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EDITORIAL SEGUIMIENTO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2016 Seguimiento de la negociación colectiva • Expedientes de inaplicación tramitados a través de la CCNCC • SIMA • Empresas multiservicios. NEGOCIACIÓN COLECTIVA ESTATAL Registro de convenios. REFORMA LABORAL Sentencias Reforma Laboral Otras sentencias. DOCUMENTOS Informes sindicales Otros informes. LEGISLACIÓN PROPUESTAS LEGISLATIVAS Iniciativas presentadas por los grupos parlamentarios. UNIÓN EUROPEA Negociaciones salariales en Alemania Reforma del derecho laboral en Francia Pacto de competitividad en Finlandia INDICADORES LABORALES Y ECONÓMICOS. Principales indicadores y previsión IPC. Boletín de Negociación Colectiva Este documento recoge una serie de medidas que consideramos im- prescindibles para solucionar los problemas laborales y sociales más graves de nuestro país. Es un docu- mento ampliamente difundido en nuestra organización, y que hemos presentado a los partidos políticos, solicitando su compromiso y apoyo a estas medidas para llevarlas a cabo en esta nueva legislatura que comienza; los partidos, en su mayo- ría, mostraron su acuerdo con la in- mensa mayoría de las mismas. Nuestro objetivo, en el corto plazo, es conseguir: Una Prestación de Ingresos Míni- mos, que garantice unos ingresos básicos a las personas que carecen de empleo. Poner en marcha un Plan de choque por el empleo, con medidas específicas para los colectivos con mayores dificultades. Subir el salario mínimo a 800 euros en el primer año de legislatura y establecer legalmente que su valor sea, al final de la misma, equivalente al 60% del salario medio (1.000 euros). Recuperar el subsidio para mayores de 52 años y articular mecanismos para que los desem- pleados de larga duración de más edad puedan alcanzar una pensión de jubilación digna. Derogar las reformas laborales de 2010 y 2012. Acabar con los desahucios. Erradicar la pobreza energética. Derogar la Ley de protección de la seguridad ciudadana y el artículo 315.3 del Código Penal. Desde la UGT exigimos que el cam- bio empiece a producirse, necesita- mos dar respuestas concretas a los problemas concretos de los traba- jadores/as y de la sociedad en ge- neral. Exigimos un cambio de políti- cas tanto a nivel nacional como eu- ropeo. Exigimos que los compromi- sos que asumieron los partidos po- líticos se cumplan y se traduzcan en medidas efectivas. Exigimos al nuevo gobierno que convoque a los agentes sociales para poner en mar- cha el dialogo social con el objetivo de dar respuesta a las prioridades planteadas. Para que esto sea posible, la orga- nización tiene que ponerse en mar- cha y generar correlación de fuerzas para conseguir estos objetivos y esto pasa por el traslado al conjunto de los afiliados/as y de los trabaja- dores/as, de cada uno de los objeti- vos que planteamos. Descarga el documento EN ESTE NÚMERO Editorial Tercera etapa | NÚMERO 26 | abril / junio de 2016 “20 Actuaciones urgentes por el progreso y el bienestar social”

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EDITORIAL

SEGUIMIENTO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2016 Seguimiento de la negociación colectiva • Expedientes de inaplicación tramitados a través de la CCNCC • SIMA • Empresasmultiservicios.

NEGOCIACIÓN COLECTIVA ESTATALRegistro de convenios.

REFORMA LABORALSentencias Reforma Laboral • Otras sentencias.

DOCUMENTOS

Informes sindicales • Otros informes.

LEGISLACIÓN

PROPUESTAS LEGISLATIVASIniciativas presentadas por los gruposparlamentarios.

UNIÓN EUROPEA

Negociaciones salariales en Alemania •Reforma del derecho laboral en Francia• Pacto de competitividad en Finlandia

INDICADORES LABORALES Y ECONÓMICOS.Principales indicadores y previsión IPC.

Boletín de Negociación

Colectiva

Este documento recoge una seriede medidas que consideramos im-prescindibles para solucionar losproblemas laborales y sociales másgraves de nuestro país. Es un docu-mento ampliamente difundido ennuestra organización, y que hemospresentado a los partidos políticos,solicitando su compromiso y apoyoa estas medidas para llevarlas acabo en esta nueva legislatura quecomienza; los partidos, en su mayo-ría, mostraron su acuerdo con la in-mensa mayoría de las mismas.

Nuestro objetivo, en el corto plazo,es conseguir: Una Prestación de Ingresos Míni-mos, que garantice unos ingresosbásicos a las personas que carecende empleo. Poner en marcha unPlan de choque por el empleo,con medidas específicas para loscolectivos con mayores dificultades.Subir el salario mínimo a 800euros en el primer año de legislaturay establecer legalmente que su valorsea, al final de la misma, equivalenteal 60% del salario medio (1.000euros). Recuperar el subsidio paramayores de 52 años y articularmecanismos para que los desem-pleados de larga duración de másedad puedan alcanzar una pensión

de jubilación digna. Derogar lasreformas laborales de 2010 y2012. Acabar con los desahucios.Erradicar la pobreza energética.Derogar la Ley de protección de laseguridad ciudadana y el artículo315.3 del Código Penal.

Desde la UGT exigimos que el cam-bio empiece a producirse, necesita-mos dar respuestas concretas a losproblemas concretos de los traba-jadores/as y de la sociedad en ge-neral. Exigimos un cambio de políti-cas tanto a nivel nacional como eu-ropeo. Exigimos que los compromi-sos que asumieron los partidos po-líticos se cumplan y se traduzcan enmedidas efectivas. Exigimos alnuevo gobierno que convoque a losagentes sociales para poner en mar-cha el dialogo social con el objetivode dar respuesta a las prioridadesplanteadas.

Para que esto sea posible, la orga-nización tiene que ponerse en mar-cha y generar correlación de fuerzaspara conseguir estos objetivos yesto pasa por el traslado al conjuntode los afiliados/as y de los trabaja-dores/as, de cada uno de los objeti-vos que planteamos.

