Bases Bdh, Gar, Carreras de Interes Publico, Pueblos y Nacionalidades, Movilidad Territorial y...

download Bases Bdh, Gar, Carreras de Interes Publico, Pueblos y Nacionalidades, Movilidad Territorial y Politica de Cuotas

of 27

description

senescyt

Transcript of Bases Bdh, Gar, Carreras de Interes Publico, Pueblos y Nacionalidades, Movilidad Territorial y...

  • 2 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014

    1

    BASES DEL PROGRAMA DE BECAS NACIONALES SUBPROGRAMA NACIONAL TERCER

    NIVEL INICIO DE ESTUDIOS A TRAVS DEL SNNA.

    COMPONENTES DE BECA: BDH, GAR, CARRERAS DE INTERS PBLICO, PUEBLOS Y NACIONALIDADES1, MOVILIDAD TERRITORIAL Y POLTICA DE CUOTAS2.

    A. ANTECEDENTES:

    El artculo 183 literal f) de la Ley Orgnica de Educacin Superior, determina como una de las funciones de la Secretara Nacional de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin: Disear, administrar e instrumentar la poltica de becas del gobierno para la educacin superior ecuatoriana; para lo cual coordinar, en lo que corresponda, con el Instituto Ecuatoriano de Crdito Educativo y Becas.

    En observancia a los artculos 3, 71, 77 y 80 de la Ley Orgnica de Educacin Superior se desarrollan los componentes del Programa de Becas Nacionales Eloy Alfaro, para dar cumplimiento a lo establecido en la ley y fortalecer la consecucin del Plan de Desarrollo Nacional.

    La Secretara Nacional de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin SENESCYT, mediante acuerdo No. 2012-029 de 3 de abril del 2012, expidi la Poltica Pblica para el Fomento de Talento Humano en Educacin Superior, la que en el prrafo cuarto, artculo primero, numeral 2.4.2, establece que el Instituto Ecuatoriano de Crdito Educativo y Becas IECE: operar como brazo ejecutor de los planes y programas de educacin superior.

    Con Acuerdo No. 2012-035 de 26 de abril del 2012, el Secretario Nacional de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin Subrogante, expide las reformas a la Poltica Pblica de la Secretara Nacional de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin para el Fomento del Talento Humano en Educacin Superior;

    Segn Oficio Nro. SENESCYT SN- 2013-0084-CO del 17 de enero de 2013, SENESCYT remite los Lineamientos para la implementacin del Programa de Becas Nacionales Eloy Alfaro en donde se establece la normativa aplicable, justificacin objetivos, el alcance, lineamientos, beneficiarios, tipos de becas, rubros de cobertura, requisitos criterios de seleccin, derechos y obligaciones, y procesos operativos, mismos que fueron conocido y aprobado por el Directorio del IECE el 22 de enero de 2013.

    Segn Oficio Nro. SENESCYT CGAJ- 2013-0801-CO del 17 de diciembre de 2013, la Secretaria de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin remite los

    1 Reforma a travs de Acta Nro. 14-SEG-2014.

  • 7 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014

    2

    Lineamientos generales para la implementacin del Programa de Becas Nacionales Eloy Alfaro, ao 2014, en donde se establece: la normativa aplicable, justificacin objetivos, el alcance, estructura, beneficiarios, tipos de becas, rubros de cobertura, requisitos mnimos, criterios de seleccin, derechos y obligaciones, y procesos operativos3.

    Segn Oficio Nro. SENESCYT-CGAJ-2014-0112-CO de 19 de marzo de 2014, la Secretaria de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin remite el Acuerdo Nro. 2014-036 de 11 de marzo de 2014, en el que se remite las reformas a realizarse en los Lineamientos generales para la implementacin del Programa de Becas Nacionales Eloy Alfaro, en atencin a solicitudes planteadas desde la Gerencia General del IECE4.

    Mediante Oficio Nro. SENESCYT-CGAJ-2014-0215-CO de 19 de mayo de 2014, la Secretaria de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin remite el Acuerdo Nro. 2014-077 de 13 de mayo de 2014, en el que se remite las reformas a realizarse en los Lineamientos generales para la implementacin del Programa de Becas Nacionales Eloy Alfaro, en atencin a solicitudes planteadas desde la Gerencia General del IECE y la Subsecretaria de Fortalecimiento del Conocimiento y Becas5.

    Mediante Oficio Nro. SENESCYT-CGAJ-2014-0298-CO de 07 de julio de 2014, la Secretaria de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin remite el Acuerdo Nro. 2014-101 de 30 de junio de 2014, en el que se remite las reformas a realizarse en los Lineamientos generales para la implementacin del Programa de Becas Nacionales Eloy Alfaro, en atencin a la revisin de las necesidades reportadas sobre el programa de becas nacionales6.

    En consideracin a oficio Nro. SENESCYT-SFCB-2014-0923-CO de 13 de agosto de 2014, a travs del cual la Secretaria de Educacin Superior, Ciencia y Tecnologa da respuesta al oficio Nro. IECE-GG-2014-0694-of a travs del cual se solicita la revisin y ratificacin de las propuestas de convocatorias de programas de becas (nacionales y exterior) detalladas en informe tcnico Nro. GBE-BP-001-2014 de 15 de abril de 2014, indicando que: "En relacin a el establecimiento de un cronograma de aplicacin de adjudicacin de becas, se ratifica el mismo considerando aplicable dada la correspondencia con los inicios de los programas de estudio a nivel general; sin embargo, es importante considerar el poder seguir atendiendo solicitudes, por cuanto los programas se encuentran abiertos a receptar y dar respuesta a las postulaciones de personas que se encuentran en estudios en curso"7.

    3 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014 4 Reforma a travs de Acta Nro. 14-SEG-2014 5 Reforma a travs de Acta Nro. 26-SEG-2014 6 Reforma a travs de Acta Nro. 30-SEG-2014

  • 10 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014 11 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014

    3

    Mediante Oficio Nro. SENESCYT-CGAJ-2014-0388-CO de 25 de agosto de 2014, la Secretaria de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin remite el Acuerdo Nro. 2014-114 de 22 de agosto de 2014, en el que se remite las reformas a realizarse en los Lineamientos generales para la implementacin del Programa de Becas Nacionales Eloy Alfaro, en consideracin al cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo para el Buen Vivir, buscando superar la desigualdad y exclusin histrica que han sufrido determinados grupos, tiene entre sus objetivos mejorar la formacin de la ciudadana, a travs del fortalecimiento de las capacidades y potencialidades, adems, auspiciar la igualdad e integracin sin discriminacin de sexo, etnia, nivel social, religin, ni lugar de origen8.

    Mediante Decreto Presidencial N149 del 20 de noviembre de 2013 segn el art.1 se implementa el gobierno electrnico en la Administracin Pblica Central, Institucional y que depende de la Funcin Ejecutiva, que consiste en el uso de tecnologas de informacin y comunicacin por parte de las entidades para transformar las relaciones con los ciudadanos entre entidades del gobierno y empresas privadas a fin de mejorar la calidad de servicios gubernamentales a los ciudadanos.

