jose Luis González Garrido..............Profesor de Guitarra

D. Nieves Jimenez Moreno....................Profesora de Violín

D. Pablo Frías Líria..............................Profesor de Violín

Dña. Lidia Colado Golderos....................Profesora de Viola

D. Jose A. Linero Hormigo.....................Profesor de Clarinete Organización de la vigilancia en las actividades extraescolares:

Tomaremos en cuenta las circunstancias que normalmente se dan en cuanto a salidas del centro por causa de actividades extraescolares:

METODO DE ACTUACION A SEGUIR.

A-TEMPORALIZACIÓN.

.Las actividades deberán tener un carácter cultural y/o complementario de las

programaciones. .Estarán dirigidas tanto a los alumnos sus familiares y a todas aquellas personas

de Antequera y su comarca. .Cualquier actividad que se organice durante el curso debe estar recogida en el

Plan de Centro y aprobada por el Consejo Escolar. Para proceder a su aprobación deberá presentarse una programación de la misma

y/ o en qué actividades participarán los alumnos. Así mismo se indicará el nivel de estos y la fecha de realización

Por tanto, es imprescindible programar al principio de curso todas las actividades que piensen realizar salvo en casos especiales.

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La persona que ejerza la jefatura de estudios recogerá las propuestas de actividades de los distintos departamentos y junto con los distintos jefes de departamentos realizaran el calendario y actividades definitivas que se llevaran a cabo en el presente curso.

Cuando una actividad no ocupe toda la jornada lectiva, los alumnos deben asistir

a las clases previas y/o posteriores. Esta información debe estar claramente expuesta en los distintos medios de comunicación a alumnos y profesores (tablón, impresos, etc).

B-OBLIGATORIEDAD EN LA ASISTENCIA.

Las actividades extraescolares y las complementarias que se realicen fuera del

horario lectivo no serán obligatorias para los alumnos y tendrán carácter voluntario para el profesorado en general, pero su realización será obligatoria para los profesores que la programaron. Las actividades complementarias en horario lectivo son obligatorias para los alumnos y los profesores; si no asiste, deberá presentar justificante de su ausencia, como en cualquier otra circunstancia.

Los alumnos que salgan del Centro para la realización de actividades extraescolares deberán haber entregado al profesor o profesores encargados de las mismas una autorización firmada por sus padres o tutores.

En Jefatura de Estudios se custodiarán dichas autorizaciones, junto con una relación nominal de alumnos asistentes

Se pide a los profesores que se comprometan con sus alumnos para que asistan a

las actividades programadas (conferencias, etc), por ejemplo, haciendo que su presencia sea de algún modo evaluable

C-PROFESORES ACOMPAÑANTES.

Los profesores que participen en una salida, deben dejar actividades

programadas para los grupos a los que no podrán dar clase.

Los que no participen en una actividad concreta atenderán en sus horas lectivas a los alumnos que han quedado sin profesor, según programe la Jefatura de Estudios.

En las actividades en el centro participarán los profesores que en ese momento

tengan clase con los grupos afectados. Si algún otro profesor quisiera asistir, debe asegurarse de que sus tareas quedan perfectamente atendidas y contar con la autorización de Jefatura de Estudios.

En las salidas fuera del centro irán como mínimo dos profesores, para que se

pueda intervenir ante cualquier contingencia. Cuando las circunstancias así lo aconsejen, podría autorizarse una ratio inferior, pero, normalmente, se establece la siguiente:

Un profesor por 15 alumnos

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Estos profesores deben impartir clase en dichos grupos o ser sus tutores. Si no se consiguiera reclutar el número necesario para cubrir de manera óptima dicha actividad nos veremos obligados a suspenderla.

D-CONTINUACIÓN DE LAS CLASES.

Si el número de participantes en la actividad es igual o superior al 75% del grupo , se suspenderán las clases.

E- ORGANIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD.

En cada propuesta de actividad deben recogerse los siguientes puntos:

.Objetivos que se pretendan conseguir.

.Fechas y horas de la actividad y si es fuera del Centro horas de salida y llegada aproximadas.

.Nivel o grupos a los que va dirigida (en general, se programarán para un grupo completo; sólo en casos excepcionales se destinarán a sólo una parte del mismo ).

Todas las actividades complementarias deben ser comunicadas a la Jefatura de

Estudios con al menos diez días lectivos de antelación. Las actividades se anunciarán en el calendario del tablón de informativo, por correo electrónico y/o notificaciones en los respectivos casilleros .A los padres y/o tutores de los alumnos se les informará por las diferentes vías de que dispone el Centro, incluyendo la agenda escolar, el sistema Séneca, y la página Web del conservatorio.

4. MEDIOS DE COMUNICACIÓN.

Se trasladará a los medios de comunicación toda aquella información que pueda ser interesante y que previamente será consensuada con la dirección.

5- MEMORIA DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y

EXTRAESCOLARES. Desde la Jefatura de Estudios se realizará un breve proyecto donde se

temporalicen las acciones a llevar a cabo. Realizar una memoria pormenorizada de final de curso donde se refleje el

trabajo realizado, los logros conseguidos, los aspectos no logrados y las necesidades detectadas. Esta memoria será revisada por el Departamento de de formación, orientación, evaluación e innovación educativa.

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ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES QUE SE REALIZAN:

- Audiciones trimestrales por los alumnos de los distintos Departamentos. -Actividades para celebrar Santa Cecilia: conciertos, talleres, etc

-Actividad “Villancicos en la calle”: Alumnos y padres interpretan con voz e instrumentos los villancicos más populares en una de las calles de Antequera .A esta actividad se suma un mensaje de felicitación por parte del conservatorio.

