Bases Cortometrajes

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  • CONCURSO NACIONAL DE CORTOMETRAJES

  • CONCURSO NACIONALDE CORTOMETRAJES

    Ley N 29565, Ley de creacin del Ministerio de CulturaLey N 26370, Ley de la Cinematografa Peruana, modificada por Ley N 29919Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo GeneralDecreto Legislativo N 822, y sus modificaciones, Ley sobre el Derecho de AutorDecreto Legislativo N 635, Cdigo PenalDecreto Legislativo N 295, Cdigo CivilDecreto Supremo N 001-2010-MC, que aprueba fusiones de entidades y rganos en el Ministerio de Cultura, modificado por Decreto Supremo N 002-2010-MCDecreto Supremo N 042-95-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley de Cinematografa PeruanaDecreto Supremo N 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de CulturaResolucin Ministerial N 206-2013-MC, que aprueba, en el marco de lo dispuesto por la Cuarta Disposicin Complementaria y Final de la Ley N 29919, las categoras y etapas de los proyectos cinematogrficos y los estndares de duracin de los proyectos cinematogrficos de obras; y, las categoras y estndares de duracin de las obras cinematogrficas, para los concursos que en materia de cinematografa organiza el Ministerio de CulturaResolucin Viceministerial N 050-2013-VMPCIC-MC, que aprueba la Directiva N 002-2013-VMPCIC/MC, modificada por Resolucin Viceministerial N 068-2013-VMPCIC-MC, Normas y procedimientos de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematogrficas organizadas por el Ministerio de CulturaResolucin Viceministerial N 016-2014-VMPCIC-MC, que aprueba el Plan Anual de Actividades y Concursos de Proyectos y Obras Cinematogrficas para el ao 2014, modificada por Resolucin Viceministerial N 056-2014-VMPCIC-MC

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    I. BASE LEGAL

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    Reconocer, visibilizar y fomentar la produccin y difusin de obras cinematogrficas de diversos gneros y categoras, mediante el otorgamiento de premios econmicos no reembolsables a las Empresas Cinematogrficas cuyas obras resulten ganadoras.

    Motivar la creacin y difusin de obras cinematogrficas peruanas, fomentando la cultura cinematogrfica e incentivando propuestas originales, a nivel nacional. Asimismo, la realizacin de cortometrajes constituye una va de formacin para los realizadores, tcnicos y profesionales del pas.

    La obra cinematogrfica ser de tema, gnero, categora (ficcin, documental, experimental, u otra) y tcnica libres. La duracin de la misma debe ser inferior a los veinte (20) minutos. Asimismo, se considera como peruana la obra que cumpla con las condiciones establecidas en el artculo 3 de la Ley N 26370, Ley de la Cinematografa Peruana.

    De las excepciones: Dentro del marco de lo sealado en el artculo 4 de la Ley N 26370, el Ministerio de Cultura, a travs de la Direccin del Audiovisual, la Fonografa y los Nuevos Medios1 (en adelante DAFO), podr autorizar, por razones histricas, culturales, artsticas o tcnicas, o derivadas de Convenios y/o Contratos Internacionales de Coproduccin Cinematogrfica, excepciones a los requisitos establecidos en los incisos c), d) y e) del artculo 3 de la citada Ley.

    La Empresa Cinematogrfica que requiera la aplicacin de las excepciones antes mencionadas, deber formular su solicitud por escrito, va mesa de partes, fundamentando las razones y adjuntando copia simple de los documentos que acrediten lo solicitado.

    El plazo para presentar dicha solicitud ser como mnimo de diez (10) das hbiles, antes de culminar el plazo establecido para la presentacin de expedientes, conforme al cronograma que se detalla al final de las presentes Bases.

    II. OBJETIVO

    III. FINALIDAD

    IV. DE LA OBRA CINEMATOGRFICA PERUANA

    1 Primera disposicin complementaria y Final de la Ley N 29919 que modifica la Ley N 26370: Toda referencia en la Ley N 26370 al Consejo Nacional de Cinematografa (CONACINE) se entiende referida al Ministerio de Cultura a travs de sus rganos correspondientes.