    Que en el art. 12 del mencionado Decreto en Art. 12 literal b) indica Dar accesibilidad a los trmites a travs de la desconcentracin de los mismos o a travs de tecnologas de la informacin o comunicacin y en el Art. 13 indica que las instituciones quedan prohibidas de pedir: i) Exigir la presentacin de informacin que se encuentre establecida en sistemas informticos de acceso al pblico o de acceso a las instituciones que realizan el trmite respectivo9

    B. OBJETIVO.-

    Implementar el Programa de Becas Nacionales, Subprograma Nacional Tercer Nivel, componentes de beca: Bono de Desarrollo Humano (BDH), Grupo de Alto Rendimiento (GAR), Carreras de Inters Pblico, Pueblos y Nacionalidades, Movilidad Territorial y Beneficiarios/as de la poltica de cuotas10, cuya finalidad es garantizar el acceso, permanencia, movilidad territorial, egreso y titulacin del Sistema de Educacin Superior a travs de mecanismos de inclusin y equidad social, de conformidad con la normativa vigente.

    C. BENEFICIARIOS/AS11

    Los/las beneficiarios/as del subprograma de becas nacionales sern:

    8 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014 9 Reforma a travs de Acta Nro. 02-SEG-2015

  • 16 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014 17 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014

    4

    Estudiantes ecuatorianos/as y extranjeros/as (con residencia permanente en el pas o que porten el carn de refugiados/as permanentes), que vayan a iniciar sus estudios y hayan obtenido un cupo a una Institucin de Educacin Superior (IES) a travs del proceso de admisin del Sistema Nacional de Nivelacin y Admisin (SNNA), tanto para IES pblicas como particulares y a su vez pertenezcan a los siguientes grupos:

    a. Beneficiarios/as del Bono de Desarrollo Humano (BDH). b. Grupo de Alto Rendimiento (GAR), del Sistema Nacional de Nivelacin y Admisin (SNNA). c. Aspirantes a educacin superior que vayan a cursar estudios en reas de inters pblico, y hayan obtenido un cupo a travs del SNNA12. d. Quienes sean parte de comunidades, pueblos o nacionalidad13. e. Quienes deban cambiar de residencia habitual a otra, por motivos de sus estudios. En este grupo se incluyen los/as ecuatorianos/as que han migrado, y que por motivo de estudios retornen al pas14. f. Beneficiarios/as de la poltica de cuotas que cumplen con los criterios de vulnerabilidad establecidos por el SNNA15.

    En el caso de los estudiantes ecuatorianos/as y extranjeros/as (con residencia permanente en el pas o que porten el carn de refugiados/as permanentes), que son parte del Grupo de Alto Rendimiento (GAR) 16 y que cursan el perodo de nivelacin especial impartido por el Sistema Nacional de Nivelacin y Admisin (SNNA), el cupo de la Institucin de Educacin Superior (IES) 17 no se plantear como requisito obligatorio.

    El IECE, no podr financiar dos programas del mismo nivel, de tal manera que los/las becarios/as del Programa de Becas Nacionales, Subprograma de estudios de Tercer Nivel, en caso de querer optar por otra beca dentro del mismo programa, ste necesariamente deber ser en un nivel superior al ttulo anteriormente obtenido.

    D. FINANCIAMIENTO.-

    El Programa de Becas Nacionales, Subprograma Nacional Tercer Nivel, financiar una beca parcial, correspondiente a una asignacin mensual mxima equivalente a una

    12 Reforma a travs de Acta Nro. 14-SEG-2014 13 Reforma a travs de Acta Nro. 14-SEG-2014. 14 Reforma a travs de Acta Nro. 53-SEG-2013. 15 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014

  • 18 Reforma a travs de Acta Nro. 14-SEG-2014 19 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014

    5

    Remuneracin Bsica Unificada para el Trabajador en General (RBU), vigente prevista en la ley, que se destinar a financiar manutencin y materiales de estudio.

    Para quienes vayan a iniciar sus estudios, el financiamiento de la beca incluir el periodo de nivelacin, por un valor mensual de media remuneracin bsica unificada vigente18. La beca se otorgar a los/as beneficiarios/as de todos los componentes de beca del subprograma para estudios de nivel tcnico, tecnolgico superior y tercer nivel, los mismos que debern obtener su admisin a travs del SNNA; y ser vlida durante el periodo de nivelacin, siempre que el/a estudiante cumpla con las obligaciones y responsabilidades acadmicas de este periodo.

    El financiamiento de la beca para el subprograma de estudios de nivel tcnico, tecnolgico superior y tercer nivel, se otorgar por todo el tiempo que duren los estudios, con la condicin que el/la becario/a cumpla con las obligaciones establecidas en las presentes bases, reglamentos o instructivos, que el IECE desarrollar para la implementacin de este programa y en los contratos de financiamiento respectivos.

    El financiamiento para cada uno de los/as postulantes aprobados de los componentes de becas que se encuentren en estudios en curso, se realizar a partir de la fecha de adjudicacin de la beca por parte del Comit de Becas y Ayudas Econmicas del IECE, y para los/as postulantes aprobados que deseen recibir el financiamiento desde el inicio de su formacin acadmica partir desde la fecha de inicio de estudios del periodo acadmico al que postula. Adicionalmente, para los componentes de beca Bono de Desarrollo Humano (BDH) y Grupo de Alto Rendimiento (GAR), para quienes partir el financiamiento de la beca desde la fecha de inicio de estudios de acuerdo al cupo asignado por el Sistema Nacional de Nivelacin y Admisin (SNNA) 19.

    De acuerdo a cada componente de beca, se financiarn los siguientes periodos de estudio:

  • 22 Reforma a travs de Acta Nro. 53-SEG-2013.

    6

    INICIO DE ESTUDIOS A TRAVES DEL SISTEMA NACIONAL DE NIVELACIN Y ADMISIN (SNNA)

    COMPONENTE DE BECA

    VALOR MENSUAL DEL FINANCIAMIENTO

    APLICACIN

    Nivelacin 1er Perodo Acadmico

    Inicio de estudios y estudios en

    curso a) Beneficiarios/as del Bono de Desarrollo Humano (BDH).

    Medio RBU

    Un RBU Con cupo obtenido del SNNA

    b) Grupo GAR.

    Medio RBU

    Un RBU Con cupo obtenido del SNNA c) GAR Piloto*

    Un RBU

    Un RBU Con cupo obtenido del SNNA

    d) Quienes vayan a cursar carreras de inters pblico.

    Medio RBU

    Un RBU Con cupo obtenido del SNNA

    e) Quienes deban cambiar de residencia habitual a otra, por motivos de sus estudios. En este grupo se incluyen los/as ecuatorianos/as que han migrado, y que por motivo de estudios retornen al pas.

