BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL · Sr. MAURO EMANUEL ENRIQUE Director de Servicios y ambiente Arq....

9
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL AÑO V N° 200 - 20 de ABRIL al 24 de ABRIL de 2020 Prof. MIGUEL ÁNGEL HEFT Presidente Honorable Concejo Deliberante Prof. BIBIANA ALEJANDRA ROJAS Secretaria Legislativa Dr. DARÍO ALBERTO LEISS Secretario Administrativo CONCEJALES ALIANZA CAMBIEMOS Lic. Gustavo Daniel Nani Mand. Ana María Gelroth Abg. Gisela Alejandrina Rodriguez Sr. Esteban Raúl Lujan Chiardola Sr. Pedro Gabriel Abasto Prof. María Yohana Fucks CONCEJALES ALIANZA FRENTE JUSTICIALISTA CREER ENTRE RÍOS Tec. Simón José Perez Tec. Marcela María Grinovero Lic. Andrés Germán Rodriguez Prof. Nadia Yamile Verrua Sr. Saúl Exequiel Gaut DEPARTAMENTO EJECUTIVO DEPARTAMENTO LEGISLATIVO Dr. CARLOS ALBERTO WEISS Presidente Municipal Prof. MIGUEL ÁNGEL HEFT Vice Presidente Municipal Prof. ENZO FABIAN HEFT Secretario de Gobierno Sr. WALTER NELSON PIROLA Secretario de Ingresos Públicos Dg. MARIA ESTHER GAMBELIN Secretaria de Promoción Social Prof. SANDRA CARINA SANABRIA Sub-Secretaria de Cultura y Educación Prof. ALEXIS LUIS MARIA REULA Subsecretario de Deportes Sr. RICARDO HERNAN ALBEIRA Director de Obras Públicas Ing. DANIEL SILVANO RODRIGUEZ Director de Desarrollo Local Sr. MAURO EMANUEL ENRIQUE Director de Servicios y ambiente Arq. GUILLERMO JOSE LELL Director de Obras Sanitarias Tec. ALBANO SALCEDO Director de Desarrollo Productivo 9 de Julio y Estrada Tel.: (0343) 4920135 / Tel.Fax: (0343) 4920094 El presente BOLETÍN es público y de carácter informativo. Una realización del Área de Prensa y Comunicación Tel.: 0343-4920135 Int. 104 / E-mail: [email protected] www.viale.gob.ar MunicipiodeViale @MuniVialeER MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE VIALE - ENTRE RÍOS

Transcript of BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL · Sr. MAURO EMANUEL ENRIQUE Director de Servicios y ambiente Arq....

Page 1: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL · Sr. MAURO EMANUEL ENRIQUE Director de Servicios y ambiente Arq. GUILLERMO JOSE LELL Director de Obras Sanitarias Tec. ALBANO SALCEDO Director de Desarrollo

BOLETÍN OFICIAL MUNICIPALAÑO V N° 200 - 20 de ABRIL al 24 de ABRIL de 2020

Prof. MIGUEL ÁNGEL HEFTPresidente Honorable Concejo Deliberante

Prof. BIBIANA ALEJANDRA ROJASSecretaria Legislativa

Dr. DARÍO ALBERTO LEISSSecretario Administrativo

CONCEJALES ALIANZA CAMBIEMOSLic. Gustavo Daniel NaniMand. Ana María Gelroth

Abg. Gisela Alejandrina RodriguezSr. Esteban Raúl Lujan Chiardola

Sr. Pedro Gabriel AbastoProf. María Yohana Fucks

CONCEJALES ALIANZA FRENTE JUSTICIALISTACREER ENTRE RÍOS

Tec. Simón José PerezTec. Marcela María Grinovero

Lic. Andrés Germán RodriguezProf. Nadia Yamile Verrua

Sr. Saúl Exequiel Gaut

DEPARTAMENTO EJECUTIVO DEPARTAMENTO LEGISLATIVO

Dr. CARLOS ALBERTO WEISSPresidente Municipal

Prof. MIGUEL ÁNGEL HEFTVice Presidente Municipal

Prof. ENZO FABIAN HEFTSecretario de Gobierno

Sr. WALTER NELSON PIROLASecretario de Ingresos Públicos

Dg. MARIA ESTHER GAMBELINSecretaria de Promoción Social

Prof. SANDRA CARINA SANABRIASub-Secretaria de Cultura y Educación

Prof. ALEXIS LUIS MARIA REULASubsecretario de Deportes

Sr. RICARDO HERNAN ALBEIRADirector de Obras Públicas

Ing. DANIEL SILVANO RODRIGUEZDirector de Desarrollo Local

Sr. MAURO EMANUEL ENRIQUEDirector de Servicios y ambiente

Arq. GUILLERMO JOSE LELLDirector de Obras Sanitarias

Tec. ALBANO SALCEDODirector de Desarrollo Productivo

9 de Julio y Estrada Tel.: (0343) 4920135 / Tel.Fax: (0343) 4920094El presente BOLETÍN es público y de carácter informativo.Una realización del Área de Prensa y ComunicaciónTel.: 0343-4920135 Int. 104 / E-mail: [email protected]

www.viale.gob.arMunicipiodeViale@MuniVialeER

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE VIALE - ENTRE RÍOS

Page 2: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL · Sr. MAURO EMANUEL ENRIQUE Director de Servicios y ambiente Arq. GUILLERMO JOSE LELL Director de Obras Sanitarias Tec. ALBANO SALCEDO Director de Desarrollo

20 de Abril de 2020167/20 - Dispone PagoArt.1º) Reconocer el gasto y disponer el pago por Contaduría Municipal, a AUTOSERVICIO “3 DE FEBRERO”, de HILARIO ABELARDO EHRLICH, de domicilio en calle 3 de Febrero Nº 615, de la Ciudad de Viale, Provincia de Entre Ríos, por la suma de Pesos Seis Mil Novecientos Quince con 90/100 ($ 6.915,90), a favor de las personas mencionadas en los Considerandos del presente, conforme surge de las Solicitudes de Provisión Nº 34.521, Nº 34.522, Nº 34.523, Nº 34.524, Nº 34.525 y Nº 34.526.-Art.2º) Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente a la Cuenta Presupuestaria que corresponda.-

Dr. Weiss Carlos A. - Pte. MunicipalProf. Heft Enzo F. - Sec. de Gobierno

168/20 - Dispone PagoArt.1º) Reconocer el gasto y disponer el pago por Contaduría Municipal, a MERALD S.R.L., de domicilio en calle Rondeau Nº 856, de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, por la suma de pesos Treinta y Un Mil Cuatrocientos Setenta y Seis con 42/100 ($ 26.860,00), conforme surge de las Solicitudes de Provisión Nº 13.493.-Art.2º) Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente a la Cuenta Presupuestaria que corresponda.-

Dr. Weiss Carlos A. - Pte. MunicipalProf. Heft Enzo F. - Sec. de Gobierno

169/20 - Dispone PagoArt.1º) Reconocer el gasto y disponer el pago por Contaduría Municipal, a GONZALO DANIEL CARABAJAL, de domicilio en calle Gral. Bolívar Nº 3.501, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, por la suma de pesos Seis Mil Novecientos Siete con 34/100 ($ 6.907,34), conforme surge de la Solicitud de Provisión Nº 13.496.-Art.2º) Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente a la Cuenta Presupuestaria que corresponda.-

Dr. Weiss Carlos A. - Pte. MunicipalProf. Heft Enzo F. - Sec. de Gobierno

170/20 - Aprueba Cotejo de PreciosArt.1º) Apruébase el Cotejo de Precios Nº 1813, convocado en fecha 10 de Marzo de 2.020.-Art.2º) Dispóngase la adjudicación en compra de los ítems 1 a 4 a AURELIO, JUAN MARCELO y ANA WENDLER, de domicilio en la intercesión de calles Rivadavia e

