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1 ADS N° 001-2012/IVP/AMBOServicio de Consultoría para la Supervisión de la Obra “Rehabilitación, Mejoramiento de la Trocha Carrozable de Cochachinche - Angasmarca - Añay - Huagas, Distrito de Huacar, Provincia de Ambo – Huánuco” . 1 ACTA DE INTEGRACION DE BASES PROCESO ADS-1-2012-IVP/AMBO 09-02-2012 En la Ciudad de Ambo , capital de Distrito, Provincia de Ambo y Región Huánuco, siendo a horas 10:00 de la mañana del día Nueve de Febrero del Año Dos Mil Doce; reunidos El Comité Especial Ad Hoc, designado mediante Resolución Nº 056-2011-MPA-IVP-GG, de fecha 22.12.2011, la misma que está conformado por los siguientes Ciudadanos: Ing. JORGE OMAR ALTAMIRANO PACHECO - Presidente Ing. LUIS ALBERTO CANTEÑO RIVERA - Miembro Econ. MILCA RUTH ESPINOZA JESUS – Miembro En este Acto el Sr. Presidente agradece la participación de los miembros integrantes e informa que no habiendo los postores presentados Consultas y Observaciones a las Bases Administrativas de el PROCESO ADS-1-2012- IVP/AMBO, cuyo objeto es efectuar el proceso de selección para la CONTRATACION DE LA SUPERVISION DE LA OBRA: REHABILITACION Y MEJORAMIENTO DE LA TROCHA CARROZABLE COCHACHINCHE-ANGASMARCA-AÑAY- HUAGAS, distrito de Huacar, Provincia de Ambo. En este Acto El Comité Especial en pleno, ACUERDA INTEGRAR LAS BASES ADMINISTRATIVAS, en concordancia con el Art. 59° del RLC, como reglas definitivas y no podrán ser cuestionados en otra vía ni modificadas por Autoridad Administrativa alguna. Y se publicará acorde a la normatividad legal. Firman los presentes en señal de conformidad. EL COMITÉ ESPECIAL AD HOC

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ADS N° 001-2012/IVP/AMBOServicio de Consultoría para la Supervisión de la Obra “Rehabilitación, Mejoramiento de la Trocha Carrozable de Cochachinche - Angasmarca - Añay - Huagas, Distrito de Huacar,

Provincia de Ambo – Huánuco” .

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ACTA DE INTEGRACION DE BASES PROCESO ADS-1-2012-IVP/AMBO

09-02-2012

En la Ciudad de Ambo , capital de Distrito, Provincia de Ambo y Región Huánuco, siendo a horas 10:00 de la mañana del día Nueve de Febrero del Año Dos Mil Doce; reunidos El Comité Especial Ad Hoc, designado mediante Resolución Nº 056-2011-MPA-IVP-GG, de fecha 22.12.2011, la misma que está conformado por los siguientes Ciudadanos: Ing. JORGE OMAR ALTAMIRANO PACHECO - Presidente Ing. LUIS ALBERTO CANTEÑO RIVERA - Miembro Econ. MILCA RUTH ESPINOZA JESUS – Miembro

En este Acto el Sr. Presidente agradece la participación de los miembros integrantes e informa que no habiendo los postores presentados Consultas y Observaciones a las Bases Administrativas de el PROCESO ADS-1-2012-IVP/AMBO, cuyo objeto es efectuar el proceso de selección para la CONTRATACION DE LA SUPERVISION DE LA OBRA: REHABILITACION Y MEJORAMIENTO DE LA TROCHA CARROZABLE COCHACHINCHE-ANGASMARCA-AÑAY-HUAGAS, distrito de Huacar, Provincia de Ambo.

En este Acto El Comité Especial en pleno, ACUERDA INTEGRAR LAS BASES ADMINISTRATIVAS, en concordancia con el Art. 59° del RLC, como reglas definitivas y no podrán ser cuestionados en otra vía ni modificadas por Autoridad Administrativa alguna. Y se publicará acorde a la normatividad legal.

Firman los presentes en señal de conformidad.

EL COMITÉ ESPECIAL AD HOC

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BASES INTEGRADAS

ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA

Nº 001-2012-CE-IVP-AMBO

PRIMERA CONVOCATORIA

OBJETO : CONSULTORIA DE OBRA

AMBO, FEBRERO del 2012

SERVICIO DE CONSULTORIA PARA LA SUPERVISION DE LA OBRA “REHABILITACIÓN, MEJORAMIENTO DE LA TROCHA CARROZABLE DE COCHACHINCHE - ANGASMARCA - AÑAY - HUAGAS, DISTRITO

DE HUACAR, PROVINCIA DE AMBO - HUÁNUCO”.

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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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CAPÍTULO I

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1 CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 51° del Reglamento, en la fecha

señalada en el cronograma.

1.2 BASE LEGAL

− Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.

− Decreto Supremo N° 184-2004-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias y

complementarias.

− Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

− Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

− Directivas del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

− Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. − Código Civil.

− Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. − Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.

− Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo

decente, Ley MYPE.

− Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un

(01) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad

con el Artículo 53º del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá

acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme

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al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se

encuentra inhabilitada para contratar con el Estado.

MUY IMPORTANTE: Para participar de un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores se encuentren inscritos, en el registro correspondiente, ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal,

teléfono.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, la persona natural o jurídica

que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en

el Reglamento, deban realizarse. La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier

medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE.

1.4 FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un período mínimo de tres

(3) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo

establecido en los artículos 55º y 57º del Reglamento.

1.5 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial, con relación a las consultas y observaciones

presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo

establecido en los Artículos 54º, 55º, 56º y 57º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

La absolución de consultas y observaciones que se formulen al contenido de las Bases, se

considerarán como parte integrante de ésta y del Contrato.

MUY IMPORTANTE: No se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6 ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES A LA ENTIDAD

De conformidad con el artículo 28º de la Ley, los observantes tienen la opción de solicitar que

las Bases y los actuados del proceso sean elevados al Titular de la Entidad, dentro de los tres

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(3) días hábiles siguientes a la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE, siempre

que el valor referencial del proceso sea menor a trescientas (300) Unidades Impositivas

Tributarias.

Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino además, cuando el mismo observante considere que el acogimiento

declarado continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Artículo 26° de la Ley, cualquier otra

disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal con anterioridad a

la etapa de formulación de consultas y/u observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los

observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo

dispuesto por el Artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación

con el proceso de selección.

El plazo que tiene el Titular de la Entidad para emitir y notificar el pronunciamiento a través

del SEACE será no mayor de ocho (8) días hábiles. Este plazo es improrrogable y será contado desde la presentación de la solicitud de elevación de Bases.

La competencia del Titular de la Entidad para emitir el Pronunciamiento sobre las

observaciones a las Bases es indelegable.

1.7 INTEGRACIÓN DE LAS BASES

El Comité Especial integrará las Bases como reglas definitivas del presente proceso de

selección, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones o si éstas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad

administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta

la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

Las Bases Integradas, de ser el caso, deberán contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el

Comité Especial, y/o de lo dispuesto en el Pronunciamiento emitido por el Titular de la

Entidad.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 59º y 60º del Reglamento.

De conformidad con el Artículo 31º del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar

modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.8 FORMA DE PRESENTACIÓN Y ALCANCES DE LAS PROPUESTAS

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de

las propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso de la

información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares,

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que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y

veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación del documento o su

traducción no es subsanable.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente

empezando por el número uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual,

debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario

designado para dicho fin.

NOTA 1 PARA EL COMITÉ ESPECIAL: En caso de convocarse según relación de ítems, deberá tenerse en cuenta lo siguiente: “Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos”1.

1.9 ACTO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en la dirección, en el día y horario señalados en las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial.

En el caso que la propuesta del postor no fuera admitida, el Comité Especial incluirá el motivo

de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que publicará en el SEACE, debiendo

devolverse los sobres que contienen la propuesta técnica y económica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro.

En caso de la descalificación de propuestas, el Comité Especial incluirá el motivo de esa

decisión en el acta de los resultados del proceso que publicará en el SEACE.

1.10 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

a) La oferta económica, en nuevos soles, incluidos todos los tributos, seguros, transportes,

inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación

vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.

La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

1 Esta disposición sólo deberá ser adicionada cuando se convoque el proceso de selección según relación de ítems.

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El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser

expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de

dos decimales.

b) Garantía de seriedad de oferta

1.11 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

La evaluación de propuestas se realizará en dos (02) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:

Propuesta Técnica : 100 puntos

Propuesta Económica : 100 puntos

1.11.1 Evaluación Técnica

Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y

cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de

evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

1.11.2 Evaluación Económica

Si la propuesta económica excede el valor referencial será devuelta por el Comité Especial, teniéndose por no presentada, conforme lo establece el artículo 33º de la Ley.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta

económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente

proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE Oi

Donde: i = Propuesta

Pi = Puntaje de la propuesta económica i

Oi = Propuesta económica i Om = Propuesta económica de monto o precio más bajo

PMPE = Puntaje máximo de la propuesta económica

1.11.3 Bonificación en el puntaje total

A solicitud del postor, se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre

la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los postores con domicilio en la

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provincia donde se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias

colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el

consignado en la constancia de inscripción ante el RNP.

IMPORTANTE: Dicha bonificación adicional se aplicará siempre que los postores beneficiados hayan

presentado la Declaración Jurada del Anexo Nº 06 incluida en la sección específica de las

presentes Bases.

1.12 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

El Comité Especial consolidará en un cuadro comparativo, el puntaje obtenido en las

propuestas técnicas y su correspondiente orden de prelación, indicando además las

propuestas descalificadas, de ser el caso.

A continuación, el Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el

puntaje técnico mínimo requerido en las Bases.

La evaluación de las propuestas económicas, así como la determinación del puntaje total, se

realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo.

Al terminar el acto se levantará un acta, la cual será suscrita por todos los miembros del Comité Especial.

En el supuesto que dos (02) o más propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro

se efectuará observando lo señalado en el Artículo 73º del Reglamento.

El otorgamiento de la Buena pro se publicará y se entenderá notificado a través del SEACE, el

mismo día de su realización, bajo responsabilidad del Comité especial, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de cada

factor de evaluación. Adicionalmente, se podrá notificar a los correos electrónicos de los

postores de ser el caso.

1.13 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los

postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se

producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento.

El consentimiento de la Buena Pro se publicará en el SEACE al día siguiente de haber quedado

consentido el otorgamiento de la buena pro.