    Medio RBU

    Un RBU

    Con cupo obtenido del SNNA

    f) Quienes sean parte de un pueblo o nacionalidad 20 Medio RBU

    Un RBU Con cupo obtenido del SNNA

    g) Beneficiarios/as de la poltica de cuotas que cumplen con los criterios de vulnerabilidad establecidos por el SNN 21 A

    Medio RBU

    Un RBU Con cupo obtenido del SNNA

    * Para mejores puntuados as como quintiles 1 y 2 se destinar un RBU, para los quintiles 3, 4 y 5 del GAR Piloto se asignar media RBU.

    Una vez que haya finalizado el periodo de nivelacin de carrera o nivelacin especial, los/as beneficiarios/as de todos los componentes de becas del Subprograma Tercer Nivel, continuarn percibiendo el beneficio de la beca, hasta la finalizacin de su formacin acadmica, con una asignacin mensual de una RBU prevista en la ley, para lo cual debern cumplir con las obligaciones dispuestas para los/as beneficiarios/as de esta beca, reglamentos o instructivos elaborados por el IECE para la implementacin de este programa.

    Para aquellas personas que hayan sido exoneradas del periodo de nivelacin de carrera o nivelacin especial, el financiamiento ser a partir del primer ao de estudios, correspondindole una Remuneracin Bsica Unificada del trabajador, prevista en la ley, por la duracin de sus estudios.

    Para el caso de los/as estudiantes que residen en la provincia de Galpagos y deban movilizarse al territorio continental del Ecuador, para la realizacin de su programa de estudios de nivel tcnico, tecnolgico superior y tercer nivel, se incluir dentro de la beca el rubro de un pasaje de ida al inicio de los estudios y uno de retorno a la finalizacin de los mismos, durante el tiempo de duracin de los estudios, que incluye el periodo de nivelacin22.

    20 Reforma a travs de Acta Nro. 14-SEG-2014. 21 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014.

  • 23 Reforma a travs de Acta Nro. 26-SEG-2014.

    7

    nicamente en el caso de los/as integrantes del grupo GAR de Carreras Tcnicas tecnolgicas (GAR ITT) y GAR de tercer nivel, que realicen la nivelacin especial, se contemplar el financiamiento de los rubros que se detallan en el siguiente cuadro:

    Rubro Descripcin

    Costos de exmenes estandarizados

    Se contempla el costo de rendir por una sola vez, los siguientes exmenes estandarizados: GRE, GMAT, TOEFL, IELTS, DELF, entre otros. Considerados requisitos para al ingreso a las IES. Se financiar como mximo el costo de dos tipos de exmenes de distinta naturaleza.

    Costo de aplicacin a las instituciones de educacin superior, que consten en los listados del programa Universidades de Excelencia 2014

    Se cubrir el costo de aplicacin a mximo dos IES del extranjero, que consten en los listados de las convocatorias vigentes del programa de becas: Universidades de Excelencia, de acuerdo al GAR al que pertenecen.

    Estos rubros podrn ser cubiertos durante la realizacin de la nivelacin especial, o durante el primer ao de haber iniciado los estudios de nivel tcnico o tecnolgico superior, o tercer nivel en una institucin de educacin superior del pas; siempre y cuando esta aplicacin o exmenes se hayan rendido a partir del ao 2014.

    Los costos de aplicacin a las instituciones de educacin superior del extranjero, se cubrirn solo en el caso de que las mismas consten en el listado de las convocatorias vigentes del programa Universidades de Excelencia, y correspondan al nivel de estudios (tcnico o tecnolgico superior; o tercer nivel) y al rea del conocimiento respectiva.

    De igual manera los costos de exmenes estandarizados se cubrirn, nicamente en el caso de que estos sean requisitos previos a la admisin a la IES del listado de las convocatorias vigentes del programa Universidades de Excelencia, a la que desea aplicar23.

  • 24 Reforma a travs de Acta Nro. 53-SEG-2013.

    8

    E. RUBROS DE COBERTURA

    Para el Subprograma Tercer Nivel:

    a. Manutencin.- El valor mensual de este rubro corresponde a MEDIA

    REMUNEZACIN BSICA UNIFICADA, prevista en la Ley, durante el curso de estudios de nivelacin de carrera o nivelacin especial y UNA REMUNERACIN BSICA UNIFICADA vigente, prevista en la Ley, que se financiar a partir del primer periodo acadmico en la carrera para la cual haya obtenido el cupo de estudios de nivel tcnico, tecnolgico superior o tercer nivel.

    Estos valores no estn sujetos a justificacin, el habilitante para los pagos sern los documentos de seguimiento acadmico.

    b. Pasaje de ida y retorno.- El rubro financiar el costo de un pasaje areo de ida

    (al inicio de estudios, ruta Galpagos - Ecuador) y uno de retorno (al fin de estudios, ruta Ecuador - Galpagos), en clase econmica o turista para los estudiantes que residen en la provincia de Galpagos y deban movilizarse al territorio continental del Ecuador, para la realizacin de sus estudios de nivel tcnico, tecnolgico superior o tercer nivel.

    Este rubro est sujeto a justificacin a travs de las respectivas facturas originales o electrnicas a nombre del/a becario/a y presentacin de los pases de abordaje originales; de no contar con los ltimos, deber presentar una certificacin de viaje emitido por la aerolnea.

    El financiamiento para este rubro no cubre ningn tipo de penalidad o comisiones de agencia. El monto mximo referencia para este rubro ser de hasta quinientos dlares 00/100 (USD $500,00) de los Estados Unidos de Amrica, incluido los impuestos de Ley24.

    c. Costos de exmenes estandarizados.- Se contempla el costo de rendir por una

    sola vez, los siguientes exmenes estandarizados: GRE, GMAT, TOEFL, IELTS, DELF, entre otros. Considerados requisitos para al ingreso a las IES. Se financiar como mximo el costo de dos tipos de exmenes de distinta naturaleza.

  • 25 Reforma a travs de Acta Nro. 26-SEG-2014.

    9

    Valor mximo referencial

    Examen Costo mximo

    TOEFL

    $ 250,00

    GRE $ 185,00

    GMAT $ 250,00

    DELFT $ 190,00

    IELTS

    $ 195,00

    Otros $ 250,00

    Los documentos de respaldo para el financiamiento sern facturas originales o comprobantes electrnicos otorgados por entidad administradora de los respectivos exmenes, a nombre de el/la becario/a.

    d. Costo de aplicacin a las instituciones de educacin superior, que consten en

    los listados del programa Universidades de Excelencia 2014.- Se cubrir el costo de aplicacin a mximo dos IES del extranjero, que consten en los listados de las convocatorias vigentes del programa de becas: Universidades de Excelencia, de acuerdo al GAR al que pertenecen.

    Valor mximo referencial

    USD $200.00 (Cien 00/100 dlares de los Estados Unidos de Amrica), por aplicacin.

    Los documentos de respaldo para el financiamiento sern facturas originales o comprobantes electrnicos otorgados por la IES a nombre de el/la becario/a25.

