Boletín Andamiaje Autonómico 3
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7/23/2019 Boletn Andamiaje Autonmico 3
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Editorial
Bolivia vive una nueva etapa del pro-ceso de descentralizacin que comenzhace ms de una dcada y que es uno delos mejores resultados democrticos,en este sentido se puede mencionarel ingreso a la era autonmica con unacontecimiento en el que casi simult-neamente, 9 gobernadores y 337 Alcal-des, asumieron funciones ocialmente,adems entraron en funcionamiento lasAsambleas Legislativas Departamenta-les, los Concejos Municipales y la Asam-blea Regional del Chaco Tarijeo.
Una compleja transformacin seest dando en el Estado a travs de ladescentralizacin, especialmente de la
facultad legislativa en el mbito subna-cional, de acuerdo a sus competenciasotorgadas. Por otro lado, el nuevo Es-tado autonmico establece que el nivelcentral del Estado legislar de acuerdoa lo establecido en la normativa legal vi-gente y en funcin de sus atribucionesconferidas. Esto signica que los legis-ladores, en sus diferentes niveles y enel ejercicio de sus facultades (delibera-tiva, scalizadora y legislativa), asumenun nuevo rol como representantes delpueblo en la deliberacin y en el trata-miento de leyes, pero a su vez, scalizanlas acciones del Ejecutivo en el mbitosubnacional, situacin indita en el pas.
Frente a este panorama, estamosante el gran desafo de construir un sis-tema legislativo mltiple y complejo, quedeber poner su mejor esfuerzo pararealizar la armonizacin y articulacin
normativa que d viabilidad a la imple-mentacin del nuevo rgimen autonmi-co en el nivel central del Estado y en lasEntidades Territoriales Autnomas (ETA).
En este sentido, el Servicio Estatalde Autonomas (SEA), en cumplimientoal mandato que le otorga la LMAD, seencarga de la coordinacin tcnica y elfortalecimiento de la gestin de las auto-nomas a nivel nacional. Siendo sus tareasprincipales la formulacin de una serie deherramientas tcnicas dirigidas a apoyarel funcionamiento de las entidades auto-nmicas y a coadyuvar en el trabajo le-gislativo, en la denicin de criterios queles permitan ejercer sus competencias,
adems emitir dictmenes, opiniones es-pecializadas sobre la transferencia y eva-luacin competencial, entre otras tareas.
El SEA, a travs de la Unidad Especialde Informacin de la Bolivia Autonmica(UEIBA), que administra el ObservatorioBolivia Autonmica (OBA), ha desarrolla-do el Sistema de Informacin de la BoliviaAutonmica (SIBA). Este Sistema de Infor-macin de la Bolivia Autonmica (SIBA)est compuesto por tres subsistemas:
El Sistema del Estado de Situacinde las Entidades Territoriales Autno-mas (SIET).
El Sistema de Seguimiento al Proce-so Autonmico (SIPA).
El Sistema de Informacin de la Nor-mativa Autonmica (SINA)
Ao 1 - Nmero 3 - La Paz, septiembre 2012
Uno de los principios que rigen laorganizacin territorial y a lasentidades territoriales autnomases el de la coordinacin mencionadaen el captulo II, artculo 5 de la ley
Marco de Autonomas y Descentra-lizacin como una obligacin quesostiene el rgimen de autonomas yque consiste en la accin de conec-tar medios, esfuerzos y voluntadespara realizar acciones comunes.
Bolivia pas de ser un Estadosimple a un Estado compuesto, don-de los cinco niveles de gobierno de-ben coordinar acciones para llevaradelante polticas que benecien ala poblacin. La necesidad de estacoordinacin radica en que la CPEotorga competencias al nivel cen-tral del Estado y a los GobiernosAutnomos que las deben ejercerobligatoriamente, sin que sus accio-nes para el efecto, intereran o seobstaculicen entre s, en relacin ala concrecin de sus objetivos, evi-tando de esta manera la generacinde conictos en el ejercicio compe-tencial.
La LMAD cita 75 veces la pala-bra coordinacin en su redaccin
haciendo eco de esta modalidad detrabajo a lo largo del proceso auto-nmico y destaca en su Artculo 121que la entidad encargada de la coor-dinacin tcnica y el fortalecimientode la gestin autonmica ser el Ser-vicio Estatal de Autonomas.
www.sea-autonomias.gob.bo
El Servicio Estatal de Autonomas tiene atribuciones en los mbitos: competencial, econmico-nanciero,normativo y de informacin (LMAD, Art,129).
EL SISTEMA DE REGISTRO DENORMAS AUTONMICAS
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El Sistema de Informacin de la Normativa Autonmica(SINA), tiene como objetivo principal satisfacer de manera e-caz las necesidades de informacin sobre las normas emitidaspor las Entidades Territoriales Autnomas (ETA) y por el nivel
Central del Estado con relacin al rgimen autonmico. Estose ha logrado a travs del desarrollo y puesta en marcha delCentro de Documentacin de Normas Autonmicas (en for-mato digital y fsico), donde se realizan tareas de clasicacin,catalogacin, indizacin y resmenes de la normativa en vigen-cia, ingresando stos a un sistema informtico de fcil acceso.
