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BOLETIN OFICIAL Universidad Nacional de Río Cuarto Año: 2016 – Nº: 1 Río Cuarto, Córdoba, República Argentina, Lunes 11 de Enero del 2016 www.unrc.edu.ar/boletinoficial SUMARIO RCS0423-2015-ROVERE-T (14/12/15) - Aprobar la Adenda del Convenio de Colaboración entre esta Universidad Nacional de Río Cuarto y la Universidad Autónoma de Chapingo (México), obrante a fojas 46/48 del Expediente Nº 93120. RR1418-2015-ROVERE-T (14/12/15) - Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, para la cobertura de Un (1) cargo en Agrupamiento –MPSG-, Categoría –5- en el Jardín Maternal “Rayito de Sol” dependiente de la Secretaria de Bienestar de esta Universidad. RR1420-2015-ROVERE-T (14/12/15) - Aprobar la donación de Un (1) Ómnibus, marca Mercedes Benz, interno Nº 19, motor Nº 117111, Chasis Nº 080249, dominio UNU-704, número de inventario 332-03, modelo 1988, con capacidad para 24 pasajeros y en condiciones funcionales, a la Granja SIQUEM Asociación Civil, Las Higueras (Departamento Río Cuarto). RR1421-2015-ROVERE-T (14/12/15) - Aprobar la donación de Un (1) Ómnibus, marca Mercedes Benz, interno Nº 20, motor Nº 117381, Chasis Nº 080555, dominio UNU-705, número de inventario 332-04, modelo 1988, con capacidad para 24 pasajeros y en condiciones funcionales, al Frente de Murga Interbarrial “Mulato Mule” (Asociación Civil La Cultural). RR1423-2015-ROVERE-T (14/12/15) - Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 023/15. RR1424-2015-ROVERE-T (14/12/15) - Aprobar la liquidación del Certificado de Obra Nº 3 A-A, Obra: “ REFACCION DE EDIFICIOS PARA DEPARTAMENTO DE CIENCIAS NATURALES – EDIFICIO CAMPUS Y PABELLON H”, adjudicada a favor de la firma LASCANO INGENIERÍA ARQUITECTURA S.A., Licitación Pública Nº 07/14, Contrato Nº 06/15, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($ 457.264,71). RCS0424-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar el Protocolo de Trabajo a suscribirse entre la Facultad de Ciencias Exactas, Físico-Química y Naturales de la Universidad Nacional de Río Cuarto y la Facultad de Turismo y Urbanismo de la Universidad Nacional de San Luis. RCS0425-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Incorporar al Presupuesto del Ejercicio 2015, vigente para la Universidad Nacional de Río Cuarto, la suma de PESOS CIENTO CUARENTA MIL ($140.000,00.-) con destino a financiar la realización del Ciclo “El Lugar del Hecho” - Nodo Río Cuarto, en el marco del Rector: Prof. Roberto Luis Rovere Vice Rector: Prof. Jorge R. Gonzalez Secretario General: Prof. Enrique G. Bergamo Secretario Económico: Prof. José Luis Tobares Secretaria de Posgrado y Coop. Inernacional: Prof. Gabriela I. Maldonado Secretaria Académica: Prof. Ana Vogliotti Secretario de Planeamiento y Rel. Institucionales: Prof. Jorge Oscar Guazzone Secretario de Trabajo: Prof. Jorge O. Martinez Secretario de Coordinación Técnica y Servicios: Prof. Juan Carlos Amatti Secretario de Ciencia y Técnica: Prof. Juan Miguel Marioli Secretario de Extensión y Desarrollo: Prof. Pedro Ducanto Secretario de Bienestar: Med.Vet. Fernando L. Moyano

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SUMARIO

RCS0423-2015-ROVERE-T (14/12/15) - Aprobar la Adenda del Convenio de Colaboración entre esta UniversidadNacional de Río Cuarto y la Universidad Autónoma de Chapingo(México), obrante a fojas 46/48 del Expediente Nº 93120.

RR1418-2015-ROVERE-T (14/12/15) - Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, para lacobertura de Un (1) cargo en Agrupamiento –MPSG-, Categoría –5- en elJardín Maternal “Rayito de Sol” dependiente de la Secretaria deBienestar de esta Universidad.

RR1420-2015-ROVERE-T (14/12/15) - Aprobar la donación de Un (1) Ómnibus, marca Mercedes Benz, internoNº 19, motor Nº 117111, Chasis Nº 080249, dominio UNU-704, númerode inventario 332-03, modelo 1988, con capacidad para 24 pasajeros y encondiciones funcionales, a la Granja SIQUEM Asociación Civil, LasHigueras (Departamento Río Cuarto).

RR1421-2015-ROVERE-T (14/12/15) - Aprobar la donación de Un (1) Ómnibus, marca Mercedes Benz, internoNº 20, motor Nº 117381, Chasis Nº 080555, dominio UNU-705, númerode inventario 332-04, modelo 1988, con capacidad para 24 pasajeros y encondiciones funcionales, al Frente de Murga Interbarrial “Mulato Mule”(Asociación Civil La Cultural).

RR1423-2015-ROVERE-T (14/12/15) - Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 023/15.RR1424-2015-ROVERE-T (14/12/15) - Aprobar la liquidación del Certificado de Obra Nº 3 A-A, Obra: “

REFACCION DE EDIFICIOS PARA DEPARTAMENTO DE CIENCIASNATURALES – EDIFICIO CAMPUS Y PABELLON H”, adjudicada afavor de la firma LASCANO INGENIERÍA ARQUITECTURA S.A.,Licitación Pública Nº 07/14, Contrato Nº 06/15, por la suma de PESOSCUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTAY CUATRO CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($ 457.264,71).

RCS0424-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar el Protocolo de Trabajo a suscribirse entre la Facultad deCiencias Exactas, Físico-Química y Naturales de la UniversidadNacional de Río Cuarto y la Facultad de Turismo y Urbanismo de laUniversidad Nacional de San Luis.

RCS0425-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Incorporar al Presupuesto del Ejercicio 2015, vigente para laUniversidad Nacional de Río Cuarto, la suma de PESOS CIENTOCUARENTA MIL ($140.000,00.-) con destino a financiar la realizacióndel Ciclo “El Lugar del Hecho” - Nodo Río Cuarto, en el marco del

Rector: Prof. Roberto Luis Rovere Vice Rector: Prof. Jorge R. Gonzalez Secretario General: Prof. Enrique G. BergamoSecretario Económico: Prof. José Luis Tobares Secretaria de Posgrado y Coop. Inernacional: Prof. Gabriela I. MaldonadoSecretaria Académica: Prof. Ana Vogliotti Secretario de Planeamiento y Rel. Institucionales: Prof. Jorge Oscar Guazzone Secretario de Trabajo: Prof. Jorge O. Martinez Secretario de Coordinación Técnica y Servicios: Prof. Juan Carlos AmattiSecretario de Ciencia y Técnica: Prof. Juan Miguel Marioli Secretario de Extensión y Desarrollo: Prof. Pedro DucantoSecretario de Bienestar: Med.Vet. Fernando L. Moyano

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SUMARIO“Proyecto CIN 024: Plan de Fomento a la Producción de Contenidos”,correspondiente al Programa Polos Audiovisuales Tecnológicos; ello conFuente de Financiamiento 11 – Recursos del Tesoro Nacional.

RR1425-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar el Convenio Específico entre esta UNIVERSIDAD NACIONALDE RÍO CUARTO –Facultad de Ciencias Humanas- y el DIARIOPUNTAL, obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 117978.

RR1427-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar el procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 118/15encuadrado dentro de los establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo25 Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso a)apartado 2., realizada con el objeto de contratar un “servicio de controlde plagas” solicitado por la Secretaría de Coordinación Técnica yServicios con destino a distintos sectores del campus de esta UniversidadNacional de Río Cuarto, adjudicando a favor de la firma DE PAOLIS,JUAN LUIS CUIT Nº 20-16529956-7, el renglón Nº 1 en la suma total dePESOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 96.000,00).

RR1428-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 026/15encuadrado dentro de los establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo25 Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b), realizada con elobjeto de contratar la provisión de un “Transformador de distribución detensión”, solicitado por la Secretaría de Coordinación Técnica yServicios de esta Universidad Nacional de Río Cuarto, adjudicando afavor de la firma ARTRANS S.A. C.U.I.T. Nº 30-59373041-3, el renglónNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MILCUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05).

RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 024/15encuadrado dentro de los establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo25 Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b), realizada con elobjeto de contratar la provisión de Equipamiento Informático, solicitadopor la Facultad de Ciencias Económicas de esta Universidad Nacional deRío Cuarto.

RR1430-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 022/15encuadrado dentro de lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b), realizada con elobjeto de contratar la provisión de pinturas y anexos solicitados por la

Rector: Prof. Roberto Luis Rovere Vice Rector: Prof. Jorge R. Gonzalez Secretario General: Prof. Enrique G. BergamoSecretario Económico: Prof. José Luis Tobares Secretaria de Posgrado y Coop. Inernacional: Prof. Gabriela I. MaldonadoSecretaria Académica: Prof. Ana Vogliotti Secretario de Planeamiento y Rel. Institucionales: Prof. Jorge Oscar Guazzone Secretario de Trabajo: Prof. Jorge O. Martinez Secretario de Coordinación Técnica y Servicios: Prof. Juan Carlos AmattiSecretario de Ciencia y Técnica: Prof. Juan Miguel Marioli Secretario de Extensión y Desarrollo: Prof. Pedro DucantoSecretario de Bienestar: Med.Vet. Fernando L. Moyano

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SUMARIOSecretaría de Coordinación Técnica y Servicios.

RR1431-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Establecer como Códigos de Dependencia del Servicio de Higiene,Seguridad y Ambiente Laboral y del Área de Salud Ocupacionaldependientes de la Secretaría de Trabajo de esta Universidad Nacional.

RR1432-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Establecer como Código de Dependencia 12-06 del Centro deCapacitación y Desarrollo de Tecnologías de la Información yComunicación – Informática Región Centro (IRC) dependiente de laSecretaría de Extensión y Desarrollo de esta Universidad Nacional.

RR1433-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar el procedimiento de CONTRATACION DIRECTA N° 113/15encuadrado dentro de los establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo25 Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso a) 2),realizada con el objeto de contratar la provisión de muebles para oficina,solicitado por la Facultad de Ingeniería de esta Universidad Nacional deRío Cuarto.

RCS0432-2015-ROVERE-T (17/12/15) - Aceptar la donación de los bienes de capital.RCS0433-2015-ROVERE-T (17/12/15) - Aceptar la donación de los bienes de capital.RCS0435-2015-ROVERE-T (17/12/15) - Homologar el Acuerdo Paritario correspondiente a las Actas Nº 05 y 06

de 2015 de la Comisión Paritaria Técnica del Sector No Docente.RCS0436-2015-ROVERE-T (17/12/15) - Aprobar el Convenio Específico entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE

RÍO CUARTO y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE VILLA MARIA,obrante a fojas 119/121 del Expediente Nº 119358.

RCS0437-2015-ROVERE-T (17/12/15) - Designar una Comisión “Ad-Hoc”, encargada de elaborar la redacciónfinal del Pronunciamiento de este Órgano de Gobierno sobre el Decretodel Poder Ejecutivo Nacional Nº 13/2015.

RCS0438-2015-ROVERE-T (17/12/15) - Manifestar su total apoyo al contenido normativo y organizacional de laLSCA 26.522/2009 en toda su amplitud y contención de la diversidadsocio-territorial y sectorial argentina, reflejada en su autoridad deaplicación: la AFSCA, tanto en su ubicación en la estructura orgánicaprevista en la ley, su conformación representativa de la diversidad desectores de la comunicación y sus funciones normativas y operativas,solicitando, en su consecuencia, se mantenga la plena aplicación de lareferida Ley.

RR1443-2015-ROVERE-T (17/12/15) - Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 018/15encuadrado dentro de lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25

Rector: Prof. Roberto Luis Rovere Vice Rector: Prof. Jorge R. Gonzalez Secretario General: Prof. Enrique G. BergamoSecretario Económico: Prof. José Luis Tobares Secretaria de Posgrado y Coop. Inernacional: Prof. Gabriela I. MaldonadoSecretaria Académica: Prof. Ana Vogliotti Secretario de Planeamiento y Rel. Institucionales: Prof. Jorge Oscar Guazzone Secretario de Trabajo: Prof. Jorge O. Martinez Secretario de Coordinación Técnica y Servicios: Prof. Juan Carlos AmattiSecretario de Ciencia y Técnica: Prof. Juan Miguel Marioli Secretario de Extensión y Desarrollo: Prof. Pedro DucantoSecretario de Bienestar: Med.Vet. Fernando L. Moyano

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SUMARIOInciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b), realizada con elobjeto de contratar la provisión de equipamiento informático solicitadopor la Facultad de Ciencias Humanas de esta Universidad Nacional deRío Cuarto.

RR1444-2015-ROVERE-T (17/12/15) - Aprobar el procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 092/15encuadrado dentro de los establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo25 Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso a)apartado 2., realizada con el objeto de contratar la provisión demateriales de plomería y sanitarios solicitados por la Secretaria deCoordinación Técnica y Servicios con destino al Departamento deMantenimiento de esta Universidad Nacional de Río Cuarto.

RCS0441-2015-ROVERE-T (18/12/15) - Aprobar el Proyecto: “FORMACION DE NIVEL SECUNDARIO PARANO DOCENTES DE LA U.N.R.C.” presentado por las SecretariasAcadémica y de Trabajo de esta Universidad Nacional de Río Cuarto.

RR1456-2015-ROVERE-T (18/12/15) - Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, para lacobertura de Un (1) cargo en Agrupamiento –MPSG-, Categoría –4- en elServicio Alimentario dependiente de la Secretaría de Bienestar de estaUniversidad, y una carga horaria semanal de 35 horas, a determinar poresa Secretaria.

RR1474-2015-ROVERE-T (18/12/15) - Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 027/15encuadrado dentro de lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b), realizada con elobjeto de contratar la provisión de semillas, herbicidas y fertilizantes,solicitados por la Facultad de Agronomía y Veterinaria de estaUniversidad Nacional de Río Cuarto.

RR1476-2015-ROVERE-T (18/12/15) - Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 019/15encuadrado dentro de lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b), realizada con elobjeto de contratar la provisión de materiales eléctricos, solicitados porla Secretaría de Coordinación Técnica y Servicios de esta UniversidadNacional de Río Cuarto.

RR1477-2015-ROVERE-T (18/12/15) - Aprobar el procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 109/15encuadrado dentro de lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso a) apartado

Rector: Prof. Roberto Luis Rovere Vice Rector: Prof. Jorge R. Gonzalez Secretario General: Prof. Enrique G. BergamoSecretario Económico: Prof. José Luis Tobares Secretaria de Posgrado y Coop. Inernacional: Prof. Gabriela I. MaldonadoSecretaria Académica: Prof. Ana Vogliotti Secretario de Planeamiento y Rel. Institucionales: Prof. Jorge Oscar Guazzone Secretario de Trabajo: Prof. Jorge O. Martinez Secretario de Coordinación Técnica y Servicios: Prof. Juan Carlos AmattiSecretario de Ciencia y Técnica: Prof. Juan Miguel Marioli Secretario de Extensión y Desarrollo: Prof. Pedro DucantoSecretario de Bienestar: Med.Vet. Fernando L. Moyano

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SUMARIO2., realizada con el objeto de contratar la provisión de neumáticossolicitados por la Secretaria de Coordinación Técnica y Servicios de estaUniversidad Nacional de Río Cuarto, adjudicando a favor de la firmaGOMERIA ALTAMIRANO S.A.

RCS0442-2015-ROVERE-T (23/12/15) - Aceptar la donación de los bienes de capital.RCS0443-2015-ROVERE-T (23/12/15) - Aprobar la incorporación y distribución por Centro de - - Gestión

Presupuestaria, según Programas o Equivalentes y por - - Clasificaciónpor Objeto del Gasto, de los aportes asignados a ésta - - UniversidadNacional, para el Ejercicio 2016.

RCS0444-2015-ROVERE-T (23/12/15) - Aceptar la donación de los bienes de capital.RCS0445-2015-ROVERE-T (23/12/15) - Aceptar la donación de los bienes de capital.RCS0446-2015-ROVERE-T (23/12/15) - Aceptar la donación de los bienes de capital.RCS0447-2015-ROVERE-T (23/12/15) - Aprobar el Texto Ordenado que como Nueva Versión del Plan de

Estudios 2003 para las Carreras Licenciatura en Administración,Contador Público y Licenciatura en Economía de la Facultad de CienciasEconómicas de esta Universidad.

RR1479-2015-ROVERE-T (23/12/15) - Aprobar el procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 123/15,encuadrado dentro de los establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo25 Inciso d) apartado 2) y Decreto Nº 893/12 Artículo 22°.

RR1483-2015-ROVERE-T (23/12/15) - Aprobar la Adenda del Convenio Específico entre esta UniversidadNacional de Río Cuarto y la Municipalidad de Río Cuarto, Secretaría deDesarrollo Urbano, Obras Públicas y Vialidad (EDECOM).

RR1484-2015-ROVERE-T (23/12/15) - Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, para lacobertura de Un (1) cargo vacante en Agrupamiento –Administrativo -Categoría -2- en la Dirección de Patrimonio dependiente de la DirecciónGeneral de Administración de la Secretaria Económica de estaUniversidad Nacional.

RR1494-2015-ROVERE-T (23/12/15) - Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 20/15encuadrado dentro de lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b), realizada con elobjeto de contratar la provisión de equipamiento de seguridad yvigilancia, solicitados por la Secretaría de Coordinación Técnica yServicios de esta Universidad Nacional de Río Cuarto.

RR1507-2015-ROVERE-T (29/12/15) - Aprobar el procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 124/15

Rector: Prof. Roberto Luis Rovere Vice Rector: Prof. Jorge R. Gonzalez Secretario General: Prof. Enrique G. BergamoSecretario Económico: Prof. José Luis Tobares Secretaria de Posgrado y Coop. Inernacional: Prof. Gabriela I. MaldonadoSecretaria Académica: Prof. Ana Vogliotti Secretario de Planeamiento y Rel. Institucionales: Prof. Jorge Oscar Guazzone Secretario de Trabajo: Prof. Jorge O. Martinez Secretario de Coordinación Técnica y Servicios: Prof. Juan Carlos AmattiSecretario de Ciencia y Técnica: Prof. Juan Miguel Marioli Secretario de Extensión y Desarrollo: Prof. Pedro DucantoSecretario de Bienestar: Med.Vet. Fernando L. Moyano

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SUMARIOencuadrado dentro de lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 12Inciso g) y Decreto Nº 893/12 Artículo 124 Inciso b), realizada con elobjeto de prorrogar la Orden de Compra Nº 18/15 por el seguro de losvehículos de transporte de pasajeros solicitado por la Secretaría deCoordinación Técnica y Servicios de esta Universidad Nacional de RíoCuarto.

RR1529-2015-ROVERE-T (29/12/15) - Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, para lacobertura de Un (1) cargo vacante en Agrupamiento –Administrativo -Categoría -5- en la Secretaria Administrativa de la Facultad de CienciasEconómicas de esta Universidad Nacional.

RR1538-2015-ROVERE-T (30/12/15) - Determinar que el Concurso Cerrado Interno de Antecedentes yOposición, para la cobertura de Un (1) cargo vacante en Agrupamiento–Administrativo- Categoría 1 en la Dirección General de la Facultad deAgronomía y Veterinaria de esta Universidad Nacional, convocado porResolución Rectoral Nº 1198/15, se llevará a cabo el día 22 de febrero de2.016.

RR: Resolución Rectoral - RCS:Resolución Consejo Superior - RJE: Resolución Junta Electoral RAU:Resolución Asamblea Universitaria - APD:Acta Paritaria Docente - APND: Acta Paritaria No Docente

Rector: Prof. Roberto Luis Rovere Vice Rector: Prof. Jorge R. Gonzalez Secretario General: Prof. Enrique G. BergamoSecretario Económico: Prof. José Luis Tobares Secretaria de Posgrado y Coop. Inernacional: Prof. Gabriela I. MaldonadoSecretaria Académica: Prof. Ana Vogliotti Secretario de Planeamiento y Rel. Institucionales: Prof. Jorge Oscar Guazzone Secretario de Trabajo: Prof. Jorge O. Martinez Secretario de Coordinación Técnica y Servicios: Prof. Juan Carlos AmattiSecretario de Ciencia y Técnica: Prof. Juan Miguel Marioli Secretario de Extensión y Desarrollo: Prof. Pedro DucantoSecretario de Bienestar: Med.Vet. Fernando L. Moyano

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RIO CUARTO, 14/12/2015

VISTO, el proyecto de Adenda al Convenio de Colaboración

entre esta Universidad Nacional de Río Cuarto y la Universidad

Autónoma de Chapingo (México), obrante a fojas 46/48 del Expediente N°

93120, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Consejo Superior Nº 046/09 se aprobó el

Convenio de Colaboración entre esta Casa de Estudios y la mencionada

Unidad Académica Mexicana.

Que en razón del vencimiento de la vigencia del referido

convenio, es necesario suscribir dicha Adenda a fin de renovar por

cinco años el citado acuerdo.

