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BOLETINOFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Direc.: C/Julián Clavería, 11 Depósito Legal: O/2532–82 Núm. 138 Jueves, 15 de junio de 2000 http://www.princast.es/bopa SUMARIO Págs. I. Principado de Asturias OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERIA DE TRABAJO Y PROMOCION DE EMPLEO: Resolución de 15 de mayo de 2000, de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo, por la que se ordena la inscripción del Convenio Colectivo de Fundaciones y Patronato dependiente del Ayunta- miento de Gijón, en el Registro de Convenios Colectivos ................................................................. 6978 Resolución de 23 de mayo de 2000, de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo, por la que se ordena la inscripción del Convenio Colectivo de la Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Gijón, S.A., en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral ..................................................................... 6992 ANUNCIOS CONSEJERIA DE HACIENDA: Información pública por la que se anuncia el con- curso, por procedimiento abierto, del servicio de lim- pieza de los locales ocupados por la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo en calle Uría, n.º 10, plantas 5.ª, 6.ª, 7.ª y 8.ª y por la Agencia Regio- nal de Consumo y Sanidad Ambiental, en la calle Marqués de Santa Cruz, esquina Santa Susana, 2.ª planta ........................................................................ 7002 Págs. CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICA TERRITORIAL: Resolución de 5 de junio de 2000, de la Consejería de Infraestructuras y Política Territorial, por la que se anuncia concurso, por procedimiento abierto, de la asistencia técnica para la redacción del proyecto de acondicionamiento parcial de la carretera LLN-16, Cardoso-Rales .......................................... 7003 Resolución de 7 de junio de 2000, de la Consejería de Infraestructuras y Política Territorial, por la que se anuncia concurso, por procedimiento abierto, de la asistencia técnica para la redacción del proyecto de acondicionamiento parcial de la carretera AS-334, Bustio-Villanueva ...................................... 7003 CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA: Información pública del estudio preliminar de impacto ambiental del proyecto de red de caminos en la zona de concentración parcelaria de Cobre (Vegadeo) ................................................................. 7004 III. Administración del Estado ................ 7005 IV. Administración Local ........................... 7012 V. Administración de Justicia ................ 7030

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BOLETINOFICIALDEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Direc.: C/Julián Clavería, 11Depósito Legal: O/2532–82 Núm. 138Jueves, 15 de junio de 2000http://www.princast.es/bopa

S U M A R I O

Págs.

I. Principado de Asturias

• OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE TRABAJO Y PROMOCION DE EMPLEO:

Resolución de 15 de mayo de 2000, de la Consejeríade Trabajo y Promoción de Empleo, por la quese ordena la inscripción del Convenio Colectivo deFundaciones y Patronato dependiente del Ayunta-miento de Gijón, en el Registro de ConveniosColectivos ................................................................. 6978

Resolución de 23 de mayo de 2000, de la Consejeríade Trabajo y Promoción de Empleo, por la quese ordena la inscripción del Convenio Colectivo dela Empresa Municipal de Transportes Urbanos deGijón, S.A., en el Registro de Convenios Colectivosde la Dirección General de Trabajo y SeguridadLaboral ..................................................................... 6992

• ANUNCIOS

CONSEJERIA DE HACIENDA:

Información pública por la que se anuncia el con-curso, por procedimiento abierto, del servicio de lim-pieza de los locales ocupados por la Consejería deTrabajo y Promoción de Empleo en calle Uría, n.º10, plantas 5.ª, 6.ª, 7.ª y 8.ª y por la Agencia Regio-nal de Consumo y Sanidad Ambiental, en la calleMarqués de Santa Cruz, esquina Santa Susana, 2.ªplanta ........................................................................ 7002

Págs.

CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICA TERRITORIAL:

Resolución de 5 de junio de 2000, de la Consejeríade Infraestructuras y Política Territorial, por la quese anuncia concurso, por procedimiento abierto, dela asistencia técnica para la redacción del proyectode acondicionamiento parcial de la carreteraLLN-16, Cardoso-Rales .......................................... 7003

Resolución de 7 de junio de 2000, de la Consejeríade Infraestructuras y Política Territorial, por la quese anuncia concurso, por procedimiento abierto, dela asistencia técnica para la redacción del proyectode acondicionamiento parcial de la carreteraAS-334, Bustio-Villanueva ...................................... 7003

CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:

Información pública del estudio preliminar deimpacto ambiental del proyecto de red de caminosen la zona de concentración parcelaria de Cobre(Vegadeo) ................................................................. 7004

III. Administración del Estado ................ 7005

IV. Administración Local ........................... 7012

V. Administración de Justicia ................ 7030

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15–VI–20006978 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

I. Principado de Asturias

• OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE TRABAJO Y PROMOCION DE EMPLEO:

RESOLUCION de 15 de mayo de 2000, de la Con-sejería de Trabajo y Promoción de Empleo, por la quese ordena la inscripción del Convenio Colectivo de Fun-daciones y Patronato dependiente del Ayuntamiento deGijón, en el Registro de Convenios Colectivos.

Visto el texto del Convenio Colectivo (código: 3301491,expediente: C-18/00) de Fundaciones y Patronato dependien-tes del Ayuntamiento de Gijón, recibido en esta DirecciónGeneral de Trabajo y Seguridad Laboral el 30-6-00, suscritopor la representación legal de la empresa y de los trabajadoresel día 10-1-00, y de conformidad con lo dispuesto en el art.90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido dela Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto1.040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito deConvenios Colectivos de Trabajo, en uso de las facultadesconferidas por Resolución de 6 de marzo de 2000, por laque se delegan competencias de la titular de la Consejeríade Trabajo y Promoción de Empleo en el titular de la Direc-ción General de Trabajo y Seguridad Laboral, por la presente,

R E S U E L V O

Primero.—Ordenar su inscripción en el Registro de Con-venios Colectivos de la Dirección General de Trabajo y Segu-ridad Laboral, así como su depósito y notificación a la Comi-sión Negociadora.

Segundo.—Disponer su publicación en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, 15 de mayo de 2000.—El Director General deTrabajo y Seguridad Laboral (P.D. autorizada en Resoluciónde 6-3-00, publicada en el BOLETIN OFICIAL del Prin-cipado de Asturias de 22-3-00).—8.300.

Actas de otorgamiento del Convenio Colectivo de los traba-jadores de las Fundaciones y Patronato dependientes del Ayun-

tamiento de Gijón

En Gijón, siendo las catorce horas del día 10 de enerodel año 2000, se reúnen en las dependencias del Ayunta-miento de Gijón, la Comisión Negociadora del citado Con-venio, integrada por las siguientes personas:

Por el Ayuntamiento de Gijón:

• D. Pedro Sanjurjo González, Primer Teniente de Alcal-de y Concejal Delegado de Administración de Personal.

• D. Senén Casal Iglesias, Coordinador General deServicios.

• Doña Rosa María Lucrecia Bernaldo de Quirós García,Inspectora de Servicios.

• D. José María Pérez López, Concejal Delegado de Nue-vas Tecnologías.

Por la representación sindical:

• D. Gilberto García Buelga, en representación deCC.OO.

• D. José Angel Muñoz Fuente, en representación deCC.OO.

• Doña Ana Castaño Rey, en representación de CC.OO.• Doña María Angeles Castro Piqueras, en representación

de CC.OO.• D. José Ramón Blanco García, en representación de

CC.OO.• D. Maximino Suárez Calleja, en representación de UGT.• Doña María José Mejido Jovellanos, en reprentación

de UGT.• Doña Leonor Entrialgo Vidal, en representación de

UGT.• Doña Ana María Alonso Lorenzo, en representación

de UGT.• Doña Belén Fernández González, en representación de

UGT.

Ambas partes, acuerdan:

Primero.—Reconocerse mutua legitimación y capacidadpara la negociación del Convenio, así para firmar el presenteacta de otorgamiento.

Segundo.—En virtud de las negociaciones llevadas a cabo,suscriben el presente Convenio Colectivo del Personal Labo-ral de las Fundaciones y Patronato, dependientes del Ayun-tamiento Gijón, con vigencia hasta el 31 de diciembre delaño 2003.

Tercero.—Los anexos II, VI y VII se incorporarán al textodel Convenio, una vez sean negociados con la representaciónsocial.

Cuarto.—El presente Convenio se someterá al Pleno dela Corporación para su ratificación.

Y en prueba de conformidad lo firman en Gijón, en ellugar y fecha expresados.

Acta de adhesión al Convenio Colectivo de los trabajadoresde las Fundaciones y Patronato dependientes del Ayuntamiento

de Gijón, de la representación de USO

En fecha 14 de enero del año 2000, por escrito cursadoa la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Gijón por laSección Sindical USO, en Fundaciones, comunican la adhe-sión al Convenio Colectivo de Fundaciones y Patronatodependientes del Ayuntamiento de Gijón, para el período2000/2003, con acta de otorgamiento de fecha 10-1-2000,incorporándose a la Comisión Mixta del Convenio el 19 deenero del año 2000, a cuyo efecto se firma la presente actade adhesión.

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ANEXO IFundaciones y Patronatos Municipal.—Relación de puestos de trabajo 2000

Fundación o Patronato: Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular

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Relación de puestos de trabajo de la Fundación Municipal de Servicios Sociales

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ANEXO IRelación de puestos de trabajo de 2000

Fundación o Patronato: PDM

ANEXO IIICuadro retribuciones Fundaciones y Patronato.—Ejercicio 2000

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ANEXO IVPlan de empleo 2000-2003 de las Fundaciones y Patronato

dependientes del Ayuntamiento de Gijón

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RESOLUCION de 23 de mayo de 2000, de la Con-sejería de Trabajo y Promoción de Empleo, por la quese ordena la inscripción del Convenio Colectivo de laEmpresa Municipal de Transportes Urbanos de Gijón,S.A., en el Registro de Convenios Colectivos de la Direc-ción General de Trabajo y Seguridad Laboral.

Visto el texto del Convenio Colectivo (código: 3300432, expediente:C-20/00) de la Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Gijón, S.A.,recibido en esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral el 22-5-00,suscrito por la representación legal de las empresas y de los trabajadoresel día 1-4-00, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se apruebael texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y Real Decreto1.040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivosde Trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 6 de marzode 2000, por la que se delegan competencias de la titular de la Consejeríade Trabajo y Promoción de Empleo en el titular de la Dirección Generalde Trabajo y Seguridad Laboral, por la presente,

R E S U E L V O

Primero.—Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivosde la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, así como su depósitoy notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.—Disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Prin-cipado de Asturias.

Oviedo, a 23 de mayo de 2000.—El Director General de Trabajo y Segu-ridad Laboral (P.D. autorizada en Resolución de 6-3-00, BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias de 22-3-00).—9.139.

Acta de otorgamiento del Convenio Colectivo de la Empresa Municipal de Trans-portes Urbanos de Gijón, S.A. (EMTUSA)

En Gijón, a las 12,00 horas del 1 de abril de 2000, se reúnen en lasdependencias de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Gijón, las siguientesrepresentaciones:

Por la Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Gijón:

D. José Manuel Sariego MartínezD. Angel García FernándezD. Juan Ramón Pesquera Fernández

Por la representación sindical:

D. José Luis Sánchez Villa, ASID. Pedro González Coro, CC.OO.D. Emilio Riera Alvarez, UGTD. Rafael Dupuy Cabal, USO

Y actuando como Presidente D. Angel José Balbuena Fernández y comoSecretario D. José Angel Muñoz Fuente.

Ambas partes acuerdan:

Primero.—Reconocerse mutuamente legitimación y capacidad para lanegociación del citado convenio colectivo, así como para firmar la presenteacta de otorgamiento.

Segundo.—En virtud de las negociaciones llevadas a cabo, aprobar el XIIIConvenio Colectivo con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2003 y quese adjunta a este acta.

Tercero.—La presentación del citado convenio ante la Consejería de Tra-bajo y Promoción de Empleo del Principado de Asturias, organismo competentea los efectos de registro, dentro del término legal de quince días, computadosa partir de la fecha.

Y en prueba de conformidad y aceptación, junto con el Presidente y elSecretario, suscriben los comparecientes la presente acta en el lugar y fechaexpresados en el encabezamiento y, previa lectura, firman los necesarios ejem-plares del texto unido, una copia para cada parte y las restantes para su unióna la solicitud de registro y publicación, habilitándose para tales diligenciasa quien la dirección de la empresa designe como mandatario.

XIII Convenio Colectivo de EMTUSA

Capítulo IAmbito de aplicación

Art. 1. Finalidad y ámbito funcional: El presente pacto colectivo regulalas condiciones de trabajo en la Empresa Municipal de Transportes Urbanosde Gijón, S.A., en siglas EMTUSA, en el sentido propio y necesario de normajurídica.

Art. 2. Ambito personal: Será de aplicación esta norma pactada a lostrabajadores que presten sus servicios profesionales retribuidos, sujetos a nor-mativa laboral común, en el ámbito de organización y dirección de EMTUSA,cualquiera que fuese la modalidad de contratación.

Queda excluido del ámbito que se regula el personal de alta dirección,que rige el art. 2, número 1, apartado a), del Texto refundido de la Leydel Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto 1/1995, del 24de marzo.

Art. 3. Ambito temporal: El presente Convenio Colectivo tendrá vigenciadesde el 1 de enero de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2003, excepto parala cuestión recogida de manera específica en la Disposición transitoria.

Art. 4. Denuncia: Salvo denuncia expresa de las partes con un mes deantelación, como mínimo, a la fecha de terminación de su vigencia o de cual-quiera de sus prórrogas, se entenderá prorrogado de año en año.

Si la denuncia no se llevare a efecto en las condiciones de tiempo yforma referidos anteriormente, las retribuciones consignadas en el Conveniodurante el año de prórroga, aumentarán en la misma proporción que lo hagael índice de precios al consumo (IPC) previsto por el Gobierno, regularizándosea fin de año con el IPC real.

Denunciado el Convenio, y hasta tanto no se logre acuerdo expreso, semantendrá en vigor su contenido normativo.

Art. 5. Derecho supletorio: Las partes firmantes del XIII Convenio Colec-tivo, acuerdan que el texto de la vigente Ordenanza Laboral para las empresasdel transporte por carretera de 20-03-71, seguirá siendo de aplicación a lostrabajadores y empresarios afectados por el presente XIII Convenio durantela vigencia del mismo, con carácter subsidiario y supletorio, en lo no reguladopor el Convenio, y aunque tal Ordenanza fuera derogada o suprimida porlos poderes del Estado, y en tanto su contenido no sea negociado o modificadoen su totalidad por las partes firmantes de este XIII Convenio Colectivo,o se llegue a acuerdos de sustitución a nivel estatal entre los sindicatos mayo-ritarios y la representación empresarial.

Asimismo, en todo lo no previsto en el presente Convenio se estará alo regulado en las demás disposiciones legales aplicables de carácter general,en tanto no se opongan a lo pactado en el Convenio.

Capítulo IIJornada y calendario laboral, permisos y licencias

Art 6. Jornada de trabajo: La jornada anual de trabajo para el personalde Movimiento se establece en 1.576 horas, distribuidas en 35 horas semanalesy 8 horas diarias. La jornada anual de trabajo para el resto de los departamentosde la empresa se establece en 1.575 horas, distribuidas en 35 horas semanalesy 7 diarias. Las excepciones a estas jornadas laborales se pactarán en la Comi-sión Paritaria.

Art. 7. Calendario laboral: La Dirección de la empresa negociará conlos representantes sindicales, aprobará para cada año y expondrá en el tablónde anuncios del centro de trabajo, el calendario laboral en el que figura ladistribución de la jornada y la fijación de los horarios y, en su caso, los turnosde trabajo.

Art. 8. Pausa laboral: Todo trabajador de la empresa que realice jornadacontinuada tendrá derecho a una interrupción en la tarea de 30 minutos,que se considerará de trabajo efectivo.

En caso de necesidad y de no poder realizarse dicha parada, tendrá lacompensación económica definida en las tablas salariales del presente Conveniocomo jornada ininterrumpida.

Art. 9. Horas extraordinarias: Queda prohibida la realización de horasextraordinarias. Tendrán la consideración de horas extraordinarias estructu-rales las que se determinen en cada caso por acuerdo entre la Direcciónde la Empresa y el órgano de representación colectiva de los trabajadores.Las guardias de taller se realizarán dentro del cómputo de horas anualesy se compensarán con descansos, tal como se regula en el anexo II.

Una vez pactadas, serán repartidas equitativamente entre los trabajadores.La relación de las horas extraordinarias calificadas de estructurales en

el oportuno acuerdo, así como de los trabajadores a los que afectan, serácomunicada a la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social competentea efectos de dar cumplimiento a lo establecido en los arts. 3 y 4 de la Orden

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de 1 de marzo de 1983 y demás normativa vigente sobre cotización adicionala la Seguridad Social por estos complementos salariales.

El módulo retributivo de horas extraordinarias es el que fija en la tablasalarial anexa.

Art. 10. Vacaciones: Las vacaciones son un derecho de todo trabajadorque no serán renunciables ni compensables económicamente, salvo cuandocese sin poder disfrutarlas. Su disfrute tendrá lugar por meses completos aexcepción de enero, febrero y marzo que se compensarán entre sí, respetandola jornada máxima anual.

Serán retribuidas en todos los conceptos salariales según el régimen detrabajo correspondiente y se abonará también la indemnización o suplido porquebranto de moneda.

Quien no hubiera permanecido un año en la empresa tendrá derechoa la parte proporcional que le corresponda por el tiempo trabajado, adap-tándose en su disfrute a los turnos de vacaciones establecidos.

La situación de incapacidad temporal interrumpirá el período vacacionalcuando este se halla iniciado, renovándose automáticamente.

En caso de que la I.T. sea anterior a la fecha marcada para el disfrutede las vacaciones y se prolongue más allá de la misma, una vez finalizadaesta situación, la dirección en función de las necesidades del servicio fijaráel período de disfrute previa negociación con el Comité de Empresa. La direc-ción de la empresa publicará el calendario de vacaciones con una antelaciónmínima de dos meses al comienzo de su disfrute.

Art. 11. Fiestas: Todo el personal que por su régimen laboral deba prestarservicios en los días festivos determinados por la legislación vigente recibirála percepción económica fijada en la tabla salarial para los festivos efecti-vamente trabajados. El personal que descansa sábados, domingos y festivospercibirá la retribución de las fiestas coincidentes con su régimen de descansosen sábados y vacaciones, según la tabla anexa.

Art. 12. Permisos: El trabajador, previo aviso y justificación, podrá utilizarcon derecho a remuneración los siguientes permisos:

a) Por matrimonio, diecisiete días (17).b) Por nacimiento de un hijo, tres días (3).c) Por fallecimiento de padres, padres políticos, hijos, hijos políticos y

cónyuges, cuatro (4) días; de hermanos, hermanos políticos, nietos y abuelosdos (2) días; de tíos y sobrinos un (1) día.

d) Por enfermedad grave de padres, hijos y cónyuges, tres (3) días. Padrese hijos políticos un (1) día. Hermanos, nietos y abuelos dos días (2).

e) Por matrimonio de hermanos o padres, un día (1). De hijos, dos (2)días; de los cuales uno ha de ser coincidente con la boda.

f) En los casos b, c y d, si hubiese desplazamiento en 100 kilómetros,se ampliará dos días más.

g) Por traslado de domicilio habitual, tres días (3).h) Un día de permiso para la revisión del carné de conducir para todo

el personal de la empresa que precise permiso de conducción en el cum-plimiento de su cometido profesional.

i) Un día de permiso cada año natural, por asuntos particulares a propiaconveniencia, previa solicitud y autorización con tiempo prudencial. La empresagarantizará este día a los tres primeros trabajadores que lo soliciten.

Art. 13. Acreditaciones: En los casos b, c y d del artículo anterior, laconcesión se hará en el acto. En cualquier caso deberá estar en disposiciónde acreditar la veracidad de los supuestos que motivaron el permiso. El tra-bajador que tenga derecho a permiso para la renovación del carnet de conducirdeberá solicitarlo con un mes de antelación. La empresa intentará dar el díalo más ajustado posible a la fecha de caducidad del carnet.

Art. 14. Control de horario: El cumplimiento de la jornada y horariode trabajo se verificará mediante los mecanismos de control que se implantenen los establecimientos y dependencias de la empresa, los cuales serán aplicadosa todo el personal en la medida que sea posible y sirva a la mejora del servicio.

Capítulo IIIClasificación profesional y retribuciones

Art. 15. Clasificación en grupos profesionales: El personal sujeto al ámbitode este Convenio se clasifica en función de la titulación exigible para el ingresoen la correspondiente categoría en los siguientes grupos profesionales:

Grupo primero: Profesiones para las que es exigible la titulación superioruniversitaria, tales como Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, o equivalente.

Grupo segundo: Profesiones para las que es exigible la titulación de Diplo-mado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de 3.ºgrado o conocimientos técnicos suficientes para la especialidad o servicio aque se le destine.

Grupo tercero: Profesiones a las que se asigna, aparte del requisito dela titulación o experiencia profesional correspondientes, la realización de fun-ciones de coordinación, vigilancia, dirección y planificación de los trabajos

del personal oficial y operario a sus órdenes, responsabilizándose de que losmismos se ejecuten ajustados al proyecto o programa previsto, prestando sucooperación técnica en todas las actividades en que sus conocimientos y expe-riencia sean necesarios.

Grupo cuarto: Profesiones a las que se exige, aparte del requisito dela titulación o experiencia profesional correspondiente, el ejercicio de funcionescon iniciativa y responsabilidad técnica cualificada en la rama profesionalcorrespondiente, responsabilizándose de la debida ejecución de los trabajosu obras concretos que se le asignen.

Grupo quinto: Profesiones a las que se exige con los conocimientos pro-fesionales correspondientes la realización de funciones de ejecución y man-tenimiento en el oficio de la rama profesional correspondiente.

Grupo sexto: Profesiones a las que no exigiéndoseles titulación, tienenasignadas labores de apoyo y colaboración a un oficio o profesión que puederequerir cierto esfuerzo físico y que, sin constituir propiamente un oficio,requiere cierta destreza o práctica en su desempeño.

Grupo séptimo: Se encuadran en este grupo los trabajadores que se incor-poran a la empresa sin acreditar la experiencia y práctica profesional requeridaa las profesiones encuadradas en los grupos profesionales superiores y quevan adquiriendo con su desempeño el aprendizaje o conocimiento teórico-prác-tico preciso para la adquisición de la profesión u oficio correspondiente.

Al personal de nuevo ingreso le será exigible en su caso la titulacióncorrespondiente a las funciones propias de la categoría y grupo profesional.En la promoción interna deberá exigirse exclusivamente titulación cuando éstasea preceptiva para el ejercicio profesional.

Como anexo III del presente Convenio se incluye la clasificación y defi-nición de las categorías según los grupos profesionales en los que se incluye.

Art. 16. Remuneraciones: Los conceptos retributivos que integran la estruc-tura salarial convenida son las retribuciones básicas y complementariassiguientes:

1. Son retribuciones básicas:

a) El sueldo o salario base que percibe el trabajador por unidad de tiempo,en función del nivel de convenio con que se ha configurado la categoría pro-fesional y/o el puesto de trabajo que desempeñe, según se detalla en el anexoIV.

b) A partir de la firma de este Convenio la antigüedad se devengarápor quinquenios, hasta un máximo de cinco quinquenios. Los trabajadoresfijos en plantilla a la firma del Convenio recibirán por las cantidades quevenían percibiendo en concepto de bienios en el recibo de salarios, la mismacantidad, bajo el concepto de “Plus de Vinculación ad personam”. En virtudde este pacto, todos los interesados recibirán un documento en el que seconcrete la cuantía del concepto, su naturaleza de condición más beneficiosa,y su crecimiento se ajustará anualmente a los incrementos que se pacten.

c) Las pagas extraordinarias que serán:

• Tres al año por importe cada una de ellas de 30 días del sueldo base,antigüedad y “plus ad personam” para los trabajadores que lo tengan.La gratificación de primavera se abonará antes del 20 de marzo. Lagratificación de julio se hará efectiva antes del 15 del mismo mes,y la de Navidad, la semana anterior a la fiesta.

• La gratificación de San Cristóbal que cada trabajador percibirá en lacuantía que se especifica en el anexo IV.

2. Son retribuciones complementarias:

a) El plus de convenio. Percibirán este plus todos los trabajadores a tenorde su cualificación profesional y atendiendo a la función de cada categoría.

b) El complemento de especiales condiciones de trabajo, destinado a retri-buir, ya sea con carácter fijo o variable, determinadas condiciones particularesde algunos puestos de trabajo en atención a los elementos configuradoresdel mismo, cuya cuantificación se recoge en el citado anexo IV del presenteConvenio y pueden ser:

b1) Por jornada partida (JP), que retribuye al personal de movimientoen régimen de jornada interrumpida o que realice doble entrada.

b2) Por turnicidad (TN), que retribuye el régimen de trabajo a turnos.b3) Por nocturnidad (NC). Todos los trabajadores que presten sus

servicios desde las 22 horas a la 6 de la mañana tendrán derecho a la percepciónde este plus en la cuantía siguiente. Cuatro horas o más, el 25% del salariobase. Si el tiempo fuese inferior se percibirá la parte proporcional a las horasnocturnas trabajadas.

b4) Por domingo trabajado (PD), que percibirán aquellos trabajadoresque realicen su trabajo en domingo.

b5) Por festivo trabajado (PF), que percibirán aquellos trabajadoresque realicen su trabajo en el área de movimiento u otro que ocasionalmentetuviera que trabajar alguna fiesta laboral por cubrir vacaciones, ausencias onecesidades del servicio.

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b6) Por jornada ininterrumpida o continuada (JI), que percibirá elpersonal de movimiento que trabajando en jornada continuada, no puedarealizar por necesidades del servicio la parada intermedia de 30 minutos debocadillo.

b7) Por relevo (RV), que percibirán los conductores-perceptores queefectúen el relevo del servicio a lo largo del recorrido de su línea.

b8) Plus de actividad. Los trabajadores percibirán por este conceptola cantidad fijada en tabla anexa, por día trabajado.

b9) Plus de mando. Este complemento funcional lo percibirán quienestengan personal bajo sus órdenes por razones de jerarquía laboral en el desarro-llo de la actividad profesional, los cuales se relacionan en la correspondientetabla salarial.

3. Suplidos: El quebranto de moneda (QM) lo percibirán como indem-nización o suplido los conductores que realicen funciones de cobranza y elpersonal que efectúe recuento de moneda y venta de billetes, en la cuantíaindicada en la tabla anexa.

Art. 17. Incrementos salariales: IPC con revisión para cada uno de losaños de vigencia del convenio. Para el año 2000, aquellos trabajadores dela empresa que no superen el 5% de su jornada máxima anual en situaciónde IT (accidente y enfermedad), devengarán una paga en concepto de pro-ductividad del 1% de su salario bruto anual.

Para el año 2001, aquellos trabajadores de la empresa que no superenel 5% de su jornada máxima en situación de IT (accidente y enfermedad)devengarán una paga en concepto de productividad del 2% consolidable desu salario bruto anual. De no superarse el 6% de absentismo global anual,la paga será percibida por todos los trabajadores.

Para el año 2002, todos los trabajadores de la empresa devengarán unapaga consolidable en concepto de productividad del 1% de su salario brutoanual condicionada a la certificación ISO de calidad. Las partes firmantesdel acuerdo se obligan a realizar los esfuerzos necesarios para conseguir estacertificación.

Art. 18. Revisión salarial: Los incrementos pactados para los años 2000,2001, 2002 y 2003 se revisarán una vez confirmada la evolución definitivadel IPC anual.

Art. 19. Anticipos y préstamos: Los trabajadores por sí mismos y susrepresentantes legales, o mediante persona autorizada en forma suficiente,tendrá derecho a percibir anticipos a cuenta del salario correspondiente altiempo de prestación de servicios ya cumplido y cuya retribución no hubierasido aún satisfecha.

Asimismo, se podrán solicitar préstamos reintegrables sin interés por unimporte máximo equivalente a tres mensualidades ordinarias de salario parasu devolución en dieciocho fracciones iguales de devengo mensual y deduciblesde los pagos salariales ordinarios, o, en su caso, íntegramente de la liquidaciónde cese, en aquellas situaciones que justifiquen la necesidad económica, talescomo matrimonio del trabajador, nulidad del matrimonio, separación o divorciodel solicitante, fallecimiento del cónyuge o hijos, nacimiento o adopción dehijos, enfermedad o intervención quirúrgica grave, cambio de vivienda, y aque-llas otras situaciones análogas que justifiquen la necesidad económica.

Las solicitudes habrán de formularse inexcusablemente dentro de los sesen-ta días naturales, contados a partir de la fecha en que acaeciera el hechoo circunstancia que las motive; ello no obstante, y con carácter excepcional,podrán admitirse y resolverse peticiones planteadas con anterioridad al hechoprevisible que las ocasionara, debiendo entonces justificarse suficientementela causa dentro de los sesenta días naturales siguientes a la fecha de otor-gamiento del crédito. El incumplimiento de la obligación de acreditar la con-tingencia en el indicado término producirá la cancelación del crédito y lainmediata exigencia y deducción de todos los plazos pendientes de pago.

La concesión de estos préstamos está supeditada a la existencia de créditosuficiente, y que a tal fin se fija en un fondo total máximo de 5.000.000 ptas.

No se concederá un nuevo anticipo o crédito a quien en el momentode su solicitud tuviera pendiente de devolución o liquidación otros yadisfrutados.

De producirse solicitudes simultáneas de diversos trabajadores con inexis-tencia de fondo crediticio suficiente, una Comisión constituida al efecto ycompuesta por miembros del Comité de Empresa y de la Dirección de EMTU-SA, paritariamente, las resolverá valorando sus motivaciones y atendiendoa las necesidades más perentorias de los peticionarios.

Capítulo IVOrganización del trabajo

Art. 20. Facultad de la empresa: Conforme a la legislación vigente, laorganización del trabajo es facultad y responsabilidad de la empresa y supersonal directivo.

Como anexo I del presente Convenio se incluye el vigente cuadro depuestos de trabajo dotado presupuestariamente y que forma la plantilla porservicios del personal incluido en el mismo.

Art. 21. Trabajos de superior e inferior categoría: El desempeño de trabajosde superior categoría no producirá, en ningún caso, el ascenso automáticodel trabajador ni la consolidación de las retribuciones inherentes a la misma.

La Dirección sólo podrá autorizar la realización de trabajos de superiorcategoría por necesidades urgentes e inaplazables. Si la realización de trabajosde superior categoría es debida a una vacante por ausencia definitiva de quienocupase el puesto, se habilitarán los mecanismos necesarios para la coberturade la vacante y en todo caso se abonará la diferencia salarial correspondiente.

Igualmente por necesidades perentorias e imprevisibles, la Dirección podrádestinar a un trabajador a la realización de tareas correspondientes a unacategoría inferior a la que ostenta, por tiempo imprescindible, manteniéndolela retribución y demás derechos de su categoría profesional.

Art. 22. Uniformes: El uso de tales prendas deberá sujetarse a las siguientesreglas:

1. Los trabajadores están obligados a presentarse en sus puestos de trabajocon el uniforme o prendas de trabajo que determine la empresa.

2. Deberán poner la debida diligencia en su conservación, siendo a sucargo la limpieza, planchado y cosido de las mismas.

3. Por ser propiedad de la empresa, la ropa de trabajo sólo podrá usarsedurante las horas de servicio.

4. El detalle de prendas para las distintas secciones de la empresa y laperiodicidad de entrega se fija en la relación de vestuario que figura comoanexo V de este Convenio.

Capítulo V

Plan de Empresa

Art. 23.- Plan de Empresa 2000-2003: El Plan de Empresa que apruebela Junta General de Accionistas de EMTUSA, previa formulación por el Con-sejo de Administración, determinará las necesidades de personal en funciónde los proyectos contenidos en dicho plan.

El Plan Empresa se ajustará a los siguientes objetivos:

• Adecuada dimensión de las plantilla que se ajustará a principios deausteridad y racionalidad en el gasto público.Creación de oportunidades de empleo para la promoción interna yprofesional.

• Mejora del conocimiento de los recursos humanos existentes para unaeficaz programación de los mismos.

• Coordinación de los Planes de Empleo de las distintas empresas muni-cipales, de forma que puedan arbitrarse traslados voluntarios del per-sonal excedente de una empresa a otra que tenga necesidades de per-sonal del mismo grupo profesional y/o categoría profesional.