Irigoyen de la Ciudad de Crespo, Provincia de Entre Ríos, por la suma de pesos Treinta y Tres Mil Novecientos Cincuenta con 00/100 ($ 33.950,00), conforme surge de la Solicitud de Provisión Nº 13.504; y el ítem 0 a VICTOR PEDRO CUATRIN y JUAN ISAAC ARMANDO GUARIDONI, de domicilio en calle Lorenzo Jordana Nº 975 de la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, por la suma de pesos Sesenta y Nueve Mil con 00/100 ($ 69.000,00), conforme surge de la Solicitud de Provisión Nº 13.503.- Art.3º) Impútese el gasto que demande el cumplimiento del presente a la Cuenta Presupuestaria que corresponda.-

Dr. Weiss Carlos A. - Pte. MunicipalProf. Heft Enzo F. - Sec. de Gobierno

171/20 - Aprueba Licitación PúblicaArt.1º) Apruébase la Licitación Pública Nº 04/20, convocada mediante Decreto Nº 093/20, de fecha 02 de Marzo de 2.020.-Art.2º) Adjudícase la Licitación Pública Nº 04/20, por los ítems solicitados a AVANZAR S.R.L., de domicilio en Ruta Nº 66, km. 40,5, Cañada Rosquín, Provincia de Santa Fe, por la suma de pesos Tres Millones Trescientos cuarenta y Cinco Mil Doscientos con 00/100 ($ 3.345.200,00).-Art.3º) Impútese el gasto que demande el cumplimiento del presente a la Cuentas Presupuestaria que corresponda.-

Dr. Weiss Carlos A. - Pte. MunicipalProf. Heft Enzo F. - Sec. de Gobierno

172/20 - Aprueba Licitación PúblicaArt.1º) Apruébase la Licitación Pública Nº 05/20, convocada mediante Decreto Nº 094/20, de fecha 02 de Marzo de 2.020.-Art.2º) Adjudícase la Licitación Pública Nº 05/20, por el ítem solicitado a MARCELO GOTTIG Y CIA. S.C., de domicilio en Ruta Provincial Nº 32, km. 404, Provincia de Entre Ríos, por la suma de pesos Un Millón Ochenta y Cuatro con 00/100 ($ 1.084.000,00).-Art.3º) Impútese el gasto que demande el cumplimiento del presente a la Cuentas Presupuestaria que corresponda.-

Dr. Weiss Carlos A. - Pte. MunicipalProf. Heft Enzo F. - Sec. de Gobierno

21 de Abril de 2020173/20 - AdhiereI) Adhesión

Art.1º) Adherir en todos sus términos Decisión Administrativa DECAD-2020-524-APN-JGM de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en la que se exceptúa, en el marco de lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 355/20 del cumplimiento del “aislamiento social,

preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos a nuevas actividades, hasta el 26 de abril de 2020, conforme al detalle del artículo siguiente.A r t . 2 º ) Q u e d a n e x c e p t u a d a s incorporándose a las tareas ya autorizadas, conforme a las pautas del Art 1 las siguientes actividades:

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad Autónoma de Bs.As. y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico,

venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7. Ópticas, con sistema de turno previo.

8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

10. Producción para la exportación, con autorización previa del

AÑO V N° 200 - 20 de ABRIL al 24 de ABRIL de 2020

-2-

DECRETOS

Page 3: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL · Sr. MAURO EMANUEL ENRIQUE Director de Servicios y ambiente Arq. GUILLERMO JOSE LELL Director de Obras Sanitarias Tec. ALBANO SALCEDO Director de Desarrollo

Ministerio De Desarrollo Productivo.

11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio De Desarrollo Productivo.

II) Actividad administrativa Municipal

Art.3º) Prorróguese el plazo establecido en el Decreto Nº 136/20, en el ámbito de la Municipalidad de Viale, a partir del día de la fecha y hasta el 26 de abril de 2020 inclusive, sin perjuicio de la continuidad que pudiere derivarse debido a la evolución de la situación sanitaria.-Art.4º) Manténgase el cumplimiento de:

a) Las disposiciones del Decreto Nº 136/20, relacionadas con los plazos administrativos, los que se determinan inhábiles hasta el vencimiento del plazo del artículo Nº 1.

b) La afectación del personal para el cumplimiento de los servicios escenciales.

c) El mantenimiento de las guardias pasivas, mínimas y activas; y

d) La relevación de todas las obligaciones para los agentes mayores de 60 años de edad.Art.5º) El Centro de Salud Dr. Carrillo, continuará sus actividades, conforme a la programación que dicte su Director.-Art.6º) Dispongase por medio de la Jefatura de Agentes Sanitarios de Bromatología, con colaboración de Guardia Urbana, la inspección y el control del cumplimiento de los protocolos de prevención de la pandemia en todos los comercios con atención al público aplicando los apercibimientos de clausura en caso de ser necesario. Los Agentes Sanitarios deberán realizar los controles conforme al cronograma que dispondra su Jefatura.-Art.7º) Disponer el mantenimiento de todas las áreas de la Administración Municipal y Defensa Civil para la colaboración, si fuere necesario, con las fuerzas de seguridad Nacionales y Provinciales a los efectos de dar cumplimiento a las restricciones dictadas por el Gobierno Nacional y las dispuestas por este Departamento Ejecutivo Municipal.El plazo de receso, a todos sus efectos, tanto para los mayores de 60 años, como para quienes estan en guardia pasiva o activa, se computará como tiempo de servicio, sin que ello afecte la percepción íntegra de los haberes.-III) Salas de velatorio

Art.8º) Mantengase la disposición del Decreto Nº 141/20, a los efectos de prorrogar las rest r i cc iones para ceremonias en Salas de Velatorio a partir de las cero (0) horas del día de la fecha, hasta el 26 de abril inclusive del año 2020, conforme las siguientes pautas:Los velatorios se realizarán:

a) Con la presencia únicamente de cónyuges y/o convivientes, hermanos y hermanas, y ascendientes y descendientes hasta un máximo de diez personas.

b) El mismo no podrá exceder de dos horas con el ataúd abierto y de ocho horas el total de la ceremonia;

c) La sala de velatorios o el domicilio del sepelio deberá cerrar a las 23:00 horas y continuará a las 08:00 horas hasta su inhumación.

d) El traslado al cementerio se realizará con coche fúnebre y sin acompañamiento.

e) Si hubiere fallecidos por causa del COVID-19, no se efectuará velatorio. El servicio se prestará bajo la modalidad de "Servicio directo", debiéndose colocar el cuerpo en ataúd con caja interior metálica, herméticamente cerrada y traslado al cementerio en furgón sanitario. IV) ComerciosArt.9º) Manténgase lo dispuesto, en el Decreto Nº 139/20, respecto a la apertura y cierre de todos los comercios, hasta el 26 de abril de 2020 inclusive.Art.10º) Dispóngase una amplia difusión pública del presente.

Dr. Weiss Carlos A. - Pte. MunicipalProf. Heft Enzo F. - Sec. de Gobierno

23 de Abril de 2020174/20 - Convoca a Licitación PrivadaArt.1º) Convocar a Licitación Privada Nº 09/20 para la adquisición de materiales destinados a la construcción de la c u a d r a g é s i m o q u i n t a v i v i e n d a correspondiente a la obra “Círculo Cerrado de Viviendas”, y que a continuación se detallan:

Rubro 1 (Materiales Gruesos) Especificar Marca Y Modelo1)- 10 kg. Alambre Negro Nº162)- 20 kg Alambre De Atar3)- 156 bolsa por 50kg. Cemento Portland(Primeras Marcas) Especificar Al Cotizar.4)- 25 bolsa 25kg Fino A La Cal5)- 4 Baldes 20kg Hidrófugo6)- 70 barras Hierro Ø107)- 85 barras Hierro Ø68)- 50 barras Hierro Ø89)- 700 unidad Ladrillo Cerámico 12X18X3310)- 1400 unidad Ladrillo Cerámico 18X18X3311)- 200 unidades Ladrillos Comunes12)- 5 un Malla 4,2mm. 15X15 (2mX6m)13)- 20 kg Pastina X Kg14)- 25 bolsas Pegamento 30 Kg15)- 58 m2 Pisos Cerámica Esmaltada 30X30Cm16)- 22 m2 Revestimientos Cerámica Esmaltada 30X30Cm17)- 7 unidades Stopkal Unidad Por 1Lts.

