Boletín Oficial · 2020. 3. 4. · bunal Electoral." "ARTÍCULO 23: La distribución de los...

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LEYES LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 2923-Q PARIDAD DE GÉNERO EN EL REGIMEN ELECTORAL ARTÍCULO 1°: Modifícase el artículo 55 del Capítulo III -Oficialización de las listas de candidatos-, del Título III -De los Actos Preelectorales- de la ley 834-Q (antes ley 4169) -Régimen Electoral Provincial-, el que queda re- dactado de la siguiente manera: "TÍTULO III DE LOS ACTOS PREELECTORALES CAPÍTULO III OFICIALIZACIÓN DE LAS LISTAS DE CANDIDATOS ARTÍCULO 55: Registro de los candidatos y pedido de oficialización de listas. Desde la publicación de la convocatoria y hasta cincuenta (50) días corridos anteriores a las elecciones, los partidos reconoci- dos y/o alianzas registrarán ante el Tribunal Electo- ral las listas de los candidatos públicamente procla- mados, quienes deberán reunir las condiciones pro- pias del cargo para el cual se postulan y no estar comprendidos en alguna de las inhabilidades lega- les. Las listas estarán integradas por un número mí- nimo de candidatos igual al cincuenta por ciento (50%) de los cargos a cubrir, sean provinciales ó munici- pales, en este último caso el porcentaje se refiere por cada municipio. Las listas de candidatos de los cargos a cubrir deberán conformarse con mujeres en un 50% y va- rones en un 50%. La distribución se realizará ubi- cando de manera intercalada a mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a candidato/a suplente para cumplir con la paridad de género. A los fines de garantizar a los candidatos la pa- ridad de género, se deberá respetar imperativamente el siguiente orden, de inclusión: a) Cuando se convoquen números pares, las listas de candidatos titulares y suplentes deberán efec- tuar la postulación en forma alternada y para la totalidad de los cargos electivos en disputa, es decir, intercalando uno (1) de cada género por cada tramo de dos (2) candidaturas. b) Cuando se trate de números impares, la lista de candidatos titulares convocados deberá cumpli- mentar el orden previsto en el inciso anterior. El orden de los suplentes deberá invertirse en la misma proporción, de modo que si un género tiene mayoría en la lista de candidatos titulares, AÑO LXII DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES TIRAJE: 650 EJEMPLARES Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) - www.chaco.gov.ar - E-mail: [email protected] - Tel-Fax. (0362) 4453520 - CTX 53520 Boletín O fi cial Franqueo a pagar Cuenta Nº 17017F10 Registro de la Propiedad Intelectual 948.707 Correo Oficial EDICION 24 PAGINAS RESISTENCIA, MIÉRCOLES 7 DE NOVIEMBRE DE 2018 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION SUBSECRETARÍA DE LEGAL Y TÉCNICA DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL DRA. JESSICA YANNINA AYALA DR. VÍCTOR HUGO MARTEL Subsecretaria Director EDICION N° 10.297 el otro género deberá tenerla en la nómina de candidatos suplentes. No será oficializada ninguna lista que no cumpla estos requisitos. Los partidos políticos, confederaciones o alian- zas transitorias presentarán, juntamente con el pe- dido de oficialización de listas, datos de filiación com- pletos de sus candidatos, el último domicilio electo- ral, la aceptación del cargo y copia de la plataforma electoral. Podrán figurar en las listas con el nombre con el cual son conocidos, siempre que la variación del mismo no sea excesiva ni dé lugar a confusión a criterio del Tribunal Electoral." ARTÍCULO 2°: Modifícanse los artículos 10, inciso a) y 23 de la ley 2073-Q (antes ley 7141) -Sistema de Elec- ciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias-, los que quedan redactados de la siguiente manera: "ARTÍCULO 10: Las juntas electorales de las agrupa- ciones políticas se integrarán, provisoriamente, del modo en que lo establezca la carta orgánica o el regla- mento electoral, según corresponda. Su integración definitiva se efectuará una vez cumplido el supuesto al que se refiere el artículo 13 de la presente ley. Las listas de precandidatos, cuyos requisitos se es- tablecen seguidamente, se deben presentar ante la junta electoral de la agrupación que corresponda, hasta cincuenta (50) días antes de la elección pri- maria para su oficialización acompañando: a) Número de precandidatos igual al número de car- gos titulares y suplentes a seleccionar, que de- berá integrarse ubicando de manera intercalada a mujeres y varones para cumplir con la paridad de género. El género del candidato estará deter- minado por su documento nacional de identidad, independientemente de su sexo biológico-. b) .......................................................................... c) .......................................................................... d) .......................................................................... e) .......................................................................... f) .......................................................................... g) .......................................................................... Las listas podrán presentar copia de la docu- mentación mencionada precedentemente ante el Tri- bunal Electoral." "ARTÍCULO 23: La distribución de los lugares en la lista definitiva de candidatos de las agrupaciones políticas que participen de las elecciones primarias, en los ca- sos de diputados provinciales y concejales, se efec- tuará por el sistema que determine la carta orgánica partidaria o el reglamento electoral del partido o alian- za, según corresponda, el que deberá respetar la pa- ridad de género, de conformidad con lo previsto en el artículo 55 de la ley 834-Q (antes ley 4169).

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  • L E Y E SLA CÁMARA DE DIPUTADOS DE

    LA PROVINCIA DEL CHACOSANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 2923-Q

    PARIDAD DE GÉNERO EN EL REGIMEN ELECTORALARTÍCULO 1°: Modifícase el artículo 55 del Capítulo III-Oficialización de las listas de candidatos-, del Título III-De los Actos Preelectorales- de la ley 834-Q (antes ley4169) -Régimen Electoral Provincial-, el que queda re-dactado de la siguiente manera:

    "TÍTULO III DE LOS ACTOS PREELECTORALESCAPÍTULO III

    OFICIALIZACIÓN DE LAS LISTAS DE CANDIDATOSARTÍCULO 55: Registro de los candidatos y pedidode oficialización de listas. Desde la publicación de laconvocatoria y hasta cincuenta (50) días corridosanteriores a las elecciones, los partidos reconoci-dos y/o alianzas registrarán ante el Tribunal Electo-ral las listas de los candidatos públicamente procla-mados, quienes deberán reunir las condiciones pro-pias del cargo para el cual se postulan y no estarcomprendidos en alguna de las inhabilidades lega-les.

    Las listas estarán integradas por un número mí-nimo de candidatos igual al cincuenta por ciento (50%)de los cargos a cubrir, sean provinciales ó munici-pales, en este último caso el porcentaje se refierepor cada municipio.

    Las listas de candidatos de los cargos a cubrirdeberán conformarse con mujeres en un 50% y va-rones en un 50%. La distribución se realizará ubi-cando de manera intercalada a mujeres y varonesdesde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/laúltimo/a candidato/a suplente para cumplir con laparidad de género.

    A los fines de garantizar a los candidatos la pa-ridad de género, se deberá respetar imperativamenteel siguiente orden, de inclusión:a) Cuando se convoquen números pares, las listas

    de candidatos titulares y suplentes deberán efec-tuar la postulación en forma alternada y para latotalidad de los cargos electivos en disputa, esdecir, intercalando uno (1) de cada género porcada tramo de dos (2) candidaturas.

    b) Cuando se trate de números impares, la lista decandidatos titulares convocados deberá cumpli-mentar el orden previsto en el inciso anterior. Elorden de los suplentes deberá invertirse en lamisma proporción, de modo que si un génerotiene mayoría en la lista de candidatos titulares,

    AÑO LXII DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES TIRAJE: 650 EJEMPLARES

    Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) - www.chaco.gov.ar - E-mail: [email protected] - Tel-Fax. (0362) 4453520 - CTX 53520

    Boletín OficialFranqueo a pagar

    CuentaN º 1 7 0 1 7 F 1 0

    Registro de la

    Propiedad Intelectual

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    reo

    Ofic

    ial

    EDICION 24 PAGINAS RESISTENCIA, MIÉRCOLES 7 DE NOVIEMBRE DE 2018

    GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACOSECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION

    SUBSECRETARÍA DE LEGAL Y TÉCNICA DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL DRA. JESSICA YANNINA AYALA DR. VÍCTOR HUGO MARTEL Subsecretaria Director

    EDICION N° 10.297

    el otro género deberá tenerla en la nómina decandidatos suplentes.No será oficializada ninguna lista que no cumpla

    estos requisitos.Los partidos políticos, confederaciones o alian-

    zas transitorias presentarán, juntamente con el pe-dido de oficialización de listas, datos de filiación com-pletos de sus candidatos, el último domicilio electo-ral, la aceptación del cargo y copia de la plataformaelectoral. Podrán figurar en las listas con el nombrecon el cual son conocidos, siempre que la variacióndel mismo no sea excesiva ni dé lugar a confusión acriterio del Tribunal Electoral."

    ARTÍCULO 2°: Modifícanse los artículos 10, inciso a) y23 de la ley 2073-Q (antes ley 7141) -Sistema de Elec-ciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias-,los que quedan redactados de la siguiente manera:

    "ARTÍCULO 10: Las juntas electorales de las agrupa-ciones políticas se integrarán, provisoriamente, delmodo en que lo establezca la carta orgánica o el regla-mento electoral, según corresponda. Su integracióndefinitiva se efectuará una vez cumplido el supuesto alque se refiere el artículo 13 de la presente ley.Las listas de precandidatos, cuyos requisitos se es-tablecen seguidamente, se deben presentar ante lajunta electoral de la agrupación que corresponda,hasta cincuenta (50) días antes de la elección pri-maria para su oficialización acompañando:a) Número de precandidatos igual al número de car-

    gos titulares y suplentes a seleccionar, que de-berá integrarse ubicando de manera intercaladaa mujeres y varones para cumplir con la paridadde género. El género del candidato estará deter-minado por su documento nacional de identidad,independientemente de su sexo biológico-.

    b) ..........................................................................c) ..........................................................................d) ..........................................................................e) ..........................................................................f ) ..........................................................................g) ..........................................................................

    Las listas podrán presentar copia de la docu-mentación mencionada precedentemente ante el Tri-bunal Electoral.""ARTÍCULO 23: La distribución de los lugares en la listadefinitiva de candidatos de las agrupaciones políticasque participen de las elecciones primarias, en los ca-sos de diputados provinciales y concejales, se efec-tuará por el sistema que determine la carta orgánicapartidaria o el reglamento electoral del partido o alian-za, según corresponda, el que deberá respetar la pa-ridad de género, de conformidad con lo previsto en elartículo 55 de la ley 834-Q (antes ley 4169).

    mailto:[email protected]

  • Miércoles 7 de Noviembre de 2018Página 2 BOLETIN OFICIAL

    La selección de los candidatos a gobernador yvicegobernador, e intendentes municipales, se reali-zará a simple pluralidad de sufragios.

    Las agrupaciones políticas no podrán interveniren los comicios generales bajo otra modalidad quepostulando a los que resultaron electos en las elec-ciones primarias, por las respectivas categorías, sal-vo en caso de renuncia, fallecimiento o incapacidad."

    ARTÍCULO 3°: La presente ley es de orden público ytiene como objetivo fundamental garantizar la paridad degénero.ARTÍCULO 4°: Las modificaciones dispuestas en la pre-sente ley, abarcarán a la totalidad de los cargos electi-vos de diputados provinciales, concejales municipales yconvencionales constituyentes de la Provincia.ARTÍCULO 5º: Las confederaciones o alianzas transito-rias deberán integrarse ubicando de manera intercaladaa mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/atitular hasta el/la último/a candidato/a suplente para cum-plir con la paridad de género, en las listas oficializadas,con independencia de su filiación partidaria y con losmismos requisitos establecidos para los partidos políti-cos, sin excepción alguna.ARTÍCULO 6°: Si el Tribunal Electoral determinara que enla presentación de las listas no se ha dado cumplimientoa la paridad de género, no oficializará tales listas otor-gando a los respectivos partidos políticos, confedera-ción o alianza transitoria los plazos previstos en la legis-lación electoral vigente para que las adecúen a las nor-mas de fondo.

    Asimismo si el Tribunal Electoral comprobara quealgunos de los candidatos que componen el mínimo exi-gido, no reúnen las condiciones legales, deberá intimaral partido político, confederación o alianza transitoria,para que procedan a su sustitución en el plazo de cua-renta y ocho (48) horas.ARTÍCULO 7°: Los partidos políticos, confederaciones oalianzas transitorias adecuarán sus respectivas nor-mas para garantizar la plena vigencia de lo establecidoen las disposiciones de la presente ley.ARTÍCULO 8°: Abrógase la ley 752-Q (antes ley 3858) ytoda otra norma que se oponga a la presente.ARTÍCULO 9°: Adhiérese la Provincia a la ley nacional27.412 -Paridad de Género-.ARTÍCULO 10: Regístrese y comuníquese al Poder Eje-cutivo.

    Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara deDiputados de la Provincia del Chaco, a los vein-ticuatro días del mes de octubre del año dos mildieciocho.

    Rubén Darío Gamarra, SecretarioLidia Élida Cuesta, Presidenta

    DECRETO Nº 2387Resistencia, 29 octubre 2018

    VISTO:La sanción legislativa N° 2.923-Q; y

    CONSIDERANDO:Que conforme a las disposiciones constituciona-

    les, las emanadas de la Ley N° 1.024-B, y no habiendoobservaciones que formular, procede su promulgación;

    Por ello;EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO

    DECRETA:Artículo 1°: Promúlgase y téngase por Ley de la Provin-cia del Chaco, la sanción legislativa N° 2.923-Q;, cuyafotocopia autenticada forma parte integrante del presen-te Decreto.

    Artículo 2°: Comuníquese, dése al Registro Provincial,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

    Fdo.: Peppo / Barsesas/c. E:7/11/18

    R E S O L U C I O N E SMINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

    RESISTENCIA, 22 octubre 2018RESOLUCIÓN Nº 0667

    VISTO:Las Leyes Nº 1092-A y Nº 2734 - F y el Decreto

    Nº 77/18; yCONSIDERANDO:

    Que el Artículo 14 de la Ley Nº 2734-F autoriza laemisión de Letras de Tesorería por hasta un monto máxi-mo en circulación de pesos ochocientos millones ($800.000.000).

    Que el Artículo 3 del Decreto Nº 77/18 faculta alMinisterio de Hacienda y Finanzas Públicas, en su ca-rácter de autoridad de aplicación, entre otras cuestio-nes, a dictar la normativa reglamentaria, complementariae interpretativa que fuere menester para la obtención delos fines propuestos por dicho instrumento legal.

    Que la presente Resolución se emite en el marcode lo dispuesto por las Leyes Nº 1092-A y Nº 2734-F, elDecreto Nº 77/18 y Resoluciones oportunamente emiti-das por este Ministerio, como así también la demás nor-mativa que resulte aplicable.EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

    RESUELVE:Artículo 1º: Efectúase el llamado a licitación públicacorrespondiente a la emisión de Letras de Tesorería dela Provincia del Chaco previsto en el Decreto Nº 77/18.La estructura y condiciones de las Letras de Tesoreríade la Provincia del Chaco Clase 18 serán las que seestablecen en esta Resolución.Artículo 2º: Fíjanse las condiciones particulares de lasLetras de Tesorería de la Provincia del Chaco Clase 18 a49 días por un monto de hasta valor nominal de pesostreinta millones (VN $30.000.000), ampliables, a ser emi-tidas por la Tesorería General de la Provincia, de acuer-do a las siguientes pautas:a) Denominación: Letras de Tesorería de la Provincia

    del Chaco Clase 18 en pesos a cuarenta y nueve(49) días.

    b) Moneda de emisión: Pesos.c) Fecha de Licitación: 24 de octubre de 2018.d) Fecha de Emisión: 26 de octubre de 2018.e) Fecha de Liquidación: 26 de octubre de 2018.f ) Monto total a ser colocado: Por un monto total de

    hasta valor nominal treinta millones (VN$30.000.000) ampliables.

    g) Denominación mínima y unidad mínima de negocia-ción: Valor nominal pesos uno (VN $1).

    h) Plazo: cuarenta y nueve (49) días.i) Vencimiento: 14 de diciembre de 2018.j) Amortización: Íntegramente a su vencimiento. Cuan-

    do la fecha de pago de la amortización no fuere undía hábil, el pago se realizará el día hábil inmediatoposterior.

    k) Garantía: Recursos provenientes del Régimen deCoparticipación Federal de Impuestos, correspon-dientes a la Provincia, de acuerdo a lo establecidopor los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases deun Régimen de Coparticipación Federal de Impues-tos o aquél que en el futuro lo sustituya.

  • Página 3BOLETIN OFICIALMiércoles 7 de Noviembre de 2018

    l) Régimen de Colocación: Licitación pública.m) Régimen de adjudicación: Subasta holandesa de

    precio único.n) Tipo de instrumento: Letras a descuento.o) Tipo de oferta: oferta parcial.p) Importe de las ofertas:

    1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será devalor nominal pesos quinientos mil (VN $500.000)y múltiplo de valor nominal pesos uno (VN $1).

    2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: elimporte mínimo será de valor nominal pesos diezmil (VN $10.000) y múltiplo de valor nominal pe-sos uno (VN $1).

    3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el im-porte mínimo será de valor nominal pesos un mil(VN $1.000) y múltiplo de valor nominal pesosuno (VN $1). El importe máximo será de valornominal pesos cuatrocientos noventa y nuevemil novecientos noventa y nueve (VN $499.999).

    q) Agente de cálculo: Contaduría General de la Pro-vincia.

    r) Agente Financiero: Nuevo Banco del Chaco S.A.s) Organizador: Nuevo Chaco Bursátil S.A.t) Colocadores: Nuevo Chaco Bursátil S.A., Banco de

    Servicios y Transacciones S.A., Macro SecuritiesS.A., Puente Hnos. S.A. y AdCap Securities Argen-tina S.A.

    u) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comi-sión todos los Agentes del M.A.E. autorizados paraparticipar en las colocaciones primarias de estasLetras de Tesorería. La comisión será del 0,25%sobre el monto adjudicado a terceros.

    v) Participantes: podrán participar de las licitaciones:1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.2) Inversores: todas aquellas personas físicas o

    jurídicas interesadas, quienes deberán presen-tar sus órdenes a través de las entidades men-cionadas en 1) precedente.

    w ) Negociación: Podrán negociarse en el MercadoAbierto Electrónico S.A. y listarse en Bolsas y Mer-cados Argentinos S.A. ("BYMA").

    x) Forma de pago de los servicios: Los pagos se rea-lizarán mediante la transferencia de los importescorrespondientes a Caja de Valores S.A., para suacreditación en las respectivas cuentas de los te-nedores de las Letras de Tesorería de la Provinciadel Chaco Clase 18 a 49 días con derecho al cobro.Si la fecha de vencimiento y/o cualquier fecha depago no fuera un día hábil, el pago se realizará eldía hábil inmediatamente posterior. Se considerará"día inhábil" cualquier día en el cual los bancos co-merciales de la ciudad de Resistencia y/o de la Ciu-dad Autónoma de Buenos Aires no estuvieran abier-tos para operar.

    y) Forma y titularidad: Estarán representadas por uncertificado global permanente a ser depositado enla Caja de Valores S.A., renunciando los beneficia-rios al derecho a exigir la entrega de láminas indivi-duales, o de cualquier otra forma que sea permitidaconforme las normas vigentes.

    z) Entidad Depositaria: Caja de Valores S.A.aa) Rescate anticipado: A opción del emisor, podrán

    ser rescatadas total o parcialmente en forma anti-cipada.

    bb) Forma de liquidación: A través de MAE-Clear o aque-lla entidad compensadora que se designe a tal efec-to.

    cc) Tratamiento impositivo: Gozarán de todas las exen-

    ciones impositivas dispuestas por las leyes y re-glamentaciones vigentes en la materia.

    dd) Legislación aplicable: Argentina.Artículo 3º: La licitación pública de Letras de Tesorería,cuya emisión se dispone en la presente Resolución, sellevará a cabo en el Mercado Abierto Electrónico S.A. através de su sistema de transacciones electrónicas de-nominado SIOPEL, conforme las normas dictadas pordicho Mercado en materia de concertación, registracióny liquidación de las operaciones con letras, así como lasdisposiciones contenidas en el Manual de la AplicaciónSIOPEL.Artículo 4º: De mediar inconvenientes de fuerza mayoratribuibles al sistema de comunicaciones previsto por elMercado Abierto Electrónico S.A. o la Aplicación SIOPEL,la Subsecretaría de Programación Económica y Presu-puesto y/o la Subsecretaría de Financiamiento y CréditoPúblico, ambas dependientes del Ministerio de Hacienday Finanzas Públicas, podrán extender el plazo para larecepción de ofertas, previa notificación fehaciente defuncionarios autorizados del Mercado Abierto Electróni-co S.A. y bajo responsabilidad de los mismos.Artículo 5º: Autorizar a la Subsecretaría de Programa-ción Económica y Presupuesto y/o a la Subsecretaríade Financiamiento y Crédito Público, ambas dependien-tes del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas apublicar el llamado a licitación pública, establecer el ho-rario límite de admisión de ofertas, recepcionar las ofer-tas recibidas desde el M.A.E., establecer la variable decorte, elaborar el ordenamiento y el listado depreadjudicación con un detalle de los importes en valo-res nominales y efectivos a ser colocados, pudiendo,de corresponder, realizar asignaciones por prorrateo,comunicar los resultados del llamado a licitación públicaa través de la red de comunicaciones provista por elM.A.E. y tomar toda otra medida que el perfecciona-miento de la operatoria requiera.Artículo 6º: Autorizar a la Subsecretaría de Programa-ción Económica y Presupuesto y/o a la Subsecretaríade Financiamiento y Crédito Público, ambas dependien-tes del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, amodificar los importes a ser colocados al momento de laadjudicación de Letras de Tesorería dentro de los límitesestablecidos por la Ley Nº 2734 - F y el Decreto Nº 77/18, así como declarar total o parcialmente desierta lalicitación pública en caso de no convalidar o desestimartodas o algunas de las ofertas recibidas y a dictar todaslas normas, realizar las gestiones, actos y tomar todaotra medida que sea necesaria, acorde con las prácti-cas usuales de los mercados, a los efectos de lo dis-puesto en la presente Resolución. Ante la inexistenciade ofertas para el Tramo Competitivo y habiéndose pre-sentado propuestas para el Tramo No Competitivo, latasa de corte podrá ser fijada de acuerdo a lo que seconsidere conveniente para los intereses generales dela Provincia.Artículo 7º: La Subsecretaría de Programación Econó-mica y Presupuesto y/o a la Subsecretaría deFinanciamiento y Crédito Público, ambas dependientesdel Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, confor-mará la adjudicación e informará a la Tesorería Generalde la Provincia el resultado de la licitación pública deLetras de Tesorería, a los efectos de la colocación yliquidación de dichos instrumentos.Artículo 8º: Facúltese a la Subsecretaría de Programa-ción Económica y Presupuesto y/o a la Subsecretaríade Financiamiento y Crédito Público, ambas dependien-tes del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, a

  • Miércoles 7 de Noviembre de 2018Página 4 BOLETIN OFICIAL

    adoptar todas aquellas decisiones que sean necesariasy/o convenientes, acordes con las prácticas usuales enlos mercados, a fin de llevar a cabo la emisión y coloca-ción de las Letras de Tesorería conforme a los términosy condiciones de la presente Resolución. Asimismo, au-torícese a la Cra. Rosana Bebén, D.N.I. Nº 23.806.311, laCra. María Cecilia Tracogna, D.N.I. Nº 24.908.948; al Cr.Diego Ariel Ebel, D.N.I. Nº 33.352.900; a la Lic. NadiaTatiana Maccio, D.N.I. Nº 31.493.019; a Justo Segura,D.N.I. Nº 25.873.341; a Antonio Arias, D.N.I. Nº31.164.261; a Ignacio Segundo Bosch, D.N.I. Nº37.247.332; a Michael Simmons D.N.I Nº 38.536.168; aMarcos Taiana D.N.I 37.806.431 y a Andrea Salvó, D.N.I.Nº 37.989.923 para que indistintamente cualquiera deellos suscriba (incluyendo el uso de firma facsímil) cual-quier clase de documento, incluidos los documentos dedifusión, y/o realice las gestiones, actos y toda otramedida necesaria en representación de la Provincia delChaco para instrumentar la garantía establecida paralas Letras de Tesorería a ser emitidas por la Provincia.Artículo 9º: Regístrese, comuníquese, publíquese en elBoletín Oficial y archívese.