El ingreso como personal de plantilla en la empresa se efectuará medianteconvocatoria pública y a través de los sistemas de oposición o concurso-o-posición, ajustándose tanto las bases como el desarrollo de cada convocatoriaa los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Las pruebas se ajustarán al perfil del puesto de trabajo a cubrir con lacategoría de la plaza convocada, respetando en todo caso criterios de homo-geneidad para puestos de igual contenido y cualificación.

Art. 24. Período de prueba: Se establece un período de prueba de 6meses para titulados superiores, tres meses para el resto de categorías pro-fesionales y 15 días para el personal operario.

Art. 25. Promoción interna: En las convocatorias de plazas vacantes sellevará a cabo una primera vuelta de promoción interna y en caso de noser cubiertas en su totalidad se llevará a cabo una segunda vuelta de promociónexterna.

La promoción interna se realizará en todo caso mediante concurso con-vocado a través del tablón de anuncios de los centros de la empresa. Dichaconvocatoria contendrá las características de la plaza, la titulación o requisitosexigidos y los méritos profesionales valorados.

Al turno de promoción interna podrán optar todos los trabajadores fijosy en activo de la empresa que reúnan las condiciones exigidas para cada casoen concreto.

Art. 26. Tribunal Calificador: Para proceder a la realización de los procesosde selección de personal que hayan de llevarse a cabo como consecuenciade la implantación del Plan de Empresa, ambas partes se comprometen aconsensuar las bases por las que se procederá a convocar dicha selecciónde personal, así como el Tribunal Calificador que llevará a cabo el desarrollode las pruebas.

Se constituirá en cada convocatoria un Tribunal Calificador por acuerdoentre Comité de Empresa y Dirección que juzgará las pruebas para el ingresoy ascenso del personal. Estará constituida por 8 miembros: el Director o personaen quien éste delegue, tres miembros designados por la empresa y cuatropor la parte social, uno por cada organización sindical representada en elComité de Empresa. Uno de los representantes de la parte social actuarácomo secretario, con voz pero sin voto.

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Art. 27. Formación y calidad. Las partes firmantes de este Convenio secomprometen a implantar un Plan de Calidad en la empresa, así como adesarrollar los Planes de Formación necesarios para mejorar el nivel de calidadde los servicios prestados.

Capítulo VIMejoras y aspectos sociales

Art. 28. Fondo de asistencia y mejoras directas del subsidio por incapacidadtemporal:

a) La empresa destinará en cada ejercicio una partida para financiar accio-nes y programas de carácter social que se regirá por las normas establecidasen el anexo al presente convenio.

Este fondo social o de asistencia se financiará con la aportación que dichasnormas establecen.

En el supuesto de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el com-plemento de mejora alcanzará hasta el 100% del módulo regulador del subsidioen todo caso será a cargo exclusivo de la empresa.

En la circunstancia de internamiento hospitalario por enfermedad comúno accidente no laboral, mientras el trabajador se halle ingresado y hasta sietedías después de concluida la permanencia en institución sanitaria de esta clase,percibirá con cargo a la empresa un complemento a las prestaciones por inca-pacidad laboral transitoria hasta el cien por cien de la base reguladora deéstas.

b) A la firma de este Convenio o, como máximo, antes de la fecha deexpiración de la póliza actual (31 de abril de 2000), la empresa se hará cargodel Seguro de Vida que por convenio tienen derecho los trabajadores dela empresa, retornando asimismo a esta su aportación empresarial.

Art. 29. Jubilación: Como medida de promoción de empleo y de mejorasocial de los trabajadores de la empresa, se establece la jubilación obligatoriaal cumplir el trabajador la edad de 65 años.

Asimismo, se establece un sistema de jubilación anticipada voluntaria apetición del trabajador que reúna cualquiera de las condiciones siguientes:sesenta o más años de edad, cuarenta años de prestación laboral o situacionesextraordinarias. Las peticiones serán estudiadas e informadas por el Comitéde Empresa.

Se establece la siguiente prima de jubilación, que podrá ser modificadapor la Comisión Paritaria de seguimiento del Convenio en caso de variaciónde las actuales disposiciones legales que afecten a esta contingencia:

* Jubilación a los 60 años: 3.500.000 ptas.* Jubilación a los 61 años: 2.800.000 ptas.* Jubilación a los 62 años: 2.000.000 ptas.* Jubilación a los 63 años: 1.300.000 ptas.

Jubilación especial a los 64 años, conforme al Real Decreto 1.194/85 ydemás disposiciones legales, sustituyendo la empresa al trabajador jubiladopor otro en los términos fijados por la ley.

Estas indemnizaciones serán incompatibles con otro sistema o expedientede jubilación que se pudiera pactar.

En tanto no se llegue a la edad de jubilación legal, cobrará el 100%de su base reguladora actualizada.

Art. 30. Reserva de puestos para trabajadores minusválidos y medidaslaborales de recuperación de la aptitud profesional.

El Comité de Salud Laboral elaborará una relación de aquellos puestosde trabajo que por sus características habrían de quedar reservados, en casode vacante, a trabajadores minusválidos en aplicación de la normativa vigenteque regula la integración de éstos, y con destino preferente a aquellos tra-bajadores de EMTUSA que sufrieran disminuciones en sus capacidades físicas,psíquicas o sensoriales, impeditivas del desempeño de todas o las fundamentalestareas de su profesión habitual.

La relación de estos puestos compatibles será determinada por el Comitéde Salud Laboral. Los trabajadores que ocupen dichos puestos compatiblespasarán una revisión semestral por un especialista, designado por la empresapara determinar el estado de su enfermedad; en el caso de que éste sea satis-factorio, pasará a ocupar el puesto de trabajo que ocupaba antes de suenfermedad.

Si por enfermedad o accidente, cualquier trabajador de EMTUSA, per-diera la facultad o condiciones para seguir ostentando la categoría que desem-peña, y tuviera una edad inferior a 55 años, la empresa una vez que le seareconocida por la administración competente la declaración de invalidez per-manente, con otorgamiento de pensión, le garantizará un puesto de trabajode acuerdo con su nueva aptitud profesional y si el mismo junto con su pensión,fuese de menor nivel retributivo de origen, el trabajador afectado percibirálas retribuciones correspondientes al nivel retributivo de su nuevo destino,más un complemento personal por un importe suficiente para reponerle consu puesto anterior, hasta que cumpla los 55 años de edad.

Art. 31. Retirada del permiso de conducción:

a) Si en el caso de infracción no temeraria, cometida por el conductorconduciendo un vehículo de la empresa, en sus servicios o en accidente, fueraprivado del permiso de conducir, la empresa quedará obligada a reconoceral trabajador afectado otro puesto de trabajo sin ser rebajado en su categoríani en el salario que estaba percibiendo, aunque el puesto que se le asignesea de categoría inferior.

b) En caso de retirada de carnet de conducir por infracción no temeraria,se le asignará un puesto de trabajo, siempre y cuando esta retirada del carnetno haya sido motivada por el ejercicio de su profesión fuera de la empresa.

c) En el supuesto de que un trabajador, como consecuencia de un accidentede tráfico conduciendo un vehículo particular, fuese privado de su libertaden virtud de sentencia firme, se le concederá una excedencia forzosa siempreque los hechos motivadores de la condena no se hubieran producido en elejercicio de su profesión fuera de la empresa.

Si el accidente de tráfico se hubiera producido conduciendo un vehículode la empresa con ocasión o como consecuencia del trabajo, además de serconsiderado el tiempo de privación de libertad como situación de excedenciaforzosa, tendrá derecho el trabajador a percibir el 100% de su salario realmientras cumpla esta condena.

Los beneficios que otorga este apartado y los precedentes se subordinana que las conductas objeto de condena en el orden penal no fueran constitutivasde faltas laborales determinadas en el oportuno expediente disciplinario.

En el supuesto de tramitarse expediente disciplinario para casos com-prendidos del párrafo segundo de este apartado, habrá de ser oída necesa-riamente la Comisión Paritaria, que emitirá dictamen en el término comúnde tres días.

Art. 32. Transporte familiar: Además de todos los trabajadores y jubiladosde la empresa, tendrán derecho a utilizar gratuitamente el servicio públicode transporte prestado por EMTUSA los cónyuges de los trabajadores, viudasy viudos, así como hijos e hijas con una minusvalía reconocida no inferioral 65%, además de hijos e hijas que convivan en el domicilio familiar y notengan ingresos anuales superiores a 1.250.000 pesetas. En cualquier caso,la empresa podrá solicitar documentos que acrediten la veracidad de estassituaciones.

Capítulo VIIAcción Sindical

Art. 33.- Garantías: La empresa mantendrá a disposición de cada unade las Secciones Sindicales de las Organizaciones a que se refiere la LeyOrgánica de Libertad Sindical en el artículo 6, núm. 2, aptdo. a), un localdebidamente equipado.

Los créditos de horas remuneradas de los Delegados sindicales y de losmiembros electos del Comité de Empresa, pertenecientes a una misma SecciónSindical serán acumulables entre sí anualmente, con revisiones trimestrales,por decisión y a criterio de la propia Sección Sindical correspondiente.

En todo lo concerniente a la actividad sindical en el ámbito empresarial,se estará asimismo a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, TextoRefundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo,y en la Ley 11/1985, de 2 de agosto, Orgánica de Libertad Sindical.

Art. 34. Competencia en materia de contratación laboral: El Comité deEmpresa recibirá información oportunamente de todo proyecto o programade empleo, y con carácter previo a cualquier decisión empresarial que afecteen este aspecto al volumen de ocupación, cualquiera que sea la modalidadcontractual que se haya de aplicar de las previstas en la preceptiva laboralcomún o en normas excepcionales de contratación temporal o por tiempoindefinido como medidas de fomento del empleo.

Será oído con anterioridad a la realización práctica de los mencionadosproyectos o programas ocupacionales, emitiendo informe en el plazo de quincedías naturales siguientes al de la notificación.

Se mantendrá informado permanentemente de los modelos de contratode trabajo escrito que se utilicen, así como los relativos a la conclusión delas relaciones laborales por tiempo determinado.

Le será facilitado el examen de la documentación que requiera y precisepara el control de la contratación laboral, estando facultado para promoveriniciativas en esta materia o plantear enmiendas a los proyectos que ya estu-vieran elaborados, tendentes al mejoramiento del empleo en el ámbitoempresarial.

Todo ello sin perjuicio de la obligatoria entrega de la copia básica detodos los contratos que deben celebrarse por escrito, a excepción de los delpersonal de alta dirección, así como de la notificación de las prórrogas yde las denuncias de los temporales, en la forma que previene el art. 1 dela Ley 2/191, de 7 de enero, sobre derechos de información de los representantesde los trabajadores en esta materia de contratación.

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Capítulo VIII

Salud laboral

Art. 35. Salud laboral: En la vigencia del presente Convenio, el Comitéde Seguridad y Salud en el Trabajo elaborará un Plan de Salud Laboral.Con independencia del mismo, todos los trabajadores de la empresa tendránderecho a ser sometidos a un reconocimiento médico anual que será específicopara cada profesión existente en la empresa, debiendo llevarse a cabo enun centro que reúna todas las características precisas. Dichos reconocimientosse realizarán durante la jornada laboral.

Art. 36. Enfermedades profesionales: Para el dictamen de las posiblesenfermedades profesionales será preciso un reconocimiento previo por espe-cialista designado por la empresa.

Determinada la existencia de la enfermedad profesional por el organismocompetente, el trabajador afectado percibirá por parte de la empresa el aumen-to necesario para complementar el 100% de su salario real desde el momentoy durante el tiempo continuado que haya estado en IT hasta que se determineel tipo de incapacidad.

Art. 37. Comité de Seguridad y Salud: El Comité de Seguridad y Saludes el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consultaregular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevenciónde riesgos. Estará compuesto por tres delegados de prevención y tres repre-sentantes de la empresa. El Comité de Seguridad y Salud Laboral participaráen la elaboración puesta en práctica y evaluación de los planes y programasde prevención de riesgos en la empresa. Asimismo, promoverá iniciativas sobremétodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos, pro-poniendo a la empresa la mejora de las condiciones o la corrección de losdeficiencias existentes.

Capítulo IXComisión Paritaria

Art. 38. Constitución y facultades: Se instituye la Comisión Paritaria delas partes negociadoras, como órgano mixto de administración e interpretacióndel Convenio en su aplicación y adaptación a la realidad que regula.

Art. 39. Composición: La Comisión estará compuesta por ocho miembros,cuatro designados por el Comité de Empresa de entre los firmantes del Con-venio y los otros cuatro por la Dirección de EMTUSA, en ambos casos seránlos que en su momento se designen.

Art. 40. Reuniones y resoluciones: La Comisión Paritaria se reunirá ainstancias de la Dirección de la Empresa o de los órganos de representaciónlegal o sindical en su ámbito de aplicación, con preaviso mínimo de siete

días naturales y en el que se incluya el orden del día con expresión suficientede las cuestiones sobre las que se pretenda tratar, deliberar y resolver, asícomo de las personas designadas por quienes insten la celebración de la reuniónsi se trata del Comité o de la Empresa; y siempre que se estime oportuno,se solicitará la presencia y participación del Presidente de la Comisión Nego-ciadora D. Angel Balbuena Fernández y del Secretario D. José Angel MuñozFuente.

Los acuerdos se adoptarán válidamente por mayoría simple de los asis-tentes, levantándose acta de las reuniones por quien sea designado en el actopara desempeñar las funciones de secretario y en la que, además de reseñarlas circunstancia comunes a tales documentos, se expresará el contenido precisode los acuerdos adoptados, los cuales tendrán carácter vinculante para laspartes integrándose en el contenido normativo u obligacional del Convenio;o los desacuerdos, recogiéndose en este supuesto los dispares criterios delos intervinientes en el acto.

Se expedirán las copias certificadas necesarias de las actas para su entregaa las partes y publicidad.

Capítulo XFaltas y sanciones

Art. 41. Expediente disciplinario: El personal de la Empresa tendrá lagarantía de la tramitación de expediente contradictorio en el supuesto desanciones por faltas laborales, cualquiera que fuese su gravedad, y en el queserán oídos, aparte del interesado, el Comité de Empresa y el Delegado Sindicalde la Sección a la que el expedientado perteneciera, siempre que a la Direcciónde la empresa le constase su condición de afiliado.

El órgano de representación legal de los trabajadores en la empresa, yel Delegado Sindical en su caso, dispondrán, como el expedientado, de untérmino de tres (3) días hábiles, contados a partir del siguiente a aquel enque se les diera traslado del escrito comunicando las infracciones imputadas,para formular sus alegaciones.

Si el expediente concluyera con sanción, esta decisión disciplinaria serácomunicada al Comité de Empresa y, en su caso, al Delegado sindicalcorrespondiente.

Art. 42. Reglamento de faltas y sanciones. A la firma del Convenio secreará una comisión para el estudio de un Reglamento de Faltas y Sancionesen la empresa. Esta comisión dispondrá de un período de seis meses parasu redacción y, en tanto no se llegue a acuerdos, regirá con carácter subsidiarioel Régimen Disciplinario que figura en el acuerdo estatal sobre coberturade vacíos provocado por la derogación de las O.O. L.L. Si transcurrido elcitado plazo no se hubiese llegado a consensuar el Reglamento de Faltasy Sanciones, se recurrirá al arbitraje que se acuerde.

ANEXO I

Relación de puestos de trabajo de 2000

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15–VI–20006998 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Anexo IIIClasificación de las categorías según los grupos profesionales en que se incluyen

El contenido de las definiciones de cada categoría que seguidamente sedetalla por grupos pretende tan sólo recoger los rasgos fundamentales delas categorías específicas.

GRUPO I:

Titulado Superior: Se encuadran en esta categoría todos los Licenciadose Ingenieros Superiores que desempeñen funciones o trabajos para cuyo ejer-cicio están facultados por su título profesional.

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GRUPO II:

Jefe de Oficina: Es el trabajador que, en dependencia de la direccióny estando en posesión de titulación universitaria media o diplomatura o deconocimientos técnicos suficientes, ejerce funciones de iniciativa y respon-sabilidad técnica, ejerciendo en su caso el mando sobre personal y respon-sabilizándose de la debida ejecución de los trabajos que se le asignen.

Técnico Medio o Diplomado: Es el trabajador que desempeña funcioneso trabajos propios de una carrera media universitaria o diplomatura paracuyo ejercicio están facultados por su titulación profesional.

Jefe de Negociado: Es el trabajador que bajo la dependencia de un TituladoSuperior, y al frente de un grupo de empleados administrativos, dirige la laborde su negociado sin perjuicio de su participación personal en el trabajo, res-ponsabilizándose de la correcta ejecución de los trabajos del personal quetiene a su cargo.

Jefe de Taller: Es el que con los conocimientos técnico-prácticos suficientesy bajo la dependencia de la Dirección, tiene la responsabilidad de la orga-nización, dirección y seguridad de los trabajadores que tiene bajo su mando,así como el control y supervisión de los stocks y aprovisionamientos necesariospara la reparación y el mantenimiento de la flota de autobuses.

Jefe de Tráfico: Con iniciativa y responsabilidad, organiza y coordina elservicio, distribuyendo los vehículos y el personal, dentro de las normas ymanuales dictados por la Dirección, procurando resolver las incidencias quese produzcan e informando a sus superiores con la celeridad que las diferentescircunstancias requieran.

GRUPO III:

Oficial 1.ª Administrativo: Es el trabajador que a las órdenes de un superiorjerárquico, realiza bajo su propia responsabilidad con la máxima perfecciónburocrática y administrativa trabajos que requieren iniciativa, tales como des-pacho de correspondencia, contabilidad, confección de nóminas, liquidaciónde seguros y todos los trabajos propios de una Oficina administrativa, concapacidad para sustituir a los Jefes de Negociado en caso de ausencia.

Inspector: Es el trabajador que tiene por misión verificar y comprobaren las distintas líneas y servicios realizados por su empresa, bien en Zona,o a través de la Central del Sistema de Ayuda a la Explotación (S.A.E.) elexacto desempeño de las funciones atribuidas a los conductores, dando cuentaa sus superiores de cuantas incidencias observen, tomando las medidas deurgencia que se estimen oportunas en los casos de alteración de tráfico oaccidentes y encargándose de mantener la disciplina del personal a su cargo.Tendrá la obligación de hacer cumplir lo estipulado en Reglamento para laPrestación del Servicio aprobado por la empresa y aquellas normas adicionalesque se emitan. Igualmente colaborará en el mantenimiento del sistema pro-curando que los mecanismos de control de billetaje resulten operativos, comu-nicando cualquier anomalía que afecte a la eficacia del servicio. En los turnosde S.A.E. tendrá como misión la regulación y vigilancia, de acuerdo con criteriosde la Dirección, de la prestación de los servicios, incluyéndose aquellas alte-raciones que deba llevar a cabo para mejor funcionamiento. En los turnosde cochera, controlará la asistencia del personal de movimiento, los auxiliaresde garaje y operarios se encargarán de la supervisión de la flota, tanto ensu disposición en la cochera, como en el suministro de combustible, comoen la limpieza y conservación de la misma.

Jefe de Equipo: Es el trabajador que, tomando al mismo tiempo parteen el trabajo, dirige y vigila los trabajos desarrollados por un grupo de operariosy oficiales que se dediquen a trabajos de la misma naturaleza o convergentesde una tarea común, responsabilizánse del correcto cumplimiento del trabajodesarrollado en ese área de actividad del taller.

GRUPO IV:

Conductor-perceptor: Es el trabajador que habilitado al efecto, conduceel vehículo que la empresa le asigne, en las debidas condiciones de seguridady garantía, siendo responsable del mismo durante el tiempo de ocupacióny cumplimentando los partes y hojas de ruta que se le exijan. Deberá conocery operar con el sistema de comunicación que se incorpore al vehículo parala mejora de la conducción y el servicio, respetando sus normas de uso deacuerdo con los códigos de utilización previamente definidos. Igualmente debe-rá cubrir los recorridos en los tiempos que se le asignen a través de los cuadrosde horarios o los mandatos del S.A.E. (Sistema de Ayuda a la Explotación)o cualquier medio tecnológico que se implante en la empresa. Igualmenteobservará con los viajeros la máxima atención. Tendrá además a su cargola vigilancia de que ningún viajero suba en los vehículos sin: mostrarle eltítulo de viaje o el bonobús que el viajero deberá cancelar en la forma prevista,o abonar el billete. Deberá formular cuantos partes, hojas de ruta y demáscomunicaciones les sean encomendados en cada momento por la Dirección.

Oficial 2.ª Administrativo: Es el trabajador que bajo las instruccionesde su jefe inmediato y los adecuados conocimientos teóricos y prácticos, realizannormalmente con la debida perfección y responsabilidad, trabajos que requie-ren cierta iniciativa y destreza, tales como clasificación de correspondencia,liquidaciones, cálculos, estadísticas y cualesquiera otras funciones de análogaimportancia.

Oficial 1.ª de Mantenimiento: Es el trabajador que, en dependencia delJefe de Equipo o, en su caso, del Jefe de Servicio, está capacitado para leere interpretar planos y croquis de máquinas, instalaciones y mecanismos elec-tromecánicos de tal forma que su destreza le permita el correcto mantenimientode las instalaciones y de los vehículos en sus aspectos electromecánico y decarrocería (chapa y pintura), no sólo con rendimientos acordes con su for-mación, sino con la máxima economía de material.

Oficial 1.ª de Almacén: Es el que tiene bajo su custodia los materialesexistentes en el almacén, llevando al día el fichero de entradas y salidas yvigilando las existencias de cada artículo para, oportunamente, indicar su con-veniente reposición, conforme a los criterios que le señale la Jefatura de Tallero la Dirección.

GRUPO V:

Oficial 2.ª de Mantenimiento: Es el trabajador que con los conocimientosteórico-prácticos de su oficio o profesión, adquiridos mediante un aprendizajedebidamente acreditado o con larga práctica del mismo, realiza trabajos demantenimiento de las instalaciones y de los vehículos en sus aspectos elec-tromecánicos y de carrocería, con rendimientos correctos, pudiendo entenderlos planos y croquis más elementales.

Oficial 2.ª de Almacén: Es el que se encarga de la recepción de las mer-cancías, distribución y ordenación de las mismas en las distintas dependencias,anotación en los registros correspondientes y demás labores que le encargueel Jefe de Taller dentro del ámbito específico del almacén.

Auxiliar Administrativo: Es el trabajador que con los conocimientos pre-cisos del trabajo administrativo y burocrático, ayuda a sus superiores en laejecución de trabajos sencillos, tales como atención directa y telefónica alpúblico, correspondencia de trámite, cumplimentación de fórmulas o impresos,tramitación de expedientes de acuerdo a formularios, manejo de ficheros conlas anotaciones correspondientes, confección de vales, notas de pedido y otrasfunciones semejantes.

GRUPO VI:

Oficial 3.ª de Mantenimiento: Es el trabajador que con la destreza yconocimientos de su oficio realiza trabajos de mantenimiento de instalacionesy vehículos en sus aspectos electromecánicos y de carrocería con rendimientoscorrectos.

Ayudante de Garaje: Es el trabajador que con la destreza y conocimientosde su oficio, realiza todas o parte de las siguientes funciones: bien el lubricadode cada una de las piezas y mecanismos de los vehículos que se le asignen,utilizando los mecanismos y dispositivos adecuados, en las funciones de engra-sador, bien las de suministro de combustible a los vehículos, para las funcionesde repostador, así como las labores de escrupulosa limpieza externa de losvehículos que se le asignen, efectuando las operaciones complementarias desecado y pulido, en las funciones de lavacoches.

Telefonista: Es el trabajador que tiene por misión la atención de la cen-tralita telefónica en los servicios centrales de la empresa, atendiendo tantolas llamadas procedentes del exterior y su redirección a las distintas extensiones,como las solicitudes de comunicación que procedan de los diferentes depar-tamentos autorizados, las cuales se anotarán en el registro correspondiente.Igualmente informará a los usuarios y público en general que se interesepor cuestiones relacionadas con la prestación del servicio, atendiendo la reco-gida y trámite de objetos perdidos. Procurará en todo momento la eficaciay cortesía en las comunicaciones favoreciendo la imagen de la empresa.

Conserje: Es el trabajador encargado de realizar labores de reparto, encar-gos y recados dentro y fuera de las dependencias de la empresa, recogery entregar correspondencia, reprografía, vigilar los accesos a locales y oficinas,orientar y anunciar a los visitantes, velar por la conservación de las dependenciasa las que esté adscrito, realizando aquellas pequeñas reparaciones y demásde mantenimiento o análogas que le sean encomendadas.

Vigilante: Es el trabajador que tiene a su cargo la custodia y vigilanciade talleres, garajes, oficinas y demás locales de la empresa, en turnos tantode día como de noche, cursando los avisos correspondientes a las incidenciasque se produzcan.

Operario/a: Es el trabajador responsable de los trabajos de limpieza deoficinas, instalaciones e interiores de los vehículos del parque, así como cua-lesquiera otros que se le encomienden propios de su categoría laboral.

Taquillero/a: Es el trabajador que tiene a su cargo la expedición de billetesy todas las operaciones consiguientes al servicio de taquilla. Igualmente infor-mará a los usuarios y público en general que se interese por cuestiones rela-cionadas con la prestación del servicio, atendiendo la recogida y trámite deobjetos perdidos. Procurará en todo momento la eficacia y cortesía en lascomunicaciones favoreciendo la imagen de la empresa.

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15–VI–20007000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

GRUPO VII:

Aprendiz: Es el trabajador que, a la par que presta sus servicios, aprendeuno de los oficios reseñados, preparándose para alcanzar al término del apren-dizaje alguna de las categorías del Grupo VI.

Los Oficiales con contratos vigentes, no obstante la denominación de“Mantenimiento”, conservarán sus especialidades profesionales actuales, salvola aplicación de futuros programas formativos que amplíen su preparacióngeneral o especializada.

Anexo IVTabla salarial 2000

Anexo VRelación de vestuario del personal de EMTUSA

Tráfico y movimiento:

• Jefe de Tráfico e Inspectores:

2 camisas cada año1 traje de invierno (americana, pantalón) cada dos años.1 traje de verano (americana, pantalón) cada dos años.2 corbatas cada dos años.1 zamarra cada dos años.

• Conductores:

2 camisas cada año2 prendas de punto (chaqueta o jersey o chaleco) cada dos años.2 corbatas cada dos años.3 pantalones (invierno y/o verano) cada dos años.1 cazadora cada tres años.1 zamarra cada tres años.1 bolsa de mano cada tres años

Taller y garaje:

• Jefe de Taller, Jefes de Equipo, Oficiales de Oficio y Ayudantes deGaraje:

2 fundas o buzos cada año, según diseño de la empresa.2 toallas (lavabo y baño) cada año.2 camisas (verano e invierno) cada año.1 chaquetilla y pantalón cada dos años, según diseño de empresa.2 pares de botas tipo chiruca, o 1 par de botas de seguridad, cada año.

• Personal de limpieza:

2 batas cada año.2 toallas (lavabo y baño) cada año.1 par de chanclos cada año.

• Ordenanza:

2 camisas cada año.1 traje cada año.1 prenda de abrigo cada dos años.

Anexo VINormas reguladoras del Fondo de Asistencia de los trabajadores de EMTUSA

Artículo 1.º Se instituye, en el marco de la negociación colectiva de laEmpresa Municipal de Transportes Urbanos de Gijón, S.A., un fondo eco-nómico para fines asistenciales, regido por su Comisión Gestora, con objetode mejorar, en la forma y condiciones que en estas normas se establecen,y para las prestaciones contributivas que en la misma se indican, la acciónprotectora del sistema de la Seguridad Social que alcanza a los trabajadoresfijos comprendidos en el ámbito de aplicación del Convenio de Empresa.

Artículo 2.º Quedan excluidos de la aplicación de estas normas, y demodo simultáneo al cese, con extinción en su caso del derecho al disfrutede las prestaciones establecidas que vinieran percibiendo, aquellos a quienesse resuelva el contrato de trabajo por cualquier causa, incluso por despidoy por voluntad del propio trabajador, así como en el supuesto de excedencia.

La exclusión del ámbito personal de aplicación del Convenio Colectivopor cualquier causa no dará derecho en ningún caso a reintegro de cuotas.

Artículo 3.º El fondo se nutrirá con las aportaciones de los trabajadoresacogidos al mismo, en forma de cuotas mensuales de cuantía equivalente alseis por mil del total de las percepciones salariales brutas que perciban, yde la empresa y sobre el mismo módulo será de un 6‰ en cada mensualidadordinaria y un 6‰ en las tres pagas extraordinarias. Todo ello en la formaen que se especifica en el artículo 18.

Artículo 4.º La responsabilidad del Fondo en el pago de las prestacionespor incapacidad temporal queda limitada a las disponibilidades económicasexistentes en cada momento.

Artículo 5.º La gestión y administración del Fondo de Asistencia corres-ponde en exclusiva a su Comisión Gestora, a la cual prestará la empresasu necesaria colaboración en la oportuna aportación de sus cuotas y recaudaciónde las correspondientes a cada trabajador, así como en el pago delegado delos complementos del subsidio por incapacidad temporal, intercambiándosela información precisa y por escrito el órgano de gestión y la Dirección dela Empresa con periodicidad mensual.

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15–VI–2000 7001BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Artículo 6.º La Comisión Gestora estará constituida por un miembro decada sindicato con representación en el Comité de Empresa, designado porcada Sección Sindical entre los que lo integran.

La duración del mandato de la Comisión Gestora será la misma quela del Comité de Empresa, si bien sus miembros podrán ser removidos entodo momento por la Sección sindical que los designó.

Artículo 7.º La acción protectora acordada comprenderá la mejora deprestaciones en las situaciones de incapacidad temporal (enfermedad común,profesional y accidente no laboral), invalidez permanente total para la profesiónhabitual en la empresa, absoluta por cualquier contingencia (común, profe-sional y accidente, sea o no de trabajo), y muerte por enfermedad o accidente.Al efecto, la empresa suscribirá una póliza de seguro colectivo con la entidadaseguradora privada que tenga por conveniente, con expresa mención de quese concierta en cumplimiento de lo acordado en Convenio Colectivo de trabajoy en mejora de prestaciones de sistema de Seguridad Social, eficacia desdela fecha que se establezca, incluyendo necesariamente a todos los trabajadoresacogidos al ámbito del Fondo, cualquiera que fuese su situación sanitariay que garantice el pago a aquéllos o a sus derechohabientes de las siguientescantidades, que han de constituir el capital asegurado:

a) Por declaración de incapacidad permanente total o absoluta, cualquieraque fuese la contingencia de la que derive, un millón de pesetas (1.000.000,-).

b) En caso de muerte por accidente de trabajo y no laboral, dos millonesde pesetas (2.000.000,-).

c) En el supuesto de muerte por enfermedad común, un millón de pesetas(1.000.000,-).

Artículo 8.º Tendrán derecho a las prestaciones del Fondo los trabajadoresfijos incluidos en el ámbito personal del Convenio Colectivo de Empresa que,además de encontrarse en alguna de las contingencias protegibles del Sistemade Seguridad Social de las que constituyen mejora, cumplan los requisitosy condiciones establecidos en la norma siguiente.

Artículo 9.º Por causar derecho a las mejoras establecidas será necesario,además de ser trabajador fijo de EMTUSA, lo siguiente:

a) En todo caso, estar al corriente en el pago de la cuotas que correspondenal trabajador, de aportación obligatoria. El pago de las mismas con retrasono tendrá eficacia retroactiva, devengándose la mejora a partir del día siguienteal del pago solamente en el caso de prestaciones periódicas.

b) En el supuesto de incapacidad temporal, que se verifique el estadode enfermedad o accidente no laboral determinante de la contingencia pro-tegible, si en atención a las circunstancias concurrentes en cada supuesto,y a instancias de la Comisión Gestora, se considerase necesario la verificaciónmediante reconocimiento a cargo de personal médico, ya sea de los ServiciosMédicos de Empresa o del Facultativo Especialista que en cada caso se acuerde.

Artículo 10. La mejora en las situaciones de incapacidad temporal pro-tegida consistirá en un complemento del subsidio correspondiente a cada perío-do, necesario para que, sumado al que obtenga con cargo a la SeguridadSocial el trabajador alcance el noventa por ciento (90%) de la misma basereguladora en las situaciones de enfermedad común y accidente no laboral.Los tres primeros días de baja se hace efectivo igualmente con cargo al Fondode Asistencia el 90% de la base reguladora como complemento al 50% queserá a cargo de la empresa.

