b.o. 3565 Publicacion Dec 4 de Bajas Casa Tdf

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  • AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565 1

    AO XXV N 3565

    Repblica Argentina

    BOLETIN OFICIALProvincia de Tierra del Fuego, Antrtida e Islas del Atlntico Sur

    "Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y sern Argentinas"

    PODER EJECUTIVO

    Juan Carlos ARCANDOVicegobernador

    Rosana Andrea BERTONEGobernadora

    Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016

    Sr. Diego Rubn ROMEROMinistro de Educacin

    Sr. Marcos Arturo COLMANMinistro de Salud

    Sr. Emiliano Valentn OLMEDOMinistro de Agricultura, Ganadera y Pesca

    Sr. Gabriel Alejandro KOREMBLIT PELLEGRINIMinistro de Ciencia y Tcnologa

    Sr. Pablo Daniel RIVAROLAMinistro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

    Sra. Paula Elizabeth GARGIULOMinistro de Desarrollo Social

    Sr. Omar Daniel NOGARSecretario de Energa e Hidrocarburos

    Sr. Luis Alberto VAZQUEZSecretario de Representacin Oficial en la Ciudad

    Autnoma de Buenos AiresSr. Javier Marcelo EPOSTO Secretario General de Gobierno

    Sra. Gimena Araceli VITALISecretario Legal y Tcnica

    Sr. Mauro Javier PREZ TOSCANISecretario de Ambiente, Desarrollo Sostenible

    y Cambio Climtico

    Sr. Olaf Leopoldo Lucas JOVANOVICHSecretario de Planificacin Estratgica,

    Ordenamiento Territorial y HbitatSr. Mariano Enrique POMBO

    Secretario de Obras y Servicios PblicosSr. Jorge Ernesto LPEZ

    Secretario de Asuntos Relativos a Antrtida, Islas Malvinasy del Atlntico Sur y sus Espacios Martimos Circundantes

    Sr. Leonardo Miguel ZARASecretario de Desarrollo e Inversiones

    Sr. Leonardo Ariel GORBACZ Ministro Jefe de Gabinete

    Sr. Jos Daniel LABROCAMinistro de Economa

    Sr. Ramiro Carlos CABALLEROMinistro de Industria

    Sr. Gastn Alejandro DAZMinistro de Gobierno, Justicia y Seguridad

    LEY PROVINCIAL N 1061

    Sancionada el da 30 de Diciembre de 2015.-Promulgada el da 05 de Enero de 2016.-

    LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE TIERRA DELFUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR

    SANCIONA CON FUERZA DE LEY :

    TTULO I Y IIPRESUPUESTO DE

    RECURSOS Y GASTOS DE LA ADMINISTRACINCENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

    Artculo 1- Fjase en la suma de PESOS DIECISEIS MIL CIENTOVEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA YSEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO CON 75/100 ($16.125.456.961,75) los Gastos Corrientes y Gastos de Capital del Presu-puesto General de la Administracin Pblica Provincial (AdministracinCentral y Organismos Descentralizados), para el Ejercicio 2016, con des-tino a las finalidades e instituciones que se indican a continuacin, y ana-lticamente en planillas anexas que forman parte de la presente ley:

    Artculo 2- Estmase en la suma de PESOS CATORCE MIL TRES-CIENTOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CIN-CO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 73/100 ($14.305.285.681,73.-) el Clculo de Ingresos de la Administracin PblicaProvincial (Administracin Central y Organismos Descentralizados) parael Ejercicio 2016, destinado a atender los gastos fijados en el artculo 1de la presente ley, de acuerdo con la distribucin que se indica a conti-nuacin:

  • 2 AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565Artculo 3- Fjase en la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOSCUARENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CIN-CO MIL NOVECIENTOS OCHENTA CON 04/100 ($1.742.575.980,04) los importes correspondientes a los Gastos Figurativospara transacciones corrientes y de capital de la Administracin PblicaProvincial (Administracin Central y Organismos Descentralizados), que-dando en consecuencia establecido el financiamiento por ContribucionesFigurativas de la Administracin Pblica Provincial en la misma sumapara el Ejercicio 2016.Artculo 4- El Resultado Econmico de la Administracin Pblica Pro-vincial (Administracin Central y Organismos Descentralizados) para elEjercicio 2016 se estima en la suma de PESOS UN MIL TREINTA YCINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILONCE ($ 1.035.387.011,00) de acuerdo al siguiente detalle y al que figu-ra en planillas anexas a la presente ley:

    Artculo 5- Fjase en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUEN-TA Y TRES MILLONES DOCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA YSEIS CON 02/100 ($253.012.866,02) el importe correspondiente a losgastos para atender el Servicio de la Deuda en la Administracin PblicaProvincial, de acuerdo al detalle que figura en la planilla anexa, la queforma parte integrante de la presente ley.

    Artculo 6- Estmase en la suma de PESOS DOS MIL CIENTO TREIN-TA Y CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL CUA-TROCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 62/100 ($ 2.134.186.491,62)las Fuentes Financieras de la Administracin Pblica Provincial (Admi-nistracin Central y Organismos Descentralizados) para el Ejercicio 2016,de acuerdo con la distribucin que se indica a continuacin y al detalleque figura en la planilla anexa que forma parte integrante de la presenteley:

    Artculo 7- Aprubanse los Presupuestos de Gastos y el Clculo de Re-cursos y Fuentes Financieras de los Organismos de Seguridad Socialpara el Ejercicio 2016, de acuerdo al detalle que se indica a continuacin:

    Artculo 8- Estmase en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUA-RENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SIE-TE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($444.387.844,00.-) el Gasto Tributario para el Ejercicio 2016, de acuerdo alo establecido por la Ley nacional 25.917 y la Ley provincial 694 y modi-ficatorias, segn el siguiente detalle:

    TITULO IIIDISPOSICIONES GENERALES

    Artculo 9- Fjase en NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA YNUEVE (9.289) el nmero total de cargos de la planta de personal per-manente y de personal no permanente, del Poder Ejecutivo Provincial,exceptuando el escalafn docente, para el Ejercicio 2016.Artculo 10- Fjase en SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES (693) el n-mero total de cargos de la planta de personal permanente y de personalno permanente, del Poder Judicial.Artculo 11- Fjase en TRESCIENTOS VEINTISIETE (327) el nmerototal de cargos de la planta de personal permanente y de personal nopermanente, del Poder Legislativo.Artculo 12- Fjase en CIENTO CINCUENTA Y CUATRO (154) el n-mero total de cargos de la planta de personal permanente y de personalno permanente, del Tribunal de Cuentas de la Provincia.Artculo 13- Fjase en DIECIOCHO (18) el nmero total de cargos de laplanta de personal permanente y de personal no permanente, de la Fisca-la de Estado.Artculo 14- Fjase en CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA(5.840) el nmero total de cargos de la planta de personal pertenecienteal escalafn docente. Estmase en SETECIENTOS NOVENTA Y UNMIL (791.000) la cantidad de horas ctedras destinadas a otorgarse parael ejercicio 2016.Artculo 15- Fjase en UN MIL CIENTO VEINTIOCHO (1.128) el n-mero total de cargos de la planta de personal de los Organismos Descen-tralizados para el Ejercicio 2016.

    Artculo 16- Fjase en TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE (337) elnmero total de cargos de la planta de personal de los organismos de laSeguridad Social para el Ejercicio 2016.

  • AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565 3Artculo 17- El Poder Ejecutivo de-ber distribuir los crditos que seaprueban por esta ley al nivel de des-agregacin previsto en los clasifi-cadores presupuestarios. Asimismo,podr reestructurar los crditos delinciso "Personal" segn surja de sudistribucin en funcin de la recom-posicin de los salarios, aportes ycontribuciones del personal de laAdministracin Central y Organis-mos Descentralizados. Las mayo-res asignaciones presupuestariasque deriven de estos ajustes, debe-rn estar compensadas por la dis-minucin de los gastos corrientes, obien a travs del incremento de losrecursos, de manera de garantizarel principio de equilibrio presupues-tario de cada organismo. Dicha atri-bucin slo podr estar delegada alMinisterio de Economa.Artculo 18- La liquidacin de losfondos en concepto de Copartici-pacin de Recursos a las Munici-palidades, ser efectuada de acuer-do al rgimen legal vigente desde laContadura General y por los mon-tos percibidos netos de retenciones.El mismo procedimiento ser apli-cable para las retenciones a que serefiere el artculo 40 de la Ley pro-vincial 534.Artculo 19- El Poder Ejecutivo de-ber remitir mensualmente las re-mesas financieras destinadas a fi-nanciar los presupuestos de gastosde los Poderes Legislativo y Judi-cial, as como de los rganos deControl, sujeto a lo establecido enel artculo 11 de la Ley nacional25.917, a la cual la Provincia adhi-ri mediante Ley provincial 694.Artculo 20- Estmase en PESOSTRESCIENTOS NOVENTA YSIETE MILLONES CIENTOTREINTA Y DOS MIL DOS-CIENTOS ONCE ($397.132.211,00.-) las Transferen-cias de Capital de la Nacin y laInversin Financiera Provincial des-tinadas a solventar el Plan de In-versin del Fideicomiso Austral.Artculo 21- Como consecuencia dela difcil situacin de las finanzaspblicas y con el objeto de asegu-rar que el Estado Provincial puedabrindar los servicios esenciales a sucargo, se suspende para el ejerci-cio 2016 todas las incorporacionesque tengan por objeto cubrir las va-cantes existentes al 31 de diciem-bre de 2015 y las que se produzcandurante el ejercicio 2016 por cual-quier causa, pertenecientes a lasPlantas Permanentes con estabili-

    dad del Poder Ejecutivo, como astambin de los organismos descen-tralizados y autrquicos. El PoderEjecutivo, podr a travs del Minis-terio de Economa autorizar excep-ciones en casos en que resulte im-prescindible cubrir vacantes para elmantenimiento de servicios esencia-les para la poblacin o el EstadoProvincial.Facltase al Poder Ejecutivo, Or-ganismos Descentralizados y autr-quicos a producir reestructuracio-nes orgnicas de sus jurisdiccionesy programas, as como a transferiry/o suprimir vacantes de la plantade personal aprobada por la presen-te ley, con la nica limitacin de noincrementar el nmero total de car-gos. El Poder Ejecutivo podr de-signar o reubicar personal tempo-rario, permanente o de planta pol-tica y/o gabinete en las distintas re-particiones de los Organismos Des-centralizados cuando los organismoscuenten con el debido respaldo pre-supuestario en forma previa a ladesignacin o reubicacin del agen-te o funcionario.Ante la crtica situacin del Institu-to Provincial Autrquico de la Se-guridad Social (IPAUSS) y sobrela base de que toda negociacincolectiva en el marco de la Leyprovincial 113 acrecienta el gastoprevisional del organismo de la se-guridad social por el sistema demovilidad jubilatoria provincial(82% mvil), disponer que las par-tes que integren las negociacionescolectivas bajo los mecanismos pre-vistos en la Ley provincial 113 de-bern tener presente y dejar asen-tado en el acta respectiva al mo-mento de acordar un incrementosalarial el gasto que implica la masaprevisional del sector que represen-ta.Artculo 22- Fjese el monto mxi-mo al que se refiere el artculo 79de la Ley provincial 495 en la sumade PESOS TRESCIENTOS MI-LLONES ($ 300.000.000,00.-).Artculo 23- Autorzase al PoderEjecutivo a realizar operaciones decrdito pblico, cuyo vencimientoexceda el Ejercicio, por hasta unmonto equivalente a DLARESESTADOUNIDENSES CIENTOCINCUENTA MILLONES (U$S150.000.000,00.-), as como consti-tuir garantas mediante la afectacinpatrimonial de bienes, derechos orecursos de origen provincial o fe-deral, o bien por la cesin o fideico-miso de derechos o acreencias.

