Bases Integradas Calles Sta Rosa y Palillos - Chasquitambo

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUIOC COMITÉ ESPECIAL LEY N° 29230 BASES INTEGRADAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE LA EMPRESA PRIVADA PARA EL FINANCIAMIENTO Y EJECUCIÓN DE PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA PROCESO DE SELECCIÓN REGIMEN ESPECIAL Nº 001-2015-MDC/CE FINANCIAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO: CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH”, con Código SNIP N° 294748 Aprobadas mediante Resolución de la Dirección de Inversiones Descentralizadas Nº 002-2014-PROINVERSIÓN-DID Formuladas en Enero 2015

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Bases Integradas Calles Sta Rosa y Palillos - Chasquitambo

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  • MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUIOC COMIT ESPECIAL LEY N 29230

    BASES INTEGRADAS DEL PROCESO DE SELECCIN DE LA

    EMPRESA PRIVADA PARA EL FINANCIAMIENTO Y EJECUCIN

    DE PROYECTO DE INVERSIN PBLICA

    PROCESO DE SELECCIN REGIMEN ESPECIAL N 001-2015-MDC/CE

    FINANCIAMIENTO Y EJECUCIN DEL PROYECTO: CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI -

    ANCASH, con Cdigo SNIP N 294748

    Aprobadas mediante Resolucin de la Direccin de Inversiones Descentralizadas N 002-2014-PROINVERSIN-DID

    Formuladas en Enero 2015

  • INDICE

    1. OBJETO Y CARACTERSTICAS DEL PROCESO DE SELECCIN PBLICO 1.1 Objeto del Proceso de Seleccin 1.2 Terminologa y Definiciones 1.3 Marco legal del Proceso de Seleccin 1.4 Facultades del Comit Especial y de la Municipalidad Distrital de Colquioc. 2. GENERALIDADES DEL PROCESO 2.1 Representante Legal 2.2.1 Designacin y Facultades 2.2.2 Formalidades del Poder del Representante Legal 2.2 Circulares 2.3 Lmites en la Responsabilidad por Informacin Suministrada 2.3.1 Decisin Independiente de los Postores 2.3.2 Limitacin de Responsabilidad 2.3.3 Aceptacin del Postor 2.4 Proyecto del Convenio 3. ETAPAS DEL PROCESO 3.1 Convocatoria 3.2 Expresin de Inters 3.3 Formulacin y Absolucin de Consultas 3.4 Presentacin de Propuestas, Apertura de Sobres y Evaluacin de Propuestas 3.5 Presentacin de los Sobres N 1, N 2 y N 3 y Apertura de los Sobres N 1 y N 2 3.6 Apertura del Sobre N 3 5. PROCESO DE SELECCIN DESIERTO 6. PRESENTACIN DEL RECURSO DE APELACIN 7. GARANTAS 8. SUSCRIPCIN DEL CONVENIO - FECHA DE CIERRE 10. LIQUIDACIN DEL PROYECTO 11. VIGENCIA DEL CONVENIO 12. JURISDICCIN Y COMPETENCIA 13. DISPOSICIONES FINALES FORMULARIOS Formulario N 1: Modelo de Declaracin Jurada Promesa Formal de Consorcio. Formulario N 2: Modelo de Declaracin Jurada sobre la Composicin de Empresas y Postores. Formulario N 3: Modelo de Declaracin Jurada de Sujecin a las Bases. Formulario N 4: Modelo de Carta de Declaracin de Estados Financieros y Tcnicos. Formulario N 5: Modelo de Garanta de Fiel Cumplimiento Formulario N 6: Modelo de Carta de Presentacin de la Oferta Econmica. Formulario N 7: Modelo de Garanta de Apelacin contra la Adjudicacin de la Buena Pro. Formulario N 8: Compromiso de Contratacin de Constructor. Formulario N 9: Declaracin Jurada respecto al Contrato de Ejecucin del Proyecto. Formulario N10: Proyecto de Convenio.

  • Formulario N 11: Carta de Acreditacin ANEXOS Anexo 1: Cronograma del Proceso de Seleccin. Anexo 2: Relacin de Bancos Locales Autorizados para Emitir las Garantas establecidas en las Bases. Anexo 3: Trminos de Referencia. Anexo 4: Contenido de los Sobres. Anexo 5: Metodologa de Calificacin de la Propuesta Tcnica y Econmica. Anexo 6: Estudio de Preinversin que sustenta la Declaratoria de Viabilidad del Proyecto. Anexo 7: Definiciones. Anexo 8: Disponibilidad del terreno. Anexo 9: Documentos que sustenten el costo de los estudios de Preinversin Anexo 10: Cronograma tentativo de ejecucin

  • 1. OBJETO Y CARACTERSTICAS DEL PROCESO DE SELECCIN 1.1 Objeto del Proceso de Seleccin El objeto del Proceso es seleccionar a la(s) Empresa(s) Privada(s) que se encarguen

    del financiamiento, ejecucin del proyecto priorizado, en el marco de la Ley N 29230 Ley que Impulsa la Inversin Pblica Regional y Local con Participacin del Sector Privado y su Reglamento, conforme a los Trminos de Referencia (Anexo N 3) y al estudio de preinversin que sustenta la declaratoria de viabilidad del Proyecto a ejecutar en el Sistema de Inversin Pblica - SNIP (Anexo N 6).

    Podrn participar Empresas Privadas en consorcio, sin que ello implique crear una

    persona jurdica diferente. Para tal efecto, ser necesario acreditar la existencia de una promesa formal de consorcio, la que se perfeccionar antes de la suscripcin del Convenio.

    IMPORTANTE:

    De conformidad con la Dcima Primera Disposicin Complementaria y Final del

    Reglamento, en el proceso de seleccin de la Empresa Privada, podr incluirse a ms de un PIP, debiendo indicar ello en la Convocatoria y en las Bases del proceso. Dichos PIP debern contener un enfoque territorial de acuerdo a lo establecido por el SNIP, y/o comprender intervenciones de naturaleza similar.

    Cuando el proceso se desarrolle bajo los alcances de la Dcima Primera Disposicin Complementaria y Final del Reglamento, se podr celebrar un solo convenio o ms de un convenio, dependiendo de la naturaleza y/o complejidad de los proyectos incluidos. En las Bases deber especificarse tanto el valor referencial de cada Proyecto cuanto el valor referencial del proceso de seleccin.

    1.2 Terminologa y Definiciones Toda mencin a clusula(s), numeral(es), inciso(s), formulario(s) o anexo(s), se entender referida a los de las presentes Bases, salvo indicacin expresa de lo contrario. Los encabezados slo son utilizados a efecto referencial.

    Los trminos consignados en estas Bases tendrn los significados que se indica en el

    Anexo N 7 (Definiciones). 1.3 Marco Legal del Proceso de Seleccin

    Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades. Ley N 29230, Ley que Impulsa la Inversin Pblica Regional y Local con

    Participacin del Sector Privado, y sus modificatorias. Decreto Supremo N 0-2014-EF, Reglamento de la Ley N 29230. Acuerdo de Concejo Municipal N 023-2014-MDC/CM, de fecha 18 de julio de 2014,

    mediante el cual se prioriz el proyecto: CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH - SNIP 294748 (en adelante el Proyecto), para ser ejecutado en el marco de la Ley N 29230.

    Resolucin de Alcalda N 092-2014MDC/A, de fecha 24 de Julio de 2014, mediante la cual se designa a los miembros del Comit Especial responsables del proceso de seleccin de la empresa que se encargar del financiamiento, ejecucin, del Proyecto en el marco de la Ley N 29230.

    Resolucin de Alcalda N012 2015-MDC/A, de fecha 16.01.2015, mediante la cual se aprueba las Bases del proceso de seleccin de la empresa que se encargar del financiamiento, ejecucin del Proyecto en el marco de la Ley N 29230. Las referidas normas incluyen sus modificatorias, de ser el caso. Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases

  • 1.4 Facultades del Comit Especial 1.4.1 Conforme al Reglamento de la Ley N 29230 y la Resolucin de Alcalda N 092-

    2014MDC/A, de fecha 24 de Julio de 2014, el COMIT se encargar de la organizacin y ejecucin del proceso de seleccin, hasta el otorgamiento de la Buena Pro o cancelacin del proceso, de ser el caso, siendo competente para elaborar las Bases y someterlas a su aprobacin, convocar al proceso, absolver consultas y observaciones, integrar las Bases, evaluar las propuestas, otorgar la Buena Pro y todo acto que sea necesario para el desarrollo del proceso de seleccin, hasta el otorgamiento de la Buena Pro. Es el rgano autorizado para promover, programar, dirigir, regular, modificar, supervisar, controlar y dictar las disposiciones que resulten pertinentes o que estime necesarias para la ejecucin del proceso y resolver todo lo que no se encuentre previsto en las Bases o en las normas legales aplicables.

    1.4.2 El COMIT puede prorrogar los plazos mencionados en estas Bases; asimismo, en

    cualquier momento y sin expresin de causa, puede suspender o dejar sin efecto el presente Proceso de Seleccin, an luego de adjudicada la buena pro y hasta antes de la fecha prevista para el cierre, si as lo estimare conveniente, sin incurrir en responsabilidad alguna como consecuencia de ello.

    1.4.3 La sola presentacin de una oferta de un Postor, no obliga al COMIT a aceptarla. La

    sola presentacin de su expresin de inters por parte del Postor, implica la aceptacin y sometimiento incondicional por parte de ste, a lo dispuesto en las presentes bases y todos sus documentos ampliatorios o modificatorios.

    1.4.4 Salvo lo expresamente establecido en sentido contrario en estas Bases, con relacin al

    presente Proceso de Seleccin, las decisiones del COMIT en relacin con este Proceso, son definitivas, no darn lugar a indemnizacin de clase alguna y no son susceptibles de impugnacin en el mbito administrativo, judicial o arbitral. En consecuencia, por la sola participacin en el Proceso de Seleccin. Las personas que estn comprendidas bajo los alcances de estas Bases renuncian a interponer cualquier recurso de impugnacin contra tales decisiones.

    2. GENERALIDADES DEL PROCESO 2.1 Representante Legal 2.1.1 Designacin y Facultades

    Cada Postor podr designar hasta dos representantes legales para que lo representen, conjunta o individualmente, conforme a lo dispuesto en este numeral, con domicilio y telfono establecidos, en lo posible, en la ciudad de Huaraz, as como su direccin de correo electrnico y documento nacional de identidad vigente.