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    El Registro Cinematogrfico Nacional2 constituye un mecanismo de recopilacin de informacin conforme a lo establecido en la Ley N 26370, en el que se inscriben las Empresas Cinematogrficas, siendo para ellas un requisito contar con la constancia de inscripcin vigente para participar en los concursos convocados por el Ministerio de Cultura.

    V. DEL REGISTRO CINEMATOGRFICO NACIONAL

    2 Para mayor informacin respecto al Registro Cinematogrfico Nacional y al procedimiento de inscripcin en el mismo consultar el siguiente enlace: http://dafo.cultura.pe/?page_id=725

    VI. DE LAS RESTRICCIONES DE PARTICIPACIN EN EL CONCURSO

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    La DAFO ser la responsable de aprobar o denegar la solicitud en un plazo mximo de seis (6) das hbiles desde su presentacin, debiendo comunicar su decisin al domicilio y/o correo electrnico que seal la Empresa Cinematogrfica solicitante.En caso la Empresa Cinematogrfica haya solicitado las excepciones correspondientes a la obra cinematogrfica con anterioridad, podr presentar copia del documento que las certifique.

    Sobre el Material de Archivo: Si la obra cinematogrfica incluye material de archivo, no se tomar en cuenta la nacionalidad de ste, siempre y cuando la produccin constituya una obra original, con un resultado autnomo y se haya acreditado, con documento cierto, la autorizacin de uso de dicho material, o se haya citado debidamente la fuente en la obra, de ser el caso.

    Se aplican las restricciones dispuestas en el numeral 6.6 del punto VI, Disposiciones Generales de la Directiva N 002-2013-VMPCIC/MC, aprobada por Resolucin Viceministerial N 050-2013-VMPCIC-MC, modificada por Resolucin Viceministerial N 068-2013-VMPCIC-MC, y en la Ley N 26370.

    Slo podrn participar en el presente concurso, obras cinematogrficas que hayan sido producidas un mximo de tres (3) aos antes de la fecha de la convocatoria.

    No podrn participar obras cinematogrficas terminadas que ya hayan sido premiadas en anteriores concursos de obras convocados por el Ministerio de Cultura o ex CONACINE.

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    Los miembros del Jurado no pueden participar, de manera directa o indirecta, en las obras cinematogrficas que se presenten al concurso, ni estar vinculados, hasta el tercer grado de consanguinidad y afinidad, con los socios o asociados, ni con los representantes legales, de las Empresas Cinematogrficas participantes o sus coproductoras.

    Para la conformacin del Jurado, la DAFO ser la encargada de proponer ternas de especialistas en cinematografa y audiovisual al Director General de Industrias Culturales y Artes. Culminado el plazo de presentacin de expedientes, las ternas pasarn a un sorteo, con la presencia de un notario pblico, del cual se obtendrn los nombres de los especialistas que conformarn el Jurado. Concluido el sorteo, el notario pblico levantar un acta sobre el desarrollo del mismo.

    El Director General de Industrias Culturales y Artes designar a los miembros del Jurado mediante resolucin, en base al acta sealada en el prrafo precedente; indicando cul de ellos actuar en calidad de Presidente. Dicha resolucin ser publicada en el portal institucional del Ministerio de Cultura.El Jurado deber estar conformado por los siguientes miembros:

    a) Un (1) crtico cinematogrfico o docente cinematogrficob) Un (1) director cinematogrfico y/o productor cinematogrficoc) Un (1) guionistad) Un (1) jefe de rea / tcnico cinematogrficoe) Un (1) especialista de la cultura de destacada trayectoria

    Transcurridos dos (2) das hbiles siguientes a la publicacin de la resolucin de los miembros del Jurado, este deber instalarse, procediendo a suscribir el Acta de Instalacin de Jurado. Dicho plazo podr extenderse en caso de excepciones debidamente motivadas, contando con la aprobacin previa de la DAFO.

    VII. DEL JURADO

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    Se otorgarn diez (10) premios a nivel nacional consistentes en apoyos econmicos no reembolsables ascendentes a la suma total mxima de S/. 150,000.00 (Ciento cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles), correspondiendo la suma de S/.15,000.00 (Quince mil y 00/100 Nuevos Soles) a cada una de las Empresas Cinematogrficas que resulten ganadoras.