    Dichos instrumentos financieros po-drn ser representativos de deudainterna o externa; ser nominativos,transferibles o intransferibles. Elplazo mnimo de amortizacin serde doce (12) meses y las tasas deinters acordadas no podrn supe-rar las prevalecientes en el merca-do de deuda provincial para obliga-ciones de similares caractersticasal momento de su emisin. Los re-cursos obtenidos podrn ser desti-nados al financiamiento de inversio-nes pblicas, al pago de obligacio-nes financieras, a la adquisicin debienes de capital.Artculo 24- El Poder Ejecutivo de-ber informar a la Legislatura tri-mestralmente, dentro de un plazoimprorrogable de 15 das hbiles, acontar desde el cierre de cada tri-mestre, el estado de la ejecucinpresupuestaria de recursos por ru-bros y gastos de la Administracincentral a nivel de finalidad y objeto,por jurisdiccin y total general, si-tuacin de la tesorera y obligacio-nes a cargo del Tesoro, el stock dela deuda financiera y deuda conso-lidada, cantidad de vacantes produ-cidas detallando si las mismas hansido cubiertas, indicando cargo, ca-tegora y nombre y apellido delagente.La misma obligacin tendrn los or-ganismos descentralizados y orga-nismos descentralizados autrqui-cos, Poder Legislativo, Poder Judi-cial, Fiscala de Estado, Tribunal deCuentas y los Organismos de Se-guridad Social.Artculo 25- Instryese al PoderEjecutivo, a remitir a la Legislatu-ra, dentro de los noventa (90) dasde aprobada la presente, las plani-llas anexas con el desagregado alnivel de apertura correspondiente,segn los Clasificadores Presupues-tarios vigentes, de los Recursos yGastos en los distintos niveles insti-tucionales, a los efectos de su con-trol y seguimiento presupuestario.Artculo 26- Comunquese al PoderEjecutivo.

    DADA EN SESIN ESPECIALDEL DA 30 DE DICIEMBRE DE2015.

    ARCANDO

    - - - 0 - - -

    DECRETO N 0005 05-01-16

    POR TANTO:

    Tngase por Ley N 1061,Comunquese, dse al Boletn Ofi-cial de la Provincia y archvese.

    BERTONEJos D. LABROCA

    LEY PROVINCIAL N 1062

    Sancionada el da 30 de Diciembrede 2015.-Promulgada el da 05 de Enero de2016.-

    LA LEGISLATURA DE LAPROVINCIA DE TIERRA DELFUEGO, ANTARTIDA E ISLAS

    DEL ATLANTICO SURSANCIONA CON FUERZA

    LEY :

    LEY COMPLEMENTARIAPERMANENTE DE

    PRESUPUESTO

    Artculo 1- Desgnase a la presen-te "Ley Complementaria Perma-nente de Presupuesto", la que con-tendr todas aquellas normas decarcter permanente y general quesean aplicadas por los Poderes Eje-cutivo, Legislativo y Judicial y r-ganos de control, organismos des-centralizados y autrquicos para laformulacin y ejecucin del Presu-puesto General de la Provincia.

    CAPTULO IMODIFICACIONESPRESUPUESTARIAS

    Artculo 2- Los poderes Legislati-vo y Judicial podrn realizar las re-estructuraciones y modificacionesque consideren necesarias dentrodel total de erogaciones determina-do en la ley de Presupuesto paracada uno de ellos, debiendo infor-mar al Poder Ejecutivo dentro delos cinco (5) das de realizada la tra-mitacin a efectos de mantener con-solidado el estado presupuestario dela Administracin Central.El Poder Ejecutivo podr realizar lasmismas modificaciones debiendoinformarlas trimestralmente al Po-der Legislativo para su seguimientoy control. Los organismos de con-trol podrn proponer al Poder Eje-cutivo las reestructuraciones y mo-dificaciones que consideren nece-sarias dentro del total de erogacio-nes determinado en dicha ley de Pre-supuesto.El total de erogaciones podr serincrementado solamente como con-

  • 4 AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565secuencia de la obtencin de ma-yores recursos o de financiamientoadicional. En el caso del Poder Eje-cutivo tambin se podr incremen-tar el total de erogaciones cuandose produzcan excedentes financie-ros cuyo traslado de un Ejercicio alsiguiente lo justifique. Dichas mo-dificaciones debern ser informa-das al Poder Legislativo dentro delos diez (10) das de realizadas a losefectos de su seguimiento y con-trol.Los Organismos Descentralizadosy autrquicos podrn proponer mo-dificaciones presupuestarias, las quedebern ser autorizadas por el Mi-nistro de Economa en el marco delas competencias asignadas por laLey de Ministerios vigente, autori-zacin que podr efectuarse, en elcaso de contar con la tecnologaadecuada, mediante la instrumen-tacin de firma digital (Ley provin-cial 633 y Ley nacional 25.506).Artculo 3- El Poder Ejecutivo po-dr modificar el Presupuesto Ge-neral, incorporando las Partidas es-pecficas necesarias o incrementan-do las ya previstas, cuando debarealizar erogaciones originadas porla adhesin a Leyes, Decretos yConvenios Nacionales de vigenciaen el mbito Provincial.Artculo 4- Cuando los OrganismosCentralizados o Descentralizadosintegrantes de la AdministracinGeneral de la Provincia deban asu-mir compromisos en moneda extran-jera, darn intervencin previa alMinisterio de Economa.Artculo 5- Facltase al Poder Eje-cutivo a incrementar el Clculo deRecursos y el Presupuesto de Gas-tos de las Cuentas Especiales cuan-do se justifique que la recaudacinefectiva, para aquellos recursos delibre disponibilidad, del ao ha de sermayor que la calculada, pudiendopara ello efectuar las creaciones dePartidas que fueren menester.

    CAPTULO IIREGIMEN DE PERSONAL

    Artculo 6- Las vacantes de per-sonal permanente que se produzcanen cualquier jurisdiccin, organismoo entidad, de la administracin cen-tralizada o descentralizada, origina-das en renuncias, retiros, jubilacio-nes, o en razones de cualquier otranaturaleza, no podrn ser cubiertasy sus vacantes presupuestarias que-darn automticamente absorbidaspor el Ministerio de Economa cons-

    tituyendo con ellas una reserva decargos cuya cobertura o restitucinal organismo cedente, ser sola-mente atribucin del Poder Ejecu-tivo provincial.En consecuencia, las facultades dedesignacin o contratacin de per-sonal quedan suspendidas para to-dos los entes y organismos del Es-tado provincial, salvo cuando me-dien razones plenamente justifica-das y autorizacin expresa del Po-der Ejecutivo provincial.Las designaciones o contratacionesque se produzcan en violacin a lodispuesto en el presente artculo, se-rn consideradas nulas, y su costoeconmico o cualquier demanda ju-dicial o extrajudicial relacionada conla misma recaer sobre el o los fun-cionarios que procedieron a dichadesignacin o contratacin.Artculo 7- El Poder Legislativo,el Poder Judicial de la Provincia, elTribunal de Cuentas de la Provin-cia y la Fiscala de Estado, podrnprever sus respectivas vacantes, lasque debern ser incluidas en el pro-yecto de Presupuesto del Ejerciciode cada organismo, pero stas nopodrn ser financiadas con recur-sos de la Administracin Central,debiendo entonces procurar lasfuentes de ingresos de recaudacinpropia o bien la disminucin de losgastos, de manera de no incremen-tar las asignaciones presupuestariasque se remesan desde el Tesoro pro-vincial.Dicha limitacin slo podr ser al-terada cuando existan razones defuerza mayor y expreso acuerdo delPoder Ejecutivo de la Provincia.Artculo 8- Los alcances de lo es-tipulado en el artculo 9 de la LeyProvincial 1060 ser de aplicacinnicamente a los entes de ese ca-rcter que integren el Sector Pbli-co No Financiero.

    CAPTULOCOLOCACIONES

    FINANCIERAS

    Artculo 9- El Poder Ejecutivo pro-vincial tendr atribuciones para ac-tuar sin autorizacin previa de la Le-gislatura provincial, cuando se acu-da a financiamiento de corto plazo,cuya amortizacin no exceda elperodo de doce (12) meses, desti-nado a cubrir eventuales desequili-brios estacionales de caja, hasta elmonto total equivalente al diez porciento (10 %) del total de los gas-tos aprobados mediante la Ley de

    Presupuesto General del ejerciciocorrespondiente.Artculo 10- El Poder Ejecutivo po-dr solicitar prstamos de corto pla-zo ante el agente financiero de laProvincia cuando se produzcan des-equilibrios estacionales de caja ga-rantizando la amortizacin de losmismos dentro del mes que se soli-citen, con afectacin de recursoscorrientes provenientes de la Co-participacin Federal de Impuestos,y en la proporcin que de acuerdoa la normativa vigente le correspon-da.