Artículo 11. El pago de la mejora de estas prestaciones por incapacidadtemporal se llevará a cabo por la empresa junto con las que son a su cargoy las que abona del Sistema de Seguridad Social en pago delegado, reteniendopara ello en cada ejercicio económico anual el cuatro por mil de los trabajadoresy el cuatro por mil de la empresa, de las detracciones establecidas para lafinanciación del Fondo de la parte empresarial, efectuando el ingreso deldos por mil restante en la cuenta del Fondo de Asistencia, junto con el restode las aportaciones que establece el artículo 17 de estas normas, realizándoselas compensaciones necesarias por exceso o por defecto al final de cada ejer-cicio. La empresa garantiza a todo trabajador el 90% de sus percepcionesen IT por enfermedad.

Artículo 12. El derecho a la mejora del subsidio por incapacidad temporalpodrá ser denegado, anulado o suspendido, aun cuando se continúe percibiendola prestación del sistema de Seguridad Social, en los siguientes supuestos:

a) Cuando el beneficiario haya actuado fraudulentamente para obtenero conservar dicha prestación.

b) Cuando el beneficiario trabaje por cuenta propia o ajena.c) Cuando, sin causa razonable, el beneficiario rechace o abandone el

tratamiento que le fuere indicado.

Artículo 13. La decisión de negar, suspender o anular estas prestaciones,con reintegro en su caso de las indebidamente percibidas, habrá de ser adoptadapor el Comité de Empresa, previo informe con propuesta de la ComisiónGestora, informe del Servicio de Prevención y audiencia del beneficiario, quepodrá formular alegaciones y proponer las pruebas pertinentes en el plazoprudencial que se le otorgue tras exhibirle el expediente.

Artículo 14. Los excedentes acumulados del Fondo de Asistencia esta-blecido en anteriores Convenios, que se extingue y liquida al presente, y losque se produzcan en cada ejercicio económico, más las aportaciones por cuotasde empresa y trabajador que en estas normas se determinan, serán destinadas,en la forma que la Comisión Gestora establezca, con la aprobación del Comitéde empresa, y las características que en estas normas se concretan, a la sus-cripción de una póliza colectiva o de seguro de grupo en garantía de unaprestación de jubilación, consistente en un capital que el asegurado o bene-ficiario percibirá el día en que aquél cumpla los sesenta y cinco años de edad,convertible a su opción en renta vitalicia, y de una prestación por muerte,que consistirá en un capital abonable al beneficiario designado por el aseguradosi se produjera el fallecimiento de éste antes de alcanzar dicha edad dejubilación.

Los excedentes que se refiere esta norma podrán en todo o en parte,ser destinados a fines asistenciales o sociales distintos, previo acuerdo entreempresa y representantes de los trabajadores.

Artículo 15. El tomador del seguro es el Comité de Empresa y el grupoasegurado los trabajadores comprendidos en el ámbito de aplicación del pre-sente Convenio Colectivo; será beneficiario el propio asegurado en la prestaciónde jubilación y quienes éste designe en la de fallecimiento, que salvo mani-festación expresa, y por este orden, serán su cónyuge e hijos, sus padres,sus hermanos y los herederos legales.

La prestación de jubilación, consistirá en un capital que se va adquiriendomensualmente mediante el pago de las aportaciones de prima correspondientesy su importe se hará constar tanto en la relación inicial de asegurados delas condiciones de la póliza como en las ulteriores que se elaborarán al modi-ficarse la plantilla de personal, y en cada uno de los certificados individualesde seguro; esta prestación a tanto alzado y por una sola vez podrá convertirse,a opción del beneficiario, en una renta anual vitalicia abonable en fraccionesmensuales vencidas.

La prestación por fallecimiento estará constituida por la suma de las primassatisfechas a favor del asegurado hasta el momento de producirse su muerte,más los importes de la participación en beneficios acreditados a ese momentoy otros incrementos que en las condiciones del seguro pudieran ser establecidos.

La póliza cubrirá a los asegurados cualquiera que fuera la profesión ylugar de residencia, sin otra excepción que la muerte por suicidio dentro delprimer año de inclusión en el seguro.

Artículo 16. El Comité de Empresa, como tomador del seguro colectivo,podrá ejercitar el derecho de rescate de la póliza para concertar otra condistinta compañía cuando la Comisión Gestora informe como convenienteal cambio de entidad aseguradora. También llevará a cabo el rescate de cual-quiera de los certificados individuales amparados por la misma para su devo-lución al trabajador que quede excluido del ámbito de aplicación del ConvenioColectivo, salvo que el asegurado acuerde con la compañía aseguradora sutransformación en póliza de seguro individual al quedar separado de la delgrupo, sin que esta opción implique en ningún caso el mantenimiento a partirdel cese en la empresa de obligación alguna del Fondo de Asistencia y desu Comisión Gestora.

Artículo 17. Las aportaciones regulares al Fondo de Asistencia para elpago de las primas del seguro de jubilación de grupo tendrán una cuantíainicial de seis mil quinientas noventa (6.590,-) pesetas por cada trabajador,de las que tres mil doscientas noventa y cinco (3.295,-) serán a su exclusivocargo y deducidas de sus retribuciones en el momento del pago, y otras tresmil doscientas noventa y cinco (3.295,-) a cargo de la empresa obtenidas desumar el dos por mil de las detracciones efectuadas sobre las retribucionesdel trabajador y la aportación empresarial sobre igual módulo.

Estas aportaciones de empresa y trabajador se actualizarán en cada añonatural incrementándose acumulativamente en el mismo porcentaje experi-mentado por el índice de precios al consumo (IPC) experimentado en el añoprecedente.

Artículo 18. Las aportaciones extraordinarias de excedentes de cada ejer-cicio, a que se refiere el precedente artículo 16, se aplicarán individualmenteen proporción al tiempo de alta en activo del asegurado, con exclusión delos tiempos de baja por incapacidad temporal y prórrogas de esta situaciónen las que hubiera permanecido durante el mismo período.

Disposición final

Los derechos y obligaciones entrarán en vigor en la fecha establecidaen las pólizas colectivas que para su cobertura han de suscribirse.

Anexo VIIAcuerdo de servicios mínimos

El derecho de huelga, tal como viene reconocido en la Constitución Espa-ñola, es un derecho fundamental otorgado a todos los trabajadores para ladefensa de sus intereses. No obstante, y por tratarse EMTUSA de una empresacuya finalidad es la prestación de un servicio público, ambas partes negociadoras

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15–VI–20007002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

acuerdan el establecimiento de unos servicios mínimos que cubran las nece-sidades esenciales de la comunidad.

Por tanto, de producirse conflicto en la empresa, si éste diera lugar auna convocatoria de huelga, las partes firmantes de este Convenio se com-prometen a velar por el cumplimiento de los servicios mínimos, disponiendola empresa de la facultad para destinar 12 coches, con sus correspondientesconductores, a cubrir el intervalo horario de las 7 a las 23 horas en las distintaslíneas que existan en cada momento, de acuerdo con la finalidad antes enun-ciada de satisfacer las necesidades mínimas de movilidad de toda la poblacióny la realización de los servicios de minusválidos, de necesaria atención porcarecer éstos de medios de transporte alternativos.

Para las restantes secciones de la empresa, los servicios mínimos quedaránconstituidos de la siguiente manera:

Personal de Inspección: 1 por turno.Personal de Administración: 1 en toda la administración.Personal de Taller: 1 Mecánico (en turno de mañana y tarde).Personal de Garaje: 1 (repostaje y lavado).Personal de Limpieza: 1 Limpiadora.Guardia de Cochera: 1 (de 23 a 7 horas).Coche de Personal: 1 Conductor.

Las personas que se requieran para la realización de servicios mínimosse nombrarán con carácter rotatorio, respetando los turnos de descanso yvacaciones.

Disposiciones adicionales

1. PUESTOS COMPATIBLES. Además de los que aparecen en el anexoI, serán compatibles los puestos de conteo de dinero en recaudación, así comolos de venta de bonos en el Humedal. Las partes firmantes de este Conveniose comprometen a estudiar las fórmulas necesarias que contemplen aquellostrabajadores que alcancen una incapacidad sobrevenida como consecuenciade enfermedad y/o accidente.

2. OTRAS MODALIDADES DE CONTRATACION. Las partes firman-tes de este Convenio se comprometen a estudiar las necesidades que la empresatenga en todo momento, teniendo en cuenta los contratos a tiempo parcialcomo posible medida a aplicar para la solución de las necesidades detectadas.Asimismo, se estudiará por las partes firmantes la posible implantación delcontrato de aprendizaje, prácticas, relevo... etc., según el pacto local Gijónpor el Empleo, además del número de trabajadores que se pudieran contratar.

3. DISPONIBILIDAD. Para llevar a cabo las sustituciones que por per-misos o imprevistos pudieran acaecer en la empresa, así como para cubrirlos servicios especiales nocturnos y el búho, se formará una bolsa de adscripciónvoluntaria. Para el caso de que dicha bolsa no cubra las necesidades porimprevistos éstas serán cubiertas por los trabajadores que se incorporen ala empresa con posterioridad a la firma de este Convenio. Dicha bolsa com-pensará los días que ha de disponer la empresa de los trabajadores adscritosa la misma, a razón de 3 días de descanso por cada 2 de disponibilidad.El número máximo de días de disposición será de cuatro anuales. Los díasde compensación se darán a petición de los trabajadores adscritos a la bolsay no podrá ser negado su disfrute a las tres primeras peticiones.

4. SOBRANTES. Cualquier conductor que por necesidades de la orga-nización de la empresa pasase a la situación de sobrante mantendrá la remu-neración que venía percibiendo en su régimen habitual de trabajo.

5. PODER ADQUISITIVO. Todo el personal de la empresa mantendráel poder adquisitivo de 1999, más la actualización correspondiente.

Disposición transitoria

La jornada de 35 horas semanales, establecida en el art. 6 del ConvenioColectivo, no entrará en vigor en tanto se produzcan las incorporaciones delpersonal necesario para cubrir los servicios.

ANUNCIOS

CONSEJERIA DE HACIENDA:

INFORMACION pública por la que se anuncia el con-curso, por procedimiento abierto, del servicio de lim-pieza de los locales ocupados por la Consejería de Tra-bajo y Promoción de Empleo en calle Uría, n.º 10,plantas 5.ª, 6.ª, 7.ª y 8.ª y por la Agencia Regionalde Consumo y Sanidad Ambiental, en la calle Marquésde Santa Cruz, esquina Santa Susana, 2.ª planta.

1.—Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Consejería de Hacienda del Principadode Asturias.

b) Dependencia que tramita el expediente: DirecciónGeneral de Presupuestos y Patrimonio, Servicio dePatrimonio.

c) Número de expediente: SERV/00.

2.—Objeto del contrato:

a) Descripción del objeto: Limpieza de los locales ocu-pados por la Consejería de Trabajo y Promoción delEmpleo en calle Uría, n.º 10, plantas 5.ª, 6.ª, 7.ª y8.ª y por la Agencia Regional de Consumo y SanidadAmbiental, en la calle Marqués de Santa Cruz, esquinaSanta Susana, 2.ª planta, de Oviedo.

b) División por lotes y número: No.c) Lugar de entrega: Oviedo (Asturias).d) Plazo de entrega: Hasta 31 de diciembre de 2000.

3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso

4.—Presupuesto base de licitación:

Importe total: 5.460.000 pesetas, 32.815,26 euros (I.V.A.e impuestos incluidos).

5.—Garantías:

Provisional: 109.200 pesetas, 656,30 euros.

6.—Obtención de documentación e información:

a) Entidad: Consejería de Hacienda del Principado deAsturias.

b) Domicilio: Coronel Aranda, 2, 5.ª planta, sectorderecho.

c) Localidad y código postal: Oviedo, 33005.d) Teléfono: 985105476.e) Telefax: 985105656.f) Fecha límite de obtención de documentos e informa-

ción: Dos días al último del plazo señalado para larecepción de proposiciones.

7.—Requisitos específicos del contratista:

Acreditación de solvencia económica, financiera y téc-nica, de acuerdo con la cláusula séptima del pliegode cláusulas administrativas particulares.

8.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de par-ticipación:

a) Fecha límite de presentación: Durante quince (15) díasnaturales contados desde el siguiente día natural alde la publicación de este anuncio en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, hasta las 14horas del último día, siempre que el mismo sea hábil.

b) Documentación a presentar: La que se especifica enel pliego de cláusulas administrativas particulares querige la licitación.

c) Lugar de presentación:

1. Entidad: Consejería de Hacienda del Principado(Registro General).

2. Domicilio: Coronel Aranda, 2-5.ª planta, sector cen-tral izquierdo.

3. Localidad y código postal: Oviedo, 33005.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado amantener su oferta (concurso): Tres meses, a contardesde la apertura de proposiciones.

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15–VI–2000 7003BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

e) Admisión de variantes: Sí.f) En su caso, número previsto (o número máximo-mí-

nimo) de empresas a las que se pretende invitar apresentar ofertas (procedimiento restringido): No.

9.—Apertura de las ofertas:

a) Entidad: Consejería de Hacienda (Sala de Juntas dela Dirección General de Presupuestos y Patrimonio).

b) Domicilio: Coronel Aranda, 2, 5.ª planta, sectorderecho.

c) Localidad: Oviedo.d) Fecha: Al día siguiente hábil al de conclusión del plazo

de presentación de proposiciones, siempre que el mis-mo no sea sábado, en cuyo caso pasa al día siguientehábil.

e) Hora: 10 horas.

10.—Otras informaciones: ...

11.—Gastos de anuncios:

Serán de cuenta del adjudicatario.

12.—Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de las Comu-nidades Europeas” (en su caso): ...

Oviedo, a 6 de junio de 2000.—El Secretario GeneralTécnico.—9.851.

CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICATERRITORIAL:

RESOLUCION de 5 de junio de 2000, de la Consejeríade Infraestructuras y Política Territorial, por la que seanuncia concurso, por procedimiento abierto, de la asis-tencia técnica para la redacción del proyecto de acon-dicionamiento parcial de la carretera LLN-16, Car-doso-Rales.

1.—Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Infraestructuras y Política

Territorial del Principado de Asturias.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría

General Técnica, Servicio de Contratación.c) Número de expediente: AT/00/26-93.

2.—Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Asistencia técnica para la

redacción del proyecto de acondicionamiento parcialde la carretera LLN-16, Cardoso-Rales.

b) ...c) Lugar de ejecución: Concejos de Ribadesella y Llanes.d) Plazo de ejecución: Tres (3) meses.

3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.

4.—Presupuesto base de licitación:a) Importe total: 7.500.000 ptas., 45.076 euros.

5.—Garantías:Provisional: 150.000 ptas., 901,5 euros.

6.—Obtención de documentación e información:a) Entidad: Consejería de Infraestructuras y Política

Territorial.b) Domicilio: Coronel Aranda, n.º 2.c) Localidad y código postal: Oviedo 33005.d) Teléfono: 985 10 55 58.

e) Telefax: 985 10 53 05.f) Fecha límite de obtención de documentos e informa-

ción: Dos días al último del plazo señalado para larecepción de las proposiciones.

7.—Requisitos específicos del contratista:a) Clasificación (grupos, subgrupos y categoría): ...b) ...

8.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de par-ticipación:a) Fecha límite de presentación: Quince (15) días natu-

rales, a contar desde el siguiente día natural al dela publicación de este anuncio en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias, hasta las catorcehoras del último día, siempre que el mismo sea hábil.

b) Documentación a presentar: La que se especifica enel pliego de cláusulas administrativas particulares querige la licitación.

c) Lugar de presentación:

1. Entidad: Consejería de Infraestructuras y PolíticaTerritorial (Registro General).

2. Domicilio: Coronel Aranda, n.º 2, 4.ª planta, sectorcentral izquierdo.

3. Localidad y código postal: Oviedo 33005.d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a

mantener su oferta (concurso): Tres (3) meses, a con-tar desde la apertura de las proposiciones.

e) ...f) ...

9.—Apertura de ofertas:a) Entidad: Consejería de Infraestructuras y Política

Territorial (Sala de Juntas).b) Domicilio: Coronel Aranda, n.º 2, 4.ª planta, sector

central izquierdo.c) Localidad: Oviedo.d) Fecha: Al día siguiente hábil al de conclusión del plazo

de presentación de proposiciones, siempre que el mis-mo no sea sábado o lunes, en cuyo caso pasa al díahábil siguiente.

e) Hora: 10,00 horas.

10.—Otras informaciones: ...

11.—Gastos de anuncios:Serán de cuenta del adjudicatario.

Oviedo, a 5 de junio de 2000.—La Secretaria GeneralTécnica.—10.007.

— • —

RESOLUCION de 7 de junio de 2000, de la Consejeríade Infraestructuras y Política Territorial, por la que seanuncia concurso, por procedimiento abierto, de la asis-tencia técnica para la redacción del proyecto de acon-dicionamiento parcial de la carretera AS-334, Bus-tio-Villanueva.

1.—Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Infraestructuras y Política

Territorial del Principado de Asturias.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría

General Técnica, Servicio de Contratación.c) Número de expediente: AT/00/25-92.

2.—Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Asistencia técnica para la

redacción del proyecto de acondicionamiento parcialde la carretera AS-334, Bustio-Villanueva.

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15–VI–20007004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

b) ...c) Lugar de ejecución: Concejo de Ribadedeva.d) Plazo de ejecución: Tres (3) meses.

3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.

4.—Presupuesto base de licitación:a) Importe total: 3.500.000 ptas., 21.035 euros.

5.—Garantías:Provisional: 70.000 ptas., 421 euros.

6.—Obtención de documentación e información:a) Entidad: Consejería de Infraestructuras y Política

Territorial.b) Domicilio: Coronel Aranda, n.º 2.c) Localidad y código postal: Oviedo 33005.d) Teléfono: 985 10 55 58.e) Telefax: 985 10 53 05.f) Fecha límite de obtención de documentos e informa-

ción: Dos días al último del plazo señalado para larecepción de las proposiciones.

7.—Requisitos específicos del contratista.a) Clasificación (grupos, subgrupos y categoría): ...b) ...

8.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de par-ticipación:a) Fecha límite de presentación: Quince (15) días natu-

rales, a contar desde el siguiente día natural al dela publicación de este anuncio en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias, hasta las catorcehoras del último día, siempre que el mismo sea hábil.

b) Documentación a presentar: La que se especifica enel pliego de cláusulas administrativas particulares querige la licitación.

c) Lugar de presentación:

1. Entidad: Consejería de Infraestructuras y PolíticaTerritorial (Registro General).

2. Domicilio: Coronel Aranda, n.º 2, 4.ª planta, sectorcentral izquierdo.

3. Localidad y código postal: Oviedo 33005.d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a

mantener su oferta (concurso): Tres (3) meses, a con-tar desde la apertura de las proposiciones.

e) ...f) ...

9.—Apertura de ofertas:a) Entidad: Consejería de Infraestructuras y Política

Territorial (Sala de Juntas).b) Domicilio: Coronel Aranda, n.º 2, 4.ª planta, sector

central izquierdo.c) Localidad: Oviedo.d) Fecha: Al día siguiente hábil al de conclusión del plazo

de presentación de proposiciones, siempre que el mis-mo no sea sábado o lunes, en cuyo caso pasa al díahábil siguiente.

e) Hora: 10.00 horas.

10.—Otras informaciones: ...

11.—Gastos de anuncios:Serán de cuenta del adjudicatario.

Oviedo, a 7 de junio de 2000.—La Secretaria GeneralTécnica.—10.006.

CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:

INFORMACION pública del estudio preliminar deimpacto ambiental del proyecto de red de caminos enla zona de concentración parcelaria de Cobre (Ve-gadeo).

En cumplimiento de lo dispuesto en el Plan de Orde-nación de los Recursos Naturales del Principado de Asturias(Decreto 64/1989, de 4 de mayo), se somete a informaciónpública el estudio preliminar de impacto ambiental del pro-yecto de la red de caminos en la zona de concentración par-celaria de Cobre (Vegadeo).

Por lo que, a los efectos procedimentales previstos enel citado Decreto 64/1989, se hace público para general cono-cimiento, por un plazo de quince días naturales, contadosa partir de la publicación del presente anuncio en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Asturias, a fin de que sepueda tomar vista y presentar por escrito las alegaciones quese estimen oportunas durante el expresado plazo, en la formaprevista en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

El estudio preliminar de impacto ambiental y el proyectoque contiene toda la información necesaria al caso, se hallaránde manifiesto en el Instituto de Desarrollo Rural, Serviciode Infraestructuras Rurales (Edificio Administrativo de Ser-vicios Múltiples, calle Coronel Aranda, 2-1.ª planta, sectorizquierdo, 33005, Oviedo).

Oviedo, a 30 de mayo de 2000.—El Secretario GeneralTécnico.—9.848.

Page 29: BOLETINOFICIALde la Dirección General de Trabajo y Seguridad ... impacto ambiental del proyecto de red de caminos en la zona de concentración parcelaria de Cobre ... Art. 1. Finalidad

15–VI–2000 7005BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

III. Administración del Estado

JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICODE ASTURIAS

EdictosDe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4

y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de1992), se hace pública notificación de la iniciación de losexpedientes sancionadores que se indican, instruidos por laJefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entidadesdenunciadas que a continuación se relacionan, ya que habién-dose intentado la notificación en el último domicilio conocido,ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad deSanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cualles asiste el derecho a alegar por escrito lo que en su defensaestimen conveniente, con aportación o proposición de laspruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quincedías hábiles, contados desde el siguiente al de la publicacióndel presente en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso delderecho para formular alegaciones y/o aportar o proponerpruebas, se dictarán las oportunas resoluciones.

Oviedo, a 26 de mayo de 2000.—El Delegado delGobierno.—10.071.

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15–VI–20007006 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

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15–VI–2000 7007BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

— • —

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídasen los expedientes sancionadores que se indican, dictadaspor la Autoridad competente según la Disposición adicionalcuarta de la Ley 6/97, de 14 de abril, de Organización yFuncionamiento de la Administración General del Estado,a las personas o entidades que a continuación se relacionan,ya que habiéndose intentado la notificación en el último domi-cilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones, que no son firmes en vía admi-nistrativa, podrá interponerse recurso de alzada, dentro delplazo de un mes, contado a partir del día siguiente al dela publicación del presente en el Boletín Oficial o DiarioOficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico,excepto cuando se trate de sanciones de cuantía inferior a

diez mil pesetas recaídas en el ámbito de Comunidades Autó-nomas que comprendan más de una provincia, en cuyo casola interposición será ante el Delegado del Gobierno en laComunidad.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso deeste derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podránser abonadas en período voluntario dentro de los 15 díassiguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de nohacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incre-mentado con el recargo del 20% de su importe por apremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidadde Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico.

Oviedo, a 26 de mayo de 2000.—El Delegado delGobierno.—10.069.

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15–VI–20007008 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

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15–VI–2000 7009BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

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15–VI–20007010 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de1992), se hace pública notificación de la iniciación de losexpedientes sancionadores que se indican, instruidos por laJefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entidadesdenunciadas que a continuación se relacionan, ya que habién-dose intentado la notificación en el último domicilio conocido,ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad deSanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cualles asiste el derecho a alegar por escrito lo que en su defensa

estimen conveniente, con aportación o proposición de laspruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quincedías hábiles, contados desde el siguiente al de la publicacióndel presente en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso delderecho para formular alegaciones y/o aportar o proponerpruebas, se dictarán las oportunas resoluciones.

Oviedo, a 2 de junio de 2000.—El Delegado del Gobier-no.—10.070.

— • —

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídasen los expedientes sancionadores que se indican, dictadaspor la Autoridad competente según la Disposición adicionalcuarta de la Ley 6/97, de 14 de abril, de Organización yFuncionamiento de la Administración General del Estado,a las personas o entidades que a continuación se relacionan,ya que habiéndose intentado la notificación en el último domi-cilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones, que no son firmes en vía admi-nistrativa, podrá interponerse recurso de alzada, dentro delplazo de un mes, contado a partir del día siguiente al dela publicación del presente en el Boletín Oficial o DiarioOficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico,excepto cuando se trate de sanciones de cuantía inferior a

diez mil pesetas recaídas en el ámbito de Comunidades Autó-nomas que comprendan más de una provincia, en cuyo casola interposición será ante el Delegado del Gobierno en laComunidad.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso deeste derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podránser abonadas en período voluntario dentro de los 15 díassiguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de nohacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incre-mentado con el recargo del 20% de su importe por apremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidadde Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico.

Oviedo, a 2 de junio de 2000.—El Delegado del Gobier-no.—10.072.

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15–VI–2000 7011BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

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15–VI–20007012 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

IV. Administración Local

AYUNTAMIENTOS

DE CANGAS DE ONIS

EdictosPor doña María Eloína Caso Menéndez se solicita licencia

municipal para el ejercicio de la actividad de establo de vacasen Cueto Aleos, de este municipio.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo30 del Reglamento de 30 de noviembre de 1961, se hacepúblico para que los que pudieran resultar afectados de algúnmodo por la mencionada actividad que se pretende instalarpuedan formular las observaciones pertinentes en el plazode diez días, a contar desde la inserción del presente edictoen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

En Cangas de Onís, a 30 mayo de 2000.—El Alcal-de.—9.600.

— • —

Por don Manuel González Cerezo se solicita licenciamunicipal para el ejercicio de la actividad de pub en AvenidaCovadonga, 17, de este municipio.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo30 del Reglamento de 30 de noviembre de 1961, se hacepúblico para que los que pudieran resultar afectados de algúnmodo por la mencionada actividad que se pretende instalarpuedan formular las observaciones pertinentes en el plazode diez días, a contar desde la inserción del presente edictoen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

En Cangas de Onís, a 25 mayo de 2000.—El Alcal-de.—9.602.

— • —

Por doña Patricia Suero Remis se solicita licencia muni-cipal para el ejercicio de la actividad de hotel rural en Llanode Con, 3, Socuevas, de este municipio.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo30 del Reglamento de 30 de noviembre de 1961, se hacepúblico para que los que pudieran resultar afectados de algúnmodo por la mencionada actividad que se pretende instalarpuedan formular las observaciones pertinentes en el plazode diez días, a contar desde la inserción del presente edictoen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

En Cangas de Onís, a 23 mayo de 2000.—El Alcal-de.—9.601.

— • —

Por don Ignacio Rodríguez González se solicita licenciamunicipal para el ejercicio de la actividad de nave para establoy almacén en Soto de Cangas, La Grandera, de este municipio.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo30 del Reglamento de 30 de noviembre de 1961, se hacepúblico para que los que pudieran resultar afectados de algún

modo por la mencionada actividad que se pretende instalarpuedan formular las observaciones pertinentes en el plazode diez días, a contar desde la inserción del presente edictoen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

En Cangas de Onís, a 30 mayo de 2000.—El Alcal-de.—9.603.

— • —

Por doña Nuria Sobrecueva Santos se solicita licenciamunicipal para el ejercicio de la actividad de cafetería y tiendaen Avenida Covadonga, 13, de este municipio.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo30 del Reglamento de 30 de noviembre de 1961, se hacepúblico para que los que pudieran resultar afectados de algúnmodo por la mencionada actividad que se pretende instalarpuedan formular las observaciones pertinentes en el plazode diez días, a contar desde la inserción del presente edictoen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

En Cangas de Onís, a 29 mayo de 2000.—El Alcal-de.—9.605.

— • —

Por don José Ramón Concha Blanco se solicita licenciamunicipal para el ejercicio de la actividad de establo y ten-dejón en Cebia, de este municipio.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo30 del Reglamento de 30 de noviembre de 1961, se hacepúblico para que los que pudieran resultar afectados de algúnmodo por la mencionada actividad que se pretende instalarpuedan formular las observaciones pertinentes en el plazode diez días, a contar desde la inserción del presente edictoen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

En Cangas de Onís, a 23 mayo de 2000.—El Alcal-de.—9.604.

DE CARREÑO

AnuncioLa Comisión de Gobierno, en sesión ordinaria celebrada

el día 25 de mayo de 2000, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar, inicialmente, el estudio de detalle paralas parcelas P-7 y P-8 del plan parcial de Piñeres, presentadopor don José Manuel Alvarez, en representación de AlboradaSiglo XXI Asturias, S.L.

Segundo.—Someter el expediente a información pública,por plazo de un mes, así como en un periódico de la comu-nidad autónoma.

Durante dicho plazo quedará el expediente a disposiciónde cualquiera que desee examinarlo y formular las alegacionespertinentes.

Candás, 31 de mayo de 2000.—El Alcalde.—9.922.

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15–VI–2000 7013BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

DE CASTRILLONAnuncio

Tasas por el suministro de agua potable, por recogida de basurasy servicio de alcantarillado. Período: Primer trimestre de 2000

1.º—Exposición al público: Por el Departamento de Ges-tión Tributaria ha sido confeccionado el padrón que deter-mina las cuotas y contribuyentes de los tributos indicados,correspondientes al primer trimestre de 2000.

Lo que se hace público para general conocimiento y noti-ficación a los interesados, que podrán examinar dicho docu-mento, en la Sección de Gestión Tributaria, durante el perío-do de exposición pública de quince días a partir de la publi-cación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Prin-cipado de Asturias a efecto de presentar las reclamacionesy alegaciones que estimen oportuno, conforme el artículo22 de la Ley 1/98, de Derechos y Garantías del Contribuyente,y 123 de la Ley General Tributaria, que serán resueltas enel plazo de cuatro días.

2.º—Aprobación del padrón: El padrón será aprobadopor la Alcaldía el vigésimo día siguiente al de la publicaciónde este anuncio.

3.º—Período voluntario de ingreso: Esta Alcaldía, de con-formidad con lo establecido en los artículos 87 y 88 del R.D. 1.684/90, de 20 de diciembre, Reglamento General deRecaudación, ha resuelto señalar como último día del períodode ingreso voluntario el 21 de mayo.

Si el vencimiento del período coincide en día inhábil, seentenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

El pago de las cuotas y tributos indicados deberá efec-tuarse en la Recaudación Municipal, sita en el propio Ayun-tamiento, en horas de 9 a 1, de lunes a viernes.

Quienes hayan domiciliado el pago a través de una entidadbancaria se dirigirá a cada una de ellas el cobro de los reciboscorrespondientes, con la advertencia expresa de que este pro-cedimiento no libera al contribuyente de la obligatoriedadde su ingreso dentro del plazo señalado, si por cualquiermotivo el recibo resultase impagado por la entidad bancaria.

Transcurrido dicho plazo de ingreso se iniciará, para lasdeudas pendientes, el procedimiento de apremio con losrecargos correspondientes, intereses de demora y costas delprocedimiento, en su caso, conforme al artículo 127 de laLey General Tributaria.

4.º—Vías de defensa: Contra el mismo podrá interponerserecurso de reposición ante el Sr. Alcalde del Ayuntamientode Castrillón, en el plazo de un mes, contado desde el díasiguiente al de la aprobación del padrón, conforme a lo esta-blecido en los artículos 124 de la Ley 230/63, artículo 36de la Ley 1/98 y 14 de la Ley 39/88.

Castrillón, a 31 de mayo de 2000.—El Alcalde.—9.942.

DE LLANERAAnuncio

Carpintería Metálica Vemon, S.L., solicita licencia parainstalación de nave para carpintería metálica en Cadage-Ca-yés.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el art. 30del Reglamento de Actividades Molestas, se hace públicopara que los que pudieran resultar afectados de algún modopor dicha instalación puedan formular las observaciones per-tinentes en el plazo de 10 días hábiles, a contar de la insercióndel presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Prin-cipado de Asturias.

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarsedurante las horas de oficina en la Oficina Técnica de esteAyuntamiento.

Llanera, a 17 de mayo de 2000.—El Alcalde.—9.101.

DE OVIEDO

EdictoDelimitación y estudio de detalle de la U.G. Los Reyes Cató-

licos.—Aprobación inicial.—(Expte. 1194-000001)

La Comisión de Gobierno, en sesión celebrada el día 29de mayo de 2000, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar inicialmente la delimitación y estudiode detalle de la U.G. Reyes Católicos, propuesta por doñaPilar Menéndez Alvarez, con la corrección de los límites dela parcela B, ubicada en Fuente de Pando, en cuanto al linderoNorte, que quedará conforme a lo propuesto en el proyectode delimitación y la corrección, asimismo, de la superficiede esta misma parcela, que queda fijada en 10.663,72 m.2siendo, por tanto, la superficie total de la unidad 16.791,74m.2

Segundo.—Fijar como sistema de actuación el de com-pensación.