Conjuntamente se persigue una campaña de información de cara a las preinscripciones de Marzo, por lo que es importante que las letras de las canciones que se repartan vayan acompañadas de la información necesaria sobre la fecha de las preinscripciones y el teléfono, dirección y correo del conservatorio

-Cursos de perfeccionamiento de instrumento dirigidos a alumnos.

- Concierto de Navidad . Alumnos de todas las especialidades tocarán un concierto que finalizará con la interpretación de villancicos por parte del coro y la orquesta.

- Actividades para promocionar el conservatorio durante el mes de Marzo.

-Concurso de guitarra “Ciudad de Antequera,”para alumnos de enseñanzas básicas, y primer ciclo de enseñanzas profesionales.

- Ciclo de conciertos de “Música Viva”: Se celebran durante las dos primeras semanas del mes de Junio y en ellas se ofrecen una serie de conciertos interpretados por músicos consagrados para todos los públicos. Además se brinda la posibilidad de que abran estos conciertos antiguos alumnos del conservatorio que ya poseen un nivel elevado en la práctica del instrumento.

-Concierto fin de curso Alumnos de todas las especialidades clausuran el curso académico con un concierto.

-Actividades de colaboración con las diversas entidades y organizaciones

musicales de Antequera y comarca, tales como la Escuela de Música, la “ Banda de

Música””, la joven orquesta “El Efebo” –constituida por antiguos alumnos del

Conservatorio-, así como las corales de “San Sebastián”, “Mª Inmaculada” y “ Ciudad

de Antequera”, La Salle” y el “coro infantil de La Salle.”

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- Música y cine La ciudad de Antequera cuenta con un concurso de cortometrajes de larga trayectoria.. La colaboración del conservatorio con el cine da otra dimensión a la función de la música. Por tanto promoverá actividades relacionadas con el arte cinematográfico.

e) EL PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACIÓN DEL EQUIPO DE EVALUACIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 27.5.

Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará integrado al menos, por el equipo directivo, por la jefatura del departamento de orientación, formación, evaluación e innovación educativa y por un representante de cada uno de los sectores de la comunidad educativa elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros. En el caso de que hubiera más de un representante de algún sector de la comunidad educativa en el Consejo Escolar, se pedirá un/a voluntario/a de cada sector para la constitución del equipo de evaluación. En caso de que existan varios voluntarios en algún sector se sorteará la pertenencia o no a este equipo por los aspirantes. En el caso de que en algún sector de la comunidad educativa no hubiera voluntarios se elegirá a la persona a través de sorteo.

74

f) EL PLAN DE AUTOPROTECCION DEL CONSERVATORIO

Introducción:

Este plan consistirá en establecer las medidas oportunas y poner los medios

necesarios que permitan que nuestro Centro posea unos niveles mínimos de seguridad y

debe contemplar nuestras propias iniciativas.

El Plan Básico de Emergencia, pretende cubrir los objetivos siguientes: a) Desarrollar las bases reglamentarias que permitan disponer de unas condiciones

mínimas de seguridad en los edificios e instalaciones de los centros docentes.

b) Estimular el interés de los distintos sectores educativos en la elaboración y

establecimiento de su propio Plan de Autoprotección.

c) Propiciar programas de formación dirigidos a alumnos, profesores, y padres, para

adquisición de conocimientos, hábitos y destrezas en materia de autoprotección, que

constituyan un componente más en la educación de los alumnos. .

d) Implantar, en cursos sucesivos, ejercicios prácticos de evacuación de emergencia,

como parte de las prácticas habituales en el campo de la seguridad y autoprotección.

En virtud de cuantos antecede, el Consejo Escolar elaborará un Plan de

Autoprotección, teniendo en cuenta los recursos personales y materiales de que

disponga nuestro Centro.

Dicho Plan de Autoprotección, será ampliamente difundido entre todos los sectores

de la comunidad escolar.

1. Determinación y catalogación de los riesgos previsibles que puedan

afectar al centro, en función de sus condiciones específicas de

emplazamiento, entorno, estructuras, instalaciones, capacidad,

actividades y uso.

Los riesgos que se pueden dar en nuestro Centro son los generales de cualquier

edificio, es decir: Incendio, amenaza de bomba, terremoto, inundaciones, etc.

Según las actividades que desarrolla nuestro Centro, el problema de evacuación

no es muy grave, puesto que al tratarse de un Conservatorio de música, las clases

individuales son las que predominan (un alumno por profesor) y solo en las

75

clases colectivas (grupos de 8 alumnos), así como las clases de Coro y Lenguaje

Musical es donde hay mayor número de alumnos por grupo.

2. Catálogo de recursos humanos y materiales movilizables en cada caso de

emergencia, propios y recurribles, y adecuación de los mismos a los riesgos

previstos en el apartado anterior.. En el Centro trabajamos entre doce y quince

profesores y tres personas más pertenecientes al Personal de Administración y

Servicios. Todos ellos participarían en un hipotético caso de evacuación.

Se colocarán indicaciones sobre el lugar donde se encuentran las salidas e

instrucciones sobre como desalojar las distintas plantas del edificio.

3. Directorio en que constarán los teléfonos y direcciones de organismos e

instituciones para casos de emergencia: Bomberos, Cruz Roja,

Ambulancias, Policía Municipal, Guardia Civil, Ayuntamiento, Protección

Civil. Asimismo, se preverá el lugar más adecuado para su fácil y rápida

utilización.

Se colorará copia de dicho directorio cerca de los teléfonos de que dispone el

Centro a modo de cuadro.

4. Instrucciones para actuación en situaciones concretas de emergencias,

previéndose en cada caso si procede una evacuación inmediata total o

parcial.

En todos los casos expuestos anteriormente la evacuación del alumnado y

desalojo del Centro será completa.

