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FONDO NACIONAL ADULTO MAYOR 2019 Proyectos autogestionados BASES

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FONDO NACIONAL ADULTO MAYOR 2019

Proyectos autogestionadosBASES

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1BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

Concurso de Proyectos Autogestionados por organizaciones de Adultos Mayores 2019

BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

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2 BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

BASES PROYECTOS AUTOGESTIONADOS FONDO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR AÑO 20191 Antecedentes

El Fondo Nacional del Adulto Mayor, en su componente Proyectos Autogestionados, en adelante también denominado “Iniciativas Autogestionadas del Fondo Nacional del Adulto Mayor” o “Fondo”, ha sido establecido a través de la Ley N° 19.828, que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA), y se orienta al financiamiento de proyectos ideados, elaborados y desarrollados por organizaciones de adultos mayores -a través de concurso-, de manera de generar y desarrollar capacidades de autogestión, autonomía e independencia de los adultos mayores participantes de dichas organizaciones. Lo anterior, en conformidad al Decreto N° 115, de 2003, sobre el Fondo Nacional del Adulto Mayor, y el Decreto N° 95, de 2004, que aprobó el reglamento de los Comités Regionales para el Adulto Mayor.

Este Fondo, es administrado por SENAMA, quien a través de los Comités Regionales para el Adulto Mayor (CRAM), transfiere los respectivos recursos a las organizaciones de adultos mayores adjudicadas.

El presente llamado, se orienta al desarrollo de proyectos a nivel nacional, las que operarán en las 56 (cincuenta y seis) Provincias del país, ya sea a través de las 37 (treinta y siete) Gobernaciones Provinciales, con las cuales existe convenio vigente con SENAMA, o directamente en las oficinas de SENAMA, en aquellas regiones en las cuales no existe convenio.

DE LA CONVOCATORIA Y PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS2 Objetivos de los proyectos a presentar

Los proyectos a presentar, deben orientarse al cumplimiento de uno o más de los siguientes objetivos:• Contribuir a fortalecer la asociatividad, la organización y colaboración entre los adultos mayores.• Favorecer la integración y la participación social de los adultos mayores.• Generar acciones de voluntariado de adultos mayores, para otros adultos mayores, mediante la entrega de

servicios para facilitar y mejorar su situación de vida.• Favorecer hábitos asociados a la prevención en salud y el autocuidado.

3 Requisitos para postular al concurso

Sólo podrán participar en este concurso las organizaciones de adultos mayores. Para el efecto, se entenderán por organizaciones de adultos mayores las siguientes:•Club de Adulto Mayor; correspondiente a toda asociación de adultos mayores, constituida como organización

comunitaria funcional, de acuerdo a la Ley N° 19.418.• Unión Comunal de Adultos Mayores; correspondiente al conjunto de Clubes de Adultos Mayores,

establecidos de acuerdo a lo señalado en la Ley N° 19.418.• Federaciones Provinciales, Regionales o Nacionales; conformadas por un conjunto de Uniones Comunales

de Adultos Mayores, establecidas de acuerdo a la Ley N° 19.418.

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3BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

• Confederaciones Provinciales, Regionales o Nacionales; constituidas por el conjunto de Federaciones de Adultos Mayores, establecidas de acuerdo a la Ley N° 19.478.

• Otras Organizaciones de Adultos Mayores no adscritas a la Ley N° 19.418; correspondientes a Asociaciones Gremiales, Corporaciones, Fundaciones y otras asociaciones constituidas a través de la Ley N° 20.500 sobre asociaciones y participación ciudadana, debiendo, en cualquier caso, ser integradas o conformadas exclusivamente por personas de 60 (sesenta) años o más, y que cuenten con personalidad jurídica propia.

Para el ejercicio de la postulación, y para acreditar su existencia legal, las organizaciones participantes deberán presentar en copia simple o fotocopia los siguientes documentos mínimos:• Copia simple o fotocopia del Rol Único Tributario (RUT).• Documento donde conste la Personalidad Jurídica de la organización.• Copia simple o fotocopia del Certificado donde conste la Directiva vigente, y acreditar la personería del

representante legal, según corresponda.• Presentar listado con los datos de los integrantes de la organización que participarán en el proyecto

(nombre completo, Rut, fecha de nacimiento), los cuales deberán tener una edad igual o superior a 60 (sesenta) años, debiendo haber nacido con anterioridad a 1959. Este listado podrá ser firmado voluntariamente por los integrantes de la organización que quieran/deseen firmar.

Para las organizaciones que sean adjudicadas, al momento de la firma del Convenio y para efectos de la transferencia de los recursos asignados, la organización deberá acreditar su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.862.

NO podrán participar en la presente convocatoria, aquellas organizaciones territoriales funcionales (Juntas de Vecinos) y otras organizaciones constituidas por personas menores de 60 años, o nacidas con posterioridad al año 1959.

Asimismo, no podrán ser adjudicados proyectos presentados por organizaciones que, habiendo recibido financiamiento de las iniciativas Autogestionadas del Fondo Nacional del Adulto Mayor durante el año 2018 no hayan entregado la rendición de cuentas respectiva a SENAMA.

4 De la convocatoria y mecanismos de postulación

SENAMA convocará a las organizaciones de adultos mayores del país a postular proyectos del Fondo de Iniciativas Autogestionadas, a través de una publicación en un diario de circulación nacional o regional, donde se publicará tanto el llamado a concurso, como la fecha, hora límite y lugar para la recepción de proyectos.

La postulación podrá efectuarse tanto de manera presencial, a través de la entrega física de los documentos asociados a la postulación en las oficinas dispuestas por SENAMA y las respectivas Gobernaciones Provinciales, como también digitalmente a través de internet, en la página web www.senama.cl. En ambos casos deberá completarse el “Formulario de Presentación de Proyectos” que se contempla como Anexo a las presentes Bases.