    Cdor. Cristian OcampoMinistro de Hacienda y Finanzas Públicas

    s/c. E:7/11/18

    E D I C T O SEDICTO.- El Juzgado Civil y Comercial de Primera Nomina-ción de la Tercera Circunscripción Judicial con asiento encalle Lavalle 232, primer piso, de la ciudad de Villa Angelaa cargo del Dr. HUGO O. AGUIRRE, JUEZ, Secretaria acargo de la Dra. ASTRID ROCHA, hace saber que en losautos caratulados: "CRI MAG S.A. S/ CANCELACIONDE CHEQUE", EXPEDIENTE: Nº 896/18, se ha promovidoACCION de CANCELACION DE CHEQUE, respecto de losCheques extraviados perteneciente a la Cuenta CorrienteNº 000010-08 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Co-ronel Du Graty, Chaco, cuyo Titular es la firma CRI-MAGS.A, aclarándose que los mismos se encontraban com-pletados con los MONTOS A PAGAR, FECHA y FIRMA, losCHEQUES se detallan a continuación: SERIE Nº 06629901,por el monto de $805.897,60 con fecha de cobro 27/07/2018; SERIE Nº 06629902, por el monto de $500.000 confecha de cobro 20/07/2018; SERIE Nº 06629903, por elmonto de $500.000 con fecha de cobro 10/07/2018; SE-RIE No 06629904, por el monto de $500.000 con fecha decobro 05/07/2018; SERIE Nº 06629905, por el monto de$500.000 con fecha de cobro 02/06/2018; SERIE Nº06629906, por el monto de $500.000 con fecha de cobro10/06/2018; SERIE Nº 06629907, por el monto de $500.000con fecha de cobro 22/06/2018; SERIE Nº 06629908, porel monto de $396.000 con fecha de cobro 30/05/2018, ySERIE Nº 06629909, por el monto de $396.000 con fechade cobro 03/06/2018; todos de la firma CRI-MAG S.A.Publíquese edictos en el BOLETIN OFICIAL y un DIARIO deamplia circulación en la Provincia por el término de QUIN-CE (15) DIAS, transcurrido los .cuales y vencido el plazode ley sin oposición, el auto quedará firme y se notificaráa las Instituciones Crediticias. FIRMAN DR. HUGO O.AGUIRRE - JUEZ - DRA. ASTRID ROCHA ABOGADA SE-CRETARIA. VILLA ANGELA, 13 DE SEPTIEMBRE DE 2018.

    Dra. Astrid Rocha, Abogada/SecretariaR.Nº 175.465 E:24/10 V:28/11/18

    ––––––––––––– >*< –––––––––––––EDICTO.- La Dra. BIBIANA BIANCHI, Juez Subrogante delJuzgado Civil, Comercial y Laboral de Gral. San Martín,Chaco, en los autos caratulados: "ALONSO ALBERTO

    MARTIN S/ CANCELACION DE CHEQUE", Expte. N° 583,año 2018 C., cita por quince (15) días, transcurrido loscuales y vencido el plazo de ley sin, oposición, el auto deCANCELACIÓN DE CHEQUES quedará firme y se notifica-rá a las instituciones crediticias. Los cheques extravia-dos son: N°46501786, con fecha de pago 30-8-2018, porvalor de $100.000.-; N°46501787, con fecha de pago 30-9-2018, por un monto de $100.000.-; N°46501788, confecha de pago 30-10-2018, por un monto de $50.000.-;N°46501789, con fecha de pago 30-10-2018, por un montode $50.000.-; N°47348547, con fecha de pago 22-9-2018,por un monto de $100.000; N°47348548, con fecha depago 22-10-2018, por un monto de $100.000.-;N°47348549, con fecha de pago 30-9-2018, por un montode $50.000.-; N°47348550, con fecha de pago 30-9-2018,por un monto de $50.000.-; N°47348551, con fecha depago 30-10-2018, por un monto de $50.000.-;N°46501768, con fecha de pago 5-9-2018, por un montode $50.000.-; N°46501770, con fecha de pago 19-9-2018,por un monto de $50.000.-; todos correspondientes a lacuenta corriente N° 012481/0071/8, del BANCO DEGALICIA sucursal Resistencia (Chaco), cuenta corrientede titularidad de ALBERTO MARTIN ALONSO (DNI.N°29.472.465, CUIT 20-29472465-7). Gral. San Martín,Chaco. Secretaría, 10 de Septiembre de 2018.

    Gustavo Juan DibAbogado/Secretario

    R.Nº 174.745 E:24/10 V:21/11/18––––––––––––– >*< –––––––––––––

    EDICTO.- EL DR. LUIS EUGENIO ALLENDE, JUEZ DE EJE-CUCION PENAL, DE LA QUINTA CIRCUNSCRIPCION JUDI-CIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO, HACE SABER QUE,RESPECTO DE DURÉ ÁNGEL RAMÓN, D.NI. N°35.688.838, argentino, 27 años de edad, soltero, nacidoen La Leonesa-Chaco 27/11/1990, de ocupación albañil,domiciliado en calle Ing. Babini N° 202, B° Itatí de éstaCiudad; quien se encuentra alojado en la División Alcaidíade Gral. José de San Martín, a disposición de este Juz-gado de Ejecución Penal, en los autos caratulados: "DUREÁNGEL RAMÓN S/EJECUCION DE PENA PRIVATIVADE LA LIBERTAD PRINCIPAL - sus conexas p/cuer-da 73/14; 259/16 y 106/11)", N°146/18, se ejecuta laSentencia N° 49, de fecha 31/08/2018, dictada por elJUZGADO CORRECCIONAL LOCAL, FALLO que en suparte pertinente dice: "Gral. San Martín 31 de Agosto de2018.- AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERANDO: ... RE-SUELVO: I)... II)... III) CONDENAR al imputado DURÉ ÁN-GEL RAMÓN ... como autor penalmente responsable delos delitos de RESISTENCIA CONTRA LA AUTORIDADAGRAVADO POR EL USO DE ARMAS previsto y penadopor el Art. 239 en función del Art. 239 inc. 1° del C.P. enla causa N° 248/17-5 a la pena de SEIS MESES DE PRI-SIÓN DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO, DECLARÁNDOLOREINCIDENTE POR SEGUNDA VEZ, según Art. 50 delC.P.... UNIFICANDO la pena impuesta ... a la pena ÚNICADE TRECE AÑOS Y OCHO MESES de prisión de cumpli-miento efectivo, declarándolo reincidente por segundavez, SIN COSTAS.- IV)... V) EXIMIR del costo de la tasade Justicia atento al grado de pobreza de los imputa-dos.- VI)... VII) NOT.-.. Fdo. DRA. Fdo. DRA. BIBIANA M.G. BIANCHI - JUEZ- DR. GASTÓN R. SILVESTRI - SECRE-TARIO. Gral. José de San Martín, Chaco, 16 de octubrede 2018.-

    Dr. Orlando Daniel Lescano, Secretarios/c. E:29/10 V:7/11/18

    ––––––––––––– >*< –––––––––––––EDICTO.- EL DR. LUIS EUGENIO ALLENDE, JUEZ DE EJE-CUCION PENAL, DE LA QUINTA CIRCUNSCRIPCION JUDI-

  • Página 5BOLETIN OFICIALMiércoles 7 de Noviembre de 2018

    CIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO, HACE SABER OUE,RESPECTO DE BARRETO LUIS HÉCTOR, D.N.I. N°36.980.759, argentino, soltero, changarín, 21 años deedad, nacido el 25/05/1997 en Gral. San Martín-Chaco,hijo de Salustiano Daniel Barreto y de Rita Alegre, condomicilio en Lote N° 525 B° San Francisco de Gral. SanMartín-Chaco; quien se encuentra alojado en la DivisiónAlcaidía de Gral. José de San Martín, a disposición deeste Juzgado de Ejecución Penal, en los autoscaratulados: "BARRETO LUIS HÉCTOR S/EJECUCIONDE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD", N° 150/18, seejecuta la Sentencia N°105, de fecha 29/05/2018, dicta-da por la/el CÁMARA SEGUNDA EN LO CRIMINAL, FA-LLO que en su parte pertinente dice: "Resistencia, Cha-co, 29/05/2018... RESULTANDO:... FALLA: I) CONDENARa LUIS HÉCTOR BARRETO, como autor penalmente res-ponsable del delito de ROBO SIMPLE EN CONCURSOREAL CON ROBO CON ARMAS EN GRADO DE TENTATI-VA... (art. 164 en función del art. 55 y art. 166 inc. 2° enfuncion de los arts. 42 y 45 todos del C.P. y art. 413 inc.4° y concordantes del CPP), a cumplir la pena de TRES(3) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN EFECTIVA,más las accesorias legales del art. 12 del C.P. y cos-tas.... II)... III)... IV)... NOT.- Fdo.- DRA. LIDIA LEZCANO -JUEZ- DRA. MARÍA FERNANDA SANZ -SECRETARIA-.Gral. José de San Martín, Chaco, 18 de octubre de 2018.-

    Dr. Orlando Daniel Lescano, Secretarios/c. E:29/10 V:7/11/18

    ––––––––––––– >*< –––––––––––––EDICTO.- EL SR. JUEZ DE EJECUCION PENAL DE LA TER-CERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA PROVINCIA DELCHACO, DR. MARIO NADELMAN, HACE SABER QUE,RESPECTO DE: ALDERETE, JOAQUIN SATURNINO: argen-tino, DNI N° 39.178.746, SOLTERO, domiciliado en AV. LASFLORES Y VICENTE ALVAREZ LOTE 20, VILLA ANGELAnacido en VILLA ANGELA, en fecha 25 de octubre de1995, ALBAÑIL, hijo de ALDERETE, ANGEL y de MARTAMARIA y de GREGORIO ALDERETE, en la causa caratulada:"ALDERETE JOAQUÍN SATURNINO S/HOMICIDIO ENGRADO DE TENTATIVA -DOS HECHOS- Y DAÑO ENCONCURSO REAL", Expte. N° 23- -F 404- Año 2018, seejecuta la Sentencia N° 38 de fecha 22/08/2018, dictadapor la Cámara del Crimen de esta ciudad, en la cual elTribunal RESUELVE: "...1) CONDENAR a JOAQUÍN SA-TURNINO ALDERETE, de filiación personal obrante en au-tos, como autor penalmente responsable de los delitos de"HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA -DOS HECHOS- YDAÑO EN CONCURSO REAL" a la pena de SEIS (6) AÑOSDE PRISIÓN EFECTIVA, CON ACCESORIAS LEGALES YCOSTAS, de las que será parte integrante la TASA DEJUSTICIA que asciende a la suma de CIENTO CINCUENTAPESOS ($ 150,00), y, que deberá ser abonada dentro delos cinco (5) días de quedar firme Ia presente Sentencia,bajo apercibimiento de ley, y sin imposición de honorarios,por haber sido asistido por Defensor Oficial (arts. 422,529, 530 y 531 del C.P.P. de la Ley N965-N -Antes LeyN4538)". Fdo: Dra. Hilda Beatriz Moreschi - Juez de SalaUnipersonal- Ante mi: Dra. María Fernanda Abraham -Secretaria - Cámara en Io Criminal. Villa Angela, Chaco,17 de octubre de 2018. vp

    Dra. Natalia Yanina Vigistain, Secretaria Titulars/c. E:29/10 V:7/11/18

    ––––––––––––– >*< –––––––––––––EDICTO.- El Dr. Diego Norberto Ramón Saquer, Juez delJuzgado de Faltas de Primera Instancia, con asiento enla ciudad de Gral. José de San Martín, Provincia delChaco, hace saber por cinco (5) días hábiles en la Cau-sa Caratulada "COMISARIA LOCAL S/ELEVA ACTUA-

    CIONES", Expte. N° 1131/17, se dictó la Resolución queen su parte pertinente se transcribe: "Gral. José de SanMartín, 24 de Octubre de 2018. N° 114. AUTOS YVISTOS:...CONSIDERANDO:...RESUELVO: I) CITAR YEMPLAZAR por EDICTO por el término de cinco (5) díashábiles, a quien se considere con derecho sobre la pro-piedad de Una Motocicleta Marca MONDIAL MAX 110cc.,color azul sin dominio colocado, Motor N° 1P52FMH-81086698; a manifestar legítimo interes y bajo apercibi-miento de ordenarse el decomiso del mismo. II) LÍBRESElos recaudos pertinentes. III) REGÍSTRESE,PROTOCOLICESE E INSÉRTESE. Fdo.: Dr. Diego N. R.SAQUER -Juez- Dra. Silvia N. E. Bianchi -Secretaria-".-