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1.14 CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artículo 282º del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber

quedado consentida la Buena Pro hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el

postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo indicado.

CAPÍTULO II

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 Recurso de apelación

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del

proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración

del contrato.

El recurso de apelación se presentará ante la Entidad que convocó el proceso de selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad.

Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el

Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán

impugnarse ante el Tribunal Contrataciones del OSCE.

El Tribunal será competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de selección de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o

acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratación pública.

2.2 Plazos de interposición del recurso de apelación

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con

anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que

se desea impugnar.

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CAPÍTULO III

SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

3.1. DE LOS CONTRATOS

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro,

la Entidad deberá, dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo establecido en las Bases, el cual no

podrá ser menor de cinco (5) ni mayor de diez (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación

requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento.

“La citación al postor ganador de la buena pro para la suscripción del contrato se notificará de manera electrónica a través del SEACE. Es responsabilidad del postor el permanente seguimiento del respectivo proceso en el SEACE.”

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente

autorizado, y por el postor ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su

representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139° del Reglamento.

Según el artículo 141° del Reglamento, para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, lo siguiente:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado; Garantía de fiel cumplimiento, cuya vigencia se extiende hasta el consentimiento de la

liquidación final, conforme el artículo 158° del Reglamento; Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los consorciados, de ser el caso;

3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige

hasta que el consentimiento de la liquidación final y se efectúe el pago correspondiente.

3.3 REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que debe presentar el contratista deberán ser incondicionales, solidarias,

irrevocables y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta bajo el ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca,

Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la

lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

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3.4 DE LAS GARANTÍAS

3.4.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA

Los postores deberán presentar la garantía de seriedad de oferta a efectos de garantizar la

vigencia de su oferta, según el monto establecido en las presentes Bases.

El postor que resulte ganador de la Buena Pro y el que ocupó el segundo lugar están obligados a mantener su vigencia hasta la suscripción del contrato.

Luego de consentida la Buena Pro, la Entidad devolverá las garantías presentadas por los postores que no resultaron ganadores de la Buena Pro, con excepción del que ocupó el

segundo lugar y de aquellos que decidan mantenerlas vigentes hasta la suscripción del contrato.

El plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a dos (2) meses computados a partir del día siguiente de la presentación de las propuestas. Esta garantía

puede ser renovada.

3.4.2 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este

concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

3.3 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164° del Reglamento.

3.6. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168°

del Reglamento.

De acuerdo con los artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el contrato

podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la

convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma

independiente a la penalidad por mora.

3.7 ADELANTOS

Se podrá establecer adelantos directos al contratista, los que en ningún caso excederán en

conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original.

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La entrega de adelantos se hará en la oportunidad establecida en las Bases. En el supuesto

que no se entregue el adelanto en dicha oportunidad, el contratista tiene derecho a solicitar

prórroga del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, siempre que ésta afecte realmente el plazo indicado.

3.8 PAGOS

La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los

servicios prestados. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la

realización del servicio.

La Entidad podrá realizar pagos periódicos al contratista por los servicios contratados en

cumplimiento del objeto del contrato, siempre que estén fijados en las Bases y que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la

existencia de la prestación de los servicios. Las Bases podrán especificar otras formas de acreditación de la obligación. Los montos entregados tendrán el carácter de pagos a cuenta.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

Plazos para los pagos

La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la

oportunidad establecida en las Bases o en el contrato. Para tal efecto, el responsable de dar la

conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a

lo establecido en el artículo 48° de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió

efectuarse.

3.9 RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD

La Entidad es responsable frente a EL CONTRATISTA de las modificaciones que ordene y

apruebe en los proyectos, estudios, informes o similares, o de aquellos cambios que se generen debido a la necesidad de la ejecución de los mismos, sin perjuicio de la

responsabilidad que le corresponden a los autores de los proyectos, estudios, informes o similares.

3.10 CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO

Los contratistas están obligados a cumplir cabalmente, con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada, que hayan aportado adicionalmente, en el curso

del proceso de selección o en la formalización del contrato, así como a lo dispuesto en los incisos 2) y 3) de los artículos 1774º del Código Civil.

3.11 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

Queda claramente establecido que el hecho de haber recepcionado el servicio no exonera al

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ADS N° 001-2012/IVP/AMBOServicio de Consultoría para la Supervisión de la Obra “Rehabilitación, Mejoramiento de la Trocha Carrozable de Cochachinche - Angasmarca - Añay - Huagas, Distrito de Huacar,

Provincia de Ambo – Huánuco” .

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CONTRATISTA de sus responsabilidades, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil y en

el artículo 50º de la Ley, que establece, entre otros, un plazo de responsabilidad no menor de

un (01) año. Las Bases deberán establecer el plazo máximo de responsabilidad del contratista.

3.12 DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos relativos al presente proceso de selección, contratación,

conformidad, liquidación del contrato, pago, entre otros, no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales

vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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CAPÍTULO I

GENERALIDADES

1.1 ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre: INSTITUTO VIAL PROVINCIAL DE AMBO

RUC N°: 20489615925

1.2 DOMICILIO LEGAL

Jirón 28 de Julio 574 Interior “A”- Distrito de Ambo, Provincia de Ambo, Departamento de Huánuco

1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del servicio de consultoría para

la Supervisión de la Obra “REHABILITACION, MEJORAMIENTO DE LA TROCHA CARROZABLE DE COCHACHINCHE- ANGASMARCA-AÑAY-HUAGAS” DISTRITO DE HUACAR, PROVINCIA DE

AMBO-HUANUCO 1.4 VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a S/. 89,624.80 (Ochenta y nueve mil seiscientos veinticuatro con 80/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro

concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes

de Noviembre del 2011. Los límites máximos y mínimos del valor referencial ascienden a:

90% del valor referencial

Valor referencial

S/.80,662.32

(Ochenta Mil Seiscientos Sesenta y Dos con 32/100 Nuevos Soles)

S/. 89,624.80

(Ochenta y Nueve Mil Seiscientos Veinticuatro con 80/100 Nuevos Soles)

Las propuestas que excedan el valor referencial y aquellas que fueren inferiores al noventa por

ciento (90%) del mismo serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas.

1.5 EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución N° 055-2011-MPA-IVP-GG, del 22 de Diciembre del 2011.

1.6 FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Ordinarios Donaciones y Transferencias del FONIPREL.

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1.7 SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El presente proceso se rige por el sistema de Suma Alzada de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.8 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

El servicio a contratar está definido en los Términos de Referencia que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.

1.9 PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA CONSULTORÍA DE OBRA

Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de 270 días calendarios. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.

1.10 BASE LEGAL

Ley Nº 29812 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012.

Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado.

Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017, aprobado por Decreto Supremo N° 184-

2008-EF. Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Ley Nº 28015, Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña y Microempresa. Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones

del Estado. Directivas del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Código Civil.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y

conexas, de ser el caso.

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CAPÍTULO II

DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Convocatoria……………………..…….………………………: … 31/01/2012

Registro de participantes………………………………………: Del 01/01/2012 a 10/02/2012

Formulación de consultas y/u Observaciones a las Bases……………………………………: Del 01/01/2012 al 03/02/2012.

Absolución de consultas y/u

Observaciones a las Bases …………………….…………… :08/02/2012.

Integración de Bases……………………………………………:09/02/2012

Presentación de Propuestas………………………………… : 17/02/2012

En la oficina de la Mesa de partes del IVP- AMBO,

sito en el Jr. 28 de Julio 574- Interior “A”- Ambo

Calificación y Evaluación de Propuestas………………… : 20/02/2012

Otorgamiento de la Buena Pro…………………………: 20/02/2012 a través del SEACE.

2.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de los participantes se realizará en Oficina del IVP-AMBO, sito en la – Plaza de

Armas – Jr. 28 DE Julio 574 Int. A Ciudad de Ambo, Provincia de Ambo, Región Huánuco, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 16:00 horas, previo pago de

la suma S/. 50.00 (Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) por derecho de participación en

caja de la entidad.

En el momento de la entrega de las Bases al participante, se emitirá la constancia o cargo

correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que recibe las Bases así como el día y hora de dicha recepción.

DESCRIPCION CANTIDAD PRECIO

UNITARIO PARCIAL

(S/.)

RESUMEN DEL EXPEDIENTE TECNICO

COPIAS A4 55.00 0.10 5.50

REPRODUCCION DE BASES

COPIAS A4 40.00 0.10 4.00

COPIAS DE PLANOS

COPIAS A1 9.00 4.50 40.50

COSTO TOTAL 50.00

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2.3 FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante

la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad, sito en la – Plaza de Armas – Jr. 28 de Julio 574 Int. A Ciudad de Ambo, Provincia de Ambo, Región Huánuco, en las fechas señaladas en el

cronograma, en el horario de 08:00 a 16:00, debiendo estar dirigidas al Presidente del Comité

Especial Ad Hoc de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 001-2012-MPA-IVP/AMBO/CE.

2.4 ACTO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Los participantes presentarán sus propuestas en sobre cerrado, en la dirección, en el día y

horario señalados en las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial, conforme a lo

indicado en la sección general de las presentes Bases.

Las propuestas se presentarán en dos sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 001-2012-MPA-IVP/AMBO/CE.

SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

Señores

Comité Especial Ad Hoc INSTITUTO VIAL PROVINCIAL DE AMBO Plaza de Armas Jr. 28 de Julio Nº 574. Int. A - Ambo Att.: Comité Especial

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 001-2012-MPA-IVP/AMBO/CE

- Primera Convocatoria - Servicios de Consultoría para Supervisar la Ejecución de la Obra:

“Rehabilitación y Mejoramientode la Trocha Carrozable de Cochachinche – Angasmarca

- Añay - Huagas, Distrito de Huacar,Provincia de Ambo – Huánuco”

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA

NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR

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Provincia de Ambo – Huánuco” .