La organización de adultos mayores postulante podrá aportar recursos al proyecto presentado, tales como: aportes en dinero, recursos humanos (apoyo de personal para la realización del proyecto), espacio físico (disposición de algún recinto) y materiales. Dicho aporte deberá ser señalado en el formulario de postulación y los gastos que conlleve no deberán ser incluidos necesariamente en la rendición de cuentas entregada a SENAMA.

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4 BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

En el caso que el proyecto sea presentado en acuerdo o conjuntamente con otro club de adultos mayores o con terceros, se deberá adjuntar copia simple o fotocopia de los convenios o cartas compromisos correspondientes, que respalden la planificación y ejecución del proyecto de manera conjunta.

En el caso de los clubes de adulto mayor, los proyectos presentados deberán ser firmados por la directiva de la organización y/o su representante legal; además podrá ser firmada voluntariamente por los integrantes de la organización que quieran/deseen firmar el documento. Para el caso de las Federaciones, Confederaciones, Uniones Comunales y otras organizaciones, deberá ser firmado por la directiva de la organización. Las Uniones Comunales deberán presentar el listado de clubes que la conforman, debiendo incluir, además, el acta de la sesión en que la Organización acordó presentar el proyecto.

Cabe hacer presente, que por el sólo hecho de presentar el proyecto en el marco de este concurso, el (los) representante(s) legal(es) de la organización, junto con la directiva, dan fe y certifican que los datos e información proporcionados son verdaderos, asumiendo las responsabilidades en caso de falseamiento, especialmente en aquello que respecta a la edad de los beneficiarios.

No se aceptará ningún proyecto ni entrega de documentación adicional, después del plazo establecido para su presentación.

a) Presentación de la postulación en forma presencialEn el caso que la presentación se realice a través de formulario escrito, deberá ser entregado en 2 (dos) ejemplares, es decir, el proyecto original y 1 (una) copia.

La documentación entregada deberá corresponder a los formularios y/o anexos proporcionados por SENAMA y estar completada a computador, máquina o manuscrito con letra suficientemente legible, debiendo contener todos los datos y los documentos solicitados. El ejemplar correspondiente a la “copia”, será devuelto a la organización al momento de la presentación del proyecto, indicando la fecha, timbre, nombre y firma de la persona o profesional que lo recepcionó, como prueba o comprobante de la postulación realizada.

Documentos a presentar:• Copia simple o fotocopia del Rut de la organización, u otro documento donde conste esta información.• Certificado, copia simple o fotocopia del documento donde conste la personería jurídica vigente.• Certificado, copia simple o fotocopia donde conste la Directiva vigente, o la acreditación de la personería

del representante legal de la organización.• Copia simple o fotocopia del acta de la sesión de la organización en que se acordó la presentación del

proyecto y la tipología de proyecto seleccionado, debidamente firmada por los asistentes a la reunión, en aquellos casos en que corresponda.

• Copia simple o fotocopia de la cédula de identidad de cada uno de los beneficiarios del proyecto, u otro documento legal que lo acredite.

• Copia simple o fotocopia de las cartas de compromiso de organismos u organizaciones externas, en caso que corresponda.

• Copia simple o fotocopia donde se acredite la propiedad, arriendo, comodato o usufructo, cuando se solicite construcción, mejoras o reparación.

• Cotización por cada gasto o ítem de gasto del proyecto que se propone realizar, incluyendo los presupuestos correspondientes a la realización de trabajos, mano de obra y/o las cartas de compromiso que corresponda, lo cual será evaluado en el ítem de evaluación técnica correspondiente.

b) Postulación on-line a través de la página web www.senama.clPara participar en el proceso, se contempla también la posibilidad de postular a través de la página web de

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SENAMA www.senama.cl, para lo cual deberán completarse los formularios que se encontrarán disponibles en la misma página web, los que deberán ser completados y presentados en formato PDF.

En la presentación electrónica, deberán acompañarse los siguientes documentos:• Copia simple o fotocopia del Rut de la organización, o cualquier otro documento donde conste esta

información.• Certificado, copia simple o fotocopia del documento donde conste la personería jurídica vigente.• Certificado, copia simple o fotocopia donde conste la Directiva vigente, o la acreditación de la personería

del representante legal de la organización.• Copia simple o fotocopia del acta de la sesión de la organización en que se acordó la presentación del

proyecto y la tipología de proyecto seleccionado, debidamente firmada por los asistentes a la reunión, en aquellos casos en que corresponda.

• Copia simple o fotocopia de la cédula de identidad de cada uno de los beneficiarios del proyecto, u otro documento legal que lo acredite.

• Copia simple o fotocopia de las cartas de compromiso de organismos u organizaciones externas, en caso que corresponda.

• Copia simple o fotocopia donde se acredite la propiedad, arriendo, comodato o usufructo, cuando se solicite construcción, mejoras o reparación de sede.

• Cotización por cada gasto o ítem de gasto del proyecto que se propone realizar, incluyendo los presupuestos correspondientes a la realización de trabajos, mano de obra y/o las cartas de compromiso que corresponda, lo cual será evaluado en el ítem de evaluación técnica correspondiente.

Para la presentación digital, deberá incluirse toda la documentación necesaria para la postulación, dentro de los plazos establecidos, a través de el o los archivo(s) digital(es) escaneado(s) o en PDF, adjunto al formulario de postulación.

5 De los requisitos de los beneficiarios

Los beneficiarios de este Fondo deberán corresponder a organizaciones de adultos mayores integradas por personas de 60 (sesenta) años o más. Por lo anterior, no se financiarán proyectos presentados por organizaciones de adultos mayores que incluyan como beneficiarios a socios de edad inferior a los 60 (sesenta) años, lo que deberá ser acreditado a través de copia simple de la cédula de identidad, certificado de nacimiento, u otro documento que permita acreditar la edad. Para efectos de este concurso, serán beneficiarios todas aquellas personas que hayan nacido el año 1959 o antes.

