BOLETIN OFICIAL - Universidad Nacional de Río Cuarto · Internacional de Música Contemporánea...
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BOLETIN OFICIAL Universidad Nacional de Río Cuarto Año: 2016 – Nº: 7Río Cuarto, Córdoba, República Argentina, Viernes 21 de Octubre del 2016 www.unrc.edu.ar/boletinoficial
SUMARIO
RR0776-2016-ROVERE-T (16/08/16) - Aprobar Académicamente la realización de la propuesta de formacióndocente "Introducción a la creación de Materiales DidácticosHipermediales", a realizarse los días 24 y 25 de agosto de 2016.
RR0780-2016-ROVERE-T (16/08/16) - Aprobar la liquidación del Certificado de Obra Nº10 A-A primeraRedeterminación de Precios, "Refacción en edificios para departamentosde Cs. Nat.- Edificio campus y pabellon H", a favor de la FirmaLASCANO INGENIERIA Y ARQUITECTURA S.A.
RR0781-2016-ROVERE-T (17/08/16) - Aprobar Académicamente la realización de las Jornadas. "¡Esto es mío!Propiedad Intelectual y derecho de autor en la Universidad Pública", losdías 18 y 19 de agosto de 2016. Prof. Ext.Vist. Laura TORCHIO.
RR0789-2016-ROVERE-T (17/08/16) - Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, Un(1)cargo en -A-4, en el Dpto. Mesa de Entradas dependiente de laDirección Gral. de Ent. Desp. y Archivo.
RR0793-2016-ROVERE-T (17/08/16) - Aprobar el procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA Nº032/16 -Gas propano a granel. A favor de la Firma CAÑUELAS GAS S.A.$1.050.300,00.-.
RCS0221-2016-ROVERE-T (18/08/16) - Declarar de Interés Institucional la "Campaña Nacional de Promocióndel Consumo de Miel" que se llevará a cabo desde el 08 al 14 de agostode 2016, en la Cuidad de Río Cuarto.
RCS0222-2016-ROVERE-T (18/08/16) - Aprobar Convenio Marco de Cooperación Científica y Cultural asuscribir entre la Universidad Nacional de Río Cuarto y la Universidadde San Carlos de Guatemala, obrante a fojas 13/17.
RCS0223-2016-ROVERE-T (18/08/16) - Aprobar las Jornadas "Debates sobre la Universidad que Queremos"organizada por la Sec. de Planeamiento y Relaciones Institucionales, arealizarse los días 01,03 y 04 de agosto de 2016.
RCS0224-2016-ROVERE-T (18/08/16) - Otorgar el Aval Institucional de esta Universidad Nacional, a los festejosorganizados por la Federación Universitaria de Río Cuarto, que serealizarán los días 27 y 28/08 y 03 y 04/09/2016.
RCS0227-2016-ROVERE-T (18/08/16) - Aprobar el Proyecto de "Ampliación del Consejo Académico yOrientaciones para su funcionamiento", de la Secretaría Académica deesta Universidad y modificar la duración de la designación de losrepresentantes estudiantiles a Un (1) año.
RCS0228-2016-ROVERE-T (18/08/16) - Aprobar el "Ciclo: Iniciación a la Práctica Pedagógica en la
Rector: Prof. Roberto Luis Rovere Vice Rector: Prof. Jorge R. Gonzalez Secretario General: Prof. Enrique G. BergamoSecretario Económico: Prof. José Luis Tobares Secretaria de Posgrado y Coop. Inernacional: Prof. Gabriela I. MaldonadoSecretaria Académica: Prof. Ana Vogliotti Secretario de Planeamiento y Rel. Institucionales: Prof. Jorge Oscar Guazzone Secretario de Trabajo: Prof. Jorge O. Martinez Secretario de Coordinación Técnica y Servicios: Prof. Juan Carlos AmattiSecretario de Ciencia y Técnica: Prof. Juan Miguel Marioli Secretario de Extensión y Desarrollo: Prof. Pedro DucantoSecretario de Bienestar: Med.Vet. Fernando L. Moyano
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SUMARIOUniversidad", presentado por la Secretaría Académica de estaUniversidad la cual obra como Anexo I de la presente.
RCS0229-2016-ROVERE-T (18/08/16) - Designar una Comisión "Ad-Hoc" encargada de elaborar las tareasencomendadas en el tercer Considerando de la presente, la cual estaráintegrada como lo menciona la citada Resolución.
RCS0230-2016-ROVERE-T (18/08/16) - Derogar los alcances de la Res. C.S. Nº308/15, en lo referente a losmontos de las Becas de Ayuda Económica y de Alumnos conDiscapacidad, por el cual se aprobó el monto de las referidas Becas. Ay.Econ.$1800 y Discapacidad $3.600.
RCS0231-2016-ROVERE-T (18/08/16) - Aprobar el Convenio Específico entre esta Universidad Nacional de RíoCuarto y la Universidad Federal de Río de Janeiro -Brasil- obrante afojas 169/171.
RR0802-2016-ROVERE-T (18/08/16) - Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, paraDos (2) cargos en -MPSG-7-, en el Dpto. de Seg. y Control dependientede la Secretaria Coord. Téc. y Serv.
RR0803-2016-ROVERE-T (18/08/16) - Establecer nueva fecha para evaluación Concurso Cerrado GeneralTP-4- Dpto. Biología Molecular de la Fac. Cs. Exactas. Inscripción: 12 al16/09/2016. Examen:19/09/2016
RR0804-2016-ROVERE-T (18/08/16) - Establecer nueva fecha de evaluación Concurso Cerrado General A-6Dpto. Computación Fac. Cs. Exactas. Inscripción: 12 al 16/09/2016.Examen:19/09/2016.
RR0819-2016-ROVERE-T (24/08/16) - Aprobar el desarrollo de la propuesta de Capacitación " Curso deEspecialización en Alfabetización Digital".
RR0824-2016-ROVERE-T (26/08/16) - Excluir de los alcances de la Res. Rect. 982/16 (PIIMEG) e Incluir en laRes. Mencionado (PIIMEG) según Anexo I y II.
RR0825-2016-ROVERE-T (26/08/16) - Designar como evaluadores de los Proyectos de PrácticasSocio-Comunitarias, presentados en la convocatoria 2015-2016, a laspersonas que se detallan en Res. Rec. Nº 825.
RR0837-2016-ROVERE-T (26/08/16) - Aprobar la liquidación del Certificado de Obra Nº 1 A-A, Obra:"LABORATORIO DE FORMACIÓN PRÁCTICA- ESCUELA DEENFERMERÍA- AMPLIACIÓN NIVEL +3.70", a favor de la FirmaCAPELLO S.A $521.562,13.-
RCS0233-2016-ROVERE-T (31/08/16) - Aprobar las actividades preliminares para la elaboración de losLineamientos Político-Académicos y Estratégicos para la modalidad a
Rector: Prof. Roberto Luis Rovere Vice Rector: Prof. Jorge R. Gonzalez Secretario General: Prof. Enrique G. BergamoSecretario Económico: Prof. José Luis Tobares Secretaria de Posgrado y Coop. Inernacional: Prof. Gabriela I. MaldonadoSecretaria Académica: Prof. Ana Vogliotti Secretario de Planeamiento y Rel. Institucionales: Prof. Jorge Oscar Guazzone Secretario de Trabajo: Prof. Jorge O. Martinez Secretario de Coordinación Técnica y Servicios: Prof. Juan Carlos AmattiSecretario de Ciencia y Técnica: Prof. Juan Miguel Marioli Secretario de Extensión y Desarrollo: Prof. Pedro DucantoSecretario de Bienestar: Med.Vet. Fernando L. Moyano
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SUMARIOdistancia de la U.N.R.C, el que obra como Anexo I de la presente.
RCS0234-2016-ROVERE-T (31/08/16) - Aprobar, el Informe de la Comisión conformada por Res. C.S. Nº108/15,el cual obra como Anexo I de la presente, por el cual se exceptúa alCAMDOCEX de la aplicación de la retención del 20% establecido en laRES. C.S Nº117/04.
RCS0235-2016-ROVERE-T (31/08/16) - Modificar la constitución de la Comisión "Ad-Hoc" de "Fortalecimientode las TIC en la U.N.R.C.", aprobada por Res. C.S. Nº455/15, ello apartir del 21 de junio de 2016.
RCS0236-2016-ROVERE-T (31/08/16) - Otorgar Aval Institucional al "XVII Simposio Internacional en PercepciónRemota y Sistemas de Información Geográfica", se desarrollara entre losdias 7 y 11 de noviembre de 2016, en la Ciudad de Puerto Iguazú,Misiones.
RCS0237-2016-ROVERE-T (31/08/16) - Dejar sin efecto la Res. C.S. Nº270/11, Providencia Res. Rec. Nº004/12 yRes. C.S. Nº363/15, ello por lo motivos expuestos en los considerando dela presente.
RCS0238-2016-ROVERE-T (31/08/16) - Declarar de Interés Institucional el Proyecto "MASMENOS-CicloInternacional de Música Contemporánea del Bicentenario de laDeclaración de la Independencia de la Republica Argentina", entre losmeses de abril a diciembre de 2016.
RCS0239-2016-ROVERE-T (31/08/16) - Declarar de Interés Institucional la Acción de Arte Colectivo "El locrofestivo Riocuartense", elaborado por los Artistas locales, AdrianaGUEZURAGA y Leonardo FAGIANO, el que se llevó a cabo el09/07/2016.
RCS0240-2016-ROVERE-T (31/08/16) - Homologar el Acuerdo Paritario, correspondiente a las Actas Nº03 y 04de 2016 de la Comisión Técnica Paritaria del Sector No Docente, las queobran como Anexo I y II, de la presente.
RCS0243-2016-ROVERE-T (31/08/16) - Incorporar al Presupuesto del Ejercicio 2016, vigente para laUniversidad Nacional de Rio Cuarto, la suma de ($889.560,00.-).
RCS0244-2016-ROVERE-T (31/08/16) - Incorporar al Presupuesto del Ejercicio 2016, vigente para laUniversidad Nacional de Rio Cuarto, la suma de ($699.721,00.-).
RCS0245-2016-ROVERE-T (31/08/16) - Aprobar el Convenio entre la Universidad Nacional de Rio Cuarto y laCONSULTORA DE RIESGO, SALUD Y AMBIENTE, obrante a fojas 2/3.
RCS0246-2016-ROVERE-T (31/08/16) - Incorporar al Presupuesto del Ejercicio 2016, vigente para laUniversidad Nacional de Rio Cuarto, la suma de ($581.200,00.-).
Rector: Prof. Roberto Luis Rovere Vice Rector: Prof. Jorge R. Gonzalez Secretario General: Prof. Enrique G. BergamoSecretario Económico: Prof. José Luis Tobares Secretaria de Posgrado y Coop. Inernacional: Prof. Gabriela I. MaldonadoSecretaria Académica: Prof. Ana Vogliotti Secretario de Planeamiento y Rel. Institucionales: Prof. Jorge Oscar Guazzone Secretario de Trabajo: Prof. Jorge O. Martinez Secretario de Coordinación Técnica y Servicios: Prof. Juan Carlos AmattiSecretario de Ciencia y Técnica: Prof. Juan Miguel Marioli Secretario de Extensión y Desarrollo: Prof. Pedro DucantoSecretario de Bienestar: Med.Vet. Fernando L. Moyano
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SUMARIORCS0247-2016-ROVERE-T (31/08/16) - Aprobar el Convenio entre la Universidad Nacional de Rio Cuarto y el
CLUB JUAN BAUTISTA ALBERDI, obrante a fojas 20/21.RCS0248-2016-ROVERE-T (31/08/16) - Aprobar el Convenio Marco entre la Universidad Nacional de Rio Cuarto
y la ASOCIACION VECINAL PARAISO, obrante a fojas 15/16.RCS0249-2016-ROVERE-T (31/08/16) - Aprobar el Convenio de Condiciones Generales y los de Condiciones
Particulares a suscribirse entre la Universidad Nacional de Rio Cuarto yNACIÓN LEASING S.A., obrante a fojas 259/277.
RCS0250-2016-ROVERE-T (01/09/16) - Aprobar el Convenio entre la Universidad Nacional de Rio Cuarto y laSUBSECRETARÍA DE LA JUVENTUD DE LA NACIÓN, dependiente delMinisterio de Desarrollo Social de la Nación, obrante a fojas 2/3.
RR0850-2016-ROVERE-T (01/09/16) - Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, paraUn (1) cargo en -A-6, en el Área Económico-Financiera de la Fac. deCiencias Económicas.
RR0851-2016-ROVERE-T (01/09/16) - Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, paraUn (1) cargo en -A-4, en el Dpto. de Almacenes de la SecretaríaEconómica.
RCS0252-2016-ROVERE-T (06/09/16) - Aprobar la propuesta de la Comisión de Investigación, ExtensiónUniversitaria y Desarrollo.
RCS0253-2016-ROVERE-T (06/09/16) - Ratificar la Resolución del Consejo Directivo Nº 108/16, de la Facultadde Ingeniería de esta Universidad.
RCS0256-2016-ROVERE-T (06/09/16) - Aprobar el Convenio de Cooperación y Complementación entre laUniversidad Nacional de Rio Cuarto y el HOGAR ESCUELA MARÍABENITA ARIAS de la Ciudad de Rio Cuarto.
RCS0257-2016-ROVERE-T (06/09/16) - Otorgar el Aval Institucional, a los trabajos que se vienen realizandodesde la Multisectorial por los Derechos Humanos de Rio Cuarto.
RCS0258-2016-ROVERE-T (06/09/16) - Aprobar el Convenio Marco a suscribir entre la Universidad Nacional deRio Cuarto y el GRUPO INSA -Francia-, obrante a fojas 2/4.
RR0875-2016-ROVERE-T (06/09/16) - Aprobar la liquidación del Certificado de Obra Nº3 A-A, Obra:"REFACCIÓN DE LA PISTA DE ATLETISMO", a favor de la firma I.C.S.A. por la suma de pesos $956.639,02.
RR0888-2016-ROVERE-T (07/09/16) - Aprobar la Contratación Directa Nº028/16, a favor de las distintasFirmas: PEIRE GUILLERMO NICOLÁS, GUANTEX S.R.L., CONFALS.A.
RR0890-2016-ROVERE-T (13/09/16) - Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, para
Rector: Prof. Roberto Luis Rovere Vice Rector: Prof. Jorge R. Gonzalez Secretario General: Prof. Enrique G. BergamoSecretario Económico: Prof. José Luis Tobares Secretaria de Posgrado y Coop. Inernacional: Prof. Gabriela I. MaldonadoSecretaria Académica: Prof. Ana Vogliotti Secretario de Planeamiento y Rel. Institucionales: Prof. Jorge Oscar Guazzone Secretario de Trabajo: Prof. Jorge O. Martinez Secretario de Coordinación Técnica y Servicios: Prof. Juan Carlos AmattiSecretario de Ciencia y Técnica: Prof. Juan Miguel Marioli Secretario de Extensión y Desarrollo: Prof. Pedro DucantoSecretario de Bienestar: Med.Vet. Fernando L. Moyano
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SUMARIOUn(1) cargo en -TP-4, en el Dpto. Electrotécnica dependiente de la Sec.Coord. Tec. y Serv.
RR0894-2016-ROVERE-T (13/09/16) - Aprobar el "Programa de Apicultura 2016", organizado por la Sec. deExtensión y Desarrollo de esta UNRC., durante el año 2016 y Designar aProfesoras Resp. MELEGATTI y PEREYRA.
RR0910-2016-ROVERE-T (14/09/16) - Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición paraUn (1) cargo TP-4, en la Dirección de Biblioteca Central dependiente dela Sec. de Bienestar.
RR0920-2016-ROVERE-T (16/09/16) - Aprobar la liquidación de los Certificados de Obra del Nº5 al Nº11,Obra: "Refacción de edif. para Dptos. de Cs. Nat.", a favor de la FirmaLESCANO INGENIERIA ARQUITECTURA S.A., por la suma de$243.033,25.
RR0921-2016-ROVERE-T (16/09/16) - Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, paraUn (1) cargo en -MPSG-5, en el Serv. Alimentario dependiente de la Sec.de Bienestar.
RR: Resolución Rectoral - RCS:Resolución Consejo Superior - RJE: Resolución Junta Electoral RAU:Resolución Asamblea Universitaria - APD:Acta Paritaria Docente - APND: Acta Paritaria No Docente
Rector: Prof. Roberto Luis Rovere Vice Rector: Prof. Jorge R. Gonzalez Secretario General: Prof. Enrique G. BergamoSecretario Económico: Prof. José Luis Tobares Secretaria de Posgrado y Coop. Inernacional: Prof. Gabriela I. MaldonadoSecretaria Académica: Prof. Ana Vogliotti Secretario de Planeamiento y Rel. Institucionales: Prof. Jorge Oscar Guazzone Secretario de Trabajo: Prof. Jorge O. Martinez Secretario de Coordinación Técnica y Servicios: Prof. Juan Carlos AmattiSecretario de Ciencia y Técnica: Prof. Juan Miguel Marioli Secretario de Extensión y Desarrollo: Prof. Pedro DucantoSecretario de Bienestar: Med.Vet. Fernando L. Moyano
RIO CUARTO,16/08/2016
VISTO, la nota obrante a fojas 1 del Expediente Nº 121319,
presentada por la Secretaría Económica de esta Universidad Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que en la citada nota se solicita se otorgue Una (1) Beca de
Ayuda Económica a favor del alumno Diego Hernán SOSA, quien colabora en el
Área de Tesorería y del alumno Bernardo Manuel BELASCOAIN, quien colabora en
la Dirección de Contabilidad, con una carga horaria semanal de 10 horas.
Que dicha beca es por el monto mensual de PESOS MIL QUINIENTOS
($1.500,00) y por el período comprendido entre el 01 de junio y hasta el 31
de diciembre de 2.016.
Que lo solicitado es en razón de la necesidad de contar con
personal de apoyo en la referida Secretaría, para colaborar en lo básico por
un tiempo determinado hasta que se cubran todas las vacantes existentes en
la misma.
Que se cuenta con la correspondiente factibilidad presupuestaria
para acceder a lo solicitado, según lo informado a fojas 12.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º- Autorizar el pago del equivalente a Una (1) Beca de Ayuda
Económica, a favor de los alumnos Diego Hernán SOSA (D.N.I. Nº: 34.975.136)
y Bernardo Manuel BELASCOAIN (D.N.I. Nº: 34.762.706), por el monto mensual
de PESOS MIL QUINIENTOS ($1.500,00) cada uno, siendo el monto total a
percibir por cada uno la suma de PESOS DIEZ MIL QUINIENTOS ($10.500,00),
ello desde el 01 de junio y hasta el 31 de diciembre de 2.016, por las
actividades señaladas en los considerandos de la presente.
ARTICULO 2º- Determinar que las erogaciones que demande el cumplimiento de
la presente, serán imputadas al presupuesto de la Secretaría Económica (Área
9-0) de esta Universidad Nacional.
ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCION Nº 776
RIO CUARTO,16/08/2016
VISTO, lo actuado en Incidente Nº 112733-15, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 del citado Incidente el Departamento de
Certificación y Control de Obras, solicita se liquide el Certificado de Obra
Nº 10 A-A primera Redeterminación de Precios correspondiente a la Obra:
“REFACCIÓN EN EDIFICIOS PARA DEPARTAMENTOS DE CIENCIAS NATURALES – EDIFICIO
CAMPUS Y PABELLON H”, adjudicada a la FIRMA LASCANO INGENIERIA ARQUITECTURA
S.A., Licitación Pública Nº 07/14, suscribiéndose el Contrato Nº 06/15.
Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las
disposiciones legales y reglamentarias en vigor de acuerdo con lo
establecido por la Ley de Obras Públicas Nº 13.064.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Aprobar la liquidación del Certificado de Obra Nº 10 A-A
primera Redeterminación de Precios, Obra: “REFACCIÓN EN EDIFICIOS PARA
DEPARTAMENTOS DE CIENCIAS NATURALES – EDIFICIO CAMPUS Y PABELLON H”,
adjudicada a favor de la Firma LASCANO INGENIERIA ARQUITECTURA S.A.,
Licitación Pública Nº 07/14, Contrato Nº 06/15, por la suma de PESOS
DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y
SEIS CENTAVOS ($299.354,46).
ARTICULO 2º- Deducir el anticipo financiero del 30% a la FIRMA antes
mencionada por la suma de PESOS OCHENTA Y SEIS MIL NOVESCIENTOS OCHENTA Y
DOS CON TRES CENTAVOS ($86.982,03).
ARTICULO 3º- Autorizar la retención del CINCO POR CIENTO (5%) en concepto de
Fondo de Reparo, sobre el monto certificado del período, cuyo importe es de
PESOS CATORCE MIL NOVESCIENTOS SESENTA Y SIETE CON SETENTA Y DOS CENTAVOS
($14.967,72).
ARTICULO 4º- Autorizar la liquidación y pago en favor de la Firma LASCANO
INGENIERIA ARQUITECTURA S.A., por el MONTO NETO A PAGAR de la suma de PESOS
CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUATRO CON SETENTA CENTAVOS
($197.404,70).
ARTICULO 5º- Determinar que las erogaciones que demande el cumplimiento de
la presente, serán imputadas con cargo al Ejercicio vigente.
ARTICULO 6º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN Nº780
RIO CUARTO,17/08/2016
VISTO, la nota obrante a fojas 9 del Incidente Nº 117930-4
presentada por la Secretaría Académica de esta Universidad Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que en dicha nota se solicita se apruebe académicamente la
realización de las Jornadas: “¿Esto es mío! Propiedad intelectual y derecho
de autor en la universidad pública”, a realizarse los días 18 y 19 de agosto
de 2.016, y se declare de interés institucional su realización.
Que asimismo, se solicita se designe como Profesora
Extraordinaria Visitante de esta Casa de Estudios a la Dra. Laura TORCHIO,
quien estará a cargo de las mencionadas Jornadas.
Que en cuanto a los aspectos económicos, corresponde autorizar
la liquidación y pago de la Suma de PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000,00) a favor
de la Dra. Laura TORCHIO, a liquidarse en concepto de honorarios, ello con
cargo al área presupuestaria 6-19 (UNIRÍO - EDITORA), en el marco del
proyecto “Apoyo al Desarrollo de las Editoriales Universitarias Argentinas”.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron
conferidas por el Artículo 25° del Estatuto de esta Universidad Nacional,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°- Aprobar Académicamente la realización de las Jornadas: “¿Esto es
mío! Propiedad intelectual y derecho de autor en la universidad pública”, a
realizarse los días 18 y 19 de agosto de 2.016, ello por los motivos
indicados en los Considerandos de la presente.
ARTICULO 2°- Autorizar el contrato de Obras y designar a la Dra. Laura
TORCHIO (D.N.I. Nº: 24.220.439), como Profesora Extraordinaria Visitante de
esta Universidad Nacional, ello por los motivos expuestos en los
Considerandos de la presente.
ARTICULO 3º- Autorizar la liquidación y pago bajo contrato de obras de la
Suma de PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000,000) a favor de la Dra. Laura TORCHIO
(D.N.I. Nº: 24.220.439), a liquidarse en concepto de honorarios, ello con
cargo al área presupuestaría 6-19 (UNIRIO – EDITORA).
ARTICULO 4º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCION N° 781
RÍO CUARTO, 17/08/2016
VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 121.061 a
fojas 01/60, el informe técnico producido por la Secretaría de Coordinación
Técnica y Servicios obrante a fojas 53, y lo actuado por la Comisión
Evaluadora a fojas 54, y
CONSIDERANDO:
Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones
legales y reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo establecido en el
Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12
Artículo 34 Inciso a) apartado 2.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
25º del Estatuto de esta Universidad,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Aprobar el procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 19/16
encuadrado dentro de los establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25
Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso a) apartado
2., realizada con el objeto de contratar la provisión de equipos para
seguridad y vigilancia solicitados por la Secretaría de Coordinación
Técnica y Servicios con destino al Departamento de Seguridad y Control de
esta Universidad Nacional de Río Cuarto, adjudicando a favor de la firma
INTERCITY S.R.L. C.U.I.T. Nº 30-70814880-2, los renglones Nos. 1, 2 y 3 en
la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS TRES CON
NOVENTA Y UN CENTAVOS ($ 226.303,91).
ARTICULO 2º- Desestimar la oferta presentada por la firma INTERCITY S.R.L.
CUIT 30-70814880-2; en el renglón Nº4 por considerarse excesivo el precio
cotizado en relación al estimado preventivamente, según lo informado por la
Comisión Evaluadora a fojas 54.
ARTICULO 3º- Declarar desierto el renglón Nº 4 por falta de oferta
admisible.
ARTICULO 4º- Autorizar la imputación contable por la suma total de PESOS
DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS TRES CON NOVENTA Y UN CENTAVOS ($
226.303,91) con cargo al ejercicio financiero en vigencia.
ARTICULO 5º- Autorizar la liquidación y pago a favor de la firma mencionada
en el artículo 1º de la presente Resolución, con posterioridad a la
recepción final del bien.
ARTICULO 6º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCION Nº 789
RIO CUARTO, 17/08/2016
VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 121.416 a
fojas 01/39, el informe técnico producido por la Secretaría de
Coordinación Técnica y Servicios obrante a fojas 33, y lo actuado por la
Comisión Evaluadora obrante a fojas 34, y
CONSIDERANDO:
Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las
disposiciones legales y reglamentarias en vigor, de acuerdo a lo
establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso d) apartado 1) y
Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso a) apartado 2.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el
Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Aprobar el procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 032/16
encuadrada dentro de los establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo
25 Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso a)
apartado 2; realizada con el objeto de contratar la provisión de “gas
propano a granel” solicitado por la Secretaría de Coordinación Técnica y
de Servicios con destino distintos sectores del Campus de esta
Universidad Nacional de Río Cuarto, adjudicando a favor de la firma
CAÑUELAS GAS S.A. C.U.I.T. Nº 30-63718290-7, el renglón Nº 1, en la
suma total de PESOS UN MILLÓN CINCUENTA MIL TRESCIENTOS ($
1.050.300,00).
ARTICULO 2º.- Autorizar la imputación contable por la suma total de
PESOS UN MILLÓN CINCUENTA MIL TRESCIENTOS ($ 1.050.300,00) con cargo al
ejercicio financiero en vigencia.
