Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y...

43
47 Boletín Interprocuradurías

Transcript of Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y...

Page 1: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

47Boletín

Interprocuradurías

Page 2: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 472

Nueva Época

Publicación informativa número 47de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

Enero - Junio 2017

Page 3: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 47

Nueva Época

Publicación informativa número 47de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

Enero - Junio 2017

Page 4: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 47Boletín Interprocuradurías 474

BOLETÍN INTERPROCURADURÍAS, NUEVA ÉPOCA, publicación semestral, número 47, enero- junio 2017, Editor responsable: Maestra Diana Gabriela Arreola Mora, número del certificado de reserva al uso exclusivo de título: Pendiente, número del certificado licitud de título y contenido: 15757, Publicado por la Procuraduría General de la República con domicilio ubicado en Avenida 1° de Mayo No. 10, Colonia Tacubaya, C.P. 11870, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México.

Distribuido por la Dirección General de Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional con domicilio en Avenida 1° de Mayo No. 10, Colonia Tacubaya, C.P. 11870, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México.

ISSN: En trámite.

Los contenidos de los artículos de la publicación periódica BOLETÍN INTERPROCURADURÍAS son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República, ni de la Dirección General de Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional con domicilio en Avenida 1° de Mayo No. 10, Colonia Tacubaya, C.P. 11870, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México.

Se prohíbe la reproducción total o parcial de esta publicación, por cualquier medio conocido o por conocerse, con fines de especulación comercial.

La presente publicación es de distribución gratuita.

Page 5: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 475

Boletín Interprocuradurías 47

PROCURADORES GENERALES DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA MEXICANA

Dr. Raúl Cervantes AndradeProcurador General de la República

Gral. Bgda. J. M. y Lic. Jesús Gabriel López BenítezFiscal General de Justicia Militar

Mtro. René Urrutia de la VegaFiscal General del Estado de Aguascalientes

Lcda. Perla del Socorro Ibarra LeyvaProcuradora General de Justicia del Estado de Baja California

Mtro. Erasmo Palemón Alamilla VilledaProcurador General de Justicia del Estado de Baja California Sur

Dr. Juan Manuel Herrera CamposFiscal General del Estado de Campeche

Dr. Homero Ramos GloriaProcurador General de Justicia del Estado de Coahuila

Mtro. José Guadalupe Franco EscobarProcurador General de Justicia del Estado de Colima

Mtro. Raciel López SalazarProcurador General de Justicia del Estado de Chiapas

Mtro. César Augusto Peniche EspejelFiscal General del Estado de Chihuahua

Lic. Rodolfo Fernando Ríos GarzaProcurador General de Justicia de la Ciudad de México

Lic. Ramón Gerardo Guzmán BenaventeFiscal General del Estado de Durango

Lic. Carlos Zamarripa AguirreProcurador General de Justicia del Estado de Guanajuato

Lic. Xavier Ignacio Olea PeláezFiscal General del Estado de Guerrero

Lic. Javier Ramiro Lara SalinasProcurador General de Justicia del Estado de Hidalgo

Lic. Jesús Eduardo Almaguer RamírezFiscal General del Estado de Jalisco

(enero de 2017a junio de 2017)

Page 6: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 476

Lic. Alejandro Jaime Gómez SánchezFiscal General de Justicia del Estado de México

Lic. José Martín Godoy CastroProcurador General de Justicia del Estado de Michoacán

Mtro. Javier Pérez DurónFiscal General del Estado de Morelos

Lic. Petronilo Díaz Ponce Medrano Encargado del Despacho de la Fiscalía General del Estado de Nayarit

Lic. Bernardo González GarzaProcurador General de Justicia del Estado de Nuevo León

Dr. Rubén Vasconcelos MéndezFiscal General del Estado de Oaxaca

Mtro. Víctor Antonio Carrancá BourgetFiscal General del Estado de Puebla

Mtro. Alejandro Echeverría CornejoFiscal General del Estado de Querétaro

Mtro. Miguel Ángel Pech CenFiscal General del Estado de Quintana Roo

Mtro. Federico Arturo Garza HerreraProcurador General de Justicia del Estado de San Luis Potosí

Dr. Juan José Ríos EstavilloProcurador General de Justicia del Estado de Sinaloa

Lic. Rodolfo Arturo Montes De Oca MenaProcurador General de Justicia del Estado de Sonora

Dr. Fernando Valenzuela PernasFiscal General del Estado de Tabasco

Dr. Irving Barrios MojicaProcurador General de Justicia del Estado de Tamaulipas

Lic. Tito Cervantes ZepedaProcurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala

Lic. Jorge Winckler OrtizFiscal General del Estado de Veracruz

Mtro. Ariel Francisco Aldecua KukFiscal General del Estado de Yucatán

Dr. Francisco José Murillo RuisecoProcurador General de Justicia del Estado de Zacatecas

Page 7: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 47

Page 8: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 47Boletín Interprocuradurías 478

El Boletín Interprocuradurías es una publicación que se distribuye de forma semestral, y contiene la información de los trabajos que realiza la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia. Se encuentra a cargo de la Dirección General de Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional de la Procuraduría General de la República, conforme a lo dispuesto en los estatutos de la propia Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2009.

La Conferencia Nacional opera mediante su estructura conformada por zonas geográficas y comités técnicos, lo cual concede mayor solidez a los acuerdos adoptados al interior de dicho órgano colegiado.

En esta ocasión se publica el Boletín número 47, correspondiente al periodo enero–junio de 2017.

La instauración de los trabajos estuvo a cargo del Director General de Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional; quien preside y organiza el Secretariado Técnico de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

La integración de los textos y el cuidado de la edición estuvo a cargo de la maestra Diana Gabriela Arreola Mora, Directora de Coordinación Interprocuradurías, y la licenciada Dulce Rocío Zamudio Gutiérrez, Jefa de Departamento del Análisis a Compromisos; en tanto que la corrección de estilo estuvo a cargo del licenciado Antonio Emmanuel González Díaz de la Dirección General de Comunicación Social de la Procuraduría General de la República.

www.cnpj.gob.mx

Page 9: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 47 9Boletín Interprocuradurías 47

REUNIONES

Asamblea Extraordinaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

2ª Sesión Extraordinaria 2017 de la Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

3ª Sesión Extraordinaria 2017 de la Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia. 1er Ciclo de Conferencias de Zona 2017 de la Conferencia de Procuración de Justicia Zona Occidente, Zona Centro, Zonas Noreste-Noroeste y Zona Sureste.

NUEVOS INTEGRANTES DE LA CNPJ

Mtro. René Urrutia De La VegaC. Fiscal General del Estado de Aguascalientes.

Mtro. José Guadalupe Franco EscobarC. Procurador General de Justicia del Estado de Colima.

Lic. Bernardo González GarzaC. Procurador General de Justicia del Estado de Nuevo León.

Dr. Rubén Vasconcelos MéndezC. Fiscal General del Estado de Oaxaca.

CONTENIDO

15

16

39

40

41

41

1ª Reunión Nacional 2017 de las Conferencias de Procuración de Justicia y de Secretarios de Seguridad Pública.

21ª Reunión Nacional 2017 del Grupo de Planeación y Análisis Estratégico Contra el Secuestro.

3ª Sesión Ordinaria del Grupo de Analistas de Información.

29

33

34

Dr. Juan José Ríos EstavilloC. Fiscal General del Estado de Sinaloa.

Lic. Tito Cervantes ZepedaC. Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala.

Page 10: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4710 Boletín Interprocuradurías 47

Page 11: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 47 11

CPF Código Penal Federal.

CPJ Comité para la Protección de Periodistas.

CNPP Código Nacional de Procedimientos Penales.

CNPJConferencia Nacional de Procuración de Justicia.

CNS Comisión Nacional de Seguridad.

CONASECoordinación Nacional Antisecuestro.

DOF Diario Oficial de la Federación.

FASP Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública.

INEGI Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

INL Oficina Internacional de Asuntos Antinarcóticos y Procuración de Justicia.

LGPSDMS Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro.

MASC Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias.

OPDAT Oficina de Asistencia para el Desarrollo de Capacidades Persecutorias.

GLOSARIO SIGLAS Y ABREVIATURAS

PEMEX Petróleos Mexicanos.

PGR Procuraduría General de la República.

SIDII Sistema de Integración de Datos de Inteligencia e Institucionales.

UIAUnidades de Análisis de Información.

UNAM Universidad Nacional Autónoma de México.