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Las organizaciones podrán postular sólo a 1 (una) de 7 (siete) tipologías de proyectos, la que deberán seleccionar conforme a la necesidad o problemática detectada por la organización. De acuerdo al tipo de proyecto seleccionado, podrán solicitar diferentes montos de dinero, contemplados para cada uno de los tipos de proyectos contenidos en estas Bases. Por lo anterior, sólo se evaluarán las propuestas que se ajusten a los montos máximos señalados.

Cada organización de adultos mayores podrá postular sólo a 1 (un) proyecto, con la finalidad de promover una mayor participación de organizaciones. Dentro de los tipos de proyectos a financiar, se contemplan los siguientes:

Tipos de proyectos a financiar a través del fondo y montos máximos disponibles por proyecto

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TIPOS DE PROYECTOS

Tabla N°1

DEFINICIÓN TIPO DE ORGANIZACIÓN QUE PUEDE POSTULAR

MONTO MÁXIMO A SOLICITAR

Tipo 1: Acciones de voluntariado y servicio a la comunidad

Tipo 2:Fortalecimiento institucional y/o habilitación o equipamiento de sede

Tipo 3: Actividades Productivas

Tipo 4: Vida Saludable, Desarrollo Personal, Capacitación y Educación

Tipo 5: Alfabetización Digital

Tipo 6: Recreación y Uso del Tiempo Libre

Tipo 7: Otros

Prestación de servicios o acciones de apoyo de personas mayores para otras personas mayores, a través de acciones no remuneradas

Acciones tendientes a lograr que la organización se fortalezca en su accionar. Puede considerar mejoramiento de las condiciones de habitabilidad de la sede, construcción de la misma, adquisición de mobiliario y enseres y todas aquellas actividades propias del funcionamiento de la organización

Producción de bienes o servicios destinados a la comercialización.

Actividades de promoción de la salud, alimentación sana, preparación física, entrenamiento de la psicomotricidad, aprendizaje de conocimientos, técnicas o actividades de educación en general

Aprendizaje de conocimientos, técnicas o actividades relacionadas con el manejo de software y hardware computacional. Puede considerar equipamiento cuando sea necesario

Actividades relacionadas con el uso del tiempo libre, cultura y recreación. Acceso del adulto mayor a actividades culturales, viajes, excursiones o giras culturales.

Otras actividades no consideradas en las categorías anteriores

Confederaciones, Federaciones, Uniones Comunales y otras organizaciones de adultos mayores excepto Clubes de Adultos Mayores

Confederaciones, Federaciones de Adultos Mayores

Uniones Comunales y otras organizaciones de adultos mayores

Club de Adultos Mayores

Confederaciones, Federaciones, Uniones Comunales y otras organizaciones de adultos mayores

Club de Adultos Mayores

Confederaciones, Federaciones, Uniones Comunales y otras organizaciones de adultos mayores

Club de Adultos Mayores

Confederaciones, Federaciones, Uniones Comunales y otras organizaciones de adultos mayores

Club de Adultos Mayores

Club de Adultos Mayores

Confederaciones, Federaciones, Uniones Comunales y otras organizaciones de adultos mayores

Club de Adultos Mayores

$2.000.000.- máx.

$3.000.000.- máx.

$2.000.000.- máx.

$1.500.000.- máx.

$2.000.000.- máx.

$1.500.000.- máx.

$1.500.000.- máx.

$1.200.000. máx.

$1.500.000.- máx.

$1.200.000.- máx.

$1.000.000.- máx.En el caso de organizaciones que tengan domicilio en zonas extremas como Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Aysén y Magallanes se financiará hasta un máximo de $1.200.000.-

$1.500.000.- máx.

$1.000.000.- máx.

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Aclaraciones de las tipologías de proyectos:

En el caso de los proyectos Tipo N°1 (Acciones de voluntariado y servicios a la comunidad), se deberá elaborar un registro de las personas mayores que recibieron los servicios y/o acciones de apoyo, a través de la firma o huella digital de quien recibe la ayuda y el tipo de servicio o acción recibida. Este registro debe indicar que la entrega de servicios de voluntariado realizada por la organización no consideró costo para los beneficiarios.

En aquellos proyectos Tipo N°2 (Fortalecimiento institucional y/o habilitación o equipamiento de sede), destinados al mejoramiento, construcción o habilitación de sedes, no se financiarán proyectos que incluyan construcción, mejoras o reparación en locales o terrenos pertenecientes a particulares que no estén cedidos en comodato, usufructo o arrendados a la organización, Unión Comunal, Club de Adultos Mayores, Federación, Confederación u otros. En locales entregados por los municipios a organizaciones comunitarias, será posible financiar dichos proyectos siempre que se presente la carta del municipio que respalda el proyecto y el decreto aprobatorio del comodato.

Por otra parte, en la misma categoría de proyecto, se deberá proporcionar un registro fotográfico tanto de la situación inicial como de la finalización del proyecto. Ante la ausencia de registros fotográficos, sólo para el reconocimiento de gastos, SENAMA podrá respaldar excepcionalmente la ejecución del proyecto mediante el Formulario de Supervisión del mismo.

Para los casos que correspondan al Tipo N°4 (Vida Saludable, Desarrollo Personal, Capacitación y Educación) y Tipo N°5 (Alfabetización Digital), se deberá completar un listado de asistencia por cada una de las sesiones realizadas en el marco del proyecto, y adjuntarlas a su rendición de cuentas.

Respecto a la tipología de proyectos N°6 (Recreación y Uso de Tiempo Libre), la organización podrá realizar viajes al exterior del país, siempre y cuando en la presentación del proyecto se considere la contratación de seguros de asistencia en viaje, que permitan entregar seguridad a los miembros de la organización en caso de enfermedad, accidente u otro tipo de evento. La contratación de este seguro será de responsabilidad de la organización y deberá cubrir a la totalidad de los participantes del viaje. El seguro podrá ser parte del costo del financiamiento del proyecto, o bien, ser cubierto de manera personal. En caso de ser adjudicada la organización, el respaldo de la contratación de los seguros deberá ser presentado al momento de firma de convenio.