5. Nombramientos de responsables de seguridad y evacuación de emergencia

en cada planta y en el conjunto del edificio. Este último se encargará de la

difusión de las instrucciones, del mantenimiento en buen uso de los medios

disponibles y de la operatividad de los caminos de evacuación de los lugares

de concentración.

a) Tras la señal de la sirena, desalojarán el edificio en primer lugar los

ocupantes de la planta baja.

b) Simultáneamente, los de las plantas superiores se movilizarán

ordenadamente hacia las escaleras más próximas, pero sin descender

76

a las plantas inferiores hasta que los ocupantes de éstas hayan

desalojado su planta respectiva.

c) El desalojo en cada planta se realizará por grupos, saliendo en primer

lugar las aulas más próximas a las escaleras, en secuencia ordenada y

sin mezclarse los grupos.

INSTRUCCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE UNA EVACUACIO N DE

EMERGENCIA.

Se considera situación de emergencia aquélla que podría estar motivada por un

incendio, al anuncio de bomba o cualquier otro tipo de alarma que justifique la

evacuación rápida del edificio.

A efectos orientativos solamente, se pueden considerar tiempos máximos para la

evacuación de un edificio escolar lo siguiente: diez minutos para la evacuación total del

edificio y tres para cada planta. En este centro el tiempo en desalojar el edificio oscila

entre los tres y cuatro minutos.

Instrucciones orientativas para los profesores.

Al comienzo de la evacuación se emitirá una señal de alarma (timbre, sirena,

campana o viva voz), de acuerdo con el equipamiento disponible en el centro, que

alcance a todas las zonas del edificio.

Para la evacuación ordenada por plantas se seguirán los siguientes criterios:

d) Tras la señal de la sirena, desalojarán el edificio en primer lugar los

ocupantes de la planta baja.

e) Simultáneamente, los de las plantas superiores se movilizarán

ordenadamente hacia las escaleras más próximas, pero sin descender

a las plantas inferiores hasta que los ocupantes de éstas hayan

desalojado su planta respectiva.

f) El desalojo en cada planta se realizará por grupos, saliendo en primer

lugar las aulas más próximas a las escaleras, en secuencia ordenada y

sin mezclarse los grupos.

Por parte del personal del centro se procurará no incurrir en comportamientos

77

que puedan denotar precipitación o nerviosismo, evitando que esta actitud pudiera

transmitirse a los alumnos, con las consecuencias negativas que ello llevaría aparejadas.

Una vez desalojado el edificio, los alumnos se concentrarán en diferentes lugares

exteriores al mismo, previamente designados como puntos de encuentro, siempre bajo el

control del profesor responsable, quien comprobará la presencia de todos los alumnos

de su grupo.

El presente Plan de Centro será revisado y modificado cuantas veces sea

necesario por cambios que se puedan producir a lo largo del curso y estos deberán ser

aprobados por el Consejo Escolar.

En cuanto a su evaluación, una vez al trimestre, se procederá a su análisis. En

estas revisiones se hará referencia a cada uno de sus apartados, aportando entre otros

datos estadísticas de absentismo y valoración del aprendizaje de los alumnos y alumnas

a lo largo del curso.

g) las normas sobre la utilización en el conservatorio de teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos y procedimiento para garantizar el acceso seguro a Internet del alumnado, de acuerdo con lo dispuesto en el decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de Internet y las tecnologías de la información y la comunicación (tic) por parte de las personas menores de edad.

Art.64. Normas sobre su uso. Las normas sobre la utilización en el conservatorio de teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos

-La utilización de teléfonos móviles, reproductores electrónicos y aparatos

similares (MP3,MP4...), en el caso de que no aporte ningún aspecto positivo a la convivencia en el centro ni al desarrollo de las actividades lectivas pueden ser causa o medio de conductas contrarias a las normas de convivencia. Para evitar la pérdida o sustracción de los mismos se prohíbe su uso en los horarios de clase, evitando asimismo la interrupción del curso normal de las mismas. Pudiendo utilizarse en el centro, fuera de horarios de clase móviles, aparatos reproductores electrónicos y aparatos similares (MP3, MP4...).

Art. 65. Procedimiento para garantizar un acceso seguro a Internet. Procedimiento para garantizar el acceso seguro a Internet del alumnado, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 25/2007, de 6 de febrero.

Medidas y objetivos dirigidos a preservar los derechos del alumnado a la intimidad y a la confidencialidad:

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* Solicitar, de acuerdo con la normativa vigente, el consentimiento de los representantes legales del alumnado menor para poder utilizar imágenes exclusivamente con un carácter pedagógico respetando al máximo todos los derechos de nuestro alumnado. Este centro distribuirá una autorización quedando a criterio de cada representante legal la firma de dicha autorización y su posterior entrega al tutor/a de su hijo/a. * Preservar los derechos del alumnado a la intimidad y a la confidencialidad, teniendo en cuenta las reglas de seguridad y protección a que se refiere el artículo 13 del Decreto 25/ 2007 de 6 de febrero. * Fomentar los valores de respeto, responsabilidad y tolerancia como ejes fundamentales de la educación en general y de la digital En particular. * Facilitar habilidades y estrategias preventivas para mejorar la convivencia en las aulas y por extensión en la red . * Orientar, educar y acordar con el alumnado un uso responsable de Internet y las TIC, en aspectos tales como tiempos de utilización, páginas que no se deben visitar o información que no deben proporcionar, con el objetivo de protegerles de mensajes y situaciones perjudiciales.

h) COMPETENCIAS Y FUNCIONES RELATIVAS A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