Que oportunamente se ha expedido la Dirección de Asuntos

Jurídicos de esta Universidad Nacional, mediante Dictámenes N° 5913 y

6409, obrantes a fojas 10 y 31, respectivamente.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron

conferidas por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad

Nacional y el Artículo 6º Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo

Superior.

EL CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º- Aprobar la Adenda del Convenio de Colaboración entre esta

Universidad Nacional de Río Cuarto y la Universidad Autónoma de

Chapingo (México), obrante a fojas 46/48 del Expediente Nº 93120, ello

por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

ARTICULO 2º- Autorizar a celebrar el acto de firma de la referida

Adenda en la persona del Rector de esta Universidad.

ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento

las áreas de competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DIECISIETE DIAS

DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

RESOLUCION Nº 423

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RIO CUARTO,14/12/15

VISTO, lo actuado en Expediente N° 118798 por el cual se tramita el

llamado a Concurso Cerrado Interno y General de Antecedentes y Oposición para

cubrir Un (1) cargo vacante en Agrupamiento -MPSG-, Categoría -5- en el Jardín

Maternal “Rayito de Sol” dependiente de la Secretaria de Bienestar de esta

Universidad Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que el referido Concurso, se realizará en un todo de acuerdo con lo

establecido por las Resoluciones Consejo Superior Nº 264/90, 148/00 su

modificatoria 061/04 y Providencias Resolutivas Consejo Superior Nros. 002/02 y

007/03, ello en un todo de acuerdo con lo dispuesto por Resolución Consejo Superior

Nº 017/08, Resolución Rectoral Nº 392/10 y lo reglamentado en el Decreto Nº 366/06.

Que existe factibilidad presupuestaria para acceder a lo solicitado.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el

Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R e s u e l v e:

ARTICULO 1º- Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, para la

cobertura de Un (1) cargo en Agrupamiento –MPSG-, Categoría –5- en el Jardín

Maternal “Rayito de Sol” dependiente de la Secretaria de Bienestar de esta

Universidad, y una carga horaria semanal de 35 horas en horario a determinar por la

Secretaria, con las especificaciones del Anexo -I- de la presente.

ARTICULO 2º- Declarar abierta la inscripción a partir del 15 al 19 de febrero de

2.016, de 08.00 a 12.00 Horas en la Dirección de Recursos Humanos, en cuyo lugar

deberán presentar curriculum vitae acompañado de la documentación que acrediten

antecedentes y certificados correspondientes. La Prueba de Oposición del

llamado a Concurso dispuesto por el Artículo 1° de la presente, se realizará

el día 29 de febrero de 2.016, a partir de las 09:00 horas en el ámbito de la

Secretaría de Bienestar de esta Universidad o en lugar a determinar.

ARTICULO 3º- No se admitirá presentación de antecedentes, certificaciones y ningún

tipo de documentación, con posterioridad a la fecha de cierre de la inscripción.

ARTICULO 4º- Determinar que en el caso de no registrarse inscripción de postulantes

al llamado a Concurso dispuesto por el Artículo 1º de la presente deberá llamarse a

Concurso Cerrado General de Antecedentes y Oposición, bajo las mismas

especificaciones indicadas en el Anexo –I- de la presente y encuadradas en los

alcances previstos en el Artículo 61º Inciso b) de la Resolución Consejo Superior

Nº 148/00 y su modificatoria 061/04, excepto en cuanto a las fechas de: inscripción,

prueba de oposición y evaluación de los antecedentes y expedición del Jurado sobre

el resultado final del Concurso, que serán las siguientes:

-Inscripción: 14 al 18 de marzo de 2016.

-Fecha de evaluación: 30 de marzo de 2016.

-Resultado: Plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados a partir desde la

fecha fijada para la evaluación de antecedentes o de la finalización de la prueba de

oposición. Dicho plazo podrá ampliarse por un período igual por razones

justificadas.

ARTICULO 5º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de

competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº1418

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ANEXO I RESOLUCION Nº1418

Unidad: Jardín Maternal RAYITO DE SOL

Responsabilidad Primaria:

Preparación de la alimentación diaria para el Jardín Maternal.

Remuneración:

La establecida por el Poder Ejecutivo Nacional, según el Escalafón

aprobado por Decreto 366/06 para el Agrupamiento y Categoría motivo del

concurso.

Condiciones Específicas

Tener experiencia en la función o en su defecto poseer conocimientos

sobre la misma.

- Los integrantes del Jurado serán:

TITULARES SUPLENTES

BERTOLONE, Mariela MOSCIARO, Eliana C.

DNI.N° 23.823.343 DNI.N° 22.363.324

CAÑAS, Rosa PRESTTI, Marcelo

DNI.N° 12.749.714 DNI.N° 23.529.045

CUCCHIETTI, Federico RAMA, Marcelo

DNI.N° 34.371.423 DNI.N° 21.999.001

- Veedor de A.T.U.R.C. a designar por esa Asociación Gremial.

Los integrantes del Jurado deberán cumplir las funciones estipuladas en la

Resolución Consejo Superior Nº 264/90 y deberá expedirse sobre el

resultado del concurso dentro de un plazo máximo de tres (3) días

hábiles, computados desde la fecha fijada para la evaluación de

antecedentes o de la finalización de la prueba de oposición. Dicho plazo

podrá ampliarse por un período igual por razones justificadas.

TEMARIO GENERAL

Organización y funciones de la Universidad.

Órganos de Gobierno de la Universidad.

Organización funcional de la Secretaria de Bienestar.

Principios básicos de Higiene para la manipulación de alimentos y

conservación de los mismos.

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SORTEO DE TEMAS

Una vez definido –por parte del Jurado- el número de preguntas

que integrarán el cuestionario objeto de la evaluación, cada uno

de sus miembros – individualmente- procederá a elaborarlas con

anterioridad al sorteo de temas. Este tendrá lugar quince (15)

minutos antes de la iniciación de la prueba de evaluación – en el

aula, sala y/o oficina habilitada para el concurso- ante los

postulantes que deseen estar presentes.

Las preguntas elaboradas por parte de cada uno de los miembros

integrantes del Jurado, serán colocadas en urna o sobre habilitado

para el correspondiente sorteo para su posterior extracción por

parte de –al menos un postulante.

En el caso en que al extraer las preguntas, el Jurado entienda que

alguna de ellas se repite, podrá -el mismo- ordenar la extracción

de una nueva.

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RIO CUARTO,14/12/15

VISTO, la nota presentada a fojas 1 del Expediente N° 117988 por

la Granja SIQUEM Asociación Civil, Las Higueras (Departamento Río

Cuarto), por la cual solicita la donación de una unidad de traslado de

pasajeros, y

CONSIDERANDO:

Que lo solicitado es en razón de la necesidad de contar con un

transporte que permita trasladar a los niños y jóvenes que asisten a la

mencionada granja.

Que ha intervenido la Secretaría de Coordinación Técnica y

Servicios de esta Universidad Nacional, a fojas 4, informando que existe

una unidad disponible para ser donada, cuya característica son: ómnibus

marca Mercedes Benz, interno Nº 19, motor Nº 117111, Chasis Nº 080249,

dominio UNU-704, número de patrimonio 332-03, modelo 1988, con capacidad

para 24 pasajeros y en condiciones funcionales.

Que ha intervenido el Departamento de Patrimonio a fojas 6,

informando que no tiene objeciones para la realización de la donación de

referencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por el Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R e s u e l v e:

ARTICULO 1º- Aprobar la donación de Un (1) Ómnibus, marca Mercedes Benz,

interno Nº 19, motor Nº 117111, Chasis Nº 080249, dominio UNU-704, número

de inventario 332-03, modelo 1988, con capacidad para 24 pasajeros y en

condiciones funcionales, a la Granja SIQUEM Asociación Civil, Las

Higueras (Departamento Río Cuarto), ello por los motivos indicados en los

considerandos de la presente.

ARTICULO 2º- Determinar que sobre la donación a que se hace referencia en

el Artículo 1º de la presente, deberá tomar la debida intervención el

Departamento de Patrimonio de esta Universidad Nacional.

ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº1420

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RIO CUARTO,14/12/15

VISTO, la nota presentada a fojas 1 del Expediente N° 117487 por

el Frente de Murga Interbarrial “Mulato Mule” (Asociación Civil La

Cultural), por la cual solicita la donación de una unidad de traslado de

pasajeros, y

CONSIDERANDO:

Que ha intervenido la Secretaría de Coordinación Técnica y

Servicios de esta Universidad Nacional, a fojas 5, informando que existe

una unidad disponible para ser donada, cuya característica son: ómnibus

marca Mercedes Benz, interno Nº 20, motor Nº 117381, Chasis Nº 080555,

dominio UNU-705, número de patrimonio 332-04, modelo 1988, con capacidad

para 24 pasajeros y en condiciones funcionales.

Que ha intervenido el Departamento de Patrimonio a fojas 6,

informando que no tiene objeciones para la realización de la donación de

referencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por el Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R e s u e l v e:

ARTICULO 1º- Aprobar la donación de Un (1) Ómnibus, marca Mercedes Benz,

interno Nº 20, motor Nº 117381, Chasis Nº 080555, dominio UNU-705, número

de inventario 332-04, modelo 1988, con capacidad para 24 pasajeros y en

condiciones funcionales, al Frente de Murga Interbarrial “Mulato Mule”

(Asociación Civil La Cultural), ello por los motivos indicados en los

considerandos de la presente.

ARTICULO 2º- Determinar que sobre la donación a que se hace referencia en

el Artículo 1º de la presente, deberá tomar la debida intervención el

Departamento de Patrimonio de esta Universidad Nacional.

ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº1421

Page 13: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

1

RÍO CUARTO, 14/12/15

VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 118.769 a

fojas 01/93, el informe técnico producido por la Facultad de Ciencias

Económicas obrante a fojas 81, y lo actuado por la Comisión Evaluadora

obrante a fojas 83, y

CONSIDERANDO:

Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones

legales y reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo establecido en el

Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34

Inciso b).

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el

Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 023/15

encuadrado dentro de los establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25

Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b), realizada con el

objeto de contratar la provisión de Equipamiento Informático, solicitado

por la Facultad de Ciencias Económicas de esta Universidad Nacional de Río

Cuarto, adjudicando a favor de la firma LEF ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-

70726207-5, el renglón Nº 1 3, 4 (alternativa), 5, 6 y 7, en la suma

total de PESOS TRESCIENTOS DIEZ MIL CIENTO VEINTICUATRO CON SETENTA Y

CUATRO CENTAVOS ($ 310.124,74).

ARTICULO 2º.- Desestimar la oferta base presentada para el renglón Nº 4 por

la firma LEF ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-70726207-5 por razones de precio y

calidad, según lo expresado en el informe técnico obrante a fojas 81.

ARTICULO 3º.- Declarar desiertos los renglones Nº 2 y 8 por falta de

ofertas.

ARTICULO 4º.- Autorizar la imputación contable por la suma total de PESOS

TRESCIENTOS DIEZ MIL CIENTO VEINTICUATRO CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS

($ 310.124,74) con cargo al ejercicio financiero en vigencia.

ARTICULO 5º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de la firma

mencionada en el artículo 1º de la presente Resolución, con posterioridad a

la recepción final del bien o servicio.

ARTICULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº 1423

Page 14: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO,14/12/15

VISTO, lo actuado en Incidente Nº 112.733-6, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1 del citado Incidente el Departamento de

Certificaciones y Control de Obras, solicita se liquide el Certificado de Obra

Nº 3 A-A- correspondiente a la Obra: “REFACCION DE EDIFICIOS PARA DEPARTAMENTO

DE CIENCIAS NATURALES – EDIFICIO CAMPUS Y PABELLON H”, adjudicada a la FIRMA

LASCANO INGENIERIA ARQUITECTURA S.A., Licitación Pública Nº 07/14,

suscribiéndose el Contrato Nº 06/15.

Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones

legales y reglamentarias en vigor de acuerdo con lo establecido por la Ley de

Obras Públicas Nº 13.064.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por los Artículos 22º y 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,

EL VICERRECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º- Aprobar la liquidación del Certificado de Obra Nº 3 A-A, Obra: “

REFACCION DE EDIFICIOS PARA DEPARTAMENTO DE CIENCIAS NATURALES – EDIFICIO

CAMPUS Y PABELLON H”, adjudicada a favor de la firma LASCANO INGENIERÍA

ARQUITECTURA S.A., Licitación Pública Nº 07/14, Contrato Nº 06/15, por la suma

de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON

SETENTA Y UN CENTAVOS ($ 457.264,71).

ARTICULO 2º - Deducir el anticipo financiero del 30% a la FIRMA antes

mencionada por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y

NUEVE CON CUARNTA Y UN CENTAVOS ($ 137.179,41).

ARTICULO 3º - Autorizar la retención del CINCO POR CIENTO (5%) en concepto de

Fondo de Reparo, sobre el monto bruto del certificado, según consta a fojas 2,

cuyo importe es de PESOS VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES CON

VEINTICUATRO CENTAVOS ($ 22.863.24).

ARTICULO 4º - Autorizar la liquidación y pago en favor de la Firma LASCANO

INGENIERIA ARQUITECTURA S.A., por el TOTAL NETO A PAGAR de PESOS DOSCIENTOS

NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON SEIS CENTAVOS ($ 297.222,06).

ARTICULO 5º - Las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente,

serán imputadas con cargo al Ejercicio vigente.

ARTICULO 6º - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCIÓN Nº1424

Page 15: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO, 15/12/2015

VISTO, el Protocolo de Trabajo a suscribirse entre la Facultad

de Ciencias Exactas, Físico-Química y Naturales de la Universidad Nacional

de Río Cuarto y la Facultad de Turismo y Urbanismo de la Universidad

Nacional de San Luis, obrante a fojas 2/5 del Incidente Nº 39.106-27, y

CONSIDERANDO:

Que el citado Protocolo, tiene como finalidad establecer una

vinculación multi e interdisciplinaria en docencia, investigación y

extensión en relación con la evaluación de características biológicas,

productivas y ambientales que condicionan el establecimiento y el

rendimiento de especies de plantas con usos aromático y medicinal en

condiciones silvestres y de cultivo.

Que se ha expedido la Dirección de Asuntos Jurídicos mediante

Dictamen Nº 7755 obrante a fojas 12, no realizando objeciones desde el

punto de vista legal.

Que por Resolución Nº 327/15 del Consejo Directivo de la

Facultad de Ciencias Exactas, Físico-Químicas y Naturales de esta

Universidad Nacional, se aprobó el mencionado Protocolo.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por el artículo 20° del Estatuto de esta Universidad Nacional y artículo 6º

Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,

EL CONSEJO SUPERIOR

R e s u e l v e:

ARTICULO 1°- Aprobar el Protocolo de Trabajo a suscribirse entre la

Facultad de Ciencias Exactas, Físico-Química y Naturales de la Universidad

Nacional de Río Cuarto y la Facultad de Turismo y Urbanismo de la

Universidad Nacional de San Luis, obrante a fojas 2/5 del Incidente Nº

39.106-27.

ARTICULO 2º - Autorizar a la Señora Decana de la Facultad de Ciencias

Exactas, Físico-Químicas y Naturales de esta Universidad Nacional, a

celebrar el acto de firma del referido Protocolo de Trabajo.

ARTICULO 3°- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR AL PRIMER DIA DEL MES DE

DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.

RESOLUCION N° 424

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RIO CUARTO, 15/12/2015

VISTO, la Ley Nº 27.008 aprobatoria del Presupuesto de la Administración

Nacional para el Ejercicio 2015, el Convenio ACUDGDyME Nº 1760/2013 suscripto

entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y

el Consejo Interuniversitario Nacional, y Plan Operativo de Fomento y

Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales del Sistema Argentino de

Televisión Digital Terrestre (SATVD-T), y

CONSIDERANDO:

Que por “Proyecto CIN 024: Plan de Fomento a la Producción de

Contenidos” correspondiente al Programa Polos Audiovisuales Tecnológicos, se

aprobó para la Universidad Nacional de Río Cuarto, la realización del Ciclo

“El Lugar del Hecho” - Nodo Río Cuarto.

Que por comunicación del Consejo Interuniversitario Nacional, se ha

asignado el monto correspondiente a la segunda cuota del referido proyecto,

por un importe de PESOS CIENTO CUARENTA MIL ($140.000,00.-), de acuerdo a lo

establecido en el Instructivo de la referida convocatoria de proyectos.

Que es facultad del Consejo Superior aprobar la incorporación de nuevos

recursos en el presupuesto para esta Universidad Nacional.

Que ha tomado intervención la Comisión de Presupuesto y Obras Públicas

de este órgano de Gobierno.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el

Artículo 20° del Estatuto de esta Universidad Nacional y por el Articulo 6°

Inciso 9 del Reglamento Interno del Consejo Superior,

EL CONSEJO SUPERIOR

R E S U E LV E:

ARTICULO 1º - Incorporar al Presupuesto del Ejercicio 2015, vigente para la

Universidad Nacional de Río Cuarto, la suma de PESOS CIENTO CUARENTA MIL

($140.000,00.-) con destino a financiar la realización del Ciclo “El Lugar del

Hecho” - Nodo Río Cuarto, en el marco del “Proyecto CIN 024: Plan de Fomento a

la Producción de Contenidos”, correspondiente al Programa Polos Audiovisuales

Tecnológicos; ello con Fuente de Financiamiento 11 – Recursos del Tesoro

Nacional.

ARTICULO 2° - Distribuyese por centro de gestión presupuestaria, programas y

partidas, el crédito incorporado en el artículo anterior para esta Universidad

Nacional de Río Cuarto, de acuerdo a la planilla que como Anexo I, forma parte

de la presente Resolución.

ARTICULO 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tome conocimiento las áreas

de competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR AL PRIMER DIA DEL MES DE

DICIEMBRE DEL AÑO DE DOS MIL QUINCE

RESOLUCIÓN Nº: 425

Page 17: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

ANEXO I RESOLUCIÓN Nº 425

PRESUPUESTO EJERCICIO 2015

DISTRIBUCIÓN PRESUPUESTARIA POR PROGRAMA O CATEGORÍA EQUIVALENTE

CENTROS DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO

FINALIDAD SERVICIOS SOCIALES

FUNCIÓN: CULTURA Y EDUCACIÓN

JURISDICCIÓN: MINISTERIO DE EDUCACIÓN

ORGANISMO UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 11 – CONTRIBUCIÓN GOBIERNO

Prog/ Act Central INCISO 1

INCISO 2 INCISO 3 INCISO 4 INCISO 5 TOTAL

P. 5-3 – Adm. Y Servicios – Servicios Profesionales

140.000,00

140.000,00

Area: 8 – 18 Producción Audiovisual y TV

TOTAL 140.000,00 140.000,00

CALCULO DE RECURSOS

Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL

FINALIDAD Servicios Sociales

FUNCIÓN Cultura y Educación

JURISDICCIÓN Ministerio de Educación

ORGANISMO Universidad Nacional de Río Cuarto

TRANSFERENCIAS A UNIVERSIDADES NACIONALES $140.000,00

FUENTE 11 TESORO NACIONAL $140.000,00

TOTAL GENERAL $140.000,00

Page 18: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO,15/12/15

VISTO, el proyecto de Convenio Específico entre esta UNIVERSIDAD

NACIONAL DE RÍO CUARTO –Facultad de Ciencias Humanas- y el DIARIO PUNTAL,

obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 117978, y

CONSIDERANDO:

Que el citado convenio, tiene como objetivo establecer un espacio

en el mencionado Diario para incluir artículos de opinión y/o análisis de

diversos temas que interesen a la opinión pública a partir de las distintas

visiones disciplinares con que cuenta la Facultad de Ciencias Humanas.

Que se ha expedido la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta

Universidad Nacional, mediante Dictamen Nº 7691, obrante a fojas 7.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por el Artículo 25° del Estatuto de esta Universidad Nacional,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R e s u e l v e:

ARTICULO 1°- Aprobar el Convenio Específico entre esta UNIVERSIDAD NACIONAL

DE RÍO CUARTO –Facultad de Ciencias Humanas- y el DIARIO PUNTAL, obrante a

fojas 2/4 del Expediente Nº 117978.

ARTICULO 2°- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION N°1425

Page 19: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RÍO CUARTO, 15/12/15

VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 118.873 a fojas 01/234, el informe técnico producido por Secretaría de Coordinación Técnica y Servicios obrante a fojas 226 y lo actuado por la Comisión Evaluadora obrante a fojas 227, y

CONSIDERANDO: Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones legales y

reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso a) apartado 2.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 25º del

Estatuto de esta Universidad,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R E S U E L V E: ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 118/15 encuadrado dentro de los establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso a) apartado 2., realizada con el objeto de contratar un “servicio de control de plagas” solicitado por la Secretaría de Coordinación

Técnica y Servicios con destino a distintos sectores del campus de esta Universidad Nacional de Río Cuarto, adjudicando a favor de la firma DE PAOLIS, JUAN LUIS CUIT Nº 20-16529956-7, el renglón Nº 1 en la suma total de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 96.000,00).

ARTICULO 2º.- Desestimar la totalidad de la oferta presentada por las firmas GHERGO

GUILLERMO LUIS, por no presentar garantía de oferta, según lo expresado en el art. 84 inc.

d) del Decreto 893/12; y ESTABRE MATILDE ELIZABETH, por no presentar la documentación

exigida en el pliego, según el art. 84 inc. k) del decreto 893/12; de acuerdo a lo informado

por la Dirección de Contrataciones a fojas 225.

