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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 13:30 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2014, Año de las letras argentinas" 4386 29/04/2014

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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 13:30 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar

Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2014, Año de las letras argentinas"

4386

29/04/2014

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Sumario

Poder Legislativo

Ley

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Ley N° 4912Se declara Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires al mausoleo                                       que contiene los restos del Doctor Raúl Alfonsin en el Cementerio de la Recoleta............................................. Pág. 13

Poder Ejecutivo

Resolución

Jefatura de Gabinete de Ministros

Resolución N° 381-MJGGC/14Se autoriza viaje.................................................................................................................................................... Pág. 14

Resolución N° 398-MJGGC/14Se encomienda la atención de los asuntos y firma del despacho del Ministro de Ambiente y                                          Espacio Público al Ministro de Justicia y Seguridad............................................................................................. Pág. 15

Resolución N° 15-IEM/14Se aprueba y adjudica la Licitación Pública de Etapa Única Nº 1/DGCyC/14...................................................... Pág. 15

Resolución N° 16-IEM/14Se acepta la renuncia presentada por Joaquín González.................................................................................... Pág. 17

Ministerio de Hacienda

Resolución N° 586-MHGC/14Se aprueba y adjudica la Licitación Pública de Etapa Única Nº 623-0127-LPU14............................................... Pág. 18

Resolución N° 644-MHGC/14Se designa a Susana Beatriz Gómez como Subgerente Operativa de Registración de                                                    Recursos............................................................................................................................................................... Pág. 20

Ministerio de Justicia y Seguridad

Resolución N° 283-MJYSGC/14Se autoriza viaje.................................................................................................................................................... Pág. 22

Resolución N° 284-MJYSGC/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 23

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Resolución N° 285-MJYSGC/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 23

Resolución N° 286-MJYSGC/14Se otorga beca mensual a estudiantes del Instituto Superior de Seguridad Pública............................................ Pág. 24

Resolución N° 287-MJYSGC/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 26

Resolución N° 41-SSPDRC/14Se deja sin efecto la contratación de locación de servicios suscripto con Alejandro Javier Tuvio....................... Pág. 26

Ministerio de Salud

Resolución N° 112-SSASS/14Se efectúa compensación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 28

Resolución N° 119-SSASS/14Se efectúa compensación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 28

Ministerio de Educación

Resolución N° 1753-MEGC/14Se confirman en carácter titular a docentes de Escuelas Normales Superiores.................................................. Pág. 30

Resolución N° 1755-MEGC/14Se confirman en carácter titular a docentes de Escuelas Técnicas...................................................................... Pág. 31

Ministerio de Cultura

Resolución N° 352-MCGC/14Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 32

Resolución N° 356-MCGC/14Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 33

Resolución N° 439-MCGC/14Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 34

Resolución N° 2724-MCGC/14Se modifica la Resolución N° 2701/MCGC/13...................................................................................................... Pág. 35

Resolución N° 2762-MCGC/14Se aprueba el Reglamento General del Fondo Metropolitano de la Cultura las Artes y las                                              Ciencias................................................................................................................................................................ Pág. 35

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Resolución N° 732-MAYEPGC/14Se cesan responsables de administración y rendición de fondos........................................................................ Pág. 37

Resolución N° 733-MAYEPGC/14Se aprueba el Subproyecto Recuperador Ambiental vinculado al Proyecto Global de                                                      Recolección Diferenciada de Residuos Sólidos Urbanos Secos.......................................................................... Pág. 38

Resolución N° 734-MAYEPGC/14Se incrementa el subsidio otorgado a la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros                                       en el marco del Subproyecto Recuperador Ambiental vinculado al Proyecto Reciclando Buenos                                    Aires...................................................................................................................................................................... Pág. 41

Resolución N° 735-MAYEPGC/14Se posterga la fecha de apertura de ofertas de la Licitación Pública Nº 465-SIGAF/14...................................... Pág. 45

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Resolución N° 65-SSADM/14Se posterga la fecha de apertura de ofertas de la Licitación Pública Nº 8503-0219-LPU14................................ Pág. 46

Ministerio de Modernización

Resolución N° 274-MMGC/14Se establece que los Ministerios de Salud y Educación deberán comenzar a utilizar el módulo                                      Legajo Único Electrónico...................................................................................................................................... Pág. 48

Resolución N° 275-MMGC/14Se acepta la renuncia de María Cristina Gorchs al cargo de Gerente Operativa de Primera                                            Infancia y se designa a Silvina Geraldine Kahan como su reemplazante............................................................ Pág. 49

Resolución N° 276-MMGC/14Se designa a Mariana Jimenez y a Sergio Meza como responsables de los Servicios                                                     Patrimoniales de Segundo Orden de la Dirección General de Relaciones Laborales.......................................... Pág. 51

Resolución N° 277-MMGC/14Se ratifica a Karina Andrea Chierzi y a Paula Monza como responsables de fondos de caja                                           chica común y movilidad....................................................................................................................................... Pág. 52

Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana

Resolución N° 139-SECGCYAC/14Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública Nº 262-SIGAF/14............................................................... Pág. 54

Resolución N° 141-SECGCYAC/14Se aprueba el balance de economías y demasías correspondiente a la obra Boulevard y                                               Plazoletas Av. Balbín............................................................................................................................................ Pág. 56

Resolución N° 147-SECGCYAC/14Se aprueba el informe final de gestión de María Aleandra Scafati como Directora General de                                        Coordinación del Mantenimiento del Espacio Público Comunal........................................................................... Pág. 58

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Resolución N° 279-AGIP/14Se establece compensación de oficio................................................................................................................... Pág. 60

Resolución N° 283-AGIP/14Se otorga el complemento salarial temporario a agentes..................................................................................... Pág. 61

Agencia Gubernamental de Control

Resolución N° 212-AGC/14Se aprueban los indicadores institucionales y específicos correspondiente al segundo                                                   semestre del año 2013.......................................................................................................................................... Pág. 63

Resolución N° 213-AGC/14Se desestima recurso jerárquico........................................................................................................................... Pág. 64

Resolución N° 214-AGC/14Se desestima recurso jerárquico........................................................................................................................... Pág. 65

Resolución N° 215-AGC/14Se rectifica la Resolución Nº 162/AGC/14............................................................................................................ Pág. 67

Resolución N° 216-AGC/14Se deja sin efecto la designación de Rubén Enrique Cotella............................................................................... Pág. 68

Resolución N° 217-AGC/14Se deja sin efecto parcialmente la Resolución Nº 70/AGC/14 y su rectificatoria Nº 138/AGC/14........................ Pág. 69

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Agencia de Protección Ambiental

Resolución N° 165-APRA/14Se modifican créditos presupuestarios................................................................................................................. Pág. 71

Resolución N° 167-APRA/14Se crea el Programa Puntos Verdes..................................................................................................................... Pág. 71

Resolución N° 168-APRA/14Se otorga declaración de impacto ambiental........................................................................................................ Pág. 73

Ente de Turismo

Resolución N° 48-ENTUR/14Se autoriza viaje.................................................................................................................................................... Pág. 78

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Resolución N° 293-CDNNYA/14Se inscribe a la Fundación Bama de Educación y Cultura bajo el Legajo N° 926 del Registro y                                      Seguimiento de Organismos no Gubernamentales.............................................................................................. Pág. 81

Resolución N° 294-CDNNYA/14Se otorga a la agente María Rollano licencia extraordinaria sin goce de haberes............................................... Pág. 82

Resolución N° 303-CDNNYA/14Se inscribe a Sociedad Maxxum Group S.A. bajo el Legajo N° 868 del Registro y Seguimiento                                      de Organismos no Gubernamentales................................................................................................................... Pág. 83

Resolución N° 304-CDNNYA/14Se inscribe a la Sociedad Cilovi S.A. bajo el Legajo N° 878 del Registro y Seguimiento de                                             Organismos no Gubernamentales........................................................................................................................ Pág. 84

Resolución N° 305-CDNNYA/14Se inscribe a la Sociedad Green Eat S.A. bajo el Legajo N° 877 del Registro y Seguimiento de                                     Organismos no Gubernamentales........................................................................................................................ Pág. 85

Resolución N° 306-CDNNYA/14Se inscribe a Dignos de Ser Asociación de Prevención y Asistencia contra la Violencia bajo el                                      Legajo N° 776 del Registro y Seguimiento de Organismos no Gubernamentales............................................... Pág. 86

Resolución N° 311-CDNNYA/14Se inscribe a la Asociación Foro Permanente para Educación la Ciencia y la Cultura por la Paz                                    bajo el Legajo N° 906 del Registro y Seguimiento de Organismos no Gubernamentales.................................... Pág. 87

Resolución N° 313-CDNNYA/14Se deja sin efecto la Resolución Nº 170/CDNNyA/14.......................................................................................... Pág. 88

Resolución N° 319-CDNNYA/14Se inscribe a Educar, Integrar y Crecer Asociación Civil bajo el Legajo N° 955 del Registro y                                         Seguimiento de Organismos no Gubernamentales.............................................................................................. Pág. 90

Resolución N° 324-CDNNYA/14Se otorga a la agente Daniela Paula Arias licencia extraordinaria sin goce de haberes...................................... Pág. 91

Ministerio de Hacienda - Ministerio de Justicia y Seguridad

Resolución N° 35-MHGC/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 93

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Ministerio de Modernización - Ministerio de Desarrollo Económico

Resolución N° 140-MMGC/14Se reconocen los servicios prestados por la agente Myrna Beatriz De Noia....................................................... Pág. 94

Ministerio de Modernización - Ministerio de Salud

Resolución N° 141-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 180/HGAT/13................................................................................ Pág. 96

Resolución N° 142-MMGC/14Se reubica a Silvia Noemí Rossi........................................................................................................................... Pág. 96

Disposición

Jefatura de Gabinete de Ministros

Disposición N° 65-DGTRANSI/14Se exime del Registro de Asistencia al agente Victor Paggi................................................................................ Pág. 98

Disposición N° 66-DGTRANSI/14Se autoriza la prórroga del pase en comisión de la agente Mónica Weimann..................................................... Pág. 99

Ministerio de Hacienda

Disposición N° 86-DGSEGUROS/14Se establece metodología para denuncias de siniestros.................................................................................... Pág. 100

Disposición N° 266-DGCYC/14Se llama a Licitación Pública Nº 535-SIGAF/14................................................................................................. Pág. 101

Ministerio de Salud

Disposición N° 82-HGAP/14Se impone a la firma Instruequipos S.A.............................................................................................................. Pág. 103

Disposición N° 113-HMOMC/14Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa - Régimen Especial Contratación Menor                                    N° 2670-SIGAF-HMOMC/14............................................................................................................................... Pág. 103

Disposición N° 114-HMOMC/14Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa - Régimen Especial Contratación Menor                                    N° 2927-SIGAF-HMOMC/14............................................................................................................................... Pág. 105

Disposición N° 130-HMOMC/14Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa - Régimen Especial Contratación Menor                                    N° 2905-SIGAF-HMOMC/14............................................................................................................................... Pág. 106

Disposición N° 187-HBR/14Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública Nº 431-0264-LPU14......................................................... Pág. 108

Ministerio de Educación

Disposición N° 417-DGAR/14Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 516-SIGAF/14............................................................. Pág. 109

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Disposición N° 421-DGAR/14Se rectifica la Disposición Nº 394/DGAR/14....................................................................................................... Pág. 110

Ministerio de Modernización

Disposición N° 25-ISC/14Se deja sin efecto la Disposición N° 22/ISC/14 y el proceso de Licitación Pública Nº 608-                                              0209-LPU14........................................................................................................................................................ Pág. 112

Ministerio de Gobierno

Disposición N° 9-DGCCIU/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 113

Ministerio de Salud

Disposición N° 12-IRPS/14Se aprueba y adjudica Contratación Menor Nº 2286/SIGAF/2014..................................................................... Pág. 116

Disposición N° 13-IRPS/14Se aprueba y adjudica la Contratación Directa Nº 2292-SIGAF/14.................................................................... Pág. 117

Disposición N° 14-IRPS/14Se aprueba y adjudica la Contratación Directa Nº 2288-SIGAF/14.................................................................... Pág. 118

Disposición N° 15-IRPS/14Se aprueba y adjudica la Contratación Directa Nº 2290-SIGAF/14.................................................................... Pág. 119

Disposición N° 67-HGAP/14Se aprueba la Contratación Directa Menor N° 1644/14...................................................................................... Pág. 120

Organos de Control

Resolución

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Resolución N° 19-PGAAPYF/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 123

Resolución N° 20-PGAAPYF/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 124

Resolución N° 22-PGAAPYF/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 125

Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Resolución N° 51-SGCBA/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 127

Resolución N° 52-SGCBA/14Se autoriza la contratación de personal.............................................................................................................. Pág. 128

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Resolución N° 53-SGCBA/14Se concede la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía a Martín Miguel Vera                                     Figueroa.............................................................................................................................................................. Pág. 129

Resolución N° 54-SGCBA/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 130

Resolución N° 55-SGCBA/14Se deroga la Resolución Nº 6-SGCBA/07.......................................................................................................... Pág. 131

Resolución N° 56-SGCBA/14Se aprueba el Manual del Sistema Integral de Gestión y Control Interno.......................................................... Pág. 133

Poder Judicial

Resolución

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

Resolución N° 22-TSJ/14Se aprueba y adjudica el procedimiento de la Contratación Directa N° 28-07/2013.......................................... Pág. 135

Consejo de la Magistratura

Resolución N° 120-OAYF/14Se aprueba el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 10/14.............................................. Pág. 137

Resolución N° 121-OAYF/14Se autoriza el gasto para la Contratación Directa N° Nº 24/14........................................................................... Pág. 139

Resolución N° 208-PRESIDENCIA/14Se derogan de la estructura vigente del Ministerio Público de la Defensa las Secretarías                                               Generales............................................................................................................................................................ Pág. 141

Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Resolución N° 65-FG/14Se prorroga la cobertura interina de Martín García Berro en la función de Fiscal a cargo del                                          Equipo Fiscal E de la Unidad Fiscal Este........................................................................................................... Pág. 144

Acordadas

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

Acordadas N° 6-TSJ/14Se aprueba el Reglamento General de Selección de Agentes........................................................................... Pág. 146

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Directivas

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

Directivas N° 9-TSJ/14Se autoriza y se llama a la Licitación Pública N° 3/14........................................................................................ Pág. 147

Comunicados y Avisos

Ministerio de Modernización

Resolución N° 268-MMGC/14............................................................................................................................. Pág. 149Resolución N° 270-MMGC/14............................................................................................................................. Pág. 150

Licitaciones

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Expediente - Llamado N° 46350-DGCYC/14..................................................................................................... Pág. 153Expediente - Llamado N° 1404114-DGCYC/14................................................................................................. Pág. 153

Ministerio de Hacienda

Licitación - Llamado N° 262-DGCYC/14............................................................................................................ Pág. 155Licitación - Llamado N° 549-DGCYC/14............................................................................................................ Pág. 155

Ministerio de Salud

Licitación - Llamado N° 182-DGADC/14............................................................................................................ Pág. 157Licitación - Llamado N° 247-HGAIP/14.............................................................................................................. Pág. 157Licitación - Llamado N° 266-HGNPE/14............................................................................................................ Pág. 158Licitación - Llamado N° 268-HGNPE/14............................................................................................................ Pág. 158Licitación - Llamado N° 442-DGLTSSASS/14................................................................................................... Pág. 158Licitación - Preadjudicación N° 295-DGADC/14................................................................................................ Pág. 159Expediente - Llamado N° 267-HGNPE/14......................................................................................................... Pág. 161Expediente - Llamado N° 4139773-HNBM/14................................................................................................... Pág. 161Expediente - Llamado N° 4181768-HGACA/14................................................................................................. Pág. 162Expediente - Llamado N° 4298275-HGACA/14................................................................................................. Pág. 162

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Ministerio de Educación

Expediente - Llamado N° 7041176-DGAR/13.................................................................................................... Pág. 163Expediente - Llamado N° 517919-DGAR/14...................................................................................................... Pág. 163Expediente - Llamado N° 3878289-DGAR/14.................................................................................................... Pág. 164

Ministerio de Desarrollo Urbano

Expediente - Prórroga N° 2359023-DGTALMDU/14.......................................................................................... Pág. 166

Ministerio de Cultura

Contratación Directa - Adjudicación N° 605-EATC/14....................................................................................... Pág. 167

Ministerio de Desarrollo Económico

Licitación - Llamado N° 435-UGIS/14................................................................................................................ Pág. 169

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Licitación - Llamado N° 434-MAYEPGC/14....................................................................................................... Pág. 170Licitación - Prórroga N° 465-MAYEPGC/14....................................................................................................... Pág. 170

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Licitación - Llamado N° 145-AGIP/14................................................................................................................ Pág. 172

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Licitación - Llamado N° 29-IVC/13..................................................................................................................... Pág. 173

Agencia de Sistemas de Información

Licitación - Preadjudicación N° 4363520-ASINF/14........................................................................................... Pág. 174

Banco Ciudad De Buenos Aires

Licitación - Llamado N° 21175-BCOCIUDAD/14............................................................................................... Pág. 175Licitación - Prórroga N° 21225-BCOCIUDAD/14............................................................................................... Pág. 175Carpeta - Llamado N° 21311-BCOCIUDAD/14.................................................................................................. Pág. 176

Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana

Licitación - Llamado N° 23-SECGCYAC/14....................................................................................................... Pág. 177Licitación - Llamado N° 262-SECGCYAC/14..................................................................................................... Pág. 177Licitación - Llamado N° 401-SECGCYAC/14..................................................................................................... Pág. 178

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Licitación - Llamado N° 439-SECGCYAC/14..................................................................................................... Pág. 179Licitación - Rectificación N° 439-SECGCYAC/14.............................................................................................. Pág. 180

SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO

Subasta N° 5-SBASE/14..................................................................................................................................... Pág. 181

Edictos Particulares

Transferencias N° 146-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 182Transferencias N° 147-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 182Transferencias N° 148-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 182Transferencias N° 149-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 183Transferencias N° 151-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 183Transferencias N° 152-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 183Transferencias N° 154-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 184Otras Normas N° 153-SECLYT/14...................................................................................................................... Pág. 185

Edictos Oficiales

Ministerio de Salud

Comunicaciones N° 10-HGARM/14.................................................................................................................... Pág. 187Notificación N° 6-HGARM/14.............................................................................................................................. Pág. 188Notificación N° 7-HGARM/14.............................................................................................................................. Pág. 188Notificación N° 8-HGARM/14.............................................................................................................................. Pág. 188Notificación N° 9-HGARM/14.............................................................................................................................. Pág. 189

Ministerio de Desarrollo Económico

Expediente N° 255967-DGEMP/14..................................................................................................................... Pág. 190Expediente N° 4256962-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 190Expediente N° 4310935-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 191Expediente N° 4381124-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 192Expediente N° 4569372-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 193Expediente N° 4570747-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 194Expediente N° 4571105-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 194Expediente N° 4729825-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 195Expediente N° 4788897-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 196

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Notificación N° 1015-DGR/14............................................................................................................................. Pág. 198Notificación N° 4650232-DGR/14....................................................................................................................... Pág. 202

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Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Expediente N° 2771525-DGS/12........................................................................................................................ Pág. 204Expediente N° 79231-DGS/14............................................................................................................................ Pág. 204

Juzgado Provincial

Comunicaciones N° 4787702-PJT/14................................................................................................................. Pág. 206

Ministerio Público

Citación N° 4497646-MPF/14............................................................................................................................. Pág. 207

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BS.AS.

Citación N° 4764966-PJCABA/14....................................................................................................................... Pág. 208

MINISTERIO PUBLICO FISCAL

Citación N° 4732507-JPCF10/14........................................................................................................................ Pág. 209Citación N° 4822254-UNO/14............................................................................................................................. Pág. 209

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Poder Legislativo Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

LEY N.º 4912

Buenos Aires, 27 de marzo de 2014

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Declárase Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires en la categoría "Monumento" de acuerdo con el Art. 4 inc. b) de la Ley 1227 al mausoleo que contiene los restos del Doctor Raúl Alfonsin en el Cementerio de la Recoleta. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez DECRETO N.º 152/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014

En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgase la Ley Nº 4.912 (E.E. 4211264-MGEYA/DGALE-2014), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 27 de marzo de 2014. El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. MACRI - Lombardi - Rodríguez Larreta

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Poder Ejecutivo Resolución Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N.° 381/MJGGC/14

Buenos Aires, 16 de abril de 2014 VISTO: El Decreto N° 477/11, la Resolución Nº 1.415-MHGC/13 y el Expediente Nº 3.224.860-MGEYA-SSTRANS/14, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la designación del Sr. Gustavo Gómez Repetto, D.N.I. N° 27.848.670, en su carácter de Jefe de Prensa y Comunicación de la Subsecretaría de Transporte, para viajar a la Ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, con el motivo de participar de la "V Cumbre Mundial de Comunicación Política", desde el 25 hasta el 30 de marzo del corriente año; Que la misión tiene por objeto tratar y desarrollar diversos temas abordando los principales ámbitos de reflexión y debate en torno a la comunicación y los diferentes matices y vertientes que ese ámbito implica; Que por lo antes mencionado, resulta de especial interés para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la participación en el mencionado evento; Que en este orden de ideas corresponde designar al Sr. Gustavo Gómez Repetto, a realizar la citada misión oficial, disponiendo la entrega de fondos pertinentes para solventar los gastos inherentes a viáticos y gastos de inscripción, en un todo de acuerdo a los términos de la normativa vigente en la materia; Que se ha efectuado la correspondiente afectación presupuestaria. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 8º del Decreto 477/11,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE

Artículo 1º.- Desígnase al Sr. Gustavo Gómez Repetto, D.N.I. N° 27.848.670, en su carácter de Jefe de Prensa y Comunicación de la Subsecretaría de Transporte, de esta Jefatura de Gabinete de Ministros, para viajar a la Ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, con el motivo de participar de la "V Cumbre Mundial de Comunicación Política", desde el 25 hasta el 30 de marzo del corriente año. Artículo 2º.- Entréguese a favor del funcionario designado en el artículo 1°, la suma de PESOS CINCO MIL OCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 5.008.50.-) en concepto de viáticos, importe que deberá ser rendido en un cien por ciento (100%) de su inversión y la suma de PESOS TRES MIL CIENTO OCHENTA ($ 3.180), en concepto de inscripción al evento, la que estará sujeta a rendición documentada, según el siguiente detalle: Gastos en Viáticos al 100%.............: U$S 105 x 6 días = U$S 630 x 7.95 = $ 5.008,50 Inscripción al Evento:....................................................................: $ 3.180,00 TOTAL: $ 8.188.50.- Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe total de PESOS OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 8.188.50.-) en una orden de pago, monto que deberá ser depositado en la Cuenta

Corriente Nº 9.100/2, Sucursal Nº 12, del Banco Ciudad de Buenos Aires. Artículo 4º.- Es responsable de la administración y rendición de los fondos detallados en el artículo 2º de la presente el Sr. Gustavo Gómez Repetto, D.N.I. N° 27.848.670.

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Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Rodríguez Larreta

RESOLUCIÓN N.° 398/MJGGC/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO: El Decreto N° 1.368/08 y su modificatorio Nº 130/12, el Expediente Nº 4.804.453-MGEYA- DGTALMAEP/14, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto tramita la encomienda de firma del despacho del señor Ministro de Ambiente y Espacio Público, Lic. Edgardo David Cenzon, atento la ausencia transitoria del citado funcionario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre los días 29 de abril y 2 de mayo de 2014, ambas fechas inclusive; Que por lo expuesto, corresponde designar al funcionario que se hará cargo del despacho del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que en tal sentido, el artículo 1º del Decreto N° 1.368/08, modificado por el Decreto Nº 130/12, establece que en caso de ausencia o vacancia del Ministro de Ambiente y Espacio Público, el reemplazante es el señor Ministro de Justicia y Seguridad. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 1.368/08,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE

Artículo 1°.- Encomiéndase la atención de los asuntos y firma del despacho del señor Ministro de Ambiente y Espacio Público, Lic. Edgardo David Cenzon, al señor Ministro de Justicia y Seguridad, Dr. Guillermo T. Montenegro, entre los días 29 de abril y 2 de mayo de 2014, ambas fechas inclusive. Articulo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios de Justicia y Seguridad y de Ambiente y Espacio Público, a la Secretaría Legal y Técnica dependiente del señor Jefe de Gobierno, y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y para su conocimiento, y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Rodríguez Larreta

RESOLUCIÓN Nº 15/IEM/14

Buenos Aires, 11 de abril de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095 modificada por La Ley 4.764, Decreto Nº 754/08 y sus modificatorios Decretos Nros 232/10, 109/12 y 547/12, el Expediente Electrónico N° 104.329/14, y

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Que por el Expediente citado en el Visto tramita el Servicio de Impresión de cinco mil (5.000) ejemplares del "Diario 24 de Marzo" y "Diario de la Feria", tres mil (3.000) ejemplares de los libros "Memoria 2013" y "Anexo Memoria 2013" y diez mil (10.000) señaladores, para el Instituto Espacio para la Memoria; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que por Disposición Nº 171-DGCyC/08 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector del sistema de contrataciones aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que mediante Resolución Nº 5-IEM/14 se autorizó a la Dirección General de Compras y Contrataciones a realizar el llamado a Licitación Pública, y mediante Resolución Nº 11-IEM/14 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y se designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas; Que por Disposición Nº 126-DGCyC/14 se fijó el llamado a Licitación Pública de Etapa Única Nº 01-DGCyC/14 para el día 12 de marzo de 2.014 a las 11,00 horas, al amparo de lo establecido en el articulo 31 de la Ley Nº 2.095 modificada por La Ley 4.764, Decreto Nº 754/08 y sus modificatorios Decretos Nros 232/10, 109/12 y 547/12; Que tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas Nº 2/14 se recibieron dos (2) ofertas de las siguientes firmas: MELENZANE S.A. y CILINCOP S.A., Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Que mediante Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 27 de marzo de 2014 la Comisión Evaluadora de Ofertas aconseja la adjudicación de la ofertas presentadas por las firmas MELENZANE S.A. (Renglones N° 1/2) y CILINCOP S.A. (Renglones N° 3/4) por ofertas más convenientes conforme lo dispuesto en el artículo 108º de la Ley Nº 2.095 modificada por La Ley 4.764, Decreto Nº 754/08 y sus modificatorios Decretos Nº 232/10, 109/12 y 547/12; Que resulta desierto el Renglón N° 5; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento. Por ello y en uso de las facultades conferidas en el artículo 13 del Decreto N° 754/08, sus modificatorios Decreto Nº 232/10, Decreto Nº 109/12 y Decreto Nº 547/12,

LA SECRETARIA EJECUTIVA

INTERINAMENTE A CARGO DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL INSTITUTO ESPACIO PARA LA MEMORIA

RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébese la Licitación Pública de Etapa Única Nº 01-DGCyC/14 realizada al amparo de lo establecido en el artículo 31 de Ley 2.095 modificada por La Ley 4.764 con su reglamentación por la Dirección General de Compras y Contrataciones. Artículo 2º.- Adjudíquese el Servicio de Impresión de cinco mil (5.000) ejemplares del "Diario 24 de Marzo" y "Diario de la Feria", tres mil (3.000) ejemplares de los libros "Memoria 2013" y "Anexo Memoria 2013", para el Instituto Espacio para la Memoria, a las firmas MELENZANE S.A. (Renglones N° 1/2) por la suma de Pesos Veintinueve Mil Cuatrocientos ($ 29.400,00) y CILINCOP S.A. (Renglones N° 3/4) por la suma de Pesos Ciento Treinta y Tres Mil Ochocientos ($ 133.800,00). Artículo 3º.- Impútase el gasto que demande el cumplimiento de la presente a la correspondiente partida del ejercicio presupuestario en curso de ejecución. Artículo 4º.- Autorizase al Director General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, a suscribir la respectiva Orden de Compra. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a la empresa oferente, de acuerdo con los términos establecidos en los artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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CONSIDERANDO:

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Artículo 6º.- Regístrese y remítase en prosecución de su trámite a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Piñeiro

RESOLUCION Nº 16/IEM/14

Buenos Aires, 22 de abril de 2014 VISTO: El art. 7º incs. a) y e) de la Ley 961 (BOCBA Nº 1602), el Expediente Nº 4236966/2014, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 961 (BOCBA Nº 1602) atribuye al Instituto Espacio para la Memoria, en su carácter de ente descentralizado con autonomía funcional y autarquía financiera, diversas funciones y responsabilidades entre las que se encuentra la contratación de personal; Que mediante Resolución Nº 1-IEM/2014 se autorizó la contratación de varias personas bajo la figura de locación de servicios para prestar tareas en el Instituto Espacio para la Memoria; Que entre las personas contratadas figura el señor Joaquín González, DNI Nº 33.257.538, CUIT Nº 20-33257538-5, para cumplir funciones de diseño y desarrollo institucional de productos vinculados con la tecnología de la información y sus soportes en el Área Tecnologías de la Información; Que el señor Joaquín González presentó su renuncia a partir del 3 de abril de 2014; Que, en consecuencia, resulta oportuno dictar el acto administrativo que ordene la rescisión del contrato de locación de servicios oportunamente celebrado con la persona mencionada; Que el Área Legal y Técnica ha tomado la intervención que resulta de su competencia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 7º inc. a) y e) de la Ley Nº 961 (BOCABA Nº 1602),

LA SECRETARIA EJECUTIVA

INTERINAMENTE A CARGO DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL INSTITUTO ESPACIO PARA LA MEMORIA

RESUELVE

Artículo 1º.- Acéptase, a partir del 3 de abril de 2014, la renuncia presentada por el señor Joaquín González, DNI Nº 33.257.538, CUIT Nº 20-33257538-5, quien prestó funciones de diseño y desarrollo institucional de productos vinculados con la tecnología de la información y sus soportes en el Área Tecnologías de la Información. Artículo 2º.- Rescíndase, a partir del 3 de abril de 2014, el contrato de locación de servicios celebrado entre el Instituto Espacio para la Memoria y el señor Joaquín González. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese al Área Contable y al interesado. Cumplido, archívese. Piñeiro

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Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N.º 586/MHGC/14

Buenos Aires, 15 de abril de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095 modificada por La Ley N° 4.764, el Decreto Nº 754/08 y sus modificatorios Decretos Nros 232/10, 109/12 y 547/12, el Decreto Nº 1.145/09 y concordantes, la Resolución Conjunta Nº 9-MHGC-MJGGC-SECLYT-11, las Resoluciones Nº 596-MHGC/11 y Nº 1.160-MHGC/11, las Disposiciones Nº 115-DGCYC/11 y Nº 119-DGCYC/11 y el Expediente Electrónico Nº 3.248.724-MGEYA-DGCYC/14, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita el Convenio Marco de Compras para la adquisición de Material Deportivo y Didáctico, con destino a diversas áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que el Convenio Marco de Compras es definido en el artículo 33 del Anexo I del Decreto reglamentario del Régimen de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 1.145/09 como "una modalidad de contratación electrónica mediante la cual se selecciona a uno o más proveedores para procurar el suministro directo de bienes y servicios a las Unidades Ejecutoras en la forma, plazo y demás condiciones establecidas en dicho convenio"; Que asimismo este proceso de selección de co-contratante para la celebración de Convenio Marco de Compras tramita por el Módulo Expediente Electrónico-EE, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 9/ MHGC-MJGGC-SECLYT/11; Que por Disposición Nº 119-DGCyC/11 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector del sistema de contrataciones aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC; Que por Disposición Nº 164-DGCYC/14, el Director General de Compras y Contrataciones aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, estableció el llamado a Licitación Pública Nº 623-0127-LPU14 para el día 26 de Marzo de 2.014 a las 14,00 horas bajo la modalidad de compra electrónica, al amparo de lo establecido en el Articulo 31 de la Ley Nº 2.095 modificada por La Ley N° 4.764, Decreto Nº 754/08 y sus modificatorios Decretos Nros 232/10, 109/12 y 547/12, el Decreto Nº 1.145/09 y concordantes, la Resolución conjunta Nº 9-MHGC-MJGGC-SECLYT-11, con el objeto antedicho y por un monto estimado de Pesos Un Millón Cuatrocientos Veintiocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Tres ($ 1.428.463.-) y designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas; Que el llamado referido fue publicado en el Boletín Oficial por el término de un (1) día y en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que se cursó notificación a la Unión Argentina de Proveedores del Estado, a la Cámara Argentina de Comercio y a la Guía General de Licitaciones, comunicándole el objeto del llamado dispuesto por la Dirección General de Compras y Contrataciones y la fecha y hora prevista para su apertura; Que tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas se recibieron seis (6) ofertas de las siguientes firmas: A Y M D ESPOSITO S.R.L., ROBERTO OSCAR SCHVARZ, OSVALDO SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL, LICICOM S.R.L., MELENZANE S.A. y ARTFUL S.A;

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Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Que por Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 7 de Abril de 2.014 la Comisión Evaluadora de Ofertas aconseja desestimar las ofertas presentadas por las firmas MELENZANE S.A. (Para los Renglones Nros 1, 7/15, 17/18, 55/56 y 76 ), ARTFUL .A. (Para el Renglón Nro 1 y 4), A Y M D ESPOSITO S.R.L (Para los Renglones Nros 19/20), OSVALDO SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL (Para los Renglones Nros 101 y 108) y LICICOM S.R.L. (Para los Renglones Nros 3/9, 11/15, 18/20, 25/26, 28/34, 38, 40, 42, 65, 76/78, 93/94 y 100/101) por los motivos expresados en el citado dictamen, y la adjudicación de las ofertas presentadas por las firmas A Y M D ESPOSITO S.R.L (Renglones Nros 1, 4, 22/24, 32, 35, 45/46, 76, y 107/108), ROBERTO OSCAR SCHVARZ (Renglón Nro 76), OSVALDO SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL (Renglones Nros 1, 3/96, 100, 102/107 y 109/111) y LICICOM S.R.L. (Renglones Nros 1/2, 10, 16/17, 35/37, 39, 41, 43/56, 63, 75, 84/88, 90/92, 102/105, y 107/112) por ofertas más convenientes en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 108 de la Ley 2.095 modificada por La Ley N° 4.764, su Decreto Reglamentario Nº 754/08 y sus modificatorios Decretos Nros 32/10, 109/12 y 547/12, en concordancia con el Artículo 28 de la Resolución N° 1.160-MHGC/11; Que el acta emitida en consecuencia fue publicada en el Portal omunicada a los oferentes a través de BAC, fue publicada en la página Web Oficial del G.C.B.A. y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 108 de la Ley 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08 y sus modificatorios Decretos Nros 232/10, 109/12 y 547/12 y en el Decreto N° 1.145/09; Que vencido el plazo para formular impugnaciones no fue recibida ninguna presentación en tal sentido; Que la totalidad de los oferentes preadjudicados han dado cumplimiento a los aspectos formales y técnicos exigidos en los Pliegos licitatorios y se encuentran calificados para ingresar en el Convenio Marco considerado; Que en esas condiciones, corresponde adjudicar este procedimiento de selección a los oferentes preadjudicados y citarlos a suscribir el Convenio Marco para que cada una de las Unidades Ejecutoras gestione el suministro directo de Material Deportivo y Didáctico comprendidos mediante la emisión de Órdenes de Compra, en la forma y condiciones establecidas en aquel; Por ello, en virtud de los términos de la Ley Nº 2.095 modificada por La Ley N° 4.764, el Decreto Nº 754/08 y sus modificatorios Decretos Nros 232/10, 109/12 y 547/12 y el Decreto N° 1.145/09, el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública de Etapa Única Nº 623-0127-LPU14 realizada bajo la modalidad especial de selección denominada Convenio Marco de Compras tal lo previsto en el Artículo 33 y concordantes del Anexo I del Decreto N° 1.145/09.

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Artículo 2º.- Adjudicase el Convenio Marco de Compras para la adquisición de Material Deportivo y Didáctico, con destino a diversas áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires denominado Buenos Aires Compras (BAC), a las firmas A Y M D ESPOSITO S.R.L (Renglones Nros 1, 4, 22/24, 32, 35, 45/46, 76, y 107/108) por la suma de hasta Pesos Doscientos Veintiocho Mil Doscientos Cuarenta y Nueve ($228.249,00), ROBERTO OSCAR SCHVARZ (Renglón Nro 76) por la suma de hasta Pesos Setenta y Nueve Mil Ochocientos ($79.800,00), OSVALDO SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL (Renglones Nros 1, 3/96, 100, 102/107 y 109/111) por la suma de hasta Pesos Un Millón Cuatrocientos Cincuenta y Nueve Mil Setecientos Diecisiete ($1.459.717,00) y LICICOM S.R.L. (Renglones Nros 1/2, 10, 16/17, 35/37, 39, 41, 43/56, 63, 75, 84/88, 90/92, 102/105, y 107/112) por la suma de hasta Pesos Setecientos Setenta y Nueve Mil Cuatrocientos Cuarenta y Siete ($779.447,00), por las cantidades y precios unitarios que constan en el Anexo I que integra la presente. Artículo 3º.- Se desestiman las ofertas presentadas por las firmas MELENZANE S.A. (Para los Renglones Nros 1, 7/15, 17/18, 55/56 y 76 ), ARTFUL S.A. (Para el Renglón Nro 1 y 4), A Y M D ESPOSITO S.R.L (Para los Renglones Nros 19/20), OSVALDO SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL (Para los Renglones Nros 101 y 108) y LICICOM S.R.L. (Para los Renglones Nros 3/9, 11/15, 18/20, 25/26, 28/34, 38, 40, 42, 65, 76/78, 93/94 y 100/101) por los motivos expresados en el citado Dictamen. Artículo 4º.- El gasto que demande la presente contratación se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del ejercicio en vigor. Artículo 5º.- Citase a las empresas A Y M D ESPOSITO S.R.L., ROBERTO OSCAR SCHVARZ, OSVALDO SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL y LICICOM S.R.L., a suscribir el Convenio Marco de Compras por ante la Dirección General de Compras y Contrataciones dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la presente Resolución. Invitase asimismo a los adjudicatarios a recibir el Convenio Marco en BAC, a efectos de perfeccionar el referido Contrato. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día y en la página Web Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 7º.- Regístrese, autorícese en Buenos Aires Compras y remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Grindetti

ANEXO

RESOLUCIÓN N.° 644/MHGC/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 471, el Decreto N° 684/09 y modificatorios, las Resoluciones N° 1.040-SECRH-11 y N° 668-MMGC-13 y el Expediente Electrónico N° 3.889.736/DGPLC/13, y CONSIDERANDO: Que en las presentes actuaciones tramita el concurso público abierto de antecedentes y oposición convocado a través de la Resolución N° 668-MMGC-13 para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Registración de Recursos, dependiente de la Dirección General de Tesorería, de la Subsecretaría Gestión y Administración Económica de este Ministerio; Que esta Jurisdicción solicitó oportunamente la referida convocatoria;

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Que el artículo 34 de la Ley N° 471 establece que "El Poder Ejecutivo reglamentará un régimen gerencial para los cargos más altos de la Administración Pública", determinando que los mismos serán cubiertos "por riguroso concurso público abierto de antecedentes y oposición"; Que por Decreto N° 684/09 y normas modificatorias se aprueba el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 9° del Decreto N° 684/09 delega "en cada Ministro y/o en los Secretarios del Jefe de Gobierno el nombramiento del personal de su jurisdicción que resulte seleccionado para la cobertura de los cargos gerenciales, conforme al procedimiento de concursos...; Que el Decreto N° 571/11, modificatorio de su similar N° 684/09, encomendó a la por entonces Secretaría de Recursos Humanos "la reglamentación que resulte necesaria para la implementación de los concursos" del referido régimen gerencial (conf. Art. 2°); Que por la Resolución N° 1.040-SECRH-11 se aprobó el nuevo texto del Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 5° de dicho acto administrativo dispone que "El Secretario de Recursos Humanos, a pedido de los Ministros, Secretarios del Jefe de Gobierno y/o funcionarios de rango equivalente, convocará los referidos concursos y designará a los miembros titulares y suplentes del Comité de selección de los mismos"; Que en la primera parte del artículo 17 de dicho ordenamiento se establece que "Los Ministros, Secretarios del Jefe de Gobierno y/o funcionarios de rango equivalente responsables del puesto a cubrir, serán encargados de seleccionar al candidato entre los distintos integrantes de la terna elevada"; Que, sustanciado el pertinente concurso, la Dirección General de Planeamiento de Carreras produjo su informe N° 3.061.396-DGPLC-14, con todos los antecedentes del proceso de selección, haciendo saber que el mismo ya se encontraba concluido, informando los datos de los integrantes de la terna final; Que habiéndose analizado los antecedentes del caso, incluida un entrevista personal a los integrantes de la terna respectiva, se concluye que quien reviste mayor idoneidad para cubrir el cargo en cuestión, es la Sra. Susana Beatriz Gómez (D.N.I. N° 12.012.457; CUIL N° 27-12012457-4). Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° del Decreto N° 684/09, y 17 de la Resolución N° 1.040-SECRH-11,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 1° de abril de 2014, a la Sra. Susana Beatriz Gómez (DNI N° 12.012.457; CUIL N° 27-12012457-4) como Subgerente Operativa de la Subgerencia Operativa Registración de Recursos, dependiente de la Dirección General de Tesorería, de la Subsecretaría Gestión y Administración Económica de este Ministerio, como resultado del concurso público abierto convocado mediante la Resolución N° 668-MMGC-13. Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros, a las Direcciones Generales de Planeamiento de Carreras y de Relaciones laborales, ambas del Ministerio de Modernización, y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos de este Ministerio, la que procederá a notificar fehacientemente a la interesada de los términos de la presente, y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Grindetti

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Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N.° 283/MJYSGC/14

Buenos Aires, 15 de abril de 2014 VISTO: El Decreto Nº 477/11 y la Resolución N° 1415/MHGC/13 y el Expediente Nº 4526854/14, y CONSIDERANDO: Que los días 21 y 22 de abril de 2014, se llevará a cabo un Encuentro de Seguridad Pública y Privada organizado por la Regional III de la Cámara Argentina de Empresas de Seguridad e Investigación (CAESI), en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; Que ha sido invitado a participar el Sr. Director General de Seguridad Privada, Dr. Ignacio Antonio Cocca; Que por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del funcionario mencionado precedentemente, desde el 21 al 22 de abril de 2014, como así también hacerle entrega de los fondos necesarios para solventar los gastos inherentes a dos (2) días de viáticos; Que corresponde dejar constancia que la tramitación correspondiente a los pasajes y al alojamiento se ha realizado conforme los procedimientos establecidos en el Decreto Nº 477/11. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 8 del Decreto Nº 477/11,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Desígnase al Sr. Director General de Seguridad Privada, Dr. Ignacio Antonio Cocca, DNI N° 14.820.063, para que concurra a la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, entre los días 21 y 22 de abril de 2014, a efectos de participar de un Encuentro de Seguridad Pública y Privada organizado por la Regional III de la Cámara Argentina de Empresas de Seguridad e Investigación (CAESI). Artículo 2.- Entréguese al Sr. Director General de Seguridad Privada, Dr. Ignacio Antonio Cocca, DNI N° 14.820.063, la suma de pesos setecientos ochenta y cuatro ($ 784), en concepto de viáticos. Artículo 3.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda a incluir el importe de pesos setecientos ochenta y cuatro ($ 784), en una Orden de Pago, debiendo depositarse en la Cuenta Corriente Nº 20067/7, del Banco Ciudad de Buenos Aires - Sucursal Nº 52, correspondiente a la Dirección General de Seguridad Privada. Artículo 4.- Déjase establecido que el Dr. Ignacio Antonio Cocca, D.N.I. Nº 14.820.063, será responsable de la administración y posterior rendición de los fondos cuya entrega se autoriza por la presente Resolución. Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Seguridad Privada y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Contaduría. Cumplido, archívese. Montenegro

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RESOLUCIÓN N.° 284/MJYSGC/14

Buenos Aires, 15 de abril de 2014 VISTO: El Decreto Nº 752/10 y el Expediente Nº 4523820/MGEYA-DGCYSB-14, y CONSIDERANDO: Que por la referida actuación, tramita la aprobación del gasto originado por el Servicio de Seguridad Privada prestado en Subterráneos de Buenos Aires (SBASE) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante el mes de Marzo de 2014 por la firma Comahue Seguridad Privada S.A., por un importe total de pesos setecientos sesenta y nueve mil trescientos ochenta con 16/100 ($ 769.380,16); Que el Decreto Nº 752/10 en su Artículo 6º, faculta a aprobar los gastos relacionados con la prestación de bienes y servicios de carácter imprescindible cuando la operación sea de tracto sucesivo; Que la actuación en cuestión cumple los requisitos exigidos por el Artículo 7º incisos a), b) y c) del Decreto Nº 752/10. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el gasto correspondiente al Servicio de Seguridad Privada prestado en Subterráneos de Buenos Aires (SBASE) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante el mes de Marzo de 2014 por la firma Comahue Seguridad Privada S.A., por un importe total de pesos setecientos sesenta y nueve mil trescientos ochenta con 16/100 ($ 769.380,16). Artículo 2.- La presente erogación encontrará respaldo presupuestario en las partidas del presupuesto del presente ejercicio. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Contaduría y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para la confección del respectivo parte de recepción definitiva. Cumplido, archívese. Montenegro

RESOLUCIÓN N.° 285/MJYSGC/14

Buenos Aires, 15 de abril de 2014 VISTO: El Decreto Nº 752/10 y el Expediente Nº 4524140/MGEYA-DGCYSB/14, y CONSIDERANDO: Que por la referida actuación, tramita la aprobación del gasto originado por el Servicio de Seguridad Privada prestado en Subterráneos de Buenos Aires (SBASE) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante el mes de Marzo de 2014 por la firma Murata S.A. Yusion S.R.L. Verini Security S.A. UTE, por un importe total de pesos un millón ciento doce mil cuatrocientos treinta y dos con 61/100 ($ 1.112.432,61);

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Que el Decreto Nº 752/10 en su Artículo 6º, faculta a aprobar los gastos relacionados con la prestación de bienes y servicios de carácter imprescindible cuando la operación sea de tracto sucesivo; Que la actuación en cuestión cumple los requisitos exigidos por el Artículo 7º incisos a), b) y c) del Decreto Nº 752/10. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébase el gasto correspondiente al Servicio de Seguridad Privada prestado en Subterráneos de Buenos Aires (SBASE) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante el mes de Marzo de 2014 por la firma Murata S.A. Yusion S.R.L. Verini Security S.A. UTE, por un importe total de pesos un millón ciento doce mil cuatrocientos treinta y dos con 61/100 ($ 1.112.432,61). Artículo 2.- La presente erogación encontrará respaldo presupuestario en las partidas del presupuesto del presente ejercicio. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Contaduría y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para la confección del respectivo parte de recepción definitiva. Cumplido, archívese. Montenegro

RESOLUCIÓN N.° 286/MJYSGC/14

Buenos Aires, 15 de abril de 2014

VISTO: Las Leyes Nº 2.894 y Nº 2.895; el Decreto Nº 989/09, la Ley Nacional N° 24.557, la Disposición N° 11-MHGC/08, la Resolución N° 210-MJYSGC/14 y el Expediente Electrónico Nº 3752212/SSAPM/14 y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, encomendando al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e institucional de dicho sistema y crea, entre otros Organismos, la Policía Metropolitana; Que el Instituto Superior de Seguridad Pública, creado por la Ley Nº 2.895, tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente, al personal de la Policía Metropolitana; Que la citada Ley Nº 2.894 establece, en su Artículo 40, que el ingreso a la Policía Metropolitana se produce previa aprobación de la capacitación para la seguridad pública a efectuarse en el Instituto Superior de Seguridad Pública, y de los exámenes que al efecto se establezcan en las normas reglamentarias; Que el segundo párrafo del artículo precitado determina que los estudiantes no tendrán estado policial durante su formación inicial y serán becarios, según el régimen que se establezca al efecto; Que el Decreto Nº 989/09 determina el valor de la beca mensual a otorgarse a los/as estudiantes que realicen el curso de capacitación para la seguridad pública;

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Que por Resolución N° 210-MJYSGC/14 se fijó a partir del 1° de enero de 2014 el valor de la beca mensual a otorgar a los estudiantes que realicen el curso de capacitación para la seguridad pública, prevista en el artículo 40 de la Ley 2894, en la suma de Pesos Dos Mil Seiscientos Cuarenta ($ 2.640); Que, por otra parte, la Ley Nº 2.894 define, en sus Artículos 46 y 47, los requisitos e impedimentos para desempeñarse como miembro de la Policía Metropolitana, respectivamente; Que, en dicho marco legal, se ha iniciado el proceso de selección e incorporación de los aspirantes civiles a formar parte de la Policía Metropolitana, habiéndose efectuado un pormenorizado análisis de los antecedentes y condiciones personales de los postulantes; Que, oportunamente, el Rector del Instituto Superior de Seguridad Pública ha propuesto la lista de aspirantes para ser designados como becarios, con los alcances previstos en el Artículo 40 de la Ley de Seguridad Pública Nº 2.894; Que, asimismo, de acuerdo a los términos del Decreto N° 491/PEN/97 resulta menester incorporar al régimen de la Ley Nacional N° 24.557, de Riesgos de Trabajo, a los becarios comprendidos en la presente; Que se ha efectuado la afectación de fondos para hacer frente a la erogación que origina la presente.