Tercero.—Someter los expedientes a información públicapor término de quince días.

Lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos14 y 118 del texto refundido de la Ley de Suelo de 1976,65 y 140 del Reglamento de Planeamiento, se somete a infor-mación pública por plazo de 15 días, contados a partir deldía siguiente de la publicación de este edicto en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, a efectos de presen-tación de posibles alegaciones o reclamaciones por escrito.

Durante dicho plazo, el expediente estará de manifiestoen la Sección de Planeamiento y Gestión Urbanística de esteAyuntamiento (c/ Peso, n.º 2-4.º).

Oviedo, a 1 de junio de 2000.—El Concejal Delegado deUrbanismo.—10.086.

DE PEÑAMELLERA BAJA

AnuncioLa Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Peña-

mellera Baja, en su reunión de fecha 5-6-2000, aprobó lospliegos de claúsulas económico-administrativas particularesy de prescripciones técnicas que han de regir el concurso,por procedimiento abierto, del contrato de consultoría y asis-tencia de los trabajos de revisión de las normas subsidiariasde planeamiento de Peñamellera Baja.

De conformidad con el artículo 122 del Real Decreto Legis-lativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba eltexto refundido de las disposiciones legales vigentes de Régi-men Local, los pliegos de condiciones se someten a infor-mación pública, a efectos de reclamaciones, por espacio deocho días, contados a partir del siguiente al de la publicacióndel presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Prin-cipado de Asturias, aplazándose la licitación el tiempo quefuere necesario para resolver aquéllas.

Se anuncia simultáneamente un resumen del pliego conel contenido que establece el artículo 24 del R.D. 390/96,de 1 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 13/95, de18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.

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15–VI–20007014 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

1.—Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Ayuntamiento de Peñamellera Baja.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.

2.—Objeto del contrato:

a) Descripción del objeto: Revisión y redacción de lasnormas subsidiarias de planeamiento de PeñamelleraBaja.

b) División en lotes y número: No.c) Lugar de ejecución: Concejo de Peñamellera Baja.d) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: 14 meses.

Fases y plazos intermedios: Ver pliego.

3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.

4.—Presupuesto base de licitación:

Importe total: 7.000.000 de pesetas.

5.—Garantías:

a) Provisional: 140.000 ptas.b) Definitiva: 4% del precio de adjudicación.

6.—Obtención de información:

a) Entidad: Ayuntamiento de Peñamellera Baja.b) Domicilio: Carretera General, s/n.c) Localidad y código postal: Panes 33570.d) Teléfono: 985 41 40 08.e) Fax: 985 41 44 51.f) Fecha límite de obtención de documentos e informa-

ción: Hasta el último día de plazo de presentaciónde proposiciones.

7.—Requisitos específicos del contratista:

a) Clasificación: No se exige.b) Otros requisitos: Los establecidos en el pliego de cláu-

sulas administrativas.

8.—Presentación de ofertas o de las solicitudes de participación:

a) Fecha límite de presentación: Durante los 20 días natu-rales a partir del siguiente a la publicación del presenteanuncio de licitación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

b) Documentación a presentar: La exigida en las cláusulassexta, séptima y octava del pliego de cláusulas admi-nistrativas particulares.

c) Lugar de presentación:

1. Entidad: Ayuntamiento de Peñamellera Baja.2. Domicilio: Carretera General, s/n.3. Localidad y código postal: Panes 33570.

9.—Apertura de ofertas:

a) Entidad: Ayuntamiento de Peñamellera Baja.b) Domicilio: Carretera General, s/n.c) Localidad y código postal: Panes 33570.d) Fecha y hora: Concluido el plazo de presentación de

proposiciones, la Mesa de Contratación se reunirá alas 10 horas del primer día hábil posterior (si fuerasábado se trasladaría al siguiente día hábil), en sesiónno pública, para proceder a la calificación de la docu-mentación general contenida en el sobre A.

10.—Gastos de anuncios:

A cargo del adjudicatario.

En Panes, a 5 de junio de 2000.—El Alcalde.—9.957.

DE SIERO

Bases comunes para provisión de plazas de funcionarios y pues-tos de trabajo de personal laboral fijo incluidos en la ofertade empleo del año 2000, aprobadas por resolución de la Alcaldía

de fecha 31 de mayo

Primera.—Objeto de la convocatoria:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en pro-piedad, como funcionario de carrera o como personal laboralcontratado por tiempo indefinido y por los procedimientosde selección que se indiquen en los anexos a estas bases,de las plazas de funcionarios y de personal laboral fijo, vacan-tes en plantilla e incluidas en la Oferta de Empleo Públicodel Ayuntamiento de Siero, correspondiente al año 2000.

En los anexos se detallan las características particularesde las plazas que se convocan, con indicación de la Escala,Subescala y Clase a que pertenecen o categoría laboral asig-nada; grupo de titulación según Ley 30/84 y determinación,en su caso, de las que se hallen reservadas para promocióndel personal del Ayuntamiento de Siero.

Las plazas que hubieran sido declaradas desiertas en turnorestringido o de reserva para minusválidos pasarán a engrosarel turno libre, el cual podrá ser convocado automáticamenteen el caso de que aún no lo estuviera.

A la presente convocatoria le serán de aplicación las dis-posiciones contenidas en la Ley 30/84, de 2 de agosto, deMedidas para la Reforma de la Función Pública; Ley 7/85,de 2 de abril, de Bases del Régimen Local; R.D. legislativo781/86, de 18 de abril; R.D. 896/91, de 7 de junio, por elque se establecen reglas básicas y programas mínimos a quehan de ajustarse los procedimientos de selección de los fun-cionarios de la Administración Local; Decreto 68/89, de 4de mayo, del Principado de Asturias, por el que se apruebael Reglamento de Selección e Ingreso del Personal, en rela-ción con el Decreto 83/90, por el que se modifica parcialmenteel anterior y, con carácter supletorio, el R.D. 364/95, de 10de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Generalde Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la AdministraciónGeneral del Estado.

Segunda.—Requisitos de los aspirantes:

Para ser admitido a la práctica de las pruebas de selecciónserá necesario:

a) Ser español, sin perjuicio de lo previsto en la Ley 17/93y R.D. 800/95 que la desarrolla.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplidoaún los cincuenta y cinco o la edad específica que pudierarecogerse en los anexos, en su caso.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impidael desempeño de las correspondientes funciones.

d) Estar en posesión del título exigido para el ingresoen el grupo correspondiente, conforme a lo establecido enel artículo 23 de la Ley 30/84 o en condiciones de obtenerloen la fecha de finalización del plazo de presentación deinstancias.

e) No haber sido separado, mediante expediente disci-plinario, del servicio de cualquier Administración Pública,ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incom-patibilidad, con arreglo a la legislación vigente en el momento.Dicho requisito se entiende ha de ir referido a la fecha detoma de posesión, en su caso.

Tanto estas condiciones como las específicas que pudieranseñalarse en los anexos a la convocatoria, así como los méritosque se aleguen para su valoración en fase de concurso, estaránreferidos, como fecha límite, a la de finalización del plazode presentación de instancias.

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15–VI–2000 7015BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Tercera.—Presentación de instancias:

1. Las instancias solicitando tomar parte en la convoca-toria, se formularán por escrito y se presentarán en el plazode los veinte días naturales siguientes al de publicación delextracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

2. Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayun-tamiento, Secretaría, de nueve a catorce horas, en el plazoindicado y sin perjuicio todo ello de que pueda hacerse usode lo previsto en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, en orden a remitir la instancia y abonarlos derechos de examen.

3. Las solicitudes de admisión a estas pruebas, que irándirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sieroy en las que se hará constar que se reúnen todos y cadauno de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria,referidos a la fecha en que finaliza el plazo de presentación,se formularán en modelo anexo I, que se publicará, juntocon las mismas, en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias.

Las peticiones de admisión a la práctica de las pruebasque no se ajusten a dicho modelo determinarán la exclusióndel aspirante de la lista de admitidos y excluidos, pudiendoprocederse a la subsanación del defecto en el plazo que seconceda al efecto.

4. A la instancia se acompañará:

• Justificante de haber ingresado en la Caja Municipal,Tesorería del Ayuntamiento, la cantidad que en con-cepto de derechos de examen se fija para cada prueba,cantidad que será devuelta en caso de exclusión delinteresado y cuya cuantía se establecerá en los anexoscorrespondientes.

• Los documentos fehacientes acreditativos de los méritosque se aleguen para su valoración en fase de concurso,cuando la haya, y en relación a los baremos que figuranen los anexos. Dichos documentos podrán ser compul-sados en el propio Ayuntamiento mediante la presen-tación del original acompañado de las copias.

Cuarta.—Trámite de admisión:

1. Expirado el plazo de presentación de instancias, laAlcaldía-Presidencia decretará, en el plazo de un mes, la apro-bación de la lista de admitidos y excluidos a la práctica delas pruebas.

2. La resolución del apartado anterior se publicará enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias e indicarálos lugares en que se encuentren expuestas al público laslistas certificadas completas de aspirantes admitidos y exclui-dos, con indicación del plazo de subsanación que, conformeal artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se concede a los aspirantes excluidos, determinacióndel lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y composicióndel tribunal calificador.

Quinta.—Tribunal calificador:

1. El tribunal calificador de las pruebas se ajustará a lasiguiente composición:

- Presidenta: La Concejala-Delegada de Personal o Con-cejal en quien delegue.

- Secretario: El de la Corporación o funcionario o fun-cionarios que le sustituyan.

- Vocales:Uno, a propuesta del Instituto Asturiano de Adminis-

tración Pública.El Director o Jefe del Servicio dentro de la especialidad

o, en su defecto, un técnico o experto designado por el Pre-sidente de la Corporación.

Un representante del Colegio Oficial correspondiente o,en su defecto, un técnico o experto designado por el Pre-sidente de la Corporación.

Un funcionario de carrera o trabajador laboral del Ayun-tamiento, según la plaza de que se trate, perteneciente aigual o superior grupo de titulación o categoría profesional,según la especialidad y, en su defecto, un técnico o expertodesignado por el Presidente de la Corporación.

Un representante del personal, a propuesta del órganode representación sindical correspondiente.

Un Concejal, en representación de uno de los grupospolíticos.

Los miembros del tribunal serán designados con sus res-pectivos suplentes. Igualmente podrá disponerse la incorpo-ración a los trabajos del tribunal de asesores especialistaspara todas o alguna de las pruebas, limitándose su actuaciónal asesoramiento en sus especialidades técnicas.

2. Para constituirse y actuar habrán de estar presentes,al menos, la mitad más uno de los miembros del tribunal.

3. El tribunal está facultado para resolver cualquier inci-dencia no prevista en estas bases o en la legislación aplicablepara tomar los acuerdos necesarios para el cumplimiento delo prevenido en ellas y normativa complementaria.

4. El tribunal deberá resolver cualquier reclamación queno tenga carácter de recurso, siempre que se formule anteel Secretario del mismo antes de la calificación de la pruebacorrespondiente, inmediatamente antes de comenzar la prue-ba siguiente o antes de su disolución con firma del acta final.

Los recursos se interpondrán conforme al artículo 114de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta.—Pruebas selectivas: inicio, clase y desarrollo:

En los anexos correspondientes se indican las pruebasselectivas que en cada caso corresponden.

A) Previsiones de carácter general:

1. La convocatoria para la realización de los ejerciciosse efectuará en llamamiento único, salvo causa de fuerzamayor, acreditada, que apreciará el tribunal resolviendo loque proceda, quedando eliminados quienes no compare-cieran.

2. El primer ejercicio se realizará previo llamamiento enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, conformea lo establecido en la base 4.ª 2, debiendo transcurrir unmínimo de un mes desde la publicación de dicho anuncioy el inicio de las pruebas y para los siguientes mediante anun-cio en el lugar donde se haya celebrado la prueba anterior,al hacer pública la calificación de la misma, con antelaciónde cuarenta y ocho horas, considerándose a estos efectosel conjunto de dos ejercicios o más que formaran parte deuna misma prueba práctica como uno solo. Si fuera necesariocontinuar el ejercicio, el anuncio de llamamiento se harápúblico con antelación mínima de doce horas.

3. Entre el final de una prueba y el comienzo de la siguien-te, con carácter general, se observará un intervalo mínimode dos días y máximo de veinte.

No obstante lo anterior, el tribunal podrá decidir otroritmo de celebración de las pruebas y, con la conformidadde todos los aspirantes presentes, podrá reducir los intervalosmínimos previstos en los apartados 2 y 3 de esta base.

4. En caso de fuerza mayor la interrupción será la menorposible.

5. Finalizada la calificación de cada ejercicio, se harápública en el local donde se realicen las pruebas y en eltablero de edictos de la Casa Consistorial, mediante listade aspirantes, por orden alfabético de participación.

6. Finalizada la fase de oposición en su conjunto, se harápública la calificación global de la misma para lo que seefectuará la media de las puntuaciones obtenidas en cada

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15–VI–20007016 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

prueba, haciéndose pública la calificación final por ordende puntuaciones obtenidas por los opositores.

7. A efectos de fijar el orden de actuación de los opo-sitores se estará al resultado del sorteo público efectuadoel día 30 de mayo de 2000 en el Instituto Asturiano de Admi-nistración Pública “Adolfo Posada”, iniciándose los llama-mientos por aquellos cuyo primer apellido comience por laletra “K”.

B) Previsiones especiales para el supuesto de existir fasede concurso:

1. Finalizada la fase de oposición, el tribunal procederáa valorar los méritos alegados y probados documentalmentepor aquellos opositores que hubieran superado dicha fase,conforme a los baremos que figuran en las bases específicas.

2. Para puntuar el concurso se sumarán las calificacionesotorgadas por cada uno de los méritos alegados y que seantenidos en consideración. El resultado de la puntuación deesta fase se hará público, por el orden de aspirantes, de mása menos, en la forma prevista para la fase de oposición.

Séptima.—Sistema de calificación:

Fase de oposición:

1. Todos los ejercicios, salvo que en los anexos se deter-mine otra cosa, tienen carácter obligatorio y eliminatorio.Cada miembro del tribunal calificará hasta un máximo dediez puntos, quedando eliminados los opositores que noalcancen un mínimo de cinco puntos, en cuyo caso, el tribunalpodrá hacer pública la calificación con la simple menciónde “no apto”.

2. La puntuación de cada ejercicio se obtendrá sumandolas otorgadas por todos y cada uno de los miembros del tri-bunal que se hallen presentes, excluido el Secretario del mis-mo, y dividiendo por el número de éstos. Las calificacionesextremas que otorguen los miembros del tribunal, cuandodisten entre sí más de dos enteros, quedarán eliminadas, apre-ciándose únicamente las restantes, entre las que se hará lamedia, conservándose igualmente las propuestas de los ase-sores, cuando los hubiera.

Las calificaciones otorgadas, aunque no se recoja en elacta más que la media, se conservarán como anexo a la misma.

3. Salvo las excepciones que puedan recogerse en losanexos, cuando una misma prueba práctica esté integradapor dos o más ejercicios, éstos no tendrán carácter elimi-natorio entre sí, por lo que, a efectos de su calificación, seefectuará la media entre ellos, aun cuando alguno no hubieraobtenido un mínimo de cinco puntos. La puntuación mediaresultante será la que sirva para determinar la calificaciónde la prueba, a efectos eliminatorios y de sucesivas puntua-ciones medias.

4. La suma de la puntuación obtenida en fase de concursoy la de la oposición dará la puntuación total que será publicadapor orden de mayor a menor en el tablón de anuncios delAyuntamiento, con propuesta concreta de aspirantes selec-cionados para ser nombrados.

En cualquier cuestión que se suscite sobre los derechosque confiere esta puntuación, se respetará lo dispuesto enel artículo 18 de la Ley 30/84.

5. En caso de empate en la puntuación final, se realizaráun ejercicio adicional, que determinará la propuesta de nom-bramiento del tribunal y que versará sobre un tema del pro-grama, elegido por sorteo y que pertenezca preferentementea la parte especial del mismo.

Octava.—Documentación necesaria:

1. El aspirante propuesto deberá aportar, en plazo deveinte días naturales, contados desde la publicación de lacalificación final y sin necesidad de mayor requerimiento,la siguiente documentación acreditativa de las condicionesdeclaradas:

• Partida de nacimiento.• Título, declarado mediante original con fotocopia para

su compulsa, copia autorizada mediante fedatario com-petente por razón de la materia o recibo acreditativodel pago de los derechos de examen para su expedición.En cualquier caso, deberá constar el derecho a la obten-ción del título antes de la finalización del plazo de pre-sentación de instancias. Las equivalencias o convali-daciones serán acreditadas y resueltas por el Ministeriode Educación y Ciencia, pero deberá constar el citadoderecho a la obtención del título como se expusoanteriormente.

• Certificado médico expedido por la Mutua o Entidadsanitaria que designe el Ayuntamiento, acreditativo deno padecer enfermedad o defecto físico que impidael normal desempeño de la plaza.

• Declaración jurada o bajo personal responsabilidad,acreditativa de los requisitos y condiciones enumeradosen los apartados e) y f) de la base segunda.

• Declaración complementaria de conducta ciudadana,según Ley 68/80.

Cualquier ocultación maliciosa de circunstancias sobre-venidas a la fecha de expedición de estos documentos y queorigine su ineficacia será causa de revisión del nombramiento,conforme al Título VII de la Ley de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común.

Este nombramiento sólo será válido en cuanto el pro-puesto no se halle incurso en causa de incapacidad oincompatibilidad.

2. Si hubiera minusvalía o discapacidad, la compatibilidadse acreditará mediante certificación del Instituto Nacionalde Servicios Sociales u organismo que haya asumido su com-petencia en la materia.

3. Quienes ya tuvieran la condición de funcionarios públi-cos al servicio de cualquier Administración Pública estaránexentos de acreditar los requisitos que ya lo hayan sido paraobtener su anterior nombramiento siempre que sean coin-cidentes con los expresados en esta misma base, debiendopresentar únicamente certificación del organismo del quedependan, acreditando su condición y demás circunstanciasque obren en su expediente personal.

4. Los propuestos para nombramiento deberán aportarigualmente, dentro del plazo concedido por esta base, la docu-mentación específica que pueda ser solicitada para deter-minado tipo de plazas, salvo que ya se hubiera presentadoen trámite de admisión de instancias.

Novena.—Propuesta, nombramiento y toma de posesión:

1. Inmediatamente después de la calificación final, el tri-bunal hará pública la relación de aprobados, en su caso, yelevará propuesta de nombramiento en favor de los que hayanobtenido plaza al órgano competente.

2. El tribunal no puede proponer más aspirantes paranombramiento que el número de vacantes, según convoca-toria, por lo que los aprobados, a tal efecto, no excederánde dicho número. No obstante, reseñará a quienes hayansuperado las pruebas y los propondrá en sustitución de aqué-llos, por orden de puntuación, para el supuesto de que algunode los propuestos no reúna los requisitos legales establecidosen la convocatoria.

No obstante lo anterior, si se tratara de provisión de pues-tos de trabajo de la plantilla laboral, los aprobados podránsustituir a los propuestos, según orden de puntuación, enel caso de que las condiciones alegadas para admisión nose acrediten en plazo, o si no llegara a firmarse el contratopor motivos imputables al opositor, siempre que no puedanasimilarse a mera renuncia a favor de tercero.

Igualmente, el Ayuntamiento podrá acudir, en caso deque fuera necesario, al nombramiento de funcionarios inte-

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15–VI–2000 7017BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

rinos o contratación laboral de aquellos aspirantes quehabiendo superado todas o alguna de las pruebas selectivascorrespondientes no hubieran obtenido plaza, sin perjuiciode que dicha opción finalice con motivo de la celebraciónde nuevas pruebas.

3. El órgano competente, Alcaldía-Presidencia, procederáal nombramiento de los propuestos, sin perjuicio de lo dis-puesto en el Título VII de la Ley de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, en plazo de dos meses y una vez aportadapor los interesados la documentación requerida en la baseoctava.

4. Quien resulte nombrado deberá tomar posesión en pla-zo no superior a un mes, desde la notificación del nombra-miento, salvo causa justificada de prórroga.

5. El nombramiento o la contratación se publicarán enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Décima.—Derecho supletorio:

En todo lo no previsto en las presentes bases, será deaplicación el R.D. 896/91, de 7 de junio, por el que se esta-blecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debeajustarse el procedimiento de selección de los funcionariosde Administración Local; Decreto 68/89, de 4 de mayo, delPrincipado de Asturias, por el que se aprueba el Reglamentode Selección e Ingreso del Personal de la Administracióndel Principado de Asturias, en relación con el Decreto 83/90,por el que se modifica parcialmente el anterior; R.D. 364/95,de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Generalde Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la AdministraciónGeneral del Estado; Ley 17/93, de 23 de diciembre, sobreel acceso a determinados sectores de la función pública delos nacionales de los demás Estados miembros de la Comu-nidad Europea; Ley 42/94, de 30 de diciembre, de MedidasFiscales, Administrativas y de Orden Social y demás legis-lación que resulte de aplicación, aun con carácter supletorio.

Anexo IInstancia tipo para participar en las pruebas de acceso paraprovisión de plazas de funcionarios y puestos de trabajo depersonal laboral fijo incluidos en la oferta de empleo público

del año 2000

Denominación de la plaza o puesto: ..................................................................................

Primer apellido: .............................................................................................................................................................

Segundo apellido: ......................................................................................................................................................

Nombre: .........................................................................................................................................................................................

D.N.I.: ................................................................................................................................................................................................

Fecha de nacimiento: .........................................................................................................................................

Municipio de nacimiento: ........................................................................................................................

Domicilio: ................................................ Tfno.: .......................................................................................................

Localidad: ............................................................... Provincia: ..........................................................................

Expone:Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos

en la base segunda de la convocatoria unitaria, así comolos específicos del anexo correspondiente.

Méritos que alega para la fase de concurso, en su caso:Solicita:Su admisión para participar en las pruebas selectivas a

que se refiere la presente instancia y declara que son ciertoslos datos consignados en ella y que reúne las condicionesexigidas para ingresar al servicio de la Administración y lasespecialmente señaladas en la convocatoria anteriormentecitada, comprometiéndose a probar documentalmente todoslos datos que figuran en la solicitud.

Pola de Siero, a ................... de ............................. de ...................

Firma,

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SIERO.

Anexo IIFuncionarios de carrera

1

Denominación: Administrativo de Administración Gene-ral

Grupo: CEscala: Administración General.Subescala: Administrativa.Número de plazas: Seis.Sistema de provisión: Concurso-oposición restringido.Titulación: Bachiller Superior, Formación Profesional de

Segundo Grado, B.U.P. o equivalente, o tener una antigüedadde diez años en la subescala Auxiliar.

Categoría del tribunal: Tercera.

Requisitos de los aspirantes: Funcionarios de carrera delAyuntamiento de Siero que, aparte de la titulación requerida,tengan una antigüedad mínima de dos años en el grupo inme-diatamente inferior de la escala a que pertenece la plaza.

Funciones: Realizar tareas administrativas, normalmentede trámite y cooperación.

Fase de oposición: Consistirá en la resolución por escrito,en un tiempo máximo de tres horas, de dos supuestos detipo práctico, planteados por el tribunal antes de su comienzoy que guardarán relación con los cometidos propios de lasubescala, pudiendo los opositores hacer uso de cuantos textoslegales, colecciones de jurisprudencia y libros de consultaacudan provistos. Dichos supuestos habrán de estar relacio-nados con el contenido del siguiente

Programa

1. Principios generales del procedimiento administrativo.Normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimientoadministrativo: días y horas hábiles, cómputo de plazos.Recepción y registro de documentos.

2. Fases del procedimiento administrativo general. Silen-cio administrativo.

3. La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actosnulos y anulables. Convalidación. Revisión de oficio.

4. Los recursos administrativos: clases.5. Los derechos reales administrativos. El dominio público.

El patrimonio privado de la Administración.6. La intervención administrativa en la propiedad privada.

La expropiación forzosa.7. La responsabilidad de la Administración.8. Organización municipal. Competencias.9. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Cla-

ses. Procedimiento de elaboración y aprobación.10. Relación entre entes territoriales. Autonomía muni-

cipal y tutela.11. Derechos y deberes de los funcionarios públicos loca-

les. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.12. Derechos económicos de los funcionarios. Derechos

pasivos. La Seguridad Social.13. Los bienes de las entidades locales. Régimen de uti-

lización de los de dominio público.14. Las formas de actividad de las entidades locales. La

intervención administrativa en la actividad privada. Proce-dimiento de otorgamiento de licencias.

15. El servicio público en la esfera local. Los modos degestión de los servicios públicos. Consideración especial dela concesión.

16. Principios generales y clases de contratos adminis-trativos referidos a la esfera local. La selección del contratista.Derechos y deberes del contratista y de la Administración.

17. Procedimiento administrativo local. El registro deentrada y salida. Requisitos en la presentación de documen-tos. Comunicaciones y notificaciones.

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15–VI–20007018 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

18. Funcionamiento de los órganos colegiados. Convo-catoria y orden del día. Requisitos de constitución. Vota-ciones. Actas y certificaciones de acuerdos.

19. Competencia urbanística municipal. Intervención enla edificación y uso del suelo.

20. Haciendas locales. Clasificación de los ingresos. Orde-nanzas fiscales. Régimen jurídico del gasto público local.

21. Los presupuestos locales. Contabilidad y cuentas.

Fase de concurso: Según lo previsto en las bases comunes,el tribunal procederá a valorar conforme al baremo los méri-tos alegados y probados documentalmente, antes de la fina-lización del plazo de presentación de instancias, de aquellosopositores que hubieran obtenido un mínimo de cinco puntosen el conjunto de la fase de oposición, según el siguiente

Baremo

a) Por servicios prestados a la Administración: 0,25 puntospor año, con un máximo de tres puntos.

b) Por la asistencia a cursos que guarden relación conlos servicios a prestar, impartidos por centros de enseñanzaacreditados, y que tengan una duración mínima de veintehoras lectivas: 0,20 puntos por curso, con un máximo de unpunto.

c) Por titulación académica superior a la exigida parala pertenencia a la plaza a que se opta, siempre que guarderelación con los cometidos o funciones del puesto de trabajo:0,25 puntos por título, con un máximo de un punto.

De los servicios recogidos en el apartado a) no se valoraránaquellos años que se hayan exigido como requisito para poderparticipar en las pruebas ni aquellos que se hayan utilizadopara suplir la carencia de titulación.

2

Denominación: Auxiliar de Administración General.Grupo: D.Escala: Administración General.Subescala: Auxiliar.Número de plazas: Dos.Sistema de provisión: Concurso-oposición restringido.Titulación: Graduado Escolar, Formación Profesional de

Primer Grado o equivalente.

Requisitos de los aspirantes: Funcionarios de carrera delAyuntamiento de Siero que, aparte de la titulación requerida,tengan una antigüedad mínima de dos años en el grupo inme-diatamente inferior de la escala a que pertenece la plaza.

Categoría del tribunal: Cuarta.

Funciones: Realización de tareas de mecanografía, taqui-grafía, despacho de correspondencia, cálculo sencillo, manejode máquinas, archivo de documentos y otros análogos.

Ejercicios: Todos ellos de carácter obligatorio y elimi-natorio.

Primero: Consistirá en el desarrollo por escrito, en untiempo máximo de dos horas, de dos temas extraídos al azardel siguiente

Programa

1. El acto administrativo. Principios generales del pro-cedimiento administrativo.

2. Formas de la acción administrativa: fomento, policíay servicio público.

3. La Hacienda Pública y la Administración Tributaria.4. La responsabilidad de la Administración Pública y de

los funcionarios.5. Derecho sancionador y disciplinario de la Administra-

ción Pública.

6. Principios de actuación de la Administración Pública:eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración ycoordinación.

7. Sometimiento de la Administración a la ley y al derecho.8. Los ciudadanos en sus relaciones con las Administra-

ciones Públicas: colaboración, participación y derechos.9. Régimen Local español. Principios constitucionales y

regulación jurídica.10. El procedimiento administrativo local. El registro de

entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentaciónde documentos. Comunicaciones y notificaciones.

11. El municipio. El término municipal. La población.El empadronamiento.

12. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales.Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

13. La Función Pública local y su organización.14. Los bienes de las entidades locales. Clases de bienes

y su distinto tratamiento legal.15. Los contratos administrativos en la esfera local. La

selección del contratista.16. La intervención administrativa local en la actividad

privada. El procedimiento de concesión de las licencias.17. Organos locales. Funcionamiento de los colegiados.

Convocatoria y orden del día. Actas y certificaciones deacuerdos.

18. Las Haciendas Locales: ingresos y gastos. Clasificacióny régimen jurídico.

19. Los presupuestos locales.20. Los servicios locales.A este ejercicio deberá darse pública lectura por los

opositores.

Segundo: Constará de dos partes, que se puntuarán deforma independiente, consistiendo la primera en la copia enordenador, durante diez minutos, de un texto facilitado porel tribunal, a una velocidad de 280 pulsaciones; y, la segunda,en la realización de un ejercicio práctico de tratamiento detextos en Microsoft Word 6.0 sobre Windows 95-98, en eltiempo que conceda el tribunal, el cual no será superior atreinta minutos.

Fase de concurso: Según lo previsto en las bases comunes,el tribunal procederá a valorar conforme al baremo los méri-tos alegados y probados documentalmente, antes de la fina-lización del plazo de presentación de instancias, de aquellosopositores que hubieran obtenido un mínimo de cinco puntosen el conjunto de la fase de oposición, según el siguiente

Baremo

a) Por servicios prestados a la Administración: 0,25 puntospor año, con un máximo de tres puntos.

b) Por la asistencia a cursos que guarden relación conlos servicios a prestar, impartidos por centros de enseñanzaacreditados, y que tengan una duración mínima de veintehoras lectivas: 0,20 puntos por curso, con un máximo de unpunto.

c) Por titulación académica superior a la exigida parala pertenencia a la plaza a que se opta, siempre que guarderelación con los cometidos o funciones del puesto de trabajo:0,25 puntos por título, con un máximo de un punto.

De los servicios recogidos en el apartado a) no se valoraránaquellos años que se hayan exigido como requisito para poderparticipar en las pruebas.

3

Denominación: Auxiliar de Administración General.Grupo: D.Escala: Administración General.Subescala: Auxiliar.Número de plazas: Trece, una de ellas reservada a minus-

válidos con discapacidad igual o superior al 33% según cali-

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15–VI–2000 7019BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

ficación del INSERSO que se aportará en el momento depresentación de la instancia y siempre que dicha discapacidadno sea óbice para el desempeño de las funciones propiasdel puesto de trabajo.

Sistema de provisión: Oposición libre.Titulación: Graduado Escolar, Formación Profesional de

Primer Grado o equivalente.Derechos de examen: Mil pesetas.Categoría del tribunal: Cuarta.Funciones: Realización de tareas de mecanografía, taqui-

grafía, despacho de correspondencia, cálculo sencillo, manejode máquinas, archivo de documentos y otros análogos.

Ejercicios: Todos ellos de carácter obligatorio y elimi-natorio.

Primero: Consistirá en responder, en un tiempo máximode una hora, a un cuestionario tipo test sobre cultura generalelaborado por el tribunal con anterioridad al comienzo delas pruebas.

Segundo: Consistirá en la copia a máquina, durante diezminutos, de un texto que facilitará el tribunal, a una velocidadmínima de 250 pulsaciones por minuto, para lo cual los opo-sitores habrán de acudir provistos de máquina de escribirmecánica.

Tercero: Consistirá en la copia a mano de un texto dictadopor el tribunal, en el que se valorará la corrección ortográfica.

Cuarto: Consistirá en el desarrollo por escrito, en un tiem-po máximo de dos horas, de dos temas extraídos al azar,correspondientes uno a cada una de las partes del siguiente

Programa

Primera parte:1. La Constitución española de 1978. Principios generales.2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.3. La Corona. El Poder Legislativo.4. El Gobierno y la Administración del Estado.5. El Poder Judicial.6. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de

Autonomía. Su significado.7. El Estatuto de Autonomía para Asturias. Instituciones

de la Comunidad Autónoma del Principado.8. El acto administrativo. Principios generales del pro-

cedimiento administrativo.9. Formas de la acción administrativa: fomento, policía

y servicio público.10. La Hacienda Pública y la Administración Tributaria.11. La responsabilidad de la Administración Pública y

de los funcionarios.12. Derecho sancionador y disciplinario de la Adminis-

tración Pública.13. Principios de actuación de la Administración Pública:

eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración ycoordinación.