    F. DESCRIPCIN, MODALIDAD Y DURACIN DE LOS COMPONENTES

    El Programa de Becas Nacionales, Subprograma de estudios de Tercer Nivel, financiar estudios de nivel tcnico, tecnolgico superior y tercer nivel en IES pblicas y particulares del pas de acuerdo al siguiente esquema:

  • 28 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-

    10

    Tipo de Estudio Modalidad Duracin Mxima

    Nivel Tcnico o Tecnolgico Superior

    Presencial

    Hasta 3 aos

    Tercer Nivel Presencial Hasta 7 aos

    Adicionalmente, se financiar el periodo de nivelacin de carrera, con una duracin mxima de seis meses.

    En casos excepcionales de becarios/as con discapacidad, del componente de poltica de cuotas, se podra extender el tiempo de estudios, previo informe tcnico emitido por la IES y aprobado por el Comit de becas y ayudas econmicas del IECE. 26

    G. LINEAMIENTOS ESPECFICOS

    De las becas de nivel tcnico, tecnolgico superior o tercer nivel: Se otorgarn a los/as postulantes a estudios de nivel tcnico o tecnolgico superior y tercer nivel, que vayan a iniciar sus estudios y que hayan realizado el proceso de admisin a una IES a travs del SNNA, tanto para las IES pblicas como partculas, y a su vez pertenezcan a los componentes de beneficiarios/as del Bono de Desarrollo Humano (BDH), Grupo GAR, quienes vayan a cursar carreras de inters pblico, movilidad territorial, pueblos y nacionalidades27 y los/as beneficiarios/as de la poltica de cuotas 28.

    De las becas para financiamiento de perodo de Nivelacin Especial del GAR Se otorgarn las becas a los/as postulantes del componente Grupo GAR que vayan a realizar la Nivelacin Especial impartida por la Secretaria de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin, acorde al cronograma establecido por el Sistema Nacional de Nivelacin y Admisin (SNNA), para el efecto.

    H. PROCESO DE SELECCIN

    La Secretaria de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin como insumo para el proceso de seleccin, remitir el listado de los estudiantes admitidos a las IES a travs del SNNA, que pertenecen al grupo objetivo de personas que manifiestan los componentes de becas, correspondientes al Programa de Becas Nacionales, Subprograma Tercer Nivel, con sta informacin el IECE podr iniciar con las validaciones pertinentes para definir a los posibles beneficiarios de los componentes

    26 Reforma a travs de Acta Nro. 14-SEG-2014. 27 Reforma a travs de Acta Nro. 14-SEG-2014.

  • 11

    de beca aqu mencionados, para lo cual la institucin contar con la plena facultad de establecer mecanismos alternativos para la confirmacin de datos de la poblacin objetivo, acorde a los requisitos especficos contemplados en los Lineamientos del Programa de Becas Nacionales para cada componente de beca.

    La confirmacin de datos y verificacin de requisitos, de cada postulante, se deber realizar previo a la adjudicacin de beca, por el analista responsable en cada agencia y Regional para su posterior presentacin a consideracin del Comit de Becas y Ayudas Econmicas del IECE.

    El factor principal a considerar para la seleccin de los postulantes, ser que el interesado haya rendido la Evaluacin Nacional para la Educacin Superior (ENES), en alguna de las convocatorias realizadas para el proceso y haya obtenido un cupo de estudios en una Institucin de Educacin Superior (IES) a travs del SNNA.

    I. PROCESO DE APLICACIN

    Los/as postulantes del Programa de Becas Nacionales - Subprograma Nacional Tercer Nivel, debern aplicar a travs de todas las dependencias del IECE habilitadas a nivel nacional.

    Para el ingreso de la postulacin, el/a interesado/a deber entregar la totalidad de requisitos mnimos solicitados en las bases, en sujecin al componente de beca al que est aplicando.

    El/a postulante deber garantizar la legitimidad, validez y veracidad de la documentacin suministrada para el proceso de postulacin a la beca. No obstante, el IECE por los medios a su alcance, verificar la veracidad de los documentos y de los datos consignados en la solicitud.

    Si se descubriere la manifiesta falsedad o alteracin de la documentacin suministrada por el/la postulante, la solicitud ser inmediatamente rechazada, sin perjuicio de su remisin a la Fiscala General del Estado, de conformidad con la Ley.

    J. CONVOCATORIA

    Postulaciones desde el inicio de estudios

    Para los/as postulantes a los componentes de beca: BDH, GAR, Movilidad Territorial, Carreras de Inters Pblico, Pueblos y Nacionalidades y Beneficiarios/as de Poltica de Cuotas; se plantea la definicin de la convocatoria para postular a la beca de acuerdo a las fechas de inicio de estudio. Este parmetro ser aplicable para todos/as los/as

  • 29 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-

    12

    interesados en partir con el financiamiento de la beca desde el inicio de su formacin acadmica.

    CONVOCATORIA POSTULACIN

    PRIMERA Julio a Septiembre SEGUNDA Enero a marzo

    Para la revisin de las postulaciones de los/as interesados en beneficiarse con la beca desde el inicio de estudios, el Comit de Becas y Ayudas Econmicas del IECE se reunir para revisar y adjudicar las postulaciones aprobadas de los componentes de beca aqu detallados, despus de quince (15) das contados a partir del cierre de cada convocatoria. El Comit revisar la totalidad de postulaciones remitidas a nivel nacional durante el periodo que antecedi.

    La fecha desde la cual partir el financiamiento de beca a favor de los/as adjudicatarios/as, ser desde la fecha de inicio de estudios del periodo acadmico al que postula.

    Postulaciones en estudios en curso

    Se receptarn postulaciones de estudiantes que se encuentren en estudios en curso de forma abierta, con la finalidad de atender a los requerimientos de adjudicacin de beca presentados por los/as interesados en la oferta de becas sealada en las presentes bases y la fecha de inicio de financiamiento ser a partir de la fecha de adjudicacin por parte del Comit de Becas y Ayudas Econmicas del IECE.

    La Convocatoria para la postulacin a los componentes de beca, contenidos en este documento, estar abierta de manera oficial a partir de la fecha que el Comit de Becas y Ayudas Econmicas del IECE disponga, la cual deber ser difundida a nivel nacional, tanto en trminos operativos como en periodo de duracin, la implementacin del Programa de Becas Nacionales, Subprograma nacional Tercer Nivel, estar sujeta a la disponibilidad de recursos financieros29.

    K. PROCESO DE NOTIFICACIN Y ADJUDICACIN

    VALIDACIN DE LAS APLICACIONES: El rea responsable de Becas del IECE, revisar las aplicaciones para verificar que cumplan con los requisitos sern considerados/as como postulantes precalificados.