Por ello, en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 2.894,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Otórgase la beca mensual prevista por el Artículo 40 de la Ley Nº 2.894, a los estudiantes del Instituto Superior de Seguridad Pública, que se individualizan en el Anexo IF N° 4589119/MJYSGC/14 que integra la presente Resolución. Artículo 2.- Apruébese el pago de las becas mensuales a los beneficiarios mencionados por el Artículo que antecede, a partir de las fechas indicadas en el Anexo mencionado y hasta la finalización del curso de formación y capacitación para la seguridad pública dictado por el Instituto Superior de Seguridad Pública. Artículo 3.- El gasto que irrogue el pago de las becas otorgadas por el Artículo 1º de la presente Resolución, será imputado a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 4.- La Dirección General de Contaduría, de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto Nº 393/09, emitirá la respectiva Orden de Pago por el importe que corresponda según lo normado por el Decreto Nº 989/09 y la Resolución N° 210-MJYSGC/14, monto que deberá ser depositado en la cuenta Nº 20170/0 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires (Casa Matriz). Artículo 5.- Estabécese que los becarios del Instituto Superior de Seguridad Pública deberán contar con cobertura por riesgos de trabajo, a cuyo fin deberá iniciarse el procedimiento previsto por la Disposición Nº 11-MHGC/08, para la contratación del seguro correspondiente.- Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Contaduría, a la Dirección General Tesorería, al Instituto Superior de Seguridad Pública, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Jefatura de la Policía Metropolitana, a la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana, a la Superintendencia de Coordinación y Planificación del Desarrollo Policial, y pase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana para su conocimiento, notificación del personal y demás efectos. Cumplido, archívese. Montenegro

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 287/MJYSGC/14

Buenos Aires, 15 de abril de 2014 VISTO: El Decreto Nº 752/10 y el Expediente Nº 4582721/14, y CONSIDERANDO: Que por la referida actuación, tramita la aprobación del gasto originado por el Servicio de Seguridad Privada prestado en Subterráneos de Buenos Aires (SBASE) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante el mes de Marzo de 2014 por la firma Briefing Security S.A. IMPES S.R.L.- UTE., por un importe total de pesos un millón cuatrocientos ochenta y dos mil quinientos treinta y seis con 22/100 ($ 1.482.536,22); Que el Decreto Nº 752/10 en su Artículo 6º, faculta a aprobar los gastos relacionados con la prestación de bienes y servicios de carácter imprescindible cuando la operación sea de tracto sucesivo; Que la actuación en cuestión cumple los requisitos exigidos por el Artículo 7º incisos a), b) y c) del Decreto Nº 752/10. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébase el gasto correspondiente al Servicio de Seguridad Privada prestado en Subterráneos de Buenos Aires (SBASE) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante el mes de Marzo de 2014 por la firma Briefing Security S.A. IMPES S.R.L. - UTE., por un importe total de pesos un millón cuatrocientos ochenta y dos mil quinientos treinta y seis con 22/100 ($ 1.482.536,22). Artículo 2.- La presente erogación encontrará respaldo presupuestario en las partidas del presupuesto del presente ejercicio. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Contaduría y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para la confección del respectivo parte de recepción definitiva. Cumplido, archívese. Montenegro

RESOLUCIÓN N.° 41/SSPDRC/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO: La Resolución 33/SSPDRC/14 y el Expediente Nº 3652535/14; CONSIDERANDO:

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Que por la Resolución 33/SSPDRC/14, recaída en el expediente Nº 3652535/14 se autorizó, entre otros, la contratación de Tuvio, Alejandro Javier CUIT Nº 20-32605467-

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5, para prestar servicios en la Dirección General de Políticas de Prevención del Delito dependiente de la Subsecretaría de Prevención del Delito y Relación con la Comunidad del Ministerio de Justicia y Seguridad por el período comprendido entre el 01/03/14 y el 31/12/14; Que de la actuación citada en el visto surge que el ¨Director General de Políticas de Prevención del Delito solicita dejar sin efecto el contrato de locación de servicios del citado. Que atento lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE PREVENCION DEL DELITO Y RELACION CON LA COMUNIDAD

RESUELVE

Artículo 1.- Déjese sin efecto la contratación de locación de servicios suscripto entre Tuvio, Alejandro Javier CUIT Nº 20-32605467-5, por el período comprendido entre el 01/03/14 y el 31/12/14, que fuera autorizado por Resolución N° 33/SSPDRC/14. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Borrelli

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Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN N.° 112/SSASS/14

Buenos Aires, 25 de marzo de 2014 VISTO el Expediente Electrónico Nº 3.676.381/2014, el informe elevado por la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto y; CONSIDERANDO: Que, por dicho Expediente se tramita una compensación presupuestaria a fin de adecuar los créditos correspondientes a diferentes unidades dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que en función de lo expuesto, este nivel considera que corresponde adoptar las acciones tendientes a dar curso a lo solicitado; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 2/GCBA/14, Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2014,

EL SUBSECRETARIO DE AMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1º.- Efectuar una compensación presupuestaria, consistente en la disminución e incremento de los créditos correspondientes al Inciso 2.- Bienes de Consumo, 3.- Servicio No Personales y 4.- Bienes de Uso de diferentes Hospitales dependientes del Ministerio de Salud, de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" obrante bajo Informe N° 3.712.321/2014 que forma parte de la presente en todos sus efectos.- Artículo. 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda. Guevara

ANEXO

RESOLUCIÓN N.° 119/SSASS/14

Buenos Aires, 28 de marzo de 2014 VISTO el Expediente Electrónico Nº 3.806.281/2014, el informe elevado por la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto y; CONSIDERANDO: Que, por dicho Expediente se tramita una compensación presupuestaria a fin de adecuar los créditos correspondientes a diferentes unidades dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que en función de lo expuesto, este nivel considera que corresponde adoptar las acciones tendientes a dar curso a lo solicitado;

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Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 2/GCBA/14, Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2014,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Efectuar una compensación presupuestaria, consistente en la disminución e incremento de los créditos correspondientes al Inciso 2.- Bienes de Consumo, 3.- Servicio No Personales y 4.- Bienes Uso, de diferentes Hospitales dependientes del Ministerio de Salud, de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias", obrante bajo Informe N° 3917484/2014 que forma parte de la presente en todos sus efectos.- Artículo. 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda. Guevara

ANEXO

Página Nº 29Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Educación

RESOLUCIÓN N.° 1753/MEGC/14

Buenos Aires, 10 de abril de 2014 VISTO: El Expediente Nº 3.467.907/14, y CONSIDERANDO: Que el artículo 29 de la Ley Nº 4.109 dispuso la confirmación en carácter titular de los agentes que al momento de la promulgación de la misma se encuentren desempeñando cargos docentes en carácter de interinos/as en las escuelas de enseñanza media, técnica, ciclos básicos ocupacionales y de reingreso dependientes de la Dirección de Enseñanza Media y Técnica; en Centros de Formación Profesional dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en el nivel medio de la Dirección de Formación Docente, de la Dirección de Educación del Adulto y del Adolescente (CENS y UGEE) y de la Dirección de Educación Artística; Que la medida dispuesta por la referida Ley alcanza a todos los cargos de base y cargos de ascenso no directivos, de acuerdo con los requisitos que establece la misma normativa; Que el Decreto Nº 62/13, por el cual se reglamentó la Ley Nº 4.109 precisó los mecanismos necesarios para la acreditación del cumplimiento de los requisitos para acceder a la confirmación como titular y su articulación con las normas establecidas en la Ordenanza Nº 40.593 (Estatuto del Docente); Que a través de la intervención de las instancias competentes, fueron confeccionados los listados de aspirantes que reúnen las condiciones para su confirmación en condición de titulares en los términos de la Ley aplicable y su Decreto reglamentario; Que en razón de lo expuesto corresponde el dictado de la norma administrativa pertinente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Confírmase en carácter titular a los docentes de las Escuelas Normales Superiores que se nominan en el Anexo (IF-2014-03576595-DGPDYND), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Direcciones Generales de Educación Superior (Dirección de Formación Docente), de Personal Docente y no Docente (Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes) y de Carrera Docente (Gerencia Operativa de Clasificación y Disciplina Docente). Notifíquese a los docentes nominados en el anexo de la presente en los términos del artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/97. Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

Página Nº 30Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.° 1755/MEGC/14

Buenos Aires, 10 de abril de 2014 VISTO: El Expediente Nº 3.476.068/14, y CONSIDERANDO: Que el artículo 29 de la Ley Nº 4.109 dispuso la confirmación en carácter titular de los agentes que al momento de la promulgación de la misma se encuentren desempeñando cargos docentes en carácter de interinos/as en las escuelas de enseñanza media, técnica, ciclos básicos ocupacionales y de reingreso dependientes de la Dirección de Enseñanza Media y Técnica; en Centros de Formación Profesional dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en el nivel medio de la Dirección de Formación Docente, de la Dirección de Educación del Adulto y del Adolescente (CENS y UGEE) y de la Dirección de Educación Artística; Que la medida dispuesta por la referida Ley alcanza a todos los cargos de base y cargos de ascenso no directivos, de acuerdo con los requisitos que establece la misma normativa; Que el Decreto Nº 62/13, por el cual se reglamentó la Ley Nº 4.109 precisó los mecanismos necesarios para la acreditación del cumplimiento de los requisitos para acceder a la confirmación como titular y su articulación con las normas establecidas en la Ordenanza Nº 40.593 (Estatuto del Docente); Que a través de la intervención de las instancias competentes, fueron confeccionados los listados de aspirantes que reúnen las condiciones para su confirmación en condición de titulares en los términos de la Ley aplicable y su Decreto reglamentario; Que en razón de lo expuesto corresponde el dictado de la norma administrativa pertinente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Confírmase en carácter titular a los docentes de varias Escuelas Técnicas que se nominan en el Anexo (IF-2014-03576604-DGPDYND), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal (Dirección de Educación Técnica), de Personal Docente y no Docente (Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes) y de Carrera Docente (Gerencia Operativa de Clasificación y Disciplina Docente). Notifíquese a los docentes nominados en el anexo de la presente en los términos del artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/97. Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

Página Nº 31Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N.º 352/MCGC/14

Buenos Aires, 10 de enero de 2014 VISTO: El Expediente Nº 7300115-MGEYA-13, el Decreto Nº 224-GCABA-13, y las Resoluciones Nº 5041-SC-2005, Nº 2316- SHYF-00, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2013; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-13; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,y la Resolución Nº 2316-SHYF-00.

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, número SADE IF-2014-00285443- -MCGC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2013, el que se encuentra amparado en las determinaciones de la Resolución Nº 2316-SHYF-00. Artículo 6º.-Regístrese, comuníquese a la Secretaría Legal y Técnica y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y

Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lombardi

ANEXO

Página Nº 32Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.º 356/MCGC/14

Buenos Aires, 10 de enero de 2014 VISTO: El Expediente Nº 6597349-MGEYA-13, el Decreto Nº 224-GCABA-13, y las Resoluciones Nº 5041-SC-2005, Nº 2316- SHYF-00, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2013; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-13; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,y la Resolución Nº 2316-SHYF-00.

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, número SADE IF-2014-00285769- -MCGC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2013, el que se encuentra amparado en las determinaciones de la Resolución Nº 2316-SHYF-00. Artículo 6º.-Regístrese, comuníquese a la Secretaría Legal y Técnica y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y

Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lombardi

ANEXO

Página Nº 33Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.° 439/MCGC/14

Buenos Aires, 14 de enero de 2014 VISTO: El Expediente Nº 6.483.679-MGEYA-13, el Decreto Nº 224-GCABA-13, y las Resoluciones Nº 5041-SC-2005 y Nº 2316-SHYF-00, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2013; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-13; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13 y la Resolución Nº 2316-SHYF-00,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2014-00360162- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2013, el que se encuentra amparado en las determinaciones de la Resolución Nº 2316-SHYF-00. Artículo 6º.-Regístrese, comuníquese a la Secretaría Legal y Técnica y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de

Buenos Aires, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lombardi. Lombardi

ANEXO

Página Nº 34Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.° 2724/MCGC/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014 VISTO: El Expediente Electrónico N° 2.521.213/MGEyA-DGTALMC/2014 y la Resolución N° 2701-MCGC-13, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 2701-MCGC-13 se creó el Programa “Orquesta Escuela de Tango Emilio Balcarce” bajo la órbita de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura, designándose como coordinador del mismo al/la titular de dicha Subsecretaría; Que por estos actuados se solicita se designe como Coordinador del programa de que se trata al señor Ignacio Pedro Varchausky; Que, en consecuencia, se hace necesario modificar en tal sentido la norma de referencia. Por ello, de acuerdo con los términos de la Ley N° 4.013,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1°.- Modíficase el artículo 4° de la Resolución N° 2701-MCGC-13, el que quedará redactado de la siguiente forma: Art. 4° - “Designase como Coordinador del presente Programa al señor Ignacio Pedro Varchausky, CUIT 20-25440624-5”. Artículo 2°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento, notificación al interesado y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Patrimonio Cultural. Cumplido, archívese. Lombardi

RESOLUCIÓN N.° 2762/MCGC/14

Buenos Aires, 11 de abril de 2014 VISTO: EL Expediente Electrónico N° 4032841-MGEYA-DGTALMC/14, la Ley N° 4013, los Decretos N° 1020/GCBA/04, 115/GCBA/05 y 660/GCBA/11, y; CONSIDERANDO: Que, por medio de los Decretos N° 1020/04 y N° 115/05 se aprobó y prorrogó respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, sin la limitación temporal establecida en el Decreto 1020/04; Que, los decretos mencionados delegaron en la entonces Secretaría de Cultura la facultad de conceder subsidios; Que, la Ley N° 4013 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de Gabinete de Ministros y once (11) Ministros tendrán a su cargo el despacho de los asuntos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Página Nº 35Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que, en ese orden de ideas la Secretaría de Cultura ha sido reemplazada por el Ministerio de Cultura, siendo la titular de este último el funcionario facultado para dictar las normas reglamentarias y complementarias necesarias para la correcta implementación de los Decretos N° 1020/04 y 115/2005; Que, por Decreto N° 660/2011 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los objetivos y responsabilidades primarias de todas las Unidades de Organización; Que, el Decreto N° 451/2010 contempla en el ámbito del Ministerio de Cultura el Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, cuyo objetivo comprende el financiamiento total o parcial de proyectos, programas, actividades, e iniciativas de fomento, ejecución, difusión y conservación de las artes, el patrimonio cultural en sus diversas modalidades y manifestaciones y la infraestructura cultural; Que, en uso de las atribuciones delegadas en el artículo 2° del Decreto N° 1020/04 y prorrogado por el Decreto N° 115/05, resulta necesario proceder a la correspondiente reglamentación a fin de establecer las condiciones y procedimiento que permitirán la consecuente entrega de subsidios; Que, la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de las Artes y las Ciencias creada por la Resolución N° 427/MC/07, continuará funcionando bajo la denominación “Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias”; Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el Reglamento General del Fondo Metropolitano de la Cultura las Artes y las Ciencias que como Anexo (IF-2014-04268587-DGTALMC)forma parte

integrante de la presente. Artículo 2°.- Establécese que la Coordinación administrativa creada por Resolución N° 427/MC/07 continuará funcionando bajo la denominación “Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias” de conformidad con las funciones detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales del Centro Cultural General San Martín, de Patrimonio e Instituto Histórico, de Festivales y Eventos Centrales, del Centro Cultural Recoleta, de Promoción Cultural del Ministerio de Cultura y a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Lombardi

ANEXO

Página Nº 36Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN N.° 732/MAYEPGC/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO: Los Decretos Nros. 67/10, 501/12, 120/14, las Resoluciones Nros. 51/MHGC/10, 18/MHGC/MJGGC/SECLYT/12, la Resolución Conjunta N° 10/SECLYT/13, las Disposiciones Nros. 9/DGCG/10, 183/DGCG/13, 42/DGCG/14, el Expediente Electrónico Nº 4541083/DGCEM/14, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita el cese, designación y ratificación de los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en Concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad de la Dirección General de Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por el Decreto Nº 67/10, se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el Decreto N° 501/12 aprueba el régimen de asignación de gastos de movilidad, procedimiento administrativo electrónico para trámites de solicitud, rendición y devolución de gastos de movilidad; Que por el Decreto N° 120/14 se designa a cargo de la Dirección General de Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público al señor Eduardo Rafael Somoza, DNI N° 12.497.890; Que la Resolución N° 51/MHGC/10 aprueba la reglamentación del Decreto N° 67/2010; Que por la Resolución N° 18/MHGC/MJGGC/SECLYT/12 se procedió a establecer el nuevo régimen de procedimiento de solicitud, rendición y devolución de gastos por movilidad, así como el procedimiento de designación de responsables de dichos fondos; Que la Resolución Conjunta N° 10/SECLYT/13 establece el procedimiento de Solicitud, Rendición y Reposición de Caja Chica Común; Que la Disposición Nº 9/DGCG/10 aprobó los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica, Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que la Disposición N° 183/DGCG/13 modifica los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, X y XI, de la Disposición N° 9/DGCG/10; Que la Disposición N° 42/DGCG/14 en su artículo 1 reemplaza el Anexo IX -B- de la DisposiciónN° 183/DGCG/13; Que en el Artículo 12 de la Resolución N° 51/MHGC/10 y en el punto 2 del Anexo I de la Disposición N° 9/DGCG/10 y la Disposición N° 183/DGCG/13 se establece que "los responsables de los fondos deberán ser como mínimo dos, de los cuales al menos uno de ellos deberá ser personal de planta permanente. Cuándo el máximo responsable de la Unidad de Organización no pueda cumplir con el requisito de designar al menos un agente de planta permanente como responsable de los fondos, deberá solicitar la

excepción -debidamente fundada- a la máxima autoridad de la Jurisdicción y Organismo Descentralizado, la que podrá autorizarla de considerarlo conveniente en el mismo Acto Administrativo de designación o de otorgamiento de fondo"; Que por medio del Expediente Electrónico Nº 4541083/DGCEM/2014, la Dirección General Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público comunica el cese, designación y ratificación de responsables de rendición de fondos;

Página Nº 37Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que atento lo expuesto, y a los fines que la Dirección General Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público pueda contar con la libre disposición de los fondos correspondientes a la Caja Chica Común y Gastos de Movilidad resulta necesario designar a los funcionarios responsables de la administración y rendición de los mismos. Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por la Ley N° 4.013 y el Decreto N° 488/13,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE

Artículo 1º.- Cese como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad de la Dirección General Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público el señor Néstor Julio Pan, DNI N° 8.511.921, quien fuera designado mediante Resolución N° 688/MAYEPGC/10 y ratificado por Resolución N° 237/MAYEPGC/11. Artículo 2°.- Desígnense como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad de la Dirección General Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público al señor Eduardo Rafael Somoza, DNI N° 12.497.890, y a la señora Laura Stella Maris Medina, DNI N° 22.302.550. Artículo 3°.- Ratifíquense como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad de la Dirección General Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público al señor Ricardo José Fernández, DNI N° 8.248.868, designado mediante Resolución N° 688/MAYEPGC/10 y ratificado por Resolución N° 237/MAYEPGC/11 y la señora Silvina Valeria Perrupato, DNI N° 26.328.621, designada mediante Resolución N°237/MAYEPGC/11. Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Contaduría del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido archívese. Cenzón

RESOLUCIÓN N.° 733/MAYEPGC/14

Buenos Aires, 25 de abril de 2014 VISTO: Las Leyes Nº 992, Nº 1854 y N° 4.013, el Decreto Nº 424/GCBA/09, las Resoluciones Nº 971/MAYEPGC/09, Nº 577/MAYEPGC/13, y Nº 2/MAYEPGC/14, el Expediente Electrónico N° -2014- 04668093-MGEYA-DGREC y CONSIDERANDO:

Página Nº 38Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Que por el Expediente citado en el visto, tramita la presentación efectuada por la Cooperativa de Provisión de Servicios para Recolectores "El Ceibo" Limitada mediante la que solicita la aprobación del Subproyecto "Recuperador Ambiental" vinculado al

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"Proyecto Global de Recolección Diferenciada de Residuos Sólidos Urbanos Secos", aprobado por Resolución Nº 577/MAyEPGC/13, ampliado posteriormente por diversos actos administrativos y prorrogado por todo el año 2014 mediante Resolución N° 2/MAyEPGC/14, y el otorgamiento de un subsidio para posibilitar la ejecución de las actividades que específicamente describe el Subproyecto en los términos del Decreto N° 424/GCABA/09; Que por la Ley N° 992 se declara Servicio Público a los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se prevé la incorporación de los recuperadores de residuos reciclables al proceso de recolección diferenciada, así como el cumplimiento de los objetivos que específicamente la norma enumera; Que por dicha norma se crea el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR) y el Registro Permanente de Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME); Que, asimismo, la citada Ley dispone la implementación de programas de actuación y capacitación destinados a todos los inscriptos en el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR), con el objeto de proteger la salud, la higiene y la seguridad laborales y de promocionar una adecuada planificación de la actividad con miras a evitar que su desarrollo redunde en menoscabo de la limpieza de la Ciudad; Que, a su vez, mediante la Ley N° 1854 de "Gestión integral de residuos sólidos urbanos - Basura Cero", se estableció que uno de sus objetivos generales es desarrollar instrumentos de planificación, inspección y control con participación efectiva de los recuperadores urbanos, que favorezcan la seguridad, la eficacia, la eficiencia y la efectividad de las actividades de gestión de los residuos; Que, en el Capítulo XII de la citada norma, el Artículo 43 determina que: "Tendrán garantizada la prioridad e inclusión en el proceso de recolección y transporte de los residuos sólidos urbanos secos y en las actividades de los centros de selección, los recuperadores urbanos, en los términos que regula la Ley N° 992, los que deberán adecuar su actividad a los requisitos que establece la presente, de acuerdo con las pautas que establezca la reglamentación, impulsando su adecuación y de acuerdo con los diferentes niveles de organización que ostenten, con la asistencia técnica y financiera de programas dependientes del Poder Ejecutivo";

Que, a continuación, el Artículo 44 dispone que "La Ciudad adoptará las medidas necesarias para establecer líneas de crédito y subsidios destinados a aquellas cooperativas de recuperadores urbanos inscriptas en el Registro Permanente de Cooperativas y de Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME)..."; Que el artículo 48 de la Ley N° 1.854 establece que "Es autoridad de aplicación de la presente el organismo de más alto nivel con competencia en materia ambiental que determine el Poder Ejecutivo."; Que, a su vez, la Ley N° 4.013 de Ministerios de la Ciudad de Buenos Aires, determina, entre las misiones y funciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, la de: "...Actuar como autoridad de aplicación de las leyes relacionadas con la materia ambiental..."; Que el subsidio solicitado se enmarca en las previsiones del Decreto N° 424/09, que crea el "Programa para Entes dedicados a la Recuperación de Materiales Reciclables y Reutilizables, en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público", destinado a subsidiar a los recuperadores urbanos inscriptos en el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR) y a las cooperativas que se dediquen a la recuperación y al reciclado de productos y materiales dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se encuentren inscriptas en el Registro Permanente de Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME), en todo lo que resulte necesario para el adecuado cumplimiento de la actividad principal por ellas desarrollada;

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Que las normas referidas dan cuenta de que es política del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires colaborar con las cooperativas y empresas inscriptas en el Registro Permanente de Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME) y que se hallen incorporadas al proceso de recolección diferenciada del Servicio de Higiene Urbana de la Ciudad en la provisión de los materiales necesarios para el adecuado cumplimiento de la actividad por ellas desarrollada; Que por su parte, mediante Resolución N° 978/MAYEPGC/12 se reconoció a la Cooperativa de Provisión de Servicios para Recuperadores Urbanos "El Ceibo" Limitada como prestadora del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Secos en zona preexistente de conformidad con el artículo 7° del Pliego de Bases y Condiciones para el Concurso Público para la Contratación del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Secos, aprobado mediante Decreto N° 636/2010; Que mediante Resolución N° 577/MAYEPGC/13, se aprobó el "Proyecto Global de Recolección Diferenciada de Residuos Sólidos Urbanos Secos", otorgándose asimismo un subsidio a los fines de afrontar los gastos del mentado proyecto; Que mediante Expediente Electrónico EX -2014-04668093-MGEYA-DGREC, se presenta la Cooperativa de Provisión de Servicios para Recolectores "El Ceibo" Limitada, solicitando se apruebe el Subproyecto "Recuperador Ambiental" y se otorgue un subsidio a los fines de posibilitar la ejecución de las actividades descriptas en el Subproyecto mencionado; Que la Dirección General de Reciclado, mediante Providencia Nº 4675279/DGREC/14, luego de evaluar los fundamentos del requerimiento y la necesidad mencionada, y analizar pormenorizadamente la viabilidad del pedido concluye fundadamente que procede admitirlo dentro de los límites y de acuerdo con las condiciones que allí propone, entendiendo que corresponde la aprobación del Subproyecto "Recuperador Ambiental"; Que, continúa dicha repartición aduciendo que, la implementación de tal Subproyecto será progresiva, conforme a la designación de nuevas rutas de recolección y la respectiva colocación de campanas verdes por parte de las comunas que se encuentran a cargo de dicha Dirección, motivo por el cual a medida que se incremente la instalación de campanas verdes en las zonas establecidas se incorporarán los Recuperadores Ambientales que sean requeridos por la Cooperativa; Que, asimismo, la Dirección manifiesta que la implementación del Subproyecto generará el beneficio de obtener un incentivo mayor como consecuencia de llevar adelante un nuevo rol por parte de los Recuperadores Ambientales, desempeñando la actividad de un modo diferente, con mayores obligaciones, mayor capacitación al respecto y organización, generando esto una jerarquización de la actividad. Que a su vez, dicha Dirección General indica que la Cooperativa en cuestión ha cumplido con los requisitos formales establecidos en la Resolución N° 971/MAYEPGC/2009; Que, sobre la base del Subproyecto presentado y del análisis de los costos en él involucrados, la Dirección General de Reciclado estima que el monto total del subsidio correspondiente al Subproyecto "Recuperador Ambiental", vinculado al "Proyecto Global de Recolección Diferenciada de Residuos Sólidos Urbanos Secos", es de hasta la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y UN MIL ($141.000.-) mensuales a partir del mes de Octubre de 2013; Que, no obstante lo expuesto, cabe supeditar el efectivo desembolso del subsidio a la previa suscripción de una addenda al convenio oportunamente suscripto entre el Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por el Director General de Reciclado, y Cooperativa de Provisión de Servicios para Recolectores "El Ceibo" Limitada, mediante el cual se acuerden las condiciones que dicha cooperativa deberá cumplir antes y después del otorgamiento efectivo del subsidio, así como otros aspectos vinculadas con la operación; Que conforme surge de las constancias agregadas en los presentes actuados, obra la debida intervención de la Subsecretaría de Higiene Urbana;

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Que el artículo 14 de la Ley Nº 4.013 faculta a los señores Ministros a delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de sus respectivas áreas en los funcionarios que determinen conforme con su organización. Que, por todo lo expuesto, y en virtud de las facultades que resultan de lo dispuesto por el Decreto N° 424/09,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLCIO RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el Subproyecto "Recuperador Ambiental" vinculado al "Proyecto Global de Recolección Diferenciada de Residuos Sólidos Urbanos Secos", presentado por la Cooperativa de Provisión de Servicios para Recolectores "El Ceibo" Limitada, que como Anexo I (IF-2014-4877528-DGTALMAEP)forma parte de la presente. Artículo 2º.- Páguese el subsidio concedido a la Cooperativa de Provisión de Servicios para Recolectores "El Ceibo" Limitada, en el marco del Subproyecto "Recuperador Ambiental" vinculado al "Proyecto Global de Recolección Diferenciada de Residuos Sólidos Urbanos", aprobado por Resolución N° 577/MAyEPGC/13, modificado por

diversos actos administrativos y prorrogado por todo el año 2014 por Resolución N° 2/MAyEPGC/14, en hasta la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y UN MIL ($141.000.-) mensuales a partir del mes de Octubre de 2013; Artículo 3º.- Supedítase la vigencia de lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente a la suscripción de una addenda al convenio ya suscripto con la Cooperativa de Provisión de Servicios para Recolectores "El Ceibo" Limitada, a los efectos de acordar las condiciones en las que el subsidio será efectivizado, así como su destino y las demás circunstancias que conciernen a su efectiva implementación. Artículo 4º.- A los efectos indicados en el Artículo 2º, apruébase el texto de la addenda a ser suscripta por el Director General de Reciclado y Cooperativa de Provisión de Servicios para Recolectores "El Ceibo" Limitada, que como Anexo II (IF-4879402-DGTALMAEP/14) forma parte integrante de la presente. Artículo 5°.- Delégase en el Director General de Reciclado la facultad de modificar los artículos enumerados en el Capítulo II y el Capítulo III del Anexo II (IF - 2014-4879402-DGTALMAEP). Artículo 6º: Páguense oportunamente los importes del impuesto establecido por el Artículo 1° de la Ley Nacional N° 25.413, en lo que específicamente se vincule con los montos totales que mensualmente corresponda depositar para el efectivo pago del subsidio precedentemente aprobado, así como las comisiones bancarias correspondientes. Artículo 7º: El monto de la transferencia comprometida en el proyecto de la addenda aprobada se imputará a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio en vigor. Artículo 8º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales de Reciclado, de Contaduría y de Tesorería. Asimismo, notifíquese a la Cooperativa beneficiaria del subsidio. Cumplido, archívese. Cenzón

ANEXO

RESOLUCIÓN N.° 734/MAYEPGC/14

Buenos Aires, 25 de abril de 2014 VISTO:

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Las Leyes Nº 992, Nº 1854 y N° 4.013, el Decreto Nº 424/GCBA/09, las Resoluciones Nº 971/MAYEPGC/09, Nº 1003/MAYEPGC/09, Nº 1409/MAyEPGC/2013, y Nº 2/MAYEPGC/14, el Expediente Electrónico N° 4591555-DGREC/2014 y

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CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto, tramita la presentación efectuada por la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada mediante la que solicita la incorporación de Recuperadores Ambientales al Subproyecto "Recuperador Ambiental", aprobado mediante Resolución N° 1409/MAyEPGC/2013, y el otorgamiento de un subsidio en los términos del Decreto 424/09 y de su reglamentación, vinculado al "Proyecto Reciclando Buenos Aires", aprobado mediante Resolución Nº 1003/MAyEPGC/09, ampliado posteriormente por diversos actos administrativos y prorrogado por todo el año 2014 mediante Resolución N° 2/MAyEPGC/14; Que por la Ley N° 992 se declara Servicio Público a los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se prevé la incorporación de los recuperadores de residuos reciclables al proceso de recolección diferenciada, así como el cumplimiento de los objetivos que específicamente la norma enumera; Que por dicha norma se crea el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR) y el Registro Permanente de Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME); Que, asimismo, la citada Ley dispone la implementación de programas de actuación y capacitación destinados a todos los inscriptos en el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR), con el objeto de proteger la salud, la higiene y la seguridad laborales y de promocionar una adecuada planificación de la actividad con miras a evitar que su desarrollo redunde en menoscabo de la limpieza de la Ciudad; Que, a su vez, mediante la Ley N° 1854 de "Gestión integral de residuos sólidos urbanos - Basura Cero", se estableció que uno de sus objetivos generales es desarrollar instrumentos de planificación, inspección y control con participación efectiva de los recuperadores urbanos, que favorezcan la seguridad, la eficacia, la eficiencia y la efectividad de las actividades de gestión de los residuos; Que, en el Capítulo XII de la citada norma, el Artículo 43 determina que: "Tendrán garantizada la prioridad e inclusión en el proceso de recolección y transporte de los residuos sólidos urbanos secos y en las actividades de los centros de selección, los recuperadores urbanos, en los términos que regula la Ley N° 992, los que deberán adecuar su actividad a los requisitos que establece la presente, de acuerdo con las pautas que establezca la reglamentación, impulsando su adecuación y de acuerdo con los diferentes niveles de organización que ostenten, con la asistencia técnica y financiera de programas dependientes del Poder Ejecutivo";

Que, a continuación, el Artículo 44 dispone que "La Ciudad adoptará las medidas necesarias para establecer líneas de crédito y subsidios destinados a aquellas cooperativas de recuperadores urbanos inscriptas en el Registro Permanente de Cooperativas y de Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME)..."; Que el artículo 48 de la Ley N° 1.854 establece que "Es autoridad de aplicación de la presente el organismo de más alto nivel con competencia en materia ambiental que determine el Poder Ejecutivo."; Que, a su vez, la Ley N° 4.013 de Ministerios de la Ciudad de Buenos Aires, determina, entre las misiones y funciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, la de: "...Actuar como autoridad de aplicación de las leyes relacionadas con la materia ambiental...";

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Que el subsidio solicitado se enmarca en las previsiones del Decreto N° 424/09, que crea el "Programa para Entes dedicados a la Recuperación de Materiales Reciclables y Reutilizables, en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público", destinado a subsidiar a los recuperadores urbanos inscriptos en el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR) y a las cooperativas que se dediquen a la recuperación y al reciclado de productos y materiales dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se encuentren inscriptas en el Registro Permanente de Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME), en todo lo que resulte necesario para el adecuado cumplimiento de la actividad principal por ellas desarrollada; Que por su parte, resulta oportuno recordar que, mediante Resolución N° 899/MAyEPGC/2012, se aprobó el Concurso Público N° 1-SIGAF/2010 referente al Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos - Fracción Secos, adjudicándose a la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada las zonas 01 y 02 de la licitación citada; Que, asimismo, mediante Resolución N° 978/MAYEPGC/12 se reconoció a la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada como prestadora del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Secos en zona preexistente de conformidad con el artículo 7° del Pliego de Bases y Condiciones para el Concurso Público para la Contratación del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Secos, aprobado mediante Decreto N° 636/2010; Que, en este contexto, por Resolución N° 1003/MAYEPGC/09, se aprobó el "Proyecto Reciclando Buenos Aires", modificado por diversos actos administrativos siendo el último aprobado mediante Resolución 1282/MAYEPGC/2013; Que posteriormente, mediante Resolución N° 1409/MAyEPGC/2013, se aprobó el Subproyecto "Recuperador Ambiental" y se otorgó un subsidio de hasta la suma de PESOS NOVECIENTOS VEINTIUN MIL ($921.000) mensuales a partir del mes de Diciembre de 2013; Que mediante Expediente Electrónico N° 4.591.555-DGREC/14, se presenta la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada, solicitando la incorporación de Recuperadores Ambientales al Subproyecto "Recuperador Ambiental" y el otorgamiento de un subsidio, incrementando así el monto aprobado mediante Resolución N° 1409/MAyEPGC/2013; Que la Dirección General de Reciclado, ha tomado intervención en el marco de sus funciones mediante Providencia Nº 4.591.813-DGREC/14, y luego de evaluar los fundamentos del requerimiento y la necesidad mencionada, considera procedente la incorporación de asociados al Subproyecto en cuestión toda vez que se ha avanzado

en el proceso de contenerización de campanas verdes por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, por lo expuesto, dicha repartición concluye que el pedido se encuentra fundamentado y procede admitirlo dentro de los límites y de acuerdo con las condiciones que allí expone; Que a su vez, dicha Dirección General indica que la Cooperativa en cuestión ha cumplido con los requisitos formales establecidos en la Resolución N° 971/MAYEPGC/2009; Que, sobre la base del Subproyecto presentado y del análisis de los costos en él involucrados, la Dirección General de Reciclado estima conveniente la incorporación de Recuperadores Ambientales y el consiguiente aumento del subsidio otorgado en el marco del Subproyecto "Recuperador Ambiental", vinculado al "Proyecto Reciclando Buenos Aires", en hasta la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($750.000.-) mensuales a partir del mes de Marzo del corriente, haciendo un total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL ($1.671.000.-); en hasta la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL ($753.000) mensuales a partir del mes de Abril del corriente, haciendo un total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL ($2.424.000.-); y en hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA MIL ($690.000) mensuales a partir del mes de Mayo del corriente, haciendo un total de PESOS TRES MILLONES CIENTO CATORCE MIL ($3.114.000.-);

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Que, no obstante lo expuesto, cabe supeditar el efectivo desembolso del subsidio a la previa suscripción de una addenda al convenio oportunamente suscripto entre el Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por el Director General de Reciclado, y Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada, mediante el cual se acuerden las condiciones que dicha cooperativa deberá cumplir antes y después del otorgamiento efectivo del subsidio, así como otros aspectos vinculadas con la operación; Que conforme surge de las constancias agregadas en los presentes actuados, obra la debida intervención de la Subsecretaría de Higiene Urbana; Que el artículo 14 de la Ley Nº 4.013 faculta a los señores Ministros a delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de sus respectivas áreas en los funcionarios que determinen conforme con su organización. Que, por todo lo expuesto, y en virtud de las facultades que resultan de lo dispuesto por el Decreto N° 424/09,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE

Artículo 1º.- Increméntase en hasta la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($750.000.-) mensuales a partir del mes de Marzo del corriente; en hasta la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL ($753.000) mensuales a partir del mes de Abril del corriente; y en hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA MIL ($690.000) mensuales a partir del mes de Mayo del corriente; el subsidio otorgado a la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros en el marco del Subproyecto "Recuperador Ambiental", vinculado al Proyecto "Reciclando Buenos Aires", aprobado mediante Resolución Nº 1409/MAyEPGC/2013, y prorrogado por todo el año 2014 mediante la Resolución Nº 2/MAyEPGC/2014; haciendo un total

de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL ($1.671.000.-) mensuales a partir del mes de Marzo del corriente; un total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL ($2.424.000.-) mensuales a partir del mes de abril del corriente; y un total de PESOS TRES MILLONES CIENTO CATORCE MIL ($3.114.000.-) mensuales a partir del mes de mayo del corriente. Artículo 2º.- Supedítase la vigencia de lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente a la suscripción de una addenda al convenio ya suscripto con la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada, a los efectos de acordar las condiciones en las que el subsidio será efectivizado, así como su destino y las demás circunstancias que conciernen a su efectiva implementación. Artículo 3º.- A los efectos indicados en el Artículo 2º, apruébase el texto de la addenda a ser suscripta por el Director General de Reciclado y Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada, que como Anexo I (IF N° 4818444-DGTALMAEP/14) forma parte integrante de la presente. Artículo 4º: Páguense oportunamente los importes del impuesto establecido por el Artículo 1° de la Ley Nacional N° 25.413, en lo que específicamente se vincule con los montos totales que mensualmente corresponda depositar para el efectivo pago del subsidio precedentemente aprobado, así como las comisiones bancarias correspondientes. Artículo 5º: El monto de la transferencia comprometida en el proyecto de la addenda aprobada se imputará a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio en vigor. Artículo 6º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales de Reciclado, de Contaduría y de Tesorería. Asimismo, notifíquese a la Cooperativa beneficiaria del subsidio. Cumplido, archívese. Cenzón

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.º 735/MAYEPGC/14

Buenos Aires, 25 de abril de 2014

VISTO: La Ley N° 2.095 y su modificatoria la Ley N° 4.764, los Decretos Nros. 95/14, 135/14, la Resolución N° 651-MAYEPGC/14, el Expediente Nº 7.056.935/13, y CONSIDERANDO: Que por el actuado indicado en el Visto tramita la Licitación Pública para la contratación del “Servicio de Limpieza y Mantenimiento Integral, Destinado a la conservación de las Estaciones de cada uno de los Corredores del Metrobus de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires“, al amparo de los términos de la Ley N ° 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764 y su Decreto Reglamentario N° 95/14; Que mediante Disposición N° 171-DGCYC/08 se aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Decreto Nº 135/14, el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas, y sus respectivos Anexos, autorizando al señor Ministro de Ambiente y Espacio Público a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública, así como también a efectuar lo enunciado en el artículo 3º del mencionado Decreto; Que en este marco, mediante la Resolución N° 651-MAYEPGC/14 se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 465-SIGAF/2014 para el día 29 de abril de 2014 a las 12:00 horas, designando asimismo a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas; Que por cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia resulta necesario postergar el antedicho llamado, conforme lo manifestado mediante el Informe N° 2014-04855889-DGTALMAEP; Que, asimismo, en virtud de lo normado por el artículo 33° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares licitatorios, corresponde dictar el acto administrativo de postergación; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 135/14,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1°.- Postérgase la fecha de Apertura de Ofertas de la Licitación Pública Nº 465-SIGAF/2014, que se encontraba prevista para el día 29 de abril de 2014 a las 12:00 horas, para el día 13 de mayo de 2014 a las 12:00 horas. Artículo 2º.- Notifíquense los términos de la presente Resolución a todos los adquirentes de los Pliegos de Bases y Condiciones que rigen en la Licitación Pública en cuestión, como así también a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los organismos establecidos en el artículo 93 de la Ley N° 2.095, modificada por la Ley N° 4.764 y su Decreto Reglamentario N° 95/14.

Artículo 3°.- Publíquese la postergación ordenada en el artículo 1° de la presente Resolución, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de tres (3) días, con nueve (9) días de anticipación yen el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 2.095, modificada por la Ley N° 4.764 y su Decreto Reglamentario N° 95/14.

Página Nº 45Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Exhíbase copia de la presente Resolución en la Cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, remítanse las actuaciones a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público, para la prosecución de su trámite. Cenzón

RESOLUCIÓN N.° 65/SSADM/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO: La Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 2.095, su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/2014 y su modificatoria la Ley N° 4.764, la Resolución N° 59/SSADM/14, el Expediente Electrónico Nº 04144731-DGTALMAEP/2014, la Licitación Pública Nº 8503-0219-LPU14 y CONSIDERANDO: Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto, tramita la "Provisión de Farolas de Iluminación Urbana LED con Telegestión y su Integración al Sistema Integrado de Telegestión del Sistema de Alumbrado Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" con destino a la Dirección General Alumbrado del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por Resolución N° 59/SSADM/14 el Subsecretario de Administración del Ministerio de Ambiente y Espacio Público aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el de Especificaciones Técnicas, y realizó el llamado a Licitación Pública Nº 8503-0219-LPU14 para el día 28 de Abril de 2014 a las 12.00 horas, dentro de los lineamientos previstos en la Ley N° 2.095 y su Decreto reglamentario N° 95/14 y su modificatoria, la Ley N° 4764; Que por cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia, se considera conveniente postergar la fecha de Apertura de Ofertas; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 95/GCBA/14,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION

DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1º.- Postérguese la fecha de Apertura de Ofertas de la Licitación Pública Nº 8503-0219-LPU14, que se encontraba prevista para el día 28 de Abril de 2014 a las 12:00 horas, para el día 06 de Mayo a las 12:00 horas del corriente año. Artículo 2º.- Publíquese la postergación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de dos (2) días, con cuatro (4) días de anticipación y en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 3º.- Notifíquese los términos de la presente a todas las firmas adquirentes del Pliego de Bases y Condiciones que rige la licitación en cuestión.

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Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Exhíbase copia de la presente Resolución en la Cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Alumbrado. Emítanse las notificaciones indicadas en el artículo 93° de la Ley N° 2.095, y su Decreto Reglamentario N° 95/14. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de

Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público en prosecución del trámite. Greco

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Ministerio de Modernización

RESOLUCIÓN N.º 274/MMGC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: Las Leyes Nº 3.304 y N° 4.013, los Decreto Nros. 589/GCABA/09, 765/GCABA/10 y 282/GCABA/2013 y el Expediente Nº 4502435-2014-SSGPM, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 3.304 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de modernización administrativa; Que la citada ley en el Capítulo III, Título II del Anexo I refiere a "Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación"; Que en el punto 6.2 "Firma Electrónica y Digital" de dicho capítulo se expresa que el objetivo de la ley es "Agilizar la gestión de la administración pública... garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos, emanados tanto de la administración como de los administrados, mediante el uso de la firma electrónica y la firma digital"; Que en ese marco, entre las actividades del punto 6.3 "Digitalización de procesos administrativos" se dispuso en el punto 3. "Documento Electrónico: propiciar la utilización de documentos administrativos electrónicos firmados digital o electrónicamente"; Que asimismo dicha ley en el Capítulo IV Título II del Anexo I refiere a "De la Gestión Integral de los Recursos Humanos"; Que en el punto 7.1 "Legajo Único del Personal Informatizado" de dicho capítulo se expresa que el objetivo de la ley es "Satisfacer necesidades de información y guarda de la documentación certificadora, correspondiente a las personas que prestan servicios personales a la Administración Pública de la Ciudad, así como el cumplimiento de diversas exigencias normativas que ésta debe honrar como empleadora o contratista, mediante la implantación de un régimen actualizado e integral de administración de Legajo Único Personal Informatizado"; Que, en ese marco, entre las actividades se dispuso en los puntos 1 y 2 "Establecer un régimen de Administración Integral del Legajo Unico Personal Informatizado obligatorio, para toda persona que mantenga vinculación en la prestación de servicios personales a favor de la Administración Pública de la Ciudad" y "Digitalizar progresivamente y validar mediante firma electrónica la documentación requerida por exigencias legales o de auditoría"; Que, por su parte la Ley de Ministerios Nº 4.013 en el artículo 26 designa al Ministerio de Modernización como la autoridad de aplicación del referido Plan de Modernización de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que asimismo dicho artículo establece que corresponde al Ministerio de Modernización diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;

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Que en ese sentido, en el ámbito de la Administración Central por Decreto Nº 589/GCABA/09 se aprobó la implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos - SADE - como sistema de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 765/GCABA/10 se instruyó a todos los organismos del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar el módulo GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS -GEDO- como medio de creación, registro y archivo de informes y providencias; Que posteriormente por Decreto Nº 282/GCABA/2013 se instruyó a todos los organismos del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar el módulo "LEGAJO UNICO ELECTRÓNICO" (LUE) como único medio de creación, guarda y archivo de todos los documentos electrónicos correspondientes a los agentes que se desempeñan en el ámbito del Poder Ejecutivo; Que dicha norma fijó el alcance de la misma a todos los agentes de planta permanente o transitoria del Poder Ejecutivo de la CABA, en todos sus escalafones salvo el Docente; Que en esta instancia de modernización del proceso en cuestión, corresponde establecer las fechas y organismos que progresivamente comenzarán a utilizar el Módulo “LEGAJO UNICO ELECTRONICO“ del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE; Que por su parte, el Decreto Nº 282/GCABA/2013 facultó al Ministro de Modernización a establecer los organismos y las fechas en que deberán a comenzar a utilizar el módulo en cuestión. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE MODERNIZACION RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese que a partir del 5 de mayo del corriente los Ministerios de Salud y Educación deberán comenzar a utilizar el módulo "LEGAJO UNICO ELECTRONICO (LUE)" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), para la creación, guarda y archivo de todos los documentos electrónicos correspondientes a agentes que se desempeñan en la misma. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango equivalente, remítase a la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese. Ibarra

RESOLUCIÓN N.º 275/MMGC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 4013, los Decretos Nros. 684/2009, 335/2011, 571/2011, 660/2011 y sus modificatorios, y el E.E. Nº 2497673/2014 (SSEE), y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 684/2009, se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que sería de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo;

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Que posteriormente por Decreto Nº 335/2011, se modifica el artículo 3, del Decreto Nº 684/2009, el cual especifica que los cargos Gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que oportunamente por el artículo 4 del Decreto Nº 571/2011, se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que por la Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 660/2011 y modificatorios, fue aprobada la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo los cargos para los niveles de Gerentes y Subgerentes, entre otros, del Ministerio de Educación; Que según surge de los presentes actuados la señora María Cristina Gorchs, D.N.I. 14.495.665, CUIL. 27-14495665-1, legajo personal 307.690, presentó su renuncia a partir del 31 de enero de 2014, al cargo de Gerente Operativa, de la Gerencia Operativa Primera Infancia, de la Dirección General de Estrategias para la Educabilidad, de la Subsecretaría de Equidad Educativa; Que asimismo, el citado Ministerio propicia a partir del 1 de febrero de 2014, la cobertura del cargo que nos ocupa, en forma transitoria, por la señora Silvina Geraldine Kahan, D.N.I. 32.318.802, CUIL. 27-32318802-0, hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad del personal propuesto para la cobertura del cargo transitorio, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley Nº 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en dicha situación de revista y realizado el alta que fuera necesaria para incorporar a la persona propuesta para la cobertura del cargo Gerencial transitorios en cuestión; Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Acéptase a partir del 31 de enero de 2014, la renuncia presentada por la señora María Cristina Gorchs, D.N.I. 14.495.665, CUIL. 27-14495665-1, legajo personal 307.690, al cargo de Gerente Operativa, de la Gerencia Operativa Primera Infancia, de la Dirección General Estrategias para la Educabilidad, de la Subsecretaría de Equidad Educativa, del Ministerio de Educación, deja partida 5501.0004.W.08, reintegrándosela a los cargos de Maestra Sección, turno doble, titular, Escuela Infantil N° 4, D.E. N° 11, Hospital General de Agudos "Parmenio Piñeiro", del Ministerio de Salud, partida 0011.0454.0906, y como Profesora Transitoria en el Programa Inclusión Educativa, con 14 horas, partida 5580.9004.0897. Artículo 2.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 1 de febrero de 2014, a la señora Silvina Geraldine Kahan, D.N.I. 32.318.802, CUIL. 27-32318802-0, como Gerente Operativa, de la Gerencia Operativa Primera Infancia, de la Dirección General Estrategias para la Educabilidad, de la Subsecretaría de Equidad Educativa, del Ministerio de Educación, partida 5580.0120.W.08, de acuerdo con lo establecido por los Decretos Nros. 684/2009 y 335/2011. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Estrategias para la Educabilidad, a la Subsecretaría de Equidad Educativa, al Ministerio de Educación, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra

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RESOLUCIÓN N.º 276/MMGC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: El Decreto Nº 263/2010, la Disposición Nº 82/DGCG/2010, la Nota Nº 04682457-DGRELAB-2014, y el Expediente Electrónico 04690263/MGEYA/DGTALMOD/2014, y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 263-GCBA-2010, se creó el Sistema de Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en el marco del mencionado Decreto en su artículo 2º, se establece que la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda es el Órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental, dotando a la citada dependencia, de facultades para dictar la pertinente reglamentación, conforme surge del artículo 5º; Que a los fines de su implementación, el anexo del citado párrafo anterior, determina en su artículo 3º, la necesidad de crear en cada repartición dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como en los Organismos Descentralizados, Unidades de Servicio Patrimonial de Segundo Orden, como así también la creación de Unidades de Tercer y Cuarto Orden en los casos de que cada dependencia del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires lo crea conveniente, coordinada por el Servicio Patrimonial de Primer Orden que debe organizarse en cada OGESE; Que la designación de agentes responde a la máxima autoridad de cada repartición, debiendo comunicarse fehacientemente su identidad al Órgano Rector del Sistema; Que la Disposición Nº 82/DGCG/10 aprueba la reglamentación del referido Sistema, disponiendo en su Artículo 3º que los Servicios Patrimoniales de Segundo Orden son Unidades de Registro y tienen responsabilidad patrimonial, estando a cargo de al menos 2 (dos) agentes de planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que de acuerdo a lo informado por Nota Nº 4682457/DGRELAB/14, la Dirección General de Relaciones Laborales no puede cumplir en un todo con tal requisito, solicita se designe excepcionalmente personal que no reviste en tal categoría mediante acto de administrativo correspondiente. Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE MODERNIZACION RESUELVE

Artículo 1°.- Designar con carácter de excepción y a al amparo del Artículo 3º de la Disposición Nº 82-DGCG-2010, a la Señora Mariana Jimenez, DNI Nº 29.193.231 y al Señor Sergio Meza, DNI Nº 21.832.096, como responsables de los Servicios Patrimoniales de Segundo Orden de la Dirección General de Relaciones Laborales. Artículo 2°.- Establécese que ambas personas podrán realizar tareas inherentes a su designación, actuando en forma conjunta, indistinta, sucesiva o alternada.

Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y pase a conocimiento y demás efectos, a la Dirección General de Contaduría General. Cumplido, archívese. Ibarra

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RESOLUCIÓN N.º 277/MMGC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: El Decreto N°67-GCABA-10, el Decreto Nº 660-GCABA-11, la Resolución N°18-MMGC-2012, la Resolución N°606-MMGC-2013; la Resolución N°881-MMGC-2013; Disposición N° 9-DGCG-2010, la Disposición Nº 183-DGCG-13, y el Expediente N° EX-2014-04508073-MGEYA-ISC y; CONSIDERANDO: Que, por Decreto N°660-GCBA-2011 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánica funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el Ministerio de Modernización propicia la designación de los responsables de fondos a percibir en concepto de Caja Chica Común y fondo de Movilidad de las unidades de organización que le dependen; Que, en el punto 2 del Anexo I de la Disposición N° 9-DGCG-2010 y de la Disposición Nº 183-DGCG-13, establece que "los responsables de fondos deberán ser como mínimo dos, de los cuales al menos uno de ellos deberá ser personal de planta permanente. Cuando el máximo responsable de la UNIDAD de ORGANIZACIÓN no pueda cumplir con el requisito de designar al menos un agente de planta permanente como responsable de los fondos deberá solicitar la excepción - debidamente fundamentada- a la máxima autoridad de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado, la que podrá autorizarla de considerarlo conveniente en el mismo Acto Administrativo de designación o de otorgamiento del fondo"; Que, por Resolución N°18-MMGC-2012, se ha designado responsables de fondos del Instituto Superior de la Carrera, Organismo Fuera de Nivel dependiente del Ministerio de Modernización a la Sra. Karina Andrea Chierzi, F.C. N°421.971, D.N.I N° 20.442.448 y a la Sra. Fabiana Alejandra Mas, D.N.I N° 18.417.854; Que, por Resolución N°606-MMGC-2013, se ha ratificado como responsables de fondos del Instituto Superior de la Carrera, Organismo Fuera de Nivel dependiente del Ministerio de Modernización, a la Sra. Karina Andrea Chierzi, F.C. N°421.971, D.N.I N° 20.442.448 y a la Sra. Fabiana Alejandra Mas, D.N.I N° 18.417.854, y designado a la Sra. Paula Monza, DNI 29.656.708, como tercera responsable; Que, asimismo, por Resolución N°881-MMGC-2013, se ha ratificado como responsables de fondos del Instituto Superior de la Carrera, Organismo Fuera de Nivel dependiente del Ministerio de Modernización, a la Sra. Karina Andrea Chierzi, F.C. N°421.971, D.N.I N° 20.442.448 y a la Sra. Paula Monza, DNI 29.656.708, procediendo a la baja de la Sra. Fabiana Alejandra Mas, D.N.I N° 18.417.854 y designando en su lugar al Sr. Matías Panaccio, DNI 23.329.927, como tercer responsable; Que, por Expediente N° EX-2014-04508073-MGEYA-ISC, la Coordinadora General Ejecutiva de la repartición a la que se alude, ha propiciado la designación de un nuevo responsable de fondos y la baja del Sr. Matías Panaccio, DNI N° 23.329.927, como responsable de fondos por razones operativas y de organización interna;

Por ello, en el uso de las facultades legales que le son propias,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE:

Artículo 1.- Ratifíquese a la Sra. Karina Andrea Chierzi, F.C. N°421.971, D.N.I N° 20.442.448 y a la Sra. Paula Monza, DNI N° 29.656.708, como responsables de fondos de CAJA CHICA COMÚN Y MOVILIDAD del Instituto Superior de la Carrera, Organismo Fuera de Nivel, de este Ministerio de Modernización.

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Artículo 2.- Dése de baja al Sr. Matías Panaccio, DNI N° 23.329.927, como Responsable de Fondos del Instituto Superior de la Carrera, Organismo Fuera de Nivel, de este Ministerio de Modernización. Artículo 3.- Desígnese a la Sra. Natalí Kronengold, DNI N° 31.963.112, Coordinadora Técnica Administrativa y Legal del Instituto Superior de la Carrera, como tercera responsable de fondos de CAJA CHICA COMÚN Y MOVILIDAD de la repartición mencionada. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y al Instituto Superior de la Carrera para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Ibarra

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Secretaría de Gestión Comunal y Atención

Ciudadana

RESOLUCIÓN N.° 139/SECGCYAC/14

Buenos Aires, 21 de abril de 2014 VISTO: la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, los Decretos N° 1254-GCBA/08, N° 1132- GCBA/08, N° 481/GCBA/2011, Nº 49/GCBA/2013 y N° 590-GCBA/12, el Expediente N° 4.027.102/2013; y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto, tramita la Licitación Pública Nº 262/SIGAF/2014, para la contratación de la obra "Puesta en Valor de Explanada Ingreso a Cementerio de la Chacarita y Paseo de Flores", al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08; Que la referida obra tiene por objetivo general recuperar y jerarquizar el área de acceso al Cementerio del barrio de Chacarita de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre la Av. Guzmán; Que en líneas generales la obra contempla la generación de ampliaciones en la acera frente a la entrada peatonal, rectificando el carril vehicular en sentido oeste-este y reubicando los puestos de flores existentes bajo un nuevo tipo de equipamiento; Que a los fines propuestos, corresponde adoptar las acciones pertinentes para la realización de la contratación de la obra de referencia; Que el plazo de ejecución de la Obra es de ciento cincuenta (150) días corridos, contados a partir del Acta de Inicio; Que el presupuesto oficial actualizado de la referida obra asciende a la suma total de pesos catorce millones trescientos ochenta y ocho mil ciento dieciséis con 25/00 ($ 14.388.116,25); Que obra en las actuaciones la registración presupuestaria correspondiente a los años 2014 y 2015; Que mediante el Decreto Nº 1254/GCBA/08 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Obras Mayores; Que, la Dirección General de Obras Comunales dependiente de la Subsecretaría de Espacio Público Comunal, en su carácter de organismo técnico, confeccionó los Datos de la Obra, la Memoria Descriptiva, los Pliegos de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, los planos de aplicación, la estructura de ponderación de insumos y la planilla de cómputo y presupuesto; Que oportunamente se dio la intervención ordenada por el art. 5º del Decreto Nº 49/GCBA/2013; Que conforme lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Nacional N° 13.064, la presente Licitación deberá anunciarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Que, asimismo, la mentada norma establece que en aquellos casos en que la situación lo amerita, se pueden reducir los plazos de publicación y de anticipación de la convocatoria establecidos en la misma; Que en función de lo solicitado por la Dirección General de Coordinación Comunal y Atención Ciudadana, avalado y ampliado por la Dirección General de Obras

Comunales, la documentación complementaria referente a los reclamos de los vecinos de la Comuna 15, se entiende que hay argumentos suficientes para la reducción de plazos;

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Que ha tomado la intervención que le compete la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires al amparo de lo establecido en la Ley N° 1218 y el Decreto N° 752/GCBA/08; Que en consecuencia, corresponde aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, los Pliegos de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, como así también los planos que regirán la presente contratación y disponer el pertinente llamado para la Licitación Pública N° 262/SIGAF/2014 referente a la obra "Puesta en Valor de Explanada Ingreso a Cementerio de la Chacarita y Paseo de Flores". Por ello, en un todo de acuerdo a lo previsto en la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064 y en virtud de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto N° 481-GCBA/11,

EL SECRETARIO DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas Generales, y Particulares y los planos para la Obra "Puesta en Valor de Explanada Ingreso a Cementerio de la Chacarita y Paseo de Flores", cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos catorce millones trescientos ochenta y ocho mil ciento dieciséis con 25/00 ($ 14.388.116,25.-). Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública Nº 262/SIGAF/2014 para el día 27 de mayo de 2014 a las 12 hs., en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Secretaría, sita en la Av. de Mayo 591 1º piso, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064. Artículo 3º.- Fíjase como fecha de visita de obra el día 07 de mayo de 2014. Artículo 4°.- Redúzcanse los plazos de anticipación y de publicación de la presente obra. Artículo 5°.- Publíquese por 9 (nueve) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con 14 (catorce) días de anticipación. Artículo 6º.- Establécese que los Pliegos de Bases y Condiciones aprobados por el artículo 1° de la presente, serán gratuitos y podrán ser consultados en el sitio de internet, en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, Av. de Mayo 591 1º piso. Artículo 7°.-. La presentación de ofertas se realizará en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de esta Secretaría hasta las 12 horas del día 27 de mayo de 2014. Artículo 8º.- Facúltase a la Dirección General de Obras Comunales o a quien en el futuro la reemplace, a emitir las Circulares Con y Sin Consulta de carácter técnico y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal a emitir Circulares no técnicas, que resulten necesarias en este procedimiento y las constancias de visita de obra, así como toda otra documentación tendiente a lograr la adjudicación de la presente obra. Artículo 9º.- Remítanse las invitaciones y publíquese la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el artículo

10 de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, en la Cartelera Oficial de la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones y en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Artículo 10°.- Las erogaciones a que dé lugar la obra que se licita, serán imputadas a la partida correspondiente a los ejercicios 2014 y 2015. Artículo 11º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Remítase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Secretaría para la prosecución del trámite licitatorio y comuníquese a la Dirección General Obras Comunales dependiente de esta Secretaría. Oportunamente, archívese. Macchiavelli

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RESOLUCIÓN N.° 141/SECGCYAC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064; los Decretos N° 1254/08, N° 150/12; las Resoluciones N° 358/13, N° 17/13 y el Expediente Nº 2.100.313/2013 y; CONSIDERANDO: Que, por Expediente N° 2.100.313/2013 tramita la Licitación Pública N° 1526/SIGAF/2013 para la contratación de la obra "Boulevard y Plazoletas Av. Balbín“; Que, por Resolución 32/SSEPUC/2013 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas Generales y Particulares para la contratación de la obra de referencia; Que, por Resolución 511/SECGYAC/2013 de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana se aprobó la Licitación Pública N°. 1526/SIGAF/2013 y se adjudicó la obra a la empresa EDUARDO CARAMIAN S.A.C.I.C.I.F.I.yA.; Que, con fecha 03 de septiembre de 2013 se firmó la contrata entre la Dirección General de Obras Comunales y la empresa EDUARDO CARAMIAN S.A.C.I.C.I.F.I.yA. y con fecha 18 de septiembre de 2013 se suscribió la correspondiente Acta de Inicio de Obra en donde se dejó asentado el comienzo de los trabajos; Que la empresa contratista presentó documentación detallando un balance de economías y demasías, y solicitud de ampliación de plazo contractual; Que luce en el Informe técnico de la Inspección de Obra relativo a la obra en cuestión, suscripto por la inspectora y por el cual presta conformidad, que se introdujeron modificaciones al proyecto ejecutivo; Que por un lado, se configuraron demasías consistentes en la colocación de rejillas en el desagüe pluvial de la Plaza Lomuto y la incorporación de DOS (2) arboles con sus alcorques en el boulevard; Que por otro lado, se efectuaron economías por la no colocación de UNA (1) farola ornamental MD F294 y TRES (3) árboles Tipuana Tipu en plazoleta, no colocación de chips de madera y no puesta en valor de la virgen y la plaqueta existente; Que la situación expresada anteriormente produjo un balance económico que arrojó demasías por la suma de CINCUENTA Y SEIS MIL VEINTIOCHO PESOS CON 29/100 ($56.028,29.-) y economías por el mismo valor arrojando un resultado compensado de CERO ($0); Que, figura en dicho informe, que la empresa contratista solicitó una prórroga de plazo contractual de VEINTICINCO (25) días corridos correspondiendo QUINCE (15) días a lluvia con sus días consecuentes, según el informe del Servicio Meteorológico Nacional entregado por la empresa contratista y, el plazo de DIEZ (10) días corridos por la demora en la entrega de artefactos de iluminación cuya fabricación se vio demorada por sucesivos cortes de energía; Que la Gerencia Operativa de Obras expresa que los trabajos adicionales y prórroga de plazos resultan técnicamente aptos y a precios razonables de pliego, en base a ello presta su conformidad técnica; Asimismo la Dirección General de Obras Comunales presta su conformidad técnica en cuanto a la aprobación de los trabajos adicionales y el balance de economías y demasías y prórroga de plazos; Que vistas las actuaciones el Subsecretario de Espacio Público Comunal da cuenta de su conformidad técnica;

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Que, el balance de economías y demasías, los trabajos adicionales y las solicitudes de ampliación de plazos contractuales obrantes han sido avalados técnicamente por la inspección de obra, y cuentan con el debido respaldo documental en los Libros de Obra, mediante la emisión de las Órdenes de Servicio y Notas de Pedido, de conformidad con lo previsto en el numeral 1.6.23 y 1.6.24 del Pliego de Bases y Condiciones Generales para las Obras Públicas Mayores, aprobado por el Decreto N° 1254/2008, régimen jurídico aplicable a las obras objeto de la presente resolución; Que la posibilidad de introducir modificaciones a la obra constituye el ejercicio de la prerrogativa modificatoria (ius-variandi) de la Administración sobre los contratos administrativos de obra pública, facultad que se encuentra prevista en el artículo 30° de la Ley Nacional de Obra Pública y en el numeral 1.13.1 y siguientes del Pliego de Condiciones Generales para Obras Mayores (Decreto N° 1.254/08); Que, con relación a la cuantía de las economías y demasías antes expresadas, la Dirección General Obras Comunales expresa que representa el porcentaje autorizado legalmente; Que, las modificaciones no implican una modificación del objeto contractual ni desvirtúan al mismo, puesto que tienen una estrecha vinculación con la obra original; Que con relación a la solicitud de ampliación de plazo de obra con fundamento en los días de lluvia, corresponde estarse a lo indicado en el informe de la Dirección General de Obras Comunales el que ha indicado que: "con relación a las lluvias, resulta preciso indicar que por las características propias de las obras objeto de la presente, que al ser íntegramente ejecutada en la vía pública a cielo abierto, el acaecimiento de precipitaciones cualquiera sea su tipo o intensidad, si bien no configura causal de caso fortuito o fuerza mayor en los términos de lo previsto por el artículo 39° de la Ley Nacional de Obras Públicas, N° 13.064, impacta considerablemente respecto a la ejecución de los trabajos licitados, toda vez que al ser las obras localizadas al aire libre y en vía pública, demora la ejecución de los trabajos programados, tanto el día de su acaecimiento como los días consecuentes dado que las intervenciones se realizan en su mayoría sobre terreno natural absorbente el cual demora en su escurrimiento y secado, de acuerdo a la intensidad de la precipitación entre 24 y 48 hs posteriores, lo que dificulta la realización de las mismas"; Que, asimismo, el Director General de Obras Comunales expresa que esa Dirección General: "no ha sido notificada de la aprobación de redeterminaciones de precios" con relación a la obra de referencia. Del mismo modo, deja constancia de que no existen otras ampliaciones de plazo, adicionales o balances de economías y demasías aprobados; Que corresponde a esta Secretaria de Gestión Comunal y Atención Ciudadana proceder a la aprobación de lo referido por la Dirección General de Obras Comunales de la Subsecretaria de Espacio Público Comunal, toda vez que ha sido la autoridad que ha procedido a adjudicar la obra objeto de la presente resolución, resultando competente dicha autoridad por el principio del paralelismo de las formas y competencias; Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal ha tomado la intervención que le compete. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE GESTION COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el balance de economías y demasías que arrojó un saldo compensado en CERO ($ 0) correspondiente a la obra "Boulevard y Plazoletas Av. Balbín" en el marco de la Licitación Pública Nro. 1526/SIGAF/2013 adjudicada a la empresa contratista EDUARDO CARAMIAN S.A.C.I.C.I.F.yA. (CUIT Nº 30-51765318-3) Artículo 2°.- Convalídese la ampliacion de plazo contractual por un total de VEINTICINCO (25) días corridos correspondiente a la Obra indicada en el Artículo anterior.

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Artículo 3°.- Instrúyase a la Dirección General de Obras Comunales de la Subsecretaria de Espacio Público Comunal, a requerir en la obra individualizada en los artículos anteriores, la presentación del nuevo Plan de Trabajo, Curva de Inversión y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal la adecuación de la garantía de contrato, si correspondiera, de conformidad con las previsiones contenidas en los instrumentos licitatorios respectivos. Artículo 4°.- La documentación requerida en el artículo anterior deberá ser presentada ante la Dirección General de Obras Comunales de la Subsecretaría de Espacio Público Comunal y ante la Dirección General Técnica Administrativa y Legal según el caso, dentro de los CINCO (05) días de notificada la presente. Artículo 5°.- El incumplimiento de la presentación de la documentación requerida por el artículo 3º, determinará la aplicación de las penalidades y sanciones contractuales previstas en la documentación licitatoria de cada una de las obras objeto de la presente resolución. Artículo 6°.- Instrúyase a la Dirección General de Obras Comunales de la Subsecretaria de Espacio Público Comunal a efectuar, oportunamente, la recepción provisoria de la obra de referencia. Artículo 7 º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 147/SECGCYAC/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO: Ley N° 4.013 y su Decreto reglamentario N° 660/11 y su modificatorio, el Decreto N° 590/12, la Ley N° 70, los Decretos N° 1.000/99, N° 36/12, N° 346/12, la Disposición N° 24-DGOGPP/11, el Exp. N° 4814067-DGTALCIU/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70, en su artículo 25, establece que los responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión, prestando colaboración a quien legítimamente le sucede en el mismo, siendo dicha tarea remunerada; Que el artículo 14 del Anexo del Decreto N° 1.000/99, reglamentario del artículo 25 de la Ley N° 70, dispone que dicho informe será remunerado con un monto equivalente al del cargo que ocupaban; Que a su vez, por Disposición N° 24-DGOGPP/11, se determinaron las características, alcance y contenido del mencionado informe; Que el Decreto N° 660/11 Reglamentario de la Ley de Ministerios N° 4.013, modificado posteriormente por el Decreto N° 590/12, estableció la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobando los objetivos y responsabilidades de la Dirección General de Coordinación del Mantenimiento del Espacio Público Comunal; Que mediante Decreto N° 36/GCBA/12 se designó a María Aleandra Scafati DNI 20.702.533 en el cargo de Directora General de la mencionada Dirección; Que el funcionario referido presentó su renuncia al cargo mencionado con efectos a partir del 31 de Marzo de 2014; Que en cumplimiento del artículo 25 de la Ley 70, con fecha 31 de marzo del corriente año, María Aleandra Scafati presentó su informe final de gestión mediante Exp. N° 4814067-DGTALCIU/14, en su carácter de ex Directora General de la Dirección General de Coordinación del Mantenimiento del Espacio Público Comunal;

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Que la ya mencionada Disposición N° 24-DGOGPP/11 establece que el Informe de Gestión debe ser presentado por el funcionario antes de transcurridos treinta (30) días corridos desde el momento en que se aparta de su cargo, contados a partir de la fecha de la norma por la cual se efectivice el cese; Que conforme surge de la actuación citada en el Visto, el Informe de marras ha sido presentado en tiempo y forma; Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el Informe final de gestión presentado. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA

RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el informe final de gestión presentado por la Lic. María

Aleandra Scafati, respecto de su desempeño como Directora General de Coordinación del Mantenimiento del Espacio Público Comunal, conforme la reglamentación establecida en el Anexo de la Disposición N° 24-DGOGPP/11. Artículo 2°.- Reconócese la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley N° 70, reglamentado por el artículo 14 del Decreto N° 1.000/99, con la retribución de una (1) remuneración equivalente a la del cargo que detentaba. Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, remítase copia del informe Final de Gestión a la Sindicatura General de la Ciudad y, para su conocimiento, notificación al interesado y pertinente liquidación, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización. Macchiavelli

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

RESOLUCIÓN N.° 279/AGIP/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO: EL ARTÍCULO 62 DEL CODIGO FISCAL (T.O. 2013), SU MODIFICATORIA LEY Nº 4807 (BOCBA Nº 4306) Y LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN Nº 259/AGIP/2009 (BOCBA Nº 3169), Y CONSIDERANDO: Que la citada Resolución reglamenta el procedimiento a seguir para efectuar una compensación de oficio de los pagos dobles registrados respecto a un mismo período fiscal, entendiéndose por tal Cuota/Año, por Dominio o Partida en relación al gravamen de Patentes sobre Vehículos en General y el Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva de Servicios y su antecesora la Contribución de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Adicional fijado por la Ley Nº 23514, respectivamente; Que en el inciso b) del artículo 4 de la Resolución de marras se establece que dicha compensación no procederá cuando el contribuyente de que se trate se encuentre adherido al sistema de débito automático; Que se han observado numerosos casos de pagos dobles efectuados por los contribuyentes por débito directo y al mismo tiempo por cualquiera de los restantes medios de pago habilitados, generándose una multiplicidad de tareas que es dable evitar; Que por lo expuesto, resulta necesario dejar sin efecto la restricción del inciso b) del artículo 4 de la Resolución Nº 259/AGIP/2009. Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE

Artículo 1.- Establécese que procede efectuar la compensación de oficio que determina el artículo 62 del Código Fiscal (t. o. 2013) y su modificatoria Ley Nº 4807 y concordantes de años anteriores en aquellos casos en que se registre un pago doble por el mismo Dominio o Partida del Impuesto de Patentes sobre Vehículos en General o Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de Servicios y su antecesora la Contribución de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Adicional fijado por la Ley Nº 23514, según corresponda, respecto de un mismo período fiscal (Cuota/Año), cuando dichos pagos hayan sido efectuados por el contribuyente por débito directo y al mismo tiempo por cualquiera de los restantes medios habilitados para la cancelación de obligaciones tributarias. Artículo 2.- Déjase sin efecto el inciso b) del artículo 4 de la Resolución Nº 259/AGIP/2009. Artículo 3.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas y a la

Subdirección General de Sistemas dependiente de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. Walter

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RESOLUCIÓN N.° 283/AGIP/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO: La Ley Nº 471, su reglamentación, la Ley Nº 2603 y sus modificatorias, el Decreto Reglamentario Nº 745 / 2008, la Resolución Nº 604/ AGIP/2013, la Resolución Nº 697 /AGIP/2013, la Resolución Nº 894/AGIP/2013, los Expedientes Nº 7.130.439/2013, 6.952.455/2013, 7.034.414/2013, 7.186.419/2013, 7.204.163/2013, 7.223.691/2013, 7.257.667/2013, 7.317.549/2013 ,7.469.520/2013, 85.561/2014, 139.619/2014, 150.029/2014, 155.619/2014, 221.493/2014, 263.555/2014, 366.640/2014, 437.888/2014, 599.420/2014, 657.098/2014, 2.281.024/2014, 2.281.337/2014, 2.349.187/2014, 2.381.506/2014, 2.792.526/2014, 2.792.608/2014, 2.891.675/2014, 3.202.697/2014, 3.409.441/2014, 3.649.963/2014, 3.709.332/2014, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires establece, en su Artículo 15, el régimen remuneratorio, garantizando el principio de igual remuneración por igual tarea para todos los trabajadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, la Ley Nº 2603 confirió a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos autarquía administrativa y financiera; Que, el Decreto Nº 745/2008 ha reglamentado la precitada Ley; Que, por Resolución Nº 604/AGIP/2013 se resolvió establecer un régimen de Complemento Salarial Temporario, con carácter no remunerativo, para agentes de conducción de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, conforme las pautas indicadas en el Anexo I de la precitada Resolución; Que, por Resolución Nº 697 /AGIP/2013 y Resolución N° 894/AGIP/2013 se estableció la equiparación salarial a percibir por los agentes de conducción de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que, la Dirección Desarrollo Humano y Carrera ha tomado conocimiento y prestado conformidad a los distintos Informes de Gestión presentados por los agentes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos mediante los Expedientes citados precedentemente; Que, resulta oportuno el dictado del acto administrativo indicando los agentes habilitados a percibir el Complemento Salarial Temporario. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE

Artículo 1.- Otórgase el Complemento Salarial Temporario conforme las pautas indicadas en el Anexo I de la Resolución Nº 604/AGIP/2013, la Resolución Nº 697 / AGIP / 2013 y la Resolución Nº 894 / AGIP / 2013a los agentes que ocupan cargos de conducción de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, según lo enunciado en el Anexo I de la presente, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la misma. Artículo 2.- La percepción del Complemento Salarial Temporario establecido por la Resolución Nº 604/AGIP/2013 por parte de los agentes de conducción de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos no implica cambio alguno en la situación escalafonaria que los mismos ostentan al momento del dictado de la presente, conforme se establece en el artículo 4° de la Resolución Nº 697 / AGIP / 2013.

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Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y al Departamento Recursos Humanos dependiente de la Dirección Gestión Operativa y de Personal de la Subdirección General Técnica Administrativa y de Gestión Operativa de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. Walter

ANEXO

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Agencia Gubernamental de Control

RESOLUCIÓN N.° 212/AGC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: LAS LEYES N° 2.624 Y Nº 3.304, LA NOTA Nº 04706800/AGC/14, EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 04604247/MGEYA/AGC, LOS ANEXOS Nº IF-2014 -04697848-AGC Y Nº IF-2014-04621806-AGC, Y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante la Ley N° 3.304 se creó el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, con el fin de encarar un proceso de modernización administrativa en la Ciudad; Que es objetivo de dicho Plan implementar un "Sistema de gestión por resultados" que permita alinear los incentivos de las autoridades superiores y los empleados, con las necesidades y requerimientos de los ciudadanos; Que el mentado Plan establece como instrumentos de gestión del componente "Sistema de gestión por resultados" a los "Convenios de Desempeño"; Que por su parte, en el marco del Comisión Paritaria Central y mediante Acta N° 24/13, se aprobó la implementación del Premio por Productividad para el personal de esta AGC, a instrumentarse a través del mencionado Convenio; Que el Convenio de Desempeño tiene como objetivo posibilitar la medición y la evaluación periódica de los resultados de la gestión de esta Agencia a través de indicadores institucionales y específicos ligados al desempeño de las unidades funcionales pertenecientes a la misma; Que en el marco de lo precedentemente expuesto, mediante el dictado de la Resolución Nº 579-AGC/13 rectificada por Resolución Nº 608-AGC/13, se aprobaron los indicadores institucionales y específicos, correspondientes al primer semestre del año 2013; Que los resultados de la Evaluación del Desempeño de cada dependencia de la AGC, así como su correspondiente Nivel de Cumplimiento han sido plasmados en el Convenio de Desempeño segundo semestre del año 2013, obrante en estas actuaciones, y previsto en el mencionado Convenio; Que asimismo, se incorpora la nómina de cada agente, tal las planillas obrantes en estos actuados; Que en ese orden de ideas, corresponde dictar el acto administrativo de aprobación de los indicadores institucionales y específicos correspondientes al segundo semestre del año 2013, que conforman el mencionado Convenio de Desempeño, incorporando al mismo la nómina del personal; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Que por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE

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Artículo 1.- Apruébense los indicadores institucionales y específicos correspondiente al

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segundo semestre del año 2013 según el Anexo identificado como IF-2014-04697848-AGC y la dotación de personal, que se identifica como ANEXO IF-2014-04621806-AGC, que forman parte integrante de la presente, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 4° del Convenio de Desempeño, en el marco de lo normado por el Anexo I de la Ley N° 3.304. Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a las Direcciones Generales y Unidades de esta AGC, al Ministerio de Justicia y Seguridad, al Consejo Central para la Negociación Colectiva, a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos de esta AGC, al Ministerio de Hacienda y para sus demás efectos, remítase a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización. Cumplido,archívese. Gómez Centurión

ANEXO

RESOLUCIÓN N.° 213/AGC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: EL EXPEDIENTE Nº 56.873/06, Y CONSIDERANDO: Que a través del Expediente N° 56.873/06, tramitó la solicitud de habilitación requerida por el Sr. Juan José Constantino, para el establecimiento sito en la Av. Juan Bautista Alberdi 6817 y Manuel Artigas 7024, PB, Unidad Funcional N° 7, de esta ciudad, para los rubros "Com. Minorista Mercado y Ferias Internadas"; Que conforme surge de la cédula de intimación de fecha 28 de julio de 2008, obrante a fs. 41, se le notificó al peticionante sobre los siguientes 5 puntos: " 1) Deberá presentar el certificado de Aptitud Ambiental...,2)... Dotar al mercado de ventilación..., 3)... dotar a los puestos de superficie y lado mínimo reglamentarios..., 4)... luces de emergencia..., 5)...ajustar la instalación eléctrica...". ; Que en fecha 22 de abril de 2009 se reiteran los términos de la Intimación antes mencionada, otorgándole al administrado, un plazo último de 30 (treinta) días, bajo apercibimiento de proceder al rechazo de la solicitud de habilitación; Que mediante Disposición N° 8819/DGHP/2009 la Dirección General de Habilitaciones y Permisos rechazó la solicitud de habitación incoada por no haberse dado cumplimiento a las intimaciones oportunamente cursadas; Que a fs. 59 el Sr. Juan Domingo Carusi, en su carácter de Profesional Firmante interpone Recurso de Reconsideración, con fecha 26 de agosto de 2010, a los fines de que "se revea la medida que se está tomando con el rechazo ya que la demora en entregar el impacto ambiental no es nuestra sino del organismo correspondiente"; Que con fecha 3 de noviembre de 2011 mediante el informe de inspección labrado se informó que no se cumplieron: " PUNTO 2: No Cumplió, no dotó al establecimiento de Ventilación Mecánica, teniendo en cuenta que tiene una altura menor a la reglamentaria para la superficie declarada, según art. 7.2.5.1 a) del C.E, PUNTO 3: No Cumplió, varios de los locales que conforman el Mercado, no cuentan con superficie o lado mínimo exigido en el art. 7.2.5.1 c) del C.E, 4- ...los planos presentados no se ajustan a los hechos físicos existentes en el terreno ..., 5- ...los artefactos instalados en los locales sanitarios son insuficientes para abastecer al personal que trabaja en el lugar ...";

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Que mediante Disposición N° 5326-DGHP-2013 la Dirección General de Habilitaciones y Permisos no hace lugar al Recurso de Reconsideración interpuesto contra el rechazo de la solicitud de habilitación gestionada por Juan José Constantino, a través del dictado de la Disposición N ° 8819-DGHP-2009, "por no haberse verificado el cumplimiento total de las mejoras oportunamente intimadas y mantener en todos su términos la misma", encontrándose el administrado, notificado en fecha 20 de septiembre de 2013 ; Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico implícito en el Recurso de Reconsideración, en los términos previstos por el artículo 107 y siguientes del Decreto N° 1.510/97; Que las argumentaciones vertidas por el administrado en el escrito obrante a fs. 59 del expediente en cuestión, no resultan relevantes a los efectos de modificar el criterio adoptado oportunamente; Que cabe mencionar que si bien es cierto que el recurrente ha cumplido con alguno de los requisitos legales que surgen de la cedula de fs. 41, no es menos cierto que no ha hecho lo mismo respecto de lo requerido en los puntos 2) y 3) de la mencionada cedula, como así tampoco con lo requerido en los puntos 4) y 5), del informe de inspección de fecha 31 de noviembre de 2011; Que desde que el administrado tomó conocimiento de las observaciones formuladas a su petición hasta la fecha ha transcurrido un lapso de seis años, lo que implica un lapso suficientemente razonable para que pudiera dar cumplimiento a lo requerido; Que no habiendo el recurrente mejorado o ampliado los fundamentos vertidos en el Recurso de Reconsideración aludido, sumado a la falta de cumplimiento de las observaciones que fueran formuladas, y teniendo en cuenta lo manifestado en los considerandos de las Disposiciones N° 8819/DGHP/2009 y 5326- DGHP-2013, corresponde desestimar el Recurso Jerárquico Implícito en el Recurso de Reconsideración Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, mediante Dictamen Nº 3714953-DGAINST- 2014, ha tomado la intervención de su competencia, opinando que corresponde desestimar el Recurso Jerárquico implícito en el Recurso de Reconsideración contra el rechazo de la solicitud de habilitación requerida; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE

Artículo 1.- Desestímase el Recurso Jerárquico implícito en el Recurso de Reconsideración contra la denegatoria dispuesta para la habilitación del local sito en las calles Av. Juan Bautista Alberdi 6817 y Manuel Artigas 7024, PB, Unidad Funcional N° 7, para el rubro Comercio Minorista Mercado y Ferias Internadas. Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esta AGC. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 214/AGC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: EL EXPEDIENTE Nº 3.883/07, Y

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CONSIDERANDO: Que mediante el Expediente Nº 3.883/2007, tramita la solicitud de habilitación requerida por el Sr. Juan Cruz Haxhi, respecto del establecimiento emplazado en la calle Maipú Nº 456, Planta Baja y Subsuelo, UF 1 y 2 de esta Ciudad, para desarrollar la actividad "Maxiquiosco"; Que a fs. 22, 29, 37 y 42 obran observaciones al trámite iniciado en cumplimiento del Artículo 9 del Decreto N°93/GCBA/2006, donde la Dirección General de Habilitaciones y Permisos le requirió al peticionante que presentara planos del local a habilitar y que abonase el timbrado de habilitación correspondiente, bajo apercibimiento de proceder al rechazo del mencionado trámite en caso de no subsanar lo observado en un plazo de 30 (treinta) días a partir de su notificación; Que la interesada ha sido notificada de las mencionadas observaciones de habilitación conforme surge de fs. 22, 29, 37 y 42 respectivamente; Que a fs. 46 y 53, el Arq. Roberto Juan Víctor Bisignano, en su carácter de profesional interviniente, interpuso recurso jerárquico en subsidio contra las observaciones detalladas en el párrafo precedente, toda vez que a su entender al no efectuarse la venta de productos alimenticios en el establecimiento en cuestión, correspondería encuadrar la actividad dentro de los supuestos de excepción del Articulo 2.1.3 del Código de Habilitaciones y Verificaciones, no debiendo, en consecuencia, acompañar planos para que le sea otorgada la habilitación; Que la Dirección General de Habilitaciones y Permisos mediante IF 01590689-DGHP-2012 emitió su opinión respecto de la cuestión sometida a análisis, informando que el argumento que sostiene el recurrente en el sentido de que en el local no se venden productos alimenticios con lo cual no debería acompañar planos: "... no corresponde, toda vez que el rubro lo permite, más allá que en este caso particular por el momento no se efectúa. (...) nada impediría que a futuro se incorporen productos alimenticios al local, ya que el rubro lo permite."; Que el recurso incoado a fs. 46 por el presentante, con fecha 20 de enero de 2009, contra las observaciones de la habilitación solicitada, en virtud del principio de informalismo que rige en materia administrativa, debe entenderse como la interposición de un recurso jerárquico directo en los términos del Artículo 108 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Que respecto de la presentación efectuada a fs. 53, de fecha 11 de julio de 2009, debe considerarse como una ampliación de fundamentos del recurso deducido a fs. 46; Que corresponde en esta instancia el tratamiento del recurso jerárquico directo impetrado en los términos previstos por el Artículo 108 y siguientes del Decreto N° 1.510/97; Que con las sucesivas presentaciones efectuadas por el administrado, obrantes a fs. 26, 32, 41, 46 y 53 respectivamente, se ha procedido cuestionar la observación de

habilitación manifestando que ésta Administración comete un desacierto al exigir la presentación de planos y su respectivo abono del timbrado correspondiente, por entender que en conformidad con lo estipulado en el Código de Habilitaciones y Verificaciones se encuentra exceptuado de ello; Que no obstante las mencionadas presentaciones, no se ha subsanado la objeción a su trámite de habilitación, puesto que el administrado manifiesta que se trataría de un error la carga de presentar planos, debiendo entonces, aprobarse la habilitación pretendida sin serle requerido plano alguno; de manera que continúa sin efectuarse la presentación de planos reiteradamente intimada; Que al respecto, no resulta conducente sostener que se está causando un perjuicio al recurrente, puesto que la Administración solamente le requiere lo que en derecho corresponde, toda vez que no se procedió a rechazar su solicitud de habilitación ni a obstaculizar el desarrollo de la actividad pretendida; Que en virtud de ello, resulta insuficiente a los fines de cuestionar válidamente el decisorio adoptado por la autoridad de aplicación;

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Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante Dictamen IF N° 03362893- DGAINST/2014, ha tomado intervención de su competencia, aconsejando que corresponde desestimar el recurso jerárquico, ratificándose en todos sus términos las intimaciones cursadas; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Que por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Desestímase el recurso jerárquico incoado por el Arq. Roberto Juan Víctor Bisignano, en su carácter de profesional interviniente contra las observaciones de la solicitud de habilitación del local emplazado en la calle Maipú Nº 456, Planta Baja y Subsuelo, UF 1 y 2, de esta Ciudad. Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a la interesada y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esta AGC. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 215/AGC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: LA LEY Nº 2.624, LA RESOLUCIÓN N° 162/AGC/14, EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 04383260/MGEYA/AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo previsto en su Ley de creación N° 2.624, la Agencia Gubernamental de Control (AGC), es una entidad autárquica con competencias de contralor, fiscalización y regulación en materia de poder de policía en comunión con lo dispuesto por el artículo 104, inciso 11 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante la Resolución Nº 162/AGC/14, se designó a partir del 21 de marzo de 2014 al Sr. Alberto Gustavo Innaella, DNI Nº 20.435.593, CUIL Nº 20-20435593-3, como titular a cargo de la Gerencia Operativa Modernización dependiente de la Unidad de Coordinación General de esta AGC; Que a través de la Nota Nº 04371508-AGC-14 incorporada el Expediente Electrónico Nº 04383260/MGEYA/AGC/14, la Subgerencia Operativa de Administración de Personal de esta AGC, solicitó la rectificación de la mencionada Resolución, respecto del nombre de la Gerencia Operativa Modernización consignado en el artículo 2, en atención de haberse consignado en forma incompleta el nombre de la misma, siendo el correcto Gerencia Operativa Modernización y Desarrollo; Que el artículo 120 del DNU 1510/97 establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión; Que en virtud de ello, y dado el error material cometido en el artículo 2 de la mencionada Resolución, se torna necesario dictar el acto administrativo pertinente a los efectos de su rectificación en la forma solicitada;

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Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE

Artículo 1.- Rectifícase el artículo 2 de la Resolución Nº 162/AGC/14, respecto del nombre de la Gerencia Operativa Modernización allí consignada, dejándose constancia que el correcto nombre de la misma es Gerencia Operativa Modernización y Desarrollo. Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes, y de Planeamiento

de Carreras del Ministerio de Modernización, y a la Unidad de Coordinación General de la Agencia Gubernamental de Control. Pase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos de la Unidad de Coordinación Administrativa de ésta AGC, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 216/AGC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: LA LEY Nº 2.624, EL DECRETO Nº 660/11, EL EXPEDIENTE N° 04625709/MGEYA-AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo previsto en su Ley de creación Ley N° 2.624, la Agencia Gubernamental de Control (AGC), es una entidad autárquica con competencias de contralor, fiscalización, y regulación en materia de poder de policía en comunión con lo dispuesto por el artículo 104, inciso 11 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 5º del Decreto Nº 660/11 instituyó el nuevo Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, confiriendo a los Subsecretarios o Equivalentes un total de dieciocho mil (18.000) unidades retributivas; Que en virtud de la Resolución N° 29/AGC/14 se designó bajo el Régimen de Planta de Gabinete de la Dirección Ejecutiva, a los Señores Rubén Enrique Cotella (CUIT. 20-20163342-8) y Silvina Rapossi (CUIT. 27-22042801-5), con una asignación mensual de tres mil seiscientas (3.600) y cuatro mil doscientas veinte (4.220) unidades retributivas, respectivamente; Que la Subgerencia Operativa de Administración de Personal, dependiente de la Gerencia Operativa de Recursos Humanos de esta AGC, mediante la Nota Nº 04593725/AGC/14 obrante a fs. 3 del Expediente citado en el Visto, solicitó dejar sin efecto la designación de los agentes Rubén Enrique Cotella y Silvina Rapossi, ambos como Planta de Gabinete de la Dirección Ejecutiva de esta AGC, a partir del 31 de marzo del corriente; Que en tal sentido corresponde dictar el Acto Administrativo dejando sin efecto las mencionadas designaciones; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia.

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Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 12, inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Déjese sin efecto la designación del Señor Rubén Enrique Cotella (CUIT. 20-20163342-8), bajo el Régimen de Planta de Gabinete de la Dirección Ejecutiva de esta AGC, a partir del 31 de marzo de 2014. Artículo 2.- Déjese sin efecto la designación de la Señora Silvina Rapossi (CUIT. 27-22042801-5), bajo el Régimen de Planta de Gabinete de la Dirección Ejecutiva de esta AGC a partir del 31 de marzo de 2014. Artículo 3.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a la Gerencia Operativa Administrativa y Financiera dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC, y pase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC a efectos de notificar a los interesados. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 217/AGC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: LA LEY Nº 2.624, LAS RESOLUCIONES N° 70/AGC/14 Y Nº 138/AGC/14, EL EXPEDIENTE ELECTRONICO N° 03800112-MGEYA-AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución Nº 70/AGC/14, rectificada parcialmente por la Resolución Nº 138/AGC/14 se autorizó, entre otros, la contratación del Sr. Javier Gastón Guisande, CUIT Nº 23-25051258-9, para prestar servicios en la Gerencia Operativa de Control Inspectivo, dependiente de la Dirección Ejecutiva de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC), de conformidad a los anexos que forman parte integrante de cada una de estas, respectivamente; Que conforme surge de la Nota N° 03771726/CAAGC/14, incorporada en el Expediente Electrónico Nº 03800112/MGEYA-AGC/14, se produjo el vencimiento del plazo para la carga en el Modulo LOyS del SADE del Expediente Electrónico generado para la contratación del Sr. Guisande, sin que el mismo haya completado la postulación, requisito que resulta necesario para la posterior suscripción de su contrato; Que en atención de ello y pese a la notificación que fuera cursada por el sistema LOyS, el mismo no ha completado su postulación, manifestando de este modo, su desinterés en concretarla; Que en este contexto, la Unidad de Coordinación Administrativa (UCA) de la AGC solicitó que se deje sin efecto parcialmente la Resolución Nº 70/AGC/14 y su rectificatoria Nº 138/AGC/14, solo en lo que respecta al Sr. Javier Gastón Guisande; Que en virtud de lo expuesto, resulta conducente receptar lo solicitado a fin de dejar sin efecto parcialmente la Resolución Nº 70/AGC/14 y su rectificatoria Nº 138/AGC/14, sólo en lo que respecta al Sr. Guisande; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia.