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EN ESTE NÚMERO

Editorial

Tercera etapa | NÚMERO 26 | abril / junio de 2016

“20 Actuaciones urgentespor el progreso y el bienestar social”

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Empresas multiservicios

Informe Empresas Multiser-vicios 2016, FeSMC -UGT.Una empresa multiservicios nose especializa en ningún seg-mento de actividad sino queofrece todos los servicios ima-ginables que una empresapuede necesitar. Estas empre-sas se aprovechan del mer-cado en el que estaban ac-tuando las ETTs y del vacíolegal que existe en relación asu actividad, fomentando latemporalidad y la degradaciónde las condiciones laboralesde los trabajadores.

Informe de la CES (Confe-rencia Europea de Sindica-tos) Junio 2016. Impacto delas empresas multiserviciosen los derechos de los traba-jadores (Versión en inglés).Que demuestra como las em-presas utilizan sociedadesmultiservicios no solo parapagar menos impuestos, sinotambién para reducir salariose imponer pésimas condicio-nes de trabajo.

BOE Núm. 161, de 5 de Juliode 2016. Última sentenciaAudiencia Nacional impugnaconvenio colectivo de em-presa multiservicio “AvanzaExternalización de Servicios,SA”. Negociado con “insufi-ciente “representación porparte de los trabajadores.

Convenios registradosDurante el segundo trimestre de 2016se han registrado 1.019 convenios co-lectivos, que afectan a 1.513.737 tra-bajadores de 238.812 empresas, quetienen una subida salarial de 1,13% yuna jornada media de 1.755,31 horasanuales. Se han registrado 209 con-venios nuevos, que afectan a 215.663trabajadores de 35.574 empresas, yque recogen una subida salarialmedia de 1,09%. Además, hay 810convenios revisados registrados entreabril y junio, que afectan a 1.298.074trabajadores de 203.238 empresas yque tienen subida media de 1,13%.

Hay 847 convenios de empresa regis-trados en el trimestre, que afectan a134.417 trabajadores y tienen una su-bida media de 0,66%. De ellos, 173son convenios nuevos, con subidamedia de 0,98% para 23.375 trabaja-dores y 674 son convenios revisados,que afectan a 111.042 trabajadores, yque tienen un 0,60% de subida media.El resto, 172 convenios, son de ám-bito superior a la empresa, afectan a1.379.320 trabajadores y han nego-ciado una subida media de 1,17%. Sehan registrado 36 convenios nuevosde ámbito superior a la empresa, quetienen una subida media de 1,10%para 192.288 trabajadores, y 136 con-venios revisados de este ámbito, consubida de 1,18% de media para1.187.032 trabajadores.

De los convenios registrados duranteel segundo trimestre, el 10,50% tienecláusula de garantía salarial, queafecta al 15,80% de los trabajadores.

Convenios registrados en el primer semestre del añoDe este modo, los convenios registra-dos a lo largo del primer semestre del

año han sido 2.169, para 5.571.752trabajadores de 655.315 empresas,recogen una subida salarial media de1,12% y una jornada media de1.757,24 horas al año. Los conveniosnuevos son 333 y afectan a 310.071trabajadores de 45.585 empresas,con una subida media de 1,07%. Sehan registrado 1.836 convenios revi-sados, para 5.261.681 trabajadoresde 609.730 empresas, con una subidamedia de 1,13%.

Hay hasta junio 1.661 convenios deempresa, que afectan a 319.233 tra-bajadores y tienen una subida mediade 0,70%. La subida media de los 281convenios nuevos de empresa es de0,87% para 44.658 trabajadores,mientras los 1.380 convenios revisa-dos de empresa, que afectan a274.575 trabajadores, tienen una su-bida media de 0,67%.

Los convenios de ámbito superior a laempresa son 508, afectan a5.252.519 trabajadores y recogen unasubida media de 1,15%. Son 52 con-venios nuevos, para 265.413 trabaja-dores, con subida media de 1,11% y456 convenios revisados, con subidade 1,15% para 4.987.106 trabajado-res.

De los convenios registrados duranteel primer semestre, el 15,12% tienencláusula de garantía salarial, queafecta al 22,13% de los trabajadores.

Por año de firma, hasta el mes dejunio se han registrado 393 conveniosfirmados en 2016, que afectan a730.384 trabajadores de 73.153 em-presas y que tienen una subida sala-rial media de 1,13%. Los conveniosfirmados en años anteriores han sido1.776, para 4.841.368 trabajadores de582.162 empresas, y tienen una su-bida media de 1,12%.

SeguimientoNegociación Colectiva 2016Evolución del segundo trimestre

BOLETÍN DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA | NÚMERO 26 Página | 2

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Comparando con años anteriores, los conve-nios del primer semestre de 2016 continúanla recuperación que ya se inició en 2014; yhan crecido un 191,53%,0% respecto a juniode 2013.

En cuanto a los trabajadores afectados, sinembargo, se recuperaron en 2014, pero su-frieron una reducción en 2015 respecto al se-gundo trimestre del año anterior. El creci-

miento experimentado en junio de 2016 su-pone un 90,18% más que en junio de 2015.Mientras en el primer semestre de 2014 huboun 73,53% más trabajadores que en el primersemestre de 2013, en 2015 se registraronconvenios para un 18,68% menos trabajado-res que en junio del año pasado. De estemodo, en junio de 2016 hay un 168,37% mástrabajadores que los registrados en junio de2013.