Respecto a la revisión de rendiciones de la tipología de proyecto N°6 (Recreación y Uso de Tiempo Libre), SENAMA sólo podrá aprobar gastos que se ajusten de manera proporcional al número de adultos mayores que efectivamente participen de la actividad en relación al total comprometido en el proyecto.

No se podrá solicitar a través de este concurso, la entrega de recursos para efectuar pagos al programa “Vacaciones Tercera Edad” liderado por SERNATUR.

Si en los proyectos realizados se publica material escrito o audiovisual, ya sea como actividad propia del proyecto o como resultado del mismo, el material deberá contar con la aprobación de la Coordinación Regional de SENAMA que corresponda y señalar que éste fue realizado con recursos provistos por el Gobierno de Chile, a través del Servicio Nacional del Adulto Mayor.

Con el fin de facilitar la postulación a los proyectos se presentan algunos ejemplos de acciones a realizar.

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POSIBLES ACCIONES A REALIZAR

Tabla N° 2 Ejemplos de Proyectos a Presentar por las Organizaciones

DEFINICIÓN TIPO DE ORGANIZACIÓN QUE PUEDE POSTULAR

Equipamiento

Aumento de actividad que se encuentra ejecutando actualmente

Inicio de una actividad

Mejoramiento de la calidad de una acción y/o actividad que se está ejecutando actualmente

Reparación, construcción, ampliación de capacidad funcional de un local, o una instalación en el local o terreno

Restauración de elementos para volverlo a su estado original

Adquisición y/o instalación de nuevos elementos en un local que ya existe.

Corresponde a una actividad, curso o taller de formación que está siendo llevado a cabo en el presente. Para participar con este tipo de proyectos, debe enfocarse en su efecto en un mayor número de participantes.

Realización de una actividad que no ha sido implementada anteriormente, y que responde a una nueva necesidad o interés de la organización.

Corresponde a la mejora de una actividad que se lleva a cabo actualmente, y que como resultado de la postulación puede ser mejorada, tanto en aquello que respecta a la calidad del producto que reciben y/o desarrollan los adultos mayores, como asimismo en la profesionalización de la formación que se entregue.

Actividades orientadas al mejoramiento de las condiciones de la infraestructura/local/sede donde se desarrollan las actividades de la organización de adultos mayores.

Recuperar la funcionalidad de un bien o infraestructura

Instalación de baños y/o servicios higiénicos, compra de mobiliario, etc.

Integrar a un mayor número de personas a un taller de capacitación.

Taller de amasandería, carpintería, vida saludable, voluntariado u otros.

Capacitación en contabilidad, taller productivo o para mejorar la calidad de un producto ya elaborado.

Reparación de sede cuando ha sufrido daños por antigüedad, uso, o bien, necesidad de instalación de sede en un terreno ya proporcionado anteriormente.

Reparación de aquellos objetos que son utilizados por la organización de adultos mayores, y que permiten mayor comodidad, seguridad o mejora del lugar donde se realizan sus actividades. Ej: arreglo de estufa, mobiliario, etc.

7 Plazo para la ejecución de los proyectos

El plazo para la ejecución de los proyectos comenzará a partir de la total tramitación de la Resolución que apruebe el convenio suscrito por la organización de adultos mayores, pudiendo extenderse hasta el día 30 de noviembre de 2019 como plazo máximo.

Por su parte, la información y rendición de cuentas de estos proyectos deberá ser entregada a SENAMA a más tardar el día 20 de diciembre de 2019. Lo anterior, conforme al siguiente detalle:

GESTIÓN A DESARROLLAR FECHA LÍMITE

Ejecución del proyecto

Entrega de rendición de cuentas

30 de noviembre de 2019

20 de diciembre de 2019

La no presentación de la rendición de cuentas de los recursos transferidos por SENAMA, implicará inhabilidad para participar de futuros concursos de las iniciativas Autogestionadas del Fondo Nacional del Adulto Mayor.

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APERTURA Y LA EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS PRESENTADOS8 De la apertura pública de los proyectos

Una vez vencido el plazo para la presentación de proyectos, el Comité Regional y/o la Gobernación -o quienes sean designados por éstos en caso de imposibilidad- , y siempre en presencia de funcionarios de SENAMA y del Consejo Asesor Regional de Mayores, se realizará a continuación la apertura pública de los proyectos presentados por las organizaciones de adultos mayores.

En dicha apertura, se levantará un “Acta de Apertura”, en la cual se tomará registro de la presentación de los proyectos. Dicho documento deberá ser firmado por el Coordinador Regional de SENAMA o quien lo reemplace en dicha calidad. Asimismo, el Acta podrá ser suscrita por los Consejeros Regionales de Mayores que asistan y los representantes de las organizaciones de adultos mayores que así lo deseen.

9 Etapas y criterios de la evaluación de los proyectos

Luego del acto de apertura tendrá lugar el periodo de evaluación de los proyectos presentados, el cual consta de dos etapas: una preliminar, que evalúa la admisibilidad de los proyectos, y otra correspondiente a la evaluación técnica, que evalúa el contenido de éstos.

a) Evaluación Preliminar o inicialCorresponde a la etapa de pre-admisibilidad de las propuestas, donde se revisará que los proyectos cumplan las siguientes especificaciones:• La presentación del proyecto es realizada por una o más organizaciones de adultos mayores, y se acompañan

las cartas de compromiso, y otros documentos que acreditan propiedad, arriendo, comodato o usufructo de la infraestructura a utilizar, en aquellos casos que corresponda.

• En el caso de la presentación de la documentación en forma material y/o presencial, se acompaña el “Formulario de Postulación” y los documentos solicitados, debidamente llenados a computador, máquina o con letra legible, conteniendo todos los datos e información solicitada, acompañando además todos los documentos especificados en el “Formulario de Presentación de Proyectos”. En el caso de presentar una sola copia, se entregará un documento de recepción en el que se señale el hecho de haber sido presentado en una sola copia.