    Esta(s) persona(s) deber(n) contar con facultades suficientemente amplias para obligar y representar al Postor en todos los actos o asuntos relacionados con el presente Proceso de Seleccin. Es decir, que el representante pueda presentar la Carta de Expresin de Inters, los Sobres N 1, 2 y 3 ante el COMIT, responder en nombre del Postor todas las preguntas que el COMIT formule, recibir circulares y cualquier documento que emita el COMIT, firmar, en nombre y representacin de su poderdante, todos los documentos que as requieran las Bases, incluyendo especficamente la facultad de formular y suscribir los formularios de presentacin de las propuestas y suscribir el Convenio de Inversin Pblica Regional y/o Local. En caso que el Postor sea un Consorcio, la designacin deber ser efectuada a travs de los representantes legales de los integrantes del Consorcio que cuenten con facultades para ello. Facultades que debern acreditarse con la copia legalizada notarial del poder. Los poderes de los representantes legales de los integrantes del Consorcio debern observar las mismas formalidades que los poderes del representante legal del Postor de acuerdo a las presentes Bases.

  • Las notificaciones dirigidas al Postor se efectuarn remitindolas a cualquiera de los representantes legales, mediante:

    a) Correo Electrnico o Facsmil, con confirmacin de transmisin completa

    expedida por el destinatario de la comunicacin respectiva a travs de otro correo electrnico o facsmil, en cuyo caso se entender recibida en la fecha que se complete la transmisin del remitente.

    b) Por carta entregada por mensajera o por conducto notarial, en cuyo caso se entender recibida la notificacin en la fecha de su entrega, entendindose en estos casos, por bien efectuada y eficaz cualquier notificacin realizada en el domicilio sealado por el representante legal.

    c) Los documentos presentados en los Sobres N1, 2 y 3 y, en general, todos los documentos que un Postor presente en el Proceso de Seleccin debern estar firmados por el representante legal de quien presente dichos documentos, encontrndose debidamente facultado para ello, conforme a los numerales 2.1.1 y 3.5.5 de las Bases.

    2.1.2 Formalidades del poder del Representante Legal

    Los poderes otorgados, nicamente debern constar por escritura pblica o en copia certificada notarialmente del rgano societario correspondiente por el cual se otorgan. Sin embargo, a la fecha de cierre, el adjudicatario de la buena pro deber acreditar la inscripcin en los Registros Pblicos correspondiente, de los poderes de ste. El poder mediante el cual se nombra al representante legal deber contener las facultades de representacin respectivas y ser presentado en el Sobre N 1. El nombramiento de un nuevo representante legal slo entrar en vigor a partir de la fecha en que el COMIT reciba los documentos que acrediten debidamente este hecho.

    2.2 Circulares

    Si el COMIT considerara necesario aclarar, modificar o complementar las Bases, emitir una Circular, que ser remitida a todos los postores, dirigida a los representantes legales y enviada al domicilio sealado. Las circulares emitidas por el COMIT integran las presentes Bases, siendo jurdicamente vinculantes para todos los postores; y sern publicadas en la Pgina Web de la Municipalidad Distrital de Colquioc.

    2.3 Lmites en la responsabilidad por informacin suministrada 2.3.1 Decisin independiente de los postores

    Todos los Postores debern basar la decisin de presentar o no sus propuestas tcnicas y econmicas, en funcin a sus propias investigaciones, estudios, exmenes, inspecciones, visitas, entrevistas y otros. En tal sentido, es obligacin y responsabilidad de cada uno de ellos revisar y evaluar las caractersticas particulares del proyecto y adoptar las decisiones que consideren pertinentes, a su propio y entero riesgo.

    2.3.2 Limitacin de responsabilidad

    El Estado Peruano, Municipalidad Distrital de Colquioc y el COMIT, no garantizan, ni expresan implcitamente, la totalidad, integridad, fiabilidad o veracidad de la informacin, verbal o escrita, que se suministre a los efectos de o dentro del Proceso de Seleccin. En consecuencia, ninguna de las personas que participen en el Proceso de Seleccin, podr atribuir responsabilidad a cualquiera de las partes mencionadas o a sus representantes, agentes o dependientes, por el uso que pueda darse a dicha informacin o por cualquier inexactitud, insuficiencia, defecto, falta de actualizacin o por cualquier otra causano expresamente contemplada en este numeral.

  • 2.3.3 Aceptacin del Postor La sola presentacin de la expresin de inters por parte del representante y/o apoderado legal de la Empresa o Consorcio, implica el pleno conocimiento, aceptacin y sometimiento incondicional a todo lo establecido en las Bases, las mismas que tienen jurdicamente carcter vinculante para aqullos, as como su renuncia irrevocable e incondicional, de la manera ms amplia que permitan las leyes aplicables, a plantear, ante cualquier fuero o autoridad, cualquier accin, reclamo, demanda, denuncia o solicitud de indemnizacin contra el Estado Peruano o cualquier dependencia, organismo, funcionario o empleado de ste; la Municipalidad Distrital de Colquioc, sus integrantes y asesores.

    2.4. Proyecto de Convenio Los trminos y condiciones bajo los cuales se regir el financiamiento y construccin

    del Proyecto, se fijarn en el proyecto de convenio que forma parte integrante de las presentes Bases.

    3. ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN 3.1. Convocatoria La convocatoria del presente proceso de seleccin es publicada por nica vez

    en el Diario Oficial El Peruano y en otro de circulacin local, as como en la Pgina Web de la Municipalidad Distrital de Colquioc y en la Pgina Web de PROINVERSIN. Las Bases sern publicadas en la web de la Municipalidad Distrital de Colquioc y los interesados pueden obtenerlas previo registro de sus datos y correo electrnico.

    3.2 Expresin de Inters A efectos de poder participar en el Proceso de Seleccin, las empresas privadas de

    manera individual o en consorcio, a travs de su representante y/o apoderado legal, debern presentar su expresin de inters al COMIT, conforme al modelo adjunto al documento de Convocatoria, dentro del plazo de diez (10) das hbiles siguientes a la fecha de publicacin de la Convocatoria, en la Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de Colquioc, ubicada en el Jr. Ricardo Palma S/N Chasquitambo Bolognesi - Ancash.

    3.3 Formulacin y Absolucin de Consultas y Observaciones Las consultas y observaciones a las Bases, se realizarn en idioma espaol, por

    escrito, va fax o correo electrnico, dentro del mismo plazo previsto en el Cronograma para presentar las expresiones de inters.

    Las consultas y observaciones solo podrn ser presentadas por quienes hayan presentado su expresin de inters, dirigidas al COMIT, especficamente:

    Seor Presidente del Comit Especial - Ley N 29230 Jr. Ricardo Palma S/N Chasquitambo Bolognesi - Ancash Telfono: Cel. 961 074 210, RPM: #961 074 210 Correo electrnico: [email protected] Pgina Web: http://www.municolquioc.gob.pe/ Asimismo, las empresas privadas participantes en el proceso de seleccin podrn solicitar la aclaracin a cualquier punto de las Bases o plantear solicitudes respecto de ellas, a travs de consultas.

    Las respuestas del COMIT, a las solicitudes de aclaracin, consultas y observaciones que se efecten, podrn modificar o ampliar las Bases, pasando a formar parte de las mismas; y sern dadas a conocer mediante circular a todos los participantes del proceso. Cualquier deficiencia o defecto en las propuestas por falta de consultas u observaciones, no podr ser invocado como causal de apelacin.

    3.4 Integracin de las Bases

  • Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, aclaraciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y observaciones.

    Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas de oficio por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad. El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos:

    a) Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el

    plazo para formularlas.

    b) Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de concluido el plazo de la absolucin de consultas y observaciones a las Bases.

    Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el portal institucional de la Entidad, conforme lo establecen los numerales 10.6.2 y 10.7.2 del artculo 10 del Reglamento, segn corresponda.

    3.5 Presentacin de Propuestas, Apertura de Sobres y Evaluacin de Propuestas 3.5.1. Las propuestas se entregan en tres sobres: Sobre 1 Credenciales, Sobre N

    2:Propuesta Tcnica y Sobre N3: Propuesta Econmica, cuyos contenidos se describen en el Anexo N4. Las propuestas slo podrn ser presentadas por la Empresa Privada o Consorcio que haya presentado su expresin de inters en la ejecucin del Proyecto. La Empresa Privada podr presentar sus propuestas por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formulario N 11) En el caso de consorcios, las propuestas pueden ser presentadas por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, conforme a lo siguiente:

    a) En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste debe

    presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

    b) En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

    3.5.2. Los sobres debern ser presentados al COMIT, cerrados y claramente marcados en el anverso, indicando el nmero de sobre que le corresponde, as como el nombre del postor, en cada uno de ellos, con los siguientes rotulados: SOBRE N 1: CREDENCIALES Seores Municipalidad Distrital de Colquioc. Direccin Jr. Ricardo Palma S/No Chasquitambo Bolognesi Ancash. Att. Comit Especial Ley N 29230 Proceso: PROCESO DE SELECCIN: REGIMEN ESPECIAL N 01-2015-MDC/CE Objeto del Proceso.-

  • Seleccin de la Empresa Privada para el financiamiento y ejecucin del Proyecto CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH SOBRE N 1: CREDENCIALES NOMBRE / RAZON SOCIAL DE POSTOR N DE FOLIOS DE C/EJEMPLAR (..) SOBRE N 2: PROPUESTA TCNICA Seores Municipalidad Distrital de Colquioc Direccin Jr. Ricardo Plama S/N Chasquitambo Bolognesi Ancash. Att. Comit Especial Ley N 29230 Proceso: PROCESO DE SELECCIN: REGIMEN ESPECIAL N 01-2015-MDC/CE Objeto del Proceso.- Seleccin de la Empresa Privada para el financiamiento y ejecucin del CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH SOBRE N 2: PROPUESTA TCNICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DE POSTOR N DE FOLIOS DE C/EJEMPLAR (..) SOBRE N 3: PROPUESTA ECONMICA Seores Municipalidad Distrital de Colquioc Direccin Jr. Ricardo Plama S/N Chasquitambo Bolognesi Ancash. Att. Comit Especial Ley N 29230 Proceso: PROCESO DE SELECCIN: REGIMEN ESPECIAL N 01-2015-MDC/CE Objeto del Proceso.- Seleccin de la Empresa Privada para el financiamiento y ejecucin del Proyecto CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH SOBRE N 3: PROPUESTA ECONMICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DE POSTOR N DE FOLIOS DE C/EJEMPLAR (..) 3.5.3. Los documentos debern ser presentados en idioma espaol, salvo que excepcionalmente el COMIT admita la presentacin en otro idioma. En caso de adjuntarse folletos o catlogos redactados en otro idioma y siendo los mismos no exigidos en las Bases, el COMIT podr solicitar al postor su traduccin al Espaol. Si existiera alguna discrepancia entre los textos en diferentes idiomas de cualquier documento, prevalecer el texto en espaol. 3.5.4. Toda la informacin presentada en los sobres deber ser legible y foliada en forma correlativa y rubricada en cada folio por el Representante Legal acreditado del Postor, debidamente facultado para tal efecto. Asimismo, se deber incluir una relacin detallada de todos los documentos incluidos en cada sobre. 3.5.5. La documentacin contenida en los sobres deber ser presentada en original y una copia simple, marcadas como Original, y Copia 1 en la primera pgina, debiendo cada juego ser foliado correlativamente y firmado por el Representante Legal. 3.5.6. El Postor ser responsable por los costos o gastos directos e indirectos en que incurra relacionados con la preparacin de los sobres. El Estado Peruano o cualquier dependencia oficial o funcionario involucrado, la Municipalidad Distrital de Colquioc, el COMIT, no sern