BOLETÍN DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA | NÚMERO 26 Página | 3

Negociación Colectiva Datos hasta: 30/06/2016 Datos MEYSS NC 2016

Resultados Generales 2016

Empresa Otro ámbito Total

Convenios nuevos Subida Salarial Media 0,87% 1,11% 1,07% Número de Convenios 281 52 333 Trabajadores Afectados 44.658 265.413 310.071 Empresas Afectadas

45.585

Jornada media pactada 1.721,61 1.765,24 1.758,96 Convenios revisados

Subida Salarial Media 0,67% 1,15% 1,13% Número de Convenios 1.380 456 1.836 Trabajadores Afectados 274.575 4.987.106 5.261.681 Empresas Afectadas 609.730 Jornada media pactada 1.715,56 1.759,43 1.757,14

Total convenios Subida Salarial Media 0,70% 1,15% 1,12%

Número de Convenios 1.661 508 2.169 Trabajadores Afectados 319.233 5.252.519 5.571.752 Empresas Afectadas 655.315 Jornada media pactada 1.716,40 1.759,72 1.757,24

Cláu

sula

de

revi

sión

Número de Convenios con cláusula 237 91 328 Trabajadores afectados

73.446 1.159.847 1.233.293

Porcentaje sobre trabajadores

23,01% 22,08% 22,13% Convenios con cláusula con efecto retroactivo 202 62 264 Trabajadores con cláusula con efecto retroactivo 68.470 498.211 566.681 Porcentaje sobre los trabajadores con cláusula 93,22% 42,95% 45,95%

Fuente: Secretar! a de Pol! tica Sindical de UGT a partir de los datos del ! E! SS

Empresa Otro ámbito Total

C

Negociación Colectiva Datos hasta: 30/06/2016

Comparación junio 2013 2014 2015 2016

Número de Convenios 744 936 1.064 2.169 Trabajadores Afectados 2.076.131 3.602.762 2.929.766 5.571.752 Fuente: Secretar! a de Pol! tica Sindical de UGT a partir de los datos del ! E! SS

Análisis comparativo

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En el mes de junio de 2016 se ha cerrado el año2014, que finalmente ha registrado un incremento delnúmero de convenios registrados de 12,99% res-pecto a 2013, una cobertura personal superior a ladel año anterior en un 0,38% y una aplicación en un9,45% más de empresas.

Comparando, pues, con el último año consolidado,que ya es 2014, falta por negociarse el convenio de2015 para el 19,89% de las empresas y el 16,41%de los trabajadores. Respecto a 2016, con el registrode los seis primeros meses del año, falta por nego-ciarse el convenio para el 45,93% de los trabajadoresy el 54,40% de las empresas.

En los últimos meses no se ha visto ninguna inaplica-ción en la Comisión Consultiva Nacional de ConveniosColectivos.

RESOLUCIÓN AUTÓNOMA DE CONFLICTOS LA-BORALES (V ASAC). El 23 de junio 2016, las organi-zaciones firmantes CEOE, CEPYME, CCOO y UGT,firmaron por una parte la denuncia del Acuerdo y almismo tiempo la modificación de su vigencia duranteel tiempo necesario para llegar a un nuevo acuerdo.

- Denuncia del V Acuerdo y Acta de Modificación.

- Denuncia del Acuerdo sobre solución autónoma de conflictos laborales.

BOLETÍN DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA | NÚMERO 26 Página | 4

Consulta expedientes de inaplicación resueltos en periodos anteriores:

Decisiones sobre inaplicación de Convenios Colectivos

Consulta expedientes resueltos en el ámbito de las Comunidades Autónomas:

Laudos y Decisiones en CC.AA. sobre inaplicación de Convenios Colectivos

Expedientes de inaplicación tramitadosa través de la Comisión ConsultivaNacional de Convenios Colectivos

La tendencia a la reducción en las inaplicaciones re-gistradas se ha visto frenada en el mes de junio de2016, de modo que el segundo trimestre de 2016,aunque hay una reducción de un 28,30% en el nú-mero de inaplicaciones respecto al trimestre anterior,se da un aumento en el número de trabajadores afec-tados de un 22,69%.

Respecto al segundo trimestre de 2015, se reducenun 9,28% las inaplicaciones, pero aumentan los tra-bajadores afectados en un 34,97%.

Inaplicación salarial

Fundación SIMA: Informe de actividad primer semestre de 2016

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Negociación Colectiva NC 2016

Inaplicaciones Trabajaodres Primer trimestre 477 8.870 Abril 2016 123 2.389 Mayo 2016 125 3.015 Junio 2016 94 5.479 Segundo trimestre 342 10.883 2012 748 29.352 2013 2.512 159.550 2014 2.073 66.203 2015 1.437 43.173

Fuente: Secretar�a de Pol�tica Sindical de UGT a partir de los datos del �E�SS

Datos hasta: 30/06/2016 Datos MEYSS

2014 2015 (­) Variación

(2015/2014) 2016 (­) Variación

(2016/2014) Total convenios 5.185 4.913 -5,25% 2.169 -58,17%

Total empresas

1.436.946 1.151.176 -19,89% 655.315 -54,40% Total trabajadores 10.304.700 8.614.141 -16,41% 5.571.752 -45,93%

Fuente: Secretar�a de Pol�tica Sindical de UGT a partir de los datos del �E�SS (�) En estos datos se han incorporado los convenios cuya información se ha recibido hasta junio de 2016 con efectos económicos en el año correspondiente. Datos provisionales para 201� y 2016

Negociación colectiva pendiente

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• INDUSTRIAS PASTAS ALIMENTICIAS(99003945011981). Vigencia 2014/2016. BOE22/04/2016.

• UNIVERSIDADES PRIVADAS, CENTROS UNIVERSI-TARIOS PRIVADOS Y CENTROS DE FORMACIÓN.(99010715011997).Vigencia 2016/2017. BOE16/05/2016.

• PRODUCTORES DE OBRAS AUDIOVISUALES Y AC-TORESQUE PRESTAN SUS SERVICIOS EN LAS MIS-MAS. (99009735011996).Vigencia 2016/2018. BOE 16/05/2016.

• COMERCIO DE FLORES Y PLANTAS.(99001125011982).Vigencia 2014/2017. BOE 2/05/2016.

• I CONVENIO COLECTIVO ESTATAL REGULADOR DELAS RELACIONES LABORALES ENTRE LOS PRO-DUCTORES DE OBRAS AUDIOVISUALES Y LOS FI-GURANTES QUE PRESTAN SUS SERVICIOS EN LASMISMAS.(99100185012016).Vigencia 2016/2019. BOE18/05/2016.

• INDUSTRIAS DEL FRIO INDUSTRIAL(99002255011981). Vigencia 2015/2017. BOE18/05/2016.

• PASTA, PAPEL Y CARTÓN (99003955011981). Vigen-cia 2015/2018. BOE 19/05/2016.

