BASES CPS 17 ipad 31mayo207.249.17.176/Transparencia/CPS/Convocatoria CPSI-DGRM-DABI-017... ·...

16

Transcript of BASES CPS 17 ipad 31mayo207.249.17.176/Transparencia/CPS/Convocatoria CPSI-DGRM-DABI-017... ·...

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales

CONVOCATORIA / BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO NÚMERO CPSI/DGRM-DABI/017/2012 PARA LA

“ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS IPAD”

Hoja 9 de 16

ANEXO 1a

Manifestación bajo protesta (En papel membretado del participante)

FECHA:________________

PERSONAS FÍSICAS O MORALES SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (Nombre de la persona física o representante legal de la empresa concursante) actuando en nombre y representación de (Nombre de la empresa concursante), por medio del presente manifiesto, bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración VI/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008, por lo que en tal tenor no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X, así como 58, fracción, XVI, del instrumento normativo antes referido.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del participante (persona física o representante de la persona moral)

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales

CONVOCATORIA / BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO NÚMERO CPSI/DGRM-DABI/017/2012 PARA LA

“ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS IPAD”

Hoja 10 de 16

ANEXO 1b

CARTA PROTESTA DE CONFIRMACIÓN DE SITUACIÓN LEGAL (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E Declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que la situación legal de la empresa que represento, a esta fecha, es la misma que prevalecía en la época en que se emitió el Dictamen Resolutivo Legal, del procedimiento de contratación número _____________ para la contratación de _______________________________, y que el acto permisivo para la contratación de ____________________________________, numeral 6 “Documentación Legal” está vigente.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante ó apoderado legal.

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales

CONVOCATORIA / BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO NÚMERO CPSI/DGRM-DABI/017/2012 PARA LA

“ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS IPAD”

Hoja 11 de 16

ANEXO 2

REQUERIMIENTO TÉCNICO

Los requerimientos técnicos se plasman en los cuadros siguientes, estos deberán ser llenados por las empresas que estén interesadas en brindar los servicios, marcando todos los renglones con una “X” en el cuadro que corresponda, siendo que si la “X” se encuentra en la casilla correspondiente a “SI”, quiere decir que brindará o cumplirá con los requerimientos y/o servicios que al renglón correspondan, las casillas que se encuentren sin llenar querrá decir que “NO” cumplen con los estipulado en el renglón correspondiente. Estos cuadros serán la base para la calificación de la Dirección General de Tecnologías de la Información, Por lo que no deberán presentar diferencias con el original que se entrega, y deberá llenarse en su totalidad. El no cumplimiento de lo anterior será motivo de descalificación. Dispositivos iPAD

REQUERIMIENTOS MÍNIMOS SI NO Modelo iPad 3 WI-FI + 4G

Tamaño y peso

Alto: 24.12 cm (9.50 pulgadas) Ancho: 18.57 cm (7.31 pulgadas) Profundidad: 0.94 cm (0.37 pulgadas) Peso: 662 g (1.46 libras)

Capacidad 64 GB

Pantalla

Pantalla Retina Pantalla ancha Multi-Touch brillante retroiluminada por LED de

9.7 pulgadas (diagonal) con tecnología IPS Resolución de 2048 x 1536 pixeles a 264 pixeles por pulgada

(ppi) Revestimiento oleofóbico resistente a marcas dactilares Soporte para mostrar varios idiomas y caracteres

simultáneamente

Chip Sistema en chip Dual-Core A5X diseñado por Apple, de alto

desempeño, bajo consumo de energía y gráficos de cuatro núcleos

Tecnología inalámbrica y celular

Wi-Fi (802.11a/b/g/n) Tecnología Bluetooth 4.0 UMTS/HSPA/HSPA+/DC-HSDPA (850, 900, 1900, 2100 MHz);

GSM/EDGE (850, 900, 1800, 1900 MHz) 4G LTE (700, 2100 MHz) Solo datos

Cámaras, fotos y grabación de videos

Cámara iSight de 5 megapixeles Autoenfoque Pulse para enfocar Detección de rostros en imágenes fijas Grabación de video, HD (1080p) de hasta 30 cuadros por

segundo con audio Estabilización de video Cámara FaceTime con fotos de calidad VGA y videos de hasta