    CAPTULO IVFONDO UNIFICADO DECUENTAS OFICIALES

    Artculo 11- Disponer que el rga-no central de los sistemas de admi-nistracin financiera en funcin ala competencias asignadas por laLey provincial 495 abrir ante elAgente financiero de la Provinciala cuenta denominada Fondo Unifi-cado de Cuentas Oficiales (FUCO)que estar integrado por los saldosde las cuentas corrientes del sectorpblico provincial a nombre y or-den de ministerios, secretarias,cuentas especiales, cuyos presu-puestos de gastos y clculo de re-cursos integren el presupuesto ge-neral de la administracin provin-cial y se encuentren abiertas en elBanco Provincia de Tierra del Fue-go y las que fueren abiertas en elfuturo. Las mismas sern individua-lizadas por la reglamentacin.Artculo 12- Establecer que lascuentas que integren el Fondo Uni-ficado de Cuentas Oficiales(FUCO) debern registrar diaria-mente los movimientos habitualesoriginados por los dbitos y crdi-tos dispuestos por sus respectivostitulares, conservando cada una deellas su autonoma e independenciacontable y libertad para la disposi-cin de sus fondos.Artculo 13- Disponer que el Ban-co Provincia de Tierra del Fuegodeber informar diariamente a laTesorera General de la Provinciala sumatoria de los saldos de lascuentas que integran el Fondo Uni-ficado, el saldo de la cuenta corrien-te denominada Fondo Unificado deCuentas Oficiales (FUCO) y el sal-do de la cuenta corriente denomi-nada Cuenta Unificada del Tesoro(CUT), que en caso de ser deudorse deber ver reflejado en una cuen-ta corriente sin uso de cheques que

    al efecto abrir la Tesorera Gene-ral en el Banco Provincia de Tierradel Fuego.Artculo 14- Disponer que la Teso-rera General en funcin a las com-petencias asignadas por la Ley pro-vincial 495 podr utilizar en carc-ter de anticipo hasta el 100% (cienpor ciento) de los importes deposi-tados en el Fondo Unificado deCuentas Oficiales (FUCO), paracubrir necesidades transitorias delTesoro Provincial.Artculo 15- Ordenar que la Teso-rera General se deber abstener deutilizar los saldos del Fondo Unifi-cado de Cuentas Oficiales (FUCO)cuando el Banco Provincia de Tie-rra del Fuego encuentre dificultadpara la integracin del efectivo m-nimo dispuesto por el Banco Cen-tral de la Repblica Argentina o seafecte excesivamente su capacidadprestable.

    CAPTULO V

    Artculo 16- Facltase al Poder Eje-cutivo Provincial, a travs del r-gano Rector del Sistema de Teso-rera, a los efectos de equilibrar laCuenta nica del Tesoro (CUT) yposibilitar una racional utilizacin delos recursos, a disponer librementede las sumas que al 31 de diciem-bre de cada Ejercicio compongancuentas o fondos especiales o es-pecficos, y no se encuentren de-vengados ni comprometidos a dichafecha en la ejecucin de gastos. Enconsecuencia dicha autoridad que-da facultada a disponer en formainmediata su desafectacin y acre-ditacin a rentas generales del Te-soro de la Provincia, como as tam-bin queda facultada a la desafec-tacin de los saldos de las cuentasespecficas cuya normativa de crea-cin haya cesado en su vigencia.Quedan exceptuados del presente,los fondos nacionales con destinoespecfico.Artculo 17- En todos los juicios quese sustancien entre organismos delEstado provincial y/o de los munici-pios, slo podrn intervenir comoapoderados y/o patrocinantes losabogados que revisten como agen-tes dependientes de los mismos, nopudiendo ninguno de ellos cobrarhonorarios ni a su representado opatrocinado como as tampoco alotro organismo estatal provincial y/o municipal que resulte condenadoen costas.Artculo 18- Autorzase al Poder

  • AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565 5Ejecutivo provincial a travs de laContadura General de la Provincia,a efectuar la compensacin de cr-ditos y deudas que el Gobierno pro-vincial tenga con los organismosdescentralizados, autrquicos o no.La misma autorizacin se estable-ce para con los otros Poderes delEstado provincial. El resultado netode estas operaciones se incorpora-r dentro del ejercicio que se en-cuentre en vigencia como crditoso deudas en la contabilidad patri-monial de la Administracin Pbli-ca provincial.Artculo 19- Autorzase al PoderEjecutivo Provincial a contratarobras, bienes y servicios medianteel sistema por "iniciativa privada",por "concesin de obra", y median-te otros sistemas en la modalidaddenominada "llave en mano" a ex-clusivo riesgo del contratista. El Po-der Ejecutivo reglamentar las nor-mas especficas de dichos sistemasen funcin de la normativa legal pre-existente, la experiencia y antece-dentes jurdicos en el sector pbliconacional, provincial y municipal. Alos fines de lo dispuesto en el pre-sente artculo, el procedimiento seregir de acuerdo a lo dispuesto enlos Decretos Nacionales N 966 y967/05 y dems leyes nacionalesque rigen en la materia.Artculo 20- La Ley de Presupues-to prevalece sobre toda otra ley quedisponga o autorice gastos. Todanueva ley que disponga o autoricegastos no ser aplicada hasta tantono sea modificada la Ley de Presu-puesto General de la AdministracinProvincial, para incluir en ella sinefecto retroactivo, los crditos ne-cesarios para su atencin.Ser nulo todo acto otorgado o con-trato firmado por cualquier autori-dad, aun cuando fuere competente,si de ello resultare la obligacin depagar sumas de dinero que no estu-vieran contempladas en la Ley dePresupuesto. En todo proyecto deley o decreto que, directa o indirec-tamente, modifique la composicino el contenido del Presupuesto Ge-neral, deber tener intervencin pre-via del Ministerio de Economa, casocontrario ser considerado nulo.Artculo 21- Derguese los artcu-los 20, 23, 25 y 26 de la Ley provin-cial 512; el artculo 18 de la Leyprovincial 805; el artculo 28 de laLey provincial 905 y los artculos17, 18, 19, 21, 23, 29 y 31 de la Leyprovincial 959.Artculo 22- Comunquese al Poder

    Ejecutivo.

    DADA EN SESIN ESPECIALDEL DA 30 DE DICIEMBRE DE2015.

    ARCANDO

    - - - 0 - - -

    DECRETO N 0006 05-01-16

    POR TANTO: Tngase por Ley N 1062,Comunquese, dse al Boletn Ofi-cial de la Provincia y archvese.

    BERTONEJos D. LABROCA

    LEY PROVINCIAL N 1063

    Sancionada el da 30 de Diciembrede 2015.-Promulgada el da 05 de Enero de2016.-

    LA LEGISLATURA DE LAPROVINCIA DE TIERRA DELFUEGO, ANTARTIDA E ISLAS

    DEL ATLANTICO SURSANCIONA CON FUERZA DE

    LEY :

    TITULO I

    EMERGENCIA DE LAINFRAESTRUCTURA

    EDILICIA DEESTABLECIMIENTOS

    EDUCATIVOS

    Artculo 1- Declrese, la emergen-cia de la infraestructura edilicia - apartir de la fecha de promulgacinde la presente ley - de los estable-cimientos educativos en todas susmodalidades y niveles del sistemade gestin estatal de la Provinciade Tierra del Fuego por el trminode doce (12) meses, con el objetode garantizar el normal desarrollode las actividades pedaggicas,como as tambin asegurar la plenacapacidad y funcionalidad del ser-vicio educativo.Artculo 2- Entindase en el mar-co de la presente por "infraestruc-tura de los establecimientos", el con-junto de obras y servicios bsicosque sean considerados imprescin-dibles a los efectos de alcanzar lasmetas de restablecimiento de capa-cidad funcional de los edificios yeficaz prestacin de servicios indis-pensables para el funcionamiento

    operativo de las reas involucradasen sta medida de emergencia.Artculo 3- A los efectos de lo dis-puesto en la presente ley, debernconsiderarse prioritarias la ejecu-cin de las obras y reformas nece-sarias que posibiliten el inicio nor-mal del ciclo lectivo 2016.A tal fin, de poder priorizar urgen-cias de ejecucin, debern conside-rarse especialmente todas aquellasmedidas, obras o acciones que ha-gan al establecimiento y/o restable-cimiento de las condiciones de se-guridad y habitabilidad de los edifi-cios escolares. En particular, las ac-ciones que garanticen del normalfuncionamiento de suministro de losservicios bsicos de electricidad,gas, agua y sanitarios a dichos es-tablecimientos.Artculo 4- El Poder Ejecutivo, atravs del Ministerio de Educacindeber elaborar un plan de trabajoreferido a la emergencia de la in-fraestructura edilicia declarada porla presente ley. A tal efecto deberestablecer pautas para la repara-cin, refaccin y reacondicionar-niento de los edificios escolares degestin estatal que no cuenten conuna infraestructura acorde a las nor-mas de seguridad.Asimismo deber coordinar con laSecretara de Obras y ServiciosPblicos la ejecucin de las contra-taciones y obras que tengan por ob-jeto el cumplimiento de los objeti-vos previstos en el artculo 3 de lapresente.Artculo 5- Las compras y contra-taciones de bienes y servicios quedeban realizarse o generen compro-miso presupuestario con anteriori-dad al 31 de marzo de 2016 con elobjeto de posibilitar el inicio del ci-clo lectivo, as como las obras derefaccin y mantenimiento que ten-gan el mismo objeto en el mismoperodo, podrn ser contratadasmediante el procedimiento de lici-tacin privada en virtud de las ra-zones excepcionales declaradas enla presente ley o de manera directamediante el procedimiento estable-cido en el artculo 18, inciso b) de laLey provincial 1.015 y lo estableci-do en el artculo 9, inciso c) de laLey nacional 13.064; autorizndo-se la utilizacin de dichos procedi-mientos hasta las sumas indicadasen el jurisdiccional de emergenciacreado a tal efecto y que se detallaen el Anexo I de la presente ley.Artculo 6- Con relacin a lasobras en ejecucin, stas se conti-

    nuarn ejecutando conforme cadaprograma de trabajo e independien-temente de las formas de contrata-cin bajo las cuales hayan sido opor-tunamente adjudicadas y/o contra-tadas, sujetas al cumplimiento de lascondiciones de adjudicacin y/ocontratacin originales.Artculo 7- El Ministerio de Edu-cacin deber:1. elaborar un informe pormenori-zado por cada establecimiento re-levado con detalle de las obras yreformas realizadas y proyectadas2. organizar un legajo documentalfoliado por cada establecimiento,donde se archiven las evaluacionesde necesidades hechas por organis-mos tcnicos y solicitudes cursadaspor las distintas dependencias pro-vinciales.3. elaborar y elevar a la Legislaturaun informe a los 45 das de finaliza-da la emergencia, pormenorizandoal total de las obras, gastos y todootro detalle que corresponda a lasobras ejecutadas y/o en ejecucinen el marco de la presente ley.