Page 12: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4712

Reuniones

Page 13: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 47

Reuniones

Page 14: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 47Boletín Interprocuradurías 4714

Page 15: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4715

Boletín Interprocuradurías 47

Asamblea Extraordinaria de la Conferencia Nacional de Procuración de JusticiaModelo de Procuración de Justicia en el Marco del Sistema de Justicia Penal Adversarial

En la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia se acordó homologar las actuaciones, criterios, procedimientos y estructuras institucionales de las procuradurías y fiscalías del país, con la finalidad de hacer realidad el régimen procesal penal único que se desprende del Código Nacional de Procedimientos Penales1 (CNPP), en el que radican y se desarrollan los principios y las reglas del sistema procesal penal acusatorio.

Lo cual, se llevará a cabo con la participación de los integrantes de la Conferencia Nacional de Procuración

de Justicia (CNPJ) a través de mesas de trabajo instauradas por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México2 , el Centro de Investigación y Docencia Económicas y el Instituto Nacional de Ciencias Penales3 , con la finalidad de contar con las opiniones y experiencias del sector académico, público, privado y social, que enriquezcan la discusión sobre el diseño y la implementación de un nuevo modelo de procuración de justicia que haga realidad el mandato constitucional y oriente los esfuerzos hacia la homologación de la normativa interna y la operación institucional a nivel nacional.

2 de febrero de 2017

2° Sesión Extraordinaria 2017Homologación de la Legislación Penal Sustantiva a través de un Código Penal Único y de Aplicación Nacional

Para generar mayor seguridad jurídica la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia acordó identificar y aplicar las mejores prácticas en la investigación y procesamiento de los delitos y, en definitiva, consolidar el nuevo sistema de justicia penal, toda vez que es necesario transitar hacia la unificación de la legislación penal sustantiva a través de un Código Penal de aplicación nacional.

En consecuencia, los integrantes de la Conferencia se comprometieron a impulsar, con todos los actores y desde todas las instancias relacionadas con esta problemática, un análisis profundo y un debate democrático sobre el diseño y la implementación de un Código Penal único para la República Mexicana.

1 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP_170616.pdf2 Universidad Autónoma de México.https://www.juridicas.unam.mx/legislacion3 Centro de Investigación y Docencia Económicas A.C.http://dominio1.cide.edu/web/red-de-especialistas-en-seguridad-publica/instituciones-academicas/-/asset_publisher/FNADBlB3tc6e/content/instituto-nacional-de-ciencias-penales-inacipe-?redirect=http%3A%2F%2Fdominio1.cide.edu%2Fweb%2Fred-de-especialistas-en-seguridad-publica%2Finstituciones-academicas%3Fp_p_id%3D101_INSTANCE_FNADBlB3tc6e%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26p_p_col_id%3Dcolumn-1%26p_p_col_count%3D1

Page 16: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4716

3° Sesión Extraordinaria 2017

Fortalecer la Atención de los Delitos Cometidos Contra la Libertad de Expresión

En la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia se acordó implementar acciones que permitan impulsar un programa integral para la atención de los delitos cometidos contra la libertad de expresión, además, que facilite la cooperación, coordinación y comunicación interinstitucional directa, a partir de la homologación de los procesos y de las estructuras institucionales.

Asimismo, adoptar un plan rector de capacitación y especialización de los operadores jurídicos en materia de delitos cometidos contra la libertad de expresión, que aborde, especialmente, los problemas únicos a que se enfrentan las y los periodistas; la adopción e instrumentación de un producto único de investigación del delito y atención a víctimas que permita atender, eficaz y exhaustivamente, este tipo de delitos; el diseño

1er Ciclo de Conferencias de Zona 2017 de las Conferencias de Procuración de Justicia Zona Occidente, Zona Centro, Zonas Noreste-Noroeste y Zona SuresteLa Conferencia Nacional de Procuración de Justicia ha dispuesto la organización de las procuradurías y fiscalías generales por zonas geográficas, cuyo objetivo radica en avanzar en el tratamiento previo de los temas que serán materia de votación en el marco de la XXXVII Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

Zona Centro, constituida por la Ciudad de México, Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala.

4 Comité para la protección de los periodistas. https://cpj.org/es/5 Conferencia Nacional de Procuración de Justicia. www.cnpj.gob.mx

y la operación de una estrategia de investigación por contexto que facilite la identificación y procesamiento de quienes hayan realizado o participado de cualquier forma en la ejecución de estos delitos, así como el diseño de perfiles específicos del personal del servicio público encargado de esta tarea.

Para tal efecto, se acordó tomar en cuenta las recomendaciones del Comité para la Protección de Periodistas4 (CPJ por sus siglas en inglés), y de las organizaciones de la sociedad civil, cuyo fin es promover que el derecho a la libertad de expresión se ejerza plenamente, lo que permitirá brindar mayor seguridad a la labor periodística y combatir la impunidad.

Zonas Noreste - Noroeste, conformada por Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Durango, Nuevo León, San Luis Potosí, Sinaloa y Sonora, Tamaulipas y Zacatecas.

Zona Sureste, conformada por Campeche, Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán. Zona Occidente, integrada por Aguascalientes, Colima, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit y Querétaro5.

Page 17: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4717

El Procedimiento Abreviado en el Sistema de Justicia Penal AcusatorioLas y los integrantes de Conferencia Nacional de Procuración de Justicia acordaron incluir en la agenda de trabajo de la 1ª Sesión Ordinaria 2017 del Comité Técnico del Sistema Penal Acusatorio, los siguientes rubros:

• El análisis de la homologación de los criterios para la reducción de penas en los acuerdos que emitan las y los titulares de las procuradurías y fiscalías.

• La instauración de un sistema de divulgación en las procuradurías hacia los usuarios de la procuración de justicia sobre los beneficios del procedimiento abreviado.

• La capacitación permanente del personal que participa en los procedimientos abreviados, a fin de impulsar y promover la adopción de acuerdos reparatorios desde el auto de vinculación a proceso, así como establecer comunicación permanente con los poderes judiciales para la adecuada aplicación del procedimiento abreviado y el establecimiento de criterios apropiados.

El Artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos6 establece que el proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. Se determina, además, en el apartado A, Principios Generales, fracción VII, que una vez iniciado el proceso penal, siempre y cuando no exista oposición del inculpado, se podrá decretar su terminación anticipada en los supuestos y bajo las modalidades que determine la ley. Si el imputado reconoce ante la autoridad judicial, voluntariamente y con conocimiento de las consecuencias, su participación en el delito y existen medios de convicción suficientes para corroborar la

Temas Conjuntosimputación, el juez citará a audiencia de sentencia. La ley establecerá los beneficios que se podrán otorgar al inculpado cuando acepte su responsabilidad.

El Código Nacional de Procedimientos Penales7 establece diversas disposiciones contenidas en los siguientes artículos:

Artículo 201. Requisitos de procedencia y verificación del Juez.

Para autorizar el procedimiento abreviado, el Juez de Control verificará en audiencia los siguientes requisitos:

I. Que el Ministerio Público solicite el procedimiento, para lo cual se deberá formular la acusación y exponer los datos de prueba que la sustentan. La acusación deberá contener la enunciación de los hechos que se atribuyen al acusado, su clasificación jurídica y grado de intervención, así como las penas y el monto de reparación del daño;

II. Que la víctima u ofendido no presente oposición. Sólo será vinculante para el juez la oposición que se encuentre fundada, y

III. Que el imputado:

a) Reconozca estar debidamente informado de su derecho a un juicio oral y de los alcances del procedimiento abreviado;

b) Expresamente renuncie al juicio oral;

c) Consienta la aplicación del procedimiento abreviado;

d) Admita su responsabilidad por el delito que se le imputa;

e) Acepte ser sentenciado con base en los medios de convicción que exponga el Ministerio Público al formular la acusación.

6 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_150917.pdf7 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP_170616.pdf

Page 18: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 47Boletín Interprocuradurías 4718

Artículo 202. Oportunidad.

El Ministerio Público podrá solicitar la apertura del procedimiento abreviado después de que se dicte el auto de vinculación a proceso y hasta antes de la emisión del auto de apertura a juicio oral.

A la audiencia se deberá citar a todas las partes. La incomparecencia de la víctima u ofendido debidamente citados no impedirá que el Juez de Control se pronuncie al respecto.

Cuando el acusado no haya sido condenado previamente por delito doloso y el delito por el cual se lleva a cabo el procedimiento abreviado es sancionado con pena de prisión cuya media aritmética no exceda de cinco años, incluidas sus calificativas atenuantes o agravantes, el Ministerio Público podrá solicitar la reducción de hasta una mitad de la pena mínima en los casos de delitos dolosos y hasta dos terceras partes de la pena mínima en el caso de delitos culposos, de la pena de prisión que le correspondiere al delito por el cual acusa.