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SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

2.5 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA:

Se presentará en un (1) original y dos (2) copias El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:

Documentación de presentación obligatoria:

a) Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, Registro de Consultor de Obras.

b) Declaración Jurada de datos del postor. Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los

consorciados. (Anexo Nº 01)

c) Declaración Jurada y/o documentación que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente Sección(Anexo Nº 02)

d) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. (Anexo Nº 03)

En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante legal común del consorcio.

e) Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. (Anexo Nº 04)

Señores Comité Especial Ad Hoc INSTITUTO VIAL PROVINCIAL DE AMBO

Plaza de Armas Jr. 28 de Julio Nº 574. Int. A - Ambo Att.: Comité Especial

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 001-2012-MPA-IVP/AMBO/CE

- Primera Convocatoria - Servicios de Consultoría para Supervisar la Ejecución de la Obra:

“Rehabilitación y Mejoramientode la Trocha Carrozable de Cochachinche – Angasmarca

- Añay - Huagas, Distrito de Huacar,Provincia de Ambo – Huánuco”

SOBRE N° 1: PROPUESTA ECONOMICA

NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR

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La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En

caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá

que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases

del proceso.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar

en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

f) Declaración Jurada de plazo de ejecución de la consultoría de obra. (Anexo Nº 05)

MUY IMPORTANTE: La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la propuesta.

Documentación de presentación facultativa:

a) Certificado de inscripción o reinscripción en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa -

REMYPE, de ser el caso.

b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá

presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad.

c) Documentos para la aplicación de todos los factores de evaluación:

Para la acreditación de los factores “Experiencia en la actividad” y “Experiencia en la

especialidad” deberá requerirse: Contratos con su respectiva conformidad por la prestación efectuada o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite

documental y fehacientemente.

Para la acreditación del factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto”

deberá requerirse: Constancias o certificados.

Si el postor fuera una persona natural, la experiencia que se acredite como tal, podrá acreditarla también como personal propuesto para el servicio, si fuera el caso.

Para la acreditación del factor “Cumplimiento del servicio por el postor”, deberá

acreditarse con Constancias o certificados referidos a los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor en los que el servicio se haya efectuado sin que se

haya incurrido en penalidades.

d) En el caso de servicios prestados fuera de la provincia de Lima y Callao, podrá presentarse una solicitud de bonificación por parte de los postores con domicilio en la provincia o en las provincias colindantes donde se prestará el servicio, según el Anexo Nº 8.

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SOBRE Nº 2 - PROPUESTA ECONÓMICA2

El Sobre N° 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

a) Oferta económica en letras y números, el cual deberá incluir todos los impuestos, tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, o cualquier otro

concepto, el que no podrá tener borradura alguna, enmendadura o corrección, caso

contrario se considerará como no presentada (Anexo Nº 07).

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales.

El monto total de la propuesta será en soles.

El Presupuesto detallado, será presentado por el ganador de la buena pro como requisito

para la suscripción del contrato.

b) Garantía de seriedad de oferta por un monto de S/. 1,000.00 (Un Mil y 00/100 nuevos soles), mediante carta fianza. El plazo de vigencia de la garantía de seriedad

de oferta no podrá ser menor a dos (2) meses, computados a partir del día siguiente

a la presentación de las propuestas. Estas garantías pueden ser renovadas, caso contrario la propuesta económica será desestimada, la garantía de seriedad de

oferta será formalizada mediante una CARTA FIANZA.

2.6 Determinación del Puntaje Total

Una vez evaluadas la propuesta técnica y económica se procederá a determinar el puntaje

total de las mismas.

El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i

PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

En el caso de servicios de consultoría se aplicarán las siguientes ponderaciones:

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica =0.80

c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.20

2 De acuerdo con el artículo 63º del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.

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A solicitud del postor, se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre

la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias

colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP.

IMPORTANTE: Dicha bonificación adicional se aplicará siempre que los postores beneficiados hayan

presentado la Declaración Jurada del Anexo Nº 8, incluida en la sección específica de las presentes Bases.

2.7 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Adicionalmente, conforme al artículo 141º del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, deberá requerirse, entre otros, los siguientes documentos3: a) Copia de DNI del Representante Legal;

b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa;

c) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizadas; d) Copia del RUC de la empresa;

e) Código de Cuenta Interbancario (CCI), de corresponder. f) Certificado de habilidad de los profesionales propuestos.

g) Detalle de Precios Unitarios

Asimismo, el postor ganador de la buena pro deberá presentar una Carta Fianza para efectos

de garantizar el fiel cumplimiento del contrato.

2.8 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la buena pro deberá presentar toda la documentación requerida para la

suscripción del contrato en el plazo de 05 días hábiles. La citada documentación deberá ser presentada en la Oficina de Logística del Instituto Vial Provincial de Ambo, sito en el Jr. 28 de

Julio 574- Interior A- ambo.

2.9 ADELANTOS

La Entidad podrá entregar Adelantos al Contratista siempre en cuando exista la opinión

favorable del área usuaria para la realización del mismo, contra la presentación de una garantía emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses,

renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado.

De ser favorable el informe, el Contratista dentro de los ocho (8) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, podrá solicitar formalmente la entrega del adelanto,

adjuntando a su solicitud la carta fianza por este concepto y el comprobante de pago correspondiente. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.

3 Cada Entidad deberá definir si solo requerirá de la presentación de estos documentos o adicionar algún otro.

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La Entidad entregará el monto solicitado dentro de los siete (7) días contados a partir del día

siguiente de recibida la mencionada documentación.

Amortización del Adelanto

El Adelanto Directo otorgado al Contratista será amortizado proporcionalmente, en cada uno de los pagos que se efectúen por la aprobación de los informes presentados.

2.10 PLAZO PARA EL PAGO

La Entidad se compromete a efectuar el pago al contratista en un plazo máximo de 10 (diez) días calendario de otorgada la conformidad de recepción de la prestación.

2.11 FORMA DE PAGO

De acuerdo con el artículo 176º del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente

documentación:

- Recepción y conformidad del Órgano de Administración

- Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.

- Factura

2.12 REAJUSTE DE LOS PAGOS

No se considera Reajuste de Pagos.

CAPÍTULO III

TÉRMINOS DE REFERENCIA

1. GENERALIDADES.

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

1. ENTIDAD CONVOCANTE

Instituto Vial provincial de Ambo.

2. OBJETIVO

La presente Adjudicación Directa Selectiva, tiene por objeto seleccionar al Consultor que proporcione sus Servicios profesionales para Supervisión de la Obra: “REHABILITACION, MEJORAMIENTO DE LA

TROCHA CARROZABLE DE COCHACHINCHE-ANGASMARCA-AÑAY-HUAGAS, DISTRITO DE HUACAR, PROVINCIA DE AMBO-AMBO.”, según especificaciones técnicas referidas en los Términos de

Referencia.

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Estas bases establecen los criterios y procedimientos que seguirá el IVP_AMBO, para la Evaluación y

Calificación de postores; así como para la selección del Consultor ganador. Seleccionar al consultor,

persona Natural o Jurídica que se encargará de la Supervisión.

3. BASE LEGAL

La presente Adjudicación Directa Selectiva se rige por las siguientes disposiciones legales:

to del Sector Público para el ejercicio fiscal 2012

Estado.

2. ALCANCES DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN. El Supervisor suministrará totalmente los servicios necesarios para la supervisión y control de la

obra: REHABILITACION, MEJORAMIENTO DE LA TROCHA CARROZABLE DE COCHACHINCHE-

ANGASMARCA-AÑAY-HUAGAS, DISTRITO DE HUACAR, PROVINCIA DE AMBO-AMBO. Estos

servicios comprenderán todo lo relacionado con la Supervisión, control técnico, legal, económico,

contable, ambiental, administrativo y todo aquello que se requiera para la eficiente y eficaz administración del Contrato de Ejecución de Obra.

Sin exclusión de las obligaciones que corresponden al Supervisor, conforme a los dispositivos legales vigentes y que son inherentes como tal, entre otros, la supervisión y control de esta obra

estará obligado a:

- Revisar el expediente técnico del proyecto materia de ejecución y formular oportunamente las recomendaciones, complementaciones y/o modificaciones, así como los probables

presupuestos adicionales y deductivos de la obra. - Ejecución integral del control y supervisión de la obra, verificando constante y oportunamente

que los trabajos se ejecuten de acuerdo a los Planos, Especificaciones Técnicas y en general

con toda la documentación que conforma el Expediente Técnico, cumpliendo con las Normas de Construcción, Normas Ambientales, Normas de Seguridad y reglamentación vigente, así

como la calidad de los materiales que intervienen en las obras. - Controlar el Avance de la Obra a través de un Programa PERT-CPM y Diagrama GANNT con el

detalle suficiente de cada una de las actividades desde el inicio hasta su conclusión. El software a utilizar será previamente aprobado por la ENTIDAD.

- Vigilar y hacer que el Residente de Obra cumpla con las normas de seguridad del personal

involucrado en las obras. El control deberá ser diurno y nocturno, de ser el caso. - Asesoramiento técnico, legal y servicios profesionales especializados, cuando las condiciones

de la obra lo requieran, contribuyendo eficazmente a la mejor ejecución de las mismas. - Inspección y verificación permanente de la calidad y cantidad de los materiales y equipos, así

como el control físico de los mismos, presentando en los informes correspondientes, su

inventario detallado y actualizado. Deberán además, llevar un control especial e informar a la ENTIDAD, sobre la permanencia en la Obra de los equipos y maquinaria.

- Mantener la estadística general de la obra y preparar Informes Mensuales, los cuales deberán indicar detalladamente los avances físicos y económicos. Incluir asimismo los problemas

presentados y las soluciones adoptadas. - Revisar los estudios de Mecánica de Suelos, verificar antes del inicio de las obras, las

características de los materiales de canteras para los diferentes usos, así como sus potencias

y rendimientos, diseño de mezclas y diseños en general; dando su conformidad y en caso necesario proponer alternativas y/o soluciones.

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- Revisar detalladamente el Calendario de Avance de Obra (CAO), el Calendario de Adquisición

de Materiales y Utilización de Equipos Mecánicos que el Contratista presenta a la ENTIDAD

antes de la firma del Contrato. Estos calendarios revisados y de ser el caso, corregidos y/o modificados serán aprobados con la suscripción de los documentos, por el representante del

Contratista y el Jefe de la Supervisión. En caso que el supervisor no haya sido contratado, la revisión y aprobación estará a cargo de la ENTIDAD.

- Durante la etapa previa, ejecución y recepción de Obra el Supervisor tomará en cuenta para la

conservación ambiental, las medidas ambientales exigidas en el Estudio de Impacto Ambiental y Especificaciones Técnicas del Proyecto.

- Revisión, verificación y ejecución de los trazos y niveles topográficos en general. - Recomendar y asesorar a la ENTIDAD en lo referente a Sistemas Constructivos, emitir

pronunciamientos y recomendaciones sobre los aspectos que proponga el Residente de Obra. - Revisar y presentar oportunamente, los informes y/o expedientes sobre ampliaciones de plazo

y otros dentro del período previsto en la normatividad que rige los Contratos.