Para efectuar el registro de la normativa del nivel nacionaly de los cuatro niveles autonmicos en este sistema informti-co, se ha recurrido a los Gobiernos Autnomos Departamen-tales y Municipales para el suministro de la informacin reque-rida; tambin se realiza la captura de informacin a travs desitios web y publicaciones ociales.
Los datos que se despliegan del registro de normas sonlos siguientes:
Entidad Territorial Autnoma emisora de la norma(Nacional, Departamental, Municipal, Regional e IOC)
Tipo de Norma
Nmero de la norma
Objeto de la Norma
Fecha de Promulgacin
Departamento o Municipio (cuando corresponda)
Archivo en formato PDF
Los siguientes pasos indican cmo se puede acceder al SINA:
3 Ingrese a la pgina web del Servicio Estatal de Autonomas(www.sea-autonomias.gob.bo).
3 Ingrese al vnculo del Observatorio de la Bolivia Auton-mica (OBA).
3 Elija la opcin Registro de Normas Autonmicas (SINA)
del Men Principal ubicado en la parte izquierda de la p-gina web.
3 Seleccione la normativa deseada, ya sea: Nacional, Depar-tamental, Municipal o Regional.
El SEA, a travs de la Unidad Especial de la Bolivia Autonmica (UEIBA), pone a disposicin de la poblacin todala informacin relacionada a las Entidades Territoriales (LMAD, Art. 129/IV/2).
OBSERVATORIO DE LA BOLIVIA AUTONMICA - OBA
Dr. Freddy Franco EspejoAnalista del Registro de Normas Autonmicas
Unidad Especial de Informacin de la Bolivia Autonmica (UEIBA) - SEA
A travs de este sitio web y la puestaen marcha de un centro de documentacin,el Servicio Estatal de Autonomas pretendeproporcionar informacin a los GobiernosAutnomos Departamentales y Municipales,a los Gobiernos Indgenas Originarias Cam-pesinos en constitucin, a la Asamblea Regio-nal del Chaco Tarijeo, al nivel central del Es-
tado, a las organizaciones de la sociedad civily ciudadana en general.
El desafo prximo es que mediante estaherramienta de informacin todos los nive-les de gobierno brinden, de manera directa,insumos en relacin a las competencias queestn legislando. Al contar con toda la nor-mativa autnoma generada, el SINA permiti-r alertar y analizar la existencia de posiblesconictos competenciales.
Asimismo, a travs de este registro de nor-mas autonmicas, se pretende promover que
los Gobiernos Autnomos creen gacetas o-ciales de publicacin, ya que de acuerdo al Art.135 de la LMAD la publicacin de las normases determinante para su entrada en vigencia.
Imagen: UEIBA - SEA
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ANLISIS LEGISLATIVO Y COMPETENCIAL
Introduccin
El diseo estatal de cada pas presenta particularidadesen la distribucin territorial del poder entre sus niveles,dicha distribucin se desarrolla y fundamenta en los cat-
logos competenciales, que en el caso boliviano se desplie-gan y asignan exclusivamente en la Constitucin Polticadel Estado.
Las competencias se clasican en tipos, segn la articu-lacin especca de facultades para cada nivel. En el diseoboliviano ha sido frecuente dividir materialmente las compe-tencias entre poltica de un sector y gestin (administra-cin) del mismo, o la otorgacin de exclusividad sobre unamateria a varios niveles, cada uno en su jurisdiccin. Estediseo plantea desafos en la implementacin del procesoautonmico.
En este documento se explora y evala una difcil yaparente contradictoria relacin entre: 1) el encapsula-miento del nivel subnacional (posibilidad de que un ni-vel se encuentre contenido en otro, no en sentido fsicosino en el ejercicio de sus competencias), y 2) el pesoreal del municipio en competencias de delimitacin di-fusa. Los conceptos mencionados sern desarrollados yluego confrontados en escenarios y competencias con-cretas.
El documento se estructura de la siguiente forma: enel segundo apartado se describen algunas variantes en ladelimitacin de las competencias, tanto en su dimensinmaterial como en su dimensin potestativa. El tercer apar-
tado establece el alcance del concepto de encapsulamien-to y la precisin del mismo para el caso de estudio. Unaaproximacin a la calidad del municipio como la mnimaunidad territorial se desarrolla en el cuarto apartado. Elquinto apartado, en trminos precisos y casos concretos,describe las resultantes de la aparente contradiccin entreel encapsulamiento y el peso del municipio en delimitacio-nes competenciales difusas.
Delimitacin de competencias
Las competencias pueden tener una delimitacin clara ouna difusa; esta diferencia se puede presentar tanto en su di-mensin material1, como en su dimensin potestativa2. En el
primer caso, la dimensin material, las competencias puedenhacer mencin a un sector de poltica pblica, como tambina un subsector de la misma. En este sentido, algunas mate-rias pueden contener delimitaciones muy claras entre sussubsectores en la asignacin competencial, tal es el caso decaminos3, mientras que existen sectores cuya delimitacines dif