  • responsables en ningn caso por dichos costos, cualquiera sea la forma en que se realice el Proceso de Seleccin. 3.5.7. En caso de existir discrepancia entre una cifra expresada en nmeros y otra cifra expresada en letras, prima la expresada en letras. 3.5.8. Cada documento presentado por el Postor tendr el carcter de declaracin jurada. Si el COMIT detectara alguna falsedad o fraude en los documentos presentados, se le descalificar, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiera lugar. Asimismo, se le podr ejecutar la Garanta de Fiel Cumplimiento del Convenio, si la falsedad o fraude se detectara despus de firmado el convenio, sin perjuicio de rescindir o resolver la relacin contractual. 3.6. Presentacin de los Sobres N 1, N 2 y N 3 y Apertura de los Sobres N1, N 2 y N3 En caso que una nica Empresa Privada presente su expresin de inters en la ejecucin del Proyecto, se seguir el procedimiento siguiente: 3.6.1. La presentacin de los sobres N 1, N 2 y N 3 se llevar a cabo ante el COMIT,

    el(los) da(s) previsto(s) en el Cronograma del presente Proceso de Seleccin, a la hora y lugar establecidos. El COMIT otorgar hasta treinta minutos de tolerancia a partir de la hora fijada para el cumplimiento del acto. Despus del plazo sealado, no se admitir la entrega de documentos adicionales, ni la modificacin de las propuestas presentadas.

    3.6.2. Si al momento de la evaluacin del Sobre N 1, los documentos requeridos adolecen de defecto subsanable, a criterio del COMIT, que implica un error no sustancial, el COMIT proceder a comunicar al Postor para que en el plazo de (2) dos das subsane los defectos incurridos. Si venciera dicho plazo sin que se hubiera subsanado la deficiencia el Postor quedar automticamente descalificado y se le devolver sus sobres N2 y N3 sin abrir. Se consideran nicamente como defectos subsanables, los siguientes casos:

    - Falta de Foliado - Falta de Sello - Falta de Firma - Falta de fotocopias (nicamente en el ejemplar denominado como Copia 1). 3.6.3. El Sobre N 2 que no incluya lo solicitado en el Anexo N 4 de las Bases, invalidar la

    Propuesta Tcnica y ser devuelto al Postor con el Sobre N 3, este ltimo sin abrir. 3.6.4 La evaluacin de la propuesta y verificacin de que los documentos presentados por el

    postor cumplen con los requisitos legales, tcnicos y econmicos establecidos en las Bases del presente proceso de seleccin, ser realizada por el COMIT dentro de los dos (2) das siguientes de presentada la misma, a la hora y lugar que comunicar a travs de circular. Si dicha evaluacin y verificacin resulta favorable, el COMIT proceder a la adjudicacin directa mediante el otorgamiento de la Buena Pro luego de culminada la evaluacin y verificacin, levantndose el acta respectiva. La Buena Pro queda consentida con su otorgamiento.

    3.6.5. No ser considerada como una propuesta econmica vlida, aquella en la que el monto

    de inversin propuesto exceda en ms del diez (10) por ciento (%) del costo total referencial de la inversin, o sea menor en ms del diez (10) por ciento (%) con respecto al costo total referencial de la inversin establecido en los Trminos de Referencia (Anexo N 3) y con el cual se convoc el proceso.

    En caso que ms de una Empresa Privada presente su expresin de inters en la ejecucin del Proyecto, se seguir el procedimiento siguiente:

  • 3.6.6. La presentacin de los sobres N 1, N 2 y N 3 se llevar a cabo ante el COMIT, en presencia de Notario Pblico o Juez de Paz cuando en la localidad no hubiere el primero, el da previsto en el Cronograma del presente Proceso de Seleccin, a la hora y lugar que oportunamente se comunicar a los postores mediante circular. El COMIT otorgar hasta treinta (30) minutos de tolerancia a partir de la hora fijada para el cumplimiento del acto pblico. Culminado dicho plazo, se proceder a dar inicio al acto con los Postores que se encuentren presentes. Despus del citado plazo, no se admitir la participacin de ms postores ni la entrega de documentos adicionales, ni la modificacin de las propuestas presentadas.

    3.6.7. El Presidente del COMIT o su alterno, iniciar el acto de recepcin de sobres e

    invitar a los postores a entregar los sobres correspondientes. Una vez que los postores hayan hecho entrega de sus sobres, en presencia de Notario Pblico, se proceder a la apertura y verificacin de la documentacin contenida en el Sobre N 1, en el mismo orden en que fueron presentados. El Notario Pblico visar al margen de los documentos presentados. Si se encuentra que algn documento necesario no ha sido incluido, de acuerdo al Anexo N 4, el Postor quedar automticamente descalificado y se le devolver sus Sobres N 2 y N 3 sin abrir.

    3.6.8. Si al momento de la evaluacin del Sobre N 1, alguno de los documentos requeridos

    adolece de defecto subsanable, a criterio del COMIT, que implica un error no sustancial, el COMIT proceder a comunicar al Postor para que en el plazo que se le indique subsane los defectos incurridos. Si venciera dicho plazo sin que se hubiera subsanado la deficiencia, el Postor quedar automticamente descalificado y se le devolver sus sobres N 2 y N 3 sin abrir, en el acto de apertura del Sobre N 3.

    Se consideran nicamente como defectos subsanables, los siguientes casos: - Falta de Foliado - Falta de Sello - Falta de Firma - Falta de fotocopias (nicamente en el ejemplar denominado como Copia 1). 3.6.9. Luego se proceder a la apertura del Sobre N2 de los postores cuyos Sobres N 1 hayan sido declarados aptos. El Notario Pblico, visar al margen los documentos presentados y el COMIT proceder a su revisin. En el mismo acto, el Notario Pblico proceder a firmar y sellar el Sobre N 3, que pasarn a su custodia hasta su apertura. Se levantar un acta de lo acontecido, que ser suscrita por los miembros del COMIT, el Notario Pblico y los postores que as lo deseen. 3.6.10 Los Sobres N 2 que no incluyan lo solicitado en el Anexo N 4 de las Bases, invalidarn la Propuesta Tcnica y sern devueltos al Postor con el Sobre N 3, este ltimo sin abrir. 3.6.11. A fin de facilitar el examen, verificacin y comparacin de datos y requisitos del Sobre N 2, el COMIT podr solicitar a cualquier Postor que aclare la informacin contenida en la Propuesta Tcnica del Sobre N 2 mediante escrito. La solicitud de aclaracin y la respuesta correspondiente se har por escrito hasta el plazo que se le indique, bajo apercibimiento de quedar excluido de la evaluacin. 3.6.12 El presidente del COMIT o su alterno, anunciar la relacin de los postores que fueron declarados aptos luego de haberse evaluado la propuesta tcnica y que por tanto pasan a la etapa siguiente del proceso de seleccin. Luego, se proceder a devolver los Sobres N 3 sin abrir, a los Postores cuyos puntajes de la Propuesta Tcnica no hubiesen alcanzado el puntaje mnimo de (60) sesenta puntos, los mismos que quedarn descalificados. 3.6.13 Acto seguido, el Notario Pblico proceder a abrir el Sobre N 3 de los postores aptos, uno por uno, en el mismo orden en que fueron recibidos, establecindose el orden de mritos final de la evaluacin y, procedindose a adjudicar la Buena Pro, levantndose el acta correspondiente.

  • 3.6.14 El COMIT calificar las propuestas tcnicas y econmicas de acuerdo al Anexo N 5 (Metodologa de calificacin de las propuestas Tcnicas y Econmicas) 3.6.15 En el supuesto de empate entre dos o ms postores, los postores que empataron tendrn un plazo de (2) dos das hbiles para presentar una nueva oferta econmica, la que no podr ser de un monto mayor al inicialmente presentado. Las nuevas ofertas debern presentarse en un nuevo Sobre N3 cerrado, cumpliendo con las mismas formalidades establecidas para la presentacin de la Oferta Econmica. El procedimiento del acto pblico para la presentacin de las nuevas ofertas econmicas estar sujeto a los mismos trminos y condiciones de la oferta econmica original. 3.6.16 No ser considerada como una Propuesta Econmica vlida, aquella en la que el monto de inversin propuesto exceda en ms del diez por ciento (10%) del costo total referencial de la inversin, o sea menor en ms del diez por ciento (10%) con respecto al costo total referencial de la inversin establecido en los Trminos de Referencia (Anexo N 3) y con el cual se convoc el proceso. 5. PROCESO DE SELECCIN DESIERTO El proceso de seleccin ser declarado desierto, cuando no se hubiese presentado expresiones de inters o cuando no quede vlida o no se presente ninguna propuesta. En caso de no presentarse ninguna propuesta o que el proceso de seleccin se declare desierto por cualquier razn, el COMIT podr convocar a un nuevo proceso de seleccin. 6. RECURSO DE APELACIN 6.1. A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo

    del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del Convenio, conforme a lo establecido en el numeral 10.8 del artculo 10 del Reglamento.

    El recurso de apelacin se presenta ante y es resuelto en todos los casos por el Consejo Directivo de PROINVERSIN.

    Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Consejo Directivo de PROINVERSIN. Dicho recurso deber presentarse por escrito debidamente sustentado, dentro de los ocho (08) das hbiles siguientes de otorgada la Buena Pro. Ningn recurso de apelacin se considerar vlidamente interpuesto y carecer de todo efecto, si el Postor no cumple los plazos estipulados o no adjunta necesariamente la Garanta para la Apelacin a que hace referencia el numeral 7.3 dentro del mismo plazo sealado anteriormente.

    6.2. El Consejo Directivo de PROINVERSIN resolver el Recurso de Apelacin dentro del

    plazo mximo de siete (7) das hbiles de admitido el mismo. 6.3. En caso se declare fundado en todo o en parte el Recurso de Apelacin, la Entidad

    Pblica devolver la Garanta para la Apelacin al postor respectivo, no generando intereses a su favor. En ese caso, se comunicar a todos los postores la modificacin del resultado de evaluacin y el nuevo resultado de la adjudicacin de la buena pro, de ser el caso, con lo que queda finalizado el proceso de seleccin y se proceder a devolver las respectivas cartas fianzas.

  • 6.4. En caso se declare infundado o improcedente el Recurso de Apelacin, o an si el

    postor desistiera de presentarlo, la Garanta para la Apelacin que se menciona en el Numeral 7.3 ser ejecutada.

    7. GARANTAS 7.1. Las garantas sern cartas fianzas bancarias que debern ser extendidas conforme a

    los modelos indicados en los Formularios N 5 y N 7 segn corresponda, por uno o ms bancos locales sealados en el Anexo 2.

    En el caso de consorcio, es necesario que la carta fianza que se emita mencione

    expresamente a todas y cada una de las empresas privadas que lo conforman. 7.2. La Garanta de Fiel Cumplimiento ascender al monto de S/

    (..con ./100 Nuevos Soles), equivalente al 4% del costo total de la inversin y deber mantenerse vigente durante el plazo y en las condiciones establecidas en el Convenio, con el objeto de asegurar el cumplimiento de las obligaciones de la Empresa Privada. Esta garanta ser entregada con los documentos requeridos para la firma del Convenio, conforme al Formulario 5. La Garanta de Fiel Cumplimiento, estar vigente por un ao adicional a la correspondiente conformidad de recepcin por parte de la Municipalidad Distrital de Colquioc, y ser devuelta previa renovacin de la Garanta de Fiel Cumplimiento por un monto que represente el 1% del costo total referencial de la Inversin.

    7.3. La Garanta para la Apelacin ascender al monto equivalente al 3% del costo total

    de la inversin y deber mantenerse vigente al menos por (30) treinta das hbiles, contados desde su fecha de emisin, la cual deber ser en fecha similar a la interposicin del recurso de apelacin. Cualquier incumplimiento de las obligaciones recogidas en las presentes Bases o generadas a partir del proceso de seleccin en cuestin dar lugar a la ejecucin de la garanta correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales a que hubiere lugar.

    8. SUSCRIPCIN DEL CONVENIO - FECHA DE CIERRE 8.1. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la

    Buena Pro, dentro de los siete (07) das hbiles siguientes, el postor ganador deber presentar a la Entidad Pblica la documentacin para la suscripcin del Convenio prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (03) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir a la Entidad para suscribir el Convenio, en el lugar y hora que se indicar por circular y se llevar a cabo, cuando corresponda, ante Notario Pblico, quien certificar los actos a que se refiere el numeral siguiente.

    8.2. En la Fecha de Cierre el adjudicatario entregar a la Municipalidad Distrital de

    Colquioc, los siguientes documentos: 8.2.1. Presentacin por parte del adjudicatario de la documentacin que acredite la

    inscripcin en la Oficina Registral correspondiente de los poderes de sus representantes legales, que suscribieron las propuestas y suscribirn el Convenio.

    8.2.2. Para el caso de Consorcio deber presentar los poderes de sus Representantes

    Legales inscritos en los registros correspondientes y la copia legalizada del documento constitutivo del Consorcio, que estn acordes a lo sealado en la declaracin jurada del Formulario N1.

    8.2.3. Garanta de Fiel Cumplimiento de Convenio, segn Formulario N 5 y de acuerdo con

    el Numeral 7.2 de las Bases.

  • 8.2.4. Si fuera el caso, la empresa o consorcio adjudicatario de la Buena Pro deber presentar el Contrato debidamente suscrito con la Constructora, cumpliendo con las condiciones establecidas en las Bases

    | 8.2.5. La presentacin de la constancia de no estar inhabilitado para participar en procesos

    de seleccin ni para contratar con el estado, que emite el OSCE, NO ES REQUISITO para el adjudicatario o empresa privada si su giro de negocios no es la construccin, debe ser si, para la empresa constructora o socia..

    8.3. Siempre que el adjudicatario haya entregado los documentos antes sealados, en la

    fecha de Cierre se le entregar al adjudicatario un ejemplar del Convenio debidamente firmado por el Representante Legal de la Municipalidad Distrital de Colquioc o quien ste delegue.

    8.4. Si el adjudicatario no cumple oportunamente con entregar los documentos a que se

    refieren los prrafos precedentes o no se presenta a firmar el Convenio, el COMIT podr, a su sola discrecin, otorgar un plazo adicional para su entrega o revocar la Buena Pro y adjudicrsela al Postor que qued en segundo lugar, y as sucesivamente. Si el COMIT opta por la revocatoria, ejecutar la Garanta de Fiel Cumplimiento. Asimismo, se dispondr la ejecucin de la referida garanta si se detectara que el adjudicatario brind informacin inexacta a travs de los documentos presentados durante el Proceso de Seleccin.

    10. LIQUIDACIN DEL PROYECTO

    El procedimiento para la liquidacin de obra que deber observarse, es el que es regulado por las normas supletorias aplicables y compatibles a este proceso.

    No proceder la liquidacin mientras existan controversias pendientes de resolver.

    Luego de haber quedado consentida la liquidacin y efectuada la emisin del CIPRL, culmina el convenio y se cierra el expediente respectivo.

    11. VIGENCIA DEL CONVENIO

    El convenio tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene, hasta que la liquidacin quede consentida y se emita el CIPRL correspondiente.

    12. JURISDICCIN Y COMPETENCIA

    Las presentes bases y los documentos que las integran se regirn e interpretarn de acuerdo a las leyes peruanas. Los postores y el adjudicatario, se someten y aceptan irrevocablemente la jurisdiccin y competencia de los jueces y tribunales de la Provincia de Bolognesi Ancash para los conflictos que pudiesen suscitarse con respecto a estas bases.

    13. DISPOSICIONES FINALES

    En caso que no se contraponga a la naturaleza, objeto y finalidad de la Ley N29230 y su Reglamento, a todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se aplicar supletoriamente el Decreto Legislativo N1017 y su Reglamento, y disposiciones sustitutorias, as como por las disposiciones legales vigentes.

    IMPORTANTE: Se aplicarn, en principio, las disposiciones de la normativa de contrataciones

    del Estado que sean compatibles con la naturaleza de este proceso, salvo en aquellos supuestos que impliquen la erogacin de mayores fondos pblicos (prestaciones adicionales), en los que se aplicarn las disposiciones de dicha normativa que regulan la ejecucin de obras.

  • FORMULARIO N 1 (Solo para casos de Consorcio)

    DECLARACIN JURADA DE PROMESA FORMAL DE CONSORCIO

    (Slo para el caso en que un consorcio se presente como postor) Seores COMIT ESPECIAL PROCESO DE SELECCIN REGIMEN ESPECIAL N 01-2015-MDC/CE Presente.- De nuestra consideracin, Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de seleccin, para presentar una propuesta conjunta al PROCESO DE SELECCIN REGIMEN ESPECIAL N 01-2015-MDC/CE: CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH, responsabilizndonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aqu establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado). Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N [CONSIGNAR NMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante comn del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de seleccin y para suscribir el convenio correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal comn en [.............................]. OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones

    [DESCRIBIR LA OBLIGACIN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]

    [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ] OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones

    [DESCRIBIR LA OBLIGACIN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]

    [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ] TOTAL: 100% [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ... .. Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2 Nota: Las firmas de los representantes legales en esta declaracin jurada debern ser legalizadas por Notario Pblico o Juez de Paz Letrado.

  • FORMULARIO N 2 (Solo para casos de Consorcio)

    DECLARACIN JURADA Por medio de la presente declaramos bajo juramento que el porcentaje de participacin de cada uno de nuestros accionistas o socios o integrantes es el siguiente: En el caso de Postores que son Personas Jurdicas:

    Accionistas o socios Porcentaje de Participacin en el Postor (Solo aquellos con ms del 5%)

    1. 2. 3. 4. 5. 6.

    TOTAL En el caso del Postor que es Consorcio:

    Integrantes Porcentaje de participacin en el Consorcio

    y en cada empresa conformante del Consorcio (siempre que supere el 5%)

    1. 2. 3. 4. 5. 6.

    TOTAL Chasquitambo: ..............de............. de 2015. Entidad MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUIOC.

    Postor Nombre ............................................................. (Representante Legal del Postor) Firma ............................................................. (Representante Legal del Postor) Nota: Las firmas de los representantes legales debern ser legalizadas por Notario Pblico o Juez Letrado.

  • FORMULARIO N 3

    DECLARACIN JURADA Por medio de la presente y con carcter de declaracin jurada manifestamos a ustedes: 1. Que, somos empresas o sociedades debidamente constituidas y vlidamente

    existentes conforme a las Leyes del pas o lugar de constitucin, y que los representantes legales que participan en el proceso de seleccin se encuentran vlidamente premunidos con facultades suficientes para representarnos en todos los actos y declaraciones que deben efectuarse como consecuencia del proceso de seleccin.

    2. Que, nos sometemos irrevocablemente a todos y cada uno de los trminos y

    condiciones establecidos en las Bases y dems documentos de la referencia y acataremos todas las resoluciones, circulares y comunicaciones en general que el COMIT encargado formule en relacin con el Proceso de Seleccin materia de las Bases. Asimismo, nos comprometemos a ejecutar todas las acciones que sean necesarias para cumplir lo exigido por ustedes en las Bases, as como en el Convenio y los Trminos de Referencia.

    3. Que, entendemos que la ejecucin del Proyecto estar supervisado por una entidad

    privada contratada por La Municipalidad Distrital de Colquioc de acuerdo a lo establecido en la Ley y el Reglamento, por lo que nos comprometemos a brindar todas las facilidades del caso para que la misma pueda cumplir efectivamente sus funciones dentro del marco de las referidas normas.