Elaboración y aprobación del Plan de Autoprotección

Corresponde al equipo directivo de cada centro coordinar la elaboración del Plan de Autoprotección, con la participación del coordinador o coordinadora de centro del Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales, quien deberá cumplimentar, con el visto bueno de la dirección, la documentación requerida del Plan, así como un informe del mantenimiento preventivo de las instalaciones, donde queden reflejadas las medidas de seguridad y las inspecciones realizadas. Los datos del informe se grabarán en la aplicación informática Séneca y se remitirá a la Delegación Provincial de Educación, que dará traslado al órgano que corresponda, e incluirá la fecha de la última revisión, la empresa o empresas acreditadas que revisaron las instalaciones y, en su caso, las observaciones, las mejoras propuestas y el informe favorable ( o desfavorable) emitido por la misma. La responsabilidad y las obligaciones, en materia de autoprotección de los centros, establecimientos, espacios, dependencias e instalaciones, donde se desarrollen las actividades docentes, recaen en la persona que ostenta la dirección del conservatorio. El Plan de Autoprotección se revisará durante el primer trimestre de cada curso escolar, tras la realización del obligatorio ejercicio de simulacro, para adaptarlo a los posibles cambios que puedan producirse, especialmente cada vez que se haga una reforma o modificación en las condiciones del edificio y de los medios de protección disponibles, y para incorporar las medidas que resulten de la experiencia acumulada. Se determinará el organigrama de responsabilidades y funciones que deberá llevar a cabo el conjunto de personas usuarias del centro, los protocolos de actuación y el calendario para su aplicación e implantación real. Las modificaciones que se hagan al mismo se incorporarán a la memoria final de curso.

El Plan de Autoprotección del Centro debe tener previsto, en su aplicación, la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario, sean educativas o de otra índole, y debe cumplir las condiciones de seguridad legal y reglamentaria e incluir la concesión de la autorización otorgada por el

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órgano competente para la celebración de dichas actividades, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario.

Registro, notificación e información.

El Plan de autoprotección se incluirá en el Plan de Centro. La persona titular de

la dirección del Centro será responsable de la veracidad de los datos grabados del Plan de Autoprotección y de su registro en la Aplicación informática Séneca. Se deberá depositar una copia del citado Plan de autoprotección a la entrada del edificio, en lugar visible y accesible debidamente protegida, asimismo, deberá notificarlo enviando una copia del Plan de Autoprotección al Servicio competente en materia de Protección Civil y Emergencias del Ayuntamiento Correspondiente, así como las modificaciones que cada año se produzcan en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 13 de octubre de 1999 por el que se determina la entrada en vigor del Plan Territorial de Emergencias de Andalucía, y en cumplimiento del Decreto 195/2007de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario que se celebren en Andalucía, y en las normas de desarrollo posterior.

La Dirección del Centro establecerá el procedimiento para informar sobre el Plan de Autoprotección y que éste sea conocido por todos los sectores de la Comunidad Educativa o por las personas que integran el servicio educativo.

Coordinación de Centro

La persona titular de la Dirección designará a un profesor o profesora,

preferentemente con destino definitivo, como coordinador o coordinadora de Centro del Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente. En caso de no ser posible esta designación el cargo recaerá sobre un miembro del equipo directivo. En este sentido, la dirección del Centro garantizará que se asuma esta coordinación que se hará para un curso escolar, sin perjuicio de que al término de dicho período se prorrogue para cursos sucesivos mediante declaración expresa por parte del coordinador o coordinadora. Asimismo, se designará una persona suplente. Los coordinadores y coordinadoras de Centro del Plan Andaluz de SLPRL del personal docente deberán ser designados, nombrados y registrados en la aplicación informática séneca antes del 30 de septiembre de cada curso escolar. El coordinador o coordinadora de Centro designado deberá mantener la necesaria colaboración con los recursos preventivos establecidos por la Consejería, se encargará de las medidas de emergencia y autoprotección, según lo dispuesto en los artículos 20 y 33 1c. de Ley de Prevención de Riesgos Laborales y tendrá las siguientes funciones: a) Elaborar y coordinar la implantación, actualización, difusión y seguimiento del Plan de Autoprotección. b) Anotar, en la aplicación informática Séneca, las fechas de las revisiones de las diferentes instalaciones del Centro. Comprobar y actualizar los datos relativos a las mismas para el control y mantenimiento preventivo. Velar por el cumplimiento de la normativa vigente.

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c) Coordinar la planificación de las líneas de actuación para hacer frente a las situaciones de emergencia y cuantas medidas se desarrollen en el centro en materia de seguridad. d) Facilitar a la Administración educativa la información relativa a los accidentes e incidentes que afecten al profesorado, al alumnado y al personal de administración y servicios. e) Comunicar a la Administración la presencia en el Centro de factores, agentes o situaciones que puedan suponer riesgos relevantes para la seguridad y la salud en el trabajo. f) Colaborar con el personal técnico en la evaluación de los riesgos laborales del Centro, haciendo el seguimiento de la aplicación de las medidas preventivas planificadas. g) Colaborar con los delegados y delegadas de prevención y con el Comité de Seguridad y Salud de la Delegación Provincial de Educación en aquellos aspectos relativos al propio Centro. h) Facilitar la intermediación entre el equipo directivo y el claustro de profesorado para hacer efectivas las medidas preventivas prescritas. i) Difundir las funciones y actuaciones que los equipos de emergencia y cada miembro de la comunidad educativa debe conocer en caso de emergencia. Programar los simulacros de emergencia del Centro, coordinando las actuaciones de las ayudas externas. j) Participar en la difusión de los valores, las actitudes y las prácticas de la cultura de la prevención de riesgos. k) Coordinar las actividades relativas a la seguridad, la promoción de la salud en el lugar de trabajo y la implantación de las medidas correspondientes y cuantas actuaciones se desarrollen en el Centro en estas materias transversales. En este sentido, solicitará la formación necesaria al Centro de Profesorado correspondiente. l) Hacer un seguimiento de las actuaciones realizadas y su incidencia en la mejora de las condiciones de seguridad y salud del profesorado, mediante la cumplimentación de los cuestionarios proporcionados por la Consejería de Educación. Dichos cuestionarios estarán disponibles en la Aplicación informática Séneca durante el mes de junio de cada curso escolar. m) Cuantas otras funciones se deriven de la aplicación del Plan Andaluz de SLPRL del personal docente de los Centro Públicos dependientes de la Consejería de Educación.