30 cuadros por segundo Geoetiquetado de videos y fotos

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales

CONVOCATORIA / BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO NÚMERO CPSI/DGRM-DABI/017/2012 PARA LA

“ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS IPAD”

Hoja 12 de 16

Dispositivos iPAD

REQUERIMIENTOS MÍNIMOS SI NO

Batería y energía

Batería recargable de polímero de litio de 42.5 watts por hora integrada

Hasta 10 horas de navegación por Internet sobre Wi-Fi, visualización de videos o música

Hasta 9 horas de navegación por Internet usando redes celulares de datos

Carga a través del adaptador de corriente o de USB al sistema de la computadora

Entrada y salida

Puerto para conector dock a 30 clavijas Miniconector de 3.5 mm para audífonos estéreo Bocina integrada Micrófono Entrada de tarjeta Micro-SIM

Reproducción de audio

Frecuencia de respuesta: 20 Hz a 20,000 Hz Formatos de audio compatibles: HE-AAC (V1 y V2), AAC (8 a

320 Kbps), AAC protegida (desde iTunes Store), MP3 (8 a 320 Kbps), MP3 VBR, Audible (formatos 2, 3 y 4, Audible Enhanced Audio, AAX y AAX+), Apple Lossless, AIFF y WAV

Límite de volumen máximo configurable por el usuario Sonido envolvente Dolby Digital 5.1 con adaptador Digital AV de

Apple.

TV y video

Función de duplicación de AirPlay para compatibilidad con el Apple TV a 720p

Transmisión de videos de AirPlay al Apple TV (tercera generación) en hasta 1080p y al Apple TV (segunda generación) en hasta 720p

Video en espejo y soporte de salida de video: hasta 1080p con Adaptador AV Digital de Apple o Adaptador VGA de Apple.

Soporte para salida de video a 576i y 480i con el cable Apple de AV compuesto (los cables se venden por separado)

Formatos de video compatibles: video H.264 de hasta 1080 pixeles, 30 cuadros por segundo, High Profile nivel 4.1 con audio AAC-LC hasta 160 Kbps, 48 kHz, audio estéreo en formatos de archivo .m4v, .mp4 y .mov; video MPEG-4 de hasta 2.5 Mbps, 640 por 480 pixeles, 30 cuadros por segundo, Simple Profile con audio AAC-LC de hasta 160 Kbps por canal, 48 kHz, audio estéreo en formatos de archivo .m4v, .mp4 y .mov; Motion JPEG (M-JPEG) de hasta 35 Mbps, 1280 por 720 pixeles, 30 cuadros por segundo, audio en ulaw, audio estéreo PCM en formato de archivo .avi

Soporte para archivos adjuntos en Mail

Tipos de documentos visibles: .jpg, .tiff, .gif (imágenes); .doc y .docx (Microsoft Word); .htm y .html (páginas web); .key (Keynote); .numbers (Numbers); .pages (Pages); .pdf (Preview y Adobe Acrobat); .ppt y .pptx (Microsoft PowerPoint); .txt (texto); .rtf (formato de texto enriquecido): .vcf (información de contacto); .xls y .xlsx (Microsoft Excel)

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales

CONVOCATORIA / BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO NÚMERO CPSI/DGRM-DABI/017/2012 PARA LA

“ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS IPAD”

Hoja 13 de 16

Dispositivos iPAD

REQUERIMIENTOS MÍNIMOS SI NO ACCESORIOS

iPad Smart Cover - Cuero – Negro (Compatible con iPad 3ª generación)

Diseño delgado y mínimo. Conexión magnética. Se activa al abrirla. Se desactiva al cerrarla. Base para teclado. Base para FaceTime y películas.

SERVICIOS SOLICITADOS. Garantía extendida en sitio por 3 años. Certificado de garantía emitido por el fabricante (este documento deberá formar parte

integral de la propuesta de la empresa).

El servicio de mantenimiento correctivo deberá ser otorgado directamente por el Proveedor y deberá presentar el documento probatorio (Carta bajo protesta de decir verdad, de que cualquier trámite ante el fabricante, será realizado por la propia empresa), (deberá formar parte integral de la propuesta técnica de la empresa).

Carta de distribuidor autorizado por parte del fabricante (deberá formar parte integral de la propuesta).