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Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Déjase sin efecto parcialmente la Resolución Nº 70/AGC/14 y su rectificatoria Nº 138/AGC/14, sólo respecto del Sr. Javier Gastón Guisande, por los motivos expuestos en el exordio. Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda, a la Gerencia Operativa de Control Inspectivo,

y para su conocimiento y demás efectos, remítanse a la Gerencia Operativa Administrativa y Financiera y a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos, ambas pertenecientes a la Unidad de Coordinación Administrativa de ésta AGC. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

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Agencia de Protección Ambiental

RESOLUCIÓN N.° 165/APRA/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTOS: La Ley Nº 70, Ley Nº 4471, Decreto Nº 2/14, el Requerimiento N°3353/SIGAF/14, el expediente N° 4734295/2014 y, CONSIDERANDO: Que conforme lo establecen los incisos b) y d) del artículo 8° de la Ley de creación de esta Agencia, son funciones de la Presidencia, entre otras, organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia y administrar los recursos económicos asignados a la misma Que por la presente se propicia la compensación de los créditos fundados en la necesidad de afrontar los gastos que insumirán las imputaciones presupuestarias en el sistema Buenos Aires Compras para la adquisición de artículos de librería; los Convenios Marcos de artículos de Limpieza y prendas de vestir para la Dirección Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Protección Ambiental; Que mediante Decreto Nº 2/GCABA/2014, se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 35 Anexo "I", Apartado II, punto 2 del Decreto Nº 2/GCABA/2014,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL RESUELVE

Artículo 1º.-. Modifícanse los créditos presupuestarios, a los efectos de afrontar los gastos obrantes en el Requerimiento N°3353/SIGAF/14 que como Anexo SADE-IF-2014-04796340-APRA forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.-.Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Villalonga

ANEXO

RESOLUCIÓN N.° 167/APRA/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO: Las Leyes Nº 1854 y Nº 2628, el Decreto Nº 639/2007, la Resolución Nº 64/APRA/12 y el Expediente Electronico Nº 3269573-14, y CONSIDERANDO:

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Que mediante la Ley Nº 2628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la

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Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuyo objeto es la protección de la calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Agencia de Protección Ambiental tiene entre sus funciones y facultades la de proponer políticas y diseñar planes, programas y proyectos tendientes a mejorar y preservar la calidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dictar normas de regulación y conservación con el fin de favorecer una adecuada calidad ambiental, así como también, promover la utilización de tecnologías limpias y la implementación de sistemas de gestión ambiental entre la comunidad regulada; Que la Ley Nº 1854 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos adopta como principio el concepto de “Basura Cero“, entendiendo por tal a la reducción progresiva de la disposición final de los residuos sólidos urbanos, con plazos y metas concretas que apuntan a que la Ciudad deje de enterrar residuos reciclables o aprovechables para el año 2020; Que la mencionada ley tiene por objeto reglar el conjunto de pautas, principios, obligaciones y responsabilidades para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos que se generen en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma sanitaria y ambientalmente adecuadas, a fin de proteger el ambiente, seres vivos y bienes; Que el artículo 9º de la Ley Nº 1854 establece los criterios a los que debe atenerse todo productor, importador, distribuidor, intermediario o cualquier otra persona responsable de la puesta en mercado de productos que con su uso se conviertan en residuos; Que entre dichos criterios se encuentra el de hacerse cargo directamente de la gestión de los residuos derivados de sus productos, o participar en un sistema organizado de gestión de dichos residuos o contribuir económicamente a los sistemas públicos de gestión de residuos; Que el artículo 14 de la Ley Nº 1854 establece que el generador de residuos sólidos urbanos debe realizar la separación en origen y adoptar las medidas tendientes a disminuir la cantidad de residuos sólidos urbanos que genere y que dicha separación debe efectuarse de manera tal que los residuos pasibles de ser reciclados, reutilizados o reducidos, queden distribuidos en diferentes recipientes o contenedores, para su recolección diferenciada y posterior clasificación y procesamiento;

Que el artículo 53 de la referida ley pone a cargo de la autoridad de aplicación la implementación de un cronograma gradual mediante el cual los productores, importadores y distribuidores de elementos o productos de difícil o imposible reciclaje, y aquellos que siendo residuos sólidos urbanos presenten características de toxicidad y nocividad significativas se harán cargo del reciclaje o la disposición final de los mismos; Que en esa línea, el artículo 16 del Decreto Nº 639/2007 realiza una enumeración no taxativa de aquellos residuos domiciliarios que se encuentran sujetos a un manejo especial, debiendo someterse a programas y planes de manejo específicos con el propósito de seleccionarlos, acopiarlos, transportarlos, valorizarlos, o sujetarlos a tratamientos o disposición final de manera ambientalmente adecuada y controlada; Que existe una tendencia mundial a incorporar dentro de los sistemas de recolección de residuos de las Ciudades los llamados "puntos limpios" o "puntos verdes" (fijos o móviles) a través de los cuales se recolecta de forma gratuita los residuos domésticos que deben ser separados de la corriente de residuos sólidos urbanos con destino a disposición final;

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Que en este marco, en el año 2012 se dictó la Resolución Nº 64/APRA/12, por la cual se creó el Programa Puntos Limpios Móviles en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el propósito de incrementar la cantidad de material reciclable que se recupera y la consecuente disminución del envío de residuos sólidos urbanos a relleno sanitario, así como también, generar un cambio de conducta en la ciudadanía que contribuya a la multiplicación del hábito de la separación en origen y disposición inicial diferenciada de los residuos domiciliarios; Que a partir de la entrada en vigencia de dicho Programa, en octubre del mismo año se inauguró el primer prototipo de Punto Limpio Móvil, donde comenzaron a recolectarse diversas corrientes de residuos reciclables y sujetos a manejo especial, de manera itinerante por diferentes comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que habiendo transcurrido más de un año desde la puesta en funcionamiento del primer Punto Limpio Móvil, se advierte que se trata de una herramienta muy valorada entre los vecinos que ya separan sus residuos domiciliarios y más aún en aquellos que desean comenzar a incorporar dicho hábito, además de haberse consagrado como una exitosa experiencia de educación ambiental, todo ello queda evidenciado con la gran afluencia de personas que visitan diariamente el prototipo; Que por todo lo expuesto, se considera necesario y oportuno ampliar el alcance del referido Programa mediante la creación de un nuevo Programa que se llamará "Puntos Verdes", a fin de complementarse con la estrategia "Ciudad Verde" en la cual se enmarcan de manera transversal las diferentes políticas y proyectos ambientales del Gobierno de la Ciudad; Que el Programa Puntos Verdes incluirá tanto Puntos Verdes Móviles como Fijos, de manera tal de diversificar las alternativas con las que contarán los vecinos de la Ciudad para disponer sus residuos domiciliarios reciclables y especiales de manera segura. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 2628 y el Decreto Nº 509/13,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1°.- Créase el Programa Puntos Verdes en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo contenido se detalla en el Anexo IF-2014-04805632-APRA que forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Establécese que la coordinación general del programa cuya creación se dispone por el artículo 1° de la presente, estará a cargo de la Unidad de Coordinación General de Gestión Ambiental creada por Resolución Nº 89/APRA/2014. Artículo 3°.- La Agencia de Protección Ambiental deberá coordinar con la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Ambiente y Espacio Público las cuestiones operativas que demande la implementación del presente Programa. Artículo 4º.- Déjese sin efecto la Resolución Nº 64/APRA/12. Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de esta Agencia y archívese. Villalonga

ANEXO

RESOLUCIÓN N.° 168/APRA/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014

VISTO:

Página Nº 73Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Las Leyes Nº 123 y Nº 2628, el Decreto Nº 222/12, la Disposición Nº 117/DGTALAPRA/12, el Expediente Nº 2454969/13, y

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CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita la Declaración de Impacto Ambiental y el correspondiente Certificado de Aptitud Ambiental para proyecto "Cruce bajo nivel de las vías del Ex FFCC Mitre, Ramal Tigre y Av. Congreso alturas 1800 a 2000", con una superficie total de 3204.73 m2, cuyo titular es AUTOPISTAS URBANAS S.A.; Que en el contexto de la normativa ambiental el emprendimiento encuadra en el inciso k) del Artículo 13º de la Ley 123, por el cual se presume Con Relevante Efecto Ambiental a: "Las obras relevantes de infraestructura que desarrollen entes públicos o privados que presten servicios públicos"; Que proyecto consiste en la construcción de un paso bajo nivel ubicado sobre la Avenida Congreso altura 1900 y su intersección con el tendido del Ferrocarril TBA Ex General Bartolomé Mitre, ramal Retiro-Tigre. Que cabe destacar que la obra en análisis se localiza al Noreste de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre la traza de la Av. Congreso (limite de los barrios de Nuñez y Belgrano), en el tramo comprendido entre las calles Arcos y 11 de Septiembre. Se trata de un área con predominio de uso residencial de alta densidad y actividad comercial a escala barrial; Que la Avenida Congreso, altura 1800/2000, en su paso a nivel sobre las vías del Ferrocarril Ex. Bartolomé Mitre ramal Tigre, cuenta con 3 carriles de circulación, con un ancho promedio de 10.50 m; Que la rampa que permitirá el paso bajo nivel de los vehículos, se iniciara en la intersección de la Avenida Congreso y la calle O´Higgins y se extenderá hasta la calle 3 de Febrero en dirección Noreste; Que la superficie total de afectación del proyecto, es de aproximadamente 3.610 m2, con un largo total aproximado de 162 metros, el mismo servirá para la circulación de vehículos livianos y pesados y de peatones en ambos sentidos de circulación; Que con respecto al diseño vial del proyecto la calzada tendrá un ancho de 4.50 metros, con dos guarda ruedas de 0.20 metros de cada lado y un galibo asegurado bajo los puentes de 3.70 metros. La rampa de acceso al paso bajo nivel (lado O´Higgins) tendrá una pendiente variable entre 6% y 10% y de 7% para la rampa de egreso (lado de 3 de Febrero), siendo la velocidad directriz del viaducto de 35 km/h.; Que la obra incluirá una pasarela peatonal sobre el lateral de la calle O´Higgins, dos puentes ferroviarios y un puente vía-peatonal hacia el sector de la calle 3 de Febrero, permitiendo así asegurar la continuidad de esta calle y el acceso a los frentistas de la Avenida Congreso, para lo cual se prevé la ejecución de calles de convivencia para vehículos y peatones, a modo de colectoras en los sectores frentistas al proyecto; Que en cuanto a los desvíos del transito, se declara que durante la etapa de obra se preve cerrar al tránsito la Av. Congreso desde la calle Arcos hasta la calle 11 e

Septiembre (desarrollo aproximado de 330 metros), de este modo los pasos a nivel sobre las calles Mendoza y Blanco Encalada absorberían el transito que se dirija al Sur en un 25% cada uno, en tanto que el 50% restante sería derivado junto con el 100% del transito que se dirija al Norte, hacia el paso bajo nivel de Manuela Pedraza; todos existentes y con sentido de circulación Noreste; Que es dable destacar que si bien, de acuerdo a las estimaciones realizadas, estos desvíos producirían volúmenes de transito que resultan aceptables para dichos pasos, se evalúa la posibilidad de abrir un paso a nivel transitorio coincidente con Roosvelt, a fin de disminuir la afectación de Blanco Encalada y Mendoza guante la etapa de obra;

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Que como objetivos específicos se destacan: a) Mejorar las condiciones de seguridad vial y ferroviaria, disminuyendo el riesgo de colisión sobre las vías, b) Mejorar, la frecuencia y secuencia del servicio de la Línea del Ex Ferrocarril Mitre ramal Tigre, c) Mejorar las condiciones generales de conectividad en sentido E-O de los barrios Belgrano y Nuñez, d) Mejorar las condiciones de circulación y la fluidez de transito vehicular, al evitar demoras por la interrupción que a raíz del paso a nivel, se produce en la intersección de la Avenida Congreso, e) Minimizar las emisiones de regulación de los motores, por la espera generada ante la barrera baja, f) Mejorar las condiciones de seguridad para la circulación peatonal en el sector; Que las tareas a realizar comprenden las siguientes acciones: 1) Remoción y recolocación de redes de servicios públicos, 2) Construcción de puentes ferroviarios y viales; 3) Muros de rampas vehiculares y peatonales; 4) Fundaciones de puentes ferroviarios y vehiculares; 5) Montaje de los puentes ferroviarios, 6) Sistema hidráulico y pozo de bombeo, 7) Movimiento de suelos, 8) Ejecución de pavimentos y 9) Obras de superficie; Que en el cronograma de obras, de acuerdo a lo declarado en el Estudio de Impacto Ambiental, se estimó una duración total de 14 meses para la ejecución total del cruce bajo nivel; Que llamada a intervenir, la Dirección General de Tránsito por Nota Nº 6412815-DGTRANSI-2013, de fecha 11 de Noviembre de 2013, señaló: "...los anteproyectos correspondientes al paso bajo nivel han sido conformados en su totalidad por las áreas técnicas de esta Repartición."; Que por Nota Nº 6700039-DGARB-2013, la Dirección General de Arbolado, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, destacó que "...la compensación forestal para la ejecución de las obras correspondientes al PBN Congreso FFCC Mitre ramal Tigre deberá contemplar la provisión unidades compensatorias básicas (ejemplar tamaño 12-14 cc. tutores y protección antihormigas), factibles de ser trasformados en árboles trasplantados y mantenidos y/o en tamaños superiores..." [...] "La definición final de la compensación se realizara entonces cuando se disponga del proyecto ejecutivo de las obras, efectuándose los ajustes correspondientes y definiendo ejemplares, tamaños y acciones para recomponer la situación del área afectada en el menor tiempo posible..." Asimismo se deja constancia que el total de Compensación Básica será de 1269 unidades; Que asimismo, el Departamento de Contaminación Acústica, dependiente de la Dirección General de Evaluación Técnica, mediante el Informe Nº 4078094-DGET-2013, se expidió sobre el Informe de Evaluación de Impacto Acústico (IEIA) y fijó condiciones de funcionamiento para las etapas de obra y operacional; Que por su parte, la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación dependiente de la Dirección General de Evaluación Técnica, mediante el Informe IF-2013-06941565-

DGET, efectuó un exhaustivo análisis de la documentación y de lo declarado en el estudio presentado para el conjunto de las actividades, destacando los aspectos de interés y las condiciones ambientales que debería tener el proyecto; Que respecto a los impactos ambientales propios de la etapa de obra se describen como impactos negativos de origen diverso sobre los componentes del medio, destacándose como principales los siguientes: a) Remoción de suelos, b) Emisiones de polvillos y ruidos; c) Remoción de especies arbóreas, c) Restricción de la accesibilidad peatonal y vehicular, d) Interrupción de la red peatonal y vehicular que obligará al uso de cruces y rutas alternativas, e) Interferencia en los medios de transporte y los servicios por red, f) Incremento en la gestión de residuos y g) Afectación en el paisaje; Que asimismo según por el profesional interviniente, en su mayoría, se trata de impactos acotados en el tiempo, durante el período de la obra, con un alcance que remite al área de ejecución de la misma, en tanto que como impacto positivo de esta etapa se puede mencionar el aumento de los niveles de empleo;

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Que las medidas de mitigación propuestas para la etapa de obra se encuentran divididas en: a) Minimizar la afectación sobre el transito vehicular y peatonal, b) Correcta instalación y funcionamiento del obrador, c) Instalación de cercos de obra y vallados, d) Instalación de señalización preventiva a fin de evitar accidentes, e) Acondicionamiento del área de obra para evitar ruidos molestos y minimizar la emisiones de contaminantes gaseosos y de partículas, f) control de las aguas mediante obras que intercepten y conduzcan la escorrentía superficial fuera de los sitios de acopio de materiales, g) Implementación de medidas concretas en cuanto al manejo y transporte de materiales desde y hacia la obra, h) Realizar una exhaustiva planificación a fin de consensuar con las empresas prestatarias de servicios, la relocalización de aquellos que resulten afectados por la obra, i) Programación de actividades de modo de minimizar las afectaciones por ruido y vibraciones al área circundante a la obra, según las disposiciones de la normativa vigente, j) Planificación de tareas especificas con el fin de reducir a uno los puntos de egreso/ingreso de vehículos de trasporte de material excedente de las excavaciones o de relleno, k) Al proceder al bombeo para depresión de napas, se implementaran las conexiones a la red de drenaje existente mas próxima, evitando el vertido de los efluentes a la vía publica, l) Verificación del cumplimiento estricto de la normativa vigente en el manejo general de los residuos y efluentes generados durante la obra, ll) Capacitación al personal de la obra respecto a Higiene y Seguridad del Trabajo siguiendo la normativa vigente, m) Planificación y supervisión por parte de la Dirección General de Arbolado en cuanto al manejo de la forestación existente, n) Definición de procedimientos en caso de hallazgo de piezas arquitectónicas y/o históricas, ñ) Implementación de medidas en relación del transito y trasporte: divididas en Transito vehicular, transito peatonal y transporte ferroviario; Que en la etapa de operación prevén impactos positivos ponderados como persistentes en el tiempo y de intensidad alta, que la puesta en marcha del cruce producirá sobre el medio antropizados, destacándose principalmente el beneficio para la red vial y para la accesibilidad vehicular y peatonal, pues se cumple con el objetivo fundamental de incorporar una infraestructura que beneficia la continuidad de la red vial, eliminando la congestión vehicular con la regulación de motores asociada y en consecuencia a la emisión de gases contaminantes, eliminando además, el riesgo de

accidentes por colisión entre formaciones ferroviarias y los automotores, mejorando las condiciones de accesibilidad vehicular a nivel zonal; Que respecto a las medidas de mitigación propuestas para la etapa operativa se encuentran divididas en: a) Control de Emisiones y Ruidos, b) Control de Drenajes, c) Manejo de Residuos, d) Red de Tránsito; Que el estudio en examen incorpora el Plan de Gestión Ambiental para ambas etapas y Planes de Contingencias, para la etapa de obra; Que en orden a la competencia fijada en el Anexo II inciso g) del Decreto N° 220/07 y la Resolución N° 300-MAyEPGC/08, la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental se expidió mediante Acta N° 44-CIHA-13, no formulando observaciones al proyecto; Que en fecha 8 de enero de 2014 se emitió el Dictamen Técnico (IF-2014-00204598-APRA) previsto en el Capítulo XI de la Ley Nº 123; Que por Resolución RESOL-2014-6-APRA se convocó a Audiencia Pública para la evaluación del proyecto, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 26 de la Ley N° 123 y bajo el régimen de la Ley N° 6, para el día 17 de febrero de 2014; Que por Informe IF-2014-04392172-DGET, elaborado por el Departamento de Actividades con Relevante Impacto Ambiental y Obras dependiente de la Dirección General de Evaluación Técnica se analizaron y respondieron las observaciones planteadas en la Audiencia Pública ratificándose la categorización del proyecto como de Impacto Ambiental Con Relevante Efecto, manteniéndose los condicionantes ambientales oportunamente establecidos en el Informe IF-2013-06941565-DGET, agregándose tres (3) nuevos condicionantes para la etapa de obra; Que en orden a la competencia fijada en el Anexo II inciso h) del Decreto N° 220/07 y la Resolución N° 300-MAyEPGC/08, la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental mediante Acta N° 15-CIHA-14, tampoco formuló observaciones al proyecto;

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Que en atención a lo actuado, cabe concluir que se ha dado cumplimiento a las distintas etapas del Procedimiento Técnico Administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental, por lo que corresponde producir la Declaración de Impacto Ambiental en los términos del Art. 28 inc. c) de la Ley Nº 123 fijando los requerimientos de funcionamiento y consecuentemente otorgar el Certificado de Aptitud Ambiental; Que el Director General de Evaluación Técnica, ratificó todo lo actuado por las unidades bajo su dependencia; Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención que le compete. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.628 y los Decretos N° 138/08 y Nº 509/13;

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Otórgase la Declaración de Impacto Ambiental, en los términos del inciso c) del Art. 28 de la Ley Nº 123, proyecto "Cruce bajo nivel de las vías del Ex FFCC Mitre, Ramal Tigre y Av. Congreso alturas 1800 a 2000", con una superficie total de 3204.73 m2, categorizado como de impacto ambiental Con Relevante Efecto (CRE).

Artículo 2°.- Otórgase, por el plazo de cuatro (4) años, el Certificado de Aptitud Ambiental previsto en el Art. 9º inc.g) de la Ley Nº 123, a nombre de AUTOPISTAS URBANAS S.A., titular del emprendimiento citado en el Artículo 1°. Artículo 3°.- Apruébanse las condiciones a cumplir por el titular que se enumeran en el Anexo I que con registro SADE Nº IF-2014-04850791-APRA forma parte de la presente Resolución, fijadas con el objeto de evitar, minimizar o mitigar los potenciales impactos negativos de la actividad. Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones enunciadas en el Anexo I y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el régimen de faltas. Artículo 5°.- Podrá disponerse la realización de una Auditoria Ambiental Externa por parte de auditores específicamente destinados por la Autoridad de Aplicación, con el objeto de comprobar el cumplimiento de las condiciones fijadas en el ANEXO I y de los resultados que surgen de las auditorias presentadas por el titular de la actividad, en caso de corresponder. Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado a quien se deberá otorgar copia certificada de la presente Resolución, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de Control de esta Agencia, a la Dirección General de Tránsito dependiente de la Subsecretaría de Transporte y a la Dirección General de Arbolado, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Villalonga

ANEXO

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Ente de Turismo

RESOLUCIÓN N.° 48/ENTUR/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO las Leyes N° 2.627 y 4.685, el Decreto N° 477/11, las Disposiciones N° 344-DGCG/11 y 279- DGCYC/2011, el Expediente N° 4.745.172/2014, las Notas N° 4.278.762-DGTALET-2014, 4.331.632- DGTALET-2014, 4.739.392-DGPRT/2014 y 4.748.055-ENTUR/2014; y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 2.627 creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley N° 4.685 modificó la Ley N° 2.627 con el propósito de dotar a dicho organismo de una mayor autarquía respecto de la administración central en miras de perfeccionar el marco de abordaje de las políticas públicas en materia de turismo; Que es su función fomentar el turismo nacional e internacional y desarrollar estrategias de mercado que tiendan a promocionar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como destino turístico, así como representarla, como administración local de turismo, ante todos aquellos organismos nacionales, internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, entidades públicas y privadas, empresas y particulares; Que por Decreto N° 477/11 se aprobó el nuevo régimen de viáticos, alojamiento y pasajes, destinado a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y exterior del país, el que fuera reglamentado por la Disposición N° 344-DGCG/11; Que dicha norma establece que los viajes están sujetos a la operatoria instrumentada a través de la Licitación Pública N° 4-DGCyC/11, y su Resolución modificatoria N° 1250/MHGC/12, excepto aquellos que determine la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, los que se regirán por lo dispuesto por los Artículos 8° y 9° del régimen en cuestión; Que entre los días 23 y 27 de abril de 2014 se llevará a cabo en la ciudad de Suipacha, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, "Expo Suipacha 2014", importante muestra de las actividades productivas del campo, constituyendo esta una gran oportunidad de dar a conocer, actualizar y fortalecer el posicionamiento de Buenos Aires, promocionar los productos, actividades, atractivos y servicios de turismo que brinda actualmente la Ciudad; Que a efectos de participar de dicho evento, resulta necesario designar a las personas que concurrirán en representación del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Nota N° 4.278.762-DGTALET-2014, se propuso autorizar el viaje del Lic. Valentín Díaz Gilligan, D.N.I. N° 23.469.060, Director General de Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, y del Lic. Tomas Meyer, D.N.I. N° 26.690.381, Gerente Operativo de Mercados Nacionales de la Dirección General de Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, asignándoles los viáticos correspondientes estipulados por el Decreto N° 477/11;

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Que mediante Nota N° 4.331.632-DGTALET-2014, la que fuera modificada posteriormente por Nota N° 4.739.392-DGPRT/2014, se comunicó a la Dirección General de Mantenimiento de la Flota Automotor, el desplazamiento en el vehículo oficial asignado al Ente de Turismo, del Lic. Valentín Díaz Gilligan, entre los días 26 y 27 de abril de 2014, a fin de trasladar material promocional y folletería institucional al evento de referencia; Que ante la imposibilidad de la empresa que instrumenta la Licitación Pública N° 4-DGCyC/11, de proveer el alojamiento para el día 24 de abril, conforme se desprende de la Nota N° 4.748.055-ENTUR/2014, es que se tramitará la misma en el marco de la excepción general establecida por el articulo 1° de la Disposición N° 279-DGCYC/2011; Que en virtud de lo expuesto, se ha realizado la reserva presupuestaria pertinente mediante la solicitud de entrega de fondos correspondiente por la suma total de PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE ($ 6.247,00), contra los créditos del presente ejercicio. Que la Subgerencia Operativa de Asuntos Legales ha tomado la debida intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen correspondiente IF 4851151-DGTALET/2014; Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por Artículo 11°, inciso k) de la Ley N° 2.627, y el Decreto N° 477/11,

EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1°.-Autorízase el viaje del Lic. Valentín Díaz Gilligan, D.N.I. N° 23.469.060, Director General de Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, y del Lic. Tomas Meyer, D.N.I. N° 26.690.381, Gerente Operativo de Mercados Nacionales de la Dirección General de Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, para participar de "Expo Suipacha 2014", a desarrollarse entre los días 23 y 27 de abril de 2014, en la ciudad de Suipacha, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, lo que ocasionará gastos desde el día 26 de abril de 2014 y hasta el día 27 de abril de 2014 inclusive, por parte del Lic. Valentín Díaz Gilligan y desde el día 24 de abril de 2014 y hasta el día 27 de abril de 2014 inclusive, por parte del Lic. Tomas Meyer. Las personas aquí autorizadas serán las responsables de la administración y rendición de los fondos asignados; Artículo 2°.-Entréguese a favor de la Dirección General de Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, en los términos del Decreto 477/11, la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS ($ 2.242,00), en concepto de viáticos, el importe de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($ 3.500,00) para consumos de Pasajes y Movilidad, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión y el monto de PESOS QUINIENTOS CINCO ($ 505,00) para gastos de alojamiento con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, según el detalle que obra en el Anexo I, que en un todo forma parte de la presente.

Artículo 3°.-La Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, gestionará bajo el procedimiento previsto en el Decreto N° 477/11 - al amparo de lo establecido en la operatoria instrumentada a través de la Licitación Pública N° 4-DGCyC/11, y su Resolución modificatoria N° 1250/MHGC/12 - y de la Disposición 279-DGCYC/11, la cobertura de alojamiento de las personas autorizadas en el Artículo 1°; Artículo 4°.- El gasto que involucre el cumplimiento de la presente medida, deberá ser imputado contra los créditos asignados al Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el actual ejercicio.

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Artículo 5°.-La Dirección General de Contaduría, deberá emitir la orden de pago a favor del beneficiario, por la suma detallada en el Artículo 2° de la presente Disposición, importe que será depositado al Beneficiario N° 2.105, Cuenta Corriente del Banco de la Ciudad de Buenos Aires N° 3.555/8 Suc.N° 5. Artículo 6°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento, y a los efectos del cumplimiento del Artículo 5° de la presente, pase a la Dirección General de Contaduría, dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. de Andreis

ANEXO

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Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes

RESOLUCIÓN N.º 293/CDNNYA/14

Buenos Aires, 19 de marzo de 2014 VISTO: La Ley N° 114, la Resolución N° 436/CDNNyA/2011, el Expediente Electrónico Nº 3507285/MGEyA- CDNNyA/2014, CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que el artículo 74 de la Ley N° 114, crea en el ámbito del Consejo, el Registro y Seguimiento de Organizaciones No Gubernamentales (Registro de ONGs) que tiene como objeto el trabajo sobre temáticas y cuestiones vinculadas, directa o indirectamente, a los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que el artículo 75 de la misma ley, establece la obligatoriedad de la inscripción en el mencionado Registro para todas las organizaciones de la sociedad civil y en general a las personas de existencia ideal que hayan obtenido su personería jurídica, como condición para la celebración de convenios de cualquier naturaleza y alcance con instituciones oficiales; Que por Resolución N° 436/CDNNyA/11, se dictó el marco reglamentario de inscripción de las organizaciones y el funcionamiento del Registro de ONGs; Que la Fundación Bama de Educación y Cultura con domicilio legal sito en la calle Jorge Luis Borges Nº 1932, de esta Ciudad, tiene como objeto la creación y ofrecimiento de recursos educativos para promover y potenciar en forma continua la calidad educativa judeo-sionista con el propósito de profundizar la identidad judía y la participación comunitaria orientada especialmente a los niños, niñas y adolescentes; Que la Fundación inscripta bajo el Legajo N° 926, ha sido relevada por el Equipo Técnico del área del Registro de ONGs; Que la titular de la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs, informó que la Fundación acompañó la totalidad de la documentación requerida en el punto 1.1 del artículo 77 de la Ley N° 114 y que del análisis de los objetivos institucionales surge la pertinencia de la inscripción definitiva en el Registro; Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 56, inciso c) de la Ley Nº 114, y el Decreto N° 701/11,

LA VICEPRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE Artículo 1.- Inscríbase a la Fundación Bama de Educación y Cultura, bajo el Legajo N° 926 del Registro y Seguimiento de Organismos no Gubernamentales dependiente de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

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Artículo 2.- Establézcase que la Fundación deberá dar cumplimiento a los requerimientos previstos en la Ley N° 114 y la Resolución N° 436/CDNNyA/2011 puntos 2.2, 2.3.1 y 3.2, a los efectos de mantener vigente su situación registral. Artículo 3.- Solicitase a la Fundación la entrega de las copias de los convenios suscriptos con organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la sede del Registro de ONG's de este Consejo, conforme lo establecido en el punto 1.5 de la Resolución 436/CDNNyA/11. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento, notificar a la entidad requirente y demás efectos pase a la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs. Cumplido, archívese. Wolanik

RESOLUCIÓN N.º 294/CDNNYA/14

Buenos Aires, 19 de marzo de 2014 VISTO: La Ley Nº 114, la Ley Nº 471, el Decreto N° 1.550/2008, el Expediente electrónico N° 02.626.544/MGEyA-CDNNyA/2014, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que por el Decreto Nº 1.550/2008, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires delegó en los Ministros la facultad de autorizar en forma excepcional la ausencia sin goce de haberes de los agentes comprendidos en la Ley Nº 471, estableciendo que el período por el cual se autoriza la ausencia no podrá exceder un (1) año, renovable por un período similar; Que por el Expediente Electrónico N° 02.626.544/MGEyA-CDNNyA/2014, la agente María Rollano, F.C. Nº 436.580, C.U.I.L. Nº 27-29.249.421-7, quien se desempeña en el Departamento de Capacitación, Promoción y Participación Ciudadana, dependiente de la Dirección General de Programas Descentralizados de este Organismo, solicita mediante nota obrante como IF Nº 02922949/DGPDES/2014, licencia extraordinaria sin goce de haberes a partir del 20 de marzo del año en curso y por el término de un (1) año, para brindar talleres sobre Educación Sexual Integral y Promoción de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, dirigidos a docentes de diferentes escuelas del interior del país, con la posibilidad de resultar las nuevas tareas que se le ofrecen una oportunidad de crecimiento tanto personal como profesional; Que la Directora General de Programas Descentralizados de este Organismo, mediante IF Nº 03003396/DGPDES/2014, prestó su conformidad con el otorgamiento de la licencia solicitada; Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias, conferidas por la Ley Nº 114 y el Decreto N° 1550/2008,

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Artículo 1.- Otorgase a la agente María Rollano, F.C. Nº 436.580, C.U.I.L. Nº 27-29.249.421-7, licencia extraordinaria sin goce de haberes, a partir del 20 de marzo del año en curso y por el término de un (1) año, reservando la partida presupuestaria 20150000 T-A-01 NAP del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y para su conocimiento y comunicación a la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y notificación al interesado, remítase a la Dirección Operativa de Recursos Humanos de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de este Consejo. Cumplido, archívese. Wolanik

RESOLUCIÓN N.º 303/CDNNYA/14

Buenos Aires, 21 de marzo de 2014 VISTO: La Ley N° 114, la Resolución N° 436/CDNNyA/2011, el Expediente Electrónico Nº 03568502/MGEyA- CDNNyA/2014, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que el artículo 74 de la Ley N° 114, crea en el ámbito del Consejo, el Registro y Seguimiento de Organizaciones No Gubernamentales (Registro de ONGs) que tiene como objeto el trabajo sobre temáticas y cuestiones vinculadas, directa o indirectamente, a los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que el artículo 75 de la misma ley, establece la obligatoriedad de la inscripción en el mencionado Registro para todas las organizaciones de la sociedad civil y en general a las personas de existencia ideal que hayan obtenido su personería jurídica, como condición para la celebración de convenios de cualquier naturaleza y alcance con instituciones oficiales; Que por Resolución N° 436/CDNNyA/11, se dictó el marco reglamentario de inscripción de las organizaciones y el funcionamiento del Registro de ONGs; Que la Sociedad MAXXUM GROUP S.A. con domicilio legal sito en la calle Vidal Nº 4428, de esta Ciudad, trabaja en forma articulada con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Programa Reconstruyendo Lazos brindando oportunidades de prácticas laborales a jóvenes y adolescentes; Que la Sociedad, inscripta bajo el Legajo N° 868, ha sido relevada por el Equipo Técnico del área del Registro de ONGs; Que la titular de la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs, informó que la Sociedad acompañó la totalidad de la documentación requerida en el punto 1.1 del artículo 77 de la Ley N° 114 y que del análisis de los objetivos institucionales surge la pertinencia de la inscripción definitiva en el Registro; Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 56, inciso c) de la Ley 114, y el Decreto N° 701/11,

Página Nº 83Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

RESUELVE

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Artículo 1.- Inscríbase a Sociedad MAXXUM GROUP S.A., bajo el Legajo N° 868 del

Registro y Seguimiento de Organismos no Gubernamentales dependiente de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Artículo 2.- Establézcase que la Sociedad deberá dar cumplimiento a los requerimientos previstos en la Ley N° 114 y la Resolución N° 436/CDNNyA/2011 puntos 2.2, 2.3.1 y 3.2, a los efectos de mantener vigente su situación registral. Artículo 3.- Solicítese a la Sociedad la entrega de las copias de los convenios suscriptos con organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la sede del Registro de ONG's de este Consejo, conforme lo establecido en el punto 1.5 de la Resolución 436/CDNNyA/11. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento, notificar a la entidad requirente y demás efectos pase a la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs. Cumplido, archívese. Wolanik RESOLUCIÓN N.º 304/CDNNYA/14

Buenos Aires, 21 de marzo de 2014 VISTO: La Ley N° 114, la Resolución N° 436/CDNNyA/2011, el Expediente Electrónico Nº 03568536 /MGEyA- CDNNyA/2014, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que el artículo 74 de la Ley N° 114, crea en el ámbito del Consejo, el Registro y Seguimiento de Organizaciones No Gubernamentales (Registro de ONGs) que tiene como objeto el trabajo sobre temáticas y cuestiones vinculadas, directa o indirectamente, a los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que el artículo 75 de la misma ley, establece la obligatoriedad de la inscripción en el mencionado Registro para todas las organizaciones de la sociedad civil y en general a las personas de existencia ideal que hayan obtenido su personería jurídica, como condición para la celebración de convenios de cualquier naturaleza y alcance con instituciones oficiales; Que por Resolución N° 436/CDNNyA/11, se dictó el marco reglamentario de inscripción de las organizaciones y el funcionamiento del Registro de ONGs; Que la Sociedad CILOVI S.A. con domicilio legal sito en la calle Pte. J. E. Uriburu Nº 1595, Planta Baja, de esta Ciudad, trabaja en forma articuladamente con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Programa Reconstruyendo Lazos brindando oportunidades de prácticas laborales a jóvenes y adolescentes; Que la Sociedad, inscripta bajo el Legajo N° 878, ha sido relevada por el Equipo Técnico del área del Registro de ONGs; Que la titular de la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs, informó que la Sociedad acompañó la totalidad de la documentación requerida en el punto 1.1 del artículo 77 de la Ley N° 114 y que del análisis de los objetivos institucionales surge la pertinencia de la inscripción definitiva en el Registro; Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Página Nº 84Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

LA VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE

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Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 56, inciso c) de la Ley 114, y el Decreto N° 701/11,

LA VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE Artículo 1.- Inscríbase a la Sociedad CILOVI S.A., bajo el Legajo N° 878 del Registro y

Seguimiento de Organismos no Gubernamentales dependiente de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Artículo 2.- Establézcase que la Sociedad deberá dar cumplimiento a los requerimientos previstos en la Ley N° 114 y la Resolución N° 436/CDNNyA/2011 puntos 2.2, 2.3.1 y 3.2, a los efectos de mantener vigente su situación registral. Artículo 3.- Solicítese a la Sociedad la entrega de las copias de los convenios suscriptos con organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la sede del Registro de ONG's de este Consejo, conforme lo establecido en el punto 1.5 de la Resolución 436/CDNNyA/11. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento, notificar a la entidad requirente y demás efectos pase a la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs. Cumplido, archívese. Wolanik

RESOLUCIÓN N.º 305/CDNNYA/14

Buenos Aires, 21 de marzo de 2014 VISTO: La Ley N° 114, la Resolución N° 436/CDNNyA/2011, el Expediente Electrónico Nº 03568610/MGEyA- CDNNyA/2014, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que el artículo 74 de la Ley N° 114, crea en el ámbito del Consejo, el Registro y Seguimiento de Organizaciones No Gubernamentales (Registro de ONGs) que tiene como objeto el trabajo sobre temáticas y cuestiones vinculadas, directa o indirectamente, a los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que el artículo 75 de la misma ley, establece la obligatoriedad de la inscripción en el mencionado Registro para todas las organizaciones de la sociedad civil y en general a las personas de existencia ideal que hayan obtenido su personería jurídica, como condición para la celebración de convenios de cualquier naturaleza y alcance con instituciones oficiales; Que por Resolución N° 436/CDNNyA/11, se dictó el marco reglamentario de inscripción de las organizaciones y el funcionamiento del Registro de ONGs; Que la Sociedad GREEN EAT S.A con domicilio legal sito en la calle Reconquista Nº 690 de esta Ciudad, trabaja en forma articulada con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Programa Reconstruyendo Lazos brindando oportunidades de prácticas laborales a jóvenes y adolescentes; Que la Sociedad, inscripta bajo el Legajo N° 877, ha sido relevada por el Equipo Técnico del área del Registro de ONGs;

Página Nº 85Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que la titular de la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs, informó que la Sociedad acompañó la totalidad de la documentación requerida en el punto 1.1 del artículo 77 de la Ley N° 114 y que del análisis de los objetivos institucionales surge la pertinencia de la inscripción definitiva en el Registro; Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 56, inciso c) de la Ley 114, y el Decreto N° 701/11,

LA VICEPRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE Artículo 1.- Inscríbase a la Sociedad GREEN EAT S.A, bajo el Legajo N° 877 del

Registro y Seguimiento de Organismos no Gubernamentales dependiente de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Artículo 2.- Establézcase que la Sociedad deberá dar cumplimiento a los requerimientos previstos en la Ley N° 114 y la Resolución N° 436/CDNNyA/2011 puntos 2.2, 2.3.1 y 3.2, a los efectos de mantener vigente su situación registral. Artículo 3.- Solicítese a la Sociedad la entrega de las copias de los convenios suscriptos con organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la sede del Registro de ONG's de este Consejo, conforme lo establecido en el punto 1.5 de la Resolución 436/CDNNyA/11. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento, notificar a la entidad requirente y demás efectos pase a la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs. Cumplido, archívese. Wolanik

RESOLUCIÓN N.º 306/CDNNYA/14

Buenos Aires, 21 de marzo de 2014 VISTO: La Ley N° 114, la Resolución N° 436/CDNNyA/2011, el Expediente Electrónico Nº 3570251/MGEyA- CDNNyA/2014, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que el artículo 74 de la Ley N° 114, crea en el ámbito del Consejo, el Registro y Seguimiento de Organizaciones No Gubernamentales (Registro de ONGs) que tiene como objeto el trabajo sobre temáticas y cuestiones vinculadas, directa o indirectamente, a los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que el artículo 75 de la misma ley, establece la obligatoriedad de la inscripción en el mencionado Registro para todas las organizaciones de la sociedad civil y en general a las personas de existencia ideal que hayan obtenido su personería jurídica, como condición para la celebración de convenios de cualquier naturaleza y alcance con instituciones oficiales; Que por Resolución N° 436/CDNNyA/11, se dictó el marco reglamentario de inscripción de las organizaciones y el funcionamiento del Registro de ONGs;

Página Nº 86Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que Dignos de Ser Asociación de Prevención y Asistencia contra la Violencia con domicilio legal sito en Pasaje Osaka Nº 1208, de esta Ciudad, tiene como objeto brindar asistencia terapéutica a niñas, niños, adolescentes, como así también crear programas de prevención en las escuelas orientados a combatir la violencia infantil; Que la Asociación inscripta bajo el Legajo N° 776, ha sido relevada por el Equipo Técnico del área del Registro de ONGs; Que la titular de la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs, informó que la Asociación acompañó la totalidad de la documentación requerida en el punto 1.1 del artículo 77 de la Ley N° 114 y que del análisis de los objetivos institucionales surge la pertinencia de la inscripción definitiva en el Registro; Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 56, inciso c) de la Ley Nº 114, y el Decreto N° 701/11,

LA VICEPRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE Artículo 1.- Inscríbase a Dignos de Ser Asociación de Prevención y Asistencia contra

la Violencia, bajo el Legajo N° 776 del Registro y Seguimiento de Organismos no Gubernamentales dependiente de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Artículo 2.- Establézcase que la Asociación deberá dar cumplimiento a los requerimientos previstos en la Ley N° 114 y la Resolución N° 436/CDNNyA/2011 puntos 2.2, 2.3.1 y 3.2, a los efectos de mantener vigente su situación registral. Artículo 3.- Solicítese a la Asociación la entrega de las copias de los convenios suscriptos con organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la sede del Registro de ONG's de este Consejo, conforme lo establecido en el punto 1.5 de la Resolución 436/CDNNyA/11. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento, notificar a la entidad requirente y demás efectos pase a la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs. Cumplido, archívese. Wolanik

RESOLUCIÓN N.º 311/CDNNYA/14

Buenos Aires, 25 de marzo de 2014 VISTO: La Ley N° 114, la Resolución N° 436/CDNNyA/2011, el Expediente Electrónico Nº 3568478/MGEyA- CDNNyA/2014, CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que el artículo 74 de la Ley N° 114, crea en el ámbito del Consejo, el Registro y Seguimiento de Organizaciones No Gubernamentales (Registro de ONGs) que tiene como objeto el trabajo sobre temáticas y cuestiones vinculadas, directa o indirectamente, a los derechos de niñas, niños y adolescentes;

Página Nº 87Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que el artículo 75 de la misma ley, establece la obligatoriedad de la inscripción en el mencionado Registro para todas las organizaciones de la sociedad civil y en general a las personas de existencia ideal que hayan obtenido su personería jurídica, como condición para la celebración de convenios de cualquier naturaleza y alcance con instituciones oficiales; Que por Resolución N° 436/CDNNyA/11, se dictó el marco reglamentario de inscripción de las organizaciones y el funcionamiento del Registro de ONGs; Que la Asociación Foro Permanente Para Educación la Ciencia y la Cultura por la Paz con domicilio legal sito en la calle Uruguay Nº 1220, "PB", de esta Ciudad, tiene como objeto educar, garantizando la paz y el diálogo, promover la inclusión social y la atención a la diversidad, así como apoyar a la democracia y sus instituciones, respetar los Derechos Humanos, los tratados y pactos internacionales, incorporados a la Constitución Nacional orientados a los niños, niñas y adolescentes; Que la Asociación inscripta bajo el Legajo N° 906, ha sido relevada por el Equipo Técnico del área del Registro de ONGs; Que la titular de la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs, informó que la Asociación acompañó la totalidad de la documentación requerida en el punto 1.1 del artículo 77 de la Ley N° 114 y que del análisis de los objetivos institucionales surge la pertinencia de la inscripción definitiva en el Registro; Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 56, inciso c) de la Ley Nº 114, y el Decreto N° 701/11 y,

LA VICEPRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE

Artículo 1.- Inscríbase a la Asociación Foro Permanente para Educación la Ciencia y la Cultura por la Paz, bajo el Legajo N° 906 del Registro y Seguimiento de Organismos no Gubernamentales dependiente de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Artículo 2.- Establézcase que la Asociación deberá dar cumplimiento a los requerimientos previstos en la Ley N° 114 y la Resolución N° 436/CDNNyA/2011 puntos 2.2, 2.3.1 y 3.2, a los efectos de mantener vigente su situación registral. Artículo 3.- Solicítese a la Asociación la entrega de las copias de los convenios suscriptos con organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la sede del Registro de ONG's de este Consejo, conforme lo establecido en el punto 1.5 de la Resolución 436/CDNNyA/11. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento, notificar a la entidad requirente y demás efectos pase a la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs. Cumplido, archívese. Wolanik

RESOLUCIÓN N.º 313/CDNNYA/14

Buenos Aires, 26 de marzo de 2014 VISTO: La Ley N° 114, la Resolución N° 170/CDNNyA/2014, el Expediente Electrónico Nº 03.170.625/MGEyA- CDNNyA/2014, y

Página Nº 88Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que por Resolución Nº 170/CDNNyA/2014 se autorizó el pase en comisión de servicios de la agente Natalia Lorena Ramírez, Ficha Nº 445.971, C.U.I.L. Nº 27-26.282.930-3, quien se desempeña en la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas de este Organismo, para cumplir funciones en el Centro de Día "La otra base de encuentro", dependiente del área programática del Hospital General de Agudos "Dr. P. Piñero", a partir del 1º de febrero de 2014 y por el término de un (1) año; Que mediante nota NO Nº 03132265/DGGPP/2014, la mencionada agente informó que por cuestiones personales no puede concurrir al citado efector de salud en pase en comisión de servicios autorizado, solicitando por ello se deje sin efecto la resolución citada precedentemente; Que mediante providencia PV Nº 03195363/DGGPP/2014, la Directora General de la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas prestó conformidad con lo solicitado por la agente Ramírez, informando que durante el mes de febrero la mencionada agente prestó servicios en el Departamento de Fortalecimiento, Promoción y Protección Integral de Jóvenes en Conflicto con la ley Penal, dependiente de la citada Dirección General, y que continúa haciéndolo en la actualidad; Que conforme surge del IF Nº 03637487/DGLTACDN/2014, el nosocomio mencionado informó que la agente Ramírez fue notificada en forma fehaciente de los términos de la resolución antes citada, desistiendo la interesada en ese acto administrativo del pase en comisión de servicios oportunamente autorizado; Que la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto Nº 1510/1997, dispone en su artículo 18 que el acto administrativo regular podrá ser revocado en sede administrativa por razones de oportunidad, mérito o conveniencia; Que en tanto la agente Ramírez desistió del pase en comisión oportunamente autorizado, no llegando a prestar servicios en la repartición de destino, el acto administrativo que autorizó dicho pase resulta abstracto y debe ser revocado por las razones antes indicadas; Que por las consideraciones vertidas precedentemente, resulta procedente revocar el acto administrativo que autorizó el pase en comisión de servicios de la agente

Ramírez, para cumplir funciones en el Centro de Día "La otra base de encuentro", dependiente del área programática del Hospital General de Agudos "Dr. P. Piñero", a partir del 1º de febrero de 2014 y por el término de un (1) año; Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Nº 114 y la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto Nº 1510/1997,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

RESUELVE Artículo 1.- Dejase sin efecto la Resolución Nº 170/CDNNyA/2014 que autorizó el pase en comisión de servicios de la agente Natalia Lorena Ramírez, Ficha Nº 445.971, C.U.I.L. Nº 27-26.282.930-3, para cumplir funciones en el Centro de Día "La otra base de encuentro", dependiente del área programática del Hospital General de Agudos "Dr. P. Piñero", a partir del 1º de febrero de 2014 y por el término de un (1) año.

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CONSIDERANDO:

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Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial. Pase para su conocimiento y notificación a la interesada, a la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas de este Organismo, a la Dirección del Hospital General de Agudos "Dr. Parmenio Piñero" del Ministerio de Salud y demás efectos, remítase a la Dirección Operativa de Recursos Humanos de este organismo y, por su intermedio a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. Wolanik

RESOLUCIÓN N.º 319/CDNNYA/14

Buenos Aires, 27 de marzo de 2014 VISTO: La Ley N° 114, la Resolución N° 436/CDNNyA/2011, el Expediente Electrónico Nº 03719179/MGEyA- CDNNyA/2014, CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que el artículo 74 de la Ley N° 114, crea en el ámbito del Consejo, el Registro y Seguimiento de Organizaciones No Gubernamentales (Registro de ONGs) que tiene como objeto el trabajo sobre temáticas y cuestiones vinculadas, directa o indirectamente, a los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que el artículo 75 de la misma ley, establece la obligatoriedad de la inscripción en el mencionado Registro para todas las organizaciones de la sociedad civil y en general a las personas de existencia ideal que hayan obtenido su personería jurídica, como condición para la celebración de convenios de cualquier naturaleza y alcance con instituciones oficiales; Que por Resolución N° 436/CDNNyA/11, se dictó el marco reglamentario de inscripción de las organizaciones y el funcionamiento del Registro de ONGs; Que EDUCAR, INTEGRAR Y CRECER ASOCIACIÓN CIVIL, con domicilio legal sito en la calle Soler N° 5702, piso 3, Dpto. "G", de la esta Ciudad, tiene por objeto promover el acceso a la educación en las áreas menos privilegiadas o marginadas de Argentina, abriendo o reabriendo centros educativos que carecen de recursos económicos para seguir operando, trabajando en forma articulada con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la red de apoyo escolar. Que la Asociación Civil, inscripta bajo el Legajo N° 955, ha sido relevada por el Equipo Técnico del área del Registro de ONGs; Que la titular de la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs, informó que la Asociación Civil acompañó la totalidad de la documentación requerida en el punto 1.1 del artículo 77 de la Ley N° 114 y que del análisis de los objetivos institucionales surge la pertinencia de la inscripción definitiva en el Registro; Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 56, inciso c) de la Ley 114, y el Decreto N° 701/11,

Página Nº 90Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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LA VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE

Artículo 1.- Inscríbase a EDUCAR, INTEGRAR Y CRECER ASOCIACIÓN CIVIL, bajo el Legajo N° 955 del Registro y Seguimiento de Organismos no Gubernamentales dependiente de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Artículo 2.- Establézcase que la Asociación Civil deberá dar cumplimiento a los requerimientos previstos en la Ley N° 114 y la Resolución N° 436/CDNNyA/2011 puntos 2.2, 2.3.1 y 3.2, a los efectos de mantener vigente su situación registral. Artículo 3.- Solicítese a la Asociación Civil la entrega de las copias de los convenios suscriptos con organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la sede del Registro de ONG's de este Consejo, conforme lo establecido en el punto 1.5 de la Resolución 436/CDNNyA/11. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento, notificar a la entidad requirente y demás efectos pase a la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs. Cumplido, archívese. Wolanik

RESOLUCIÓN N.º 324/CDNNYA/14

Buenos Aires, 27 de marzo de 2014 VISTO: La Ley N° 114, la Ley N° 471, el Decreto Nº 1550/08, Expediente electrónico Nº 03719511/MGEyA- DGLTACDN/14, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los derechos de la infancia y adolescencia; Que por el artículo 46 de la citada norma, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que por el Decreto N° 1.550/08 el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires delegó en los Ministros la facultad de autorizar en forma excepcional la ausencia sin goce de haberes a los agentes comprendidos en la Ley N° 471, estableciendo que el período por el cual se autoriza la ausencia no podrá exceder un (1) año, renovable por un período similar; Que, por el Expediente electrónico Nº 03719511/MGEYA-DGLTACDN/14 la agente Daniela Paula Arias, F.C.Nº 445.943, CUIL N° 27-22297199-9, quien se desempeña como abogada en la Defensoría Zonal Comuna Nº 1, dependiente de la Dirección General Programas Descentralizados de este Organismo, solicita mediante nota obrante como NO-03468228-2014-DGPDES, licencia extraordinaria sin goce de haberes a partir del 07 de abril del año en curso, en razón de encontrarse atravesando situaciones personales de emergencia familiar, y por el término de un (1) año; Que mediante NO-2014-03612735/DGPDES, la Directora General de la Dirección General de Programas Descentralizados, como órgano jerárquico superior de la Defensoría citada, presta su conformidad con el otorgamiento de la licencia solicitada; Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado la intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias conferidas por la Ley N° 114, y el Decreto Nº 1550/2008,

Página Nº 91Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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LA PRESIDENTA DELCONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE Artículo 1.- Otorgase a la agente Daniela Paula Arias, F.C.Nº 445.943, CUIL N° 27-22297199-9, llicencia extraordinaria sin goce de haberes a partir del 07 de abril del año en curso y por el término de un (1) año, reservando la partida presupuestaria 2015 0000 P-A-01 NAP del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y para su conocimiento y comunicación a la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y notificación al interesado, remítase a la Dirección Operativa de

Recursos Humanos de la Dirección General Legal Técnica Administrativa de este Consejo. Cumplido, archívese. Wolanik

Página Nº 92Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Hacienda - Ministerio de

Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 35/MHGC/14

Buenos Aires, 25 de abril de 2014

VISTO: Los Decretos N° 556/10, N° 752/10 y el Expediente N° 4238315/MGEYA/DGAI/14, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada, la Dirección General de Infracciones dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, tramita la aprobación del gasto relativo al Servicio Integral de Procesamiento y Administración de Infracciones, efectuado por la empresa BOLDT S.A., por la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO SEIS CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($3.664.106,42), correspondiente al mes de marzo de 2014; Que hasta el 31 de octubre de 2013 el mencionado servicio se prestó en el marco de la Licitación Pública Nº 1613/2008 prorrogada mediante Resolución Nº 173/MJYSGC/13, que generó la Orden de Compra N° 41787/2013; Que actualmente se encuentra en curso un nuevo proceso de Licitación Pública N° 2131/SIGAF/2013 que tramita por Expediente Nº 1656985/MGEYA/DGCYC/13; Que se hace imprescindible saldar los compromisos surgidos con posterioridad a dicho período, a los efectos de garantizar la continuidad y regularidad de la prestación en cuestión; Que los mismos fueron requeridos por urgente e imprescindible necesidad; Que en el presente caso corresponde aprobar el gasto que se trata. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 752/10 modificatorio del Decreto Nº 556/10,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD Y EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVEN Artículo 1.- Apruébase el gasto efectuado por la Dirección General de Infracciones dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, relativo al Servicio Integral de Procesamiento y Administración de Infracciones, efectuado por la empresa BOLDT S.A., por la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO SEIS CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($3.664.106,42), correspondiente al mes de marzo de 2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la firma Boldt S.A, comuníquese a la Dirección General Contaduría y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General de Administración de Infracciones dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del citado Ministerio de Justicia y Seguridad, a los fines consiguientes. Montenegro - Grindetti

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Ministerio de Modernización - Ministerio de

Desarrollo Económico

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 140/MMGC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: El Expediente N° 3.022.656/12, y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Subsecretaría de Deportes, del Ministerio de Desarrollo Económico, propició la designación con carácter interino, a partir del 18 de diciembre de 2012, de la agente Myrna Beatriz De Noia, D.N.I. 20.026.244, CUIL. 27-20026244-7, legajo personal 350.647, como Profesora de Educación Física, con 10 horas cátedra; Que atento el tiempo transcurrido y no habiéndose procedido a realizar la designación mencionada precedentemente en tiempo y forma, corresponde reconocer los servicios prestados por la involucrada, por el período comprendido entre el 18 de diciembre de 2012 y el 31 de diciembre de 2013, toda vez que existió una real prestación de los mismos y proceder a su designación a partir del 1 de enero de 2013; Que a tal efecto, es oportuno dictar un acto administrativo de acuerdo a lo dispuesto por el Estatuto del Docente Municipal para Areas de Enseñanza Específica aprobado por Ordenanza N° 36432, y modificatorias, y artículos 2 y 3 de la Ordenanza N° 38846, prorrogada por Ordenanza N° 39677; Que atento a lo expuesto, resulta necesario dictar la norma legal pertinente; Que es de hacer notar, que la Dirección General de Planeamiento y Control de Gestión, del Ministerio de Modernización, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LOS MINISTROS DE DESARROLLO ECONÓMICO Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Reconócense los servicios prestados por la agente Myrna Beatriz De Noia, D.N.I. 20.026.244, CUIL. 27-20026244-7, legajo personal 350.647, por el período comprendido entre el 18 de diciembre de 2012 y el 31 de diciembre de 2013, como Profesora de Educación Física, con 10 horas cátedra, en la Subsecretaría de Deportes, del Ministerio de Desarrollo Económico, partida 6511.0001.0215. Artículo 2.- Desígnase con carácter interino, a partir del 1 de enero de 2013, a la agente Myrna Beatriz De Noia, D.N.I. 20.026.244, CUIL. 27-20026244-7, legajo personal 350.647, como Profesora de Educación Física, con 10 horas cátedra, en la Subsecretaría de Deportes, del Ministerio de Desarrollo Económico, partida 6511.0001.0215, de acuerdo a lo dispuesto por el Estatuto del Docente Municipal para Áreas de Enseñanza Específica aprobado por Ordenanza N° 36432 y modificatorias, y artículos 2 y 3 de la Ordenanza N° 38846, prorrogada por Ordenanza Nº 39677. Artículo 3.-El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, encuentra imputación en el Presupuesto Vigente, en el Inciso 1 "Gastos en Personal", en la repartición en que presta servicios el mencionado agente.