ARTICULO 3º.- Autorizar la imputación contable por la suma total de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 96.000,00) con cargo al ejercicio financiero en vigencia.

ARTICULO 4º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de las firmas mencionadas en el artículo 1º.- de la presente Resolución, con posterioridad a la recepción final del bien o servicio.

ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de

competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº 1427

Page 20: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

1

RÍO CUARTO, 15/12/15

VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 118.874 a fojas 01/100, el

informe técnico producido por la Secretaría de Coordinación Técnica y Servicios obrante a fojas 94, y lo actuado por la Comisión Evaluadora obrante a fojas 95, y

CONSIDERANDO:

Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b).

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 25º del Estatuto de

esta Universidad,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 026/15 encuadrado

dentro de los establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso c) y Decreto Nº 893/12

Artículo 34 Inciso b), realizada con el objeto de contratar la provisión de un “Transformador de

distribución de tensión”, solicitado por la Secretaría de Coordinación Técnica y Servicios de esta

Universidad Nacional de Río Cuarto, adjudicando a favor de la firma ARTRANS S.A. C.U.I.T. Nº

30-59373041-3, el renglón Nº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO

MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05).

ARTICULO 2º.- Autorizar la imputación contable por la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05) con cargo al ejercicio financiero en vigencia.

ARTICULO 3º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de la firma mencionada en el artículo 1º de la presente Resolución, con posterioridad a la recepción final del bien o servicio.

ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de

competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº 1428

Page 21: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RÍO CUARTO, 15/12/15

VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 118.768 a fojas 01/107,

el informe técnico producido por la Facultad de Ciencias Económicas obrante a fojas 94 y 95, y lo actuado por la Comisión Evaluadora obrante a fojas 97, y

CONSIDERANDO:

Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b).

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 25º del

Estatuto de esta Universidad,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 024/15

encuadrado dentro de los establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso c) y

Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b), realizada con el objeto de contratar la provisión de

Equipamiento Informático, solicitado por la Facultad de Ciencias Económicas de esta

Universidad Nacional de Río Cuarto, adjudicando a favor de las siguientes firmas:

GARCÍA SOLER FERNANDO MARTÍN Y BONETTO EDGTARDO JOSÉ S.H. CUIT Nº 30-71185767-9: los renglones Nº 5 y 14; en la suma total de PESOS SEIS MIL CIENTO CINCO ($ 6.105,00).

LEF ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-70726207-5: los renglones Nº 2 (alternativa), 3, 4 y 6;

en la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTISEIS

CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 166.726,74).

ARTICULO 2º.- Desestimar la oferta base presentada para el renglón Nº 13 por la firma LEF ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-70726207-5 por precio excesivo, según lo expresado en el informe técnico obrante a fojas 94 y 95. ARTICULO 3º.- Declarar desiertos los renglones Nº 1, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 por falta de

ofertas y el renglón Nº 13, por falta de ofertas admisibles.

ARTICULO 4º.- Autorizar la imputación contable por la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 172.831,74) con cargo al ejercicio financiero en vigencia. ARTICULO 5º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de las firmas mencionadas en el artículo 1º de la presente Resolución, con posterioridad a la recepción final del bien o

servicio.

ARTICULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de

competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº 1429

Page 22: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RÍO CUARTO, 15/12/15

VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 118.765 a fojas 01/100, el

informe técnico producido por la Secretaría de Coordinación Técnica y Servicios obrante a fojas 90, las actuaciones a fojas 91/92, lo actuado por la Comisión Evaluadora obrante a fojas 93 según Dictamen Nº 065/15, las actuaciones a fojas 94/96, y

CONSIDERANDO: Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones legales y

reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b).

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 25º del Estatuto

de esta Universidad,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 022/15 encuadrado

dentro de lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso c) y Decreto Nº 893/12

Artículo 34 Inciso b), realizada con el objeto de contratar la provisión de pinturas y anexos

solicitados por la Secretaría de Coordinación Técnica y Servicios, adjudicando a favor de las

siguientes firmas:

PINTURERÍA CENTRAL S.R.L. - CUIT Nº 30-7093417-0, los renglones Nº 2, 4, 6, 7, 17, 20,

21, 23, 25, 27, 28, 30, 32, 34, 35, 36, 40, 41, 42, 46, 48, 49, 50, 51, 53, 57 y 60; en la suma

total de PESOS CIENTO CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS ($ 104.586,00).

PINTURERÍA DON SÁNCHEZ S.A. - CUIT Nº 30-70875086-3, los renglones Nº 1, 3, 5, 8, 9,

10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 18, 19, 22, 24, 26, 29, 31, 33, 37, 38, 39, 43, 44, 45, 47, 52, 54, 55,

56, 58, 59, 61 y 62 por menor precio y ajustarse a lo solicitado; en la suma total de PESOS

SESENTA Y OCHO MIL SETENTA Y CINCO ($ 68.075,00).

ARTICULO 2º.- Desestimar la totalidad de la oferta presentada por la firma CURLETTO HUGO

JACINTO por no presentar la garantía de mantenimiento de oferta, según lo estipulado en el

art. 84 inc. g) del Decreto 893/12; de acuerdo a lo informado por la Dirección de Contrataciones

a fs. 89.

ARTICULO 3º.- Autorizar la imputación contable por la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO ($ 172.661,00) con cargo al ejercicio financiero en vigencia. ARTICULO 4º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de las firmas mencionadas en el artículo 1º.- de la presente Resolución, con posterioridad a la recepción final del bien o servicio.

ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de

competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº 1430

Page 23: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO, 15/12/15

VISTO, la nota obrante a fojas 1 del Expediente Nº 119105,

presentada por el Secretario de Trabajo de esta Universidad Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada nota se solicita la creación de Códigos de

Dependencia para el Servicio de Higiene, Seguridad y Ambiente Laboral y el

Área de Salud Ocupacional dependientes de la mencionada Secretaría.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por el Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R e s u e l v e:

ARTÍCULO 1º- Establecer como Códigos de Dependencia del Servicio de Higiene,

Seguridad y Ambiente Laboral y del Área de Salud Ocupacional dependientes de

la Secretaría de Trabajo de esta Universidad Nacional, los que se detallan a

continuación:

Área Código de Dependencia

Servicio de Seguridad,

Higiene y Ambiente Laboral

14-02

Salud Ocupacional 14-03

ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº1431

Page 24: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO, 15/12/15

VISTO, la nota obrante a fojas 1 del Expediente Nº 119104,

presentada por el Coordinador General del Centro de Capacitación y

Desarrollo de Tecnologías de la Información y Comunicación – Informática

Región Centro (IRC) dependiente de la Secretaría de Extensión y Desarrollo

de esta Universidad Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada nota se solicita la creación de un Código de

Dependencia para el mencionado Centro.

Que se cuenta con la intervención de la Secretaría General de

esta Universidad Nacional.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por el Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R e s u e l v e:

ARTÍCULO 1º- Establecer como Código de Dependencia 12-06 del Centro de

Capacitación y Desarrollo de Tecnologías de la Información y Comunicación –

Informática Región Centro (IRC) dependiente de la Secretaría de Extensión y

Desarrollo de esta Universidad Nacional.

ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº1432

Page 25: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RÍO CUARTO, 15/12/15

VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 118.867 a fojas

01/57, el informe técnico producido por la Facultad de Ingeniería de esta

Universidad Nacional obrante a fojas 49, y lo actuado por la Comisión

Evaluadora en Dictamen 070/15 obrante a fojas 51, y

CONSIDERANDO:

Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones

legales y reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo establecido en el Decreto

Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34

Inciso a) 2).

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el

Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento de CONTRATACION DIRECTA N° 113/15

encuadrado dentro de los establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25

Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso a) 2),

realizada con el objeto de contratar la provisión de muebles para oficina,

solicitado por la Facultad de Ingeniería de esta Universidad Nacional de Río

Cuarto, adjudicando a favor de las siguientes firmas:

A la firma MACIA, JOSÉ HUMBERTO C.U.I.T. Nº 20-13221820-0, el renglón Nº 1,

2, 3, 4 (oferta base), 5, 6, 8 y 9 en la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA

Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($ 146.994,00).

A la firma AMAS IND. S.R.L. C.U.I.T. Nº 30-71477700-5, el renglón Nº 7 en la

suma total de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO ($ 4.934,00).

ARTICULO 2º.- Desestimar la oferta presentada por la firma AMAS S.R.L., para

el renglón Nº 1, por no presentar las muestras solicitadas, según lo

establece el art. 84 inc. o) del Decreto 893/12 y de acuerdo con lo

expresado por Dirección de Contrataciones a fs. 48.

ARTICULO 3º.- Autorizar la imputación contable por la suma total de PESOS

CIENTO CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO ($ 151.928,00), con cargo

al ejercicio financiero en vigencia.

ARTICULO 4º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de las firmas

mencionadas en el artículo 1º de la presente Resolución, con posterioridad a

la recepción final del bien o servicio.

ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº 1433

Page 26: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO,17/12/15

VISTO, el Incidente Nº 106434-3 donde se tramita la donación a

esta Universidad Nacional, por parte de los Profesores; Luis Alberto OTERO,

Walter Fabián GIORDANO, Fernando MOYANO, Viviana RIVAROLA, César Alfredo

BARBERO, Cecilia Liliana PAGLIERO y Germán Gustavo BARROS, y

CONSIDERANDO:

Que según lo manifestado por los Donantes, los bienes a

incorporar han sido adquiridos durante la ejecución de los Proyectos de

Investigación Científica y Tecnológica, convocatoria 2011 (PICT 2011), los

cuales han concluido en el corriente año.

Que los citados Proyectos fueron subsidiados por el Fondo para

la Investigación Científica y Tecnológica (FONCYT), dependiente de la

Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCyT), el cual

establece en su Manual de Administración de Operaciones que, una vez

finalizados los proyectos y en forma automática, el equipamiento adquirido

para la ejecución de los mismos quedan en propiedad de la Institución

Beneficiaria.

Que se adjuntan las fichas de donación y copia de los

comprobantes de adquisición de los bienes.

Que ha tomado intervención la Comisión de Presupuesto y Obras

Públicas de éste Consejo Superior.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y el Artículo

6º Inciso 9) del Reglamento Interno de este Cuerpo,

EL CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º- Aceptar la donación de los bienes de capital que se detallan en

el Anexo –I- de la presente, donde obra Descripción del Bien, Fecha de

Compra, Nº de Factura, Proveedor, Valor, Responsable Patrimonial y Ubicación

Física.

ARTÍCULO 2º- Determinar que los bienes donados a que se hace referencia en

el Anexo –I- de la presente, serán utilizados por la Facultad de Ciencias

Exactas de esta Universidad Nacional.

ARTÍCULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DIECISIETE DIAS DEL

MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

RESOLUCION Nº432

Page 27: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO, 17/12/15

VISTO, el Incidente Nº 101916-5 donde se tramita la donación a

esta Universidad Nacional, por parte de los Profesores; Erika BANCHIO,

Fabricio CASSAN, Héctor FERNANDEZ, Guillermo GARCIA, Carina MAGNOLI, Andrea

NESCI, Juan OTAMENDI y Gabriel PLANES, y

CONSIDERANDO:

Que según lo manifestado por los Donantes, los bienes a

incorporar han sido adquiridos a través de un subsidio, proveniente de

FONCYT –Fondo para la investigación científica y tecnológica- durante la

ejecución de los Proyectos “PICT 2010”.

Que se adjuntan las fichas de donación y copia de los

comprobantes de adquisición de los bienes.

Que ha tomado intervención la Comisión de Presupuesto y Obras

Públicas de éste Consejo Superior.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y el Artículo

6º Inciso 9) del Reglamento Interno de este Cuerpo,

EL CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º- Aceptar la donación de los bienes de capital que se detallan en

el Anexo I de la presente, donde obra Bien, fecha de compra, Nº de Factura,

Valor, Proveedor, Responsable Patrimonial, y el espacio físico en donde se

encuentra el bien.

ARTÍCULO 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DIECISIETE DIAS DEL

MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

RESOLUCION Nº 433

Page 28: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO,17/12/15

VISTO, lo actuado en Expediente Nº 116.388 y con relación

a las Actas Nº 05 y 06 de 2015 de la Comisión Paritaria Técnica

obrante a fojas 27/28 y 29/30, del Sector No Docente, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Acta Nº 5, ambas partes consideraron los

siguientes temas:

1) Programa de Capacitaciones 2015/2016 CECyF. 2) Solicitud de modificación del Artículo 75º de la

Resolución Consejo Superior Nº 264/90.

3) Sumarios Administrativos.

Que a través del Acta Nº 6, las partes trataron los

siguientes temas:

1) Sumarios administrativos para el Personal No Docente. 2) Renovación del periodo de pago de la Beca para el

Personal No Docente de la U.N.R.C.

3) Adicional por permanencia. 4) Solicitud de reestructuración de cargos en la UTI. 5) Inicio proceso de efectivización del Personal

Contratado de acuerdo al Convenio ME 1272/13.

6) Vigencia de Órdenes de Mérito de los concursos

generales agrupamientos A y MPSG.

7) Suplementos por Mayor Responsabilidad. 8) Adicionales por Títulos de pregrado.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron

conferidas por el Art. 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y

Artículo 6º del Reglamento Interno del Consejo Superior,

EL CONSEJO SUPERIOR

R e s u e l v e:

ARTICULO 1º- Homologar el Acuerdo Paritario correspondiente a las Actas Nº

05 y 06 de 2015 de la Comisión Paritaria Técnica del Sector No Docente,

las cuales obran como Anexo I y II, respectivamente, de la presente.

ARTICULO 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS QUINCE DIAS DEL MES

DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.

RESOLUCIÓN Nº435

Page 29: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO,17/12/15

VISTO, el proyecto de Convenio Específico entre la UNIVERSIDAD

NACIONAL DE RÍO CUARTO y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE VILLA MARIA, obrante a

fojas 119/121 del Expediente Nº 119358, y

CONSIDERANDO:

Que dicho Convenio tiene como objetivo que la Secretaria de

Ciencia Y Técnica de esta Universidad Nacional se constituya como Unidad

Administradora para la gestión administrativo-contable de los Proyectos

derivados del Centro de Investigaciones y Transferencias Villa María (CIT

Villa María) quien será la Unidad Ejecutora de los mismos.

Que se cuenta con la debida intervención de la Dirección de

Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 7782 obrante a fojas 117.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por el Artículo 20° del Estatuto de esta Universidad Nacional y Artículo 6º

Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,

EL CONSEJO SUPERIOR

R e s u e l v e:

ARTICULO 1° - Aprobar el Convenio Específico entre la UNIVERSIDAD NACIONAL

DE RÍO CUARTO y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE VILLA MARIA, obrante a fojas

119/121 del Expediente Nº 119358.

ARTICULO 2° - Autorizar al Rector de esta Universidad Nacional, a celebrar

el acto de firma del referido Convenio.

ARTICULO 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS QUINCE DIAS DEL MES

DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.

RESOLUCION N° 436

Page 30: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO,17/12/15

VISTO, las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 119560

referentes al Pronunciamiento de este Órgano de Gobierno ante el Decreto

del Poder Ejecutivo Nacional Nº 13/2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Decreto se creó el Ministerio de

Comunicaciones de la Nación y se estableció en su Artículo 23º las

competencias que le corresponden al referido Ministerio, algunas de la

cuales son incompatibles con las establecidas en la Ley de Servicios de

Comunicación Audiovisual (LSCA) 26.522/2009.

Que este Órgano de Gobierno apoya en su totalidad el contenido

normativo y organizacional de la mencionada Ley de Servicios de

Comunicación Audiovisual.

Que ante ello resulta procedente conformar una Comisión Ad-Hoc

cuya labor será elaborar la redacción final de dicho pronunciamiento.

Por ello y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y por el

Artículo 6º Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,

EL CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º- Designar una Comisión “Ad-Hoc”, encargada de elaborar la

redacción final del Pronunciamiento de este Órgano de Gobierno sobre el

Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 13/2015, la cual estará integrada

de la siguiente manera:

Consejeros:

Profesor Víctor BECERRA L.E. Nº: 8.439.685

Profesor César BARBERO D.N.I. Nº: 14.624.259

Profesora Viviana MACCHIAROLA D.N.I. Nº: 11.689.990

Profesor Gastón SCILINGO D.N.I. Nº: 26.925.724

Señor Adrián AVALOS D.N.I. Nº: 23.242.501

Señor Daniel GARIS D.N.I. Nº: 17.921.803

Señor José Ignacio TELLERIA RAMIREZ D.N.I. Nº: 36.283.999

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Miembros de la Comunidad Universitaria:

Profesor Elías Claudio ASAAD D.N.I. Nº: 16.529.949

Señor Luciano SALERNI D.N.I. Nº: 24.066.119

Señor Erwin RIVERO D.N.I. Nº: 33.827.304

Señor Mariano LLOBELL D.N.I. Nº: 35.672.646

ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS QUINCE DIAS DEL MES

DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE

RESOLUCION Nº437

Page 32: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO, 17/12/15

VISTO, la creación del Ministerio de Comunicaciones de la

Nación a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 13/2015 del

Poder Ejecutivo Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que la comunicación es un derecho humano, y es el Estado el

responsable de asegurar su accesibilidad y utilización desde y para toda

la diversidad de sectores y situaciones que conforman el tejido social y

territorial de la nación, para lo cual fue dictada la LSCA 26.522/2009 y

establecido un organismo de aplicación, la Autoridad Federal de Servicios

de Comunicación Audiovisual (AFSCA), que en su estructura funcional

contiene la heterogenidad de actores mencionados.

Que la LSCA Nº 26.522 votada en octubre de 2009 por el

Congreso de la Nación, construyó su texto final a partir de un

anteproyecto presentado en marzo de ese año por el Poder Ejecutivo

Nacional -basado en los 21 puntos propuestos por la Coalición para una

Radiodifusión Democrática- y fue puesto, además, a disposición de la

ciudadanía para su discusión.

Que antes de ingresar a tratamiento parlamentario, ese texto

fue debatido a lo largo del país en 24 Foros Participativos de Consulta

Pública organizados y realizados en el ámbito de las Universidades

Nacionales, y 80 encuentros de debate, en los que se recibieron y

analizaron propuestas de incorporación, modificación y eliminación de

artículos o partes de los mismos. Simultáneamente se generó un sitio

digital en el que se recibieron sugerencias y documentos. En total se

recibieron más de 1200 aportes que derivaron en más de 120 modificaciones

del anteproyecto original.

Que una vez presentado en el Congreso, se realizaron dos

audiencias públicas en la Cámara de Diputados y de Senadores, con más de

200 presentaciones, que llevaron a otras 20 modificaciones del proyecto,

lo que convirtió al proceso de creación de la LSCA 26.522/2009 en un

ejercicio de participación democrática inédito en la historia argentina.

Que en todo este proceso, su texto contiene el acuerdo de la

diversidad territorial, social, cultural y política e institucional y una

legitimidad indiscutible, más allá de la legalidad asignada por el

Congreso de la Nación.

Que además de la organización de los Foros mencionados, las

Universidades Nacionales realizaron sustantivos aportes académicos al

debate sobre la nueva ley.

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Que las Universidades Nacionales son sujetos de derecho de la

LSCA 26.522/2009 en tanto cuentan con licencias de 44 emisoras radiales

universitarias y les han sido asignadas frecuencias de Televisión Digital

Abierta (TDA).

Que esta Universidad, como institución que produce, investiga

y forma profesionales en comunicación, es parte de la red de

organizaciones e instituciones involucradas en el proceso de

democratización de la información.

Que la LSCA 26.522/2009 establece en su Artículo 10 - “Créase

como organismo descentralizado y autárquico en el ámbito del Poder

Ejecutivo nacional, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación

Audiovisual, como autoridad de aplicación de la presente ley” y en su

Artículo 11. — Naturaleza y domicilio. La Autoridad Federal de Servicios

de Comunicación Audiovisual poseerá plena capacidad jurídica para actuar

en los ámbitos del derecho público y privado y su patrimonio estará

constituido por los bienes que se le transfieran (…), mientras que el

contenido del DNU 13/2015 permitiría vulnerar las atribuciones y

funciones conferidas por los artículos mencionados a la AFSCA.

Que existen claras incompatibilidades de funciones, cuando el

DNU 13/2015 plantea que el Ministerio tiene facultades para “4. Ejercer

las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el

ejercicio de las actividades de su competencia”, mientras la LSCA

26.522/2009 en su Artículo 10 establece “Créase como organismo

descentralizado y autárquico en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional,

la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, como

autoridad de aplicación de la presente ley”.