ARTICULO 3º.- Autorizar la liquidación y pago a favor de la firma
mencionada en el artículo 1º de la presente Resolución, con
posterioridad a la recepción del elemento solicitado y de conformidad
con cada descarga.
ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento
las áreas de competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCION Nº 793
RIO CUARTO,16/08/2016
VISTO, la nota presentada a fojas 5 del Expediente Nº 121.603,
por el Secretario de Extensión y Desarrollo de esta Universidad, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada nota se solicita declarar de Interés
Institucional la “Campaña Nacional de Promoción del Consumo de Miel”,
impulsada por el Ministerio de Agroindustria con la participación del
Consejo Nacional Apícola, bajo el slogan “Súmale Miel a tu Vida”, que se
llevará a cabo desde el 08 al 14 de agosto del corriente año, en diversas
actividades en la ciudad de Río Cuarto, conjuntamente con los Productores
Apícolas, Instituciones Educativas Públicas y Privadas, Organizaciones
Sociales, INTA, Municipalidad de Río Cuarto y otros.
Que, entre otros objetivos, en la mencionada Campaña, se busca
fomentar el Consumo de Miel en la Población Argentina.
Que la propuesta de organización de la Campaña antes
mencionada, en la Universidad Nacional de Río Cuarto, ha sido elaborada
por las responsables del Programa Apícola de la Secretaria de Extensión y
Desarrollo, Profesora Paula MELEGATTI y Natalia PEREYRA.
Que este Órgano de Gobierno considera procedente acceder a lo
solicitado.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferida
por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y el
Artículo 6º Inc. 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º- Declarar de Interés Institucional la “Campaña Nacional de
Promoción del Consumo de Miel”, impulsada por el Ministerio de
Agroindustria con la participación del Consejo Nacional Apícola, bajo el
slogan “Súmale Miel a tu Vida”, la que se llevará a cabo desde el 08 al
14 de agosto del corriente año, en diversas actividades en la ciudad de
Río Cuarto, conjuntamente con los Productores Apícolas, Instituciones
Educativas Públicas y Privadas, Organizaciones Sociales, INTA,
Municipalidad de Río Cuarto y otros.
ARTICULO 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DOS DIAS DEL MES DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCION Nº221
RIO CUARTO,16/08/2016
VISTO, el Convenio Marco de Cooperación Científica y Cultural
entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO y la UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE
GUATEMALA, obrante a fojas 13/17 del Expediente Nº 118205, y
CONSIDERANDO:
Que el citado Convenio tiene como objetivo fomentar la cooperación
y el intercambio de personal entre ambas Instituciones Educativas, en los
campos de la docencia, investigación y extensión universitaria, con el fin de
intercambiar estudiantes, profesores e investigadores, a nivel de pregrado,
grado y posgrado, a través de la organización de encuentros educativos,
cursos de actualización, foros, actividades y mesas de intercambio académico,
así como el desarrollo de proyectos de investigación de mutuo interés.
Que se cuenta con la debida intervención de la Dirección de
Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 7906 obrante a fojas 20.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 20° del Estatuto de esta Universidad Nacional y Artículo 6º
Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º- Aprobar el Convenio Marco de Cooperación Científica y Cultural a
suscribir entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO y la UNIVERSIDAD DE SAN
CARLOS DE GUATEMALA, obrante a fojas 13/17 del Expediente Nº 118205.
ARTICULO 2°- Autorizar al Rector de esta Universidad Nacional, a celebrar el
acto de firma del referido Convenio.
ARTICULO 3°- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DOS DIAS DEL MES DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCION N°222
RIO CUARTO, 16/08/2016
VISTO, lo actuado en Expediente Nº 121548 y la nota obrante a fojas
1, elevada por el Secretario de Planeamiento y Relaciones Institucionales de
esta Universidad, y
CONSIDERANDO:
Que por dicha nota se solicita a este Órgano de Gobierno la
aprobación de las Jornadas “Debates sobre la Universidad que queremos”,
organizadas por la Secretaria de Planeamiento y Relaciones Institucionales de
esta Universidad, a realizarse durante los días 01, 03 y 04 de agosto de 2016 en
esta Casa de Estudios.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por
el Artículo 20° del Estatuto de esta Universidad Nacional y artículo 6º Inciso 9
del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R e s u e l v e:
ARTICULO 1°- Aprobar las Jornadas “Debates sobre la Universidad que queremos”,
organizadas por la Secretaria de Planeamiento y Relaciones Institucionales de
esta Universidad, a realizarse los días 01, 03 y 04 de agosto de 2016 en esta
Casa de Estudios.
ARTICULO 2°- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas
de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DOS DIAS DEL MES DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCION N°223
RIO CUARTO, 16/08/2016
VISTO, el Expediente Nº 121693 por el cual se tramita la
solicitud de Aval Institucional a los festejos para celebrar el Día del
Niño, y
CONSIDERANDO:
Que los festejos son organizados por la Federación
Universitaria de Río Cuarto y se realizarán en lo siguientes barrios:
Vecinal Paraíso, el día 27 de agosto, Capilla Santa Rita, día 28 de
agosto, Casa de Alfabetización Karina Vega, el día 03 de septiembre y
Centro Cultural Mulato Mulé, el día 04 de septiembre del corriente año.
Que este Órgano de Gobierno entiende procedente acceder a lo
solicitado.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron
conferidas por el artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y
el artículo 6º inciso 9) del Reglamento Interno de este Cuerpo,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Otorgar el Aval Institucional de esta Universidad Nacional,
a los festejos que organizados por la Federación Universitaria de Río
Cuarto y se realizarán en lo siguientes barrios: Vecinal Paraiso, el día
27 de agosto, Capilla Santa Rita, día 28 de agosto, Casa de
Alfabetización Karina Vega, el día 03 de septiembre y Centro Cultural
Mulato Mulé, el día 04 de septiembre del corriente año.
ARTICULO 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DOS DIAS DEL MES
DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCIÓN Nº224
RIO CUARTO,16/08/2016
VISTO, el Expediente Nº 118515 y el Proyecto de ampliación del Consejo
Académico y Orientaciones para su funcionamiento, y
CONSIDERANDO:
Que la propuesta ha sido elaborada por la Secretaria Académica y
consensuada con el Consejo Académico, con consultas a estudiantes, no docentes,
gremios y graduados.
Que en la misma se proponen innovaciones en procedimientos y tareas de
gestión, en tanto órgano de asesoramiento de la Secretaria Académica.
Que significa un aporte a la democratización en la toma de decisiones
en gestión.
Que cuenta con Dictamen Nº 7184 de Asuntos Jurídicos, el cual expresa
que no existen reparos de orden legal para su implementación.
Que se cuenta con Despacho de la Comisión de Enseñanza y Planeamiento
Nº 779, que aprueba académicamente el proyecto, rectificando la duración de la
designación de los representantes estudiantiles por un (1) año.
Que se ha expedido la Comisión de Interpretación y Reglamento de éste
Órgano de Gobierno, quien además de aprobar el referido proyecto aconseja modificar
la duración de la designación de los representantes estudiantiles a Un (1) año.
Que en la propuesta de ampliación se incorporan como integrante del
referido Consejo Académico, Seis (6) estudiantes, correspondiendo Uno (1) por cada
Centro de Estudiantes, en carácter de Observador, los cuales tendrán voz pero no
voto y su presencia no será considerada para el quórum de las reuniones.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el
Artículo 20° del Estatuto de esta Universidad Nacional y Artículo 6º Inciso 9) del
Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R e s u e l v e:
ARTICULO 1°- Aprobar el proyecto de “ampliación del Consejo Académico y
orientaciones para su funcionamiento”, de la Secretaria Académica de esta
Universidad.
ARTICULO 2°- Modificar la duración de la designación de los representantes
estudiantiles a Un (1) año.
ARTICULO 3°- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS CINCO DIAS DEL MES DE JULIO
DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCION N° 227
ANEXO I RESOLUCION Nº 227
UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
SECRETARÍA ACADÉMICA
PROYECTO:
AMPLIACIÓN DEL CONSEJO ACADÉMICO de SECRETARÍA ACADÉMICA Y
ORIENTACIONES PARA SU FUNCIONAMIENTO
1- Fundamentación
El Consejo Académico (CA), constituye un órgano de asesoramiento para la Secretaría Académica
(SA) de la UNRC, cuya misión y funciones han sido delimitadas por Resolución Nº 055/2002 del
Consejo Superior, actualmente en vigencia y la cual se toma como marco normativo.
En esa Resolución, la misión del CA consiste en ´establecer políticas orgánicas consensuadas,
procedimientos académicos y administrativos unificados y transformaciones sistemáticas,
jerarquizando la articulación y participación de los Secretarios Académicos de las Facultades en el
diseño de lineamientos y propuestas político-académicas para la toma de decisiones` y entre sus
funciones se reconoce la coordinación de las acciones, funciones y procedimientos entre esta SA y las
SA de las cinco Facultades. De las funciones se infiere que su composición está conformada sólo por
los Secretarios Académicos de las Facultades y de la Universidad, cuestión que se ratifica en los
hechos, en el funcionamiento hasta el momento del CA.
Las funciones atribuidas al CA se orientan a la generación de propuestas, definición de lineamientos y
políticas académicas generales; asesoramiento a los órganos de conducción de la Universidad en
cuestiones relativas a la definición, interpretación y/o instrumentación de lineamientos y políticas
académicas; diseño de programas y proyectos académicos articulados y consensuados para el
desarrollo y mejoramiento de la calidad de los procesos de enseñanza y de aprendizaje en las
carreras; articulación con el accionar, estrategias, programas y proyectos de las Secretarías
Académicas de Facultades y proponer y acordar propuestas académicas de vinculación interna y
externa en atención a los lineamientos político-académicos de la Universidad y con los organismos
ministeriales nacionales y provinciales, dependencias e instituciones de educación superior
universitaria y no universitaria provinciales, nacionales e internacionales.
Respondiendo a la política actual sustentada en la democratización del conocimiento y la
incorporación de las múltiples y diversas voces en los acuerdos básicos para la toma decisiones y en
atención a las tareas que definen el funcionamiento y organización del CA, por la importancia y el
alcance de las mismas, resulta conveniente y necesario, ampliar la composición de este órgano de
asesoramiento, dado que el mismo fundamenta su actividad en las cuestiones académicas centrales
de la institución, direccionadas al Consejo Superior. Esta nueva integración provee de una mayor
legitimidad, por las perspectivas de abordajes, intereses, conocimientos y experiencias que podrán
aportar otras voces a los asesoramientos y propuestas brindadas al Consejo Superior, quien resuelve
desde la participación de todos los estamentos que componen la comunidad universitaria y en su
vinculación con el contexto.
Considerando estas razones, se amplía la composición del Consejo Académico de la SA mediante la
incorporación permanente de estudiantes y un responsable de las áreas de registro de alumnos.
Estas representaciones se suman a los Secretarios Académicos, todos docentes, quienes hasta hoy
son los únicos que lo conforman y que por sus tareas específicas se constituyen en miembros
fundamentales. Adicionalmente, cuando la temática lo requiera, se solicitará la participación
ampliada de alguno/s de los estamentos o sectores que componen la comunidad universitaria, así
como también de los representantes del Consejo Social.
Contar con la participación de estas distintas voces, potencia una mayor riqueza en los análisis y
construcciones, a la vez que las diferentes miradas asegura el pluralismo necesario en los procesos
de democratización de las decisiones de la universidad pública.
En virtud de que esta nueva composición del CA implicará una mayor complejidad en los procesos,
también se hace necesario acordar algunas pautas que optimicen su funcionamiento y propicien una
plena participación de sus miembros, legitimando los acuerdos producidos en el contexto de
tratamiento y discusión de los diversos temas, con la celeridad, profundidad y responsabilidad que
ameritan.
Por ello, este nuevo marco normativo, pretende profundizar la democratización en los procesos de
asesoramiento y elaboración de propuestas de la SA al Consejo Superior y Rectorado; ampliar la
composición del Consejo Académico de la Secretaría Académica de la UNRC y acordar pautas de
funcionamiento del Consejo Académico de la Secretaría Académica de la UNRC.
2- Propuesta de composición y funcionamiento del Consejo Académico de la Secretaría
Académica de la UNRC
Atendiendo a estas intencionalidades, en lo que sigue, se presentan pautas sobre la composición y
funcionamiento del Consejo Académico.
COMPOSICIÓN y FUNCIONAMIENTO del CONSEJO ACADÉMICO de la SECRETARÍA ACADÉMICA
A) Misión y Objetivos
Misión:
- Establecer políticas consensuadas, procedimientos académicos y administrativos unificados y
transformaciones sistemáticas, priorizando la articulación y participación de sus integrantes,
en el tratamiento de temas, asuntos o casos y en el diseño de lineamientos y propuestas
político-académicas para la toma de decisiones institucionales.
Objetivos:
- Coordinar las acciones, funciones y procedimientos académicos entre la Secretaría
Académica de la Universidad y las Secretarías Académicas de las Facultades.
- Participar en los procesos de generación de propuestas, de definición de lineamientos y
políticas académicas generales para la Universidad.
- Asesorar a los Órganos de Conducción de la Universidad en cuestiones relativas a la
definición, interpretación y/o instrumentación de lineamientos y políticas académicas de la
misma.
- Diseñar programas y proyectos académicos articulados y consensuados para el desarrollo y
mejoramiento de la calidad de la formación, enseñanza y aprendizajes en la UNRC.
- Articular el accionar y estrategias de las Secretarías Académicas de Facultad, sus programas y
proyectos, con los programas y proyectos de la Secretaría Académica, en función de los
lineamientos político-académicos de la Universidad.
- Proponer y consensuar programas y proyectos de articulación y vinculación interna y
externa, en orden a los lineamientos político-académicos vigentes, con las unidades
académicas y áreas de la Universidad y con los organismos ministeriales nacionales y
jurisdiccionales, dependencias e instituciones de educación superior universitaria y no
universitaria provinciales, nacionales e internacionales.
B) Integrantes
El Consejo Académico estará integrado por:
Secretarios Titulares:
- Secretaria/o Académica/o de la UNRC
- Secretarias/os Académicas/os de las cinco Facultades de la UNRC
Suplentes:
Por razones de ausencia o licencia temporaria tanto el/la Secretario/a de la UNRC como los/las
Secretarios/as pueden ser sustituidos por otro Secretario o un Sub-Secretario Académico, en las
reuniones y/o trabajos del Consejo Académico, cuidando de que se mantenga la representatividad de
la SA Central y las cinco Facultades.
- Un estudiante
- Un responsable de Registro de Alumnos
A los efectos de otorgar mayor institucionalidad, acerca de su designación se establece que: el
estudiante, así como sus cuatro suplentes, serán propuestos por la Federación Universitaria de Río
Cuarto (FURC) asegurando la participación de un estudiante por facultad; el responsable del área de
Registro de Alumnos será propuesto por acuerdo de los cinco responsables (o jefes) de los
mencionados registros de cada facultad, siendo los restantes cuatro, suplentes naturales de este
órgano consultivo.
- Estudiantes en carácter de observadores
Estos estudiantes en carácter de observadores, correspondiendo uno por cada Centro de
Estudiantes, tendrán voz pero no voto y su presencia no será considerada para el quórum de las
reuniones. Su participación obedece a una mayor presencia de las realidades de todas las facultades.
Serán propuestos por cada Centro de Estudiantes.
Adicionalmente, cuando la temática lo requiera, se solicitará la participación de alguno/s de los
estamentos o sectores que componen la comunidad universitaria, así como también de los
representantes del Consejo Social.
Integrantes del Consejo Académico
Integrante Titulares Suplente/s Participación
Secretarios (docentes)
Un Secretario/a de UNRC
Subsecretario/a de UNRC Con voz y voto
Cinco Secretarios/as de las Facultades
Subsecretario/as de Facultades
Con voz y voto
Estudiantes Uno, propuesto por FURC Cuatro, propuestos por FURC
Con voz y voto
No docente Un Responsable de Registro de Alumnos
Cuatro Responsables de registro de Alumnos
Con voz y voto
Centros de Estudiantes
Estudiantes: uno por cada Centro de Estudiantes, propuestos por ellos (no definen quórum).
Con voz y sin voto
C) Nombramientos y certificaciones
Ante la ausencia del titular, el suplente tendrá las mismas facultades que éste. En caso de que deje
de ocupar el cargo, su suplente hará las funciones de representante hasta que sea nombrado el
nuevo titular.
Todos los integrantes del Consejo Académico, titulares y suplentes, serán designados ad-honorem
por el Rector y su desempeño y participación estará enmarcada en la misión y funciones del mismo,
establecidas por Resolución del Consejo Superior. La duración de la designación coincidirá con el
período de gestión rectoral, excepto los Secretarios y Sub-secretarios de Facultades, cuyo período de
designación, responderá a su propio período de gestión. La duración de las designaciones de los
estudiantes será siempre por un año. El desempeño de los integrantes del CA será certificado por la
SA y el Rectorado al finalizar el período de gestión.
D) Funcionamiento
Los integrantes del CA tendrán las siguientes funciones:
El/la Secretaria/o Académica/o de la UNRC será quien coordinará al CA y tendrá las siguientes
facultades: representar al CA; proponer el calendario de reuniones; convocar a las reuniones;
convocar a sesión extraordinaria a solicitud de los integrantes y/o cuando un tema, asunto o caso lo
amerite; designar al Secretaria/o de Actas; presentar propuestas e informes, proponer el orden del
día de las sesiones; coordinar la dinámica de debate y trabajo del Consejo; resguardar los acuerdos y
atender a las diferencias de opinión entre los miembros; autorizar y firmar las Actas; proveer y
solicitar a los Integrantes la información necesaria para el funcionamiento del Consejo.
Los Integrantes del Consejo tendrán las siguientes facultades: presentar propuestas e informes;
asistir y participar activamente en las reuniones; solicitar que se incluyan en el orden del día los
temas o asuntos que consideren pertinentes; proponer modificaciones a las actas; firmar las actas y
acuerdos de cada sesión; cumplir con las tareas que le encomiende el CA e informar sobre las
mismas.
El/la Secretaria/o de Actas tendrá las siguientes facultades: elaborar el orden del día de las sesiones y
proponerlo a la/el Secretaria/o Académica/o quien deberá autorizarlo; convocar, con acuerdo con
el/la Coordinador/a a las reuniones con cinco días de anticipación, como mínimo, en el caso de las
ordinarias y con dos, en el caso de las extraordinarias; integrar la información de la reunión
correspondiente y enviarla a los integrantes con anticipación suficiente; registrar por escrito en un
Acta, de manera sucinta los asuntos tratados y los acuerdos y/o diferencias entre los integrantes;
enviar a los integrantes el Acta de la última reunión, a los efectos de que los mismos puedan leerla,
revisarla y corregirla, en caso necesario; dar lectura del orden del día y del Acta de la reunión anterior
y hacerla firmar después que ha sido aprobada por los Integrantes; llevar el archivo de la
documentación derivada de las sesiones.
Las reuniones ordinarias del año académico serán incluidas en un cronograma acordado previamente
por los integrantes; las reuniones extraordinarias pueden ser convocadas en cualquier momento, en
tanto los temas, asuntos o casos ameriten un tratamiento como prioridad. Las convocatorias a las
reuniones ordinarias o extraordinarias, deberán formularse por escrito e incluir los siguientes
elementos: quien convoca; orden del día; lugar, fecha y hora en que se llevará a cabo la sesión, inicio
y finalización.
El quórum para las reuniones se integrará con la asistencia del cincuenta por ciento más uno de los
Integrantes, incluyendo en ese porcentaje, al menos, un estudiante o responsable de las áreas de
registro de alumnos, dos Secretarios Académicos de las Facultades y el/la Secretario/a de la UNRC.
Todos los integrantes del CA deberán respetar las fechas y horarios de las reuniones. En caso de no
cumplir con el quórum, pasada media hora, se llevará a cabo la reunión con los integrantes
asistentes.
Las reuniones podrán tener el carácter de públicas o de privadas y las extraordinarias sólo se
ocuparán del/os asunto/s especial/es para las que fueron convocadas; el CA podrá declarar sesión
permanente hasta que se agote el tema u orden del día convocado.
Las reuniones se desarrollarán de la siguiente manera: comprobación del quórum; apertura de la
sesión; lectura y aprobación del orden del día; aprobación del acta de la sesión anterior, previa
lectura; tratamiento de todos los temas del orden del día; lectura de acuerdos y cierre de la sesión.
El CA podrá constituir grupos de trabajo para el abordaje, análisis o tratamiento de temas o
elaboración de informes o propuestas que se presentarán según tiempo y forma acordados. Estos
grupos de trabajo podrán constituirse con integrantes externos al CA, pero siempre con, al menos, un
integrante del mismo. La documentación, propuesta, informes, presentados por estos grupos será
considerada por el CA.
Todo lo tratado en las reuniones deberá registrarse en Actas. El acta de cada sesión o reunión deberá
contener: membrete institucional; número de acta consecutivo; lugar, fecha y hora de la reunión;
nombres de los asistentes; temas del orden del día en la secuencia en que fueron tratados; asuntos
tratados; incluyéndose las propuestas presentadas y los acuerdos y/o diferencias; responsables de
tareas asignadas; cronogramas acordados, fecha y hora de conclusión de la reunión y firma y
aclaración de los participantes de la reunión; firma en todas las hojas, en anverso y reverso de las
mismas.
RIO CUARTO,16/08/2016
VISTO, el Expediente N° 121349 y la propuesta de Proyecto:
“Ciclo: Iniciación a la Práctica Pedagógica en la Universidad”, y
CONSIDERANDO:
Que el referido proyecto, presentado por la Secretaria
Académica de esta Universidad tiene como propósito generar un espacio
de formación pedagógica para los estudiantes interesados en
desarrollarse profesionalmente en la docencia universitaria.
Que se ha expedido la Comisión de Enseñanza y Planeamiento
de este Órgano de Gobierno.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron
conferidas por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad
Nacional y el Artículo 6º Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo
Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º-. Aprobar el “Ciclo: Iniciación a la Práctica Pedagógica
en la Universidad”, presentado por la Secretaria Académica de esta
Universidad, el cual obra como Anexo -I- de la presente.
ARTICULO 2º-. Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento
las áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS CINCO DIAS DEL
MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
RESOLUCION Nº228
ANEXO –I- RESOLUCION Nº228
CICLO: INICIACIÓN A LA PRÁCTICA PEDAGÓGICA EN LA UNIVERSIDAD
Fundamentación Es sabido que actualmente se están produciendo significativos cambios en la naturaleza de la
construcción del conocimiento y su gestión social. El saber es cada vez más inabarcable, tiende a
la especialización y a la fragmentación creciente, se produce con celeridad y es
instantáneamente distribuido (Pozo, 2009). En este contexto dinámico, que se caracteriza
además por la redefinición de las demandas propias del desarrollo científico tecnológico,
económico y social, Lucarelli (2008) señala que a la universidad se le impone la necesidad de
renovar estructuras, modalidades y formas de organización, como así también repensar los
procesos de enseñanza y de aprendizaje. Los estudiantes universitarios, futuros profesionales,
deben aprender a interactuar de modo flexible con estos saberes complejos y de rápida
caducidad buscando establecer relaciones entre ellos, relativizándolos, contextualizándolos y
cuestionándolos.
De este modo, poner en discusión qué, cómo y para qué se enseña en las aulas de educación
superior se convierte en un desafío ineludible para las instituciones universitarias públicas,
quienes deben promover y habilitar los espacios necesarios para la reflexión sobre estos
sentidos. Reflexión que requiere involucrar a todos los actores institucionales, pero
fundamentalmente implica hacer foco sobre la figura del docente universitario, protagonista y
agente clave en la transformación de los procesos de enseñanza y de aprendizaje.
Ser profesor universitario entraña una significativa complejidad. Su rol se ha definido
históricamente en la trama de luchas diversas, en relación a contextos sociales, políticos,
científicos y culturales particulares. Al respecto, Lucarelli (2008) sostiene que los docentes
universitarios deben hacer frente cotidianamente a una situación paradójica: en el discurso de
las políticas nacionales e internacionales universitarias los muestran como factor clave en el
sostén de la excelencia académica y, por tanto, como sujeto de las acciones tendientes al
mejoramiento de la calidad educativa en el nivel; pero a la vez, cotidianamente en su práctica,
debe construir estrategias adecuadas para organizar la situación de enseñanza y de aprendizaje
para afrontar las nuevas problemáticas sociales y las demandas de los estudiantes, sin que
necesariamente cuente con una formación específica en el campo de la docencia.
Otro de los núcleos duros que atraviesa la necesidad de repensar la enseñanza universitaria
actual, tiene que ver con la superación de la tradicional ponderación de la función investigadora
del profesor universitario por sobre la docencia. Si bien buena parte de las instituciones
universitarias están más preocupadas por ser líderes en investigación que por la formación de
sus estudiantes y de sus docentes, en otros espacios de educación superior se reconoce que
enseñar es distinto de investigar y diferente a llevar a cabo tareas de gestión, de extensión
cultural o de participar en otros proyectos profesionales (Zabalza, 2009).
Basta con reflexionar sobre las implicancias de las dos situaciones anteriormente planteadas,
para visibilizar claramente la relevancia que tiene en el contexto institucional universitario, la
formación para la docencia.
En concordancia con lo anteriormente expuesto, desde la UNRC entendemos que el acceso, la
permanencia y el egreso de los estudiantes se vinculan estrechamente -entre otros factores- con
las situaciones de enseñanza y de aprendizaje que los profesores diseñan y proponen a sus
estudiantes en torno a conocimientos disciplinares con un alto grado de especificidad. En este
sentido, los docentes son protagonistas de estos procesos y de la mejora de los mismos a partir
de su participación en diferentes espacios de formación e innovación de sus prácticas.
Al respecto, en el marco del programa de INGRESO, CONTINUIDAD Y EGRESO EN LAS
CARRERAS DE GRADO 2016-2019 impulsado por esta Secretaría y aprobado por resol. Nº
380/2015 del CS, la formación de los profesores tanto en el campo disciplinar como en el campo
pedagógico es entendida como condición fundamental para generar cambios genuinos a nivel de
las prácticas y de la currícula. Desde este programa marco sostenemos que sólo hay
modificación auténtica de las prácticas, cuando los profesores construyen marcos conceptuales
consistentes, radicalizados y críticos, que les permiten repensarlas e impulsar innovaciones.