14. Sometimiento de la Administración a la ley y alderecho.

15. Los ciudadanos en sus relaciones con las Adminis-traciones Públicas: colaboración, participación y derechos.

16. Fases del procedimiento administrativo general.

Segunda parte:

17. Régimen Local español. Principios constitucionalesy regulación jurídica.

18. El procedimiento administrativo local. El registro deentrada y salida de documentos. Requisitos en la presentaciónde documentos. Comunicaciones y notificaciones.

19. El municipio. El término municipal. La población.El empadronamiento.

20. Organización municipal. Competencias.21. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales.

Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

22. La Función Pública local y su organización.23. Derechos y deberes de los funcionarios públicos loca-

les. Derecho de sindicación. Seguridad Social.24. Los bienes de las entidades locales. Clases de bienes

y su distinto tratamiento legal.25. Los contratos administrativos en la esfera local. La

selección del contratista.26. La intervención administrativa local en la actividad

privada. El procedimiento de concesión de las licencias.27. Organos locales. Funcionamiento de los colegiados.

Convocatoria y orden del día. Actas y certificaciones deacuerdos.

28. Las Haciendas Locales: ingresos y gastos. Clasificacióny régimen jurídico.

29. Los presupuestos locales.30. Los servicios locales.A este ejercicio deberá darse pública lectura por los

opositores.Quinto: Consistirá en la realización de un ejercicio prác-

tico que versará sobre tratamiento de textos en MicrosoftWord 6.0 sobre Windows 95-98 y Hoja de Cálculo Excel,en el tiempo que conceda el tribunal, el cual no será superiora una hora.

4

Denominación: Ingeniero Técnico Agrícola.Grupo: B.Escala: Administración Especial.Subescala: Servicios Especiales.Clase: Técnicos Medios.Número de plazas: Una.Sistema de provisión: Concurso-oposición libre.Titulación: Ingeniero Técnico Agrícola.Derechos de examen: Mil quinientas pesetas.Categoría del tribunal: Segunda.Funciones: Desarrollo de las propias de su profesión.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dosejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, enun tiempo máximo de tres horas, tres temas elegidos al azar:uno de la primera parte y dos de la segunda del siguiente

Programa

Primera parte:

1. La Constitución española de 1978. Principios generales.Derechos y deberes de los españoles.

2. La organización territorial del Estado. El Estatuto deAutonomía del Principado de Asturias.

3. La Administración Local. La Ley 7/85: principios ycontenido.

4. La Función Pública. La relación funcionarial.5. El acto administrativo. Validez y eficacia. Ejecución

y recursos.6. Los contratos administrativos. Especial referencia a la

esfera local.7. Ejecución del contrato de obras. Replanteo y com-

probación. Certificaciones de obras ejecutadas. Revisión deprecios. Modificación de obra.

8. La responsabilidad patrimonial de la Administración.9. La expropiación forzosa. Referencia a la Ley de 16

de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa. Procedi-mientos. Garantías jurisdiccionales.

10. El gasto público. Concepto y procedimiento deejecución.

11. Las Haciendas Locales. Clasificación de ingresos. Lasordenanzas fiscales.

12. Los bienes de las entidades locales. Clases y régimenjurídico.

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15–VI–20007020 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Segunda parte:

1. La Ley de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.Texto refundido de 9 de abril de 1976: estructura y principiosinspiradores. Referencia a sus Reglamentos. La organizaciónadministrativa del urbanismo.

2. Significación del Plan Urbanístico. Tipología de los pla-nes. La jerarquía de los planes de urbanismo.

3. El planeamiento municipal. Los planes generales muni-cipales de ordenación. Los planes parciales de ordenación.Los estudios de detalle. Proyectos de urbanización. Los pro-gramas de actuación urbanística. Los Planes Especiales deUrbanismo.

4. La clasificación del suelo. Limitaciones y deberes porrazón de la clasificación. Cesiones obligatorias, costeamientode la obra urbanizadora.

5. La ejecución de los Planes de Urbanización: principiosgenerales. Sistemas de actuación: compensación, coopera-ción, expropiación.

6. Las expropiaciones. Clases. Criterios de valoración.Valoración de fincas rústicas. Indemnizaciones de los arren-damientos rústicos.

7. Intervención en la edificación y uso del suelo. El some-timiento a la licencia. Procedimiento de las licencias urba-nísticas. Infracciones urbanísticas.

8. El Plan General de Ordenación Urbana de Siero ysus normas urbanísticas.

9. El suelo. Estudio físico. Estudio químico. Solución desales. Poder absorbente del complejo arcillo húmico. La reac-ción del suelo. Capacidad de cambio y porcentaje de satu-ración por bases. Acidificación y descalcificación de los suelos.Acción de los abonos sobre el pH. pH conveniente en elsuelo.

10. El agua y el suelo. Diferentes clases de agua en elsuelo. Agua utilizable por la planta. Movimientos del aguaen el suelo. Estudio biológico del suelo. Los fenómenos micro-bianos del suelo. El humus. Evolución de la materia orgánica.

11. Génesis y evolución de los suelos. La vida de un suelo.Perfil de un suelo. Dinámica del suelo. Las clasificacionesde los suelos (según textura, pedológica, etc.). Aplicaciónde la pedología a la clasificación de los suelos españoles ysu distribución geográfica.

12. El clima. Factores climáticos. Clasificaciones climá-ticas. Tipos de climas en España: los climas y los cultivos.

13. Enmiendas calizas. Formas, misión y estados del calcioen el suelo. Fundamentos del encalado. Práctica del encaladoy productos empleados. Enmiendas húmicas. El humus y lafertilidad del suelo. Fuentes del humus. Evolución del humusen el suelo. Balance del humus. Nivel conveniente del humus.

14. Labores preparatorias. Objeto de estas labores. Cla-sificación. Efectos generales de las labores sobre el terreno.Orden de las labores. Profundidades de las mismas.

15. El nitrógeno y el abonado nitrogenado. El papel delnitrógeno sobre la vegetación. El nitrógeno en la alimentaciónde la planta. Diferentes formas del nitrogenado en el suelo.Principales abonos nitrogenados. Práctica del abonado nitro-genado.

16. El ácido fosfórico y el abono fosforado. El ácido fos-fórico en la planta y en el suelo. El ácido fosfórico en laalimentación de la planta. Principales abonos fosforados.Práctica del abonado fosforado. La potasa y el abono potásico.La potasa en la planta y en el suelo. La potasa en la ali-mentación de la planta. Principales abonos potásicos. Prácticadel abonado plástico.

17. Abonos compuestos. Cálculo del abonado. Principiosbásicos de la fertilización. Cálculo del abonado en la práctica.Directrices para la práctica racional del abonado. Distribuciónde los abonos.

18. Corrección de los suelos. Suelos salinos y alcalinos.El clima y la salinidad. Clasificación. Factores que influyenen la salinidad. Corrección de los suelos salinos. Correcciónde los suelos alcalinos no salinos. Corrección de los suelos

salinos-alcalinos. Suelos ácidos. Su corrección, inoculacióny esterilización del suelo.

19. El riego. Condiciones de riego racional. Basto carac-terístico. Dosis, duración, espaciamiento y módulo de riego.Momento oportuno del riego. Clasificación de los suelossegún su aptitud para el riego. Características de las aguasde riego. El riego con aguas salinas. Tolerancia de los cultivosa la salinidad.

20. Modificación de la temperatura y de la luz. Prácticasde cultivo. Acolchamientos. Lucha contra la helada. Estruc-turas especiales. Cajoneras. Camas calientes, estufas, inver-naderos y otras. Acción sobre la intensidad, duración y calidadde la luz.

21. Técnicas de acción física, biológica y química sobrecrecimiento. Curado y poda. Injerto, rotura del floema y endu-recimiento. Enraizado, subida a flor, inducción floral, cuajedel fruto, caída prematura del fruto, letargo, activación oinhibición del crecimiento.

22. Técnicas de acción sobre el medio biológico. Com-petencia entre plantas cultivadas y patógenos. La enfermedad.Síntomas. Agentes patógenos (virosis, bacterias, hongos,nematodos, insectos, etc.). Ciclos de la enfermedad. Principiospara el control de la enfermedad. Control legal y físico delos cultivos. Lucha química y biológica.

23. Entomología. Definición e importancia de su estudio.Vida y propagación. Modos de alimentación y daños quecausan. Medios de lucha y material para su aplicación.

24. Criptogamía. Enfermedades criptogámicas. Su difu-sión y daños que causan. Medios de lucha y material parasu aplicación. Enfermedades producidas por las bacterias.Virosis.

25. Técnicas de acción sobre el medio biológico. Com-petencia entre plantas cultivadas y malas hierbas. Las malashierbas como plaga. Capacidad de reproducción y crecimien-to. Métodos de lucha contra las malas hierbas. Técnicas físi-cas, biológicas y químicas. Herbicidas. Selectividad, época,modo de aplicación y clasificación.

26. Rotación de cultivos. Causas y necesidad de cambiode cultivo. Diversos tipos de rotaciones. Alternativas. Apli-caciones en secano y regadío.

27. Propagación de la planta por semilla. Germinación.Viabilidad. Letargo. Cultivo de embriones. Tratamiento desemillas y de suelo. Siembra y plantación. Métodos de siem-bra. Trasplantes.

28. Propagación vegetativa de la planta. Empleo de semi-llas apomícticas. Empleo de estructuras vegetativas especia-lizadas: tallos y raíces modificados. Inducción de raíces y tallosadventicios. Injerto.

29. Labores y cuidados de cultivo. De protección. Acla-reos, despuntes, pinzamiento, escardas, pulverizaciones yespolvoreos. De modificación del medio. Gradeos, escarifi-cados, binas, pases de rulo, rocaloes, abonado de cobertera,sembrados y entutorados.

30. Base genética de la mejora vegetal y animal. Los genesy su acción (herencia multifénica, herencia cuantitativa, liga-miento). Vigor híbrido. Poliploidia.

31. Métodos de mejora de plantas. Fuentes de variabilidad.Estructura genética de las variaciones de plantas cultivadas.Selección. Empleo del vigor híbrido. El método de retro-cruzamiento. Hibridación.

32. Los métodos de reproducción y repercusión en la mejo-ra del ganado. Selección, cruzamiento, mestizaje e hibrida-ción. Estudio de cada uno de estos métodos con análisis deventajas e inconvenientes que presenta, así como su posibleindicación.

33. Construcciones agrarias. Tipos y fines. Material deconstrucción. Criterios de diseño. Condicionamientosmedioambientales.

34. Infraestructuras agrarias. Tipos y fines. Materialesempleados. Criterios de diseño. Los caminos rurales. Lainfraestructura de riego.

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15–VI–2000 7021BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

35. El aprovechamiento de residuos en la agricultura, losmontes y la ganadería. la bioenergética. Las energías alter-nativas.

36. Tractores. Clases y tipos. Principales órganos. Acom-plamiento a máquinas operadoras. Monocultores.

37. Maquinaria para movimiento, estabilización y com-pactación de tierras. Clases y empleo. Rendimientos horarios.Aplicación a la conservación productiva de los suelos.

38. Aguas subterráneas. Captación y elevación. Bombas:clases y tipos. Cálculo de la potencia.

39. Transformación en regadío. Sistemas de riego y dedrenaje. Importancia económica del regadío. Distribuciónsuperficial. Costes de transformación de secano a regadío.

40. Proyectos. Concepto. Estudios preliminares: documen-tos de que consta el proyecto. Descripción.

41. Obras. Replanteo. Ejecución y dirección. Mediciones.Certificaciones. Valoración y liquidación.

42. Croquis, mediciones, precios descompuestos, presu-puestos. Tramitación de expedientes de obras. Certificacionesde obras. Revisiones de precios.

43. Abonos. Sus tipos. Transformación. Posible utilizaciónde abonos orgánicos proponiendo sistemas de selección ytransformación para su uso en jardinería.

44. Incendios forestales. Su extinción. Normativa vigente.45. Medidas de seguridad e higiene en el trabajo.46. Jardinería: Diseño. Reconocimientos, definición y cla-

sificación de plantas ornamentales.47. Redacción de proyectos de jardinería. Replanteos.

Calendarios de trabajo. Movimientos de tierras. Riego yalumbrado.

48. El Concejo de Siero: especial referencia a infraes-tructura viaria, delimitación, clasificación del suelo y patri-monio rústico municipal.

49. El Concejo de Siero: Normativa aplicable al mediorural de Siero. Análisis demográfico. Actividad productiva.

50. Estudio del suelo del Concejo de Siero. Capacidadagronómica, vegetación y cultivos. Geotecnia. Geomorfolo-gía, orientaciones, pendientes.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito,en un tiempo máximo de tres horas, uno o dos supuestosteórico-prácticos, relacionados con las funciones propias dela plaza, que planteará el tribunal inmediatamente antes delcomienzo de las pruebas, pudiendo los opositores hacer usode cuanto material y documentación acudan provistos, previaconformidad del tribunal.

El tribunal podrá decidir la lectura pública de los ejerciciospor los opositores, debiendo, en tal caso, hacérselo saberasí a los aspirantes antes de la finalización del ejerciciocorrespondiente.

Fase de concurso: Según lo previsto en las bases comunes,el tribunal procederá a valorar conforme al baremo los méri-tos alegados y probados documentalmente, antes de la fina-lización del plazo de presentación de instancias, de aquellosopositores que hubieran obtenido un mínimo de cinco puntosen el conjunto de la fase de oposición, según el siguiente

Baremo

a) Por servicios prestados a la Administración: 0,25 puntospor año, con un máximo de 0,50 puntos.

b) Por la asistencia a cursos que guarden relación conlos servicios a prestar, impartidos por centros de enseñanzaacreditados, y que tengan una duración mínima de veintehoras lectivas: 0,10 puntos por curso, con un máximo de 0,50puntos.

c) Por estar en posesión del título que acredita la espe-cialidad en “Hortifruticultura”: 0,50 puntos.

Los servicios recogidos en el apartado a) se entiendenreferidos a plaza de similar denominación e idénticos grupoy categoría.

5

Denominación: Ingeniero Técnico de Obras Públicas.Grupo: B.Escala: Administración Especial.Subescala: Servicios Especiales.Clase: Técnicos Medios.Número de plazas: Una.Sistema de provisión: Concurso-oposición libre.Titulación: Ingeniero Técnico de Obras Públicas.Derechos de examen: Mil quinientas pesetas.Categoría del tribunal: Segunda.Funciones: Desarrollo de las propias de su profesión.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dosejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, enun tiempo máximo de tres horas, tres temas elegidos al azar:uno de la primera parte y dos de la segunda del siguiente

Programa

Primera parte:

1. La Constitución española de 1978. Principios generales.Derechos y deberes de los españoles.

2. La organización territorial del Estado. El Estatuto deAutonomía del Principado de Asturias.

3. La Administración Local. La Ley 7/85: principios ycontenido.

4. La Función Pública. La relación funcionarial.5. El acto administrativo. Validez y eficacia. Ejecución

y recursos.6. Los contratos administrativos. Especial referencia a la

esfera local.7. Ejecución del contrato de obras. Replanteo y com-

probación. Certificaciones de obras ejecutadas. Revisión deprecios. Modificación de obra.

8. La responsabilidad patrimonial de la Administración.9. La expropiación forzosa. Referencia a la Ley de 16

de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa. Procedi-mientos. Garantías jurisdiccionales.

10. El gasto público. Concepto y procedimiento deejecución.

11. Las Haciendas Locales. Clasificación de ingresos. Lasordenanzas fiscales.

12. Los bienes de las entidades locales. Clases y régimenjurídico.

Segunda parte:

1. Ley Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos y Regla-mento para su ejecución. Ley 20/86, de 14 de mayo, y RealDecreto 833/88, de 20 de julio.

2. Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Noci-vas y Peligrosas, aprobado por Decreto 2.414/61, de 30 denoviembre.

3. La protección contra ruidos y vibraciones. Decreto99/85, de 17 de octubre, del Principado de Asturias y NormaBásica de la Edificación NBE-CA-81.

4. Normas básicas para las instalaciones interiores de sumi-nistro de agua. Orden del Ministerio de Industria de 29 dediciembre de 1975.

5. Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. Auto-rización, puesta en servicio e inspección de las instalacioneseléctricas: Decreto 2.413/1973, de 20 de setiembre, RealDecreto 2.295/1985, de 9 de octubre, y Orden del Ministeriode Industria de 31 de octubre de 1973.

6. Reglamento de aparatos de elevación y manutencióny síntesis de su Instrucción Técnica Complementaria referentea ascensores electromecánicos. Real Decreto 2.291/85, de 8de noviembre, y Orden del Ministerio de Industria y Energíade 23 de setiembre de 1987.

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15–VI–20007022 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

7. Reglamento de líneas aéreas eléctricas de alta tensión.Decreto 3.151/68, de 28 de noviembre.

8. Redes aéreas y subterráneas para distribución de ener-gía eléctrica. Instrucciones sobre materiales, cálculo mecánicode intensidades admisibles en los conductores y ejecuciónde las instalaciones.

9. Instalaciones de alumbrado público. Instrucciones y nor-mas sobre materiales, cálculo y ejecución de las instalaciones.

10. Instalaciones de puesta a tierra para baja tensión:materiales, cálculo y ejecución.

11. Orígenes de las aguas: aguas superficiales y subterrá-neas. Métodos y sistemas de captación de las aguas paraabastecimiento público.

12. Hidrología. Reconocimientos geológicos y geotécnicos.Aguas subterráneas. Explotación y recarga de acuíferos. Tra-tamiento de la información.

13. Regulación. Métodos de regulación. Uso de reservassubterráneas. Avenidas: cálculo e hidrogramas. Correccióny regulación de cuencas. Obras fluviales. Encauzamientos.Técnicas especiales para incrementar los recursos de agua.

14. Transporte en alta de las aguas: canales, estacionesde bombeo y canalizaciones bajo presión. Su concepción ehidráulica.

15. El agua: características físicas, químicas y biológicas.Tratamiento de las aguas de abastecimiento a poblaciones.Reactivos.

16. Aspectos y estudios de carácter general que debe reco-ger un proyecto de abastecimiento de aguas a poblaciones.

17. Redes generales de distribución de aguas. Tipos deredes. Dispositivos y elementos integrantes de una red. Cau-dales de diseño y métodos de cálculo.

18. Factores que influyen en el funcionamiento de lasinstalaciones: formación y evacuación de bolsas de aire, con-trol de sobrepresiones producidas por golpe de ariete y aná-lisis del ataque químico externo e interno a las tuberías.

19. Redes interiores de distribución. Elementos e insta-laciones constitutivos de las mismas. Caudales de diseño ydimensionamiento de las instalaciones.

20. La conservación, mantenimiento y explotación de lasobras e instalaciones de un sistema general de abastecimiento.Medios y procedimientos utilizados. Especial referencia a ele-mentos de medida de presiones y caudales y a las pruebasen fábrica y obra de los tubos.

21. Proyectos de abastecimiento de agua. Estudios dedotación y población. Tipos de tubería.

22. Las normas de seguridad e higiene en la construcciónde obras de abastecimiento y mantenimiento de las ins-talaciones.

23. Redes interiores de recogida de aguas fecales. Ele-mentos e instalaciones constitutivas de las mismas. Caudalesde diseño y dimensionamiento de las instalaciones.

24. Redes exteriores de recogida de las aguas residuales.Alcantarillas y elementos singulares de la red. Tipos de redes.Su concepción e hidráulica.

25. Prescripciones técnicas generales establecidas para lastuberías de saneamiento de poblaciones. Pruebas en fábricay obra.

26. Los sistemas de depuración de aguas residuales másconvencionales. Breve descripción de los tratamientos decarácter primario, secundario y terciario más usuales.

27. El vertido de las aguas residuales a los cauces públicos.Parámetros que lo condicionan y normas reguladoras de losmismos.

28. La conservación, mantenimiento y explotación de lasobras e instalaciones en un sistema general de saneamiento.Medios y procedimientos utilizados. Especial referencia a lossistemas de inspección y limpieza de las alcantarillas.

29. Aspectos y estudios de carácter general que debenvenir recogidos en la redacción de proyectos de saneamientode poblaciones.

30. Proyectos de saneamiento. Cálculo de diámetros yde los caudales. Tipos de conducciones.

31. Depuración del agua residual. Estaciones depuradoras.Principales procedimientos de depuración. Tratamientos delagua. Tratamiento de fangos.

32. Eliminación y tratamiento de residuos sólidos urbanos.Sistemas. Ventajas e inconvenientes.

33. Las normas de seguridad e higiene en el trabajo dela construcción de obras de saneamiento y en el manteni-miento de las instalaciones y procesos de los sistemas dealcantarillados.

34. Trazado de carreteras. Trazado de planta. Trazadoen perfil. Sección transversal de camino.

35. Firmes rígidos y flexibles. Capas. Dimensionamiento.Capas granulares. Ejecución y control. Ensayos. Tratamientossuperficiales.

36. Refuerzo y rehabilitación de firmes. Métodos de aus-cultación. Características superficiales y estructurales. Méto-dos de refuerzo y corrección. Banco de datos.

37. Conservación de carreteras. Organización y métodosde conservación. Vialidad invernal. Conservación con méto-dos propios. Maquinaria y materiales.

38. Explotación de carreteras. Señalización, balizamiento,iluminación y defensas. Servicios auxiliares. Información alpúblico.

39. Características geométricas de las carreteras. Objeto.Normativa. Ejecución de la cartografía. Métodos modernosde trazado. Cálculo mecanizado. Automatización.

40. Obras de paso. Colecciones oficiales de pequeñas obrasy de puentes. Su utilización. Túneles de carreteras. Criteriosde proyecto. Normativa. Conservación y explotación.

41. Mantenimiento y conservación de vías públicas urba-nas y rurales. Obras de proyecto de urbanización. La limpiezaviaria.

42. Objetivos de la ingeniería de tráfico. Característicasdel tráfico: intensidad, velocidad, densidad. Capacidad y nive-les de servicio. Capacidad en intersecciones. Estudio detráfico.

43. Muros. Clases de muros. Dimensionamiento y com-probación de la estabilidad. Cálculo de la estructura de hor-migón. Material de relleno, drenaje, detalles constructivos.

44. El medio ambiente rural. La contaminación urbanay sus principales focos. Prevención y correcciones.

45. Estudios y evaluación del impacto ambiental. R.D.Legislativo 1.302/86, de 28 de junio. Marco legal e institu-cional para la gestión medioambiental en España. Procedi-mientos para el control ambiental de planos y proyectos.

46. Proyecto de obras o instalaciones, autorización, ante-proyectos y estudios previos. Estructura del proyecto. Pliegode cláusulas técnicas y administrativas. Precios unitarios, auxi-liares y descompuestos. Costes directos e indirectos. Presu-puestos de ejecución material y contrata.

47. Control de calidad. La definición en el proyecto. Plie-gos de condiciones y normas técnicas. Laboratorios de controlde obras. La calidad en la recepción. Normas en uso. Laprogramación del trabajo. Calendarios de ejecución de obras.

48. Seguridad y salud en el trabajo de la construccióny obras públicas. Disposiciones vigentes sobre la materia. LaComisión de Seguridad y Salud. Los Comités de Seguridady Salud. Los Técnicos de Seguridad. Responsabilidades.

49. El Plan General de Ordenación Urbana del Concejode Siero. Planes Parciales. Unidades de Actuación.

50. Las autopistas, autovías, carreteras y caminos del Con-cejo de Siero. Las distintas Administraciones de las mismas.Características de las vías, sus firmes, obras de fábrica yenlaces.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito,en un tiempo máximo de tres horas, uno o dos supuestosteórico-prácticos, relacionados con las funciones propias dela plaza, que planteará el tribunal inmediatamente antes delcomienzo de las pruebas, pudiendo los opositores hacer usode cuanto material y documentación acudan provistos, previaconformidad del tribunal.

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15–VI–2000 7023BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

El tribunal podrá decidir la lectura pública de los ejerciciospor los opositores, debiendo, en tal caso, hacérselo saberasí a los aspirantes antes de la finalización del ejerciciocorrespondiente.

Fase de concurso: Según lo previsto en las bases comunes,el tribunal procederá a valorar conforme al baremo los méri-tos alegados y probados documentalmente, antes de la fina-lización del plazo de presentación de instancias, de aquellosopositores que hubieran obtenido un mínimo de cinco puntosen el conjunto de la fase de oposición, según el siguiente

Baremo

a) Por servicios prestados a la Administración: 0,25 puntospor año, con un máximo de 0,50 puntos, valorándose de formaproporcional períodos inferiores al año cuando sean supe-riores a seis meses.

b) Por la asistencia a cursos que guarden relación conlos servicios a prestar, impartidos por centros de enseñanzaacreditados, y que tengan una duración mínima de veintehoras lectivas: 0,10 puntos por curso, con un máximo de 0,50puntos.

c) Por estar en posesión del título que acredita la espe-cialidad en “Construcciones Civiles”: 0,50 puntos.

Los servicios recogidos en el apartado a) se entiendenreferidos a plaza de similar denominación e idénticos grupoy categoría.

6

Denominación: Auxiliar de Archivo.Grupo: C.Escala: Administración Especial.Subescala: Servicios Especiales.Clase: Plazas de Cometidos Especiales.Número de plazas: Una.Sistema de provisión: Concurso-oposición libre.Titulación: Bachiller Superior, Formación Profesional de

Segundo Grado, B.U.P. o equivalente.Derechos de examen: Mil pesetas.Categoría del tribunal: Tercera.Funciones: Ordenar y atender a las solicitudes de consulta

e información, así como la informatización de expedientesy documentos bajo la dirección del titular del Archivo.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dosejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito duran-te un período máximo de tres horas, a tres temas elegidosal azar, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio,pertenecientes uno a la primera parte y dos a la segundadel siguiente

Programa

Primera parte:

1. La Constitución española de 1978. Principios generales.Derechos y deberes de los españoles.

2. La organización territorial del Estado. El Estatuto deAutonomía del Principado de Asturias.

3. La Administración Local. La Ley 7/85: principios ycontenido.

4. La Función Pública. La relación funcionarial.5. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales.

Incompatibilidades. Régimen disciplinario.6. Los contratos administrativos. Especial referencia a la

esfera local.7. Los ciudadanos en sus relaciones con las Administra-

ciones Públicas: colaboración, participación y derechos.8. El acto administrativo. Principios generales del pro-

cedimiento administrativo.

9. La responsabilidad patrimonial de la Administración.10. El gasto público. Concepto y procedimiento de

ejecución.11. Las Haciendas Locales. Clasificación de ingresos. Las

ordenanzas fiscales.12. Los bienes de las entidades locales. Clases y régimen

jurídico.

Segunda parte:

1. La Archivística. Concepto y evolución histórica.2. El archivo: concepto y aplicación.3. Clases de archivos.4. Funciones del archivo.5. Concepto de clasificación: definición y aplicación.6. Concepto de ordenación: definición y aplicación.7. Los archivos de oficina en las Corporaciones Locales.8. Los Archivos Históricos Provinciales: sus fondos.9. Los Archivos de la Administración Central: función

y fondos.10. Archivos Generales: función y fondos.11. Los instrumentos de descripción.12. Los inventarios.13. Los índices.14. Las guías.15. Los catálogos.16. La transferencia de fondos.17. El principio de procedencia.18. Valoración, selección y expurgo.19. La informática aplicada a los archivos.20. Causas de alteración del papel y sus efectos.21. Medidas de prevención y corrección de agentes

degradantes.22. Restauración de documentos gráficos. Medios y

procedimientos.23. El archivo como centro de conservación. Emplaza-

miento, materiales, tipos de edificios y sus características.24. El reglamento de archivo.25. La memoria anual del archivo.26. Los archivos y la investigación.27. El derecho de acceso a la documentación.28. Los archivos como sistemas de información.29. El archivo como centro de difusión cultural.30. Ciencias auxiliares de la Archivística.31. La Paleografía.32. La Diplomática.El tribunal podrá decidir la lectura pública del ejercicio

por los opositores, debiendo, en tal caso, hacérselo saberasí a los aspirantes antes de la finalización del mismo.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución, en un plazomáximo de dos horas, de distintos supuestos prácticos plan-teados por el tribunal, relacionados con la segunda partedel temario.

Fase de concurso: Según lo previsto en las bases comunes,el tribunal procederá a valorar conforme al baremo los méri-tos alegados y probados documentalmente, antes de la fina-lización del plazo de presentación de instancias, de aquellosopositores que hubieran obtenido un mínimo de cinco puntosen el conjunto de la fase de oposición, según el siguiente

Baremo

a) Por servicios prestados a la Administración: 0,25 puntospor año, con un máximo de 0,50 puntos, valorándose de formaproporcional períodos inferiores al año siempre que seansuperiores a seis meses.

b) Por la asistencia a cursos o cursillos que guarden rela-ción con los servicios a prestar: 0,10 puntos por curso, conun máximo de 0,50 puntos.

c) Por publicaciones, ponencias o comunicaciones rela-cionadas con la Archivística: 0,10 puntos por cada una, conun máximo de 0,50 puntos.

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15–VI–20007024 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Los servicios recogidos en el apartado a) se entiendenreferidos a plaza de similar denominación e idénticos grupoy categoría.

7

Denominación: Agente Fiscal.Grupo: D.Escala: Administración Especial.Subescala: Servicios Especiales.Clase: Cometidos Especiales.Número de plazas: Una.Sistema de provisión: Concurso-oposición libre.Titulación: Bachiller Elemental, Graduado Escolar, For-

mación Profesional de Primer Grado o equivalente.Derechos de examen: Mil pesetas.Categoría del tribunal: Cuarta.Requisitos específicos: Estar en posesión del permiso de

conducir de la clase B, debiendo presentarse copia del mismocon la instancia, acompañado del original para su compulsa.

Funciones: Investigación de los hechos imponibles parael descubrimiento de los que sean ignorados por la Admi-nistración y su consiguiente atribución al sujeto pasivo u obli-gado tributario; comprobación de las declaraciones paradeterminar su veracidad; verificar el cumplimiento de losrequisitos exigidos para la concesión o disfrute de cualquierbeneficio, desgravación o no sujeción, así como concurrenciade condiciones precisas para acogerse a regímenes tributariosespeciales si los hubiere, de acuerdo con las Ordenanzas Fis-cales vigentes y bajo la supervisión de la Encargada-Jefe dela Oficina de Rentas y Exacciones y a petición de ésta; verificarla condición de beneficiario de los servicios y elaboraciónde relaciones para inclusión en Padrones Fiscales; informara los sujetos pasivos y demás obligados tributarios sobre lasnormas fiscales, así como el alcance de las obligaciones yderechos que de las mismas se deriven; y práctica de lasnotificaciones de contenido fiscal.

Ejercicios: Las pruebas de la oposición constarán de dosejercicios, ambos de carácter obligatorio y eliminatorio:

Primero: Consistirá en el desarrollo por escrito, en untiempo máximo de dos horas, de dos temas extraídos al azardel siguiente

Programa

1. La Constitución española de 1978: Principios generales.Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

2. La organización territorial del estado: principios cons-titucionales. La Administración Local. El municipio: conceptoy elementos esenciales.

3. El procedimiento administrativo común. Normas gene-rales. Términos y plazos. Fases del procedimiento.

4. Los ingresos de las Corporaciones locales. Clasificación.5. Normas generales de los Tributos locales. Principios.

Delegación de competencias. Normas de aplicación. Bene-ficios fiscales.

6. Imposición y ordenación de tributos. Las OrdenanzasFiscales. Procedimiento de elaboración y aprobación.

7. Normas generales sobre aplicación de los tributos loca-les. La gestión tributaria. Determinación de la base imponible.Los sujetos pasivos. Liquidaciones y autoliquidaciones.

8. La Deuda Tributaria. Notificaciones: procedimientoreglamentario. Procedimiento de gestión mediante padronesy matrículas.

9. El procedimiento recaudatorio. Regulación. Forma deextinción de las deudas. Aplazamientos y fraccionamientos.Procedimiento recordatorio en vía de apremio.