Que las declaraciones mediáticas del Ministro Oscar Aguad,

contrarias al espíritu de la LSCA 26.522/2009, además de negar

explícitamente la importancia de esta normativa, se alinean con las

posturas y estrategias llevadas adelante por grupos concentrados de la

comunicación para incumplir lo legislado y vigente desde su aprobación y

hasta la fecha, aprovechando la posición dominante que poseen en los

mercados de la comunicación y de la industria cultural, imponiendo su

poderío económico para enfrentar las decisiones del Estado avaladas por

las instancias máximas de decisión política.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron

conferidas por el Art. 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y

Artículo 6º Inc. 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,

EL CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:

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ARTICULO 1º- Manifestar su total apoyo al contenido normativo y

organizacional de la LSCA 26.522/2009 en toda su amplitud y contención de

la diversidad socio-territorial y sectorial argentina, reflejada en su

autoridad de aplicación: la AFSCA, tanto en su ubicación en la estructura

orgánica prevista en la ley, su conformación representativa de la

diversidad de sectores de la comunicación y sus funciones normativas y

operativas, solicitando, en su consecuencia, se mantenga la plena

aplicación de la referida Ley.

ARTÍCULO 2º - Manifestar el rechazo a la política expresada por el

Ministro de Comunicaciones Oscar Aguad, tendientes a la derogación de la

LSCA 26.522/2009 o su no aplicación.

ARTÍCULO 3º - Solicitar al Honorable Congreso de la Nación que en uso de

sus atribuciones, cuando proceda a la revisión parlamentaria del DNU

13/2015 emitido por el Poder Ejecutivo nacional, tenga especialmente en

cuenta los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º - Declarar a la Universidad Nacional de Río Cuarto en vigilia

hasta que se logre garantizar la plena aplicación de la LSCA Nro. 26522,

entendiendo a ésta como un instrumento que permite la participación

popular y la expresión de la diversidad de pensamientos y opiniones.-.

ARTÍCULO 5º - Encomendar al Señor Rector de esta Universidad, la

presentación de este posicionamiento de la UNRC ante el CIN, solicitando

a ese organismo que se expida en consonancia con lo planteado por esta

Universidad Nacional y declare en estado de alerta al sistema

universitario nacional ante el eventual avance de acciones en la

dirección planteada por el Señor Ministro de Comunicación.

ARTÍCULO 6º - Hacer llegar el presente texto resolutivo tanto a la

Autoridad Federal (AFSCA), como a la Defensoría del Público de Servicios

de Comunicación Audiovisual, al Ministerio de Comunicaciones, al Consejo

Federal de Comunicación Audiovisual, a la presidencia de las Cámaras de

Diputados y Senadores de la Nación.

ARTÍCULO 7º - Difundir este posicionamiento a toda la trama de relaciones

institucionales que esta Universidad tiene en la región y el país,

invitando a adherir a ella y a expresar públicamente su posicionamiento.

ARTÍCULO 8º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS QUINCE DIAS DEL

MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE

RESOLUCION Nº 438

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RÍO CUARTO,17/12/15

VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 118.295 a fojas

01/205, lo actuado por la Comisión Evaluadora obrante a fojas 196 en Dictamen Nº

060/15, y

CONSIDERANDO:

Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones legales

y reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 1023/01

Artículo 25 Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b).

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 25º del

Estatuto de esta Universidad,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 018/15 encuadrado

dentro de lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso c) y Decreto

Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b), realizada con el objeto de contratar la provisión

de equipamiento informático solicitado por la Facultad de Ciencias Humanas de esta

Universidad Nacional de Río Cuarto, adjudicando a favor de las siguientes firmas:

KOST EMILIO OSVALDO - CUIT Nº 20-06559162-7, el renglón Nº 4 (alternativa), 5 y 6;

en la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO ($

149.818,00).

LEF ARGENTINA S.A. - CUIT Nº 30-70726207-5, el renglón Nº 1, en la suma total de

PESOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS CATORCE CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($

33.714,42).

INTERCITY COMUNICACIONES S.A. - CUIT Nº 30-70959404-0, el renglón Nº 2; en la suma

total de PESOS TRES MIL CUARENTA Y SIETE CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($ 3.047,32).

GARCIA SOLER FERNANDO MARTIN Y BONETTO EDGARDO JOSE S.H. - CUIT Nº 30-71185767-9,

el renglón Nº 7; en la suma total de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($

5.398,00).

ARTICULO 2º.- Desestimar la oferta presentada por la firma LEF ARGENTINA S.A.,

renglones Nº 6 y 7 por no ajustarse a lo solicitado, según los motivos informados

por la Facultad de Ciencias Humanas en informe técnico obrante a fojas 198.

ARTICULO 3º.- Declarar desierto el renglón Nº 3 por falta de ofertas.

ARTICULO 4º.- Autorizar la imputación contable por la suma total de PESOS CIENTO

NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($

191.977,74) con cargo al ejercicio financiero en vigencia.

ARTICULO 5º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de las firmas mencionadas en

el artículo 1º.- de la presente Resolución, con posterioridad a la recepción final

del bien o servicio.

ARTICULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de

competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº 1443

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RÍO CUARTO,17/12/15

VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 118.594 a fojas

01/136, el informe técnico producido por la Secretaria de Coordinación

Técnica y Servicios obrante a fojas 123/128, lo actuado por la Comisión

Evaluadora obrante a fojas 129 según Dictamen Nº 067/2015, las actuaciones a

fojas 130/132, y

CONSIDERANDO:

Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones

legales y reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo establecido en el Decreto

Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34

Inciso a) apartado 2.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el

Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 092/15

encuadrado dentro de los establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25

Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso a) apartado 2.,

realizada con el objeto de contratar la provisión de materiales de plomería

y sanitarios solicitados por la Secretaria de Coordinación Técnica y

Servicios con destino al Departamento de Mantenimiento de esta Universidad

Nacional de Río Cuarto, adjudicando a favor de las siguientes firmas:

DELLA SANTA EDUARDO LUIS - CUIT Nº 20-30346513-9, los renglones Nº 9, 25, 52

y 53; en la suma total de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($

2.259,00).

LEBENSOHN AGUSTIN - CUIT Nº 20-34870888-1, los renglones Nº 11 y 12; en la

suma total de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON CUARENTA

CENTAVOS ($ 4.348,40).

CORRALON FRANCO Y HERMANOS S.R.L. - CUIT Nº 30-70894364-5, los renglones Nº

2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 26,

27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45,

46, 47, 48, 49, 50, 51, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66,

67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85,

86, 87, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102,103, 104,

105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 119,

120, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 141, 142, 143 y 144; en la suma total de PESOS

CIENTO SETENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO CON SESENTA Y NUEVE ($

176.195,69).

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ARTICULO 2º.- Desestimar las ofertas presentadas por las siguientes firmas,

según los motivos expresados en informe técnico obrante a fs. 123/124:

LEBENSOHN AGUSTIN, los renglones Nº 1 y 88 por considerarse excesivo el

monto cotizado en relación al estimado preventivamente, y

CORRALON FRANCO Y HERMANOS S.R.L., el renglón Nº 88 por considerarse

excesivo el monto cotizado en relación al estimado preventivamente.

ARTICULO 3º.- Declarar desiertos los renglones Nº 1 y 88 por falta de

ofertas admisibles.

ARTICULO 4º.- Autorizar la imputación contable por la suma total de PESOS

CIENTO OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS TRES CON NUEVE CENTAVOS ($ 182.803,09)

con cargo al ejercicio financiero en vigencia.

ARTICULO 5º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de las firmas

mencionadas en el artículo 1º.- de la presente Resolución, con posterioridad

a la recepción final del bien o servicio.

ARTICULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº 1444

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RIO CUARTO,18/12/15

VISTO, el Expediente Nº 119.132, referido al Proyecto “FORMACION DE

NIVEL SECUNDARIO PARA NO DOCENTES DE LA U.N.R.C.”, elevado en forma conjunta por

las Secretarias Académica y de Trabajo de esta Universidad Nacional de Río Cuarto,

y

CONSIDERANDO:

Que el referido Proyecto, se deriva del Convenio Marco de Cooperación

entre el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba y esta Universidad

Nacional, firmado en el año 2011 por ambas Instituciones.

Que el mismo está destinado a Agentes No Docentes que se desempeñan en

el ámbito de esta Universidad, y que no acreditan el nivel secundario, dado a que

no lo han iniciado en su momento o debido a que por diversas circunstancias lo han

abandonado o interrumpido.

Que su fundamentación y objetivos se sustentan en el Documento Base

sobre Educación permanente para jóvenes y adultos (EPJA), aprobado por el Consejo

Federal de Educación, según Resolución Nº 118/10 y su estructura curricular está

aprobada por Resolución Nº 084/2011 para el Ciclo Básico (primer año) y la

Resolución Nº 148/2013 para el Ciclo Orientado (segundo y tercer año), ambas del

Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba.

Que la Ley de Educación Nacional establece en el Capítulo II – Fines y

objetivos de la política educativa nacional – Art. Nº 11 Inciso b)”Garantizar una

educación integral que desarrolle todas las dimensiones de la persona y habilite

tanto para el desempeño social y laboral, como para el acceso a estudios

superiores”.

Que en concordancia con ese objetivo, resulta necesario una formación

integral con mirada específica en lo referente a la formación para el trabajo, el

cual es parte del desarrollo productivo y científico – tecnológico, pero también

de la trama socio cultural y política de toda sociedad.

Que se ha expedido la Comisión de Enseñanza y Planeamiento de éste

Órgano de Gobierno.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el

Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y el Artículo 6º Inciso 9)

del Reglamento Interno del Consejo Superior,

EL CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º - Aprobar el Proyecto: “FORMACION DE NIVEL SECUNDARIO PARA NO DOCENTES

DE LA U.N.R.C.” presentado por las Secretarias Académica y de Trabajo de esta

Universidad Nacional de Río Cuarto, el cual obra como Anexo –I- de la presente

Resolución.

ARTÍCULO 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de

competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR AL PRIMER DIA DEL MES DE

DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

RESOLUCION Nº441

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ANEXO -I- RESOUCION Nº441

UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

SECRETARÍA ACADEMICA- SECRETARÍA DE TRABAJO

PROYECTO FORMACIÒN DE NIVEL SECUNDARIO PARA NO DOCENTES DE LA UNRC

1. Presentación y Justificación

El presente es un Proyecto de Formación de Nivel Secundario para Agentes No Docentes de la

UNRC. El mismo se deriva del Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio de

Educación de la provincia de Córdoba y la Universidad Nacional de Río Cuarto, firmado en

2011 por el Ministro de Educación de la Provincia y el Rector de la Universidad.

Está destinado a Agentes No Docentes que se desempeñan en el ámbito de la UNRC y que no

acreditan el nivel secundario, porque no lo han iniciado en su momento o porque, por diversas

situaciones, lo han abandonado o interrumpido.

Su fundamentación y objetivos se sustentan en el Documento Base sobre Educación

permanente para jóvenes y adultos (EPJA), aprobado por el Consejo Federal de Educación,

según Resolución Nº 118/10 y su estructura curricular está aprobada por Resol. Nº084/2011

para el Ciclo Básico (primer año) y la Resolución Nº 148/2013 para el Ciclo Orientado

(segundo y tercer año), ambas del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba.

Desde el objetivo de adecuar las condiciones institucionales para facilitar el acceso y la

continuidad de los trabajadores, la intención es implementarlo en la Universidad, con el

dictado de los diferentes módulos y según los requisitos y normativas establecidos por la

jurisdicción provincial; en tanto los exámenes finales de los mismos serán administrados por

tribunales examinadores integrados por profesores de los equipos responsables de su dictado

y serán refrendados por la jurisdicción, a los efectos de validar las acreditaciones, ya que será

quien otorgue la titulación.

La implementación de esta modalidad de nivel secundario en el ámbito de la UNRC se

realizará desde la figura de ´Anexo` del CENMA ´Remedios de Escalada de San Martín`, que

funciona en la sede de la Escuela Normal Superior Justo José de Urquiza, sita en la calle

Constitución Nº 1040 de la ciudad de Río Cuarto.

La necesidad de este proyecto estriba en la motivación de un gran número de trabajadores no

docentes por realizar o completar el nivel secundario por razones de índole personal (ser

alfabetizado, acompañar a los hijos en cuestiones educativas, por intereses de aprender),

laboral (en tanto responder a nuevas exigencias laborales y poder promocionarse) o con la

expectativa de continuar sus estudios.

En este sentido, la Ley de Educación Nacional establece en el Capítulo II - Fines y objetivos de

la política educativa nacional - Art. N° 11 - inciso b) “Garantizar una educación integral que

desarrolle todas las dimensiones de la persona y habilite tanto para el desempeño social y

laboral, como para el acceso a estudios superiores”.

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En concordancia con este objetivo, es necesaria una formación integral con mirada específica

en lo referente a la formación para el trabajo, el cual es parte del desarrollo productivo y

científico-tecnológico, pero también de la trama socio-cultural y política de toda sociedad.

En nuestra Universidad, la Dirección de Capacitación para No Docentes de la Secretaría de

Trabajo ha realizado recientemente un relevamiento en toda la planta y se han identificado 43

agentes con expectativas para realizar o completar el secundario. Algunos acreditan

asignaturas o cursos del nivel secundario ordinario, en tanto otros, sólo han completado el

nivel primario. Los agentes se desempeñan en las siguientes áreas o dependencias de la

Universidad: Facultades de Agronomía y Veterinaria (3) y de Ingeniería (1); Secretarías de

Bienestar (11), de Coordinación Técnica y Servicios (24), Económica (1) y General (3).

2. Antecedentes y fundamentación

Este Proyecto cuenta como antecedentes directos: a) el Proyecto ´Anexo del CENMA Nº 24 en

la UNRC` aprobado por Resolución Nº 018/ 2000 del Consejo Superior en el marco de un

Convenio de Servicios Educativos suscripto entre la Universidad Nacional de Río Cuarto y el

Estado Provincial, con fecha de Abril de 2000, en este proceso finalizaron sus estudios

secundarios el 85 % de los inscriptos (Expediente Nº 58682/2000); b) Servicio Educativo de

Nivel Medio para Adultos del Programa de Educación a Distancia en la Localidad de Río

Cuarto, dependiente del CENMA Nº 24 de Río Cuarto, a término, según Resolución Nº 3730 del

Director General de Educación Media, especial y Superior de la Prov. De Córdoba, con fecha

7/10/2007 y Resolución Nº 312/2008 del Consejo Superior de la UNRC en el marco del

Convenio firmado por el estado provincial y la UNRC de fecha 2/07/2007; en esa oportunidad,

sólo un número muy reducido de estudiantes finalizó sus estudios de nivel medio (Expediente

Nº 85652/2007). c) Implementación y ejecución de un programa equivalente al llevado a cabo

en el período 2000-2003, aprobado por Resolución Nº 068/ 2012 que establece la re-edición

del Secundario para el personal NO Docente de la UNRC y finalizar por única vez tanto a

quienes deban completar como aquellos que deseen iniciar sus estudios y determina que la

implementación del Secundario para el Personal No Docente se realiza en el marco del

Convenio suscripto entre el Ministerio de Educación de la provincia de Córdoba y la UNRC; en

esta implementación se registran 43 inscripciones, pero no se registran graduados, aunque sí

aprobaciones de algunos espacios curriculares (Expediente Nº 98194/2010).

La fundamentación del Proyecto que aquí se presenta, considera las experiencias precedentes

y adopta como fuentes para su fundamentación: la Ley de Educación Nacional N° 26.206, el

Documento Base sobre Educación permanente para jóvenes y adultos (EPJA), aprobado por el

Consejo Federal de Educación, según Resolución Nº 118/10 y las Resoluciones Nº 048/2011

y Nº 148/2013 del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba.

La Ley de Educación Nacional (LEN) N° 26.206. Sancionada en Diciembre de 2006,

constituye una herramienta fundamental de política de estado para contribuir a la

construcción de una sociedad más justa, entendiendo que la educación es un bien social

prioritario para lograr este objetivo.

Esta Ley establece que el estado debe avanzar con acciones y estrategias en

cumplimiento de sus prescripciones. En un Estado de derecho el sistema educativo es

el que debe adaptarse a las realidades de los sujetos y no a la inversa. Por ello la EPJA

debe buscar nuevas alternativas para llegar a las mayorías excluidas de la educación y

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atender a su diversidad previendo diferentes acciones y estrategias para promover

aprendizajes significativos y productivos, con sentido y calidad, procurando en todo

momento que quienes han quedado fuera del sistema educativo tengan acceso a

ejercer el derecho a la educación. Íntimamente relacionada con el principio de la

educación como proceso permanente, la igualdad como derecho impone al Estado

garantizar que todos los ciudadanos accedan a la educación obligatoria.

El pleno ejercicio de los derechos ciudadanos solo se consigue si cada persona tiene acceso al

conocimiento, si ha desarrollado un espíritu crítico y puede desenvolverse solidariamente con

independencia y libertad en la sociedad de la que forma parte. La educación es el instrumento

para construir conciencia ciudadana y espíritu reflexivo, para potenciar las herramientas

intelectuales que serán utilizadas en el transcurso de toda la vida.

La Educación de Jóvenes y Adultos forma parte de un proyecto educativo integral y debe

garantizar el derecho a la educación a lo largo de toda la vida; en este sentido debe asumir la

responsabilidad de dar respuesta a los ciudadanos jóvenes y adultos que por diversos motivos

han quedado excluidos de los niveles obligatorios del sistema educativo. Esto ha incidido para

que en las últimas décadas la modalidad sea considerada sólo como remedial y

compensatoria. El desafío es superar esta condición y afianzar nuestra identidad enmarcada

en la Educación Permanente donde esté garantizada la igualdad y la participación ciudadana

acorde a los valores éticos y democráticos y se generan las condiciones de universalidad para

que todas y todos los jóvenes y adultos puedan acceder a una educación equitativa y de

calidad .

Como antecedentes podemos mencionar: a partir del año 2004 se está implementando el

Programa Encuentro que ha posibilitado la alfabetización de más de 250.000 jóvenes y

adultos, y también que en el año 2008 se aprobó el Plan FinEs, que en su primera etapa ha

posibilitado que más de 200.000 jóvenes y adultos se inscribieran para completar estudios de

nivel secundario y más de 70.000 ya lo hayan logrado.

La Ley de Educación Nacional define a la Educación de Jóvenes y Adultos, en tanto

queda incluida dentro de “aquellas opciones organizativas y/o curriculares de la

educación común, dentro de uno o más niveles educativos, que procuran dar

respuesta a requerimientos específicos de formación y atender particularidades de

carácter permanente o temporal, personales y/o contextuales, con el propósito de

garantizar la igualdad en el derecho a la educación y cumplir con las exigencias

legales, técnicas y pedagógicas de los diferentes niveles educativos” (Art. N° 17).

La EPJA debe diseñar e implementar, conforme a las leyes que han recuperado su

especificidad, formas de organización flexibles que permitan al joven y al adulto

encontrar un ámbito en que se lo reconozca como tal. Así se podrá decir que se está

respondiendo efectivamente al deber del estado de garantizar para todos el derecho a

la educación.

Educación Permanente (EP). En este contexto la Educación Permanente es entendida

como la formación de los jóvenes y adultos a lo largo de toda la vida teniendo en

cuenta los cambios tecnológicos y científicos que impactan en el mundo laboral pero

también los cambios sociales y los requerimientos e intereses de los sujetos.

La Educación Permanente y la Educación Popular son enfoques propios de esta

concepción educativa que expresa la Ley de Educación Nacional en tanto se considera

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que toda acción pedagógica es a su vez política y la educación es una herramienta

privilegiada para la transformación de la sociedad, formadora de sentido crítico, de

toma de conciencia de problemas sociales y ambientales. Compatible con ello se

sostiene una perspectiva educativa eminentemente problematizadora,

fundamentalmente crítica y liberadora, que exige reflexión, análisis y transformación,

con una actitud que no se detiene en el verbalismo o el mensaje formal, sino que exige

acción. En este sentido se suscribe al pensamiento pedagógico de Paulo Freire que se

fundamente en una dialéctica entre la teoría y la práctica.

Educación para el trabajo. La vinculación con el mundo del trabajo es una necesidad

imperiosa en la modalidad que requiere ofrecer propuestas educativas que integren

terminalidad con Formación Profesional. Pero debemos tener en cuenta lo que significa una

formación integral, polifuncional y polivalente para desempeñarse más eficientemente en

relación de dependencia o en emprendimientos autogestionados de lo que significa la

articulación con Formación Profesional en el marco de la Ley de Educación Técnico Profesional

N° 26.058.

Educar en y para el trabajo significa valorizar las diferentes aptitudes de los

protagonistas sociales, brindar nuevas posibilidades de formación, transmitir

conocimientos y prácticas laborales, recrear saberes básicos, además de favorecer

una toma de conciencia sobre los problemas de contratación, salarios, derechos y

deberes del trabajador. En suma, significa desarrollar las aptitudes y las capacidades

necesarias para hacer del trabajo un factor de desarrollo personal, comunitario y

ciudadano que aporte el desarrollo de una sociedad más justa, más solidaria y más

humana. En ese proceso la incorporación de las nuevas TIC desde la alfabetización

tecnológica en los procesos de enseñanza y de aprendizaje, constituye una necesidad,

como así también el uso y la lectura crítica de los medios de comunicación.

Los estudiantes. La sociedad es un complejo entramado de personas que, a la vez que es

producto de la interacción entre ellos, los produce. De esta interrelación surgen los valores, las

creaciones materiales y simbólicas, las significaciones y sentidos del mundo y todo aquello que

se engloba en el concepto de cultura, que configura modos de vida y representaciones que

varían en cada comunidad o pueblo. No podemos abordar el tema de los sujetos como seres

aislados sino considerándolos en su contexto desde sus interrelaciones sociales, políticas,

económicas, culturales geográficas, históricas. Asimismo, debemos recurrir a las herramientas

conceptuales de disciplinas diversas en función de la incidencia de las dimensiones biológica,

psicológica, social y antropológica sobre la conformación subjetiva para comprender a los

sujetos.