    4. Que, no nos encontramos sancionados o condenados por sentencia firme o laudo

    arbitral definitivo, desfavorable, recado o derivado de un proceso judicial o proceso arbitral iniciado por el Estado o por La Municipalidad Distrital de Colquioc, en va de demanda o de reconvencin, relativos al incumplimiento de sus obligaciones contractuales con alguna entidad del Estado. Y no estamos incursos dentro de los alcances del Artculo 1366 del Cdigo Civil, ni comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el artculo 10 del Decreto Legislativo N 1017.

    5. Que, no somos Empresas o sociedades vinculadas a cualquier otra persona jurdica o

    integrante de un consorcio que se presente al presente Proceso de Seleccin, ni de cualquier otra Empresa Vinculada a ellos.

    6. Que, somos empresas o sociedades debidamente constituidas y vlidamente

    existentes conforme a las leyes del pas o lugar de su constitucin y que los Representantes Legales que participan en el proceso de seleccin estn vlidamente premunidos con facultades suficientes para representarnos en todos los actos y declaraciones que deben efectuarse como consecuencia del Proceso de Seleccin.

    7. Que, acataremos los trminos y condiciones establecidos por ustedes en lo que

    respecta a la utilizacin de la informacin que se proporcione durante la vigencia de nuestro Convenio y en general, mientras dure el Proceso de Seleccin, manteniendo estricta reserva sobre la informacin obtenida.

    8. Que, nos sometemos a las leyes y dems normas vigentes en la Repblica del Per as

    como a la jurisdiccin de los jueces y tribunales de la Provincia de Bolognesi - Ancash, a efectos de someter cualquier controversia que se pudiese generar en aplicacin de lo dispuesto por las bases del Proceso de Seleccin en la referencia, renunciando a cualquier reclamo que pudiera ser formulado por la va diplomtica.

    Los impedimentos sealados en los numerales precedentes alcanzan a los miembros integrantes de los Postores, en caso stos se presenten en Consorcio.

  • Se suscribe la presente con carcter de declaracin jurada irrevocable e incondicional. Atentamente, Nota: Las firmas de los representantes legales debern ser legalizadas por Notario Pblico o Juez Letrado.

  • FORMULARIO N 4

    MODELO DE CARTA DE PRESENTACIN DE INFORMACIN FINANCIERA Y TECNICA Chasquitambo, .. de Enero de 2015 Seores COMIT ESPECIAL LEY N 29230 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUIOC Presente.- Postor:.......................................... ..................................... Ref.: Proceso de Seleccin de la Empresa Privada para el financiamiento y ejecucin del Proyecto: CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH De acuerdo a lo previsto en el Numeral 3.5 de las Bases del Proceso de Seleccin, por medio de la presente cumplimos con acreditar los requisitos financieros para la precalificacin en el proceso de la referencia. A. PATRIMONIO NETO DEL POSTOR PATRIMONIO NETO S/. [ ]* (*) El monto que se coloque en esta tabla deber ser el mismo que aparezca en la tabla B B. PATRIMONIO NETO Y PORCENTAJE DE PARTICIPACIN EN LA EMPRESA, DE

    LOS ACCIONISTAS O INTEGRANTES DE LA EMPRESA POSTORA: Accionista o Integrante

    Nota 1 S/Patrimonio Neto(Nota 2)

    Participacin

    TOTAL (Llevar este total a la Seccin A)

    100%

    Nota 1: Marque una X si la cifra del Patrimonio Neto pertenece a una Empresa

    vinculada y complete adicionalmente la SECCIN D. Nota 2: Si las cifras originales estn expresadas en moneda distintas al Nuevo Sol,

    indicar el tipo de cambio utilizado. C. IMPUESTO A LA RENTA PAGADO: La Empresa. declara bajo juramento que durante el ejercicio fiscal 2013 ha procedido al pago de S/. [INDICAR MONTO EN NMEROS Y LETRAS] por concepto de Impuesto a la Renta. Adicionalmente se incluye la Declaracin Jurada presentada ante la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria (SUNAT) correspondiente al ao 2013 de la misma forma que informacin relevante de empresas que podran empezar a pagar Impuesto a la Renta en el pas a mediano plazo. D. EXPLICACIN DE LA RELACIN ENTRE EL POSTOR, EL ACCIONISTA O

    INTEGRANTES DEL POSTOR En caso de que la cifra del participante, accionista o de uno de sus integrantes corresponda a otra persona, debe explicarse a continuacin la relacin que causa que tal empresa sea empresa Accionista o Integrante el Postor.

    E. REQUISITOS TECNICOS:

  • Por medio de la presente, declaramos bajo juramento que el Postor, las empresas integrantes del Postor o la empresa ejecutora a ser contratada, posee(n) experiencia adquirida dentro de los ltimos 10 aos en la ejecucin de Proyectos que se sealan a continuacin: Experiencia en ejecucin de Proyectos en general (*)

    Datos de la empresa ejecutora

    Tipo de Actividad Ao de inicio de actividades e informacin econmica relevante

    (Nmero de Proyectos) proyectos ms importantes y nmero de personal ocupado en cada una de ellos

    Monto acumulado en estos contratos (expresado en Nuevos Soles)

    (*) En caso que la experiencia sea de una empresa ejecutora distinta al postor, adjuntar informacin sustentadora (Actas, liquidaciones, certificados, constancias o Currculum Vitae, otros) Replicar el cuadro en cuantas actividades crea conveniente. Experiencia en ejecucin de similares Proyecto a ejecutar

    Tipo de Actividades Ao de inicio de las actividades Monto de contratos realizados en los ltimos ()aos

    Nombre y Firma .................................................... Representante Legal del Postor Entidad.....................................................

    Postor Nota: Las firmas de los Representantes Legales debern ser legalizadas por Notario Pblico.

  • FORMULARIO N 5

    MODELO DE GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO

    Chasquitambo, de Enero de 2015 Seores MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUIOC. Presente.- Referencia :

    Proceso de Seleccin de la Empresa Privada para el financiamiento y ejecucin del Proyecto CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH

    De nuestra consideracin: Por la presente otorgamos fianza solidaria, irrevocable, sin beneficio de excusin, incondicional y de realizacin automtica, hasta por la suma de S/. . (..con /100 Nuevos Soles), en favor de la MUNICIPALIDAD DISTRTITAL DE COLQUIOC, para garantizar el correcto y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones asumidas por nuestros clientes seores..............................., en virtud del Convenio para la ejecucin del proyecto de la referencia. Esta fianza tendr un plazo de vigencia de 150 das calendario (Duracin del plazo de ejecucin del proyecto) contados a partir de su fecha de emisin y, se har efectiva en el caso que nuestros afianzados no cumplan con cualquiera de los compromisos y obligaciones derivados del Convenio. Esta garanta deber renovarse de acuerdo a las condiciones previstas en el Convenio. Queda expresamente entendido por nosotros que esta fianza ser ejecutada por el Municipalidad Distrital de Colquioc de conformidad con lo dispuesto por el Artculo 1898 del Cdigo Civil Peruano vigente. Para que nosotros procedamos a honrar esta fianza, bastar un simple requerimiento del Representante Legal, o quien haga sus veces, realizado por conducto notarial en nuestras oficinas en la direccin indicada lneas abajo. Nos comprometemos a pagarles el monto total de la fianza en un plazo mximo de 72 horas, contado a partir de la fecha de recepcin de la carta notarial de requerimiento. Toda demora de nuestra parte en honrar el pago dar origen al pago de intereses compensatorios en favor de ustedes que se calcularn sobre la base de la mayor Tasa Activa en Moneda Nacional (TAMN) publicada por la Superintendencia de Banca y Seguros del Per ms un spread de 3.0%. Tales intereses se devengarn a partir de la fecha en quesea exigido el pago y hasta la fecha efectiva del pago. Las obligaciones contradas en virtud a la presente garanta no se vern afectadas por cualquier disputa entre ustedes y nuestros clientes. Los trminos utilizados en esta Carta Fianza tienen el mismo significado que los trminos definidos en las Bases del Proceso de Seleccin. Atentamente,

  • FORMULARIO N 6

    MODELO DE CARTA DE PRESENTACIN DE OFERTA ECONMICA Chasquitambo, de Enero de 2015 Seores COMIT ESPECIAL - LEY N 29230 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUIOC. Presente.- Postor: .......................................................................................... Referencia :

    Proceso de Seleccin de la Empresa Privada para el financiamiento y ejecucin del Proyecto CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH

    De acuerdo a lo indicado en el punto 3.5.1 de las Bases del Proceso de Seleccin, nos es grato hacerles llegar nuestra Oferta Econmica, en los siguientes trminos: El monto de inversin propuesto para la ejecucin del Proyecto CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH, alcanza la suma de S/. (con ./100 Nuevos Soles). Este monto incluye todos los impuestos, tributos, gastos generales, gastos laborales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto, de acuerdo al siguiente Presupuesto detallado: (Adjuntar Tabla con Presupuesto detallado conforme a lo establecido en los Trminos de Referencia). Declaramos que nuestra Oferta Econmica tiene el carcter de irrevocable y que mantendr su plena vigencia hasta 30 das hbiles posteriores a la Fecha de Cierre, comprometindonos a prorrogarla obligatoriamente si el COMIT as lo dispusiera. Declaramos conocer que nuestra Oferta Econmica se incorporar al Convenio en todos sus trminos y condiciones y sin excepcin alguna. Entidad ..................................................... Postor Nombre ............................................................. Representante Legal del Postor Firma ............................................................ Representante Legal del Postor

  • FORMULARIO N 7

    MODELO DE GARANTA DE APELACIN CONTRA LA ADJUDICACIN DE LA BUENA PRO

    Chasquitambo, de . del 2015 Seores COMIT ESPECIAL LEY N 29230 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUIOC Presente.- Referencia :

    Proceso de Seleccin de la Empresa Privada para el financiamiento y ejecucin del Proyecto CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH

    Carta Fianza Bancaria N............................... Vencimiento: .................................... De nuestra consideracin: Por la presente y a solicitud de nuestros clientes, seores.., constituimos fianza solidaria, irrevocable, incondicional y de realizacin automtica, sin beneficio de excusin, ni divisin, hasta por la suma equivalente al 3% del costo total de inversin, a favor de la Municipalidad Distrital de Colquioc, para garantizar a nuestros afianzados en el pago de esa suma en cualquiera de los supuestos indicados en el segundo prrafo de esta carta fianza. Esta fianza deber encontrarse vigente hasta treinta (30) das hbiles contados a partir de la fecha de otorgamiento de la Buena Pro; y se har efectiva en caso el recurso de apelacin interpuesto fuera declarado infundado o improcedente por el Consejo Directivo de PROINVERSIN. Queda expresamente entendido por nosotros que esta fianza podr ser ejecutada por La Municipalidad Distrital de Colquioc, de conformidad con lo dispuesto por el Artculo 1898 del Cdigo Civil Peruano. Se conviene expresamente que para que procedamos a honrar esta fianza, bastar un simple requerimiento va notarial en nuestras oficinas sitas en la direccin indicada lneas abajo. Nos comprometemos a pagar el monto total de la fianza en un plazo mximo de 24 horas, contado a partir de la fecha de recepcin de la carta notarial de requerimiento. Toda demora de nuestra parte en honrar el pago dar origen al pago de intereses compensatorios en favor de ustedes que se calcularn sobre la base de la mayor Tasa Activa en Moneda Nacional (TAMN) publicada por la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP ms un spread de 3.0%. Tales intereses se devengarn a partir de la fecha en que sea exigido el pago y hasta la fecha efectiva del pago. Atentamente,

    IMPORTANTE:

    En caso de consorcio la Carta Fianza debe emitirse consignando el nombre de todas las Empresas Privadas que lo integran.