    Asimismo, se otorgarn cuatro (4) premios exclusivos para las regiones del pas (excluyendo a Lima Metropolitana y Callao), consistentes en apoyos econmicos no reembolsables ascendentes a la suma total mxima de S/. 60,000.00 (Sesenta mil y 00/100 Nuevos Soles), correspondiendo la suma de S/.15,000.00 (Quince mil y 00/100 Nuevos Soles) a cada una de las Empresas Cinematogrficas que resulten ganadoras.

    Los premios exclusivos para las regiones del pas se otorgarn a Empresas Cinematogrficas cuyos domicilios legales se ubiquen fuera de Lima Metropolitana y Callao.

    De considerarlo pertinente, el Jurado otorgar menciones honrosas teniendo en cuenta las diversas reas de realizacin en la actividad cinematogrfica. Las menciones honrosas no implican premios econmicos.

    Las Empresas Cinematogrficas ganadoras y el Ministerio de Cultura suscribirn un Acta de Compromiso (segn modelo adjunto a las presentes Bases) en la cual se determinarn las obligaciones de las partes, la vigencia de la misma, as como otras disposiciones que se consideren necesarias.

    Por otro lado, el Acta de Compromiso tambin estipular que los ganadores del presente concurso podrn ser convocados, de acuerdo a su disponibilidad y de manera gratuita, para dar cuenta de su experiencia ya sea mediante una presentacin, conferencia o taller organizado por el Ministerio de Cultura.

    VIII. DEL PREMIO

    IX. DEL ACTA DE COMPROMISO

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    Las etapas del presente concurso comprenden:

    Convocatoria pblicaFormulacin y absolucin de consultasPresentacin de expedientes (Inscripcin al concurso)Revisin de expedientesEvaluacin y calificacin de expedientesDeclaracin de ganadores

    X. I. CONVOCATORIA PBLICA

    El Ministerio de Cultura convoca al Concurso Nacional de Cortometrajes, conforme al cronograma establecido en las presentes Bases, mediante la publicacin de la resolucin que aprueba las Bases del Concurso, a travs del Diario Oficial El Peruano, y con la difusin de las Bases en el portal institucional del Ministerio de Cultura.

    X. II. FORMULACIN Y ABSOLUCIN DE CONSULTAS

    El plazo para realizar consultas acerca de las presentes Bases ser de siete (7) das hbiles desde la convocatoria. Estas debern realizarse por escrito, en formato fsico o virtual. Las consultas virtuales slo podrn realizarse al siguiente correo electrnico institucional: [email protected].

    Dichas consultas slo sern consideradas vlidas cuando las Empresas Cinematogrficas interesadas en postular indiquen nombre del concurso, razn social, nombre de su representante legal, domicilio legal, regin a la que pertenece, correo electrnico y la pregunta formulada de manera concreta y precisa.

    Dentro de los tres (3) das hbiles siguientes de finalizado el periodo para la formulacin de consultas, la DAFO publicar, en el portal institucional del Ministerio de Cultura, el consolidado de consultas y respuestas, de acuerdo con las fechas establecidas al final de las presentes bases.

    X. ETAPAS DEL CONCURSO

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    MINISTERIO DE CULTURADIRECCIN DEL AUDIOVISUAL, LA FONOGRAFA Y LOS NUEVOS MEDIOS

    (NOMBRE DEL CONCURSO)

    Empresa Cinematogrfica:Representante legal:Domicilio legal:Regin:Telfono:Correo electrnico:Ttulo de la obra cinematogrfica:Director(es) de la obra cinematogrfica:

    El expediente deber contener la Ficha de Presentacin al Concurso y los Anexos Nos.1, 2 y 3 que se detallan a continuacin:

    Anexo N 1: Documentacin relativa a la Empresa Cinematogrfica postulante.Un (1) ejemplar de los siguientes documentos:

    1. Copia de la constancia de inscripcin de la Empresa Cinematogrfica en el Registro Cinematogrfico Nacional.2. Copia certificada original de la partida electrnica de la Empresa Cinematogrfica, emitida por la Superintendencia Nacional de los Registros

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    X.III. PRESENTACIN DE EXPEDIENTES (INSCRIPCIN AL CONCURSO)

    La presentacin de expedientes ser gratuita y se efectuar en la Mesa de Partes del Ministerio de Cultura, sito en la Av. Javier Prado Este N 2465, San Borja, Lima (horario de atencin: lunes a viernes de 8:30 am a 4:30 pm).