Funciones de la Comisión Permanente en materia de Autoprotección.

En relación con la Autoprotección, la comisión permanente del Consejo Escolar,

creada al amparo de los decretos 327/2010 y 328/2010, tendrá las siguientes funciones: 1) Promover las acciones que fuesen necesarias para facilitar el desarrollo e implantación del Plan Andaluz de SLPRL del personal docente de los centros públicos. 2) Supervisar la implantación y desarrollo del Plan de Autoprotección. 3) Hacer un diagnóstico de las necesidades formativas en materia de autoprotección, primeros auxilios, promoción de la salud en el lugar de trabajo y prevención de riesgos laborales, así como proponer el Plan de Formación que se considere necesario para atender al desarrollo de dichas necesidades. En tal sentido, se solicitará al Centro de Profesorado que corresponda, la formación necesaria. 4) Determinar los riesgos previsibles que puedan afectar al Centro, en función de sus

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condiciones específicas de emplazamiento, entorno, estructuras, instalaciones, capacidad, actividades y uso, utilizando la información facilitada por la Consejería de Gobernación y el Servicio de Protección Civil atendiendo a los criterios establecidos por el Plan Territorial de Emergencias de Andalucía. 5) Catalogar los recursos humanos y medios de protección, en cada caso de emergencia, y la adecuación de los mismos a los riesgos previstos en el apartado anterior. 6) Proponer al consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la seguridad y la salud en el Centro, garantizando el cumplimiento de las normas de Autoprotección, canalizando las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa y promoviendo la reflexión, la cooperación, el trabajo en equipo, el diálogo y el consenso de los sectores del la misma para su puesta en práctica. 7) Cuantas acciones se deriven del desarrollo e implantación del Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente de los Centro públicos, y le sean encomendadas por la administración educativa.

i) LAS FUNCIONES DE LA JUNTA DE DELEGADOS Y DELEGADAS DEL ALUMNADO Y DEL DELEGADO O DELEGADA DEL CONSERVATORI O.

El Conservatorio Elemental de Música de Antequera dispondrá de Junta de Delegados y Delegadas, al ser éste un Conservatorio Elemental.

j) LOS PROCEDIMIENTOS DE ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS Y LAS DELEGADAS DE CURSO Y DEL DELEGADO O DELEGADA DEL CONSERVATORIO

El alumnado de cada curso elegirá, por sufragio directo y secreto, por mayoría simple durante el primer mes del curso escolar, un delegado o delegada de curso así como un subdelegado o subdelegada, que sustituirá a la persona que ejerce la delegación en caso de vacante, ausencia o enfermedad. Las elecciones se realizarán en todos los grupos de Lenguaje Musical.

Los delegados y delegadas colaborarán con el profesorado en los

asuntos que afecten al funcionamiento de la clase y, en su caso, trasladarán a la jefatura de estudios las sugerencias y reclamaciones del alumnado al que representan.

11. REVISIÓN DEL PRESENTE ROF

- El presente ROF podrá ser revisado y corregido a petición de una mayoría de cada uno de los sectores que integran el Consejo Escolar.

- Asimismo, el presente Reglamento estará siempre de acuerdo con la normativa

vigente y se considerará automáticamente corregido al variar algún aspecto en el que se sustenta.

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PROYECTO DE

GESTIÓN

CURSO 2016/2017

Índice

1-Introducción.

2- Criterios para la elaboración del presupuesto anual del centro y para la

distribución de los ingresos entre las distintas partidas de gasto.

3- Criterios para la gestión de las sustituciones de las ausencias del profesorado.

4- Medidas para la conservación y renovación de las instalaciones y del

equipamiento escolar.

5- Criterios para la obtención de ingresos derivados de la prestación de servicios

distintos de los gravados por tasas, así como otros fondos procedentes de entes

públicos, privados o particulares. Todo ello sin perjuicio de que reciban de la

administración competente los recursos económicos para el cumplimiento de sus

objetivos.

6- Procedimientos para la elaboración del inventario anual del Conservatorio.

7- Criterios para una gestión sostenible de los recursos del Conservatorio y de los

residuos que genere que, en todo caso, será eficiente y compatible con la

conservación del medio ambiente.

8- Criterios para lograr que las actividades extraescolares y complementarias que

se realicen en el centro sean compatibles con el buen estado de los recursos

disponibles y contribuyan al logro del proyecto educativo del centro así como a su

sostenibilidad.

9- Criterios a seguir en la contratación de proveedores.

1

1-Introducción.

El proyecto de gestión es un documento que nos sirve como guía y modelo

indiscutible para planificar las líneas de gestión económica de nuestro centro de forma

que, desde la autonomía que tenemos para definir nuestro Proyecto Educativo,

asignemos las dotaciones económicas y materiales precisas para desarrollar los

objetivos del P.E.C cada curso escolar. Para ello nos basamos en la siguiente normativa:

• Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE).

• Ley 17/2007, del 10 de diciembre, de educación en Andalucía (art. 129)

• ORDEN de 10-5-2006 (BOJA 25-5-2006), conjunta de las consejerías de

Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones sobre la

gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la

Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y

Directoras de los mismos.

• INSTRUCCIÓN 1/2005, de 8 de febrero, conjunta de la Intervención General de

la Junta de Andalucía y la Secretaría General Técnica de la Junta de Educación,

por la que se establece el procedimiento de comunicación de las operaciones con

terceros realizadas por los centros docentes públicos no universitarios, a efectos

de su inclusión en la declaración anual de operaciones (modelo 347).