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Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Económico a la Subsecretaría de Deportes y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Cabrera - Ibarra

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Ministerio de Modernización - Ministerio de

Salud

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 141/MMGC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 647/MMGC/2013, y el Expediente N° 2390334/2012, y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Enrique Tornú", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 180/HGAT/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a diversas personas, como Técnicos en Radiología, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de las personas propuestas para las coberturas en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 647/MMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN

RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídanse en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 180/HGAT/2013. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 142/MMGC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: El Expediente Nº 2642992/2013 e incorporado, y

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CONSIDERANDO: Que la Dra. Silvia Noemí Rossi, D.N.I. 16.300.618, CUIL. 27-16300618-4, legajo personal 351.976, del Hospital Infanto Juvenil "Dra. Carolina Tobar García", del Ministerio de Salud, solicita el pase de Guardia a Planta; Que según surge de los presentes actuados la Dirección General de Administración de Medicina del Trabajo, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, resuelve que la profesional que nos ocupa por razones de salud solo podrá desempeñarse en Planta; Que por lo expuesto y a fin de regularizar la situación planteada, se propicia reubicar a la nombrada como Psicóloga de Planta Consultor, titular, con 36 horas semanales, en el citado establecimiento asistencial; Que a tal efecto es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6, punto 6.7, Incs. a) y d), de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987, y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que es de hacer notar que la misma no representa mayor erogación. Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1, del Decreto Nº 736/2004,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Reubícase a la Dra. Silvia Noemí Rossi, D.N.I. 16.300.618, CUIL. 27-16300618-4, legajo personal 351.976, como Psicóloga de Planta Consultor, titular, con 36 horas semanales, partida 4023.0040.MS.19.758, del Hospital Infanto Juvenil "Dra. Carolina Tobar García", dependiente del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6, punto 6.7, Incs. a) y d), de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia Psicóloga Consultor, titular, con 36 horas semanales, partida 4023.0040.MS.19.958, en el citado Hospital. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital Infanto Juvenil "Dra. Carolina Tobar García", al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud – Ibarra

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Disposición Jefatura de Gabinete de Ministros

DISPOSICIÓN N.º 65/DGTRANSI/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO: Las leyes N° 471 y 4013, los Decretos N° 184/2010, 281/2010 y 122/2012, el Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado por Resoluciones N° 2777-MHGC-2010 y N° 2778-MHGC-2010, la Resolución Nº 495-MMGC-2012, y CONSIDERANDO: Que a través del artículo 38 de la Ley Nº 471 se regula la jornada de trabajo del Personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que la Ley 4013 estableció la actual organización de los Ministerios del Gobierno y por Decreto 660/11 se aprobó la estructura orgánica funcional dependiente del Poder Ejecutivo; Que por su parte el Decreto Nº 281/GCABA/10 instruyó a la ex Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la ex Subsecretaría de Modernización de la Gestión Pública, a elaborar en forma conjunta, el Régimen General y único de Registro de Asistencia del Personal comprendido en el artículo 4° del Capítulo II de la Ley N° 471, designados para cumplir funciones en la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Poder Ejecutivo; Que mediante la Resolución Nº 495-MMGC-2012, se reglamentaron las obligaciones de los agentes y de los responsables del control, de acuerdo a un procedimiento a través del cual se fiscaliza la asistencia del personal, y al que deben ajustarse todos los organismos mencionados en el Decreto Nº 281/GCABA/10; asimismo el artículo 6º del Anexo I de la misma faculta a eximir del Registro de Asistencia, a los agentes que desempeñan habitualmente tareas fuera de la oficina de la repartición mediante escrito y de manera fundada por el funcionario de jerarquía no inferior a Director General; Que en el mismo artículo se indica que en tales casos se requerirá implementar una hoja de ruta o tareas programadas elaborada para períodos iguales o menores a una semana, complementado con un informe de cumplimiento del Gerente Operativo a cargo del personal eximido; Que como consecuencia de las condiciones que presenta la dinámica operativa constante y cotidiana, para un mejor cumplimiento de sus tareas, resulta oportuno eximir del registro de asistencia al agente Paggi Victor Cuil Nº 20-31824202-0; Por ello y en uso de las facultades que le son propias.

EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSITO DISPONE:

Artículo 1°.- Exímase del Registro de Asistencia determinado en la Resolución Nº 495-MMGC-12 al agente Paggi Victor Cuil Nº 20-31824202-0. Artículo 2°.- Dése registro, comuníquese para su conocimiento a la Subsecretaría de Transporte dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Gerencia Operativa Auditoría y Contralor de Recursos Humanos de la Subsecretaría de Gestión

de Recursos Humanos al Área de Recursos Humanos de la Direccion General de Transito. Cumplido archívese. Sigillito

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DISPOSICIÓN N.º 66/DGTRANSI/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO la ley Nº 471, el Decreto 73/GCBA13 (B.O 4101), LA Disposición Nº 154/DGTRANSI/13 y el Expediente Electrónico Nº 4615340 MGEYA DGTAD/14 y CONSIDERANDO: Que la Ley 471 establece en su artículo 43 "Un trabajador revista en comisión de servicios cuando, en virtud de acto administrativo emanado de autoridad competente, es destinado a ejercer sus funciones en forma transitoria fuera del asiento habitual de estas en cumplimiento de órdenes o instrucciones impartidas por el organismo comisionante": Que el Decreto Nº 73 en el capítulo 2 Art 4 establece que "La comisión de servicios se autoriza mediante acto administrativo de funcionario con rango no inferior a Dirección General del organismo cedente y no implica modificar la situación presupuestaria ni la categoría del agente. El acto deberá ser puesto en conocimiento del Ministro de Modernización..." Que la referida norma determina que el término de la comisión de servicios puede ser de hasta un (1) año desde la fecha en que el agente comience a desempeñarse en la repartición de destino, pudiendo prorrogarse por igual lapso por una única vez, sin excederse los dos años calendarios. Que por Disposición Nº 154/DGTRANSI/2013 se autorizó la comisión de servicios de la agente Weimann Mónica, CUIL 27-12255726-5; Que por medio del Expediente Nº 953711/MGEYA/DGTAD/13 la Subsecretaria Unidad de Planes Estratégicos, dependiente de la Jefatura de Gabinete, solicitó la prórroga de la comisión de servicios del agente mencionado; Que en consecuencia, resulta pertinente dictar el acto administrativo correspondiente a fin de aprobar la prórroga del pase en comisión de la agente referida precedentemente a la repartición peticionante; Por ello, y en uso de facultades que le son propias

EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSITO DISPONE:

Articulo 1º.- Autorízase la prórroga del pase en comisión del agente Weimann Mónica., CUIL 27-12255726-5, para prestar servicios en la Subsecretaria Unidad de Planes Estratégicos, por el período de un año a partir del vencimiento de la comisión otorgada por Disposición Nº 154/DGTRANSI/14. Articulo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial. Notifíquese a la agente Weimann Monica. Pase para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaría Unidad de Planes Estratégicos y a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Sigillito

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Ministerio de Hacienda

DISPOSICIÓN N.º 86/DGSEGUROS/14

Buenos Aires, 25 de abril de 2014 VISTO: La Ley Nº 17.418, la Ley Nº 3.304, el Decreto Nº 196/GCBA/2011, los Decretos N° 660/GCBA/2011, N° 379/GCBA/2012 y N° 203/GCBA/2012, la Resolución Nº 130/SECLYT/2014, y; CONSIDERANDO: Que, habida cuenta de lo dispuesto por la Ley de Seguros Nº 17.418 en razón que el asegurador debe indemnizar el daño sufrido por el asegurado como consecuencia de un siniestro cubierto dentro los alcances, límites y condiciones establecidas en las pólizas contratadas; Que la Ley N° 3.304, estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos a fin de encarar un proceso de modernización administrativa; Que en ese sentido, en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley mencionada en el párrafo anterior, denominado "Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación", en el punto 6.3 "Digitalización de procesos administrativos", se dispuso entre las actividades a implementar "....desarrollar la arquitectura tecnológica para la implementación del expediente electrónico."; Que por Decreto N° 196/GCBA/2011, se implementó el "Expediente Electrónico" en los términos del apartado 4 del punto 6.3. "Digitalización de Procesos Administrativos", contenido en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley N° 3.304, referido al "Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación" Que por Decreto N° 660/GCBA/2011, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, instituyendo a la Dirección General de Seguros en la órbita del Ministerio de Hacienda; Que en ese mismo sentido, por Decreto N° 379/GCBA/2012, se aprobó la modificación de la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda, encomendándosele a la Dirección General de Seguros la responsabilidad de, entender e intervenir en todas las contrataciones de seguros que deban efectuar los organismos que conforman el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en ese orden de ideas, es menester que en razón de la administración de los contratos de seguros suscriptos para brindar cobertura a terceros o al GCBA, se proceda a intervenir en las gestiones complementarias por siniestros acaecidos al amparo de las coberturas contratadas. Que, conforme los términos del Decreto N° 203/GCBA/2012, quedarán exceptuados de la presente norma, los siniestros acaecidos en el ramo automotor, los cuales se tramitarán en la órbita de la Dirección General de Mantenimiento de la Flota Automotor, dependiente del Ministerio de Hacienda; Que mediante la Resolución Nº 130/SECLYT/2014 en su Artículo 1º, se ha aprobado el Reglamento para la Gestión de Actuaciones Administrativas, incorporando nuevos conceptos en los módulos de tramitación electrónica; e indicando la obligatoriedad de uso del sistema Generador de Documentos Electrónicos para todas las áreas de

gobierno, como único medio de creación, registro, firma y archivo de todos los documentos inherentes a la gestión administrativa, conforme enuncia el Artículo 7º del Anexo I, del ut supra citado Reglamento aprobado por la norma indicada; Que asimismo, y en razón de promover un orden organizacional de los aspectos temporales y formales constitutivos de las denuncias de siniestros acaecidos y proceder en ese orden a adaptar lo citado en la implementación del trámite de las mismas mediante expediente electrónico es que procede el dictado de la presente;

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Que en mérito de lo expuesto y a tenor de normalizar los circuitos administrativos en consonancia con lo antedicho y en rigor de lo dispuesto por la normativa citada es que se hace necesario el dictado de un protocolo de denuncias generales de siniestros para los diversos ramos de coberturas de seguros oportunamente solicitados ante la Dirección General de Seguros por las jurisdicciones del GCABA; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 660/GCBA/2011 y N° 379/GCBA/2012.

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGUROS DISPONE:

Artículo 1º.- Establézcase la metodología detallada en los anexos que forman parte integrante de la presente, como protocolo de aplicación para aquellas denuncias de siniestros acaecidos dentro de los alcances, límites y condiciones establecidas en las pólizas contratadas de los diversos ramos, por ante la Dirección General de Seguros. Artículo 2º.- Quedan exceptuados de la presente, los siniestros acaecidos y pertenecientes a el ramo de seguro automotor en el marco de la cobertura que ampara la flota de vehículos del GCBA, los cuales se tramitarán en la órbita de la Dirección General de Mantenimiento de la Flota Automotor, dependiente del Ministerio de Hacienda. Artículo 3º.- Dese al registro y publíquese en el boletín oficial. Clement

ANEXO

DISPOSICIÓN N.º 266/DGCYC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764, los Decretos N° 754-08 y sus modificatorios Nº 232-10, Nº 109-12 y Nº 547-12, el Decreto Nº 241-10, la Resolución Nº 424-MHGC-13, la Resolución Nº 607-MHGC-13, la Disposición Nº 372-DGCYC-13, la Disposición Nº 57-DGSEGUROS-14 y el EE Nº 3.829.924/MGEYA-DGIUEP/2013, y CONSIDERANDO: Que por el presente actuado tramita la Contratación de un seguro de Responsabilidad Civil y un Seguro de Incendio con el objeto brindar cobertura a la nueva sede de la Dirección General de Inspección del Uso del Espacio Público, por ante la Dirección General de Seguros; Que por Decreto Nº 241-10 se establece que las Contrataciones de Seguros se realizarán a través de la Dirección General de Seguros; Que, por Disposición Nº 171-DGCyC-08 el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 85 de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que el Señor Ministro de Hacienda por Resolución Nº 424-MHGC-13 estableció que a partir del 1º de agosto de 2.013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley Nº 2095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Buenos Aires Compras (BAC);

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Que por Resolución Nº 607-MHGC-13 modificó el artículo 3° de la Resolución N° 424/MHGC/13, el que quedó redactado del siguiente modo: “Artículo 3°. Establécese que las solicitudes de excepción a lo dispuesto en el artículo 1° de la presente Resolución quedarán sujetas al trámite especial que establezca la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda“, dictando el suscripto en consecuencia la Disposición Nº 372-DGCYC-13; Que en ese sentido la Dirección General de Seguros mediante Nota NO-2013-04853518-DGSEGUROS pone de manifiesto la imposibilidad de realizar las correspondientes Solicitudes de Gasto en Buenos Aires Compras (BAC), toda vez que centraliza la gestión de la partida Nº 3.5.4 (Primas y Gastos de Seguros) asignadas a distintas Unidades Ejecutoras; Que a los fines antes dichos, esta Dirección General de Compras y Contrataciones, en uso de las facultades que le fueran otorgadas por la citada normativa, por IF-2013-05044372-DGCYC informa que las Solicitudes de Gasto quedan sujetas a las limitaciones previstas en el punto 2.2.1 "imputaciones a partidas con excepción" del Anexo I de la Disposición Nº 372-DGCYC-13, por lo que no resultaría necesario, emitir una excepción alguna a su respecto;

Que en ese sentido, no existiría óbice legal para llevar a cabo el procedimiento licitatorio que nos ocupa por ante el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en virtud de los términos de la Ley Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764, los Decretos N° 754-08 y modificatorios Nº 232-10, Nº 109-12 y Nº 547-12, el Director General de Seguros mediante Disposición Nº 57-DGSEGUROS-14 aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, autoriza a este Organismo a realizar el llamado a Licitación y designa la Comisión Evaluadora de Ofertas. Por ello, el suscripto se encuentra facultado para realizar el llamado a Licitación;

EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DISPONE

Artículo 1º.- Llámase a Licitación Pública Nº 535/SIGAF/2014 para el día 07 de Mayo de 2014 a las 11,00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 31, de la Ley Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764, los Decretos N° 754-08 y modificatorios Nº 232-10, Nº 109-12 y Nº 547-12, para la Contratación de un seguro de Responsabilidad Civil y un Seguro de Incendio con el objeto brindar cobertura a la nueva sede de la Dirección General de Inspección del Uso del Espacio Público, por un monto estimado de Pesos Diez Mil ($ 10.000.-) Artículo 2º.- Remítanse las invitaciones y comunicaciones, de acuerdo a la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4.764, los Decretos Nº 754-08 y modificatorios Nº 232-10, Nº 109-12 y Nº 547-12. Artículo 3º.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día. Artículo 4º.- Publíquese en Internet en la página Web Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 5º.- Los mismos podrán ser consultados y/o adquiridos en forma gratuita en Avda. Roque Sáenz Peña Nº 547 Piso 8º en el horario de 10,00 a 15,00 horas. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Gerencia Operativa de Contrataciones para la prosecución de su trámite. Butera

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N.° 82/HGAP/14

Buenos Aires, 12 de marzo de 2014 VISTO: El expediente N° 1159646/HGAP/2013, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente N° 1159646/HGAP/2013 se autorizó la adquisición de insumos con destino al servicio de Tocoginecología y Área Programática del Hospital, emitiéndose en consecuencia la Orden de Compra N° 35790/HGAP/2013 a favor de la firma INSTRUEQUIPOS S.A. habiéndose fijado su vencimiento el día 2/12/2013; y Que la firma antes mencionada procedió a la entrega del renglón N° 12, con fecha 17/2/2014 según Parte de Recepción Definitiva N° 56508, es decir, vencido el plazo establecido de 90(noventa) días a tal efecto; Por ello y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por Decreto 1772- GCBA-2006 (BOCBA N° 2557);

EL SUBDIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JOSE M. PENNA” EN CARÁCTER DE TITULAR DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE Art. 1°.- Impónese a la firma INSTRUEQUIPOS S.A.- CUIT N° 33-56829370-9 adjudicataria de la Orden de Compra 35790/HGAP/2013 domiciliada en Iguazú 218 (CP1437) de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 120°, 121°, 123° y 127° de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las penalidades que a continuación se detallan: Una multa de PESOS Trescientos cincuenta y cinco con 60 /100 ($355.6) por la mora en la entrega correspondiente a contrato. Art. 2°.- Notifíquese fehacientemente a la firma INSTRUEQUIPOS S.A.- CUIT N° 33-56829370-9 de los términos de la presente conforme lo establecido por los artículos 60 y 61 del DNU N° 1510/GCBA/97 aprobado por la Resolución N° 41-LCBA-98, y publíquese en el Boletín Oficial y en la página WEB de acuerdo a lo establecido en la Disposición N° 95/DGCYC/2012-BOCCA N° 3915. Caratúlese el Antecedente Cancelación de Cargo el cual será remitido a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda “Órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental” y el Legajo Único el cual será remitido a la Gerencia Operativa de Registros de la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda. “Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones”. Maggio

DISPOSICIÓN N.° 113/HMOMC/14

Buenos Aires, 22 de abril de 2014 VISTO

Página Nº 103Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

el Expediente N° 3.627.357-MGEYA-HMOMC-14, la Ley N° 3304 (B.O.C.B.A N° 3335 del 07-01-2010), la Ley 4736 (B.O.C.B.A.N° 4299 del 16-02-2013), la Ley 2095

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(B.O.C.B.A.N° 2557 del 02-11-206), su modificatoria Ley 4.764 (B.O.C.B.A.N° 4313 del 08-01-2014) y su Decreto Reglamentario N° 95-14 (B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014) y; CONSIDERANDO: Que, por el presente actuado tramita la Adquisición de Insumos Coagulación con destino al Servicio de Laboratorio de este Hospital; Que, obra Solicitud de Gastos N° 20.332-SIGAF-2014 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria, con cargo al presente Ejercicio; Que obra el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares; Que, por Disposición N° 171-DGCyC-2.008 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el apartado j) del Artículo N° 18 de la Ley N° 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, por Decreto N° 1353-GCBA-08 se creó la Unidad Operativa de Proyectos Especiales (en adelante UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central, en el ámbito del Ministerio de Salud y de Hacienda; Que, dentro de las competencias atribuidas a la UPE, se le delegó la facultad de coordinar procesos de compras y contrataciones de los medicamentos, insumos, productos biomédicos y servicios; Que, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 1802-MSGC-MHGC-08, se autorizó a los hospitales pertenecientes al Subsector Estatal del Sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires a efectuar las contrataciones para la adquisición de insumos requeridos con excepción de las que sean programadas ante la Unidad Operativa de Adquisiciones Central; Que, el Decreto N° 593-GCBA-11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), establecido por el Decreto N° 1353-GCBA-08, estableciendo que la misma funcionará exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), quien prosigue su funcionamiento como continuadora de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC); Que, dado que los Insumos solicitados no se encuentran en el listado de compras programadas a Nivel Central como tampoco en la Orden de Compra Abierta (Licitación Publica 1870-2013 , Licitación Publica 211-2013) y son indispensables para el normal funcionamiento del Servicio, resulta necesario contar con los mismos en un corto plazo, por lo cual corresponde su contratación bajo la modalidad prevista en el Art.12 de la Ley N° 4764 modificatorio del Art.38 del Capítulo IV del Título Tercero de la Ley 2095; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto N° 95-14 (B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014) reglamentario de la Ley 2095 (B.O.C.B.A.N° 2.557del 02-11-2006);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE ONCOLOGIA“ MARIA CURIE” EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Art. 1.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que como Anexo forma parte integrante de la presente, para la Adquisición de Insumos Coagulación, con destino al Servicio de Laboratorio de este Hospital por un monto aproximado de $120.000,00 (PESOS: CIENTO VEINTE MIL CON 00/100), con cargo al presente Ejercicio.-

Página Nº 104Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Art.2.- Llamase a CONTRATACION DIRECTA-REGIMEN ESPECIAL “CONTRATACION MENOR N°2670/SIGAF/HMOMC/2014” para el día 05 de Mayo de 2014 a las 10:00 horas, al amparo de lo establecido en el Articulo N°12 de la Ley N°4764 modificatorio del Art. 38 del Capítulo IV del Título Tercero de la ley 2095 y Art. 38 del Decreto Reglamentario N°95-14 (B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014).- Art.3.- Valor del Pliego: sin cargo.- Art.4.- Remítase las invitaciones, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 38° del Decreto Reglamentario N°95-14 ( B.O.C.B.A N° 4355 del 11-03-2014).- Art. 5.- Publíquese la contratación en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el Art.38 del Decreto Reglamentario 95-14 ( B.O.C.B.A. N°4355 del 11-03-2014).- Art.6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el Art.92 del Decreto Reglamentario N° 95-14 ( B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014) y remítase a la oficina de Compras para la prosecución de su tramite. Temperley

ANEXO

DISPOSICIÓN N.° 114/HMOMC/14

Buenos Aires, 22 de abril de 2014 VISTO el Expediente N° 3.627.517-MGEYA-HMOMC-14, la Ley N° 3304 (B.O.C.B.A N° 3335 del 07-01-2010), la Ley 4736 (B.O.C.B.A.N° 4299 del 16-02-2013), la Ley 2095 (B.O.C.B.A.N° 2557 del 02-11-206), su modificatoria Ley 4.764 (B.O.C.B.A.N° 4313 del 08-01-2014) y su Decreto Reglamentario N° 95-14 (B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014) y; CONSIDERANDO: Que, por el presente actuado tramita la adquisición de Insumos (Tumores y Hormonas), con destino al Servicio de Laboratorio; Que, obra Solicitud de Gastos N° 20.325-SIGAF-2014 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria, con cargo al presente Ejercicio; Que obra el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares; Que, por Disposición N° 171-DGCyC-2.008 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el apartado j) del Artículo N° 18 de la Ley N° 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, por Decreto N° 1353-GCBA-08 se creó la Unidad Operativa de Proyectos Especiales (en adelante UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central, en el ámbito del Ministerio de Salud y de Hacienda; Que, dentro de las competencias atribuidas a la UPE, se le delegó la facultad de coordinar procesos de compras y contrataciones de los medicamentos, insumos, productos biomédicos y servicios; Que, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 1802-MSGC-MHGC-08, se autorizó a los hospitales pertenecientes al Subsector Estatal del Sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires a efectuar las contrataciones para la adquisición de insumos requeridos con excepción de las que sean programadas ante la Unidad Operativa de Adquisiciones Central;

Página Nº 105Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que, el Decreto N° 593-GCBA-11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), establecido por el Decreto N° 1353-GCBA-08, estableciendo que la misma funcionará exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), quien prosigue su funcionamiento como continuadora de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC); Que, dado que los presentes insumos no se encuentran en el listado de compras programadas a Nivel Central ni en la Orden de compra abierta de Medicamentos (Licitación Pública N° 1870/2013) y son indispensables a fin de poder realizar los controles de glucosa en sangre a los pacientes del Servicio de Guardia, internación y Terapia Intesnsiva, corresponde su adquisición bajo la modalidad prevista en el Art.12 de la Ley N° 4764 modificatorio del Art.38 del Capítulo IV del Título Tercero de la Ley 2095; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto N° 95-14 (B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014) reglamentario de la Ley 2095 (B.O.C.B.A.N° 2.557del 02-11-2006);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE ONCOLOGIA“MARIA CURIE” EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Art. 1.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que como Anexo forma parte integrante de la presente, para la adquisición de Insumos (Tumores y Hormonas), con destino al Servicio de Laboratorio de este Hospital por un monto aproximado de $ 237.680,00 (PESOS: DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA CON 00/100), con cargo al presente Ejercicio.- Art.2.- Llamase a CONTRATACION DIRECTA-REGIMEN ESPECIAL “CONTRATACION MENOR N° 2927/SIGAF/HMOMC/2014” para el día 07 de Mayo de 2014 a las 10:00 horas, al amparo de lo establecido en el Articulo N°12 de la Ley N°4764 modificatorio del Art. 38 del Capítulo IV del Título Tercero de la ley 2095 y Art. 38 del Decreto Reglamentario N°95-14 (B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014).- Art.3.- Valor del Pliego: sin cargo.- Art.4.- Remítase las invitaciones, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 38° del Decreto Reglamentario N°95-14 ( B.O.C.B.A N° 4355 del 11-03-2014).- Art. 5.- Publíquese la contratación en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el Art.38 del Decreto Reglamentario 95-14 ( B.O.C.B.A. N°4355 del 11-03-2014).- Art.6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el Art.92 del Decreto Reglamentario N° 95-14 ( B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014) y remítase a la oficina de Compras para la prosecución de su tramite. Temperley

ANEXO

DISPOSICIÓN N.° 130/HMOMC/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO el Expediente N° 3.999.870-MGEYA-HMOMC-14, la Ley N° 3304 (B.O.C.B.A N° 3335 del 07-01-2010), la Ley 4736 (B.O.C.B.A.N° 4299 del 16-02-2013), la Ley 2095 (B.O.C.B.A.N° 2557 del 02-11-206), su modificatoria Ley 4.764 (B.O.C.B.A.N° 4313 del 08-01-2014) y su Decreto Reglamentario N° 95-14 (B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014) y;

Página Nº 106Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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CONSIDERANDO: Que, por el presente actuado tramitan las Ayudas Médicas para los pacientes: Gimeno Alicia H.C.N°: 222.401 TTO. RADIANTE 3D CONFORMADO MAMA IZQUIERDA VOLUMEN MAMARIO 5000 + BOOST 1600 CRY y BEVILACQUA, BEATRIZ H.C.N°: 223.019 TTO. RADIANTE 3D CONFORMADO EN MAMA IZQUIERDA; Que obra la Solicitud de Gastos N° 26.075-SIGAF-14 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria, con cargo al presente Ejercicio; Que obra el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares; Que, por Disposición N° 171-DGCyC-2.008 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el apartado j) del Artículo N° 18 de la Ley N° 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 1802-MSGC-MHGC-08, se autorizó a los hospitales pertenecientes al Subsector Estatal del Sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires a efectuar las contrataciones para la adquisición de insumos requeridos con excepción de las que sean programadas ante la Unidad Operativa de Adquisiciones Central; Que, dado que se trata de Ayudas Médicas, y atento la necesidad de prestar asistencia medica a quienes requieren prestaciones especiales de alta complejidad en un corto plazo corresponde su adquisición bajo la modalidad prevista en el Art.12 de la Ley N° 4764 modificatorio del Art.38 del Capítulo IV del Título Tercero de la Ley 2095 y Art.38 del Decreto Reglamentario N° 95-14 (B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014); Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto N° 95-14 (B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014) reglamentario de la Ley 2095 (B.O.C.B.A.N° 2.557del 02-11-2006);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE ONCOLOGIA“MARIA CURIE” EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Art. 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que como Anexo forma parte integrante de la presente, para las Ayudas Médicas para los pacientes: Gimeno Alicia H.C.N°: 222.401 TTO. RADIANTE 3D CONFORMADO MAMA IZQUIERDA VOLUMEN MAMARIO 5000 + BOOST 1600 CRY y BEVILACQUA, BEATRIZ H.C.N°: 223.019 TTO. RADIANTE 3D CONFORMADO EN MAMA

IZQUIERDA; por un monto aproximado de PESOS: CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($56.200,00), con cargo al presente Ejercicio; Art.2.- Llamase a CONTRATACION DIRECTA - REGIMEN ESPECIAL “CONTRATACION MENOR N°2905/SIGF/HMOMC/2014” para el día 05 de Mayo de 2014 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el Articulo N° 12 de la Ley N°4764 modificatorio del Art. 38 del Decreto Reglamentario N°95-14 (B.O.C.B.A.N° 4355 del 11-03-2014) Art.3.- Valor del Pliego: sin cargo.- Art.4.- Remítase las invitaciones, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 38° del Decreto Reglamentario N° 95-14 (B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-032014).- Art.5.- Publíquese la contratación en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el Art. 38 del Decreto Reglamentario 95-14 (B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014).- Art.6.- Publíquese en el Boletin Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el Art. 92 del Decreto Reglamentario N°95-14 (B.O.C.B.A. N° 4355 del 11-03-2014) y remítase a la oficina de Compras para la prosecución de su tramite. Temperley

ANEXO

Página Nº 107Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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DISPOSICIÓN N.° 187/HBR/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO el Expediente Electrónico Nº 2014-04752444-MGEYA-HBR, la Ley Nº 2.095, su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A Nº 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario Nº 95/14 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el presente actuado tramita el Proceso de Compra Nº 431-0264-LPU14 bajo la modalidad de Licitación Pública, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 2.095, Art 31º, su modificatoria Ley 4764 y Decreto Reglamentario Nº 95/14, para la ADQUISION DE REACTIVO PARA VIROLOGÍA, con destino al Servicio de Laboratorio Central; Que, la Solicitud de Gastos Nº 431-673-SG14 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al Ejercicio 2014 y 2015, Que, por Disposición Nº 171-DGCYC-2008 (B.O.C.B.A Nº 2.968) el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 85º de la Ley 2.095 aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el cual debe ser modificado por el Órgano Rector, dejando constancia que al día de la fecha no se cuenta con el nuevo pliego de bases y condiciones generales; Que, por Resolución Nº 1.226/MSGC/2007 (B.O.C.B.A Nº 2.714), el Ministro de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, establece como Unidad Operativa de Adquisiciones al Hospital "Bernardino Rivadavia", Por ello, y en base a las competencias establecidas en la Ley 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A Nº 4313) y dando cumplimiento a lo manifestado en el Artículo 1º de la Resolución Nº 49/2011;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" DISPONE

Artículo 1º.- Elabórese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas. Artículo 2º.- Llámese a Licitación Pública Nº 431-0264-LPU14, para el día 19 de mayo del 2014 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en la Ley 2.095 Art 31º , su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A Nº 4313) y Decreto Reglamentario Nº 95/14, para la ADQUISION DE REACTIVO PARA VIROLOGÍA, con destino al Servicio de Laboratorio Central, por un monto aproximado de $ 887.670,00 (PESOS: Ochocientos ochenta y siete mil seiscientos setenta con 00/100) Artículo 3º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada en la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio 2014 y 2015; Artículo 4º.- Valor del Pliego: Gratuito. Artículo 5º.- Publicaciones e invitaciones de acuerdo a lo normado en el Art. 93º, Art. 97º, y 98º de la Ley 2.095/06, su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A Nº 4313) y

Decreto Reglamentario Nº 95/14 Artículo 6º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial, en el portal de compras electrónicas B.A.C. y en el sitio de Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase al Departamento Compras para la prosecución de su trámite. Miranda

Página Nº 108Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Educación

DISPOSICIÓN N.º 417/DGAR/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos Nº 1254/08, N° 481/11, el Expediente Electrónico Nº 517919/DGIES/2014, y CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Infraestructura Escolar ha elaborado, dentro del ámbito de su competencia, un informe técnico obrante a N° de orden 5 y 11, en el que señala la necesidad de realizar los Trabajos de Accesibilidad y Reparaciones varias en el edificio de la Escuela N°10 D.E.N° 8, sito en la calle Quito 4047, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias citadas, el presupuesto oficial para la realización de la obra, asciende a la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TREINTA Y UNO CON 91/100 ($1.667.031,91); Que la ejecución de la obra, objeto de la presente licitación, es necesaria e impostergable a los fines de poner el establecimiento a norma y evitar potenciales accidentes que atenten contra la vida y seguridad de alumnos y docentes; Que, por lo expuesto surge que no es posible utilizar los plazos de publicación ordinarios establecidos en el ordenamiento normativo, por lo cual, con el fin de solucionar con mayor celeridad las falencias de los edificios escolares es preciso reducir los plazos de publicación conforme lo contemplado en el artículo 10 de la Ley N° 13.064; Que de acuerdo a lo mencionado ut supra y teniendo en cuenta el monto de la presente, corresponde regir el presente llamado por el procedimiento de Licitación Pública en los términos previstos por la Ley Nacional Nº 13.064 aplicable al ámbito de la Ciudad y el Decreto Nº 481/11, comunicando a las cámaras empresariales pertinentes, publicando en la cartelera de esta Dirección General, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de tres (3) días con diez (10) de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas, un (1) día en un diario de distribución masiva y en el sitio de Internet www.buenosaires.gob.ar; Que, se ha entendido conveniente incluir en los Pliegos de la licitación, un mecanismo de adelanto financiero a los fines de permitir a quien resulte contratista de la obra, el acopio de materiales suficientes que aseguren el inicio y ritmo de avance de los trabajos, dadas las especiales condiciones de la plaza financiera y de precios en virtud de la dispersión que sufren los mismos en la actualidad; Que el mencionado anticipo financiero será otorgado contra entrega de la correspondiente garantía por un monto similar y que dicho anticipo congelará el precio del contrato en una misma proporción al adelanto sobre el cual no corresponderá aplicar el régimen de redeterminación de precios; Que se han procedido a confeccionar los correspondientes Pliegos de Bases y Condiciones, conforme el Decreto Nº 1254/08, con la finalidad de regir el procedimiento de selección del contratista y la ejecución de la obra a contratarse, todo de conformidad con la Ley Nacional de Obras Públicas; Que por lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que apruebe los Pliegos de Bases y Condiciones proyectados y llame a Licitación Pública N° 516-SIGAF-14 (06-14) con el objeto de contratar, por ajuste alzado, los Trabajos de Accesibilidad y Reparaciones varias en el edificio de la Escuela N°10 D.E.N° 8, sito en la calle Quito 4047 de esta Ciudad;

Página Nº 109Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que en razón del monto no corresponde la intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ello, en razón de lo normado por los Decretos N° 481/11,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, planos y demás documentación que regirán la Licitación Pública N° 516-SIGAF-14 (06-14). Artículo 2.- Llamar a Licitación Pública N° 516-SIGAF-14 (06-14) con el objeto de adjudicar los Trabajos de Accesibilidad y Reparaciones varias en el edificio de la Escuela N°10 D.E.N° 8, sito en la calle Quito 4047 de esta Ciudad, por ajuste alzado y fijando como presupuesto oficial la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TREINTA Y UNO CON 91/100 ($1.667.031,91). Artículo 3.- Reducir los plazos de publicación conforme lo normado en el artículo 10 de la Ley N° 13.064. Artículo 4.- Establecer como fecha de apertura de ofertas el día 12 de Mayo de 2014, a las 12.00 hs en Licitaciones, Ministerio de Educación sito en Paseo Colón 255, Piso 2° frente, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5.- Publíquese el llamado efectuado mediante el art. 2° de la presente en la Cartelera de Licitaciones del Ministerio de Educación sito en la Av. Paseo Colón 255 2º piso frente, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de tres (3) días con diez (10) de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas, un (1) día en un diario de distribución masiva y en el sitio de Internet www.buenosaires.gob.ar y notifíquese a las Cámaras empresariales pertinentes. Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Riobó

DISPOSICIÓN N.° 421/DGAR/14

Buenos Aires, 25 de abril de 2014 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos Nº 1254/08, N° 481/11, la Disposición N° 394/DGAR/2014 y el Expediente Electrónico N° 591244/DGIES/2014, y CONSIDERANDO: Que por el citado expediente tramitó la suscripción de la Disposición N° 394/DGAR/2014 de aprobación de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, planos y demás documentación que regirán la Licitación Pública Nº 339-SIGAF-14 (14-14) con el objeto de adjudicar los trabajos de ejecución de multicanchas, perfeccionamiento de instalación eléctrica, senderos, arbolado y jardinería, pintura, reparaciones, etc. en el edificio del Instituto Superior de Educación Física "Dr. Romero Brest" D.E. Nº 10, sito en Av. Miguel Sánchez 1338 (Ex Av. Crisologo Larralde) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el acto de apertura de ofertas ha sido programado para el día 6 de mayo de 2014 a las 13:00 hs, teniendo en cuenta los plazos legales que requiere el proceso licitatorio en cuestión; Que se advierte un error material e involuntario en el número de SIGAF de la presente licitación;

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Que en virtud de ello se trata de un error material que puede ser subsanado en el marco de lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuya enmienda no altera lo sustancial de la Disposición de marras; Que por todo lo expuesto, corresponde rectificar el número 339-SIGAF-14, siendo el correcto el Nº 492-SIGAF-14. Por ello, en uso de las facultades y competencias conferidas por el artículo 120 del Decreto N° 1510/GCBA/97,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Rectificar el número de SIGAF de la Disposición Nro. 394/DGAR/2014 de fecha 21 de abril de 2014, donde dice Licitación Pública Nº 339-SIGAF-14 debe decir Licitación Pública Nº 492-SIGAF-14. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Dirección General de Administración de Recursos. Riobo

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Ministerio de Modernización

DISPOSICIÓN N.° 25/ISC/14

Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO: La Ley Nº 2095, la Ley N°4764, el Decreto Nº 95/GCABA/14, y el Expediente Nº EX2014- 04079798-MGEYA-ISC, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el presente actuado tramita la Licitación Pública Nº 608-0209-LPU14, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 31 y primera parte del Artículo 32 de la Ley Nº 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, para la contratación de un Servicio de Capacitación sobre "Informática para la oficina" con destino al Instituto Superior de la Carrera, dependiente del Ministerio de Modernización, Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, por Disposición Nº DI-2014-22-ISC se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, sus Anexos y de Especificaciones Técnicas, y se llamó a Licitación Pública Nº 608-0209-LPU14, estableciéndose el correspondiente Acto de Apertura para el día 29 de abril de 2014 a las 14.00 horas; Que, se cursaron invitaciones de acuerdo a lo establecido en los Artículos 93, 97 y 98 de la Ley N° 2095, su Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, y se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Página Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones; Que, existe la necesidad de contratar cursos de capacitación adicionales relacionados a programas de informática para la oficina, a partir de nuevos requerimientos y, que el Artículo 91 de la Ley N°2095 dispone que "Queda prohibido por disposición de la presente ley cualquier mecanismo para desdoblar el objeto de una contratación. Se presumen que existe desdoblamiento, del que son responsables los funcionarios que hubieran autorizado y aprobado los respectivos procedimientos de selección, cuando en un lapso de tres (3) meses contados a partir del primer día de efectuada la convocatoria, se efectuare otra convocatoria, para seleccionar bienes o servicios pertenecientes a un mismo rubro comercial, sin que previamente se documentaren las razones que lo justifiquen"; Por ello, en uso de las facultades conferidas en el Artículo 13 del Decreto Nº 95/GCABA/14,

LA COORDINADORA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE LA CARRERA

DISPONE

Artículo 1º.- Déjase sin efecto la Disposición N°22-2014-ISC y el proceso de Licitación Pública Nº 608- 0209-LPU14, correspondiente a la contratación de un Servicio de Capacitación sobre "Informática para la oficina" con destino al Instituto Superior de la Carrera, dependiente del Ministerio de Modernización del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 82 de la Ley N°

2095. Articulo 2º.- Publíquese por el término de dos (2) días en el Boletín Oficial y página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según lo establecido en los Artículos 97 y 98 de la Ley Nº 2095 promulgada por Decreto Nº 1772/GCBA/06, la Ley N° 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14. Cumplido, archívese. Chierzi

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Ministerio de Gobierno

DISPOSICIÓN N.° 9/DGCCIU/14

Buenos Aires, 23 de abril de 2014 VISTO: La ley N° 3.304; los Decretos Nº 67/10 y N° 196/11, las Resoluciones Nº 51/MHGC/10, N °48/MGOBGC/13, N°118/MGOBGC/2013, 47/MGOBGC/14 y Nº 107/MHGC/14, la Disposición Nº 9/DGCG/10, modificada por la Disposición N° 183/DGCG/13, la Resolución Conjunta N° 10/SECLYT/13, el Expediente Electrónico Nº 2761366/DGCCIU/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 3.304 estableció un Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de modernización administrativa; Que en el Capítulo III, Titulo II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado "Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación", se dispuso entre sus actividades "... desarrollar la arquitectura tecnológica para la implementación del expediente electrónico..."; Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del "Expediente Electrónico en los términos de la Ley N° 3.304"; Que en dicho marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la transparencia este Gobierno ha buscado estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites administrativos; Que por el Decreto N° 67/10 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que impliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante los mismos, sus rendiciones y condiciones de aprobación; incorporando por diversas normas trámites administrativos al expediente electrónico como herramienta de gestión administrativa; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10, modificada por la Resolución N° 107/MHGC/14 se aprobó la reglamentación del mencionado Decreto; Que por medio de la Disposición N° 9/DGCG/10 modificada por la Disposición N° 183/DGCG/13, se aprobaron los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica, Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que, a su turno, mediante Resolución Conjunta N° 10/SECLYT/13 se estableció y aprobó el procedimiento de Solicitud, Rendición y Reposición de caja chica común mediante Expediente Electrónico; asimismo, mediante el art. 3 se aprobaron las planillas y modelos a ser utilizados durante el procedimiento que como anexo II y III forman parte integrante de la misma; Que oportunamente, por la Resolución N° 48/MGOBGC/13, se designó al Sr. Nicolás María Massot, DNI N°31.089.595, a la señorita María Silvina Green Asteazarán, DNI N° 35.793.390 y a la señorita María José Rodríguez Giavarini, DNI N° 27.659.364, como los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad de la Dirección General Casas de la Ciudad; Que, mediante Resolución N° 118/MGOBGC/2013 se procedió a modificar parcialmente el acto administrativo mencionado en el considerando que antecede y se designó al Sr. Luis Alberto Vodenicharoff, D.N.I N° 23.792.615, como responsable de la administración y rendición de los fondos asignados a la Dirección General Casas de la Ciudad en concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad;

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Que posteriormente, por la Resolución N° 47/MGOBGC/14, se modificó parcialmente la Resolución N° 48/MGOBGC/13 y su modificatoria N° 118/MGOBGC/13 y, en consecuencia, dejándose sin efecto las designaciones del Lic. Nicolás María Massot, DNI N° 31.089.595, y de la Srta. María José Rodríguez Giavarini, DNI N° 27.659.364, como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad a la Dirección General Casas de la Ciudad, manteniéndose vigente los restantes términos de la misma, y se designó al Lic. Guillermo Arcadio Bardón, DNI N° 21.428.829, a la Srta. Maria Hopff, DNI N° 35.229.409 y a la Srta. Agustina Beamonte, DNI N° 29.543.026 como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en el mencionado concepto; Que los gastos efectuados por la Dirección General Casas de la Ciudad se realizaron de conformidad con los artículos 4° y 10° del citado Decreto N° 67/10; Que asimismo, se han respetado los montos máximos por comprobante que establece la Resolución N° 107/MHGC/14; Que los comprobantes N° 1, 10, 11 y 12 corresponden a gastos derivados del servicio de producción de eventos, desarrollados en las Casas de la Ciudad de Buenos Aires, sitas en las Ciudades de Córdoba, Provincia de Córdoba y Rosario, Provincia de Santa Fé; Que los comprobantes N° 2 y 5 corresponden a gastos derivados de servicios de artes gráficas para la difusión de las actividades y eventos desarrollados en las Casas de la Ciudad de Buenos Aires, sitas en las Ciudades de Rosario, Provincia de Santa Fé y Córdoba, Provincia de Córdoba; Que el comprobante N° 3 corresponde al gasto realizado para la compra de útiles y materiales eléctricos necesarios para el normal funcionamiento de esta Dirección General; Que los comprobantes N° 4 y 8 corresponden a gastos derivados del servicio de recarga de toner y servicio de catering respectivamente, realizados en la Casa de la Ciudad de Buenos Aires, situada en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba; Que los comprobantes N° 6, 7, 13 y 15 corresponden a servicio de correspondencia y transporte de merchandising y mobiliario realizados a las Casas de la Ciudad de Buenos Aires, sitas en las Ciudades de Rosario, Provincia de Santa Fé y Córdoba, Provincia de Córdoba; Que los comprobantes N° 9 y 14 corresponden al gasto realizado para la compra de utensilios de cocina y botellones de agua respectivamente, necesarios para el normal funcionamiento de la Casa de la Ciudad de Buenos Aires, sita en la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fé; Que el comprobante N° 16 corresponde al gasto realizado para la compra de alimentos, los cuales se entregan a modo de merienda a los participantes de los Colegios que visitan la Casa de la Ciudad de Buenos Aires, sita en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fé; Que tal como surge de los comprobantes que se adjuntan el gasto en cuestión asciende a la suma de PESOS QUINCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 35/100 ($15.946,35), contando el mismo con el correspondiente respaldo

presupuestario; Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto en cuestión. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 67/10 y la Disposición N° 9/DGCG/10,

EL DIRECTOR GENERAL DE CASAS DE LA CIUDAD DISPONE

Artículo 1º.- Apruébanse los gastos efectuados en concepto de Caja Chica Común N°01/2014 de la Dirección General Casas de la Ciudad del Ministerio de Gobierno por la suma de PESOS QUINCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 35/100 ($15.946,35), y las Planillas que como Anexo de Firma Conjunta, IF-2014-04793974-DGCCIU, forman parte integrante del presente acto administrativo.

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Artículo 2º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, Archívese. Bardon

ANEXO

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 12/IRPS/14

Buenos Aires, 16 de abril de 2014 Visto: el EX-2013-07280462-MGEYA-IRPS; y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados el Instituto de Rehabilitación Psicofísica tramita la adquisición de dos (2) prótesis totales de cadera con destino al paciente ILLANES SARAVIA Carlos H.C. Nº 104.680, en el marco de lo dispuesto por la Ley 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14; Que, se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para ser frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario con cargo al Ejercicio 2014; Que, mediante Di-2014-19-IRPS se dispuso el llamado a Contratación Directa Nº 2283/SIGAF/2014, bajo la modalidad de Contratación Menor para el día 10 de Abril de 2014 a las 09:00 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 38 y concordantes de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y Decreto Reglamentario Nº 95/14; Que, tal como luce en el Acta de Apertura Nº 411/SIGAF/14 se recibieron tres (3) ofertas de las siguientes firmas: METAL IMPLANTS S.R.L., ORTOPEDIA BERNAT S.R.L., MEDICAL IMPLANTS S.A.; Que, obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 387/SIGAF/14, por el cual resulta preadjudicataria la firma: METAL IMPLANTS S.R.L. (reng.1), basándose en el Artículo 108 de la Ley 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14; Que, por Resolución Nº 737/MJGGC/2010 fue cubierto el cargo de Director Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica; Que, por Decreto Nº 335/11 de fecha 22/06/2011 (B.O.C.B.A. Nº 3689) se modificó el nombre de las Direcciones Operativas pasando a denominarse Gerencias Operativas. Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Ley 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14 y lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Nº 392/10, en uso de las facultades conferidas, LA DIRECTORA A CARGO DEL INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA,

ECONÓMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Directa Nº 2283/SIGAF/2014, bajo la modalidad de Contratación Menor, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº

95/14 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA y adjudícase la adquisición de dos (2) prótesis totales de cadera con destino al paciente ILLANES SARAVIA Carlos H.C. Nº 104.680 a la siguiente firma: METAL IMPLANTS S.R.L. (reng.1) por la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MIL ($182.000,00), según el siguiente detalle: Renglón Cantidad Unidad P. Unitario P. Total

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1 2 unid. $ 91.000,00 $182.000,00 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará al presupuesto para el Ejercicio 2014. Artículo 3º.- Autorízase a emitir la respectiva orden de compra, cuyo proyecto se adjunta. Artículo 4º.- Dese al Registro, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Instituto de Rehabilitación Psicofísica. Gabas - Ajolfi

DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 13/IRPS/14

Buenos Aires, 16 de abril de 2014 VISTO: el EX-2013-06817479-MGEYA-IRPS; y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados el Instituto de Rehabilitación Psicofísica tramita la adquisición de una prótesis total de cadera con destino a la paciente IBAÑEZ María del Socorro H.C. Nº 60.759, en el marco de lo dispuesto por la Ley 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14; Que, se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para ser frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario con cargo al Ejercicio 2014; Que, mediante Di-2014-15-IRPS se dispuso el llamado a Contratación Directa Nº 2292/SIGAF/2014, bajo la modalidad de Contratación Menor para el día 11 de Abril de 2014 a las 11:00 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 38 y concordantes de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y Decreto Reglamentario Nº 95/14; Que, tal como luce en el Acta de Apertura Nº 425/SIGAF/14 se recibieron tres (3) ofertas de las siguientes firmas: METAL IMPLANTS S.R.L., MEDICAL IMPLANTS S.A., ORTOPEDIA BERNAT S.R.L.; Que, obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 388/SIGAF/14, por el cual resulta preadjudicataria la firma: METAL IMPLANTS S.R.L. (reng.1), basándose en el Artículo 108 de la Ley 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14; Que, por Resolución Nº 737/MJGGC/2010 fue cubierto el cargo de Director Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica; Que, por Decreto Nº 335/11 de fecha 22/06/2011 (B.O.C.B.A. Nº 3689) se modificó el nombre de las Direcciones Operativas pasando a denominarse Gerencias Operativas. Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Ley 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14 y lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Nº 392/10, en uso de las facultades conferidas,

Página Nº 117Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Directa Nº 2292/SIGAF/2014, bajo la modalidad de Contratación Menor, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº

95/14 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA y adjudícase la adquisición de una prótesis total de cadera con destino a la paciente IBAÑEZ María del Socorro H.C. Nº 60.759 a la siguiente firma: METAL IMPLANTS S.R.L. (reng.1) por la suma total de PESOS NOVENTA Y UN MIL ($91.000,00), según el siguiente detalle: Renglón Cantidad Unidad P. Unitario P. Total 1 1 unid. $ 91.000,00 $91.000,00 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará al presupuesto para el Ejercicio 2014. Artículo 3º.- Autorízase a emitir la respectiva orden de compra, cuyo proyecto se adjunta. Artículo 4º.- Dese al Registro, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Instituto de Rehabilitación Psicofísica. Gabas - Ajolfi DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 14/IRPS/14

Buenos Aires, 16 de abril de 2014 Visto: el EX-2013-07055545-MGEYA-IRPS; y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados el Instituto de Rehabilitación Psicofísica tramita la adquisición de una prótesis total de cadera con destino a la paciente VIÑARRO Rosa, en el marco de lo dispuesto por la Ley 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14; Que, se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para ser frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario con cargo al Ejercicio 2014; Que, mediante Di-2014-17-IRPS se dispuso el llamado a Contratación Directa Nº 2288/SIGAF/2014, bajo la modalidad de Contratación Menor para el día 11 de Abril de 2014 a las 09:00 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 38 y concordantes de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y Decreto Reglamentario Nº 95/14; Que, tal como luce en el Acta de Apertura Nº 415/SIGAF/14 se recibieron cinco (5) ofertas de las siguientes firmas: METAL IMPLANTS S.R.L., FIXAMO S.R.L., CROSMED S.A., ORTOPEDIA BERNAT S.R.L., MEDICAL IMPLANTS S.A.; Que, obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 385/SIGAF/14, por el cual resulta preadjudicataria la firma: FIXAMO S.R.L. (reng.1), basándose en el Artículo 108 de la Ley 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14; Que, por Resolución Nº 737/MJGGC/2010 fue cubierto el cargo de Director Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica; Que, por Decreto Nº 335/11 de fecha 22/06/2011 (B.O.C.B.A. Nº 3689) se modificó el nombre de las Direcciones Operativas pasando a denominarse Gerencias Operativas.