10. La inspección de tributos. Funciones. Actuaciones ins-pectoras. Obtención de información. Iniciación y desarrollodel procedimiento. Actas de inspección.

11. Las infracciones y sanciones tributarias. El procedi-miento sancionador.

12. La revisión de los actos en materia tributaria. La revi-sión de oficio. Recursos y reclamaciones. El recurso de repo-sición. Recurso contencioso-administrativo. Procedimientosespeciales.

13. Las tasas. Hecho imponible. Supuestos de no sujeción.Sujetos pasivos. Devengo. Gestión y aprobación. Exencionesy bonificaciones.

14. Los impuestos. Hecho imponible. Sujetos pasivos. Cla-sificación. Impuestos obligatorios. Breve referencia alImpuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto sobre Activi-dades Económicas, Impuesto Municipal sobre Incremento delValor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, Impuesto sobreConstrucciones, Obras e Instalaciones, Impuesto sobre Cir-culación de Vehículos y otros.

15. Las Contribuciones especiales. Hecho imponible. Suje-tos pasivos. Base imponible. Cuota tributaria. Devengo. Esta-blecimiento de las contribuciones especiales. Acuerdo deaprobación.

16. Los precios públicos. Concepto. Supuestos en que sepueden exigir. Cuantía. Bonificación. Establecimiento omodificación.

17. Derechos y garantías de los contribuyentes. Derechosy garantías en el procedimiento de inspección. Derechos ygarantías en el procedimiento de recaudación. Derechos ygarantías en el procedimiento sancionador.

18. El Euro: introducción de la moneda única y reper-cusión en la Administración Local. Calendario. Procedimien-to de conversión. Los redondeos.

19. La función notificadora: contenido, importancia y res-ponsabilidad. Conceptos de interesado y domicilio. La abs-tención y la recusación.

20. El Concejo de Siero: características geográficas, his-tóricas y económicas. Principales núcleos urbanos, caracte-rísticas y vías de comunicación. La red viaria municipal.

21. El Concejo de Siero: Parroquias, nomenclátor depoblación, numeración. Distribución de la población: urbanay rural. Zonas industriales, emplazamientos, principalesramas de la industria.

22. Ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Siero.A este ejercicio deberá darse pública lectura por los opo-

sitores, salvo que el tribunal disponga lo contrario.Segundo: Consistirá en la resolución, en un tiempo máxi-

mo de dos horas, de dos supuestos de carácter práctico, quedeberán guardar relación con el temario: uno de conocimien-tos sobre el Concejo de Siero y sus parroquias; y otro, referidoal procedimiento administrativo y a la aplicación de las orde-nanzas fiscales en el ejercicio de la actividad inspectora.

Fase de concurso: Según lo previsto en las bases comunes,el tribunal procederá a valorar conforme al baremo los méri-tos alegados y probados documentalmente, antes de la fina-lización del plazo de presentación de instancias, de aquellosopositores que hubieran obtenido un mínimo de cinco puntosen el conjunto de la fase de oposición, según el siguiente

Baremo

a) Por servicios prestados a la Administración: 0,25 puntospor año, con un máximo de 0,50 puntos, valorándose de formaproporcional períodos inferiores al año siempre que seansuperiores a seis meses.

b) Por la asistencia a cursos que guarden relación conlos servicios a prestar, impartidos por centros de enseñanzaacreditados y que tengan una duración mínima de veinte horaslectivas: 0,10 puntos por curso, con un máximo de 0,50 puntos.

c) Por titulación académica superior a la exigida parala pertenencia a la plaza a que se opta, siempre que guarderelación con los cometidos o funciones del puesto de trabajo:0,10 puntos por título, con un máximo de 0,50 puntos.

Los servicios recogidos en el apartado a) se entiendenreferidos a plaza de similar denominación e idénticos grupoy categoría.

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15–VI–2000 7025BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

8

Denominación: Oficial Conductor.Grupo: D.Escala: Administración Especial.Subescala: Servicios Especiales.Clase: Personal de Oficios.Número de plazas: Una.Sistema de provisión: Concurso-oposición restringido.Titulación: Graduado Escolar, Formación Profesional de

Primer Grado o equivalente.Categoría del tribunal: Cuarta.

Requisitos de los aspirantes: Funcionarios de carrera delAyuntamiento de Siero que, aparte de la titulación requerida,tengan una antigüedad mínima de dos años en el grupo inme-diatamente inferior de la escala a que pertenece la plaza.

Requisitos específicos: Estar en posesión del permiso deconducir de la clase C-2, debiendo presentarse copia del mis-mo con la instancia, acompañado del original para su com-pulsa. Funciones: Realización de los trabajos propios de suprofesión y categoría.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dosejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: De carácter práctico, demostrativo dela pericia profesional en el manejo de un camión de las carac-terísticas correspondientes al tipo de permiso de conducirexigido y remolque autorizado para dicho permiso.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, enun tiempo máximo de una hora, a las cuestiones que el tri-bunal plantee relacionadas con el siguiente

Programa

1. El motor: definición, clases y caracteres. Motor deexplosión de cuatro tiempos. Combustible: descripción delciclo del mismo y funcionamiento. Regularidad. Organos.Averías.

2. Carburación: sistemas, elementos y averías.3. Encendido. Sistemas de encendido. Descripción de sus

elementos. Funcionamiento. Puesta a punto del encendido.Averías y engrase.

4. Lubricación. Sistemas y elementos que la componen.Averías y engrase.

5. Refrigeración. Sistemas. Elementos. Accionamiento.Averías.

6. Transmisión. Sistemas. Organos de la transmisión. Des-cripción de sus elementos. Estructura y su funcionamiento.Engrase.

7. Chasis. Partes de que se compone. Suspensión: ele-mentos, averías y engrase.

8. Equipo eléctrico. Elementos y descripción de los mis-mos. Averías y engrase.

9. Dirección, frenos y embrague: elementos, averías yengrase.

10. Motor diesel de cuatro tiempos. Organos del motor.Sistemas de inyección: elementos, funcionamiento, averíasy engrase.

11. Seguridad e higiene en el trabajo. Normas básicasde seguridad. Protecciones colectivas. Protecciones perso-nales.

12. Vías públicas. Definición de vía urbana, interurbana,travesía, pista, autovía, autopista, badén, puente, curva y cam-bio de rasante. Partes de que constan las vías.

13. Vehículos: clases y categorías. Clases de permisos decirculación que se necesitan para conducir los distintosvehículos.

14. Normas de circulación. Sentido de marcha, velocidad,puesta en marcha y parada. Marcha atrás. Adelantamiento.

15. Cambios de dirección, cambio de sentido de circu-lación, detenciones y estacionamientos. Preferencias de paso.

Separación entre vehículos. Obstáculos y vías en reparación.Accidentes y demás. Pasos a nivel, formas de señalarlos yforma de detención.

16. Alumbrado de los automóviles. Características gene-rales de las luces. Alumbrado de vehículos: sus distintas clasesy descripción de los mismos. Alumbrado de los demás vehí-culos automóviles y de tracción animal, así como de los ser-vicios de urgencia.

17. Utilización del alumbrado. Describir el empleo delmismo según los distintos casos.

18. Señales ópticas y acústicas. Describir los distintos casosy modos de empleo. Otras señales.

19. Señales de circulación. Colores y formas. Clasificaciónde las mismas y significado.

20. La red viaria de Siero.

Fase de concurso: Según lo previsto en las bases comunes,el tribunal procederá a valorar conforme al baremo los méri-tos alegados y probados documentalmente, antes de la fina-lización del plazo de presentación de instancias, de aquellosopositores que hubieran obtenido un mínimo de cinco puntosen el conjunto de la fase de oposición, según el siguiente

Baremo

a) Por servicios prestados a la Administración: 0,25 puntospor año, con un máximo de tres puntos.

b) Por la asistencia a cursos que guarden relación conlos servicios a prestar, impartidos por centros de enseñanzaacreditados, y que tengan una duración mínima de veintehoras lectivas: 0,20 puntos por curso, con un máximo de unpunto.

c) Por titulación académica superior a la exigida parala pertenencia a la plaza a que se opta, siempre que guarderelación con los cometidos o funciones del puesto de trabajo:0,25 puntos por título, con un máximo de un punto.

De los servicios recogidos en el apartado a) no se valoraránaquellos años que se hayan exigido como requisito para poderparticipar en las pruebas.

9

Denominación: Ayudante Electricista.Grupo: E.Escala: Administración Especial.Subescala: Servicios Especiales.Clase: Personal de Oficios.Número de plazas: Una.Sistema de provisión: Oposición libre.Titulación: Certificado de Escolaridad.Categoría del tribunal: Quinta.

Requisitos específicos: Estar en posesión del permiso deconducir de la clase B, debiendo presentarse copia del mismocon la instancia, acompañado del original para su compulsa.

Funciones: Realización de tareas de carácter general oespecífico, propias de su oficio, bajo la supervisión del Oficial.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dosejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, enun tiempo máximo de una hora, a las cuestiones que el tri-bunal plantee relacionadas con el siguiente

Programa

1. La Constitución Española. Derechos y deberes de losespañoles.

2. Los funcionarios públicos. Sus derechos y deberes.3. Equipos y herramientas eléctricos portátiles.4. Motores eléctricos. Sus partes.5. Conductores de electricidad.

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15–VI–20007026 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

6. Medidas de protección contra contactos en instalacionesy equipos eléctricos.

7. Protección personal contra la electricidad.8. Prevención y extinción de incendios por causas eléc-

tricas.9. Partes que componen el equipo auxiliar para el fun-

cionamiento de una lámpara S.A.P.10. Elementos que constituyen una lámpara S.A.P., con

ayuda de arranque exterior.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución, en un tiem-po máximo de dos horas, de un supuesto práctico relacionadocon los cometidos propios del puesto de trabajo y que guardenrelación con el anterior programa, o bien en una pruebapráctica de pericia, a elección del tribunal.

10

Denominación: Ayudante Mecánico.Grupo: E.Escala: Administración Especial.Subescala: Servicios Especiales.Clase: Personal de Oficios.Número de plazas: Una.Sistema de provisión: Oposición libre.Titulación: Certificado de Escolaridad.Categoría del tribunal: Quinta.Requisitos específicos: Estar en posesión del permiso de

conducir de la clase B, debiendo presentarse copia del mismocon la instancia, acompañado del original para su compulsa.

Funciones: Realización de tareas de carácter general oespecífico, propias de su oficio, bajo la supervisión del Oficial.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dosejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, enun tiempo máximo de una hora, a las cuestiones que el tri-bunal plantee relacionadas con el siguiente

Programa

1. La Constitución Española. Derechos y deberes de losespañoles.

2. Los funcionarios públicos. Sus derechos y deberes.3. El motor: definición, clases y caracteres.4. Inyección y encendido: sistemas, elementos, averías y

engrase.5. Refrigeración y transmisión: sistemas, averías y engrase.6. Equipo eléctrico: elementos, averías y engrase.7. Chasis. Partes de que se compone.8. Dirección, frenos y embrague: elementos, averías y

engrase.9. Maquinaria y herramientas utilizadas en mecánica del

automóvil.10. Medidas de seguridad a adoptar en el manejo de las

distintas máquinas y herramientas. Accidentes más comunesy sus causas.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución, en un tiem-po máximo de dos horas, de un supuesto práctico relacionadocon los cometidos propios del puesto de trabajo y que guardenrelación con el anterior programa, o bien en una pruebapráctica de pericia, a elección del tribunal.

11

Denominación: Ayudante Carpintero.Grupo: E.Escala: Administración Especial.Subescala: Servicios Especiales.Clase: Personal de Oficios.Número de plazas: Una.

Sistema de provisión: Oposición libre.Titulación: Certificado de Escolaridad.Categoría del tribunal: Quinta.

Requisitos específicos: Estar en posesión del permiso deconducir de la clase B, debiendo presentarse copia del mismocon la instancia, acompañado del original para su compulsa.

Funciones: Realización de tareas de carácter general oespecífico, propias de su oficio, bajo la supervisión del Oficial.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dosejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, enun tiempo máximo de una hora, a las cuestiones que el tri-bunal plantee relacionadas con el siguiente

Programa

1. La Constitución Española. Derechos y deberes de losespañoles.

2. Los funcionarios públicos. Sus derechos y deberes.3. La madera. Partes principales madereras de un árbol.

Anillos estacionales. Duramen.4. Preparación de la madera para su utilización. Defectos

y anomalías de la madera. El nudo y sus tipos.5. Calidades de la madera para la construcción. Secciones

normales de la madera de sierra.6. Ensambles, encuentros y acopladuras: sus formas.7. Carpintería de madera. Ventanas, puertas y armarios.8. La humedad en la madera. Propiedades de la madera

en relación con el secado. Tipos de secado.9. Maquinaria a utilizar en carpintería. Relación de las

máquinas más importantes y usuales y sus cualidades.10. Medidas de seguridad a adoptar en el manejo de las

distintas máquinas. Accidentes más comunes y sus causas.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución, en un tiem-po máximo de dos horas, de un supuesto práctico relacionadocon los cometidos propios del puesto de trabajo y que guardenrelación con el anterior programa, o bien en una pruebapráctica de pericia, a elección del tribunal.

12

Denominación: Vigilante de Estación Depuradora.Grupo: E.Escala: Administración Especial.Subescala: Servicios Especiales.Clase: Personal de Oficios.Número de plazas: Una.Sistema de provisión: Oposición libre.Titulación: Certificado de Escolaridad.Categoría del tribunal: Quinta.Funciones: Realización de tareas de vigilancia, conser-

vación, mantenimiento y manejo de aparatos en una depu-radora de aguas.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dosejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, enun tiempo máximo de una hora, a las cuestiones que el tri-bunal plantee relacionadas con el siguiente

Programa

1. La Constitución española de 1978. Derechos y deberesde los españoles.

2. Los funcionarios públicos. Sus derechos y deberes.3. Estación depuradora de aguas: estructura y funcio-

namiento.4. Lavado de filtros. Frecuencia.5. Tratamiento del agua. Productos más frecuentes.6. Cloración del agua.

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15–VI–2000 7027BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

7. Limpieza de entradas y tomas de agua.8. Bombas y motores. Cuidados y mantenimiento.9. Mantenimiento de una estación depuradora. Pintura.10. Seguridad e higiene en el trabajo. Normas básicas

de seguridad. Medidas de seguridad a adoptar en el manejode las instalaciones y productos de una estación depuradora.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución, en un tiem-po máximo de dos horas, de un supuesto práctico relacionadocon los cometidos propios del puesto de trabajo y que guardenrelación con el anterior programa, o bien en una pruebapráctica de pericia, a elección del tribunal.

13

Denominación: Operario de Obras.Grupo: E.Escala: Administración Especial.Subescala: Servicios Especiales.Clase: Personal de Oficios.Número de plazas: Dos.Sistema de provisión: Oposición libre.Titulación: Certificado de Escolaridad.Categoría del tribunal: Quinta.Funciones: Realización de labores relacionadas con el Ser-

vicio de Obras para las cuales se requiere principalmenteesfuerzo físico, sin necesidad de conocimientos que requieranpráctica continuada en el oficio.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dosejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, enun tiempo máximo de una hora, a las cuestiones que el tri-bunal plantee relacionadas con el siguiente

Programa

1. La Constitución española de 1978. Derechos y deberesde los españoles.

2. Los funcionarios públicos. Sus derechos y deberes.3. El Servicio de Obras. Trabajos propios del servicio.4. Distintos tipos de trabajo en que interviene un Operario

de Obras: vías públicas, edificios públicos, señalizaciones.5. La carga y descarga de materiales.6. Excavaciones, zanjas y calicatas.7. Amasado de morteros y hormigones.8. Rebacheo y aglomerado continuo.9. Utiles, maquinaria y herramientas a emplear en las

labores propias del Servicio de Obras. Nomenclatura y formaadecuada de uso.

10. Medidas de seguridad a adoptar en las labores propiasdel Servicio de Obras. Accidentes más comunes y sus causas.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dospruebas prácticas de aptitud, propuestas por el tribunal yrelacionadas con los cometidos propios del puesto de trabajo.

14

Denominación: Operario de Mantenimiento.Grupo: E.Escala: Administración Especial.Subescala: Servicios Especiales.Clase: Personal de Oficios.Número de plazas: Una.Sistema de provisión: Oposición libre.Titulación: Certificado de Escolaridad.Categoría del tribunal: Quinta.Requisitos específicos: Estar en posesión del permiso de

conducir de la clase B, debiendo presentarse copia del mismocon la instancia, acompañado del original para su compulsa.

Funciones: Realización de labores relacionadas con el Ser-vicio de Mantenimiento para las cuales se requiere princi-palmente esfuerzo físico, sin necesidad de conocimientos querequieran práctica continuada en el oficio.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dosejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, enun tiempo máximo de una hora, a las cuestiones que el tri-bunal plantee relacionadas con el siguiente

Programa

1. La Constitución española de 1978. Derechos y deberesde los españoles.

2. Los funcionarios públicos. Sus derechos y deberes.3. El Servicio de Mantenimiento. Trabajos propios del

servicio.4. Distintos tipos de trabajo en que interviene un Operario

de Mantenimiento.5. Equipos y herramientas eléctricos portátiles.6. Conductores de electricidad.7. Medidas de protección contra contactos en instalaciones

y equipos eléctricos.8. Protección personal contra la electricidad.9. Prevención y extinción de incendios por causas eléc-

tricas.10. Medidas de seguridad a adoptar en las labores propias

del Servicio de Mantenimiento. Accidentes más comunes ysus causas.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dospruebas prácticas de aptitud, propuestas por el tribunal yrelacionadas con los cometidos propios del puesto de trabajo.

15

Denominación: Operario de Parque Móvil.Grupo: E.Escala: Administración Especial.Subescala: Servicios Especiales.Clase: Personal de Oficios.Número de plazas: Una.Sistema de provisión: Oposición libre.Titulación: Certificado de Escolaridad.Categoría del tribunal: Quinta.

Requisitos específicos:1. Plaza reservada a minusválidos con discapacidad igual

o superior al 33% según calificación del INSERSO que seaportará en el momento de presentación de la instancia ysiempre que dicha discapacidad no sea óbice para el desem-peño de las funciones propias del puesto de trabajo.

2. Estar en posesión del permiso de conducir de la claseB, debiendo presentarse copia del mismo con la instancia,acompañado del original para su compulsa.

Funciones: Realización de labores relacionadas con el Par-que Móvil para las cuales se requiere principalmente esfuerzofísico, sin necesidad de conocimientos que requieran prácticacontinuada en el oficio y especialmente las de lavado y lim-pieza general de vehículos.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dosejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, enun tiempo máximo de una hora, a las cuestiones que el tri-bunal plantee relacionadas con el siguiente

Programa

1. La Constitución española de 1978. Derechos y deberesde los españoles.

2. Los funcionarios públicos. Sus derechos y deberes.3. El Parque Móvil. Trabajos propios del servicio.

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15–VI–20007028 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

4. Distintos tipos de trabajo en que interviene un Operariode Parque Móvil.

5. Vehículos a motor: definición, clases y caracteres.6. El lavado exterior de vehículos. Principales sistemas.7. Limpieza interior de vehículos. Principales sistemas.8. Utiles y productos empleados en la limpieza y engrase

de vehículos.9. Maquinaria y herramientas utilizadas en las labores

propias del Parque Móvil.10. Medidas de seguridad a adoptar en el manejo de las

distintas máquinas y herramientas utilizadas en las laborespropias del Parque Móvil. Accidentes más comunes y suscausas.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dospruebas prácticas de aptitud, propuestas por el tribunal yrelacionadas con los cometidos propios del puesto de trabajo.

16

Denominación: Operario de Parques y Jardines.Grupo: E.Escala: Administración Especial.Subescala: Servicios Especiales.Clase: Personal de Oficios.Número de plazas: Una.Sistema de provisión: Oposición libre.Titulación: Certificado de Escolaridad.Categoría del tribunal: Quinta.

Funciones: Realización de labores relacionadas con Par-ques y Jardines para las cuales se requiere principalmenteesfuerzo físico, sin necesidad de conocimientos que requieranpráctica continuada en el oficio.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dosejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, enun tiempo máximo de una hora, a las cuestiones que el tri-bunal plantee relacionadas con el siguiente

Programa

1. La Constitución española de 1978. Derechos y deberesde los españoles.

2. Los funcionarios públicos. Sus derechos y deberes.3. Siembra de césped: preparación de terreno, abonado

y siembra.4. Siega de césped: manual y con cortacésped.5. Aplicación manual de abonos.6. Plantación de especies arbóreas y arbustivas. Plantación

de plantas anuales (flor de temporada).7. Poda de especies arbóreas y arbustivas.8. Apertura de parterres.9. Riegos localizados: manuales y por aspersión.10. Medidas de seguridad a adoptar en el manejo de las

distintas máquinas y herramientas utilizadas en jardinería.Accidentes más comunes y sus causas.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dospruebas prácticas de aptitud, propuestas por el Tribunal yrelacionadas con los cometidos propios del puesto de trabajo.

17

Denominación: Operario de Limpieza.Grupo: E.Escala: Administración Especial.Subescala: Servicios Especiales.Clase: Personal de Oficios.Número de plazas: Una.Sistema de provisión: Oposición libre.Titulación: Certificado de Escolaridad.Categoría del Tribunal: Quinta.

Funciones: Realización de labores relacionadas con el Ser-vicio de Limpieza para las cuales se requiere principalmenteesfuerzo físico, sin necesidad de conocimientos que requieranpráctica continuada en el oficio.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dosejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, enun tiempo máximo de una hora, a las cuestiones que el tri-bunal plantee relacionadas con el siguiente

Programa

1. La Constitución española de 1978. Derechos y deberesde los españoles.

2. Los funcionarios públicos. Sus derechos y deberes.3. El Servicio de Limpieza. Trabajos propios del servicio.4. Distintos tipos de trabajo en que interviene un Operario

de Limpieza.5. Barrido: métodos más adecuados.6. Limpieza de sumideros.7. Riego manual y riego mecánico: ventajas e incon-

venientes.8. Otras funciones propias de los Operarios de Limpieza

relacionadas con los trabajos de limpieza y adecentamientode edificios públicos.

9. Utiles, maquinaria y herramientas a emplear en laslabores propias del Servicio de Limpieza. Nomenclatura yforma adecuada de uso.

10. Medidas de seguridad a adoptar en las labores propiasdel Servicio de Limpieza, con especial referencia a aquellostrabajos a realizar en zonas de tráfico rodado.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dospruebas prácticas de aptitud, propuestas por el tribunal yrelacionadas con los cometidos propios del puesto de trabajo.

Anexo III

Personal laboral

1

Denominación: Peón de Limpieza.Nivel: Grupo E del Convenio Colectivo del Ayuntamiento

de Siero.Número de puestos: Uno.Sistema de provisión: Oposición libre.Titulación: Certificado de Escolaridad.Categoría del tribunal: Quinta.

Funciones: Realización de labores relacionadas con el Ser-vicio de Limpieza para las cuales se requiere principalmenteesfuerzo físico, sin necesidad de conocimientos que requieranpráctica continuada en el oficio.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dosejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, enun tiempo máximo de una hora, a las cuestiones que el tri-bunal plantee relacionadas con el siguiente

Programa

1. La Constitución española de 1978. Derechos y deberesde los españoles.

2. El personal al servicio de la Administración Pública.Sus derechos y deberes.

3. El Servicio de Limpieza. Trabajos propios del servicio.4. Distintos tipos de trabajo en que interviene un Peón

de Limpieza.5. Barrido: métodos más adecuados.6. Limpieza de sumideros.

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15–VI–2000 7029BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

7. Riego manual y riego mecánico: ventajas e incon-venientes.

8. Otras funciones propias de los Peones de Limpiezarelacionadas con los trabajos de limpieza y adecentamientode edificios públicos.

9. Utiles, maquinaria y herramientas a emplear en laslabores propias del Servicio de Limpieza. Nomenclatura yforma adecuada de uso.

10. Medidas de seguridad a adoptar en las labores propiasdel Servicio de Limpieza, con especial referencia a aquellostrabajos a realizar en zonas de tráfico rodado.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dospruebas prácticas de aptitud, propuestas por el tribunal yrelacionadas con los cometidos propios del puesto de trabajo.

Lo que se hace público para general conocimiento, conla advertencia de que estas bases podrán ser impugnadasen los casos y formas previstos en la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común.

Pola de Siero, 31 de mayo de 2000.—El Alcalde.—9.780.

— • —

Resolución del Ayuntamiento de Siero, por la que se convocasubasta para contratación de las obras de construcción de bolera

en el Parque de la Luz, en Pola de Siero

1.—Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Ayuntamiento de Siero.b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado

1 de Secretaría.c) Número de expediente: 251KO00S.

2.—Objeto del contrato:

a) Descripción del objeto: Contratación de las obras deconstrucción de bolera en el Parque de la Luz, enPola de Siero.

b) Plazo de ejecución (meses): Cinco meses.

3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Subasta.

4.—Presupuesto base de licitación:

Importe total: Treinta y nueve millones novecientas seten-ta y dos mil ochenta y tres (39.972.083) pesetas, doscientoscuarenta mil doscientos treinta y siete (240.237) euros,IVA incluido.

5.—Garantías:

a) Provisional: No se exige.b) Definitiva: 4% del tipo de adjudicación.

6.—Obtención de documentación:

a) Entidad: Sehara.b) Domicilio: C/ Fuente de Boladro, 4.c) Localidad y código postal: Siero, 33510.d) Teléfono: 98 572.52.89.e) Telefax: 98 572.52.89.f) Fecha límite de obtención de documentación e infor-

mación: Fecha límite de presentación de ofertas.

7.—Requisitos específicos del contratista:

a) Clasificación empresarial: Grupo C, subgrupos 2-3-4-6,categoría C.

8.—Acreditación de solvencia económica, financiera y técnica:

Mediante la presentación de la clasificación empresarialexigida se entiende acreditada la solvencia técnica y eco-nómica y financiera, conforme a lo previsto en la LCAP.

9.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de par-ticipación:

a) Fecha límite de presentación: Los sobres se presen-tarán en el Negociado 1 de Secretaría, de 9 a 14 horas,durante el plazo de veintiséis (26) días naturales, con-tados desde el siguiente a la publicación de este anun-cio en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.En caso de presentación de ofertas en sábado, la garan-tía provisional no podrá depositarse en metálico enlas dependencias municipales ni se practicará la com-pulsa de la documentación ni el bastanteo de poderes,que se aplazará o subsanará, en su caso, posterior-mente.

b) Documentación a presentar: La exigida en la cláusula7.ª del pliego de condiciones económico-administra-tivas.

c) Lugar de presentación:

1. Entidad: Ayuntamiento de Siero (Negociado 1 deSecretaría).

2. Domicilio: Plaza del Ayuntamiento, s/n.3. Localidad y código postal: Siero, 33510.

10.—Apertura de ofertas:

a) Entidad: Mesa de Contratación del Ayuntamiento deSiero.

b) Domicilio: Casa Consistorial.c) Localidad: Pola de Siero.d) Fecha: La fecha del acto público de apertura de las

ofertas económicas, sobre “B”, se notificará a los lici-tadores a través de fax, al igual que la necesidad desubsanar la documentación administrativa del sobre“A”, en su caso, y plazo para llevarlo a cabo.

11.—Gastos de anuncios:

Los gastos de anuncios serán de cuenta del adjudicatario.

Pola de Siero, a 5 de junio de 2000.—El Alcalde.—10.057.

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15–VI–20007030 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

V. Administración de Justicia

JUZGADOS DEPRIMERA INSTANCIA

DE GIJON NUMERO 2

EdictoDoña María del Puy Aramendía Ojer,

Magistrada Jueza del Juzgado de Pri-mera Instancia número 2 de Gijón,

Hago saber: Que en dicho Juzgadoy con el número 492/1999, se tramitaprocedimiento judicial sumario al ampa-ro del art. 131 de la Ley Hipotecaria,a instancia de Caja de Ahorros de Astu-rias, contra José Basilio Rodríguez Mar-tínez, Basilio Rodríguez González eIsmael Rodríguez González, en recla-mación de crédito hipotecario, en el quepor resolución de esta fecha se ha acor-dado sacar a pública subasta, por pri-mera vez y término de veinte días, losbienes que luego se dirán, señalándosepara que el acto del remate tenga lugaren la Sala de Audiencia de este Juzgadoel día 6 de septiembre, a las 10,45 horas,con las prevenciones siguientes:

Primera.—Que no se admitirán pos-turas que no cubran el tipo de la subasta.

Segunda.—Que los licitadores, paratomar parte en la subasta, deberán con-signar, previamente, en la cuenta de esteJuzgado en el Banco Bilbao Vizcaya,S.A., número 3285, una cantidad igual,por lo menos, al 20% del valor de losbienes que sirva de tipo, haciéndoseconstar el número y año del procedi-miento, sin cuyo requisito no seránadmitidos, no aceptándose entrega dedinero en metálico o cheques en elJuzgado.

Tercera.—Podrán participar con lacalidad de ceder el remate a terceros.

Cuarta.—En todas las subastas, desdeel anuncio hasta su celebración, podránhacerse posturas, por escrito, en pliegocerrado, haciendo el depósito a que seha hecho referencia anteriormente.

Quinta.—Los autos y la certificacióndel Registro a que se refiere la reglacuarta del artículo 131 de la Ley Hipo-tecaria están de manifiesto en la Secre-taría del Juzgado, entendiéndose quetodo licitador acepta como bastante latitulación existente, y que las cargas o

gravámenes anteriores y los preferentes,si los hubiere, al crédito del actor, con-tinuarán subsistentes, entendiéndoseque el rematante los acepta y quedasubrogado en la responsabilidad de losmismos, sin destinarse a su extinción elprecio del remate.

Para el supuesto de que no hubierepostores en la primera subasta, se señalapara la celebración de una segunda eldía 4 de octubre, a las 10,00 horas, sir-viendo de tipo el 75% del señalado parala primera subasta, siendo de aplicaciónlas demás prevenciones de la primera.

Igualmente, y para el caso de que tam-poco hubiere licitadores en la segundasubasta, se señala para la celebraciónde una tercera el día 8 de noviembre,a las 9,30 horas, cuya subasta se cele-brará sin sujeción a tipo, debiendo con-signar, quien desee tomar parte en lamisma, el 20% del tipo que sirvió debase para la segunda.

Si por fuerza mayor o causas ajenasal Juzgado no pudiera celebrarse lasubasta en el día y hora señalados, seentenderá que se celebrará el siguientedía hábil, a la misma hora, exceptuandolos sábados que pasarán al lunes siguien-te.

El presente edicto servirá de notifi-cación a los deudores para el caso deno poder llevarse a efecto en la fincao fincas subastadas.

Bienes que se sacan a subasta

N.º 23, piso 6.º A, vivienda situadaen la sexta planta alta, a la derecha delrellano de acceso.

Anejo: Tiene como anejo inseparableun trastero en el espacio de bajo cubier-ta de su portal, y la plaza de garaje yotro trastero situados ambos en los espa-cios destinados a tales fines bajo la zonaporticada y la zona de uso común, enlos tres casos rotulados como pertene-cientes a esta vivienda.

Inscrita al Registro de la Propiedadn.º 1 de Gijón, al tomo 2.120, libro 493,sección 1ª, folio 126, finca 28.538.

Tipo de subasta: 17.955.610 ptas.

Dado en Gijón, a 16 de mayo de2000.—La Secretaria.—9.776.

DE GIJON NUMERO 3Edicto

Doña María Cristina García Fernández,Magistrada Jueza de Primera Instan-cia número 3 de Gijón,

Hago saber: Que en dicho Juzgado,y con el núm. 431/1997, se tramita pro-cedimiento de juicio ejecutivo, a instan-cia de Juan José Fernández Alvarez,contra María Florinda Fonseca Aladroy María Florinda, S.L., en el que porresolución de esta fecha se ha acordadosacar a pública subasta, por primera vezy término de veinte días, los bienes queluego se dirán, señalándose para que elacto del remate tenga lugar en la Salade Audiencias de este Juzgado el día6 de septiembre de 2000, a las 10,30horas, con las prevenciones siguientes:

Primera.—Que no se admitirán pos-turas que no cubran las dos terceras par-tes del avalúo.