2.1. ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DEL SUPERVISOR

A continuación se presenta una relación de las actividades del Supervisor, sin que sea

limitativa debiendo el postor proponer en mayor amplitud y detalle su propia relación de

actividades para enriquecer su propuesta.

2.1.1 Actividades previas a la ejecución de la obra.

2.1.1.1 Movilización e Instalación del Supervisor en Obra.

2.1.1.2 Revisión del Expediente Técnico.

• Conocimiento del Expediente Técnico

• Revisión de la Ingeniería Básica • Revisión de la Ingeniería de Detalle

• Verificación de los Permisos

• Otros • Informe de Revisión del Expediente Técnico

2.1.1.3 Revisión de la Oferta Técnico Económica del Contratista

• Precios Unitarios Ofertados o de Obra. • Cronograma de Obra.

• Cronograma de Adquisición de Materiales. • Cronograma de Uso de Equipos.

• Verificación de Rendimientos. • Compatibilización del Expediente Técnico con la Absolución de Consultas.

• Cumplimiento de Seguros de Obra.

• Revisión del Programa de Obra. • Revisión del Plan de Seguridad de Obra.

• Documentación del Ingeniero Residente así como del Plantel de Profesionales destacados en Obra.

• Informe de Revisión de la Propuesta Técnico Económica del Contratista.

2.1.1.4 Apertura del Cuaderno de Obra

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2.1.1.5 Entrega del Terreno

• Asesoramiento en la Entrega del Terreno.

• Delimitación del Área de Trabajo y Ubicación de Puntos de Control Topográfico.

• Suscripción del Acta de Entrega del Terreno Como resultado de la evaluación in situ y la verificación de la concordancia del expediente técnico y propuesta

técnica - económica de la obra, el supervisor deberá proponer modificaciones

al proyecto original, si fuera necesario; También, debe advertir los posibles adicionales que pudieran generarse como consecuencia de mayores metrados

o actividades no considerados en el expediente técnico.

2.1.2 Actividades durante la ejecución de las obras.

2.1.2.1 Control Técnico de la Obra

• Plan de Trabajo.

• Evaluación de los Procesos Constructivos. • Revisión de las Instalaciones, Equipos, Materiales y Personal.

• Revisión y Aprobación de Diseños de Ejecución.

• Supervisión de las Partidas del Expediente Técnico. • Recomendaciones sobre Cambios y Modificaciones al Expediente Técnico

• Control de Uso de Equipos.

2.1.2.2 Control de Calidad de la Obra

• Cumplimiento de las Especificaciones Técnicas del Expediente Técnico.

• Cumplimiento de las Normas y Manuales Técnicos que correspondan. • Realización de Pruebas de Control de Calidad en Materiales y Equipos.

• Realización de Ensayos de Laboratorio.

2.1.2.3 Control de Avance de la Obra

• Control de la Programación de Obras.

• Presentación de Informes y valorizaciones mensuales y otros que requiera la entidad.

• Asesoramiento por controversias con el contratista y terceros por daños.

2.1.2.4 Control de Medio Ambiente

• Demarcación y Aislamiento de Área de Trabajo.

• Rutas Alternas. • Control de Ruidos.

• Información y Comunicación Social.

• Eliminación de Material Excedente. • Uso de Canteras.

• Almacenamiento de Materiales. • Control de Agentes Contaminantes.

• Política de Campamento de la Obra.

• Limpieza de la Obra.

2.1.2.5 Control de Seguridad

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• Control de Accidentes de Obra.

• Charlas de Seguridad al Personal de Obra (personal profesional, técnico, administrativo, obrero y otros)

• Control de Cumplimiento de la Seguridad en Obra. • Mantenimiento de Tránsito en Calles durante la Construcción.

• Verificación de Facilidades de Emergencias Médicas.

• Informe de Accidentes. • Procedimientos de Emergencia.

2.1.2.6 Control Económico Financiero

• Control de los Adelantos Directo y para Materiales.

• Formulación de Adicionales y/o Deductivos de Obra.

• Análisis de los Precios Unitarios para Partidas Nuevas y negociación con el Contratista.

• Control del Cronograma Valorizado y Real. • Comprobación del Pago de Sueldos y Beneficios Sociales.

• Control de Cartas Fianzas.

• Control de Pago de Valorizaciones. • Control de Materiales de Construcción.

2.1.2.7 Otras actividades:

• Constatar el replanteo general de la obra y efectuar permanentemente el

control topográfico durante la construcción.

• Programar y coordinar reuniones periódicas con el Residente de Obra. • Asistir y participar en las reuniones que organice la ENTIDAD, relacionados

con la ejecución de la obra. • Efectuar, Interpretar y opinar sobre los resultados de los ensayos que se

hayan efectuado.

• Ejecutar pruebas que acrediten la capacidad portante del terreno según diseño.

• Sostener con los funcionarios de la Gerencia de Infraestructura y Planeamiento Urbano de la ENTIDAD una permanente comunicación sobre el

estado de las obras y el desarrollo del Contrato.

• Valorizar mensualmente las obras ejecutadas según presupuesto del proyecto, sustentándolos con la documentación técnico administrativa que los respalde

(sustento de metrados, planos, resumen de ensayos, etc.) • Emisión de los informes especiales para la ENTIDAD, cuando este los requiera

o las circunstancias lo determinen. • Mantenimiento del archivo general del proyecto objeto del contrato. Copia de

este archivo será entregado a la ENTIDAD, con la Liquidación de Obra.

• Vigilancia de que las obras se mantengan bien iluminadas durante los posibles trabajos nocturnos.

2.1.3 Actividades de recepción de la obra, revisión de liquidación de obra, Informe

final y presentación de liquidación de Contrato de Supervisión.

2.1.3.1 Fecha de Recepción de Obra

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• Comunicación de Recepción de Obra a La Entidad, conforme a los plazos

establecidos en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

• Presentar el Informe de Situación de la Obra. • Solicitar la conformación de Comité de Recepción.

2.1.3.2 Previo a la recepción de Obra

• Revisión de los Planos de post construcción de la Obra. • Revisión de los Metrados de Obra.

• Revisión de la Memoria Descriptiva de la Obra.

2.1.3.3 Durante la recepción de la obra

• Suscripción del Acta con Observaciones, si fuera el caso.

• Supervisión del Levantamiento de las Observaciones, si fuera el caso. • Comunicación del Levantamiento de Observaciones a La Entidad.

• Recepción Final de Obra.

2.1.3.4 Liquidación de Obra

• Conformidad de los Planos de Post construcción.

• Conformidad de los Metrados de Obra. • Conformidad de la Memoria Descriptiva.

• Revisión, conformidad y/o reformulación de la Liquidación de Obra presentada por el contratista o elaboración de la liquidación de obra, si fuera el caso.

2.1.3.5 Presentar el Informe Final de la Obra.

2.1.3.6 Presentar la liquidación del contrato de supervisión de obra.

2.1.3.7 Otras actividades relacionadas:

• La recepción de obra y la liquidación de contrato se ejecutarán dentro de los

plazos establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. • Antes de la recepción de la obra, el Consultor, deberá entregar el informe de

situación de la obra ejecutada, dentro de los cinco (05) días calendario

posteriores a la anotación en cuaderno de obra que efectué el Ejecutor de Obra indicando que ha terminado la Obra y solicita la recepción de aquella, en

el que incluirá el resultado estadístico del control de calidad de la obra ejecutada.

• Asesoramiento y participación en la recepción previa y final de la obra. El Supervisor será en todo momento el asesor de la Comisión de Recepción,

durante la recepción previa y final de la obra.

• La Memoria Descriptiva Valorizada, Metrados Finales y Planos Post-Construcción presentados por el Residente de Obra, deben estar firmados en

cada una de las hojas y planos tanto por el Jefe de Supervisión y el contratista.

• El informe final incluirá la descripción de todo el proceso de ejecución de la

obra, incluyendo modificaciones y adicionales, metrados finales, ampliaciones de plazo etc., realizará una evaluación de la calidad de la obra. El informe

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final incluirá recomendaciones para su mantenimiento y conservación, el cual

deberá ser entregado dentro de los 30 días siguientes a la Recepción final.

• El Supervisor presentará la liquidación de su contrato dentro de los quince (15) días calendarios posteriores a la aprobación por parte de la Entidad, de la

liquidación de la obra supervisada.

3. RESPONSABILIDAD DEL SUPERVISOR

3.1 El Supervisor de Obra será responsable de la calidad de los servicios que preste, de la

idoneidad del personal a su cargo y de velar que las obras se ejecuten con óptima calidad.

3.2 El Supervisor de Obra será responsable de la entrega de valorizaciones, adicionales, deductivos, informes mensuales y otros, liquidaciones de obra y de su contrato, en los plazos

y condiciones fijados en los documentos contractuales.

3.3 Ejercer un control permanente sobre la vigencia de las Cartas Fianzas del Contratista,

comunicando a La Entidad los vencimientos con un mes de anticipación.

3.4 El Supervisor de Obra mantendrá un control permanente sobre los Adelantos por Materiales

otorgados al Contratista, si corresponde; debiendo reflejarse tanto en las valorizaciones como en los ajustes de los montos de las Cartas Fianzas.

3.5 El Supervisor de Obra, dentro de los alcances del rol contractual que le ha correspondido

desempeñar, será legalmente responsable por el período de siete (07) años, a partir de la finalización de sus servicios.

3.6 El Supervisor de Obra no tendrá autoridad para exonerar al Contratista de ninguna de sus obligaciones contractuales, ni de ordenar ningún trabajo adicional o variación de obra que de

alguna manera involucre ampliación de plazo o cualquier pago extra, a no ser que medie autorización escrita y previa de La Entidad.

3.7 El Supervisor de Obra, será responsable de valorizar Obra Adicional en la planilla respectiva, no en la planilla de Obra Contratada.

3.8 El Supervisor de Obra será responsable del control de calidad de las Obras, realizando las

pruebas de control requeridas.

3.9 En el caso de Consorcio, las empresas integrantes son solidariamente responsables frente a la

ENTIDAD.

3.10 Las sanciones por incumplimiento que se aplican al SUPERVISOR comprenden no solamente a las establecidas en estos Términos de Referencia y en el Contrato, sino además a las que

conforme a Ley le corresponden para lo cual la ENTIDAD, iniciará acciones judiciales

pertinentes de ser el caso.