• BANCA (99000585011981). Vigencia 2015/2018. BOE15/06/2016.

• I ACUERDO MARCO PARA EL SECTOR DE ACTIVI-DADES FORESTALES (99100135072016). Vigencia2016/2017. BOE 22/06/2016.

BOLETÍN DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA | NÚMERO 26 Página | 5

Negociación Colectiva EstatalRegistro de conveniosConvenios estatales, abril/junio 2016

• MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE INSTALACIO-NES ACUATICAS (99011925012000). Vigencia2014/2016.Tablas salarial 2016.BOE 20/04/2016.

• MARROQUINERIA, ARTICULOS DE VIAJE, CUEROSREPUJADOS Y PIELES (99003385011981). Vigencia2014/2016. Tabla salarial 2016. BOE 20/04/2016.

• INDUSTRIAS LACTEAS Y SUS DERIVADOS(99003175011981). Vigencia 2013/2016. Tablas salariales2015 y 2016. BOE 18/04/2016.

• COMERCIO DE FLORES Y PLANTAS(99001125011982). Vigencia 2014/2017. Revisión salarialautomática para los años 2015, 2016,2017. BOE15/04/2016.

• INDUSTRIAS PASTAS ALIMENTICIAS(99003945011981). Vigencia 2014/2016. Revisión salarialautomática 2015, 2016. BOE 8/04/2016.

• EMPRESAS DE SEGUROS Y REASEGUROS Y MU-TUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO(99004625011981). Garantía salarial 2015. BOE5/04/2016.

• DESPACHOS TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORESFISCALES (99012405011999). Vigencia 2013/2016. Ta-blas salariales 2016. BOE 5/05/2016.

• PASTAS, PAPEL Y CARTÓN (99003955011981). Vigen-cia: 2015/2018. Revisión salarial automática 2016,2017,2018. BOE 3/05/2016.

• GRANJAS AVÍCOLAS Y OTROS ANIMALES.(99002415011982). Convenio en Ultraactividad hasta31/12/2017. Tablas salariales 2016. BOE/5/05/2016.

publicadas

Revisionessalariales

Publicadosen el BOE

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BOLETÍN DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA | NÚMERO 26 Página | 6

• I Convenio Colectivo del GRUPO RENFE. Firmado 6 de Mayo de 2016.

• I CONVENIO ESTATAL DEL SECTOR DEL METAL. Firmado el 14 de Abril de 2016

• Convenio Estatal para la INDUSTRIA DEL CURTIDO. Firmado 1/06/2016. Vigencia 3 años.

• LA INDUSTRIA DEL CALZADO (99000805011981). Firmado el 20/06/2016, Vigencia tres años 2016/2018.

• CAJAS Y ENTIDADES FINANCIERAS DE AHORRO(99000785011981). Vigencia 2015/2018. Firmado 30/06/2016.

• MEDIACIÓN DE SEGUROS (99000165011987). Firmado preacuerdo el 30/06/2016.

LAUDO ARBITRAL XXIV CONVENIO COLECTIVOPARA OFICINAS DE FARMACIA (99003895011981).Vigencia 2014/2016. Revisión salarial automática2016 y 2015. BOE 20/05/2016.

• I CONVENIO COLECTIVO ESTATAL REGULADORDE LAS RELACIONES LABORALES ENTRE LOSPRODUCTORES DE OBRAS AUDIOVISUALES YLOS FIGURANTES QUE PRESTAN SUS SERVI-CIOS EN LAS MISMAS. (99100185012016).Vigencia2016/2019. Revisión Salarial automática 2016, 2017,2018,2019. BOE 3/05/2016.

• PRODUCTORES DE OBRAS AUDIOVISUALES YACTORES QUE PRESTAN SUS SERVICIOS ENLAS MISMAS. (99009735011996).Vigencia2016/2018.Revisión salarial automática 2017,2018.BOE 3/05/2016.

• BANCA (99000585011981).Vigencia 2015/2018..Re-visión Salarial automática, 2016, 2017, 2018. BOE1/06/2016.

• COMERCIO MINORISTA DE DROGUERIAS, HER-BORISTERIAS Y PERFUMERIAS.(99100145012014). Vigencia 2012/2016. Revisión Sa-larial 2016. BOE 5/04/2016.

• HARINAS PANIFICABLES Y SEMOLAS (INDUS-TRIA HARINERA Y SEMOLERA) (99002455011981).Vigencia 2015/2016. Revisión salarial 2016. BOE5/04/2016.

• EMPRESAS DE NATUROPATÍA Y PROFESIONA-LES NATURÓPATAS (99100135012013). Vigencia2013/2016. Revisión salarial 2016. BOE 4/04/2016-

• DERIVADOS DEL CEMENTO (99010355011996). Vi-gencia 2013/2016. Tabla salarial 2015. BOE4/04/2016.

• AUTO-TAXI (99010255011998).Vigencia 2014/2016.Revisión salarial automática 2016. BOE 7/06/2016.

• CADENAS DE TIENDAS DE CONVENIENCIA(99012695012000). Vigencia 2013-ampliada a 2016.Revisión salarial automática 2015. BOE 7/06/2016.

• FUTBOL PROFESIONAL (99002305011989). Vigen-cia 1/07/2014-30/06/2016. Revisión salarial Automá-tica 2016. BOE 13/06/2016.

a falta de publicar

Convenios firmados

• REFORMA JUVENIL Y PROTECCIÓN DE MENORES.(99016175011900). Vigencia 2012/2016. Revisión salarial2016. BOE 28/06/2016.

• INDUSTRIA DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL (TÉCNI-COS), (99012985012002). Modificación de la tabla salariopara 2016. BOE 28/06/2016.

• MENSAJERÍA (99100045162016).Vigencia 2016/2018.Revisión salarial automática 2017,2018. BOE 27/06/2016.

• GRANDES ALMACENES (99002405011982). Vigencia2013/2016. Revisión salarial automática 2015. BOE30/06/2016.

• REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD(99007765011993). Vigencia 2013/2017. Revisión salarial2015.BOE 1/07/2016.