Rubro 2 (Cubiertas) Especificar Marca Y Modelo18)- 4 u Chapa Hºgºnº 25 Long 2,00M19)- 4 u Chapa Hºgºnº 25 Long 4,00M20)- 7 u Chapa Hºgºnº 25 Long 5,50M21)- 60 m2 Membrana Aislante Aluminizada Bajo ChapaTba522)- 7 unidades Perfil "C" 100X50X2Mm Galvanizado 12M23)- 12 unidades Soporte Grampa Canaleta (Completa)24)- 1 unidades Sellador canaleta25)- 60 m2 Maya plastica 1x1 bajo chapa.26)- 20 unidades Remaches Pop 5X2027)- 3 unidades Tapas ciega chapa galvanizada28)- 3 unidades Bajada de chapa galvanizada29)- 300 unidades Tornillos Autoperforantes Punta MechaP/Chapa 14 X 2 C/ Aran30)- 2 unidades Precintos Medianos En Bolsa X10031)- 9 unidades Zinguería Cenefa Hºgºn° Desarrollo 40Cm X2M Largo32)- 8 unidades Zingueria Canaleta Galvanizada Long 2.00m33)- 3 unidades Zinguería Cumbrera Hºgºnº22 Desarrollo40Cm long. 2.00m

Rubro 3 (Cielorrasos) Especificar Marca Y Modelo34)- 20 unidades Perimetral 22X22X3000Mm35)- 9 unidades Larguero 32X24X3660Mm36)- 53 unidades Travesaño 26X24X1220Mm37)- 85 unidades Travesaño 26X24X610Mm38)- 130 unidades Placa Vinil 155 0.61X0.61X7Mm39)- 1 unidades Tornillo T1 Aguja 6X3/8"X10040)- 1.5 unidades Tarugo 8mm Con Tope X10041)- 1.5 unidades Tornillos 10X1.3/4" X10042)- 4 kg Alambre Galvanizado 16

Rubro 4 (Instalación Agua) Especificar Marca Y Modelo43)- 1 unidades Bajada Tanque 2"44)- 6 unidades Buje F-F 3/4" A 1/2"45)- 2 unidades Buje FF 1" A 1/2"46)- 2 unidades Buje FF 1" A 3/4"47)- 2 unidades Buje M-H 2" A 3/4"48)- 1 unidades Te pp 2"49)- 1 unidades Canilla 1/2"50)- 6 unidades Caño Fusión 4M 1/2"51)- 3 unidades Caño Fusión 4M 3/4"52)- 15 unidades Codo F-F 1/2"53)- 10 unidades Codo F-F 3/4´´54)- 4 unidades Codo F-F 3/4" inserto hembra55)- 4 unidades Codo F-F 3/4" inserto macho56)- 11 unidades Codo Rmh 1/2"57)- 1 unidades Flotante para tanque completo c/ bolla58)- 2 unidades Entre Rosca Pp 2"59)- 7 unidades Flexibles De 50 Cm60)- 4 unidades Inserto F. Rosca Metal Macho 1/2"61)- 4 unidades Inserto F. Rosca Metal Macho 3/4"62)- 1 unidades Tanque De Reserva 500 Lts (Polietileno)63)- 1 unidades Base de caño Para Tanque De Reserva De500 A 700 Lts.64)- 11 unidades Tapones Pvc 1/2"65)- 3 unidades Te F-F 1/2" RMH66)- 6 unidades Te F-F 3/4"67)- 2 unidades Te FF 1/2 con inserto hembra68)- 2 unidades Te FF 3/4 con inserto hembra a 1/369)- 2 unidades Llaves De Paso 3/4" plastica70)- 1 unidades Llaves De Paso 1/2"71)- 8 unidades Te F-F- 1/2"72)- 5 unidades Cuplas F-F 1/2"73)- 5 unidades Cuplas F-F 3/4"74)- 5 unidades Cupla F rosc. H 1/275)- 2 unidades Teflón 1/276)- 2 unidades Teflón 3/477)- 2 unidades Sella Rosa Para Agua78)- 1 unidades Ventilación Pvc Tanque 3/4"

Rubro 5 (Artefactos) Especificar Marca Y Modelo79)- 1 unidades Bidet De Losa Blanco80)- 1 unidades Deposito Losa Blanco81)- 1 unidades Grifería Bidet82)- 1 unidades Grifería Lavatorio83)- 1 unidades Grifería P/ Ducha84)- 1 unidades Inodoro Pedestal Losa Blanca Estándar85)- 1 unidades Lavatorio Y Pie De Losa Blanca Chico86)- 1 unidades Mesada De Granito Reconstituida C/Bacha(1,20X 0,60)87)- 1 unidades Mezcladora Cocina Cromada Estandar88)- 2 unidades Llave Paso Pvc Esférica 2"89)- 4 unidades Tornillo inodoro completo90)- 1 unidades Tapa Para Inodoro Plástica

Rubro 6 (Instalación Sanitaria) Especificar Marca YModelo

91)- 1 unidades Cámara De Insp 60X60 Premol92)- 10 unidades Caño Pvc 110 Reforzado93)- 2 unidades Caño Pvc 40

AÑO V N° 200 - 20 de ABRIL al 24 de ABRIL de 2020

-3-

Page 4: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL · Sr. MAURO EMANUEL ENRIQUE Director de Servicios y ambiente Arq. GUILLERMO JOSE LELL Director de Obras Sanitarias Tec. ALBANO SALCEDO Director de Desarrollo

94)- 4 unidades Caño Pvc 6395)- 1 unidades Sombrerete pvc 6396)- 1 unidades Codo C/Acometidas97)- 3 unidades CODO 63 A 90º98)- 6 unidadesCODO 110 A 45º99)- 3 unidades CODO 110 A 90º100)- 5 unidades CODO 40 A 45º101)- 5 unidades CODO 40 A 90º102)- 0.5 lt Pegamento Para Pvc103)- 1 unidades cartucho Silicona104)- 2 unidades Pileta De Patio 15X15105)- 1 unidades Ramal Y 110 A 63106)- 2 unidades Reducción 63 A 50107)- 1 unidades Sifón Simple108)- 1 unidade Desplazador inodoro109)- 3 unidades Sopapa P/Lavatorio 40110)- 1 unidades Sopapa Para Pileta De Cocina 50

Rubro 7 (Pintura) Especificar Marca Y Modelo111)- 80 lts Pintura latex interior-exterior112)- 20 lts Sellador Fijador Al Agua

Rubro 8 (Electricidad) Especificar Marca Y Modelo113)- 1 Rollo Cable Unipolar X 2,5 Mm2 (Color Celeste) X100 Mts114)- 1 Rollo Cable Unipolar X 2,5 Mm2 (Color rojo) X 100115)- 2 Rollo Cable Unipolar X 2,5 Mm2 (Verde -Amarillo) X100 Mts116)- 1 Rollo Cable Unipolar X 1,5 Mm2 (Color Blanco) X 100Mts117)- 1 Rollo Cable Unipolar X 4 mm (Color Celeste) X 100Mts118)- 1 Rollo Cable Unipolar X 4 mm (Color rojo) X 100 Mts119)- 20 Unidad Caja Pvc Rectangular120)- 15 Unidad Caja Pvc Octogonal121)- 3 Rollo Cinta Aisladora De Pvc X 10 Mts122)- 1 Unidad Llaves Termomagnéticas Bipolar X 25 Amp.123)- 1 Unidad Llaves Termomagnéticas Bipolar X 20 Amp.124)- 1 Unidad Caja Para 6 Módulos Din Dobles Medidas305X300X95 Mm125)- 5 Unidad Tapa Ciega Redonda Chica126)- 32 Unidad Modulo Toma127)- 14 Unidad Modulo Punto128)- 15 Unidad Modulo Ciego129)- 9 Unidad Porta Lámpara Recta130)- 3 Unidad Caño Corrugado Aprobado 3/4" RolloX50Mts.131)- 1 Unidad Caño Corrugado Aprobado 7/8" RolloX50Mts.132)- 20 Unidad Bastidores