    Dra. Silvia N. E. Bianchi, Secretarias/c. E:29/10 V:7/11/18

    ––––––––––––– >*< –––––––––––––EDICTO.- EL DR. LUIS EUGENIO ALLENDE, JUEZ DE EJE-CUCION PENAL, DE LA QUINTA CIRCUNSCRIPCION JUDI-CIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO, HACE SABER QUE,RESPECTO DE VERA, MARIO RAMÓN, D.N.I. N27.706.760, ARGENTINO, COCINERO, nacido el 30 dediciembre de 1979, en COLONIA ELISA, hijo de MARIOVERA y de MARÍA ELENA CÓCERES, domiciliado en B°ITATÍ (DETRAS DEL HOSPITAL); quien se encuentra alo-jado en la Comisaría de Colonia Elisa-Chaco, a disposi-ción de este Juzgado de Ejecución Penal, en los autoscaratulados: "VERA MARIO RAMÓN S/EJECUCION DEPENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD", N° 127/18, seejecuta la Sentencia N° 57/6, de fecha 11/07/2018, dic-tada por la CÁMARA TERCERA EN LO CRIMINAL, el FA-LLO que en su parte pertinente dice: "Resistencia, Cha-co,11 de Julio de 2018. AUTOS Y VISTOS... CONSIDE-RANDO... FALLA: I.- CONDENANDO a MARIO RAMÓNVERA... por el delito de ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRA-VADO POR SER ENCARGADO DE LA GUARDA Y PORAPROVECHAMIENTO DE LA SITUACIÓN DE CONVIVEN-CIA PREEXISTENTE CON LA VÍCTIMA MENOR DE DIECIO-CHO AÑO -REITERADOS- Art. 119 in fine en función conel Art. 119 primer y cuarto párrafo inc. b) y f) y 45 delC.P. en grado de AUTOR - Art. 45 C.P., a la pena de SEIS(6) AÑOS DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO yaccesorias legales del Art. 12 de la norma de fondo, porel mismo tiempo de la sanción... Con Costas. II.- IMPO-NIENDO al condenado MARIO RAMÓN VERA... la PROHI-BICIÓN DE ACERCAMIENTO al lugar de residencia, tra-bajo, estudio, esparcimiento o a los lugares de habitualconcurrencia de la Srta. Yuliana Abigail Dalseggio, D.N.I.N° 43.437.733, domiciliada en RUTA 16 KM 58, Makallé-Chaco por el mismo tiempo de la condena... III.-... IV.-...V.-... VI.-... VII.- IMPONIENDO a MARIO RAMON VERA...el pago de CIENTO CINCUENTA PESOS ($150.-) en con-cepto de Tasa de Justicia... VIII.- Fdo.- DRA. MARIA SU-SANA GUTIERREZ -JUEZ- DRA. TERESA G. ACOSTARAMALLO -SECRETARIO-". "Resistencia, Chaco,11 deJulio de 2018. AUTOS Y VISTOS ... CONSIDERANDO...FALLA: I.- CONDENANDO a MARIO RAMÓN VERA... porel delito de ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO PORSER ENCARGADO DE LA GUARDA Y POR APROVE-CHAMIENTO DE LA SITUACIÓN DE CONVIVENCIA PRE-EXISTENTE CON LA VÍCTIMA MENOR DE DIECIOCHO AÑO-REITERADOS- Art. 119 in fine en función con el Art. 119primer y cuarto párrafo inc. b) y f) y 45 del C.P..- engrado de AUTOR -Art. 45 C.P., a la pena de SEIS (6)AÑOS DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO y acce-sorias legales del Art. 12 de la norma de fondo, por elmismo tiempo de la sanción... Con Costas. II.- IMPONIEN-DO al condenado MARIO RAMÓN VERA... la PROHIBI-CIÓN DE ACERCAMIENTO al lugar de residencia, trabajo,

  • Miércoles 7 de Noviembre de 2018Página 6 BOLETIN OFICIAL

    estudio, esparcimiento o a los lugares de habitual con-currencia de la Srta. Yuliana Abigail Dalseggio, D.N.I. N°43.437.733, domiciliada en RUTA 16 KM 58, Makallé-Chacopor el mismo tiempo de la condena... III.-... IV.- V.-... VI.-... VII.- IMPONIENDO a MARIO RAMON VERA... el pagode CIENTO CINCUENTA PESOS ($150.-) en concepto deTasa de Justicia... VIII.-...- Fdo. DRA. MARIA SUSANAGUTIERREZ -JUEZ- DRA. TERESA G. ACOSTA RAMALLO- SECRETARIO". Gral. José de San Martín, Chaco, 10 deoctubre de 2018.-

    Dr. Orlando Daniel LescanoSecretario

    s/c. E:29/10 V:7/11/18––––––––––––– >*< –––––––––––––

    EDICTO.- LA SRA. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DEGARANTÍAS DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDI-CIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO, DRA. YOLANDA I.ALVARENGA DE GÓMEZ SAMELA, HACE SABER QUE,RESPECTO DE: ENRIQUE MARTIN GOMEZ, alias TINCHO,de nacionalidad ARGENTINA, con 28 años de edad, es-tado civil SOLTERO, de profesión JORNALERO, D.N.I. N°31.085.253, domiciliado en AYACUCHO y LAS CALAN-DRIAS s/n, ciudad, nacido en Villa Angela, en fecha 22de febrero de 1985, hijo de Anibal Enrique Gomez y deHilda Mercedes Benitez; en la causa caratulada:"VELAZQUEZ JUAN JOSE BERNARDINO Y GOMEZMARTIN ENRIQUE S/HURTO", Expte. 3284/13, (Reg. dela Fiscalia de Investigación N° 3 de esta ciudad), se hadictado la SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO POR PRES-CRIPCIÓN N° 113 de fecha 31/08/2018, en la cual seRESUELVE: 1°) DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PE-NAL POR PRESCRIPCIÓN en la presente causa y enconsecuencia SOBRESEER TOTAL Y DEFINITIVAMENTEal encartado ENRIQUE MARTÍN GÓMEZ, de circunstan-cias personales obrantes en autos, en el delito de "HUR-TO", Art. 162 del Código Penal, de conformidad con lasdisposiciones de los Arts. 357 (Antes Art. 346) y 359(antes Arts. 348) inc. 4° del Código Procesal Penal LeyN° 965-N- Digesto Jurídico (Ley 4538) y Arts. 59 inc. 3°,inc. 2° y 67 apartado b), todos del Código Penal...".- Fdo.Dra. Yolanda I. Alvarenga de Gómez Samela -Juez Titu-lar de Garantías-, Secretario Titular. Dr. Pablo GustavoOrsolini.- ViIla Angela, Chaco, 25 de octubre de 2018.-

    Dr. Pablo Gustavo Orsolini, Secretario Titulars/c. E:31/10 V:9/11/18

    ––––––––––––– >*< –––––––––––––EDICTO.- LA SRA. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DEGARANTÍAS DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDI-CIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO, DRA. YOLANDA I.ALVARENGA DE GÓMEZ SAMELA, HACE SABER QUE,RESPECTO DE: MORENO RUBEN ALEJANDRO, D.N.I. N°33.548.537, de nacionalidad argentina, con 28 años deedad, estado civil soltero, de profesión albañil, domicilia-do en calle 21 y Marmol de la ciudad de Resistencia(Chaco), nacido en Resistencia, Chaco, en fecha 13 deenero del año 1988, hijo de OSMAR WALTER MORENO yROSA INES CASALE; en la causa caratulada: "MORE-NO RUBEN ALEJANDRO S/LESIONES", Expte. N° 63/16,(Reg. de la Fiscalia de Investigación N° 3 de esta ciu-dad), se ha dictado la SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTON° 67 de fecha 02/08/2018, en la cual se RESUELVE: 1°)DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL en la pre-sente causa por PRESCRIPCIÓN y en consecuenciaSOBRESEER TOTAL Y DEFINITIVAMENTE al encartadoMORENO RUBEN ALEJANDRO, ya filiado, en los delitosde "LESIONES LEVES AGRAVADAS" - Art. 89 y 92 enfunción del inc. 1° del Art. 80 y "HURTO" - Art. 162, ambosen función del Art. 55, todos del Código Penal, de con-

    formidad con las disposiciones de los Art. 359 inc. 4° delCódigo Procesal- Ley Nº 965-N- (antes 348 inc. 4° delC.P.P., Ley 4538) y Arts. 59 inc. 3°, 62 inc. 2°, 63 y 67apartado b), todos del Código Penal...".- Fdo. Dra. YolandaI. Alvarenga de Gómez Samela -Juez Titular de Garan-tías-, Secretario Titular Dr. Pablo Gustavo Orsolini. VillaAngela, Chaco, 25 de octubre de 2018.-

    Dr. Pablo Gustavo Orsolini, Secretario Titulars/c. E:31/10 V:9/11/18

    ––––––––––––– >*< –––––––––––––EDICTO.- LA SRA. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DEGARANTIAS DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDI-CIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO, DRA. YOLANDA I.ALVARENG A DE GÓMEZ SAMELA, HACE SABER QUE,RESPECTO DE: BARRIENTOS, MIGUEL ANGEL alias"NECO", D.N.I. N° 21.826.341, de nacionalidad ARGENTI-NA, con 46 años de edad, estado civil SOLTERO, deprofesión JORNALERO, domiciliado en Barrio Escaladade esta ciudad (frente a la escuela primaria nueva don-de vive Tomoteo), nacido en LAS AVISPAS, en fecha 10DE DICIEMBRE DE 1972, hijo de MARIO BARRIENTOS yADELAIDA MAIDANA; en la causa caratulada:"BARRIENTOS MIGUEL ANGEL S/ DESOBEDIENCIA JU-DICIAL Y AMENAZAS EN EL MARCO DE VIOLENCIADE GENERO", Expte. N° 913/16, (Reg. de la Fiscalia deInvestigación N° 1 de esta ciudad), se ha dictado laSENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO N° 81 de fecha 17/08/2018, en la cual se RESUELVE: 1°) DECLARAR EXTIN-GUIDA LA ACCIÓN PENAL en la presente causa por PRES-CRIPCIÓN y en consecuencia SOBRESEER TOTAL YDEFINITIVAMENTE al encartado BARRIENTOS MIGUELANGEL ya filiado, en "DESOBEDIENCIA JUDICIAL" (Art239 del C.P.) y "AMENAZAS" (Art. 149 bis 1° parte 1apartado del C.P.), ambos en función del Art. 55 delCódigo Penal, de conformidad con las disposiciones delos Art. 359 inc. 4° del Código Procesal - Ley N° 965-N-(antes 348 inc. 4° del C.P.P., Ley 4538) y Arts. 59 inc. 3°,62 inc. 2°, 63 y 67 apartado b), todos del Código Penal...Fdo. Dra. Yolanda I. Alvarenga de Gómez Samela -JuezTitular de Garantías-, Secretario Titular. Dr. Pablo Gusta-vo Orsolini.- ViIla Angela, Chaco, 25 de octubre de 2018.-

    Dr. Pablo Gustavo OrsoliniSecretario Titular

    s/c. E:31/10 V:9/11/18––––––––––––– >*< –––––––––––––

    EDICTO.- LA SRA. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DEGARANTÍAS DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDI-CIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO, DRA. YOLANDA I.ALVARENGA DE GÓMEZ SAMELA, HACE SABER QUE,RESPECTO DE: BAY ANDRES OBE, de nacionalidad ar-gentina, con 54 años de edad, estado civil casado, deprofesión empleado, D.N.I. N° 17.033.223, domiciliadoen calle Misiones N° 310 de esta ciudad, nacido en VillaAngela, Chaco, en fecha 7 de Julio de 1964, hijo deJORGE BAY (f) y EVA INSAURRALDE (F); en la causacaratulada: "BAY ANDRES OBE S/LESIONES", Expte. N°1537/15, (Reg. de la Fiscalia de Investigación N° 3 deesta c iudad), se ha dictado la SENTENCIA DESOBRESEIMIENTO N° 121 de fecha 31/08/2018, en lacual se RESUELVE: 1°) DECLARAR EXTINGUIDA LA AC-CIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN en la presente causa yen consecuencia SOBRESEER TOTAL Y DEFINITIVAMEN-TE al encartado BAY ANDRES OBE, de circunstanciaspersonales obrantes en autos, en el delito de "LESIO-NES LEVES AGRAVADAS Art. 89 y 92 en función delArt. 80, inciso 1° del C.P., de conformidad con lasdisposiciones de los Arts. 357 (Antes Art. 346) y 359(antes Arts. 348) inc. 4° del Código Procesal Penal Ley

  • Página 7BOLETIN OFICIALMiércoles 7 de Noviembre de 2018

    N° 965-N- Digesto Jurídico (Ley 4538) y Arts. 59 inc. 3°,62 inc. 2° y 67 apartado b), todos del Código Penal...".-Fdo. Dra. Yolanda I. Alvarenga de Gómez Samela -JuezTitular de Garantías-, Secretario Titular Dr. Pablo Gusta-vo Orsolini.- Villa Angela, Chaco, 25 de octubre de 2018.-