    TTULO II

    EMERGENCIA DELSISTEMA SANITARIO

    Artculo 8- Declrese la emergen-cia del sistema sanitario - a partirde la fecha de promulgacin de lapresente - en la Provincia de Tierradel Fuego por el trmino de doce(12) meses.El Poder Ejecutivo, a travs del Mi-nisterio de Salud, deber elaborarun plan de contingencias en todoslos niveles prestacionales, priorizan-do la continuidad de las accionespreventivas y de promocin de pro-gramas de salud, maternidad e in-fancia, atencin primaria, hospita-laria, pre y post hospitalaria, garan-tizando la distribucin equitativa derecursos financieros y materiales entodo el territorio provincial.Artculo 9- El Ministerio de Saludde la Provincia deber elaborar yaprobar un Plan Director de infra-estructura para la refuncionalizacinmejoramiento y ampliacin de losHospitales Regionales y Perifricosde las ciudades de Ro Grande, Tol-huin y Ushuaia, con la colaboracinde la Secretara de Obras Pblicasde la Provincia. Las compras, obraso contrataciones que integren elPlan Director de Infraestructuramencionadas en el prrafo anteriorpodrn ser contratadas mediante el

  • 6 AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565procedimiento de licitacin privadaen virtud de las razones excepcio-nales declaradas en la presente leyo de manera directa mediante el pro-cedimiento establecido en el artcu-lo 18, inciso b) de la Ley provincial1.015 y lo establecido en el artculo90, inciso c) de la Ley nacional13.064; autorizndose la utilizacinde dichos procedimientos hasta lassumas indicadas en el jurisdiccionalde emergencia creado a tal efectoy que se detalla en el Anexo I de lapresente ley.Artculo 10- Las contrataciones debienes de consumo, servicios no per-sonales y bienes de uso que debanrealizarse para garantizar el normalfuncionamiento del servicio de sa-lud, en el mbito del Ministerio deSalud, se consideran comprendidasdentro de las acciones que, en ra-zn de la emergencia, y por el plazoestablecido en la presente, puedencontratarse de manera directa, me-diante el procedimiento establecidoen el artculo 18, inciso b) de la Leyprovincial 1.015.

    TTULO III

    EMERGENCIA DE LOSSERVICIOS DE PROVISIN

    DE AGUA POTABLE, YTRATAMIENTO DEEFLUENTES EN LA

    CIUDAD DE USHUAIA

    Artculo 11- Declarar el estado deemergencia de carcter urbano,ambiental, sanitario y de infraes-tructura, a partir de la fecha de pro-mulgacin de la presente ley, y porel trmino de doce (12) meses, aefectos de la realizacin de las obrasnecesarias y la implementacin delas acciones tendientes al restable-cimiento de la regular prestacin delservicio de provisin regular de aguapotable, tratamiento de efluentes yla remediacin de los daos produ-cidos como consecuencia del actualestado de la Cuenca Hdrica de laCiudad de Ushuaia.Artculo 12- Establecer que las ac-ciones que demande el cumplimien-to de los objetivos previstos en elartculo anterior estarn a cargo delas entidades y jurisdicciones concompetencia para implementarlas,conforme la legislacin vigente enla materia. Las jurisdicciones com-prendidas podrn ejecutar obras ycontratar la prestacin de servicioso suministros o adquirir bienes, condestino al cumplimiento y la reali-

    zacin de las medidas conducentesa fin de evitar y/o disminuir las ano-malas o efectos negativos produc-to del estado de emergencia queafecta a la citada Cuenca.Las compras, obras o contratacio-nes comprendidas en el prrafo an-terior podrn ser contratadas me-diante el procedimiento de licitacinprivada en virtud de las razones ex-cepcionales declaradas en la pre-sente ley o de manera directa me-diante el procedimiento establecidoen el artculo 18, inciso b) de la Leyprovincial 1.015 y lo establecido enel artculo 9, inciso c) de la Leynacional 13.064; autorizndose lautilizacin de dichos procedimien-tos hasta las sumas indicadas en eljurisdiccional de emergencia crea-do a tal efecto y que se detalla enel Anexo I de la presente ley.Artculo 13- Incorprese el artculo18 bis a la Ley territorial 158, el quequedar redactado de la siguienteforma:"Artculo 18 bis.- Establecer que enel caso de corte de la prestacin delservicio de suministro de agua porresponsabilidad de la DPOSS, seestablecer el siguiente descuentoen el importe de la factura por par-te de la Direccin. Por cada da decorte del servicio de suministro quese prolongue por ms de seis (6)horas continuas se descontar a losusuarios afectados el OCHO PORCIENTO (8,00%) del total de lafactura, hasta alcanzar la totalidad.".

    TTULO IVDISPOSICIONES COMUNES

    Artculo 14- Durante el plazo de laemergencia, y respecto de las lici-taciones pblicas, se habilita un pro-cedimiento de excepcin por el quese abrevian los plazos para la con-tratacin de las obras comprendi-das en la presente Ley. Con tal ob-jeto, se establece que dichas con-trataciones debern ser publicadastanto en internet como en el Bole-tn Oficial por el trmino de dos (2)das, un (1) da en un diario de dis-tribucin masiva, y con seis (6) dasde anticipacin a la fecha previstapara la apertura de ofertas, con co-municacin a las Cmaras Empre-sariales.Artculo 15- Los Ministerios y ju-risdicciones administrativas que eje-cuten las acciones previstas en lapresente Ley, debern elevar a laLegislatura, por intermedio del Mi-nistro Jefe de Gabinete, un informe

    trimestral circunstanciado de las ac-ciones ejecutadas en el marco deesta Ley.Artculo 16- Facltese al Poder Eje-cutivo a realizar las adecuacionespresupuestarias que fueren menes-ter a fin de cumplimentar las dispo-siciones de la presente LeyArtculo 17- Invitar a las Municipa-lidades de Ushuaia, Tolhuin y RoGrande a adherir a las previsionesde la presente ley.Artculo 18- El Poder Ejecutivo de-terminar en la reglamentacin queal efecto dicte los aspectos nece-sarios para la implementacin de lapresente ley.Artculo 19- Derogar la Ley 1002.Artculo 20- Comunquese al PoderEjecutivo.

    DADA EN SESIN ESPECIALDEL DA 30 DE DICIEMBRE DE2015.

    ARCANDO

    - - - 0 - - -

    DECRETO N 0007 05-01-16

    POR TANTO: Tngase por Ley N 1063,Comunquese, dse al Boletn Ofi-cial de la Provincia y archvese.

    BERTONELeonardo G. GORBACZ

    LEY PROVINCIAL N 1064

    Sancionada el da 30 de Diciembrede 2015.-Promulgada el da 05 de Enero de2016.-

    LA LEGISLATURA DE LAPROVINCIA DE TIERRA DELFUEGO, ANTARTIDA E ISLAS

    DEL ATLANTICO SURSANCIONA CON FUERZA DE

    LEY :

    Artculo 1- Aprubase el Conve-nio registrado bajo el N 103/15 delregistro del Instituto Provincial deVivienda (I.P.V.), celebrado en fe-cha 18 de noviembre de 2014 entrela Subsecretara de Desarrollo Ur-bano y Vivienda de la Secretara deObras Pblicas del Ministerio dePlanificacin Federal, InversinPblica y Servicios de la Nacin yel Instituto Provincial de Vivienda(I.P.V.), en el marco del "Progra-ma Federal de Integracin Socio-

    comunitaria".Artculo 2- Autorzase al InstitutoProvincial de Vivienda (I.P.V.) aefectuar la contratacin directa dela "Cooperativa de Trabajo CasaBase Limitada", Matrcula N54087, para la ejecucin de diez(10) viviendas por la suma de PE-SOS SEIS MILLONES QUI-NIENTOS VEINTIOCHO MIL ($6.528.000,00.-) en el marco delConvenio referido en el Artculo 1de la presente Ley y del "ProgramaFederal de Integracin Sociocomu-nitaria".Artculo 3- Aprubase el proyectode convenio a suscribirse entre elInstituto Provincial de Vivienda(I.P.V.) y la "Cooperativa de Tra-bajo Casa Base Limitada", para laejecucin de la obra mencionada enel artculo precedente, que formaparte integrante de la presentecomo Anexo I.Artculo 4- Facltase al InstitutoProvincial de Vivienda (I.P.V.) acelebrar y/o emitir todos aquellosactos que fueran necesarios a losefectos del cumplimiento de la pre-sente ley.Artculo 5- Comunquese al PoderEjecutivo.

    DADA EN SESIN ESPECIALDEL DA 30 DE DICIEMBRE DE2015.

    ARCANDO

    - - - 0 - - -

    DECRETO N 0008 05-01-16

    POR TANTO: Tngase por Ley N 1064,Comunquese, dse al Boletn Ofi-cial de la Provincia y archvese.

    BERTONELeonardo G. GORBACZ

    DECRETO N 3106 30-12-15

    VISTO la Ley de Ministerios N1060; y

    CONSIDERANDO:Que en su artculo 11 incisos 12),13) y 15), establece los alcances yobjetivos de la publicidad de los ac-tos de gobierno.Que el acceso a la informacin p-blica es un derecho fundamentalconsagrado por la Constitucin Na-cional y la Constitucin Provincial.Que la Resolucin Plenaria del Tri-

  • AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565 7bunal de Cuentas N 12/96 estable-ci Pautas Mnimas para la contra-tacin de publicidad.Que es preciso establecer un me-canismo de contratacin de publici-dad oficial de los actos de Gobiernoque garantice su eficacia y eficien-cia.Que la suscripta se encuentra fa-cultada para dictar el presente actoadministrativo en virtud de lo dis-puesto por el artculo 135 de laConstitucin Provincial,

    Por ello:LA GOBERNADORA DE LA

    PROVINCIA DE TIERRA DELFUEGO, ANTRTIDA E ISLAS

    DEL ATLNTICO SURDECRETA:

    ARTCULO 1- Reglamntase pormedio del presente la asignacin delgasto previsto en el PresupuestoProvincial para la Publicidad Ofi-cial.ARTCULO 2- Se entiende porPublicidad Oficial todo acto de co-municacin efectuado por cualquierdependencia u organismo del Po-der Ejecutivo Provincial, organismosdependientes, autrquicos y descen-tralizados, a travs de un espaciopublicitario gratuito o contratado,bajo cualquier modalidad y en cual-quier soporte .ARTCULO 3- La adjudicacin depublicidad oficial se regir por losprincipios de inters general, trans-parencia en el proceso de contrata-cin, eficacia y eficiencia en la di-fusin del mensaje.ARTCULO 4- La publicidad ofi-cial debe servir a uno o ms de lossiguientes propsitos:a) Informar a la sociedad sobre po-lticas pblicas, programas y servi-cios.b) Informar a la sociedad sobre de-rechos y obligaciones.c) Fomentar o desalentar un com-portamiento social especfico en in-ters de la comunidad.d) Promover la inversin de capita-les en la actividad econmica.e) Informar respecto de conductasa adoptar por los habitantes antesituaciones de emergencia.f) Promover la adquisicin de bie-nes y servicios producidos y/o co-mercializados por entidades e insti-tuciones del Estado Provincial.ARTCULO 5- Los medios de co-municacin y producciones inde-pendientes interesados en contra-tar con el Estado Provincial debe-