Art.2º) El Acto Licitatorio se realizará en Sede Municipal el día 12 de mayo de 2.020, a las 10:00 horas, el que será presidido por el Secretario de Gobierno, el Jefe de Obras Públicas, el Jefe de Compras y el Contador Municipal.-Art.3º) Designar a los efectos, como Comisión de Compras, a fin de que se sirva dictaminar para su adjudicación, a los diez días de la apertura de la presente Licitación; al Secretario de Gobierno Municipal, Jefe de Obras Públicas; Jefe de Compras y Contador Municipal.- Art.4º) Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente a la Cuenta Nº 3500, Subcuenta 22.-Art.5º) Invitar a las firmas comerciales del ramo en un mínimo de tres.-Art.6º) El Departamento Ejecutivo se reserva el derecho de aumentar o d i s m i n u i r l a s c o n d i c i o n e s q u e expresamente se estipulan en el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación, conforme a lo establecido en el Art. 64 del Decreto Reglamentario Nº 795/96 de la Ley Nº 5140 y sus modificaciones.-

Art.7º) Por aplicación del Decreto Nº 428/14, el contribuyente local podrá tener prioridad en función a la tributación que efectúa en el municipio.

Dr. Weiss Carlos A. - Pte. MunicipalProf. Heft Enzo F. - Sec. de Gobierno

175/20 - Dispone PagoArt.1º) Reconocer el gasto y disponer el pago por Contaduría Municipal, a CARLOS ALBERTO CONTARDI S.R.L., de domicilio en calle 25 de Mayo Nº 883, de la ciudad de Viale, Provincia de Entre Ríos, por la suma de pesos Treinta y Tres Mil con 00/100 ($ 33.000,00), conforme surge de la Solicitud de Provisión Nº 13.497.-Art.2º) Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente a la Cuenta Presupuestaria que corresponda.-

Dr. Weiss Carlos A. - Pte. MunicipalProf. Heft Enzo F. - Sec. de Gobierno

176/20 - Dispone PagoArt.1º) Reconocer el gasto y disponer el pago por Contaduría Municipal, a Elba Mabel González., de domicilio en calle 25 de Mayo Nº 883, de la ciudad de Viale, Provincia de Entre Ríos, por la suma de pesos Veintidós Mil Seiscientos con 00/100 ($22.600,00), conforme surge de las Solicitudes de Provisión Nº 13.506 y Nº 13.139.-Art.2º) Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente a la Cuenta Presupuestaria que corresponda.-

Dr. Weiss Carlos A. - Pte. MunicipalProf. Heft Enzo F. - Sec. de Gobierno

177/20 - Aprueba Licitación PrivadaArt.1º) Apruébase la Licitación Privada Nº 08/20, convocada mediante Decreto Nº 102/20, de fecha 04 de Marzo de 2.020.-Art.2º) Adjudicase la Licitación Privada Nº 08/20, por los ítems 1 a 3, 6 a 8, 12, 17 a 20, 22, 29, 30, 34 a 42, 92, 96, 99, 101, 104, 107 y 108 a LA AGRICOLA REGIONAL COOPERATIVA LIMITADA, de domicilio en calle Irigoyen Nº 1.463 de la Ciudad de Crespo, Provincia de Entre Ríos, por la suma de pesos Doscientos Ochenta Mil S ete c i e nto s S e i s co n 3 1 / 1 0 0 ( $ 280.706,31); por los ítems 4, 9 a 11, 13, 16, 21, 23, 25, 27, 28, 31 a 33, 44 a 46, 49 a 56, 62, 64 a 77, 79, 80, 84, 85, 87, 91, 95, 97, 98, 100, 102, 105, 106, 109 a 112 a INDUSTRIAS ALIMENTICIAS LA BLANQUITA S.R.L., de domicilio en Ruta Nacional Nº 18 km. 81, Comuna Las Tunas, Provincia de Entre Ríos, por la suma de pesos Ciento Cuarenta Mil Setecientos Setenta y Dos con 12/100 ($ 140.772,12); y por los ítems 5, 14, 15, 63, 81 a 83, 86, 93, 94 a

NUTRITOTAL S.R.L., de domicilio en calle Acceso Pte. Ricardo Alfonsín Nº 1.045, de la Ciudad de Crespo, Provincia de Entre Ríos, por la suma de pesos Cuarenta y Dos Mil Doscientos Noventa con 00/100 ($ 42.290,00).- Art.3º) Impútese el gasto que demande el cumplimiento del presente a la Cuenta Nº 3500, Subcuenta Nº 22.-

Dr. Weiss Carlos A. - Pte. MunicipalProf. Heft Enzo F. - Sec. de Gobierno

23 de Abril de 2020037/20 - Suspensión de AdicionalArt.1º) Dispónese la suspensión del adicional no remunerativo, no bonificable, otorgado a los agentes: Cristian Ismael MARTINEZ, Legajo Personal Nº 1.877 y José Ramón PORTILLO, Legajo Personal Nº 2.604, por la suma de pesos Tres Mil Quinientos con 00/100 ($ 3.500,00).-Art.2º) Dispónese la reducción del adicional no remunerativo, no bonificable, otorgado a los agentes, según el siguiente detalle:

Alexis Israel ARANOVICH, Legajo Personal Nº 5, por la suma de pesos Un Mil Setecientos Cincuenta con 00/100 ($ 1.750,00).-

Rodolfo Antonio SIEBENLIST, Legajo Personal Nº 3.572, por la suma de pesos Tres Mil con 00/100 ($ 3.000,00).-

Gastón ZORAZABAL, Legajo Personal Nº 1.984, por la suma de pesos Tres Mil con 00/100 ($ 3.000,00).-Art.3º) Derogar, en consecuencia, en su parte pertinente, la Resolución Nº 003/20, de fecha 28 de enero de 2.020.-Art.4º) Notif íquese a Contaduría Municipal para conocimiento y toma de razón.-

Dr. Weiss Carlos A. - Pte. MunicipalProf. Heft Enzo F. - Sec. de Gobierno

1941/19 - Deroga OrdenanzaArt..1º) DEROGAR en su totalidad las Ordenanzas Nº 1597/15, Nº 1849/18, Nº 1882/19, y toda otra norma que se oponga al presente.-Art.2º) APROBAR en un todo el organigrama que se adjunta y forma parte del presente. DISPONESE que el Poder Ejecutivo Municipal se organice del modo en el esquema previsto:

a) Presidencia Municipala.1. Dirección de Desarrollo

Local

AÑO V N° 200 - 20 de ABRIL al 24 de ABRIL de 2020

-4-

RESOLUCIONES

ORDENANZAS

Page 5: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL · Sr. MAURO EMANUEL ENRIQUE Director de Servicios y ambiente Arq. GUILLERMO JOSE LELL Director de Obras Sanitarias Tec. ALBANO SALCEDO Director de Desarrollo

a . 1 . 1 . P a r q u e Industrial.

a.2. Dirección de Servicios y Ambiente

a.2.1. Alumbrado.a.2.2. Recolección de

Residuos.a .2 .3 . Cementer io

Municipal.a.2.4. Terminal de

Ómnibus.a . 2 . 5 . P l a n t a d e

Recolección de Residuos.a . 2 . 6 . P a r q u e s y

Paseos.a.3. Dirección de Obras

Públicas.a.3.1. Ejecución de

Proyectos de Obra Pública.a . 3 . 2 . P a r q u e

Automotor.a.3.3. Premoldeados.a . 3 . 4 . P l a n t a d e

Asfalto.a.4. Defensa Civil.a.5. Jefatura de Despacho y

Archivo.a.6. Asesoría Legal.a.7. Juzgado de Faltas.a.8. Contaduría Municipal.