• En el caso de presentación de la documentación a través de internet, en la página www.senama.cl, se acompañan todos los documentos solicitados.

• Presentación de copia simple o fotocopia del Rut de la organización o documento de respaldo del mismo, en caso de corresponder.

•Presentación de copia simple o fotocopia del certificado donde conste la personalidad jurídica, y el certificado de Directiva vigente, con una fecha no superior a 6 (seis) meses desde su emisión.

• Presentación de copia simple o fotocopia del acta de reunión de la organización en la que se acuerda la presentación y tipología del proyecto.

• Presentación de listado de los integrantes de la organización que serán beneficiarios del proyecto (excepto

No obstante los plazos señalados, éstos podrán ser modificados por razones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditadas e informadas a SENAMA.

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en el caso de Uniones Comunales, las que deben presentar el listado de Clubes de Adultos Mayores que la integran), indicando nombre completo, cédula de identidad, fecha de nacimiento y sexo de los beneficiarios, conforme a formulario adjunto a las Bases.

• Presentación de copia simple o fotocopia de la cédula de identidad de los beneficiarios u otro documento legal que certifique fecha de nacimiento y edad, en los casos que corresponda.

• Los participantes de los proyectos son integrados por personas de edad igual o superior a 60 (sesenta) años.• En la postulación presentada, el aporte solicitado a SENAMA para financiar el proyecto, se ajusta a los

montos máximos establecidos en la Tabla N°1, correspondientes a los tipos de proyectos a financiar.

En virtud de lo anterior, el no cumplimiento de estos requisitos significará la declaración de INADMISIBILIDADdel proyecto presentado. Asimismo, se declararán inadmisibles aquellos proyectos que soliciten el financiamiento o copago del programa “Viajes Tercera Edad”, de SERNATUR, y aquellos presentados por organizaciones que, habiendo recibido financiamiento de las iniciativas Autogestionadas del Fondo Nacional del Adulto Mayor durante el año 2018, no hayan entregado la rendición de cuentas correspondiente a SENAMA. Estos proyectos que sean declarados inadmisibles, no pasarán a la fase de evaluación técnica.

b) Evaluación Técnica de los proyectos presentadosEsta segunda etapa, correspondiente a la Evaluación Técnica de los proyectos, se realizará bajo la responsabilidad del Comité Regional de SENAMA, quien a través de el/la Coordinador(a) Regional conformará una Comisión de Evaluación, la que está integrada por profesionales con experiencia en evaluación de proyectos sociales, preferentemente del sector público y por integrantes de los Comités Regionales que lo requieran y cuenten con el perfil técnico necesario.

Dicha Comisión será presidida por el/la Coordinador(a) Regional de SENAMA, quien además asumirá la secretaría técnica de apoyo del Fondo a través de el/la profesional que se designe para ello.

No podrán formar parte de la Comisión de Evaluación los integrantes del Comité Regional, que representen a organizaciones de mayores.

La evaluación técnica se efectuará conforme a los siguientes criterios de evaluación de las postulaciones:1. Justificación y Objetivos del Proyecto (Coherencia): Implica que los adultos mayores han identificado y definido la necesidad o problema que se quiere solucionar a través del proyecto presentado. Se señala la razón del porqué se quiere hacer el proyecto, señalando o explicando lo que se quiere conseguir con la ejecución de éste. La Comisión evaluará que la necesidad detectada podrá ser resuelta con el tipo de proyecto seleccionado, en virtud de los objetivos del proyecto y de los objetivos generales del Fondo Nacional del Adulto Mayor.2. Adecuación del proyecto (Pertinencia): Se buscará verificar que el proyecto sea adecuado a las necesidades del grupo que lo presenta. La realización del proyecto responde a una necesidad o problema definido por los propios adultos mayores. El tiempo estimado para la ejecución del proyecto, los recursos señalados y las actividades definidas son adecuadas para alcanzar los objetivos. Se propone la realización de acciones que siendo diferentes contribuyen al logro común para la organización. Por ejemplo, para el caso de proyectos de recreación y uso del tiempo libre, través de un viaje, se logra no sólo conocer parte de la cultura del lugar visitado, sino además potenciar las relaciones y dinámicas grupales de los integrantes. 3. Beneficios del proyecto en el tiempo (Sustentabilidad): Se entiende como la contribución que genera el proyecto al fortalecimiento de la organización o la generación de capacidades y/o habilidades en los integrantes de la organización como resultado de la ejecución del proyecto. La realización del proyecto posibilita que los beneficios de éste se mantengan en el tiempo, una vez finalizado el financiamiento provisto por SENAMA.

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4.Complementariedad: Se entiende como la relación que tiene el proyecto presentado en complementariedad con otras organizaciones, instituciones o instancias a fin de optimizar el logro de los objetivos, evaluándose la vinculación con otras instituciones. La realización del proyecto en conjunto con otra organización de mayores o patrocinada o auspiciada por otras instituciones públicas o privadas significará tener un puntaje de evaluación superior a aquellos proyectos presentados en forma individual.5. Número de participantes: Se evaluará y calificará el número de beneficiarios del proyecto en relación al promedio de integrantes de acuerdo al tipo de organización y tipología de proyecto que se postule. Para el cálculo de este promedio se considerarán los datos de operación de los años anteriores.6. Costo por Beneficiario: Se considerará el valor promedio por beneficiario del proyecto, de acuerdo a la tipología que se contempla en estas Bases (Tabla N°1). Para el cálculo de este promedio, se considerará el monto de financiamiento solicitado a SENAMA, en comparación a los datos de operación o funcionamiento de años anteriores.7. Adjudicación en años anteriores: Se considerará la adjudicación, en el marco de este Fondo, de la organización en los años 2016, 2017 y 2018. Es decir, si la organización fue adjudicada en uno o más de los años mencionados, obtendrá un puntaje menor, con el fin de dar mayores posibilidades de financiamiento a nuevas organizaciones. 8. Equidad de Género: Se evaluará que la propuesta presentada considere reducir las inequidades en materia de género (hombre-mujer),en la justificación u objetivos del proyecto considerando por ejemplo: (a) que el proyecto genere iniciativas en organizaciones donde su mayoría sean mujeres (b)que el proyecto contribuya a reducir estereotipos de género que afecten el ejercicio de derechos de hombres o mujeres mayores. 9. Estructura y costos del proyecto: Se analizará la congruencia del presupuesto solicitado y detallado en el proyecto, la presentación de cotizaciones cuando corresponda y la concordancia con las cifras presentadas.10. Criterio regional: La evaluación técnica contempla además un “Criterio Regional” en el cual el Comité Regional del Adulto Mayor en conjunto con la Coordinación Regional SENAMA podrá elegir y calificar uno de los siguientes criterios de evaluación:

a) Proporción de la población adulta mayor en la comuna: Se adjudicará nota de calificación en atención al porcentaje de personas mayores que viven en la comuna, de acuerdo a la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadísticas en su Censo más reciente.

b) Proporción de la población adulta mayor organizada en la comuna: Se adjudicará nota de acuerdo al porcentaje de personas mayores organizadas que viven en la comuna, de acuerdo a la encuesta Casen 2015. En aquellas comunas donde no se cuenta con estos porcentajes, se asignará el promedio regional, de acuerdo a la encuesta Casen 2015.

Una vez evaluados los proyectos, la Comisión Evaluadora elaborará un listado en que se incluirá todos aquellos que sean técnicamente elegibles, ordenados de mayor a menor en orden descendiente de acuerdo al puntaje obtenido.

Serán técnicamente elegibles los proyectos que en el proceso de evaluación obtengan un puntaje igual o superior a 35 (treinta y cinco) puntos, sumando todas las notas de los ítems evaluados. Para este cálculo no se considerarán las bonificaciones de puntaje que se contemplan en las presentes Bases.

10 Bonificaciones de puntaje

Los proyectos, podrán obtener la bonificación de puntaje en cualquiera de las siguientes dos situaciones. Esto es, bonificación nacional o bonificación regional:

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12 BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

a) Bonificación Nacional de Puntaje• Respecto de aquellos proyectos que provengan de comunas en las cuales el porcentaje de personas que

viven en situación de pobreza supere el promedio nacional de 8,6%, según la última encuesta Casen, podrán recibir una bonificación de un 5% en su puntaje de evaluación.

• Proyectos presentados por organizaciones surgidas en el marco de programas dirigidos a adultos mayores, administrados por SENAMA, podrán recibir una bonificación de un 5% en su puntaje de evaluación.

•Proyectos que postulen a la tipología Actividades Productivas N°3 y que dispongan dentro de su organización una participación de mujeres adultas mayores superior al 80% (ochenta por ciento), podrán recibir una bonificación de un 5% en su puntaje de evaluación.

b) Bonificación Regional de PuntajeAdicionalmente, se podrá bonificar los proyectos presentados en atención a un criterio regional, donde la elección del(los) criterio(s) seleccionado(s) deberán responder a una elección acordada previamente por el Comité Regional antes del llamado a concurso, debiendo constar en el Acta de Reunión.Los criterios a considerar por el Comité, deberán corresponder a uno de los siguientes aspectos:• Respecto de aquellos proyectos que provengan de zonas rurales, podrán recibir una bonificación de un 5%

en su puntaje de evaluación.• Respecto de aquellos proyectos que contribuyan a la búsqueda y rescate de iniciativas culturales de pueblos

originarios, podrán recibir una bonificación de un 5% en su puntaje de evaluación.

En cualquier caso, la suma de la bonificación de puntaje no podrá superar el 50% de la nota de evaluación técnica.

Una vez aplicada la o las bonificaciones de puntaje, se confeccionará una lista ordenada por puntaje de mayor a menor, en orden decreciente, el que incluirá todos los proyectos técnicamente elegibles, con sus bonificaciones en caso de corresponder, de acuerdo al cual el Comité Regional efectuará el proceso de selección de los mismos.

11 Selección y adjudicación de los proyectos

Corresponderá a SENAMA adjudicar los proyectos de acuerdo al proceso de selección definitiva realizada por cada Comité Regional, conforme a los criterios de selección establecidos en las presentes Bases. Para ello, el Comité Regional convocará a una sesión de selección de proyectos, en el que podrá participar un(a) profesional de nivel central de SENAMA, sólo con derecho a voz. Durante el proceso de selección los integrantes del Consejo Asesor Regional de Mayores actuarán como veedores u observadores del proceso.

El puntaje final del proyecto estará conformado por el puntaje obtenido en la “Evaluación Técnica” y las bonificaciones obtenidas y aplicadas en los respectivos proyectos. Con el puntaje asignado, se conformará una lista en la cual se ordenarán los proyectos en orden decreciente.

Si como resultado de la calificación, dos o más proyectos hayan obtenido la misma puntuación se aplicará un criterio de desempate numérico, correspondiente a la cantidad de beneficiarios del proyecto. En caso de persistir el empate, se aplicará un criterio asociado al valor costo por beneficiario; en caso de persistir nuevamente el empate, se aplicará un asociado al valor total del monto solicitado a SENAMA, privilegiándose aquel proyecto que haya solicitado un menor monto de dinero.

Finalmente, y en caso de habiéndose aplicado los criterios de desempate señalados, persistiera el empate, se podrá aplicar el criterio que busque privilegiar a la organización que tenga el menor número de adjudicaciones en los 3 (tres) años anteriores a la presentación.

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13BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

La selección de cada Comité Regional organizará los proyectos presentados por provincia, de acuerdo a los montos pre-asignados por SENAMA, salvo en el caso de la Provincia de Santiago, Cordillera y Maipo, de la Región Metropolitana, en las cuales la pre-asignación se efectuará por comuna. Se hace presente que junto al listado de pre-asignación se conformará una lista de espera de proyectos, que podrán ser seleccionados en caso de disponerse recursos para ello.