4. PROCEDIMIENTO DE CONTROL

4.1 La Supervisión para el desarrollo de sus funciones, debe hacer cumplir la normatividad vigente, los Términos de Referencia, los Manuales Técnicos y Directivas correspondientes, las

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Normas Técnicas de Control de la Contraloría General de la República, la propuesta técnica y

económica, documentos contractuales y demás disposiciones legales vigentes.

4.2 Los procedimientos de control se efectuarán de acuerdo a lo indicado en las especificaciones

Técnicas del Expediente Técnico y cuando no estuviese especificado, se efectuará en cumplimiento a las normas peruanas vigentes y complementariamente a los siguientes

dispositivos:

Normas afines dictadas por el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento

Reglamento Nacional de Edificaciones

Instituto de investigación, tecnología, industria y normas técnicas

American concrete instituto

4.3 El Supervisor adoptará los procedimientos necesarios para realizar un efectivo control técnico

de las actividades, relacionadas con la ejecución del Proyecto.

4.4 En su Propuesta Técnica, el supervisor, con pleno conocimiento del Expediente Técnico,

programación y calendario propondrá las pruebas y ensayos complementarios a los indicados en las Especificaciones que juzgue necesarios, sin que ello impida la adopción de nuevas

pruebas, según el desarrollo de la construcción.

4.5 El Supervisor debe controlar permanentemente la calidad de rellenos y los concretos

ejecutados por el Contratista, así como, la calidad de los equipos hidráulicos y electromecánicos y su instalación, aceros estructurales, etc.; en tal sentido los resultados

finales del control deben estar dentro de los parámetros exigidos.

4.6 En los casos en que no se cumplan las condiciones solicitadas, la Supervisión definirá los trabajos necesarios a efectuar para llegar a resultados óptimos, siendo estos trabajos por

cuenta del Contratista, no correspondiéndole pago, reintegro o compensación alguna por

dichos trabajos, toda vez que el Contratista está en la obligación de terminar correctamente todos los trabajos. Sin embargo, el Supervisor no se eximirá de la responsabilidad de estos

resultados, por lo que se hará acreedor de la sanción y aplicación de penalidad indicada en el Contrato, en consideración a que entre el Supervisor y el Contratista debe haber una

conjunción de esfuerzos eficientes orientados a que las obras sean ejecutadas de acuerdo a

los Diseños y Especificaciones aprobadas en el expediente Técnico, velando por la calidad de la obra.

5. RECURSOS HUMANOS Y FÍSICOS QUE PROPORCIONARA EL CONSULTOR

5.1 El Supervisor deberá contar con la organización necesaria para cumplir eficientemente las

obligaciones descritas en los presentes Términos de Referencia y en su Propuesta Técnica.

5.2 El Supervisor proporcionará y dispondrá adecuadamente una organización de profesionales, técnicos, administrativos y personal de apoyo, los cuales contarán con todas las instalaciones

y mobiliario necesarios, así como los medios de transporte y comunicación para cumplir

eficientemente sus obligaciones.

5.3 Los profesionales y técnicos que conformen el equipo del Supervisor, deberán acreditar los títulos profesionales correspondientes y ofrecer pruebas documentadas de la experiencia

necesaria para los cargos que desempeñarán en el Proyecto.

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5.4 El Postor que obtenga la Buena Pro, deberá presentar a la firma del Contrato los certificados

de habilidad otorgados por el Colegio de Ingenieros del Perú de los profesionales presentados

en su propuesta.

5.5 Todo el personal asignado al Proyecto, deberá ser con carácter de dedicación exclusiva por el tiempo y en la oportunidad señalada en la Propuesta Técnica.

5.6 Para la realización de las actividades, el Supervisor deberá conformar, un equipo profesional, administrativo y técnico; la estructura básica de su propuesta será la siguiente:

DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD

Ing. Supervisor de Obra MES 8

Ing. Asistente de Obra MES 8

Especialista en Obras Viales MES 8

Especialista en Topografía MES 8

Especialista en Medio Ambiente y Suelos MES 8

5.7 El personal técnico-administrativo del Consultor que trabaje para el Proyecto, será específicamente indicado. Debiendo considerarse el eventual trabajo en días domingos,

festivos y jornadas nocturnas, cuando así lo requiera el Proyecto, sin que esto signifique costo

adicional al pactado en el Contrato.

5.8 Para la prestación de los servicios de Supervisión y Control, EL SUPERVISOR utilizará el personal calificado especificado en su Propuesta Técnica, no estando permitido cambios, salvo

por razones de fuerza mayor debidamente comprobadas. Para este efecto, EL SUPERVISOR

deberá proponer a la ENTIDAD con cinco (05) días hábiles de anticipación, el cambio de personal a fin de obtener la aprobación del mencionado cambio. El nuevo personal profesional

propuesto deberá reunir similar o mejor calificación que el profesional ofertado inicialmente. La Entidad se pronunciará en un plazo de ocho (08) días hábiles, caso contrario se

considerará aceptada la solicitud.

5.9 El Supervisor con relación al Residente de Obra, se considerará como representante de la

ENTIDAD.

5.10 La ENTIDAD, podrá solicitar cambios del personal del Supervisor, en cualquier momento, cuando considere conveniente en beneficio del Proyecto.

5.11 El personal del Supervisor deberá observar en todo momento las normas de seguridad vigentes en la obra, debiendo todo el personal estar provistos de cascos, chalecos, botas, etc.

5.12 El Supervisor, para la ejecución de los servicios en la etapa de supervisión de obra, deberá

obligatoriamente contar en el lugar de las obras, con los siguientes recursos mínimos:

1. 01 camioneta 4x4.

2. 01 Estación Total 3. 01 Nivel Automático.

4. 01 GPS. 5. 01 Computadoras Personales Lap Top.

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6. 01 Impresora de formato normal (A4)

7. 01 Impresora de formato (A3)

8. 01 Plotter

La acreditación de los ítem 1) a 8) se efectuara mediante facturas y compromiso de alquiler y/o compra.

El requerimiento mínimo de los equipos es de carácter obligatorio (podrá ser propio o alquilado y deberán permanecer en el lugar de las obras, según el tiempo de utilización

previsto en el presupuesto referencial).

6. RECURSOS QUE PROPORCIONARA LA ENTIDAD

La ENTIDAD, proporcionará apoyo al Supervisor en las coordinaciones que realice este con otros

sectores, para la ejecución de la obra.

7. DOCUMENTACIÓN Y CONTENIDO DE LA INFORMACIÓN QUE DEBERÁ PRESENTAR EL

CONSULTOR COMO RESULTADO DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DURANTE LA

EJECUCIÓN DE LA OBRA.

El Supervisor de Obra presentará a la Entidad la siguiente documentación, como resultado de la prestación de servicios:

ETAPA DE SUPERVISIÓN DE LA OBRA:

7.1 Las valorizaciones mensuales por avance de obra del Contratista dentro del plazo estipulado por ley.

7.2Informes Mensuales de las actividades Técnico - Económico de la Obra; estos informes se

presentarán en un (01) original y dos (02) copias, dentro de los primeros 07 días naturales del

mes siguiente, adjuntando una ficha de información mensual y un resumen ejecutivo, debiendo contener además, en una relación enumerativa más no limitativa, los siguientes

aspectos:

7.2.1 Área de Supervisión

• Actividades desarrolladas por el Supervisor de Obra

• Memoria explicativa de los avances de obra y asuntos más saltantes, justificaciones de retrasos en caso que los hubiese, proponiendo soluciones para su corrección.

• Relación de todos los ensayos realizados en la obra y controles efectuados por el Supervisor de Obra, indicando ubicación, fecha en que fueron realizados, resultados

e interpretación estadística. Si corresponde, indicarán medidas correctivas y

responsabilidades. • Informe de las actividades de Supervisión ambiental realizadas durante el mes.

• Programa de sus actividades para el mes siguiente. • Personal y equipos empleados en la Supervisión de Obra, durante el período

comprendido en el informe.

• Estado contable del Contrato de Supervisión discriminado por partidas. Cuadro resumen de pagos a cuenta, relación de Cartas Fianza vigentes.

• Gráficos y Fotografías, que mostrarán el estado de avance de la Obra.

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• Copias de las comunicaciones más importantes intercambiadas con el Contratista o

con terceros.

• Dará cuenta del trámite que con su opinión haya dado a los reclamos a planteamientos que el Contratista hubiera formulado, pero cuya decisión excediendo

a sus facultades deberá resolverse a un nivel superior. • Apreciaciones de la Supervisión, relacionado con el ritmo de avance de la obra,

desempeño del personal asignado a la obra, abastecimiento de materiales a la obra,

juicio crítico sobre la actuación del Contratista, etc. • Valorización mensual de los servicios de supervisión:

Monto Global, desagregado en remuneraciones de personal clave, auxiliar y de apoyo, bienes y servicios, movilizaciones, viáticos, materiales y otros, etc., según la

propuesta del consultor. • Esta secuencia informativa no es limitativa, la Supervisión puede proponer una

mejor estructuración y/o ampliación del contenido de los Informes y de común

acuerdo y aceptación de la Entidad.

7.2.2 Área Ejecutor o Contratista de Obra

• Informe acerca de los avances físicos y valorizados del Contratista, breve descripción de los trabajos ejecutados, métodos de construcción propuestos y/o ejecutados,

cuadros y gráficos que muestren el programa real en comparación con el programado.

Presentar la documentación por la cual se certifique que los materiales y equipos

cumplen con las especificaciones técnicas. Estado de avance económico y financiero de la obra: incluirá los avances

económicos por partidas, gastos generales, utilidad, adelantos y amortizaciones,

cuadro y diagrama de avance mensual y acumulado por rubros o partidas genéricas

(incluido adicionales y deductivos), comparación con el avance vigente. El estado financiero de la obra incluirá un cuadro resumen de pagos a cuenta, un cuadro de

adelantos concedidos al Contratista y relación de Cartas Fianza vigentes, donde corresponda.

Pronosticar los "avances" para el siguiente mes, tanto físico como valorizado.

Lista de personal y equipo empleado por el Contratista durante el período

respectivo, indicando variaciones con lo programado, si las hubiese.

Llevar record de índices de seguridad y accidentes de obra.

Comparará entre el avance programado y el realmente ejecutado, explicando las

causas que hayan motivado atrasos, si las hubiera, y de las disposiciones tomadas para superarlos.

Previsibles dificultades futuras y las soluciones que se propone adoptar o que ya

adoptó, sugiriendo la intervención de La Entidad, si lo considera indispensable. Juicio crítico sobre la actuación del Ejecutor de Obra o Contratista en su conjunto.