a . 8 . 1 . C o n t a d o r Municipal.

a . 8 . 2 . T e s o r e r o Municipal.

a . 8 . 3 . C a j a s Recaudadoras.

a.8.4. Liquidación de Haberes.

b) Secretaría de Gobierno.b.1. Sub Secretaría de

Cultura y Educación.b . 1 . 1 N ú c l e o d e

Innovación y Desarrollo de Oportunidades.b.1.2 Talleres.b.1.3 Punto Digital.b . 1 . 4 J a r d i n e s

Maternales.b.1.5 Museo.b . 1 . 6 P a s e o

Ferroviario.b.2. Sub Secretaria de

Deportesb.2.1 Natatorio.b . 2 . 2 D i s c i p l i n a s

Deportivas.b.3. Guardia Urbana.b.4. Registro de Conducir.b.5. Recursos Humanos.b . 6 . C o m u n i c a c i ó n ,

Ceremonial y Protocolo.b.7. Boletín Oficial.

b . 8 . D e f e n s a d e l Consumidor.

b.9. Jefatura de Catastro y Obras Privadas.

b.10. Cámaras de Seguridad.b.11. Comisión Hiporrecta y

actividades ecuestres.b.12. Comisión Centro de

Salud.

c) Secretaría de Ingresos Públicos, Estadísticas y Modernización.

c.1. Dirección de Obras Sanitarias.

c . 2 . T a s a G e n e r a l Inmobiliaria.

c.3. Jefatura de Compras y Contrataciones.

c . 4 . J e f a t u r a d e Recaudaciones.

c.5. Mesa de Entradas Municipal.

c.6. Unidad Ejecutora y de Estadísticas.

c.7. Bromatología.c.8. Cómputos

d) Secretaría de Promoción Social.d.1. Dirección de Desarrollo

Productivo.d . 1 . 1 U n i d a d d e

Empleo.d . 1 . 2 M i c r o -

emprendedores.d.1.3 Empleo joven.d.1.4 Pro-Huerta.d.1.5 Parque Hortícola.

d.2. Dirección del Centro de Salud.

d.3. Hogar Madre Teresa.d . 4 . Á r e a d e N i ñ e z ,

Adolescencia y Familia.d .5 . Sa la de Sepel ios

Municipal.d.6. Planes de Soluciones

Habitacionales.d.7. Subsidios y Becas de

Transporte.

e) Vice Presidencia Municipal.e . 1 . P r e s i d e n c i a d e l

Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad.

e.2. Consorcios de Vecinos.e.3. “Te escuchamos Viale”.

Art.3º) Las Secretar ías y demás departamentos mencionados en el artículo 2º) dependerán jerárquicamente y de manera directa del Presidente Municipal, en las condiciones que establece la Constitución Provincial, la Ley Provincial de Régimen Municipal y demás

.

AÑO V N° 200 - 20 de ABRIL al 24 de ABRIL de 2020

-5-

normas complementarias.-Art.4º) Estarán bajo la dependencia jerárquica del Presidente Municipal las siguientes Direcciones y/o áreas:

a) Presidencia Municipala.1. Dirección de Desarrollo

Locala . 1 . 1 . P a r q u e

Industrial.a.2. Dirección de Servicios y

Ambientea.2.1. Alumbrado.a.2.2. Recolección de

Residuos.a .2.3. Cementer io

Municipal.a.2.4. Terminal de

Ómnibus.a . 2 . 5 . P l a n t a d e

Recolección de Residuos.a . 2 . 6 . P a r q u e s y

Paseos.a.3. Dirección de Obras

Públicas.a.3.1. Ejecución de

Proyectos de Obra Pública.a . 3 . 2 . P a r q u e

Automotor.a.3.3. Premoldeados.a . 3 . 4 . P l a n t a d e

Asfalto.a.4. Defensa Civil.a.5. Jefatura de Despacho y

Archivo.a.6. Asesoría Legal.a.7. Juzgado de Faltas.a.8. Contaduría Municipal.

a . 8 . 1 . C o n t a d o r Municipal.

a . 8 . 2 . T e s o r e r o Municipal.

a . 8 . 3 . C a j a s Recaudadoras.

a.8.4. Liquidación de Haberes.

Art.5º) Estarán bajo la dependencia jerárquica de la Dirección de Obra Pública las siguientes áreas:

a.3. Dirección de Obras Públicas.

a.3.1. Ejecución de Proyectos de Obra Pública.

a . 3 . 2 . P a r q u e Automotor.

a.3.3. Premoldeados.a . 3 . 4 . P l a n t a d e

Asfalto.Art.6º) Serán competencia directa de la Dirección de Obras Públicas, las siguientes:

6.1 Realizar Proyectos de Obras Públicas que elevará al Presidente

Page 6: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL · Sr. MAURO EMANUEL ENRIQUE Director de Servicios y ambiente Arq. GUILLERMO JOSE LELL Director de Obras Sanitarias Tec. ALBANO SALCEDO Director de Desarrollo

Municipal para su acuerdo, debiendo considerar mantener el equilibrio del ambiente y su sustentabilidad.

6.2 Ejecutar los Proyectos de Obras Públicas acordados con el Presidente Municipal.

6.3 Ejecutar sin necesidad de acuerdo con el Presidente Municipal, las Obras y servicios públicos que hagan a la habitualidad del funcionamiento de la vida en comunidad.

6.4 Planificar y ejecutar con acuerdo del Presidente Municipal la urbanización de la ciudad, debiendo considerar mantener el equilibrio del ambiente y su sustentabilidad.

6.5 Realizar y ejecutar proyectos de diseño y estética urbana y paisajística de espacios públicos.

6.6 Resolver las peticiones elevadas por sus dependientes, pudiendo sus resoluciones ser recurridas por ante el Presidente Municipal en las condiciones que indique la reglamentación.Art.7º) Estarán bajo la dependencia jerárquica del Secretario de Gobierno las siguientes Direcciones y/o áreas:

b.1. Sub Secretaría de Cultura y Educación.

b . 1 . 1 N ú c l e o d e Innovación y Desarrollo de Oportunidades.

b.1.2 Talleres.b.1.3 Punto Digital.b . 1 . 4 J a r d i n e s

Maternales.b.1.5 Museo.b . 1 . 6 P a s e o

Ferroviario.b.2. Sub Secretaria de

Deportesb.2.1 Natatorio.b . 2 . 2 D i s c i p l i n a s

Deportivas.b.3. Guardia Urbana.b.4. Registro de Conducir.b.5. Recursos Humanos.b . 6 . C o m u n i c a c i ó n ,

Ceremonial y Protocolo.b.7. Boletín Oficial.b . 8 . D e f e n s a d e l

Consumidor.b.9. Jefatura de Catastro y

Obras Privadas.b.10. Cámaras de Seguridad.b.11. Comisión Hiporrecta y

actividades ecuestres.b.12. Comisión Centro de

Salud.Art.8º) Serán, además, competencia directa del Secretario de Gobierno:

8.1 Otorgar autorizaciones

destinadas al uso del espacio público, de conformidad a la reglamentación.

8.2 Celebrar actos jurídicos respecto de bienes muebles e inmuebles de dominio privado del Estado Municipal, que en ningún caso impliquen su disposición.

8.3 Realizar campañas de información, concientización y de educación vinculadas a su competencia.

8.4 Preservar y mantener el patrimonio histórico, cultural, artístico y arquitectónico de la ciudad.

8 . 5 O t o r g a r l a s habilitaciones para conducir vehículos y al transporte público en las condiciones que indique la reglamentación.