Página Nº 118Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

LA DIRECTORA A CARGO DEL INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN

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Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Ley 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14 y lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Nº 392/10, en uso de las facultades conferidas, LA DIRECTORA A CARGO DEL INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA,

ECONÓMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Directa Nº 2288/SIGAF/2014, bajo la modalidad de Contratación Menor, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº

95/14 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA y adjudícase la adquisición de una prótesis total de cadera con destino a la paciente VIÑARRO Rosa a la siguiente firma: FIXAMO S.R.L. (reng.1) por la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($75.000,00), según el siguiente detalle: Renglón Cantidad Unidad P. Unitario P. Total 1 1 unid. $ 75.000,00 $75.000,00 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará al presupuesto para el Ejercicio 2014. Artículo 3º.- Autorízase a emitir la respectiva orden de compra, cuyo proyecto se adjunta. Artículo 4º.- Dese al Registro, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Instituto de Rehabilitación Psicofísica. Gabas - Ajolfi

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 15/IRPS/14

Buenos Aires, 16 de abril de 2014 VISTO: el EX-2014-03599988-MGEYA-IRPS; y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados el Instituto de Rehabilitación Psicofísica tramita la adquisición de instrumental para fijación de columna vertebral con destino al paciente LIMARDO BIANCHI Franco, en el marco de lo dispuesto por la Ley 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14; Que, se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para ser frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario con cargo al Ejercicio 2014; Que, mediante Di-2014-16-IRPS se dispuso el llamado a Contratación Directa Nº 2290/SIGAF/2014, bajo la modalidad de Contratación Menor para el día 11 de Abril de 2014 a las 10:00 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 38 y concordantes de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y Decreto Reglamentario Nº 95/14; Que, tal como luce en el Acta de Apertura Nº 418/SIGAF/14 se recibieron dos (2) ofertas de las siguientes firmas: CROSMED S.A., MEDICAL IMPLANTS S.A.;

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Que, obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 371/SIGAF/14, por el cual resulta preadjudicataria la firma: CROSMED S.A. (reng.1), basándose en el Artículo 108 de la Ley 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14; Que, por Resolución Nº 737/MJGGC/2010 fue cubierto el cargo de Director Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica; Que, por Decreto Nº 335/11 de fecha 22/06/2011 (B.O.C.B.A. Nº 3689) se modificó el nombre de las Direcciones Operativas pasando a denominarse Gerencias Operativas. Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Ley 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14 y lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Nº 392/10, en uso de las facultades conferidas, LA DIRECTORA A CARGO DEL INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA,

ECONÓMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Directa Nº 2290/SIGAF/2014, bajo la modalidad de Contratación Menor, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el

INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA y adjudícase la adquisición de instrumental para fijación de columna vertebral con destino al paciente LIMARDO BIANCHI Franco a la siguiente firma: CROSMED S.A. (reng.1) por la suma de PESOS DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL ($219.000,00), según el siguiente detalle: Renglón Cantidad Unidad P. Unitario P. Total 1 1 unid. $ 219.000,00 $219.000,00 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará al presupuesto para el Ejercicio 2014. Artículo 3º.- Autorízase a emitir la respectiva orden de compra, cuyo proyecto se adjunta. Artículo 4º.- Dese al Registro, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Instituto de Rehabilitación Gabas - Ajolfi

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 67/HGAP/14

Buenos Aires, 21 de abril de 2014

VISTO: el Expediente N°2014-03059827-MGEYA/HGAP, y; CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", gestiona la adquisición de reactivos para Laboratorio de Guardia en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/2014;

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Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario; Que mediante Disposición Nº DI-2014-90-HGAP se dispuso el llamado a Contratación Directa Menor N ° 1644/2014 para el día 31/03/2014 a las 10:00 hs. al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/2014; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 330/2014 se recibió una (1) Oferta de la firma: Drofast S.R.L., proveedor inscripto en el RIUPP; Que obra el cuadro comparativo que ordena la reglamentación y el Acta de Asesoramiento en base a los cuales la Comisión de Evaluación de Ofertas ha emitido el Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 347/2014 recomendando adjudicar la Contratación Directa Menor N° 1644/2014 por un total de Pesos: quinientos cuarenta y nueve mil novecientos cincuenta y nueve con setenta centavos - $ 549.959,70, a la firma: Drofast S.R.L. (Renglones N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12,13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22), por ofertas convenientes según Ley 2.095; Que obra Disposición N° DI-2014-129-HGAP de fecha 15 de Abril de 2.014 mediante la cual el Sr. Director del Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" autoriza a partir del presente acto a ingresar y permanecer, en carácter de préstamo gratuito,1 (un) Equipo Autoanalizador Cobas C311 PM 740-218, fabricado por Hitachi High-Technologies Corp., destinado al servicio de Laboratorio de Guardia, provisto por la empresa DROFAST S.R.L., por el término de vigencia de la Orden de Compra que se emita en el marco de la presente contratación conforme surge del Pliego de Bases y Condiciones Generales como así también las características técnicas de los citados equipos recibidos en préstamo o hasta el consumo total de los insumos entregados en cumplimiento de la citada Orden de Compra ; Por ello, y en un todo de acuerdo con la Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/2014,

LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA

Y EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONEN Artículo 1º: Apruébase la Contratación Directa Menor N° 1644/2014, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 da la ley 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/2014, por el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" para la adquisición de reactivos para Laboratorio de Guardia y adjudicase a la firma: DROFAST S.R.L. (Renglones N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10,11, 12,13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22) por un total de Pesos: quinientos cuarenta y nueve mil novecientos cincuenta y nueve con setenta centavos - $ 549.959,70, con el ingreso y permanencia, en carácter de préstamo gratuito, de 1 (un) Equipo Autoanalizador Cobas C311 PM 740-218, fabricado por Hitachi High-Technologies Corp., destinado al servicio de Laboratorio, provisto por la empresa DROFAST S.R.L., por el término de vigencia de la Orden de Compra que se emita en el marco de la presente contratación conforme surge del Pliego de Bases y Condiciones Generales como así también las características técnicas de los citados equipos recibidos en préstamo o hasta el consumo total de los insumos entregados en cumplimiento de la citada Orden de Compra, conforme autorización del Sr. Director del Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" otorgada mediante Disposición DI-2014-129-HGAP, según el siguiente detalle:

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MONTO TOTAL $ 549.959,70 Artículo 2: Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto en vigor. Artículo 3: Autorizase a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4°:Notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa - Gestión Contable a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente,

cumplido gírese al Hospital General de Agudos "Dr. José M. Penna". Dalpiaz - Grasso Fontan

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Rg. Cant. Unidad $ Unit. $ Total1 5000 F/A $ 32,00 $ 160.000,002 100 F/A $ 214,44 $ 21.444,003 48 Envx5L. $ 283,66 $ 13.615,68

MONTO TOTAL: $ 195.059,68.-

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Organos de Control Resolución Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.º 19/PGAAPYF/14

Buenos Aires, 21 de abril de 2014 VISTO: la Ley Nº 2095, su Decreto Reglamentario Nº 754/GCABA/08 y su modificatorio Decreto Nº 33/GCABA/11, Decreto Nº 556/GCABA/10 y su modificatorio Nº 752/GCABA/10, la Resolución Nº 184-PG-2013, Resolución Nº 191-PG-2013, el Expediente Electrónico Nº 107.119/MGEYA-PG/13, y el Expediente Electrónico Nº 4.486.405/14 y; CONSIDERANDO: Que, la Resolución Nº 184-PG-2013 de fecha 17 de julio de 2013 y rectificada por Resolución Nº 191-PG-2013 de fecha de 18 de julio de 2013, se autorizó la contratación directa para la locación del inmueble sito en la Avenida Córdoba 1341/1345 8vo. piso Unidad Funcional Nº 131 Circ. Nº 20 Sección Nº 7 Manzana Nº 38 Parcela Nº 26 Partida Inmobiliaria 1.669.144, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del 22 de Julio de 2013 y hasta el 21 de Junio de 2016, a celebrarse con LINGRUN S.A.I.C.I. y A.; Que, por Expediente Electrónico Nº 107.119/MGEYA-PG/2013 tramita la Locación Administrativa del precitado inmueble destinado al funcionamiento de la Dirección General de Sumarios dependiente de la Procuración General Adjunta de Asuntos Institucionales y Empleo Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, con fecha 18 de julio de 2013 se ha suscripto el Contrato de Locación Administrativa de referencia, registrada en la Dirección General de Escribanía General bajo el Registro Nº 13745 con fecha 26/07/2013; Que, por Expediente Nº 4.486.405/14 tramita el pago de Expensas del mes de Marzo de 2014 respecto al Beneficiario Nº 148.986; Que, obra afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2014, para la atención de la erogación en cuestión; Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 556/GCBA/2010 (BOCBA N° 3463) y su modificatorio Decreto Nº 752/GCBA/2010 (BOCBA Nº 3512); Que por Resolución 150/PG/2014, el Señor Procurador General asignó a la suscripta el ejercicio de sus atribuciones entre los días 11 y 25 de abril del corriente año; Por ello y en uso de las facultades conferidas,

LA PROCURADORA GENERAL ADJUNTA DE ASUNTOS PATRIMONIALES Y FISCALES

A/C DE LA PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º.- Aprúebase el gasto correspondiente a Expensas Ordinarias del inmueble sito en la Avenida Córdoba 1341/1345 8vo. piso Unidad Funcional Nº 131 Circ. Nº 20 Sección Nº 7 Manzana Nº 38 Parcela Nº 26 Partida Inmobiliaria 1.669.144 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiente al mes de Marzo de 2014, por la

Página Nº 123Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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suma total de PESOS DIEZ MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES CON 23/100 ($ 10.273,23) a ser depositadas en la misma cuenta donde es depositado el precio del alquiler, LINGRUN S.A.I.C.I y A., CUIT Nº 30-51952800-9, (Beneficiario Nº 148.986), quedando a cargo del locador el pago de las mismas al Consorcio de Propietarios. Artículo 2º.- La presente erogación encontrará respaldo crediticio en la correspondiente partida del presupuesto del año 2014. Artículo 3º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Tesorería y remítase a la Dirección General de Contaduría a sus efectos. Cumplido, archívese. Arbol

RESOLUCIÓN N.º 20/PGAAPYF/14

Buenos Aires, 22 de abril de 2014 VISTO: la Ley Nº 2095, su Decreto Reglamentario Nº 754/GCABA/08 y su modificatorio Decreto Nº 33/GCABA/11, Decreto Nº 556/GCABA/10 y su modificatorio Nº 752/GCABA/10, la Resolución Nº 27-PG-2013, el Expediente Electrónico Nº 107.112/MGEYA-PG/13, y el E.E. Nº 4.556.412/14 y; CONSIDERANDO: Que, la Resolución Nº 27-PG-2013 de fecha 07 de febrero de 2013 se autorizó la contratación directa para la locación del inmueble sito en la Avenida Córdoba 1231/1233 1er. Piso Unidad Funcional Nº 2 Circ. Nº 20 Sección Nº 7 Manzana Nº 44 Parcela Nº 19D Partida 1.579.851, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del 1ro. de Febrero de 2013 y hasta el 31 de Enero de 2016, a celebrarse con XENTA COMUNICACIONES GRÁFICAS S.A.; Que, por Expediente Electrónico Nº 107.112/MGEYA-PG/2013 tramita la Locación Administrativa del precitado inmueble destinado al funcionamiento de áreas administrativas/jurídicas de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, con fecha 07 de febrero de 2013 se ha suscripto el Contrato de Locación Administrativa de referencia, registrada en la Dirección General de Escribanía General bajo el Registro Nº 12693 con fecha 28/02/2013; Que, por Expediente Nº 4.556.412/14 tramita el pago de Expensas del mes de Marzo de 2014 respecto al Beneficiario Nº 129.704; Que, obra afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2014, para la atención de la erogación en cuestión; Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 556/GCBA/2010 (BOCBA N° 3463) y su modificatorio Decreto Nº 752/GCBA/2010 (BOCBA Nº 3512); Que por Resolución 150/PG/2014, el Señor Procurador General asignó a la suscripta el ejercicio de sus atribuciones entre los días 11 y 25 de abril del corriente año; Por ello y en uso de las facultades conferidas,

LA PROCURADORA GENERAL ADJUNTA DE ASUNTOS PATRIMONIALES Y FISCALES

A/C DE LA PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Página Nº 124Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Artículo 1º.- Aprúebase el gasto correspondiente a Expensas Ordinarias del inmueble sito en la Avenida Córdoba 1231/1233 1er. Piso Unidad Funcional Nº 2 Circ. Nº 20

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Sección Nº 7 Manzana Nº 44 Parcela Nº 19D Partida 1.579.851, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiente al mes de Marzo de 2014, por la suma total de PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCO CON 87/100 ($ 6.805,87) a ser depositadas en la misma cuenta donde es depositado el precio del alquiler, XENTA COMUNICACIONES GRÁFICAS S.A., CUIT Nº 30-55159467-6, (Beneficiario Nº 129.704), quedando a cargo del locador el pago de las mismas al Consorcio de Propietarios. Artículo 2º.- La presente erogación encontrará respaldo crediticio en la correspondiente partida del presupuesto del año 2014. Artículo 3º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Tesorería y remítase a la Dirección General de Contaduría a sus efectos. Cumplido, archívese. Arbol

RESOLUCIÓN N.º 22/PGAAPYF/14

Buenos Aires, 22 de abril de 2014 VISTO: la Ley Nº 2095, su Decreto Reglamentario Nº 754/GCABA/08 y su modificatorio Decreto Nº 33/GCABA/11, Decreto Nº 556/GCABA/10 y su modificatorio Nº 752/GCABA/10, la Resolución Nº 28-PG-2013, el Expediente Electrónico Nº 107.109/MGEYA-PG/13, y el E.E. Nº 4.556.462/14 y; CONSIDERANDO: Que, la Resolución Nº 28-PG-2013 de fecha 07 de febrero de 2013 se autorizó la contratación directa para la locación del inmueble sito en la Avenida Córdoba 1235 Planta Baja Local de negocio Unidad funcional Nº 1 Circ. Nº 20 Sección Nº 7 Manzana Nº 44 Parcela Nº 19D Partida 1.579.850, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del 1ro. de Febrero de 2013 y hasta el 31 de Enero de 2016, a celebrarse con LUIS OVSEJEVICH; Que, por Expediente Electrónico Nº 107.109/MGEYA-PG/2013 tramita la Locación Administrativa del precitado inmueble destinado al funcionamiento de atención al público de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, con fecha 07 de febrero de 2013 se ha suscripto el Contrato de Locación Administrativa de referencia, registrada en la Dirección General de Escribanía General bajo el Registro Nº 12695 con fecha 28/02/2013; Que, por E.E. Nº 4.556.462/14 tramita el pago de Expensas del mes de Marzo de 2014 respecto al Beneficiario Nº 129.696; Que, obra afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2014, para la atención de la erogación en cuestión; Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 556/GCBA/2010 (BOCBA N° 3463) y su modificatorio Decreto Nº 752/GCBA/2010 (BOCBA Nº 3512); Que por Resolución 150/PG/2014, el Señor Procurador General asignó a la suscripta el ejercicio de sus atribuciones entre los días 11 y 25 de abril del corriente año; Por ello y en uso de las facultades conferidas,

LA PROCURADORA GENERAL ADJUNTA DE ASUNTOS PATRIMONIALES Y FISCALES

A/C DE LA PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Página Nº 125Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Artículo 1º.- Aprúebase el gasto correspondiente a Expensas Ordinarias del inmueble sito en la Avenida Córdoba 1235 Planta Baja Local de negocio Unidad funcional Nº 1

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Circ. Nº 20 Sección Nº 7 Manzana Nº 44 Parcela Nº 19D Partida 1.579.850, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiente al mes Marzo de 2014, por la suma total de PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA 90/100 ($ 6.480,90) a ser depositadas en la misma cuenta donde es depositado el precio del alquiler, Sr. Luis Ovsejevich, CUIT Nº 20-04373687-7, (Beneficiario Nº 129.696), quedando a cargo del locador el pago de las mismas al Consorcio de Propietarios. Artículo 2º.- La presente erogación encontrará respaldo crediticio en la correspondiente partida del presupuesto del año 2014. Artículo 3º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Tesorería y remítase a la Dirección General de Contaduría a sus efectos. Cumplido, archívese. Arbol

Página Nº 126Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.° 51/SGCBA/14

Buenos Aires, 8 de abril de 2014 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), el Decreto N° 501/12 (BOCBA N° 4.019), las Resoluciones N° 18-MHGC-MMGC-MJGC- SECLYT/12 (BOCBA N° 4.044) y N° 1.769-MHGC/12 (BOCBA N° 4.067), la Disposición N° A 223-DGCG/10 (BOCBA N° 3.553), el Expediente Electrónico N° 183.706-MGEYA-SGCBA/14, y CONSIDERANDO: Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires le otorga a la Sindicatura General de la Ciudad personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera; Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que de la autarquía mencionada se desprenden facultades de administración propias que han sido puestas en cabeza del Sr. Síndico General, según reza el inciso 8) del artículo 130 de la Ley N° 70, al enunciar: "Administrar su presupuesto, resolviendo y aprobando los gastos del organismo"; Que por el Decreto Nº 501/12 se aprobó el "Régimen de Asignación de Gastos de Movilidad"; Que por Resolución N° 18-MHGC-MMGC-MJGC-SECLYT/12 se aprobó el procedimiento administrativo para la Solicitud, Rendición y Devolución de Gastos por Movilidad por Expediente Electrónico; Que por Resolución N° 1.769-MHGC/12 se aprobó la actualización del monto tope diario para el "Régimen de Gastos de Movilidad"; Que por Disposición N° A-223-DGCG/10 se aprobó el procedimiento para el "Régimen de Gastos de Movilidad"; Que por el formulario C42 N° 1.457 se asignaron a esta Sindicatura General los fondos en concepto de Gastos de Movilidad, correspondientes al primer trimestre del ejercicio en curso; Que se confeccionó la "Planilla de Resumen Trimestral" del primer trimestre de 2014 generándose mediante "Anexo Firma Conjunta" N° IF 4.148.254-SGCBA/14; Que corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto en cuestión; Que la Gerencia Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 4.149.388-SGCBA/14. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, inciso 8) de la Ley N° 70,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el gasto, en concepto de "Gastos de Movilidad" del primer trimestre 2014 de esta Sindicatura General de la Ciudad por la suma de PESOS DIEZ

MIL CON 00/100 CENTAVOS ($ 10.000,00.-). Artículo 2°.- Apruébase la “Planilla de Resumen Trimestral“ del primer trimestre de 2014 que como “Anexo Firma Conjunta“ Nº IF 4.148.254-SGCBA/14, forma parte integrante de la presente.

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Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la Dirección General de Contaduría General del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido archívese. Rial

ANEXO

RESOLUCIÓN N.° 52/SGCBA/14

Buenos Aires, 14 de abril de 2014 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 70 (BOCBA Nº 539), el Decreto Nº 224/13 (BOCBA Nº 4.175), las Resoluciones Nº 106- SGCBA/13 (BOCBA Nº 4.235), Nº 1.619-MHGC/13 (BOCBA N° 4.304), los Expedientes LOYS Nº 4.493.804-MGEYA-SGCBA/14 y Nº 4.493.706-MGEYA-SGCBA/14, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires es un organismo que posee autarquía administrativa y financiera; Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que la Ley Nº 70, atribuye en su artículo 130, inciso 6) al titular de este organismo, la facultad de "Efectuar contrataciones de personal, para la realización de trabajos específicos o extraordinarios que no puedan ser realizados por su planta permanente, fijando su retribución y sus condiciones de trabajo"; Que el Decreto Nº 224/13, faculta a los/as Ministros/as del Poder Ejecutivo y a los funcionarios con rango o nivel equivalente para contratar a personas bajo el Régimen de Locación de Servicios; Que el artículo 5º del citado Decreto faculta a los/as funcionarios/as a delegar en los/as Directores/as Generales de su jurisdicción la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes; Que la Resolución 1.619-MHGC/13 emitida por el Ministerio de Hacienda fija el monto máximo mensual por contrato en PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000.-); Que por Resolución N° 106-SGCBA/13 se adecuó la Estructura Orgánico Funcional de esta Sindicatura General de la Ciudad, fijándose entre otras las misiones y funciones de la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal, en la que recae dicha facultad; Que existe crédito legal y suficiente para atender el gasto que por la presente tramita; Que la Gerencia Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen Nº IF 4.523.936-SGCBA/14. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, inciso 6) de la Ley Nº 70,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase la contratación de las personas detalladas en el Anexo I que forman parte integrante de la presente, bajo la figura de Locación de Servicios para prestar tareas en esta Sindicatura General a partir del 1° de abril de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014, delegándose en la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal la suscripción del respectivo contrato.

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Artículo 2º.- El/la contratado/a deberá, si corresponde, abrir una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco Ciudad de Buenos Aires (casa matriz o sucursales) a los

fines que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deposite mensualmente los honorarios correspondientes, previa certificación de servicios. Asimismo, deberá comunicar los datos de la cuenta a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, la que remitirá a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda el formulario de la apertura de la cuenta solicitada. Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a incluir los importes mensuales en una Orden General de Pago, correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I y en el Anexo II, que forman parte integrante de la presente. Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida presupuestaria del ejercicio 2014. Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización y a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda, notifíquese al interesado, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial

ANEXO

RESOLUCIÓN N.° 53/SGCBA/14

Buenos Aires, 14 de abril de 2014 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 70 (BOCBA Nº 539), las Resoluciones N° 4-SGCBA/11 (BOCBA Nº 3.597), N° 5-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597), N° 56-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.699) y N° 235-MMGC/14 (BOCBA N° 4.374), el Expediente Electrónico Nº 4.306.662 -MGEYA- SGCBA/14, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera; Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que la Ley Nº 70, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/la Síndico/a General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal; Que por Resolución N° 4-SGCBA/11 se aprobó el Estatuto del Personal de la Sindicatura General de la Ciudad; Que el artículo 63 de dicho Estatuto, dispone que "El Personal tiene derecho a una licencia por designación en cargo de mayor jerarquía durante el periodo por el cual dure en su ejercicio, debiendo reintegrarse el día hábil posterior a su cese en el cargo que dio origen la licencia establecida en el presente artículo. A tal efecto, se considera que existe ejercicio de un cargo superior o de mayor jerarquía cuando un/a trabajador/a asume en forma transitoria -en la Sindicatura General o en el ámbito nacional, provincial o municipal- funciones inherentes a una posición de nivel superior al propio, con retención de su situación de revista.";

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Que por Resolución N° 5-SGCBA/11 se aprobó el Sistema de Carrera Administrativa de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires; Que mediante Resolución N° 56-SGCBA/11 se encasilló, de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 5-SGCBA/11, al Sr. Martín Miguel VERA FIGUEROA (DNI Nº 22.866.102 - Ficha N° 415.708); Que por Resolución N° 235-MMGC/14, se designó transitoriamente al Sr. Martín Miguel VERA FIGUEROA (DNI Nº 22.866.102 - Ficha N° 415.708) como Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa de Planeamiento de Recursos Humanos, de la Gerencia Operativa de Recursos Humanos, de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, a partir del día 1° de febrero de 2014, reteniendo sin percepción de haberes la partida presupuestaria 0801.0000.AU.PB.I; Que atento a lo expuesto, corresponde otorgar la licencia sin goce de haberes en virtud de la designación en un cargo de mayor jerarquía; Que la Gerencia Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 4.344.301-SGCBA/14.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130 inciso 2) de la Ley Nº 70,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.- Concédese la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía al Sr. Martín Miguel VERA FIGUEROA (DNI Nº 22.866.102 - Ficha N° 415.708), a partir del día 1° de febrero de 2014, por el lapso que dure su designación en el cargo. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización, notifíquese al interesado, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial

RESOLUCIÓN N.° 54/SGCBA/14

Buenos Aires, 22 de abril de 2014 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), el Decreto N° 67/10 (BOCBA N° 3.344), las Resoluciones N° 51-MHGC/10 (BOCBA N° 3.344), N° 107-MHGC/14 (BOCBA Nº 4.325) y la Resolución Conjunta Nº 10-SECLYT/13 (BOCBA N° 4.203), las Disposiciones N° A 9-DGCG/10 (BOCBA N° 3.366), Nº 183-DGCG/13 (BOCBA N° 4.212), Nº 38-DGCG/14 (BOCBA Nº 4.328),y el Expediente N° 183.762-MGEYA-SGCBA/14, y CONSIDERANDO: Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires le otorga a la Sindicatura General de la Ciudad personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera; Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que de la autarquía mencionada se desprenden facultades de administración propias que han sido puestas en cabeza del Sr. Síndico General, según reza el inciso 8) del artículo 130 de la Ley N° 70, al enunciar: "Administrar su presupuesto, resolviendo y aprobando los gastos del organismo";

Página Nº 130Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que por Decreto N° 67/10 se aprobó el "Régimen para la Asignación de Fondos" a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que impliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante los mismos, sus rendiciones y condiciones de aprobación; Que por Resolución N° 51-MHGC/10 se aprobó la reglamentación del mencionado Decreto; Que por Resolución Conjunta N° 10-SECLYT/13 se aprobó el procedimiento administrativo electrónico para la Solicitud, Rendición de Caja Chica Común; Que por Resolución N° 107-MHGC/14 se determinaron los montos máximos de Caja Chica y los montos máximos por comprobante; Que por Disposición N° A 9-DGCG/10 se aprobó el procedimiento para las asignaciones en concepto de Caja Chica; Que por Disposición Nº 183-DGCG/13 se modifican y reemplazan Anexos de la Disposición N° A 9- DGCG/10; Que los comprobantes Nº 9, 30 y 35 corresponden al abono de peajes de vehículos oficiales destinados al traslado del Síndico General y al cumplimiento de tareas de campo en la ejecución de auditorías; Que por Disposición Nº 38-DGCG/14 se aprobaron las partidas del clasificador por objeto del gasto, vigentes para el ejercicio 2014; Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la aprobación de los gastos realizados en concepto de Caja Chica Común N° 02/14 para la Sindicatura General de la Ciudad por la suma de PESOS QUINCE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 15/100 CENTAVOS ($ 15.672,15.-); Que corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto en cuestión;

Que la Gerencia Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° 4.589.532-SGCBA/14. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, inciso 8) de la Ley N° 70,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébanse los gastos realizados en concepto de Caja Chica Común N° 02/14 para la Sindicatura General de la Ciudad por la suma de PESOS QUINCE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 15/100 CENTAVOS ($ 15.672,15.-); Artículo 2°.- Apruébanse las Planillas "Resumen de Comprobantes por Fecha" y "Resumen de Comprobantes por Imputación", que como "Anexo Firma Conjunta" N° IF 4.590.565-SGCBA/14, forma parte integrante de la presente. Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la Dirección General de Contaduría General del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido archívese. Rial

ANEXO

RESOLUCIÓN N.° 55/SGCBA/14

Buenos Aires, 22 de abril de 2014 VISTO:

Página Nº 131Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes Nº 70 (BOCBA Nº 539), Nº 2.095 (BOCBA Nº 2.557), Nº 3.304 (BOCBA Nº 3.335), Nº 4.764 (BOCBA Nº 4.313), los Decretos Nº 1.145/09 (BOCBA Nº 3.332), Nº 95/14 (BOCBA Nº 4.355), las

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Resoluciones Nº 6-SGCBA/07 (BOCBA Nº 2.616), Nº 6-SGCBA/13 (BOCBA Nº 4.078), Nº 106-SGCBA/13 (BOCBA Nº 4.235), la Disposición Nº 460- DGCyC/13 (BOCBA Nº 4.231), y el Expediente Electrónico Nº 4.552.233-MGEYA-SGCBA/14, y CONSIDERANDO: Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires le otorga a la Sindicatura General de la Ciudad personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera; Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 130, inciso 2) de la Ley Nº 70, el/la Síndico/a General cuenta con facultades suficientes para organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo, en sus aspectos operativos y funcionales y de administración de personal; Que por Ley Nº 2.095 se establecieron las normas básicas que deben observarse para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y la regulación de los derechos y obligaciones que derivan de los mismas, en el ámbito del Sector Público de la Ciudad; Que en dicho marco se dictó la Resolución Nº 6-SGCBA/07 por la que se aprobó el procedimiento de compras y contrataciones de la Sindicatura General de la Ciudad; Que, posteriormente, por Ley Nº 3.304, se estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad, con miras de alcanzar un proceso de modernización administrativa; Que por Decreto Nº 1.145/09 se aprobó la reglamentación del artículo 83 de la Ley N° 2.095 y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado "Buenos Aires Compras" (BAC); Que el referido Sistema constituyó un avance en el desarrollo integral de tramitación del proceso de compras en las distintas jurisdicciones del Poder Ejecutivo permitiendo mayor control y seguridad en la tramitación de los mismos; Que por Resolución Nº 6-SGCBA/13 esta Sindicatura General de la Ciudad se adhirió al Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que por Disposición Nº 460-DGCyC/13 se aprobó el Procedimiento Único para el Diligenciamiento del Plan Anual de Compras y Contrataciones; Que, asimismo, por Resolución Nº 106-SGCBA/13 se modificó la Estructura Orgánico Funcional de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, con aras de alcanzar un mejor funcionamiento organizativo y funcional;

Que por Ley Nº 4.764 se modificó la Ley Nº 2.095, incorporando como principio general al que deben ajustarse todas las compras y contrataciones el "de la vía electrónica", con los requisitos y a través de los instrumentos previstos en la Ley Nº 3.304; Que por Decreto Nº 95/14 se aprobó la nueva reglamentación de la Ley Nº 2.095 y se establecieron entre otros, nuevos procedimientos abreviados y específicos para la contratación directa; Que por lo expuesto y en razón de haber perdido operatividad, resulta conveniente derogar la Resolución Nº 6-SGCBA/07, que estableció el procedimiento interno de compras y contrataciones de la Sindicatura General de la Ciudad; Que la Subgerencia Normativa ha tomado la intervención correspondiente en virtud a las funciones y misiones establecidas por la Resolución Nº 106-SGCBA/13; Que la Gerencia Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen Nº IF 4.586.277-SGCBA/14. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130 inciso 2) de la Ley Nº 70,

Página Nº 132Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Derógase la Resolución Nº 6-SGCBA/07. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Unidad de Auditoría Interna de la Sindicatura General, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial

RESOLUCIÓN N.° 56/SGCBA/14

Buenos Aires, 22 de abril de 2014 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes Nº 70 (BOCBA Nº 539) y N° 3.304 (BOCBA N° 3.335), la Resolución Nº 106-SGCBA/13 (BOCBA Nº 4.235), el Expediente Electrónico Nº 4.319.754-MGEYA-SGCBA/14, y CONSIDERANDO: Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 133 establece que la Sindicatura General de la Ciudad tiene personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera; Que en dicho artículo también se establece que la Sindicatura General de la Ciudad tiene a su cargo el control interno, presupuestario, contable, financiero, económico, patrimonial, legal y de gestión, así como el dictamen sobre los estados contables y financieros de la administración pública en todas las jurisdicciones que componen la administración central y descentralizada, cualquiera fuera su modalidad de organización, así como el dictamen de la cuenta de inversión; Que el artículo 120 de la Ley Nº 70 establece que el Sistema de Control Interno comprende el plan de organización y todos los métodos y procedimientos; Que conforme la norma referida constituyen propósitos del Sistema de Control Interno el suministro de información suficiente, confiable y oportuna, así como la promoción de la eficacia, eficiencia y economía de las operaciones; Que en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 130, inciso 2) de la Ley Nº 70, el/la Síndico/a General cuenta con facultades suficientes para organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo, en sus aspectos operativos y funcionales; Que la Ley Nº 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el fin de encarar un proceso de modernización administrativa; Que en dicho marco, en esta Sindicatura General se propuso la implementación de un sistema integral de gestión y control interno que tenga como objeto la informatización, automatización y despapelización de todos los productos que se elaboran en la Sindicatura General; Que de acuerdo a lo anteriormente descripto, se desarrolló el "Sistema Integral de Gestión y Control Interno" SIGECI; Que dicho sistema constituye un instrumento idóneo para integrar la debida información para el monitoreo continuo de la gestión y del Sistema de Control Interno; Que en consecuencia, resulta pertinente aprobar el manual del "Sistema Integral de Gestión y Control Interno" SIGECI y establecer el uso obligatorio del "Sistema Integral de Gestión y Control Interno" SIGECI a fin de fortalecer el cumplimiento de las responsabilidades de cada una de las áreas de este organismo;

Página Nº 133Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que la Subgerencia Normativa, ha tomado la intervención correspondiente de acuerdo a sus responsabilidades primarias y acciones emanadas de la Resolución Nº 106-SGCBA/13;

Que la Gerencia Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen Nº IF 4.341.725-SGCBA/14. Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por el artículo 130 de la Ley Nº 70,

El SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el Manual del "Sistema Integral de Gestión y Control Interno" SIGECI, que como Anexo I IF Nº 4.734.565-SGCBA/14 forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Establécese, para la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, el uso obligatorio del "Sistema Integral de Gestión y Control Interno" SIGECI. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Gerencias Generales Jurisdiccionales, a la Unidad de Auditoría Interna, a la Gerencia de Fortalecimiento Institucional, a la Secretaría General, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial

ANEXO

Página Nº 134Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Poder Judicial Resolución Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad

de Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.º 22/TSJ/14

Buenos Aires, 15 de abril de 2014 VISTO: el Expediente Interno n° 185/2013; y CONSIDERANDO: En este legajo se documenta el trámite destinado a la contratación de las suscripciones anuales a los servicios en línea por licencia corporativa y por clave personal, a las publicaciones periódicas, y a los servicios de tomos anuales que son provistos, editados y distribuidos en forma exclusiva por la firma LA LEY SAEeI, para el ejercicio 2014. La Presidencia del Tribunal dictó su Resolución n° 59/2013 autorizando el llamado a contratación directa y aprobó el pliego de cláusulas particulares y especificaciones técnicas, en el marco de lo establecido en el inciso 4° del artículo 28 de la ley n° 2095 y el Anexo I de la Acordada n° 15/2010 (fojas 44/47). La Unidad Operativa de Adquisiciones publicó el llamado en cartelera y en la página del Tribunal en Internet y cursó la invitación a cotizar a la firma mencionada, con la indicación expresa de manifestarse acerca del carácter de distribuidora exclusiva. La empresa remitió el presupuesto, la documentación necesaria para dar trámite a la contratación y la declaración jurada de exclusividad de la edición y distribución de las publicaciones y servicios reseñados (ver fojas 53/75). El área compras y contrataciones constató la inscripción de la participante en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP), requirió los certificados de libre deuda previstos por la ley n° 269 y dio intervención a la Comisión Evaluadora de Ofertas. La Comisión Evaluadora de Ofertas se expidió favorablemente al estudiar los aspectos formales de la oferta y recomendó adjudicar la contratación a la firma LA LEY SA, conforme se aprecia en el acta del 20 de diciembre pasado, suscripta por sus integrantes (fojas 93/95). Esta decisión fue publicada en la cartelera de la administración y en la página del Tribunal en Internet. En razón del informe de prestación emitido por la Sra. Bibliotecaria del Tribunal (fojas 88/91), se solicitó al proveedor la remisión de los faltantes reportados. El 27 de diciembre de 2013 la empresa hizo entrega de gran parte de esos materiales en soporte papel. Como resultado de estas cuestiones operativas, no fue posible la conclusión de la tramitación dentro del plazo estipulado por la empresa para acceder a las condiciones especiales oportunamente ofrecidas. En tal sentido, al reiniciarse las actividades funcionarios del Tribunal sostuvieron encuentros con los representantes de LA LEY a fin de poder resolver la contratación sin que se suspendieran las prestaciones. La empresa manifestó su imposibilidad para mantener las bonificaciones por las condiciones imperantes en el mercado y se comprometió a constituir una garantía de caución por el monto de la adjudicación. Estas consideraciones se volcaron en el acta glosada a fojas 102.

El 8 de marzo pasado la firma en cuestión entregó su nueva propuesta económica, agregada a fojas 103/104.

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A fojas 107/110 obran las afectaciones presupuestarias efectuadas por el área contaduría. La Comisión Evaluadora de Ofertas tomó conocimiento a fojas 113/114, anexó el cuadro comparativo de precios y mantuvo la recomendación de preadjudicar. El área de compras y contrataciones preparó el proyecto de orden de provisión obrante a fojas 115. Las asesoras de Control de Gestión y Jurídica tomaron intervención y dictaminaron a fojas 120/121. Sus apreciaciones se han incorporado al proyecto de acto administrativo definitivo que el Director General Adjunto de Administración, Planificción Financiera y Presupuesto elevó para proceder a la aprobación de los procedimientos y adjudicación de la contratación. Por ello,

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA RESUELVE:

1. Aprobar el procedimiento de la Contratación Directa n° 28-07/2013, en los términos establecidos por el artículo 28 de la ley nº 2095 y el anexo I de la Acordada n° 15/2010. 2. Adjudicar a la firma LA LEY SAEeI, CUIT n° 30-50010631-6, la contratación anual para el ejercicio 2014 de la suscripción por licencia corporativa a los servicios on line y la provisión de las publicaciones en soporte papel descriptas en la orden de provisión obrante en esta actuación; todos ellos editados, comercializados y distribuidos en forma exclusiva por la empresa mencionada, por la suma de $ 325.648,00 (TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS). 3. Autorizar al Director General de Administración a suscribir el pertinente contrato. 4. Mandar se notifique a través de la Dirección General de Administración y se de cumplimiento al artículo 110 de la ley n° 2095. Lozano - Casás - Conde - Ruiz - Weinberg

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Consejo de la Magistratura

RESOLUCIÓN N.º 120/OAYF/14

Buenos Aires, 14 de abril de 2014 VISTO: El Expediente DCC-058/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Contratación de Seguro para 5 Vehículos”, y CONSIDERANDO: Que por Resolución OAyF N° 069/2014 se autorizó el llamado a Contratación Menor Nº 10/2014 que tiene por objeto la contratación de Seguro Automotor para cinco (5) vehículos del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa Resolución, con un presupuesto oficial de setenta y seis mil sesenta y seis pesos con 85/100 ($ 76.066,85) IVA incluido (fs. 50/58). Que la Dirección de Compras y Contrataciones puso en conocimiento del dictado de la Resolución OAyF N° 069/2014 a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 60) y se dio cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en la página web del Poder Judicial (fs. 62). Que la Dirección de Compras y Contrataciones remitió comunicaciones electrónicas a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 63), a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 65), a la Guía General de Licitaciones y Presupuesto (fs. 67) y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 68/76). Que posteriormente, la firma Caja Seguros S.A. -que fuera invitada a cotizarefectuó una consulta respecto a los modelos que corresponden a cada una de las patentes informadas en el Pliego de Condiciones Particulares aprobado por Resolución OAyF N° 069/2014 (fs. 77). En razón de ello se emitió la Circular Con Consulta N° 1 obrante a fojas 78/79, la cual fue publicada en la página web del Poder Judicial (fs. 80) y fue remitida a la Guía General de Licitaciones y Presupuestos (fs. 81), a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 82), a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 83) y a todas las firmas oportunamente invitadas a cotizar (fs. 84/88). Que el 26 de marzo del corriente se realizó el acto de apertura de ofertas, labrándose el Acta de Ofertas Recibidas que luce incorporada a fojas 89, en la que se hizo constar la presentación de tres (3) ofertas. Realizaron presentaciones Provincia Seguros S.A. -agregada a fojas 90/91- que cotizó por un monto total de sesenta y seis mil trescientos noventa y cuatro pesos con 43/100 ($ 66.394,43), Caja Seguros S.A. - incorporada a fojas 94/260- que presupuestó por un total de setenta y cinco mil novecientos noventa y siete pesos con 40/100 ($ 75.997,40) y Nación Seguros S.A. - obrante a fojas 263/344- que presupuestó por un valor total de cuarenta y nueve mil quinientos cincuenta y nueve pesos con 88/100 ($ 49.559,88). Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones agregó las consultas de los estados registrales de los oferentes, efectuadas al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la fecha de apertura de las ofertas (fs. 345/347).

Que asimismo, la Dirección de Compras y Contrataciones le solicitó a la firma Provincia Seguros S.A. la siguiente documentación: declaración jurada de aptitud para contratar, certificado de deudores alimentarios morosos, certificado fiscal emitido por la AFIP y constancia de la Superintendencia de Seguros (fs. 348). En respuesta, la firma remitió un correo electrónico en el cual adjuntó copias de la declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional, certificado de deudores alimentarios morosos, certificado fiscal para contratar y la certificación de inscripción en la Inspección General de Justicia (fs. 350/353).

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Que por su parte, la firma Nación Seguros S.A. realizó una presentación -que tramitó por Actuación N° 06000/14 incorporada a fojas 354/359- en la que efectúa observaciones respecto de la presentación enviada por la empresa Provincia Seguros S.A. Que luego, la Dirección de Compras y Contrataciones elaboró el Cuadro Comparativo de Precios (fs. 360) con su respectivo anexo referido a la documentación presentada por las oferentes (fs. 361). De dicho anexo surge que la firma Provincia Seguros S.A. no cumplió con lo requerido en los puntos 19 -declaración jurada de aptitud para contratar con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- y 31 -constancia de la Superintendencia de Seguros de la Nación que acredite que la misma se encuentra habilitada para operar- del Pliego de Condiciones Particulares de la Contratación de marras. Que requerida su opinión, mediante Dictamen Nº 5627/2014, tomó la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos que previa reseña de lo actuado puso de resalto que “la presente Contratación Menor se rige por el art. 38 de la Ley 2095 modificada por la Ley 4764, en la cual han presentado ofertas las empresas mencionadas precedentemente, destacándose que la firma Provincia Seguros S.A., manifestó que el mantenimiento de su oferta es por el plazo de diez (10) días, además no acompaño la declaración jurada de aptitud para contratar (Punto 19 del PBC), ni la constancia de la Superintendencia de Seguros de la Nación (Punto 31 del PBC), no obstante habérselo requerido la Dirección de Compras y Contrataciones a través de correo electrónico obrante a fs. 348/349”. Finalmente concluyó: “consecuentemente con ello, teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones así como la normativa aplicable, esta Dirección General opina que, no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga con el trámite de las presentes actuaciones a los fines previstos por el art. 109 de la ley 2095, modificado por la ley 4764, en el sentido que: La adjudicación es resuelta en forma fundada por la autoridad competente para aprobar la contratación…” (fs. 366/367). Que luego, la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores como área técnica competente manifestó que “de acuerdo a lo informado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y el análisis de las propuestas presentadas no encuentro obstáculos para la contratación, siendo que todas las empresas cumplen con los requisitos establecidos, especialmente, respecto del seguro todo riesgo sin franquicia y el auxilio mecánico las 24hs. ilimitado” (fs. 371/372). Que en este estado y puesto a resolver, cumplidos y verificados todos los pasos pertinentes propios del proceso de selección, en un todo de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y conforme lo expuesto por la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores como área técnica competente, corresponderá aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 10/2014 que tiene por objeto la contratación de Seguro Automotor para cinco (5)

vehículos del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución 069/2014. Que asimismo, corresponderá adjudicar la Contratación Menor N° 10/2014 a la firma Nación Seguros S.A. por un monto total de cuarenta y nueve mil quinientos cincuenta y nueve pesos con 88/100 ($ 49.559,88), de acuerdo con la propuesta obrante a fojas 263/344 y conforme las condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF Nº 069/2014. Ello, por ser una oferta técnicamente admisible además de resultar la más conveniente económicamente. Que por último, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;

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EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 10/2014 que tiene por objeto la contratación de Seguro Automotor para cinco (5) vehículos del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución 069/2014. Artículo 2º: Adjudíquese la Contratación Menor N° 10/2014 a la firma Nación Seguros S.A. por un monto total de cuarenta y nueve mil quinientos cincuenta y nueve pesos con 88/100 ($ 49.559,88), de acuerdo con la propuesta obrante a fojas 263/344 y conforme las condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF Nº 069/2014. Ello, por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente. Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Artículo 5º: Regístrese y publíquese como se ordenara. Comuníquese a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos. Rabinovich

RESOLUCIÓN N.º 121/OAYF/14

Buenos Aires, 14 de abril de 2014 VISTO: el Expediente DCC 099/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición e Impresión de Bolsas Institucionales”; y CONSIDERANDO: Que por Resolución CM N° 203/2013, dictada en el marco del Expediente CFI Nº 283/13-0, se aprobó la participación del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la cuadragésima Feria Internacional del Libro de Buenos Aires 2014 mediante la instalación de un stand y diferentes actividades de difusión y se delegó en la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales la coordinación y organización de las acciones de allí derivadas. Que cabe destacar que conforme surge del “Reglamento y Solicitud de Inscripción” para el aludido evento, éste tendrá lugar entre el 22 de abril y el 12 de mayo del año en curso Que mediante Memo N° 114/2014 la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales solicitó la contratación de veinte mil (20.000.-) bolsas institucionales a ser distribuidas en la cuadragésima Feria Internacional del Libro de Buenos Aires 2014, y detalló las especificaciones técnicas a tal fin (fs. 3/4 del Expediente DCC N° 047/14-0).

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Que entonces, por Resolución OAyF N° 54/2014 -dictada en el marco del Expediente DCC N° 47/2014- (fs. 22/31) se autorizó el llamado a Contratación Menor Nº 7/2014 que tiene por objeto la adquisición de bolsas institucionales para la participación de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la cuadragésima Feria Internacional del Libro de Buenos Aires 2014, en la forma, cantidades, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa Resolución. Que luego, por Resolución OAyF N° 112/2014 se declaró fracasada la referida contratación (fs. 6/7). Que en esta situación, y a fin de dar cumplimiento a lo requerido oportunamente por la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales en razón de que la necesidad persiste, la Dirección de Compras y Contrataciones se puso en contacto con la firma Editorial Eudeba S.E.M. para averiguar la posibilidad de encomendarle la confección de las bolsas institucionales en cuestión, siendo que esta tarea no resultaba conocida por este Consejo. En respuesta, la Editorial Eudeba S.E.M. presentó una propuesta por la suma total de ciento ochenta y siete mil cincuenta pesos ($ 187.050,00) IVA incluido que se adecua en su totalidad a las especificaciones técnicas detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la contratación fracasada (fs. 1). Que en tal sentido, la Dirección de Compras y Contrataciones entendió que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11) del artículo 28° de la Ley 2095 y su modificatoria Ley 4764 (fs. 8 y 11). Que a fin de dar cumplimiento con las disposiciones de la Ley 70, la Dirección de Compras y Contrataciones solicitó la registración preventiva del gasto que insumirá la presente contratación. En tal sentido, luce agregada a fojas 9/10 la Constancia de

Registración Nº 345/04 2014, que da cuenta de la existencia de partida presupuestaria suficiente para afrontar la erogación en cuestión. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete mediante Dictamen Nº 5631/2014 y, luego de realizar una breve reseña de lo actuado, destacó que “la presente Contratación Directa se regirá por las disposiciones de la ley 2095 y su modificatoria ley N° 4764, reglamentada por el Anexo I de la Res. CM N° 1/2014”. En razón de ello concluyó que “teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones así como la normativa legal aplicable, es opinión de esta Dirección General, que no existe obstáculo, desde el punto de vista jurídico, para que se continúe con la tramitación de las presentes actuaciones” (fs. 17/18). Que en este punto, resulta dable poner de resalto que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha destacado en otras contrataciones análogas que “tratándose Eudeba de una sociedad de economía mixta dependiente de la Universidad de Buenos Aires (por lo que estaríamos en presencia de un contrato interadministrativo que será suscripto por dos sujetos estatales, quedando amparado por un nivel inmejorable desde el punto de vista profesional), podrá procederse conforme el artículo citado y su reglamentación” (cfr. Dictamen Nº 5601/2014 de fs. 28 del Expediente DCC-073/14-0). Que en consecuencia, puesto a resolver, corresponde destacar en primer lugar que la cotización de la Editorial Eudeba S.E.M. se adecúa a lo requerido mediante Memo N° 114/2014 por la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales y a las especificaciones técnicas estipuladas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado por Resolución OAyF N° 54, por lo que resulta técnicamente admisible. Que entonces, de conformidad con lo ut supra relatado, a fin de dar respuesta a lo oportunamente solicitado por la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales, en atención a lo expuesto por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y sin perder de vista que la cuadragésima Feria Internacional del Libro de Buenos Aires 2014 se desarrollará entre el 22 de abril y el 12 de mayo del año en curso, no resta más que autorizar el llamado a Contratación Directa Nº 24/2014 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. que tiene por objeto la adquisición de veinte mil (20.000.-) bolsas institucionales para la participación de este Consejo de la Magistratura en la Feria del Libro 2014, por la suma total de ciento ochenta y siete mil cincuenta pesos ($ 187.050,00) IVA incluido, conforme la propuesta obrante a fojas 1.