• ORDEN de 27-2-1996 (BOJA 12-3-1996), por la que se regulan las cuentas de

la Tesorería General de la Comunidad Autónoma Andaluza, abierta en las

entidades financieras.

• Decreto 361/2011, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento

Orgánico de los Conservatorios Elementales y de los Conservatorios

Profesionales de Música.

El Conservatorio Elemental de Música de Antequera se encuentra situado en la calle

de los Carreteros nº 8 cp.29200 de Antequera provincia de Málaga.

Actualmente, en este conservatorio se imparten las enseñanzas correspondientes a

los cuatro cursos del Grado Elemental de las especialidades de Piano, Guitarra,

Clarinete, Violín, Viola y Violoncello. Así mismo, se imparten enseñanzas del primer

2

ciclo del Grado Profesional a los alumnos/as de los Conservatorios Profesionales de

Música “Manuel Carra” y “Gonzalo Martín Tenllado” autorizados por la Dirección

General de Planificación y Ordenación Educativa de la Consejería de Educación y

Ciencia de la Junta de Andalucía.

El centro está calificado con el tipo D, que equivale a menos de 600 alumnos/as.

El centro cuenta con 14 aulas, organizándose el horario del profesorado de forma

que se consiga la mejor utilización del espacio disponible. También se dispone de una

sala de profesores destinada a las reuniones, donde se encuentra provisionalmente la

biblioteca, en espera de encontrar una ubicación definitiva para este uso. Se dispone

igualmente de un salón de actos destinado a las audiciones, conciertos y otras

actividades organizadas para los alumnos. Además, en colaboración con el

Ayuntamiento y la Casa de la Cultura, utilizamos otras salas cuando el aforo lo requiere:

“Teatro Torcal”, Iglesias de San Agustín y San Zoilo, etc.

El conservatorio dispone de todos los instrumentos necesarios para las

especialidades que se imparten, así como el material audio-visual de uso generalizado

en la mayoría de las clases.

2-Criterios para la elaboración del presupuesto anual del centro y para la

distribución de los ingresos entre las distintas partidas de gasto.

1. El presupuesto anual se realizará en la primera quincena de noviembre

tomando como base los ingresos y gastos habidos en cursos anteriores, aprobándose en

el Consejo Escolar.

2. Para la elaboración del presupuesto, se respetarán los apartados de ingresos y

gastos previstos en la normativa vigente relativa a la contabilidad de los centros.

3. Los ingresos a tener en cuenta serán: el remanente total que queda del

ejercicio económico anterior, los aportados por la Consejería de Educación, así como las

3

posibles cantidades aportadas por cualquier entidad para colaboración con actividades

del centro.

4. En cuanto a los gastos: se persigue como premisa fundamental satisfacer todas

las necesidades de funcionamiento general y una vez satisfechas esas necesidades

consideradas básicas, se destinará una parte del presupuesto a las necesidades de los

diferentes Departamentos.

5. El Equipo Directivo expondrá a la Comisión Permanente del Consejo Escolar

el borrador del Presupuesto, para su posterior aprobación.

6. Los pagos que realice el Centro serán a través de cheques, transferencias o

domiciliaciones en su cuenta bancaria oficial para garantizar la total transparencia de la

actividad económica del Centro.

3-Criterios para la gestión de las sustituciones de las ausencias del profesorado.

• Orden de 8 de septiembre de 2010, por la que se establece el procedimiento

para la gestión de las sustituciones del profesorado de los centros docentes

públicos dependientes de esta Consejería (BOJA 17‐09‐2010). 3.1.Criterios para las sustituciones del profesorado de larga duración

Al principio del año académico nuestro centro tendrá un presupuesto asignado

para sustituciones por parte de la Consejería que vendrá reflejado en el programa

Séneca como jornadas de las que dispone el centro para sustituciones. Los criterios que

establecemos para decidir la sustitución serán los siguientes:

• Las personas titulares de la dirección de los centros docentes serán las competentes

para decidir cuándo se sustituirán las ausencias del profesorado con personal externo y,

por tanto, con cargo al número de jornadas completas de profesorado sustituto puesto a

disposición del centro para esta función, y cuándo se atenderán con los recursos propios

del centro.

4

• Las bajas de corta duración (menos de 15 días naturales) no serán sustituidas y el

alumnado será atendido en el aula por el profesorado de guardia.

• La ausencia del profesorado se cubrirá cuando se prevea que la baja va a ser superior a

15 días. Estas bajas se solicitarán siempre que se cuente con jornadas suficientes para

ello. Si no es así, con antelación la dirección del centro solicitará una ampliación del

número de jornadas disponibles al departamento de Provisión de Servicio de Personal,

justificando las causas por las que se ha producido el agotamiento de jornadas.

• Excepcionalmente se podrá ampliar el mencionado plazo de quince días cuando no se

produzca un perjuicio educativo al alumnado.

• Igualmente se podrá reducir dicho plazo en aquellos casos en los que se considere

necesario.

• El profesorado deberá presentar el parte de baja el mismo día que se produzca para

que la Jefatura de Estudios a través del sistema Séneca pueda proceder a la solicitud de

la sustitución.

• En caso de que el cupo no sea suficiente, se dará preferencia a las sustituciones de

asignaturas instrumentales y del profesorado que imparta la asignatura de LM con

objeto de preparación de la prueba de acceso a EP. Sin obviar la obligación de la

Dirección a reclamar con la mayor prontitud todas las sustituciones.

• Una vez que el/la profesor/a tenga conocimiento de la fecha de finalización de la baja,

deberá comunicarlo a la dirección del centro para que sea grabada en Séneca y no

utilizar más jornadas completas de sustitución de las necesitadas.