8.6 Controlar el tránsito y el transporte urbano.

8.7 Fomentar actividades artísticas, culturales, deportivas y artesanales, que promuevan el desarrollo y la expresión de las capacidades locales y que beneficien a toda la comunidad.

8.8 Crear, con acuerdo del Presidente Municipal, Instituciones y/o Comisiones Especiales vinculadas a la educación, salud, deporte, cultura y arte.

8.9 Publicar las normas que dicte el Poder Ejecutivo Municipal y las que le remita e l Honorable Concejo Deliberante en el Boletín Oficial Municipal, cuya organización y funcionamiento serán determinados por la reglamentación correspondiente y de conformidad la Ley Provincial de Régimen Municipal.

8.10 Resolver las peticiones elevadas por sus dependientes, pudiendo sus resoluciones ser recurridas por ante el Presidente Municipal en las condiciones que indique la reglamentación.Art.9º) Estarán bajo la dependencia jerárquica del Secretario de Ingresos Públicos, Estadísticas y Modernización las siguientes Direcciones y/o áreas:

c) Secretaría de Ingresos Públicos, Estadísticas y Modernización.

c.1. Dirección de Obras Sanitarias.

c . 2 . T a s a G e n e r a l Inmobiliaria.

c.3. Jefatura de Compras y Contrataciones.

c . 4 . J e f a t u r a d e Recaudaciones.

c.5. Mesa de Entradas Municipal.

c.6. Unidad Ejecutora y de Estadísticas.

c.7. Bromatología.c.8. Cómputos.

.

AÑO V N° 200 - 20 de ABRIL al 24 de ABRIL de 2020

-6-

Art.10º) Serán, además, competencia directa del Secretario de Ingresos Públicos, Estadísticas y Modernización:

10.1 Recaudar los Tributos m u n i c i p a l e s y d e m á s r e c u r s o s económicos, pudiendo desarrollar programas y/o planes específicos y de plazo determinado de recaudación.

10.2. Realizar campañas de información, concientización y de educación vinculadas a su competencia.

10.3 Elevar al Presidente Municipal propuestas de gestión para la obtención de recursos provenientes de Planes, Programas, Proyectos y/o disposiciones de otros Organismos gubernamentales o no Gubernamentales, Locales, Provinciales, Regionales, Nac iona les , Supranac iona les y/o Internacionales.

10.4 Resolver las peticiones elevadas por sus dependientes, pudiendo sus resoluciones ser recurridas por ante el Presidente Municipal en las condiciones que indique la reglamentación.Art.11º) Serán competencia directa de la Dirección de Obras Sanitarias, las siguientes:

11.1 Realizar campañas de información, concientización y de educación vinculadas a su competencia.

11.2 Otorgar la concesión de n ichos y panteones, y autor izar inhumac iones en e l Cementer io Municipal.

11.3 Resolver las peticiones elevadas por sus dependientes, pudiendo sus resoluciones ser recurridas por ante el Presidente Municipal en las condiciones que indique la reglamentación.Art.12º) Son funciones específicas del Área de Bromatología:

a) Otorgar las habi l i tac iones comerciales, industriales y de servicios de conformidad a la reglamentación que se dicte.

b) Realizar un Registro y/o base de datos donde consten las personas físicas o jurídicas que hagan uso de elementos y/o productos que puedan afectar y/o modificar el Medio Ambiente, de conformidad la reglamentación que se dicte.

c) Realizar registros o inspecciones a locales y/o establecimientos para garantizar el cumplimiento de las normas de moralidad, higiene, salubridad, saneamiento ambiental, seguridad y orden público vigentes. Se requerirá orden judicial cuando se trate de allanamientos de domicilios, depósitos o comercios.Art.13º) Estarán bajo la dependencia

Page 7: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL · Sr. MAURO EMANUEL ENRIQUE Director de Servicios y ambiente Arq. GUILLERMO JOSE LELL Director de Obras Sanitarias Tec. ALBANO SALCEDO Director de Desarrollo

jerárquica del Secretario de Promoción Social las siguientes Direcciones y/o áreas:

d) Secretaría de Promoción Social.d.1. Dirección de Desarrollo

Productivo.d . 1 . 1 U n i d a d d e

Empleo.d . 1 . 2 M i c r o -

emprendedores.d.1.3 Empleo joven.d.1.4 Pro-Huerta.d.1.5 Parque Hortícola.

d.2. Dirección del Centro de Salud.

d.3. Hogar Madre Teresa.d . 4 . Á r e a d e l N i ñ e z ,

Adolescencia y Familia.d .5 . Sa la de Sepel ios

Municipal.d.6. Planes de Soluciones

Habitacionales.d.7. Subsidios y Becas de

Transporte.Art.14º) Serán, además, competencia directa del Secretario de Promoción Social, las siguientes:

14.1 Realizar Proyectos vinculados a la Acción Social, que elevará al Presidente Municipal para su acuerdo.

14. 2 Ejecutar los Proyectos acordados con el Presidente Municipal.

1 4 . 3 A c o r d a r c o n e l Presidente Municipal la implementación de Programas y/o Proyectos provenientes d e o t ro s e s t a m e n t o s E s t a t a l e s , Gubernamentales o no Gubernamentales, Nacionales, Regionales o Internacionales, que impliquen propender a cubrir contingencias de personas en situación de vulnerabilidad social y/o económica, debidamente acreditadas, como así también a minimizar o erradicar las causas que la generan.-

14.4 Realizar campañas de información, concientización y de educación vinculadas a su competencia.-

14.5 Brindar asistencia social a personas en situación de vulnerabilidad en las condiciones que fije la reglamentación.

14.6 Resolver las peticiones elevadas por sus dependientes, pudiendo sus resoluciones ser recurridas por ante el Presidente Municipal en las condiciones que indique la reglamentación.-Art.15º) Estarán bajo la dependencia jerárquica de la Dirección de Desarrollo productivo, las siguientes áreas:

d.1. Dirección de Desarrollo Productivo.

d . 1 . 1 U n i d a d d e Empleo.

d . 1 . 2 M i c r o -emprendedores.

d.1.3 Empleo joven.d.1.4 Pro-Huerta.d.1.5 Parque Hortícola.

Art.16º) Serán competencia directa de la Dirección de Desarrollo Productivo, las siguientes:

16.1 Realizar Proyectos vinculados al Incentivo, Desarrollo de la Economía Local y al Medio Ambiente, que elevará al Presidente Municipal para su acuerdo.

16.2 Ejecutar los Proyectos acordados con el Presidente Municipal.

1 6 . 3 A c o r d a r c o n e l Presidente Municipal la implementación de Programas y/o Proyectos provenientes d e o t ro s e s t a m e n t o s E s t a t a l e s , Gubernamentales o no Gubernamentales, Nacionales, Regionales o Internacionales, que hagan al incentivo y desarrollo de la economía local, siempre considerando la prevalencia de un medio ambiente sano, equilibrado y sustentable.

16.4 Desarrollar el cinturón frutihortícola.

16.5 Realizar campañas de información, concientización y de educación vinculadas a su competencia.

16.6 Crear con acuerdo del Presidente Municipal, mercados, plantas de faenas, proceso y transformación, cuya producción se destine al consumo.

16.7 Incentivar y Desarrollar la economía local en todas sus especies: industria, comercio y servicios, siendo la enumeración meramente enunciativa.

16.8 Resolver las peticiones elevadas por sus dependientes, pudiendo sus resoluciones ser recurridas por ante el Presidente Municipal en las condiciones que indique la reglamentación.Art.17º) Fíjese la retribución del Presidente Municipal en el equivalente a SEIS (6) sueldos básicos de la Categoría UNO B (1B) del Escalafón del Empleado Municipal.Art.18º) Establécese la retribución del siguiente personal:

a) Secretario de Gobierno Municipal, en el Ochenta por ciento (80%) de la retribución del Presidente Municipal.

b) Secretario de Ingresos Públicos, Estadísticas y Modernización y Secretario de Promoción Social, en el Cuarenta y Dos por ciento (42%) del sueldo del Presidente Municipal.

c) Sub-Secretario de Cultura y Educación y Sub-Secretario de Deportes,

.