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Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la confección de las bolsas institucionales en cuestión. Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la contratación que se autorizará en el presente acto y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º: Autorícese el gasto para la Contratación Directa N° Nº 24/2014 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. que tiene por objeto la adquisición de veinte mil (20.000.-) bolsas institucionales para la participación de este Consejo de la Magistratura en la Feria del Libro 2014, por la suma total de ciento ochenta y siete mil cincuenta pesos ($ 187.050,00) IVA incluido, conforme la propuesta obrante a fojas 1. Artículo 2º: Dese intervención a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales para que provea a la firma Editorial Eudeba S.E.M. del material necesario para la confección de las bolsas institucionales aprobadas en el artículo 1º de la presente. Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la contratación que se autoriza en el presente acto y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Artículo 4º: Regístrese y publíquese como se ordena. Comuníquese a la Secretaría de Coordinación de las Políticas Judiciales y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese. Rabinovich

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 208/14

Buenos Aires, 1 de abril de 2014 VISTO: La Res. DG Nº 51/2014, y CONSIDERANDO: Que por conducto de la Resolución referida en el Visto, se propone al Consejo de la Magistratura la aprobación de las estructuras de la Secretaría General de Acceso a la Justicia, la Secretaría General de Administración, la Secretaría General de Asistencia a la Defensa, la Secretaría General de Planificación y la Subsecretaría de Coordinación Técnica, dependientes del Ministerio Público de la Defensa. Que se solicita también la delegación en el Ministerio Público de la Defensa la organización de las estructuras correspondientes a los niveles jerárquicos inferiores.

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Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su art. 116, inc. 6, otorga al Consejo de la Magistratura la facultad de administrar los recursos del Poder Judicial y en su art. 124 reconoce autonomía funcional al Ministerio Público. De dichas normas surgen las competencias del Consejo para disponer sobre el presupuesto y del Ministerio Público para proponer la creación de cargos. Asimismo, su art. 125 dispone que son funciones del Ministerio Público promover la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad y velar por la normal prestación del servicio de justicia procurando ante los tribunales la satisfacción del interés social. Que el art. 21, inc. 5, de la Ley 1903 fija las atribuciones de los titulares del Ministerio Público en el ámbito de administración general y financiera y establece: “Elaborar y proponer al Plenario del Consejo de la Magistratura las ampliaciones a la estructura orgánica necesarias para el normal y eficiente cumplimiento de las tareas que le son propias”. Que el inc. 6 indica que es atribución de la Fiscalía General, la Defensoría General y la Asesoría General Tutelar “Reorganizar la estructura interna y realizar las reasignaciones del personal de acuerdo a las necesidades del servicio”. Por lo tanto, a fin de asegurar el normal funcionamiento del Ministerio Público mediante una eficaz organización de las dependencias a su cargo corresponde aprobar las estructuras propuestas por la Res. DG N° 51/2014. Que en consecuencia y a fin de no duplicar estructuras se torna necesario derogar las Secretarías Generales vigentes. Que asimismo, en un mismo temperamento de enfoque integral del asunto, resulta razonable que la adaptación de los cargos inferiores a la nueva estructura sea delegada al Ministerio Público de la Defensa, de acuerdo a las condiciones del crédito presupuestario disponible. Que luce conveniente dictar la resolución con antelación a la realización del próximo Plenario de Consejeros, para luego ser sometida a su respectiva ratificación. Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 25 inc. 4 de la Ley Nº 31, LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE:

Artículo 1°: Derogar de la estructura vigente del Ministerio Público de la Defensa las Secretarías Generales. Artículo 2°: Aprobar la estructura de la Secretaría General de Acceso a la Justicia, dependiente del Ministerio Público de la Defensa, que como Anexo I forma parte de la presente resolución. Artículo 3°: Aprobar la estructura de la Secretaría General de Administración, dependiente del Ministerio Público de la Defensa, que como Anexo II forma parte de la presente resolución. Artículo 4°: Aprobar la estructura de la Secretaría General de Asistencia a la Defensa, dependiente del Ministerio Público de la Defensa, que como Anexo III forma parte de la presente resolución. Artículo 5°: Aprobar la estructura de la Secretaría General de Planificación, dependiente del Ministerio Público de la Defensa, que como Anexo IV forma parte de la presente resolución. Artículo 6°: Aprobar la estructura de la Subsecretaría de Coordinación Técnica, dependiente del Ministerio Público de la Defensa, que como Anexo V forma parte de la presente resolución. Artículo 7º: Delegar en el Ministerio Público de la Defensa la organización de las estructuras correspondientes a los niveles jerárquicos inferiores de las estructuras aprobadas en los artículos 1 a 5 de la presente resolución, de acuerdo a las condiciones del crédito presupuestario disponible. Artículo 8º: Elevar al Plenario la presente Resolución para su ratificación.

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Artículo 9°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese a los Sres. Consejeros, al Ministerio Público de la Defensa, a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección de Programación y Administración Contable, a la Dirección General de Factor Humano, y oportunamente archívese. Olmos

ANEXO

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Fiscalía General - Ministerio Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.º 65/FG/14

Buenos Aires, 22 de abril de 2014 VISTO: Los artículos N° 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 1903, la Resolución FG Nº 15/14; y la Actuación Interna FG N° 17273/10; Y CONSIDERANDO:

- I - Que próximamente operará el vencimiento de las designaciones transitorias en los cargos de Fiscales de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas en el Equipo Fiscal “E” de la Unidad Fiscal Este; y en el Equipo Fiscal “2” de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única (cfr. Resolución FG Nº 15/14). En efecto, mediante Resolución FG N° 15/14, de fecha 17 de enero del corriente año, se prorrogó la designación del Dr. Martín García Berro a fin de que continuara desempeñándose interinamente en el cargo de Fiscal de Primera Instancia en el Equipo Fiscal “E” de la Unidad Fiscal Este, desde el día 26 de enero del corriente año y por el término de noventa (90) días, esto es, hasta el 25 de abril de 2014 inclusive, o bien hasta que perdurare la licencia extraordinaria solicitada por la Dra. María Teresa del Rosario Moya. Paralelamente, se designó interinamente al Dr. Patricio Maissonnave para cubrir el cargo de Fiscal de Primera Instancia en el Equipo Fiscal “2” de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, a partir del 26 de enero de 2014 y por el lapso de noventa (90) días corridos, esto es, hasta el 25 de abril de 2014 inclusive, o bien hasta tanto finalizare la licencia del Dr. Federico Villalba Díaz.

- II - Las potestades del Fiscal General para resolver acerca de las designaciones de los Fiscales interinos provienen de los arts. 124 y 125 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Ley 1903, y se enmarcan dentro de las facultades de gobierno y administración del Ministerio Público Fiscal. En línea con ello se encuentra la función primordial asignada a esta Institución, relativa a “velar por la normal prestación del servicio de justicia y procurar ante los tribunales la satisfacción del interés social”1; extremo también reafirmado en el art. 1 de la Ley 1903 al estipular como misión esencial la de “velar por la normal prestación del servicio de justicia”. Que los funcionarios mencionados fueron oportunamente designados de acuerdo al orden de mérito aprobado mediante Resolución FG N° 275/13, que se enmarca en el Reglamento para la Cobertura Interina de Fiscales del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -cfr. Resolución FG N° 128/13, Anexo I-. Para resolver la cobertura de ambos cargos, en esta oportunidad resultará de aplicación lo normado en el art. 25 -segundo párrafo- del mentado Reglamento, en

cuanto prevé la posibilidad de renovar las designaciones existentes por razones de necesidad del servicio de administración de justicia2. Que al respecto, corresponde señalar que la renovación aquí propiciada favorece la continuidad en la implementación de criterios y metodologías de trabajo uniformes.

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En este contexto, el mecanismo más adecuado para cumplir con tales premisas es la renovación de las coberturas interinas de aquellos funcionarios que actualmente vienen desarrollando la función de Fiscal en lo Penal, Contravencional y de Faltas en los equipos fiscales reseñados en el apartado I. Dichas designaciones se fundamentarán legalmente en los términos del artículo 18 inciso 5° de la actual Ley 1903 y del art. 25 in fine del Reglamento para la Cobertura Interina de Fiscales del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y tendrán una duración de hasta noventa 90 días.

- III - Resta añadir que, conforme surge del informe elevado por el Departamento de Presupuesto y Contabilidad (ver Actuación Interna FG N° 17273/10), existen en la actualidad partidas presupuestarias suficientes para afrontar los gastos derivados de las designaciones que se dispondrán en la presente. Del mismo modo, tomó intervención el Departamento de Asuntos Jurídicos de la Fiscalía General. Que concluyó que el Fiscal general se encuentra facultado y posee competencia para suscribir el presente acto administrativo. Por todo lo expuesto,

EL FISCAL GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1°: Prorrogar la cobertura interina del Dr. Martín García Berro en la función de Fiscal a cargo del Equipo Fiscal “E” de la Unidad Fiscal Este, a partir del día 26 de abril del corriente año (art. 18, inc. 5° de la Ley 1903 y art. 25 in fine del Reglamento para la Cobertura Interina de Fiscales del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), por el término de hasta noventa (90) días. Artículo 2°: Prorrogar la cobertura interina del Dr. Patricio Maissonnave en la función de Fiscal a cargo del Equipo Fiscal “2” de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, a partir del día 26 de abril del corriente año (art. 18, inc. 5° de la Ley 1903 y art. 25 in fine del Reglamento para la Cobertura Interina de Fiscales del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), por el término de hasta noventa (90) días. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial con carácter de urgente y en la página de Internet del Ministerio Público Fiscal; notifíquese a los interesados, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Departamento de Relaciones Laborales, al Departamento de Tecnología y Comunicaciones, al Departamento de Programación, Control Presupuestario y Contable, a todos los Sres. Fiscales integrantes del Ministerio Público Fiscal, al Consejo de la Magistratura, a las Cámaras de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas –y por su intermedio a los Sres. Jueces de Primera Instancia-, a la Defensoría General, a la Asesoría General Tutelar, a los Sres. Secretarios Generales, y oportunamente, archívese. Ocampo

Notas: 1) Ver específicamente el inciso 2° del art. 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2) El segundo párrafo del art. 25 dispone que: “La designación podrá renovarse siempre que así lo entienda el Fiscal General, por razones vinculadas a necesidades del servicio de administración de justicia.”

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Acordadas Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad

de Buenos Aires

ACORDADA N.º 6/TSJ/14 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 14 días del mes de abril de 2014, se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidente, el señor juez Luis Francisco Lozano, el señor juez José O. Casás, las señoras juezas Ana María Conde, Alicia E. C. Ruiz e Inés M. Weinberg; y CONSIDERAN Para establecer los lineamientos generales en la planificación de la carrera de todos aquellos empleados, según lo establece el Art.1 de las Disposiciones Generales del Reglamento del Tribunal, e instrumentar un mecanismo que garantice la transparencia en los procesos de selección, resulta oportuno aprobar un Reglamento General de Selección para los puestos de trabajo a ocupar, hasta la categoría 3 inclusive. La Asesoría Jurídica ha tomado la intervención que le compete (fs. 10/12 del Expediente Interno nº 85/2014). Por ello,

ACUERDAN: 1. Aprobar el Reglamento General de Selección de Agentes del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para los puestos de trabajo a ocupar desde la categoría 10 hasta la categoría 3 conforme el texto del Anexo I, Anexo II y Anexo III, que se agregan y forman parte integrante de la presente Acordada. 2. Exceptuar de este Reglamento al personal de las vocalías. 3. Mandar se registre, se publique en el Boletín Oficial y se dé a la Dirección General de Administración. Lozano - Casás - Conde - Ruiz - Weinberg

ANEXO

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Directivas Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad

de Buenos Aires

DIRECTIVA N.º 9/TSJ/14

Buenos Aires, 16 de abril de 2014 VISTO: el Expediente Interno n° 57/2014, y CONSIDERANDO: En este legajo se documenta el trámite destinado a la renovación del servicio de mantenimiento preventivo del sistema de aire acondicionado instalado en el edificio sede del Tribunal, por un plazo de doce (12) meses. La Unidad Operativa de Adquisiciones agregó el pliego único de bases y condiciones generales, preparó el proyecto de pliego de cláusulas particulares glosado y las especificaciones técnicas, documentación glosada a fojas 4/17. El área contaduría tomó conocimiento y efectuó la afectación preventiva para el ejercicio en curso y la reserva correspondiente a los compromisos del ejercicio fiscal 2015, por la suma total de CIENTO SESENTA MIL PESOS ($ 160,000.00), como se observa a fojas 20/22. Con estos antecedentes, corresponde dictar el acto administrativo de autorización del procedimiento de selección, en los términos de los artículos 13, 26 y 31 de la ley nº 2095 y aprobar el pliego de cláusulas particulares y especificaciones técnicas a aplicar en el proceso licitatorio. Las asesoras de Control de Gestión y Jurídica intervinieron en la actuación mediante sus dictámenes de fojas 33/35. Sus apreciaciones han sido incorporadas al pliego de cláusulas particulares a ser utilizado en la presente licitación. En virtud de lo establecido en el Anexo I de la Acordada n° 15/2010, el suscripto se encuentra facultado para autorizar el llamado a licitación pública. Asimismo, y conforme con lo establecido por el artículo 2 del Anexo I de la Acordada n° 26/2009, corresponde a esta Dirección designar a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas que entenderá en esta contratación. Por ello, el Director General Adjunto de Administración, Planificación Financiera y Presupuesto procede a dictar la siguiente:

DIRECTIVA: 1. Autorizar y llamar a la Licitación Pública n° 3/2014, destinada a la renovación del servicio de mantenimiento preventivo del sistema de aire acondicionado instalado en el edificio sede del Tribunal, por un plazo de doce (12) meses, de acuerdo a lo establecido por los artículos 13, 26 y 31 de la ley nº 2095 y el anexo I de la Acordada n° 15/2010, con un presupuesto de CIENTO SESENTA MIL PESOS ($ 160,000.00). 2. Aprobar el pliego de cláusulas particulares y las especificaciones técnicas que forman parte de la presente como Anexo I y Anexo II. 3. Fijar la fecha del acto de apertura de las ofertas para el 30 de abril de 2014, a las 14:00. 4. Instruir a la Unidad Operativa de Adquisiciones para que invite a por lo menos seis (6) firmas de rubro inscriptas en el RIUPP.

5. Conformar la Comisión Evaluadora de Ofertas que entenderá en la presente licitación de la siguiente manera: Miembros titulares Abogada Triana Errecaborde, legajo n° 94;

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Sr. Alberto Strocovsky, legajo n° 72; Ingeniero Luis Pablo Gallo, legajo n° 174. Miembros suplentes Abogada Marina Benarroch, legajo n° 61; CPN Marcelo Lorenzo, legajo n° 148. 6. Mandar se publique por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; en la página de Internet y en la cartelera de la Dirección General de Administración; y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Pannunzio

ANEXO

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TRIMESTRALES

Atento lo dispuesto por el Art. 34º de la Ley 4471

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD - Primer Trimestre Año 2014

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Comunicados y Avisos Ministerio de Modernización

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Se llama a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Implementación de Concursos de la Carrera Administrativa RESOLUCIÓN N.º 268/MMGC/14

Buenos Aires, 21 de abril de 2014 VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 471, 1502 y 4013, los Decretos Nros. 812/05, 684/09, 571/11, 658/11 y 226/13, la Resolución Nº 1040/SECRH/11, el Anexo IF- 2014-04672270-MMGC y el EX-2014-4331952-MGEYA-DGPLC, y CONSIDERANDO: Que el artículo 34 de la Ley Nº 471 establece que para la selección de los cargos más altos de la Administración Pública se deberá utilizar el procedimiento de Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición; Que mediante el Decreto Nº 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en el análisis de legalidad de los procesos de selección vinculados al Régimen Gerencial mediante Dictamen Nº PG- 79.976/10; Que por Decreto Nº 571/11 se encomendó a la Secretaría de Recursos Humanos la reglamentación que resulte necesaria para la implementación de los concursos del Régimen Gerencial de la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires; Que en este sentido, por Resolución Nº 1040/SECRH/11 se aprobó el texto ordenado del Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por la Ley de Ministerios N° 4013 se creó el Ministerio de Modernización, cuyos objetivos se encuentran establecidos en el Capítulo XI; Que se ha remitido a este Ministerio una Comunicación Oficial en la que requiere se convoque a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para la cobertura del cargo Subgerencia Operativa Implementación de Concursos de la Carrera Administrativa de este Ministerio; Que a fin de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 7º del Anexo de la Resolución Nº 1040/SECRH/11, la convocatoria a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y como mínimo en un (1) diario de masiva circulación; Que se ha informado fehacientemente a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) sobre el presente proceso de selección, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Ley Nº 1502 y en el Decreto N° 812/05.

Por ello, y en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 4013, los Decretos Nros. 571/11, 226/13 y por el artículo 5º del Anexo de la Resolución Nº 1040/SECRH/11,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

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Artículo 1º.- Llámase a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Implementación de Concursos de la Carrera Administrativa, dependiente de la Dirección General Planeamiento de Carreras de la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, conforme las modalidades y requisitos para el cargo contenidos en el Anexo IF-2014-04672270-MMGC que forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Desígnanse como integrantes titulares del Comité de Selección a los Sres. Pedro Hadida, DNI N° 29.951.546; Armando Norberto Canosa, DNI N° 13.699.264; y Pablo Andrés Segura, DNI N° 23.834.911; y como integrantes suplentes a la Sra. María Fernanda Inza, DNI N° 22.363.701; y al Sr. Mario Ambrosone, DNI N° 22.226.984. Artículo 3º.- Fíjase el día 28 de abril de 2014, a partir de las 00:01 hs., como fecha de inicio de las inscripciones electrónicas al presente concurso público abierto de antecedentes y oposición, las que deberán realizarse completando los formularios electrónicos incluidos en el portal web www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos. Los formularios electrónicos estarán activos para realizar la inscripción hasta el día 11 de mayo de 2014, a las 23:59 hs. Artículo 4º.- Publíquese el aviso de llamado al presente Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición, en el portal web (www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5º.- Una vez finalizado el concurso, encomiéndase a la Dirección General Capital Humano la instrumentación de las acciones necesarias para proceder a la publicación de la terna final y a la notificación fehaciente de cada uno de los postulantes. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de dos (2) días y comuníquese a la Sindicatura General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS). Oportunamente pase a las Direcciones Generales Capital Humano, Técnica, Administrativa y Legal, Planeamiento de Carreras, Administración y Liquidación de Haberes, dependientes del Ministerio de Modernización en prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Ibarra

ANEXO

Andrés H. Ibarra Ministro

CA 186 Inicia: 29-4-2014 Vence: 29-4-2014

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Se llama a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Hogares de Residencia Permanente RESOLUCIÓN N.º 270/MMGC/14

Buenos Aires, 21 de abril de 2014

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VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 471, 1502 y 4013, los Decretos Nros. 812/05, 684/09, 571/11, 658/11 y 660/11, la Resolución Nº 1040/SECRH/11, el Anexo IF- 2014-04695773-MMGC y el EX-2014-04089737-MGEYA-DGPLC, y CONSIDERANDO: Que el artículo 34 de la Ley Nº 471 establece que para la selección de los cargos más altos de la Administración Pública se deberá utilizar el procedimiento de Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición; Que mediante el Decreto Nº 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en el análisis de legalidad de los procesos de selección vinculados al Régimen Gerencial mediante Dictamen Nº PG- 79.976/10; Que por Decreto Nº 571/11 se encomendó a la Secretaría de Recursos Humanos la reglamentación que resulte necesaria para la implementación de los concursos del Régimen Gerencial de la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires; Que en este sentido, por Resolución Nº 1040/SECRH/11 se aprobó el texto ordenado del Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por la Ley de Ministerios N° 4013 se creó el Ministerio de Modernización, cuyos objetivos se encuentran establecidos en el Capítulo XI; Que el Ministerio de Desarrollo Social ha remitido a este Ministerio una Comunicación Oficial en la que requiere se convoque a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para la cobertura del cargo Gerencia Operativa Hogares de Residencia Permanente, dependiente de la Dirección General Promoción y Servicios de ese Ministerio; Que a fin de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 7º del Anexo de la Resolución Nº 1040/SECRH/11, la convocatoria a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y como mínimo en un (1) diario de masiva circulación; Que se ha informado fehacientemente a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) sobre el presente proceso de selección, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Ley Nº 1502 y en el Decreto N° 812/05.

Por ello, y en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 4013, los Decretos Nros. 571/11, 660/11 y por el artículo 5º del Anexo de la Resolución Nº 1040/SECRH/11,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1º.- Llámase a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Hogares de Residencia Permanente, dependiente de la Dirección General Promoción y Servicios de la Subsecretaría Tercera Edad del Ministerio de Desarrollo Social, conforme las modalidades y requisitos para el cargo contenidos en el Anexo IF-2014-04695773-MMGC, que forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Desígnanse como integrantes titulares del Comité de Selección a la Sras. Maria Cristina Lombardi, DNI N° 5.248.775 y Alicia Alcira Ana Lombardi, DNI Nº 4.989.527 y al Sr. Leandro Pavon, DNI N° 25.487.804; y como integrantes suplentes a los Sres. Pedro Tolón Estarelles, DNI N° 93.667.383; y Julio Suárez, DNI N° 7.752.727.

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Artículo 3º.- Fíjase el día 28 de abril de 2014, a partir de las 00:01 hs., como fecha de inicio de las inscripciones electrónicas al presente concurso público abierto de antecedentes y oposición, las que deberán realizarse completando los formularios electrónicos incluidos en el portal web www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos. Los formularios electrónicos estarán activos para realizar la inscripción hasta el día 11 de mayo de 2014, a las 23:59 hs. Artículo 4º.- Publíquese el aviso de llamado al presente Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición, en el portal web (www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5º.- Una vez finalizado el concurso, encomiéndase a la Dirección General Planeamiento de Carreras la instrumentación de las acciones necesarias para proceder a la publicación de la terna final y a la notificación fehaciente de cada uno de los postulantes. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de dos (2) días y comuníquese a la Sindicatura General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS). Oportunamente pase a las Direcciones Generales Planeamiento de Carreras y Técnica, Administrativa y Legal dependientes del Ministerio de Modernización, a la Dirección General Promoción y Servicios, del Ministerio de Desarrollo Social, a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Modernización en prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Ibarra

ANEXO Andrés H. Ibarra

Ministro CA 187 Inicia: 29-4-2014 Vence: 29-4-2014

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Licitaciones Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adquisición de botiquines - Expediente N° 46.350/SA/13 Llámase a Licitación Pública Nº 32/13, cuya apertura se realizará el día 12/5/14, a las 14 hs., para la adquisición de botiquines. Elementos: Adquisición de Botiquines para primeros auxilios de madera. Autorizante: Resolución Nº 231/SA/14. Repartición destinataria: Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dirección General de Recursos Humanos. Valor del pliego: $ 200,00. Adquisición y consultas de pliegos: Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dirección General de Compras y Contrataciones, sita H. Yrigoyen 642, primer piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de 10 a 18 horas. Lugar de apertura: Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dirección General de Compras y Contrataciones, sita H. Yrigoyen 642, primer piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 12/5/14, a las 14 hs.

Marcelo del Sol Director General

OL 1151 Inicia: 29-4-2014 Vence: 30-4-2014

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Contratación del servicio de relevamiento integral de medios televisivos - Expediente N° 1.404.114/SA/14 Llamase a Licitación Pública Nº 2/14, cuya apertura se realizará el día 09/05/14, a las 14 hs., para la contratación del servicio de relevamiento integral de medios televisivos. Elementos: servicio de relevamiento integral de medios televisivos. Autorizante: Resolución Nº 270/SA/14. Repartición destinataria: Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dirección General de Prensa y Difusión. Valor del pliego: $ 150,00. Adquisición y consultas de pliegos: Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dirección General de Compras y Contrataciones, sita H. Yrigoyen 642, primer piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de 10 a 18 horas. Lugar de apertura: Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dirección General de Compras y Contrataciones, sita H. Yrigoyen 642, primer piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 9/5/14, a las 14 hs.

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Marcelo del Sol Director General

OL 1134 Inicia: 28-4-2014 Vence: 29-4-2014

Página Nº 154Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Hacienda

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adquisición de pinturas y productos afines - Expediente E. Nº 4.738.805/MGEYA-DGCYC/14 Llámase a Licitación Pública Nº 623-0262-LPU14, referente al Convenio Marco de Compras para la adquisición de pinturas y productos afines, con destino a las áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a realizarse el día 7 de mayo de 2014 a las 14 horas. Autorizante: Disposición Nº 270/DGCYC/14. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: Los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenos airescompras.gob.ar Lugar de apertura: El acto de apertura de ofertas se efectuará a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar Asimismo, se encuentran publicados en la página web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

Mauricio Butera Director General

OL 1193 Inicia: 29-4-2014 Vence: 29-4-2014

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Contratación de seguro Técnico - Expediente E. Nº 5.951.027/MGEYA-DGESYC/13 Llámase a Licitación Pública de Etapa Única Nº 549/SIGAF/14 para la contratación de un seguro Técnico, a fin de brindar cobertura al equipamiento electrónico perteneciente a la Dirección General de Estadísticas y Censos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a realizarse el día 6 de mayo de 2014 a las 11 horas. Autorizante: DI-2014-61-DGSEGUROS - DI-2014-276-DGCYC. Repartición destinataria: Dirección General de Estadísticas y Censos. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consulta de pliegos: Dirección General de Compras y Contrataciones, Av. Roque Sáenz Peña 547, 8º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires - de lunes a viernes de 10 a 15 horas. Lugar de apertura: Las ofertas deberán presentarse hasta la fecha y hora prevista para la apertura de ofertas en la Dirección General de Compras y Contrataciones, Av. Roque Sáenz Peña 547, 8º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, se encuentran publicados en la página web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

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Mauricio Butera Director General

OL 1189 Inicia: 29-4-2014 Vence: 29-4-2014

Página Nº 156Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE - GOCYC Adquisición de equipamiento médico - Expediente Nº 3.862.563/MGEYA-DGADC/14 Llámase a Licitación Pública Nº 401-182-LPU14, para la adquisición de equipamiento médico con destino al Hospital General de Agudos J. M. Penna del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Apertura: 21/5/14, a las 11 hs. Autorizante: Resolución Nº 135/SSASS/14. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos J. M. Penna. Unidad Requirente: Dirección General Recursos Físicos en Salud. Valor del pliego: sin valor comercial. Retiro y consulta de pliegos: Los pliegos se encontrarán disponibles en el portal www.buenosairescompras.gov.ar. Las consultas deberán realizarse mediante BAC hasta el día 15 de mayo de 2014 a las 16 horas.

Emilse Filippo Directora General

OL 1199 Inicia: 29-4-2014 Vence: 30-4-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. IGNACIO PIROVANO” Adquisición de reactivos para laboratorio - Expediente electrónico N° 4.604.865/14 Llámese a Licitación Pública BAC N° 427-247-LPU14. Fecha de apertura: 7/5/14 a las 10 hs. Adquisición: Reactivos para laboratorio. Autorizante: art. 31 de la Ley N° 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14. Retiro o adquisición de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 12.30 hs. hasta un día antes de la apertura -sin excepción- en Monroe 3555, 1° piso, Depto. Economía y Finanzas. Valor del pliego: sin valor económico. Consultas de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 12.30 hasta un día antes de la apertura -sin excepción- en Monroe 3555, 1° piso, Depto. de Economía y Finanzas. Lugar de apertura: A través del sistema electrónico Buenos Aires Compras.

José A. Cuba Director

OL 1147

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Inicia: 28-4-2014 Vence: 29-4-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “DR. PEDRO DE ELIZALDE” Adquisición de reactivos - Expediente Nº 4.808.384/HGNPE/14 Llámase a la Licitación Pública BAC-417-0266-LPU14, cuya apertura se realizará el día 9/5/14 a las 10 hs., para la adquisición de reactivos. Autorizante: Expediente Nº 4.808.384/HGNPE/14. Repartición destinataria: Laboratorio Central - Microbiología. Valor del pliego: $ 0. Adquisición y consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar, hasta 24 hs., antes de la apertura.

Norberto R. Garrote Director Médico (I)

Marcelo Fakih

Gerente Operativo OL 1170 Inicia: 28-4-2014 Vence: 29-4-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “DR. PEDRO DE ELIZALDE” Adquisición de cánulas arteriales - Expediente Electrónico Nº 4.810.605/14 Llámase a la Licitación Pública BAC Nº 268/14, cuya apertura se realizará el día 9/5/14 a las 10.30 hs., para la adquisición de cánulas arteriales. Autorizante: Expediente Electrónico Nº 4.810.605/14. Repartición destinataria: Cirugía Cardiovascular. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar, hasta 24 hs., antes de la apertura.

Norberto R. Garrote Director Médico (I)

Marcelo Fakih

Gerente Operativo OL 1171 Inicia: 28-4-2014 Vence: 29-4-2014

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE -GOCYC-

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Remodelación de sala de pediatría - Expediente Nº 2.639.218/MGEYA-DGRFISS/14 Llámase a Licitación Pública Nº 442/SIGAF/2014 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1.254/08, para contratar la siguiente obra: “Remodelación Sala 32 de pediatría en el Hospital de Infecciosas Dr. Francisco J. Muniz”, sito en la calle Uspallata 2272 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la provisión de materiales, equipos y mano de obra especializada. Autorizante: Resolución Nº 453/MSGC/14. Sistema de contratación: Ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 12.350.500. Plazo de ejecución: trescientos sesenta y cinco (365) días corridos. Fecha de apertura: 10 de junio de 2014, a las 11 horas. Monto garantía de oferta: $ 123.505. Visita lugar de obra: los días 13 y 14 de mayo de 2014 a las 11 horas en el Hospital de Infecciosas “Dr. Francisco J. Muñiz”, sito en la calle Uspallata 2272 de la C.A.B.A. Lugar de encuentro: oficina de la Dirección del Hospital. Consultas técnicas: Deberán presentarse por escrito en el Ministerio de Salud, Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 313, piso 4º, C.A.B.A., de lunes a viernes de 9 a 16 hs., hasta el día 29 de Mayo de 2014. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 9 a 16 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: www.buenosaires.gob.ar – Hacienda – Compras y Contrataciones – Licitaciones y Compras – Consulta de Compras y Contrataciones. Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A. Repartición destinataria: Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Valor del pliego: Sin valor comercial. La presente se suscribe por Orden y en ausencia de la Directora General a cargo de la Dirección General Administrativa Contable, de conformidad con lo establecido mediante Resolución N° 1759/MSGC/12.

Cristian Herrera Director General Legal y Técnica

OL 1078 Inicia: 16-4-2014 Vence: 12-5-2014

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE (GOCyC) Preadjudicación - Expediente Nº 1.429.217/12 Licitación Pública Nº 295/SIGAF/14. Acta de Asesoramiento Nº 10/14 de fecha 25 de abril de 2014 suscripta por los Sres. Julio Jorge Lotes, Alfredo Fadel, Marcelo Kern y la Dra. Cecilia Sánchez Viamonte. Clase: Etapa única Rubro comercial: Contratación de Obras en General, Carpintería, Herrería, Pintura, Servicio de Profesionales de la Construcción.

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Objeto de la contratación: “Construcción de nuevo banco de ojos, remodelación de sanitarios pacientes área de internación mujeres y niños y otros en el Hospital de Oftalmología Santa Lucía, sito en la avenida San Juan 2021 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la provisión de materiales, equipos y mano de obra especializada”. Oferta desestimada: la presentada por la firma SEHOS S.A. por precio inconveniente, según la mencionada Acta de Asesoramiento. Firma preadjudicada: Infraestructura Básica Aplicada S.A. - (CUIT N°30-69642988-6, Chile 537, piso 6º, Of. 24 - C.A.B.A.). Total preadjudicado: pesos un millón ochocientos sesenta y seis mil seiscientos ochenta y uno ($ 1.866.681). Fundamento de la preadjudicación: por ajustarse a pliego y ser la única oferta subsistente.

Emilse Filippo Directora General

OL 1183 Inicia: 29-4-2014 Vence: 5-5-2014

Página Nº 160Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENRAL DE NIÑOS “DR. PEDRO DE ELIZALDE” Adquisición de suturas y drenajes - Expediente Nº 480.528/HGNPE/14 Llámese a Licitación Pública Nº 417-0267-LPU14, cuya apertura se realizara el día 8/5/14, a las 10 hs., suturas. Autorizante: Disposición Nº 118/HGNPE/14. Repartición destinataria: Cirugía cardiovascular Adquisición y consulta de pliegos: en Oficina de Compras, Av. Montes de Oca 40, Hall central, de lunes a viernes en el horario de 8.30 a 12 hs., hasta antes de la apertura. Lugar de apertura: en oficina de Compras, Av. Montes de Oca 40, entrepiso.

Norberto R. Garrote Director

Marcelo Fakih

Gerente Operativo OL 1191 Inicia: 29-4-2014 Vence: 30-4-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO “DR. BRAULIO MOYANO” Adquisición de alcohol en gel - Expediente Nº 4.139.773/MGEYA/HNBM/14 Llámase a Licitación Pública Nº 422-0216-LPU14 BAC, cuya apertura se realizará el día 8/5/14, a las 10 hs., para la adquisición de alcohol en gel. Autorizante: Disposición Nº 25/HNBM14. Repartición destinataria: Hospital N. B. Moyano. Valor del pliego: $ 0.00. Adquisición y consultas de pliegos: en Departamento de Compras y Contrataciones, sito en Brandsen 2570, Capital Federal, 1° piso, de lunes a viernes en el horario de 8 a 13 hs., hasta 24 hs., antes de la apertura. Lugar de apertura: en Departamento de Compras y Contrataciones, sito en Brandsen 2570, Capital Federal, 1° piso.

María N. C. Derito Subdirectora Médica

Luisa Gavechesky Gerente Operativo

de Gestión Administrativa, Económica y Financiera OL 1146 Inicia: 28-4-2014 Vence: 29-4-2014

Página Nº 161Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. COSME ARGERICH” Adquisición de insumos para laboratorio - Expediente N° 4.181.768/MGEYA/14 Llámase a Licitación Pública Nº BAC 412-0223-LPU14, cuya apertura se realizará el día 20/5/14, a las 12 hs., para la adquisición de insumos para laboratorio “Serología” (Virus Hepatitis B, etc.) Autorizante: Disposición Nº 133-HGACA/13. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich”, con destino a la División Laboratorio. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar y http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Lugar de apertura: Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich”, División Compras y Contrataciones, Av. Almirante Brown 240, planta baja.

Néstor Hernández Director Médico

OL 1194 Inicia: 29-4-2014 Vence: 30-4-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. COSME ARGERICH” Provisión de insumos - Expediente N° 4.298.275/14 Llámase a Licitación Pública Nº BAC 412-0229-LPU14, cuya apertura se realizará el día 20/5/14, a las 10 hs., para la provisión de insumos (determinación simultánea, etc.) Autorizante: Disposición Nº DI-2014-131-HGACA. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich”, con destino a la División Laboratorio. Valor del pliego: Sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar y http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Lugar de apertura: Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich”, División Compras y Contrataciones, Av. Almirante Brown 240, planta baja.

Néstor Hernández Director Médico

OL 1188 Inicia: 29-4-2014 Vence: 30-4-2014

Página Nº 162Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de obras nueva - Expediente Nº 7.041.176/13 Licitación Pública Nº 525/SIGAF/14 (Nº 60/13). Objeto del llamado: Trabajos de Instalación Termomecánica y Eléctrica en el Edificio de la Escuela de Jornada Simple N° 13, D.E. N° 9 “Raúl Scalabrini Ortiz”, sita en Conde 223, de la Cuidad de Buenos Aires. Autorizante: Disposición Nº 418/DGAR/14. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: gratuito. Presupuesto oficial: $ 1.534.794,56 (pesos un millón quinientos treinta y cuatro mil setecientos noventa y cuatro con cincuenta y seis centavos). Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 9 de Mayo de 2014 a las 13 hs. Fecha/hora de visita a obra: 6 de mayo de 2014 a las 10 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones, Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 120 días corridos, computados a partir de la fecha del acta de inicio.

Gonzalo L. Riobó Director General

OL 1180 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de accesibilidad y reparaciones varias - Expediente N° 517.919/14 Licitación Pública Nº 516/SIGAF/14 (Nº 6/14). Expediente N° 517.919/14. Objeto del llamado: Trabajos de accesibilidad y reparaciones varias en el edificio de la Escuela N° 10, D.E. N° 8, sita en la calle Quito 4047, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: Disposición N° 417/DGAR/14.

Página Nº 163Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: gratuito. Presupuesto oficial: $ 1.667.031,97 (pesos un millón seiscientos sesenta y siete mil treinta y uno con noventa y un centavos). Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 12 de mayo de 2014, a las 12 hs. Fecha/hora de visita a obra: 7 de mayo de 2014, a las 9 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones, Paseo Colón 255 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 150 días corridos, computados a partir de la fecha del acta de inicio.

Gonzalo L. Riobó Director General

OL 1186 Inicia: 29-4-2014 Vence: 5-5-2014

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Trabajos de adecuación en diversas mejoras de inmueble - Expediente N° 3.878.289/14 Licitación Pública Nº 13/14. Expediente N° 3.878.289/14. Objeto del llamado: Trabajos de adecuación, remodelación, reestructuración y diversas mejoras en el inmueble sito en la Av. Constitución 1137, Comuna 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: Resolución Nº 311/SSGEFYAR/14. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: gratuito. Presupuesto oficial: $ 8.159.826,66 (pesos ocho millones ciento cincuenta y nueve mil ochocientos veintiséis con sesenta y seis centavos). Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones, Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 14 de mayo de 2014, a las 13 hs. Fecha/hora de visita a obra: 7 de mayo de 2014 a las 11 hs Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones, Paseo Colón 255 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 130 días corridos, computados a partir de la fecha del acta de inicio.

Página Nº 164Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Carlos Regazzoni

Subsecretario OL 1181 Inicia: 28-4-2014 Vence: 6-5-2014

Página Nº 165Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Urbano

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Postergación - Expediente N° 2.359.023/14 Postérgase para el día 12 de mayo de 2014 a las 13 hs. la apertura de las ofertas de la Licitación Pública N° 313/14, que tramita la “Complejo Teatral Bs. As. - Teatro Presidente Alvear - Reacondicionamiento de Cubiertas e Instalaciones”.

Fernando Codino Director General

OL 1093 Inicia: 21-4-2014 Vence: 30-4-2014

Página Nº 166Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Cultura

MINISTERIO DE CULTURA ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Adjudicación - Expediente N° 393703/MGEYA-EATC/14 Contratación Directa (Compra Menor) N° 605/14. Clase: etapa única. Rubro comercial: textil, confección y calzado (telas varias, loneta, tarlatán y lienzo). Acto de Adjudicación: Disposición Nº 39/DGTALEATC/14. Fecha: 25/4/14. Firma adjudicada: Sebastián Javier Filiberto. Renglón: 1 - cantidad: 5.000 - precio unitario: $ 9,50 - precio total: $ 4.750,00. Renglón: 2 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 42,00 - precio total: $ 4.200,00. Renglón: 3 - cantidad: 1.000 - precio unitario: $ 25,00 - precio total: $ 25.000,00. Renglón: 4 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 45,00 - precio total: $ 9.000,00. Renglón: 5 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 50,00 - precio total: $ 10.000,00. Renglón: 6 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 42,00 - precio total: $ 2.100,00. Renglón: 7 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 32,00 - precio total: $ 3.200,00. Renglón: 8 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 44,00 - precio total: $ 22.000,00. Renglón: 9 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 125,00 - precio total: $ 62.500,00. Renglón: 10 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 15,00 - precio total: $ 3.000,00. Renglón: 11 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 15,00 - precio total: $ 1.500,00. Renglón: 12 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 450,00 - precio total: $ 45.000,00. Renglón: 13 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 390,00 - precio total: $ 39.000,00. Renglón: 14 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 290,00 - precio total: $ 29.000,00. Renglón: 15 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 150,00 - precio total: $ 30.000,00. Renglón: 16 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 185,00 - precio total: $ 9.250,00. Renglón: 17 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 185,00 - precio total: $ 9.250,00. Renglón: 18 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 250,00 - precio total: $ 12.500,00. Renglón: 19 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 250,00 - precio total: $ 12.500,00. Renglón: 20 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 250,00 - precio total: $ 12.500,00. Renglón: 21 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 255,00 - precio total: $ 51.000,00. Renglón: 22 - cantidad: 20 - precio unitario: $ 36,00 - precio total: $ 720,00. Renglón: 23 - cantidad: 20 - precio unitario: $ 66,00 - precio total: $ 1.320,00. Renglón: 24 - cantidad: 20 - precio unitario: $ 110,00 - precio total: $ 2.200,00. Renglón: 25 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 79,00 - precio total: $ 3.950,00. Renglón: 26 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 49,00 - precio total: $ 4.900,00. Renglón: 27 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 49,00 - precio total: $ 2.450,00. Renglón: 28 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 88,00 - precio total: $ 4.400,00. Renglón: 29 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 75,00 - precio total: $ 7.500,00. Renglón: 30 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 120,00 - precio total: $ 6.000,00. Renglón: 31 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 124,00 - precio total: $ 6.200,00. Renglón: 32 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 244,00 - precio total: $ 12.200,00.

Renglón: 33 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 9,50 - precio total: $ 950,00. Total adjudicado: pesos cuatrocientos cincuenta mi cuarenta ($ 450.040,00). Fundamentos de la adjudicación: María Cremonte, Ana M. Amato y Jorge Malga. Vencimiento validez de oferta: 7/5/14. Lugar de exhibición del acta: Oficina de compras, sito en Cerrito 624, CABA, un día a partir del 23/4/14 en cartelera.

Página Nº 167Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Marcos Padilla Director General

. OL 1198 Inicia: 29-4-2014 Vence: 29-4-2014

Página Nº 168Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Económico

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO UNIDAD DE GESTIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL Obra de red de tendido eléctrico - Expediente Electrónico N° 3.852.815/14 Llámese a Licitación Pública Obra Mayor Nº 435/14, cuya apertura se realizará el día 8/5/14, a las 12 hs., para la realización de la obra de red de tendido eléctrico en Villa 21-24, manzanas 25 y 26. Autorizante: Resolución Nº 83/UGIS/14. Repartición destinataria: Unidad de Gestión de Intervención Social. Valor del pliego: sin valor. Presupuesto oficial: $ 1.506.127,46 (pesos un millón quinientos seis mil ciento veintisiete con 46/100 cvos.). Adquisición y consultas de pliegos: en esta repartición Unidad de Gestión de Intervención Social sito en Av. Escalada 4502, CABA, de lunes a viernes en el horario de 10 a 16 hs., hasta el mismo día de la apertura. Lugar de apertura: en Av. Escalada 4502.

Carlos M. Pedrini Titular

de la Unidad de Gestión de Intervención Social OL 1046 Inicia: 15-4-2014 Vence: 30-4-2014

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra “Construcción del centro de reciclado de botellas de tereftalato de polietileno (Pet)” - Expediente Electrónico N° 333.916/DGTNT/14 Llámase a Licitación Pública N° 434/14 para el día 15 de mayo de 2014, a las 12 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para la contratación de la Obra “Construcción del centro de reciclado de botellas de tereftalato de polietileno (Pet)”. Autorizante: Resolución Nº 728/MAYEPGC/14. Presupuesto oficial: pesos doce millones novecientos cincuenta y dos mil cuatrocientos noventa con diez centavos ($ 12.952.490,10). Plazo de ejecución: 6 (seis) meses. Valor del pliego: pesos doce mil novecientos cincuenta y dos ($ 12.952). Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden ser adquiridos y consultados, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 15 hs. Lugar y fecha de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el día 15 de Mayo de 2014, a las 12 horas, momento en que se realizará la apertura de las ofertas, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Edgardo D. Cenzón Ministro

OL 1175 Inicia: 28-4-2014 Vence: 6-5-2014

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO Postergación - Expediente N° 7.056.935/13 Postérgase, en un todo de acuerdo a la Resolución N° 735/MAYEPGC/14, la Licitación Pública N° 465/SIGAF/14 cuya fecha de apertura de ofertas se encontraba prevista para el día 29 de abril de 2014 a las 12 horas, para el día 13 de mayo del corriente a las 12 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley Nº

Página Nº 170Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Página Nº 171Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

2.095, su Decreto Reglamentario y su modificatoria la Ley N° 4.764, para la contratación del “Servicio de limpieza y mantenimiento integral, destinado a la conservación de las estaciones de cada uno de los corredores del Metrobús de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

Edgardo D. Cenzón

Ministro OL 1177 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Contratación del Servicio de proyecto GIT-etapa final - Expediente N° 3.381.290/14 Llámese a Licitación Pública Nº 8618-0145-LPU14, cuya apertura se realizará el día 9/5/14, a las 13 hs., para la contratación del sistema de proyecto GIP -etapa final, mediante el sistema Buenos Aires Compras (BAC). Repartición destinataria: AGIP. Consultas de pliegos: en el sitio Web de Buenos Aires Compras: www.buenosairescompras.gob.ar

Gerardo Chiossi Director de la Dirección Administración

OL 1185 Inicia: 29-4-2014 Vence: 30-4-2014

Página Nº 172Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Servicio de Locación de equipos fotocopiadores - Nota Nº 9164/IVC/13 Se llama a Licitación Pública Nº 29/13 para el servicio de locación de equipos fotocopiadores. Fecha de apertura: 15 de mayo de 2014 a las 14 hs. Lugar: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 211, 6° piso, Gerencia Coordinación General Técnica Administrativa y Legal - IVC. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www. buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Subgerencia Compras y Licitaciones, Carlos Pellegrini 211, 6° piso, Ciudad de Buenos Aires. Los oferentes deberán presentar junto con su oferta el certificado de retiro gratuito del pliego.

Ivan Kerr Gerente General

CV 9 Inicia: 25-4-2014 Vence: 5-5-2014

Página Nº 173Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Agencia de Sistemas de Información

AGENCIA DE SISTEMA DE INFORMACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE (GOCyC) Preadjudicación - Expediente N° 4.363.520/14 Contratación Directa N° 2533/SIGAF/14. Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 438/14. Clase: etapa única. Rubro comercial: 7130 Informática. Objeto de la contratación: s/Servicio de Consultoría sobre cumplimiento de norma sobre Canal de Pago. Firmas preadjudicadas: Becher & Asociados S.R.L.: Renglón: 1 - cantidad: 1,00 - precio unitario: $ 65.340,00 - precio total: $ 65.340,00. Vencimiento validez de oferta: 20/5/14. Observaciones: Fundamento de la preadjudicación: Se aconseja adjudicar a favor de: Becher & Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada (Oferta Nº 1): Renglón 1 en la suma total de pesos sesenta y cinco mil trescientos cuarenta con 00/100 ($ 65.340,00). La adjudicación se encuentra enmarcada en el art. 28º inc. 4 de la Ley Nº 2095, su modificatoria y su reglamentario decreto Nº 95/14; y según lo informado técnicamente (Informe Nº IF-2014-04730847-DGIASINF). Lugar de exhibición del acta: Agencia de sistema de Información, sito en Bernardo de Irigoyen 272, 1 (un) día, a partir de 29/4/14 en Bernardo de Irigoyen 272.

Carlos Dacharry Director General

OL 1184 Inicia: 29-4-2014 Vence: 29-4-2014

Página Nº 174Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Banco Ciudad De Buenos Aires

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Adquisición de cash dispensers y cajeros automáticos full - Carpeta de Compra N° 21.175 Llámese a licitación pública (Carpeta de Compra N° 21.175) con referencia a la “Adquisición de cash dispensers y cajeros automáticos”. Consulta de pliego: el pliego de condiciones podrá ser consultado en la página web del Banco www.bancociudad.com.ar/licitaciones Fecha de apertura de ofertas: 30/5/14 a las 12 hs. (fecha y hora límite de recepción de ofertas). Lugar de apertura de ofertas: Gerencia de Compras sita en Sarmiento 611, 7º piso, Capital Federal. Fecha límite de consultas: 26/5/14.

Diego Arduini Jefe de Equipo Sistemas y Tecnología

Mario A. Selva

Coordinador Operativo

Nicolás Pepe. Gerente de Compras

. BC 98 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES Postergación - Carpeta de Compras Nº 21.225 Se comunica a los Sres. Oferentes que la fecha de apertura de la licitación pública de referencia (Carpeta de Compras N° 21.225), prevista para el día 29/4/14 a las 12 hs., ha sido postergada para el día 12/5/14 a las 12 hs. Objeto de la Contratación: “Contratación de un servicio para tareas de carga y descarga”. Lugar de apertura de ofertas: Gerencia de Compras, sita en Sarmiento 611, 7° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consultas: www.bancociudad.com.ar (Licitaciones)

Mario Selva Coordinador Operativo Gerencia de Compras

BC 100 Inicia: 29-4-2014 Vence: 29-4-2014

Página Nº 175Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES Servicio de mantenimiento y conservación de ascensores - Carpeta de Compras Nº 21.311 Llámase a licitación pública (Carpeta de Compras Nº 21311) que tramita la carpeta de compras mencionada, cuya apertura se realizará el día 16/5/14 a las 11 hs. Valor del pliego de condiciones: $ 0,00 (cero y 00 / 100). Objeto de la contratación: “Servicio de mantenimiento y conservación de los ascensores 3, 4, 5 y 6 del Edificio Sarmiento, sito en Sarmiento 630 C.A.B.A.” Adquisición y consulta de pliegos: el pliego de bases y condiciones particulares podrá ser consultado u obtenido desde la página web del Banco www.bancociudad.com.ar en el link Licitaciones a partir del día 29/4/14. Fecha tope de consultas: 12/5/14. Lugar de apertura: Sala 1 - Sala Principal, 7º piso, Sarmiento 611, Capital Federal.