• ACCIÓN EN INTERVENCIÓN SOCIAL(99100155012015). Vigencia 2015/2017. Revisión salarial2016. BOE 1/07/2016.

• RADIODIFUSION COMERCIAL SONORA(99100095012012). Vigencia 2012/2015, (en ultraactivi-dad). Acuerdo parcial, incremento salarial 2016. BOE1/07/2016.

publicadas

Revisionessalariales

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• STS núm. 302/2016 de 20 abril. RJ 2016\2160 CRITE-RIOS DE SELECCIÓN.La existencia de negociaciones previas con la represen-tación de los trabajadores, hace innecesaria la reproduc-ción de los criterios de selección fijados o acordados du-rante las negociaciones ya que hacen suponer su cono-cimiento; si el trabajador va cuestionar, en la oportunademanda, la legalidad de los criterios de selección y/osu concreta aplicación, puede solicitarlos mediante actospreparatorios, diligencias preliminares y aportación do-cumental por parte de la empresa.

• STS núm. 269/2016 de 6 abril. RJ 2016\1874 SALA-RIOS DE TRAMITACIÓN.Los salarios de tramitación se deben abonar hasta lafecha de la notificación del auto de aclaración sobre elfallo de la sentencia de que se trate.

• STS de 2 de junio de 2016, Roj: STS 2763/2016 NºSentencia: 459/2016. NOTIFICACIÓN DE DESPIDO.La comunicación o notificación a los representantes delos trabajadores de la decisión empresarial de despidocolectivo, es precisamente la determinante del inicio delos plazos para ejercer las acciones de impugnación delos representantes de los trabajadores tras finalizar el pe-riodo de consultas sin acuerdo.

• SAN de fecha 16 de junio de 2016 Roj: SAN2301/2016 SENTENCIA Nº: 107/2016 NULIDAD DECONVENIO.Nulidad de convenio de empresa, por violación del prin-cipio de correspondencia. Se negoció por los represen-tantes unitarios de 3 centros siendo 7 los centros de tra-bajo. Los negociadores no eran representativos de todoslos centros. No cabe reducir ahora el ámbito del conve-nio a los tres centros representados, ya que la voluntadde los negociadores fue siempre negociar un conveniode empresa.

• SAN de 15 de junio de 2016 núm. 104/2016. Roj: SAN2299/2016. MODIFICACIÓN SUSTANCIAL.La empresa es libre a la hora de fijar los objetivos parala determinación del salario variable, pero no es lícito co-municarlos a los trabajadores con posterioridad al trans-

curso del periodo de tiempo donde durante el cual de-bieron lograrse. La decisión de anularlos implica una mo-dificación sustancial de condiciones de trabajo que debeser considerada nula por no observarse el procedimientodel art. 41.4 E.T para su adopción.

• SAN núm. 73/2016 de 28 abril. JUR 2016\114885 DIS-TRIBUCIÓN IRREGULAR.Distribución irregular de la jornada de trabajo prevista delconvenio colectivo de DANONE. La distribución irregularpuede usarla la empresa cuando lo considere necesario,siempre que no supere el número de sábados asigna-bles anualmente ni la jornada diaria máxima de 7,40horas.

• STS núm. 350/2016 de 28 abril. RJ 2016\2146. LAUDOCCNCC INAPLICACIÓN DE CONDICIONES DE TRA-BAJO.Es nulo el laudo arbitral acordado por la mayoría de losmiembros de la Comisión Consultiva Nacional de Con-venios Colectivos, (CCNCC). El procedimiento de inapli-cación del convenio colectivo se promovió por la em-presa, con el pronunciamiento unánime alcanzado en laComisión paritaria, rechazando el descuelgue empresa-rial de ALERTA Y CONTROL.

Otras sentencias

• STS núm. 407/2016 de 11 Mayo de 2016, Rec.2585/2014. Nº de Sentencia: 407/2016.: Roj: STS2537/2016. VIUDEDAD.El artículo 174.3, párrafo cuarto LGSS, establece la exi-gencia de dos simultáneos requisitos para que el miem-bro supérstite de la pareja de hecho pueda obtener lapensión de viudedad: a) de un lado, la convivencia esta-ble e ininterrumpida durante el periodo de cinco años; yb) de otro la publicidad de la situación de convivenciamore uxorio, imponiendo -con carácter constitutivo y an-telación mínima de dos años al fallecimiento- la inscrip-ción en el registro de parejas de hecho (en alguno de losregistros específicos existentes en las Comunidades Au-tónomas o Ayuntamientos del lugar de residencia) o laconstancia de su constitución como tal pareja en docu-mento público. Sino no se otorga la pensión de viudedad.

BOLETÍN DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA | NÚMERO 26 Página | 7

Reforma laboralSentenciasDescargar pdf pinchando en cada documento

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BOLETÍN DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA | NÚMERO 26 Página | 8

• STS núm. 390/2016 de 9 Mayo. 2016, Rec. 3535/2014Nº de Sentencia: 390/2016. Roj: STS 2538/2016. MU-TUAS e IT. La cuestión debatida se centra en determinar si la MutuaColaboradora con la Seguridad Social debe anticipar elpago de la prestación económica cuando la Mutuaasume la gestión de las contingencias comunes, y la em-presa es insolvente, a lo que se debe acceder siendo di-recta la responsabilidad de la Mutua con respecto alpago de los días 4º al 15º que en su caso debía haberabonado el empresario.

• STC núm. 71/2016, de 14 de abril de 2016. CUESTIONDE INCONSTITUCIONALIDAD.Cuestión de inconstitucionalidad promovida por la Salade lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cana-rias.Es nula la disposición adicional quincuagésima séptimade la Ley 10/2012, de 29 de diciembre, de PresupuestosGenerales de la Comunidad Autónoma de Canarias, queintroduce una reducción de jornada de trabajo diferen-ciada para el personal laboral indefinido y temporal, porrazones de contención del gasto público y con la finali-dad de mantener el empleo público, ya que hacer recaerdicha diferenciación únicamente en los empleados pú-blicos que tienen la condición de temporales, no puedeconsiderarse acorde con el principio de igualdad Vulne-ración del art. 14 CE

• STS sala de lo Social (pleno) núm. 497/2016, de fecha08/06/2016 (Rectifica doctrina). Roj: STS 2728/2016.SALARIO EN VACACIONES (rectificación de doc-trina).La retribución normal o media que ha de ser abonada alos trabajadores durante su período de descanso anual(vacaciones), y que debe fijar la negociación colectivaen cada caso, ha de atender a la finalidad del descansoefectivo que tienen las vacaciones retribuidas y no puededisuadir o desincentivar su disfrute, por lo que mientrasduren las vacaciones anuales, se debe mantener la re-tribución ordinaria del trabajador, como si no estuvierade vacaciones.