AÑO V N° 200 - 20 de ABRIL al 24 de ABRIL de 2020

-7-

en el Veinticuatro por ciento (24%) del sueldo del Presidente Municipal.

d) Director de Desarrollo Local, Director de Servicios y Ambiente, Director de Obras Públicas, Director de Obras Sanitarias y Director de Desarrollo Productivo, en el Diecinueve por ciento (19%) del sueldo del Presidente Municipal. Art.19º) Las competencias asignadas son de carácter enunciativo, correspondiendo a d e m á s l a s q u e s e d e s p re n d e n naturalmente en pos de la consecución de los fines encomendados y las que establecen la Constitución de la Provincia de Entre Ríos y la Ley Orgánica de Municipios Nº 10.027, y sus modificatorias vigentes.Art.20º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Oportunamente Archívese.Sancionada en la sala de Sesiones del H.C.D. de Viale; 18 de diciembre de 2019.-

Prof. Miguel A. Heft - Pte. H.C.D.Prof. Bibiana A. Rojas - Sec. Legislativa

1942/19 - Aprueba ProyectoArt.1º) APRUEBASE el Proyecto de Ordenanza llegado a la consideración de este Cuerpo en fecha 11 de Diciembre 2019 bajo el Número de expediente 6447, consistente en la ORDENANZA IMPOSITIVA A N U A L E J E R C I C I O 2 0 2 0 D E L A MUNICIPALIDAD DE VIALE, el cual forma parte integrativa, legal y útil de la presente, constando de un total de cuarenta y nueve (49.-) Artículos, y Ochenta y Cinco (85.-) carillas.- Art.2º) AL TEXTO ADJUNTO se le introducen las siguientes modificaciones y adiciones:

ARTÍCULO 2º.-a) La valuación fiscal de las mejoras de cada inmueble para los períodos 1°, 2° y 3° del año 2020, es la resultante de la actualización de los valores vigentes aplicados por el Decreto Nº 54/18, Art. 1º, del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos autorizados por Ley Nº 8672, que se aplicaron para el año 2018 según dicho Decreto.

b) La valuación fiscal de las mejoras de cada inmueble para los períodos 4°, 5° y 6° del año 2020, es la resultante de la actualización de los valores vigentes aplicados por el Decreto Nº 4651/18, Art. 1º, del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos autorizados por Ley Nº 8672, que se aplicaron para el año 2019 según dicho Decreto.Modificación:

Page 8: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL · Sr. MAURO EMANUEL ENRIQUE Director de Servicios y ambiente Arq. GUILLERMO JOSE LELL Director de Obras Sanitarias Tec. ALBANO SALCEDO Director de Desarrollo

ARTÍCULO 38º.- Conforme lo establecido en los artículos 82° al 95º del Código Tributario Municipal Parte Especial se establecen para el cobro de de los períodos 1°, 2° y 3° del servicio de Obras Sanitarias Municipal, las siguientes tarifas:a) Conexión y reconexión:Los mismos se fijaran al valor del costo con más un agregado del diez por ciento (10%) por gastos administrativos.

b) Servicio medido:b.1) Básico bimestral hasta 24 metros cúbicos $ 214,00b.2) Exceso sobre el básico bimestral:b.2.1.) desde 1 metro cúbicos y hasta 30 metros cúbicos $ 13,40 por metro cúbico.b.2.2.) desde 31 metros cúbicos y hasta 50 metros cúbicos…......$ 15,00 por metro cúbico.b.2.3) desde 51 metros cúbicos y hasta 75 metros cúbicos…$ 16,30 por metro cúbico.b.2.4) desde 76 metros cúbicos y hasta 100 metros cúbicos…$ 21,70 por metro cúbico.b.2.5) desde 101 metros cúbicos y hasta 150 metros cúbicos…$ 26,80 por metro cúbico.b.2.6) desde 151 metros cúbicos…$ 32,60 por metro cúbico.b.3) Conforme lo establecido en los artículos 88º al 90º se establece:b.3.1) Básico Bimestral hasta 24 metros cúbicos $ 214,00b.3.2) Excedente sobre el básico bimestral:b.3.2.1) desde 1 metros cúbicos y hasta 30 metros cúbicos…..$ 17,15 por metro cúbico.b.3.2.2) desde 31 metros cúbicos y hasta 50 metros cúbicos…$ 19,80 por metro cúbico.b.3.2.3) desde 51 metros cúbicos y hasta 75 metros cúbicos..$ 26,80 por metro cúbico.b.3.2.4) desde 76 metros cúbicos y hasta 100 metros cúbicos..$ 34,30 por metro cúbico.b.3.2.5) desde 101 metros cúbicos y hasta 150 metros cúbicos..$ 40,20 por metro cúbico.b.3.2.6) desde 151 metros cúbicos..$ 47,00 por metro cúbico.c) Servicio no medido: abonarán por bimestre los siguientes derechosc.1) Inmuebles edificados o baldíos con conexión:c.1.1) Servicio Radio Doble………………$ 268,00c.1.2) Servicio Radio Simple……………..$ 170,00c.2) Inmuebles edificados o baldíos sin conexión:

c.2.1) Servicio Radio Doble……………....$ 200,00c.2.2) Servicio Radio Simple…………......$ 118,00Agregado:

ARTÍCULO 38º Bis.- Conforme lo establecido en los artículos 82° al 95º del Código Tributario Municipal Parte Especial se establecen parael cobro de de los períodos 4°, 5° y 6° del servicio de Obras SanitariasMunicipal, las siguientes tarifas:a) Conexión y reconexión:Los mismos se fijaran al valor del costo con más un agregado del diez por ciento (10%) por gastos administrativos.b) Servicio medido:b.1) Básico bimestral hasta 24 metros cúbicos $ 270,00b.2) Exceso sobre el básico bimestral:b.2.1.) desde 1 metro cúbicos y hasta 30 metros cúbicos $ 16,90 por metro cúbico.b.2.2.) desde 31 metros cúbicos y hasta 50 metros cúbicos…......$ 8,90 por metro cúbico.b.2.3) desde 51 metros cúbicos y hasta 75 metros cúbicos…$ 20,50 por metro cúbico.b.2.4) desde 76 metros cúbicos y hasta 100 metros cúbicos…$ 27,40 por metro cúbico.b.2.5) desde 101 metros cúbicos y hasta 150 metros cúbicos…$ 33,80 por metro cúbico.b.2.6) desde 151 metros cúbicos…$ 41,00 por metro cúbico.b.3) Conforme lo establecido en los artículos 88º al 90º se establece:b.3.1) Básico Bimestral hasta 24 metros cúbicos $ 270,00b.3.2) Excedente sobre el básico bimestral:b.3.2.1) desde 1 metros cúbicos y hasta 30 metros cúbicos…..$ 21.6 por metro cúbico.b.3.2.2) desde 31 metros cúbicos y hasta 50 metros cúbicos…$ 25,00 por metro cúbico.b.3.2.3) desde 51 metros cúbicos y hasta 75 metros cúbicos..$ 33,80 por metro cúbico.b.3.2.4) desde 76 metros cúbicos y hasta 100 metros cúbicos..$ 43,20 por metro cúbico.b.3.2.5) desde 101 metros cúbicos y hasta 150 metros cúbicos..$ 50,65 por metro cúbico.b.3.2.6) desde 151 metros cúbicos..$ 59,20 por metro cúbico.c) Servicio no medido: abonarán por bimestre los siguientes derechosc.1) Inmuebles edificados o baldíos con conexión:c.1.1) Servicio Radio Doble………………$