    No se aceptarn postulaciones, pasada la fecha lmite de presentacin de expedientes y el horario previamente mencionado. En el caso de postulantes residentes fuera de la regin Lima, el expediente podr presentarse en las respectivas Mesas de Partes de las Direcciones Desconcentradas de Cultura, en sus respectivos horarios de atencin, dentro del plazo previsto en el cronograma que forma parte de las presentes Bases.

    La documentacin contenida en los Anexos 1 y 2 deber entregarse debidamente visada (firmada en cada hoja) por el representante legal de la Empresa Cinematogrfica y foliada (numerada). El expediente deber presentarse completo y rotulado con la siguiente descripcin:La documentacin contenida en los Anexos Nos 1 y 2 deber entregarse debidamente visada (firmada en cada hoja) por el representante legal de la Empresa Cinematogrfica y foliada (numerada). El expediente deber presentarse completo y rotulado con la siguiente descripcin:

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    Pblicos - SUNARP. Al momento de su presentacin, la copia certificada deber tener una antigedad mxima de treinta (30) das calendario, desde su fecha de emisin. En caso la Empresa Cinematogrfica se presente con ms de una (1) obra cinematogrfica al presente concurso, podr presentar un solo original y copia simple del mismo en los siguientes expedientes.

    3. Ficha R.U.C. o documento que acredite la condicin de habido y activo de la Empresa Cinematogrfica (puede ser descargado del Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracin Tributaria - SUNAT), con una antigedad mxima de treinta (30) das calendario, desde su fecha de impresin.

    4. Vigencia de poder original del representante legal de la Empresa Cinematogrfica, emitida por la SUNARP, con una antigedad mxima de treinta (30) das calendario, desde su fecha de emisin. En caso la Empresa Cinematogrfica se presente con ms de una (1) obra cinematogrfica al presente concurso, podr presentar un solo original y copia simple del mismo en los siguientes expedientes.

    5. Copia del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) o Carn de Extranjera (C.E.) vigente del Representante Legal de la Empresa Cinematogrfica.

    6. Declaracin Jurada del representante legal de la Empresa Cinematogrfica, de que la empresa mantiene o no obligacin(es) pendientes con el Ministerio de Cultura y/o ex CONACINE, relacionadas con anteriores concursos convocados por las citadas instituciones.

    Anexo N 2: Documentacin vinculada a los aspectos legales de la obra cinematogrfica. En caso se cuente con una constancia emitida por el Ministerio de Cultura, que acredite que la obra cinematogrfica es peruana de acuerdo a Ley, no ser necesario presentar la documentacin de los numerales 1 a 4.Un (1) ejemplar de los siguientes documentos:

    1. Ficha informativa de la obra cinematogrfica segn modelo establecido al final de las presentes Bases y firmada por el representante legal de la Empresa Cinematogrfica

    2. Relacin del personal artstico y tcnico que particip en la obra cinematogrfica, indicando nacionalidad y monto de sus honorarios en Nuevos Soles.

    3. Copia del D.N.I. o C.E. vigente del (de los) director(es) de la obra cinematogrfica, en caso difiera del representante legal de la empresa. En caso de ser extranjero(s) copia del documento de la autoridad nacional de migraciones que acredite residencia de ms de tres (3) aos continuos en el Per.

    4. De ser el caso, copia de la constancia de excepcin a los requisitos del artculo 3 de la Ley N 26370, relacionados a la condicin de Obra Cinematogrfica Peruana, emitida por el Ministerio de Cultura.