Por ello, se vuelve necesario en la educación superior el desarrollo de múltiples escenarios de
formación docente que apunten a movilizar representaciones y conceptos acerca de la
educación, la enseñanza, el aprendizaje, los objetos de conocimiento, los rasgos culturales e
identidades de los estudiantes que hoy llegan a la universidad ya que sin cambios en ellas, no
hay cambio curricular efectivo en la formación de los alumnos. Desde esta perspectiva, para la
UNRC, acompañar a los docentes desde la formación es un propósito institucional central y una
fuerte responsabilidad.
Antecedentes
En los últimos años, las Facultades y la Secretaría Académica del área central han impulsado
diferentes propuestas que apuntan a la mejora e innovación de la enseñanza. Las convocatorias
PIIMEG y PIIMEI por ejemplo, desde hace 20 años proponen a los equipos docentes volver a
pensar sus prácticas y desarrollar propuestas innovadoras para el abordaje de problemáticas
sentidas, que han significado y significan núcleos de preocupación en su experiencia como
docentes.
La reciente convocatoria a Proyectos de lectura y escritura en las asignaturas de primer año
(PELPA) enmarcada en el mencionado programa, por citar otro ejemplo desde el área central,
convoca a equipos de profesores de la UNRC a repensar sus prácticas desde la perspectiva de la
alfabetización académica. Cabe mencionar, además, otras propuestas e iniciativas de trayectos
de formación sistemáticos tales como la como la Diplomatura en lectura, escritura y
pensamiento crítico que dará inicio en el mes de junio, la Especialización en educación
Matemática, la Diplomatura superior en docencia universitaria que se desarrollará también en el
segundo cuatrimestre de 2016 , etc.
La dimensión pedagógica de la docencia universitaria ha sido y es un foco de interés en nuestra
universidad y por tanto, la formación docente en todas las etapas del desarrollo de esta
profesión, adquiere suma relevancia. En este sentido, consideramos que resulta sumamente
necesario acompañar institucionalmente a quienes comienzan a interesarse por este camino de
desarrollo profesional. Este compromiso se manifiesta en nuestro Estatuto (Art N°64) y además
conforma una necesidad reconocida por los mismos estudiantes manifestada en diferentes
oportunidades por sus representantes.
Los espacios de ayudante alumno o profesor adscripto representan, para muchos, los primeros
pasos a transitar en la docencia universitaria. Estas instancias le permiten al estudiante o al
recién egresado, profundizar en puntos centrales de la disciplina y colaborar en los procesos de
enseñanza y de aprendizaje integrándose a un equipo de cátedra, aunque no siempre existe un
acompañamiento desde la formación específicamente pedagógica. Parecería que el proceso de
aprender a ser docente universitario no siempre es reconocido como tal y suele quedar librado al
período de socialización profesional o a la sola experiencia. Aún en algunos ámbitos sigue
prevaleciendo la idea de que ‘a enseñar se aprende enseñando’ y por tanto, cualquier tipo de
formación para ello resulta innecesaria (Zabalza, 2009).
Los mismos estudiantes reconocen que el sistema de ayudantías representa una estrategia
fundamental para la promoción de la carrera docente en los distintos departamentos de las
facultades y a la vez es una experiencia pedagógica clave para los ayudantes; pero, al mismo
tiempo, observan que sus compañeros que comienzan a desempeñarse en este rol, suelen
incorporar y reproducir modos de ser docentes, que no son siempre son objeto de reflexión
teórica, política y en la acción. Como lo expone Zabalza (2009), en las representaciones docentes
suele reforzarse la idea de que hacer una buena docencia es, simplemente, una cuestión de
mucha práctica. Sin duda –afirma el autor- la práctica contribuye, pero por sí sola resulta
insuficiente ya que uno puede estar repitiendo los mismos errores durante mucho tiempo.
Apostando a la formación en el trayecto inicial de la docencia algunas propuestas que apuntan
hacia esta dirección han sido impulsadas por equipos docentes e incluso por los mismos
estudiantes en la UNRC. Sólo por mencionar dos iniciativas:
En el año 2009 en el ámbito de la Facultad de Agronomía y veterinaria, se creó la Escuela de
Ayudantes en el marco de un proyecto de innovación pedagógica. El propósito de esta iniciativa
fue brindarle al ayudante alumno una participación más comprometida con el propio proceso de
enseñanza y aprendizaje incluyendo el aspecto socio-afectivo (Mac Loughlin et al., 2012) El Prof.
Pascual Dauría, impulsor de esta escuela, expone en su trabajo que este tipo de iniciativas
“han arrojado resultados alentadores inherentes a capacitación docente y del ayudante alumno
así como también ha favorecido a la inserción en equipos docentes, en la formación de grado;
integración de contenidos; entrenamiento práctico; comunicación transversal y vertical;
reflexión crítica; desempeño y expresión oral y gráfica; apropiación de conocimientos científicos
a través de la investigación” (Dauría, 2012).
Por otra parte, también en el ámbito de la carrera de Medicina Veterinaria, en el año 2013 surge
el Grupo de Ayudantes de Segunda UNRC. El mismo está conformado por estudiantes
concursados en diferentes asignaturas de esta carrera y surgió con el propósito de que el rol del
Ayudante de Segunda sea discutido por los mismos protagonistas, quienes no tenían un espacio
propio de organización, debate y diseño-construcción de proyectos. En este marco desarrollaron
–entre otras iniciativas- el proyecto Formación para la docencia de par, que consistió en el
desarrollo de diferentes talleres en el año 2014. Las temáticas abordadas en los encuentros
fueron: realidad universitaria nacional y local; pedagogía universitaria; estrategias de
aprendizaje; ley de educación superior y carrera docente. Como resultado de las acciones
desarrolladas, los estudiantes elaboraron el documento Estudiantes comprometidos con la
universidad pública en el que exponen sus conclusiones y valoraciones sobre el ciclo de
formación. En este escrito manifiestan estar convencidos que se pueden generar grandes
avances a partir de la unión y formación de los estudiantes que eligen participar en las
facultades como ayudantes de segunda. Asimismo, apuestan a que estos avances formen parte
de un proyecto de docencia universitaria en el que captando a los profesionales con vocación
docente que eligen la enseñanza como forma de vida.
Una propuesta institucional de formación para el ingreso a la docencia universitaria
Apoyándonos en los antecedentes anteriormente expuestos entendemos la importancia de la
formación docente y la necesidad en particular de gestionar e institucionalizar nuevos y ya
existentes espacios de formación pedagógica para los que se están iniciando en la docencia
universitaria.
La Secretaría Académica del área central se propone habilitar un espacio de formación de
carácter anual para Ayudantes de 2da, becarios de SecyT y profesores adscriptos en los que se
propicie reflexión profunda y auténtica sobre los procesos e enseñanza y de aprendizaje en la
universidad y, particularmente, en nuestra universidad. Procurando que los participantes en el
ciclo de formación puedan poner en una relación dialéctica sus prácticas con diferentes
reflexiones y aportes teóricos que están vinculados estrictamente con la enseñanza y el
aprendizaje en la universidad desde sus múltiples dimensiones.
A continuación se desarrollarán los puntos nodales –temáticos y organizativos- de la propuesta
de formación para ser desarrollada desde el mes de septiembre del año 2016. La misma ha sido
elaborada a partir del trabajo de una comisión consultiva conformada por estudiantes
ayudantes de 2da, graduados, un docente, y miembros de esta Secretaría.
Objetivo general
Generar un espacio de formación pedagógica para los estudiantes y adscriptos interesados en
desarrollarse profesionalmente en la docencia universitaria.
Objetivos específicos
Analizar críticamente las características institucionales de la universidad desde una
perspectiva contextual.
Caracterizar el rol del docente universitario y su importancia para la consolidación de
una educación de nivel superior inclusiva.
Favorecer la reflexión sobre el contexto del aula universitaria, analizando el qué y el
cómo enseñar en la universidad.
Analizar el perfil socio cultural y académico de los estudiantes universitarios como eje
prioritario para la reflexión sobre propuestas de enseñanza.
Intercambiar experiencias de inicio a la docencia universitaria.
Contribuir a la reflexión y redefinición sobre los roles de Ayudante de 2da y adscriptos.
Destinatarios
Este ciclo de formación está destinado a Ayudantes de segunda, Ayudantes de Investigación,
becarios de Secyt de la UNRC, Adscriptos y estudiantes interesados en desarrollarse en el
ámbito de la docencia universitaria.
Metodología
El ciclo se compone de la realización de 7 (siete) encuentros de 3 (tres) horas de duración cada
uno, a realizarse los días viernes. De acuerdo a la cantidad de preinscriptos se analizará la
posibilidad de ofrecer alternativas de horario de cursado de modo que sea posible la
participación de un mayor número de interesados (mañana y tarde).
Se ha propuesto que cada encuentro se desarrolle con la modalidad taller.
Módulos y profesores responsables
El trabajo en la comisión consultiva ha permitido identificar diferentes necesidades de
formación para la docencia. Se han considerado las experiencias previas en el ámbito de cada
facultad y de la Secretaría Académica del área central. En esta primera edición del Ciclo
Iniciación a la práctica pedagógica en la universidad se proponen abordar los siguientes grandes
ejes:
- La institución universitaria en contexto: la dimensión socio política de la educación
superior pública.
- El qué, el cómo y el para qué enseñar en el aula universitaria: desafíos sobre innovación
curricular, metodológica y evaluativa.
- Estudiantes universitarios: perfil socio afectivo y trayectorias educativas para pensar una
enseñanza centrada en el aprendizaje.
Organización tentativa
Para elaborar el cronograma posible de encuentros se han tenido en cuenta los calendarios
académicos 2016 de las cinco facultades, buscando evitar la superposición con los turnos de
exámenes finales.
Se expone a continuación una síntesis de los ejes temáticos que estructuran la propuesta, los
temas, los profesores responsables de la coordinación de cada espacio y la fecha de realización.
Posteriormente se amplían teóricamente los ejes temáticos.
Eje temático Tema/problema Profesores responsables Fecha
1. La institución
universitaria
en contexto: la
dimensión
socio política
de la
educación
superior
pública.
Introducción: El rol del
Ayudante Alumno: ¿qué
hago?
Reflexiones sobre los
supuestos
pedagógicos
subyacentes al
régimen de
alumnos en
nuestra UNRC.
Ana Vogliotti, Marhild Cortese
Pascual Dauria, Virginia Mc
Loughlin, Liliana Sona, Osvaldo
Navarro, Carolina Grosso y
Ramiro Martínez y Graciela
Sagripanti.
2/09/2106
La universidad pública
desde una perspectiva
situada: mirada histórica
sobre una institución
compleja.
Carlos Rang, Manuel Schneider,
Carolina Sturniolo y Mauro Mació
9/09/2016
2. El qué, el cómo
y el para qué
enseñar en el
aula
universitaria:
desafíos sobre
innovación
curricular,
metodológica
y evaluativa.
La enseñanza de los
contenidos disciplinares
¿hacia dónde vamos y
hacia dónde deberíamos
ir? ¿Que nos debería
(pre) ocupar sobre el
enseñar y aprender en la
universidad?
Mónica Astudillo y Alcira Rivarosa
16/09/2016
El sentido del saber y el
saber con sentido.
Relación con el saber.
Aprender y enseñar en
una relación de
autoridad.
Nieves Blanco
(en el marco de curso de posgrado
Saberes docentes y mediación
cultural)
23/09/2016
Educación y Tic: La
construcción
colaborativa
Lorena Montbrun, Sandra Angeli y
Mauricio Boarini
7/10/2016
La institución universitaria en contexto: la dimensión socio política de la educación
superior pública.
Fecha: viernes 02 y viernes 09 de septiembre
Profesores responsables: Ana Vogliotti, Carlos Rang, Marita Cortese, Pascual Dauria, Virginia
Mac Loughlin, Liliana Sona, Osvaldo Navarro, Carolina Grosso y Ramiro Martínez, Graciela
Sagripanti, Carlos Rang, Manuel Schneider, Carolina Sturniolo y Mauro Mació.
La universidad es una institución caracterizada por su complejidad. Este primer gran eje estará
destinado a reflexionar de manera situada sobre este gran espacio educativo que contiene y
define nuestras prácticas docentes desde el punto de vista de las relaciones complejas que
existen entre educación superior, economía y estado en la trama histórica.
Como refiere Lucarelli (2008) en nuestro país, la universidad se encuentra actualmente ante el
desafío de concretar sus funciones con un alto nivel de excelencia pero a la vez respetando los
principios que la perfilaron durante este siglo, todo ello en un contexto de grandes restricciones
financieras. Es necesario, menciona la autora, abocarse a la definición del modelo de universidad
que queremos para el sigo XXI atendiendo a estos desafíos.
Se recuperarán, en este eje, el carácter democrático e inclusivo de la universidad pública
argentina y el significado que esto adquiere en el contexto actual. Coordenadas estas, que dan
sentido y orientan nuestro camino de formación como docentes universitarios.
El qué, el cómo y el para qué enseñar en el aula universitaria: desafíos sobre innovación
curricular, metodológica y evaluativa.
3. Estudiantes
universitarios:
reflexiones
sobre su perfil
socio afectivo
y trayectorias
educativas
para pensar
una enseñanza
centrada en el
aprendizaje
¿Cómo configuran y dan
sentido a sus trayectorias
socioeducativas los
estudiantes? Reflexiones
para la inclusión
educativa desde la
experiencia de las áreas
de orientación vocacional
y comunicación
académica de Secretaría
Académica de la UNRC.
María Elena Meinero, María
Eugenia Nieva, Jimena Cervetto
21/10/2016
Las prácticas de orientación y tutoría como dimensión sustantiva en la nueva docencia universitaria. Saberes y prácticas.
Marcelo Alcoba, Rita Amieva,
Jimena Clerici y Marcelo Curti.
04/11/2016
Fecha: 16 y 23 de septiembre, 07 de octubre
Profesores: Mónica Astudillo, Alcira Rivarosa Nieves Blanco, Lorena Montbrun, Sandra Angeli y
Mauricio Boarini.
Este gran eje temático estará orientado a la comprensión de los procesos de formación que se
dan en la institución universitaria, desde la complejidad que los caracteriza, atendiendo a los
diferentes sujetos involucrados, al contenido disciplinar, las relaciones que se dan entre estos
elementos y el contexto en el cual se sitúa.
Como lo expresa Lucarelli (2008), por mucho tiempo en el ámbito universitario, se ha instalado
que el dominio de contenidos específicos por parte del profesor garantiza la calidad de la
enseñanza y del aprendizaje de los estudiantes. Actualmente se reconoce que el dominio del
saber disciplinar y los modos en que este es gestionado y puesto disposición del aprendizaje del
estudiante en el ámbito de una clase universitaria, deben ser pensados de modo indisociable. No
basta con haber construido un saber disciplinar experto para promover procesos significativos
de aprendizaje. Es necesario pensar la enseñanza universitaria, cuestionando sus modalidades
tradicionales que se han caracterizado históricamente por promover situaciones didácticas
desde un modelo comunicacional simple y unidireccional.
Enseñar y aprender en la universidad se presentan como desafíos complejos que merecen ser
pensados institucionalmente, de manera colaborativa, en pos de continuar fortaleciendo una
educación universitaria inclusiva.
Es reconocido que la demanda de educación superior ha crecido significativamente en la
Argentina. Esto se manifiesta en las aulas universitarias a las que concurren una amplia cantidad
de estudiantes que conforman una población numerosa, heterogénea en cuanto a sus
trayectorias socio educativas y diversas a la que tradicionalmente ha asistido. Siguiendo a Litwin
(2009), las nociones de masividad y calidad se han venido enfrentando y ya forman parte del
paisaje pedagógico a la hora de caracterizar la vida universitaria. La autora, sin embargo,
sostiene que ésta es una falsa denuncia, ya que pueden presentarse clases masivas de calidad o
pequeños grupos de clase, sin ella. La masividad requiere que los estudiantes conozcan y reciban
clases de profesores que asuman la responsabilidad de la docencia en los grupos numerosos y
que puedan diseñar estrategias de enseñanzas innovadoras y sistemas de evaluación adecuados
a esta realidad.
Por otra parte, hoy más que nunca, es inevitable pensar en la irrupción de las nuevas tecnologías
de la información y la comunicación en todos los ámbitos de la vida de un sujeto. El aula
universitaria forma parte de este contexto más amplio y por lo tanto se ve atravesada por la
impronta de estos nuevos modos de producir conocimientos, hacer circular información,
compartirla y aprender. La relación entre estudiantes, contenidos y docentes ya no puede ser
pensada a espaldas de esta marca contextual. Al respecto, Litwin (2009) advierte:
“Las tecnologías siempre se inscribieron en las innovaciones y fueron acompañadas por
promesas referidas a su potencia para generar mejores, más animadas, seductoras,
motivadoras propuestas de enseñanza. Sin embargo, no todos los casos de incorporación de
tecnologías favorecen tales procesos. Existen propuestas que decoran las aulas con un aura
de modernidad y no generan verdaderas transformaciones. En otras, se banaliza el
tratamiento de la enseñanza. Y en algunas, verdaderamente se constituyen en la única
manera de favorecer la reflexión.”
2. Estudiantes universitarios: reflexiones sobre su perfil socio afectivo y trayectorias
educativas para pensar una enseñanza centrada en el aprendizaje
Fecha: viernes 21 de octubre
Profesores: Equipo del área de orientación vocacional y de comunicación académica de
Secretaría Académica, respectivamente: María Elena Meinero, María Eugenia Nieva y
Jimena Cervetto. Equipo del GAT de la Facultad de Ingeniería: Rita Amieva, Marcelo Alcoba y
Marcelo Curti. Jimena Clérici.
Comprender el perfil cognitivo y socio educativo de los estudiantes universitarios y su
problemática, es uno de los puntos de partida para repensar la enseñanza universitaria.
La expansión de la matrícula en el último tiempo nos posiciona frente a un importante grupo de
estudiantes cuyas trayectorias sociales y educativas son muy diversas.
Es importante repasar las iniciativas institucionales que a través de diferentes áreas, secretarías
o proyectos específicos en cada facultad se ponen en marcha para apuntalar y orientar los
procesos de aprendizaje de los estudiantes en contacto directo con ellos. Los espacios de tutoría
-definidos de múltiples formas- son una realidad en la UNRC desde hace años y resulta más que
interesante y necesario conocer estas iniciativas, sus propuestas, estrategias como así también
sus resultados.
De modo complementario, resulta indispensable, como lo señala Ezcurra (2007), establecer una
nueva dirección en relación al vínculo con el estudiante. Será importante que las instituciones
universitarias no sólo atiendan a la problemática estudiantil desde áreas o secretarás específicas
o desde proyectos particulares, sino que esta atención se traslade al ámbito del aula, a la
experiencia académica cotidiana de enseñar y aprender. Esto será posible si existe un
compromiso de los profesores para con los estudiantes, interesados en brindar orientaciones
para su desarrollo y éxito académico. Podría pensarse esta dimensión en relación a la función
tutorial inherente a la función docente. Para poder realizar esta función el profesor universitario
necesita el adquirir y desarrollar unas nuevas competencias propias de la tutoría vinculadas a la
comunicación, al desarrollo vincular, el trabajo en equipo, etc.
Inscripciones y cupo
El período de preinscripción se realizará desde el 1 al 23 de agosto. En la oficina 04 de secretaría
académica de lunes a viernes de 10 a 15hs.
Evaluación (calificación y acreditación)
El ciclo se considerará aprobado si el estudiante ha asistido a los seis encuentros y si ha resuelto
las consignas propuestas por los docentes en cada clase.
Presupuesto
Para el desarrollo de esta primera edición del Ciclo Iniciación a la práctica pedagógica en la
universidad se requerirán 2 (dos) resmas de papel, para la impresión y fotocopias de materiales
a utilizar en cada clase.
Bibliografía
Lucarelli, E. (2008) Asesoría pedagógica y cambio en la Universidad. Profesorado. Revista de
currículum y formación del profesorado, N°12, 1.
Pozo, J. y M. Echeverría (2009) Psicología del aprendizaje universitario. La formación en
competencias. Ed. Morata. España
Ezcurra, A. (2007) Los estudiantes de nuevo ingreso: democratización y responsabilidad de las
instituciones universitarias. Cadernos de pedagogía universitaria. USP
Litwin, E. (2009) Controversias y desafíos para la universidad del siglo XXI. Primer Congreso
Internacional de Pedagogía Universitaria. UBA
Zabalza, M. (2009) Ser profesor universitario hoy. La cuestión universitaria. 5. Pp69-68.
Mac Loughlin, Dauria, Grosso, Navarro, Sagripanti , Sona , Castagnino , Martinez , Bizzari, Rubino,
Geisler , Ritta, Rinaldi, Venturin, Hernandez y Bravin (2012) Escuela de ayudantes
alumnos: arte y parte del ayudante alumno como tutor de pares. IV Congreso
Nacional y III Congreso Internacional de Enseñanza de las Ciencias Agropecuaria
Equipo de trabajo
Responsable del proyecto:
Ana Vogliotti DNI: 11.471.190
Coordinación general
Clara Pramparo DNI: 31.301.071
Jimena Clerici DNI: 30.375.026
Carolina Roldan DNI: 29.402.503
Comisión consultiva
Estudiante María Rocío Maldonado Alaniz DNI: 38.018.501 (Ayudante de 2da Facultad de
Ciencias Económicas)
Estudiante María Florencia Avila DNI: 36.414.683 (Facultad de Ciencias Humanas)
Estudiante Claudio Dosantos DNI: 38.604.304 (Ayudante de 2da Facultad de Ciencias
exactas, físico químicas y naturales)
Estudiante Natalia Sosa 35.473.202 (Ayudante de 2da Facultad de Agronomía y
veterinaria - Integrante del grupo de Ayudantes de 2da.)
Estudiante Camilo González Ortiz DNI: 31.669.671 (Ayudante de 2da AyV- Integrante del
grupo de Ayudantes de 2da.)
Estudiante Fernando Ponce DNI: 29.604.508 (Estudiante – Facultad de Agronomía y
veterinaria)
Estudiante González, Valentín DNI: 34.414.313
Graduada María Constanza Eichhorn Grangetto DNI: 34.083.957
Estudiante Anabela Vicentini DNI: 36.649.528 (Facultad de Ciencias Económicas – FURC)
Prof. MV. Carolina Sturniolo DNI: 33.006.322 (Facultad de Agronomía y veterinaria)
Docentes responsables, docentes colaboradores y estudiantes colaboradores en el
desarrollo de los encuentros
Docentes
Ana Vogliotti DNI: 11.471.190
Marhild Cortese DNI: 16169589
Pascual Guillermo Dauria DNI: 10.054.257
Virginia Hebe Mac Loughlin DNI: 20.799.729
Liliana Sona DNI: 12.144.500
Osvaldo Esteban Navarro DNI: 12.630.963
Carolina Grosso DNI: 24.996.285
Ramiro Andrés Martínez DNI: 23.436.762
Graciela Sagripanti DNI: 11689992
Carlos Rang DNI: 20.080.575
Manuel Schneider DNI: 16.018.150
Carolina Sturniolo DNI: 33.006.322
Mauro Mació DNI: 29.809.964
Alcira Rivarosa DNI: 11.595.087
Mónica Astudillo DNI: 16.484.448
Lorena Montbrun DNI: 25.698.963
Sandra Angeli DNI: 24.326.063
Mauricio Boarini DNI: 24.150.675
Marcelo Alcoba DNI: 16.831.056
Rita Amieva DNI: 16.051.136
Marcelo Curti DNI: 27.896.862
María Elena Meinero DNI 26.085.459
María Eugenia Nieva DNI 25.471.333
Jimena Cervetto DNI: 30.090.334
Nieves BLANCO GARCÍA - Documento: 05889270M
Docentes colaboradoras
Prof. Claudia Ivana Díaz DNI: 32.071.300
Lic. Silvina Suarez DNI: 35.636.232
Estudiantes colaboradores
Facundo Aguirre Ibarra D.N.I: 36.414.562
Sabrina Gonzalves DNI: 35.472.927.
Milena Huljich DNI: 37.627.675
Fernando Ponce DNI: 29.609.508
Valentín Rinaldi DNI: 34.562.751
Agustín Sosa DNI: 38.225.365
Rodrigo Venturín DNI:33. 652. 061
Paula Van Deer Veen DNI: 35. 472. 627
Francisco Savino DNI: 33. 359. 803
Aldana Hernández DNI: 30.499. 884
Celina Soria DNI: 34920595
Agustín Bernatene DNI: 39. 482. 534
Martín García DNI: 32.683.416
Sofía Concha DNI: 38. 436.223
Lucía Machuca DNI: 37.665.159
RIO CUARTO,16/08/2016
VISTO, las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 121837, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 el consejero docente por la Facultad de Agronomía y
Veterinaria de esta Universidad, Claudio DEMO, solicita a éste Órgano de Gobierno se
exprese respecto a la situación de los trabajadores despedidos del Municipio de la
ciudad de Río Cuarto.
Que dicho pedido se fundamenta en la relevancia que tiene al entender del
citado Consejero, tanto la aberración que constituye la precariedad laboral de
trabajadores que desarrollan actividades estructurales e imprescindibles en las
funciones del Estado, como en el impacto social que esa situación genera en la ciudad,
en una coyuntura histórica donde los índices de desocupación parecieran incrementarse y
las posibilidades de reinserción laboral se hacen dificultosas.
Que ante ello, éste Consejo Superior resuelve conformar una Comisión Ad
Hoc, cuya labor será la de elaborar un documento que refiera a la precarización laboral
en la ciudad de Río Cuarto.
Por ello y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el
Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y por el Artículo 6º Inciso 9)
del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Designar una Comisión “Ad-Hoc”, encargada de elaborar las tareas
encomendadas en el tercer considerando de la presente, la cual estará integrada de la
siguiente manera:
Consejeros:
Profesor César Alfredo BARBERO D.N.I. Nº: 14.624.259
Profesor Claudio Albíncolo DEMO D.N.I. Nº: 16.652.182
Profesor Raúl Eduardo CAMINATI D.N.I. Nº: 14.749.157
Señor Mario Francisco Fabio BERTORELLO D.N.I. Nº: 34.429.597
Señor Mariano LLOBELL D.N.I. Nº: 35.672.646
Miembro de la Comunidad Universitaria:
Profesor Enrique BERGAMO D.N.I. Nº: 17.583.090
ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO
DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
RESOLUCION Nº229
RIO CUARTO, 16/08/2016
VISTO, la necesidad de actualizar el monto de las Becas de Ayuda Económica y de las
Becas de Alumno con Discapacidad, entregadas por la Secretaria de Bienestar de esta Universidad, y
CONSIDERANDO:
Que el monto percibido por los beneficiarios de tales Becas, fue actualizado por última vez
en septiembre de 2.015, conforme lo dispuesto por Resolución Consejo Superior Nº 308/15.