  • FORMULARIO N 8

    COMPROMISO DE CONTRATACIN DE LA EMPRESA EJECUTORA (En caso se subcontrate a un Constructor)

    Por medio de la presente, declaramos bajo juramento lo siguiente: Que, hemos firmado un compromiso de contratar con.. (Empresa ejecutora que acredit la experiencia con relacin al Proyecto, en adelante la Empresa Ejecutora), mediante el cual en la eventualidad de resultar favorecidos con la Adjudicacin de la Buena Pro conforme a lo establecido en las Bases, nos obligamos a celebrar un contrato para la ejecucin del Proyecto. Queda expresamente establecido que la empresa ejecutora se responsabiliza solidariamente con el Adjudicatario que suscribe el Convenio respecto de los vicios ocultos que puedan surgir a raz de la ejecucin del Proyecto hasta por siete (07) aos contados a partir de la entrega, por parte de la Municipalidad Distrital de Colquioc, del documento de conformidad de obra. Lugar y fecha: .. Entidad ......................................... Participante Nombre ......................................... Representante Legal del Participante Firma ......................................... Representante Legal del Participante Entidad ........................................ Representante Legal de Nombre ....................................... Representante Legal de Firma ....................................... Representante Legal de Entidad ...................................... Representante Legal de Nota: Las firmas de los Representantes Legales debern ser legalizadas por Notario Pblico.

  • FORMULARIO N 9

    DECLARACIN JURADA RESPECTO AL CONTRATO DE EJECUCIN DE PROYECTO (En caso se subcontrate a una Empresa Ejecutora)

    Por la presente y en relacin al Contrato de Ejecucin del Proyecto, el Postor y la Empresa Ejecutora declaran bajo juramento que las disposiciones que contendr como mnimo el Contrato de Ejecucin del Proyecto son las siguientes:

    1. Organizacin y Poderes Que, la empresa ejecutora es una persona jurdica debidamente constituida, vlidamente existente, debidamente inscrita en el registro correspondiente, de acuerdo con las leyes de su jurisdiccin de constitucin u organizacin, para suscribir el contrato de ejecucin del Proyecto y para cumplir con las obligaciones establecidas en el mismo.

    2. Capacidad

    Que, la empresa ejecutora est debidamente capacitada y es competente para llevar a cabo sus negocios, operaciones cotidianas, y aquellas otras operaciones contempladas en el contrato de ejecucin del Proyecto.

    3. Autorizacin

    Que, la empresa ejecutora cuenta con la capacidad y representacin suficiente para suscribir y cumplir el contrato de ejecucin del Proyecto. La suscripcin y cumplimiento del contrato de ejecucin ha sido debidamente autorizado de conformidad con sus reglamentos internos o normas societarias correspondientes, mediante toda accin social necesaria. Ninguno de los actos requeridos para este propsito ha sido modificado o cancelado, y dichos actos tienen plena vigencia.

    4. Inexistencia de conflictos

    Que, la suscripcin, entrega y cumplimiento del contrato de ejecucin del Proyecto por parte de la empresa ejecutora y la realizacin de los actos contemplados en el mismo, no incumplen ninguna disposicin de las normas legales aplicables, as como tampoco algn acuerdo societario, o contraviene disposicin alguna del estatuto de la empresa ejecutora.

    5. Responsabilidad solidaria

    Que, la empresa ejecutora se responsabiliza solidariamente con el adjudicatario por los vicios ocultos que puedan surgir a raz de la ejecucin del Proyecto, hasta por siete (07) aos contados a partir de la entrega del documento de recepcin del Proyecto, conforme a lo previsto en el Convenio y la Propuesta Tcnica del Adjudicatario. En tal sentido, sealamos conocer y aceptar las consecuencias del incumplimiento del presente compromiso y/o de la falta de veracidad de las declaraciones arriba sealadas.

    Lugar y fecha: . Entidad ................................. Participante Nombre ................................ Representante Legal del Participante Firma ...................................

  • Nombre ................................... Representante Legal de Firma .................................. Entidad ................................. Constructor Nombre .............................. Representante Legal del Participante Firma ................................. Nombre ............................. Representante Legal de Firma ................................ Nota: Las firmas de los Representantes Legales debern ser legalizadas por Notario Pblico.

  • FORMULARIO N 10 CONVENIO PROYECTO DE CONVENIO DE INVERSIN PBLICA LOCAL

    Conste por el presente documento, el Convenio de Inversin Pblica Local para el financiamiento y ejecucin del Proyecto CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH, con cdigo SNIP N 294748, que celebra de una parte la Municipalidad Distrital de Colquioc, en adelante LA ENTIDAD, con RUC N 20205785486, con domicilio legal en el Jr. Ricardo Palma S/N Chasquitambo Distrito de Colquioc, Provincia de Bolognesi - Regin Ancash, representada por su Alcalde, el seor Alejandro Manuel Diaz Trujillo, identificado con DNI N31682483; y de otra parte [], con RUC N [................], con domicilio legal en [.....................], inscrita en la Ficha N [.........] Asiento N [.......] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], debidamente representado por su Representante Legal, [.....................], con DNI N [..], segn poder inscrito en la Ficha N [..], Asiento N [] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], a quien en adelante se le denominar la EMPRESA PRIVADA en los trminos y condiciones siguientes: CLUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

    1.1 Mediante Acuerdo de Concejo Municipal N 023-2014-MDC/CM, de fecha 18 de Julio de 2014; la Municipalidad Distrital de Colquioc prioriz el Proyecto: CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH, para su financiamiento y ejecucin en el marco de la Ley N29230 y su Reglamento.

    1.2 Con Informe Previo N 128-2014/CG/CPRE de fecha 20 de Octubre de 2014, la Contralora General de la Repblica, emite pronunciamiento al respecto, conforme al numeral 10.3 del artculo 10 del Reglamento (en caso no se hubiere recibido pronunciamiento expreso de la Contralora General de la Repblica, se deber dejar constancia de ello, indicando el documento con el que la Entidad solicito dicho informe previo).

    1.3 Declaratoria de viabilidad del Proyecto, la misma que como anexo integra el presente Convenio.

    1.4 Con fecha [..], el Comit Especial adjudic la Buena Pro del PROCESO DE SELECCIN: REGIMEN ESPECIAL N 01-2015-MDC/CE para el financiamiento y ejecucin de la obra CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH, a [CONSIGNAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente convenio.

    CLUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente convenio tiene por objeto, que la EMPRESA PRIVADA, financie y ejecute el Proyecto CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH, conforme a las condiciones tcnicas y econmicas previstas en las Bases, Propuesta Tcnica y Econmica y Acta de Otorgamiento de la Buena Pro, que integran el presente Convenio. El cumplimiento de la obligacin derivada del presente Convenio, se efectuar de acuerdo con lo que se detalla en los Trminos de Referencia que forman parte de las Bases y en la Propuesta de la EMPRESA PRIVADA, las mismas que son concordantes con las caractersticas solicitadas en las Bases. CLUSULA TERCERA: COSTO TOTAL DE LA INVERSIN (OPCIN B: CASOS EN LOS QUE EL PROYECTO FUE PRIORIZADO POR LA ENTIDAD PBLICA) OPCIN B1: El costo total de la inversin objeto del presente Convenio, est compuesto por el monto de inversin determinado en el estudio de preinversin con el que se

  • declar la viabilidad del PROYECTO a ejecutar o, en caso la Entidad Pblica cuente con el Expediente Tcnico o Estudio Definitivo, segn corresponda, con el monto considerado en stos, de acuerdo a lo sealado en el numeral 11.3 del artculo 11 del Reglamento de la Ley N 29230, y asciende a la suma de S/ ( con /100 Nuevos Soles). La EMPRESA PRIVADA acepta y declara que el costo total incluye todo concepto necesario para la completa y correcta ejecucin del Proyecto, de acuerdo con lo detallado en las Bases. En ese sentido, sin carcter limitativo, la EMPRESA PRIVADA deja expresa constancia que dentro del costo total indicado estn incluidos todos los conceptos mencionados en los Trminos de Referencia que forman parte de las Bases y cualquier otro costo o gasto necesario para la correcta y total ejecucin del PROYECTO hasta su culminacin. Las variaciones o modificaciones que tenga el PROYECTO durante la fase de inversin se incorporan al costo total referencial de inversin, sujetndose a las disposiciones del SNIP, conforme a lo establecido en el artculo 12 del Reglamento de la Ley N 29230. El costo total de inversin no incluye indemnizaciones, multas o sanciones y conceptos similares derivados de la ejecucin del PROYECTO, los cuales debern ser asumidos por la EMPRESA PRIVADA.