Merece destacarse el papel fundamental que juega la inclusión en el ámbito laboral para la

conformación del sujeto social y la participación ciudadana, en dónde se valora especialmente

la acreditación de estudios y se reconoce su incidencia en la autoestima de los sujetos.

El sujeto de aprendizaje no constituye una abstracción homogénea sino que debe

considerarse en sus diferencias personales, en su contexto social, en su cultura para

promover en ellos aprendizajes significativos y socialmente productivos. El sujeto

pedagógico es una construcción que se realiza en el vínculo entre el educador, el

educando y el conocimiento. Tanto educador como educando son portadores de

conocimientos, saberes y experiencias que marcan con mayor énfasis ese vínculo

signado por la alternancia de sus posiciones, sin que deba perderse de vista el rol

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docente como mediador en la construcción del conocimiento. Esta característica se

suma a la igualdad ontológica en tanto vínculo que se produce entre seres humanos.

Los jóvenes y adultos además de sujetos de aprendizaje son productores de

conocimiento y transformadores del medio en el cual se desenvuelven.

Debemos considerar cómo se produce el aprendizaje. En el caso del joven y adulto el tránsito

de un pensamiento concreto a un pensamiento formal es un descubrimiento ya que la

posibilidad de operar con estructuras formales está presente pero en muchos casos no se le

presentan actividades que convoquen a su utilización. Es imprescindible tener diferentes

metodologías didácticas para que los estudiantes se apropien de las herramientas

conceptuales y desarrollen las estrategias acordes para la construcción y reconstrucción de

saberes enriqueciendo su producción y la de su entorno, tanto dentro como fuera de la

escuela; la escuela y la vida no pueden ser dos mundos, sino que en la palabra dicha y escrita

se representa lo cotidiano, aquello que tiene sentido en la vida particular de los sujetos.

Los docentes. Los educadores de jóvenes y adultos que componen la población de

estudiantes serán profesores titulados en sus campos disciplinares; y quienes se

desempeñan como docentes y no docentes dentro de la propia universidad. Lo

fundamental es que estos docentes posean una sólida formación disciplinar, socio-

política y humana, dominio de la alfabetización digital y una actualización didáctica

que le ayude a conocer e integrar los instrumentos tecnológicos y los nuevos

elementos culturales en general en su práctica.

Es esperable que se constituyan equipos de trabajo integrados por un responsable y

un colaborador a los efectos de favorecer un trabajo pedagógico en colaboración. En

virtud del tipo de estudiante, muchos de los cuales deben actualizar sus hábitos de

estudio, es necesario que se cuente con tutores docentes y tutores pares que ofrezcan

información, orientación, apoyo y ayuda pedagógica a cada estudiante que lo necesite.

Además de los docentes, los estudiantes avanzados en las diferentes carreras

universitarias, en el contexto de sus prácticas pre-profesionales o en las prácticas

socio-comunitarias, pueden constituirse en agentes propicios para colaborar en los

procesos formativos, a la vez que ellos mismos aprenden en estos espacios

educativos. Los estudiantes de los profesorados y de las carreras de educación

contienen un perfil adecuado para estos procesos.

Los docentes deben propender a una modalidad de enseñanza que tienda a la reflexión y la

experimentación en distintos contextos sociales y abordando relaciones con múltiples

sectores sociales que incluyan los problemas relativos al trabajo, salud, familia, desarrollo

social, entre otros, para que los estudiantes tengan oportunidades de interactuar con

realidades heterogéneas y de intercambiar aprendizajes en distintos ambientes y con diversos

sujetos. Las prácticas socio-comunitarias son instancias propicias para este tipo de

aprendizajes.

Considerando que la UNRC se dispone de profesionales de casi todas las áreas de

conocimiento, educación y salud, sería conveniente constituir equipos interdisciplinarios que

colaboren con los docentes posibilitando el trabajo en contextos diversos.

3. Objetivos y criterios

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Los objetivos de este Proyecto de Formación se enmarcan en el artículo 48 de la Ley de

Educación Nacional que establece:

- Brindar una formación básica desde un pensamiento crítico que permita adquirir

conocimientos y desarrollar las capacidades de expresión, comunicación, relación

interpersonal y de construcción del conocimiento, atendiendo las particularidades

socioculturales, laborales, contextuales y personales de la población destinataria.

- Desarrollar la capacidad de participación en la vida social, cultural, política y

económica y hacer efectivo su derecho a la ciudadanía democrática.

a) Mejorar su formación profesional y/o adquirir una preparación que facilite su

inserción y desempeño laboral con compromiso social.

b) Incorporar en sus enfoques y contenidos básicos la equidad de género y la

diversidad cultural

c) Promover la inclusión de los/as adultos/as mayores y de las personas con

discapacidades, temporales o permanentes.

d) Desarrollar una estructura curricular modular basada en criterios de flexibilidad y

apertura.

e) Otorgar certificaciones parciales y acreditar los saberes adquiridos a través de la

experiencia laboral.

f) Implementar sistemas evaluaciones y equivalencias que permitan y acompañen

la movilidad de los/as participantes.

g) Desarrollar acciones educativas presenciales o semipresenciales para

democratizar el conocimiento.

h) Promover la participación de los/as docentes y estudiantes en el desarrollo del

proyecto educativo, así como la vinculación con la comunidad local y con los

sectores laborales o sociales de pertenencia de los/as estudiantes

i) Promover el acceso al conocimiento y manejo de las nuevas tecnologías, desde

un proceso de alfabetización tecnológica con sentido crítico y social.

- La Ley de Educación Nacional, tanto en lo referente a la educación en general como a

la modalidad de la EPJA en particular, establece criterios para una educación que

promueve aprender a conocer, a hacer, a convivir, a proyectar y a ser, teniendo en

cuenta:

a- A la persona y sus experiencias y saberes.

b- su entorno local, provincial, nacional y universal.

c- Su cultura y el diálogo con otras culturas.

d- Sus características específicas.

e- La integración social, cultural, política, económica, ciudadana y laboral.

Asimismo expresa la necesidad insoslayable de desarrollar políticas que garanticen el acceso a

la educación a los sectores sociales excluidos o postergados; posibilitando su participación

crítica en la cada vez más compleja sociedad del conocimiento y el logro de herramientas que

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permita construir mejores condiciones de vida. El desarrollo de las nuevas tecnologías de la

información nos obliga a favorecer los aprendizajes y facilitar los medios que sustenten el

desarrollo de los conocimientos y de las competencias necesarias para la inclusión social y

profesional de calidad ya que la analfabetización digital dificulta la incorporación al mercado

laboral con la consecuente marginación o exclusión.

4. Organización Institucional y estructura curricular

Organización de la modalidad. Para concretar este proceso de formación se necesita un

modelo institucional inclusivo, respetuoso de la heterogeneidad de los sujetos y de sus

experiencias de vida. Un modelo institucional se configura a partir de vínculos, normativas,

historias, culturas, etc. y es sobre la base de esta complejidad donde se construye una

institución inclusiva que no reproduzca experiencias escolares negativas y proponga situar a

los jóvenes y adultos como protagonistas centrales de su propia formación.

Pensar en una institución inclusiva implica crear condiciones para la participación democrática

con apertura hacia la comunidad y a otras organizaciones que contribuya a la construcción de

una propuesta educativa pertinente. Se necesita también favorecer los movimientos

innovadores y las relativas autonomías de los actores dentro de las instituciones.

En nuestro caso en particular, se trata de construir una escuela dentro de otra escuela, la

universidad. Ésta constituye un lugar privilegiado para la reflexión, la elaboración y ejecución

de proyectos que permitan instalar el futuro como posibilidad, el conocimiento, la creatividad y

la responsabilidad como herramientas para transformar las condiciones adversas; con lo cual

este contexto nutre a la escuela secundaria para los agentes que se desempeñan en la propia

universidad, generando un espacio de formación con fluidas interacciones que enriquece

ambas instituciones.

El currículo del nivel secundario: Si bien el currículo de formación está preestablecido, en

necesario en su implementación una permanente contextualización (considerar problemáticas

y demandas sociales, laborales y productivas y su articulación con el nivel primario),

flexibilidad y apertura (tanto en lo curricular como normativo y administrativo) para atender a

la diversidad y ajustarse a los ritmos de aprendizaje a la vez que promueve su potenciación y

también a las condiciones de cada estudiante. El currículo debe propiciar la autonomía en la

organización y gestión de proyectos de aprendizajes; estar formado por itinerarios acordes a

las motivaciones, capacidades y proyectos futuros de los jóvenes y adultos y brindar

posibilidades de iniciar y retomar la formación, de reorganizar el tiempo presencial que se

requiere a través de otros recursos, como por ejemplo el aula virtual; propiciar las operaciones

cognitivas para el aprendizaje autónomo y una evaluación auténtica que aporte a la formación

desde la concientización de los procesos puestos en juego por los estudiantes para

mejorarlos.

El currículo debe brindar un espacio formativo para promover saberes que

contribuyan a la inclusión ciudadana, la continuación de estudios de nivel terciario o

universitario, la vinculación con el mundo del trabajo, habilidades para la construcción y

reconstrucción de un proyecto de vida y la transformación hacia una sociedad con justicia social

y sobre todo la formación en un pensamiento crítico que permita la lectura implícita de lo

explícito, lo subyacente para visibilizar las hegemonías y relaciones de poder.

La interdisciplinariedad, la relación dialéctica entre la teoría y la práctica, las

modalidades grupales, dialógicas y colaborativas y el pensamiento crítico, deben constituirse en

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los ejes de organización, implementación y evaluación del currículo vivido, real.

Las definiciones y decisiones curriculares deben ser superadores de la visión compensatoria y

academicista clásica.

El currículo para el nivel secundario según las Resoluciones Nº 048/2011 y Nº

148/2013 del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba está organizado en

dos ciclos:

• Ciclo de la Formación Básica: Común a todas las orientaciones. Centrado en el logro

de capacidades esperables propias de las disciplinas y de los ejes transversales, en

estricta vinculación con la praxis social de los estudiantes y sus contextos.

• Ciclo de la Formación Orientada: Orientado a un dominio de capacidades propias de

un determinado ámbito de desempeño social y/o laboral.

La definición de algunas de las orientaciones que caracterizan a este ciclo formativo

está a cargo de las autoridades educativas jurisdiccionales, toda vez que se entiende

que las mismas deben estar en consonancia con la realidad socioproductiva de cada

región.

Las vías para la acreditación de este ciclo formativo son:

- Mediante el cursado de módulos organizados y secuenciados específicamente para

cada una de las figuras definidas.

- Por certificaciones que el alumno posee de otras instancias de capacitación que

resulten equivalentes en lo que se refiere a los saberes y capacidades exigidas para

una determinada figura.

- A través de la evaluación de saberes sociales y/o laborales, de la que resulten

suficientemente acreditadas las capacidades propias de una determinada figura.

Estructura Curricular:

- Ciclo de Formación Básica, aprobada por Resolución Nº 084/2011 del Ministerio de

Educación de la Provincia de Córdoba.

Espacio curricular 1º año Cantidad

de horas

Disciplina Cs. Exactas Matemática 5

Área de interpretación y

producción de textos

Lengua y Literatura 5

Inglés 3

Área de Ciencias Naturales Ciencias Naturales: Física y Química 3

Ciencias Naturales: Biología 3

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Área de Ciencias Sociales Ciencias Sociales: Geografía 2

Ciencias Sociales: Historia 2

Taller de ciudadanía y participación 2

Área Técnico-profesional Formación para el trabajo 3

Taller de orientación vocacional-ocupacional 2

Total horas cátedras semanales 30

Total de espacios curriculares 10

- Ciclo de Formación Orientada, aprobada por Resolución Nº 148/2013 del Ministerio de

Educación de la Provincia de Córdoba

Espacio curricular 2º año Cantidad

de horas

Disciplina Matemática 3

Área de interpretación y

producción de textos

Lengua y Literatura 4

Inglés 2

Área de Ciencias Naturales Física 3

Química 3

Área de Ciencias Sociales Historia 3

Psicología Social 3

Área Técnico-profesional Sistema de Información Contable (SIC) 4

Derecho del Trabajo y Seguridad Social 3

Problemáticas Económicas Actuales 3

Total horas cátedras semanales 31

Total de espacios curriculares 10

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Espacio curricular 3º año Cantidad

de horas

Disciplina Cs. Exactas Matemática 3

Área de interpretación y

producción de textos

Lengua y Literatura 4

Inglés 2

Área de Ciencias Sociales Sociología 3

Espacio y Sociedad en Argentina y América

Latina

3

Problemáticas de Salud Humana y

Ambiental

3

Área Técnico-profesional Sistema de Información Contable (SIC II) 3 hs.

Espacio de Vinculación con el Sector de la

Orientación

6 hs.

Cooperativas 2

Economía 2

Total horas cátedras semanales 31

Total de espacios curriculares 10

Los objetivos y cargas horarias, como así también los contenidos (mínimos y

ampliados) y las metodologías para el desarrollo y evaluación de los diferentes

espacios curriculares, asignaturas o módulos se enmarcarán en lo establecido al

respecto en las Resoluciones Nº 048/2011 y Nº 48/2013 del Ministerio de Educación

de la provincia de Córdoba.

Acreditación: El título de nivel secundario para quien haya aprobado ambos ciclos, será

otorgado por la Jurisdicción Provincial.

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5- Modalidad de desarrollo

El desarrollo de ambos ciclos de formación se realizará con la misma modalidad del

CENMA ´Remedios de Escalada de San Martín` de Río Cuarto, del cual depende como

´Anexo´.

La Universidad asume la responsabilidad del dictado y evaluación de todo el trayecto

de formación a través de la conformación de un equipo de docentes ad-hoc, con

personal de la propia universidad mediante una extensión de sus propias funciones y

la disposición del espacio físico, la infraestructura y equipamiento que para ello se

requiera. Esto supone que para funcionar como Anexo del CENMA Remedios Escalada

de San Martín, la UNRC debe implementar el trayecto curricular vigente del mismo,

para lo cual dispone de equipos docentes y colaboradores que asuman las tareas que

aseguren el cumplimiento de todos los procedimientos administrativos y académico-

pedagógicos necesarios.

El CENMA acreditará los estudios y expedirá los títulos correspondientes, en atención a

la normativa que rige en la Jurisdicción provincial a esos efectos. Asimismo el director

del establecimiento mencionado operará como supervisor inmediato de los procesos

de desarrollo y evaluación, académicos y administrativos implementados en el Anexo.

Los docentes del Anexo no adquirirán ninguna relación laboral de dependencia con la

Jurisdicción Córdoba, en tanto que realizarán sus funciones como actividad de

Extensión desde los cargos que revisten y en el marco de sus carreras docente o no

docente.

Constituye un espacio propicio para la implementación de prácticas pre-profesionales y

de prácticas socio-comunitarias y también para la presentación de proyectos

innovadores desde las asignaturas de carreras de grado o pregrado, cuando las

experiencias se plantean de manera articulada entre ambos niveles en espacios

curriculares iguales o afines o desde una perspectiva interdisciplinar.

Esta propuesta de formación se ofrece con una modalidad a término; se

implementarán ambos ciclos de manera simultánea en virtud de las acreditaciones

previas de los aspirantes, ya que han aprobado diferentes asignaturas y cursos del

nivel secundario ordinario. De este modo, se ofrecerá:

Año Cursos

2016 Primer año

Segundo año

Tercer año

2017 Segundo año

Tercer año

2018 Tercer año

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Será presencial con apoyo de aulas virtuales y las nuevas tecnologías incorporadas a

los procesos de enseñanza y de aprendizaje.

Para establecer la ubicación de los estudiantes en los cursos y si les faltan las

aprobaciones de asignaturas o módulos para completar alguno, se instrumentarán

Mesas Evaluadoras a los efectos de administrar los exámenes correspondientes.

Previo a ellos, los docentes y demás integrantes de los equipos podrán orientar y

ayudar pedagógicamente a los estudiantes para preparan las evaluaciones.

En atención al Convenio Colectivo para el Sector No Docente de las Instituciones

Universitarias Nacionales, título 8: ´Capacitación`, que en su artículo 120º establece

como objetivos de la formación, entre otros: ´proporcionar competencias específicas

para afrontar los nuevos desafíos`; ´elevar los niveles de productividad, con un mejor

uso de los recursos disponibles y generar las condiciones para que cada uno de los

miembros de la organización contribuyan con sus capacidades y desempeños a un

mejor logro de los objetivos institucionales`, para propiciar esta finalidad el desarrollo

de la propuesta educativa se realizará en el ámbito del campus universitario en dónde

los agentes no docentes desempeñan sus tareas habituales. Ello en cumplimiento del

Art. 121º del mismo documento que establece que ´la institución universitaria

establecerá planes de capacitación consensuados en las comisiones paritarias

particulares`.

Además el Convenio de referencia en su Art. 123º, establece que ´la capacitación

general que atienda a completar la educación general básica obligatoria de los

trabajadores, será gratuita y podrá cumplirse dentro o fuera del horario de trabajo`.

Atendiendo a este artículo, los horarios de clase serán de:

- Lunes a viernes, de 12 a 15,40 horas, en un aula asignado ad-hoc. Los tres cursos (1º,

2º y 3º funcionarán de manera simultánea).

- La distribución de los horarios por asignaturas o módulos respetará la carga horaria

establecida en las correspondientes Resoluciones y serán coordinadas según

acuerdos entre los equipos docentes.

Estos horarios permiten la coincidencia de ambos turnos en los que se desempeñan

los agentes; al final del turno mañana y al inicio de la tarde.

Los estudiantes serán integrados en los cursos, según las certificaciones de

aprobaciones de cursos y asignaturas otorgadas por la jurisdicción provincial.

Habrá una sola comisión por curso, ya que por el número de aspirantes, todos pueden

ser incluidos en los mismos.

Para inscribirse en el nivel es necesario que cada aspirante presente la siguiente

documentación: Fotocopia DNI, partida de nacimiento, certificado de estudios,

constancia de CUIL y Pase definitivo.

Cada estudiante inscripto tendrá su legajo en el cual se registrará su inscripción y

rendimiento académico.

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6. Conformación de equipos y designaciones

Las asignaturas serán desarrolladas de manera similar a la del CENMA de origen. Se

propone para cada asignatura o módulo la constitución de quipos docentes integrados

por un responsable y, al menos, un colaborador, con el propósito de realizar un trabajo

pedagógico colaborativo.

El equipo también estaría integrado por tutores docentes y pares; éstos últimos

pueden ser estudiantes avanzados de las diferentes carreras universitarias,

especialmente las de los profesorados y de las carreras de ciencias de la educación.

Su tarea es muy importante por el acompañamiento y apoyo a los estudiantes en sus

procesos de aprendizajes, sobre todo en procesos personalizados.

El equipo se completa con la inclusión de Ayudantes-Alumnos, cuyo aporte consiste

principalmente en la ayuda a las tareas de enseñanza (selección, preparación y

elaboración de dispositivos didácticos, información a estudiantes, entre otras).

Es conveniente que estos equipos docentes mantengan una estrecha comunicación

laboral con los equipos de los mismos espacios curriculares del CENMA con el

propósito de realizar intercambios que enriquezcan las propuestas pedagógicas.

Para la designación de los distintos integrantes del equipo docente, la Secretaría de

Trabajo, desde el área de Capacitación No docente, realizará una convocatoria

especial, desde el 1º de Diciembre del 2015 al 26 de febrero de 2016, en horarios y

días a convenir, para los diferentes módulos con el siguiente esquema:

Asignatura o módulo y

curso

Cantidad de Cargos

(Ejemplo) Docente

Responsable

Docente

Colaborador

Tutor

Docente

Tutor

Estudiante

Ayudante

Alumno

Matemática – 1º año 1 (uno) 2 (dos) 2 (dos) 6 (seis) 2 (dos)

Los aspirantes a desempeñar los cargos: a) los docentes responsables y

colaboradores, deberán presentar su CV abreviado, con la selección de antecedentes

vinculados con el área, asignatura o módulo que se concursa; fotocopia de su DNI. La

evaluación estará a cargo de una Comisión Evaluadora, quien valorará los

antecedentes y realizará una entrevista con cada postulante con el propósito de

conversar acerca de la propuesta pedagógica que se pretende implementar para el

desarrollo de la asignatura.

La Comisión Evaluadora estará integrada por un titular y un suplente en

representación del: Gremio No Docente; del Ministerio de Educación de la Provincia de

Córdoba, Modalidad Jóvenes y Adultos; de Secretaría Académica; de Secretaría de

Trabajo y de los Estudiantes No Docentes.