  • 31 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-

    13

    Los/as postulantes que no hayan sido precalificados, tendrn un plazo mximo de ocho (8) das, posteriores a la notificacin, para impugnar justificadamente los resultados ante el Comit de Becas y Ayudas Econmicas del IECE, quien resolver motivadamente dentro de un plazo de ocho (8) das, sobre la aceptacin o negacin de la impugnacin.

    El detalle de los requisitos solicitados para la validacin de aplicaciones a los componentes de beca constan en el Anexo 1.1, 1.2 y 1.3 del presente documento30.

    ADJUDICACIN Y NOTIFICACIN: El Comit de Becas y Ayudas Econmicas del IECE, en funcin de los requisitos de postulacin presentados y con sujecin a la disponibilidad de recursos adjudicar y notificar la beca de este programa; adems notificar va correo electrnico a cada uno de los/las adjudicatarios/as.

    De igual manera, la nmina de adjudicatarios/as ser publicada en la pgina web del IECE.

    L. ELABORACIN DEL CONTRATO DE BECA.

    El IECE solicitar a los/as adjudicatarios/as del Programa de Becas Nacionales, Subprograma Nacional Tercer Nivel, la presentacin de los documentos necesarios para la elaboracin del Contrato de Financiamiento. Adems, preparar los expedientes para la elaboracin de los Contratos.

    REQUISITOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO DE BECA.- Previo a la suscripcin del contrato de beca el/la adjudicatario/a deber presentar los requisitos y documentos mnimos especficos de acuerdo al componente de beca al que pertenece.

    El detalle de los requisitos solicitados para los componentes: BDH, GAR, Carreras de Inters Pblico, Movilidad Territorial y Pueblos y Nacionalidades, consta en el Anexo 1.4 del presente documento. Para el componente de beneficiarios/as de poltica de cuotas el detalle de requisitos previo la firma de contrato de financiamiento constan en el Anexo 1.4 y 1.5 del presente documento31.

    FIRMA DE CONTRATO PARA ESTUDIOS DE CARRERA.- El financiamiento de la beca comprender la cobertura del periodo de nivelacin de carrera y estudios de carrera hasta el ltimo semestre de formacin acadmica, para lo cual el contrato de financiamiento de beca permitir diferenciar el financiamiento al que se hace

    30 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014.

  • 14

    beneficiario/a cada becario/a a lo largo de sus estudios, por medio del uso del Anexo de Clculo de financiamiento de beca3233.

    M. CRITERIOS DE SELECCIN

    Los/as postulantes que cumplan con los requisitos establecidos en el Anexo 1, sern considerados/as como postulantes pre-seleccionados/as, y se sometern al proceso de seleccin en funcin de los siguientes criterios:

    Criterios especficos

    de seleccin

    Componente

    Descripcin

    Progresividad

    Becas para beneficiarios/as del Bono de Desarrollo Humano (BDH)

    Acciones afirmativas: Haber sido beneficiario del Bono de Desarrollo Humano, hasta un ao antes de la fecha de la PRIMERA INSCRIPCIN en el SNNA34.

    Becas para el GAR

    En el caso del GAR Piloto el cual se sujetar a lo establecido en los presentes lineamientos).

    Becas por movilidad territorial

    a. Ser estudiante desplazado/a por estudios de nivel tcnico, tecnolgico superior o tercer nivel, de su ciudad de origen. Acciones Afirmativas

    Becas para pueblos y nacionalidades

    a. Pertenencia a un pueblo o nacional ecuatoriana, debidamente certificado.

    Becas para beneficiarios/as de la Poltica de cuotas

    a. Haber sido declarado por el SNNA como beneficiario/a de la poltica de cuotas y cumplir con el criterio de la vulnerabilidad35.

    Aquellos/as becarios/as del componente becas para beneficiarios/as del Bono de Desarrollo Humano que se encuentran cursando sus estudios con normalidad pero que

    32 Reforma a travs de Acta Nro. 26-SEG-2014. 33 Reforma a travs de Acta Nro. 30-SEG-2014

    34 Reforma a travs de acta Nro. 30-SEG-2014 35 Reforma a travs de acta Nro. 35-SEG-2014

  • 15

    dejaron de mantener dicha condicin, seguirn percibiendo la beca hasta el cumplimiento de su contrato de financiamiento.36

    Criterios especficos de seleccin

    Componente

    Descripcin

    Excelencia individual

    Becas para el GAR

    Ser aspirante a educacin superior mejor puntuado/a en el SNNA y perteneciente al GAR.

    Becas para estudiantes que a travs del SNNA hayan obtenido un cupo para cursar carreras de inters pblico

    a. Haber obtenido un puntaje mnimo de 80/100 en el ENES. b. Estar admitido/a en una IES pblica o a una IES particular a travs del SNNA.

    Becas por movilidad territorial

    a. Haber obtenido un cupo para estudios en una IES pblica; o particular a travs del SNNA.

    Becas para beneficiarios/as del Bono de Desarrollo Humano (BDH)

    a. Estar admitido/a en una IES pblica o particular a travs del SNNA.

    Becas para pueblos y nacionalidades

    Para quienes vayan a iniciar sus estudios: a. Haber obtenido un cupo en una IES pblica; o, en una IES particular, a travs del SNNA. Para quienes estn cursando sus estudios: a. Estar matriculado en una IES pblica o particular. b. Acreditar un promedio acumulado mnimo de ocho sobre diez (8/10) o su equivalente37.

    Becas para beneficiarios/as de la Poltica de cuotas

    a. Estar admitido/a en una IES pblica o particular del pas38.

    36 Reforma a travs de acta Nro. 30-SEG-2014 37 Reforma a travs de Acta Nro. 26-SEG-2014. 38 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014.

  • 16

    Criterios especficos de seleccin

    Componente

    Descripcin

    Pertinencia

    Becas para estudiantes que a travs del SNNA hayan obtenido un cupo para cursar carreras de inters pblico

    Estudios en reas de inters pblico definidas por la Secretaria de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin.

    Cambios de universidad y/o carrera

    Cuando un/a beneficiario/a de beca, de alguno de los componentes del subprograma de nivel tcnico, tecnolgico o tercer nivel, desee realizar un cambio de universidad y/o carrera, podr mantener su beca, nicamente en los siguientes casos:

    Cambio de Universidad y/o

    carrera

    Requisitos

    Documento de respaldo

    Para los componentes: Deportistas de alto rendimiento, Becas para personas con discapacidad, Becas para hroes y heronas nacionales y Becas de solidaridad

    Haber sido aceptado/a en una IES pblica o particular para realizar estudios en la carrera que desea cursar

    Contar con un documento

    de aceptacin o comprobante de matrcula

    emitida por la autoridad correspondiente

    Para los componentes: Becas para beneficiarios/as del bono de desarrollo humano (BDH), Becas GAR, Becas por Movilidad Territorial, Becas para pueblos y nacionalidades

    Haber sido aceptado/a en una IES pblica o cofinanciada para realizar estudios en la carrera que se desea cursar, y contar con una beca de matrcula y colegiatura.