Esta secuencia informativa no es limitativa, la Supervisión puede proponer una mejor estructuración y/o ampliación del contenido de los Informes, de común acuerdo y

aceptación de la Entidad.

7.3 Informes Especiales: Serán presentados dentro del plazo de tres días hábiles,

pudiéndose presentar:

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7.3.1 Informes Solicitados por la Entidad, sí el Informe Especial amerita un plazo mayor, por

razones justificadas, La Entidad establecerá el nuevo plazo de presentación del Informe.

ETAPA DE RECEPCION Y LIQUIDACIÓN DE OBRA:

7.3.2 Informes de Situación de Obra (Previo a la Recepción de Obra); previo a la recepción

de obra, el Supervisor de Obra presentará el Informe de situación de la obra ejecutada

dentro de los cinco (05) días calendario posteriores a la anotación en cuaderno de obra que efectúe el Ejecutor de Obra o el Contratista indicando que ha terminado la Obra y

solicita la recepción de aquella. En dicho informe se indicará en qué fecha se produjo el término de la misma y, de ser el caso, informará respecto de las observaciones

pendientes de cumplimiento. Incluirá el resultado estadístico del control de calidad de la Obra ejecutada.

7.3.3 Informe Final, incluirá:

• la medición final de la obra, distinguiendo los trabajos ejecutados. • El resumen de rendimientos unitarios de los equipos y partidas.

• El registro de las medidas y obras de protección y recuperación ambiental.

• Revisión y conformidad a la Memoria Valorizada presentada por el Ejecutor de Obra o Contratista y de los Planos Post Construcción que haya presentado.

• Las recomendaciones para la conservación de las obras.

7.4 Liquidaciones de Obra y Liquidación de Contrato: El Supervisor de Obra presentará a la Entidad, el informe de revisión y conformidad de la Liquidación de la Obra, presentada por el

Contratista. Asimismo, presentará la liquidación de su contrato.

En general, la estructura de la liquidación final será la siguiente:

- Antecedentes de las obras - Datos Generales

- Descripción de las obras y Cumplimiento de Metas

- Metrados valorizados y ejecutados - Presupuestos de Obra

- Adicionales (de ser el caso) - Deductivos (de ser el caso)

- Valorizaciones Contrato Principal

- Valorizaciones Adicionales (de ser el caso) - Valorizaciones Deductivos (de ser el caso)

- Resumen de Valorizaciones Contrato Principal - Resumen de Valorizaciones Adicionales (de ser el caso)

- Resumen de Valorizaciones Deductivos (de ser el caso) - Liquidación Final

- Planos Post-Construcción

- Cuaderno de Obra. - Conclusiones y Recomendaciones.

- Panel Fotográfico (que muestre la secuencia constructiva)

Esta estructura no es limitativa, la Supervisión puede proponer una mejor estructuración y/o

ampliación del contenido de las liquidaciones de obra y de la Supervisión, de común acuerdo y aceptación de la Entidad.

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El supervisor, será responsable de la elaboración de la liquidación de obra sólo en caso el

contratista no presentase dicha liquidación en el plazo previsto en el Artículo 211 del

Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”; dado que, la Entidad efectuará un pago al supervisor por la etapa de recepción y liquidación de obra, la misma que estará incluida en

la oferta económica del postor.

8. DE LOS PLAZOS DEL SERVICIO:

8.1 El contrato tiene vigencia desde el día siguiente de su suscripción hasta que la liquidación

quede consentida.

8.2 Los plazos de ejecución del servicio deben computarse del siguiente modo: Etapa de Supervisión de la Obra, el plazo del servicio de consultoría para esta etapa se

inicia a partir del inicio del plazo de ejecución de obra.

Etapa de Recepción y Liquidación de Contratos, el plazo se inicia a partir del día siguiente de la fecha de culminación de obra.

8.3 En el caso que la fecha de suscripción del contrato del supervisor externo sea igual o posterior

a la fecha de inicio del plazo de ejecución de obra; el inicio del plazo del supervisor será el día

que se presente en la obra, tanto para la etapa de Revisión del Expediente Técnico como para la etapa de Supervisión de la obra.

En el caso que el inicio del plazo del supervisor sea posterior a la fecha de inicio del plazo de ejecución de obra, debe efectuarse el deductivo que corresponda en la Etapa de Supervisión

de obra.

9. INFORMACIÓN QUE PROPORCIONARA LA ENTIDAD.

La ENTIDAD proporcionará al Supervisor toda la información necesaria disponible con relación

al Proyecto.

10. FACULTADES DEL SUPERVISOR

10.1 El Supervisor tendrá la obligación y el deber de hacer cumplir las Especificaciones Técnicas de Construcción, para lo que dictará las medidas adecuadas en el momento

oportuno exigiendo su cumplimiento al Residente de Obra.

10.2 El Supervisor no podrá dictar ninguna orden que sobrepase las atribuciones que se

señalan en los presentes Términos de Referencia, debiendo en caso de eventualidades inevitables justificadas, bajo responsabilidad, recabar autorización expresa de la

ENTIDAD.

11. CONDICIONES GENERALES

11.1 La provisión de oficinas, mobiliario, transporte, equipos, sistema de comunicación, copiado,

informática, topografía y laboratorio que requiera el Supervisor para la Obra, será responsabilidad de éste.

11.2 La Entidad podrá destacar personal en un número adecuado para trabajar con los equipos de la supervisión y recibir entrenamiento en las labores de campo. Los viáticos y sueldos

del personal destacado estarán a cargo de la Entidad.

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11.3 Toda información empleada o preparada durante el desarrollo del Proyecto es de carácter

reservada y no podrá ser entregado a terceros sin el previo consentimiento escrito de la entidad.

11.4 El Supervisor podrá ser llamado en cualquier momento por la entidad para informar o

asesorar en asuntos concernientes a la obra.

11.5 El Supervisor deberá absolver las consultas del contratista con conocimiento de la entidad

en todas las actividades relacionadas a la obra.

11.6 El Supervisor efectuará una revisión detallada de las especificaciones de construcción, para verificar si estas cubren todos los aspectos de diseño y construcción. En caso contrario, el

Supervisor está obligado a informar a la entidad y recomendar las modificaciones y/o

correcciones necesarias.

11.7 El Supervisor hará una revisión detallada de la suficiencia de los diseños considerados en el expediente técnico. En los casos que sean necesarios, el Supervisor recomendará y

complementará la modificación de los diseños considerados. Asimismo, revisará los

ensayos y resultados de las pruebas de laboratorio tomados durante el desarrollo del Proyecto, debiendo en caso necesario, ampliar dichos estudios, previa autorización de la

Entidad.

11.8 El Supervisor revisará y evaluará las pruebas y ensayos de materiales realizados por el Residente de la obra. Tanto el Supervisor como el Residente utilizarán sus propios

Laboratorios, quedando terminantemente prohibido que el Supervisor utilice el Laboratorio

del Residente de Obra y/o que los ensayos los haga en forma conjunta.

11.9 El Supervisor obtendrá todos los seguros necesarios para su personal, según la Legislación Nacional aplicable, debiendo mantener la vigencia de dichos seguros en su capacidad total,

durante el período de tiempo del Contrato de Supervisión y posibles ampliaciones del

plazo.

11.10 El Supervisor, al término de la Obra, deberá entregar a la entidad todo el acerbo documental Técnico y Administrativo de la Obra, conjuntamente con la Liquidación Final y

Cuadernos de Obra. Esto no exime al Supervisor que pudiera ser requerido posteriormente

para cualquier absolución de consultas en relación con la Obra.

11.11 El Supervisor deberá prestar todas las facilidades a los funcionarios de la entidad para la revisión del Avance de las Obras bajo su supervisión y proporcionará la información que

sea requerida.

11.12 El Supervisor apoyará a la Entidad durante la contestación de las demandas arbítrales que

pudieran generarse durante la ejecución y liquidación de la obra, asimismo de ser necesario será llamado para asesorar la presentación de exposiciones orales de la Entidad.

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12. CONOCIMIENTO DE LOS POSTORES DE LAS CONDICIONES DE EJECUCIÓN DE LOS

TRABAJOS.

Los postores deberán examinar cuidadosamente el alcance de los Términos de Referencia

consignados en las presentes Bases; así como tener pleno conocimiento de los alcances de la Obra, condiciones del terreno, condiciones climáticas, condiciones de tránsito, condiciones

particulares del trabajo a ejecutar, que juzguen útil para adquirir una cabal competencia de las

condiciones de ejecución de la obra (tener conocimiento de las especificaciones de materiales y métodos de construcción comúnmente aplicados en la ingeniería, las normas y especificaciones

de códigos y reglamentos de construcción y demás disposiciones legales vigentes que regulan las construcciones civiles en el país).

Si los interesados tienen dudas con relación a algunas de las cláusulas o requerimientos técnicos, especificaciones u otras normas aplicables, deberán solicitar por escrito la aclaración del caso, en

los plazos estipulados en el calendario del proceso.

La falta, por parte del Postor, de un completo conocimiento de los detalles de la obra y de las condiciones de ejecución de los trabajos, no será excusa válida para reclamaciones de ninguna

índole.

13. DOCUMENTOS QUE SERAN ENTREGADOS A LOS POSTORES.

Los documentos que se entregarán al momento del registro de participantes son los siguientes: Las Bases Administrativas del proceso de selección para la supervisión de la obra.

Al postor ganador de la buena pro, se le entregará a la suscripción del contrato el Estudio Definitivo de la obra: ““REHABILITACION, MEJORAMIENTO DE LA TROCHA CARROZABLE DE

COCHACHINCHE- ANGASMARCA-AÑAY-HUAGAS” DISTRITO DE HUACAR, PROVINCIA DE AMBO-

HUANUCO, en CD.

14. VALORIZACIONES Y PAGOS

Las valorizaciones serán de periodicidad mensual y tendrán el carácter de pagos a cuenta, serán

presentadas hasta el día siete del mes siguiente al que corresponde los servicios de supervisión.

15. REAJUSTE DE PRECIOS

No corresponde.

16. RECURSOS HUMANOS:

1.-Jefe de Supervisión: Ingeniero Civil, con experiencia efectiva de 04 años en Supervisión de

Obras Viales (Construcción, Mejoramiento, Mantenimiento, Rehabilitación), puertos y afines. La

acreditación se realizara con los respectivos Contratos, conformidades, constancias y/o certificados

otorgados por la entidad. Haberse desempeñado mínimo como Jefe de Supervisión de un Proyecto de

Mejoramiento de Carretera de similar magnitud a la que se va a ejecutar. Además deberá acreditar

conocimiento en: Capacitación en Supervisión de Obras, Capacitación en Valorizaciones y Liquidación

de Obras Públicas, Capacitación en Obras de Infraestructura Vial (Carreteras y Puentes), Capacitación

en Tecnologías Aplicadas en Obras de Infraestructura Vial, Capacitación en Normas de Control

Interno, Capacitación en Contrataciones y Adquisiciones del Estado. (Deberá acreditar con certificados

correspondientes).