• STS núm. 329/2016 de 26 abril. RJ 2016\1628. NEGA-TIVA A PUBLICAR COMUNICADOS SINDICALES ENLA INTRANET.La negativa de la empresa a publicar en la intranet cor-porativa comunicados sindicales con base en el conte-nido de los mismos constituye una inaceptable censuracontraria a la libertad de expresión y de transmisión deinformaciones sindicales. La libertad de expresión y detransmisión de informaciones forma parte del contenidode la libertad sindical. La empresa viene obligada atransmitir información sindical a través de los caucesexistentes, salvo que ello comporte un perjuicio claro. Lafunción constitucional de los sindicatos y la libertad deexpresión han de entenderse en sentido amplio, favore-ciendo el ejercicio de tales derechos fundamentales.

• STS núm. 276/2016 de 7 abril. RJ 2016\1702 RESPON-SABILIDAD DE LA SUBCONTRATISTA CONVENIOESTATAL DE EMPRESAS DE SEGURIDAD.En el convenio colectivo estatal de empresas de seguri-dad no se impone la subrogación absoluta que adscritosa una contrata prestaban servicios en la empresa sa-liente solo se puede subrogar en relación a los trabaja-dores que al menos tienen siete meses de antigüedad,por lo que la empresa entrante en la contrata de que setrae y por el mismo artículo 14 del convenio, no respondede las deudas salariales contraídas por la saliente antesde la subrogación con los trabajadores subrogados. 5Votos particulares.

• STS núm. 285/2016 de 13 abril. RJ 2016\1842 DES-PIDO Y CONCURSO.El Juez de lo Mercantil es competente para declarar laextinción colectiva de los contratos de trabajo de ungrupo de trabajadores que presentaron demanda pordespido tácito, debido a la situación económica del em-pleador por hechos que ocurrieron antes de la solicitudde la declaración de concurso de acreedores, habién-dose presentado la demanda de despido ante el JuezSocial con anterioridad a la fecha de tal solicitud y en-contrándose el proceso social en tramitación en el mo-mento de la declaración de concurso.

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Legislación

.El Congreso de los Diputados hapublicado en su boletín oficial del día1/07/2016, la Iniciativa LegislativaPopular (ILP) de los sindicatos paracrear un ingreso mínimo vital, pro-puesta que será debatida en lanueva legislatura, después de que laMesa de la Diputación Permanentede la Cámara haya tomado nota deque cumple los requisitos para ello.

PROPOSICIÓN DE LEY DE INI-CIATIVA LEGISLATIVA POPU-LAR PARA ESTABLECER UNAPRESTACIÓN DE INGRESOSMÍNIMOS EN EL ÁMBITO DEPROTECCIÓN DE LA SEGURI-DAD SOCIAL.

Real Decreto-ley 1/2016, de 15de abril, por el que se prorrogael Programa de Activación parael Empleo.

BOLETÍN DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA | NÚMERO 26 Página | 9

Propuestas legislativas

DocumentosInformes sindicales• 20 ACTUACIONES URGENTES, ¡ COMPROMISOS YA!• BALANCE DE SITUACIÓN DEL MERCADO DE TRABAJO

EN ESPAÑA. • LA PRECARIEDAD LABORAL SE EXTIENDE.• DEROGAR LAS REFORMAS LABORALES IMPUESTAS.• POR UNA POLITICA INDUSTRIAL ACTIVA.

Otros informes• ENCUESTA DE CONDICIONES DE VIDA (ECV) 2015. INE y

condiciones de vida (IPC).

• INFORME ANUAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD2015. Informe completo.

• INFORME SOBRE EL DESARROLLO DEL PACTO DE TO-LEDO 2011-2015. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

• OIT. PERSPECTIVAS SOCIALES Y DEL EMPLEO EN ELMUNDO 2016.Transformar el empleo para erradicar la pobreza.Organización Internacional del trabajo.

• LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA INDUSTRIA ESPA-ÑOLA. Informe Preliminar. Ministerio de Industria.

• PROGRAMA NACIONAL DE REFORMAS (PNR 2016).

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En 2015 los salarios reales alemanes subieron a tasasdesconocidas durante las dos últimas décadas. Enefecto, el pasado año experimentaron una subida pro-medio de 2,1% resultado del aumento nominal prome-dio de 2,7% y un aumento de la inflación de 0,6%.Para el año en curso y el próximo, se esperan com-portamientos salariales parecidos a los de 2015. Paralos próximos dos años se han firmado ya los principa-les acuerdos sectoriales. En mayo, el sindicato IG-Metal firmó un convenio con la organización empre-sarial del metal que afectará a unos 3,8 millones detrabajadores del automóvil, electrónica, maquinaria,componentes, etc. Recoge un aumento de los salariosde 2,8% a partir del 1 de julio. Todos los trabajadorescubiertos por este acuerdo han recibido una primaúnica excepcional de 150 euros durante los meses deabril, mayo y junio. A partir del 1 de abril de 2016 lossalarios se incrementarán otro el 2% durante nuevemeses, cuando el acuerdo expirará.

Las negociaciones no han sido fáciles pues las de-mandas iniciales divergían considerablemente. IG-Metal reclamaba inicialmente aumentos nominalesanuales del 5%, mientras la patronal ofrecía el 0,9%,propuesta que los sindicatos se negaron a considerar.Después de algunas movilizaciones y huelgas de ad-vertencias en diferentes ciudades industriales, sefirmó el acuerdo a mediados de mayo. El acuerdo

prevé una cláusula de descuelgue para las empresasque no pudieran hacer frente a esa subida. El descuel-gue tiene que ser autorizado por las organizacionesfirmantes del acuerdo a nivel de Lander.