    Para el componente: Carreras de Inters Pblico

    Haber sido aceptado/a en una IES pblica o cofinanciada para realizar estudios en la carrera nicamente dentro de las que corresponden al rea de Educacin y contar con una beca de matrcula y colegiatura.

    39

    39 Reforma a travs de acta Nro. 30-SEG-2014

  • 40 Reforma a travs de Acta Nro. 26-SEG-2014.

    17

    N. SUSCRIPCIN DEL CONTRATO Y SU PROCEDIMIENTO

    Para la suscripcin del Contrato de Beca los/as adjudicatarios/as debern contar con los requisitos mnimos detallados en las presentes Bases. En caso que los adjudicatarios/as no puedan comparecer a suscribir el contrato debern otorgar un poder especial a un tercero para que en representacin de este pueda suscribir el mismo. En caso de que el adjudicatario/a sea menor de edad sus padres lo representarn para la firma del contrato, y en ausencia de estos el representante/tutos legal jurdicamente designado.

    El/la adjudicatario/a o su apoderado, deber suscribir el Contrato de Beca, en el cual se definen los derechos y obligaciones de las partes. nicamente a partir de dicha suscripcin del contrato de financiamiento, el/la adjudicatario/a de la beca se convierte en becario/a del IECE.

    A partir de la notificacin de adjudicacin de la beca por parte del Comit de Becas y Ayudas Econmicas del IECE, el/la adjudicatario/a tendr plazo de trescientos sesenta (360) das, un ao40, para entregar sus documentos habilitantes y subscribir el contrato de financiamiento de beca, en caso de que el/a adjudicatario/a no acudiere a suscribir el contrato la beca quedar automticamente insubsistente, sin tener derecho a reclamo o indemnizacin alguna por parte del IECE, a menos que: a) el /la adjudicatario/a justifique que por fuerza mayor o caso fortuito, no puedo comparecer a la suscripcin del mismo, en cuyo caso se autorizar la firma del contrato respectivo en un nuevo plazo fijado por el IECE; y b) por cuestiones administrativas inherentes al IECE.

    Los/as adjudicatarios/as que hayan sido beneficiados/as con una beca dentro de los componentes aqu mencionados, desde el mes de abril 2013 hasta el 26 de julio de 2013, por resolucin Nro. 45-SEG-2013 del Comit de Becas y Ayudas Econmicas del IECE, reunido el 15 de noviembre de 2013, se les conceder la extensin del plazo de firma de contrato hasta el 31 de diciembre de 2013.

    Los/as adjudicatarios/as que hayan sido beneficiados/as con una beca dentro de los componentes aqu mencionados, desde el mes de diciembre de 2012 hasta diciembre de 2013, por resolucin Nro. 07-SEG-2014 del Comit de Becas y Ayudas Econmicas del IECE, reunido el 07 de febrero de 2014, se les conceder la extensin del plazo de firma de contrato hasta el 31 de marzo de 2014.

  • 41 Reforma a travs de Acta Nro. 53-SEG-2013.

    18

    Toda la documentacin original deber ser presentada previo a la suscripcin del contrato de el/la adjudicatario/a, quien deber garantizar la legitimidad, validez y veracidad de la documentacin suministrada para el otorgamiento de la beca.

    No obstante, el IECE por los medios a su alcance, verificar la veracidad de los documentos y de los datos consignados en la solicitud.

    O. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL/LA BECARIO/A

    DERECHOS

    Recibir los desembolsos, de acuerdo a lo establecido en el contrato de financiamiento en la cuenta bancaria que para el efecto seale el/la becario/a, o de ser el caso su apoderado/a.

    OBLIGACIONES

    Para aquellas personas que realicen sus estudios en los cursos de nivelacin de carrera y especial41.

    a. Cursar los estudios en los plazos establecidos en el contrato de financiamiento. b. Entregar certificados oficiales de asistencia regular a clases, expedidos por la IES. c. Al finalizar el curso presentar el reporte oficial de calificaciones, que demuestre la

    aprobacin del mismo. d. Entregar documentacin legtima, durante la ejecucin de la beca. e. Cumplir con el Cdigo de tica de los usuarios y usuarias del IECE vigente. f. Informar al IECE sobre cualquier alteracin referente al programa de estudios.

    g. Asistir a procesos de induccin que imparte el Instituto Ecuatoriano de Crdito. Educativo y Becas IECE previa a la suscripcin del contrato de financiamiento42.

    h. Las dems que se establecieren en el respectivo contrato de financiamiento.

    Para aquellas personas que realicen sus estudios de nivel tcnico, tecnolgico superior y tercer nivel.

    a. Cursar los estudios en los plazos establecidos en el contrato de financiamiento. b. Entregar de forma trimestral el certificado oficial de asistencia regular a clases,

    expedido por la IES. c. Al finalizar cada ciclo de estudios presentar el reporte oficial de calificaciones, que

    demuestre la finalizacin y/o aprobacin del mismo, segn sea el caso, con un promedio acumulado mnimo de 8.00/10.00 puntos o su equivalente. Para el caso

  • 46 Reforma a travs de Acta Nro. 14-SEG-2014.

    19

    del componente Carreras de inters pblico el promedio ser de 8,50/10.00 o su equivalente43. Para el caso del componente Becas para beneficiarios/as de la Poltica de cuotas, el record acadmico, deber acreditar la aprobacin de los estudios, al menos con el promedio mnimo exigido por la IES44.

    d. Entregar documentacin legtima, durante la ejecucin de la beca. e. Cumplir con el Cdigo de tica de los usuarios y usuarias del IECE vigente. f. Informar al IECE sobre cualquier alteracin referente al programa de estudios; g. Asistir a procesos de induccin que imparte el Instituto Ecuatoriano de Crdito

    Educativo y Becas IECE previa a la suscripcin del contrato de financiamiento45. h. Las dems que se establecieren en el respectivo Contrato de Financiamiento.

    P. SUSPENSIN DE LA BECA

    El IECE podr suspender los desembolsos de la beca, por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones mencionadas en el numeral anterior, o por los motivos que se detallan a continuacin:

    Suspensin Temporal.- En caso de que el becario incurra en incumplimiento de sus obligaciones, el rea responsable de Becas del IECE, pondr los mismos en conocimiento del Comit de Becas y Ayudas Econmicas del IECE. La suspensin temporal de la beca implica, suspensin de los desembolsos en los casos de:

    a. Enfermedad, incapacidad mental o fsica que impida al becario/a de manera

    temporal, la continuacin de sus actividades educativas, debidamente justificadas, mximo por un (1) perodo acadmico.

    b. Privacin de la libertad, que impida al becario de manera temporal, la continuacin de sus actividades educativas, debidamente justificadas, mximo por un (1) perodo acadmico.

    c. Por perdida injustificada de una materia, crdito, semestre o ao acadmico. d. Por no acreditar un promedio acumulado mnimo de 8.00/10.00 o su equivalente.