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales

CONVOCATORIA / BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO NÚMERO CPSI/DGRM-DABI/017/2012 PARA LA

“ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS IPAD”

Hoja 14 de 16

ANEXO 3

Formato de propuesta económica

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA:

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PARTICIPANTE:

PA

RT

IDA

DESCRIPCIÓN CORTA

MARCA UNIDAD

DE MEDIDA

COLUMNA“A”

COLUMNA“B”

COLUMNA “C”

COLUMNA“D”

COLUMNA“E”

CANTIDAD

PRECIO UNITARIO (ANTES DE

I.V.A.)

SUBTOTAL (ANTES DE

I.V.A.)

“A” X “B”

16% IVA

“C” X 16%

TOTAL NETO

“C” + “D”

1 Dispositivo iPad 3 a 64 GB WiFi + 4G

Apple Pieza 41

IMPORTE TOTAL CON LETRA (EN MONEDA NACIONAL)

Las operaciones aritméticas se deberán efectuar con redondeo a dos decimales. 1. Plazos de entrega 2. Forma de pago 3. Vigencia

Los precios ofertados no serán sujetos a ningún ajuste y cualquier error en los mismos será de estricta responsabilidad del ofertante. Los precios ofertados corresponden a los bienes descritos en la partida 1, y a las especificaciones incluidas en la propuesta técnica presentada. Costo de seguro y flete a cargo del proveedor en destino final.

Razón Social_______________________________________________________________________________ R.F.C._____________________________________________________________________________________ Domicilio __________________________________________________________________________________ Nombre y firma del representante o apoderado legal_______________________________________________

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales

CONVOCATORIA / BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO NÚMERO CPSI/DGRM-DABI/017/2012 PARA LA

“ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS IPAD”

Hoja 15 de 16

ANEXO 4 (Proyecto de contrato simplificado)

Contrato de Equipos

I.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo “la Suprema Corte”, por conducto de su representante, para los efectos de este instrumento manifiesta que: I.1.- Es el máximo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artículos 94, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1º, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. I.2.- La presente contratación fue autorizada por la Directora General de Recursos Materiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante el procedimiento de Concurso Público Sumario, de conformidad con lo previsto en los artículo 39, fracción III, 42, 43, fracción III, y 82, del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. I.3.-La Directora General de Recursos Materiales está facultada para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, fracción X, del Reglamento Interior en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. I.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en la Calle de José María Pino Suárez número 2, Colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06060, en la ciudad de México, Distrito Federal. II.- El “Proveedor” por conducto de su representante legal manifiesta bajo protesta de decir verdad que: II.1.- Conoce perfectamente las especificaciones técnicas y de operación de los equipos requeridos por “la Suprema Corte” y cuenta con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para entregarlos a satisfacción de ésta. II.2.- No desempeña un empleo, cargo o comisión en el servicio público y entre sus socios, accionistas, representantes legales o apoderados no se encuentran servidores públicos del Poder Judicial de la Federación. II.3.- No se encuentra inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público. II.4.- Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal. II.5.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el indicado en la carátula del presente instrumento, en el apartado denominado “Proveedor”. III.- La “Suprema Corte” y el “Proveedor” declaran que: III.1.- Reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que, todas las comunicaciones que se realicen entre ellas, se dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes I.4 y II.5 de este instrumento. lll.2.- El acuerdo de voluntades plasmado en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, de manera supletoria por el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, en lo conducente, al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A S Primera. Condiciones Generales. El “Proveedor” se compromete a proporcionar los equipos descritos en la carátula del presente instrumento y respetar, en todo momento, el precio, plazo y condiciones de pago señalados en la referida carátula, durante y hasta el cumplimiento total del objeto de este acuerdo de voluntades. El pago señalado en la presente cláusula, cubre el total de los equipos contratados, por lo cual, “la Suprema Corte” no tiene obligación de cubrir ningún importe adicional. Segunda. Pena Convencional. Las penas convencionales serán determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en función del incumplimiento decretado, conforme lo siguiente: En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato y sus anexos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá aplicar al proveedor una pena convencional que se ajustará proporcionalmente a lo incumplido. En caso de los bienes que no se hayan entregado a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que implica un incumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato y sus anexos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá aplicar al proveedor una pena convencional hasta por un 10% del monto que corresponda al valor de dichos bienes (sin incluir el Impuesto al Valor Agregado). En caso de incumplimiento en el plazo de entrega de los bienes, se hará acreedor a una sanción equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar diario (en días naturales) de la cantidad que importen los bienes pendientes de entregar hasta en tanto se dé cumplimiento total a lo pactado. Las penas convencionales no podrán exceder del 10% del monto total contratado (sin incluir el Impuesto al Valor Agregado). Tercera. Requisitos para realizar los pagos respectivos. Para efectos fiscales, el “Proveedor” deberá presentar la o las facturas a nombre de “la Suprema Corte” según consta en la cédula de identificación fiscal, expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5, indicando el domicilio señalado en la declaración 1.4 de este instrumento y, demás requisitos fiscales a que haya lugar.