Segunda.—Que los licitadores paratomar parte en la subasta deberán con-signar, previamente, en la cuenta de esteJuzgado en el Banco Bilbao Vizcaya,S.A., número 3286000017043197, unacantidad igual, por lo menos, al veintepor ciento del valor de los bienes quesirva de tipo, haciéndose constar elnúmero y año del procedimiento, sincuyo requisito no serán admitidos, noaceptándose entrega de dinero en metá-lico o cheques.

Tercera.—Unicamente el ejecutantepodrá concurrir con la calidad de cederel remate a terceros.

Cuarta.—En todas las subastas, desdeel anuncio hasta su celebración, podránhacerse posturas por escrito en pliegocerrado, haciendo el depósito a que seha hecho referencia anteriormente.

Los autos y la certificación registralque suple los títulos de propiedad esta-rán de manifiesto en la Secretaría delJuzgado, donde podrán ser examinados,entendiéndose que todo licitador aceptacomo bastante la titulación existente, yque las cargas anteriores y las preferen-tes, si las hubiere, quedarán subsisten-tes, sin destinarse a su extinción el pre-cio del remate, y se entenderá que elrematante las acepta y queda subrogadoen la responsabilidad de las mismas.

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15–VI–2000 7031BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Para el supuesto de que no hubierepostores en la primera subasta, se señalapara la celebración de una segunda eldía 4 de octubre de 2000, a las 10,30horas, sirviendo de tipo el 75% del seña-lado para la primera subasta, siendo deaplicación las demás prevenciones de laprimera.

Igualmente, y para el caso de que tam-poco hubiere licitadores en la segundasubasta, se señala para la celebraciónde una tercera el día 2 de noviembrede 2000, a las 10,30 horas, cuya subastase celebrará sin sujeción a tipo, debien-do consignar, quien desee tomar parteen la misma, el 20% del tipo que sirvióde base para la segunda.

Si por fuerza mayor o causas ajenasal Juzgado no pudiera celebrarse lasubasta en el día y hora señalados, seentenderá que se celebrará el siguientedía hábil, a la misma hora, exceptuandolos sábados.

Bienes que se sacan a subastay su valor

Urbana. Pleno dominio de una mitadindivisa de la unidad orgánica de explo-tación individual destinada a negocio dehostelería, sita en la calle Marqués deCasa Valdés, 21 bajo, de Gijón. Ocupauna superficie total de 523 metros, ins-crita en el registro de la Propiedadnúmero cinco de Gijón, al tomo 2.057,libro 134, folio 175, finca 8.105, propie-dad de la codemandada María FlorindaFonseca Aladro.

Valorada en 39.417.500 ptas.

Dado en Gijón, a 19 de mayo de2000.—El Secretario.—9.594.

DE GIJON NUMERO 4

EdictoDoña María José Suárez González, Jue-

za sustituta del Juzgado de PrimeraInstancia número 4 de Gijón,

Hago saber: Que en dicho Juzgadoy con el núm. 374/1999, se tramita pro-cedimiento de juicio ejecutivo, a instan-cia de Reactivos Empresariales, S.A.,contra José María Guisasola Cabal yG.4. Servicios Informáticos, S.L., en elque por resolución de esta fecha se haacordado sacar a pública subasta, porprimera vez y término de veinte días,los bienes que luego se dirán, señalán-dose para que el acto del remate tengalugar en la Sala de Audiencias de esteJuzgado el día 6 de septiembre de 2000,a las 11,00 horas, con las prevencionessiguientes:

Primera.—Que no se admitirán pos-turas que no cubran las dos terceras par-tes del avalúo.

Segunda.—Que los licitadores paratomar parte en la subasta deberán con-signar, previamente, en la cuenta de esteJuzgado en el Banco Bilbao Vizcaya,S.A., sito en la Plaza del Seis de Agosto,6, número 3287000017037499, una can-tidad igual, por lo menos, al veinte porciento del valor de los bienes que sirvade tipo, haciéndose constar el númeroy año del procedimiento, sin cuyo requi-sito no serán admitidos, no aceptándoseentrega de dinero en metálico o che-ques.

Tercera.—Unicamente el ejecutantepodrá concurrir con la calidad de cederel remate a terceros.

Cuarta.—En todas las subastas, desdeel anuncio hasta su celebración, podránhacerse posturas por escrito en pliegocerrado, haciendo el depósito a que seha hecho referencia anteriormente.

Para el supuesto de que no hubierepostores en la primera subasta, se señalapara la celebración de una segunda eldía 3 de octubre de 2000, a las 11,00horas, sirviendo de tipo el 75% del seña-lado para la primera subasta, siendo deaplicación las demás prevenciones de laprimera.

Igualmente, y para el caso de que tam-poco hubiere licitadores en la segundasubasta, se señala para la celebraciónde una tercera el día 30 de octubre de2000, a las 11,00 horas, cuya subasta secelebrará sin sujeción a tipo, debiendoconsignar, quien desee tomar parte enla misma, el 20% del tipo que sirvió debase para la segunda.

En caso de ser cubierto el principaly costas reclamadas con la subasta deuno de los bienes, quedará automáti-camente sin efecto la subasta de losdemás.

En caso de haberse señalado para lacelebración, por error, un día festivo,nacional, autonómico o local, se enten-derá que la fecha de celebración de lasubasta será el siguiente día hábil.

Para el supuesto de que intentada lanotificación de la subasta a los deudoresen el domicilio que consta en autos,resultase imposible, sirva el presenteedicto de notificación en forma de lassubastas a los mismos.

Bienes que se sacan a subastay su valor

1.—Armario Rack 19” (36 u) valo-rado en 205.000 ptas.

2.—Hub 8p 100 Tx (kt1) valorado en90.000 ptas.

3.—Hub 16p valorado en 40.000 ptas.4.—Monitor Goldstar valorado en

35.000 ptas.5.—Panel distribución 16p valorado

en 25.000 ptas.

6.—Servidor App en Rack 19” valo-rado en 445.000 ptas.

7.—Servidor de discos en Rack 19”valorado en 360.000 ptas.

8.—Bandeja extraíble teclado panela-do, monitor, guía de cables, separadores19” en instalación eléctrica, valorado en135.000 ptas.

9.—Sistema de alimentación inin-terrunpida valorado en 50.000 ptas.

10.—1 software configurado valoradoen 435.000 ptas.

11.—1 ordenador auxiliar valorado en145.000 ptas.

Dado en Gijón, a 26 de mayo de2000.—El Secretario.—9.595.

DE GIJON NUMERO 6

EdictoDon Pablo Martínez-Hombre Guillén,

Magistrado-Juez de Primera Instan-cia número 6 de Gijón,

Hago saber: Que en dicho Juzgadoy con el número 274/1999, se tramitaprocedimiento de juicio ejecutivo a ins-tancia de Comercial de Mobiliario, S.L.,contra Jorge Junquera Rubio, en el quepor resolución de esta fecha se ha acor-dado sacar a pública subasta, por pri-mera vez y término de veinte días, losbienes que luego se dirán, señalándosepara que el acto del remate tenga lugaren la Sala de Audiencia de este Juzgado,el día 20 de septiembre de 2000, a las10,30 horas, con las prevencionessiguientes:

Primera.—Que no se admitirán pos-turas que no cubran las dos terceras par-tes del avalúo.

Segunda.—Que los licitadores, paratomar parte en la subasta, deberán con-signar, previamente, en la cuenta de esteJuzgado en el Banco Bilbao VizcayaS.A., n.º 3298000017027499, una canti-dad igual, por lo menos, al veinte porciento del valor de los bienes que sirvade tipo, haciéndose constar el númeroy año del procedimiento, sin cuyo requi-sito no serán admitidos, no aceptándoseentrega de dinero en metálico o che-ques.

Tercera.—Unicamente el ejecutantepodrá concurrir con la calidad de cederel remate a terceros.

Cuarta.—En todas las subastas, desdeel anuncio hasta su celebración, podránhacerse posturas por escrito en pliegocerrado, haciendo el depósito a que seha hecho referencia anteriormente.

Para el supuesto de que no hubierepostores en la primera subasta, se señalapara la celebración de una segunda eldía 25 de octubre de 2000, a las 10,30horas, sirviendo de tipo el 75% del seña-lado para la primera subasta, siendo deaplicación las demás prevenciones de laprimera.

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15–VI–20007032 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Igualmente y para el caso de que tam-poco hubiere licitadores en la segundasubasta, se señala para la celebraciónde una tercera el día 29 de noviembrede 2000, a las 10,30 horas, cuya subastase celebrará sin sujeción a tipo, debien-do consignar, quien desee tomar partecon la misma, el 20% del tipo que sirvióde base para la segunda.

Si por fuerza mayor o causas ajenasal Juzgado no pudiera celebrarse lasubasta en el día y hora señalados, seentenderá que se celebrará el siguientedía hábil, a la misma hora, exceptuandolos sábados.

Bienes que se sacan a subastay su valor

—3 mesas de despacho, con ala, de1,80 m. de largo aproximadamente, concajoneras de color gris claro con bordesde tono gris oscuro, valoradas en 30.000ptas.

—3 sillas de rueda y otras 3 de patasmetálicas negras, tapizadas en tela azul,valoradas en 24.000 ptas.

—1 archivador de 1,60 m. de alto,aproximadamente, y de 0,50 de anchoa juego en material y colores con lasmesas, con cuatro cajones, valorado en16.000 ptas.

—1 ordenador clónico, compuesto depantalla “Packard Bell”, teclado, unidadde PC “Intel Inside Pentium”, valoradoen 20.000 ptas.

—1 impresora marca Hewlett Pac-kard Design Jet, modelo 450 C, valoradaen 160.000 ptas.

Total valor: 250.000 ptas.

Dado en Gijón, a 26 de mayo de2000.—El Secretario.—9.597.

DE GIJON NUMERO 7Edicto

Don Rafael Climent Durán, MagistradoJuez de Primera Instancia número 7de Gijón,

Hago saber: Que en dicho Juzgadoy con el número 867/99, se tramita pro-cedimiento judicial sumario al amparodel artículo 131 de la Ley Hipotecaria,a instancia de Bankinter, S.A., contraMaría Aránzazu Rubiera Menéndez, enreclamación de crédito hipotecario, enel que por resolución de esta fecha seha acordado sacar a pública subasta, porprimera vez, los bienes que luego sedirán, señalándose para que el acto delremate tenga lugar en la Sala de Audien-cia de este Juzgado, el día 15 de sep-tiembre, a las 10 horas, con las preven-ciones siguientes:

Primera.—Que no se admitirán pos-turas que no cubran el tipo de la subasta.

Segunda.—Que los licitadores, paratomar parte en la subasta, deberán con-signar previamente en la cuenta de este

Juzgado en el Banco Bilbao Vizcaya,S.A., número 3314 18 867/99, una can-tidad igual, por lo menos, al veinte porciento del valor de los bienes que sirvade tipo, haciéndose constar el númeroy año del procedimiento, sin cuyo requi-sito no serán admitidos, no aceptándoseentrega de dinero en metálico o chequesen el Juzgado.

Tercera.—Podrán participar con lacalidad de ceder el remate a terceros.

Cuarta.—En todas las subastas, desdeel anuncio hasta su celebración, podránhacerse posturas por escrito en pliegocerrado, haciendo el depósito a que seha hecho referencia anteriormente.

Quinta.—Los autos y la certificacióndel Registro a que se refiere la reglacuarta del artículo 131 de la Ley Hipo-tecaria están de manifiesto en la Secre-taría del Juzgado, entendiéndose quetodo licitador acepta como bastante latitulación existente, y que las cargas ogravámenes anteriores y los preferentes,si los hubiere, al crédito del actor, con-tinuarán subsistentes, entendiéndoseque el rematante los acepta y quedasubrogado en la responsabilidad de losmismos, sin destinarse a su extinción elprecio del remate.

Para el supuesto de que no hubierepostores en la primera subasta, se señalapara la celebración de una segunda eldía 20 de octubre, a las 10 horas, sir-viendo de tipo el 75% del señalado parala primera subasta, siendo de aplicaciónlas demás prevenciones de la primera.

Igualmente, y para el caso de que tam-poco hubiere licitadores en la segundasubasta, se señala para la celebraciónde una tercera el día 24 de noviembre,a las 10 horas, cuya subasta se celebrarásin sujeción a tipo, debiendo consignarquien desee tomar parte con la mismael 20% del tipo que sirvió de base parala segunda.

Si por fuerza mayor o causas ajenasal Juzgado no pudiera celebrarse lasubasta en el día y hora señalados, seentenderá que se celebrará el siguientedía hábil, a la misma hora, exceptuandolos sábados.

El presente edicto servirá de notifi-cación a los deudores para el caso deno poder llevarse a efecto en la fincao fincas subastadas.

Bienes que se sacan a subasta

Desván o buhardilla, sita en la calleLepanto, número 30, de Gijón. Inscritoen el Registro de la Propiedad número2 de Gijón, en el tomo 1.264, libro 439,

folio 34, finca 15.656, antes finca 980,inscripción 3.ª

Tipo de subasta: 9.261.000 pesetas.

Dado en Gijón, a 16 de mayo de2000.—El Secretario.—9.014.

JUZGADOS DEINSTRUCCION

DE GIJON NUMERO 3

Cédula de citacionEl Ilmo. Sr. Magistrado Juez en pro-

videncia del día de la fecha, en el juiciode faltas número 97/2000, por hurto,para que don Pablo Menéndez Martínezcomparezca ante la Sala de Audienciade este Juzgado, sito en el Palacio deJusticia, calle Decano Prendes Pando,Gijón, el próximo día 13 de julio, a las10,50 horas, al objeto de asistir a la cele-bración del correspondiente juicio defaltas, bajo apercibimiento de que deno comparecer se le podrá imponer lasanción correspondiente, debiendo laspartes concurrir con las pruebas de queintenten valerse, y pudiendo los denun-ciados que residan fuera de la circuns-cripción de este Juzgado dirigir al mis-mo escrito alegando lo que estimen con-veniente y apoderar a otra persona quepresente en el juicio las pruebas de des-cargo que tuvieran.

Gijón, a 31 de mayo de 2000.—LaSecretaria.—9.749.

JUZGADOS DEPRIMERA INSTANCIA

E INSTRUCCION

DE LLANES

EdictosLa Secretaria del Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción de Llanes(Asturias),

Hace saber: Que en este Juzgado sesigue procedimiento judicial sumariodel artículo 131 de la Ley Hipotecaria,bajo el número 14/2000, promovido porCaja Rural de Asturias, contra donErnesto García Amieva y doña MaríaAngeles Dorado Duarte, en el que porprovidencia de esta fecha se ha acor-dado sacar a la venta en pública subastapor primera, segunda y hasta terceravez, en prevención de que no hubierapostores en las anteriores, y por términode veinte días, las fincas objeto de esteprocedimiento que al final se describen.

Las subastas tendrán lugar en la Salade Audiencias de este Juzgado, sito enla calle de La Estación, s/n, bajo las con-diciones siguientes:

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15–VI–2000 7033BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Primera.—Servirá de tipo a la prime-ra subasta el fijado en la escritura depréstamo que se hace constar en la des-cripción de las fincas; a la segundasubasta servirá de tipo el 75% de la valo-ración, y a la tercera subasta saldrá sinsujeción a tipo. En las dos primerassubastas no se admitirán posturas quesean inferiores al tipo señalado paracada una de ellas.

Segunda.—Los licitadores que deseentomar parte en las subastas deberándepositar previamente en la cuenta deconsignaciones de este Juzgado, abiertaen el Banco Bilbao Vizcaya, con elnúmero 33330000 18001400, un canti-dad igual, por lo menos, al veinte porciento del tipo de cada subasta; en latercera el depósito consistirá en el 20%,por lo menos, del tipo fijado en la segun-da. Sin cumplir este requisito los lici-tadores no podrán ser admitidos.

Tercera.—En todas las subastas, des-de el anuncio hasta su celebración,podrán hacerse posturas por escrito enpliego cerrado, depositándose en lamesa del Juzgado, junto a aquél el res-guardo de haber verificado el depósitoprevenido en la cuenta de consignacio-nes de este Juzgado.

Cuarta.—Las posturas podrán hacer-se en calidad de ceder el remate a untercero.

Quinta.—Se devolverán las cantida-des previamente consignadas por loslicitadores para tomar parte en la subas-ta, con excepción de la correspondienteal mejor postor, salvo que, a instanciadel acreedor, se reserven las consigna-ciones por los postores que así lo admi-tan y que hubieran cubierto el tipo dela subasta con la cantidad consignada,la cual les será devuelta una vez cum-plidas sus obligaciones por el rematante.

Sexta.—Los autos y las certificacio-nes, a que se refiere la regla 4.ª del artí-culo 131 de la Ley Hipotecaria, estaránde manifiesto en la Secretaría de esteJuzgado, entendiéndose que todo lici-tador acepta como bastante la titulaciónaportada.

Séptima.—Las cargas y gravámenesanteriores y los preferentes, si los hubie-re, al crédito del actor, continuarán sub-sistentes, entendiéndose que el rema-tante los acepta y queda subrogado enla responsabilidad de los mismos, sindestinarse a su extinción el precio delremate.

Las subastas tendrán lugar a las 10,30horas, en las siguientes fechas:

1.ª subasta: El día 4 de septiembrede 2000.

2.ª subasta: El día 3 de octubre de2000.

3.ª subasta: El día 31 de octubre de2000.

Si cualquiera de los días señaladosfuese domingo o festivo, o si por causade fuerza mayor no pudiese celebrarsealguna de las subastas, se celebrará aldía siguiente hábil, a la misma hora yen días sucesivos si persistiese tal impe-dimento.

El presente edicto servirá de notifi-cación a los interesados a los efectosprevistos en el último párrafo de la regla7.ª del artículo 131 de la Ley Hipote-caria, caso de resultar negativa la prac-tica en la finca de que se trate.

Bienes que se subastan

Urbana: Finca número ocho, pisobajo izquierda, señalada con el númeroocho general, está situada en la plantabaja o primera construcción del edificioen términos de Llanes, sito en SanAntón o Barrio de Pescadores, bloqueA. Ocupa una superficie de 45 metroscuadrados. Inscrita en el Registro de laPropiedad de Llanes, al tomo 1.009,libro 667, folio 166, finca número72.346-N. Referencia catastral número:849010UP5089S0002BW.

Valoración: 7.574.400 pesetas.

Llanes, a 22 de mayo de 2000.—LaSecretaria.—9.397.

— • —

La Secretaria del Juzgado de PrimeraInstancia e Instrucción de Llanes(Asturias),

Hace saber: Que en este Juzgado ycon el número de autos 7/99, se tramitaprocedimiento de juicio de menor cuan-tía sobre división de cosa común, a ins-tancia de don Carlos Martínez Entrialgorepresentado por el Procurador BujAmpudia, contra la entidad EtuiluxEspaña, S.A., representada por el Pro-curador Sr. García Tamés, en el que,en ejecución de sentencia, se ha acor-dado por resolución de esta fecha sacara la venta en pública subasta, por pri-mera y segunda vez, en previsión de quequede desierta la anterior, y por términode treinta días, la finca que al final delpresente edicto se describirá.

Las subastas tendrán lugar en la Salade Audiencias de este Juzgado, sito enla calle La Estación, bajo las condicionessiguientes:

Primera.—El remate se llevará a caboen una o dos subastas, habiéndose efec-tuado el señalamiento simultáneo con-forme a las siguientes fechas y tipos delicitación:

—Primera subasta: Fecha 5 de sep-tiembre, a las 10,30 horas.

Tipo de licitación: 12.000.000 deptas, valoración informe pericial.

—Segunda subasta: Fecha 17 de octu-bre, a las 10,30 horas.

Tipo licitación: 10.000.000 de ptas.

Segunda.—No se admitirán posturas,en primera y segunda subasta, inferioresa los tipos de licitación.

Tercera.—Para tomar parte en lasubasta, todos los postores a excepcióndel copropietario de la finca que sesubasta, deberán consignar una cantidadigual, por lo menos, al 25% del tiposeñalado para la primera y segundasubasta.

Los depósitos deberán llevarse a caboen cualquier oficina del Banco BilbaoVizcaya en la cuenta de consignacionesde este Juzgado con el número3333000015000799. En tal supuestodeberá acompañarse el resguardo deingreso correspondiente, sin el cual loslicitadores no podrán ser admitidos. Sedevolverán las consignaciones efectua-das por los participantes a la subasta,salvo la que corresponda al mejor pos-tor.

Cuarta.—Las posturas podrán hacer-se en calidad de ceder el remate a untercero

Quinta.—Podrán hacerse posturaspor escrito en pliego cerrado, desde lapublicación del presente edicto hasta lacelebración de la subasta de que se trate,haciendo el depósito a que se ha hechoreferencia anteriormente.

Sexta.—Los títulos de propiedad, elpliego de condiciones, la certificacióndel Registro y los autos están de mani-fiesto en la Secretaría del Juzgado.

Séptima.—Si por fuerza mayor o cau-sas ajenas al Juzgado no pudiera cele-brarse la subasta en el día y hora seña-lado, se entenderá que se celebrará enel siguiente día hábil, a la misma hora,exceptuando los sábados.

Bienes que se subastan

Rústica: Prado con manzanos en tér-mino de Poo, concejo de Llanes, al sitiode la Huerta Tras de la Casa, de catorceáreas noventa centiáreas. Linda: Norte,Marqués de Gastañaga, Angel Pérez yherederos de José Posada; Este, herma-nos Núñez Rojo; Oeste, Conde de laVega del Sella; Sur, Luis Suárez Solana.

Inscrita en el Registro de la Propie-dad de Llanes al tomo 1.022, libro 676,folio 220, finca 82.002.

Dado en Llanes, a 22 de mayo de2000.—La Secretaria.—9.396.

DE MIERES NUMERO 2

EdictoDoña María del Pilar de Lara Cifuentes,

Jueza de Primera Instancia número2 de Mieres,

Hago saber: Que en dicho Juzgado,y con el número 74/2000, se tramita pro-cedimiento judicial sumario al amparo

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15–VI–20007034 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

del art. 131 de la Ley Hipotecaria, ainstancia de Comunidad Autónoma delPrincipado, representada por la Procu-radora Sra. Pérez Alonso, contra JaimeJiménez Dual, María Purificación Moli-na Barrul, en reclamación de créditohipotecario, en el que por resolución deesta fecha, se ha acordado sacar a públi-ca subasta, por primera vez y términode veinte días, los bienes que luego sedirán, señalándose para que el acto delremate tenga lugar en la Sala de Audien-cia de este Juzgado, el día 26 de julio,a las 12,00 horas, con las prevencionessiguientes:

Primera.—Que no se admitirán pos-turas que no cubran el tipo de subasta.

Segunda.—Que los licitadores, paratomar parte en la subasta, deberán con-signar, previamente, en la cuenta de esteJuzgado en el Banco de Bilbao Vizcaya,S.A., n.º 3340000018007400, una canti-dad igual, por lo menos, al veinte porciento del valor de los bienes que sirvade tipo, haciéndose constar el númeroy año del procedimiento, sin cuyo requi-sito no serán admitidos, no aceptándoseentrega de dinero en metálico o chequesen el Juzgado.

Tercera.—Podrán participar con lacalidad de ceder el remate a terceros.

Cuarta.—En todas las subastas, desdeel anuncio hasta su celebración, podránhacerse posturas por escrito en pliegocerrado, haciendo el depósito a que seha hecho referencia anteriormente.

Quinta.—Los autos y la certificacióndel Registro a que se refiere la reglacuarta del artículo 131 de la Ley Hipo-tecaria están de manifiesto en la Secre-taría del Juzgado, entendiéndose quetodo licitador acepta como bastante latitulación existente, y que las cargas ogravámenes anteriores y los preferentes,si los hubiere, al crédito del actor, con-tinuarán subsistentes, entendiéndoseque el rematante los acepta y quedasubrogado en la responsabilidad de losmismos sin destinarse a su extinción elprecio del remate.

Para el supuesto de que no hubierepostores en la primera subasta, se señalapara la celebración de una segunda eldía 26 de septiembre, a las 12,00 horas,sirviendo de tipo el 75% del señaladopara la primera subasta, siendo de apli-cación las demás prevenciones de laprimera.

Igualmente, y para el caso de que tam-poco hubiere licitadores en la segundasubasta, se señala para la celebraciónde una tercera el día 26 de octubre, alas 12,00 horas, cuya subasta se cele-brará sin sujeción a tipo, debiendo con-signar, quien desee tomar parte en lamisma, el 20% del tipo que sirvió debase para la segunda.

Si por fuerza mayor o causas ajenasal Juzgado no pudiera celebrarse lasubasta en el día y hora señalados, seentenderá que se celebrará el siguientedía hábil, a la misma hora, exceptuandolos sábados.

El presente edicto servirá de notifi-cación a los deudores para el caso deno poder llevarse a efecto en la fincao fincas subastadas.

Bienes que se sacan a subasta

Vivienda señalada con la letra B, enel bloque I del grupo de viviendas deprotección oficial, promoción pública,sito en el barrio El Batán de la villade Mieres, inscrita en el Registro de laPropiedad de Mieres, finca n.º 60.305,inscrita al folio 39, libro 613, tomo 698.

Tipo de subasta

Tres millones cuatrocientas trece milnovecientas dos pesetas.

Dado en Mieres, a 25 de mayo de2000.—El Secretario.—9.599.

DE OVIEDO NUMERO 1

EdictoDoña Trinidad Relea García, Secretaria

del Juzgado de Primera Instancianúmero 1 de los de Oviedo,

Hago saber: que en dicho Juzgado ycon el número 142/1998, se tramita pro-cedimiento de juicio ejecutivo a instan-cia de Banco Español de Crédito, S.A.,contra Vicente Secades Fernández, enel que por resolución de esta fecha seha acordado sacar a pública subasta, porprimera vez y término de 20 días, losbienes que luego se dirán, señalándosepara que el acto del remate tenga lugaren la Sala de Audiencia de este Juzgado,el día 26 de julio de 2000 a las 10,00horas, con las prevenciones siguientes:

Primera.—Que no se admitirán pos-turas que no cubran las dos terceras par-tes del avalúo.

Segunda.—Que los licitadores, paratomar parte en la subasta, deberán con-signar previamente en la cuenta de esteJuzgado una cantidad igual, por lomenos, al veinte por ciento del valor delos bienes que sirva de tipo, sin cuyorequisito no serán admitidos, no acep-tándose entrega de dinero en metálicoo cheques.

Tercera.—Unicamente el ejecutantepodrá concurrir con la calidad de cederel remate a terceros.

Cuarta.—En todas las subastas, desdeel anuncio hasta su celebración, podránhacerse posturas por escrito en pliegocerrado, haciendo el depósito a que seha hecho referencia anteriormente.

Para el supuesto de que no hubierepostores en la primera subasta, se señalapara la celebración de una segunda eldía 28 de septiembre, a las 10,00, sir-viendo de tipo el 75% del señalado parala primera subasta, siendo de aplicaciónlas demás prevenciones de la primera.

Igualmente, y para el caso de que tam-poco hubiere licitadores en la segundasubasta, se señala para la celebraciónde una tercera el día 31 de octubre, alas 10,00 horas, cuya subasta se cele-brará sin sujeción a tipo, debiendo con-signar, quien desee tomar parte en lamisma, el 20% del tipo que sirvió debase para la segunda.

Bienes que se sacan a subastay su valor

Vehículo turismo marca Citroën,modelo ZX 1.9 Adventage, matrículaO-4137-BC, matriculado en fecha 19 dediciembre de 1991, tasado en ochocien-tas diez mil pesetas (810.000 ptas).

Dado en Oviedo, a 30 de mayo de2000.—La Secretaria.—9.592.

DE OVIEDO NUMERO 3

EdictosDoña Marta María Gutiérrez García,

Magistrada Jueza de Primera Instan-cia número tres de Oviedo,

Hago saber: Que en dicho Juzgadoy con el número 364/95, se tramita pro-cedimiento de juicio ejecutivo a instan-cia de Caja de Ahorros de Asturias, con-tra José Luis Iglesias Camacho y CelsaAraceli Rodríguez Rodríguez, en el quepor resolución de esta fecha se ha acor-dado sacar a pública subasta, por pri-mera vez y término de veinte días, losbienes que luego se dirán, señalándosepara que el acto del remate tenga lugaren la Sala de Audiencia de este Juzgadoel día 28 de julio de 2000, las 10 horas,con las prevenciones siguientes:

Primera.—Que no se admitirán pos-turas que no cubran las dos terceras par-tes del avalúo.

Segunda.—Que los licitadores, paratomar parte en la subasta, deberán con-signar previamente en la cuenta de esteJuzgado en el Banco Bilbao Vizcaya,S.A., número 3350000017036495, unacantidad igual, por lo menos, al veintepor ciento del valor de los bienes quesirva de tipo, haciéndose constar elnúmero y año del procedimiento, sincuyo requisito no serán admitidos, noaceptándose entrega de dinero en metá-lico o cheques.

Tercera.—Unicamente el ejecutantepodrá concurrir con la calidad de cederel remate a terceros.

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15–VI–2000 7035BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Cuarta.—En todas las subastas, desdeel anuncio hasta su celebración, podránhacerse posturas por escrito en pliegocerrado, haciendo el depósito a que seha hecho referencia anteriormente.

De conformidad con el artículo 1.497de la LEC se saca la finca a subastasin suplir previamente la falta de títulosde propiedad, observándose lo preve-nido en el artículo 140 de la regla 5.ªdel Reglamento Hipotecario, en el sen-tido de que el rematante verifique lainscripción omitida antes o después deotorgada la escritura de venta.

Los autos estarán de manifiesto enla Secretaría del Juzgado, donde podránser examinados, entendiéndose quetodo licitador acepta que las cargasanteriores y las preferentes, si las hubie-re, quedarán subsistentes, sin destinarsea su extinción el precio del remate, yse entenderá que el rematante quedasubrogado en la responsabilidad de lasmismas.

Para el supuesto de que no hubierepostores en la primera subasta, se señalapara la celebración de una segundasubasta el día 25 de septiembre, a las10 horas, sirviendo de tipo el 75% delseñalado para la primera subasta, siendode aplicación las demás prevenciones dela primera.

Igualmente, y para el caso de que tam-poco hubiere licitadores en la segundasubasta, se señala para la celebraciónde una tercera el día 20 de octubre, alas 10 horas, cuya subasta se celebrarásin sujeción a tipo, debiendo consignarquien desee tomar parte en la mismael 20% del tipo que sirvió de base parala segunda.

Si por fuerza mayor o causas ajenasal Juzgado no pudiera celebrarse lasubasta en el día y hora señalados, seentenderá que se celebrará el siguientedía hábil, a la misma hora, exceptuandolos sábados.

Bienes que se sacan a subasta y su valor

Piso sito en la calle Río Nalón, núme-ro 22, bajo izquierda, en Oviedo, quetiene una superficie de 49,47 m.2, fincanúmero 6.986. Inscrita en el Registrode la Propiedad número 4 de Oviedo,al tomo 2.788, libro 2.043, folio 96.

La primera subasta sale por el tipode cinco millones ciento noventa y cua-tro mil trescientas cincuenta pesetas(5.194.350).

Dado en Oviedo, a 25 de mayo de2000.—El Secretario.—9.746.

— • —

Doña Marta María Gutiérrez García,Magistrada-Jueza de Primera Instan-cia número 3 de Oviedo,

Hago saber: Que en dicho Juzgadoy con el núm. 116/2000, se tramita pro-cedimiento judicial sumario al amparo

del art. 131 de la Ley Hipotecaria, ainstancia de Unión de Créditos Inmo-biliarios, S.A., Establecimiento Finan-ciero de Crédito, contra Luis HernándezBellido, Rita Hernández Gallego, enreclamación de crédito hipotecario, enel que por resolución de esta fecha seha acordado sacar a pública subasta, porprimera vez y término de veinte días,los bienes que luego se dirán, señalán-dose para que el acto del remate tengalugar en la Sala de Audiencia de esteJuzgado el día 1 de septiembre de 2000,a las 10,00 horas, con las prevencionessiguientes:

Primera.—Que no se admitirán pos-turas que no cubran el tipo de la subasta.

Segunda.—Que los licitadores, paratomar parte en la subasta, deberán con-signar previamente en la cuenta de esteJuzgado en el Banco Bilbao Vizcaya,S.A., núm. 3350000018011600, una can-tidad igual, por lo menos, al veinte porciento del valor de los bienes que sirvade tipo, haciéndose constar el númeroy año del procedimiento, sin cuyo requi-sito no serán admitidos, no aceptándoseentrega de dinero en metálico o chequesen el Juzgado.