Que los gastos a afrontar por los becarios, han sufrido un sustancial aumento en estos
últimos meses.
Que el Reglamento de Becas, aprobado por Resolución Consejo Superior Nº 190/012,
establece que las becas que se otorguen deberán estar destinadas a promover y facilitar el ingreso y la
permanencia de estudiantes, en situación de vulnerabilidad y/o de escasas posibilidades económicas, en
esta Casa de Estudios.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el Artículo 20° del
Estatuto de esta Universidad Nacional y Artículo 6º Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo
Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º- Derogar los alcances de la Resolución Consejo Superior Nº 308/15, en lo referente a
los montos de las Becas de Ayuda Económica y de Alumno con Discapacidad, por la cual se aprobó el
monto de las Becas de referencia vigentes a la fecha.
ARTICULO 2º - Aprobar a partir del 01 de septiembre de 2.016, el nuevo monto de las Becas,
establecidos oportunamente por Resolución Consejo Superior Nº 38/815, de acuerdo al siguiente detalle:
Beca de Ayuda Económica: ($ 1.800,00)
Beca de Discapacidad ($ 3.600,00)
ARTICULO 3º- Determinar que los alumnos beneficiarios con Becas de Ayuda Económica, sin
perjuicio del monto asignado por el Artículo precedente, percibirán veinte (20) vales de comedor
equivalentes a PESOS CUATROCIENTOS ($ 400,00)
ARTICULO 4º - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de competencia.
Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DIECISEIS DIAS DEL
MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
RESOLUCION Nº 230
RIO CUARTO,16/08/2016
VISTO, el proyecto de Convenio Específico entre esta
UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO y la UNIVERSIDAD FEDERAL DE RIO DE
JANEIRO -Brasil-, obrante a fojas 169/171 del Expediente Nº 53611-3, y
CONSIDERANDO:
Que dicho Convenio Específico tiene como objetivo, adecuar el
Programa de Doctorado en Ciencia, Tecnología e Innovación Agropecuaria entre
ambas Instituciones, en los términos del Régimen establecido por las
Resoluciones del Ministerio de Educación de la Nación Argentina Nº 160/11
referida a: Estándares y criterios a considerar en los procesos de
acreditación de carreras de posgrado y la Número 2385/15 referida a: Régimen
de Organización de Carreras, Otorgamiento de Títulos y Expedición de
Diplomas.
Que se cuenta con la debida intervención de la Dirección de
Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 7911.
Que por Resolución Consejo Directivo Nº 178/16 de la Facultad de
Ciencias Exactas, Físico-Químicas y Naturales de esta Universidad Nacional,
se avaló la suscripción del referido Convenio Específico.
Que por Resolución Consejo Directivo Nº 168/16 de la Facultad de
Agronomía y Veterinaria de esta Universidad Nacional, se avaló la
suscripción del referido Convenio Específico.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 20° del Estatuto de esta Universidad Nacional y Artículo 6º
Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R e s u e l v e:
ARTICULO 1°- Aprobar el Convenio Específico entre esta UNIVERSIDAD NACIONAL
DE RÍO CUARTO y la UNIVERSIDAD FEDERAL DE RIO DE JANEIRO -Brasil-, obrante a
fojas 169/171 del Expediente Nº 53611-3.
ARTICULO 2°- Autorizar al Rector de esta Universidad Nacional, a celebrar el
acto de firma del referido Convenio.
ARTICULO 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DIECISEIS DIAS DEL
MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCION N° 231
RIO CUARTO, 18/08/2016
VISTO, lo actuado en expediente N° 121492 por el cual se tramita el
llamado a Concurso Interno de Antecedentes y Oposición para cubrir Dos (2) cargos
vacantes en Agrupamiento -MPSG-, Categoría -7- en el Departamento de Seguridad y Control
dependiente de la Secretaria de Coordinación Técnica y Servicios de esta Universidad
Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que el referido Concurso, se realizará en un todo de acuerdo con lo
establecido por las Resoluciones Consejo Superior Nº 264/90, 148/00 su modificatoria
061/04 y Providencias Resolutivas Consejo Superior Nros. 002/02 y 007/03, ello en un todo
de acuerdo con lo dispuesto por Resolución Consejo Superior Nº 017/08 y lo reglamentado
en el Decreto Nº 366/06.
Que existe factibilidad presupuestaria para acceder a lo solicitado.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el
Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional.
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º- Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, para la
cobertura de Dos (2) cargos en Agrupamiento –MPSG-, Categoría –7- en el Departamento de
Seguridad y Control dependiente de la Secretaria de Coordinación Técnica y Servicios de
esta Universidad, y una carga horaria semanal de 35 horas en horario rotativo, mañana,
tarde y noche, pudiendo ser modificado por razones de servicio, con las especificaciones
del Anexo -I- de la presente.
ARTICULO 2º- Declarar abierta la inscripción a partir del 26 al 30 de septiembre de
2.016, de 08.00 a 12.00 Horas en la Dirección de Recursos Humanos, en cuyo lugar deberán
presentar curriculum vitae acompañado de la documentación que acrediten antecedentes y
certificados correspondientes. La Prueba de Oposición del llamado a Concurso
dispuesto por el Artículo 1° de la presente, se realizará el día 11 de octubre de 2.016,
a partir de las 09:00 horas en el ámbito de la Secretaria de Coordinación Técnica y
Servicios de esta Universidad o en lugar a determinar.
ARTICULO 3º- No se admitirá presentación de antecedentes, certificaciones y ningún tipo
de documentación, con posterioridad a la fecha de cierre de la inscripción.
ARTICULO 4º- Determinar que en el caso de no registrarse inscripción de postulantes al
llamado a Concurso dispuesto por el Artículo 1º de la presente deberá llamarse a Concurso
Cerrado General de Antecedentes y Oposición, bajo las mismas especificaciones indicadas
en el Anexo –I- de la presente y encuadradas en los alcances previstos en el Artículo
61º Inciso b) de la Resolución Consejo Superior Nº 148/00 y su modificatoria 061/04,
excepto en cuanto a las fechas de: inscripción, prueba de oposición y evaluación de los
antecedentes y expedición del Jurado sobre el resultado final del Concurso, que serán las
siguientes:
-Inscripción: 24 al 28 de octubre de 2016.
-Fecha de evaluación: 07 de noviembre de 2016.
-Resultado: Plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados a partir desde la fecha
fijada para la evaluación de antecedentes o de la finalización de la prueba de oposición.
Dicho plazo podrá ampliarse por un período igual por razones justificadas.
ARTICULO 5º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCION Nº 802
ANEXO I RESOLUCION Nº 802
Unidad: Departamento de Seguridad y Control - Secretaria de Coordinación Técnica y
Servicios
Responsabilidad Primaria:
- Colaborar con la Jefatura de Departamento en:
a) El cumplimiento de las Misiones y Funciones del Departamento.
b) Entender en la prevención de hechos delictuosos y daños al patrimonio de la
Universidad, mediante recorridos periódicos de vigilancia. c) atender consulta
a toda persona que lo solicite. d) Controlar el cumplimiento de disposiciones de
tránsito en el ámbito de la Universidad. e) Controlar ingreso y egreso de
proveedores, recolectores de residuos y comerciantes ambulantes. f) Verificar el
normal funcionamiento del sistema de iluminación, informando de posibles
irregularidades, como así también toda otra función no especificada, pero que su
ejecución sea necesaria para el normal y eficaz cumplimiento del servicio. g)
Colaborar con el Escribiente en toda actividad que éste lo requiera como así
también en la confección de planillas de uso diario de la Guardia. h) Conocer y
Aplicar todas las disposiciones establecidas en la Resolución Rectoral Nª 056/96
y Resolución del C.S.Nª 122/02. i) Conocer la Resolución del C.S. Nª 157/08 y
los lineamientos básicos de la Resolución C.S. 260/08 (Higiene y Seguridad en el
Trabajo). j) entender en el manejo de matafuegos, en presencia de incendios. k)
conocimiento de protocolo en caso de accidentes viales dentro del Campus
Universitario.
Remuneración:
La establecida por el Poder Ejecutivo Nacional, según el Escalafón aprobado por
Decreto 366/06 para el Agrupamiento y Categoría motivo del concurso.
Condiciones Generales:
- Conocer el Decreto Nº 366/06.
Condiciones Específicas:
- Poseer conocimientos de la organización y funciones del área a concursar.
- Los integrantes del Jurado serán:
TITULARES SUPLENTES
Señor Roberto SUAREZ Señor Mario H. SORIA
DNI.Nº 12.630.509 DNI Nª 14.323.134
Señor Enrique M. VAREA Señor Juan Manuel PALACIOS
DNI.Nº 12.762.520 DNI.Nª 23.913.454
Señor Jorge D. ESCUDERO Señor Marcelo J. SIMONE
DNI.Nº 14.950.604 DNI.Nº 21.694.248
- Veedor de A.T.U.R.C. a designar por esa Asociación Gremial.
Los integrantes del Jurado deberán cumplir las funciones estipuladas en la
Resolución Consejo Superior Nº 264/90 y deberá expedirse sobre el resultado del
concurso dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados desde la
fecha fijada para la evaluación de antecedentes o de la finalización de la
prueba de oposición. Dicho plazo podrá ampliarse por un período igual por
razones justificadas.
TEMARIO GENERAL
Órganos de Gobierno de la Universidad.
Misiones y funciones del Departamento de Seguridad y Control.
Conformación de Recursos Humanos del Departamento de Seguridad y Control.
Dependencia del Departamento de Seguridad y Control.
Distribución de los Recursos Humanos (Puestos de Guardia).
Procedimientos que se aplican para retiro de materiales (bienes patrimoniales)
Movimiento de vehículos oficiales de la Institución, fuera del Campus
Universitario.
Documentación que se maneja en el Departamento de Seguridad y Control.
Procedimientos que se aplican ante la presencia de sucesos graves (incendio,
robo, accidente, etc.) en la Universidad.
Tener redacción propia y Correcta ortografía.
Conocimiento de manejo de PC, Word, Correo electrónico y programas de red
interna de la U.N.R.C. que utiliza el Departamento de Seguridad y Control.
SORTEO DE TEMAS
Una vez definido –por parte del Jurado- el número de preguntas que integrarán
el cuestionario objeto de la evaluación, cada uno de sus miembros –
individualmente- procederá a elaborarlas con anterioridad al sorteo de temas.
Este tendrá lugar quince (15) minutos antes de la iniciación de la prueba de
evaluación – en el aula, sala y/o oficina habilitada para el concurso- ante los
postulantes que deseen estar presentes.
Las preguntas elaboradas por parte de cada uno de los miembros integrantes del
Jurado, serán colocadas en urna o sobre habilitado para el correspondiente
sorteo para su posterior extracción por parte de –al menos un postulante.
En el caso en que al extraer las preguntas, el Jurado entienda que alguna de
ellas se repite, podrá -el mismo- ordenar la extracción de una nueva.
RIO CUARTO, 18/08/2016
VISTO, el Expediente Nº 120118 y las Resoluciones Rectorales Nº
301/16 y 594/16, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Rectoral Nº 301/16, se llamó a concurso Cerrado
Interno y General de Antecedentes y Oposición, para la cobertura de Un (1)
cargo vacante en Agrupamiento –TP- Categoría -4-, en el Departamento de
Biología Molecular de la Facultad de Ciencias Exactas, Físico-Químicas y
Naturales de esta Universidad Nacional.
Que por el artículo 1º de la Resolución Rectoral Nº 594/16, se
suspendió la fecha de inscripción y evaluación para la instancia general, tal
lo establecía el artículo 4º dela Resolución Rectoral Nº 301/16.
Que es necesario dar curso a la instancia siguiente de Concurso
Cerrado General para la cobertura del referido Cargo, motivo por el cual
corresponde establecer nuevas fechas, tanto para la inscripción como para el
examen.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por
el Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional.
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º - Establecer como nuevas fechas para la evaluación del Concurso
Cerrado General a que se hace referencia en el 1º considerando de la presente,
e inscripción al mismo, las siguientes:
Inscripción:
12 al 16 de septiembre de 2016
Examen:
19 de septiembre de 2016.
ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas
de competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCION Nº 803
RIO CUARTO,18/08/2016
VISTO, el Expediente Nº 120391 y las Resoluciones Rectorales Nº
355/16 y 595/16, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Rectoral Nº 355/16, se llamó a concurso Cerrado
Interno y General de Antecedentes y Oposición, para la cobertura de Un (1)
cargo vacante en Agrupamiento –A- Categoría -6-, en el Departamento de
Computación de la Facultad de Ciencias Exactas, Físico-Químicas y Naturales de
esta Universidad Nacional.
Que por el artículo 1º de la Resolución Rectoral Nº 595/16, se
suspendió la fecha de inscripción y evaluación para la instancia general, tal
lo establecía el artículo 4º dela Resolución Rectoral Nº 355/16.
Que es necesario dar curso a la instancia siguiente de Concurso
Cerrado General para la cobertura del referido Cargo, motivo por el cual
corresponde establecer nuevas fechas, tanto para la inscripción como para el
examen.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por
el Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional.
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º - Establecer como nuevas fechas para la evaluación del Concurso
Cerrado General a que se hace referencia en el 1º considerando de la presente,
e inscripción al mismo, las siguientes:
Inscripción:
12 al 16 de septiembre de 2016
Examen:
19 de septiembre de 2016.
ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas
de competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCION Nº 804
RIO CUARTO, 24/08/2016
VISTO, la nota obrante a fojas 28, del Expediente Nº 121677,
presentada por la Secretaría de Extensión y Desarrollo de esta Universidad
Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada nota se solicita se apruebe el desarrollo de la
propuesta de Capacitación denominada “Cursos de Especialización en Alfabetización
Digital”, organizado por el Centro de Capacitación y Desarrollo de Tecnologías de
la Información y Comunicación Informática Región Centro (IRC) dependiente de la
mencionada Secretaría, a realizarse entre los meses de agosto a noviembre de 2.016,
a través del entorno virtual de esta Casa de Estudios.
Que dicha capacitación tiene como objetivo brindar conocimientos y
herramientas relacionadas con Tecnologías de la Información y la Comunicación
orientadas al ámbito laboral, la administración y la docencia.
Que asimismo se solicita se designe como Profesor Responsable de la
referida Capacitación al Magister Ariel FERREIRA SZPINIAK, y como Colaboradores al
Magister Fabio Andrés ZORZAN y a los Analistas Jorge Omar BECERRA y Nahuel
PEREYRA, quienes tendrán a su cargo el dictado de la misma.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el
Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º- Aprobar el desarrollo de la propuesta de Capacitación denominada
“Cursos de Especialización en Alfabetización Digital”, organizada por el Centro de
Capacitación y Desarrollo de Tecnologías de la Información y Comunicación
Informática Región Centro (IRC), dependiente de la Secretaría de Extensión y
Desarrollo de esta Universidad Nacional, a realizarse entre los meses de agosto a
noviembre de 2.016, mediante el uso del entorno virtual de esta Casa de Estudios.
ARTICULO 2º- Designar como Profesor Responsable de la Capacitación aprobada en el
Artículo precedente al Magister Ariel FERREIRA SZPINIAK (D.N.I. Nº: 18.868.718), y
como Colaboradores al Magister Fabio Andrés ZORZAN (D.N.I. Nº: 23.226.608) y a los
Analistas Jorge Omar BECERRA (D.N.I. Nº: 12.762.439) y Nahuel PEREYRA (D.N.I. Nº:
29.761.336), quienes tendrán a su cargo el dictado de la misma.
ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCION Nº 819
RIO CUARTO, 26/08/2016
VISTO, la Resolución Rectoral Nº 982/15, el Incidente 115060-7, y lo
solicitado a fojas 1/3 por la Secretaría Académica de esta Universidad Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado acto resolutivo, se aprobaron los Proyectos de
Innovación e Investigación para el Mejoramiento de la Enseñanza de Grado (PIIMEG)
convocatoria 2.015-2.016, los cuales figuran como Anexo –I- de la mencionada
Resolución, y la asignación de créditos para dichos proyectos.
Que por la referida nota, la Secretaría Académica, solicita se excluya
de los alcances de la Resolución Rectoral Nº 982/15 a distintos miembros de
equipos de trabajo de diferentes Proyectos, que por diversos motivos no pueden
seguir participando de ellos.
Que asimismo, se solicita se incluya en los alcances del referido acto
resolutivo a nuevos integrantes de distintos Proyectos.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el
Artículo 25° del Estatuto de esta Universidad Nacional,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R e s u e l v e:
ARTICULO 1°- Excluir de los alcances de la Resolución Rectoral Nº 982/15, por la
cual se aprobaron los Proyectos de Innovación e Investigación para el Mejoramiento
de la Enseñanza de Grado (PIIMEG) convocatoria 2.015-2.016, los cuales figuran
como Anexo –I- del citado acto Resolutivo, a las personas que se indican en el
Anexo –I- de la presente resolución, ello a partir de las fechas que en cada caso
se indica y por los motivos expresados en los Considerandos de la presente.
ARTICULO 2°- Incluir en los alcances de la Resolución Rectoral Nº 982/15, por la
cual se aprobaron los Proyectos de Innovación e Investigación para el Mejoramiento
de la Enseñanza de Grado (PIIMEG) convocatoria 2.015-2.016, los cuales figuran
como Anexo –I- del citado acto Resolutivo, a las personas que se indican en el
Anexo –II- de la presente resolución, ello a partir de las fechas que en cada caso
se indica y por los motivos expresados en los Considerandos de la presente.
ARTICULO 3°- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N°824
ANEXO –I- RESOLUCIÓN Nº:824
Integrantes a excluir
PIIMEG Fecha de
desafectación del Proyecto
Apellido y Nombre DNI
Desafectar del Grupo
Colaborador de
La articulación entre lógica y conocimiento
pensada desde el paradigma de la
complejidad como un compromiso político-crítico-educativo en
la enseñanza de grado
01/06/2016 VIÑAO, Bruno 37.127.553 ESTUDIANTE
01/06/2016 ZONNI, Giuliana 36.425.638 ESTUDIANTE
Asesorías pedagógicas y
formación de grado: aportes para favorecer el egreso. (RED)
14/09/2015 ALUSTIZA, Fabrisio 27.999.865 DOCENTE
14/09/2015 TORRETTA, María Elena 14.376.877 DOCENTE
ANEXO –II- RESOLUCIÓN Nº:824
Integrantes a incluir
PIIMEG Fecha de
incorporación en el Proyecto
Apellido y Nombre DNI
Incorporar en Grupo
Colaborador de
Genética para agronomía:
apropiación y enseñanza de conocimientos
complejos
18/11/2015 GALVÁN, Braian 35.894.021 ESTUDIANTE
18/11/2015 GÓMEZ, María Fernanda 34.043.565 ESTUDIANTE
18/11/2015 GROSSI VANACORE, María Fiamma 38.019.702 ESTUDIANTE
18/11/2015 LOPEZ, Martín 37.490.055 ESTUDIANTE
18/11/2015 VICENTE, Agustín 37.779.332 ESTUDIANTE
18/11/2015 VICENTE, Camila 39.050.480 ESTUDIANTE
20/05/2016 BECCARI, Antonella 37.631.972 ESTUDIANTE
20/05/2016 PALERMO, Tamara 37.177.657 ESTUDIANTE
La articulación entre lógica y conocimiento
pensada desde el paradigma de la
complejidad como un compromiso político-crítico-educativo en
la enseñanza de grado
01/07/2015 STRATTA CAVINA, Facundo 37.125.920
ESTUDIANTE
01/06/2016 DEL CORRO, Francisco 39.090.459
ESTUDIANTE
Compromiso social como eje integrador
de docencia e investigación
01/03/2016 CÁRDENAS, Matías 36.926.051 ESTUDIANTE
01/03/2016 MARTÍN, Soledad 39.601.983 ESTUDIANTE
01/03/2016 SUÁREZ PERRONE, Agostina 38.281.194 ESTUDIANTE
Asesorías pedagógicas y
formación de grado: aportes para favorecer el egreso. (RED)
01/03/2016 MARTELLOTTO, Romina 24.521.091 DOCENTE
RIO CUARTO, 26/08/2016
VISTO, la nota obrante a fojas 1 del Incidente Nº 118254-6,
presentada por la Secretaría de Planeamiento y Relaciones Institucionales de
esta Universidad Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que en la citada nota se solicita se designe a los evaluadores de
los Proyectos de Prácticas Socio Comunitarias, presentados en la Convocatoria
2.015-2.017, en el marco del Plan Estratégico Institucional de esta
Universidad Nacional.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por
el Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Designar como evaluadores de los Proyectos de Prácticas Socio
Comunitarias, presentados en la convocatoria 2.015-2.017, en el marco del
Plan Estratégico Institucional de esta Universidad Nacional, a las personas
que se detallan a continuación:
Evaluadores de Proyectos de Prácticas Socio Comunitarias convocatoria 2.015-
2.017
Representantes de la Facultad de Ciencias Humanas
Mariana GIANOTTI (D.N.I. Nº: 24.333.200)
Celina MARTINI (D.N.I. Nº: 20.395.281)
Nancy IRUSTA (D.N.I. Nº: 21.864.538)
César QUIROGA (D.N.I. Nº: 18.432.589)
Paulina Celia YAÑEZ (D.N.I. Nº: 31.104.378)
Representantes de la Facultad Ciencias Exactas, Físico-Químicas y Naturales
Susana BETTERA (D.N.I. Nº: 14.132.216)
Teresa del Carmen QUINTERO (D.N.I. Nº: 17.921.929)
Representante de la Facultad de Ingeniería
Erica ZURITA (D.N.I. Nº: 21.392.283)
Representantes de la Facultad de Agronomía y Veterinaria
Manuel SCHNEIDER (D.N.I. Nº: 16.018.150)
Daniela ZUBELDIA (D.N.I. Nº: 20.682.791)
Carmen CHOLAKY (D.N.I. Nº: 18.638.089)
Representantes de la Facultad de Ciencias Económicas
Norma Isabel BIASI (D.N.I. Nº: 13.268.350)
Juan MUNT (D.N.I. Nº: 31.290.841)
Leysa SIMON (D.N.I. Nº: 27.424.645)
Representante de la Secretaría Académica
Jimena CLERICI (D.N.I. Nº: 30.375.026)
Representante de la Secretaría de Extensión y Desarrollo
Ariel FERREIRA (D.N.I. Nº: 18.868.718)
ARTICULO 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 825
RIO CUARTO,26/08/2016
VISTO, lo actuado en Incidente Nº 119144-3, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 del citado Incidente el Departamento de
Certificación y Control de Obras, solicita se liquide el Certificado de Obra
Nº 1 A-A correspondiente a la Obra: “LABORATORIO DE FORMACIÓN PRÁCTICA –
ESCUELA DE ENFERMERIA – AMPLIACIÓN NIVEL +3.70”, adjudicada a la FIRMA
CAPELLO S.A., Licitación Pública Nº 05/15, suscribiéndose el Contrato Nº
04/16.
Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las
disposiciones legales y reglamentarias en vigor de acuerdo con lo
establecido por la Ley de Obras Públicas Nº 13.064.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Aprobar la liquidación del Certificado de Obra Nº 1 A-A, Obra:
“LABORATORIO DE FORMACIÓN PRÁCTICA – ESCUELA DE ENFERMERIA – AMPLIACIÓN
NIVEL +3.70”, adjudicada a favor de la Firma CAPELLO S.A., Licitación
Pública Nº 05/15, Contrato Nº 04/16, por la suma de PESOS QUINIENTOS
VEINTIUN MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON TRECE CENTAVOS ($ 521.562,13).
ARTICULO 2º- Deducir el anticipo financiero del 15% a la FIRMA antes
mencionada por la suma de PESOS SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y
CUATRO CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($ 78.234,32).
ARTICULO 3º- Autorizar la retención del CINCO POR CIENTO (5%) en concepto de
Fondo de Reparo, sobre el monto certificado del período, cuyo importe es de
PESOS VEINTISEIS MIL SETENTA Y OCHO CON ONCE CENTAVOS ($ 26.078,11).
ARTICULO 4º- Autorizar la liquidación y pago en favor de la Firma CAPELLO
S.A., por el MONTO NETO A PAGAR de la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIECISIETE
MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON SETENTA CENTAVOS ($ 417.249,70).
ARTICULO 5º- Determinar que las erogaciones que demande el cumplimiento de
la presente, serán imputadas con cargo al Ejercicio vigente.
ARTICULO 6º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN Nº837
RIO CUARTO,31/08/2016
VISTO, el Expediente Nº 121075 referido al Proyecto de
Actividades preliminares para la elaboración de los Lineamientos
Político-Académicos y Estratégicos para la modalidad a distancia
de la U.N.R.C., y
CONSIDERANDO:
Que el citado Proyecto fue presentado por la
Secretaria Académica de esta Universidad Nacional, propuesta que
tiene por intención recuperar, organizar y sistematizar algunas
acciones que desde años anteriores vienen realizándose en el
contexto de esta Universidad y desarrollar otras nuevas con el
fin de generar una discusión en diferentes instancias
institucionales sobre la integración de la Modalidad de Educación
a Distancia (MEaD) en el grado y el posgrado.
Que se ha expedido la Comisión de Enseñanza y
Planeamiento de este Órgano de Gobierno.
Que este Consejo Superior entiende procedente acceder
a lo solicitado.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron
conferidas por el artículo 20º del Estatuto de esta Universidad
Nacional y el artículo 6º inciso 9) del Reglamento Interno de
este Cuerpo,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Aprobar las Actividades preliminares para la
elaboración de los Lineamientos Político-Académicos y
Estratégicos para la modalidad a distancia de la U.N.R.C., el que
obra como Anexo I de la presente.