    rn cumplir con los siguientes re-quisitos:a) Inscripcin en el Registro de Pro-veedores.b) Inscripcin en Direccin Provin-cial de Rentas y no registrar deu-das ante esa Dependencia.c) No registrar deudas impositivasni previsionales ante la Administra-cin Federal de Ingresos Pblicos.d) Cumplir regularmente con lasobligaciones laborales de acuerdoal artculo 64 de la Ley NacionalN 12.908.e) Inscripcin provisoria o definiti-va ante la Autoridad Federal deServicios de Comunicacin Audio-visual, en caso de corresponder.ARTCULO 6- Peridicamente, elMinisterio Jefatura de Gabinete dis-pondr la realizacin de un releva-miento de medios de comunicacin,a los fines de determinar niveles depenetracin, perfiles de pblico, pre-cios de referencia y todo otro datoque sea de utilidad para dar cum-plimiento con el artculo 3 del pre-sente Decreto.ARTICULO 7- Provisoriamente,y hasta tanto se realice el releva-miento citado en el prrafo ut su-pra, el Ministerio de Jefatura deGabinete requerir a la Secretarade Comunicacin la elaboracin delos informes tcnicos necesariospara cumplir con lo establecido enel presente Decreto.ARTICULO 8- Los organismosque requieran publicidad oficial de-bern remitir a la Secretara de Co-municacin Pblica pedido funda-do, detallando el objetivo de la difu-sin conforme lo establecido en elartculo 4 del presente Decreto, sinperjuicio de los requerimientos quesurjan de la propia Secretara.ARTICULO 9- La Secretara deComunicacin Pblica, evaluar laadecuacin del pedido a las pautasestablecidas por el presente Decre-to y disear, por s o a travs deterceros, la pieza comunicacionalms adecuada.ARTICULO 10- La Secretara deComunicacin Pblica, elevar alMinisterio Jefatura de Gabinete,para su aprobacin, un informe tc-nico de asignacin de PublicidadOficial, aconsejando los medios msadecuados para la difusin requeri-da, de acuerdo a criterios de efica-cia y eficiencia en la aplicacin delgasto, tipo de pblico al que va diri-gido el mensaje y/o masividad se-gn corresponda, zona de influen-cia y perfil comunicacional del me-

    dio.ARTICULO 11- Los gastos quedemande el cumplimiento del pre-sente sern imputados a la UGG8539 inciso 3 del ejercicio econ-mico en vigencia.ARTICULO 12- Derganse losDecretos Provinciales N 183/08;N 846/08 y N 873/09 y toda otranorma que se oponga a la presente.ARTCULO 13- De forma.

    BERTONELeonardo A. GORBACZ

    DECRETO N 3110 30-12-15

    ARTCULO 1- Cancelar la desig-nacin en Planta Permanente de laAdministracin Pblica Provincial,de los agentes identificados en elAnexo integrante del presente, apartir del da siguiente al de su noti-ficacin. Ello, de conformidad a losconsiderandos precedentes.ARTCULO 2- Notificar a los in-teresados con copia autenticada delpresente, hacindoles saber que po-drn interponer recurso de recon-sideracin, dentro de los diez (10)das hbiles administrativos de no-tificado el presente acto, de confor-midad a lo establecido en el artcu-lo 127 de la Ley Provincial 141.ARTCULO 3- Comunicar a quie-nes corresponda. Dar al BoletnOficial de la Provincia y archivar.

    BERTONEGastn A. DIAZ

    DECRETO N 3111 30-12-15

    ARTCULO 1- Cancelar la desig-nacin en Planta Permanente de laAdministracin Pblica Provincial,de los Agentes identificados en elAnexo I del presente, a partir delda siguiente al de su notificacin.Ello, de conformidad a los conside-randos precedentes.ARTCULO 2- Notificar a los in-teresados, con copia autenticada depresente, hacindole saber que po-drn interponer recurso de recon-sideracin, dentro de los diez (10)das hbiles administrativos de no-tificado el presente acto, de confor-midad a lo establecido en el artcu-lo 127 de la Ley Provincial N 141.ARTICULO 3- Comunicar a quie-nes corresponda. Dar al BoletnOficial de la Provincia y archivar.

    BERTONEMarcos A. COLMAN

    DECRETO N 3112 30-12-15

    ARTICULO 1- Cancelar la desig-nacin en Planta Permanente de laAdministracin Pblica Provincial,de los Agentes identificados en elAnexo I que forma parte integran-te del presente, a partir del da si-guiente al de su notificacin. Ello,de conformidad a los consideran-dos precedentes.ARTICULO 2- Notificar a los in-teresados, con copia autenticada delpresente, hacindole saber que po-drn interponer recurso de reconsi-deracin, dentro de los diez (10) dashbiles administrativos de notifica-do el presente acto, de conformi-dad a lo establecido en el artculo127 de la Ley Provincial 141.ARTCULO 3- Comunicar a quie-nes corresponda. Dar al Boletn Ofi-cial de la Provincia y archivar.

    BERTONEPaula E. GARGIULO

    DECRETO N 3113 30-12-15

    ARTICULO 1- Cancelar la desig-nacin en Planta Permanente de laAdministracin Pblica Provincial,de los Agentes identificados en elAnexo I integrante del presente, apartir del da siguiente al de su noti-ficacin. Ello por los motivos ex-puestos en los considerandos.ARTCULO 2- Notificar a los in-teresados, con copia autenticada,hacindole saber que podr inter-poner recurso de reconsideracin,dentro de los diez (10) (las hbilesadministrativos de notificado el pre-sente acto, de conformidad a lo es-tablecido en el artculo 127 de la LeyProvincial N 141.ARTICULO 3- Comunicar a quie-nes corresponda. Dar al Boletn Ofi-cial de la Provincia y archivar.

    BERTONEPablo D. RIVAROLA

    DECRETO N 3114 30-12-15

    ARTCULO 1- Cancelar la desig-nacin en Planta Permanente de laAdministracin Pblica Provincial,de los Agentes identificados en elAnexo I del presente, a partir delda siguiente al de su notificacin.Ello, de conformidad a los conside-randos precedentes.ARTCULO 2- Notificar a los in-teresados, con copia autenticada depresente, hacindole saber que po-

  • 8 AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565drn interponer recurso de reconsi-deracin, dentro de los diez (10) dashbiles administrativos de notifica-do el presente acto, de conformi-dad a lo establecido en el artculo127 de la Ley Provincial N 141.ARTCULO 3- Comunicar a quie-nes corresponda. Dar al BoletnOficial de la Provincia y archivar.

    BERTONELeonardo A. GORBACZ

    DECRETO N 3115 30-12-15

    VISTO el Expediente N 23405-EC/2015 del registro de esta Go-bernacin; y

    CONSIDERANDO:Que mediante el citado expedientese tramita el pago de los haberes,asignaciones familiares y contribu-ciones patronales de los funciona-rios y agentes de la AdministracinCentral, correspondiente al mes deDiciembre 2015.Que la Direccin General de Ha-beres ha efectuado los clculos co-rrespondientes, en base a la infor-macin ingresada por la Secretarade Gestin de Recursos Humanos,con relacin a las altas, bajas y/omodificaciones de situacin de re-vista de los agentes al cierre prees-tablecido de cada mes.Que el mismo incluye el pago delos adicionales, guardias, horas ex-tras, establecidos mediante actasacuerdos homologados e instrumen-tos legales pertinentes.Que la Direccin General de Ha-beres procede a determinar el gas-to en concepto de inciso 1.Que la modalidad, forma y fechade pago de los haberes estar suje-ta al Cronograma de Pago que es-tablezca el Ministerio de Economa.Que la suscripta se encuentra fa-cultada para dictar el presente actoadministrativo en virtud de lo dis-puesto en el artculo 135 de la Cons-titucin Provincial.

    Por ello:LA GOBERNADORA DE LA

    PROVINCIA DE TIERRA DELFUEGO, ANTRTIDA E ISLAS

    DEL ATLNTICO SURDECRETA:

    ARTICULO 1- Autorizar y apro-bar la liquidacin de Haberes y Con-tribuciones Patronales efectuadapor la Direccin General de Habe-res correspondiente al mes de Di-

    ciembre 2015, para los agentes yfuncionarios de la AdministracinCentral, por un total de PESOSQUINIENTOS CINCUENTA YDOS MILLONES CUATRO-CIENTOS CUARENTA YOCHO MIL SETECIENTOS SE-SENTA Y UNO CON 69/100 ($552.448.761,69) segn se discrimi-na en Anexo I.ARTCULO 2- Imputar las eroga-ciones del artculo 1 a las partidaspresupuestarias del Ejercicio 2015,detalladas en el Anexo I que formaparte integrante del presente.ARTCULO 3- Establecer moda-lidad, forma y fecha de pago de loshaberes, mediante Cronograma dePago que disponga el Ministerio deEconoma.ARTICULO 4- De forma.

    BERTONEJos D. LABROCA

    DECRETO N 3116 30-12-15

    ARTICULO 1- Autorizar al seorMinistro Jefe de Gabinete, Leonar-do Ariel GORBACZ, D.N.I. N18.130.384, a ausentarse de la Pro-vincia por razones particulares, apartir del da treinta (30) de diciem-bre de 2015. Ello por los motivosexpuestos en el exordio.ARTCULO 2- De forma.

    BERTONEGastn A. DIAZ

    DECRETO N 3117 30-12-15

    ARTICULO 1- Desgnese Direc-tor del Banco Provincia de Tierradel Fuego, al seor Claudio MartnGOLONBEK, D.N.I. N14.868.966, a partir del da de lafecha.ARTCULO 2- De forma.

    BERTONEGastn A. DIAZ

    DECRETO N 3118 30-12-15

    ARTCULO 1- Desgnese Direc-tor del Banco Provincia de Tierradel Fuego, al seor Andrs VASI-LIADIS, D.N.I. N 14.526.619, apartir del da de la fecha.ARTCULO 2- De forma.

    BERTONEGastn A. DIAZ

    DECRETO N 3119 30-12-15

    ARTCULO 1- Autorizar la comi-sin de servicio, a favor de los agen-tes Ramn Timoteo GONZALEZ,legajo N 17392464/00, categora18 P.A. y T., y Rubn Andrs TRE-PATT, legajo N 16465549/00, ca-tegora 18 P.O.M. y S., quienestrasladarn a un grupo de folkloris-tas de la ciudad de Ro Grande, losque participarn de eventos en lasciudades de Laborde y Cosquin,ambos de la Provincia de Crdoba,desde el da 3 de enero de 2016hasta el da 20 de enero de 2016.Ello, por los motivos expuestos enl exordio.ARTCULO 2- Dicho traslado noocasionar gasto al Estado Provin-cial.ARTCULO 3- Notificar a los in-teresados, Comunicar, dar al Bole-tn Oficial de la Provincia y archi-var.

    BERTONEGastn A. DIAZ

    DECRETO N 3120 30-12-15

    ARTCULO 1- Cancelar la desig-nacin en Planta Permanente de laAdministracin Pblica Provincial,de la Agente Natalia Vanesa ZE-BALLES, DNI N 32.136.083, apartir del da siguiente al de su noti-ficacin. Ello, de conformidad a losconsiderandos precedentes.ARTCULO 2- Notificar a la in-teresada, con copia autenticada depresente, hacindole saber que po-dr interponer recurso de reconsi-deracin, dentro de los diez (10)das hbiles administrativos de no-tificado el presente acto, de confor-midad a lo establecido en el artcu-lo 127 de la Ley Provincial N 141.ARTCULO 3- Comunicar a quie-nes corresponda. Dar al BoletnOficial de la Provincia y archivar.