    Dr. Pablo Gustavo Orsolini, Secretario Titulars/c. E:31/10 V:9/11/18

    ––––––––––––– >*< –––––––––––––EDICTO.- LA SRA. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DEGARANTÍAS DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDI-CIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO, DRA. YOLANDA I.ALVARENGA DE GÓMEZ SAMELA, HACE SABER QUE,RESPECTO DE: OJEDA, PABLO HERNAN, alias PILI, denacionalidad ARGENTINA, con 23 años de edad, estadocivil SOLTERO, de profesión ALBAÑIL, D.N.I. N°18.891.136, domiciliado en B° MATE COCIDO - CASA 2de la localidad de RESISTENCIA, nacido en RESISTEN-CIA, CHACO, en fecha 26/07/1991, hijo de ERNESTOOJEDA y MAURICIA AGUIRRE; y OJEDA, JOSE DAVID, denacionalidad ARGENTINA, con 32 años de edad, estadocivil SOLTERO, de profesión ALBAÑIL, D.N.I. N°29.657.105, domiciliado en B° MATE COCIDO - MZ CCASA 18 de la localidad de RESISTENCIA, nacido enRESISTENCIA , CHACO, en fecha 21/07/1982 , ERNESTOOJEDA y MAURICIA AGUIRRE; en la causa caratulada:"OJEDA JOSE DAVID Y OJEDA PABLO HERNAN S/ROBO", Expte. N° 3976/14, (Reg. de la Fiscalia de Inves-tigación N° 1 de esta ciudad), se ha dictado la SENTEN-CIA DE SOBRESEIMIENTO N° 63 de fecha 29/06/2018,en la cual se RESUELVE: 1°) SOBRESEER TOTAL Y DE-FINITIVAMENTE la presente causa en favor de los impu-tados OJEDA JOSÉ DAVID y OJEDA, PABLO HERNÁN:en el delito de "ROBO" (Art. 164 del C.P.), conforme lodispuesto en los Art. 357 y 359 ( antes Arts. 346 y 348)inc. 1° segundo supuesto en función del último párrafodel C.P.P. Ley 965-N Digesto Jurídico (Ley 4538)...".-Fdo. Dra. Yolanda I. Alvarenga de Gómez Samela -JuezTitular de Garantías-, Secretario Titular Dr. Pablo Gusta-vo Orsolini.- Villa Angela, Chaco, 24 de octubre de 2018.-

    Dr. Pablo Gustavo Orsolini, Secretario Titulars/c. E:31/10 V:9/11/18

    ––––––––––––– >*< –––––––––––––EDICTO.- LA SRA. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DEGARANTÍAS DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDI-CIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO, DRA. YOLANDA I.ALVARENGA DE GÓMEZ SAMELA, HACE SABER QUE,RESPECTO DE: ABEL ORLANDO GUERRA, de nacionali-dad ARGENTINA, con 41 años de edad, estado civilSOLTERO, de profesión empleado municipal, D.N.I. N°30.563.744, domiciliado en La Pampa y Kennedy N° 850,de ésta ciudad, nacido en Zona Rural de Pampa Avila,jurisdicción de Charata, Chaco en fecha 21 de agostodel año 1974, que es hijo de PEDRO ABEL GUERRA (F) yde DELIA JUSTINA JEREZ (F); en la causa caratulada:"GUERRA ABEL ORLANDO S/ LESIONES LEVES AGRA-VADAS", Expte. N° 2727/15, (Reg. de la Fiscalia de In-vestigación N° 3 de esta ciudad), se ha dictado la SEN-TENCIA DE SOBRESEIMIENTO N° 161 de fecha 02/10/2018, en la cual se RESUELVE: 1º) DECLARAR EXTIN-GUIDA LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN en lapresente causa y en consecuencia SOBRESEER TOTALY DEFINITIVAMENTE al encartado ABEL ORLANDO GUE-RRA de circunstancias personales obrantes en autos,en el delito de "LESIONES LEVES AGRAVADAS", previs-to y reprimido por el Arts. 89 y 92 en función del Inc. 1°del Art. 80, todos del Código Penal, de conformidad conlas disposiciones de los Arts. 357 (Antes Art. 346) y 359(antes Arts. 348) inc. 4° del Código Procesal Penal Ley

    N° 965-N- Digesto Jurídico (Ley 4538) y Arts. 59 inc. 3°,62 inc. 2° y 67 apartado b), todos del Código Penal...".-Fdo. Dra. Yolanda I. Alvarenga de Gómez Samela -JuezTitular de Garantías-, Secretario Titular Dr. Pablo Gusta-vo Orsolini.- Villa Angela, Chaco, 24 de octubre de 2018.-

    Dr. Pablo Gustavo Orsolini, Secretario Titulars/c. E:31/10 V:9/11/18

    ––––––––––––– >*< –––––––––––––EDICTO.- LA SRA. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE GA-RANTIAS DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIALDE LA PROVINCIA DEL CHACO, DRA. YOLANDA I.ALVARENGA DE GÓMEZ SAMELA, HACE SABER QUE,RESPECTO DE: SOSA, JORGE JAVIER, sin alias de nacio-nalidad ARGENTINA, con 30 años de edad, estado civilcasado, de ocupación jornalero D.N.I. N° 32.557.173, domi-ciliado en Sección D, CHACRA 53, PC 07, 20 VIVIENDAS deVilla Angela, nacido en Villa Angela, en fecha 15 de No-viembre de 1986, es hijo de ACOSTA, EULALIA EVANGELINA(V) y de SOSA JORGE ANTONIO (V); en la causacaratulada: "GONZALEZ MARIA CELESTE S/DENUNCIA",Expte. N° 7797/16, (Reg. de la Fiscalia de Investigación N°1 de esta ciudad), se ha dictado la SENTENCIA DESOBRESEIMIENTO N° 101 de fecha 28/08/2018, en la cualse RESUELVE: 1°) SOBRESEER TOTAL Y DEFINITIVAMEN-TE en favor del imputado SOSA JORGE JAVIER, de filiaciónpersonal supra, en el delito de "AMENAZAS" - Art. 149 bis,Primer párrafo, primer apartado del Código Penal, de con-formidad a lo establecido en los Arts. 357 in fine y 359(antes Arts. 346 y 348) último párrafo del C.P.P. Ley 965-NDigesto Jurídico (Ley 4538)...".- Fdo. Dra. Yolanda I.Alvarenga de Gómez Samela -Juez Titular de Garantías-,Secretario Titular Dr. Pablo Gustavo Orsolini.- Villa Angela,Chaco, 25 de octubre de 2018.-

    Dr. Pablo Gustavo Orsolini, Secretario Titulars/c. E:31/10 V:9/11/18

    ––––––––––––– >*< –––––––––––––EDICTO.- LA SRA. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DEGARANTIAS DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDI-CIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO, DRA. YOLANDA I.ALVARENGA DE GÓMEZ SAMELA, HACE SABER QUE,RESPECTO DE: ERICK GERMAN CARRIÓN, de nacionali-dad ARGENTINA, con 22 años de edad, estado civilSOLTERO, de profesión Preventista, D.N.I. N° 36.952.747,domiciliado en Departamento N° 9 Santa Maria de Oro yMaipú ciudad, nacido en Villa Angela en fecha 27 deFebrero de 1993, hijo de Juan Jose Carrión y VivianaElizabeth Quiroz; en la causa caratulada: "CARRIONERICK GERMAN S/ LESIONES", Expte. N° 2941/15, (Reg.de la Fiscalia de Investigación N° 3 de esta ciudad), seha dictado la SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO N° 71 defecha 08/08/2018, en la cual se RESUELVE: 1º DECLA-RAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIP-CIÓN en la presente causa y en consecuencia SOBRE-SEER TOTAL Y DEFINITIVAMENTE al encartado ERICKGERMAN CARRION de c ircunstancias personalesobrantes en autos, en el delito de "LESIONES LEVESAGRAVADAS " Art. 89 y 92 en función del inc. 1° del Art.80 del Código Penal, de conformidad con las disposicio-nes de los Arts. 357 (Antes Art. 346) y 359 (antes Arts.348) inc. 4° del Código Procesal Penal Ley N° 965-N-Digesto Jurídico (Ley 4538) y Arts. 59 inc. 3°, 62 inc. 2°y 67 apartado b), todos del Código Penal...".- Fdo. Dra.Yolanda I. Alvarenga de Gómez Samela -Juez Titular deGarantías-, Secretaria Subrogante Dra. Rocío S. Carre-ra.- Villa Angela, Chaco, 24 de octubre de 2018.-

    Dr. Pablo Gustavo OrsoliniSecretario Titular

    s/c. E:31/10 V:9/11/18

  • Miércoles 7 de Noviembre de 2018Página 8 BOLETIN OFICIAL

    EDICTO.- EDICTO.- LA SRA. JUEZ TITULAR DEL JUZ-GADO DE GARANTIAS DE LA TERCERA CIRCUNSCRIP-CIÓN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO, DRA.YOLANDA I. ALVARENGA DE GÓMEZ SAMELA, HACESABER QUE, RESPECTO DE: MILTON EXEQUIEL DIAZ,alias "SEXY", de nacionalidad ARGENTINA, con 21 añosde edad, estado civil SOLTERO, de profesión JORNALE-RO, D.N.I. N° 40.447.093, domiciliado en STA. MARIA DEORO y GUEMES Coronel Du Graty, celular N° 03735-418110, nacido en Villa Angela en fecha 03 de Septiem-bre de 1997, que es hijo de Mario Daniel Diaz y de NormaBeatriz Junco; en la causa caratulada: "DIAZ MILTONEZEQUIEL S/ DAÑO", Expte. N° 4419/16, (Reg. de laFiscalia de Investigación N° 3 de esta ciudad), se hadictado la SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO N° 163 defecha 02/10/2018, en la cual se RESUELVE: 1°) DECLA-RAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIP-CIÓN en la presente causa y en consecuencia SOBRE-SEER TOTAL Y DEFINITIVAMENTE al encartado DIAZ.MILTON EXEQUIEL, de circunstancias personalesobrantes en autos, en el delito de "DAÑO", previsto yreprimido en el Art. 183 del Código Penal, de conformi-dad con las disposiciones de los Arts. 357 (Antes Art.346) y 359 (antes Arts. 348) inc. 4° del Código ProcesalPenal Ley N° 965-N-Digesto Jurídico (Ley 4538) y Arts.59 inc. 3º, 62 inc. 2° y 67 apartado b), todos del CódigoPenal...".- Fdo. Dra. Yolanda I. Alvarenga de GómezSamela -Juez Titular de Garantías-, Secretario Titular Dr.Pablo Gustavo Orsolini.- Villa Angela, Chaco, 24 de oc-tubre de 2018.-

    Dr. Pablo Gustavo OrsoliniSecretario Titular

    s/c. E:31/10 V:9/11/18––––––––––––– >*< –––––––––––––

    EDICTO.- LA SRA. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DEGARANTIAS DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDI-CIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO, DRA. YOLANDA I.ALVARENGA DE GÓMEZ SAMELA, HACE SABER QUE,RESPECTO DE: VERA, LUIS ALEJANDRO, alias "NEGRO",de nacionalidad ARGENTINO, con 36 años de edad, es-tado civil CASADO, de profesión ESTUDIANTE, D.N.I. N°29.366.162, domiciliado en LAVALLE S/N - B° SUR- SAN-TA SYLVINA nacido en fecha 02/05/1982, hijo de DES-CONOCIDO y de VERA, MAURICIA MERCEDEZ (V); en lacausa caratulada: "VERA LUIS ALEJANDRO S/ LESIO-NES Y AMENAZAS", Expte. N° 3175/15, (Reg. de laFiscalia de Investigación N° 1 de esta ciudad), se ha dic-tado la SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO N° 46 de fecha28/05/2018, en la cual se RESUELVE: 1°) DECLARAR EX-TINGUIDA LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN en lapresente causa y en consecuencia SOBRESEER TOTALY DEFINITIVAMENTE al encartado VERA LUIS ALEJAN-DRO, de circunstancias personales obrantes en autos,en el delito de "LESIONES LEVES EN EL MARCO DE LAVIOLENCIA DE GÉNERO" -Art. 89 en función del Art. 92,ambos del Código Penal- de conformidad con las dis-posiciones de 357 (Antes Art. 346) y 359 inc. 4° (antesArt. 348 inc. 4°) del Código Procesal- Ley N° 965-N- Di-gesto Jurídico ( Ley 4538) y Arts. 59 inc. 3°, 62 inc. 2° y 67apartado b), estos últimos del Código Penal.- II°) SOBRE-SEER TOTAL Y DEFINITIVAMENTE en la presente causaen favor del imputado VERA LUIS ALEJANDRO en el delitode "AMENAZAS CON ARMAS" -Art. 149 bis primer párra-fo 2° apartado del C.P.- de conformidad a lo dispuesto enlos Artículos 357 (Antes Art. 346) y 359 último párrafo(antes Art. 348) del Código Procesal- Ley N° 965-N-Di-gesto Jurídico (Ley 4538)„".- Fdo. Dra. Yolanda I. Alvarengade Gómez Samela -Juez Titular de Garantías-: Secretario