    5. Certificado de registro de la obra cinematogrfica en Indecopi, en caso existiera, o Declaracin Jurada del representante legal de la Empresa Cinematogrfica, mediante la cual se deje constancia de que esta ltima cuenta con la titularidad de los derechos de propiedad intelectual relativos a dicha obra.

    6. Copia del contrato que acredite la relacin entre la Empresa Cinematogrfica participante y el(los) autor(es) de la obra cinematogrfica. El contrato deber indicar si se trata de una cesin de derechos por parte del(los) autor(es) o de una autorizacin de uso para fines del concurso.

    7. De ser el caso, documento que acredite la autorizacin de uso de la msica utilizada en la obra cinematogrfica.

    Links: Ley de cinematografa: http://dafo.cultura.pe/wp-con-

    tent/uploads/2012/11/Ley_de_Cinematografia_Peruana_Ley_26370.pdf

    Directiva: http://dafo.cultura.pe/wp-content/uploads/2012/01/Directiva-de-Concursos-de-Proyec-tos-y-Obras-Cinematograficas_reducido.pdf

    Ficha de presentacin al concurso: http://dafo.cultura.pe/wp-content/uploads/2014/07/fichadepresentacion.pdf

    Ficha informativa de la obra: http://dafo.cultura.pe/wp-content/uploads/2014/07/ficha-informativa-de-la-obra.pdf

    Ficha informativa del proyecto: http://dafo.cultura.pe/wp-content/uploads/2014/07/ficha-informativa-del-proyecto.pdf

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    8. Si la obra cinematogrfica es considerada una obra derivada que adapte o transforme, en todo o en parte, una obra de terceros, presentar autorizacin de uso del autor de dicha obra.

    9. En caso la obra cinematogrfica incluya material de archivo, presentar autorizacin de uso de dicho material, o incluir las fuentes debidamente citadas en la obra.

    Anexo N 3: Documentacin tcnica y artstica de la obra cinematogrfica. El presente anexo deber presentarse con cada tem debidamente separado.Cinco (5) ejemplares conteniendo los siguientes documentos:

    1. Resumen con datos generales: Nombre del concurso, ttulo de la obra cinematogrfica, director(es), nombre y domicilio de la Empresa Cinematogrfica.

    2. Ficha informativa de la obra cinematogrfica segn modelo establecido al final de las presentes Bases.3. Filmografa o antecedentes de la Empresa Cinematogrfica. En caso de disponer de ello, incluir un (1) DVD con material audiovisual o

    presentacin de la empresa (reel, teaser, trailers, u otros).4. Importancia de la obra cinematogrfica y/o carta de motivacin del director.5. Curriculum Vitae del (de los) director(es).6. De ser el caso, material grfico de la obra cinematogrfica y/o del rodaje.

    Asimismo, se adjuntarn seis (6) copias en formato DVD o Blu ray de la obra cinematogrfica en ptima calidad tcnica y en empaques individuales. En caso dicha obra no sea hablada en castellano, presentarla con subttulos en dicho idioma.Del mismo modo, tambin deber adjuntarse un (1) CD o un (1) dispositivo de almacenamiento digital (USB u otro) que incluya los documentos del Anexo N 3, en versin PDF.En caso la Mesa de Partes que corresponda advierta el incumplimiento de alguno de los requisitos exigidos, proceder a anotar bajo la firma del trabajador encargado de la recepcin del documento, en original y cargo, en un solo acto y por nica vez, los requisitos no cumplidos que no puedan ser salvados de oficio, invitando al postulante a subsanarlos en un plazo mximo de dos (2) das hbiles.

    X. IV. REVISIN DE EXPEDIENTES

    La DAFO proceder a revisar los expedientes presentados y, en caso no cumplan con lo requerido en el numeral 10.3 y se adviertan observaciones que no fueron identificadas por Mesa de Partes al momento de su presentacin, formular y comunicar las mismas a la Empresa Cinematogrfica, por nica vez, a fin de que realice la subsanacin pertinente. La presentacin de dichos documentos pendientes, se realizar en la Mesa de Partes del Ministerio de Cultura o en la de las Direcciones Desconcentradas de Cultura en el plazo mximo de cinco (5) das hbiles computados a partir de la notificacin a la Empresa Cinematogrfica.

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    En ningn caso, se podr agregar informacin que no haya sido requerida durante el proceso de subsanacin de expedientes.

    Culminada la revisin de los expedientes y la subsanacin de los mismos, la DAFO emitir una resolucin que consigne la relacin de expedientes aptos para la evaluacin tcnica y artstica por parte del Jurado, la misma que ser notificada de acuerdo con la Ley N 27444 y publicada en el portal institucional del Ministerio de Cultura.

    X. V. EVALUACIN Y CALIFICACIN DE EXPEDIENTES

    El Jurado es la instancia que evala y califica la calidad de las obras cinematogrficas (a partir de la documentacin del Anexo N 3 del expediente), segn su propio criterio. Sin perjuicio de ello, el Jurado considerar, entre otros, los siguientes criterios:

    Originalidad de la obra cinematogrfica.Coherencia entre el concepto cinematogrfico y las propuestas de las diversas reas de realizacin.Capacidad expresiva e innovadora en el uso del lenguaje cinematogrfico y audiovisual.

    El Jurado es autnomo para interpretar los criterios antes descritos, realizando una ponderacin de ellos para calificar a los ganadores, de acuerdo a su funcin y respetando lo establecido en la normativa cinematogrfica vigente. Culminada la evaluacin, el Jurado determinar a los ganadores, expidiendo el acta denominada Acta de Evaluacin Final del Jurado, la misma que deber estar debidamente motivada y ser publicada en el portal institucional del Ministerio de Cultura. En caso el Jurado considere que obras cinematogrficas presentadas no cumplen con los criterios de evaluacin, podr declarar desierto cualquiera de los catorce (14) puestos ganadores del concurso.El fallo del Jurado es inapelable. La DAFO podr realizar precisiones, de carcter formal, que no alteren el resultado del concurso, mediante una Fe de Erratas del Acta de Evaluacin Final del Jurado.

    XI. VI. DECLARACIN DE GANADORES

    El Director General de Industrias Culturales y Artes declarar a las Empresas Cinematogrficas ganadoras mediante Resolucin Directoral, en base al Acta de Evaluacin Final del Jurado, la misma que ser publicada en el portal institucional del Ministerio de Cultura.

    Asimismo, la referida resolucin ser notificada, dentro del plazo y con las formalidades previstas en la Ley N 27444. El Ministerio de Cultura, en acto pblico, efectuar el reconocimiento de las empresas ganadoras del presente concurso.

    En caso de incumplimiento de las presentes Bases, de la Directiva de concursos y/o de la normativa cinematogrfica vigente, por parte de

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    alguna Empresa Cinematogrfica ganadora, el Ministerio de Cultura tiene la facultad de no entregar el premio previsto, an si el fallo ya fue emitido. Dicha decisin ser comunicada a la Empresa Cinematogrfica ganadora con la debida sustentacin del caso.

    Las Empresas Cinematogrficas ganadoras debern entregar el material promocional y/o audiovisual que se establezca en la respectiva Acta de Compromiso, acompaado del logotipo y la leyenda segn establezca el Ministerio de Cultura.

    Asimismo, el mencionado logotipo podr figurar en toda copia, material grfico publicitario y/o promocional de las obras cinematogrficas ganadoras en tanto sea utilizado en la forma que establezca el Ministerio de Cultura.

    Dichas Empresas Cinematogrficas ganadoras tendrn un plazo mximo de veinte (20) das hbiles desde la fecha de la publicacin del fallo del Jurado, para presentar el material final, de lo contrario no podrn firmar el Acta de Compromiso.Las Empresas Cinematogrficas ganadoras autorizarn al Ministerio de Cultura a usar el material entregado para su difusin sin fines comerciales. El Ministerio de Cultura reportar peridicamente a los titulares de derechos sobre las exhibiciones que se realicen de su obra.