Tercera.—Podrán participar con lacalidad de ceder el remate a terceros.

Cuarta.—En todas las subastas, desdeel anuncio hasta su celebración, podránhacerse posturas por escrito en pliegocerrado, haciendo el depósito a que seha hecho referencia anteriormente.

Quinta.— Los autos y la certificacióndel Registro a que se refiere la reglacuarta del artículo 131 de la Ley Hipo-tecaria están de manifiesto en la Secre-taría del Juzgado, entendiéndose quetodo licitador acepta como bastante latitulación existente, y que las cargas ogravámenes anteriores y los preferentes,si los hubiere, al crédito del actor, con-tinuarán subsistentes, entendiéndoseque el rematante los acepta y quedasubrogado en la responsabilidad de losmismos, sin destinarse a su extinción elprecio del remate.

Para el supuesto de que no hubierepostores en la primera subasta, se señalapara la celebración de una segunda eldía 28 de septiembre, a las 10,00 horas,sirviendo de tipo el 75% del señaladopara la primera subasta, siendo de apli-cación las demás prevenciones de laprimera.

Igualmente, y para el caso de que tam-poco hubiere licitadores en la segundasubasta, se señala para la celebraciónde una tercera el día 24 de octubre, alas 10,00 horas, cuya subasta se cele-brará sin sujeción a tipo, debiendo con-signar, quien desee tomar parte con lamisma, el 20% del tipo que sirvió debase para la segunda.

Si por fuerza mayor o causas ajenasal Juzgado no pudiera celebrarse lasubasta en el día y hora señalados, seentenderá que se celebrará el siguientedía hábil, a la misma hora, exceptuandolos sábados.

El presente edicto servirá de notifi-cación a los deudores para el caso deno poder llevarse a efecto en la fincao fincas subastadas.

Bienes que se sacan a subasta

Urbana.—Casa habitación, sita entérminos de San Pedro de Nora, concejode Las Regueras, que ocupa una super-ficie en planta de 42 metros cuadradosaproximadamente, con una antojana ysus servicios propios, consta de plantabaja y piso alto. Linda al frente, conla carretera de El Escamplero; izquierdaentrando, con casa de doña Eloína Val-dés; derecha y espalda, con el denomi-nado Prado de San Pedro. Tiene suacceso por el frente y consta, en el fondoo espalda, abierta una puerta que sirvede paso para el uso y conducción asícomo la de los desagües del edificio.

Finca número 14.307, inscrita en elRegistro de la Propiedad número 2 deOviedo, al tomo 2.828, libro 165, folio62, inscripción 3.ª

Tipo de subasta

La primera subasta sale por el preciode 13.056.000 ptas.

Dado en Oviedo, a 31 de mayo de2000.—El Secretario.—9.775.

DE OVIEDO NUMERO 9

Edicto.-Cédula de citaciónEn virtud de lo acordado por reso-

lución de esta fecha dictada en autosde juicio verbal 222/2000, por medio dela presente se cita a don José AngelCipriano Alvarez Fabián, para que com-parezca ante este Juzgado a la compa-recencia que tendrá lugar el próximo día11 de julio, a las 10,15 horas, aperci-biéndole que de no comparecer, sin ale-gar justa causa, se continuará el juicioen su rebeldía, sin volver a citarlo.

Y como consecuencia del ignoradoparadero de dicho demandado, seextiende la presente para su fijación enel tablón de anuncios de este Juzgadoen el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias.

En Oviedo, a 30 de mayo de 2000.—ElSecretario—9.748.

DE SIERO NUMERO 1

EdictoEn los autos de quiebra número 1/98,

seguida a instancia de Pascompán, S.L.,representada por el Procurador de los

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15–VI–20007036 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Tribunales Sr. Junquera Quintana, con-tra Autoservicio Vepi, S.L., se ha dic-tado la siguiente resolución:

Se acuerda convocar a los acreedoresreconocidos a la celebración de la juntageneral de graduación de créditos, seña-lando a tal fin el próximo día 12 de juliode 2000, a las 10 horas, en la Sala deAudiencia de este Juzgado.

Y a tal fin expido la presente en Polade Siero, a 22 de mayo de 2000.—ElSecretario.—9.844.

DE TORRELAVEGA NUMERO 4(CANTABRIA)

Edicto

Don Francisco Javier Fernández Gon-zález, Secretario del Juzgado de Ins-trucción número 4 de Torrelavega(Cantabria),

Doy fe y testimonio: Que en el juiciode faltas número 41/2000, que se sigueen este Juzgado por desobediencia, sien-do el denunciante el policía local núme-ro 39 de Torrelavega, y el denunciadoJuan Ignacio Fernández García, cuyoúltimo domicilio conocido lo tuvo enPola de Lena, calle Vital Aza, 16-3.º A,se ha acordado citar a Juan Ignacio Fer-nández García, para asistir al juicioseñalado el próximo día 11 de julio, alas 12,15 horas, en la Sala de Vistas deeste Juzgado.

Y para que conste y sirva de citacióna Juan Ignacio Fernández García,actualmente en paradero desconocido,y su publicación en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias, expi-do el presente en Torrelavega, a 22 demayo de 2000.—El Secretario.—9.394.

JUZGADOS DE LO SOCIAL

DE GIJON NUMERO DOS

Doña Susana García Santa-Cecilia,Secretaria judicial del Juzgado de loSocial número dos de Gijón,

Hago saber: Que en proceso seguidoante este Juzgado de lo Social númerodos, registrado con el número 270/99,ejecución número 258/99, y acumuladosa instancia de Jesús Megido Megido yotros, contra Industrias La Herminia,S.A., Activos Asturianos, S.L., en recla-mación sobre cantidad, en providenciade esta fecha he acordado sacar a laventa en pública subasta, por términode veinte días, los siguientes bienesembargados como propiedad de la partedemandada, cuya relación y tasación esla siguiente:

Bienes que se subastan y valoración

Se hace constar que las cuatro últimasmarcas no están al corriente en el pago.

Total tasación: 5.632.200 pesetas.

Condiciones de la subasta

Tendrá lugar en la Sala de Audienciade este Juzgado sito en la calle PrendesPando, s/n, 2.ª planta, de Gijón, en pri-mera subasta, el día 25 de julio. Casode no haber licitadores o siendo inad-misibles sus posturas, se celebrarásegunda subasta el día 28 de septiembre.Si en ésta volvieran a darse esas circuns-tancias se celebrará la tercera subastael día 26 de octubre. Todas ellas se cele-brarán a las 12,30 horas de la mañana.

Si por causa de fuerza mayor se sus-pendiese cualquiera de ellas, se celebra-rá al día siguiente hábil a la misma horay en el mismo lugar y en días sucesivos,si se repitiera o subsistiese dicho impe-dimento.

Las subastas se celebrarán bajo lascondiciones siguientes:

Primera.—Antes de verificarse elremate podrá el deudor liberar sus bie-nes, pagando principal, intereses y cos-tas.

Segunda.—Los licitadores deberándepositar previamente en el estableci-miento bancario Banco Bilbao Vizcaya,sito en la plaza Seis de Agosto, de Gijón,número cta.: 329500006402581999, el20% del valor del lote por el que vayana pujar en primera subasta, y el 15%(20% del tipo de la segunda subasta)de su valor en las otras dos, lo que acre-ditarán en el momento de la subasta(art. 1.500.1.º L.E.C.).

Tercera.—En todas las subastas, des-de el presente anuncio hasta su cele-bración, podrán hacerse posturas porescrito en pliego cerrado, que se pre-sentarán en la Secretaría del Juzgado,y depositando en la entidad bancaria ynúmero de cuenta anteriormente indi-cada el 20% (primera subasta) o el 15%(segunda y tercera subastas), del valordel lote (20% del tipo de la segundasubasta) por el que vayan a pujar, acom-pañando resguardo de haberlo efectua-do. Dicho pliego cerrado se conservarácerrado por la Secretaria judicial, yserán abiertos en el acto del remate alpublicarse las posturas (art. 1.499 IIL.E.C.).

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15–VI–2000 7037BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Cuarta.—El ejecutante podrá tomarparte en las subastas y mejorar las pos-turas que se hicieran sin necesidad deconsignar depósito (art. 1.501 L.E.C.).

Quinta.—Las subastas se celebraránpor el sistema de pujas a la llana, y enla primera no se admitirán posturas queno cubran las 2/3 partes de la valoración.

Sexta.—En segunda subasta, en sucaso, los bienes saldrán con rebaja del25% del tipo de tasación, y por tantono se admitirán posturas que no cubranel 50% de la valoración (art. 1.504L.E.C.).

Séptima.—En la tercera subasta, sifuera necesario celebrarla, no se admi-tirán posturas que no excedan del 25%de la valoración del lote (art. 261L.P.L.). Si hubiera postor que ofrezcasuma superior se aprobará el remate.

De resultar desierta esta última ten-drán los ejecutantes o, en su defecto,los responsables legales solidarios o sub-sidiarios el derecho de adjudicarse losbienes por el 25% del avalúo, dándo-seles a tal fin el plazo común de 10 días.De no hacerse uso de este derecho sealzará el embargo.

Octava.—En todo caso queda a salvoel derecho de la parte actora de pedirla adjudicación o administración de losbienes subastados en la forma y con lascondiciones establecidas en la vigentelegislación procesal.

Novena.—Los remates podrán ser encalidad de ceder a tercero, si la adqui-sición o adjudicación ha sido practicadaen favor de los ejecutantes o de los res-ponsables legales solidarios o subsidia-rios (art. 263 L.P.L.).

Décima.—Si la adquisición en subas-ta o adjudicación del bien se realiza enfavor de parte de los ejecutantes (sihubiere varios) y el precio de la adju-dicación es suficiente para cubrir todoslos créditos de los restantes acreedores,los créditos de los adjudicatarios sólose extinguirán hasta la concurrencia dela suma que sobre el precio de adju-dicación debería serles atribuida en elreparto proporcional. De no ser inferioral precio deberán los acreedores adju-dicatarios abonar el exceso en metálico(art. 262 de la L.P.L.).

Decimoprimera.—El precio delremate deberá abonarse en el plazo de3/8 días (según se trate de subasta debienes muebles o inmuebles) siguientesa la aprobación del mismo.

Decimosegunda.—Los bienes embar-gados están depositados en IndustriasLa Herminia, S.A., con domicilio enPorceyo, s/n, C.P. 33392, Gijón, a cargode don José Antonio Suárez Bango, conD.N.I. 10.835.826.

Y para que sirva de notificación alpúblico en general y a las partes de esteproceso en particular, una vez que hayasido publicado en el B.O.E. y BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias,y en cumplimiento de lo establecido enLeyes procesales, expido la presente enGijón, a 9 de mayo de 2000.—La Secre-taria.—9.395.

— • —

Edictos.-Cédulas de citaciónDoña Susana García Santa-Cecilia,

Secretaria judicial del Juzgado de loSocial número dos de Gijón,

Hago saber: Que en autos número514/2000, de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancia de don AugustoGonzález Rodríguez, contra la empresaAstur Galaica de Contratas, S.L., Con-tratas Coyanza, S.L., José Ramón RíoGuarido, Unión Temporal de Empresasde Lieres y Fondo de Garantía Salarial,sobre despido, se ha acordado citar aAstur Galaica de Contratas, S.L., Con-tratas Coyanza, S.L., y José Ramón RíoGuarido, en ignorado paradero, a finde que comparezcan el día 11 de julio,a las 11,15 horas de su mañana, parala celebración de los actos de concilia-ción y, en su caso, juicio, que tendránlugar en la Sala de Vistas de este Juz-gado de lo Social número dos, sito enla calle Decano Prendes Pando, número1, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apode-rada, y con todos los medios de pruebade que intenten valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria, yque dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentenciao se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de citación en legalforma a Astur Galaica de Contratas,S.L., Contratas Coyanza, S.L., y JoséRamón Río Guarido, en ignorado para-dero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, en Gijón, a 6de junio de 2000.—La Secreta-ria.—10.031.

— • —

Doña Susana García Santa-Cecilia,Secretaria judicial del Juzgado de loSocial número dos de Gijón,

Hago saber: Que en autos número314/2000, de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancia de doña VanesaCarmona Mateos, contra la empresaGinolo, S.L., sobre ordinario, se ha acor-dado citar a dicha empresa en ignoradoparadero, a fin de que comparezca eldía 18 de julio, a las 11 horas de sumañana, para la celebración de los actosde conciliación y, en su caso, juicio, que

tendrán lugar en la Sala de Vistas deeste Juzgado de lo Social número dosde Gijón, sito en la calle Decano Pren-des Pando, número 1, debiendo com-parecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada, y con todoslos medios de prueba de que intentevalerse, con la advertencia de que es úni-ca convocatoria, y que dichos actos nose suspenderán por falta injustificada deasistencia.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de citación en legalforma a Ginolo, S.L., en ignorado para-dero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, en Gijón, a 29de mayo de 2000.—La Secreta-ria.—9.754.

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Doña Susana García Santa-Cecilia,Secretaria judicial del Juzgado de loSocial número dos de Gijón,

Hago saber: Que en autos número511/2000, de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancia de don José AlfredoDuarte Llaneza, contra la empresa Pro-cuesta, S.L., Unipersonal, sobre despi-do, se ha acordado citar a dicha empre-sa, en ignorado paradero, a fin de quecomparezca el día 4 de julio, a las 11,15horas de su mañana, para la celebraciónde los actos de conciliación y, en su caso,juicio, que tendrán lugar en la Sala deVistas de este Juzgado de lo Socialnúmero dos, sito en la calle DecanoPrendes Pando, número 1, debiendocomparecer personalmente o mediantepersona legalmente apoderada, y contodos los medios de prueba de queintente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria, y que dichosactos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentenciao se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de citación en legalforma a Procuesta, S.L., Unipersonal,en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias,en Gijón, a 5 de junio de 2000.—LaSecretaria.—10.030.

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Doña Susana García Santa-Cecilia,Secretaria judicial del Juzgado de loSocial número dos de Gijón,

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15–VI–20007038 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Hago saber: Que en autos n.º310/2000, de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancia de don Julio CésarBlanco Barreiro, contra la empresaRamón Cristino García Prendes, sobreordinario, se ha acordado citar a dichaempresa en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 18 de julio a las11,00 de su mañana, para la celebraciónde los actos de conciliación y en su casojuicio, que tendrán lugar en la Sala deVistas de este Juzgado de lo Socialnúmero dos de Gijón, sito en la c/ Deca-no Prendes Pando, n.º 1, debiendo com-parecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada, y con todoslos medios de prueba de que intentevalerse, con la advertencia de que es úni-ca convocatoria y que dichos actos nose suspenderán por falta injustificada deasistencia.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de citación en legalforma a Ramón Cristino García Pren-des, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias, en Gijón, a 19 de mayo de2000.—La Secretaria.—9.088.

DE GIJON NUMERO TRES

Edictos.-Cédulas de citaciónDoña Susana García Santa-Cecilia,

Secretaria judicial del Juzgado de loSocial número tres de Gijón,

Hago saber: Que en autos n.º471/2000, de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancias de doña GloriaRevuelta Rodríguez, contra la empresaServicios Mineros, S.L., Sondeos Geo-lógicos, S.L., Fondo de Garantía Sala-rial, sobre ordinario, se ha dictado lasiguiente:

Providencia Magistrada-Jueza Ilma.Sra. doña M.ª de la Paz FernándezFernández

En Gijón, a 22 de mayo de 2000.

Por presentada la anterior demanda,se admite a trámite. Se cita a las partesa los actos de juicio y, en su caso, alprevio de conciliación, que tendránlugar en única convocatoria en la Salade Audiencias de este Juzgado de loSocial, sito en Gijón, c/ Decano PrendesPando, el día 10 de julio de 2000, a las10.32 horas de su mañana.

Dése traslado de copia de la demanday demás documentos a los demandados.

Se advierte a las partes que deberánconcurrir al juicio con todos los mediosde prueba de que intenten valerse, asícomo con los documentos pertenecien-

tes a las partes que hayan sido propues-tos como medio de prueba por la partecontraria y se admita por este Juzgado,pudiendo estimarse probadas las alega-ciones hechas por la contraria en rela-ción con la prueba admitida si no sepresentaran sin causa justificada.

Se advierte que si el demandante,citado en forma, no compareciese ni ale-gase justa causa que motive la suspen-sión del juicio, se le tendrá por desistidode su demanda, y que la incomparecen-cia injustificada del demandado noimpedirá la celebración del juicio, quecontinuará sin necesidad de declarar surebeldía.

Al otrosí, como se solicita, citándosea los legales representantes de lasempresas demandadas para la prácticade la prueba de confesión judicial seña-lada para el día del juicio; en cuantoa la documental del apartado A), requié-rase a las empresas demandadas paraque aporten los documentos interesa-dos, y en cuanto al apartado B), requié-rase a la empresa Mina La Camocha,S.A., en el sentido interesado.

Notifíquese la presente a las partes,sirviendo este proveído de notificaciónen forma legal.

Propuesta de providencia

La Secretaria judicial doña SusanaGarcía Santa-Cecilia.

En Gijón, a 29 de mayo de 2000.

Dada cuenta del estado de las actua-ciones y resultando que la parte deman-dada Servicios Mineros Industriales,S.L., se encuentra en ignorado parade-ro, notifíquese la resolución de fecha 22de mayo de 2000, por medio de edictos,que se publicarán en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias ytablón de anuncios de este Juzgado.Adviértase que las siguientes comuni-caciones dirigidas a la mencionada partese harán en estrados (art. 59 de la LPL).

Se acuerda, asimismo, emplazar alFondo de Garantía Salarial, de confor-midad con lo establecido en el art. 23.2de la LPL, a fin de que comparezca anteeste Juzgado para el acto de conciliacióny en su caso juicio, señalado para elpróximo día 10 de julio de 2000 y horas10,32 de su mañana.

Adviértase que contra la presenteresolución podrá interponerse recursode reposición ante este Juzgado, en elplazo de tres días hábiles siguientes asu notificación.

Notifíquese la presente a las partes,sirviendo este proveído de notificaciónen forma legal.

Lo que propongo a S.S.ª para suconformidad.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación, en legalforma, a Servicios Mineros, S.L., cuyoúltimo domicilio se hallaba en calle SanFernando, 40-5.º D, de Gijón y en laactualidad se halla en ignorado para-dero, a fin de que comparezca al actode juicio el día 10 de julio de 2000, alas 10,32 horas de su mañana, expidola presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Gijón, a 29 de mayo de 2000.—LaSecretaria.—9.778.

— • —

Doña Susana García Santa-Cecilia,Secretaria judicial del Juzgado de loSocial número tres de Gijón,

Hago saber: Que en autos número402/2000, de este Juzgado de lo Social,seguido a instancia de don Jesús MarrónMartínez, contra la empresa Aluminiosde Tremañes, S.A. y Fondo de GarantíaSalarial, sobre ordinario, se ha dictadola siguiente:

Propuesta de providencia: La Secre-taria judicial doña Susana García San-ta-Cecilia.

En Gijón, a 30 de mayo de 2000.

Dada cuenta del estado de las actua-ciones, y resultando que la parte deman-dada Aluminios de Tremañes, S.A., seencuentra en ignorado paradero, noti-fíquese la resolución de fecha de hoypor medio de edictos, que se publicaránen el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias y tablón de anunciosde este Juzgado. Adviértase que lassiguientes comunicaciones dirigidas a lamencionada parte se harán en estrados(art. 59 de la LPL).

Cítese a la referida demandada, a finde que comparezca ante este Juzgadopara el acto de conciliación y, en su caso,juicio, señalados para el próximo día 13de julio de 2000 y horas 11,17 de sumañana.

Adviértase que contra la presenteresolución podrá interponerse recursode reposición ante este Juzgado en elplazo de tres días hábiles siguientes asu notificación.

Notifíquese la presente a las partes,sirviendo este proveído de notificaciónen forma legal.

Lo que propongo a S.S.ª para suconformidad.

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15–VI–2000 7039BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de citación en legalforma a Aluminios de Tremañes, S.A.,cuyo último domicilio se hallaba en calleBazán, 15, Tremañes (Gijón), y en laactualidad se halla en ignorado para-dero, a fin de que comparezca al actode juicio el día 13 de julio de 2000, alas 11,17 horas de su mañana, expidola presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, en Gijón, a 30 de mayo de2000.—La Secretaria.—9.756.

— • —

EdictoDoña Susana García Santa-Cecilia,

Secretaria judicial del Juzgado de loSocial número tres de Gijón,

Hago saber: Que en proceso seguidoante este Juzgado de lo Social númerotres, registrado con el número 449/98,ejecución número 221/98, a instancia deJosé Antonio Gómez de la Vega, contraConstrucciones Goferga, S.L., en losque se ha dictado la siguiente reso-lución:

Propuesta de providencia: La Secre-taria judicial doña Susana García San-ta-Cecilia.

En Gijón, a 25 de mayo de 2000.

Por presentado por el GraduadoSocial Juan Sánchez de la Cruz el ante-rior escrito y copias acompañadas, ycomo se solicita en el mismo, se acuerdasacar a la venta en pública subasta, portérmino de veinte días, los siguientesbienes embargados como propiedad dela parte demandada, cuya relación ytasación es la siguiente:

Bienes que se subastan y valoración

1.—Finca urbana 9.857. Departamen-to número uno, local sito en planta desótano del edificio señalado con elnúmero 13 de la calle Honduras, barriode La Calzada, en Gijón, 1/8 parte indi-visa destinada a plaza de garaje número5. Inscrita en el Registro de la Propiedadnúmero dos, libro 227 y tomo 1.052.Valorada pericialmente en la cantidadde seiscientas cincuenta mil (650.000)pesetas.

2.—Finca urbana 9.859. Departamen-to número dos, local comercial, sito enplanta baja del edificio señalado con elnúmero 13 de la calle Honduras, barriode La Calzada, en Gijón, con una super-ficie de 94 metros cuadrados útiles. Ins-crita en el Registro de la Propiedadnúmero dos de Gijón, libro 227 y tomo

1.052. Valorada pericialmente en la can-tidad de tres millones setecientas sesen-ta mil (3.760.000) pesetas.

3.—Finca urbana 9.861. Departamen-to número tres, local comercial sito enplanta baja del edificio señalado con elnúmero 13 de la calle Honduras, barriode La Calzada, en Gijón, con una exten-sión de 138,79 metros cuadrados útiles.Inscrita en el Registro de la Propiedadnúmero dos, libro 227 y tomo 1.052.Valorada pericialmente en la cantidadde cinco millones quinientas cincuentay una mil seiscientas (5.551.600) pesetas.

4.—Finca urbana 11.238. Localcomercial sito en la planta baja de unedificio en construcción, sito en la calleCarretera Vizcaína, 30 y 32, puertaizquierda, con una extensión de 125,16metros cuadrados. Inscrita en el Regis-tro de la Propiedad número dos, libro243 y tomo 1.060. Valorada pericialmen-te en la cantidad de siete millones qui-nientas nueve mil seiscientas (7.509.600)pesetas.

5.—Finca 11.240. Local comercial sitoen planta baja de un edificio en cons-trucción, sito en la calle Carretera Viz-caína 30 y 32, con una extensión de117,56 metros cuadrados. Inscrita en elRegistro de la Propiedad número dos,libro 243, tomo 1.068 y folio 93. Valo-rada pericialmente en la cantidad de sie-te millones cincuenta y tres mil seiscien-tas 7.053.600) pesetas.

6.—Finca urbana 24.303. Departa-mento número uno de la casa número18 de la calle del Cueto, en villa de Can-dás, y concejo de Carreño. Local comer-cial con acceso a la calle, de extensión178,38 metros cuadrados. Inscrita en elRegistro de la Propiedad número tres,libro 314, tomo 879. Valorada pericial-mente en la cantidad de nueve millonesochocientas diez mil novecientas(9.810.900) pesetas.

7.—Finca urbana 24.315. Departa-mento número uno de la casa s/n dela calle Doctor Fleming, de la villa deCandás, en concejo de Carreño. Localcomercial con extensión de 289,14metros cuadrados útiles. Inscrita en elRegistro de la Propiedad número tres,libro 317, tomo 877. Valorada pericial-mente en la cantidad de diez millonesciento diecinueve mil novecientas(10.119.900) pesetas.

8.—Finca urbana 11.555-bis, antes23.014. Trozo de terreno en términosde San Nicolás, parroquia de Ceares yconcejo de Gijón. Inscrita en el Registrode la Propiedad número cinco, libro 164,tomo 1.935. Valorada pericialmente enla cantidad de siete millones quinientasmil (7.500.000) pesetas.

9.—Una mitad indivisa de la fincaurbana reseñada con el número 11.496.Departamento número uno, local sitoen la planta de sótano, de un edificioen construcción, señalado con el núme-ro seis de la calle Cueto, en Gijón, barriode La Calzada. Inscrita en el Registrode la Propiedad número dos de Gijón.Libro 252, tomo 1.077, Ayuntamientode Gijón. Valorada pericialmente en lacantidad de seis millones quinientas mil(6.500.000) pesetas.

10.—Grúa torre, marca Jaso J-23, de15 metros de altura, con radio de girode 30 metros, y de carga en punta 700kg. Valorada pericialmente en la can-tidad de un millón ochocientas mil(1.800.000) pesetas.

Condiciones de la subasta

Tendrá lugar en la Sala de Audienciade este Juzgado sito en Gijón, en pri-mera subasta el día 25 de octubre de2000. Caso de no haber licitadores osiendo inadmisibles sus posturas, secelebrará segunda subasta el día 29 denoviembre de 2000. Si en ésta volvierana darse esas circunstancias se celebrarála tercera subasta el día 27 de diciembrede 2000.

Todas ellas se celebrarán a las 11,30horas de la mañana.

Si por causa de fuerza mayor se sus-pendiese cualquiera de ellas, se celebra-rá al día siguiente hábil, a la misma horay en el mismo lugar, y en días sucesivos,si se repitiera o subsistiese dicho impe-dimento.

Las subastas se celebrarán bajo lascondiciones siguientes:

Primera.—Antes de verificarse elremate podrá el deudor liberar sus bie-nes, pagando principal, intereses y cos-tas, después de celebrada quedará laventa irrevocable.

Segunda.—Los licitadores deberándepositar previamente en la cuenta dedepósitos y consignaciones de este Juz-gado, abierta en el Banco Bilbao Viz-caya, oficina judicial, número de cuenta3296 0000 64 221/1998, el 20% del valorde tasación fijado para la subasta enlotes, lo que acreditarán en el momentode la subasta (art. 1.500.1.º L.E.C.).

Tercera.—En todas las subastas, des-de el presente anuncio hasta su cele-bración, podrán hacerse posturas porescrito en pliego cerrado, que se pre-sentarán en la Secretaría del Juzgado.Dicho pliego cerrado se conservarácerrado por la Secretaria judicial, y seráabierto en el acto del remate al publi-carse las posturas (art. 1.499 II L.E.C.).

Cuarta.—El ejecutante podrá tomarparte en las subastas y mejorar las pos-turas que se hicieran sin necesidad deconsignar depósito (art. 1.501 L.E.C.).

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Quinta.—Las subastas se celebraránpor el sistema de pujas a la llana, y enla primera no se admitirán posturas queno cubran las 2/3 partes de la valoración.

Sexta.—En segunda subasta, en sucaso, los bienes saldrán con rebaja del25% del tipo de tasación, y por tantono se admitirán posturas que no cubranel 50% de la valoración (art. 1.504L.E.C.).

Séptima.—En la tercera subasta, sifuera necesario celebrarla, no se admi-tirán posturas que no excedan del 25%de la valoración del lote (art. 261 aL.P.L.). Si hubiera postor que ofrezcasuma superior se aprobará el remate.

De resultar desierta esta última ten-drán los ejecutantes o, en su defecto,los responsables legales solidarios o sub-sidiarios el derecho de adjudicarse losbienes por el 25% del avalúo, dándo-seles a tal fin el plazo común de 10 días.De no hacerse uso de este derecho sealzará el embargo.

Octava.—Si los bienes subastadosfueren inmuebles se advierte que las cer-tificaciones del Registro de la Propiedada las que se refiere la regla 4.ª del artí-culo 131 de la Ley Hipotecaria estánde manifiesto en las actuaciones dondepodrán ser examinadas, previniéndoseque las cargas anteriores o preferentes,quedarán sin cancelar.

Novena.—Los remates podrán ser encalidad de ceder a tercero, si la adqui-sición o adjudicación ha sido practicadaen favor de los ejecutantes o de los res-ponsables legales solidarios o subsidia-rios (art. 263 L.P.L.).

Décima.—Si la adquisición en subastao adjudicación del bien se realiza enfavor de parte de los ejecutantes (sihubiere varios) y el precio de la adju-dicación es suficiente para cubrir todoslos créditos de los restantes acreedores,los créditos de los adjudicatarios sólose extinguirán hasta la concurrencia dela suma que sobre el precio de adju-dicación debería serles atribuida en elreparto proporcional. De no ser inferioral precio deberán los acreedores adju-dicatarios abonar el exceso en metálico(art. 262 de la L.P.L.).

Decimoprimera.—El precio delremate deberá abonarse en el plazo de3/8 días (según se trate de subasta debienes muebles o inmuebles) siguientesa la aprobación del mismo.

Decimosegunda.—Obra en la Secre-taría de este Juzgado certificación regis-tral en la que consta la titularidad deldominio del bien subastado y el estadode sus cargas y gravámenes, donde pue-den ser examinados, debiendo confor-marse con ellos, sin tener derecho a exi-gir otros, y que las cargas y gravámenes,si los hubiere, al crédito de los ejecu-tantes, continuarán subsistentes, enten-diéndose que el rematante los aceptay queda subrogado en las responsabi-lidades de los mismos, sin destinarse asu extinción el precio del remate.

Remítanse los oportunos edictos desubasta a los sitios de costumbre.

Modo de impugnarla: Medianterecurso de reposición a presentar eneste Juzgado dentro de los tres díashábiles siguientes al de recibirla, cuyasola interposición no suspenderá la eje-cutividad de lo que se acuerda (artículo184-1 de la Ley de Procedimiento Labo-ral).

Lo que propongo a S.S.ª para suconformidad.

Y para que sirva de notificación alpúblico en general y a las partes de esteproceso en particular, el que se publi-cará en cumplimiento de lo establecidoen leyes procesales, expido la presenteen Gijón, a 25 de mayo de 2000.—LaSecretaria.—9.510.

DE OVIEDO NUMERO TRES

Edictos.-Cédulas de citaciónDon Luis de Santos González, Secre-

tario judicial del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Oviedo,

Hago saber: Que en autos de este Juz-gado de lo Social, seguidos a instanciade Rafael Alejandro Monllor y 14 más,contra la empresa B.S.B., S.A., BussinesSystem Binary, S.A., sobre cantidad, seha acordado citar a Bussines SystemBinary, S.A., en ignorado paradero, afin de que comparezca el día 5 de julio,a las 10 horas de su mañana, para lacelebración de los actos de conciliacióny, en su caso, juicio, que tendrán lugaren la Sala de Vistas de este Juzgadode lo Social número tres, sito en la calleSanta Teresa, 15-2.ª planta, debiendo

IMPRENTA REGIONAL

comparecer personalmente o mediantepersona legalmente apoderada, y contodos los medios de prueba de queintente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria, y que dichosactos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de citación en legalforma a Bussines System Binary, S.A.,en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias,en Oviedo, a 24 de mayo de 2000.—ElSecretario.—9.753.

— • —

Don Luis de Santos González, Secre-tario judicial del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Oviedo,

Hago saber: Que en autos de este Juz-gado de lo Social, seguidos a instanciade doña Sonia Lago Menéndez, contrala empresa Bussines System Binary,S.A., sobre despido, se ha acordado citara Bussines System Binary, S.A., en igno-rado paradero, a fin de que comparezcael día 5 de julio, a las 10 horas de sumañana, para la celebración de los actosde conciliación y, en su caso, juicio, quetendrán lugar en la Sala de Vistas deeste Juzgado de lo Social número tres,sito en la calle Santa Teresa, 15-2.ª plan-ta, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apode-rada, y con todos los medios de pruebade que intente valerse, con la adverten-cia de que es única convocatoria, y quedichos actos no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de citación en legalforma a Bussines System Binary, S.A.,en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias,en Oviedo, a 30 de mayo de 2000.—ElSecretario.—9.751.