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2.-Asistente de Supervisión: Ingeniero Civil, con experiencia efectiva de 03 años como

Asistente, Residente y/o Supervisor en Obras Viales (Construcción, Mejoramiento, Mantenimiento,

Rehabilitación), puertos y afines. La acreditación se realizara con los respectivos Contratos,

conformidades, constancias y / o certificados otorgados por la entidad.

3.-Especialista en obras Viales: Ingeniero Civil, Con experiencia efectiva de 02 años, como

Asistente, Residente, Supervisor de Obras Públicas o Privadas, deberá demostrar su especialidad en Obras Viales con estudios culminados de Maestría a Nivel de Post- Grado en Obras Viales, lo cual

acreditara con la Constancia de Egresado o título correspondiente.

4.-Especialista en Topografía: Técnico en Topografía, deberá de acreditar con el título

correspondiente, Acreditar un mínimo de Un (01) año efectivo de experiencia como Técnico en Topografía en la Supervisión y ejecución de Obras en general, Acreditar capacitación en Topografía

Automatizada (Deberá acreditar con el certificado correspondiente).

5.-Especialista en Medio ambiente y Suelos:Ingeniero Civil, Agrónomo, Agrícola, Ambiental,

Deberá tener estudios a Nivel de Post- Grado en la Especialidad de Medio ambiente y deberá tener

estudios a Nivel de Post-Grado en la Especialidad de Suelos. Acreditar un mínimo de Un (01) año efectivo de experiencia como Especialista en Medio Ambiente y Suelos en elaboración de Expedientes

Técnicos y/o Supervisión de Obras. (Deberá acreditar con los respectivos contratos y certificados).

CAPÍTULO IV

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PRIMERA ETAPA: EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)

La evaluación se realizará en dos (02) etapas: la Evaluación Técnica y la Evaluación Económica.

Los máximos puntajes a asignarse a las propuestas, luego de la evaluación respectiva, son las

siguientes:

PROPUESTA TECNICA : 100 Puntos PROPUESTA ECONOMICA : 100 Puntos

De acuerdo con el artículo 46° del Reglamento, las Bases consignan los siguientes factores de evaluación:

FACTORES DE EVALUACION

A. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD: Máximo 10 puntos

Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor durante un período determinado de hasta Quince (15) años a la fecha de presentación de propuestas, por un

monto acumulado de hasta cinco (5) veces el valor referencial de la contratación.

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ADS N° 001-2012/IVP/AMBOServicio de Consultoría para la Supervisión de la Obra “Rehabilitación, Mejoramiento de la Trocha Carrozable de Cochachinche - Angasmarca - Añay - Huagas, Distrito de Huacar,

Provincia de Ambo – Huánuco” .

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Incluye a todas las consultorías de obras referidas a obras en general ejecutadas por los

postores.

Tales experiencias se acreditarán mediante contratos con su respectiva conformidad,

certificados y / o constancias por la prestación efectuada o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental, con un máximo de diez (10) servicios prestados a

uno o más clientes, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo del servicio ejecutado.

La asignación de puntaje será de acuerdo al siguiente criterio:

SUMA DE LOS MONTOS DE CONTRATOS Y/O FACTURAS Puntaje

Mayor a 03 hasta 05 veces el valor referencial 10 PUNTOS

Mayor a 01 hasta 03 veces el valor referencial 08 PUNTOS

Mayor a 0 hasta 01 veces el valor referencial 06 PUNTOS

NOTA: Cuando el objeto del proceso sea la supervisión de obras deberá acreditarse la experiencia en la actividad con contratos y su respectiva conformidad , certificados y/o constancias únicamente a la supervisión de obras sin distinguir el tipo de especialidad.

B. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD Máximo 15 Puntos

Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor durante un período determinado de hasta diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas, por un monto

acumulado de hasta dos (2) veces el valor referencial de la contratación.

Únicamente podrá evaluarse aquellos servicios de Supervisión de Obras Viales.

Los servicios de consultoría de obras que serán consideradas afines, son los siguientes:

- Supervisión de Obras Viales (Construcción, Mejoramiento, Mantenimiento, Rehabilitación)

Tales experiencias se acreditarán mediante contratos, constancias, conformidades y/

certificados, con un máximo de 05 (Cinco) servicios prestados a uno o más clientes, sin

establecer limitaciones por el monto o el tiempo del servicio ejecutado.

La asignación de puntaje será de acuerdo al siguiente criterio:

SUMA DE LOS MONTOS DE CONTRATOS Y/O

FACTURAS Puntaje

Mayor a 1 hasta 2 veces el valor referencial 15 PUNTOS

mayor a 0 hasta 1 veces el valor referencial 10 PUNTOS

NOTA: El servicio presentado para acreditar la experiencia en la especialidad sirve para acreditar la experiencia en la actividad.

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Provincia de Ambo – Huánuco” .

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C. PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Máximo 35 puntos

Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto (en prestaciones iguales o similares a las labores que se ejecutarán en el contrato), y las

calificaciones del personal, según el siguiente detalle:

C1. Jefe de Supervisión Puntaje

Ingeniero Civil, con experiencia efectiva de 04 años en Supervisión de

Obras Viales (Construcción, Mejoramiento, Mantenimiento,

Rehabilitación) La acreditación se realizara con los respectivos contratos, certificados y / constancias emitidos por la autoridad competente.

Se asignará el puntaje de acuerdo con la siguiente escala:

Mayor a 60 meses de experiencia(15 puntos)

Mayor a 48 meses hasta 60 meses de experiencia (10 puntos)

Mayor a 36 meses hasta 48 meses de experiencia (00 puntos)

Para computar la experiencia y asignar el puntaje, se contabilizarán y

acumularán los tiempos que acrediten en cada documento como

sustento de su experiencia.

15 PUNTOS

Asistente de Supervisión

Ingeniero Civil, con experiencia efectiva de 03 años como Asistente,

Residente y/o Supervisor en Obras Viales (Construcción, Mejoramiento,

Mantenimiento, Rehabilitación) La acreditación se realizara con los

respectivos contratos, certificados y /o constancias firmados por

persona o autoridad competente.

Se asignará el puntaje de acuerdo con la siguiente escala:

Mayor a 48 meses de experiencia (20 puntos) Mayor a 36 meses hasta 48 meses de experiencia (15 puntos)

Mayor a 24 meses hasta 36 meses de experiencia (00 puntos)

20 PUNTOS

D. MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS(Máximo 15 puntos)

Se considera como mejoras, la presentación mediante una declaración jurada de lo siguiente:

MEJORAS Puntaje

Elaboración de un Plan de Control y calidad donde se incorporen

procedimientos técnicos y administrativos, los que deberán ser

implementados en el desarrollo de la consultoría.

15 PUNTOS

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E. OBJETO DE LA CONVOCATORIA (Máximo 25 puntos)

Este documento debe contener el desarrollo de los siguientes aspectos:

OBJETO Puntaje

Conocimiento de la zona de influencia e Identificación de

facilidades, dificultades y propuestas de solución.

Se tendrá en cuenta el planteamiento preliminar de las posibles

alternativas técnicas que den atención integral en el área de influencia de la obra.

Asimismo, se tendrá en cuenta la identificación de facilidades y dificultades técnicas, legales, sociales, u otras, durante el desarrollo

del servicio y las medidas que adoptaría para enfrentar / minimizar las potenciales/ eventuales dificultades que vislumbre.(05 puntos).

05 PUNTOS

Descripción de la Metodología y Plan para ejecutar el Servicio

Se evaluará la claridad y congruencia del enfoque metodológico del Postor sobre los Alcances y Contenidos del servicio que debe

desarrollar de acuerdo a los términos de referencia, y se deberá

describir/precisar la metodología de trabajo a seguir. (15 puntos).

15 PUNTOS

Programación de la Prestación del Servicio

Debe presentarse una programación secuencial de todas las actividades del servicio desagregado a nivel de actividades con

fechas y plazos establecidos, así como presentar la descripción detallada de cada una de las actividades y tareas del servicio,

indicando su interrelación entre ellas. (05 puntos).

05 PUNTOS

Todos los documentos deben contener datos legibles y sin enmendaduras, caso contrario no

serán considerados en la evaluación.

IMPORTANTE: PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA, EL

POSTOR DEBERÁ OBTENER UN PUNTAJE TÉCNICO MÍNIMO DE OCHENTA (80) PUNTOS.

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CAPÍTULO V

PROFORMA DE CONTRATO

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

Con fecha ……., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la Adjudicación Directa SelectivaNº ………………………………. para la contratación del servicio de……………………….. (indicar objeto de contratación,),a ………………………(indicar nombre del ganador de la Buena Pro),, cuyos detalles, importes unitarios (en caso de corresponder)y totales, constan en los documentos

integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO

……………………….

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del servicio materia del presente contrato asciende a ………………… a todo costo,

incluido IGV (en caso de corresponder).

Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea

necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO4 LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en ………………. (indicar moneda), en el plazo de ……………………… (indicar el plazo en el que la Entidad efectuará el pago), luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto,

el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48º de la Ley, contado desde la oportunidad en el que el pago debió

efectuarse.

CLÁUSULA QUINTA: INICIO Y CULMINACIÓN DE LA PRESTACIÓN

El plazo de ejecución de la prestación se extenderá desde …..………

hasta……………………….(deberá indicarse desde cuando se computa el plazo de ejecución de las obligaciones a cargo del contratista y hasta cuándo se extienden éstas).

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO

El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos

derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS5

4 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, se podrá adicionar la información que resulte pertinente a

efectos de generar el pago. 5 En el supuesto que no corresponda la presentación de la garantía por el monto diferencial de la propuesta ni la garantía de

ejecución de prestaciones accesorias, deberá suprimirse esta cláusula.

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EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable,

incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los

conceptos, importes y vigencias siguientes:

En el caso que corresponda consignar lo siguiente:

- Garantía por el monto diferencial de la propuesta: S/…………………., de ser el caso, ………………….,

a través de la …………………(Indicar el tipo de garantía), conuna vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

- Garantía por prestaciones accesorias: S/………………, de ser el caso, …………………., a través de la ………………(Indicar el tipo de garantía) conuna vigencia hasta el cumplimiento total de las

obligaciones garantizadas.