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Los criterios de valoración serán la pertinencia de los antecedentes, adecuación de la

propuesta pedagógica y actitud e interés para la enseñanza en estos contextos. La

Comisión elaborará un informe sobre las valoraciones de los aspirantes con las

recomendaciones correspondientes.

b) Los tutores docentes sólo deben acreditar desempeño en la disciplina y presentar

una propuesta de tutoría en la entrevista con la Comisión Evaluadora; c) Los tutores

estudiantes, deben estar avanzados en su carrera y haber aprobado la asignatura o

afín en la que se postula; d) los Ayudantes- Alumnos deben reunir los mismos

requisitos que los Estudiantes Tutores. En las entrevistas con todos sobre su plan de

trabajo, además se valorará su interés y actitud para desempeñarse en estos

contextos.

El equipo de trabajo para la implementación del ambos ciclos del nivel secundario, se

completa con la participación de Un Coordinador del Trayecto de Formación de Nivel

Secundario, designado por la Universidad Nacional de Río Cuarto e integrante del

Equipo Docente del CENMA Remedios E. de San Martín, quien trabajará de forma

coordinada con el Área de Capacitación No Docente, dependiente de la Secretaría de

Trabajo de la UNRC. Este Coordinador tendrá a su cargo las tareas técnico-

administrativas y de registro de alumnos, como así también el seguimiento de los

rendimientos académicos de los estudiantes y de coordinación de horarios, lugares,

equipos y exámenes; además deberá comunicar cualquier situación referida a los

estudiantes a los efectos de prevenir o resolver cuestiones problemáticas que puedan

afectar la continuidad de sus estudios. Al finalizar cada ciclo lectivo, deberán presentar

en las Secretarías Académicas y de Trabajo de la UNRC y al CENMA Remedios

Escalada de San Martín de la ciudad de Río Cuarto un informe dando cuenta de la

implementación de los cursos y el seguimiento académico de los estudiantes;

identificando los avances y dificultades encontradas, si las hubiere. .

Se espera que entre los diferentes equipos pueda establecerse una fluida

comunicación que facilite la orientación, apoyo y ayuda pedagógica de los estudiantes

para que puedan construir mejores aprendizajes y potenciar su continuidad y

finalización de estudios.

Todas las designaciones son ad-honorem y previa evaluación serán realizadas por el

Rector de la UNRC.

7. Financiamiento

Se solicitan: $ 5.000 (cinco mil) por año (2016, 2017, 2018) para la compra de

insumos y papelería.

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RIO CUARTO,18/12/15

VISTO, lo actuado en Expediente N° 118849 por el cual se tramita el llamado a

Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición para cubrir Un (1) cargo vacante

en Agrupamiento -MPSG-, Categoría -4- en el Servicio Alimentario dependiente de la

Secretaria de Bienestar de esta Universidad Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que el referido Concurso, se realizará en un todo de acuerdo con lo

establecido por las Resoluciones Consejo Superior Nº 264/90, 148/00 su modificatoria

061/04 y Providencias Resolutivas Consejo Superior Nros. 002/02 y 007/03, ello en un

todo de acuerdo con lo dispuesto por Resolución Consejo Superior Nº 017/08.

Que existe factibilidad presupuestaria para acceder a lo solicitado.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el

Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R e s u e l v e:

ARTICULO 1º - Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, para la

cobertura de Un (1) cargo en Agrupamiento –MPSG-, Categoría –4- en el Servicio

Alimentario dependiente de la Secretaría de Bienestar de esta Universidad, y una carga

horaria semanal de 35 horas, a determinar por esa Secretaria, con las especificaciones

del Anexo -I- de la presente.

ARTICULO 2º - Declarar abierta la inscripción a partir del 22 al 26 de febrero de

2.016, de 08.00 a 12.00 Horas en la Dirección de Recursos Humanos, en cuyo lugar

deberán presentar curriculum vitae acompañado de la documentación que acrediten

antecedentes y certificados correspondientes. La Prueba de Oposición del llamado a

Concurso dispuesto por el Artículo 1° de la presente, se realizará el día 08 de

marzo de 2.016, a partir de las 10:00 horas en el ámbito de la Secretaría de Bienestar

de esta Universidad o en lugar a determinar.

ARTICULO 3º - No se admitirá presentación de antecedentes, certificaciones y ningún

tipo de documentación, con posterioridad a la fecha de cierre de la inscripción.

ARTICULO 4º - Determinar que en el caso de no registrarse inscripción de postulantes al

llamado a Concurso dispuesto por el Artículo 1º de la presente deberá llamarse a

Concurso Cerrado General de Antecedentes y Oposición, bajo las mismas especificaciones

indicadas en el Anexo –I- de la presente y encuadradas en los alcances previstos en el

Artículo 61º Inciso b) de la Resolución Consejo Superior Nº 148/00 y su modificatoria

061/04, excepto en cuanto a las fechas de: inscripción, prueba de oposición y

evaluación de los antecedentes y expedición del Jurado sobre el resultado final del

Concurso, que serán las siguientes:

-Inscripción: 17 al 23 de marzo de 2016.

-Fecha de evaluación: 05 de abril de 2016.

-Resultado: Plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados a partir desde la fecha

fijada para la evaluación de antecedentes o de la finalización de la prueba de

oposición. Dicho plazo podrá ampliarse por un período igual por razones justificadas.

ARTICULO 5º - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de

competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº1456

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ANEXO I RESOLUCION Nº1456

Unidad: Servicio Alimentario – Secretaria de Bienestar

Responsabilidad Primaria:

- Ser idóneo o estar capacitado en la elaboración y preparación de todos los

productos que se expenden en el comedor. Resolución Consejo Superior Nº 024/06.

Remuneración:

La establecida por el Poder Ejecutivo Nacional, según el Escalafón aprobado por

Decreto 366/06 para el Agrupamiento y Categoría motivo del concurso.

Condiciones Generales:

Observar y cumplir con los deberes establecidos en el Artículo 12º del Decreto

Nº 366/06.

Conocer las pautas sobre régimen de concursos enunciados en el Título 4 del

Decreto Nº 366/06.

- Los integrantes del Jurado serán:

TITULARES SUPLENTES

Señora Rosa CAÑAS Señor Javier A. JOVER

DNI.Nº 12.749.714 DNI.Nº 22.600.721

Señora Mariel BERTOLONE Señor Fabricio BASSO

DNI.Nº 23.823.343 DNI.Nº 20.645.174

Señor Matias TELLO Señor Damián LOPEZ

DNI.Nº 28.706.311 DNI.Nº 24.783.868

- Veedor de A.T.U.R.C. a designar por esa Asociación Gremial.

Los integrantes del Jurado deberán cumplir las funciones estipuladas en la

Resolución Consejo Superior Nº 264/90 y deberá expedirse sobre el resultado

del concurso dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados

desde la fecha fijada para la evaluación de antecedentes o de la finalización

de la prueba de oposición. Dicho plazo podrá ampliarse por un período igual por

razones justificadas.

TEMARIO ESPECÍFICO

- Organización y funciones de las Áreas del Departamento de Servicio

Alimentario de la U.N.R.C.

- Ley de Riesgo de Trabajo, Seguridad e Higiene.

- Principios básicos de higiene para la manipulación de alimentos y

conservación de los mismos.

- Organización del Sector y de los Agentes dependientes del mismo.

- Limpieza de utensilios, equipo e instalaciones de cocina y comedor.

- Rol de emergencia del S.A.U.

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TEMARIO GENERAL

- Organización y Funciones de la Universidad.

- Órganos de Gobierno de la Universidad.

- Organización funcional del Servicio Alimentario.

- Organización funcional de la Secretaria de Bienestar.

SORTEO DE TEMAS

Una vez definido –por parte del Jurado- el número de preguntas que integrarán

el cuestionario objeto de la evaluación, cada uno de sus miembros –

individualmente- procederá a elaborarlas con anterioridad al sorteo de temas.

Este tendrá lugar quince (15) minutos antes de la iniciación de la prueba de

evaluación – en el aula, sala y/o oficina habilitada para el concurso- ante los

postulantes que deseen estar presentes.

Las preguntas elaboradas por parte de cada uno de los miembros integrantes del

Jurado, serán colocadas en urna o sobre habilitado para el correspondiente

sorteo para su posterior extracción por parte de –al menos un postulante.

En el caso en que al extraer las preguntas, el Jurado entienda que alguna de

ellas se repite, podrá -el mismo- ordenar la extracción de una nueva.

Page 56: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RÍO CUARTO,18/12/15

VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 118.956 a fojas

01/75, el informe técnico producido por la Facultad de Agronomía y

Veterinaria obrante a fojas 67/68, lo actuado por la Comisión Evaluadora

obrante a fojas 70 según Dictamen de Evaluación Nº 073/2015, y

CONSIDERANDO:

Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones

legales y reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo establecido en el Decreto

Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b).

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo

25º del Estatuto de esta Universidad,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 027/15

encuadrado dentro de lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25

Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b), realizada con el objeto

de contratar la provisión de semillas, herbicidas y fertilizantes,

solicitados por la Facultad de Agronomía y Veterinaria de esta Universidad

Nacional de Río Cuarto, adjudicando a favor de las siguientes firmas:

CORCEREAL S.R.L. - CUIT Nº 30-62665153-0, los renglones Nº 2, 6, 8, 9, 10,

11, 12, 13 y 14; en la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO

NOVENTA Y NUEVE CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 148.199,64).

INAGRO S.R.L. - CUIT Nº 30-68403311-1, los renglones Nº 1, 3, 4, 7 y 15; en

la suma total de PESOS CIENTO CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 105.850,00).

ARTICULO 2º.- Desestimar la oferta presentada por la firma CORCEREAL S.R.L.

renglones Nº 1 y 4 por no ajustarse a lo solicitado, según los motivos

expresados en informe técnico obrante a fojas 67/68.

ARTICULO 3º.- Declarar desierto el renglón Nº 5 por falta de ofertas.

ARTICULO 4º.- Autorizar la imputación contable por la suma total de PESOS

DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y NUEVE CON SESENTA Y CUATRO

CENTAVOS ($ 254.049,64)) con cargo al ejercicio financiero en vigencia.

ARTICULO 5º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de las firmas

mencionadas en el artículo 1º de la presente Resolución, con posterioridad a

la recepción final del bien o servicio.

ARTICULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº 1474

Page 57: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RÍO CUARTO, 18/12/15

VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 118.393 a fojas

01/144, el informe técnico producido por la Secretaría de Coordinación Técnica y

Servicios obrante a fojas 134/135, lo actuado por la Comisión Evaluadora obrante a

fojas 139 según Dictamen de Evaluación Nº 072/2015, y

CONSIDERANDO:

Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones legales

y reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 1023/01

Artículo 25 Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b).

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 25º

del Estatuto de esta Universidad,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 019/15 encuadrado

dentro de lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso c) y Decreto Nº

893/12 Artículo 34 Inciso b), realizada con el objeto de contratar la provisión de

materiales eléctricos, solicitados por la Secretaría de Coordinación Técnica y

Servicios de esta Universidad Nacional de Río Cuarto, adjudicando a favor de las

siguientes firmas:

LOS MOLINOS S.R.L. - CUIT Nº 33-70806899-9, los renglones Nº 1-2-3-8-10-11-12-19-20-

22-23-24-25-26-27-32-33-34-35-36-37-38-39-42-43-45-46-47-48-49-50-51-53-56-59-63-64-

65-66-69-70-78-79-80-84-85-86-91-92-93-94-95-96-101; en la suma total de PESOS CIEN

MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 100.733,74).

PRODEL S.R.L. - CUIT Nº 30-66908917-8, los renglones Nº 4-5-6-7-9-13-14-15-16-17-18-

21-28-29-30-31-40-41-44-52-54-55-57-58-60-61-62-67-68-71-72-73-74-75-76-77-81-82-83-

87-88-89-90-97-98-99 y 100-103-104-105; en la suma total de PESOS TRESCIENTOS TRES

MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 303.592,00).

ARTICULO 2º.- Desestimar las ofertas presentadas por las siguientes firmas, según los

motivos expresados en informe técnico obrante a fojas 134/135:

PRODEL S.R.L. el renglón Nº 34 por no ajustarse a lo solicitado; y

LOS MOLINOS S.R.L. los renglones Nº 5-6-7-13-21-31-61-81-82 y 83 por no ajustarse a

lo solicitado.

ARTICULO 3º.- Autorizar la imputación contable por la suma total de PESOS

CUATROCIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($

404.325,74) con cargo al ejercicio financiero en vigencia.

ARTICULO 4º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de las firmas mencionadas en el

artículo 1º de la presente Resolución, con posterioridad a la recepción final del

bien o servicio.

ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de

competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº 1476

Page 58: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RÍO CUARTO, 18/12/15

VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 118.766 a fojas 01/72,

lo actuado por la Comisión Evaluadora obrante a fojas 53 en Dictamen Nº 061/2015, las

actuaciones a fojas 54/65, el mail presentado por la firma BOCA MAURO FEDERICO en

relación al renglón Nº 2 obrante a fojas 59, el informe presentado por el área

solicitante a fojas 67, y

CONSIDERANDO:

Que, la firma BOCA MAURO FEDERICO ha retirado parcialmente su oferta en

relación al renglón Nº 2, por no contar con la totalidad de los elementos pre-

adjudicados, según lo informado en mail obrante a fojas 59.

Que el área solicitante considera imprescindible contar con uniformidad de

marca y modelo de los elementos a adquirir, según informe obrante a fojas 67.

Que en virtud de ello se ha producido una modificación en el Dictamen de

Evaluación Nº 061/2015, en relación a las firmas y montos consignados en el mismo.

Que, corresponde adjudicar el renglón Nº 2 al oferente GOMERÍA ALTAMIRANO

S.A., CUIT Nº 30-54303858-6, que le sigue en orden de mérito a la firma BOCA MAURO

FEDERICO.

Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones legales y

reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo

25 Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso a) apartado 2.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 25º del

Estatuto de esta Universidad,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 109/15 encuadrado

dentro de lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso d) apartado 1) y

Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso a) apartado 2., realizada con el objeto de

contratar la provisión de neumáticos solicitados por la Secretaria de Coordinación

Técnica y Servicios de esta Universidad Nacional de Río Cuarto, adjudicando a favor de

la firma GOMERIA ALTAMIRANO S.A. - CUIT Nº 30-54303858-6, los renglones Nº 1, 2, 3, 4,

5, 6 y 7, en la suma total de PESOS CIENTO VEINTIUN MIL SETECIENTOS ($ 121.700,00).

ARTICULO 2º.- Desestimar la oferta presentada por la firma BOCA MAURO FEDERICO para el

renglón N° 2, por retirar parcialmente su oferta sin cumplir con el plazo de

mantenimiento previsto el pliego de convocatoria, según mail obrante a fojas 59, con

aplicación de las penalidades que correspondan de acuerdo a lo estipulado en el

Decreto 893/12.

ARTICULO 3º.- Autorizar la imputación contable por la suma total de PESOS CIENTO

VEINTIUN MIL SETECIENTOS ($ 121.700,00) con cargo al ejercicio financiero en vigencia.

ARTICULO 4º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de la firma mencionada en el

artículo 1º.- de la presente Resolución, con posterioridad a la recepción final del

bien o servicio.

ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de

competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº 1477

Page 59: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO,23/12/15

VISTO, el Incidente Nº 106436-1 donde se tramita la donación a

esta Universidad Nacional, por parte de la Profesora María del Carmen

PRÁMPARO, y

CONSIDERANDO:

Que según lo manifestado por la Donante, los bienes a incorporar

han sido adquiridos durante la ejecución de los Proyectos de Investigación

Científica y Tecnológica, convocatoria 2011 (PICT 2011), los cuales han

concluido en el corriente año.

Que los citados Proyectos fueron subsidiados por el Fondo para

la Investigación Científica y Tecnológica (FONCYT), dependiente de la

Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCyT), el cual

establece en su Manual de Administración de Operaciones que, una vez

finalizados los proyectos y en forma automática, el equipamiento adquirido

para la ejecución de los mismos quedan en propiedad de la Institución

Beneficiaria.

Que se adjunta la ficha de donación y copia de los comprobantes

de adquisición de los bienes.

Que ha tomado intervención la Comisión de Presupuesto y Obras

Públicas de éste Consejo Superior.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y el Artículo

6º Inciso 9) del Reglamento Interno de este Cuerpo,

EL CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º- Aceptar la donación de los bienes de capital que se detallan en

el Anexo –I- de la presente, donde obra Descripción del Bien, Fecha de

Compra, Nº de Factura, Proveedor, Valor, Responsable Patrimonial y Ubicación

Física.

ARTÍCULO 2º- Determinar que los bienes donados a que se hace referencia en

el Anexo –I- de la presente, serán utilizados por el Departamento de

Tecnología Química de la Facultad de Ingeniería de esta Universidad

Nacional.

ARTÍCULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR AL PRIMER DIA DEL MES DE

DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

RESOLUCION Nº442

Page 60: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO,443

VISTO, la Ley Nº 27.198 aprobatoria del Presupuesto de la

Administración Nacional para el Ejercicio 2016, su Título I, Cap. II,

Planilla Anexa al Artículo Nº 12, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a la Ley mencionada, le corresponde a la

Universidad Nacional de Río Cuarto para el Ejercicio 2016, - con

Fuente de Financiamiento: Contribución Gobierno (Fuente 11) - la suma

de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO

MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO ($ 846.625.985,00).

Que del total asignado, la suma de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y

UN MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y

SIETE ($ 841.349.377,00) corresponde a la Función Educación y Cultura,

y la suma de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL

SEISCIENTOS OCHO ($5.276.608,00) a la Función Ciencia y Técnica.

Que es facultad de éste Consejo Superior de esta Universidad

Nacional incorporar y distribuir su presupuesto.

Que en ese sentido se considera necesario incorporar la

totalidad de los recursos asignados por la norma mencionada en Visto,

al Presupuesto de esta Universidad para el Ejercicio 2016, con Fuente

de Financiamiento: Contribución Gobierno (Fuente 11).

Que en lo referido a la distribución de los mismos se inicia un

proceso de análisis de la distribución definitiva lo cual sumado a las

restricciones financieras que implica la entrega de recursos por el

sistema de cuotas mensuales, torna conveniente efectuar una

Distribución por Programas e Incisos de las asignaciones mencionadas

de carácter temporario parcial hasta tanto se decida la distribución

definitiva de la totalidad de los recursos que se incorporan.

Que por ello resulta conveniente distribuirlos transitoriamente

conforme al Anexo correspondiente, dejando una parte de los mismos

como pendientes de la decisión definitiva que se adopte respecto de

ellos.

Que corresponde aprobar la Distribución por Programas e Incisos

de las asignaciones mencionadas, como así también el respectivo

Cálculo de Recursos.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por el Articulo N° 20 del Estatuto de ésta Universidad Nacional y el

Art. 6º Inc. 9 del Reglamento Interno del Consejo Superior,

EL CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:

ARTICULO N° 1.- Aprobar la incorporación y distribución por Centro de

Gestión Presupuestaria, según Programas o Equivalentes y por

Clasificación por Objeto del Gasto, de los aportes asignados a ésta

Universidad Nacional, para el Ejercicio 2016, según lo establecido en

la Ley Nº 27.198, Título I, Cap. II, Planilla anexa al Art. Nº 12, de

acuerdo al Anexo I de la presente Resolución.

Page 61: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

ARTICULO N°2.- Aprobar la distribución por Categoría Programática e

Incisos de los aportes asignados a ésta Universidad Nacional para el

Ejercicio 2016, de acuerdo al Anexo II de la presente Resolución.

ARTICULO N° 3.- Aprobar el Cálculo de Recursos – Ejercicio 2016,

conforme al Anexo III que forma parte de la presente Resolución y que

asciende a la suma de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES

SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO

($846.625.985,00).