• En todas las ausencias de larga duración el profesor facilitará su plan de trabajo y

documentación de seguimiento de sus alumnos para el profesor sustituto a la mayor

brevedad posible.

• En caso de que la baja se produzca inmediatamente antes de un fin de semana, puente

o período vacacional, la dirección del centro solicitará que se cubra la baja desde el

primer día lectivo tras dichos períodos.

5

Para cubrir las ausencias del profesorado se seguirá el siguiente procedimiento:

1. Las personas titulares de la dirección de los centros docentes públicos podrán

solicitar la sustitución de cualquier docente del centro, en los supuestos de permiso o

licencia, por vía telemática, mediante la cumplimentación de un formulario que figurará

en el sistema de información Séneca. En dicho formulario se indicarán los datos

personales y profesionales de la persona que haya de ser sustituida así como la fecha de

inicio de la sustitución y, en su caso, la de fin de la misma. En este último caso, no

podrá proponerse una fecha de cese anterior a la fecha de incorporación efectiva de la

persona sustituida.

2. Las Delegaciones Provinciales, recibidas las solicitudes de sustitución a través

del sistema integrado de recursos humanos, comprobarán la existencia del permiso o

licencia y, dentro de los cinco días lectivos siguientes a la fecha de la solicitud,

procederán a la sustitución, si procede. Durante este período las personas titulares de la

dirección de los centros docentes deberán adoptar las medidas necesarias para la

atención del servicio educativo.

3.2. Criterios para las sustituciones del profesorado de corta duración.

a) El Jefe de Estudios o el profesorado de guardia anotará en el parte de

asistencia quiénes son los profesores ausentes y los grupos que les corresponden en las

incidencias del parte de firmas de guardias. Esos grupos serán cubiertos por el

profesorado de guardia.

b) En el caso de que la ausencia sea prevista, se podrá seguir con la

programación didáctica del curso si el profesor es especialista en la asignatura.

c) El profesorado de guardia realizará el control de las ausencias del alumnado

en esa hora, y velará por el cumplimiento de las normas de convivencia del centro.

d) En el caso de que el número de grupos sin profesor/a sea superior al de

profesorado de guardia en esa hora, la Jefatura de Estudios determinará la posibilidad de

unir a varios grupos en la misma aula. Además se dispondrá del profesorado que en ese

momento tenga horario de permanencia en el centro.

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Profesorado en huelga:

Para garantizar el derecho constitucional de huelga, el profesorado y resto de

personal en huelga no podrá ser sustituido. La Dirección del centro dispondrá, en caso

de huelga, del personal de Servicios Mínimos que disponga la Normativa, para atender

en la medida de lo posible, al alumnado que ese día asista a clase.

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4-Medidas para la conservación y renovación de las instalaciones y del

equipamiento escolar.

1. Es una norma de convivencia importantísima el uso adecuado de los

materiales, instalaciones y edificios del centro. El uso negligente o malintencionado de

los mismos será considerado una conducta contraria a las normas de convivencia.

2. Todos los miembros de la comunidad deberán encargarse de cumplir y hacer

cumplir estas normas de buen uso de materiales, instalaciones, edificios y otros recursos

del centro.

3. En el caso de daños producidos por mal uso con intencionalidad hacia los

materiales, instalaciones o edificios del centro, la Dirección podrá exigir a las personas

responsables la reparación de los daños o desperfectos ocasionados, la realización de

tareas de mantenimiento o embellecimiento del centro que compense el daño producido,

o el abono de los gastos producidos por los daños ocasionados.

4. Para evitar futuros perjuicios, cualquier instalación, maquinaria, etc. que vaya

a funcionar en el centro, deberá contar con la supervisión técnica del órgano competente

y cumplir las normas homologadas por la administración correspondiente que garantice

la idoneidad de los mismos y la corrección de la instalación resultante.

5. Por la misma razón, el personal que monte cualquier maquinaria, aparato,

instalación, etc. deberá contar con la supervisión técnica del órgano competente,

capacitación profesional que corresponda y cumplir con todas las normas exigibles de

homologación de sus trabajos. Todo ello para garantizar la seguridad de todas las

personas usuarias de este conservatorio.

6. El material o mobiliario que no esté en buen uso deberá permanecer con las

debidas garantías de seguridad en la dependencia donde se encontraba o en alguna sala

habilitada a tal efecto.

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5-Criterios para la obtención de ingresos derivados de la prestación de servicios

distintos de los gravados por tasas, así como otros fondos procedentes de entes

públicos, privados o particulares. Todo ello sin perjuicio de que reciban de la

administración competente los recursos económicos para el cumplimiento de sus

objetivos.

El Centro, cumpliendo la normativa vigente, podrá obtener fondos económicos o

del Equipo escolar, al ceder parte de sus instalaciones a entidades públicas, privadas o

particulares, siempre que así lo soliciten y que sean aprobadas por el Consejo Escolar

del Centro.

* El posible uso de instalaciones no debe ser gravoso para el Centro, por lo que

su mantenimiento, limpieza y gasto derivados de su uso deberán corresponder a las

asociaciones o particulares a quien se autorice la utilización.

* Los ingresos que el Centro pueda recibir de entes públicos, privados o

particulares por los motivos que sean, lo serán en la cuenta oficial del Centro y

engrosarán la cuenta de ingresos del presupuesto oficial en la partida a la que vaya

destinado o prorrateado entre diversas partidas.

* De la misma manera, las aportaciones de materiales de cualquier tipo al Centro

que puedan realizar las editoriales, empresas, entes públicos, asociaciones o particulares

se harán a través del Equipo Directivo y se incluirán en el inventario del Centro.

* El Equipo Directivo podrá recabas ingresos de organismos, entidades,

asociaciones o particulares aún a cambio del uso de las instalaciones y materiales del

Centro, siempre que no afecten a la normal actividad del colegio ni contradigan las

normas legales, asegurándose de su buen uso y de la reposición de pérdidas y daños.

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6-Procedimientos para la elaboración del inventario anual del Conservatorio.

Anualmente, y supervisado por la Secretaría del Centro, se realizará el inventario

general del Centro, que se mantendrá actualizado, velando por el buen uso y

conservación de las instalaciones y equipamiento escolar, en colaboración con los

jefes/as de departamento, y de acuerdo con las indicaciones de la persona titular de la

Dirección. En el constarán los siguientes apartados:

a. Mobiliario: mesas y sillas del alumnado y también del profesorado; pizarras;

tableros de corcho; bancos y armarios.

b. Equipos informáticos: ordenadores personales para uso del profesorado;

ordenadores personales para uso de la administración; ordenadores portátiles para uso

del profesorado; ratones y programas informáticos; impresoras, fax y escáner.

c. Material audio-visual: cámaras fotográficas; cámaras de video; proyectores;

radios CD; televisores; videos; cargadores de cámaras; películas y programas

educativos.

d. Instrumentos musicales.

e. Dependencias administrativas: Secretaría, Dirección, Material, Jefatura de

Estudios, Sala de Profesores.

Para ello, las personas responsables de los distintos equipos y especialidades

comunicarán, mediante un formulario elaborado por el Centro, las variaciones en el

inventario general del Centro ocurridas. No se podrá dar de baja ningún elemento

inventariado sin el previo conocimiento del equipo directivo a quien corresponda la

toma de decisiones a ese respecto. Por sus especiales características, existirá un libro de

inventario de biblioteca que recoja los libros y otros materiales que pasen a formar parte

de la biblioteca del centro, cualquiera que sea su procedencia. Este documento será

elaborado por la persona que esté a cargo de la biblioteca, quien tendrá que mantenerlo

debidamente actualizado.

Para la adquisición de material inventariable por parte de los departamentos los

pasos a seguir serán los siguientes:

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1. Los Jefes de Departamento solicitarán los presupuestos donde se especifiquen

los artículos a adquirir, sus características técnicas, importe de cada uno,

cantidad total e IVA.

2. Esta documentación será presentada al Secretario/a.

3. Una vez revisado y comprobada la existencia de saldo en el presupuesto de

ingresos para material inventariable, se autorizará la adquisición, comunicando

al Jefe de Departamento, quien podrá realizar la adquisición.

4. En caso de reparaciones del material inventariable del departamento, se

comunicará al secretario/a y se presentarán los presupuestos de la reparación

para su autorización.

7-Criterios para una gestión sostenible de los recursos del Conservatorio y de los

residuos que genere que, en todo caso, será eficiente y compatible con la

conservación del medio ambiente.

La mayoría de los residuos que se generan en el centro son restos de papel, que

se almacenan en cajas a la espera de su posible reciclado o posterior reutilización.

El resto de residuos se trasladan, por los servicios de limpieza del centro, a los

contenedores que el Excmo. Ayuntamiento dispone en las cercanías del centro.

Deseamos destacar las siguientes situaciones y procedimientos:

1. Se intentará utilizar el papel por las dos caras.

2. Evitaremos las copias impresas de ningún documento o material didáctico que

pueda ser usado por sus destinatarios sin necesidad de papel.

3. El alumnado deposita en las papeleras los envoltorios y residuos que puedan

producir en su paso por el centro.

4. Se vigila el cierre de los grifos.

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5. Cada día al cierre de las instalaciones del centro se apagan los interruptores de

los enchufes del centro en el cuadro general eléctrico del centro, para evitar

posibles daños por saltos de tensión y se cierra la llave de agua general para

evitar posibles fugas.

6. Cada usuario de ordenador o de otros aparatos eléctricos es responsable de

apagarlos siguiendo las instrucciones al final de su uso o de la jornada.

7. La última persona que salga de una dependencia deberá apagar la luz.

8. Los profesores/as deberán usar preferentemente la luz natural a la artificial en

las aulas, cuando esta permita las actividades.

9. Los profesores/as fomentarán el uso no derrochador, la conservación,

restauración y reutilización de materiales escolares y libros del alumnado y del

centro.

10. Valoraremos la forma de trabajo que reduzca lo producción de residuos y

fomentaremos su reciclado.

8-Criterios para lograr que las actividades extraescolares y complementarias que

se realicen en el centro sean compatibles con el buen estado de los recursos

disponibles y contribuyan al logro del proyecto educativo del centro así como a su

sostenibilidad.

Las actividades complementarias se realizarán, en la medida de lo posible, en las

propias instalaciones del Centro por lo que se utilizan los recursos disponibles en el

mismo.

Las actividades extraescolares se gestionan mediante acuerdos con diferentes

entidades de forma que no supongan un gasto por parte del Centro sino una

colaboración.

Tanto unas como otras están programadas en función del cumplimiento del

Proyecto Educativo.

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9 – Criterios a seguir en la contratación de proveedores. A la hora de contratar los servicios de una empresa se tienen en cuenta los siguientes

criterios:

1. Fiabilidad y veracidad de las facturas emitidas, comprobando que todas ellas

contengan los siguientes datos: CIF, importe desglosado del producto (base

imponible, IVA y total), número y fecha de la factura, etc.

2. Buena relación calidad-precio del servicio contratado, buscando conseguir

productos de calidad a un precio asequible.

3. Rapidez y comunicación fluida en la tramitación del servicio, atendiendo sobre

todo al cumplimiento de los plazos pactados en el envío del material.

4. Contar con diferentes opciones en el caso de recibir un producto defectuoso, de

modificación de alguna factura o, si es necesario, modificar alguna de las

condiciones del contrato.

5. Cercanía al centro educativo para evitar gastos de envío añadidos.

6. Seriedad y responsabilidad en la contratación.