NOTA 13 PARA EL COMITÉ ESPECIAL: En aplicación de lo dispuesto en el Artículo 159º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de servicios que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

Esta(s) garantía(s) es (son) emitida(s) por una empresa bajo el ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén

consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

La garantía por el monto diferencial de la propuesta deberá encontrarse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA6.

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN

LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con

renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO

La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado.

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del

servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver

el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

6 De manera excepcional, en aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción

del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

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Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las

características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo

considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del

presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de

incumplimiento.

CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar

posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50º de la Ley.

El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de ………………(Indicar tiempo en años). CLÁUSULA DUODÉCIMA: PENALIDADES7

Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del

contrato, LA ENTIDAD le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente (de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse), en concordancia con el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará

de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x Monto

F x Plazo en días

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse

o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato

por incumplimiento.

Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese

necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).

La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas

concordantes.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40º, inciso c), y 44º de la Ley, y los artículos 167º y 168º de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá

7 Deberá considerarse las penalidades que se hubieran establecido al amparo del artículo 166º del Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado.

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de acuerdo a lo establecido en el artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado.

NOTA 14 PARA EL COMITÉ ESPECIAL: En el caso que se contrate servicios de intermediación laboral (por ejemplo, servicio de seguridad o servicios de limpieza) se deberá incorporar la siguiente causal de resolución: “Es causal de resolución del contrato celebrado entre la Entidad y EL CONTRATISTA, la verificación por parte de la Entidad de algún incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de EL CONTRATISTA. Las entidades están obligadas a verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales que tiene EL CONTRATISTA con los trabajadores destacados; para tal obligación podrán solicitar la inspección de la Autoridad Administrativa de Trabajo”.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias

aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en

las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, se utilizarán las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS8 Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las

controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144º, 170, 175º y 177º del Reglamento o, en su defecto, en el

artículo 52º de la Ley.

Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin

perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.

CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA

Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA DECIMO OCTAVA: VERACIDAD DE DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente

contrato.

NOTA 15 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:

8 De conformidad con los artículos 216º y 217º del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para

resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual.Por ejemplo, podría indicarse si la controversia será resuelta por un tribunal arbitral o un árbitro único.

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En el caso que se contrate servicios de intermediación laboral (por ejemplo, servicio de seguridad o servicios de limpieza) se deberá incorporar la siguiente cláusula: “CLÁUSULA ……… a) Descripción de las labores a realizarse, fundamentando la naturaleza temporal,

complementaria o especializada del servicio, en relación con el giro del negocio de la empresa usuaria, y

b) Términos del contrato del personal destacado, para lo cual deberá tenerse en cuenta lo indicado en el artículo 13° del Decreto Supremo Nº 003-2002-TR”.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente

contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de ………. al …………………………

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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FORMATOS Y ANEXOS

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FORMATO N° 01

REGISTRO DE PARTICIPANTES

TIPO DE PROCESO AL QUE SE PRESENTA:

Licitación Pública ( ) Concurso Público ( )

Adjudicación Directa Pública ( ) Adjudicación Directa Selectiva ( x )

Adjudicación de Menor Cuantía ( )

Denominación del proceso:

SERVICIO DE CONSULTORIA PARA LA SUPERVISION DE LA OBRA “REHABILITACIÓN,

MEJORAMIENTO DE LA TROCHA CARROZABLE DE COCHACHINCHE - ANGASMARCA - AÑAY -

HUAGAS, DISTRITO DE HUACAR, PROVINCIA DE AMBO - HUÁNUCO”

DATOS DEL PARTICIPANTE: (1) Nombre o Razón Social:

(2) Domicilio Legal:

(3) R. U. C Nº (4) Nº Teléfono (s) (5) Nº Fax

(6) Correo(s) Electrónico(s):

El que suscribe, Sr. (a): ______________________, identificado con DNI Nº_________________, representante Legal de la empresa ________________________________________________, que para

efecto del presente proceso de selección, solicito ser notificado al correo electrónico consignado en el cuadro precedente, comprometiéndome a mantenerlo activo durante el período que dure dicho proceso.

Ambo,........... de Febrero del 2012

............................................................... Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

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ANEXO N° 01

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

Señores COMITÉ ESPECIAL AD HOC

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2012-IVP/AMBO

Presente.-

Estimados Señores:

El que se suscribe, ……………………. (o representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº

................., R.U.C. Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº

............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social

Domicilio Legal

RUC Teléfono Fax

Ambo,........... de Febrero del 2012

------------------------------------------------------------- Firma, Nombres y Apellidos del postor/

Razón Social de la empresa

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO N° 02

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL

SERVICIO

Señores COMITÉ ESPECIAL AD HOC

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2012-IVP/AMBO

Presente.-

De nuestra consideración:

El que suscribe, ……………………. (postor y/o Representante Legal de ..................), identificado con

DNI Nº ................., RUC Nº ............. en calidad de postor, luego de haber examinado los

documentos del proceso de la referencia proporcionados por la Entidad ……………………y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito ofrece el Servicio de ……………………(Describir el objeto de la convocatoria), de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con los Términos de Referencia y demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases.

Ambo,........... de Febrero del 2012

-------------------------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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Provincia de Ambo – Huánuco” .

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ANEXO N° 03

DECLARACIÓN JURADA

(ART. 42º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

Señores

COMITÉ ESPECIAL AD HOC ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2012-IVP/AMBO

Presente.-

De nuestra consideración:

El que suscribe …………….. (o representante legal de …………..), identificado con DNI Nº ................, con RUC Nº ……………, domiciliado en .........................................., que se presenta como postor de

la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº ………………….., para la CONTRATACIÓN DEL

SERVICIO DE ……………………. declaro bajo juramento:

1. No tengo impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10º de la Ley.

2. Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de

selección.

3. Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para efectos

del proceso.

4. Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato

en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5. Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Ambo,........... de Febrero del 2012

-------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor / Razón Social de la empresa

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ANEXO N° 04

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO

(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Señores COMITÉ ESPECIAL AD HOC

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2012-IVP/AMBO Presente.-

De nuestra consideración,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta en la ADJUDICACION

DIRECTA SELECTIVA N° ……………………….., responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de Consorcio para la provisión correcta y oportuna de los servicios correspondientes al objeto de la

referencia, de conformidad con lo establecido por el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones.

Designamos al Sr. ......................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como

representante legal común del Consorcio y fijamos nuestro domicilio legal común

en................................., para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y a suscribir con la Entidad ……………………. el contrato correspondiente.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: ( ) % Participación

………………………

………………………

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: ( ) % Participación ……………………..

……………………..

Ambo,........... de Febrero del 2012

………………………………………….. …………………………………………..

Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Empresa 1 Representante Legal Empresa 2

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ANEXO N° 05

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Señores

COMITÉ ESPECIAL AD HOC ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2012-IVP/AMBO

Presente.-

Estimados Señores:

El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad)

N°.............................., Representante Legal de la Empresa..............................................., luego de

conocer las condiciones que se exigen en las presentes Bases, me comprometo a prestar el Servicio de …………………… para ………………….(Consignar nombre de la Entidad convocante), en el plazo

de ………………… calendario (Indicar el plazo ofertado, ya sea en días, meses o años). Ambo,........... de Febrero del 2012

-------------------------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor / Razón Social de la empresa

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ADS N° 001-2012/IVP/AMBOServicio de Consultoría para la Supervisión de la Obra “Rehabilitación, Mejoramiento de la Trocha Carrozable de Cochachinche - Angasmarca - Añay - Huagas, Distrito de Huacar,

Provincia de Ambo – Huánuco” .

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ANEXO N° 06

EXPERIENCIA DEL POSTOR

Señores COMITÉ ESPECIAL AD HOC

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2012-IVP/AMBO

Presente.-

El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad)

N°.............................., Representante Legal de la Empresa..............................................., con RUC. N°..............................., y con Domicilio Legal en.......................................................................,

detallamos lo siguiente:

Nº CLIENTE

OBJETO DEL

SERVICIO (a)

N° CONTRATO O FACTURA

IMPORTE

DEL CONTRATO

O FACTURA

FECHA DE

INICIO Y TÉRMINO

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

TOTAL

Ambo,........... de Febrero del 2012

……………………………….…………………..

Firma y sello del representante legal Nombre / Razón social del postor

Page 56: Bases Integradas Ivp Ambo

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ADS N° 001-2012/IVP/AMBOServicio de Consultoría para la Supervisión de la Obra “Rehabilitación, Mejoramiento de la Trocha Carrozable de Cochachinche - Angasmarca - Añay - Huagas, Distrito de Huacar,

Provincia de Ambo – Huánuco” .

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ANEXO Nº 07

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA

(MODELO)

Señores COMITÉ ESPECIAL AD HOC

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2012-IVP/AMBO Presente.-

De nuestra consideración,

A continuación, hacemos de conocimiento que nuestra propuesta económica es la siguiente:

CANT. CONCEPTO

PRECIO UNITARIO, TARIFA O

PORCENTAJE (Dependiendo del

sistema de contratación empleado)

PRECIO

TOTAL

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de

ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar.

Ambo,........... de Febrero del 2012

……………………………….…………………..

Firma y sello del representante legal

Nombre / Razón social del postor

Page 57: Bases Integradas Ivp Ambo

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ADS N° 001-2012/IVP/AMBOServicio de Consultoría para la Supervisión de la Obra “Rehabilitación, Mejoramiento de la Trocha Carrozable de Cochachinche - Angasmarca - Añay - Huagas, Distrito de Huacar,

Provincia de Ambo – Huánuco” .

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ANEXO Nº 8

SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS

PRESTADOS FUERA DE LIMA Y CALLAO

Señores

COMITÉ ESPECIAL AD HOC ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2012-IVP/AMBO

Presente.-

Mediante la presente solicito la asignación de la bonificación del 10% sobre la sumatoria de los puntajes de las propuestas técnica y económica, en los términos prescritos por el numeral 6 del

artículo 71º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, debido a que mi representada, se

encuentra domiciliada en ……………………….. (Consignar domicilio del postor), la que está ubicada en la provincia………………… (Consignar provincia o provincia colindante al lugar en el que se prestará el servicio, la que podrá pertenecer o no al mismo departamento o región).

Ambo,........... de Febrero del 2012

……..........................................................

Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor