Blas Rosales Esteban Paulino

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CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente, el Contrato de Locación de Servicios que suscriben de una parte, la Empresa Hute Contratistas Generales S.A.C., con Registro Único de Contribuyentes (RUC) Nº 20263566280, señalando domicilio en Prolongación Benavides –Av. Loma Umbrosa 436-Santiago de Surco, Lima, debidamente representado por su Gerente General el señor Hugo Álvaro Rivas Sánchez, a quien en adelante se denominará el LOCATARIO y, de la otra parte don Blas Rosales Esteban Paulino, con DNI. Nº 10880499, domiciliado en Mz. K2 Lt 27 Asociación de Vivienda Alameda de Naranjal, del distrito de Los Olivos - Lima; a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: Antecedentes EL EMPLEADOR es una empresa dedicada a ejecutar Obras y Proyectos de Instalación y Mantenimiento de equipos de redes eléctricas de media y baja tensión, Construcciones, Saneamiento y Ramas Afines; por lo que requiere cubrir las necesidades de recursos humanos con el objeto de realizar el servicio de Instalaciones Sanitarias en las obras civiles que ejecute la empresa. El LOCADOR cuenta con la capacidad técnica, conocimiento y experiencia necesaria para prestar los servicios sanitarios que el LOCATARIO requiere y que se describe en la cláusula segunda. CLAUSULA SEGUNDA: Objeto . El LOCADOR brindará los servicios de: a) Instalaciones Sanitarias en las obras que ejecute el LOCATARIO, cumpliendo para ello con las normas técnicas y de seguridad. b) El Locador prestará el servicio de ayudante sanitario, laborando en las obras civiles que ejecute el LOCATARIO. CLAUSULA TERCERA : MONTO CONTRACTUAL. En virtud del presente contrato EL LOCADOR se obliga a prestar el servicio descrito en la cláusula segunda y el LOCATARIO a pagar la 1

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CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOSConste por el presente, el Contrato de Locacin de Servicios que suscriben de una parte, la Empresa Hute Contratistas Generales S.A.C., con Registro nico de Contribuyentes (RUC) N 20263566280, sealando domicilio en Prolongacin Benavides Av. Loma Umbrosa 436-Santiago de Surco, Lima, debidamente representado por su Gerente General el seor Hugo lvaro Rivas Snchez, a quien en adelante se denominar el LOCATARIO y, de la otra parte don Blas Rosales Esteban Paulino, con DNI. N 10880499, domiciliado en Mz. K2 Lt 27 Asociacin de Vivienda Alameda de Naranjal, del distrito de Los Olivos - Lima; a quien en adelante se le denominar EL LOCADOR, en los trminos y condiciones siguientes:

CLAUSULA PRIMERA: Antecedentes

EL EMPLEADOR es una empresa dedicada a ejecutar Obras y Proyectos de Instalacin y Mantenimiento de equipos de redes elctricas de media y baja tensin, Construcciones, Saneamiento y Ramas Afines; por lo que requiere cubrir las necesidades de recursos humanos con el objeto de realizar el servicio de Instalaciones Sanitarias en las obras civiles que ejecute la empresa.El LOCADOR cuenta con la capacidad tcnica, conocimiento y experiencia necesaria para prestar los servicios sanitarios que el LOCATARIO requiere y que se describe en la clusula segunda.CLAUSULA SEGUNDA: Objeto.

El LOCADOR brindar los servicios de:

a) Instalaciones Sanitarias en las obras que ejecute el LOCATARIO, cumpliendo para ello con las normas tcnicas y de seguridad.

b) El Locador prestar el servicio de ayudante sanitario, laborando en las obras civiles que ejecute el LOCATARIO.

CLAUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL.

En virtud del presente contrato EL LOCADOR se obliga a prestar el servicio descrito en la clusula segunda y el LOCATARIO a pagar la suma de S/. 900.00 (Novecientos y 00/100 Nuevos Soles), por concepto de honorarios profesionales.

CLAUSULA CUARTA: DEL PLAZO DEL CONTRATO

El plazo de duracin del presente contrato ser de 3 (Tres) meses, el mismo que iniciar a partir del da 20 de Mayo del 2009 al 20 de Agosto del 2009.

CLAUSULA QUINTA: PRERROGATIVAS Y OBLIGACIONES

Las prerrogativas y obligaciones de EL LOCATARIO, estn estrictamente limitadas a los trminos y condiciones del presente contrato de naturaleza civil. En consecuencia no implica relacin laboral alguna y EL LOCADOR, no tendr derecho a reclamar ningn beneficio, pago, subsidio, compensacin o pensin. CLAUSULA SEXTA: ASPECTO VINCULADOS CON LA PRESTACIN DEL SERVICIO

Queda entendido que este contrato, de conformidad con lo dispuesto por el Cdigo Civil, no implica relacin de tipo laboral, ni otorga derecho respecto a los derechos del Seguro de Salud, Fondo de Pensiones y otros.CLAUSULA SEPTIMA: RESOLUCIN

Cualquiera de las partes o ambas, pueden poner fin al contrato por un hecho sobreviniente a la suscripcin del mismo, siempre que se encuentre previsto expresamente en el presente contrato. Por igual motivo, se puede resolver el contrato en forma parcial, dependiendo de los alcances del incumplimiento, de la naturaleza de las prestaciones, o de algn otro factor relevante, siempre y cuando sea posible sin afectar el contrato en su conjunto.

CLAUSULA OCTAVA: CONTROVERSIAS

Toda controversia o diferencia que no se haya resuelto por acuerdo entre las partes, ser sometida al arbitraje segn la Ley General de Arbitraje y las reglas de la Cmara de Comercio vigentes. Las partes acatarn el laudo dictado por el tribunal arbitral de conformidad con las disposiciones de esta clusula como el fallo final de toda controversia.

Las partes suscriben por duplicado el presente contrato a los veinte dias del mes de Mayo del ao 2009.

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HUGO A. RIVAS SANCHEZ

BLAS ROSALES ESTEBAN PAULINO GERENTE GENERAL

DNI. N 10880499EL LOCATARIO

EL LOCADOR11