    Titular Dr. Pablo Gustavo Orsolini.- Villa Angela, Chaco, 25de octubre de 2018.-

    Dr. Pablo Gustavo Orsolini, Secretario Titulars/c. E:31/10 V:9/11/18

    ––––––––––––– >*< –––––––––––––EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. Las HerasNº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500), hadictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 465-2018/D, queen su parte pertinente dispone: "Resistencia, 8 de Octu-bre del 2018- VISTO: … CONSIDERANDO: …RESUELVE:Artículo 1º: Declarar inexistente a los fines tributarios eldomicilio constituido por el contribuyente LA TRAMPERASRL-CUIT 30710644876, por los motivos expuestos enlos considerandos de la presente. Artículo 2º: Constituirde oficio el domicilio fiscal del contribuyente identificadoen el artículo anterior en la sede de la AdministraciónTributaria Provincial, sito en Avenida Las Heras Nº 95planta baja de la ciudad de Resistencia, Provincia delChaco, lugar donde todo acto administrativo quedaráválidamente notificado, en todas las instancias, los díasmartes y viernes, o el inmediato día hábil. Artículo 3º:Instruir sumario al contribuyente identificado en el artí-culo 1º por presunta infracción al deber impuesto en elartículo 23º inc. b) del Código Tributario Provincial Ley83-F (antes DL 2444/62), t.v., la cual tiene prevista unamulta conforme ITEM 05: Falta de comunicación de cam-bio de Domicilio Fiscal dentro de los diez (10) días…dePlanilla Anexa a Resolución General Nº 1552/08 ymodificatorias. Artículo 4º: Disponer la publicación de lapresente por tres (3) días en el Boletín Oficial conformelo dispuesto por el art. 10 de la RG 1883 y su modificatoriaNº 1909. Artículo 5º: Regístrese, comuníquese al Depar-tamento Procesamiento y Departamento Sumarios y Mul-tas y archívese. Se dispone que, el presente edicto, poraplicación de lo dispuesto en el artículo 10º de la Reso-lución General Nº 1883 y su modificatoria ResoluciónGeneral Nº 1909, deberá publicarse en el Boletín Oficialde la Provincia del Chaco y en el Boletín Oficial de laNación Argentina, En consecuencia, cumplido el proce-dimiento dispuesto en el artículo 4º de la ResoluciónInterna Nº 465-2018/D, queda constituido de oficio eldomicilio del contribuyente en la sede de la Administra-ción Tributaria Provincial. Fdo. Cr. Daniel Fantín - a/cDirección de Recaudación Tributaria -Juez Administrati-vo-Administración Tributaria Provincial- Resistencia -Chaco - 22 de octubre del 2018.-

    ++++++++++++++++++++++++++EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. Las HerasNº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500), hadictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 466-2018/D, queen su parte pertinente dispone: "Resistencia, 8 de Octu-bre del 2018- VISTO: … CONSIDERANDO: …RESUELVE:Artículo 1º: Declarar inexistente a los fines tributarios eldomicilio constituido por el contribuyente BARTOLI JUANCARLOS -CUIT 20055869198, por los motivos expues-tos en los considerandos de la presente. Artículo 2º:Constituir de oficio el domicilio fiscal del contribuyenteidentificado en el artículo anterior en la sede de la Admi-nistración Tributaria Provincial, sito en Avenida Las HerasNº 95 planta baja de la ciudad de Resistencia, Provinciadel Chaco, lugar donde todo acto administrativo quedaráválidamente notificado, en todas las instancias, los díasmartes y viernes, o el inmediato día hábil. Artículo 3º:Instruir sumario al contribuyente identificado en el artí-

  • Página 9BOLETIN OFICIALMiércoles 7 de Noviembre de 2018

    culo 1º por presunta infracción al deber impuesto en elartículo 23º inc. b) del Código Tributario Provincial Ley83-F (antes DL 2444/62), t.v., la cual tiene prevista unamulta conforme ITEM 05: Falta de comunicación de cam-bio de Domicilio Fiscal dentro de los diez (10) días…dePlanilla Anexa a Resolución General Nº 1552/08 ymodificatorias. Artículo 4º: Disponer la publicación de lapresente por tres (3) días en el Boletín Oficial conformelo dispuesto por el art. 10 de la RG 1883 y su modificatoriaNº 1909. Artículo 5º: Regístrese, comuníquese al Depar-tamento Procesamiento y Departamento Sumarios y Mul-tas y archívese. Se dispone que, el presente edicto, poraplicación de lo dispuesto en el artículo 10º de la Reso-lución General Nº 1883 y su modificatoria ResoluciónGeneral Nº 1909, deberá publicarse en el Boletín Oficialde la Provincia del Chaco y en el Boletín Oficial de laNación Argentina, En consecuencia, cumplido el proce-dimiento dispuesto en el artículo 4º de la ResoluciónInterna Nº 466-2018/D, queda constituido de oficio eldomicilio del contribuyente en la sede de la Administra-ción Tributaria Provincial. Fdo. Cr. Daniel Fantín - a/cDirección de Recaudación Tributaria -Juez Administrati-vo-Administración Tributaria Provincial- Resistencia -Chaco - 22 de octubre del 2018.-

    ++++++++++++++++++++++++++EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. Las HerasNº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500), hadictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 467-2018/D, queen su parte pertinente dispone: "Resistencia, 9 de Octu-bre del 2018- VISTO: … CONSIDERANDO: …RESUELVE:Artículo 1º: Declarar inexistente a los fines tributarios eldomicilio constituido por el contribuyente BENES JOSELUIS -CUIT 20316132988, por los motivos expuestosen los considerandos de la presente. Artículo 2º: Cons-tituir de oficio el domicilio fiscal del contribuyente identi-ficado en el artículo anterior en la sede de la Administra-ción Tributaria Provincial, sito en Avenida Las Heras Nº95 planta baja de la ciudad de Resistencia, Provincia delChaco, lugar donde todo acto administrativo quedaráválidamente notificado, en todas las instancias, los díasmartes y viernes, o el inmediato día hábil. Artículo 3º:Instruir sumario al contribuyente identificado en el artí-culo 1º por presunta infracción al deber impuesto en elartículo 23º inc. b) del Código Tributario Provincial Ley83-F (antes DL 2444/62), t.v., la cual tiene prevista unamulta conforme ITEM 05: Falta de comunicación de cam-bio de Domicilio Fiscal dentro de los diez (10) días…dePlanilla Anexa a Resolución General Nº 1552/08 ymodificatorias. Artículo 4º: Disponer la publicación de lapresente por tres (3) días en el Boletín Oficial conformelo dispuesto por el art. 10 de la RG 1883 y su modificatoriaNº 1909. Artículo 5º: Regístrese, comuníquese al Depar-tamento Procesamiento y Departamento Sumarios y Mul-tas y archívese. En consecuencia, cumplido el procedi-miento dispuesto en el artículo 4º de la Resolución Inter-na Nº 467-2018/D, queda constituido de oficio el domici-lio del contribuyente en la sede de la AdministraciónTributaria Provincial. Fdo. Cr. Daniel Fantín - a/c Direc-ción de Recaudación Tributaria -Juez Administrativo-Administración Tributaria Provincial- Resistencia - Cha-co - 22 de octubre del 2018.-

    ++++++++++++++++++++++++++EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. Las HerasNº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500), ha

    dictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 468-2018/D, queen su parte pertinente dispone: "Resistencia, 9 de Octu-bre del 2018- VISTO: … CONSIDERANDO: …RESUELVE:Artículo 1º: Declarar inexistente a los fines tributarios eldomicilio constituido por el contribuyente BARRIENTOSDIEGO RUBEN - CUIT 20350835068, por los motivosexpuestos en los considerandos de la presente. Artícu-lo 2º: Constituir de oficio el domicilio fiscal del contribu-yente identificado en el artículo anterior en la sede de laAdministración Tributaria Provincial, sito en Avenida LasHeras Nº 95 planta baja de la ciudad de Resistencia,Provincia del Chaco, lugar donde todo acto administrati-vo quedará válidamente notificado, en todas las instan-cias, los días martes y viernes, o el inmediato día hábil.Artículo 3º: Instruir sumario al contribuyente identificadoen el artículo 1º por presunta infracción al deber im-puesto en el artículo 23º inc. b) del Código TributarioProvincial Ley 83-F (antes DL 2444/62), t.v., la cual tieneprevista una multa conforme ITEM 05: Falta de comuni-cación de cambio de Domicilio Fiscal dentro de los diez(10) días…de Planilla Anexa a Resolución General Nº1552/08 y modificatorias. Artículo 4º: Disponer la publi-cación de la presente por tres (3) días en el BoletínOficial conforme lo dispuesto por el art. 10 de la RG 1883y su modificatoria Nº 1909. Artículo 5º: Regístrese, co-muníquese al Departamento Procesamiento y Departa-mento Sumarios y Multas y archívese. En consecuen-cia, cumplido el procedimiento dispuesto en el artículo 4ºde la Resolución Interna Nº 468-2018/D, queda consti-tuido de oficio el domicilio del contribuyente en la sedede la Administración Tributaria Provincial. Fdo. Cr. DanielFantín - a/c Dirección de Recaudación Tributaria -JuezAdministrativo-Administración Tributaria Provincial- Re-sistencia - Chaco - 22 de octubre del 2018.-

    ++++++++++++++++++++++++++EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. Las HerasNº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500), hadictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 469-2018/D, queen su parte pertinente dispone: "Resistencia, 9 de Octu-bre del 2018- VISTO: … CONSIDERANDO: …RESUELVE:Artículo 1º: Declarar inexistente a los fines tributarios eldomicilio constituido por el contribuyente ZABALA PA-BLO DARIO- CUIT 20266962178, por los motivos ex-puestos en los considerandos de la presente. Artículo2º: Constituir de oficio el domicilio fiscal del contribuyen-te identificado en el artículo anterior en la sede de laAdministración Tributaria Provincial, sito en Avenida LasHeras Nº 95 planta baja de la ciudad de Resistencia,Provincia del Chaco, lugar donde todo acto administrati-vo quedará válidamente notificado, en todas las instan-cias, los días martes y viernes, o el inmediato día hábil.Artículo 3º: Instruir sumario al contribuyente identificadoen el artículo 1º por presunta infracción al deber im-puesto en el artículo 23º inc. b) del Código TributarioProvincial Ley 83-F (antes DL 2444/62), t.v., la cual tieneprevista una multa conforme ITEM 05: Falta de comuni-cación de cambio de Domicilio Fiscal dentro de los diez(10) días…de Planilla Anexa a Resolución General Nº1552/08 y modificatorias. Artículo 4º: Disponer la publi-cación de la presente por tres (3) días en el BoletínOficial conforme lo dispuesto por el art. 10 de la RG 1883y su modificatoria Nº 1909. Artículo 5º: Regístrese, co-muníquese al Departamento Procesamiento y Departa-mento Sumarios y Multas y archívese. En consecuen-cia, cumplido el procedimiento dispuesto en el artículo 4ºde la Resolución Interna Nº 469-2018/D, queda consti-

  • Miércoles 7 de Noviembre de 2018Página 10 BOLETIN OFICIAL

    tuido de oficio el domicilio del contribuyente en la sedede la Administración Tributaria Provincial. Fdo. Cr. DanielFantín - a/c Dirección de Recaudación Tributaria -JuezAdministrativo-Administración Tributaria Provincial- Re-sistencia - Chaco - 22 de octubre del 2018.-

    ++++++++++++++++++++++++++EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE FISCALI-ZACION DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA de la PRO-VINCIA DEL CHACO, sito en Av. Las Heras Nº 95 de laCiudad de Resistencia-Chaco (3500), ha dictado la RE-SOLUCIÓN INTERNA Nº 477-2018/D, que en su partepertinente dispone: "Resistencia, 11 de Octubre del 2018-VISTO: … CONSIDERANDO: …RESUELVE: Artículo 1º:Declarar inexistente a los fines tributarios el domicilioconstituido por el contribuyente IRIART CARLOS OSCAR- CUIT 20133065092, por los motivos expuestos en losconsiderandos de la presente. Artículo 2º: Constituir deoficio el domicilio fiscal del contribuyente identificado enel artículo anterior en la sede de la AdministraciónTributaria Provincial, sito en Avenida Las Heras Nº 95planta baja de la ciudad de Resistencia, Provincia delChaco, lugar donde todo acto administrativo quedaráválidamente notificado, en todas las instancias, los díasmartes y viernes, o el inmediato día hábil. Artículo 3º:Instruir sumario al contribuyente identificado en el artí-culo 1º por presunta infracción al deber impuesto en elartículo 23º inc. b) del Código Tributario Provincial Ley83-F (antes DL 2444/62), t.v., la cual tiene prevista unamulta conforme ITEM 05: Falta de comunicación de cam-bio de Domicilio Fiscal dentro de los diez (10) días…dePlanilla Anexa a Resolución General Nº 1552/08 ymodificatorias. Artículo 4º: Disponer la publicación de lapresente por tres (3) días en el Boletín Oficial conformelo dispuesto por el art. 10 de la RG 1883 y su modificatoriaNº 1909. Artículo 5º: Regístrese, comuníquese al Depar-tamento Procesamiento y Departamento Sumarios y Mul-tas y archívese. En consecuencia, cumplido el procedi-miento dispuesto en el artículo 4º de la Resolución Inter-na Nº 477-2018/D, queda constituido de oficio el domici-lio del contribuyente en la sede de la AdministraciónTributaria Provincial. Fdo. Cra. Luciana Kuc - a/c Direc-ción de Fiscalización -Juez Administrativo-Administra-ción Tributaria Provincial- Resistencia - Chaco - 22 deoctubre del 2018.-