    BERTONEGastn A. DIAZ

    DECRETO N 3121 30-12-15

    ARTCULO 1- Promover a partirdel primero (1) de enero del ao2016 al Personal de la Polica de laProvincia que revista en los esca-lafones de Seguridad, Profesional yCivil, pertenecientes a los cuadrosSuperior y Subalterno, de acuerdoa las jerarquas que se mencionanen los Anexos I a XXI, que formanparte del presente.ARTCULO 2- Promover con re-

    troactividad al primero (1) de ene-ro del ao 2015 al Personal de laPolica de la Provincia que revistaen los cuadros Superior y Subalter-no, de acuerdo a las jerarquas quese mencionan en el Anexo XXII,que forma parte del presente, ubi-cndolos escalafonariamente en loslugares que les correspondiere.ARTCULO 3- Promover con re-troactividad al primero (1) de ene-ro del ao 2014 al Personal de laPolica de la Provincia que se men-ciona en el Anexo XXIII, que for-ma parte del presente, ubicndoloescalafonariamente en el lugar quele correspondiere.ARTCULO 4- Promover con re-troactividad al primero (1) de ene-ro del ao 2011 al Personal de laPolica de la Provincia que se men-ciona en el Anexo XXIV, que for-ma parte del presente, ubicndoloescalafonariamente en el lugar quele correspondiere.ARTCULO 5- El gasto que de-mande el cumplimiento del presen-te ser imputado a la Unidad deGestin de Gasto N 7630 corres-pondiente al ejercicio econmico yfinanciero en vigencia.ARTCULO 6- Notificar a los in-teresados, comunicar. Dar al Bole-tn Oficial de la Provincia y archi-var.

    BERTONEGastn A. DIAZ

    DECRETO N 3122 30-12-15

    ARTCULO 1- Promuvase algrado inmediato superior, al perso-nal superior y subalterno del Servi-cio Penitenciario Provincial que fi-gura en los Anexos I, II, III y IV, apartir del da primero (1) de enerode 2016, ubicndolos escalafonaria-mente en el lugar y con la antige-dad que les correspondiere, en vir-tud a lo expuesto en los conside-randos.ARTICULO 2- Resrvese en elPresupuesto 2016, las vacantesque se mencionan en el Anexo Vdel presente, ello de resolverse afavor la situacin administrativa,conforme los trminos y plazos pre-vistos por la normativa en vigen-cia.ARTICULO 3- El gasto que de-mande el cumplimiento del presen-te deber imputarse a la Unidad deGestin de Gastos N 7650, delejercicio econmico financiero envigencia.

  • AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565 9ARTICULO 4- De forma.

    BERTONEGastn A. DIAZ

    DECRETO N 0001 05-01-16

    ARTCULO 1- A partir del dacuatro (04) de enero de 2016, rea-sumi sus funciones el seor Mi-nistro Jefe de Gabinete, Lic. Leo-nardo Ariel GORBACZ.ARTCULO 2- De forma.

    BERTONEEmiliano V. OLMEDO

    DECRETO N 0002 05-01-16

    VISTO la necesidad de designar re-presentantes de la Provincia de Tie-rra del Fuego, Antrtida e Islas delAtlntico Sur, ante la "Comisin Ar-bitral y Comisin Plenaria del Con-venio Multilateral del 18-08-77"; y

    CONSIDERANDO:Que la persona indicada para de-sempearse como representante ti-tular ante la Comisin mencionadaes el seor Secretario de IngresosPblicos, C.P. Luis Mara CAPE-LLANO, D.N.I. N 12.217.173.Que el indicado para ejercer comorepresentante suplente ante dichoorganismo es el seor Ministro deEconoma, C.P. Jos Daniel LA-BROCA, D.N.I. N 12.861.082.Que, asimismo, resulta procedentedesignar al seor C.P. Ricardo Mi-guel CHICOLINO, D.N.I. N11.596.991, como representante al-terno ante la mencionada Comisin.Que la suscripta se encuentra fa-cultada para dictar el presente actoadministrativo en virtud de lo dis-puesto por el artculo 135 de laConstitucin Provincial.

    Por ello:LA GOBERNADORA DE LA

    PROVINCIA DE TIERRA DELFUEGO, ANTRTIDA E ISLAS

    DEL ATLNTICO SURD E C R E T A :

    ARTCULO 1- Designar al seorSecretario de Ingresos Pblicos,C.P. Luis Mara CAPELLANO,D.N.I. N 12.217.173, como repre-sentante titular de la Provincia deTierra del Fuego, Antrtida e Islasdel Atlntico Sur, ante la "ComisinArbitral y Comisin Plenaria delConvenio Multilateral del 18-08-77",por los motivos expuestos en los

    considerandos.ARTCULO 2- Designar al seorMinistro de Economa, C.P. JosDaniel LABROCA, D.N.I. N12.861.082, como representante su-plente de la Provincia de Tierra delFuego, Antrtida e Islas del Atln-tico Sur, ante la "Comisin Arbitraly Comisin Plenaria del ConvenioMultilateral del 18-08-77", por losmotivos expuestos en los conside-randos.ARTCULO 3- Designar al seorC.P. Ricardo Miguel CHICOLINO,D.N.I. N 11.596.991, como repre-sentante alterno de la Provincia deTierra del Fuego, Antrtida e Islasdel Atlntico Sur, ante la "ComisinArbitral y Comisin Plenaria delConvenio Multilateral del 18-08-77",por los motivos expuestos en losconsiderandos.ARTCULO 4- Notificar a quie-nes corresponda. Comunicar. Daral Boletn Oficial de la Provincia yarchivar.

    BERTONELeonardo A. GORBACZ

    DECRETO N 0003 05-01-16

    VISTO la Ley Nacional N 25.675de Poltica Ambiental Nacional; y,

    CONSIDERANDO:Que mediante la misma se ratificancomo acuerdos federales el ActaConstitutiva del Consejo Federal deMedio Ambiente (COFEMA) y elPacto Federal Ambiental.Que la Provincia de Tierra del Fue-go Antrtida e Islas del AtlnticoSur, ha participado de dichos acuer-dos federales.Que es competencia del GobiernoProvincial programar y ejecutar lasacciones relacionadas con la pro-teccin, el ordenamiento y el sanea-miento ambiental.Que se cuenta con la autorizacinde la suscripta.Que por lo antes expuesto se hacenecesario designar al seor Secre-tario de Ambiente, Desarrollo Sos-tenible y Cambio Climtico, Lic.Mauro Javier PREZ TOSCANID.N.I. N 28.670.818, como repre-sentante titular y al seor DirectorGeneral de Bosques, Ing. Ftal. Gus-tavo Omar CORTS, D.N.I. N13.766.311, como representante su-plente de la Provincia de Tierra delFuego Antrtida e Islas del Atlnti-co Sur, ante el Consejo Federal deMedio Ambiente (COFEMA).

    Que la suscripta se encuentra Fa-cultada para emitir el presente actoadministrativo en virtud de lo esta-blecido en el artculo 135 de laConstitucin Provincial.

    Por ello,LA GOBERNADORA DE LA

    PROVINCIA DE TIERRA DELFUEGO, ANTRTIDA E ISLAS

    DEL ATLANTICO SURD E C R E T A :

    ARTCULO 1- Designar al seorSecretario de Ambiente, Desarro-llo Sostenible y Cambio Climtico,Lic. Mauro Javier PREZ TOS-CANI D.N.I. N 28.670.818, comorepresentante titular de la Provin-cia de Tierra del Fuego, Antrtida eIslas del Atlntico Sur, ante el Con-sejo Federal de Medio Ambiente(COFEMA).ARTCULO 2- Designar al seorDirector General de Bosques. Ing.Ftal. Gustavo Omar CORTS, D.N.I.N 13.766.311 como representantesuplente de la Provincia de Tierra delFuego, Antrtida e Islas del AtlnticoSur, ante el Consejo Federal de Me-dio Ambiente (COFEMA).ARTCULO 3- Derogar toda nor-ma que se oponga al presente.ARTCULO 4- De forma.

    BERTONEEmiliano V. OLMEDO

    DECRETO N 0004 05-01-16

    ARTCULO 1- Cancelar la desig-nacin en Planta Permanente de laAdministracin Pblica Provincial,de los Agentes identificados en elAnexo I del presente, a partir delda siguiente al de su notificacin.Ello, de conformidad a los conside-randos precedentes.ARTCULO 2- Notificar a los in-teresados con copia autenticada depresente, hacindole saber que po-drn interponer recurso de recon-sideracin, dentro de los diez (10)das hbiles administrativos de no-tificado el presente acto, de confor-midad a lo establecido en el artcu-lo 127 de la Ley Provincial N 141.ARTCULO 3- Comunicar aquienes corresponda. Dar al Bole-tn Oficial de la Provincia y archi-var.

    BERTONELeonardo A. GORBACZ

    DECRETO N 0009 05-01-16

    VISTO, el expediente N 21678-EC-2015 de registro de la Gober-nacin; y

    CONSIDERANDO:Que en virtud de la concentracinde compromisos financieros asumi-dos por esta Gobernacin resultanecesario obtener herramientas fi-nancieras que permitan atender des-equilibrios estacionales de caja.Que con fecha 04 de enero de 2015,el seor Ministro de Economa, C.P.Jos Daniel LABROCA, en repre-sentacin de la Provincia de Tierradel Fuego, Antrtida e Islas delAtlntico Sur, celebr con el BancoProvincia de Tierra del Fuego, re-presentado por su. Apoderado C.P.Miguel LANDERRECHE, el con-venio registrado bajo el nmero17453, mediante el cual se acordel otorgamiento de una asistenciafinanciera al Gobierno Provincial.Que el mismo cuenta con la autori-zacin del Banco Central de la Re-pblica Argentina y del Ministeriode Hacienda y Finanzas Pblicas dela Nacin, quienes establecieron lascondiciones financieras de la ope-racin en cuestin.Que el artculo 10 de la Ley Pro-vincial N 1062 se establece que elPoder Ejecutivo podr solicitar prs-tamos de corto plazo ante el agentefinanciero de la Provincia cuandose produzcan desequilibrios estacio-nales de caja, garantizando la amor-tizacin de los mismos dentro delmes en que se soliciten, con la afec-tacin de recursos corrientes pro-venientes de la Coparticipacin Fe-deral de Impuestos, y en la propor-cin que de acuerdo a la normativavigente corresponda.Que dicha norma otorga la suficien-te facultad al Poder Ejecutivo paratomar la asistencia mencionada ut--supra.Que por lo expuesto correspondedictar el acto administrativo perti-nente de ratificacin.Que la suscripta se encuentra fa-cultada para dictar el presente actoadministrativo en virtud de lo dis-puesto por el artculo 135 de laConstitucin Provincial.