    XI. DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE LOS GANADORES

    En caso de comprobarse fraude o falsedad en la declaracin, informacin o en la documentacin presentada por alguna Empresa Cinematogrfica ganadora, el Ministerio de Cultura considerar no satisfechas las obligaciones antes descritas para todos sus efectos. En dicho caso se proceder a comunicar el hecho a la autoridad competente para que tome las acciones administrativas a que hubiere lugar. Adems, si la conducta se adecua a los supuestos previstos en el Ttulo XIX Delitos contra la Fe Pblica, del Cdigo Penal, esta deber ser comunicada a la Procuradura Pblica para que interponga la accin penal correspondiente, tal y como lo establece el numeral 32.3 del Artculo 32 de la Ley N 27444.

    XII. RESPECTO A ACCIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES EN CASO DE PRESENTACIN Y DECLARACIN DE FALSA INFORMACIN

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    En cualquier etapa del concurso se podr contar con la presencia de un representante del rgano de Control Institucional del Ministerio de Cultura, quien podr participar como veedor y suscribir el Acta que corresponda. La ausencia o inasistencia del mismo no viciar el Concurso.

    XII. PARTICIPACIN DEL RGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

    XIV.I. De acuerdo con lo establecido en el numeral 20.4 del artculo 20 de la Ley N 27444, la Empresa Cinematogrfica que desee ser notificada electrnicamente deber indicarlo y consignar una direccin de correo electrnico en la ficha de presentacin al concurso y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que deban realizarse.

    XIV.II. Los gastos de envo de los expedientes presentados al concurso, corren por cuenta y cargo de las Empresas Cinematogrficas. Las Empresas Cinematogrficas no premiadas sern notificadas al domicilio y/o correo electrnico consignado en la ficha de presentacin para que puedan retirar sus documentos dentro de los treinta (30) das hbiles despus de finalizado el concurso. Al trmino de dicho plazo, los expedientes que no fueran recogidos sern descartados o conservados segn lo determine la DAFO. La DAFO podr conservar la documentacin de los Anexos Nos 1 y 2 para fines informativos.

    XIV.III. En todo lo no previsto en las presentes Bases, se aplica la normativa cinematogrfica vigente.

    XIV. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

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    Convocatoria pblica 05 de julio

    Formulacin de consultas Hasta el 15 de julio

    Solicitud de excepciones Hasta el 17 de julio

    Presentacin de expedientes (Inscripcin al concurso) Hasta el 04 de agosto

    Revisin de expedientes Del 05 al 29 de agosto

    Evaluacin y calificacin de expedientes Del 02 al 30 de septiembre

    Declaracin de ganadores 02 de octubre

    Las fechas descritas anteriormente podrn variar en caso de controversia, motivo de fuerza mayor u otro supuesto que interfiera con el normal desenvolvimiento del concurso. Dichas variaciones sern publicadas en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) y de la DAFO (dafo.cultura.pe).

    CRONOGRAMA DEL CONCURSO

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    INFORMES

    FORMATO DE FICHA INFORMATIVA DE LA OBRA

    Telfono: 618 9393 anexo 3500Correo electrnico: [email protected] Web: www.cultura.gob.pe y/o dafo.cultura.pe

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    GLOSARIOANTECEDENTES DE LA EMPRESAFilmografa de la empresa cinematogrfica.FICHA TCNICAConsigna los nombres, cargos y currculo del director, del productor, del guionista y de los jefes de rea Cinematogrfica que participan en la obra.FICHA ARTSTICAConsigna los nombres, cargos y currculo del personal artstico principal que participa en la obra.PLAN DE RODAJEDescribe el orden y los tiempos de filmacin de las escenas hasta culminar el registro de la imagen y el sonido.PROPUESTA TCNICASe refiere a las condiciones tcnicas que se utilizarn en las distintas reas de realizacin, especificando formatos, los mismos que deben ser profesionales y compatibles con los sistemas de exhibicin pblica comercial vigentes en el pas.SINOPSISNarracin de la obra cinematogrfica donde se cuenta el carcter general de la historia, no el argumento.TRATAMIENTO O PROPUESTA DE REALIZACINSe refiere al uso del lenguaje cinematogrfico y/o audiovisual para narrar la historia, teniendo en cuenta todas las reas que intervienen en la realizacin de la obra. (Incluye la propuesta de fotografa, diseo de produccin, sonido, etc.).