    ++++++++++++++++++++++++++EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. LasHeras Nº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500),ha dictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 472-2018/D,que en su parte pertinente dispone: "Resistencia, 9 deOctubre del 2018- VISTO: …CONSIDERANDO:… RE-SUELVE: Artículo 1º: Declarar inexistente a los finestributarios el domicilio constituido por el contribuyenteHERRERA SILVIA GLADYS CUIT N° 27-10334522-2,por los motivos expuestos en los considerandos de lapresente. Artículo 2º: Constituir de oficio el domicilio fis-cal del contribuyente identificado en el artículo anterioren la sede de la Administración Tributaria Provincial, sitoen Avenida Las Heras Nº 95 planta baja de la ciudad deResistencia, Provincia del Chaco, lugar donde todo actoadministrativo quedará válidamente notificado, en todaslas instancias, los días martes y viernes, o el inmediatodía hábil. Artículo 3º: Instruir sumario al contribuyenteidentificado en el artículo 1º por presunta infracción aldeber impuesto en el artículo 23º inc. b) del Código Tri-butario Provincial Ley 83-F-, t.v., la cual tiene previstauna multa conforme ITEM 05: Falta de comunicación de

    cambio de Domicilio Fiscal dentro de los diez (10)días…de Planilla Anexa a Resolución General Nº 1552/08 y modificatorias. Artículo 4º: Disponer la publicaciónde la presente por tres (3) días en el Boletín Oficialconforme lo dispuesto por el art. 10 de la RG 1883 y sumodificatoria Nº 1909. Artículo 5º: Regístrese, comuní-quese al Departamento Procesamiento y DepartamentoSumarios y Multas y archívese. En consecuencia, cum-plido el procedimiento dispuesto en el artículo 4º de laResolución Interna Nº 472-2018/D, queda constituido deoficio el domicilio del contribuyente en la sede de la Ad-ministración Tributaria Provincial. Fdo. Cr. Daniel Fantin -a/c Dirección de Recaudación Tributaria -Juez Adminis-trativo-Administración Tributaria Provincial- Resistencia- Chaco - 17 de Octubre de 2018.-

    ++++++++++++++++++++++++++EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. LasHeras Nº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500),ha dictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 475-2018/D,que en su parte pertinente dispone: "Resistencia, 10 deOctubre del 2018- VISTO: …CONSIDERANDO:… RE-SUELVE: Artículo 1º: Declarar inexistente a los finestributarios el domicilio constituido por el contribuyenteMETRO S.R.L. CUIT N° 30-70931067-0, por los motivosexpuestos en los considerandos de la presente. Artícu-lo 2º: Constituir de oficio el domicilio fiscal del contribu-yente identificado en el artículo anterior en la sede de laAdministración Tributaria Provincial, sito en Avenida LasHeras Nº 95 planta baja de la ciudad de Resistencia,Provincia del Chaco, lugar donde todo acto administrati-vo quedará válidamente notificado, en todas las instan-cias, los días martes y viernes, o el inmediato día hábil.Artículo 3º: Instruir sumario al contribuyente identificadoen el artículo 1º por presunta infracción al deber im-puesto en el artículo 23º inc. b) del Código TributarioProvincial Ley 83-F-, t.v., la cual tiene prevista una multaconforme ITEM 05: Falta de comunicación de cambio deDomicilio Fiscal dentro de los diez (10) días…de PlanillaAnexa a Resolución General Nº 1552/08 y modificatorias.Artículo 4º: Disponer la publicación de la presente portres (3) días en el Boletín Oficial conforme lo dispuestopor el art. 10 de la RG 1883 y su modificatoria Nº 1909.Artículo 5º: Regístrese, comuníquese al DepartamentoProcesamiento y Departamento Sumarios y Multas yarchívese. En consecuencia, cumplido el procedimientodispuesto en el artículo 4º de la Resolución Interna Nº475-2018/D, queda constituido de oficio el domicilio delcontribuyente en la sede de la Administración TributariaProvincial. Fdo. Cr. Daniel Fantin - a/c Dirección de Re-caudación Tributaria -Juez Administrativo-AdministraciónTributaria Provincial- Resistencia - Chaco - 17 de Octu-bre de 2018

    ++++++++++++++++++++++++++EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. LasHeras Nº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500),ha dictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 473-2018/D,que en su parte pertinente dispone: "Resistencia, 9 deOctubre del 2018- VISTO: …CONSIDERANDO:… RE-SUELVE: Artículo 1º: Declarar inexistente a los finestributarios el domicilio constituido por el contribuyenteRIVAS GLADYS ESTHER CUIT N° 27-12421886-7, porlos motivos expuestos en los considerandos de la pre-sente. Artículo 2º: Constituir de oficio el domicilio fiscaldel contribuyente identificado en el artículo anterior en la

  • Página 11BOLETIN OFICIALMiércoles 7 de Noviembre de 2018

    sede de la Administración Tributaria Provincial, sito enAvenida Las Heras Nº 95 planta baja de la ciudad deResistencia, Provincia del Chaco, lugar donde todo actoadministrativo quedará válidamente notificado, en todaslas instancias, los días martes y viernes, o el inmediatodía hábil. Artículo 3º: Instruir sumario al contribuyenteidentificado en el artículo 1º por presunta infracción aldeber impuesto en el artículo 23º inc. b) del Código Tri-butario Provincial Ley 83-F-, t.v., la cual tiene previstauna multa conforme ITEM 05: Falta de comunicación decambio de Domicilio Fiscal dentro de los diez (10)días…de Planilla Anexa a Resolución General Nº 1552/08 y modificatorias. Artículo 4º: Disponer la publicaciónde la presente por tres (3) días en el Boletín Oficialconforme lo dispuesto por el art. 10 de la RG 1883 y sumodificatoria Nº 1909. Artículo 5º: Regístrese, comuní-quese al Departamento Procesamiento y DepartamentoSumarios y Multas y archívese. En consecuencia, cum-plido el procedimiento dispuesto en el artículo 4º de laResolución Interna Nº 473-2018/D, queda constituido deoficio el domicilio del contribuyente en la sede de la Ad-ministración Tributaria Provincial. Fdo. Cr. Daniel Fantin -a/c Dirección de Recaudación Tributaria -Juez Adminis-trativo-Administración Tributaria Provincial- Resistencia- Chaco - 17 de Octubre de 2018.-

    ++++++++++++++++++++++++++EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. LasHeras Nº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500),ha dictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 474-2018/D,que en su parte pertinente dispone: "Resistencia, 10 deOctubre del 2018- VISTO: …CONSIDERANDO:… RE-SUELVE: Artículo 1º: Declarar inexistente a los finestributarios el domicilio constituido por el contribuyenteRODRIGUEZ MARIA VERONICA CUIT N° 27-24264896-5, por los motivos expuestos en los considerandos de lapresente. Artículo 2º: Constituir de oficio el domicilio fis-cal del contribuyente identificado en el artículo anterioren la sede de la Administración Tributaria Provincial, sitoen Avenida Las Heras Nº 95 planta baja de la ciudad deResistencia, Provincia del Chaco, lugar donde todo actoadministrativo quedará válidamente notificado, en todaslas instancias, los días martes y viernes, o el inmediatodía hábil. Artículo 3º: Instruir sumario al contribuyenteidentificado en el artículo 1º por presunta infracción aldeber impuesto en el artículo 23º inc. b) del Código Tri-butario Provincial Ley 83-F-, t.v., la cual tiene previstauna multa conforme ITEM 05: Falta de comunicaciónde cambio de Domicilio Fiscal dentro de los diez (10)días…de Planilla Anexa a Resolución General Nº 1552/08 y modif icatorias. Artículo 4º: Disponer la publica-ción de la presente por tres (3) días en el BoletínOficial conforme lo dispuesto por el art. 10 de la RG1883 y su modificatoria Nº 1909. Artículo 5º: Regístre-se, comuníquese al Departamento Procesamiento yDepartamento Sumarios y Multas y archívese. En con-secuencia, cumplido el procedimiento dispuesto en elartículo 4º de la Resolución Interna Nº 474-2018/D,queda constituido de oficio el domicilio del contribu-yente en la sede de la Administración Tributaria Pro-vincial. Fdo. Cr. Daniel Fantin - a/c Dirección de Re-caudación Tributaria -Juez Administrativo-Administra-ción Tributaria Provincial- Resistencia - Chaco - 17 deOctubre de 2018.-

    C.P. José Valentín BenítezAdministrador General - ATP

    s/c. E:5/11 V:9/11/18

    EDICTO.- La Dr. María Ángeles Vulekovich, Juez - JuzgadoCivil y Comercial N° 12 de la Ciudad de Resistencia, sito enAv. Laprida N° 33 - Torre 2 - tercer piso, Ciudad, ha dispues-to en los autos caratulados "SMN S.A. C/ GOMEZ ROMINAALEJANDRA S/EJECUTIVO" Expte. N° 4773/17 "Resisten-cia, 19 de septiembre de 2018... NOTIFIQUESE la parte reso-lutiva de la sentencia monitoria emitida en autos, a la ejecu-tada ROMINA ALEJANDRA GOMEZ (D.N.I. N° 34899896) porEDICTOS que se publicarán por DOS (02) días en el BoletínOficial y en un diario local de mayor circulación. NOT.- MA-RIA DE LOS ANGELES VULEKOVICH JUEZ - JUZ. CIV. COM.N° 12:" Resistencia, 30 de junio de 2017.- AUTOS Y VIS-TOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: I) LLEVAR ADELAN-TE LA EJECUCION contra ROMINA ALEJANDRA GOMEZ,condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOSDIECINUEVE MIL QUINIENTOS ($19.500,00) en concepto decapital, con mas los intereses a calcular de conformidad a lodispuesto en los considerandos, y las costas que se presu-puestan provisoriamente en la suma de PESOS CINCO MILOCHOCIENTOS CINCUENTA ($5.850,00), sujeta a liquidacióndefinitiva.- II) HACER SABER AL EJECUTADO que dentro delplazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente conlo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a éstasentencia deduciendo las excepciones previstas en el art. 8de la ley 6002, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art.6 párrafo primero de la citada ley. Asimismo, INTIMASELO aque en igual plazo constituya domicilio legal, bajo apercibi-miento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzga-do en los términos del art. 41 del CPCC.- III) IMPONER lascostas a la ejecutada (art. 21 de la ley 6002).- IV) REGULARlos honorarios profesionales del Dr. JAVIER HORACIOCUSTIDIANO y JOSE LUCIANO IGNAZETTI en la suma dePESOS TRES MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO ($3.224,00),a cada uno, como Patrocinantes y en la suma de PESOS UNMIL DOSCIENTOS OCHENTA y NUEVE ($1.289,00), a cadauno, como Apoderado, con más IVA (21%) si correspondiere,(arts. 3, 5, 6 y 15 de la ley 2011 modif. por ley 5532, y con losalcances especificados en el art. 730 del Código Civil yComercial. NOTIFIQUESE A CAJA FORENSE Y CUMPLASECON LOS APORTES DE LEY- - V) NOTIFICAR la presente enel domicilio real del ejecutado con copias de la diligencia, dela demanda y documental de conformidad a lo normado porel art. 4° de la ley 6002 y Art. 318 del C.P.C.C. con transcrip-ción de los mencionados artículos.- VI) NOTIFIQUESE, RE-GISTRESE Y PROTOCOLICESE.- MARIA DE LOS ANGELESVULEKOVICH JUEZ - JUZ. CIV. COM. N° 12. Rcia., 24 octu-bre de 2018.-

    Natalia Soledad MoreschiProsecretaria Provisoria

    R.Nº 175.647 E:5/11 V:7/11/18––––––––––––– >*< –––––––––––––

    EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. Las HerasNº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500), hadictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 480-2018/D, queen su parte pertinente dispone: "Resistencia, 11 deOctubre del 2018- VISTO: … CONSIDERANDO: …RE-SUELVE: Artículo 1º: Declarar inexistente a los finestributarios el domicilio constituido por el contribuyenteCOOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS-CUIT30710830734, por los motivos expuestos en losconsiderandos de la presente. Artículo 2º: Constituir deoficio el domicilio fiscal del contribuyente identificado enel artículo anterior en la sede de la AdministraciónTributaria Provincial, sito en Avenida Las Heras Nº 95planta baja de la ciudad de Resistencia, Provincia delChaco, lugar donde todo acto administrativo quedará