ARTICULO Nº 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen

conocimiento las áreas de competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR AL PRIMER DIA DEL MES

DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE

RESOLUCIÓN Nº:443

Page 62: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

ANEXO I RESOLUCION Nº 443

DISTRIBUCION PRESUPUESTARIA POR CENTROS DE GESTION PRESUPUESTARIA

SEGÚN PROGRAMA O EQUIVALENTE Y CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO

FINALIDAD SERVICIOS SOCIALES

FUNCION CULTURA Y EDUCACION

JURISDICCION MINISTERIO DE EDUCACION

ORGANISMO UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

PROGRAMA 1 - EDUCACION DE GRADO UNIVERSITARIO

INC.1 P.PPAL 1 P.PPAL.2 P.PPAL3 P.PPAL 4 TOTAL

GTOS. PERSONAL 228.000.000,00 10.320.000,00 1.440.000,00 240.000,00 240.000.000,00

SUBTOTAL 228.000.000,00 10.320.000,00 1.440.000,00 240.000,00 240.000.000,00

INC. 2 INC.3 INC.4 INC.5 TOTAL

FAC. AGR. Y VET. 114.000,00 234.510,00 292.000,00 640.510,00

FAC. CS. EXACTAS 55.897,00 182.000,00 284.000,00 - 521.897,00

FAC. DE INGENIERIA 57.562,00 108.000,00 214.000,00 379.562,00

FAC. CS. ECONÓMICAS 60.562,00 109.000,00 210.000,00 - 379.562,00

FAC. CS. HUMANAS 56.729,00 134.000,00 260.000,00 - 450.729,00

SUBTOTAL 344.750,00 767.510,00 1.260.000,00 2.372.260,00

INC. 2 INC.3 INC.4 INC.5 TOTAL

Prog. Esp. Doc. y No Doc. - - - 1.500.000,00 1.500.000,00

SUBTOTAL - - - 1.500.000,00 1.500.000,00

PROGRAMA: 2 - EDUCACION DE POSGRADO

INC. 2 INC.3 INC.4 INC.5 TOTAL

SEC.DE POSG. Y COOP. INTER 50.000,00 320.000,00 80.000,00 - 450.000,00

SUBTOTAL 50.000,00 320.000,00 80.000,00 - 450.000,00

PROGRAMA: 4 - EXTENSION

INC. 2 INC.3 INC.4 INC.5 TOTAL

SEC. DE EXTENSION 80.000,00 220.000,00 40.000,00 30.000,00 370.000,00

SUBTOTAL 80.000,00 220.000,00 40.000,00 30.000,00 370.000,00

ACTIV.CENTRAL: 5.1 - SERVICIOS ACADEMICOS

INC. 2 INC.3 INC.4 INC.5 TOTAL

SEC.ACADEMICA 68.000,00 78.000,00 70.000,00 - 216.000,00

SUBTOTAL 68.000,00 78.000,00 70.000,00 - 216.000,00

ACTIV.CENTRAL: 5.2 - SERV.DE GESTION, ADMINIST. Y CONTROL

INC. 2 INC.3 INC.4 INC.5 TOTAL

SECRESTARIA GENERAL 278.000,00 320.000,00 50.000,00 - 648.000,00

U.A.I. 25.000,00 17.000,00 8.000,00 - 50.000,00

SEC. PLAN. y REL. INST. 40.000,00 42.000,00 20.000,00 - 102.000,00

SECRETARIA DE TRABAJO 80.000,00 230.000,00 80.000,00 - 390.000,00

SUBTOTAL 423.000,00 609.000,00 158.000,00 - 1.190.000,00

ACT.CENTRAL: 5.3 - SERVICIOS PROFESIONALES

INC. 2 INC.3 INC.4 INC.5 TOTAL

CENTRO DE COMPUTOS - - -

COORDINACION INSTITUC. - - -

SUBTOTAL - - - -

ACT.CENTRAL: 5.4 - SERVICIOS DE BIENESTAR UNIVERSITARIO

INC. 2 INC.3 INC.4 INC.5 TOTAL

SEC. DE BIENESTAR 226.000,00 220.000,00 50.000,00 - 496.000,00

BECAS ALUMNOS - - - 5.424.860,00 5.424.860,00

SUBTOTAL 226.000,00 220.000,00 50.000,00 5.424.860,00 5.920.860,00

PRESUPUESTO EJERCICIO 2016

Page 63: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

ANEXO I - CONTINUACIÓN RESOLUCION Nº

DISTRIBUCION PRESUPUESTARIA POR CENTROS DE GESTION PRESUPUESTARIA

SEGÚN PROGRAMA O EQUIVALENTE Y CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO

FINALIDAD SERVICIOS SOCIALES

FUNCION CULTURA Y EDUCACION

JURISDICCION MINISTERIO DE EDUCACION

ORGANISMO UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

ACT.CENTRAL: 5.5 - SERV.DE ADMINIST.ECON.-FINANCIERA

INC. 2 INC.3 INC.4 INC.5 TOTAL

SEC. ECONOMICA 50.000,00 86.000,00 42.000,00 - 178.000,00

SUBTOTAL 50.000,00 86.000,00 42.000,00 178.000,00

ACT.CENTRAL: 5.6 - SERVICIOS GENERALES

INC. 2 INC.3 INC.4 INC.5 TOTAL

SEC.COORD.TECNICA Y SS. 80.000,00 3.155.140,00 500.000,00 - 3.735.140,00

SERVICIOS GENERALES - 3.200.000,00 - - 3.200.000,00

LIMPIEZA - 7.000.000,00 - - 7.000.000,00

PUBLICIDAD - 60.000,00 - - 60.000,00

SUBTOTAL 80.000,00 13.415.140,00 500.000,00 13.995.140,00

ACT.CENTRAL 5.7 - SERVICIOS DE MANTENIMIENTO

INC. 2 INC.3 INC.4 INC.5 TOTAL

SEC COORD. TEC. Y SERVICIOS 60.000,00 60.000,00 - - 120.000,00

SUBTOTAL 60.000,00 60.000,00 - - 120.000,00

ACT. CENTRAL 5.8 - OBRAS PUBLICAS

INC. 2 INC.3 INC.4 INC.5 TOTAL

OBRAS PUBLICAS - - 4.000.000,00 - 4.000.000,00

SUBTOTAL - - 4.000.000,00 - 4.000.000,00

270.312.260,00

571.037.117,00

841.349.377,00

FINALIDAD SERVICIOS SOCIALES

FUNCION CIENCIA Y TECNICA

JURISDICCION MINISTERIO DE EDUCACION

ORGANISMO UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

PROGRAMA : 3 - INVESTIGACION

INC.1 P.PPAL 1 P.PPAL.2 P.PPAL3 P.PPAL 4 TOTAL

GTOS. PERSONAL - - - - -

SUBTOTAL - - - - -

OTROS GASTOS INC.2 INC.3 INC.4 INC.5 TOTAL

SEC. CIENCIA Y TECNICA 65.000,00 200.000,00 165.755,00 500.000,00 930.755,00

SUBTOTAL 65.000,00 200.000,00 165.755,00 500.000,00 930.755,00

930.755,00

4.345.853,00

5.276.608,00

TOTAL GENERAL 846.625.985,00

Total a Distribuir

Total Cultura y Educación

Total Distribuído

Total a Distribuir

Total Ciencia y Técnica

Total Distribuído

Page 64: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

ANEXO II RESOLUCION Nº 443

Finalidad: Servicios Sociales

Función: Cultura y Educación

Jurisdicción: Ministerio de Educación

Organismo: Universidad Nacional de Río Cuarto

Cat. Progr. INCISO 1 INCISO 2 INCISO 3 INCISO 4 INCISO 5 TOTAL

0100000000 240.000.000,00 344.750,00 767.510,00 1.260.000,00 1.500.000,00 243.872.260,00

0200000000 50.000,00 320.000,00 80.000,00 450.000,00

0300000000 65.000,00 200.000,00 165.755,00 500.000,00 930.755,00

0400000000 80.000,00 220.000,00 40.000,00 30.000,00 370.000,00

0501000000 68.000,00 78.000,00 70.000,00 216.000,00

0502000000 423.000,00 609.000,00 158.000,00 1.190.000,00

0503000000 0,00

0504000000 226.000,00 220.000,00 50.000,00 5.424.860,00 5.920.860,00

0505000000 50.000,00 86.000,00 42.000,00 178.000,00

0506000000 80.000,00 13.415.140,00 500.000,00 13.995.140,00

0507000000 60.000,00 60.000,00 120.000,00

0508000000 4.000.000,00 4.000.000,00

Totales 240.000.000,00 1.446.750,00 15.975.650,00 6.365.755,00 7.454.860,00 271.243.015,00

PRESUPUESTO LEY 27.198 - EJERCICIO 2016

DISTRIBUCION POR CATEGORÍA PROGRAMATICA E INCISOS

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ANEXO III RESOLUCION Nº 443

Finalidad: Servicios Sociales

Función: Cultura y Educación

Jurisdicción: Ministerio de Educación

Organismo: Universidad Nacional de Río Cuarto

Finalidad Servicios Sociales

Función Cultura y Educación

Jurisdicción Ministerio de Educación

Organismo Universidad Nacional de Río Cuarto

TRANSFERENCIA A UNIVERSIDADES NACIONALES EDUCACION Y CULTURA 841.349.377,00

Finalidad Servicios Sociales

Función Ciencia y Técnica

Jurisdicción Ministerio de Educación

Organismo Universidad Nacional de Río Cuarto

TRANSFERENCIA A UNIVERSIDADES NACIONALES CIENCIA Y TECNICA 5.276.608,00

TOTAL TRANSFERENCIA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 11 - CONTRIBUCION GOBIERNO 846.625.985,00

PRESUPUESTO EJERCICIO 2016

CALCULO DE RECURSOS

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RIO CUARTO,23/12/15

VISTO, el Incidente Nº 106435-1 donde se tramita la donación a

esta Universidad Nacional, por parte del Profesor Rodrigo Emiliano,

PALACIOS, y

CONSIDERANDO:

Que según lo manifestado por el Donante, los bienes a incorporar

han sido adquiridos durante la ejecución de los Proyectos de Investigación

Científica y Tecnológica, CONICyT, convocatoria 2011 (PICT CONICyT 2011),

los cuales han concluido en el corriente año.

Que los citados Proyectos fueron subsidiados por el Fondo para

la Investigación Científica y Tecnológica (FONCYT), dependiente de la

Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCyT), el cual

establece en su Manual de Administración de Operaciones que, una vez

finalizados los proyectos y en forma automática, el equipamiento adquirido

para la ejecución de los mismos quedan en propiedad de la Institución

Beneficiaria.

Que se adjunta la ficha de donación y copia de los comprobantes

de adquisición de los bienes.

Que ha tomado intervención la Comisión de Presupuesto y Obras

Públicas de éste Consejo Superior.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y el Artículo

6º Inciso 9) del Reglamento Interno de este Cuerpo,

EL CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º- Aceptar la donación de los bienes de capital que se detallan en

el Anexo –I- de la presente, donde obra Descripción del Bien, Fecha de

Compra, Nº de Factura, Proveedor, Valor, Responsable Patrimonial y Ubicación

Física.

ARTÍCULO 2º- Determinar que los bienes donados a que se hace referencia en

el Anexo –I- de la presente, serán utilizados por el Departamento de Química

de la Facultad de Ciencias Exactas, Físico-Químicas y Naturales de esta

Universidad Nacional.

ARTÍCULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR AL PRIMER DIA DEL MES DE

DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

RESOLUCION Nº444

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RIO CUARTO,23/12/15

VISTO, el Incidente Nº 97.638-3 donde se tramita la donación a

esta Universidad Nacional, por parte de la Profesora Mónica Teresa,

BLARASIN, y

CONSIDERANDO:

Que según lo manifestado por la Donante, los bienes a incorporar

han sido adquiridos durante la ejecución de los Proyectos de Investigación

Científica y Tecnológica, convocatoria 2008 (PID 2008), los cuales han

concluido en el corriente año.

Que los citados Proyectos fueron subsidiados por el Fondo para

la Investigación Científica y Tecnológica (FONCYT), dependiente de la

Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCyT), el cual

establece en su Manual de Administración de Operaciones que, una vez

finalizados los proyectos y en forma automática, el equipamiento adquirido

para la ejecución de los mismos quedan en propiedad de la Institución

Beneficiaria.

Que se adjunta la ficha de donación y copia de los comprobantes

de adquisición de los bienes.

Que ha tomado intervención la Comisión de Presupuesto y Obras

Públicas de éste Consejo Superior.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y el Artículo

6º Inciso 9) del Reglamento Interno de este Cuerpo,

EL CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º- Aceptar la donación de los bienes de capital que se detallan en

el Anexo –I- de la presente, donde obra Descripción del Bien, Fecha de

Compra, Nº de Factura, Proveedor, Valor, Responsable Patrimonial y Ubicación

Física.

ARTÍCULO 2º- Determinar que los bienes donados a que se hace referencia en

el Anexo –I- de la presente, serán utilizados por el Departamento de

Geología de la Facultad de Ciencias Exactas, Físico-Químicas y Naturales de

esta Universidad Nacional.

ARTÍCULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR AL PRIMER DIA DEL MES DE

DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

RESOLUCION Nº445

Page 68: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO,23/12/15

VISTO, el Incidente Nº 97268-1 donde se tramita la donación a

esta Universidad Nacional, por parte del Profesor Oscar, GIAYETTO, y

CONSIDERANDO:

Que según lo manifestado por el Donante, los bienes a incorporar

han sido adquiridos durante la ejecución de los Proyectos de Investigación

Científica y Tecnológica, convocatoria 2009 (PID 2009), los cuales han

concluido en el corriente año.

Que los citados Proyectos fueron subsidiados por el Fondo para

la Investigación Científica y Tecnológica (FONCYT), dependiente de la

Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCyT), el cual

establece en su Manual de Administración de Operaciones que, una vez

finalizados los proyectos y en forma automática, el equipamiento adquirido

para la ejecución de los mismos quedan en propiedad de la Institución

Beneficiaria.

Que se adjunta la ficha de donación y copia de los comprobantes

de adquisición de los bienes.

Que ha tomado intervención la Comisión de Presupuesto y Obras

Públicas de éste Consejo Superior.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y el Artículo

6º Inciso 9) del Reglamento Interno de este Cuerpo,

EL CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º- Aceptar la donación de los bienes de capital que se detallan en

el Anexo –I- de la presente, donde obra Descripción del Bien, Fecha de

Compra, Nº de Factura, Proveedor, Valor, Responsable Patrimonial y Ubicación

Física.

ARTÍCULO 2º- Determinar que los bienes donados a que se hace referencia en

el Anexo –I- de la presente, serán utilizados por el Departamento de

Producción Vegetal de la Facultad de Agronomía y Veterinaria de esta

Universidad Nacional.

ARTÍCULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR AL PRIMER DIA DEL MES DE

DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

RESOLUCION Nº446

Page 69: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO,23/12/15

VISTO, la necesidad de adecuar la Resolución Consejo Directivo

Nº 284, de fecha 16 de noviembre de 2015, y su Providencia

Resolutiva Nº 01/15 de la Facultad de Ciencias Económicas,

estableciendo un Texto Ordenado que recepte todas y cada una de las

modificaciones a las que estuvo sometido el Plan de Estudios 2003

para las Carreras Licenciatura en Administración; Contador Público

y Licenciatura en Economía que se dictan en esa Unidad Académica

conforme a la normativa impuesta por la Resolución de Consejo

Superior Nº 148/2003, y

CONSIDERANDO:

Que en su Art. Nº15, la Resolución de Consejo Superior

Nº148/2003 establece que deberá presentarse ante el Consejo

Directivo y Consejo Superior los Textos Ordenados de todos los

Planes de Estudio, conteniendo esta última la versión vigente y/o

las modificaciones a que hubiere dado lugar.

Que la misma resulta del Proyecto de modificación de

correlatividades para las tres Carreras que ofrece dicha Unidad

Académica, presentado por los Consejeros pertenecientes al Claustro

Estudiantil.

Que del análisis del mismo, surge que del sistema de

correlatividades vigente es uno de los factores que provoca que el

cursado en promedio se extienda más allá de la duración teórica de

las Carreras.

Que los criterios asumidos en el esquema de correlatividades

del plan original implicaban en ciertos casos una idea de orden en

el avance de la carrera que no respondía a criterios estrictamente

vinculado a lo disciplinar.

Que de acuerdo al sistema vigente existen casos de

correlativas en las que no se contempla un criterio que vincule las

asignaturas con el contenido de las mismas.

Que en respuesta a los antes planteada resulta necesario

realizar un exhaustivo análisis del esquema de correlatividades

vigentes a la fecha para las tres Carreras que se dictan en esta

Unidad Académica regidas por el Plan 2003.

Que a tal fin es necesario seguir con los lineamientos fijados

en la Resolución Consejo Superior N° 148/2003, particularmente en lo

normado en el Anexo IV de la misma relativo a Lineamientos para la

Planificación y Evaluación del Currículo Universitario.

Que se ha consultado directamente a los responsables de

asignaturas respecto de las correlatividades exigidas en aquellos

casos en que siguiendo los lineamientos deberían ser revisadas.

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Que de las opiniones recibidas y el estudio profundo realizado

por la Comisión Revisión de Plan de Estudio surge una nueva

propuesta de Correlatividades, tanto para cursar como para rendir

asignaturas del Plan de Estudios 2003, que difiere del Proyecto

originalmente presentado por los consejeros estudiantiles.

Que debido a que el esquema de correlatividades previsto en el

Plan originalmente aprobado ha sufrido varias modificaciones

parciales a lo largo del transcurso de la implementación y puesta en

marcha del referido es necesario seguir los aspectos contemplados de

la Resolución Consejo Superior Nº148/2003.

Que el Plan de Estudios original fue sancionado mediante

Resolución Consejo Directivo Nº 200/2001 aprobada mediante

Resolución Consejo Superior Nº 074/2002 con validez Ministerial bajo

Resolución Nº 29/2004.

Que resulta necesario adecuar el Plan de Estudio 2003 para las

Carreras de Licenciatura en Administración, Contador Público y

Licenciatura en Economía en su versión original a una Nueva Versión

de Plan de Estudio Versión 1.

Que en esta Nueva Versión se presenta un Texto Ordenado en el

cual se incluyen los cambios realizados hasta la fecha y las

modificaciones al Régimen de Correlatividades propuestos por la

Comisión de Revisión de Plan de Estudios.

Que es necesario mencionar las Resoluciones de Consejo

Directivo Nº 25/04; 73/06; 18/07; 19/07; 154/07; 156/07; 21/08;

294/08 y 88/09 con sus respectivas aprobaciones por parte del

Consejo Superior bajo Resoluciones Números: 088/06; 070/08; 150/07;

071/08 y 320/09 a fin de elaborar un Texto Ordenado que contemple

las modificaciones señaladas.

Que para el caso particular de la asignatura (76) Seminario de

Metodología de la Investigación Social y de Elaboración del Trabajo

Final de Tesina de la carrera de Licenciatura en Economía se propone

que la misma sea dictada en el Segundo Cuatrimestre de Quinto año en

lugar del primero proponiendo la derogación de la Resolución Consejo

Superior Nº 320/2009.

Que asimismo de acuerdo a lo señalado en Resolución Consejo

Directivo Nº18/07, se pasa la asignatura (48) Gestión Financiera de

la carrera de Contador Público para su dictado en el Segundo

Cuatrimestre de Quinto año, ratificada según Resolución Consejo

Superior Nº070/2008.

Que la Comisión Académica ha tomado conocimiento del estudio

exhaustivo que la Comisión de Revisión de Plan de Estudios ha

realizado respecto del esquema de correlatividades vigente.

Que se considera absolutamente necesario avanzar en un cambio

de correlatividades que permita resolver los obstáculos que se les

presentan a los estudiantes para avanzar en sus procesos de

formación profesional.

Page 71: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron

conferidas por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad

Nacional y el Artículo 6º Inciso 9) del Reglamento Interno del

Consejo Superior,

EL CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1.- Aprobar el Texto Ordenado que como Nueva Versión del

Plan de Estudios 2003 para las Carreras Licenciatura en

Administración, Contador Público y Licenciatura en Economía de la

Facultad de Ciencias Económicas de esta Universidad, el cual obra

como Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 2.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen

conocimiento las Áreas de Competencia. Cumplido, archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR AL PRIMER DIA DEL MES

DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE

RESOLUCION N°447

Page 72: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RÍO CUARTO, 23/12/15

VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 118.993 a

fojas 01/51, la nota presentada por el Señor Decano de la Facultad de

Ingeniería de esta Universidad Nacional obrante a fojas 45, y

CONSIDERANDO:

Que entre esta Universidad Nacional y la Agencia Nacional de

Promoción Científica y Tecnológica del Ministerio De Ciencia,

Tecnología e Innovación Productiva se suscribió el Contrato de

Promoción de la Convocatoria Fondos de Innovación Tecnológica

Regionales (FITR), Sector Salud Proyecto N°04, "Desarrollo a Escala

Laboratorio, Puesta a Punto y Optimización de una Planta Piloto para

el Proceso de Obtención por Destilación Molecular de Omega 3 con

Aplicaciones en la Salud".

Que en la cláusula Primera, de dicho convenio los

beneficiarios recibirán una subvención para el cumplimiento de los

objetivos previstos, que asciende según consta en el ANEXO 1 -

Presupuesto Integral - del respectivo Contrato, para el caso de la

Universidad Nacional de Río Cuarto, a un monto de hasta PESOS CUATRO

MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS ($ 4.343.500,00).

Que por Resolución Nº 388 de Consejo Superior de esta

Universidad Nacional – se autorizar la creación del Área

Presupuestaria 3-62: "FONARSEC -OMEGA 3”, para la ejecución de los

fondos asignados para dicho Proyecto y su incorporación al Presupuesto

del Ejercicio 2015, vigente para esta Casa de Estudios.

Que a fojas 45 del expediente 118.993, el Señor Decano de la

Facultad de Ingeniería solicita autorización para efectuar una

Contratación Directa por exclusividad con la firma SUPERTEC S.A. CUIT

N° 30-69965713-8 METROHOM A.G. (Suiza) del equipamiento detallado a

fs. 33/37 del mencionado expediente, por la suma de Francos Suizos

TREINTA MIL CIENTO CUARENTA Y UNO.

Que, la Agencia Nacional De Promoción Científica y

Tecnológica,- Fonarsec–,informa que habiendo analizado la

documentación relacionada con la Compra Directa solicitada, en el

marco del FITR salud n°04 no encuentra objeciones que formular, según

nota obrante a fs. 43 de citado expediente.

Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las

disposiciones legales y reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo

establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso d) apartado 2)

y Decreto Nº 893/12 Artículo 22.