ARTICULO 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen
conocimiento las áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS VEINTIUN
DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCIÓN Nº233
ANEXO –I- RESOLUCION Nº233
EDUCACIÓN A DISTANCIA EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO
Lineamientos político-académicos y estrategias para
la implementación de esta modalidad
- Actividades preliminares para la elaboración del Proyecto -
Presentación:
Esta propuesta tiene por intención recuperar, organizar y sistematizar algunas acciones
que desde años anteriores vienen realizándose en el contexto de la UNRC y desarrollar
otras nuevas con el propósito de generar una discusión en diferentes instancias
institucionales sobre la integración de la Modalidad de Educación a Distancia (MEaD) en
el grado y el posgrado. En virtud de que se trata de la posibilidad de implementar esta
modalidad, esta discusión es condición necesaria para luego diseñar diferentes líneas de
acción en relación a las decisiones compartidas que se adopten, que constituiría el
objetivo final de esta Propuesta. Por eso, el contenido de la misma, incluye actividades
previas necesarias para la discusión y delineación del Programa o proyecto que se
acuerde y que será presentado a las diferentes instancias de consulta y de resolución.
En ese sentido este Proyecto se organiza en dos partes: 1. Referida a los fundamentos y
objetivos de las actividades previas para la discusión de la MEaD y 2. Referida a las
estrategias contextualizadas que se proponen para el desarrollo de las actividades
preparatorias de las propuestas de la MEaD.
Estas actividades se enmarcan en general en el PEI y específicamente en el Programa
de Ingreso, Continuidad y Egreso en las carreras de la UNRC, aprobado por Resolución Nº
380/2015 y se articula con el Proyecto de Integración a la Cultura Universitaria (Resol.
Nº422/2015 del CS) y el Proyecto Potenciar la Graduación en la UNRC (Resol. Nº del CS).
1. Fundamentos y objetivos de las actividades preparatorias para la MEaD
Conceptos a discutir. La Educación a Distancia es una modalidad que según el objetivo
que persiga y la instrumentalización que disponga puede contribuir fuertemente a la
democratización del conocimiento desde una política de inclusión educativa, puesto que
a ella pueden acceder numerosos estudiantes en condiciones muy diversas. Entendida
de este modo, puede constituir una herramienta para mejorar el desarrollo académico y
profesional de la población constituida por jóvenes y adultos porque:
- sus propuestas pedagógico-didácticas son contextualizadas, apropiadas a las
situaciones de los estudiantes y mantienen las mismas cualidades académicas
que la educación presencial;
- permite concluir estudios postergados, enlentecidos o interrumpidos;
- propone flexibilidad de horarios (autonomía por parte de los estudiantes) lo que
facilita la organización del tiempo de los estudiantes, considerando sus
condiciones personales, familiares y laborales;
- ofrece un acompañamiento y orientación personalizados y con interacciones
virtuales personales y grupales;
- requiere de docentes formados especialmente para su atención y quienes junto a
otros especialistas tienen a su cargo la elaboración de propuestas y de materiales
a través de los cuales se desarrollan los procesos de enseñanza y de aprendizaje.
- promueve un aprendizaje autónomo y creativo que puede llegar a generar buenos
niveles motivacionales, lo cual puede potenciar la continuidad de los estudios;
- implica un despliegue tutorial (tutorías docentes y de pares) para ofrecer
orientación, asesoramiento, ayuda pedagógica y acompañamiento a través de
intervenciones ajustadas y mediadas por tecnologías apropiadas;
- consiste en una opción educativa gratuita en las carreras de grado, de libre
acceso, como todo el subsistema público de nivel superior universitario.
Si bien en esta Universidad pública valoramos especialmente la presencialidad, como
componente fundamental de los procesos formativos, insustituible en las interacciones
personales y como instancia necesaria que ayuda a profundizar sentido al espacio
público, una política de inclusión educativa también debe considerar otras formas de
entender las interacciones humanas que contemple condiciones especiales de los
estudiantes que por razones diversas no pueden asistir a la institución y brindar un
contexto que permita su accesibilidad e integración. Así entendida, la MEaD, constituye
una opción que debe ser integrada a la propuesta educativa de la Universidad.
Por eso, atendiendo a la diversidad de situaciones que pueden registrase en una
población, posiblemente lo más adecuado podría ser pensar en propuestas a distancia y
propuestas semi-presenciales utilizando diferentes mediaciones comunicacionales. A
través de ellas, el estudiante puede ir conociendo y adquiriendo mayor confianza con los
profesores, con el sistema y la modalidad. Además es una manera de provocar
encuentros entre pares en un espacio público que ayuda a profundizar la cultura
institucional y a generar conciencia ciudadana, sobre todo si se potencian contactos en
diferentes instancias participativas.
Esta modalidad para ser implementada, además de soporte informático e infraestructura
disponible, en el contexto académico requiere de algunos trabajos fundamentales: a)
adecuada formación de docentes para los diseños programáticos, preparación de
materiales, orientaciones y ayudas pedagógicas a los estudiantes; b) buenas propuestas
educativas que movilicen el pensamiento, las interacciones y la calidad de los
aprendizajes y c) apropiada mediación de materiales.
La formación de docentes entendida como la preparación epistemológica y metodológica
necesaria para el diseño, implementación y evaluación de propuestas curriculares y
pedagógico-didácticas en el marco de la MEaD, es requisito fundamental y previo para la
planificación de la modalidad, o en todo caso simultáneo, considerando que de ella
depende la adecuación institucional necesaria para ser desarrollada con componentes
académicos y criterios evaluativos similares a la modalidad presencial y manteniéndose
coherente con los perfiles pretendidos en los planes de estudio.
La formación de docentes e interesados en este Proyecto es lo que permitirá efectivizar
las otras dos condiciones: la propuesta de buenas enseñanzas y una apropiada y
adecuada mediación a través de materiales y dispositivos.
El potencial de la Universidad. La UNRC dispone de interesantes antecedentes en esta
modalidad: las tres carreras implementadas en la Facultad de Ciencias Económicas:
Licenciatura en Administración de Empresas, Licenciatura en Economía y Contador
Público, que desde hace varios años vienen implementándose.
Además, cuenta también desde hace bastante tiempo, año 2002, con un Consejo Asesor
de Educación a Distancia que desde 2012 es denominado Consejo Asesor de Tecnología
Educativa y Educación a Distancia (CATEyEaD, Resol. CS Nº 193/2012), constituido por
representantes de las cinco Facultades y de la Secretaría Académica, cuyas principales
tareas se vinculan con aportar a los lineamientos político-académicos, innovaciones
curriculares e instrumentalización de propuestas de grado y posgrado; Y más
recientemente, desde 2014, cuenta con el Centro de Planificación, Evaluación e
Investigación de Procesos Educativos en Red (CEPEIPER) integrado a la Secretaría
Académica que se centra, entre sus principales actividades, en la formación de docentes
en el uso de materiales y mediación tecnológica.
También se registran entre sus antecedentes la existencia de múltiples experiencias de
formación docente, de estudiantes que se encuentran en distintos momentos de sus
carreras y variadas actividades de actualización y profundización a través de proyectos
pedagógicos de enseñanza y de aprendizaje y de proyectos institucionales desde hace
mucho tiempo, impulsados desde las Facultades y Secretarías Académica, de Posgrado,
de Extensión y de Planeamiento.
Estos recursos, experiencias y desarrollos, unidos a la presencia de programas y
proyectos de docencia, de investigación y de extensión sustentados en el uso de nuevas
tecnologías que aportan a la mejora de las prácticas educativas, unidas a las condiciones
de infraestructura e informáticas disponibles —Unidad de Tecnología de la Información
(UTI) Centro Informática Región Centro (IRC)— sitúan a la Universidad Nacional de Río
Cuarto en una interesante situación en la que puede aspirar a incluir entre sus
propuestas formativas presenciales a la Educación a Distancia como otra modalidad,
complementaria para el grado y alternativa para el posgrado.
El potencial de la UNRC unido en la actualidad a su política de inclusión educativa,
constituyen soportes básicos para un marco de trabajo que movilice una discusión y un
debate con la participación de actores de los diferentes claustros, a la par de acordar
propuestas fundamentadas, actualizadas y comprometidas, abonos para su perfil de
universidad formadora, pública y gratuita que educa, investiga y se vincula con sentido
social.
Apoyándose en estas perspectivas y conceptualizaciones, en lo que sigue, se incluye una
propuesta para operacionalizar un proceso que aporte al debate y a la elaboración de
propuestas que posibiliten la concreción de experiencias a través de la modalidad a
distancia, para contribuir a una mayor democratización del conocimiento, alcanzando a
una población que por situaciones diversas no puede acceder en la actualidad a las
carreras de grado y de posgrado y también a los estudiantes que por distintas razones
han interrumpido sus estudios, pero mantienen interés por obtener su titulación.
Problemas que hoy son asumidos con gran preocupación institucional.
Objetivos
Desde la gestión, se pretende:
- Generar un contexto de discusión y debate con la participación de diferentes
miembros de la comunidad universitaria (las cinco Facultades, Secretarías y
Rectorado) pertenecientes a los distintos claustros, sobre cuyos acuerdos
puedan elaborarse lineamientos político-académicos que enmarquen a la MEaD
en la Universidad.
- Promover procesos de formación crítica para docentes, no docentes y estudiantes
orientados a la elaboración de diseños, implementación y evaluación de
propuestas pedagógico-didácticas, materiales y dispositivos para la mediación.
- Acordar orientaciones para el diseño de Propuestas Formativas con MEaD o semi-
presenciales como complemento en carreras de grado y como complemento y/o
alternativa en las carreras de posgrado y para la elaboración de materiales
apropiados y dispositivos pedagógico-didácticos.
2. Estrategias para la operacionalización de las actividades preparatorias para la
Modalidad de Educación a Distancia (MEaD)
Para facilitar un debate amplio, participativo y sostenido que dé lugar a la elaboración y
presentación de documentos y propuestas, se propone la constitución de una Mesa de
Discusión y Trabajo (MDyT) integrada por diferentes especialistas de la Secretaría
Académica, General, de Posgrado y de Planeamiento y de Relaciones Institucional, de
Extensión y Desarrollo y del Consejo Asesor de Tecnología Educativa y Educación a
Distancia, como así también de docentes, no docentes, graduados y estudiantes de
distintas Áreas y Unidades Académicas y Técnicas de la Universidad. Los Integrantes de
la MDyT han sido propuestos por las diferentes Áreas y Unidades Académicas a las que
pertenecen.
Constitución de la Mesa de Discusión y Trabajo:
a) Coordinación general de la Mesa:
Nombre y apellido DNI Cargo Especialidad
Ana Vogliotti 11.471.190 Secretaria Académica Educación
Gabriela Inés
Maldonado
26.999.346 Secretaria de
Posgrado
Posgrado
Jorge Guazzone 23.226.335 Secretario de
Planeamiento y
Relaciones
Institucionales
Informática
b) Los integrantes propuestos por las Secretarías:
Nombre y
apellido
DNI Nº Especiali-
dad
Cargo Contacto
Héctor Hugo
Stroppa
13.380.951 Salud Sub-
Secretario
Académico
Ariel
Ferreira
Szpiniak
18.868.718 informática Sub-
Secretario de
Extensión
Jimena
Clérici
30.375.026 Psicopeda-
gogía
Secretaría
Académica
Lorena
Montbrun
25.698.963 Comunicación Integrante de
CEPEIPER
Daniela
Solivellas
23.954.763 informática Integrante de
CEPEIPER
Silvia Inés
Butigué
16991662 Educación a
Distancia Cs.
Económicas
Marcelo
Marescalchi
23.954.859 Director de
MEaD en
Fac. de Cs.
Económicas.
Jorge
Alberto
Colazo
16.650.823 Comunicación
y E a D
Administraci
ón SA
Hector E.
Magnago
11689423 UTI [email protected]
cell 54 358 154112113
tel 54 358 4676333
Agostina
Villarreal
37.490.441 Biblioteca
´Juan Filloy`
Nahuel 29.761.336 IRC [email protected]
Pereira
Micaela
Diaz
34.414.419 Graduado
Matías
Bazán
34.877.374 Estudiante
Martín
Roganti
31.123.743 Estudiante
Patricia
Cruseño
28.385.614 Estudiante
c) Consejo Asesor de Tecnología Educativa y Educación a Distancia (representantes
por Facultad)
El Consejo Asesor de Tecnología Educativa y Educación a Distancia (CATEyEaD), que está
compuesto como a continuación se menciona, formará parte de la Mesa de Discusión y
Trabajo (MDyT):
Nombre y apellido DNI Nº Unidad
Académica
Contactos
Hector Hugo Stroppa 13380951 SA [email protected]
Jimena Clérici 30.375.026 SA [email protected]
Betiana E. Olivero 32.208.269 FCH [email protected]
Virginia González 22.843.020 FCH [email protected]
Patricia M. Flores 16.731.551 FAV [email protected]
Paula Turiello 27.956.858 FAV [email protected]
Mercedes Audrito 20.283.958 FCE
Sebastián Ruiz 26.423.268 FCE
Jorge Vicario 10.483.479 FI [email protected]
Analía Chiecher 23.954.890 FI [email protected]
Carlos Eric 12.630.833 FCEFQyN [email protected]
Daniela Solivellas 23.954.763 FCEFQyN [email protected]
Tareas de la Mesa de Discusión y Trabajo (MDyT)
Se propone una forma de trabajo colaborativo, con amplia participación y la integración
de multiplicidad de voces que desde la experiencia y el conocimiento acerca de la MEaD
puedan aportar a través de la discusión y su trabajo a la elaboración de un marco
teórico-político y estratégico para la implementación de esta Modalidad.
La tarea encomendada a esta Mesa, consiste en discutir acerca de un marco político-
académico para la UNRC que entienda a la Educación a Distancia (ED) como una
modalidad educativa, no sustitutiva de las carreras de grado que se brindan con la
modalidad presencial en la universidad y como complemento y/o alternativa para el
posgrado.
El alcance de la Modalidad de Educación a Distancia (MEaD) se plantea como un
complemento para estudiantes de grado: a) que hayan interrumpido sus carreras y
tengan interés en finalizarlas, en el marco del Proyecto Potenciar la Graduación en la
UNRC; b)
como modalidad semi-presencial para estudiantes que por su situación personal,
familiar, laboral, económica, entre otras, no puedan cumplir con el requisito del 80% de
la presencialidad, como lo determina la normativa vigente que regula la obtención de las
distintas condiciones de estudiantes; c) en últimos tramos de carreras terminales que
incluyan ciclos finales articulados con otros presenciales anteriores, tal el caso de los
ciclos de licenciatura o alguna orientación, d) en últimos tramos de carreras
permanentes en la que la MEaD se ofrezca como otra opción además de la modalidad
presencial; e) como complementaria y/o alternativa en la formación de posgrado en
general, a través de: 1) la combinación de ambas modalidades en el dictado de cursos y
talleres; 2) la inclusión de algunos tramos a distancia en las carreras de posgrado
articulados con la modalidad presencial, en los cuales puede potenciarse la participación
de docentes de otras Universidades del país y del exterior; 3) y la construcción de
propuestas de trayectos o carreras posgrados a través de MEaD a fin de incluir a
graduados y demás interesados que por su situación personal, familiar, laboral y
económica, entre otras, encuentran difícil cumplir los requisitos de presencialidad.
Se espera que esta mesa pueda acordar lineamientos que, desde una política de
inclusión educativa, propendan a una construcción, distribución y circularidad del
conocimiento en el marco de la propuesta educativa de la Universidad a través de la
MEaD y orienten a la elaboración de estrategias que den lugar a proyectos muy
interrelacionados y que se destinen a: a) organizar propuestas educativas con la MEaD
en el marco de las distintas carreras; b) la formación de docentes, profesionales, no
docentes y estudiantes que participen en estos proyectos y c) elaboración de materiales
y dispositivos pedagógico-didácticos para la implementación de las propuestas,
considerando las normativas vigentes en relación a las autorías.
Documentos a producir
Documento Nº 1: Marco político-académico de la MEaD en la UNRC.
Documento Nº 2: Marco normativo para la implementación de las propuestas educativas
con la MEA.
Documento Nº 3: Propuesta de Formación para Docentes (FD) encargados de los Diseños
e implementación de los Planes y Propuestas Educativas (PE) con la Modalidad de
Educación a Distancia (MEaD).
Documento Nº 4: Orientaciones y propuestas para la elaboración de materiales
pedagógico-didácticos para la implementación de Propuestas Educativas (PE) con la
Modalidad de Educación a Distancia (MEaD).
Documentos Nº 5: Orientaciones para la Elaboración de propuestas educativas con la
Modalidad a Distancia en el contexto de las diferentes Facultades.
Documento Nº 6: Orientaciones acerca de la evaluación de los Diseños e implementación
de propuestas en el marco de la MEaD y de los procesos de enseñanza y de aprendizaje
implicados.
Expectativa: Se espera que la Formación (FD) propuesta y desarrollada para docentes se
integre con la producción de los materiales (PM) necesarios para la implementación de
las propuestas educativas (PE) con Modalidad de Educación a Distancia (MEaD).
Cronograma tentativo para el período 2016/2019
Considerando la relevancia de la problemática a tratar y el calendario académico vigente,
es esperable que esta Mesa pueda producir algunos documentos preliminares al finalizar
este primer semestre y durante el segundo de 2016, para que puedan ser discutidos al
interior de las Facultades y en los Consejos Académico y de Posgrado, durante el
segundo semestre 2016. El primer cuatrimestre de 2017 también se utilizará para la
continuidad de la misma producción. De manera simultánea y acompañando las
actividades de la Mesa, se prevé la implementación de un proceso de formación para los
participantes, extensivos a otros miembros de la comunidad universitaria, a través de
talleres y cursos orientados por expertos y/o especialistas en el campo de la MEaD.
Por cuestiones de operatividad y celeridad, se sugiere que en el marco de la Mesa de
Discusión y Trabajo, se constituya una Comisión Redactora de Documentos con no más
de 4 integrantes, propuestos por consenso de los miembros de la misma.
A continuación se propone un cronograma que abarca la totalidad del proceso para el
diseño e inicio de la implementación de Propuestas Educativas (PE) con Modalidad de
Educación a Distancia MEaD.
AÑO 2016
Actividades F M A M J J A S O N D
Constitución de la Mesa de Discusión
(MDy T)
X X
Reuniones de trabajo de la MDyT X X X X X X X X X
Preparación Documento Nº 1 X X X
Preparación Documento Nº 2 X X X
Preparación Documento Nº 3 X X X
Producción de Documento Nº 4 X X X
Producción de Documento Nº 5 X X X
Producción de Documento Nº 6 X X X
Presentación Documentos a SA X
Discusión, comentarios y aportes al
interior de las Facultades
X X X X
Reelaboración Documentos por parte de
MDyT
X
Propuestas y desarrollo para Formación X X X X X X X X X
AÑO 2017
Actividades F M A M J J A S O N D
Reuniones de trabajo de la MDyT X X X X X X X X X
Reelaboración de Documentos por parte
de MDyT
X X X
Presentación a Cons. Acad. y de Posgr. X X X
Presentación Documentos a CS X X X
Elaboración convocatoria para propuestas
de MEaD
X
Convocatorias a Propuestas Educativas
(PE) con MEaD
X X X X
Propuesta y Desarrollo para Formación X X X X X X X X X X
AÑO 2018
Actividades F M A M J J A S O N D
Reuniones de trabajo de la MDyT X X X X X X X X X
Convocatorias a Propuestas Educativas
(PE) con MEaD
X X X X X
Desarrollo Formación de Docentes X X X X X X X X X X X
Elaboración de materiales X X X X X X X X X X
Evaluación de PE con MEaD X X X
Aprobación de PE con MEaD (CD y CS) X X X
Preparación para Implementación de PE X X X
ANO 2019
Reuniones de trabajo de la MDyT X X X X X X X X X
Implementación de propuestas con MEaD X X X X X X X X X X X
Desarrollo Formación X X X X X X X X X X X
Elaboración de materiales X X X X X X X X X X X
Desarrollo Formación de Docentes X X X X X X X X X X X
Evaluación del proceso
El proceso implicado será valorado permanentemente a través de una metarreflexión compartida
de los participantes con la intención de revisarlo, de realizar un análisis crítico que permita la
reorientación de las intenciones y el planteo de alternativas que apunten a la mejora y las
contribuciones concretas (documentación producida) en el sentido definido en este Proyecto y en
un tiempo y espacio compartido.
Presupuesto estimado
Se solicita presupuesto para:
- Adquisición de material bibliográfico: $ 10.000 (diez mil pesos)
- Honorarios para especialistas invitados: $ 30.000 (treinta mil pesos)
- Pasajes y viáticos $ 20.000 (veinte mil pesos)
- Total $ 60.000 (sesenta mil pesos)
.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.
Río Cuarto, UNRC, 12 de Mayo de 2016
Prof. Jorge Guazzone Prof. Gabriela Maldonado Prof. Ana Vogliotti Secretario de Planeamiento Secretaria de Posgrado UNRC Secretaria Académica UNRC
y Relaciones Institucionales UNRC
RIO CUARTO,31/08/2016
VISTO, lo actuado en Expediente Nº 74.132, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Consejo Superior Nº 108/15 se conformó
una Comisión constituida por el Secretario Económico de esta
Universidad y los Secretarios Técnicos de las Facultades, con el
propósito de brindar un informe que detalle todas las actividades que
requiriendo facturación podrían resultar casos excepcionales en la
aplicación de la Resolución Consejo Superior Nº 117/04, caracterizando
las mismas tomando en cuenta las similitudes y diferencias,
incorporando un análisis económico de cada actividad y su repercusión
en el ámbito de la Universidad Nacional de Río Cuarto, proponiendo
además criterios que darían lugar a la excepcionalidad.
Que la citada Comisión, sugiere se exceptúe al CAMDOCEX de
la aplicación de la retención del 20%, establecido en la Resolución
Consejo Superior Nº 117/04 por la venta de excedente de procesos
productivos.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron
conferidas por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad
Nacional y el Artículo 6º Inc. 9) del Reglamento Interno del Consejo
Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R e s u e l v e:
ARTÍCULO 1º- Aprobar, el Informe de la Comisión conformada por
Resolución Consejo Superior Nº 108/15, el cual obra como Anexo I de la
presente, por el cual se exceptúa al CAMDOCEX de la aplicación de la
retención del 20% establecido en la Resolución Consejo Superior Nº
117/04, por la venta de excedente de procesos productivos.
ARTÍCULO 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento
las áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS CINCO DIAS DEL
MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCION Nº234
RIO CUARTO,31/08/2016
VISTO, el Expediente Nº 119419, la Resolución Nº 455/15 y la
nota presentada por el Secretario de Planeamiento y Relaciones
Institucionales de esta Universidad, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Resolución se aprobó la creación de una
Comisión “Ad-Hoc” de “Fortalecimiento de las TIC en la U.N.R.C.”.
Que, a fojas 18, el Secretario de Planeamiento y Relaciones
Institucionales de esta Universidad, solicita se reconstituya dicha
Comisión, para la mejora de los procesos de gestión y democratización del
conocimiento en esta Universidad.
Que este Órgano de Gobierno entiende procedente acceder a lo
solicitado.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y por el
Artículo 6º Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º- Modificar la constitución de la Comisión “Ad-Hoc” de
“Fortalecimiento de las TIC en la U.N.R.C.”, aprobada por Resolución
Consejo Superior Nº 455/15, ello a partir del 21 de junio de 2016, la que
estará integrada por:
Consejeros:
Profesor Leonardo MOLISANI D.N.I. Nº 23.062.995
Profesora Gisela VELEZ D.N.I. Nº: 10.174.842
Profesor Guillermo BERNARDES D.N.I. Nº 16.279.150
Profesora Susana PANELLA D.N.I. Nº 13.090.294
Profesora Viviana MACCHIAROLA D.N.I. Nº: 11.689.990
Profesor Marcelo GIODA D.N.I. Nº 18.522.817
Profesor César BARBERO D.N.I. Nº: 14.624.259
Señor Daniel GARIS D.N.I. Nº 17.921.803
Tamara LERCHUNDI D.N.I. Nº 35.472.226
Damián RICOTILLI GONZALEZ D.N.I. Nº 36.587.162
Miembros de la Comunidad Universitaria:
Profesor Jorge GUAZZONE D.N.I. Nº: 23.226.335
Secretario de Planeamiento y Relaciones Institucionales
ARTICULO 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS VEINTIUN DIAS DEL
MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
RESOLUCION Nº 235
RIO CUARTO, 31/08/2016
VISTO, el Expediente Nº 121373 y la solicitud de Aval
Institucional al “XVII Simposio Internacional en Percepción Remota y
Sistemas de Información Geográfica”, que organizado por la Sociedad de
Especialistas Latinoamericana en Percepción Remota y Sistemas de
Información Espacial SELPER, Capítulo Argentina, la Universidad Nacional
de Luján y la Universidad Autónoma de Entre Ríos, se desarrollara entre
los día 7 y 11 de noviembre de 2016, en la ciudad de Puerto Iguazú,
Misiones, y
CONSIDERANDO:
Que el tema del Simposio es: “Geo tecnologías, herramientas
para la construcción de una nueva visión del cambio global y su
transformación para un futuro sostenible” y tiene como objetivo, entre
otros, el propiciar un espacio que permita conocer y debatir sobre los
últimos avances en el campo de las geotecnologías, así como poner de
relieve su papel transversal y multidisciplinario en el diseño de
estrategias para el desarrollo sostenible, económico y social de nuestros
países.
Que se ha expedido la Facultad de Ingeniería mediante
Resolución Consejo Directivo Nº 092/16.
Que se ha expedido la Facultad de Agronomía y Veterinaria
mediante Resolución Consejo Directivo Nº 125/16.
Que éste Órgano de Gobierno considera procedente acceder a lo
solicitado.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron
conferidas por el artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y
el artículo 6º inciso 9) del Reglamento Interno de este Cuerpo,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Otorgar Aval Institucional al “XVII Simposio Internacional
en Percepción Remota y Sistemas de Información Geográfica”, que
organizado por la Sociedad de Especialistas Latinoamericana en Percepción
Remota y Sistemas de Información Espacial SELPER, Capítulo Argentina, la
Universidad Nacional de Luján y la Universidad Autónoma de Entre Ríos, se
desarrollara entre los día 7 y 11 de noviembre de 2016, en la ciudad de
Puerto Iguazú, Misiones.
ARTICULO 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS CINCO DIAS DEL MES
DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCIÓN Nº236
RÍO CUARTO, 31/08/2016
VISTO, el Expediente Nº 104190, la Resolución Consejo Superior N°
270/11, por la cual se aprobó la creación de las “Diplomaturas Superiores en
el ámbito de la Universidad Nacional de Río Cuarto”, las que forman parte de
la oferta educativa de posgrado, y
CONSIDERANDO:
Que la citada Resolución fue modificada con posterioridad en sus
contenidos, ello según lo establecido por Providencia Resolutiva Nº 004/12 y
Resolución Consejo Superior Nº 363/15.