    En el caso del componente Carreras de inters pblico, por no acreditar 8,5/10 o su equivalente46. En el caso del componente Poltica de cuotas, la suspensin temporal proceder, por no acreditar al menos el promedio mnimo exigido por la IES para aprobar los estudios47.

    43 Reforma a travs de Acta Nro. 14-SEG-2014. 44 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014. 45 Reforma a travs de Acta Nro. 13-SEG-2014.

  • 48 Reforma a travs de Acta Nro. 14-SEG-2014. 49 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014.

    20

    Una vez sucedido el hecho, el/a becario/a deber informar al IECE, en un plazo no mayor al requerido para el siguiente desembolso, caso contrario la becas quedar suspendida de manera definitiva.

    Una vez suspendida la causa por la cual se suspendi de manera temporal la ejecucin de la beca, el becario deber informar al IECE, para continuar percibiendo el beneficio de la misma.

    Suspensin Definitiva.- El rea responsable de becas del IECE, pondr en conocimiento del Comit de Becas y Ayudas Econmicas del IECE, cuando los/as becarios/as incurran en los siguientes casos:

    a. Abandono de los estudios, entendido como inasistencia injustificada por (1)

    perodo acadmico, el mismo que no hay sido subsanado, antes del inicio del nuevo perodo de estudios.

    b. Expulsin de la Institucin de Educacin Superior. c. Comprobacin de la entrega de documentos falsificados o adulterados. d. Por prdida injustificada por segunda ocasin, de una materia, crdito semestre o

    ao acadmico. e. Por no acreditar por segunda ocasin, un promedio acumulado mnimo de

    8.00/10.00 o su equivalente. En el caso del componente Carreras de inters pblico, por no acreditar por segunda vez el promedio de 8,5/10 o su equivalente48. En el caso del componente "Beneficiarios/as de poltica de cuotas" la suspensin definitiva proceder, por no acreditar por segunda ocasin, al menos el promedio mnimo exigido por la IES para aprobar los estudios49.

    f. Enfermedad, fallecimiento, incapacidad mental o fsica que impida al becario/a, la continuacin de sus actividades acadmicas en forma definitiva, debidamente justificada y comprobada por los mecanismos que estime pertinente el Comit de Becas, las cuales impidan al becario continuar sus estudios.

    g. Renuncia de manera justificada a la beca concedida, previo anlisis y resolucin del Comit de Becas del IECE, el cual podr exonerar de la prohibicin de aplicar a otro programa de beca del Gobierno Nacional.

    En los casos de suspensin definitiva determinadas en las causales establecidas en los literales a), b) y c), previa resolucin del Comit de Becas y Ayudas Econmicas del IECE, debern realizar la devolucin del perodo de financiamiento dentro del cual se produjo el hecho.

    El Comit de Becas y Ayudas Econmicas del IECE, ser quien determine a travs de resolucin, la forma de pago el valor total, incluido los intereses generados y los plazos establecidos para efectivizar la devolucin.

  • 21

    Aquellos/as becarios/as a quienes el Comit de Becas y Ayudas Econmicas del IECE haya resuelto la suspensin definitiva de la beca, sin derecho a recuperacin, no podrn ser favorecidos/as con ningn otro tipo de beca que administre o conceda la Secretaria de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin y/o IECE para el mismo nivel de estudio.

    Q. DESEMBOLSOS:

    Una vez suscrito el contrato de financiamiento los desembolsos se realizarn en forma trimestral, previo a la presentacin de manera obligatoria del certificado de asistencia regular a clases emitido de manera oficial por la Institucin de Educacin Superior (IES) en la que se encuentra cursando estudios el/a becario/a.

    El depsito se realizar en la cuenta nacional que para el efecto hubiere sealado el/la becario/a, de conformidad con el certificado bancario entregado en calidad de documento habilitante.

    Al final de cada periodo acadmico el/a becario/a presentar de manera obligatoria el certificado conferido por la Institucin de Educacin Superior (IES) en el que especifique las notas del perodo y sus equivalencias de ser el caso, en este documento se debe reflejar el puntaje mnimo requerido de 8/10 para el mantenimiento de la beca.

    R. SEGUIMIENTO Y CONTROL:

    El seguimiento y control, para el cumplimento y ejecucin de las presentes Bases del Programa de Becas Nacionales, Subprograma Nacional Tercer Nivel, estar a cargo del IECE, a travs de cada una de las agencias y regionales a nivel nacional.

    S. INFORMACIN ADICIONAL

    Las Bases del Programa de becas nacionales, Subprograma Nacional tercer Nivel estarn a disposicin de los/as ciudadanos/as en la pgina web (www.institutobecas.gob.ec), y sus documentos fsicos en las agencias y regionales a nivel nacional.

    Para informacin adicional, las dependencias del IECE a nivel nacional atendern en horario de 08H30 a 17H30, de lunes a viernes.

  • 22

    ANEXO 1.1

    REQUISITOS Y DOCUMENTOS GENERALES MNIMOS EXIGIBLES50

    Cuadro No. 1: Requisitos y Documentos generales mnimos para postular al subprograma de becas para estudios de nivel tcnico, tecnolgico superior y tercer nivel:

    SUBPROGRAMA DE ESTUDIOS DE NIVEL TCNICO, TECNOLGICO SUPERIOR Y TERCER NIVEL

    Nro Requisitos Generales Documentos de respaldo a ser adjuntados a la solicitud

    1

    Ser ciudadano/a ecuatoriano/a o extranjero/a (residente permanente en el Ecuador o portador/a del carn de refugiado/a permanente).

    Datos validados a travs del sistema de la DINARDAP (Direccin Nacional de Registro de Datos Pblicos)51

    2

    No mantener obligaciones vencidas o glosas con instituciones del sector pblico, tanto como deudor y/o garante.

    La declaracin ser automatizada dentro de la plataforma del sistema PUSAK y constituir una declaracin de aceptacin de trminos que todo postulante deba completar52.

    3 No ser contratista incumplido o adjudicatario fallido del Estado.

    5 No percibir beca por el mismo fin y de los mismos conceptos

    6

    Contar con un cupo en una IES pblica o particular a travs del SNNA.

    a) Certificado de haber obtenido un cupo en una IES pblica o particular del pas a travs del SNNA.

    b) Certificado conferido por la IES, y suscrito por la autoridad competente, donde se seale: duracin de los estudios, fecha de inicio y finalizacin de cada ciclo de estudios, ttulo a obtener, duracin de la carrera y sistema de calificacin

    7

    Planilla de servicio bsico del ltimo mes. De manera excepcional para los/as adjudicatarios/as que justifiquen que no pueden presentar el documento, el analista de becas encargado deber confirmar los datos de residencia con una visita fsica53

    Fotocopia de la planilla de servicio bsico del ltimo mes.

    8 Foto carn actualizada. Foto tamao carnet (fsica/digital)54

    9

    De ser el caso Poder General o Especial/Tutora Legal

    Copia del documento notarizado.