En cualquier caso, el Ministerio Público podrá solicitar la reducción de hasta un tercio de la mínima en los casos de delitos dolosos y hasta en una mitad de la mínima en el caso de delitos culposos, de la pena de prisión. Si al momento de esta solicitud, ya existiere acusación formulada por escrito, el Ministerio Público podrá modificarla oralmente en la audiencia donde se resuelva sobre el procedimiento abreviado y en su caso solicitar la reducción de las penas, para el efecto de permitir la tramitación del caso conforme a las reglas previstas en el presente Capítulo.

El Ministerio Público al solicitar la pena en los términos previstos en el presente artículo, deberá observar el Acuerdo que al efecto emita el Procurador.

Artículo 203. Admisibilidad.

En la misma audiencia, el Juez de Control admitirá la solicitud del Ministerio Público cuando verifique que concurran los medios de convicción que corroboren la imputación, en términos de la fracción VII, del apartado A del artículo 20 de la Constitución. Serán medios de convicción los datos de prueba que se desprendan de los registros contenidos en la carpeta de investigación.

Si el procedimiento abreviado no fuere admitido por el Juez de Control, se tendrá por no formulada la acusación oral que hubiere realizado el Ministerio Público, lo mismo que las modificaciones que, en su caso, hubiera realizado a su respectivo escrito y se continuará de acuerdo con las disposiciones previstas para el procedimiento ordinario.

Asimismo, el Juez de Control ordenará que todos los antecedentes relativos al planteamiento, discusión y resolución de la solicitud de procedimiento abreviado sean eliminados del registro. Si no se admite la solicitud por inconsistencias o incongruencias en los planteamientos del Ministerio Público, éste podrá presentar nuevamente la solicitud una vez subsanados los defectos advertidos.

Artículo 204. Oposición de la víctima u ofendido.

La oposición de la víctima u ofendido sólo será procedente cuando se acredite ante el Juez de Control que no se encuentra debidamente garantizada la reparación del daño.

Artículo 205. Trámite del procedimiento.

Una vez que el Ministerio Público ha realizado la solicitud del procedimiento abreviado y expuesto la acusación con los datos de prueba respectivos, el Juez de Control resolverá la oposición que hubiere expresado la víctima u ofendido, observará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 201, fracción III, correspondientes al imputado y verificará que los elementos de convicción que sustenten la acusación se encuentren debidamente integrados en la carpeta de investigación, previo a resolver sobre la autorización del procedimiento abreviado. Una vez que el Juez de Control haya autorizado dar trámite al procedimiento abreviado, escuchará al Ministerio Público, a la víctima u ofendido o a su Asesor jurídico, de estar presentes y después a la defensa; en todo caso, la exposición final corresponderá siempre al acusado.

Artículo 206. Sentencia.

Concluido el debate, el Juez de Control emitirá su fallo en la misma audiencia, para lo cual deberá dar lectura y explicación pública a la sentencia, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, explicando de forma concisa los fundamentos y motivos que tomó en consideración.

Page 19: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4719

No podrá imponerse una pena distinta o de mayor alcance a la que fue solicitada por el Ministerio Público y aceptada por el acusado.El juez deberá fijar el monto de la reparación del daño, para lo cual deberá expresar las razones para aceptar o rechazar las objeciones que en su caso haya formulado la víctima u ofendido.

Artículo 207. Reglas generales.

La existencia de varios coimputados no impide la aplicación de estas reglas en forma individual.

Sin embargo, el artículo 467 del referido Código señala que serán apelables las siguientes resoluciones emitidas por el Juez de Control:

I. Las que nieguen el anticipo de prueba;

II. Las que nieguen la posibilidad de celebrar acuerdos reparatorios o no los ratifiquen;

III. La negativa o cancelación de orden de aprehensión;

IV. La negativa de orden de cateo;

V. Las que se pronuncien sobre las providencias precautorias o medidas cautelares;

VI. Las que pongan término al procedimiento o lo suspendan;

VII. El auto que resuelve la vinculación del imputado a proceso;

VIII. Las que concedan, nieguen o revoquen la suspensión condicional del proceso;

IX. La negativa de abrir el procedimiento abreviado;

X. La sentencia definitiva dictada en el procedimiento abreviado, o

XI. Las que excluyan algún medio de prueba.

Para ello, se generará una propuesta de criterios homologados para la aplicación del procedimiento abreviado, así como en la solicitud de las penas a las que haya lugar, como está previsto en el Código Nacional de Procedimientos Penales, con el propósito de que sean aprobados en el seno de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

Protocolos de Actuación en Materia de Procuración de JusticiaQuienes integran la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia acordaron desarrollar, en el ámbito de su jurisdicción, políticas públicas en las siguientes materias:

1. Criterios de oportunidad

El objetivo de los criterios de oportunidad se enfoca en la facultad que tiene el Ministerio Público de poder administrar adecuadamente los recursos disponibles y aplicarlos para los delitos que ofenden y lesionan a los bienes jurídicos de mayor relevancia.

Los criterios de oportunidad forman parte esencial del Sistema de Justicia Penal Adversarial, por lo tanto, es necesaria la homologación de las actuaciones de las procuradurías y fiscalías para evitar la discrecionalidad en su aplicación, y generar confianza en la sociedad para fortalecer el Sistema de Justicia Penal.

Dichos criterios deberán aplicarse sobre la base de razones objetivas y sin discriminación, valorando las circunstancias especiales en cada caso.

La Procuraduría General de la República puso a consideración una propuesta para actualizar los lineamientos por los que se establecen los criterios generales y el procedimiento para la aplicación de los criterios de oportunidad y de la determinación de la pena que el Ministerio Público solicitará al Juez de Control en la aplicación del Procedimiento Abreviado. Para ello, es idóneo que las fiscalías o procuradurías proporcionen los criterios de oportunidad que sean aplicables dentro de sus respectivas jurisdicciones, lo anterior, con la intención de hacer un estudio sobre sus similitudes y diferencias y, en su caso, realizar las propuestas pertinentes y generar la homologación.

2. Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

Los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC) tienen el objetivo de lograr un acuerdo entre las partes a través de la mediación, la conciliación y la junta restaurativa, teniendo como premisa básica la voluntad de las partes, el diálogo,

Page 20: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 47Boletín Interprocuradurías 4720

la oralidad, la economía procesal y la confidencialidad.

Entre los principales beneficios de los mecanismos se busca fomentar una cultura de paz, evitar la confrontación, litigios y el congestionamiento procesal, así como asegurar la reparación del daño a la víctima u ofendido de manera ágil y rápida.

En el mes de marzo se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los extractos de los lineamientos para la integración y operación de la base de datos nacional de información de los órganos especializados en MASC en materia penal de las instituciones de procuración e impartición de justicia en la federación y de las entidades federativas8 .

El objetivo es establecer los criterios mínimos para la integración y operación de la base de datos nacional, relativa a los asuntos que se tramiten por los órganos especializados en MASC en materia penal.

3. Protocolos para establecer la facultad de atracción cuando concurra la competencia federal

Se requiere generar una coordinación efectiva entre la Procuraduría General de la República y las procuradurías o fiscalías de las entidades federativas para la investigación de delitos en materias concurrentes de manera objetiva y evitando la discrecionalidad.

Se desarrollará un acuerdo que tiene por objeto establecer los criterios básicos mediante los cuales las y los agentes del ministerio público de la Federación ejerzan la facultad de atracción, mismo que será determinante para:

• Ayudar a la concentración de las carpetas de investigación por delitos federales y limitar el conocimiento de carpetas de investigación por delitos concurrentes que pretenda remitir el fuero común.

• El tratamiento de las carpetas de investigación será homologado.

• Eliminar la diversidad y discrecionalidad de las formas de actuación de las y los agentes del ministerio público al momento de ejercer la facultad de atracción.

4. Cooperación efectiva entre la Procuraduría General de la República y las fiscalías y procuradurías generales de justicia en materia de inteligencia regional

La Procuraduría General de la República tiene el compromiso de velar por la estricta observancia y aplicación de la ley, asegurando la certidumbre de la legalidad en todas las tareas que realiza, respondiendo a los ordenamientos que demanda el Sistema Penal Adversarial.

Es necesario establecer acciones para mejorar la coordinación y comunicación entre las zonas, a través de una verdadera política pública regional y nacional en materia de inteligencia.

Para fortalecer la investigación y coordinación entre los tres órdenes de gobierno en materia de seguridad pública e intercambio de información, se impulsó la consolidación de las Unidades de Análisis de Información (UIA), cuyo objeto es la recolección, análisis, tratamiento y difusión de la información de interés delictivo con todas las entidades federativas; con el fin de coadyuvar con una procuración de justicia eficiente, eficaz y confiable que permite una mayor certeza en la investigación.