Page 73: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el

Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA Nº

123/15, encuadrado dentro de los establecido en el Decreto Nº 1023/01

Artículo 25 Inciso d) apartado 2) y Decreto Nº 893/12 Artículo 22°.,

realizada con el objeto de contratar la provisión de un equipo Aparato

para la determinación automática de la estabilidad a la oxidación de

grasas y aceites naturales o de productos que contienen grasa con

indicación conductimétrica, RANCIMAT PARA ACEITES Y GRASAS. Modelo:

892 Marca: METROHM A.G Origen: Suiza, con sus consumibles y

accesorios, adjudicando a favor de la firma. SUPERTEC S.A. CUIT N° 30-

69965713-8 METROHOM A.G. (Suiza), en la suma de Francos Suizos

TREINTA MIL CIENTO CUARENTA Y UNO (CHF 30.141,00) que al cambio

oficial del día 22 de de diciembre de 2015 de 1 CHF = $ 12,927

equivalen a la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL

SEISCIENTOS TREINTA CON TREINTA CENTAVOS ($ 389.630,30)

ARTICULO 2º.- Autorizar la imputación contable por la suma total de

PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA CON TREINTA

CENTAVOS ($ 389.630,30) con cargo al ejercicio financiero en

vigencia.

ARTICULO 3º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de las firmas

mencionadas en el artículo 1º.- de la presente Resolución, conforme a

las condiciones del contrato.

ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento

las áreas de competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº 1479

Page 74: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO, 23/12/15

VISTO, la Resolución Consejo Directivo Nº 337/15 de la

Facultad de Ciencia Exactas, Físico-Químicas y Naturales de esta

Universidad Nacional, obrante a fojas 53/56 del Expediente Nº 114049,

y

CONSIDERANDO:

Que por el citado acto Resolutivo se aprobó la Adenda al

Convenio Específico entre esta Universidad Nacional de Río Cuarto y la

Municipalidad de Río cuarto, Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras

Públicas y Vialidad (EDECOM).

Que dicha Adenda es a razón de incorporar como cláusula, la

cual oportunamente por omisión involuntaria no se incorporó, el aporte

en dinero que el EDECOM, debe realizar a esta Casa de Estudios para el

desarrollo de las actividades propuestas en el mencionado Convenio.

Que por Resolución Rectoral Nº 956/14 se aprobó el Convenio

de referencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron

conferidas por el Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad

Nacional,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º- Aprobar la Adenda del Convenio Específico entre esta

Universidad Nacional de Río Cuarto y la Municipalidad de Río Cuarto,

Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Vialidad (EDECOM),

la cual obra como Anexo –I- de la presente, ello por los motivos

indicados en los considerandos de la presente.

ARTICULO 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento

las áreas de competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº 1483

Page 75: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

Anexo –I- Resolución Nº:1483

Page 76: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar
Page 77: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar
Page 78: BOLETIN OFICIAL - UNRCNº 1 en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CINCO CENTAVOS ($ 185.430,05). RR1429-2015-ROVERE-T (15/12/15) - Aprobar

RIO CUARTO,23/12/15

VISTO, lo actuado en Expediente N° 119152 y la necesidad de convocar a

Concurso Cerrado Interno y General de Antecedentes y Oposición para cubrir Un (1)

cargo vacante en Agrupamiento -A-, Categoría -2- en la Dirección de Patrimonio

dependiente de la Dirección General de Administración de la Secretaria Económica de

esta Universidad Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que la cobertura del mencionado cargo debe efectuarse conforme lo

establecido por las Resoluciones Consejo Superior Nº 264/90, 148/00, Providencias

Resolutivas Consejo Superior Nros. 002/02 y 007/03 y Resolución Consejo Superior Nº

061/04, ello en un todo de acuerdo con lo dispuesto por Resolución Consejo Superior

Nº017/08.

Que existe factibilidad presupuestaria para cubrir dicho cargo.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el

Artículos 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R e s u e l v e:

ARTICULO 1º - Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, para la

cobertura de Un (1) cargo vacante en Agrupamiento –Administrativo - Categoría -2- en

la Dirección de Patrimonio dependiente de la Dirección General de Administración de

la Secretaria Económica de esta Universidad Nacional y una carga horaria semanal de

35 horas de 07:00 a 14:00 o a determinar por el Área, con las especificaciones del

Anexo -I- de la presente.

ARTICULO 2º - Declarar abierta la inscripción a partir del 15 al 19 de febrero de

2.016, de 08.00 a 12.00 Horas en la Dirección de Recursos Humanos, en cuyo lugar se

deberá presentar curriculum vitae acompañado de la documentación que acrediten

antecedentes y certificados correspondientes. La Prueba de Oposición del llamado a

Concurso dispuesto por el Artículo 1° de la presente, se realizará el día 29 de

febrero de 2.016, a partir de las 09:30 horas en el ámbito de la Secretaria

Económica de esta Universidad o en lugar a determinar.

ARTICULO 3° - No se admitirá presentación de antecedentes, certificaciones y ningún

tipo de documentación, con posterioridad a la fecha de cierre de la inscripción.

ARTICULO 4º-En caso de no registrarse inscriptos de aspirantes al llamado a Concurso

Cerrado Interno conforme lo dispuesto por el Art. 1º de la presente, llámese a

Concurso Cerrado General de Antecedentes y Oposición, en idénticas condiciones y

ajustándose a las normativas vigentes a que se hace referencia en el Anexo –I- de la

presente, ello conforme a las fechas que se indican a continuación:

-Inscripción: 14 al 18 de marzo de 2016.

-Evaluación: 30 de marzo de 2016.

-Resultado: Plazo tres (3) días hábiles computados a partir desde la fecha fijada

para la evaluación de antecedentes o de la finalización de la prueba de oposición.

Dicho plazo podrá ampliarse por un período igual por razones debidamente

justificadas.

ARTICULO 5º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de

competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº1484

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ANEXO I - RESOLUCION Nº1484

Unidad: Dirección Patrimonio - Secretaria Económica

Responsabilidad Primaria:

-Entender en general, sobre todas las tareas que se realizan en la

Dirección de Patrimonio.

-Recepción de expedientes de bajas, donaciones y su tratamiento en la

Secretaria Económica.

-Control de cargo y documentación.

-Entender en procedimientos sobre denuncias por robo de bienes

patrimoniales de la U.N.R.C.

-Poseer conocimientos en leyes, normas y procedimientos sobre

administración de bienes patrimoniales.

-Realizar registro, control e inspección de bienes en la Universidad.

-Manejo de sistemas informáticos generales y específicos al cargo a

concursar.

Condiciones Generales:

-Las establecidas por el Decreto Nº 366/06.

Condiciones Específicas:

-Poseer conocimientos de la organización y funcionamiento del Área a

concursar.

-Entender en procedimientos sobre denuncias por robo de bienes

patrimoniales de la Universidad.

-Entender en lo relativo a la donación de bienes patrimoniales y baja

de bienes.

-Subsidios de organismos externos a la U.N.R.C. y el tratamiento a dar

a los bienes donados a la Institución.

-Entender sobre los procedimientos de transferencia de cargos

patrimoniales.

-Responsabilidad patrimonial de los usuarios de bienes patrimoniales.

- Remuneración: la establecida por el Poder Ejecutivo Nacional, según

el Escalafón aprobado por Decreto 366/06 para el Agrupamiento y

Categoría motivo del concurso.

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Los integrantes del Jurado serán:

Titulares: Suplentes:

Cra. María de los Ángeles ARGUELLO Señor Rubén CRAVAI

DNI.Nº 20.700.293 DNI.Nº 8.363.032

Sr. Luis José VENTURIN Sra. María del Carmen AROMATARIS

DNI.Nº 8.030.412 DNI.Nº 5.577.394

Sra. Silvana GEUNA Sra. Elizabeth MAZONE

DNI.Nº 17.733.506 DNI.Nº 10.821.645

Veedor de A.T.U.R.C. a designar por esa Asociación Gremial.

Los integrantes del Jurado deberán cumplir las funciones estipuladas en la

Resolución Consejo Superior Nº 264/90 y deberá expedirse sobre el resultado

del concurso dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados

desde la fecha fijada para la evaluación de antecedentes o de la

finalización de la prueba de oposición. Dicho plazo podrá ampliarse por un

período igual por razones justificadas.

Temario General

Estatuto de la Universidad, en lo relativo a deberes y atribuciones del

Consejo Superior y el Rector.

Interrelación de la Dirección de Patrimonio con las demás áreas de la

Dirección General de Administración, de la Secretaria Económica y de las

Facultades.

Ficha de Control de cargos, requisitos, firmas y documentación.

Denuncias por desaparición o robo de bienes de propiedad de la Universidad.

Transferencia de bienes patrimoniales en el ámbito de la Institución y a

otros organismos.

Responsabilidad de los usuarios de bienes patrimoniales.

Altas presupuestarias y extrapresupuestarias.

Información para el cierre del ejercicio presupuestario y contable.

Entrevista personal, presentación y defensa de un proyecto de aplicación al

área a concursar.

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SORTEO DE TEMAS

Una vez definido –por parte del Jurado- el número de preguntas que

integrarán el cuestionario objeto de la evaluación, cada uno de sus

miembros – individualmente- procederá a elaborarlas con anterioridad al

sorteo de temas. Este tendrá lugar quince (15) minutos antes de la

iniciación de la prueba de evaluación – en el aula, sala y/o oficina

habilitada para el concurso- ante los postulantes que deseen estar

presentes.

Las preguntas elaboradas por parte de cada uno de los miembros

integrantes del Jurado, serán colocadas en urna o sobre habilitado para

el correspondiente sorteo para su posterior extracción por parte de –al

menos un postulante.

En el caso en que al extraer las preguntas, el Jurado entienda que

alguna de ellas se repite, podrá -el mismo- ordenar la extracción de

una nueva.

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RÍO CUARTO, 23/12/15

VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 118.593 a

fojas 01/187, el informe técnico producido por la Secretaría de

Coordinación Técnica y Servicios obrante a fojas 178, y lo actuado por la

Comisión Evaluadora obrante a fojas 179, y

CONSIDERANDO:

Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones

legales y reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo establecido en el

Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34

Inciso b).

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo

25º del Estatuto de esta Universidad,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA Nº 20/15

encuadrado dentro de lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25

Inciso c) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso b), realizada con el

objeto de contratar la provisión de equipamiento de seguridad y vigilancia,

solicitados por la Secretaría de Coordinación Técnica y Servicios de esta

Universidad Nacional de Río Cuarto, adjudicando a favor de las siguientes

firmas:

GARCIA SOLER FERNANDO MARTIN Y BONETTO EDGARDO JOSE S.H.: CUIT Nº 30-

71185767-9, el renglón Nº 7 en la suma total de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS

NOVENTA Y OCHO ($2.998,00).

INTERCITY COMUNICACIONES S.A.: CUIT Nº 30-70959404-0, los renglones Nº 1, 2

(con el adicional fuente y soporte para domo), 3, 4, 6, 8, Y 9 en la suma

total de PESOS DOSCIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO CON DOS

CENTAVOS ($ 207.424,02).

ARTICULO 2º.- Dejar sin efecto el renglón Nº 5, por una reestructuración en

el proyecto, por lo cual ya no es necesario dicho equipo.

ARTICULO 3º.- Autorizar la imputación contable por la suma total de PESOS

DOSCIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS VENTIDOS CON DOS CENTAVOS ($ 210.422,02)

con cargo al ejercicio financiero en vigencia.

ARTICULO 4º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de las firmas

mencionadas en el artículo 1º de la presente Resolución, con posterioridad

a la recepción final del bien o servicio.

ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº 1494

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RÍO CUARTO,29/12/15

VISTO, la documentación obrante en el Incidente Nº 114.813-1

a fojas 01/10, y

CONSIDERANDO:

Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las

disposiciones legales y reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo

establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 12 Inciso g) y Decreto

Nº 893/12 Artículo 124 Inciso b).

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el

Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA Nº

124/15 encuadrado dentro de lo establecido en el Decreto Nº 1023/01

Artículo 12 Inciso g) y Decreto Nº 893/12 Artículo 124 Inciso b),

realizada con el objeto de prorrogar la Orden de Compra Nº 18/15 por

el seguro de los vehículos de transporte de pasajeros solicitado por

la Secretaría de Coordinación Técnica y Servicios de esta Universidad

Nacional de Río Cuarto, adjudicando a favor de la siguiente firma:

MUTUAL RIVADAVIA DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS CUIT

Nº 30-69210356-0, el renglón Nº 1 en la suma total de PESOS CIENTO

SESENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y SIETE ($ 166.057,00).

ARTICULO 2º.- Autorizar la imputación contable por la suma total de

PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y SIETE ($ 166.057,00) con

cargo al ejercicio financiero en vigencia.

ARTICULO 3º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de la firma

mencionada en el artículo 1º.- de la presente Resolución, con

posterioridad a la recepción final del bien o servicio.

ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento

las áreas de competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº 1507

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RIO CUARTO,29/12/15

VISTO, lo actuado en Expediente N° 119396 y la necesidad de convocar a

Concurso Cerrado Interno y General de Antecedentes y Oposición para cubrir Un (1)

cargo vacante en Agrupamiento -A-, Categoría -5- en la Secretaria Administrativa

de la Facultad de Ciencias Económicas de esta Universidad Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que la cobertura del mencionado cargo debe efectuarse conforme lo

establecido por las Resoluciones Consejo Superior Nº 264/90, 148/00 sus

modificatorias, Providencias Resolutivas Consejo Superior Nros. 002/02 y 007/03 y

Resolución Consejo Superior Nº 061/04, ello en un todo de acuerdo con lo dispuesto

por Resolución Consejo Superior Nº017/08 y Decreto Nº 366/06 –Título 4º-.

Que existe factibilidad presupuestaria para cubrir dicho cargo.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el

Artículos 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R e s u e l v e:

ARTICULO 1º- Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, para la

cobertura de Un (1) cargo vacante en Agrupamiento –Administrativo - Categoría -5-

en la Secretaria Administrativa de la Facultad de Ciencias Económicas de esta

Universidad Nacional y una carga horaria semanal de 35 horas en horario diario de

13.30 a 20.30, con las especificaciones del Anexo -I- de la presente.

ARTICULO 2º- Declarar abierta la inscripción a partir del 22 al 26 de febrero de

2.016, de 08.00 a 12.00 Horas en la Dirección de Recursos Humanos, en cuyo lugar se

deberá presentar curriculum vitae acompañado de la documentación que acrediten

antecedentes y certificados correspondientes. La Prueba de Oposición del llamado a

Concurso dispuesto por el Artículo 1° de la presente, se realizará el día 07 de

marzo de 2.016, a partir de las 12:00 horas en el ámbito de la Facultad de

Ciencias Económicas de esta Universidad o en lugar a determinar.

ARTICULO 3°- No se admitirá presentación de antecedentes, certificaciones y ningún

tipo de documentación, con posterioridad a la fecha de cierre de la inscripción.

ARTICULO 4º - Determinar que en el caso de no registrarse inscripción de

postulantes al llamado a Concurso dispuesto por el Artículo 1º de la presente

llámese a Concurso Cerrado General de Antecedentes y Oposición, bajo las mismas

especificaciones indicadas en el Anexo –I- de la presente y encuadradas en los

alcances previstos en el Artículo 61º Inciso b) de la Resolución Consejo Superior

Nº 148/00 y su modificatoria 061/04, excepto en cuanto a las fechas de:

inscripción, prueba de oposición y evaluación de los antecedentes y expedición del

Jurado sobre el resultado final del Concurso, que serán las siguientes:

-Inscripción: 16 al 22 de marzo de 2016.

-Fecha de evaluación: 01 de abril de 2016.

-Resultado: Plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados a partir desde la

fecha fijada para la evaluación de antecedentes o de la finalización de la prueba

de oposición. Dicho plazo podrá ampliarse por un período igual por razones

justificadas.

ARTICULO 5º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de

competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº1529

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ANEXO I - RESOLUCION Nº1529

Unidad: Secretaria Administrativa - Facultad de Ciencias Económicas

Responsabilidad Primaria:

- Asistencia y asesoría para la confección de la ficha de inscripción

de postulantes a Concursos Docentes, Alumnos, Adscriptos y toda otra

convocatoria que se suscite en el ámbito de esta Unidad Académica.

- Entender sobre todas y cada una de las reglamentaciones vinculadas a

Concursos Docentes, Alumnos y No Docentes.

- Notificación fehaciente de todas las instancias en el proceso de

concurso desde su Llamado hasta la finalización del trámite concursal,

seguimiento de los actuados.

- Bases de datos de todos los contactos (jurados, universidades,

facultades, etc.) que permitan el rápido contacto con el personal

interviniente en la etapa de concursos.

- Carga de permisos y partes médicos de todo el personal de la Unidad

Académica en el programa de Asistencia de la Facultad.

- Control de legajos, actualización de los mismos.

- Apoyo en los requerimientos sobre petición de licencias del Personal

y su trámite.

- Sostenida comunicación con la Dirección de Comunicación y Cultura

sobre la publicación de concursos y cursos aprobados por esta Unidad

Académica.

- Inscripción a cursos y demás eventos. Atención personal y telefónica

a los interesados.

- Complementación en la recepción y carga de expedientes con el

Personal Responsables de Mesa de Entradas de la Facultad.

- Archivo de expedientes y documentación.

- Colaboración y apoyo a la Coordinación Administrativa en la

confección de notas, memos y toda otra documentación requerida.

- Toda otra vinculada al Área Cursos y Concursos.

- Remuneración: la establecida por el Poder Ejecutivo Nacional, según

el Escalafón aprobado por Decreto 366/06 para el Agrupamiento y Categoría

motivo del concurso.

Condiciones Específicas

Tener experiencia en la función o en su defecto poseer conocimientos sobre

la misma.

Los integrantes del Jurado serán:

Titulares: Suplentes:

Señora Felisa VELEZ Señora Lucia COSTA

DNI.Nº 13.060.780 DNI.Nº 13.389.732

Señora Candela MARZARI Señora Sonia CRUSEÑO

DNI.Nº 14.356.086 DNI.Nº 21.013.107

Señora Elizabeth MAZZONI Señora Analia CRESPI

DNI.Nº 10.821.645 DNI.Nº 18.046.780

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Veedor de A.T.U.R.C. a designar por esa Asociación Gremial.

Los integrantes del Jurado deberán cumplir las funciones estipuladas en la

Resolución Consejo Superior Nº 264/90 y deberá expedirse sobre el resultado

del concurso dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados

desde la fecha fijada para la evaluación de antecedentes o de la

finalización de la prueba de oposición. Dicho plazo podrá ampliarse por un

período igual por razones justificadas.

Temario General

Órganos de Gobierno de la Universidad y Facultades.

Régimen de concursos efectivos, Resolución Consejo Superior Nº 309/09

(artículo 1º al 25º).

Reglamento de Concursos Interinos, Resolución Consejo Directivo Nº

223/14 (Anexo desde I Convocatoria al V Evaluación y Dictamen del

jurado).

Carrera docente (Artículo 2º al 13º) Régimen y reglamentación de la

Facultad, Resolución Consejo Superior Nº 103/12 (artículo 4º al 11º).

Reglamento de selección de Ayudantías de Extensión en el ámbito de la

Facultad.

Régimen y Reglamento de Ayudantías de Segunda.

Régimen de licencias al personal docente.

Conocimiento sobre registro de Expedientes, Resolución Rectoral Nº

051/95.

Conocimientos de Segex, Word y Excel.

SORTEO DE TEMAS

Una vez definido –por parte del Jurado- el número de preguntas que

integrarán el cuestionario objeto de la evaluación, cada uno de sus

miembros – individualmente- procederá a elaborarlas con anterioridad al

sorteo de temas. Este tendrá lugar quince (15) minutos antes de la

iniciación de la prueba de evaluación – en el aula, sala y/o oficina

habilitada para el concurso- ante los postulantes que deseen estar

presentes.

Las preguntas elaboradas por parte de cada uno de los miembros integrantes

del Jurado, serán colocadas en urna o sobre habilitado para el

correspondiente sorteo para su posterior extracción por parte de –al menos

un postulante.

En el caso en que al extraer las preguntas, el Jurado entienda que alguna

de ellas se repite, podrá -el mismo- ordenar la extracción de una nueva.

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RIO CUARTO,30/12/15

VISTO, las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 118696, la

Resolución Rectoral Nº 1198/15, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado acto resolutivo se llamó a concurso Cerrado

Interno de Antecedentes y Oposición para la cobertura de Un (1) cargo

vacante en Agrupamiento Administrativo, Categoría 1, en la Dirección General

de la Facultad de Agronomía y Veterinaria de esta Universidad Nacional, a

sustanciarse dicha instancia el día 22 de diciembre de 2.015.

Que en el día de la sustanciación del concurso, antes indicado,

el jurado designado para la concreción del mismo, no pudo hacerse presente,

ello por razones ajenas a esta Institución, motivo por el cual corresponde

determinar una nueva fecha para el concurso de referencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas

por los Artículos 22º y 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,

EL VICERRECTOR

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º - Determinar que el Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y

Oposición, para la cobertura de Un (1) cargo vacante en Agrupamiento –

Administrativo- Categoría 1 en la Dirección General de la Facultad de

Agronomía y Veterinaria de esta Universidad Nacional, convocado por

Resolución Rectoral Nº 1198/15, se llevará a cabo el día 22 de febrero de

2.016, ello por las causales enunciadas en el segundo considerando de la

presente.

ARTÍCULO 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las

áreas de competencia. Cumplido, archívese.

RESOLUCION Nº1538