    Por ello:LA GOBERNADORA DE LA

    PROVINCIA DE TIERRA DELFUEGO ANTRTIDA E ISLAS

    DEL ATLANTICO SURD E C R E T A :

    ARTCULO 1- Ratificar el con-

  • 10 AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565venio registrado bajo el nmero17453 de Asistencia Financiera ce-lebrado con fecha 04 de enero de2016, entre la Provincia de Tierradel Fuego, Antrtida e Islas delAtlntico Sur, representada por elSr. Ministro de Economa C.P. JosDaniel LABROCA, D.N.I. N12.861.082 y el Banco Provincia deTierra del Fuego, representado porsu apoderado, C.P. Miguel LAN-DERRECHE, D.N.I. N12.960.346, cuya copia autenticadaforma parte integrante del presen-te. Ello por lo expuesto en los con-siderandos del presente.ARTCULO 2- Notificar al Ban-co Provincia de Tierra del Fuego.Comunicar. Dar al Boletn Oficialde la Provincia y archivar.

    BERTONEJos D. LABROCA

    DECRETO N 0010 05-01-16

    ARTCULO 1- Cancelar la desig-nacin en Planta Permanente de laAdministracin Pblica Provincial,de los Agentes identificados en elAnexo integrante del presente, apartir del da siguiente al de su noti-ficacin. Ello, de conformidad a losconsiderandos precedentes.ARTCULO 2- Notificar a los in-teresados, con copia autenticada depresente, hacindole saber que po-dr interponer recurso de reconsi-deracin, dentro de los diez (10) dashbiles administrativos de notifica-do el presente acto, de conformi-dad a lo establecido en el artculo127 de la Ley Provincial N 141.ARTCULO 3- Comunicar a quie-nes corresponda. Dar al Boletn Ofi-cial de la Provincia y archivar.

    BERTONELeonardo A. GORBACZ

    LICITACIONES

    Gobierno de la Provincia deTierra del Fuego, Antrtida e

    Islas del Atlntico Sur

    Instituto Provincial deVivienda

    LICITACIN PBLICA IPVOBRAS N 15/15

    OBRA:

    "SEDE SOCIAL A.P.A.ASOCIACION PERSONAL

    AERONAUTICO RIOGRANDE"

    PRESUPUESTO OFICIAL$ 10.163.317,36.-

    Tope Mximo 10%Mnimo 20%

    Garanta de Oferta:$ 101.633,18.-

    Plazo de Ejecucin:360 das corridos

    Sistema de contratacinMixto:

    Ajuste AlzadoUnidad de Medida

    FECHA DE APERTURA:04/02/16, a las 12.00 hs.

    PRECIO DEL PLIEGO:$ 15.000,00.-

    RECEPCIN DE LASOFERTAS:

    Hasta las 11:45 hs. del da04/02/16

    LUGAR DE RECEPCIN:rea Tcnica IPV Pellegrini

    N 511 - Ro GrandeMesa de Entradas IPV - Ro

    Grande

    APERTURA DE OFERTAS:Instituto Provincial de ViviendaPellegrini N 511- Ro Grande

    VENTA DE PLIEGOS:Tesorera IPV: FranciscoGonzlez N 651 Ushuaia

    Tesorera IPV: Pellegrini N 511 -Ro Grande

    Delegacin IPV Casa Tierra delFuego: Sarmiento N 745 - 4

    Piso C.A.B.A

    CONSULTAS DE PLIEGOS:Oficina rea Tcnica IPV - F.

    Gonzlez N 651 - UshuaiaOficina rea Tcnica IPV

    Pellegrini N 511 - Ro GrandeDelegacin IPV Casa Tierra delFuego: Sarmiento N 745 - 4

    Piso - C.A.B.A.

    B.O. 3562/3567

    El Ministerio de Economa de laProvincia de Tierra del Fuego, An-trtida e Islas del Atlntico Sur lla-ma a Licitacin Pblica N 30/15, para el alquiler de un inmuebledestinado al funcionamiento de las

    distintas Dependencias del Minis-terio de Industria e Innovacin Pro-ductiva y la Coordinacin de Pro-gramas Nacionales.

    FECHA LMITE DE RECEP-CIN DE OFERTAS: 28/01/2016 15:00 hs.FECHA DE APERTURA: 29/01/2016 a las 10:30 hs.LUGAR DE APERTURA: SanMartn N 450, Piso 2, Ciudad deUshuaia - Oficina de la DireccinGeneral de Contrataciones, Subse-cretara de Hacienda y Contrata-ciones.VALOR DEL PLIEGO: Sin va-lor econmico.CONSULTA DE PLIEGOS:www.tierradelfuego.gov.ar

    B.O. 3562/3566

    LLAMADO A LICITACIONPRIVADA D.P.O.S.S.

    N 19/2015

    01- OBJETO: Adquisicin de In-sumos para Laboratorio de estaDireccin Provincial.02.- PRESENTACIN DE LASPROPUESTAS: Las propuestasse presentarn firmadas por el ofe-rente o representante legal, a tra-vs de la Mesa de Entradas de estaDireccin Provincial hasta las 12:00hs. del da LUNES 25 de Enero de2016.03.- Los pliegos correspondientesa la presente Licitacin Privada, po-drn solicitarse en las oficinas delrea Contrataciones y Compras, dela Direccin Provincial de Obras yServicios Sanitarios, sita en la calleGobernador Campos 133, de la ciu-dad de Ushuaia, de 8:30 a 12:00 delunes a viernes, desde el da 06 deEnero, hasta el da 25 de Enero de2016. Pudindose adelantar va faxpara dar celeridad al trmite, debien-do enviar el original debidamente fir-mado. Tel/Fax: (02901) 421421 -431100 interno 132 (fax) - 101/104/219.-E-mail: [email protected],[email protected] [email protected].

    B.O. 3564/3566

    LLAMADO A LICITACIONPRIVADA D.P.O.S.S.

    N 20/2015

    01- OBJETO: Adquisicin yTransporte de Veintiocho (28) To-

    neladas de Hipoclorito de Calcio,destinado a la Potabilizacin delAgua.02.- PRESENTACIN DE LASPROPUESTAS: Las propuestasse presentarn firmadas por el ofe-rente o representante legal, a tra-vs de la Mesa de Entradas de estaDireccin Provincial hasta las 12:00hs. del da MIERCOLES 20 deEnero de 2016.03.- Los pliegos correspondientesa la presente Licitacin Privada, po-drn solicitarse en las oficinas delrea Contrataciones y Compras, dela Direccin Provincial de Obras yServicios Sanitarios, sita en la calleGobernador Campos 133, de la ciu-dad de Ushuaia, de 8:30 a 12:00 delunes a viernes, desde el da 05 deEnero, hasta el da 20 de Enero de2016.Pudindose adelantar va fax paradar celeridad al trmite, debiendoenviar el original debidamente fir-mado. Tel/Fax: (02901) 421421 -431100 interno 132 (fax) - 101/104/219.-E-mail: [email protected],[email protected] [email protected].

    B.O. 3564/3566

    CONVOCATORIAS

    CONVOCATORIA AAUDIENCIA PUBLICA

    Direccin Provincial de Obrasy Servicios Sanitarios

    Se convoca a la comunidad de laCiudad de Ushuaia y al Municipiode Tolhuin a participar de la Audien-cia Pblica de Readecuacin y Ac-tualizacin Tarifario Servicios Sa-nitarios de la Direccin Provincialde Obras y Servicios Sanitarios,prevista para el da 25 de Enero delao 2016 a las 11.45 horas.Lugar: Saln de usos mltiples dela Direccin Provincial de Puertos,sito en la Av. Maip N 510 de laciudad de Ushuaia.Autoridades de AudienciaPresidente: Guillermo PabloWORMANSecretario de Actas: GiselaGUASTELLALas inscripciones de los participan-tes y las consultas de los antece-dentes podrn realizarse en las ofi-cinas de la Direccin Provincial deObras y Servicios Sanitarios, Direc-cin Comercial, sita en calle Gober-

  • AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565 11nador Campos 133, de la ciudad deUshuaia, de 08:30 a 14:00 hs. deLunes a Viernes, desde el da 23 deDiciembre hasta el da 21 de Enerode 2016.-

    Presidente: Guillermo P. WOR-MAN

    B.O. 3562/3566

    COLEGIO PBLICO DEABOGADOS DE RIO

    GRANDE

    CONVOCATORIAASAMBLEA ORDINARIA

    El Consejo Directivo del ColegioPblico de Abogados de Ro Gran-de, convoca a los abogados matri-culados de la jurisdiccin, para laAsamblea Ordinaria, que se reali-zar el da 26 de febrero de 2016, alas 12:30 hs, en el Saln de UsosMltiples del Poder Judicial Edifi-cio de Tribunales, sito en Barrio ExYPF, conforme lo dispuesto en losarts. 34 inc. B), 36 y 37 de la Ley607, a los fines de tratar el siguien-te temario:1) Designacin de dos matriculadospara la rbrica del Acta de Asam-blea.2) dar tratamiento a la Memoria,Balance, Presupuesto de gastos yclculo de recursos;3) informes anuales del Consejo Di-rectivo y del Tribunal de tica y Dis-ciplina;4) fijar el monto de la inscripcin enla matrcula;5) fijar el monto de la matrcula anual2016 y su forma de pago (Benefi-cio y/o Recargo)6) establecer el monto del derechofijo Previsto en el artculo 64, incisof) de la Ley 607.NOTA I: Transcurrida una (1) horadel horario fijado para la iniciacinde la Asamblea, sta se realizarcon el nmero de abogados presen-tes.-NOTA II: El Voto ser nominal y amano alzada.-

    Dra. Eva Nieve MORALES - Pre-sidente.-Dra. Josefa Margarita BOIX - Vo-cal 1 A/C Secretaria.-

    B.O. 3564/3565

    EDICTOS

    El Juzgado de Primera Instan-

    cia de Civil y Comercial N 1 delDistrito Judicial Norte, sito enRuta Nacional N 3 Ex Campamen-to YPF de la Ciudad de Ro Gran-de, Provincia de Tierra del Fuego,Antrtida e Islas del Atlntico Sura cargo de la Dra. Silvia Herrez,Secretara a cargo del Dr. HoracioBoccardo, en autos caratulados:"RIVEROS ANGEL C/RAFULCARAM MIGUEL S/SUCE-SION AB INTESTATO S/USU-CAPION" (Expte. N 24355),CITA y EMPLAZA a todos losque se consideren con derecho so-bre el inmueble sito en la calle Co-mandante Cabot N 517, nomencla-tura catastral Seccin "E", Macizo"9", Parcela "6", Matrcula I - A -3670, para que en el trmino deDIEZ (10) das contados a partir dela ltima publicacin, comparezcana acreditar tal circunstancia (Art.652 "in fine" CPCCLRyM).