En el mes de abril, el sindicato Verdi consiguió un au-mento del 5% de los salarios para 2,3 millones de tra-bajadores del sector públicos (empleados municipalesy del estado federal) para los próximos dos años. Enjunio se ha firmado el acuerdo sectorial de la industriaquímica, que cubre a unas 700.000 personas. Los au-mentos son similares a los obtenidos en otros secto-res: 5% de aumento salarial nominal para los próxi-mos dos años.

Con estas negociaciones se prevé que el salario realsiga creciendo en términos parecidos a los de 2015,ya que el aumento de inflación previsto para 2016es de 0,8%. Finalmente, en consonancia con los au-mentos salariales, el gobierno de Ángela Merkel hadecidido aumentos históricos las pensiones de jubi-lación. El ministro de trabajo, el socialdemócrata An-drea Nahles, anunció en marzo un aumento de laspensiones que entró en vigor el 1 de julio: 4,25%para los Lander del oeste y 5,95% para los del este.Unos 20 millones de personas se beneficiarán deesta subida. El tipo de cotización para la jubilaciónpermanecerá estable.

Unión Europea

BOLETÍN DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA | NÚMERO 26 Página | 10

Negociaciones salariales en AlemaniaLos salarios alemanes reales han subido en 2015 y se espera que suban en 2016 y 2017. Enconsonancia con este aumento salarial, el gobierno de Ángela Merkel ha decidido aumentoshistóricos en las pensiones de jubilación. Unos 20 millones de personas se beneficiarán de estasubida. El tipo de cotización para la jubilación permanecerá estable.

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El pasado siete de julio, la Asamblea Nacional francesaadoptó el proyecto de ley El Khomri (apellido de la mi-nistra de trabajo), en segunda lectura y después de cua-tro meses de fuerte conflictividad social y batallas políti-cas, que reformará el Código de Trabajo francés. La leyserá aprobada el próximo 20 de julio, luego de un brevey último paso por el Senado.

El proyecto de reforma laboral fue adoptado en bloquepor la Asamblea porque el primer ministro recurrió a unamedida de excepción: el artículo 49.3 de la Constitución.Según este artículo el Parlamento está obligado a adop-tar el texto legislativo sin necesita de votación, pues elgobierno apela a la confianza. Para rechazarlo el parla-mento tendría que aprobar una moción de censura algobierno. Los diputados socialistas en desacuerdo nohan conseguido las firmas necesarias para pedir la mo-ción de censura (58 firmas de diputados). Se oponen ra-dicalmente a la reforma los sindicatos, excepto la CFDT,y gran parte de los diputados progresistas, incluidomiembros del Partido Socialista Francés.

La conflictividad social ha sido extraordinaria: doce ma-nifestaciones, numerosas huelgas, eclosión del movi-miento “Nuit Debout”, hostilidad de los sindicatos CGT,FO, CFE-CGC, FSU, entre otros, que tienen programa-das nuevas movilizaciones en otoño.

Como resultado, el texto adoptado ha limado algunos delos puntos inaceptables para los sindicatos. Sin em-bargo, esta futura ley abre enormes brechas en el Có-digo del Trabajo: descentralización la negociación colec-tiva, inversión de la jerarquía de normas, facilidades parael despido por causas económicas...

Las principales modificaciones son:

•El artículo 2 del proyecto de ley es el epicentro de lascríticas sindicales y políticas, ya que invierte la jerar-

quía de las normas. En él se consagra la primacía de losacuerdos de empresa sobre acuerdos sectoriales enmateria de duración de las jornadas de trabajo y horasextraordinarias (incluido el suplemento atribuido a estashoras). Autoriza que un acuerdo de empresa derogue loacordado en el convenio del sector, incluso si lo acor-dado en el primero es menos favorable. El gobierno hapersistido en suprimir este mecano que articula losacuerdos de empresa y sector

•Para atemperar los efectos de este artículo, el go-bierno ha modificado la redacción inicial del artículo

13, que define el papel de los convenios sectoriales. Deforma que será un acuerdo sectorial el que decida lostemas que podrán ser derogados por acuerdos de em-presa. Este artículo especifica que los sectores tendrándos años, desde la promulgación de la futura ley, paradefinir esos temas. No obstante, en la empresa no sepuede derogar lo acordado en el sector en materia desalarios mínimos, clasificaciones, igualdad de géneroprofesional, trabajos penosos y peligrosos, formación.La nueva redacción no satisface las reivindicaciones sin-dicales que piden que los sectores tengan derecho deveto sobre los acuerdos de empresa sobre todas las ma-terias, incluidas las del artículo 2.

•En esta nueva arquitectura del sistema de negocia-ción colectiva, se ha recogido una propuesta de la

CFDT: para que en la empresa se pueda derogar unconvenio sectorial se necesitará que los sindicatos fir-mantes tengan el 50% de la representación sindical enla empresa. Pero si se firma con una representación deal menos el 30%, el sindicato o sindicatos firmantes tie-nen que convocar (en el plazo de un mes) un referén-dum en la empresa y ganarlo para que la derogación seaefectiva. En un primer tiempo, las derogaciones estaránlimitadas al artículo 2; posteriormente se extenderán a“otros capítulos del derecho del trabajo”. Los detractoresde esta reforma temen que esta arquitectura de la ne-gociación colectiva propicie el dumping social en las em-presas de un mismo sector de actividad. La reforma hasuprimido el poder que tenían las comisiones paritariassectoriales para validar los acuerdo de empresas nego-ciados en la PYMES (que frecuentemente carecen dedelegados sindicales) negociados con los elegidos porel personal.

•La reforma facilita el despido por causas económicas.Las empresas transnacionales podrán argumentar el

descenso de sus pedidos y/o de sus cifras de negociosa nivel mundial, y no nacional. La reforma modula en fun-ción de la talla de las empresas la justificación de estedespido. Las empresas con menos de 11 asalariadosdeberán demostrar un descenso de sus pedidos o desus ventas durante un trimestre, el umbral se eleva a dostrimestres para las empresas de 11 a 49 asalariados, atres trimestres para aquéllas que emplean entre 50 a 299asalariados y a cuatro trimestres consecutivos para lasdemás.