338,00c.1.2) Servicio Radio Simple……………...$ 214,00c.2) Inmuebles edificados o baldíos sin conexión:c.2.1) Servicio Radio Doble……………..$ 250,00

c.2.2) Servicio Radio Simple…………......$

150,00.----------------- Art.3º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Oportunamente Archívese.Sancionada en la sala de Sesiones del H.C.D. de Viale; 18 de Diciembre de 2019.-

Prof. Miguel A. Heft - Pte. H.C.D.Prof. Bibiana A. Rojas - Sec. Legislativa

1943/20 - ExcepciónArt.1º) En un todo de acuerdo a los fundamentos y justificativos expresados en los considerandos de la presente, d i s p ó n e s e E X C E P C I O N A R a l o s adjudicatarios del inmueble Municipal ubicado en planta urbana de nuestra localidad – Manzana Nº 220 – Lote Nº 09 – domicilio parcelario con frente a Calle “Los Jacarandaes” S/Nº - Partida Provincial Nº 262.125 – Plano de Mensura Nº 208.718 y que consta de una superficie de ciento noventa y seis metros cuadrados (196,00.-m2) de la exigencia establecida en el artículo 2º inc. e) de la Ordenanza Nº 1775/17; liberando de este modo a tal p r o p i e d a d d e l a c l á u s u l a d e intransferibilidad allí establecida.- Art.2º) La presente excepción se efectúa al solo efecto de que el Sr. Jorge Fabián URCHUEGUIA D.N.I. Nº 36.219.459 y la Sra. Florencia Ainé AGUILAR D.N.I. Nº 38.771.378, puedan acceder a un crédito con garantía hipotecaria sobre tal inmueble, en el marco del programa “PRIMERO TU CASA” del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (I.A.P.V.).- Art.3º) Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Oportunamente Archívese.Sancionada en la sala de Sesiones del H.C.D. de Viale; 05 de marzo de 2020.-

Prof. Miguel A. Heft - Pte. H.C.D.Prof. Bibiana A. Rojas - Sec. Legislativa

1944/20 - Ratifica DecretoArt.1º) RATIFIQUESE en todos sus términos el DECRETO-D.E.M. Nº 797/19 emitido por el Departamento Ejecutivo Municipal en fecha 26 de noviembre de 2019 y entrado a la consideración de este Cuerpo en fecha 10 de diciembre de 2019 bajo el número de expediente 6444; norma por la cual se dispuso AD REFERENDUM del H. Concejo Deliberante

AÑO V N° 200 - 20 de ABRIL al 24 de ABRIL de 2020

-8-

Page 9: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL · Sr. MAURO EMANUEL ENRIQUE Director de Servicios y ambiente Arq. GUILLERMO JOSE LELL Director de Obras Sanitarias Tec. ALBANO SALCEDO Director de Desarrollo

la eximición del pago de las Tasas dispuestas en los artículos 38º y 39º del Código Tributario Municipal - Parte Especial, en relación a los espacios e instalaciones del Polideportivo Municipal, excepto el canon por uso del natatorio del mismo, durante los días en los que se desarrolló la “La JINETEADA de la Fiesta Nacional del Asado con Cuero” en nuestra Ciudad, realizada el 30 de noviembre y 01 de diciembre de 2019 inclusive.-Art.2º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Oportunamente Archívese.Sancionada en la sala de Sesiones del H.C.D. de Viale; 05 de marzo de 2020.-

Prof. Miguel A. Heft - Pte. H.C.D.Prof. Bibiana A. Rojas - Sec. Legislativa

1945/20 - Ratifica DecretoArt.1º) RATIFICASE el DECRETO-D.E.M. 836/19 emitido en fecha 09 de diciembre de 2019 e ingresado a la consideración de este H. Concejo Deliberante el día 10 de diciembre del año próximo pasado bajo el número de expediente 6445, norma a través de la cual se dispuso, ad referéndum de este Cuerpo, la recepción de un subsidio de parte del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Entre Ríos con destino al Hogar de Ancianos Municipal “Madre Teresa de Calcuta” por un monto de pesos ciento cincuenta mil ($150.000,00.-) para destinarlos a obras de mejoramiento edilicio y arquitectónico, en un todo de acuerdo a la Resolución de dicho organismo Provincial Nº 1757/19.- Art.2º) AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias que correspondan e ingresar los fondos transferidos a tales fines, ampliando en consecuencia el presupuesto Municipal vigente.-Art.3º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Oportunamente Archívese.Sancionada en la Sala de Sesiones del H.C.D. de Viale; 05 de Marzo de 2020.-

Prof. Miguel A. Heft - Pte. H.C.D.Prof. Bibiana A. Rojas - Sec. Legislativa

1946/20 - Ratifica DecretoArt.1º) RATIFICASE el DECRETO-D.E.M. Nº 34/19 emitido en fecha 20 de diciembre de 2019 e ingresado a la consideración de este Cuerpo el día 20 de enero de 2020 bajo el número de expediente 6460, norma mediante la cual se dispuso, ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante de Viale, el otorgamiento de un Subsidio No Reintegrable al CLUB ATLETICO ARSENAL, de domicilio con frente a Calles Santa Fe y Almirante Brown

de la Ciudad de Viale, por la suma de Pesos Trece Mil ($13.000,00.-), a modo de felicitación por el Campeonato obtenido y como incentivo para el desarrollo de sus diferentes disciplinas deportivas.- Art.2º) AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias que fueren necesar ias a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 1º).-Art.3º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Oportunamente Archívese.Sancionada en la sala de Sesiones del H.C.D. de Viale; 05 de Mayo de 2020.-

Prof. Miguel A. Heft - Pte. H.C.D.Prof. Bibiana A. Rojas - Sec. Legislativa

1947/20 - Ratifica DecretoArt.1º) RATIFICASE DECRETO-D.E.M. Nº 033/20 emitido en fecha 06 de febrero de 2020 e ingresado a la consideración de este Cuerpo bajo el expediente Nº 6463 del 11 de febrero de 2020; norma a través de la cual se dispuso ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante de Viale, otorgar un Subsidio No Reintegrable por la suma de Pesos Cinco Mil ($5.000,00.-) al Señor PAULO MARCIAL ROMERO, D.N.I. Nº 08.452.423, de domicilio en la localidad de Viale; con el objeto de solventar gastos con motivo de su participación como artesano en la 35º Edición de la “Fiesta Nacional de la Artesanía” realizada en la Ciudad de Colón, Entre Ríos.- Art.2º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias que sean necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1º).-Art.3º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Oportunamente Archívese. Sancionada en la sala de Sesiones del H.C.D. de Viale; 05 de marzo de 2020.-

Prof. Miguel A. Heft - Pte. H.C.D.Prof. Bibiana A. Rojas - Sec. Legislativa

1948/20 - Ratifica DecretoArt.1º) RATIFICASE DECRETO-D.E.M. Nº 058/20 emitido en fecha 13 de febrero de 2020 e ingresado a la consideración de este Cuerpo bajo el expediente Nº 6469 del 04 de marzo de 2020; norma a través de la cual se dispuso ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante de Viale, otorgar un Subsidio No Reintegrable por la suma de Pesos Cuatro Mil ($4.000,00.-) a “ABARAJALA CULTURA” Cooperativa de Trabajo Limitada, C.U.I.T. Nº 30-71662056-1, por la suma de pesos cuatro mil con 00/100 ($4.000,00.-), para ser imputados a cubrir gastos con motivo del festejo por su

2º aniversario de existencia, realizados el día 14 de febrero de 2020 en su sede de Calle “9 de julio”.- Art.2º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias que sean necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1º).-Art.3º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Oportunamente Archívese. Sancionada en la sala de Sesiones del H.C.D. de Viale; 05 de marzo de 2020.-

Prof. Miguel A. Heft - Pte. H.C.D.Prof. Bibiana A. Rojas - Sec. Legislativa

---------------------------------------------------------------------- FIN DE LA PRESENTE EDICIÓN.

AÑO V N° 200 - 20 de ABRIL al 24 de ABRIL de 2020

-9-