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales

CONVOCATORIA / BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO NÚMERO CPSI/DGRM-DABI/017/2012 PARA LA

“ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS IPAD”

Hoja 16 de 16

Cuarta. Modificaciones. Las condiciones pactadas en el presente instrumento podrán ser objeto de modificación, en términos de lo previsto en los artículos 12, fracción XXII; 143, fracción I, y 162, del referido Acuerdo General VI/2008. Quinta. Garantía de Equipos. El “Proveedor”, garantizará los equipos por tres años, a partir de la fecha de entrega y/o recepción a entera satisfacción de “la Suprema Corte”. En caso de vicios ocultos o defectos de fabricación, deberá sustituir por otro igual al originalmente ofertado. Los materiales que estén fuera de especificaciones y/o presenten defectos que imposibiliten su uso adecuado y oportuno, antes de su aceptación o después dentro de los diez días hábiles siguientes; deberán ser reemplazados por productos nuevos por parte del “Proveedor”, sin ningún costo adicional para “la Suprema Corte”. Sexta. Confidencialidad. La documentación que se proporcione al “Proveedor” con motivo de la celebración de este contrato, es propiedad de “la Suprema Corte”, por lo que el “Proveedor”, por sí o a través de sus trabajadores, se compromete a no divulgar, a través de cualquier medio de comunicación, cualquier resultado o dato obtenido de los equipos objeto de este contrato simplificado. Séptima. Rescisión. Queda expresamente convenido que, “la Suprema Corte”, podrá dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial, en caso de que el “Proveedor” deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en este contrato, por causas que le sean imputables; o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación. Antes de declarar la rescisión, “la Suprema Corte” notificará por escrito las causas respectivas al “Proveedor” en su domicilio señalado en la declaración II.5 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime convenientes y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo, el órgano competente de “la Suprema Corte” determinará sobre la procedencia de la rescisión, lo que se comunicará al “Proveedor” en su domicilio, señalado en la declaración II.5 de este instrumento. Octava.-Supuestos de terminación de los contratos diversos de la rescisión: El contrato podrá darse por terminado, al cumplimentarse su objeto o bien, de manera anticipada, cuando existan causas justificadas o razones de interés general, en términos de lo previsto en los artículos 148, 149, 150, y 151, del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Novena. Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales. Las partes están de acuerdo en que, el presente instrumento, constituye información pública en términos de lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, y 42, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podrán realizar su consulta. De conformidad con lo establecido en el artículo 71, del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la información, a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el artículo 6° Constitucional, el “Proveedor” se obliga a guardar secreto y a no divulgar, por ningún medio, aún electrónico, ni por conferencias y/o informes, los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato. En caso de incumplimiento, “la Suprema Corte” podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto de pena convencional. Décima. Resolución de controversias. Para efecto de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento, el “Proveedor” se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de “la Suprema Corte”, renunciando, en forma expresa, a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio o vecindad, tenga o llegare a tener, de conformidad con lo indicado en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Las partes acuerdan que, cualquier notificación que tengan que realizarse de una parte a otra, se realizará por escrito en el domicilio que han señalado en las declaraciones I.4 y II.5 de este instrumento. Décima primera. Legislación aplicable. El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Reglamento Interior en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; y, en lo no previsto, en éste, por el Código Civil Federal, Código Federal de Procedimientos Civiles, Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, en lo conducente.

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PROVEEDOR Nombre Firma Fecha