Que por el artículo 2º de la Disposición Nº 013/16 de la
Secretaria de Posgrado y Cooperación Internacional, se propone a éste Órgano
de Gobierno la aprobación del Nuevo Régimen de Diplomaturas Superiores.
Que ha intervenido la Comisión de Enseñanza y Planeamiento de éste
Órgano de Gobierno.
Que por lo antes expuesto corresponde acceder a lo solicitado por
la Secretaria de Posgrado y Cooperación Internacional, dejando sin efecto la
Resolución Consejo Superior Nº 270/11, Providencia Resolutiva Rectoral Nº
004/12 y Resolución Consejo Superior Nº 363/15.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 20º del Estatuto y el Artículo 6º Inciso 9) del Reglamento
Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1° - Dejar sin efecto la Resolución Consejo Superior Nº 270/11,
Providencia Resolutiva Rectoral Nº 004/12 y Resolución Consejo Superior Nº
363/15, ello por los motivos expuestos en los considerando de la presente.
ARTÍCULO 2° - Aprobar el Régimen de Diplomaturas Superiores de la Universidad
Nacional de Río Cuarto, el que obra como Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS CINCO DIAS DEL MES DE
JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
RESOLUCION N°237
ANEXO –I- RESOLUCION Nº237
ARTÍCULO 1° - La Diplomatura Superior constituye una propuesta educativa de
nivel de posgrado. Está organizada por un conjunto de cursos y/o seminarios
establecidos en torno a un eje temático, acotado a intereses de una formación
de posgrado específica (académica y/o profesional), ampliando y profundizando
la formación a través de estudios intensivos. Cuenta con evaluación final
documentada de carácter integrador. Se acredita mediante una certificación de
Diplomado Superior extendido por la Universidad Nacional de Río Cuarto, con
especificación del campo del conocimiento.
ARTÍCULO 2° - El Régimen de la Diplomatura Superior se ajustará en todo lo
referente a su organización académica administrativa a lo establecido por las
normas de la U.N.R.C.
Certificación:
ARTÍCULO 3° - La Universidad Nacional de Río Cuarto otorgará el certificado de
Diplomado Superior a quienes cumplan con los requisitos de este Régimen. En
dicho certificado deberá especificarse la Mención referida al Área de
conocimiento específica.
ARTÍCULO 4° - El certificado analítico de cada Diplomatura Superior será
confeccionado por la Secretaría de Posgrado y Cooperación Internacional a
propuesta de la Unidad o Unidades Académicas que participen en la organización
y ejecución de dicha Diplomatura.
Destinatarios
ARTÍCULO 5° - Podrán aspirar al cursado de esta propuesta de posgrado, los
egresados universitarios que hayan obtenido un título universitario de grado o
un título de nivel superior no universitario en planes de estudio de cuatro
(4) años de duración como mínimo. En casos excepcionales de postulantes que se
encuentren fuera de los términos precedentes, podrán ser admitidos siempre que
sean egresados de carreras universitarias, o de carreras de nivel superior no
universitario, de al menos tres (3) años de duración y que además demuestren,
a través de las evaluaciones y los requisitos que se establezcan, poseer
preparación y experiencia laboral acorde con la formación de posgrado que se
propone desde la Diplomatura. En ningún caso la admisión y obtención de la
certificación de Diplomado Superior acredita de manera alguna el título de
grado anterior correspondiente al mismo.
ARTÍCULO 6° - En el proyecto de creación de la Diplomatura se deberán
establecer los prerrequisitos específicos necesarios para poder cursar
adecuadamente el trayecto de formación y los alcances y criterios de
evaluación para los casos excepcionales.
ARTÍCULO 7° - En caso de que la diplomatura propuesta cuente con un Comité
Académico u Órgano similar éste será el encargado de evaluar la admisión o no
de la totalidad de los aspirantes. En caso de que no cuente con dicho Órgano,
deberá conformase un Comité Académico u Órgano similar Ad Hoc para atender los
casos de excepcionalidad sobre la base de los criterios preestablecidos. En
todos los casos se deberá dejar explicitado y debidamente fundado en un acta
la totalidad de los elementos de juicio que se valió para otorgar o no la
admisión a la formación de posgrado en los casos de excepcionalidad previstos.
Las admisiones definitivas serán efectivizadas a través de una disposición de
la Secretaría de Posgrado y Cooperación Internacional.
Carga Horaria
ARTÍCULO 8° - Para la obtención del título de Diplomado se deberán
cumplimentar un mínimo de 180 horas (9 créditos) distribuidas en Cursos,
Seminarios y otras Actividades Académicas relacionadas al tema específico de
la propuesta de formación, y la Aprobación de una Evaluación Final documentada
de carácter integrador. Se deberá prever un máximo de 240 horas (12 créditos)
de espacios curriculares.
ARTÍCULO 9° - Los espacios curriculares implican la participación activa de
docentes y alumnos en actividades de enseñanza y aprendizaje de carácter
teóricas, teóricas-prácticas, prácticas, presentación y discusión de trabajos
originales, personales o de la literatura, relacionados con temas de
investigación, docencia y/o prácticas profesionales vinculadas a la propuesta
de posgrado correspondiente; con evaluación obligatoria.
Autoridades y Docentes
ARTÍCULO 10° - Las diplomaturas serán coordinadas por un Director; podrán
contar además con un Coordinador Adjunto y Comité Académico u Órgano
Equivalente. Tanto el Director, el Coordinador Adjunto como los integrantes
del Comité Académico u Órgano Equivalente deberán acreditar título de posgrado
o mérito equivalente según Resolución del Consejo Superior N° 163/96.
ARTÍCULO 11° - Los docentes que participen como Responsables de las
actividades que se realicen en una Diplomatura Superior deberán acreditar
título de posgrado o mérito equivalente según Resolución del Consejo Superior
N° 163/96.
Aprobación
ARTÍCULO 12° - Todo proyecto de Diplomatura deberá especificar el sistema de
evaluación por módulo, seminario, taller, cursos, etc. Para acreditar la
certificación final de la diplomatura se deberán aprobar todos los espacios
curriculares y el trabajo final integrador.
ARTÍCULO 13° - Para la realización del Trabajo Final Integrador, el alumno
será acompañado por un docente asesor, quien deberá poseer título académico no
menor al de Especialista o en su defecto acreditar Mérito Equivalente según
Resolución del Consejo Superior N° 163/96. Se requerirá además que posea
antecedentes vinculados con el tema de estudio.
ARTÍCULO 14° - El Trabajo Final Integrador será valorado y calificado por tres
docentes propuestos por el Coordinador Adjunto, y si no lo hubiere por el
Director de la Diplomatura Superior. Al menos uno de ellos deberá ser externo
al programa.
Instancias Institucionales de aprobación de un proyecto de Diplomatura
Superior
ARTÍCULO 15° - Los proyectos de Diplomatura Superior deberán tener el aval
académico de por lo menos un Departamento perteneciente a una Facultad,
vinculado directamente con la temática que se trate, la recomendación de la
Secretaría de Posgrado de la Facultad correspondiente, la aprobación por parte
del Consejo Directivo, Disposición de aprobación por parte de la Secretaría de
Posgrado y Cooperación Internacional y Resolución de aprobación del Consejo
Superior de la Universidad Nacional de Río Cuarto.
ARTÍCULO 16° - Los proyectos de Diplomatura Superior deberán además incluir
dos informes vinculados a los aspectos académicos del Proyecto, uno de ellos
realizado por un docente de la Universidad Nacional de Río Cuarto y otro
externo, ambos ejecutados por pares con título de posgrado, expertos en la
temática que se desarrollará en la Diplomatura.
De la presentación del Proyecto
ARTÍCULO 17° - El proyecto de Diplomatura se presentará a la Secretaría de
Posgrado de la Facultad desde donde se genere el proyecto y en el mismo se
contemplarán los siguientes aspectos:
- Identificación del Proyecto
- Unidad/es académica/s responsable/s
- Responsables de la Elaboración del Proyecto
- Director/a
- Coordinador/a Adjunto (si lo hubiere)
- Comité Académico u Órgano Equivalente (si lo hubiere)
- Fundamentación: incluyendo la vinculación con los planes institucionales
- Antecedentes
- Objetivos
- Destinatarios
- Condiciones requeridas para la inscripción
- Cupo mínimo y máximo
- Certificación a otorgar
- Propuesta curricular: cursos, seminarios, otras actividades. Con el
detalle de los contenidos mínimos y/u otras actividades a desarrollar
- Carga horaria y asignación de créditos
- Duración aproximada y cronograma
- Modalidad: presencial o semipresencial
- Formas de evaluación y requisitos de aprobación de cursos y seminarios y
otras actividades acreditables
- Características y requisitos de aprobación del trabajo final integrador
- Programas de los cursos o seminarios
- Personal docente. Incluir Currículum vitae
- Presupuesto
- Equipamiento
ARTÍCULO 18° - La solicitud de apertura de nuevas ediciones de una misma
Diplomatura Superior, ya aprobada previamente y que se ajuste a la normativa
vigente, será presentada por el Director, a través de la Secretaría de
Posgrado de la Unidad Académica correspondiente, al Consejo Directivo para su
aprobación y elevación a la Secretaría de Posgrado y Cooperación Internacional
y luego al Consejo Superior.
Vinculación con carreras de posgrado
ARTÍCULO 19° - Las carreras de Posgrado podrán ofrecer certificaciones de
Diplomatura Superior siempre que los ciclos de formación que se desprendan de
las mismas respondan a los requisitos establecidos en la presente normativa.
Deberán presentarse para su aprobación siguiendo todas las instancias
institucionales contempladas en este régimen.
RIO CUARTO,31/08/2016
VISTO, la nota presentada a fojas 8 del Incidente Nº 120.709-1,
por el Secretario de Extensión y Desarrollo de esta Universidad, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada nota se solicita declarar de Interés
Institucional el Proyecto “MASMENOS-Ciclo Internacional de Música
Contemporánea del Bicentenario de la Declaración de la Independencia de la
República Argentina”, elaborado por el Licenciado Darío PAGLIARICCI, docente
del Departamento de Arte y Cultura de la mencionada Secretaria.
Que este Órgano de Gobierno resuelve aprobar el referido Proyecto
el que se llevara a cabo entre los meses de abril a diciembre de 2016 en esta
Universidad.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferida por
el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y el Artículo 6º
Inc. 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º- Aprobar el Proyecto “MASMENOS-Ciclo Internacional de Música
Contemporánea del Bicentenario de la Declaración de la Independencia de la
República Argentina”, elaborado por el Licenciado Darío PAGLIARICCI, docente
del Departamento de Arte y Cultura, el que se llevara a cabo entre los meses
de abril a diciembre de 2016 en esta Universidad.
ARTICULO 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DOS DIAS DEL MES DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCION Nº238
RIO CUARTO,31/08/2016
VISTO, la nota presentada a fojas 8 del Expediente Nº 121.491,
por el Secretario de Extensión y Desarrollo de esta Universidad, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada nota se solicita declarar de Interés
Institucional la Acción de Arte Colectivo “El locro festivo Riocuartense”,
elaborado por las Artistas locales, Adriana GUEZURAGA y Leonardo FAGIANO,
el que se llevará a cabo desde el 9 de julio de 2016, en el Boulevard Roca
de esta Ciudad.
Que el objetivo de dicha acción es convocar al colectivo de
artistas visuales de la Ciudad y Región a desarrollar acciones en torno a
la producción plástica y el diseño de cartelería, en simultaneidad con la
elaboración gastronómica comunitaria de la comida tradicional del país.
Que este Órgano de Gobierno aprueba reconocer la realización
del referido evento, el que se llevó a cabo el día 9 de julio del
corriente año.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferida
por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y el
Artículo 6º Inc. 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º- Reconocer la Acción de Arte Colectivo “El locro festivo
Riocuartense”, elaborado por las Artistas locales, Adriana GUEZURAGA y
Leonardo FAGIANO, el que se llevó a cabo el 9 de julio de 2016, en el
Boulevard Roca de esta Ciudad.
ARTICULO 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DOS DIAS DEL MES DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCION Nº239
RIO CUARTO,31/08/2016
VISTO, lo actuado en Expediente Nº 120.587 y con relación a las Actas
Nº 03 y 04 de 2016 de la Comisión Paritaria Técnica para el Sector No Docente,
obrante a fojas 16 y 17/19, respectivamente, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Acta Nº 3, ambas partes acordaron sobre el siguiente
Ítem:
1- Creación del Ciclo de Licenciatura en Administración y Gestión
Universitaria.
Que a través del Acta Nº 4, ambas partes acordaron sobre los
siguientes Ítems:
1- Solicitud Servicio Alimentario referida a mantener suplementos por mayor
responsabilidad hasta sustanciación de concurso, Expediente Nº 118370.
2- Solicitud de reestructuración de cargos de Facultad de Ciencias Exactas, Físico-Químicas y Naturales, Expediente Nº 121028.
3- Solicitud de reestructuración de cargos de Facultad de Ingeniería,
Expediente Nº 119884.
4- Solicitud de reestructuración de cargos de Biblioteca, Expediente Nº 121545. 5- Solicitud suplemento por mayor responsabilidad Agente No Docente Marcelo
GEUNA, Facultad de Ingeniería.
6- Solicitud de reconocimiento de adicional por permanencia Agente No Docente BECERRA, Expediente Nº 119641.
7- Solicitud de cambio de agrupamiento Agente No Docente PUEBLA, Expediente Nº 119954.
8- Modificación artículo 44 Acta Paritaria 09/2013. 9- Subsanar omisión en el punto 2, Acta Nº 07/2014.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por
el Art. 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y Artículo 6º del
Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º - Homologar el Acuerdo Paritario, correspondiente a las Actas Nº 03 y
04 de 2016 de la Comisión Técnica Paritaria del Sector No Docente, las que obran
como Anexo -I- y –II-, de la presente.
ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCIÓN Nº240
RIO CUARTO, 31/08/2016
VISTO, el Expediente Nº 6390/13 del Registro del entonces Ministerio
de Educación de la Nación, la Resolución Ministerial Nº 1366/12, el Convenio ME Nº
1244/13 suscripto con esta Universidad y Ley Nº 27.198 aprobatoria del Presupuesto
de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 22, de fecha 13 de julio de 2016, de la
Subsecretaría de Gestión y Coordinación de Políticas Universitarias del Ministerio
de Educación y Deportes de la Nación, se asigna a esta Universidad la suma de PESOS
OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA ($889.560), con destino a
financiar los gastos operativos y de salarios del primer semestre del año 2016,
para el dictado de una cohorte de la carrera de Profesorado en Lengua y Literatura
en la Localidad de General Cabrera, Provincia de Córdoba, en el marco del PROGRAMA
DE EXPANSION DE LA EDUCACION SUPERIOR; ello con Fuente de Financiamiento 11 –
Recursos del Tesoro Nacional.
Que por nota del Secretario Técnico de la Facultad de Ciencias Humanas
de esta Universidad, de fecha 10 de agosto de 2016, se solicita la incorporación al
Presupuesto de la suma mencionada en el párrafo anterior y su distribución por
incisos.
Que es facultad de éste Consejo Superior aprobar la incorporación de
nuevos recursos en el presupuesto para esta Universidad Nacional.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el
Artículo 20° del Estatuto de esta Universidad Nacional y por el artículo 6° Inciso
9 del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E LV E:
ARTICULO 1º - Incorporar al Presupuesto del Ejercicio 2016, vigente para la
Universidad Nacional de Río Cuarto, la suma de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE
MIL QUINIENTOS SESENTA ($889.560), ello con Fuente de Financiamiento 11 – Recursos
del Tesoro Nacional.
ARTÍCULO 2° - Establecer que el Área Responsable de la ejecución del Proyecto
deberá presentar a la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS, la rendición de
cuentas documentada acerca del uso efectivo de los recursos transferidos, en el
marco de la Resolución Ministerial N° 2017/08, y sus modificatorias y los informes
de Avance a los que alude la cláusula 4° del Convenio ME N° 238/15.
ARTICULO 3° - Distribuyese por centro de gestión presupuestaria, programas y
partidas, el crédito incorporado en el artículo anterior para esta Universidad
Nacional de Río Cuarto, de acuerdo a la planilla que como ANEXO I, forma parte de
la presente Resolución.
ARTICULO 4° - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tome conocimiento las áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
RESOLUCIÓN Nº:243
ANEXO I RESOLUCIÓN Nº 243
PRESUPUESTO EJERCICIO 2016
DISTRIBUCIÓN PRESUPUESTARIA POR PROGRAMA O CATEGORÍA EQUIVALENTE
CENTROS DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO
FINALIDAD SERVICIOS SOCIALES
FUNCIÓN: CULTURA Y EDUCACIÓN
JURISDICCIÓN: MINISTERIO DE EDUCACIÓN
ORGANISMO UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 11 – CONTRIBUCIÓN GOBIERNO
Prog/ Act Central INCISO 1
INCISO 2 INCISO 3 INCISO 4
INCISO 5 TOTAL
P. 1 Educación de Grado
$711.648.- $17.912.- $160.000.- -.- -.- $889.560.- Area: 45-33 Expansión de la Educación Superior – Profesorado en Lengua y Literatura
TOTAL $711.648.- $17.912.- $160.000.- -.- -.- $889.560.-
CALCULO DE RECURSOS
Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL
FINALIDAD Servicios Sociales
FUNCIÓN Cultura y Educación
JURISDICCIÓN Ministerio de Educación
ORGANISMO Universidad Nacional de Río Cuarto
TRANSFERENCIAS A UNIVERSIDADES NACIONALES $889.560,00
FUENTE 11 TESORO NACIONAL $889.560,00
TOTAL GENERAL $889.560,00
RIO CUARTO,31/08/2016
VISTO, el Expediente Nº 17075/14 del Registro del entonces Ministerio
de Educación de la Nación, la Resolución Ministerial Nº 1366/12, el Convenio ME Nº
238/15 suscripto con esta Universidad y la Ley Nº 27.198 aprobatoria del
Presupuesto General para la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 17, de fecha 13 de julio de 2016, de la
Subsecretaría de Gestión y Coordinación de Políticas Universitarias del Ministerio
de Educación y Deportes de la Nación, se ha asignado a esta Universidad la suma de
PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTIUNO ($699.721,00), con
destino a financiar los gastos operativos y de salarios del primer semestre del año
2016, para el dictado de la cohorte de la carrera de Licenciatura en Educación
Física – Ciclo de complementación, en el marco del Proyecto de Expansión
Territorial en la localidad de Villa Dolores, Provincia de Córdoba, correspondiente
al primer semestre del presente ejercicio presupuestario, ello con Fuente de
Financiamiento 11- Contribución Gobierno.
Que por nota del Secretario Técnico de la Facultad de Ciencias Humanas
de esta Universidad, de fecha 10 de agosto de 2016, se solicita la incorporación al
Presupuesto de la suma mencionada en el párrafo anterior y su distribución por
incisos.
Que es facultad de éste Consejo Superior incorporar nuevos recursos al
presupuesto vigente para esta Universidad Nacional.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 20º
del Estatuto de ésta Universidad Nacional y por el Artículo 6º Inciso 9 del
Reglamento Interno del Consejo Superior,
El CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTICULO 1° - Incorporar al Presupuesto del Ejercicio 2016, vigente para la
Universidad Nacional de Río Cuarto, la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE
MIL SETECIENTOS VEINTIUNO ($699.721,00), ello con Fuente de Financiamiento 11-
Contribución Gobierno.
ARTÍCULO 2° - Establecer que el Área Responsable de la ejecución del Proyecto
deberá presentar a la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS, la rendición de
cuentas documentada acerca del uso efectivo de los recursos transferidos, en el
marco de la Resolución Ministerial N° 2017/08, y sus modificatorias y los informes
de Avance a los que alude la cláusula 4° del Convenio ME N° 238/15.
ARTICULO 3º - Distribuyese por centro de gestión presupuestaria, programas y
partidas, el crédito incorporado en el artículo anterior para esta Universidad
Nacional de Río Cuarto, de acuerdo a la planilla que como Anexo I, forma parte de
la presente Resolución.
ARTICULO 4º -Regístrese, comuníquese, publíquese, tomen conocimiento las Áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
RESOLUCION Nº:244
ANEXO I RESOLUCIÓN Nº244
PRESUPUESTO EJERCICIO 2016
DISTRIBUCIÓN PRESUPUESTARIA POR PROGRAMA O CATEGORÍA EQUIVALENTE
A CENTROS DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO
FINALIDAD SERVICIOS SOCIALES
FUNCIÓN: CULTURA Y EDUCACIÓN
JURISDICCIÓN: MINISTERIO DE EDUCACIÓN
ORGANISMO UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 11 – CONTRIBUCIÓN GOBIERNO
Prog/Act. Central Inciso 1 Inciso 2 Inciso 3 Inciso 4 TOTAL
P.1 Educación de Grado
Area: 45-38 Expansión de la Educación Superior – Licenciatura en Educación Física
$ 650.044.- $ 9.677.- $ 40.000.- -.- $ 699.721.-
TOTAL $ 650.044.- $ 9.677.- $ 40.000.- -.- $ 699.721.-
CALCULO DE RECURSOS
Fuente de Financiamiento 11 – RECURSOS DEL TESORO NACIONAL
FINALIDAD Servicios sociales
FUNCIÓN Cultura y Educación
JURISDICCIÓN Ministerio de Educación
ORGANISMO Universidad Nacional de Río Cuarto
TRANSFERENCIAS A UNIVERSIDADES NACIONALES $ 699.721,00
FUENTE 11 RECURSOS DEL TESORO NACIONAL $ 699.721,00
TOTAL GENERAL $ 699.721,00
RIO CUARTO,31/08/2016
VISTO, el Expediente Nº 119627 y el proyecto de Convenio entre
la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO y la CONSULTORA DE RIESGO, SALUD
Y AMBIENTE, obrante a fojas 2/3, y
CONSIDERANDO:
Que el objeto de este Convenio es favorecer el seguimiento de
iniciativas comunes de carácter, técnico, cultural y didáctico entre
ambas Instituciones.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, de acuerdo a Dictamen N°
7807 obrante a folio 19, expresa que desde el punto de vista jurídico
no hay objeción que formular.
Que se cuenta con el aval de la Facultad de Agronomía y
Veterinaria, según Resolución Consejo Directivo Nº 105/16.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y el
Artículo 6º Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Aprobar el Convenio entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO
CUARTO y la CONSULTORA DE RIESGO, SALUD Y AMBIENTE, obrante a fojas
2/3, del Expediente Nº 119627.
ARTICULO 2° - Autorizar al Rector de esta Universidad Nacional, a
celebrar el acto de firma del referido Convenio.
ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento
las áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DIECISEIS DIAS
DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
RESOLUICON Nº245
RIO CUARTO,31/08/2016
VISTO, el Expediente Nº 2386/14 del Registro del Ministerio de
Educación de la Nación, el Programa Argentina Francia Agricultura – ARFAGRI, el
convenio ME Nº 47/15 y la Res. SPU Nº 3320 de fecha 24 de agosto de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 984, de fecha 1 de julio de 2016, de la
Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y Deportes de la
Nación, se asigna a esta Universidad la suma de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL
DOSCIENTOS ($581.200,00), en concepto de segundo desembolso para financiar las
movilidades de estudiantes y las movilidades de coordinación de los Proyectos
seleccionados en el marco de la Primera Convocatoria del Programa Argentina Francia
Agricultura - ARFAGRI; ello con Fuente de Financiamiento 11 – Recursos del Tesoro
Nacional.
Que por nota de la Secretaria Técnica de la Facultad de Agronomía y
Veterinaria de esta Universidad, de fecha 8 de agosto de 2016, se solicita la
incorporación al Presupuesto de la suma mencionada en el párrafo anterior y su
distribución por incisos.
Que es facultad de éste Consejo Superior aprobar la incorporación de
nuevos recursos en el presupuesto para esta Universidad Nacional.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el
Artículo 20° del Estatuto de esta Universidad Nacional y por el Articulo 6° Inciso
9 del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E LV E:
ARTÍCULO 1° - Incorporar al Presupuesto del Ejercicio 2016, vigente para la
Universidad Nacional de Río Cuarto, la suma de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL
DOSCIENTOS ($581.200,00), en concepto de segundo desembolso para financiar las
movilidades de estudiantes y las movilidades de coordinación de los Proyectos
seleccionados en el marco de la Primera Convocatoria del Programa Argentina Francia
Agricultura – ARFAGRI, ello con Fuente de Financiamiento 11 – Recursos del Tesoro
Nacional.
ARTICULO 2° - Establecer que el Área Responsable de la ejecución del Proyecto
deberá presentar a la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS, la rendición de
cuentas documentada acerca del uso efectivo de los recursos transferidos, en el
marco de la Resolución SPU N° 2260/10, con un plazo que no exceda los TREINTA (30)
días de finalizado el objeto por el cual se transfirieron los fondos.
ARTICULO 3° - Distribuyese por centro de gestión presupuestaria, programas y
partidas, el crédito incorporado en el artículo anterior para esta Universidad
Nacional de Río Cuarto, de acuerdo a la planilla que como ANEXO I, forma parte de
la presente Resolución.