    CLUSULA CUARTA: DEL PLAZO DE EJECUCIN DEL PROYECTO El plazo de vigencia de Convenio es de doscientos cincuenta y cinco (255) das calendario, el mismo que se computa desde el da siguiente de suscrito el mismo. El plazo de ejecucin del PROYECTO se descompone de la siguiente manera:

    a) El plazo de elaboracin del Expediente Tcnico se fija en sesenta (60) das calendario.

    b) El plazo de ejecucin del PROYECTO se fija en ciento veinte (120) das calendario, el mismo que empieza a regir desde el da siguiente en que se cumplan las siguientes condiciones:

    Que se tenga aprobado el Expediente Tcnico por LA ENTIDAD. Que se designe la Entidad Privada Supervisora por parte de LA ENTIDAD; y, Que LA ENTIDAD, haga entrega del terreno o se seale el lugar donde se ejecutar el PROYECTO, en ambos casos el plazo ser exigible siempre y cuando existan las condiciones para el inicio de la ejecucin del PROYECTO.

    c) Asimismo, LA EMPRESA PRIVADA cuenta con un plazo mximo de sesenta (60) das

    calendario, contados desde el da siguiente de la recepcin de la Obra sin observaciones por parte de LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUIOC, para elaborar el Expediente de Liquidacin de la obra, el mismo que deber ser aprobado por LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUIOC, quien a su vez deber emitir la conformidad de obra, en un plazo no mayor de quince (15) das calendario.

    CLUSULA QUINTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONVENIO El presente convenio est conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora1 y los documentos derivados del proceso de seleccin que establezcan obligaciones para las partes, as como el Expediente Tcnico de Obra y Expediente de Mantenimiento, cuando corresponda. CLUSULA SEXTA: GARANTAS La EMPRESA PRIVADA entreg a la suscripcin del convenio la respectiva garanta solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusin, ni divisin y de realizacin automtica a slo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y

    1 La oferta ganadora comprende a las propuestas tcnica y econmica del postor ganador de la Buena Pro.

  • vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del convenio2: S/ a travs de la GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO cuya Cantidad que es equivalente al cuatro por ciento (4%) del Costo Total de Inversin. La Carta Fianza deber ser renovada anualmente por un monto equivalente al 4% del Costo Total de Inversin remanente cuya ejecucin est pendiente.

    La Garanta de Fiel Cumplimiento deber estar vigente por un ao adicional a la correspondiente conformidad de recepcin por parte de LA ENTIDAD. La renovacin de la Garanta de Fiel Cumplimiento despus de la correspondiente conformidad de recepcin ser por un monto que represente el 1% del Costo Total de Inversin y podr ser ejecutada en caso se presenten deficiencias relacionadas con la ejecucin del Proyecto materia del presente Convenio.

    La Carta Fianza deber ser renovada dentro del plazo de quince (15) das calendarios previos al trmino de su vigencia, en tanto se encuentre pendiente el cumplimiento de obligaciones. De no renovarse dentro de este plazo, LA ENTIDAD podr solicitar su ejecucin.

    La devolucin de esta garanta se realizar dentro de los diez (10) das calendario, contados luego de transcurrido el ao adicional a la correspondiente declaracin de conformidad por parte de LA ENTIDAD.

    CLUSULA STIMA: EJECUCIN DE GARANTAS POR FALTA DE RENOVACIN LA ENTIDAD est facultada para ejecutar las garantas ante el incumplimiento de la EMPRESA PRIVADA de las obligaciones del Convenio o si LA EMPRESA PRIVADA no hubiera llevado a cabo su renovacin en caso de existir obligaciones cuyo cumplimiento est pendiente.

    CLUSULA OCTAVA: CONFORMIDAD DEL PROYECTO La conformidad del Proyecto ser dada con la suscripcin del Acta de Recepcin, siguindose el procedimiento establecido en el artculo 17 del Reglamento y, cuando corresponda, ser aplicable el proceso establecido en el artculo 19 del Reglamento.

    CLUSULA NOVENA: SUPERVISIN DE LA EJECUCIN DEL PROYECTO

    9.1 La Entidad Privada Supervisora, contratada por la Entidad Pblica, efectuar la verificacin de la ejecucin del Proyecto y de sus respectivas etapas, de ser el caso, conforme a lo establecido en el Expediente Tcnico, en los trminos de referencia, en las BASES y en la propuesta presentada por la EMPRESA PRIVADA, as como en el Plan de Trabajo correspondiente. Asimismo, se dedicar al seguimiento del cumplimiento del cronograma de avance de la ejecucin del Proyecto por parte de la EMPRESA PRIVADA.

    9.2 La Entidad Privada Supervisora deber dar la conformidad de la calidad del Proyecto

    tras la culminacin del mismo o a la culminacin de cada una de las etapas del Proyecto, de ser el caso.

    9.3 La Entidad Privada Supervisora del Proyecto asumir las atribuciones que la

    Municipalidad Distrital de Colquioc, determine en los trminos de referencia y en las Bases del proceso de seleccin que dar mrito a su contratacin con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamento, copia de las cuales debern ser entregadas a la EMPRESA PRIVADA.

    9.4 El Municipalidad Distrital de Colquioc deber pronunciarse sobre la conformidad de

    recepcin del Proyecto o de cada una de las etapas del Proyecto y/o de las actividades

    2 La garanta de fiel cumplimiento deber ser emitida por una suma equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto

    total de inversin y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final. De manera excepcional, respecto de aquellos Convenios que tengan una vigencia superior a un (1) ao, las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garanta de fiel cumplimiento, con una vigencia de un (1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final.

  • de mantenimiento ejecutadas por la EMPRESA PRIVADA de acuerdo a las Bases y a los trminos del presente Convenio. Dichas conformidades sern una condicin necesaria para la emisin de los respectivos CIPRL y se tendr por otorgada para todos los efectos legales si transcurrido el plazo legal no hubiera el pronunciamiento del Municipalidad Distrital de Colquioc.

    9.5 Las conformidades de recepcin y de calidad, debern ser otorgadas ambas dentro de

    un plazo no mayor de veinte (20) das hbiles siguientes a la culminacin del Proyecto o de la etapa del Proyecto cuando corresponda. Y la conformidad de las actividades de mantenimiento deber realizarse en un plazo mximo de diez (10) das siguientes a la culminacin de cada periodo de mantenimiento previsto en las Bases y el presente Convenio.

    CLUSULA DCIMA: DE LOS FUNCIONARIOS RESPONSABLES En el cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 17.2 del artculo 17 del Reglamento, la ENTIDAD designa a los funcionarios siguientes:

    - Sub Gerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano Rural, Responsable de la

    recepcin del Proyecto y la conformidad de la calidad del Proyecto.

    - Gerente Municipal, Responsable de solicitar la emisin de los CIPRL a la DGETP del MEF

    - Asesor Contable responsable de la Planificacin y Presupuesto de la

    Municipalidad Distrital de Colquioc Colquioc, Responsable de realizar las afectaciones presupuestales y financieras en el SIAF.

    El incumplimiento de las funciones asignadas acarrea las responsabilidades y sanciones respectivas, conforme a ley.

    CLUSULA DCIMO PRIMERA: OBLIGACIONES DE LA EMPRESA PRIVADA La EMPRESA PRIVADA, asume sus obligaciones conforme a las condiciones tcnicas y econmicas previstas en las Bases, Propuesta Tcnica y Econmica, Acta de Otorgamiento de la Buena Pro y el presente Convenio.

    CLUSULA DCIMO SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD La ENTIDAD adems de las obligaciones establecidas en los Trminos de Referencia y en las Bases que forman parte del presente Convenio, deber cumplir con las obligaciones y responsabilidades que se establecen en la Ley N 29230, su Reglamento y el presente Convenio.

    CLUSULA DCIMO TERCERA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La EMPRESA PRIVADA, declara bajo juramento ser responsable por la calidad ofrecida de la obra, adems de las obligaciones establecidas en los Trminos de Referencia de las Bases y el presente Convenio.

    Ni la suscripcin del Acta de Recepcin de Obra, ni el consentimiento de la liquidacin de obra, enervan el derecho de LA ENTIDAD a reclamar, posteriormente, por defectos o vicios ocultos.

    El plazo mximo de responsabilidad de la EMPRESA PRIVADA es de siete (07) aos.

    CLUSULA DCIMO CUARTA: PENALIDADES La EMPRESA PRIVADA incurrir en penalidad, sin perjuicio de lo establecido en las Bases que forman parte del presente Convenio, cuando no haya concluido en la fecha establecida los trabajos contemplados en el cronograma, previa notificacin realizada por va notarial por parte de LA ENTIDAD con quince (15) das hbiles de anticipacin.

    La penalidad se genera automticamente por cada da calendario de retraso injustificado en la ejecucin de las prestaciones objeto del convenio, hasta alcanzar como monto mximo el equivalente al diez por ciento (10%) del monto total de inversin pactado en el

  • convenio. En todos los casos, la penalidad se aplicar y se calcular de acuerdo a la siguiente frmula:

    Penalidad Diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en das Donde, F = 0.15 para plazos mayores a sesenta (60) das o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) das.

    Esta penalidad ser deducida con cargo a la ejecucin de la Garanta de Fiel Cumplimiento del Convenio, sin perjuicio de que la ENTIDAD exija el resarcimiento de los daos y perjuicios que se produzcan, mediante la accin legal correspondiente, si fuese necesario. La justificacin por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y Reglamento, el Cdigo Civil y dems normas aplicables, segn corresponda.

    En caso que se llegase a cumplir el monto mximo de la penalidad (10%), la ENTIDAD podr resolver el Convenio por incumplimiento sujetndose al procedimiento establecido en el numeral 15.2 de la Clusula Dcimo Quinta del presente Convenio

    CLUSULA DCIMO QUINTA: RESOLUCIN DEL CONVENIO 15.1La ENTIDAD podr resolver el Convenio por las causales siguientes:

    a) Incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas del presente Convenio,

    legales o reglamentarias, a cargo de la EMPRESA PRIVADA, o de su contratista ejecutor de la infraestructura del Proyecto, pese a haber sido requerido para ello.

    b) Cuando la EMPRESA PRIVADA no cuente con capacidad econmica o tcnica para continuar con la ejecucin del Proyecto a su cargo, pese a haber sido requerida para corregir tal situacin.

    c) Cuando la EMPRESA PRIVADA haya llegado a acumular el monto mximo de la penalidad, a que se refiere la Clusula precedente, en la ejecucin y/o mantenimiento del Proyecto.

    d) Cuando la EMPRESA PRIVADA haga abandono injustificado del Proyecto y de su mantenimiento, de ser el caso.

    e) Cuando la EMPRESA PRIVADA suspenda los trabajos por ms de veinte (20) das calendario, sin autorizacin escrita de la entidad privada supervisora o de la Municipalidad Distrital de Colquioc.

    f) Negligencia reiterada de parte de la EMPRESA PRIVADA o de su contratista ejecutor de la infraestructura del Proyecto, en el cumplimiento de las especificaciones, planos, instrucciones de la entidad privada supervisora y de la Municipalidad Distrital de Colquioc y otras obligaciones derivadas del presente Convenio.

    g) Otras sealadas en la normatividad vigente. 15.2 Cuando se presente cualquiera de las causales, la ENTIDAD cursar carta notarial a la EMPRESA PRIVADA para que subsane el incumplimiento en un plazo no mayor de quince (15) das calendario, bajo apercibimiento de resolucin del Convenio. Si vencido dicho plazo el incumplimiento contina, mediante Carta Notarial se resolver el Convenio.