5. Programa de capacitación en el Sistema de Justicia Adversarial

La Procuraduría General de la República busca fomentar esquemas de capacitación que favorezcan la armonía entre las instituciones de procuración de justicia, seguridad pública y el Poder Judicial a nivel federal y estatal, con el propósito de lograr la consolidación del Sistema de Justicia Penal Adversarial.

La Procuraduría General de la República ha trabajado con la Oficina de Asistencia para el Desarrollo de Capacidades Persecutorias (OPDAT9) del Departamento de Justicia de Estados Unidos, en diversos cursos de capacitación y de formación de formadores/as.

Se buscará que a través de otras fuentes de financiamiento se pueda instrumentar un proyecto de capacitación para personal de mando de las procuradurías y fiscalías, policías y poderes judiciales estatales de nuestro país.

8 Diario Oficial de la Federación. http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5475531&fecha=08/03/20179 The United States Department of Justice. https://www.justice.gov/criminal-opdat

Page 21: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4721

Atención de los Ministerios Públicos en los Casos Médicos Legales de Donación de ÓrganosEl Centro Nacional de Trasplantes11 dio a conocer el proyecto en que las y los agentes del Ministerio Público competentes coadyuven en la coordinación hospitalaria y agilicen el proceso de donación en aquellos casos en los que la Ley lo permita.

La Ley General de Salud,12 en sus artículos 320, 321 y 322, establece que toda persona es disponente de su cuerpo y podrá donarlo, total o parcialmente. La donación de órganos, tejidos, células y cadáveres, consiste en el consentimiento tácito o expreso de la persona para que, en vida o después de su muerte, su cuerpo o cualquiera de sus componentes se utilicen para trasplantes.

La donación expresa constará por escrito y podrá ser amplia cuando se refiera a la disposición total del cuerpo o limitada, cuando sólo se otorgue respecto de determinados componentes. En la donación expresa podrá señalarse que ésta se hace a favor de determinadas personas o instituciones.

También podrá expresar el donante las circunstancias de modo, lugar, tiempo y cualquier otra que condicione la donación.

La donación expresa se da cuando corresponda a mayores de edad con capacidad jurídica, no podrá ser revocada por terceros, pero el donante podrá revocar su consentimiento en cualquier momento, sin responsabilidad de su parte.

En el artículo 328 de la misma ley se menciona que sólo en caso de que la pérdida de la vida de quien dona esté relacionada con la averiguación de un delito, se dará intervención al Ministerio Público y a la autoridad judicial, para la extracción de órganos y tejidos.

Nuevo Modelo de Procuración de Justicia10

La Procuraduría General de la República concuerda en la necesidad de generar un diagnóstico de capacidades institucionales de cada una de las instancias de procuración de justicia del país, para conocer las habilidades que necesitan desarrollarse con el objeto de homologar un nuevo modelo de procuración de justicia que contemple la formación de especialistas en la investigación y persecución de delitos de alto impacto; la construcción de una percepción social positiva respecto a las actividades que realizan las y los servidores públicos de las instancias de procuración de justicia y los cuerpos de seguridad pública; así como un esquema que permita socializar con las personas líderes de opinión y la ciudadanía en general las bondades del Sistema de Justicia Penal Acusatorio que se encuentra en etapa de consolidación.

En este contexto, la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia se constituye como el canal idóneo para la implementación del modelo de procuración de justicia que resulte, así como promover su difusión y la participación de las áreas de seguridad pública a través de espacios de diálogo con la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública.

Protocolos Nacionales de Actuación.- Secuestro, Destrucción de Plantíos Ilícitos y Aseguramiento, así como la Modificación a Los VigentesLa Procuraduría General de la República socializó ante las y los integrantes de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia la aprobación de los protocolos nacionales de actuación en materia de secuestro, destrucción de plantíos ilícitos y aseguramiento.

10 Consulta Nacional sobre el Modelo de Procuración de Justicia. http://construyamosjusticia.mx/11 Centro Nacional de Trasplantes. https://www.gob.mx/cenatra12 Secretaría de Salud. http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/legis/lgs/LEY_GENERAL_DE_SALUD.pdf

Page 22: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 47Boletín Interprocuradurías 4722

En el reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes13 en su artículo 65 también se menciona que en los casos en que la pérdida de la vida de la persona donante se encuentre relacionada con la investigación de un delito, se dará intervención al Ministerio Público, a efecto de que se pronuncie respecto de si la extracción de los órganos, tejidos y células de dicho donador interfiere con su investigación. La intervención a que se refiere el párrafo anterior se dará a la autoridad judicial en los casos en que ésta se encuentre conociendo el delito de que se trate. La extracción de órganos, tejidos y células que se realice sin dar la intervención al Ministerio Público o a la autoridad judicial, en términos del presente artículo, dará lugar a las responsabilidades administrativas y penales previstas en la legislación aplicable.

Existen diversas situaciones por las cuales las familias de donadores se niegan o desisten, siendo éstas:

I. La petición de asistencia de los familiares en su periodo de duelo para rendir declaración ante el Ministerio Público.

II. Tiempos de espera muy prolongados para obtener del Ministerio Público la no interferencia en su investigación, para poder disponer de órganos tejidos y células.

Lo anterior, con el objetivo de recabar la información necesaria dentro de los establecimientos de salud en los que se realizará la donación, conforme a la legislación vigente, y de que se homologue el procedimiento para obtener el oficio de no interferencia del Ministerio Público para poder disponer de órganos tejidos y células que serán utilizados con fines de trasplante, en los casos médicos legales, siempre y cuando no se interfiera en los procesos de investigación correspondientes.

Recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública (Fasp), Subejercicios y Montos Convenidos en el Año 2017Las y los integrantes de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia tomaron conocimiento de la distribución del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública en los tres ámbitos que comprenden el Sistema: Procuración de Justicia, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario.

Asimismo, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública14 presentó a los integrantes de la Asamblea Plenaria un informe relativo a los avances en los compromisos derivados del Consejo Nacional de Seguridad Pública sobre el Informe Policial Homologado15, el Programa Rector de Profesionalización16, el Certificado Único Policial17, la aplicación nacional en la nueva metodología para el Registro de Incidencia Delictiva18, y el Registro Nacional de Carga en Línea sobre Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias.

En este contexto, la Procuraduría General de la República reitera su compromiso de dar continuidad a los trabajos de revisión y evaluación del Informe Policial Homologado con el propósito de buscar su simplificación, y una vez aprobado dicho instrumento será importante generar esquemas de capacitación básica, intermedia y especializada que permitan una adecuada implementación.

13 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LGS_MT.pdf14 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. http://secretariadoejecutivo.gob.mx/index.php15 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. http://www.secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/normateca/protocolos/INFORMEPOLICIALHOMOLOGADO.pdf16 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. https://www.gob.mx/sesnsp/articulos/actualizacion-del-catalogo-de-contenidos-y-cargas-horarias-del-programa-rector-de-profesionalizacion-2017?idiom=es17 Diario Oficial de la Federación. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5452136&fecha=09/09/201618 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. https://www.gob.mx/sesnsp/articulos/nueva-metodologia-para-el-registro-y-clasificacion-de-los-delitos-y-las-victimas-para-fines-estadisticos?idiom=es

Page 23: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4723

el sistema penal se activa para sancionar a aquellos servidores y servidoras públicas que han atentado contra el erario en razón de su empleo.

Dentro de este abanico de posibilidades se encuentran delitos como: uso indebido de atribuciones o facultades, peculado, enriquecimiento ilícito, cohecho, entre otros; en los cuales muy difícilmente se puede garantizar la comparecencia del imputado al proceso y al amparo de la legislación vigente, es común que no les sea fijada la medida cautelar de prisión preventiva.

Se reforma el Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos20 para quedar como sigue:

Las y los integrantes de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia de la Zona Sureste acordaron analizar y, en su caso, proponer que dentro del catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa se incluyan los delitos contra el erario y el servicio público, así como los delitos contra la salud en la modalidad de narcomenudeo, específicamente en su variante de suministro; además, valorar la alternativa de impulsar la reforma necesaria al respecto, en la Ley General de Salud, para habilitar la prisión preventiva oficiosa.

Consolidación del Sistema de Justicia Penal. Bondades y ProblemáticaSe acordó someter a consideración de la Asamblea Plenaria la realización de conversatorios regionales con el Poder Judicial y las secretarías de Seguridad Pública, en los que se analicen y se planteen soluciones a los cuestionamientos que obstaculizan o puedan obstaculizar la consolidación del Sistema de Justicia Penal.

...El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. El juez ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.

Diálogo Abierto Sobre Problemas Regionales en Torno al Tratamiento Punitivo de los Llamados Delitos de Alto ImpactoLas y los integrantes de la Zona Occidente de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia acuerdan generar una base de datos con la estadística sobre la dinámica de los delitos de alto impacto, para contar con un panorama pormenorizado de cada entidad federativa, a efecto de que se realice un análisis que sirva de diagnóstico estatal y se determinen estrategias conjuntas para la atención y combate a los delitos de alto impacto.

Prisión Preventiva OficiosaInternacionalmente se tiene la convicción de que la corrupción socava la legitimidad de las instituciones públicas, atenta contra la sociedad, el orden moral y la justicia, así como contra el desarrollo integral de los pueblos; que su combate es indispensable en las sociedades democráticas, ayudando con lo anterior a evitar problemas económicos y de gestión pública; y se reconoce que las prácticas corruptas utilizan la criminalidad organizada con la finalidad de materializar sus propósitos19.

Si bien es cierto que el nuevo sistema penal se fundamenta en los principios de mínima intervención y el de presunción de inocencia, en la práctica se demuestra que existen delitos patrimoniales sin violencia en donde la impunidad se hace presente, al momento de que

SuresteCancún, Quintana Roo2 de junio de 2017

19 Organización de los Estados Americanos. http://www.oas.org/es/sla/ddi/tratados_multilaterales_interamericanos_B-58_contra_Corrupcion.asp20 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_150917.pdf

OccidenteQuerétaro, Querétaro10 de marzo de 2017

Page 24: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 47Boletín Interprocuradurías 4724

Además, concentrar la información con la finalidad de generar políticas públicas que recuperen e impulsen los derechos de las víctimas en el proceso penal, además de buscar el reconocimiento y difusión de los aciertos del Sistema de Justicia Penal.

Diálogo Abierto Sobre Problemas Regionales en Torno al Tratamiento Punitivo de los Llamados Delitos de Alto ImpactoLas y los integrantes de la Zona Sureste de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia acuerdan generar una base de datos con la estadística sobre la dinámica de los delitos de alto impacto, para contar con un panorama pormenorizado de cada entidad federativa, a efecto de que se realice un análisis que sirva de diagnóstico estatal, y se determinen estrategias conjuntas para la atención y combate a los delitos de alto impacto.

Propuestas para un Óptimo Funcionamiento de Justicia Restaurativa PenalQuienes integran la Conferencia de Procuración de Justicia de la Zona Centro proponen socializar las mejores prácticas que han desarrollado para el cumplimiento de los procesos de certificación de los facilitadores que se desempeñan en los Centros de Justicia Restaurativa, con el propósito de homologar los contenidos e instrumentos de capacitación.

CentroSan Agustín Tlaxiaca, Hidalgo17 de marzo de 2017

Competencia de los Jueces de Control del Fuero Común para las Autorizaciones a que se refiere el Artículo 303 del CNPP y las Solicitudes de Intervención de ComunicacionesEn su Artículo 303, el Código Nacional de Procedimientos Penales21 indica que cuando el Ministerio Público considere necesaria la localización geográfica en tiempo real o entrega de datos conservados por los concesionarios de telecomunicaciones, los autorizados o proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos de los equipos de comunicación móvil asociados a una línea que se encuentra relacionada con los hechos que se investigan, el Procurador, o el servidor público en quien se delegue la facultad, podrá solicitar al Juez de Control del fuero correspondiente en su caso, por cualquier medio, requiera a los concesionarios de telecomunicaciones, los autorizados o proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos, para que proporcionen con la oportunidad y suficiencia necesaria a la autoridad investigadora, la información solicitada para el inmediato desahogo de dichos actos de investigación. Los datos conservados a que refiere este párrafo se destruirán en caso de que no constituyan medio de prueba idóneo o pertinente.

El grupo de trabajo se postula en emitir una solicitud al Consejo de la Judicatura Federal para que reconozca la competencia del fuero común para autorizar solicitudes de geolocalización y documentación resguardada en investigaciones de ese fuero, y defina la competencia del Juzgado Federal que autorizará la intervención de comunicaciones privadas, tratándose de investigaciones basadas en códigos estatales de procedimientos penales de corte acusatorio, antes de la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales.

21 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP_170616.pdf

Page 25: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4725

Aunado a lo anterior, se reitera el compromiso para crear un grupo de trabajo de interlocución con el Poder Judicial de la Federación, así como con el Congreso de la Unión, en temas transversales de interés para la procuración de justicia.

Asimismo, se someterá a consideración de las procuradurías y fiscalías generales del país la posibilidad de generar un pronunciamiento conjunto dirigido al Congreso de la Unión, para que se incluya dentro del Código Nacional de Procedimientos Penales el recurso de apelación contra la negativa de competencia o la negativa de autorización; ya que existen criterios inconsistentes en las resoluciones de los jueces de control.

Además, la importancia de unificar criterios entre los integrantes de este órgano colegiado y promover el uso de herramientas tecnológicas que favorezcan una coordinación interinstitucional dinámica y oportuna para la adopción de acuerdos unánimes que se traduzcan en la homologación de actuaciones en materia de procuración de justicia.

Evaluación del Desempeño del Personal Sustantivo de las Instituciones de Procuración de Justicia

La Conferencia de Procuración de Justicia de la Zona Centro acordó analizar la viabilidad del Programa de Evaluación del Desempeño del Personal Sustantivo que se utiliza en la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, para ser implementado en las instituciones de procuración de justicia del país como un modelo para la eventual integración de lineamientos homologados en la materia.

Respeto a los Principios

Legalidad, Objetividad, Eficiencia, Profesionalismo, Honradez, Respeto a los Derechos Humanos y Disciplina.

Disciplina Operativa

Información relativa a Quejas, Procedimientos, Sanciones administrativas, Averiguaciones Previas, Carpetas de Investigación, y/o Recomendaciones de los Organismos Defensores de los Derechos Humanos.

Capacitación

Información sobre la capacitación que ha recibido cada servidor público.

Productividad

Cantidad y calidad del trabajo desarrollado, en relación con las metas establecidas, para estimar cuantitativa y cualitati-vamente el mérito o demérito del servidor público en el

cumplimiento de sus funciones.

Disciplina Administrativa

Incidencias administrativas en que incurre el servidor público.

La evaluación estará regida por los siguientes ejes:

El programa tiene como objetivo promover el cumplimiento de los principios constitucionales, mejorar la distribución de cargas de trabajo así como identificar las áreas de oportunidad en cuanto su profesionalización.

Page 26: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 47Boletín Interprocuradurías 4726

El programa cuenta con un estudio jurídico, metodológico y se definirán indicadores, así como una estrategia general en cada una de las entidades que adopten el sistema.

Diálogo Abierto Sobre Problemas Regionales en Torno al Tratamiento Punitivo de los llamados Delitos de Alto Impacto

Las y los integrantes de la Zona Centro de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia acordaron generar una base de datos con la estadística sobre la dinámica de los delitos de alto impacto, para contar con un panorama pormenorizado de

cada entidad federativa, a efecto de que se realice un análisis que sirva de diagnóstico estatal y se determinen estrategias conjuntas para la atención así como el combate a los delitos de alto impacto.

Violencia de Género, Trata de Personas y Tratamiento Especial del Feminicidio

Analizar la viabilidad de proponer al Congreso de la Unión que el Artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales22 incluya como delitos que ameriten prisión preventiva, los que se refieran a violencia contra las mujeres en cualquiera de sus modalidades y, en este contexto, se valore la posibilidad

Noreste - NoroesteSan Luis Potosí, San Luis Potosí7 de abril de 2017

de plantear que el Artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos23, incluya la existencia de una Fiscalía Especializada que conozca sobre los delitos de violencia de género, trata de personas y feminicidio.En este contexto, las Zonas Noreste y Noroeste proponen generar acercamientos con distintas instituciones vinculadas a la prevención de los delitos contra las mujeres, a efecto de buscar que, desde el seno de la Conferencia, se generen convenios con esas instituciones para erradicar la violencia contra las mujeres y prevenir este tipo de conductas delictivas.

Por otra parte, se propone valorar la posibilidad de generar conversatorios con el Poder Judicial Federal, a efecto de provocar un litigio estratégico para buscar la

22 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP_170616.pdf23 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_150917.pdf

Page 27: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4727

homologación de criterios en los que se admita dicha medida cautelar para el feminicidio, en términos de lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales para el delito de homicidio, en virtud de que aquel ilícito deriva de este último.

Buenas Prácticas sobre el Sistema de Justicia Penal

Se conviene analizar los cuestionamientos que puedan obstaculizar la consolidación del Sistema de Justicia Penal, con la finalidad de que, en colaboración con el Instituto Nacional de Ciencias Penales, se elabore un manual- problemario de buenas prácticas sobre el Sistema de Justicia Penal.

Con la finalidad de concentrar la información de cada una de las zonas de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, se enviará la propuesta para su valoración y votación de quienes la integran.

Diálogo Abierto Sobre Problemas Regionales en Torno al Tratamiento Punitivo de los llamados Delitos de Alto Impacto

Las y los integrantes de las Zonas Noreste-Noroeste de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia acuerdan generar una base de datos con la estadística sobre la dinámica de los delitos de alto impacto, para contar con un panorama pormenorizado de cada entidad federativa, a efecto de que se realice un análisis que sirva de diagnóstico estatal y se determinen estrategias conjuntas para la atención y combate a los delitos de alto impacto.

Page 28: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 47Boletín Interprocuradurías 4728

Page 29: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4729

1ª Reunión Nacional 2017de las Conferencias de Procuración de Justicia y de Secretarios de Seguridad Pública 28 de marzo de 2017

El Procurador General de la República, Raúl Cervantes Andrade, durante la inauguración de la 1ª Reunión Nacional 2017 de las Conferencias de Procuración de Justicia y de Secretarios de Seguridad Pública, indicó que la evolución del nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio en nuestro país, obliga a trabajar de forma coordinada para lograr una arquitectura en la materia y dijo que este encuentro que se celebra en el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México debe ser una plática franca, concreta y concisa para determinar cuáles son las debilidades que tienen, tanto las fiscalías como la Policía.

Expresó que la procuración de justicia no se centra únicamente en las instituciones, “esto es un tema también de la sociedad, de la esencia de la sociedad de entendernos cómo podemos convivir unos con otros, pero también es cierto que es un tema de autoridad. Comprender mal el término de coordinación nos puede llevar a una no coordinación”.

Catálogo de Delitos que ameritan Prisión Preventiva, Robo de Hidrocarburos y Portación de ArmasLas y los integrantes de las Conferencias Nacionales de Procuración de Justicia y de Secretarios de Seguridad Pública acordaron incluir los delitos de portación y acopio de armas de fuego24 de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, así como el diverso en hidrocarburos25, como supuestos de prisión preventiva oficiosa, estipulados en la miscelánea penal pendiente de dictaminarse en la Cámara de Diputados, acompañado del test de proporcionalidad correspondiente y de datos estadísticos que fortalezcan el dictamen respectivo, para que el proyecto sea presentado por la Procuraduría General de la República.

Pronunciamiento sobre el Delito de Robo de HidrocarburosLas y los integrantes de las Conferencias de Procuración de Justicia y de Secretarios de Seguridad Pública acordaron sugerir a Petróleos Mexicanos (PEMEX) que implemente un programa integral de combate a robo de combustible y su comercialización para que continúe asumiendo un papel activo en la prevención y combate de este delito, lo anterior en colaboración con estos órganos colegiados de procuración de justicia y seguridad pública para fortalecer la actuación institucional.

24 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/102_12nov15.pdf25 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPSDMH.pdf

Page 30: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 47Boletín Interprocuradurías 4730

Base Nacional de Datos Georeferenciada y Mapa Sobre Fosas ClandestinasLa desaparición y falta de localización de personas es una de las problemáticas más graves que se enfrentan en el país. Al seguimiento y exigencia de los familiares de las víctimas para saber de su paradero y de colectivos que abordan el tema, se suman las voces de instancias nacionales e internacionales que demandan mayores y mejores resultados del gobierno.

Para enfrentar adecuada y eficazmente la situación derivada de la desaparición de personas, se requiere contar con información precisa y completa de todo cuanto tiene que ver con ello.

Esto no es sólo con fines estadísticos, como saber cuántas personas han sido objeto de desaparición. En todo caso, se requiere contar con la mayoría de los datos que posibiliten no sólo reunir la información para el tratamiento de los casos específicos de personas desaparecidas, sino también para estar en aptitud de dimensionar el fenómeno en general e identificar todas sus aristas. Ello puede llegar a hacer más eficiente la búsqueda y localización de quienes se encuentran ausentes.

Uno de los caminos para avanzar de manera consistente en la atención a la problemática es mediante el óptimo aprovechamiento de la información que se produce con las acciones de autoridad, y aún las civiles, en búsqueda de desaparecidos.

No obstante, lo deseable es encontrarles con vida, la búsqueda de restos humanos es parte de los trabajos que se realizan para tratar de ubicar a quienes desaparecieron, sobre todo en aquellos casos donde existe información que pudiera ser indicativa de que las víctimas fueron privadas de la vida, o bien, que por el tiempo transcurrido desde la desaparición sea imprescindible realizar ese tipo de búsqueda.

Determinar la posible ubicación y procesamiento de fosas clandestinas es una tarea que exige, por un lado, información objetiva que permita al personal ministerial, policial y pericial orientar adecuadamente esos trabajos y, por otro, la intervención de especialistas en algunas materias

específicas (ingenieros y/o arquitectos, criminalistas, arqueólogos, antropólogos, biólogos, geólogos, fotógrafos, todos con formación forense).

Además de personal capacitado o al menos con notable conocimiento en acciones de búsqueda, se requieren herramientas y equipos especializados (GPS, detectores, georadar, tecnología para imágenes fotogramétricas, etc.).

Asimismo, es necesario crear una atmósfera de seguridad en torno a las acciones de búsqueda, para evitar riesgos al personal actuante y a los familiares de las víctimas que regularmente participan en esos trabajos.

La sensibilidad con la que debe actuar el personal del servicio público en el trato a los allegados a las víctimas, en todo el proceso de búsqueda y con independencia de los resultados, es un elemento fundamental para no dar cauce a acusaciones de revictimización, pero sobre todo para dejar constancia del profesionalismo del personal abocado a esos trabajos.

Establecer la ubicación de lugares donde se realizaron inhumaciones clandestinas es un paso determinante para localizar los restos de personas desaparecidas. Sin embargo, no siempre hay hallazgos de relevancia.

En ese sentido, las Conferencias Nacionales de Procuración de Justicia y de Secretarios de Seguridad Pública acuerdan llevar a cabo acciones para la creación de una base de datos georeferenciada y un mapa de fosas clandestinas, que concentre la información más completa sobre los trabajos y resultados de búsqueda de este tipo de fosas e incluso intervenciones en las que se hayan encontrado restos humanos en superficie, así como de fosas comunes, realizados por cualquier tipo de autoridad, el cual sirva de base para configurar el mapa en el que se ubiquen con toda precisión los lugares prospectados o revisados, al margen de si hubo o no, hallazgos de relevancia. Asimismo, se acordó generar protocolos homologados sobre técnicas criminales periciales.

Page 31: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4731

Restablecimiento del Orden Público en Disturbios SociodelictivosLa Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana y la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, con la finalidad de establecer la coordinación de esfuerzos institucionales de los tres órdenes de gobierno, atendiendo las tareas de prevención, reacción e investigación de disturbios sociales que transgredan el orden y la paz públicos en el Estado de México y bajo el tema en pro de buenas prácticas, ponen a disposición de los integrantes de las Conferencias de Procuración de Justicia y de Secretarios de Seguridad Pública los esquemas de actuación orientados al restablecimiento del orden público y disturbios socio-delictivos como experiencias de éxito.

Plataforma México: Robo de Vehículos y CartografíaFue aprobado por las Conferencias de Procuración de Justicia y de Secretarios de Seguridad Pública, el Modelo para la Reducción del Robo de Vehículos en el país, cuyos principales componentes son:

a. Bases de datos nacionales de robo de vehículos, licencias de conducir y mandamientos judiciales. Integración oportuna, con calidad y completitud de la información correspondiente.

b. Base de datos nacional georeferenciada de robo de vehículos.

c. Licencias de conducir. Evolucionar hacia licencias con características y medidas de seguridad homologadas, legibles a través de dispositivos móviles.

d. Llamadas de Emergencia (911). Se integrará una base de datos de pre- denuncia temporal con aquellas que se reciban en el 911, misma que formará parte de la base de datos nacional.

e. Aplicación (APP) de Vehículos Robados.

f. Atlas Nacional de Vehículos Robados.

La Comisión Nacional de Seguridad puso a disposición de las Conferencias su portal cartográfico, donde también interconectará a través de medios automatizados los registros de las llamadas de emergencia (911) con las bases de datos de Plataforma México, a fin de generar alertas e información en tiempo real de apoyo a la operación policial, así como mapas geo-referenciados y reportes de inteligencia criminal con cobertura estatal, municipal y regional. Los accesos al portal cartográfico se gestionarán a través de las respectivas Conferencias.

Bondades y Consolidación del Sistema de Justicia Penal AdversarialLas Conferencias de Secretarios de Seguridad Pública y de Procuración de Justicia se comprometieron a consolidar las acciones de las bondades del Sistema de Justicia Penal, a través del diseño de una imagen única, que permita transmitir a la sociedad un trabajo coordinado en la prevención e investigación del delito.

Asimismo, incluir dentro de su agenda temática un análisis profundo y un debate democrático sobre el diseño y la implementación de un Código Penal Único, de la Ley General de Uso de la Fuerza y la Ley General de Delincuencia Organizada. Lo anterior, con la finalidad de generar homogeneidad en las actuaciones, criterios, procesos y estructuras en las instancias de seguridad pública y procuración de justicia.

Fortalezas, Debilidades y Acciones por Adoptar en el Sistema de Justicia Penal AdversarialLas Conferencias de Procuración de Justicia y de Secretarios de Seguridad Pública acordaron elaborar un formato común que sirva como herramienta didáctica para identificar las fortalezas, debilidades y acciones pendientes por adoptar por parte de las dependencias de Seguridad Pública y Procuración de Justicia en cada entidad federativa con relación a la puesta en marcha e implementación del Sistema de Justicia Penal Adversarial.

Page 32: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4732

Informe PolicialEn las Conferencias Nacionales de Procuración de Justicia y de Seguridad Pública fue recibida la propuesta presentada por la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, referente al Informe Policial y sus anexos, tomándolo en consideración como una buena práctica en su aplicación por parte de los cuerpos policiales de dicha entidad, misma que se acordó ser sometida a consideración de las y los integrantes de ambas conferencias para su valoración y aprobación, y en su oportunidad, presentará ante el Consejo Nacional de Seguridad Pública para determinar su instrumentación en el país.

Por otro lado, se acuerda la creación de un software (app) práctico y profesional para sistemas tecnológicos y de comunicación, que deberá formar parte de las bases de datos criminalísticas y de seguridad pública del sistema de información de Plataforma México, que lograría mayor eficiencia en el uso de recursos materiales, técnicos y humanos en la función de intervención policial y sin duda, en la actuación en flagrancia y la puesta a disposición del detenido ante el representante social.

Informe de Ciberdelito HomologadoLas Conferencias de Procuración de Justicia y de Secretarios de Seguridad Pública acordaron explorar la posibilidad de adoptar un Informe de Ciberdelito Homologado. Para estos efectos, la División Científica de la Policía Federal26 elaborará un proyecto preliminar que integre todos aquellos elementos que considere necesarios, orientados a generar una actuación homogénea a nivel nacional en la materia.

Mecanismo de Colaboración en Materia de Búsqueda de Personas DesaparecidasLas Conferencias Nacionales de Procuración de Justicia y de Seguridad Pública acordaron impulsar el mecanismo de colaboración para generar esquemas de investigación conjunta, multidisciplinaria y

articulada en las áreas técnico-científicas, para lo cual se utilizará un mecanismo que contemple un conjunto de acciones y medidas para facilitar:

• La investigación y búsqueda de personas desaparecidas (con o sin vida).

• Identificación forense.

• Atención psicosocial integral.

• Cuestionario AM/PM.

El mecanismo de colaboración se activará a partir de la solicitud que se formule a la Procuraduría General de la República por parte de cualquier Fiscalía o Procuraduría del país, cuando concurra alguno de los supuestos siguientes:

• Los hechos ocurrieron en dos o más entidades federativas.

• Existe una recomendación de un organismo de derechos humanos nacional o internacional.

• Los hechos son de gran impacto social.

Lo anterior funcionará a través de la conformación de grupos de trabajo que se avoquen a analizar la información y establecer líneas de investigación de éxito.

Mando Mixto PolicialLas Conferencias de Procuración de Justicia y de Secretarios de Seguridad Pública acordaron remitir a sus respectivos integrantes el dictamen de reforma del Mando Mixto Policial, a fin de que realicen las aportaciones que consideren pertinentes.

26 Policía Federal. https://www.gob.mx/policiafederal/articulos/division-cientifica-de-la-policia-federal?idiom=es

Page 33: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4733

21a Reunion Nacional 2017del Grupo de Planeación y Análisis Estratégico Contra el Secuestro 19 de mayo de 2017

Aspectos Sustantivos de la Persecución Penal del Delito de SecuestroLa Coordinación de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional de la Procuraduría General de la República presentó una propuesta para generar en cada unidad, casos de litigio estratégico con el propósito de habilitar el concurso real de delitos entre el secuestro y la extorsión, para facilitar las acciones de extinción de dominio sobre la base del producto del delito.

La homologación de las unidades especiales, que fueron previstos en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro (Diario Oficial de la Federación 30 nov. 2010), requiere el esfuerzo de recursos humanos, materiales, financieros y tecnológicos; y, finalmente capacitación y profesionalización de los operadores.

La Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro Reglamentaria de la fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos27, recoge los tipos penales en materia de secuestro, así como las penas a imponer; unifica la previsión típica y los rangos penales aplicables; establece además, la distribución de competencias entre autoridades (art. 23 LGPSDMS). La Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro presenta las características básicas de las leyes de emergencia puesto que aumenta el rigor punitivo (penas mayores a las dispuestas en su momento en el Código Penal Federal, CPF).

Entre de los aspectos sustantivos del delito en materia de secuestro, en el artículo 9°, fracción I de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro establecen elementos sobre privación ilegal de la libertad con propósito de:

a. Obtener, para sí o para un tercero, rescato o cualquier beneficio;

b. Detener en calidad de rehén a una persona o a un particular a que realice o deje de realizar un acto cualquiera;

c. Causar daño o perjuicio a la persona privada de la libertad o a terceros; o

d. Cometer secuestro exprés, desde el momento mismo de su realización, entendiéndose por éste, el que, para ejecutar los delitos de robo o extorsión, prive de la libertad a otro.

Ello, conlleva a reflexionar sobre las consecuencias del marco normativo y sobre el ámbito de los instrumentos de lucha contra la criminalidad organizada.

27 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPSDMS_170616.pdf

Page 34: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4734

Coordinación para la Realización del Encuentro Nacional de Personas Sobrevivientes al SecuestroLas y los titulares de las Unidades Especializadas contra el Secuestro del país acordaron coordinarse en la realización de un Encuentro Nacional de Personas Sobrevivientes al Secuestro, invitando a un grupo representativo de personas que directa o indirectamente fueran sobrevivientes de este delito, en el que se les dé a conocer derechos y beneficios que concede la ley y las prerrogativas u oportunidades que se pueden generar en la acción de gobierno federal.

Con ello, se brindará un panorama amplio o suficiente respecto a herramientas y/o mecanismos que coadyuven a la reconstitución de la vida después del grave impacto que provoca el secuestro.

Se busca lograr que el evento tenga un enfoque holístico, humanista y resiliente, con la finalidad de reconocer las experiencias de las víctimas directas e indirectas que han trabajado en sus recursos personales y se han acercado a los apoyos externos con la finalidad de retomar su proyecto de vida.

Finalmente, resaltar la importancia de la capacidad que tiene una persona o un grupo de recuperarse frente a la adversidad para seguir proyectando el futuro.

3a Sesión Ordinariadel Grupo de Analistas de Información

23 de marzo de 2017

Retos, Áreas de Oportunidad y Casos de Éxito en la Implementación de las Unidades de Análisis de InformaciónConformar un panorama nacional sobre el estatus que guarda la implementación de las Unidades de Análisis de Información, en cada una de las instancias de procuración de justicia del país, con la finalidad de formular una prospectiva que permita consolidar su operación y lograr su homologación conforme al Modelo Nacional de Unidad de Análisis de Información de la Procuraduría General de la República.

Concertación de RecursosEl Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública dio a conocer algunos los mecanismos de trabajo respecto a la asignación de

los recursos del Programa con Prioridad Nacional28 VII denominado Sistema Nacional de Información para la Seguridad Pública, que incluye la implementación y el desarrollo de las Unidades de Análisis de Información dentro de las instancias de procuración de justicia a nivel nacional.

Con ello impulsar el ejercicio de los fondos con base en los Criterios Generales para la Administración y Ejercicio de los Recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública29 (FASP).

Modelo Nacional de Unidad de Análisis de InformaciónLa Procuraduría General de la República dio a conocer a las y los participantes del grupo, el Modelo Nacional de Unidad de Análisis de Información, con el compromiso de continuar impulsando su implementación dentro de las instancias de procuración de justicia.