  • Miércoles 7 de Noviembre de 2018Página 12 BOLETIN OFICIAL

    válidamente notificado, en todas las instancias, los díasmartes y viernes, o el inmediato día hábil. Artículo 3º:Instruir sumario al contribuyente identificado en el artí-culo 1º por presunta infracción al deber impuesto en elartículo 23º inc. b) del Código Tributario Provincial Ley83-F (antes DL 2444/62), t.v., la cual tiene prevista unamulta conforme ITEM 05: Falta de comunicación de cam-bio de Domicilio Fiscal dentro de los diez (10) días…dePlanilla Anexa a Resolución General Nº 1552/08 ymodificatorias. Artículo 4º: Disponer la publicación de lapresente por tres (3) días en el Boletín Oficial conformelo dispuesto por el art. 10 de la RG 1883 y su modificatoriaNº 1909. Artículo 5º: Regístrese, comuníquese al Depar-tamento Procesamiento y Departamento Sumarios y Mul-tas y archívese. Se dispone que, el presente edicto, poraplicación de lo dispuesto en el artículo 10º de la Reso-lución General Nº 1883 y su modificatoria ResoluciónGeneral Nº 1909, deberá publicarse en el Boletín Oficialde la Provincia del Chaco y en el Boletín Oficial de laNación Argentina, En consecuencia, cumplido el proce-dimiento dispuesto en el artículo 4º de la ResoluciónInterna Nº 480-2018/D, queda constituido de oficio eldomicilio del contribuyente en la sede de la Administra-ción Tributaria Provincial. Fdo. Cr. Daniel Fantín - a/cDirección de Recaudación Tributaria -Juez Administrati-vo-Administración Tributaria Provincial- Resistencia -Chaco - 23 de octubre del 2018.-

    ****************************************EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. Las HerasNº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500), hadictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 479-2018/D, queen su parte pertinente dispone: "Resistencia, 11 de Oc-tubre del 2018- VISTO: … CONSIDERANDO: …RESUEL-VE: Artículo 1º: Declarar inexistente a los fines tributa-rios el domicilio constituido por el contribuyente SAENZPEÑA CONSTRUCCIONES SRL-CUIT 30708567473, porlos motivos expuestos en los considerandos de la pre-sente. Artículo 2º: Constituir de oficio el domicilio fiscaldel contribuyente identificado en el artículo anterior en lasede de la Administración Tributaria Provincial, sito enAvenida Las Heras Nº 95 planta baja de la ciudad deResistencia, Provincia del Chaco, lugar donde todo actoadministrativo quedará válidamente notificado, en todaslas instancias, los días martes y viernes, o el inmediato díahábil. Artículo 3º: Instruir sumario al contribuyente identifi-cado en el artículo 1º por presunta infracción al deberimpuesto en el artículo 23º inc. b) del Código TributarioProvincial Ley 83-F (antes DL 2444/62), t.v., la cual tieneprevista una multa conforme ITEM 05: Falta de comunica-ción de cambio de Domicilio Fiscal dentro de los diez (10)días…de Planilla Anexa a Resolución General Nº 1552/08 ymodificatorias. Artículo 4º: Disponer la publicación de lapresente por tres (3) días en el Boletín Oficial conforme lodispuesto por el art. 10 de la RG 1883 y su modificatoria Nº1909. Artículo 5º: Regístrese, comuníquese al Departa-mento Procesamiento y Departamento Sumarios y Multas yarchívese. En consecuencia, cumplido el procedimientodispuesto en el artículo 4º de la Resolución Interna Nº 479-2018/D, queda constituido de oficio el domicilio del contri-buyente en la sede de la Administración Tributaria Provin-cial. Fdo. Cr. Daniel Fantín - a/c Dirección de RecaudaciónTributaria -Juez Administrativo-Administración TributariaProvincial- Resistencia - Chaco - 23 de octubre del 2018.-

    ****************************************EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-

    RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. Las HerasNº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500), hadictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 461-2018/D, queen su parte pertinente dispone: "Resistencia, 8 de Octu-bre del 2018- VISTO: … CONSIDERANDO: …RESUELVE:Artículo 1º: Declarar inexistente a los fines tributarios eldomicilio constituido por el contribuyente GONZALEZ,GUILLERMA BEATRIZ - CUIT 27164285923, por losmotivos expuestos en los considerandos de la presen-te. Artículo 2º: Constituir de oficio el domicilio fiscal delcontribuyente identificado en el artículo anterior en lasede de la Administración Tributaria Provincial, sito enAvenida Las Heras Nº 95 planta baja de la ciudad deResistencia, Provincia del Chaco, lugar donde todo actoadministrativo quedará válidamente notificado, en todaslas instancias, los días martes y viernes, o el inmediatodía hábil. Artículo 3º: Instruir sumario al contribuyenteidentificado en el artículo 1º por presunta infracción aldeber impuesto en el artículo 23º inc. b) del Código Tri-butario Provincial Ley 83-F (antes DL 2444/62), t.v., lacual tiene prevista una multa conforme ITEM 05: Falta decomunicación de cambio de Domicilio Fiscal dentro delos diez (10) días…de Planilla Anexa a Resolución Ge-neral Nº 1552/08 y modificatorias. Artículo 4º: Disponerla publicación de la presente por tres (3) días en elBoletín Oficial conforme lo dispuesto por el art. 10 de laRG 1883 y su modificatoria Nº 1909. Artículo 5º: Regís-trese, comuníquese al Departamento Procesamiento yDepartamento Sumarios y Multas y archívese. En con-secuencia, cumplido el procedimiento dispuesto en elartículo 4º de la Resolución Interna Nº 461-2018/D, que-da constituido de oficio el domicilio del contribuyente enla sede de la Administración Tributaria Provincial. Fdo.Cr. Daniel Fantín - a/c Dirección de Recaudación Tributaria-Juez Administrativo-Administración Tributaria Provincial-Resistencia - Chaco - 23 de octubre del 2018.-

    ****************************************EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. Las HerasNº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500), hadictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 462-2018/D, queen su parte pertinente dispone: "Resistencia, 8 de Octu-bre del 2018- VISTO: … CONSIDERANDO: …RESUELVE:Artículo 1º: Declarar inexistente a los fines tributarios eldomicilio constituido por el contribuyente M Y M CONS-TRUCCION EN SECO SA (EN F )- CUIT 30711635897,por los motivos expuestos en los considerandos de lapresente. Artículo 2º: Constituir de oficio el domicilio fis-cal del contribuyente identificado en el artículo anterioren la sede de la Administración Tributaria Provincial, sitoen Avenida Las Heras Nº 95 planta baja de la ciudad deResistencia, Provincia del Chaco, lugar donde todo actoadministrativo quedará válidamente notificado, en todaslas instancias, los días martes y viernes, o el inmediatodía hábil. Artículo 3º: Instruir sumario al contribuyenteidentificado en el artículo 1º por presunta infracción aldeber impuesto en el artículo 23º inc. b) del Código Tri-butario Provincial Ley 83-F (antes DL 2444/62), t.v., lacual tiene prevista una multa conforme ITEM 05: Falta decomunicación de cambio de Domicilio Fiscal dentro delos diez (10) días…de Planilla Anexa a Resolución Ge-neral Nº 1552/08 y modificatorias. Artículo 4º: Disponerla publicación de la presente por tres (3) días en elBoletín Oficial conforme lo dispuesto por el art. 10 de laRG 1883 y su modificatoria Nº 1909. Artículo 5º: Regís-trese, comuníquese al Departamento Procesamiento yDepartamento Sumarios y Multas y archívese. En con-

  • Página 13BOLETIN OFICIALMiércoles 7 de Noviembre de 2018

    secuencia, cumplido el procedimiento dispuesto en elartículo 4º de la Resolución Interna Nº 462-2018/D, que-da constituido de oficio el domicilio del contribuyente enla sede de la Administración Tributaria Provincial. Fdo.Cr. Daniel Fantín - a/c Dirección de Recaudación Tributaria-Juez Administrativo-Administración Tributaria Provincial-Resistencia - Chaco - 23 de octubre del 2018.-

    ****************************************EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. Las HerasNº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500), hadictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 463-2018/D, queen su parte pertinente dispone: "Resistencia, 8 de Octu-bre del 2018- VISTO: … CONSIDERANDO: …RESUELVE:Artículo 1º: Declarar inexistente a los fines tributarios eldomicilio constituido por el contr ibuyente JUAREZMARCELA MARILIN- CUIT 27332282927, por los moti-vos expuestos en los considerandos de la presente.Artículo 2º: Constituir de oficio el domicilio fiscal del con-tribuyente identificado en el artículo anterior en la sedede la Administración Tributaria Provincial, sito en Aveni-da Las Heras Nº 95 planta baja de la ciudad de Resisten-cia, Provincia del Chaco, lugar donde todo acto adminis-trativo quedará válidamente notificado, en todas las ins-tancias, los días martes y viernes, o el inmediato díahábil. Artículo 3º: Instruir sumario al contribuyente iden-tificado en el artículo 1º por presunta infracción al deberimpuesto en el artículo 23º inc. b) del Código TributarioProvincial Ley 83-F (antes DL 2444/62), t.v., la cual tieneprevista una multa conforme ITEM 05: Falta de comuni-cación de cambio de Domicilio Fiscal dentro de los diez(10) días…de Planilla Anexa a Resolución General Nº1552/08 y modificatorias. Artículo 4º: Disponer la publi-cación de la presente por tres (3) días en el BoletínOficial conforme lo dispuesto por el art. 10 de la RG 1883y su modificatoria Nº 1909. Artículo 5º: Regístrese, co-muníquese al Departamento Procesamiento y Departa-mento Sumarios y Multas y archívese. En consecuen-cia, cumplido el procedimiento dispuesto en el artículo 4ºde la Resolución Interna Nº 463-2018/D, queda consti-tuido de oficio el domicilio del contribuyente en la sedede la Administración Tributaria Provincial. Fdo. Cr. DanielFantín - a/c Dirección de Recaudación Tributaria -JuezAdministrativo-Administración Tributaria Provincial- Re-sistencia - Chaco - 23 de octubre del 2018.-

    ****************************************EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. Las HerasNº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500), hadictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 464-2018/D, queen su parte pertinente dispone: "Resistencia, 8 de Octu-bre del 2018- VISTO: … CONSIDERANDO: …RESUELVE:Artículo 1º: Declarar inexistente a los fines tributarios eldomic il io constituido por el contr ibuyente NORTEAGROSERVICIOS - CUIT 30712238743, por los moti-vos expuestos en los considerandos de la presente.Artículo 2º: Constituir de oficio el domicilio fiscal del con-tribuyente identificado en el artículo anterior en la sedede la Administración Tributaria Provincial, sito en Aveni-da Las Heras Nº 95 planta baja de la ciudad de Resisten-cia, Provincia del Chaco, lugar donde todo acto adminis-trativo quedará válidamente notificado, en todas las ins-tancias, los días martes y viernes, o el inmediato díahábil. Artículo 3º: Instruir sumario al contribuyente iden-tificado en el artículo 1º por presunta infracción al deberimpuesto en el artículo 23º inc. b) del Código Tributario

    Provincial Ley 83-F (antes DL 2444/62), t.v., la cual tieneprevista una multa conforme ITEM 05: Falta de comuni-cación de cambio de Domicilio Fiscal dentro de los diez(10) días…de Planilla Anexa a Resolución General Nº1552/08 y modificatorias. Artículo 4º: Disponer la publi-cación de la presente por tres (3) días en el BoletínOficial conforme lo dispuesto por el art. 10 de la RG 1883y su modificatoria Nº 1909. Artículo 5º: Regístrese, co-muníquese al Departamento Procesamiento y Departa-mento Sumarios y Multas y archívese. En consecuen-cia, cumplido el procedimiento dispuesto en el artículo 4ºde la Resolución Interna Nº 464-2018/D, queda consti-tuido de oficio el domicilio del contribuyente en la sedede la Administración Tributaria Provincial. Fdo. Cr. DanielFantín - a/c Dirección de Recaudación Tributaria -JuezAdministrativo-Administración Tributaria Provincial- Re-sistencia - Chaco - 23 de octubre del 2018.-

    ****************************************EDICTO.- Se hace saber que la DIRECCIÓN DE RECAU-DACIÓN TRIBUTARIA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTA-RIA de la PROVINCIA DEL CHACO, sito en Av. LasHeras Nº 95 de la Ciudad de Resistencia-Chaco (3500),ha dictado la RESOLUCIÓN INTERNA Nº 498-2018/D,que en su parte pertinente dispone: "Resistencia, 17 deOctubre del 2018- VISTO: …CONSIDERANDO:… RE-SUELVE: Artículo 1º: Declarar inexistente a los finestributarios el domicilio constituido por el contribuyentePESMA SRL CUIT N° 30-71464213-4, por los motivosexpuestos en los considerandos