    En tal supuesto, la ENTIDAD ejecutar la Garanta de Fiel Cumplimiento del Convenio que la EMPRESA PRIVADA hubiera otorgado, sin perjuicio de la indemnizacin por los daos y perjuicios ulteriores que pueda exigir.

    15.3 La EMPRESA PRIVADA podr resolver el Convenio en el supuesto previsto en el penltimo prrafo del numeral 12.1 del artculo 12 del Reglamento de la Ley N 29230. En este caso, la EMPRESA PRIVADA resolver el Convenio mediante Carta Notarial cursada a la Municipalidad Distrital de Colquioc, en un plazo no mayor de quince (15) das hbiles contados desde la fecha en que tom conocimiento del incremento en el monto.

  • 15.4 El caso fortuito o fuerza mayor, conforme a lo dispuesto por el artculo 1315 del Cdigo Civil, podr suspender o interrumpir el plazo de ejecucin del Proyecto. CLUSULA DCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONVENIO Slo en lo no previsto en este convenio, en la Ley N29230 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N005-2014-EF, sern de aplicacin supletoria las disposiciones pertinentes de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, as como el Cdigo Civil vigente, cuando corresponda. En todo caso, el Convenio y todas las obligaciones derivadas de l, se regirn por la legislacin de la Repblica del Per. CLUSULA DCIMO STIMA: SOLUCIN DE CONTROVERSIAS3 Todas las controversias que pudieran suscitarse entre LA ENTIDAD y la EMPRESA PRIVADA referidas al cumplimiento, ejecucin y/o interpretacin del presente Convenio sern resueltas en lo posible por trato directo entre LA ENTIDAD y la EMPRESA PRIVADA y sus representantes, conforme a las reglas de la buena fe y comn intencin de las PARTES. De no llegar a ningn acuerdo, tanto la ENTIDAD, como la EMPRESA PRIVADA, convienen que cualquier controversia o reclamo que surja de, o se relacione con el cumplimiento, ejecucin y/o interpretacin del presente Convenio, ser resuelto de manera definitiva mediante arbitraje de derecho conforme a las reglas del Centro de Conciliacin y Arbitraje de la Cmara de Comercio de Lima, a cuyas normas ambas PARTES se someten incondicionalmente, siendo de aplicacin supletoria el Decreto Legislativo que norma el arbitraje. El laudo arbitral emitido obligar a las PARTES y pondr fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia y es de obligatorio cumplimiento desde su notificacin a las PARTES. CLUSULA DCIMO OCTAVA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIN DEL CONVENIO Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecucin del presente Convenio: DOMICILIO DE LA ENTIDAD: Jr. Ricardo Palma S/N Chasquitambo, Distrito de Colquioc,

    Provincia de Bolognesi, Departamento de Ancash. DOMICILIO DE LA EMPRESA PRIVADA: . La variacin del domicilio aqu declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipacin no menor de quince (15) das calendario. CLUSULA DCIMO NOVENA: LOS ANEXOS DE CONVENIO 19.1 Forman parte del CONVENIO los siguientes documentos: 19.1.1 Informe de declaracin de viabilidad del PROYECTO. 19.1.2 Las Propuestas presentadas por la EMPRESA PRIVADA. 19.1.3 Las BASES del Proceso de Seleccin Rgimen Especial N 01-2015-MPC/CE (Ley

    N 29230), Convocatoria, incluyendo sus Terminos de Referencia, y de haberlos tambin, los documentos de Absolucin de Consultas y Aclaraciones a las BASES.

    3 Podr adicionarse la informacin que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la

    ejecucin del Convenio. Por ejemplo, para la suscripcin del convenio y, segn el acuerdo de las partes podr establecerse que el arbitraje ser institucional o ante el Centro de Conciliacin de la Cmara de Comercio, debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deber indicarse si la controversia se someter ante un tribunal arbitral o ante un rbitro nico.

  • 19.1.4 El Acta de Adjudicacin de Buena Pro. 19.1.5 Perfil del Proyecto de Inversin Pblica Viabilizado. 19.1.6 Expediente de Solicitud de Informe Previo e Informe de Implementacin de

    Recomendaciones al Informe Previo. 19.2 Para efectos de la interpretacin del CONVENIO, primar lo dispuesto en el mismo,

    en la Ley 29230 y su Reglamento y, en forma supletoria, los Terminos de Referencia de las BASES. La propuesta presentada por la EMPRESA PRIVADA y las BASES en dicho orden de prelacin.

    CLUSULA VIGESIMA: AVANCES DEL PROYECTO

    En la medida que el plazo de ejecucin del PROYECTO demanda un plazo mayor de seis (06) meses, LA ENTIDAD y la EMPRESA PRIVADA acuerdan emitir y entregar CIPRLs trimestrales por avance de obra, ello de conformidad con lo establecido en el artculo 19 del Reglamento.

    Para tales efectos, LA ENTIDAD gestionar, de manera oportuna, la obtencin de los siguientes documentos:

    - Conformidad de recepcin y conformidad de la calidad respecto del avance de obra

    emitido por la entidad privada supervisora. - Informe del funcionario responsable del rea usuaria emitiendo su conformidad de la

    prestacin efectuada. - Conformidad de calidad de Obra. (para la etapa materia del CIPRL). - Acta de recepcin parcial de Obra (Conformidad de la recepcin parcial, siempre y

    cuando la seccin est terminada). - Registro en el Mdulo de Deuda Direccin Nacional del Endeudamiento Pblico de la

    Formalizacin de la Operatividad de Endeudamiento Interno. - Registro SIAF SP. - Convenio de Inversin Pblica Regional y/o Local con participacin del sector privado y

    de ser el caso de la Addenda correspondiente. - Entre otros. De acuerdo con las Bases, la propuesta tcnica y econmica y las disposiciones del presente convenio, las partes lo firman por duplicado en seal de conformidad en la ciudad de Chasquitambo al [CONSIGNAR FECHA]. LA ENTIDAD LA EMPRESA PRIVADA

  • FORMATO SNIP 09

  • FORMULARIO N 11

    MODELO DE CARTA DE ACREDITACIN Chasquitambo, de enero de 2015 Seores: COMIT ESPECIAL PROCESO DE SELECCIN REGIMEN ESPECIAL N 01-2015-MDC/CE Presente.- [CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (EMPRESA PRIVADA Y/O CONSORCIO)], N RUC, debidamente representado por su [CONSIGNAR REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE EMPRESA PRIVADA O DEL REPRESENTANTE COMN EN CASO DE CONSORCIO, AS COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI N [], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relacin con el PROCESO DE SELECCIN REGIMEN ESPECIAL N 01-2015-MDC/CE, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI N [], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de seleccin. Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.

    ..... Firma, Nombres y Apellidos del postor o

    Representante legal o comn, segn corresponda

    IMPORTANTE: El presente formulario ser utilizado cuando el representante legal de la Empresa

    Privada o el representante comn del consorcio no concurra personalmente al proceso de seleccin

  • ANEXO N 1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

    MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUIOC COMIT ESPECIAL LEY N 29230

    PROCESO DE SELECCIN DE EMPRESAS PRIVADAS PARA EJECUTAR PROYECTOS

    EN EL MARCO DE LA LEY N 29230

    CRONOGRAMA DEL PROCESO

    Actividades

    De

    Hasta

    1. Convocatoria y publicacin de Bases,

    incluyendo el formato de Convenio

    21-01-2015 21-01-2015

    2. Recepcin de expresiones de inters de empresas (*)

    22-01-2015 02-02-2015

    3. Presentacin de consultas y observaciones a las Bases (**)

    02-02-2015 02-02-2015

    4. Absolucin de consultas y observaciones a las Bases

    09-02-2015 09-02-2015

    5. Integracin de Bases y su publicacin en el Portal Institucional

    10-02-2015 10-02-2015

    6. Presentacin de Propuestas, a travs de los Sobre N1, 2 y 3.

    18-02-2015 11:00 hrs 18-02-2015

    7. Evaluacin y Calificacin de Propuestas Tcnica y Econmica

    18-02-2015 18-02-2015

    8. Resultados de la Evaluacin y Calificacin de las propuestas en el Portal Institucional

    18-02-2015 18-02-2015

    9. Otorgamiento de la Buena Pro 18-02-2015 18-02-2015

    10. Suscripcin del Convenio entre la Entidad Pblica y la Empresa Privada (en cuanto se haya completado la documentacin respectiva)

    19-02-2015 02-03-2015

    *En la oficina del Comit Especial Ley N 29230, ubicadas en el Jr. Ricardo Palma S/N Chasquitambo Colquioc Bolognesi - Ancash, en el siguiente horario: 9:00 a 5:00p.m. **Por escrito en las Oficinas del Comit Especial Ley N 29230, ubicadas en en el Jr. Ricardo Palma S/N Chasquitambo Colquioc Bolognesi - Ancash, en el siguiente horario: 9:00 a 5:00p.m.

  • ANEXO N 2

    BANCOS LOCALES AUTORIZADOS PARA EMITIR LAS GARANTAS ESTABLECIDAS EN LAS BASES

    Las garantas debern ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per BANCO DE CREDITO DEL PERU BBVA BANCO CONTINENTAL BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SA.-INTERBANK BANCO SCOTIABANAK BANCO FINANCIERO HSBC BANK BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS-BIF BANCO CITIBANK BANCO SANTANDER PERU S.A. MIBANCO- BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. BANCO WIESE SUDAMERIS S.A. DEUTSCHE BANK

  • ANEXO N 3

    TERMINOS DE REFERENCIA

    1. CARACTERSTICAS DEL PROYECTO El proyecto se encuentra localizado en la localidad Chasquitambo, Distrito de Colquioc, Provincia de Bolognesi Ancash, SNIP N 294748. Actualmente la Ficha SNIP04 cuenta con Registro de Viabilidad, cuenta con el Formato SNIP 09. 2. DE