ARTICULO 4° - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tome conocimiento las áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
RESOLUCIÓN Nº:246
ANEXO I RESOLUCIÓN Nº246
PRESUPUESTO EJERCICIO 2016
DISTRIBUCIÓN PRESUPUESTARIA POR PROGRAMA O CATEGORÍA EQUIVALENTE
CENTROS DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO
FINALIDAD SERVICIOS SOCIALES
FUNCIÓN: CULTURA Y EDUCACIÓN
JURISDICCIÓN: MINISTERIO DE EDUCACIÓN
ORGANISMO UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 11 – CONTRIBUCIÓN GOBIERNO
Prog/ Act Central INCISO 1
INCISO 2 INCISO 3 INCISO 4 INCISO 5 TOTAL
P. 1 - Educación de Grado
-.- -.- 100.000 -.- 481.200 581.200 Area: 41 - 87 PROGRAMA ARGENTINA FRANCIA AGRICULTURA - ARFAGRI
TOTAL -.- -.- 100.000 -.- 481200 581.200
CALCULO DE RECURSOS
Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL
FINALIDAD Servicios Sociales
FUNCIÓN Cultura y Educación
JURISDICCIÓN Ministerio de Educación
ORGANISMO Universidad Nacional de Río Cuarto
TRANSFERENCIAS A UNIVERSIDADES NACIONALES $581.200,00
FUENTE 11 TESORO NACIONAL $581.200,00
TOTAL GENERAL $581.200,00
RIO CUARTO,31/08/2016
VISTO, el Expediente Nº 121708 y el proyecto de Convenio Marco
entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO y el CLUB JUAN BAUTISTA
ALBERDI, obrante a fojas 20/21, y
CONSIDERANDO:
Que el objetivo del citado Convenio es favorecer el seguimiento de
iniciativas comunes de carácter técnico, cultural y didáctico entre ambas
Instituciones.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, de acuerdo a Dictamen N°
7935 obrante a folio 22, expresa que desde el punto de vista jurídico no
hay objeción que formular.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y el
Artículo 6º Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Aprobar el Convenio Marco entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE
RÍO CUARTO y el CLUB JUAN BAUTISTA ALBERDI, obrante a fojas 20/21 del
Expediente Nº 121708.
ARTICULO 2° - Autorizar al Rector de esta Universidad Nacional, a
celebrar el acto de firma del referido Convenio.
ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS TREINTA DIAS DEL
MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
RESOLUCION Nº247
RIO CUARTO,31/08/2016
VISTO, el Expediente Nº 121707 y el proyecto de Convenio Marco
entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO y la ASOCIACION VECINAL
PARAISO, obrante a fojas 15/16, y
CONSIDERANDO:
Que el objetivo del citado Convenio es favorecer el seguimiento de
iniciativas comunes de carácter técnico, cultural y didáctico entre ambas
Instituciones.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, de acuerdo a Dictamen N°
7937 obrante a folio 17, expresa que desde el punto de vista jurídico no
hay objeción que formular.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y el
Artículo 6º Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Aprobar el Convenio Marco entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE
RÍO CUARTO y la ASOCIACION VECINAL PARAISO, obrante a fojas 15/16 del
Expediente Nº 121707.
ARTICULO 2° - Autorizar al Rector de esta Universidad Nacional, a
celebrar el acto de firma del referido Convenio.
ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS TREINTA DIAS DEL
MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
RESOLUICON Nº248
RIO CUARTO,31/08/2016
VISTO, el Expediente Nº 116539 y el proyecto de Convenio entre la
UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO y NACION LEASING S.A., obrante a fojas
259/277, y
CONSIDERANDO:
Que el citado Convenio se celebra con el objeto de adquirir
vehículos por leasing del Banco Nación, ello para dar continuidad al plan
de renovación de la flota de vehículos oficiales de esta Universidad.
Que se ha expedido al respecto la Dirección de Asuntos Jurídicos,
de acuerdo a Dictamen N° 7939 obrante a folio 254.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y el
Artículo 6º Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Aprobar el Convenio de Condiciones Generales y los de
Condiciones Particulares a suscribirse entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE
RÍO CUARTO y NACION LEASING S.A., obrante a fojas 259/277 del Expediente
Nº 116539.
ARTICULO 2° - Autorizar al Rector de esta Universidad Nacional, a
celebrar el acto de firma del referido Convenio.
ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS TREINTA DIAS DEL
MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
RESOLUICON Nº249
RIO CUARTO,01/09/2016
VISTO, el Convenio entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO y
la SUBSECRETARÍA DE LA JUVENTUD DE LA NACIÓN, dependiente del Ministerio de
Desarrollo Social de la Nación, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 121420,
y
CONSIDERANDO:
Que el citado Convenio tiene como objetivo favorecer el
seguimiento de iniciativas comunes de carácter técnico, cultural y didáctico
entre las partes, según las características conformes a ambas y más
precisamente para establecer, mantener y consolidar programas de
realizaciones, de seguimientos, de enseñanza, de intercambio de conocimientos
e informaciones de actividades y de desarrollo.
Que se cuenta con la debida intervención de la Dirección de
Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 7905 obrante a fojas 5.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 20° del Estatuto de esta Universidad Nacional y Artículo 6º
Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º- Aprobar el Convenio a suscribir entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE
RÍO CUARTO y la SUBSECRETARÍA DE LA JUVENTUD DE LA NACIÓN, dependiente del
Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, obrante a fojas 2/3 del
Expediente Nº 121420.
ARTICULO 2°- Autorizar al Rector de esta Universidad Nacional, a celebrar el
acto de firma del referido Convenio.
ARTICULO 3°- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DOS DIAS DEL MES DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCION N° 250
RIO CUARTO,01/09/2016
VISTO, lo actuado en Expediente N° 121698 y la necesidad de convocar a
Concurso Cerrado Interno y General de Antecedentes y Oposición para cubrir Un (1)
cargo vacante en Agrupamiento -A-, Categoría -6- en el Área Económico-Financiera
de la Facultad de Ciencias Económicas de esta Universidad Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que la cobertura del mencionado cargo debe efectuarse conforme lo
establecido por las Resoluciones Consejo Superior Nº 264/90, 148/00 sus
modificatorias, Providencias Resolutivas Consejo Superior Nros. 002/02 y 007/03 y
Resolución Consejo Superior Nº 061/04, ello en un todo de acuerdo con lo dispuesto
por Resolución Consejo Superior Nº017/08 y Decreto Nº 366/06 –Título 4º-.
Que existe factibilidad presupuestaria para cubrir dicho cargo.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el
Artículos 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º- Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, para la
cobertura de Un (1) cargo vacante en Agrupamiento –Administrativo - Categoría -6-
en el Área Económico-Financiera de la Facultad de Ciencias Económicas de esta
Universidad Nacional y una carga horaria semanal de 35 horas en horario diario de
14 a 21, con las especificaciones del Anexo -I- de la presente.
ARTICULO 2º- Declarar abierta la inscripción a partir del 28 de septiembre al 04 de
octubre de 2.016, de 08.00 a 12.00 Horas en la Dirección de Recursos Humanos, en
cuyo lugar se deberá presentar curriculum vitae acompañado de la documentación que
acrediten antecedentes y certificados correspondientes. La Prueba de Oposición del
llamado a Concurso dispuesto por el Artículo 1° de la presente, se realizará el día
14 de octubre de 2.016, a partir de las 12:00 horas en el ámbito de la Facultad de
Ciencias Económicas de esta Universidad o en lugar a determinar.
ARTICULO 3°- No se admitirá presentación de antecedentes, certificaciones y ningún
tipo de documentación, con posterioridad a la fecha de cierre de la inscripción.
ARTICULO 4º - Determinar que en el caso de no registrarse inscripción de
postulantes al llamado a Concurso dispuesto por el Artículo 1º de la presente
llámese a Concurso Cerrado General de Antecedentes y Oposición, bajo las mismas
especificaciones indicadas en el Anexo –I- de la presente y encuadradas en los
alcances previstos en el Artículo 61º Inciso b) de la Resolución Consejo Superior
Nº 148/00 y su modificatoria 061/04, excepto en cuanto a las fechas de:
inscripción, prueba de oposición y evaluación de los antecedentes y expedición del
Jurado sobre el resultado final del Concurso, que serán las siguientes:
-Inscripción: 20 al 26 de octubre de 2016.
-Fecha de evaluación: 04 de noviembre de 2016.
-Resultado: Plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados a partir desde la
fecha fijada para la evaluación de antecedentes o de la finalización de la prueba
de oposición. Dicho plazo podrá ampliarse por un período igual por razones
justificadas.
ARTICULO 5º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCION Nº850
ANEXO I - RESOLUCION Nº 850
Unidad: Área Económico-Financiera, Facultad de Ciencias Económicas
Responsabilidad Primaria:
- Prestar apoyo en todas las tareas que comprende el accionar del área
económico-financiera de la Facultad.
- Rendición de cajas chicas.
- Recepción de los comprobantes.
- Confección y rendición de viáticos.
- Facturación de aranceles de cursos extracurriculares, de posgrado y
servicios.
- Atención y pago a proveedores.
- Ley de procedimientos administrativos.
- Patrimonio; ingreso de bienes, transferencias, bajas y donaciones.
- Convenio colectivo de trabajo Nº 366/06.
Condiciones Generales
Conocer el Decreto Nº 366/06.
- Remuneración: la establecida por el Poder Ejecutivo Nacional, según
el Escalafón aprobado por Decreto 366/06 para el Agrupamiento y Categoría
motivo del concurso.
Condiciones Específicas
Conocimiento de computación (Windows, word, excel) y Sistema de
Seguimiento de Expedientes (SEGEX).
Redacción propia
Los integrantes del Jurado serán:
Titulares: Suplentes:
Señora Ana BASSO Señor Matías TELLO
DNI.Nº 10.052.223 DNI.Nº 28.706.311
Señora Lucia COSTA Señora Elizabeth MAZZONI
DNI.Nº 13.389.732 DNI.Nº 10.821.645
Señora Cecilia VARELA Señora María de los Ángeles ARGUELLO
DNI.Nº 24.521.905 DNI.Nº 20.700.293
Veedor de A.T.U.R.C. a designar por esa Asociación Gremial.
Los integrantes del Jurado deberán cumplir las funciones estipuladas en la
Resolución Consejo Superior Nº 264/90 y deberá expedirse sobre el resultado
del concurso dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados
desde la fecha fijada para la evaluación de antecedentes o de la
finalización de la prueba de oposición. Dicho plazo podrá ampliarse por un
período igual por razones justificadas.
Temario General
Órganos de Gobierno de la Universidad y de la Facultad de Ciencias
Económicas (composición organizacional de la Unidad Académica).
Cumplimiento de trámites y gestiones administrativas (Resolución
Rectoral Nº 051/95).
Régimen nacional de procedimientos administrativos (Lay 19549 –
Titulo III – Requisitos esenciales del acto administrativo) Decreto
1759/72 Titulo I.
Redacción de notas, cartas e informes de diversa índole.
Entender sobre bienes patrimoniales.
Convenio Colectivo de Trabajo No Docente, Decreto Nº 366/06.
SORTEO DE TEMAS
Una vez definido –por parte del Jurado- el número de preguntas que
integrarán el cuestionario objeto de la evaluación, cada uno de sus
miembros – individualmente- procederá a elaborarlas con anterioridad al
sorteo de temas. Este tendrá lugar quince (15) minutos antes de la
iniciación de la prueba de evaluación – en el aula, sala y/o oficina
habilitada para el concurso- ante los postulantes que deseen estar
presentes.
Las preguntas elaboradas por parte de cada uno de los miembros integrantes
del Jurado, serán colocadas en urna o sobre habilitado para el
correspondiente sorteo para su posterior extracción por parte de –al menos
un postulante.
En el caso en que al extraer las preguntas, el Jurado entienda que alguna
de ellas se repite, podrá -el mismo- ordenar la extracción de una nueva.
RIO CUARTO,01/09/2016
VISTO, lo actuado en Expediente N° 121546 y la necesidad de convocar a Concurso
Cerrado Interno y General de Antecedentes y Oposición para cubrir Un (1) cargo vacante en
Agrupamiento -A-, Categoría -4- en el Departamento Almacenes dependiente de la Secretaria
Económica de esta Universidad Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que la cobertura del mencionado cargo debe efectuarse conforme lo establecido por
las Resoluciones Consejo Superior Nº 264/90, 148/00 sus modificatorias, Providencias
Resolutivas Consejo Superior Nros. 002/02 y 007/03 y Resolución Consejo Superior Nº
061/04, ello en un todo de acuerdo con lo dispuesto por Resolución Consejo Superior
Nº017/08 y Decreto Nº 366/06 –Título 4º-.
Que existe factibilidad presupuestaria para cubrir dicho cargo.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el Artículos
25º del Estatuto de esta Universidad Nacional.
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º- Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, para la
cobertura de Un (1) cargo vacante en Agrupamiento –Administrativo - Categoría -4- en el
Departamento de Almacenes dependiente de la Secretaria Económica de esta Universidad
Nacional y una carga horaria semanal de 35 horas en horario diario a determinar por esa
Secretaria, con las especificaciones del Anexo -I- de la presente.
ARTICULO 2º- Declarar abierta la inscripción a partir del 28 de septiembre al 04 de
octubre de 2.016, de 08.00 a 12.00 Horas en la Dirección de Recursos Humanos, en cuyo
lugar se deberá presentar curriculum vitae acompañado de la documentación que acrediten
antecedentes y certificados correspondientes. La Prueba de Oposición del llamado a
Concurso dispuesto por el Artículo 1° de la presente, se realizará el día 14 de octubre de
2.016, a partir de las 09:00 horas en el ámbito de la Secretaria Económica de esta
Universidad o en lugar a determinar.
ARTICULO 3°- No se admitirá presentación de antecedentes, certificaciones y ningún tipo de
documentación, con posterioridad a la fecha de cierre de la inscripción.
ARTICULO 4º - Determinar que en el caso de no registrarse inscripción de postulantes al
llamado a Concurso dispuesto por el Artículo 1º de la presente llámese a Concurso Cerrado
General de Antecedentes y Oposición, bajo las mismas especificaciones indicadas en el
Anexo –I- de la presente y encuadradas en los alcances previstos en el Artículo 61º
Inciso b) de la Resolución Consejo Superior Nº 148/00 y su modificatoria 061/04, excepto
en cuanto a las fechas de: inscripción, prueba de oposición y evaluación de los
antecedentes y expedición del Jurado sobre el resultado final del Concurso, que serán las
siguientes:
-Inscripción: 20 al 26 de octubre de 2016.
-Fecha de evaluación: 04 de noviembre de 2016.
-Resultado: Plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados a partir desde la fecha
fijada para la evaluación de antecedentes o de la finalización de la prueba de oposición.
Dicho plazo podrá ampliarse por un período igual por razones justificadas.
ARTICULO 5º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCION Nº851
ANEXO I - RESOLUCION Nº 851
Unidad: Departamento Almacenes - Secretaria Económica
Responsabilidad Primaria:
- Atención Mesa de Entradas.
- Recepcionar y registrar Órdenes de Compras y Remitos.
- Controlar el vencimiento de las Órdenes de Compra.
- Recepcionar y expedir materiales provenientes de Órdenes de Compra;
interviniendo en la inspección y controles de los mismos dentro y fuera
de la Universidad.
- Intervenir en la recepción, clasificación, rotulación, contabilización y
almacenamiento de los materiales provenientes de Rezagos y Comodatos.
- Intervenir en la expedición de materiales de Rezago y Comodato,
atendiendo la modalidad y normas legales establecidas al respecto.
- Efectuar carga de datos en el SALMA (Sistema de Almacenes).
- Manejo de SEGEX (Sistema de Seguimiento de Expedientes).
- Controlar la descarga de mercadería, clasificación, traslado interno, almacenamiento, expedición y carga a vehículos.
- Remuneración: la establecida por el Poder Ejecutivo Nacional, según
el Escalafón aprobado por Decreto 366/06 para el Agrupamiento y Categoría
motivo del concurso.
Condiciones Generales:
Conocer el Decreto Nº 366/06.
Los integrantes del Jurado serán:
Titulares: Suplentes:
Señor Ernesto José VESCOVI Señor Damián Jorge LOPEZ
DNI.Nº 22.077.541 DNI.Nº 24.783.868
Señor Andrés Rodolfo ESTAVILLA Señor José Alejandro DAMILANO
DNI.Nº 26.006.088 DNI.Nº 20.283.925
Señora Elisabeth HOFFMANN Señor Gustavo Ariel BARRA
DNI.Nº 12.382.032 DNI.Nº 25.175.562
Veedor de A.T.U.R.C. a designar por esa Asociación Gremial.
Los integrantes del Jurado deberán cumplir las funciones estipuladas en la
Resolución Consejo Superior Nº 264/90 y deberá expedirse sobre el resultado
del concurso dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados
desde la fecha fijada para la evaluación de antecedentes o de la finalización
de la prueba de oposición. Dicho plazo podrá ampliarse por un período igual
por razones justificadas.
Temario General:
Organización y funciones de la Universidad.
Órganos de Gobierno de la Universidad.
Misiones y Funciones de la Secretaria Económica – Organigrama - Misiones
y Funciones del Departamento Almacenes.
Conocimiento del sistema de compra vigente en la U.N.R.C. y su régimen
legal de aplicación.
Normas legales que reglamentan el accionar del Departamento Almacenes.
Descripción de las distintas etapas del proceso de recepción de
materiales de compra, autoridades y comisiones intervinientes.
Conocimiento general del Decreto 366/06.
Conocimiento y manejo de computadoras personales, con utilización de
programas Word y Excel.
Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de la
documentación administrativa.
Redacción, caligrafía y ortografía, se evaluara en toda la extensión de
la prueba escrita.
SORTEO DE TEMAS
Una vez definido –por parte del Jurado- el número de preguntas que
integrarán el cuestionario objeto de la evaluación, cada uno de sus
miembros – individualmente- procederá a elaborarlas con anterioridad al
sorteo de temas. Este tendrá lugar quince (15) minutos antes de la
iniciación de la prueba de evaluación – en el aula, sala y/o oficina
habilitada para el concurso- ante los postulantes que deseen estar
presentes.
Las preguntas elaboradas por parte de cada uno de los miembros integrantes
del Jurado, serán colocadas en urna o sobre habilitado para el
correspondiente sorteo para su posterior extracción por parte de –al menos
un postulante.
En el caso en que al extraer las preguntas, el Jurado entienda que alguna
de ellas se repite, podrá -el mismo- ordenar la extracción de una nueva.
RIO CUARTO,06/09/2016
VISTO, el Expediente Nº 121272, y la nota elevada por integrantes de
la Comisión de Investigación, Extensión Universitaria y Desarrollo de éste Órgano
de Gobierno referente a la forma de presentación de los Convenios Marco elevados
para consideración del Consejo Superior, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 39 del Reglamento de éste Órgano de Gobierno establece
que “Toda formulación se realizará por escrito …la misma deberá permitir
identificar con claridad los fundamentos de su importancia, las razones de su
presentación y el interés institucional que lo justifica”.
Que tal propuesta solicita la incorporación de información adicional
en la presentación de los convenios marco que cumpla con lo establecido en el
citado artículo del Reglamento del Consejo Superior.
Que se cuenta con Dictamen Nº 7908, de la Dirección de Asuntos
Jurídicos.
Que se ha expedido la Comisión de Investigación, Extensión
Universitaria y Desarrollo.
Que se ha expedido la Comisión de Interpretación y Reglamento de este
Consejo Superior.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el
Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y por el Artículo 6º Inciso
9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º- Aprobar la propuesta de la Comisión de Investigación, Extensión
Universitaria y Desarrollo, referida a la información que debe obrar en la
presentación de Convenios Marco.
ARTICULO 2º- Establecer que en la nota de apertura de expedientes destinados a la
gestión de Convenios Marco, se deberá especificar: a) las características y
actividades de la contraparte, b) las razones por las cuales la realización de un
acuerdo marco con ella resulta de interés e importancia para nuestra Institución y
c) cuales serian las actividades con las que se dio inicio al acuerdo.
ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DOS DIAS DEL MES DE AGOSTO
DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
RESOLUCION Nº 252
RIO CUARTO,06/09/2016
VISTO, lo actuado en Incidente Nº 95696-6 y la
Resolución Consejo Directivo Nº 108/16 de la Facultad de
Ingeniería, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Resolución se aprobó el cambio de
nombre de la Orientación “Microelectrónica para las
Comunicaciones” por “Sistemas Embebidos”, dando lugar a la
creación de la Versión 1 en el Plan 2010 de la Carrera Ingeniería
en Telecomunicaciones.
Que por el artículo 2º del citado acto resolutivo se
solicita a este Órgano de Gobierno se ratifique la misma.
Que por lo antes expuesto corresponde acceder a lo
solicitado por la Facultad de Ingeniería de esta Universidad.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron
conferidas por el Artículo 20º del Estatuto de esta Universidad
Nacional y por el Artículo 6º Inciso 9) del Reglamento Interno
del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º- Ratificar la Resolución del Consejo Directivo Nº
108/16 de la Facultad de Ingeniería de esta Universidad, por la
cual se aprobó el cambio de nombre de la Orientación
“Microelectrónica para las Comunicaciones” por “Sistemas
Embebidos”, dando lugar a la creación de la Versión 1 en el Plan
2010 de la Carrera Ingeniería en Telecomunicaciones.
ARTICULO 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen
conocimiento las áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DOS DIAS
DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
RESOLUCION Nº253
RIO CUARTO,06/09/2016
VISTO, el Convenio Marco de Cooperación y Complementación a
suscribir entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO y el HOGAR ESCUELA
MARIA BENITA ARIAS DE LA CIUDAD DE RÍO CUARTO, obrante a fojas 2/3 del
Expediente Nº 120925, y
CONSIDERANDO:
Que el citado Convenio tiene como objetivo favorecer el
seguimiento de iniciativas comunes de carácter técnico, cultural y
didáctico, entre esta Universidad y el citado Hogar.
Que se cuenta con la debida intervención de la Dirección de
Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 7876 obrante a fojas 25.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 20° del Estatuto de esta Universidad Nacional y Artículo 6º
Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R e s u e l v e:
ARTICULO 1° - Aprobar el Convenio de Cooperación y Complementación a
suscribir entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO y el HOGAR ESCUELA
MARIA BENITA ARIAS DE LA CIUDAD DE RÍO CUARTO, obrante a fojas 2/3 del
Expediente Nº 120925.
ARTICULO 2° - Autorizar al Rector de esta Universidad Nacional, a celebrar
el acto de firma del referido Convenio.
ARTICULO 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DIECISEIS DIAS DEL
MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCION N° 256
RIO CUARTO, 06/09/2016
VISTO, la nota presentada por la Multisectorial obrante a
fojas 1 del Expediente Nº 121784, y
CONSIDERANDO:
Que en el citado expediente se tramita la solicitud de
acompañamiento y Aval Institucional para los trabajos que se vienen
realizando desde la Multisectorial por los Derechos Humanos de Río
Cuarto, de cara a lo que será la sentencia de la Mega Causa “La Perla”
Que este Órgano de Gobierno entiende procedente acceder a lo
solicitado.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron
conferidas por el artículo 20º del Estatuto de esta Universidad Nacional y
el artículo 6º inciso 9) del Reglamento Interno de este Cuerpo,
EL CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Otorgar el Aval Institucional de esta Universidad Nacional,
a los trabajos que se vienen realizando desde la Multisectorial por los
Derechos Humanos de Río Cuarto, de cara a lo que será la sentencia de la
Mega Causa “La Perla”, que se producirá el 25 de agosto del corriente
año.
ARTICULO 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DIECISEIS DIAS DEL
MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCIÓN Nº257
RIO CUARTO,06/09/2016
VISTO, el Convenio de Cooperación entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE
RÍO CUARTO y el GRUPO INSA -Francia-, obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº
121106, y
CONSIDERANDO:
Que el citado Convenio tiene como objetivo desarrollar de mutuo
acuerdo la colaboración entre los Establecimientos en los campos de la
investigación y la enseñanza de las ciencias aplicadas.
Que se cuenta con la debida intervención de la Dirección de
Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 7888 obrante a fojas 26.
Que por Resolución Consejo Directivo Nº 119/16 de la Facultad de
Ingeniería de esta Universidad se avaló el citado Convenio.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 20° del Estatuto de esta Universidad Nacional y Artículo 6º
Inciso 9) del Reglamento Interno del Consejo Superior,
EL CONSEJO SUPERIOR
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º- Aprobar el Convenio Marco a suscribir entre la UNIVERSIDAD
NACIONAL DE RÍO CUARTO y el GRUPO INSA -Francia-, obrante a fojas 2/4 del
Expediente Nº 121106.
ARTICULO 2°- Autorizar al Rector de esta Universidad Nacional, a celebrar el
acto de firma del referido Convenio.
ARTICULO 3°- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO SUPERIOR A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES
DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
RESOLUCION N° 258
RIO CUARTO,06/09/2016
VISTO, lo actuado en Incidente Nº 118531-5, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 del citado Incidente el Departamento de
Certificación y Control de Obras, solicita se liquide el Certificado de Obra
Nº 3 A-A- correspondiente a la Obra: “REFACCIÓN DE LA PISTA DE ATLETISMO”,
adjudicada a la FIRMA I.C. S.A., Licitación Pública Nº 04/15, suscribiéndose
el Contrato Nº 01/16.
Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones
legales y reglamentarias en vigor de acuerdo con lo establecido por la Ley de
Obras Públicas Nº 13.064.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Aprobar la liquidación del Certificado de Obra Nº 3 A-A, Obra:
“REFACCIÓN DE LA PISTA DE ATLETISMO”, adjudicada a favor de la Firma I.C.
S.A., Licitación Pública Nº 04/15, Contrato Nº 01/16, por la suma de PESOS
NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON DOS CENTAVOS
($ 956.639,02).
ARTICULO 2º- Deducir el anticipo financiero del 15% a la FIRMA antes
mencionada por la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS
NOVENTA Y CINCO CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($143.495,85).
ARTICULO 3º- Autorizar la retención del CINCO POR CIENTO (5%) en concepto de
Fondo de Reparo, sobre el monto certificado del período, cuyo importe es de
PESOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO CON NOVENTA Y CINCO
CENTAVOS ($ 47.831,95).
ARTICULO 4º- Autorizar la liquidación y pago en favor de la Firma I.C. S.A.,
por el MONTO NETO A PAGAR de la suma de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL
TRESCIENTOS ONCE CON VEINTIUN CENTAVOS ($ 765.311,21).
ARTICULO 5º- Determinar que las erogaciones que demande el cumplimiento de la
presente, serán imputadas con cargo al Ejercicio vigente.
ARTICULO 6º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas
de competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN Nº875
RÍO CUARTO, 07/09/2016
VISTO, la documentación obrante en el Expediente Nº 121224 a fojas 01/154, el informe técnico producido por la Secretaría de Trabajo obrante a fojas 141/142, y lo actuado por la Comisión Evaluadora, obrante a fojas147, y
CONSIDERANDO: Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las disposiciones legales y reglamentarias en
vigor, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25 Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34 Inciso a) apartado 2.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el Artículo 25º del Estatuto de
esta universidad Nacional,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
RESUELVE:
ARTICULO 1º- Aprobar el procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 028/16 encuadrado dentro de
los establecido en el Decreto Nº 1023/01 Artículo 25º Inciso d) apartado 1) y Decreto Nº 893/12 Artículo 34º
Inciso a) apartado 2, realizada con el objeto de contratar la provisión de “elementos de protección personal”,
solicitados por la Secretaría de Trabajo, con destino al Servicio de Seguridad, Higiene y Ambiente Laboral
de esta Universidad Nacional de Río Cuarto, adjudicando a favor de las siguientes firmas:
PEIRE GUILLERMO NICOLAS - CUIT Nº 20-35357421-4, los renglones Nº 11, 13, 17 y 22; en la suma total de PESOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 16.425,75). GUANTEX S.R.L. - CUIT Nº 30-71217230-0, los renglones Nº 3, 4, 5, 6, 9, 10, 12, 16, 18, 19, 20, 21, 23 y 24; en la suma total de PESOS SETENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 70.746,50).