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Reforma del derecho laboral en Francia

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- El gobierno retira la amenaza de intervenir enla negociación salarial y la desregulación delcontrato a tiempo parcial.

- Se retira también la propuesta de aumentar lajornada anual en 100 horas no remuneradas.

- Recorte de entre 300 y 400 millones de eurosen impuestos (aproximadamente, el 0,2% delPIB).

- Mejora la seguridad en el empleo de los asa-lariados con al menos cinco años de antigüe-dad en la empresa (programas de reinserciónlaboral, como mínimo de un mes).

- La prestación por desempleo de los trabaja-dores despedidos por una empresa con “cláu-sula de supervivencia” será calculada con lossalarios anteriores a la aplicación de esa cláu-sula.

- Los empresarios han tenido que firmar unacuerdo intersectorial, tipo de acuerdo al que,por principios, se oponen. Eso sí, han anun-ciado que es la última vez que firman tal tipode acuerdo.

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Pacto de competitividad en FinlandiaA mediados de junio se firmó un acuerdo nacional bipartito que afectará al 90% de los asalaria-dos finlandeses. El pacto nacional sobre el mercado de trabajo o Pacto de Competitividad hasido el principal problema en la política finlandesa durante más de un año. El gobierno estabadecidido reducir los costes laborales y, para lograrlo, propuso a los interlocutores sociales, ola negociación de un acuerdo o legislar reformas estructurales. Los sindicatos se vieron forza-dos a “elegir entre la pesto o el cólera”

Medidasque con contiene el pacto

- Congelación salarial durante los próximos 12meses mediante la prolongación de los conve-nios existentes.

- Aumento de la jornada anual no remuneradaen 24 horas.

- Un desplazamiento por valor equivalente a 2puntos porcentuales de las cotizaciones socia-les empresariales a cargo de las cotizacionessociales de los asalariados. Esta trasferenciade cargas sociales se hará gradualmenteentre 2017 y 2020.

- Recorte del 30% de la paga extra de los tra-bajadores del sector público durante los próxi-mos tres años.

- Descentralización de la negociación colectiva,mediante la introducción de una “cláusula desupervivencia” (cláusula de descuelgue) en losdiferentes convenios sectoriales. Según lacual las empresas con dificultades económi-cas y/o financieras podrán ajustar las condi-ciones de trabajo. También permite la posibili-dad de acuerdos locales al margen de conve-nios de rango superior.

... a cambio

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BOLETÍN DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA | NÚMERO 26 Página | 13

Fuentes: ETUI y STTK (Confederación sindical finlandesa)

- El gobierno retira la amenaza de intervenir enla negociación salarial y la desregulación delcontrato a tiempo parcial.

- Se retira también la propuesta de aumentar lajornada anual en 100 horas no remuneradas.

- Recorte de entre 300 y 400 millones de eurosen impuestos (aproximadamente, el 0,2% delPIB).

- Mejora la seguridad en el empleo de los asa-lariados con al menos cinco años de antigüe-dad en la empresa (programas de reinserciónlaboral, como mínimo de un mes).

- La prestación por desempleo de los trabaja-dores despedidos por una empresa con “cláu-sula de supervivencia” será calculada con lossalarios anteriores a la aplicación de esa cláu-sula.

- Los empresarios han tenido que firmar unacuerdo intersectorial, tipo de acuerdo al que,por principios, se oponen. Eso sí, han anun-ciado que es la última vez que firman tal tipode acuerdo.

Resultadosprevistos

- Congelación salarial durante los próximos 12meses mediante la prolongación de los con-venios existentes.

- Aumento de la jornada anual no remuneradaen 24 horas.

- Un desplazamiento por valor equivalente a 2puntos porcentuales de las cotizaciones so-ciales empresariales a cargo de las cotiza-ciones sociales de los asalariados. Esta tras-ferencia de cargas sociales se hará gradual-mente entre 2017 y 2020.

- Recorte del 30% de la paga extra de los tra-bajadores del sector público durante los pró-ximos tres años.

- Descentralización de la negociación colec-tiva, mediante la introducción de una “cláu-sula de supervivencia” (cláusula de descuel-gue) en los diferentes convenios sectoriales.Según la cual las empresas con dificultadeseconómicas y/o financieras podrán ajustarlas condiciones de trabajo. También permitela posibilidad de acuerdos locales al margende convenios de rango superior.

Riesgos

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BOLETÍN DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA | NÚMERO 26 Página | 14

Principales indicadores y previsión IPCEvolución del mercado de trabajo y la economía española

1 PIB nominal. Dato corregido de efectos estacionales y calendario. Las variaciones son del PIB real. Fuente: Gabinete Técnico CEC–UGT, a partir de las fuentes señaladas.

Período Dato Var. Períodoanterior

Var. interanual Fuente

PIB (millones €)1 I trim-2016 274.817 0,8 % 3,4 % CNT-INE

Ocupados (miles) II trim-2016 18.301,0 1,5 % 2,43 % EPA-INE

Parados (miles) II trim-2016 4.574,7 -4,25 % -11,15 % EPA-INE

Tasa paro % II trim-2016 20 % -1,0 p.p. -2,37 p.p. EPA-INE

Parados registrados Junio 2016 3.767.054 -3,20 % -8,57 % SEPE

Evolución y previsión de precios

2 Previsión para julio de 2016 de la variación interanual. 3 Variación mensual= diferencia entre junio y mayo de las variaciones anuales. Variación anual = variación anual de enero a junio. Previ-sión para la variación media anual de 2016 completo. Fuente: Gabinete Técnico CEC-UGT, a partir de las fuentes señaladas.

Período Var. mensual

Var. interanual Previsión Fuente

IPC mensual2 Junio 2016 0,5 % -0,8 % -0,8 % IPC-INE y FUNCAS

IPC media anual3 Junio 2016 -0,2 p.p. -1,6 % -0,3 % IPC-INE y FUNCAS