    Ro Grande, 30 de Noviembre de2015.-Para ser publicado por el trminode DIEZ (10) das en el "BOLE-TIN OFICIAL".Horacio D. Boccardo - Secretario.-

    B.O. 3558/3567

    El Juzgado de Primera Instan-cia Civil y Comercial N 1, a car-go de la Dra. Silvia Herrez, Se-cretara a cargo del Dr. Horacio D.Boccardo, de la Provincia de Tie-rra del Fuego A. e I.A.S., sito enRuta Nacional N 3 - ex Campa-mento YPY, PB, de la ciudad de RoGrande, en autos caratulados "EL-GUETA PEREZ LUIS S/SUCE-SION AB INTESTATO" (Expte.N 23412, cita y emplaza por trein-ta das a todos los que se conside-ren con derecho sobre los bienesdejados por el causante, Sr. LUISANTONIO ELGUETA PEREZ,DNI N 92.265.065. Publquese portres das en el Boletn Oficial y enun diario de circulacin local(CPCC:673).

    Ro Grande, 12 de Noviembre de2015.-Para publicar en Boletn Oficial.-Horacio D. Boccardo - Secretario.-

    B.O. 3565/3567

    ANEXOS

    LEY PROVINCIAL N 1063

    ANEXO I - JURISDICCIONAL DE EMERGENCIA

    LEY PROVINCIAL N 1064

    CONVENIO DE EJECUCION DE OBRA

  • 12 AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565

    ANEXO IDETALLE DE LAS OBRAS

    ANEXO II

    ANEXO III

    DECRETO N 3110 - ANEXO I

    DECRETO N 3111 - ANEXO I

    DECRETO N 3112 - ANEXO I

    DECRETO N 3113 - ANEXO I

    DECRETO N 3114 - ANEXO I

  • AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565 13DECRETO N 3115 - ANEXO I

    DECRETO N 3121 - ANEXO I

    DECRETO N 3121 - ANEXO II

    DECRETO N 3121 - ANEXO III

    DECRETO N 3121 - ANEXO IV

    DECRETO N 3121 - ANEXO V

    DECRETO N 3121 - ANEXO VI

    DECRETO N 3121 - ANEXO VII

    DECRETO N 3121 - ANEXO VIII

    DECRETO N 3121 - ANEXO IX

  • 14 AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565

    DECRETO N 3121 - ANEXO X

    DECRETO N 3121 - ANEXO XI

    DECRETO N 3121 - ANEXO XII

    DECRETO N 3121 - ANEXO XIII

    DECRETO N 3121 - ANEXO XIV

  • AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565 15

    DECRETO N 3121 - ANEXO XV

  • 16 AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565

    DECRETO N 3121 - ANEXO XVI

    DECRETO N 3121 - ANEXO XVII

    DECRETO N 3121 - ANEXO XVIII

    DECRETO N 3121 - ANEXO XIX

    DECRETO N 3121 - ANEXO XX

    DECRETO N 3121 - ANEXO XXI DECRETO N 3121 - ANEXO XXII

    DECRETO N 3121 - ANEXO XXIII

  • AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565 17

    DECRETO N 3121 - ANEXO XXIV

    DECRETO N 3122 - ANEXO I

    DECRETO N 3122 - ANEXO II

    DECRETO N 3122 - ANEXO III

    DECRETO N 3122 - ANEXO IV

    DECRETO N 3122 - ANEXO V

  • 18 AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565

    DECRETO N 0004 - ANEXO I

    DECRETO N 0009

    ACUERDO DE ADELANTO EN CUENTA CORRIENTE

  • AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565 19DECRETO N 0010 - ANEXO I

    S U M A R I O Nmeros Referencias Pg.

    LEYES PROVINCIALES

    1061 Presupuesto de Recursos y Gastos de la Administracin Central y Oorganismos Descentralizados(Ejercicio 2016) 1

    1062 Ley Complementaria Permanente de Presupuesto, DEROGA los artculos 20, 23, 25 y 26 de la Leyprovincial 512; el artculo 18 de la Ley provincial 805; el artculo 28 de la Ley provincial 905 y los artculos17, 18, 19, 21, 23, 29 y 31 de la Ley provincial 959 3

    1063 DECLARA la emergencia de la infraestructura edilicia de establecimientos educativos, sistema sanitarioy de los servicios de provisin de agua potable y tratamiento de efluentes en la ciudad de Ushuaia,DEROGA la Ley 1002 5

    1064 APRUEBA Convenio celebrado entre la Subsecretara de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Secretarade Obras Pblicas del Ministerio de Planificacin Federal, Inversin Pblica y Servicios de la Nacin y elInstituto Provincial de Vivienda en el marco del "Programa Federal de Integracin Sociocomunitaria" 6

    DECRETOS

    0005 TENGA por Ley N 1061 30006 TENGA por Ley N 1062 50007 TENGA por Ley N 1063 60008 TENGA por Ley N 1064 63106 REGLAMENTA la asignacin del gasto previsto en el Presupuesto Provincial para la Publicidad Oficial 73110 CANCELA la designacin en Planta Permanente de la Administracin Pblica Provincial de los agentes

    identificados en el Anexo del presente 73111 CANCELA la designacin en Planta Permanente de la Administracin Pblica Provincial de los Agentes

    identificados en el Anexo del presente 73112 CANCELA la designacin en Planta Permanente de la Administracin Pblica Provincial de los Agentes

    identificados en el Anexo del presente 73113 CANCELA la designacin en Planta Permanente de la Administracin Pblica Provincial de los Agentes

    identificados en el Anexo del presente 73114 CANCELA la designacin en Planta Permanente de la Administracin Pblica Provincial de los Agentes

    identificados en el Anexo del presente 73115 AUTORIZA y APRUEBA la liquidacin de Haberes y Contribuciones Patronales correspondiente al

    mes de Diciembre 2015 para los agentes y funcionarios de la Administracin Central 83116 AUTORIZA al seor Ministro Jefe de Gabinete Leonardo Ariel GORBACZ a ausentarse de la

    Provincia por razones particulares 83117 DESIGNA Director del Banco Provincia de Tierra del Fuego al seor Claudio Martn GOLONBEK 83118 DESIGNA Director del Banco Provincia de Tierra del Fuego al seor Andrs VASILIADIS 83119 AUTORIZA la comisin de servicio a favor de los agentes Ramn Timoteo GONZALEZ y Rubn

    Andrs TREPATT a las ciudades de Laborde y Cosquin, ambos de la Provincia de Crdoba 83120 CANCELA la designacin en Planta Permanente de la Administracin Pblica Provincial de la Agente

    Natalia Vanesa ZEBALLES 83121 PROMUEVE al Personal de la Polica de la Provincia que revista en los escalafones de Seguridad,

    Profesional y Civil pertenecientes a los cuadros Superior y Subalterno de acuerdo a las jerarquas que semencionan en los Anexos del presente, PROMUEVE al Personal de la Polica de la Provincia que revistaen los cuadros Superior y Subalterno, de acuerdo a las jerarquas que se mencionan en el Anexo XXII

  • 20 AO XXV - Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2016 - N 3565que forma parte del presente, PROMUEVE al Personal de la Polica de la Provincia que se mencionaen el Anexo XXIII del presente, PROMUEVE al Personal de la Polica de la Provincia que se mencionaen el Anexo XXIV que forma parte del presente 8

    3122 PROMUEVE al grado inmediato superior, al personal superior y subalterno del Servicio PenitenciarioProvincial que figura en los Anexos I, II, III y IV 8

    0001 REASUME sus funciones el seor Ministro Jefe de Gabinete Lic. Leonardo Ariel GORBACZ 90002 DESIGNA al C.P. Luis Mara CAPELLANO como representante titular de la Provincia, al C.P. Jos

    Daniel LABROCA como representante suplente y al C.P. Ricardo Miguel CHICOLINO comorepresentante altero ante la "Comisin Arbitral y Comisin Plenaria del Convenio Multilateral del 18-08-77" 9

    0003 DESIGNA al seor Secretario de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climtico, Lic. MauroJavier PREZ TOSCANI, como representante titular de la Provincia y al Ing. Ftal. Gustavo OmarCORTES como representante suplente ante el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) 9

    0004 CANCELA la designacin en Planta Permanente de la Administracin Pblica Provincial de los Agentesidentificados en el Anexo del presente 9

    0009 RATIFICA el convenio de Asistencia Financiera celebrado entre la Provincia y el Banco Provincia deTierra del Fuego 9

    0010 CANCELA la designacin en Planta Permanente de la Administracin Pblica Provincial de los Agentesidentificados en el Anexo del presente 10

    LICITACIONES

    El Instituto Provincial de Vivienda llama a Licitacin Pblica I.P.V. OBRAS N 15/15 10El Ministerio de Economa llama a Licitacin Pblica N 30/15 10La Direccin Provincial de Obras y Servicios Sanitarios llama a Licitacin Privada N 19/15 10La Direccin Provincial de Obras y Servicios Sanitarios llama a Licitacin Privada N 20/15 10

    CONVOCATORIAS

    La Direccin Provincial de Obras y Servicios Sanitarios, convoca Audiencia Pblica a lacomunidad de la Ciudad de Ushuaia y al Municipio de Tolhuin 10El Colegio Pblico de Abogados de Ro Grande, convoca a los abogados matriculados de lajurisdiccin a Asamblea Ordinaria 11EDICTOS

    El Juzgado de Primera Instancia de Civil y Comercial N 1 del Distrito Judicial Norte comunicaautos caratulados "RIVEROS ANGEL C/RAFUL CARAM MIGUEL S/SUCESIONAB-INTESTATO S/USUCAPION" 11El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Ro Grande comunicaautos caratulados "ELGUETA PEREZ LUIS S/SUCESION AB INTESTATO" 11

    ANEXOS

    1063 LEY - ANEXO I 111064 LEY - CONVENIO - ANEXO I a III 113110 DECRETO - ANEXO I 123111 DECRETO - ANEXO I 123112 DECRETO - ANEXO I 123113 DECRETO - ANEXO I 123114 DECRETO - ANEXO I 123115 DECRETO - ANEXO I 133121 DECRETO - ANEXO I a XXIV 133122 DECRETO - ANEXO I a V 170004 DECRETO - ANEXO I 180009 DECRETO - ACUERDO DE ADELANTO EN CUENTA CORRIENTE 180010 DECRETO - ANEXO I 19

    SUMARIO 19

    EDITADO E IMPRESO EN LA DIRECCION GENERAL DE IMPRESIONES Y BOLETIN OFICIAL

    Boletn Oficial de la ProvinciaOnas 531 - 60 Viviendas

    Tira 4 - Casa 24 y 25 - CP 9410 - UshuaiaTel.: (02901) 42-3705 - 42-4464 - Int. 2118 - 2119 -

    Sitio Web: www.tierradelfuego.gov.arE-mail: [email protected]: [email protected]: [email protected]