Como resultado del proceso de selección, cada Comité Regional elaborará un Acta de Selección de Proyectos, el cual deberá ser aprobado por resolución de la Dirección Nacional de SENAMA.

Sólo se adjudicará un proyecto por organización.

Con todo, la Dirección Nacional de SENAMA, mediante acto administrativo debidamente fundamentado, podrá declarar desierto el concurso en una o más provincias, pudiendo convocar a un nuevo llamado en el territorio que corresponda.

En el caso de los proyectos correspondientes al Tipo N°6 (Recreación y Uso del Tiempo Libre), se podrá seleccionar hasta un 50% del monto pre-asignado para cada provincia, salvo que el monto total seleccionado para el resto de las tipologías no alcance a cubrir el 50% restante.

12 Modificaciones al proyecto

En casos debidamente justificados, la organización de adultos mayores podrá solicitar a SENAMA evaluar la modificación de aspectos del proyecto adjudicado, los que en ningún caso podrán afectar los objetivos propuestos.

Las modificaciones deberán ser solicitadas a través de una carta dirigida a SENAMA, en la cual se explique el cambio solicitado y las razones de éste. La solicitud deberá ser presentada en la Coordinación Regional o a través de la Gobernación Provincial, quien remitirá el documento a la Coordinación respectiva, para que sea ésta la que evalúe e informe su aprobación mediante acto administrativo o rechazo mediante comunicación formal.

Cuando la modificación altere el presupuesto del proyecto, la organización de adultos mayores deberá incluir en su solicitud la nueva distribución de recursos, según los formatos entregados por SENAMA.

La organización de adultos mayores podrá realizar modificaciones presupuestarias sin consultar a SENAMA sólo si el monto total de los recursos redistribuidos es inferior a $50.000.- (cincuenta mil pesos chilenos) y se aplica entre ítems presupuestarios ya autorizados previamente, situación que deberá igualmente ser informada junto a la rendición de cuentas.

13 Saldos o remanentes del financiamiento de iniciativas

Se considerarán como remanentes aquellos fondos no asignados por la Provincia o Comuna. Estos saldos o remanentes conformarán un fondo común regional o provincial que podrá ser nuevamente adjudicado, respetando los criterios establecidos en las Bases y en conformidad a la lista de espera de los proyectos presentados.

En cualquier caso, el o los proyectos seleccionados de la lista de espera, deberán ser seleccionados dentro de plazos que posibiliten la ejecución del proyecto y la respectiva rendición de cuentas.

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14 BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

Si realizada esta nueva adjudicación respecto de los proyectos que se encontraban en lista de espera, aún existieran recursos disponibles, se conformará un nuevo fondo, de carácter nacional, el que podrá ser nuevamente asignado regionalmente, de acuerdo a los listados de espera, realizados por los distintos Comités Regionales, respetando los puntajes de evaluación y bonificaciones obtenidas de acuerdo a las bonificaciones regionales establecidas en las Bases.

14 Notificación de la adjudicación

SENAMA, a través de sus Coordinaciones Regionales, notificará el acto administrativo de adjudicación. El acto, será notificado personalmente al representante legal de la organización de adultos mayores que haya sido adjudicada de proyectos en este concurso quien deberá firmar su recepción. Se dejará constancia de esta notificación en la respectiva carpeta de proyectos y se informará además de las gestiones a realizar para la firma del Convenio de Ejecución con SENAMA.

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Para la celebración del Convenio de Ejecución, la organización deberá hacer entrega de los siguientes documentos:• Garantía por anticipo, por el total del monto adjudicado. La garantía corresponderá a un pagaré autorizado

ante notario público, el cual será devuelto una vez rendidos los fondos a SENAMA a total satisfacción.• Fotocopia o copia simple de la cédula de identidad de todos los beneficiarios efectivos del proyecto, o de

cualquier otro documento donde conste o se acredite la identidad y fecha de nacimiento.• Fotocopia o copia simple de documento donde aparezca la identificación de la cuenta bancaria de la

organización adjudicataria, en caso de corresponder. La cuenta bancaria puede ser de ahorro, corriente, chequera electrónica o cuenta vista. No se aceptarán cuentas de ahorro que no correspondan a instituciones bancarias.

• Fotocopia o copia simple del certificado de inscripción en el registro de receptores de fondos públicos.• Copia de los seguros de asistencia en viaje contratados cuando corresponda.

16 De la supervisión de los proyectos

SENAMA junto al Consejo Nacional de Adultos Mayores y las Gobernaciones en convenio, con el apoyo de los Consejos Asesores Regionales de Mayores, supervisarán la ejecución de los proyectos adjudicados con el objeto de que se realicen de acuerdo a lo dispuesto en las Bases. Para ello, se considerarán los siguientes aspectos:• Cumplimiento de los objetivos de acuerdo a la programación de avance establecida para cada proyecto, y

con un nivel de satisfacción aceptable por parte de los participantes.• El proyecto se encuentra siendo efectuado en un espacio y equipamiento apropiados para el logro de los

objetivos, en caso que corresponda.• Los participantes están informados respecto al hecho de que el proyecto es financiado por SENAMA con

recursos estatales.• La organización de adultos mayores corresponde a aquella con la que se firmó el Convenio de Ejecución del

proyecto respectivo.• Las actividades consideradas en el proyecto son totalmente gratuitas para los participantes (excepto en

aquellos casos en los cuales la propia organización realiza aportes al proyecto).• Los recursos adjudicados se están utilizando correctamente, vale decir, de acuerdo a lo planteado en el

proyecto y en el formulario de presupuesto del proyecto.