Mario Selva Coordinador Operativo Gerencia de Compras

BC 101 Inicia: 29-4-2014 Vence: 5-5-2014

Página Nº 176Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Secretaría de Gestión Comunal y Atención

Ciudadana

SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES -GOCYC- Obra: “Reacondicionamiento del Hospital Pedro de Elizalde” - Expediente Nº 4.622.112/14 Llámase a Licitación Privada Nº 23/SIGAF/14 para contratar la siguiente obra: “Reacondicionamiento del Hospital Pedro de Elizalde”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 481/GCBA/11. Autorizante: Disposición N° 52/DGTALCIU/14. Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 999.970,11. Plazo de ejecución: setenta (70) días corridos. Fecha de apertura: 9 de mayo de 2014, a las 11 hs. Consultas: Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y de los pliegos de bases y condiciones, se presentarán por escrito en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. de Mayo 591 1°, hasta el día 5 de mayo de 2014. Adquisición y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591, 1° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591 1º piso, C.A.B.A. Recepción de ofertas: en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591, 1° piso, C.A.B.A. hasta el 9 de mayo de 2014 a las 10 hs. Valor del pliego: sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 1187 Inicia: 29-4-2014 Vence: 29-4-2014

SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES -GOCYC- Obra: “Puesta en valor de Explanada Ingreso a Cementerio de la Chacarita y Paseo de Flores” - Expediente Nº 4.027.102/13

Página Nº 177Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Llámase a Licitación Pública Nº 262/SIGAF/14 para contratar la siguiente obra: “Puesta en valor de Explanada Ingreso a Cementerio de la Chacarita y Paseo de Flores”, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 139/SECGCYAC/14. Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 14.388.116,25. Plazo de ejecución: ciento cincuenta (150) días corridos. Fecha de apertura: 27 de mayo de 2014, a las 12 hs. Visita lugar de obra: Se efectuará el día 7 de mayo de 2014, a las 11 hs. en Av. Guzmán 680 de la C.A.B.A. (Puerta del cementerio de la Chacarita). Consultas: Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y de los pliegos de bases y condiciones, se presentarán por escrito en la Mesa de Entradas dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. de Mayo 591, 1° piso, en el horario de 9 a 18 hs., hasta el día 20 de Mayo de 2014. Adquisición y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591, 1° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs., o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591, 1º piso, C.A.B.A. Valor del pliego: sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo Compras y Contrataciones

OL 1111 Inicia: 22-4-2014 Vence: 6-5-2014

SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES -GOCYC- Obra: “Recuperación y Puesta en Valor Parque Los Andes - Expediente Nº 2.622.147/14 Llámase a Licitación Pública Nº 401/SIGAF/14 para contratar la siguiente obra: “Recuperación y Puesta en Valor Parque Los Andes”, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 151/SECGCYAC/14. Sistema de contratación: Ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 10.653.418,80. Plazo de ejecución: ciento cincuenta (150) días corridos. Fecha de apertura: 3 de junio de 2014, a las 12 hs. Visita lugar de obra: Se efectuará el día 14 de mayo de 2014, a las 11 hs., en Av. Guzmán 680 de la C.A.B.A. (puerta del cementerio de la Chacarita).

Página Nº 178Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Consultas: Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y de los pliegos de bases y condiciones, se presentarán por escrito en la Mesa de Entradas dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. de Mayo 591, 1° piso, en el horario de 9 a 18 hs., hasta el día 27 de mayo de 2014. Adquisición y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591, 1° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs. o en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Recepción de ofertas: Las ofertas deberán presentarse en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591, 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el día 3 de junio de 2014 a las 11 hs. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591, 1º piso, C.A.B.A. Valor del pliego: sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 1197 Inicia: 29-4-2014 Vence: 13-5-2014

SECRETARIA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES -GOCYC- Obra: “Puesta en valor Edificio Puente Alsina” - Expediente Nº 2.622.168/14 Llámase a Licitación Pública Nº 439/SIGAF/14 para contratar la siguiente obra: “Puesta en valor Edificio Puente Alsina”, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 4/SSEPUC/14. Sistema de contratación: Ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 7.519.529,81. Plazo de ejecución: ciento ochenta (180) días corridos. Fecha de apertura: 10 de junio de 2014, a las 12 hs. Visita lugar de obra: Se efectuará el día 13 de mayo de 2014, a las 11 hs. en Av. Sáenz (Oeste) y Mom de la CABA. Consultas: Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y de los pliegos de bases y condiciones, se presentarán por escrito en la Mesa de Entradas dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. de Mayo 591, 1° piso, en el horario de 9 a 18 hs., hasta el día 3 de junio de 2014. Adquisición y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. Presidente Roque Sáenz Peña 555, 7° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs. o en la página de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/

Página Nº 179Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión De circulares. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. Presidente Roque Sáenz Peña 555, 7º piso, C.A.B.A. Valor del pliego: sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo Compras y Contrataciones

OL 1080 Inicia: 16-4-2014 Vence: 12-5-2014

SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Rectificación - Expediente N° 2.622.168/14 Licitación Pública N° 439/SIGAF/14. Expediente N° 2.622.168/2014 Objeto: “Puesta en Valor Edificio Puente Alsina”. Se hace saber que debido al traslado de las oficinas de la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, en el llamado a Licitación Pública publicado en el Boletín Oficial como así también en el anuncio efectuado en la Cartelera Interna de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana y en las invitaciones a cotizar que fueran emitidas oportunamente, el domicilio consignado ha cambiado, por ello se efectúa la siguiente corrección: Donde dice: Adquisición y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. Presidente Roque Sáenz Peña 555, 7° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. Presidente Roque Sáenz Peña 555, 7° piso, C.A.B.A. Debe decir: Adquisición y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, sita en Av. de Mayo 591, 1° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, sita en Av. de Mayo 591, 1° piso, C.A.B.A. Recepción de ofertas: En la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, sita en Av. de Mayo 591 1° piso, hasta el 10 de junio de 2014 a las 11 hs.

Andrés M. Bousquet Dirección General

OL 1163 Inicia: 25-4-2014 Vence: 12-5-2014

Página Nº 180Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL

ESTADO

SUBTERRÁNEOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES S.E. (SBASE) Subasta Pública con Base Nº 5/14 Llámase a Subasta Pública con Base Nº 5/14, para la adjudicación bajo el régimen de permiso precario de uso de diversos locales comerciales ubicados en la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gestionados por Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE), de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 4.472. Subasta Pública con Base de locales destinados a explotación comercial ubicados en la red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el Anexo que se adjunta al presente llamado, se detallan las características de los locales ofrecidos, tales como: a) Ubicación y número de local. b) Superficie total del local. c) Destino. d) Monto “base” a partir del cual se establecerá el canon mensual. e) Plazo del permiso de uso. La adjudicación de los locales ofrecidos se efectuará mediante el procedimiento de subasta pública con base y las ofertas deberán presentarse el día 14 de mayo de 2014, a las 11 horas, en la sede central de SBASE, sita en Agüero 48, de la Ciudad de Buenos Aires, bajo las formas y requisitos determinados en el pliego de bases y condiciones que regirá el presente proceso de selección. Consultas: en Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE), Agüero 48, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Gerencia Corporativa y Comercial, Coordinación de Ingresos no Tarifarios, de 9 a 17 hs. El pliego de bases y condiciones deberá ser retirado por los interesados en Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE), Agüero 48, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Gerencia Corporativa y Comercial, Coordinación de Ingresos no Tarifarios, de 9 a 17 hs.

ANEXO

Carlos R. Laurito Secretario Legal y Técnico

OL 1195 Inicia: 29-4-2014 Vence: 30-4-2014

Página Nº 181Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Edictos Particulares

Transferencia de Habilitación La firma Callegari S.A.C.I.Y.F, con domicilio calle Maipú 963 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica la transferencia de su Habilitación Municipal aprobada por Exp. 100828/54, según ordenanza Nº 25755/71, con fecha 21/03/1973, para los rubros hotel (con comida), sito en la calle Maipú 959/63 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, volcada a la ficha general, informada al Dto. “A” el 12/12/74, a nombre de Marcetta S.A. con domicilio en Avenida de Mayo 754 piso 2º oficina 5º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Solicitante: Eduardo Guido Javier Callegari

EP 146 Inicia: 23-4-2014 Vence: 29-4-2014

Transferencia de Habilitación Nuevo Sistema S.A, avisa que transfiere la habilitación del local sito en Gral. Cesar Díaz 3064 PB U.F: 0 C.A.B.A, que funciona como “fabrica de herrajes (502081), fabrica de cerrojos para puertas (502082), fabrica de puertas blindadas (502083), deposito complementario a la actividad (560375), oficina administrativa complementaria (604019), com mayor de herrajes y cerrojos (633019). Habilitado por Expediente N° 40110/08 Según disposición Nº 4283, con fecha 08/05/2012 a la firma Hejab S.A Observaciones: Otra puerta: 3066, entrepiso, pisos 1º; 2º y 3º Exp. anterior N° 1867/94 Reclamos de Ley y domicilio en calle Gral. Cesar Díaz 3064 C.A.B.A.

Solicitante: Hejab S.A

EP 147 Inicia: 23-4-2014 Vence: 29-4-2014

Transferencia de Habilitación El señor Damián Ezequiel Cots avisa que transfiere su habilitación del local que funciona como: “Café Bar (602020)”, por Exp. Nº 11010/04 de fecha 03/07/07, ubicado en la calle de Av. Díaz Velez 4492 PB UF 0, con una superficie total de 71,54 m2, al señor Diego Matias Cots. Observaciones: Cumple Resolución Nº 309/SJySU/04. Ventilación mecánica por Exp. Nº 5843/04. Reclamos de Ley mismo local.

Solicitante: Diego Matias Cots

EP 148 Inicia: 23-4-2014 Vence: 29-4-2014

Página Nº 182Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Transferencia de Habilitación Qiming Zhuang transfiere a Mu Xiuling con domicilio fiscal en la calle Habana 4101 Pb.. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Habilitación Municipal del local sito en la calle Habana 4101/05 Pb. y Mercedes 4308 que funciona en carácter de Comercio Minorista por Sistema de Autoservicio de Bebidas y Productos Alimenticios Envasados (604603) por Expediente Nº 1504311/09, sup. 229m2, mediante Disposición Nº 7960/2012 partida Nº 295810 con fecha 09/08/2012 . Libre de deudas y gravámenes. Reclamos de Ley en Habana 4101 Pb.. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Observación: Otra PU Habana 4105, Exp. Anterior N° 43326/04, se concede en idénticos términos que la habilitación anterior Exp. N° 43326/04

Solicitante: Mu Xiuling

EP 149 Inicia: 24-4-2014 Vence: 30-4-2014

Transferencia de Habilitación Jorge Eduardo Malandroni (DNI 11.027.757) y Daniel Alberto Malandroni (DNI 13.740.495) avisan que transfieren la habilitación municipal del local sito en Cervantes 1106 PB y Murature 4901/4915 CABA que funciona como: “Taller de alineación y balanceo – taller de repar. de automóviles excl. chapa, pintura y rectific. de motores - com. min. de accesorios para automotores - servicio de engrase y/o lavado manual de automóviles” por Expte. Nº 67995/1992 en fecha 13/01/1998 Disposición Nº 987/DGRYCE/1998 superficie 268,50 m2, a Oscar Alberto Venezia (DNI 14.996.297) con domicilio en Miranda 5099 CABA. Reclamos de Ley y domicilio de partes en Cervantes 1106 PB y Murature 4901/4915 CABA. Observación: Habilitación anterior Carpeta Nº 3412/83 y Nota Nº 111319/92

Solicitante: Oscar Alberto Venezia

EP 151 Inicia: 28-4-2014 Vence: 6-5-2014

Transferencia de Habilitación Jose Luis Navarro con domicilio en Zamudio N° 4092 PB transfiere la habilitación del local ubicado en Av. Salvador Maria del Carril N° 2401 y Zamudio N° 4092 PB que funciona como Estación de Servicio sin expendio de combustibles, Café Bar, Lavadero manual de vehículos automotores (por Expte.: 5564/93) a Ruben Alfredo Silva con domicilio en Av. S. Maria del Carril 2401 CABA. Domicilio legal y reclamos de Ley, en el mismo local. Observación: Se concede habilitación conforme ordenanza 44947 (B.M. 19045)

Solicitante: Ruben Alfredo Silva

EP 152 Inicia: 28-4-2014 Vence: 6-5-2014

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Transferencia de Habilitación Medicina Estética Preventiva S.A, C.U.I.T. 30-70966024-8, hace saber públicamente que procederá a transferir la habilitación comercial otorgada mediante expediente N° 206504/2011 carpeta N° 53335, disposición 4455 según Ley 449/2000, otorgada por el Gobierno de la Ciudad de buenos Aires bajo el rubro de “Instituto de remodelación, adelgazamiento y gimnasia correctiva (c/superv. técnica permanente de un profesional médico) en relación al establecimiento ubicado en la calle Olga Cossettini Nº 1691, P.B. (U.F. 75), sup. 112 m2, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Nom. Catastral 98-001|-002; Partida 3771312), a favor de Alta Estética Madero S.A., C.U.I.T. 30-71440009-2, con domicilio legal en la Avda. 13 N° 840, Dpto. 14 de la localidad y Pdo. de La Plata, Pcia. de Buenos Aires. Observaciones: Distrito, subdistrito RC, se agrega dictamen N° 0142/DGIUR/10, copia registrada de plano ventilación mecánica por Exp N° 14808/07, certificado de Aptitud Ambiental N° 1652 y copia de la Disposición N° 146/DGET/12

Solicitante: Alta Estética Madero S.A.

EP 154 Inicia: 29-4-2014 Vence: 7-5-2014

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CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 16 de Abril de 2014 En la sesión del día de la fecha (Acta N° 1162) el Consejo Directivo aprobó la siguiente resolución: Resolución C. D. Nº 20/14 VISTO Y CONSIDERANDO: a) Las atribuciones de este Consejo Profesional para “Dictar las medidas de todo orden que estime necesarias o convenientes para el mejor ejercicio de las profesiones cuya matrícula controla” (art. 2° inc. f, de la Ley N° 466/00). b) La firma del Acta de Tucumán por este Consejo Profesional, acta que fue suscripta en San Miguel de Tucumán el 3 de octubre de 2013, la cual establece el compromiso por parte de los Consejos Profesionales adheridos a la Federación Argentina de Consejo Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), entre otras cuestiones, la de sancionar sin modificaciones las normas técnicas profesionales emitidas por la Junta de Gobierno de la FACPCE. c) Que la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) N° 29, y la sección 31 de la NIIF para las PYMES establecen (i) pautas cualitativas y cuantitativas indicativas de un contexto macroeconómico con un nivel de inflación que obliga a reexpresar los estados contables por cambios en el poder adquisitivo de la moneda del entorno económico principal en que opera una entidad (moneda funcional), y (ii) la metodología para practicar tal reexpresión. Estas normas internacionales presentan diferencias con las normas contables profesionales argentinas. d) Que del análisis de las diferencias mencionadas en el punto anterior, resultan relevantes: (i) el parámetro cuantitativo de una variación en el nivel general de precios, que se aproxime o sobrepase el 100% acumulativo en tres años, y (ii) no admitir que en caso de reanudarse los ajustes para reflejar los cambios en el poder adquisitivo de la moneda dichos ajustes ignoren los cambios en el poder adquisitivo de la moneda ocurridos durante el período de interrupción. e) Que es necesario que todas las entidades, que presenten información en la moneda de una misma economía, apliquen las normas para la preparación de sus estados contables en moneda homogénea en forma consistente, a fin de respetar el requisito de comparabilidad contenido en la segunda parte de la Resolución Técnica N° 16, punto 3.1.4, siendo que los cambios en el poder adquisitivo de la moneda afectan a toda la economía de un país y no a ciertas regiones o entidades en particular. f) La aprobación, por parte de la Junta de Gobierno de la FACPCE, de la Resolución Técnica N° 39 “Normas contables profesionales: Modificación de las Resoluciones Técnicas N° 6 y 17. Expresión en moneda homogénea”, en la reunión realizada el 4 de octubre de 2013 en la ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán, en la que este Consejo votó favorablemente. g) Que la Mesa Directiva de la FACPCE, en su reunión del 5 de diciembre de 2013, ad referéndum de su posterior tratamiento en la próxima reunión de la Junta de Gobierno, aprobó la Resolución MD N° 735/13 “Interpretación. “Aplicación del párrafo 3.1 -Expresión en moneda homogénea- de la Resolución Técnica N° 17”, que aclara que la presencia de algunas de las características cualitativas (incisos (b) hasta (e) de la sección 3.1 de la Resolución Técnica N° 17) no constituye evidencia de que se requiera reexpresar los estados contables. Por ello,

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE:

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Art. 1º.- Aprobar la Segunda Parte de la Resolución Técnica N° 39 “Normas contables profesionales: Modificación de las Resoluciones Técnicas N° 6 y 17. Expresión en moneda homogénea”, que se incluye en carácter de Anexo I siendo parte integrante de la presente Resolución, y declararla Norma Profesional, de aplicación obligatoria en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 2º.- Aprobar la Segunda Parte de la Resolución de la Mesa Directiva de la FACPCE N° 735/13 “Interpretación. Aplicación del párrafo 3.1 -Expresión en moneda homogénea- de la Resolución Técnica N° 17”, que se incluye en carácter de Anexo II siendo parte integrante de la presente Resolución, y declararla Norma Profesional, de aplicación obligatoria en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 3°.- Derogar la Resolución JG N° 287/2003, que fuera adoptada por la Resolución C. D. N° 93/2005, en su artículo 1°. Art. 4°.- Esta resolución tendrá vigencia a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Art. 5º.- Registrar la presente en el Libro de Resoluciones, publicarla en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y comunicarla a los matriculados por todos los medios de difusión de la Institución y con oficio a los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de todas las provincias, a la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, a los Colegios y Asociaciones que agrupen a graduados en Ciencias Económicas, a las Excmas. Cámaras Nacionales de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, en lo Comercial y en lo Civil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, a la Inspección General de Justicia, a la Comisión Nacional de Valores, al Banco Central de la República Argentina, a la Superintendencia de Seguros de la Nación, a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social y demás organismos públicos de control con jurisdicción sobre entes domiciliados en el ámbito de competencia territorial de este Consejo, a la Administración Federal de Ingresos Públicos, a las Facultades de Ciencias Económicas de las Universidades situadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, Cámaras Empresarias, Entidades Financieras y demás instituciones vinculadas al quehacer económico, a la Internacional Federation of Accountants (IFAC), al American Institute of Certified Public Accountants (AICPA), a la Financial Accounting Standard Board (FASB), y al Grupo de Integración Mercosur de Contabilidad, Economía y Administración (GIMCEA). Art. 6°.- Comuníquese, regístrese y archívese.

Humberto J. Bertazza

Presidente

Armando Lorenzo Secretario

Solicitante: Consejo Profesional de Ciencias Económicas

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires EP 153 Inicia: 29-4-2014 Vence: 29-4-2014

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Edictos Oficiales Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JOSÉ M. RAMOS MEJÍA” Notificación - Nota Nº 10/HGARM/2014 (15-HGA-08) El Director del Hospital de Agudos José Maria Ramos Mejía, notifica a la agente Aguirre Norma Beatriz, Ficha Nº 426.398, Cuil Nº 27-06067723-4, que mediante Resolución Nº 1036-MSGC-2013, Art. 1º Convalidase con carácter de excepción licencia sin goce de haberes el período usufructuado a partir del 01-03-2013 y hasta 20-08-2013 por razones de integración familiar, con motivo de traslado de su esposo con fines laborales a la localidad de Sin Sacate, provincia de Córdoba. Art.2º- Otorgase con carácter de excepción licencia sin goce de haberes a partir del 20-08-2013 y hasta el 28-02-2014 por razones de integración familiar, con motivo de traslado de su esposo con fines laborales a la localidad de Sin Sacate, provincia de Córdoba. Queda Ud. notificado.

Eduardo Seoane

Director

EO 302 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JOSÉ M. RAMOS MEJÍA” Notificación - Nota Nº 6/HGARM/2014 (15-HGA-08) El Director del Hospital de Agudos José Maria Ramos Mejía, notifica al ex agente Rodriguez Antonio, Ficha Nº 279.093, Cuil Nº 20-05092441-7, que mediante Resolución Nº 1916-SEGRH-2013, Cesa a partir del 01-01-2014 conforme términos art. 59 y 61 de la ley 471. Queda Ud. notificado.

Eduardo Seoane

Director

EO 292 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JOSÉ M. RAMOS MEJÍA” Notificación - Nota Nº 7/HGARM/2014 (15-HGA-08) El Director del Hospital de Agudos José Maria Ramos Mejía, notifica al ex agente Lavalle Marta Amanda, Ficha Nº 287.430, Cuil Nº 27-05583024-5, que mediante Resolución Nº 149-SEGRH-2014, Cesa a partir del 01-02-2014 conforme términos art. 59 y 61 de la ley 471. Queda Ud. notificado.

Eduardo Seoane

Director

EO 291 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JOSÉ M. RAMOS MEJÍA” Notificación - Nota Nº 8/HGARM/2014 (15-HGA-08) El Director del Hospital de Agudos José Maria Ramos Mejía, notifica al ex agente Rojas Rosa Olga, Ficha Nº 208.286, Cuil Nº 27-06067723-4, que mediante Resolución Nº 250-SEGRH-2014, Cesa a partir del 01-03-2014 conforme términos art. 59 y 61 de la ley 471. Queda Ud. notificado.

Eduardo Seoane

Director

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EO 293 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JOSÉ M. RAMOS MEJÍA” Notificación - Nota Nº 9/HGARM/2014 (15-HGA-08) El Director del Hospital de Agudos José Maria Ramos Mejía, notifica al ex agente Dugatkin Leonardo Simon, Ficha Nº 253.436, Cuil Nº 20-04395992-2, que mediante Resolución Nº 149-SEGRH-2014, Cesa a partir del 01-02-2014 conforme términos art. 59 y 61 de la ley 471. Queda Ud. notificado.

Eduardo Seoane

Director

EO 290 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

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Ministerio de Desarrollo Económico

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Expediente N° 255.967/14 Notifícase a la Sra. Zulema Villegas que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 2: J. E. Uriburu 1022 CGPC Nº 3: Junín 521 CGPC Nº 4: Del Barco Centenera 2906 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 10: Bacacay 3968 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2571 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 14: Beruti 3325 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 295 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Expediente N° 4.256.962/14 Notifícase a la Sra. Johanna Isabel Ibañez que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar:

Página Nº 190Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 2: J. E. Uriburu 1022 CGPC Nº 3: Junín 521 CGPC Nº 4: Del Barco Centenera 2906 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 10: Bacacay 3968 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2571 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 14: Beruti 3325 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 296 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Expediente N° 4.310.935/14 Notifícase al Sr. Cristian Damián Garcia que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 2: J. E. Uriburu 1022 CGPC Nº 3: Junín 521 CGPC Nº 4: Del Barco Centenera 2906 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325

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CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 10: Bacacay 3968 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2571 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 14: Beruti 3325 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 297 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Expediente N° 4.381.124/14 Notifícase a la Sra. Ivonne Natalia Garcia Blanco que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 2: J. E. Uriburu 1022 CGPC Nº 3: Junín 521 CGPC Nº 4: Del Barco Centenera 2906 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 10: Bacacay 3968 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2571 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 14: Beruti 3325 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700

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c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 298 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Expediente N° 4.569.372/14 Notifícase a la Sra. Patricia Cejas que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 2: J. E. Uriburu 1022 CGPC Nº 3: Junín 521 CGPC Nº 4: Del Barco Centenera 2906 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 10: Bacacay 3968 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2571 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 14: Beruti 3325 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 299 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

Página Nº 193Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Expediente N° 4.570.747/14 Notifícase a la Sra. Daniela Rocco que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 2: J. E. Uriburu 1022 CGPC Nº 3: Junín 521 CGPC Nº 4: Del Barco Centenera 2906 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 10: Bacacay 3968 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2571 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 14: Beruti 3325 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 300 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Expediente N° 4.571.105/14 Notifícase a la Sra. Maria Fernanda Ghiosi que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar:

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a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 2: J. E. Uriburu 1022 CGPC Nº 3: Junín 521 CGPC Nº 4: Del Barco Centenera 2906 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 10: Bacacay 3968 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2571 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 14: Beruti 3325 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 301 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Expediente N° 4.729.825/14 Notifícase a la Sra. Ramona Josefa Villagra que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 2: J. E. Uriburu 1022 CGPC Nº 3: Junín 521 CGPC Nº 4: Del Barco Centenera 2906 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325

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CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 10: Bacacay 3968 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2571 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 14: Beruti 3325 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 304 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Expediente N° 4.788.897/14 Notifícase a la Sra. Claudia Cubilla que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 2: J. E. Uriburu 1022 CGPC Nº 3: Junín 521 CGPC Nº 4: Del Barco Centenera 2906 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 10: Bacacay 3968 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2571 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 14: Beruti 3325 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700

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c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 305 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - Resolución Nº 1015/DGR/14

Buenos Aires, miércoles 16 de abril de 2014

VISTO: La Carpeta Nº 1.314.602/DGR/2009, relacionada con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de la contribuyente FARIAS SUSANA EVA, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, en el Régimen de Convenio Multilateral bajo el Nº 901-972319-2, CUIT N° 23-06511601-4, con domicilio fiscal en la calle Lisboa Nº 654 (Comuna Nº 10), de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires (foja 233), cuya actividad sujeta a tributo consiste en la "Confección de prendas de vestir", y CONSIDERANDO: Que esta Administración en ejercicio de las facultades de fiscalización de impuestos que le conceden los sucesivos ordenamientos fiscales de aplicación en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dispuso la realización de una inspección en el domicilio de la contribuyente con el objeto de controlar el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias, como resultado de la cual se establecieron ajustes por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, con relación a los períodos fiscales 2009 (1º a 12º anticipos mensuales), 2010 (1º a 3º y 5º a 12º anticipos mensuales) y 2011 (1º a 4º anticipos mensuales); Que los ajustes fiscales han sido establecidos en autos conforme los alcances, términos y condiciones de los que da cuenta la Resolución Nº 544-DGR-2012 (fojas 194/199), de fecha 15 de marzo de 2012, mediante la cual se dio inicio al procedimiento de determinación de oficio e instrucción de sumario conexo; Que corrido formal traslado de ley, de conformidad con la cédula de notificación de foja 215, de fecha 28/03/2012, con la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 3888 desde el 09/04/2012 al 11/04/2012, tal como surge a fojas 204/214, cumplido el término de ley, la interesada no presentó descargo ni ofreció pruebas tendientes a hacer valer sus derechos; Que, analizadas las constancias de autos corresponde resolver definitivamente en esta instancia, teniendo en cuenta que mediante la documentación que dispuso la inspección interviniente se establecieron ajustes a favor de este Fisco, por los períodos mencionados en los considerandos de la presente Resolución. Que por lo expuesto corresponde: a) Mantener el ajuste practicado por la inspección interviniente, considerándolo técnicamente correcto; b) Impugnar las declaraciones efectuadas por la contribuyente en relación a los períodos fiscales 2009 (1º a 12º anticipos mensuales), 2010 (1º a 3º y 5º a 12º anticipos mensuales) y 2011 (1º a 4º anticipos mensuales); c) Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial, la materia imponible y el impuesto resultante, por los períodos fiscales 2009 (1º a 12º anticipos

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mensuales), 2010 (1º a 3º y 5º a 12º anticipos mensuales) y 2011 (1º a 4º anticipos mensuales); en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, a los cuales deben agregarse los intereses establecidos en el artículo 68 del Código Fiscal Texto Ordenado 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807 (B.O. Nº 4306, de fecha 27/12/13) y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento de su efectivo pago; d) Establecer que los ingresos de la contribuyente FARIAS SUSANA EVA, respecto de la actividad "Confección de prendas de vestir" deben tributar el impuesto a la alícuota del 3%, en relación a los períodos fiscales 2009 (1º a 12º anticipos mensuales), 2010 (1º a 3º y 5º a 12º anticipos mensuales) y 2011 (1º a 4º anticipos mensuales), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 inciso 2) de la Ley Tarifaria para el año 2011 y disposiciones concordantes con años anteriores motivo de ajuste; Que, en cuanto al sumario instruido es necesario poner de manifiesto que la jurisprudencia ha convalidado la naturaleza penal del ilícito tributario y por ende la necesaria presencia de los elementos objetivo y subjetivo en la conducta del autor del injusto penal; Que en relación al sumario instruido, el artículo 98 del Código Fiscal T.O 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 (BOCBA N° 4306) y concordantes de años anteriores, establece que: "Los contribuyentes o responsables que omiten el pago total o parcial del impuesto, derecho, tasa o contribución y la presentación de la declaración jurada mensual o anual, cuando ello resulta exigible, salvo error excusable, incurren en omisión y son sancionados con una multa graduable hasta el cien por ciento (100 %) del gravamen omitido..."; Que, en conteste es necesario poner de manifiesto que la doctrina al comentar el incumplimiento por omisión de la obligación tributaria sustancial ha sostenido: "De la relación jurídica sustantiva nace la obligación del contribuyente (o el responsable en su reemplazo) de pagar el tributo como objeto de esa obligación, en tanto y en cuanto este ha sido creado por ley (cumplimiento del principio de legalidad) y se dan en el caso los presupuestos de hecho o de derecho incluidos en la norma como hecho imponible (...) Esta obligación de dar debe cumplirse en el tiempo y en la forma en que los recaudos exigidos por el derecho tributario administrativo establecen a su respecto" (García Belsunce, Horacio "Derecho Tributario Penal", Editorial Depalma 1985, página 291); Que la omisión descripta supone negligencia o inobservancia por parte de la responsable del necesario cuidado para con el cumplimiento de las obligaciones fiscales de orden material que le son propias; Que para que se encuentre configurada la infracción imputada basta la mera culpa o negligencia en la observancia de las obligaciones de los contribuyentes; Que al respecto la Corte Suprema de Justicia, con fecha 31/03/99, en autos "Casa Elen-Valmi de Claret y Garello c/ Dirección General Impositiva" ha expresado que: "En el campo del derecho represivo tributario rige el criterio de la personalidad de la pena que, en su esencia, responde al principio fundamental de que sólo puede ser reprimido quien sea culpable, es decir aquel a quien la acción punible pueda ser atribuida tanto objetiva como subjetivamente. Si bien, por lo tanto, es inadmisible la existencia de responsabilidad sin culpa, aceptando que una persona ha cometido un hecho que encuadra en una descripción de conducta que merezca sanción, su impunidad sólo puede apoyarse en la concreta y razonada aplicación al caso de alguna excusa admitida por la legislación" (Revista Impuestos 1999-B 2175. Periódico Económico Tributario 1999-645; Fallos 322:519);

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Que esta omisión se origina en una conducta culposa, no pudiendo olvidarse que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que aun cuando en el caso no existe intención de evadir el tributo, la falta de pago oportuno por los gravámenes que apela autoriza la aplicación de una multa (Corte Sup., LL 13-716). La materialidad de la infracción se pone de manifiesto en la omisión del tributo (TFN. Jurisprudencia Tributaria, t. 182), ya que la multa se basa en disposiciones del Código Fiscal que tratan de las omisiones de impuesto no dolosas y por lo tanto no corresponde analizar el elemento intencional. En el mismo sentido se ha expedido la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, in re B-48150, "Bavera Carlos L v. Poder Ejecutivo s/demanda contenciosa-administrativa"; Que al respecto la jurisprudencia ha sostenido: "Que por su parte, en referencia a la multa aplicada, esta sala ha sostenido que la conducta punible consiste en no pagar o pagar en menos el tributo, concretándose la materialidad de la infracción en la omisión de tributo". (Doctrina de autos "Supermercado Mayorista Makro SA", del 08/02/2001). Que en materia de subjetividad, se exige un mínimo, posibilitándose la demostración de un error excusable de hecho o de derecho, situación que no ha acontecido en autos, respecto de los conceptos por los cuales la resolución que da inicio al procedimiento determinativo y sumarial se confirma; Que "el carácter tanto retributivo como reparatorio de la multa tributaria ha sido receptado por alguna doctrina (ver Villegas, "Derecho ...", p. 175) y recibido por la jurisprudencia (Fallos 184:417; 184:450; 220:1146; 239:501)" (Villegas, Héctor B., 1998, "Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario", Ed. Depalma, p. 391); Que de las constancias obrantes en autos, surge que los incumplimientos de la responsable a sus obligaciones fiscales resultan debidamente acreditados en estas actuaciones, motivo por el cual corresponde considerarla incursa en la infracción prevista y sancionada en el articulo 98 -omisión-del Código Fiscal TO 2013 (con las modificaciones introducidas por la Ley 4807, BOCBA N° 4306) y disposiciones concordantes de años anteriores; Que el artículo precitado, prevé una multa graduable hasta el 100% del gravamen omitido; la que en cada caso se merituará considerando las circunstancias y gravedad de los hechos, conforme lo establecido en el artículo 106 del mencionado cuerpo legal; Que en atención a esta normativa y toda vez que la contribuyente no articuló defensa alguna, confirmó los cargos formulados; tras lo cual, la pretensión punitiva sustentada en elementos de convicción contundentes se ha configurado, otorgando justificativo al porcentaje de sanción que por ésta vía se aplica, el que guarda total relación con la infracción constatada, no evidenciando desmérito alguno que la invalide ni la concurrencia de otros factores que admitan atemperar su rigor; Que por las razones expuestas ut supra, y a los fines del porcentual aplicable a estos actuados, los criterios de razonabilidad y proporcionalidad han sido respetados; Que por lo expuesto, corresponde sancionar a la contribuyente con una multa de Pesos ocho mil doscientos catorce con sesenta centavos ($ 8.214,60.-) equivalente al sesenta y cinco por ciento (65 %) del impuesto omitido ($ 12.637,40), conforme se desprende del informe emitido por el Departamento Gestión Contable dependiente de la Dirección de Técnica Tributaria de esta Administración obrante a fojas 230/231, graduada y calculada según lo establecido en el articulo 106 del Código Fiscal 2013 (con las modificaciones introducidas por la Ley 4807, BOCBA N° 4306) y disposiciones concordantes de años anteriores; Que resulta necesario observar que dado que la responsable no ha denunciado el correcto domicilio fiscal dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo con lo previsto en el art. 21 del Código Fiscal Texto Ordenado 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4.807 y disposiciones concordantes de años anteriores y en virtud de lo establecido en el artículo 6° de la Resolución N° 544-DGR-2012, corresponde tener por constituido el domicilio de la contribuyente, en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y por válidamente notificada la presente y posteriores actos administrativos, los días martes o viernes - o el siguiente día hábil si alguno es feriado- inmediato al de la fecha de su suscripción;

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Que corresponde intimar a Farias Susana Eva, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiere tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales; Por ello, en vista de lo manifestado, y en virtud de las prerrogativas legales invocadas y la Resolución Nº 822-AGIP/2013:

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1°: Impugnar las declaraciones efectuadas por la contribuyente FARIAS SUSANA EVA, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en el Régimen de Convenio Multilateral, bajo el Nº 901-972319-2, CUIT N° 23-06511601-4, con domicilio fiscal en la calle Lisboa Nº 654 (Comuna Nº 10), de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya actividad sujeta a tributo consiste en la "Confección de prendas de vestir", en relación a los períodos fiscales 2009 (1° a 12º anticipo mensual), 2010 (1º a 3º y 5° a 12° anticipos mensuales) y 2011 (1º a 4º anticipos mensuales). Artículo 2°: Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente, por los períodos fiscales y anticipos mensuales detallados en el artículo que antecede, en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º: Establecer que los ingresos de la contribuyente FARIAS SUSANA EVA respecto a la actividad "Confección de prendas de vestir" deben tributar por la totalidad de los períodos motivo de ajuste, a la alícuota del 3% tal como lo prescribe el artículo 58, inciso 2 de la Ley Tarifaria 2011 y disposiciones concordantes con los períodos fiscales motivo de ajuste. Artículo 4°: Concluir el sumario instruido, considerando a la contribuyente FARIAS SUSANA EVA incursa en la figura de omisión fiscal aplicándole una multa de $ 8.214,60.- (Pesos Ocho mil doscientos catorce con sesenta centavos), equivalente al 65% del impuesto omitido, de acuerdo a lo dispuesto en los considerandos de la presente. Artículo 5°: Tener por constituido el domicilio de la contribuyente, en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y por válidamente notificada la presente y posteriores actos administrativos, los días martes o viernes - o el siguiente día hábil si alguno es feriado- inmediato al de la fecha de su suscripción, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.

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Artículo 6°: Intimar a FARIAS SUSANA EVA para que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingrese la suma de $ 12.637,40.- (Pesos Doce mil seiscientos treinta y siete con cuarenta centavos) que resulta adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 68 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 (BOCBA N° 4306), hasta el momento del efectivo pago, y la multa aplicada de $ 8.214,60.- (Pesos Ocho mil doscientos catorce con sesenta centavos), debiendo acreditar su pago ante esta Dirección General bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, previsto en el artículo 3º inciso 12 del Código Fiscal T.O. 2013, con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 (BOCBA N° 4306) y ejecución fiscal, a cuyo efecto deberán concurrir ante la Dirección de Técnica Tributaria de la mencionada repartición sita en Viamonte 900 (Edificio Esmeralda) 4° piso, a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado. Artículo 7º: Intimar a la responsable, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiere tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de estos actuados según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8°: Regístrese, notifíquese a la contribuyente FARIAS, SUSANA EVA en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, dejándose constancia en estos obrados y por medio de la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en los artículos 21 y 31 del Código Fiscal Texto Ordenado 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807. Tepedino

Horacio J. Tepedino Subdirector General de Técnica Tributaria

ANEXO

EO 294 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Notifica Expediente N° 4.650.232/MGEYA/2014

Por la presente se notifica a los Propietarios y/o Administradores de los inmuebles que se detallan en el Anexo I, que en el plazo de quince (15) días a partir de la última publicación del presente, deberán concurrir a la Subdirección General de Empadronamiento Inmobiliario, Viamonte 900 (Box 20/21) en el horario de 10 a 15 hs, a fin tomar conocimiento de los empadronamientos de los inmuebles, ello bajo apercibimiento en caso de no comparecer, de tenerlo por notificado (Art. 31 Inciso 6º Código Fiscal T.O. 2013).

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Juan Gilli Subdirección General

ANEXO

EO 288 Inicia: 25-4-2014 Vence: 29-4-2014

Página Nº 203Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

PROCURACIÓN GENERAL DIRECCIÓN GENERAL DE SUMARIOS DIRECCIÓN DE SUMARIOS DE RÉGIMEN GENERAL Notificación - Expediente Nº 2.771.525/2012 - Sumario Nº 286/12 Por medio del presente se cita a la Sra. Mariana Caceres, D.N.I. Nº 18.046.327, ficha N° 436.727, a fin que concurra a la Dirección de Sumarios de Régimen General, dependiente de la Dirección General de Sumarios – Actuaría del Dr. Juan Octavio Lizzi - sita en la Avenida Córdoba 1345, Piso 8°, Oficina "A" de esta Ciudad, a fin de prestar declaración indagatoria en el marco del Sumario N° 286/2012, en trámite por Expediente N° 2.771.525/2012 e incorporado. A tal fin se fija audiencia para el día 22 de mayo de 2014 a las 09:00 horas, y supletoriamente para el día 27 de mayo del corriente a las 09:00 horas, debiendo comparecer con el documento de identidad.” Decreto N° 3360/MCBA/68 Art. 13 - Para prestar declaración indagatoria, el imputado será citado con una anticipación no menor de 24 horas. Si no concurriera sin acreditar justa causa, se proseguirá con las restantes diligencias necesarias para completar la instrucción del sumario. Decreto N° 3360/MCBA/68 Art. 14 - La incomparecencia del imputado, como también, su negativa a declarar o a suscribir la declaración prestada, no serán consideradas prueba en contra del mismo, aunque podrán valer cono presunción respecto de su culpabilidad si concurrieren otros indicios que reunieran los caracteres de graves, precisos y concordantes.

Liliana Pesqueira Directora

EO 303 Inicia: 28-4-2014 Vence: 30-4-2014

PROCURACIÓN GENERAL DIRECCIÓN GENERAL DE SUMARIOS DIRECCIÓN DE SUMARIOS DE RÉGIMEN GENERAL Notificación - Expediente Nº 79.231/06- Sumario Nº 466/06

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Se cita por tres (3) DIAS al Sr. Fernando Antonio Mazzitelli, F.C. 544215, a fin de que concurra a la actuaría a cargo de la Dra. Karina Cortez, de la Dirección de Sumarios de Regímenes Especiales, dependiente de la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, sita en la Avda. Córdoba Nº 1345, Piso 8º oficina A de la Ciudad de Buenos Aires, dentro del plazo de cinco (5) días contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente a fin de prestar declaración indagatoria en el Sumario Nº 466/2006 que se instruye mediante Expediente Nº 79231/06, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 3360/68 (B.M. 13.296). A tal fin deberá presentarse munido de documento de identidad en el horario de 10 a 15 horas. Se hace saber que podrá hacerse asistir por letrado.

Liliana Accorinti Directora

EO 289 Inicia: 25-4-2014 Vence: 29-4-2014

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Juzgado Provincial

CÁMARA DEL TRABAJO DEL CENTRO JUDICIAL DE CONCEPCIÓN TUCUMÁN Comunicación (Oficio Judicial E.E.Nº 4787702/MGEYA/2014) Carátula: “Gramajo Juan Carlos c/ Longo Victorio y otro s/ cobro de pesos” Se hace saber que por ante la Excma. Cámara del Trabajo del Centro Judicial de Concepción, cuya Presidencia ejerce el Sr. Vocal Dr. Enzo Ricardo Espasa, Secretaría a cargo de la Dra. Mariel del Valle ASTRADA, se tramitan los autos caratulados: "GRAMAJO JUAN CARLOS C/ LONGO VICTORIO y OTRO S/ COBRO DE PESOS. EXPTE. N°145/09", en el cual se ha dictado la siguiente providencia: "//////////////cepción,12 de diciembre de 2013. Téngase por recepcionados los presentes autos de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán. Atento a lo dispuesto en proveído fecha 27/11/13 fs. (457) y surgiendo de las constancias de autos que el codemandado CNA ART SA no fue notificado de la sentencia definitiva de fecha 29/11/11 recaída en autos, conforme a derecho, atento a que el Edicto librado corresponde al ámbito Provincial. En consecuencia: A los fines de notificar la sentencia precedentemente mencionada a la codemandada C.N.A. ART. SA, líbrese nuevo Edicto, a los efectos de ser publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (B.O.C.B.A) durante tres dias, atento que el último domicilio denunciado de la codemandada en autos es en "calle Lima N° 339 Piso 9° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.", debiendo diligenciar el mismo la parte Actora.- ETI Fdo:DR. ENZO RICARDO RICARDO ESPASA. VOCAL".- Concepción, 29 de Noviembre de 2011.- AUTOS Y VISTOS:..., RESULTA:..., CONSIDERANDO:..., RESUELVE: I.-) RECHAZAR LA DEMANDA incoada por JUAN CARLOS GRAMAJO, en contra de VICTORIO LONGO, ambos de las condiciones personales que constan en autos, por lo considerado.- En consecuencia se absuelve al demandado, Sr. VICTORIO LONGO, del pago de los rubros reclamados en la presente demanda.- II.-) HACER LUGAR a la defensa de falta de acción, por lo considerando.- III)COSTAS, como se considera- IV) HONORARIOS, se regulan: Para el Dr. ALVARO MARTIN ANTONI BARROS, la suma de $4.348,98, (Pesos Cuatro Mil Trescientos Cuarenta y Ocho con Noventa y ocho centavos).-Para el Dr. CARLOS A. Cruzado Sanchez, la suma de $6.225,36 (Pesos Seis Mil Doscientos Veinticinco con Treinta y Seis centavos).- Para el Dr. Mario Eduardo CORREA, la suma de $ 2.536,91, ( Pesos Dos Mil Quinientos Treinta y Seis con Noventa y Un centavos).- HAGASE SABER.- MVA FDO:DRES. CAYETANO BENICIO OSORES y ROBERTO WALTER WAGNER. VOCALES. ANTE MI:DRA. MARIEL DEL VALLE ASTRADA. SECRETARIA.-"

Ernesto Ibañez Prosecretario

OJ 91 Inicia: 28-4-2014 Vence: .30-4-2014

Página Nº 206Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio Público

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES UNIDAD FISCAL OESTE – UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Citación (Oficio Judicial E.E.Nº 4497646/MGEYA/2014) Carátula: “GALLARDO, CRISTIAN ALBERTO – Art: LN 13.944 Art. 1” El Dr. Néstor Maragliano, Titular del Equipo Fiscal “E”, de la Unidad Fiscal Oeste, con asiento en Av. Paseo Colón 1333, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (5299-4400 Int. 4451/4452), en el marco del Legajo de investigación MPF 25899 “GALLARDO, CRISTIAN ALBERTO – Art:LN 13.944 Art. 1” cita y emplaza a GALLARDO, CRISTIAN ALBERTO Documento Nacional de Identidad 30.186.29, a fin de que comparezca a la sede de ese Equipo Fiscal dentro del tercer día hábil de notificado, en el horario de 9 a 14:30 horas, a efectos de recibirle declaración conforme el art. 161 CPPCABA, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada de requerir su declaración de rebeldía y su posterior captura (Art. 158 C.P.P.C.A.B.A). Se hace saber que deberá presentarse conjuntamente con un abogado de la matrícula de su confianza o en su defecto se le designada defensor oficial que por turno corresponda. Se deja constancia que el delito que motiva el proceso se encuentra prevista en el art. 1 – LN 13.944. Publíquese por cinco (5) días.

Dra. Sandra A. Mamia Secretaria

OJ 89 Inicia: 23-4-2014 Vence: 29-4-2014

Página Nº 207Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BS.AS.

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 19 Citación (Oficio Judicial E.E.Nº 4764966/MGEYA/2014) Carátula: “Nuñez, Eduardo Marcelo s/ infr. art(s). 149 bis - CP” Por orden del Sr. Juez, Dr. Carlos Horacio Aostri, titular del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N°19 de la esta Ciudad, Secretaria Única, sito en la calle Tacuarí 138, Piso 4to- frente- de esta Ciudad, en la causa n° 2136/11 (registro interno 4612/D), "NUÑEZ, Eduardo Marcelo s/infr. art(s). 149 bis - CP", con la intervención de la Unidad Fiscal Oeste - Equipo Fiscal "E", tengo el agrado de dirigirme a Ud. a fin de solicitarle tenga a bien llevar a cabo la publicación por edictos durante el termino de (5) cinco días, del decreto de fecha 22 de abril mediante el cual se cita a EDUARDO MARCELO NUÑEZ, DNI 23.125.645, a comparecer ante estos estrados el 21 de mayo del corriente año a las 14.00 horas a la audiencia designada respecto del nombrado en los términos del artículo 311 del Código de forma local. Todo ello en virtud de lo normado por el artículo 63 del mismo ordenamiento.

Agustín C. Ippolito Prosecretario Coadyuvante

OJ 92 Inicia: 28-4-2014 Vence: 6-5-2014

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MINISTERIO PUBLICO FISCAL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 10 Notifiación (Oficio Judicial E.E.Nº 4732507/MGEYA/2014) Carátula: “ROMERO MARCELO CRISTIAN s/ inf. art. 149 bis CP” Causa: 52286/11 ACTA DE AUDIENCIA: En la Ciudad de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de abril del año 2014... RESOLVIÓ: ...II) PUBLICAR EDICTOS DURANTE CINCO DIAS, en el Boletín Oficial de la CABA, para que dentro de los tres días de notificado, comparezca ante estos estrados (art. 63 CPPCABA. Fdo. Gabriel Eduardo Vega. Juez. Ante mi: Gabriela Pichersky Prosecretaria Coadyuvante. Ello, en relación al Sr. Marcelo Cristian Romero, DNI 25.604.033, argentino, nacido el 22 de noviembre de 1976, en esta ciudad.

Gabriel Eduardo Vega Juez

OJ 93 Inicia: 29-4-2014 Vence: 7-5-2014

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL OESTE – EQUIPO FISCAL “E” Citación (Oficio Judicial E.E.Nº 4822254/MGEYA/2014) Autos N° "NN s/ infr. art 181 CP- USURPACION" En mi carácter de titular del Equipo Fiscal "E", integrante de la Unidad Fiscal Oeste, ubicada en la Av. Paseo Colon n° 1333 de esta Ciudad, - tel 5299-4400 int 4885/4886/2215 me dirijo a Ud., en los autos N° 5927/12 a efectos de que se publiquen edictos en el Boletín Oficial por el término de cinco (5) días corridos a partir del día lunes 28 de abríl del corriente, citando a los siguientes imputados: • ALEJANDRO GABRIEL FREDES DOMINGUEZ DNI 62.593.943 • ROMINA MARTINEZ DNI 93.928.827 • YAMILA DENISE FERNANDEZ, argentina de 24 años de edad. • CARLOS FERNANDEZ, Argentino, de 20 años de edad . • CLAUDIA VAZQUEZ, paraguaya, de 35 años de edad. • NANCY RAMONA ARZAMENDIA, paraguaya, de 41 años de edad, fecha de nacimiento 6/9/1972. • PAULA VANESA TORIBIO, paraguaya, fecha de nacimiento 18/05/1975 • LORENA CLAUDIA TORIBIO, argentina, fecha de nacimiento 23/06/1981 • MARIELA ANDREA GOMEZ, argentina, fecha de nacimiento 21/04/1986 • MARIA PIA GONZALEZ, paraguaya, fecha de nacimiento 09/08/1986. • GUILLERMO MARTIN COLLANTE, DNI 38.612.615 • OSCAR ROMERO, DNI 33.614.997 • GABRIELA BENITEZ, de 18 años de edad. • MARCELO GARCÍA. • ANDRES MACHADO.

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A fin de que comparezcan a éste Equipo Fiscal E con sede en Paseo Colón n° 1333, 8vo piso, teléfono 5299-4400 int 4885/86/2215 entre las 9.00 y las 15.00 hs, a fin de recibírsele declaración en los términos del art. 161 CPPCABA en la causa n° 5927/13 caratulada "NN s/ infr. art 181 CP- USURPACION", en calidad de presuntos imputados, bajo apercibimiento de ser solicitada su declaración de rebeldía ( Art. 158 CPPCABA). Vencido el plazo de cinco (5) días hábiles desde la última publicación del edicto sin que se hubieran presentado, se lo tendrá por notificado.

Roberto Nestor Maragliano Fiscal

OJ 96 Inicia: 29-4-2014 Vence: 7-5-2014

Página Nº 210Nº4386 - 29/04/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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