CONFAL S.A. - CUIT Nº 30-70794070-7, los renglones Nº 7, 8, 14 y 15; en la suma total de PESOS
TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NUEVE CON TREINTA CENTAVOS ($ 36.909,30).
ARTICULO 2º- Desestimar las ofertas presentadas por las siguientes firmas, según los motivos expresados
en informe técnico obrante a fojas 141/142: PEIRE GUILLERMO NICOLAS, el renglón Nº 1, por no cotizar la
marca solicitada, y los renglones Nº 2 y 7 por no ajustarse a lo solicitado; GUANTEX S.R.L., los renglones
Nº 1 y 17 (oferta alternativa), por no cotizar la marca solicitada, y los renglones Nº 2 y 7 por no ajustarse a lo
solicitado; CONFAL S.A., el renglón Nº 1, por no cotizar la marca solicitada, y los renglones Nº 2 y 10 por no
ajustarse a lo solicitado.
ARTICULO 3º- Declarar desiertos los renglones Nº 1 y 2 por falta de ofertas admisibles. ARTICULO 4º- Autorizar la imputación contable por la suma total de PESOS CIENTO VEINTICUATRO MIL OCHENTA Y UNO CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 124.081,55) con cargo al ejercicio financiero en vigencia. ARTICULO 5º- Autorizar la liquidación y pago a favor de las firmas mencionadas en el Artículo 1º de la presente Resolución, con posterioridad a la recepción final de los bienes. ARTICULO 6º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de competencia. Cumplido, archívese. RESOLUCION Nº 888
RIO CUARTO,13/09/2016
VISTO, la necesidad de proceder a la cobertura de Un (1) cargo vacante en
Agrupamiento TP- Categoría -4- en el Departamento de Electrotécnica dependiente de la
Secretaria de Coordinación Técnica y Servicios de esta Universidad Nacional, según se
tramita por Expediente Nº 121.080, y
CONSIDERANDO:
Que la cobertura del mencionado cargo debe efectuarse conforme lo
establecido por las Resoluciones Consejo Superior Nº 264/90, 148/00 su modificatoria
061/04 y Providencias Resolutivas Consejo Superior Nros. 002/02 y 007/03, ello en un
todo de acuerdo con lo dispuesto por Resolución Consejo Superior Nº 017/08 y las
exigencias establecidas por Decreto Nº 366/06.
Que existe factibilidad presupuestaria para acceder a lo solicitado.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el
Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º- Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición para la
cobertura de Un (1) cargo en Agrupamiento –TP-, Categoría –4- en el Departamento de
Electrotécnica dependiente de la Secretaria de Coordinación Técnica y Servicios de
esta Universidad, y una carga horaria semanal de 35 horas, en horario de 07:00 a 14:00
pudiendo ser modificado por razones de servicio previa autorización del Secretario a
cargo de esa Unidad de Gestión, con las especificaciones del Anexo -I- de la presente.
ARTICULO 2º- Declarar abierta la inscripción a partir del 13 al 19 de octubre de 2016
a las 12.00 Horas en la Dirección de Recursos Humanos, en cuyo lugar deberán presentar
curriculum vitae acompañado de la documentación que acrediten antecedentes y
certificados correspondientes. La Prueba de Oposición del llamado a Concurso
dispuesto por el artículo 1° de la presente, se realizará el día 28 de octubre de
2.016, a partir de las 10:00 horas en el ámbito de la Secretaria de Coordinación
Técnica y Servicios.
ARTICULO 3º- No se admitirá presentación de antecedentes, certificaciones y ningún
tipo de documentación, con posterioridad a la fecha de cierre de la inscripción.
ARTICULO 4º- Determinar que en el caso de no registrarse inscripción de postulantes al
llamado a Concurso dispuesto por el Artículo 1º de la presente llámese a Concurso
Cerrado General de Antecedentes y Oposición, bajo las mismas especificaciones
indicadas en el Anexo –I- de la presente y encuadradas en los alcances previstos en el
Artículo 61º Inciso b) de la Resolución Consejo Superior Nº 148/00 y su
modificatoria 061/04, excepto en cuanto a las fechas de: inscripción, prueba de
oposición y evaluación de los antecedentes y expedición del Jurado sobre el resultado
final del Concurso, que serán las siguientes:
-Inscripción: 14 al 18 de noviembre de 2.016.
-Fecha de evaluación: 29 de noviembre de 2016.
-Resultado: Plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados a partir desde la fecha
fijada para la evaluación de antecedentes o de la finalización de la prueba de
oposición. Dicho plazo podrá ampliarse por un período igual por razones justificadas.
ARTICULO 5º - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCION Nº890
ANEXO I RESOLUCION Nº890
Unidad: Departamento de Electrotécnica - Secretaria de Coordinación Técnica y
Servicios
Responsabilidad Primaria – Jefe de Informática:
Desempeñar las funciones de organización y ejecución de tareas
profesionales o técnicas especializadas, con aplicación de normas o
procedimientos técnicos profesionales.
Planificar acciones de mantenimiento en el sistema de comunicación
telefónica de la Universidad.
Planificar la expiación del sistema de comunicaciones, tendiente a
cumplir con los requerimientos futuros derivados del crecimiento de la
Universidad.
Colaborar con los Departamentos de Proyectos y Certificación y Control
de Obras en temas relacionados con sistema de comunicación por
telefonía analógica, telefonía digital (IP), redes débiles, sistemas de
transmisión de datos, etc.
Proponer planes de mejora y eficiencia en los sistemas de comunicación.
Ser responsable del funcionamiento de la central telefónica y de las
futuras ampliaciones que se desarrollen en este campo.
Colaborar con el Departamento de Electrotécnica, en todas las tareas
inherentes al mismo, cuando sea requerido.
Remuneración: la establecida por el Poder Ejecutivo Nacional, según el
Escalafón aprobado por Decreto 366/06 para el Agrupamiento y Categoría motivo
del concurso.
Condiciones Generales:
Conocer el Decreto Nº 366/06.
Condiciones Específicas:
Poseer título Profesional de Ingeniero en Telecomunicaciones o Técnico
en la Especialidad.
Poseer conocimiento de operaciones de centrales telefónicas analógicas
y redes de transmisión de datos.
- Los integrantes del Jurado serán:
TITULARES SUPLENTES
Ingeniero Héctor MAGNAGO Sra. Rita CAVAGLIERI
D.N.I.Nº 11689423 D.N.I.Nº 20283613
Ingeniero Julio LEPORI Sr. Jorge Luis FERREIRA
D.N.I.Nº 23436761 D.N.I.Nº 11932703
Sr. Víctor PAGLIARONE Sr. Ricardo FRELLI
D.N.I.Nº 10.585.691 D.N.I.Nº 13268294
- Veedor de A.T.U.R.C. a designar por esa Asociación Gremial.
Los integrantes del Jurado deberán cumplir las funciones estipuladas en la
Resolución Consejo Superior Nº 264/90 y deberá expedirse sobre el resultado
del concurso dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados
desde la fecha fijada para la evaluación de antecedentes o de la finalización
de la prueba de oposición. Dicho plazo podrá ampliarse por un período igual
por razones justificadas.
TEMARIO GENERAL
- Organización y funciones y Órganos de Gobierno de la Universidad.
- Misiones, Funciones y Estructura de la Secretaria de Coordinación
Técnica y Servicios y el Departamento de Electrotécnica.
- Confección de solicitudes de gastos para compra de materiales y
repuestos para los sistemas de comunicación.
- Funcionamiento y mantenimiento de centrales telefónicas analógicas.
- Mantenimiento de redes telefónicas cableadas y tableros de
distribución.
- Conocimiento de redes de telefonía digital (IP).
- Conocimiento de cableado de redes de datos (Ethernet).
- Conocimiento de enlaces de transmisión de datos de radio frecuencia.
SORTEO DE TEMAS
Una vez definido –por parte del Jurado- el número de preguntas que
integrarán el cuestionario objeto de la evaluación, cada uno de sus
miembros – individualmente- procederá a elaborarlas con anterioridad al
sorteo de temas. Este tendrá lugar quince (15) minutos antes de la
iniciación de la prueba de evaluación – en el aula, sala y/o oficina
habilitada para el concurso- ante los postulantes que deseen estar
presentes.
Las preguntas elaboradas por parte de cada uno de los miembros
integrantes del Jurado, serán colocadas en urna o sobre habilitado para
el correspondiente sorteo para su posterior extracción por parte de –al
menos un postulante.
En el caso en que al extraer las preguntas, el Jurado entienda que alguna
de ellas se repite, podrá -el mismo- ordenar la extracción de una nueva.
RIO CUARTO,13/09/2016
VISTO, la nota obrante a fojas 10 del Expediente Nº 121900 presentada
por la Secretaría de Extensión y Desarrollo de esta Universidad Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que en la citada nota se solicita se apruebe el “Programa de Apicultura
2016” a llevarse a cabo durante el año 2016 y que se designe como Profesoras
Responsables a la Méd.Vet. Paula MELEGATTI y a la Méd. Natalia PEREYRA, integrantes
del citado Programa.
Que dicho Programa tiene como objetivo entre otros el fortalecer y
aumentar las capacidades técnicas, productivas, de organización y económicas del
complejo de producción apícola regional.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el
Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Aprobar el “Programa de Apicultura 2016”, organizado por la Secretaría
de Extensión y Desarrollo de esta Universidad Nacional, a llevarse a cabo durante el
año 2016.
ARTICULO 2º- Designar como Profesoras Responsables Méd. Vet. Paula MELEGATTI (D.N.I.
Nº: 21.407.333) y a la Méd. Natalia PEREYRA (25.666.513), como integrantes del
Programa que se menciona en el artículo 1º de la presente Resolución.
ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCION Nº 894
RIO CUARTO,14/09/2016
VISTO, la necesidad de proceder a la cobertura de Un (1) cargo vacante en
Agrupamiento TP- Categoría -4- en la Dirección de Biblioteca Central “Juan Filloy”
dependiente de la Secretaria Académica de esta Universidad Nacional, según se tramita
por Expediente Nº 121.669, y
CONSIDERANDO:
Que la cobertura del mencionado cargo debe efectuarse conforme lo
establecido por las Resoluciones Consejo Superior Nº 264/90, 148/00 su modificatoria
061/04 y Providencias Resolutivas Consejo Superior Nros. 002/02 y 007/03, ello en un
todo de acuerdo con lo dispuesto por Resolución Consejo Superior Nº 017/08 y las
exigencias establecidas por Decreto Nº 366/06.
Que existe factibilidad presupuestaria para acceder a lo solicitado.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el
Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º- Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición para la
cobertura de Un (1) cargo en Agrupamiento –TP-, Categoría –4- en la Dirección de
Biblioteca Central “Juan Filloy” dependiente de la Secretaria Académica de esta
Universidad, y una carga horaria semanal de 35 horas, en horario de 07:00 a 14:00 o a
determinar por esa Secretaria, con las especificaciones del Anexo -I- de la presente.
ARTICULO 2º- Declarar abierta la inscripción a partir del 13 al 19 de octubre de 2016
a las 12.00 Horas en la Dirección de Recursos Humanos, en cuyo lugar deberán presentar
curriculum vitae acompañado de la documentación que acrediten antecedentes y
certificados correspondientes. La Prueba de Oposición del llamado a Concurso
dispuesto por el artículo 1° de la presente, se realizará el día 28 de octubre de
2.016, a partir de las 10:00 horas en el ámbito de la Dirección de Biblioteca.
ARTICULO 3º- No se admitirá presentación de antecedentes, certificaciones y ningún
tipo de documentación, con posterioridad a la fecha de cierre de la inscripción.
ARTICULO 4º- Determinar que en el caso de no registrarse inscripción de postulantes al
llamado a Concurso dispuesto por el Artículo 1º de la presente llámese a Concurso
Cerrado General de Antecedentes y Oposición, bajo las mismas especificaciones
indicadas en el Anexo –I- de la presente y encuadradas en los alcances previstos en el
Artículo 61º Inciso b) de la Resolución Consejo Superior Nº 148/00 y su
modificatoria 061/04, excepto en cuanto a las fechas de: inscripción, prueba de
oposición y evaluación de los antecedentes y expedición del Jurado sobre el resultado
final del Concurso, que serán las siguientes:
-Inscripción: 14 al 18 de noviembre de 2.016.
-Fecha de evaluación: 29 de noviembre de 2016.
-Resultado: Plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados a partir desde la fecha
fijada para la evaluación de antecedentes o de la finalización de la prueba de
oposición. Dicho plazo podrá ampliarse por un período igual por razones justificadas.
ARTICULO 5º - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCION Nº910
ANEXO I RESOLUCION Nº910
Unidad: Dirección de Biblioteca Central “Juan Filloy” – Secretaria Académica
Responsabilidad Primaria – Jefe de Informática:
Desempeñar tareas de colaboración y apoyo técnico especializado en el área de
Servicios al Público.
Manejar los servicios ofrecidos a través de la Biblioteca Electrónica de
Ciencia y Tecnología.
Activar y guardar en estanterías el material bibliográfico de la colección, en
los formatos disponibles.
Asistir al Jefe de área de Servicios al Público en lo concerniente a las
actividades propias del procedimiento de circulación del material bibliográfico
y documental.
Atención del servicio de préstamos y devoluciones e información al usuario y
estadísticas varias.
Conservar el orden de las salas de lectura y del fondo bibliográfico.
Asesorar a los usuarios en la búsqueda y recuperación de información.
Atender el servicio de Préstamos Interbibliotecarios.
Mantenerse informado y/o actualizado en relación a nuevos procedimientos,
tareas, servicios y procesos, a través de: Intranet, capacitación, reuniones de
trabajo, Jefatura directa y otros; a desempeñar en su cargo por distintos
cambios estructurales y tecnológicos que enfrente la unidad.
Remuneración: la establecida por el Poder Ejecutivo Nacional, según el Escalafón
aprobado por Decreto 366/06 para el Agrupamiento y Categoría motivo del concurso.
Condiciones Generales:
Conocer el Decreto Nº 366/06.
Condiciones Específicas:
Poseer título de Bibliotecario o Bibliotecólogo (no excluyente).
Poseer experiencia en el área Bibliotecología.
Poseer experiencia en la atención de Servicio al Público.
Conocimiento del sistema de préstamos Bibliotecarios. Sistema de Clasificación
Bibliográfica (CDU), ordenación y mantenimiento de depósitos biliográficos.
Conocimientos de motores de búsqueda y bases de datos bibliográficas.
Participación en la formación de usuarios (charlas, guías de visitas, etc.).
Conocimiento de búsqueda en los OPACs de la Biblioteca y entidades cooperantes.
Conocimientos de pautas de selección de material para encuadernación y
reparación básica.
Entender en lo referente a préstamos interbibliotecarios.
Iniciativa y criterio para ofrecer soluciones a posibles problemas del área.
- Los integrantes del Jurado serán:
TITULARES SUPLENTES
Sra. Mónica Fabiana, TORRETTA Sra. María Eugenia SOMARE
D.N.I.Nº 17.105.831 D.N.I.Nº 21.694.604
Sra. Sandra MURUA Señora Noemí RUANO
D.N.I.Nº 22.965.909 D.N.I.Nº 16.830.843
Sra. Alejandra FANTUZZI Señor Sebastián FRANSA
D.N.I.Nº 13.967.974 D.N.I.Nº 23.436.651
- Veedor de A.T.U.R.C. a designar por esa Asociación Gremial.
Los integrantes del Jurado deberán cumplir las funciones estipuladas en la Resolución
Consejo Superior Nº 264/90 y deberá expedirse sobre el resultado del concurso dentro
de un plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados desde la fecha fijada para la
evaluación de antecedentes o de la finalización de la prueba de oposición. Dicho
plazo podrá ampliarse por un período igual por razones justificadas.
TEMARIO GENERAL
- Organización y función de la Universidad.
- Órganos de gobierno de la Universidad.
- Misión y funciones de la biblioteca central.
- Reglamento de la Biblioteca Central.
- Manejo de material bibliográfico básico, complementario y de referencia.
- Ordenación de fondos bibliográficos.
- Sistema de préstamo/devolución.
- Servicio a los lectores: referencia e información bibliográfica.
- Servicio a los lectores: lectura en sala y libre acceso.
- Tipos de préstamos. Préstamo interbibliotecario.
- Estrategias de búsqueda en los OPACs de la biblioteca y de entidades
cooperantes.
- Nociones básicas de búsqueda de información científico-académica.
- Formación de usuarios en la búsqueda y localización de documentos.
- Estadísticas de las operaciones derivadas del servicio de préstamos.
- Pautas para seleccionar material para reparaciones – encuadernación.
- Conocimientos básicos del sistema de clasificación (CDU).
- Nuevas tecnologías aplicadas a las bibliotecas. INTRANET, bases de datos on-
line.
- Biblioteca Electrónica de Ciencia y Tecnología del MINCYT.
SORTEO DE TEMAS
Una vez definido –por parte del Jurado- el número de preguntas que integrarán el
cuestionario objeto de la evaluación, cada uno de sus miembros – individualmente-
procederá a elaborarlas con anterioridad al sorteo de temas. Este tendrá lugar
quince (15) minutos antes de la iniciación de la prueba de evaluación – en el
aula, sala y/o oficina habilitada para el concurso- ante los postulantes que
deseen estar presentes.
Las preguntas elaboradas por parte de cada uno de los miembros integrantes del
Jurado, serán colocadas en urna o sobre habilitado para el correspondiente sorteo
para su posterior extracción por parte de –al menos un postulante.
En el caso en que al extraer las preguntas, el Jurado entienda que alguna de
ellas se repite, podrá -el mismo- ordenar la extracción de una nueva.
RIO CUARTO,16/09/2016
VISTO, lo actuado en Expediente Nº121513, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 7 del citado Expediente el Departamento de
Certificación y Control de Obras, solicita se liquide los Certificados de
Obra del Nº 5 al Nº 11 Actualización Provisoria de Precios correspondiente a
la Obra: “REFACCIÓN EN EDIFICIOS PARA DEPARTAMENTOS DE CIENCIAS NATURALES -
EDIFICIO CAMPUS Y PABELLON H”, adjudicada a la FIRMA LASCANO INGENIERÍA
ARQUITECTURA S.A., Licitación Pública Nº 07/14, suscribiéndose el Contrato
Nº 06/15.
Que lo solicitado se halla encuadrado dentro de las
disposiciones legales y reglamentarias en vigor de acuerdo con lo
establecido por la Ley de Obras Públicas Nº 13.064.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas
por el Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º- Aprobar la liquidación de los Certificados de Obra del Nº 5 al
Nº 11 Actualización Provisoria de Precios correspondiente a la Obra:
“REFACCIÓN EN EDIFICIOS PARA DEPARTAMENTOS DE CIENCIAS NATURALES – EDIFICIO
CAMPUS Y PABELLON H”, adjudicada a favor de la Firma LASCANO INGENIERIA
ARQUITECTURA S.A., Licitación Pública Nº 07/14, Contrato Nº 06/15, por la
suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TREINTA Y TRES CON VEINTICINCO
CENTAVOS ($ 243.033,25).
ARTICULO 2º- Autorizar la retención del CINCO POR CIENTO (5%) en concepto de
Fondo de Reparo, sobre el monto certificado del período, cuyo importe es de
PESOS DOCE MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($
12.151,67).
ARTICULO 3º- Autorizar la liquidación y pago en favor de la Firma LASCANO
INGENIERIA ARQUITECTURA S.A., por el MONTO NETO A PAGAR de la suma de PESOS
DOSCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UNO CON CINCUENTA Y OCHO
CENTAVOS ($ 230.881,58).
ARTICULO 4º- Determinar que las erogaciones que demande el cumplimiento de
la presente, serán imputadas con cargo al Ejercicio vigente.
ARTICULO 5º- Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las
áreas de competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN Nº920
RIO CUARTO,16/09/2016
VISTO, lo actuado en Expediente N° 121518 por el cual se tramita el llamado a
Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición para cubrir Un (1) cargo vacante
en Agrupamiento -MPSG-, Categoría -5- en el Servicio Alimentario dependiente de la
Secretaria de Bienestar de esta Universidad Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que el referido Concurso, se realizará en un todo de acuerdo con lo
establecido por las Resoluciones Consejo Superior Nº 264/90, 148/00 su modificatoria
061/04 y Providencias Resolutivas Consejo Superior Nros. 002/02 y 007/03, ello en un
todo de acuerdo con lo dispuesto por Resolución Consejo Superior Nº 017/08.
Que existe factibilidad presupuestaria para acceder a lo solicitado.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le fueron conferidas por el
Artículo 25º del Estatuto de esta Universidad Nacional,
EL RECTOR
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO
R e s u e l v e:
ARTICULO 1º - Llamar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes y Oposición, para la
cobertura de Un (1) cargo en Agrupamiento –MPSG-, Categoría –5- en el Servicio
Alimentario dependiente de la Secretaría de Bienestar de esta Universidad, y una carga
horaria semanal de 35 horas, a determinar por esa Secretaria, con las especificaciones
del Anexo -I- de la presente.
ARTICULO 2º - Declarar abierta la inscripción a partir del 24 al 28 de octubre de
2.016, de 08.00 a 12.00 Horas en la Dirección de Recursos Humanos, en cuyo lugar
deberán presentar curriculum vitae acompañado de la documentación que acrediten
antecedentes y certificados correspondientes. La Prueba de Oposición del llamado a
Concurso dispuesto por el Artículo 1° de la presente, se realizará el día 07 de
noviembre de 2.016, a partir de las 10:00 horas en el ámbito de la Secretaría de
Bienestar de esta Universidad o en lugar a determinar.
ARTICULO 3º - No se admitirá presentación de antecedentes, certificaciones y ningún
tipo de documentación, con posterioridad a la fecha de cierre de la inscripción.
ARTICULO 4º - Determinar que en el caso de no registrarse inscripción de postulantes al
llamado a Concurso dispuesto por el Artículo 1º de la presente deberá llamarse a
Concurso Cerrado General de Antecedentes y Oposición, bajo las mismas especificaciones
indicadas en el Anexo –I- de la presente y encuadradas en los alcances previstos en el
Artículo 61º Inciso b) de la Resolución Consejo Superior Nº 148/00 y su modificatoria
061/04, excepto en cuanto a las fechas de: inscripción, prueba de oposición y
evaluación de los antecedentes y expedición del Jurado sobre el resultado final del
Concurso, que serán las siguientes:
-Inscripción: 21 al 25 de noviembre de 2016.
-Fecha de evaluación: 07 de diciembre de 2016.
-Resultado: Plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados a partir desde la fecha
fijada para la evaluación de antecedentes o de la finalización de la prueba de
oposición. Dicho plazo podrá ampliarse por un período igual por razones justificadas.
ARTICULO 5º - Regístrese, comuníquese, publíquese. Tomen conocimiento las áreas de
competencia. Cumplido, archívese.
RESOLUCION Nº921
ANEXO I RESOLUCION Nº921
Unidad: Servicio Alimentario – Secretaria de Bienestar
Responsabilidad Primaria:
- Ser idóneo o estar capacitado en la elaboración y preparación de todos los
productos que se expenden en el comedor. Resolución Consejo Superior Nº 024/06.
Remuneración:
La establecida por el Poder Ejecutivo Nacional, según el Escalafón aprobado por
Decreto 366/06 para el Agrupamiento y Categoría motivo del concurso.
Condiciones Generales:
Conocer el Decreto Nº 366/06.
- Los integrantes del Jurado serán:
TITULARES SUPLENTES
Señora Rosa CAÑAS Señor Javier A. JOVER
DNI.Nº 12.749.714 DNI.Nº 22.600.721
Señora Mariel BERTOLONE Señor Fabricio BASSO
DNI.Nº 23.823.343 DNI.Nº 20.645.174
Señor Matias TELLO Señor Damián LOPEZ
DNI.Nº 28.706.311 DNI.Nº 24.783.868
- Veedor de A.T.U.R.C. a designar por esa Asociación Gremial.
Los integrantes del Jurado deberán cumplir las funciones estipuladas en la
Resolución Consejo Superior Nº 264/90 y deberá expedirse sobre el resultado
del concurso dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles, computados
desde la fecha fijada para la evaluación de antecedentes o de la finalización
de la prueba de oposición. Dicho plazo podrá ampliarse por un período igual por
razones justificadas.
TEMARIO GENERAL
- Organización y Funciones de la Universidad.
- Órganos de Gobierno de la Universidad.
- Organización funcional del Servicio Alimentario.
- Organización funcional de la Secretaria de Bienestar.
TEMARIO ESPECÍFICO
- Organización y funciones de las Áreas del Departamento de Servicio
Alimentario de la U.N.R.C.
- Ley de Riesgo de Trabajo, Seguridad e Higiene.
- Principios básicos de higiene para la manipulación de alimentos y
conservación de los mismos.
- Limpieza de utensilios, equipo e instalaciones de cocina y comedor.
- Conocimiento de BPM.
SORTEO DE TEMAS
Una vez definido –por parte del Jurado- el número de preguntas que integrarán
el cuestionario objeto de la evaluación, cada uno de sus miembros –
individualmente- procederá a elaborarlas con anterioridad al sorteo de temas.
Este tendrá lugar quince (15) minutos antes de la iniciación de la prueba de
evaluación – en el aula, sala y/o oficina habilitada para el concurso- ante los
postulantes que deseen estar presentes.
Las preguntas elaboradas por parte de cada uno de los miembros integrantes del
Jurado, serán colocadas en urna o sobre habilitado para el correspondiente
sorteo para su posterior extracción por parte de –al menos un postulante.
En el caso en que al extraer las preguntas, el Jurado entienda que alguna de
ellas se repite, podrá -el mismo- ordenar la extracción de una nueva.