Boletín Actualidad Corporativa N° 3 - Ley de Inversiones Extranjeras

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 Asesoría Fiscal Enero 2015N° 3

Boletín de Actualidad CorporativaPwC Venezuela - Tax

 Ley de Inversiones Extranjeras

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 Ley de Inversiones Extranjeras

En fecha 18 de noviembre de 2014 fue publicada en la Gaceta Ocial N° 6.152 Extraordinario, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Inversiones Extranjeras, la cual tiene por objeto establecer los principios, políticas yprocedimientos que regulan al inversionista y las inversiones extranjeras productivas de bienes y servicios, a los nesde alcanzar el desarrollo armónico y sustentable de la Nación.

 A continuación se presenta un resumen de los aspectos más resaltantes de la referida Ley:

Sujetos

Son sujetos de la aplicación de la Ley: (i) Empresas extranjeras y sus liales, subsidiarias o vinculadas, regidas o nopor Convenios y Tratados Internacionales, así como otras formas de organización extranjera con nes económicos

 y productivos que realicen inversiones en el territorio Nacional (ii) Empresas Gran Nacionales, cuyos objetivos yfuncionamiento están sujetos a un plan estratégico de dos o más Estados, que garanticen el protagonismo del poderpopular ejecutando inversiones de interés mutuo a través de empresas públicas, mixtas, formas cooperativas yproyectos de administración conjunta; (iii) Empresas nacionales privadas, públicas y mixtas y sus liales, subsidiariaso vinculadas, regidas o no por Convenios y Tratados Internacionales y las demás organizaciones con nes económicos

 y productivos receptoras de inversión extranjera; (iv) Personas naturales, nacionales o extranjeras, domiciliadas

en el extranjero, que realicen inversiones extranjeras en el territorio nacional y (v) Personas naturales extranjeras,residentes en el país, que realicen inversiones extranjeras.

Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX)

CENCOEX será el encargado de instrumentar los criterios, formas, requisitos y procedimientos en materia deinversión extranjera. De manera transitoria, la Superintendencia de Inversiones Extranjeras (SIEX), ejercerá lasfunciones de la unidad administrativa encargada del tratamiento de las inversiones extranjeras productivas, bajo ladirección de CENCOEX.

Inversión extranjera 

Denición: Es la inversión productiva efectuada a través de los aportes realizados por los inversionistas extranjeros

conformados por recursos tangibles e intangibles, destinados a formar parte del patrimonio de los sujetos receptoresde inversión extranjera en el territorio nacional. Estos pueden ser:

- Inversión nanciera en divisas y/o cualquier otro medio de cambio o compensación instituido en el marco de laintegración latinoamericana y caribeña.

- Bienes de capital físicos o tangibles que formen parte del proceso productivo del sujeto receptor de la inversión.Cuando se trate de bienes reacondicionados deberá mantenerse la misma relación entre el valor de inversión

 y la vida útil que aplicaría al caso de bienes nuevos. Dicha relación será establecida por peritos que designe elCENCOEX.

- Bienes inmateriales o intangibles constituidos por marcas comerciales, diseños industriales, asistencia técnica,entre otros, debidamente soportados mediante el suministro físico de documentos técnicos. Los aportes intangiblesserán considerados como inversión extranjera cuando la cesión se realice entre empresas que no se encuentren

 vinculadas entre sí.- Reinversión de las utilidades en moneda nacional obtenidas por los inversionistas extranjeros.

Constitución de la Inversión: El valor constitutivo de la inversión extranjera deberá estar representado en activos quese encuentren en el país, compuestos por equipos, insumos u otros bienes o activos tangibles requeridos para el iniciode operaciones productivas en al menos 75% del monto total de la inversión.

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Ley de Inversiones Extranjeras

Monto mínimo de inversión extranjera: A los nes de obtener el registro de una inversión extranjera, los aportesdeberán estar constituidos a la tasa de cambio ocial vigente, por un mínimo de Un Millón de Dólares de los EstadosUnidos de América (USD 1.000.000) o su equivalente en divisas. El CENCOEX podrá establecer un monto no inferioral 10% de la cantidad antes señalada, atendiendo al interés sectorial, de promoción de la pequeña y mediana industria.

Determinación del valor de la inversión: A los efectos de la determinación del valor real de la inversión extranjera, secomputarán las partidas que constituyen el capital social efectivamente pagado en el transcurso del respectivo ejercicio

económico de los inversionistas extranjeros, deduciéndose las pérdidas si las hubiere.

El valor de la inversión extranjera, las reinversiones y los aumentos de capital se evidenciará por medio del Registrode Inversión Extranjera. En caso de aportes en divisas, el valor de la inversión se determinará conforme a la tasa decambio ocial vigente para el momento en que se hubiere efectuado la operación cambiaria.

Permanencia del capital de la inversión: La inversión extranjera deberá permanecer en el territorio nacional por unlapso mínimo de 5 años, contados a partir de la fecha en que haya sido otorgado el Registro. Cumplido dicho lapso, losinversionistas podrán realizar las remesas al extranjero por concepto del capital originalmente invertido, registrado yactualizado.

Remisión de utilidades o dividendos: Los inversionistas extranjeros tendrán derecho a remitir al exterior anualmentehasta el ochenta por ciento (80 %) de las utilidades o dividendos que provengan de su inversión extranjera registrada,

previo cumplimiento del objeto de la inversión. En caso de remisión parcial, la diferencia podrá ser acumulada con lasutilidades que obtengan, únicamente en el siguiente ejercicio anual a los nes de su remisión al extranjero.

Remisión de ingresos por ventas de acciones, reducciones de capital o liquidación: Los inversionistas extranjerostendrán derecho a remesar al país de origen, total o parcialmente, los ingresos monetarios obtenidos por el productode la venta dentro del territorio nacional de sus inversiones, así como los montos provenientes de la reducción delcapital, previo pago de los tributos que correspondan y cumpliendo con el tiempo mínimo de permanencia de lainversión en el territorio nacional.

Las reducciones de capital deberán ser noticadas a CENCOEX dentro de los treinta (30) días siguientes al registro delacta de asamblea de accionistas que acuerde dicha reducción.

En el caso de liquidación, se podrá remesar al extranjero hasta el ochenta y cinco por ciento (85%) del monto total de

la inversión extranjera. Ahora bien, en aquellos casos en que la liquidación se produzca a consecuencia de la ventade la empresa directamente a inversionistas nacionales y se compruebe el funcionamiento pleno de las operacionesproductivas y comerciales de la empresa receptora, con la permanencia de los bienes y los conocimientos tecnológicosque implicaron la inversión, los inversionistas extranjeros tendrán derecho a remesar al país de origen la totalidad dela Inversión Extranjera registrada.

Certicado de Calicación de Empresa: Es el instrumento que acredita la condición de empresa nacional receptora deinversión extranjera, empresa extranjera o Gran Nacional constituidas en el territorio nacional.

Multa: Se sancionará con multa de mil Unidades Tributarias (1.000 U.T.) a cien mil Unidades Tributarias (100.000U.T.) a los sujetos que no cumplan las disposiciones previstas en la presente Ley, sin perjuicio de las acciones penales yciviles a que hubiere lugar. En caso de reincidencia, la multa será incrementada en 100%.

Las multas pecuniarias deberán ser canceladas en un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de sunoticación.

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• Revisión de los efectos legales e impositivos de reorganizaciones, adquisiciones

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• Asistencia en la preparación y/o revisión de declaraciones tributarias.

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municipales y análisis de las opciones y su aplicación.• Asesoría legal relativa a procesos de defensa de litigios tributarios.

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