De la celebración de los contratos de ejecución y garantía de anticipo

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15BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

17 Rendición de cuentas

El monto transferido por SENAMA a la organización de adultos mayores, deberá ser destinado al cumplimiento de las acciones comprometidas en el proyecto respecto del cual se le adjudican los recursos. La revisión de la ejecución financiera de estos recursos se orientará a verificar el cumplimiento del Presupuesto (N°16 del Formulario de Postulación). Dentro de esta revisión, no serán necesariamente considerados los aportes propios o de terceros comprometidos mediante el proyecto.

La organización de adultos mayores estará obligada a llevar un registro de ingresos y egresos de los montos transferidos por SENAMA e informar sobre la aplicación de los mismos.

SENAMA sólo podrá reconocer gastos realizados dentro del plazo de ejecución del proyecto, el que comienza a partir de la total tramitación de la Resolución que aprueba el convenio suscrito por la organización de adultos mayores y finaliza el día 30 de noviembre de 2019, según lo señalado en el numeral VII de las presentes Bases.

La rendición de cuentas del proyecto deberá ser entregada en la Coordinación Regional o Gobernación Provincial respectiva, a más tardar el día 20 de diciembre de 2019.

La Coordinación Regional o Gobernación Provincial, respaldará mediante un certificado la recepción de la rendición de cuentas. La copia de este certificado podrá ser considerada al momento de postular a futuras ediciones de las iniciativas Autogestionadas del Fondo Nacional del Adulto Mayor.

Una vez recibida la rendición, la Coordinación Regional o Gobernación Provincial correspondiente, tendrá un plazo de quince (15) días hábiles para aceptar u objetar aspectos formales de dicha rendición. Es decir, verificar que el orden, la presentación y documentación que componen la rendición de cuentas, responden a las exigencias de SENAMA.

En el caso de ser objetada la rendición, la organización de adultos mayores deberá corregirla en un plazo de diez (10) días hábiles a contar de la recepción de la notificación respectiva. Una vez recibidas las correcciones, la Coordinación Regional o Gobernación Provincial correspondiente, las revisará en un plazo de quince (15) días hábiles.

En caso de subsistir las observaciones, la Coordinación Regional o Gobernación Provincial correspondiente, podrá solicitar nuevamente su corrección, de acuerdo al procedimiento indicado anteriormente. Posterior a la revisión de estas correcciones, SENAMA queda facultado para rechazar todos los gastos no subsanados.

Una vez aprobada la rendición de cuentas, la Coordinación Regional o Gobernación Provincial correspondiente tendrá un plazo de diez (10) días hábiles para remitir la documentación respectiva a la División de Administración y Finanzas del Servicio Nacional del Adulto Mayor.

La señalada División revisará las rendiciones de cuentas de conformidad a lo dispuesto en la Resolución N°30 de 2015 de la Contraloría General de la República, que fija Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas, o su normativa que la modifique o reemplace, y los procedimientos internos que SENAMA disponga en esta materia.

La División de Administración y Finanzas del Servicio Nacional del Adulto Mayor, mediante la Coordinación Regional correspondiente, comunicará las observaciones derivadas del proceso de revisión, a más tardar, el mes de noviembre del año siguiente. Una vez recibida la notificación respectiva, la organización de adultos mayores tendrá un plazo máximo de diez (10) días hábiles para enviar la subsanación.

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16 BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

• Entidad Urbana: Conjunto de viviendas concentradas con más de 2.000 (dos mil) habitantes, conforme a glosario del Instituto Nacional de Estadísticas (INE).

• Entidad Rural: Zona con una concentración de habitantes inferior a 2.000 (dos mil) habitantes, conforme a glosario del Instituto Nacional de Estadísticas (INE).

• Consejo Asesor Regional de Mayores: Creado por el Decreto Supremo N°08, de 2008, corresponde a un órgano colegiado, asesor de SENAMA en la proposición de la política nacional del adulto mayor en cada región, en la cual se contempla la aplicación de planes y programas ejecutados en el marco de dicha política, donde se encuentra también el Fondo Nacional del Adulto Mayor.

Posterior a la revisión de estas correcciones, SENAMA podrá rechazar todos los gastos no subsanados, solicitando a la organización de adultos mayores la restitución íntegra del saldo constituido por los gastos observados no subsanados, recursos no utilizados y/o no rendidos.

En el caso de no reintegrar este saldo o no presentar la rendición de cuentas, SENAMA remitirá los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado y podrá considerar inadmisibles las propuestas presentadas por la organización de adultos mayores en los próximos concursos de iniciativas Autogestionadas del Fondo Nacional del Adulto Mayor.

18 Interpretación, información y otros

Cualquier situación relacionada con la ejecución de uno o más de los proyectos adjudicados en este concurso, y que no estén expresamente consideradas en estas Bases, serán resueltas por SENAMA, a través de sus Coordinaciones Regionales, por medio de un Acta respectiva que indique los datos de la organización, el asunto a resolver y el acuerdo regional.

TERMINOLOGÍA Y ESPECIFICACIONESPara aquellos proyectos que requieran de la contratación de monitores o profesionales para la realización de cursos, talleres o actividades similares, el monto de referencia a pagar es hasta un máximo de $12.000.- (doce mil pesos) la hora.

El profesional o monitor que realice la prestación, extenderá la boleta de honorarios correspondiente a nombre de la organización de adultos mayores que ejecuta el proyecto, especificando el tipo de servicio prestado y el número de horas realizadas, el cual deberá corresponder a lo consignado en la presentación inicial del proyecto. El profesional o monitor deberá hacerse responsable de pagar los impuestos correspondientes, salvo en el caso en que las organizaciones estén obligadas a declarar renta.Se deja constancia que los profesionales o monitores que desarrollen actividades en el marco de los proyectos adjudicados por este Fondo, no tendrán ningún tipo de relación contractual con el Servicio Nacional del Adulto Mayor, la Gobernación, o el Comité Regional respectivo, y que toda situación laboral que los afecte, como resultado de la labor desarrollada para los proyectos, es de exclusiva responsabilidad de la organización de adultos mayores para la cual prestan servicios.

Definiciones:

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