28 Diario Oficial de la Federación. http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5420607&fecha=18/12/201529 Diario Oficial de la Federación. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5480856&fecha=27/04/2017

Page 35: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4735

Propuesta de CapacitaciónEl Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) realizó una propuesta para generar un diagnóstico de capacidades estadísticas de las Unidades de Análisis de Información, cuyos resultados sean la base para diseñar una estrategia de capacitación y profesionalización para fortalecer y, en su caso, consolidar la operación de las áreas estadísticas.

Políticas de ApoyoLa Oficina Internacional de Asuntos Antinarcóticos y Procuración de Justicia (INL30) presentó la propuesta de un programa de capacitación diseñado específicamente para fortalecer las capacidades de los analistas de información, que permita desarrollar sus habilidades para la recepción, estudio, producción y sistematización de la información criminal; y con ello, incrementar las capacidades de inteligencia basada en la prueba científica. Lo anterior, con la finalidad de que se armonicen los esfuerzos interinstitucionales en el marco de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

Coordinación RegionalCon objeto de continuar con el fortalecimiento de la Red Nacional de Información Criminal, las y los integrantes del Grupo Nacional de Analistas de Información se comprometen a fortalecer el intercambio de información de acuerdo con lo establecido en el plan de trabajo propuesto por la Procuraduría General de la República.

En ese sentido, se propone realizar reuniones regionales con el objetivo de construir agendas que contengan problemáticas específicas por zona y estar en posibilidades de plantear estrategias que atiendan temas prioritarios.

Herramienta de InteligenciaLa Procuraduría General de la República presentó a las y los integrantes del Grupo Nacional de Analistas de Información, el Sistema de Integración de Datos de Inteligencia e Institucionales (SIDII), cuyo objetivo es integrar todos los desarrollos internos, así como los sistemas adquiridos por terceros, obteniendo un producto de inteligencia con base en las plataformas tecnológicas, manteniendo un esquema moderno, seguro, integral y de calidad, a fin de asegurar la calidad y seguridad de la información.

Al respecto, acuerdan valorar la adopción de esta herramienta para la sistematización e intercambio de información entre las Unidades de Análisis de Información del país.

30 Embajada y Consulados de Estados Unidos en México. https://mx.usembassy.gov/es/embajada-y-consulados-de-eu/monterrey/oficinas oficina-internacional-de-asuntos-antinarcoticos-y-procuracion-de-justicia-inl/

Page 36: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4736

Nuevos integrantes

Page 37: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Nuevos integrantes

Page 38: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4738

Page 39: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4739

Mtro. René Urrutia de la VegaC. Fiscal General del Estado de Aguascalientes

Es licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Aguascalientes, cuenta con una maestría en Ciencias Jurídico Penales por la Universidad de Guanajuato.

Su trayectoria profesional lo ha forjado como Coordinador General de la Policía Ministerial; Subprocurador de la Región “D”, que abarca los municipios del noreste, con cabecera en San Miguel de Allende; y Subprocurador de Justicia de la Región Celaya, todos los anteriores en el estado de Guanajuato.

En el mes de marzo de 2017, se ratificó como Fiscal General del estado de Aguascalientes.

Mtro. José Guadalupe Franco Escobar

Lic. Bernardo González Garza

C. Procurador General de Justicia del Estado de Colima

C. Procurador General de Justicia del Estado de Nuevo León

Es licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México y maestro en Problemas Sociales, Sistemas Penales y Prevención del Delito por la Universidad de Barcelona, impartido en México en la Universidad Autónoma Metropolitana.

Desde el mes de febrero de 2017, se ha desempeñado como Procurador General de Justicia de la entidad. En su trayectoria profesional se ha desempeñado como Delegado estatal de la PGR en Colima; Director General Adjunto de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra los Derechos de Autor y Propiedad Industrial, PGR; Director de la Fiscalía Especializada en Delitos Ambientales, PGR; Coordinador General de la Unidad Especializada en Investigación de Secuestros, PGR; Fiscal en la Unidad Especializada en Investigación en Terrorismo y Tráfico de Armas, PGR; Fiscal en la Unidad Especializada en Investigación de Tráfico de Menores, Indocumentados y Órganos, PGR; Director de Estudios y Programas de Prevención del Delito, SSP del Distrito Federal; Director del Consejo de Honor y Justicia, SSP del Distrito Federal; y Contralor Interno de los Reclusorios del Distrito Federal.

Licenciado en Ciencias Jurídicas por la Universidad Regiomontana, cuenta con títulos de Postgrado como Especialista en Comercio Exterior por el Instituto de Estudios Bursátiles de Madrid, y Especialista en Investigación y Prueba en el Derecho Procesal por la Universidad Castilla-La Mancha.

Page 40: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Boletín Interprocuradurías 4740

Tiene un Diplomado en Destrezas de Litigación Oral impartido por California Western School Of. Law en San Diego, California, Estados Unidos; cuenta con un Seminario Interamericano de Investigación de Delitos Financieros en República Dominicana, un Curso de Especialización en Delitos trasnacionales impartido por la Universidad de Salamanca, España; así como, un Programa de Entrenamiento “Criminal Profiling, Psychological Análisis Fraud, Corruption and Money Laundering Crimes”, Impartido por Inter American Community Affairs of the United States; y un Programa de Técnicas de Contra Interrogatorio en Juicios Orales, impartido por California Western School Of. Law, Institute Criminal Defense Advocacy, de San Diego California, Estados Unidos.

Dentro de su desempeño profesional, fue abogado en la Coordinación de Asuntos Internos del Municipio de Monterrey; Comisionado Investigador en la Secretaría General de Gobierno del Estado de Nuevo León; en el estado de Nuevo León, fungió como Fiscal Adscrito a la Dirección General de Averiguaciones Previas, en la Procuraduría General de Justicia; Consejero Jurídico del Gobernador; Director General de Investigación de la Secretaría de Seguridad Pública, del Gobierno del estado; Director General de las Fiscalías Investigadoras, Averiguaciones Previas y Procesos de la Procuraduría General de Justicia; Encargado del Despacho de los Asuntos de la Subprocuraduría del Ministerio Público, de la Procuraduría General de Justicia; Subprocurador del Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia; Encargado del Despacho de la Procuraduría General de Justicia.

En el sector privado se ha desempeñado como Abogado en el Despacho Jurídico Quintanilla, González; y Abogado litigante y socio en González Garza Abogados.

En el mes de marzo de 2017, se ratificó como Procurador General de Justicia del estado de Nuevo León.

Dr. Rubén Vasconcelos MéndezC. Fiscal General del Estado de Oaxaca

Es licenciado en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, tiene un doctorado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid.

En su desarrollo profesional ha desempeñado cargos como Coordinador General de Asesores de la Secretaría General de Gobierno; Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes; Subprocurador de Asuntos Internos de la Procuraduría General de Justicia; Subsecretario de Gobierno del Gobierno; Presidente del Consejo de Tutela para Menores Infractores, todos los anteriores en el estado de Oaxaca; Jefe de Unidad Fiscal Especializada adscrito a la Oficina del C. Procurador General de la República; y Asesor del C. Procurador General de la República.

A partir del 12 de mayo de 2017 es titular de la Fiscalía General del estado de Oaxaca.

Page 41: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

Dr. Juan José Ríos EstavilloC. Fiscal General del Estado de Sinaloa

Es licenciado en Derecho por la Escuela Libre de Derecho, cuenta con un doctorado Derecho Constitucional por la UNAM.

Desde marzo de 2017, cuenta con la titularidad de la Fiscalía General del estado de Sinaloa. En su trayectoria profesional fue Asesor de la Comisión Nacional de Derechos Humanos; Presidente de la Comisión el estado de Sinaloa; y Presidente de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos.

Lic. Tito Cervantes ZepedaC. Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala

Tiene el grado de maestro en Juicios Orales de la Universidad Tolteca de México. En su actividad profesional se ha desempeñado como presidente del Tribunal Superior de Justicia en el estado de Tlaxcala; Magistrado del Tribunal Superior de Justicia; Juez Penal del Distrito Judicial de Cuauhtémoc del Tribunal Superior de Justicia; Jefe del Departamento Jurídico de la Secretaria de Obras Públicas, Desarrollo Urbano y Viviendas (SECODUVI); y Agente del Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia todos en el estado de Tlaxcala.

En otros ámbitos, colaboró como abogado postulante y ejerció como docente en la Facultad Libre de Derecho en San Andrés Ahuashuatepec, Tlaxcala; además, fungió como diputado local en las Legislaturas XLVIII.

Ostenta la titularidad de Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala, desde el 19 de enero de 2017.

Page 42: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,
Page 43: Boletín 47 - cnpj.gob.mxn 47.0.pdf · son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República,

47Boletín

Interprocuradurías

Enero- Junio 2017