    Cuando el adjudicatario es menor de edad los representantes legales son automticamente sus padres, en este caso no requieren de un poder general o especial. En ausencia de los padres se deber contar con el documento que acredite ser el apoderado o curador.

    Para quienes se encuentran cursando sus estudios:

    50 Reforma a travs de Acta Nro. 26-SEG-2014. 51 Reforma a travs de acta Nro. 02-SEG-2015 52 Reforma a travs de acta Nro. 02-SEG-2015 53 Reforma a travs de Acta Nro. 26-SEG-2014. 54 Reforma a travs de acta Nro. 02-SEG-2015

  • 23

    1 Acreditar un promedio acumulado mnimo de 8.0/10 y no haber reprobado ninguna materia o crdito durante sus estudios55.

    a) Record acadmico expedido por la IES y suscrito por la autoridad competente, donde acredite un promedio acumulado mnimo de 8.0/10 o su equivalente.

    55 Reforma a travs de Acta Nro. 26-SEG-2014.

  • 24

    ANEXO 1.2 REQUISITOS Y DOCUMENTOS GENERALES MNIMOS EXIGIBLES POR COMPONENTE DE BECA

    Cuadro No. 2.- Requisitos y Documentos especficos, mnimos para postular al Subprograma de becas para estudios de nivel tcnico, tecnolgico superior y tercer nivel:

    Componente Becas para beneficiarios/as del Bono de Desarrollo Humano (BDH)

    Nro.

    Requisitos Especficos

    Documentos de respaldo

    1

    Pertenecer al grupo poblacional beneficiario del bono de desarrollo humano.

    a. Declaracin dentro del formulario o solicitud de postulacin al programa. b. En el caso de que el beneficiario/a del BDH sea de quien depende econmicamente, adjuntar su fotocopia de la cdula y certificado de votacin vigente.

    Componente Becas para el grupo GAR

    Nro.

    Requisitos Especficos

    Documentos de respaldo

    1 Ser aspirante a cursar estudios de educacin superior, y pertenecer al GAR

    Constar en el listado de estudiantes GAR, proporcionado por el SNNA.

    2

    (Slo para el GAR Piloto)

    Declaracin dentro del formulario o solicitud de postulacin al programa pertenecer a Q1, Q2, Q3, Q4 o Q5

    Componente Becas para estudiantes que a travs del SNNA que hayan obtenido un cupo para cursar carreras de inters

    pblico

    Nro.

    Requisitos Especficos

    Documentos de respaldo

    1 Ser aspirantes, a cursar estudios de educacin superior a travs del SNNA, y que dichos programas o carreras sean de inters pblico y susceptibles de becas, las cuales sern definidas previamente por la Secretara de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin56.

    Certificado de haber obtenido un cupo en una IES pblica o particular, a travs del SNNA, para cursar programas de estudio de educacin superior en reas declaradas de inters pblico y susceptibles de beca.

    Componente Becas por movilidad territorial

    Nro.

    Requisitos Especficos

    Documentos de respaldo

    1

    Ser estudiante desplazado/a por motivos de estudio. La beca se conceder a aquellos/as estudiantes que tengan que para realizar sus estudios deban trasladarse a un cantn distinto al de su residencia, siempre y cuando este desplazamiento suponga una distancia igual o mayor a 50Km5758.

    Copia del pago del impuesto predial o copia del contrato de arrendamiento, de la residencia del/la postulante antes de su movilidad o desplazamiento, donde debe constar la direccin59;

    2

    Encontrarse en situacin econmica adversa. Declaracin juramentada en la que se demuestre que se encuentra en una situacin econmica adversa.

    Componente Becas para pueblos y nacionalidades Nro. Requisitos Especficos Documentos de respaldo

    56 Reforma a travs de Acta Nro. 14-SEG-2014. 57 Reforma a travs de Acta Nro. 14-SEG-2014. 58 Reforma a travs de Acta Nro. 30-SEG-2014 59 Reforma a travs de acta Nro. 30-SEG-2014

  • 25

    1

    Pertenecer a un pueblo o nacionalidad ecuatoriana.

    Certificado de pertenecer a un pueblo o nacionalidad ecuatoriana emitido por las organizaciones de base y avalado por la CODENPE, CODAE O CODEPMOC

    Componente Beneficiarios/as de la beca Poltica de Cotas Nro. Requisitos Especficos Documentos de respaldo

    1 Haber sido declarado como beneficiario/a de la poltica de cuotas y cumplir con los criterios de vulnerabilidad establecidos por el SNNA.

    Se verificar en los listados que para el efecto emita formalmente el SNNA, de beneficiarios/as de la poltica de cuotas que cumplen con los criterios de vulnerabilidad; los mismos que sern validados a travs de la documentacin necesaria para la suscripcin del contrato. 60

    60 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014

  • 61 Reforma a travs de Acta Nro. 26-SEG-2014.

    26

    ANEXO 1.3

    REQUISITOS Y DOCUMENTOS MNIMOS EXIGIBLES-ESTUDIANTES GAR NIVELACIN ESPECIAL61

    Cuadro No. 3: Requisitos y Documentos generales mnimos para postular al subprograma de becas para estudios de nivelacin especial Grupo GAR

    SUBPROGRAMA DE ESTUDIOS DE NIVEL TCNICO, TECNOLGICO SUPERIOR Y TERCER NIVEL (nivelacin especial Grupo GAR)

    Nro

    Requisitos Generales Documentos de respaldo a ser adjuntados a la solicitud

    1

    Ser ciudadano/a ecuatoriano/a o extranjero/a (residente permanente en el Ecuador o portador/a del carn de refugiado/a permanente).

    Fotocopia o archivo digital de la cdula de ciudadana y certificado de votacin vigente del/la solicitante, en caso de haber sufragado; o, fotocopia a color o archivo digital del pasaporte, documento de identificacin o carn de refugiado/a, en el caso de ser extranjeros/as.

    2

    No mantener obligaciones vencidas o glosas con instituciones del sector pblico, tanto como deudor y/o garante.

    Declaracin dentro del formulario formato IECE

    3 No ser contratista incumplido o adjudicatario fallido del Estado.

    4

    No percibir beca por el mismo fin y de los mismos conceptos

    5 No mantener obligaciones vencidas con el IECE Certificado de no adeudar al IECE.

    6 Certificado bancario con el nmero y tipo de cuenta personal en el Ecuador (o del apoderado de ser el caso).

    Documento certificado por la Institucin Financiera donde mantenga la cuenta bancaria, donde se seale que la cuenta esta activa. (La cuenta debe ser de adjudicatario de la beca o de su representante de ser el caso.) No se permiten cuentas conjuntas.

    7 Planilla de servicio bsico del ltimo mes. Fotocopia de la planilla de servicio bsico del ltimo mes.

    8

    De ser el caso Poder General o Especial/Tutora Legal

    Copia del documento notarizado.

    Cuando el adjudicatario es menor de edad los representantes legales son automticamente sus padres, en este caso no requieren de un poder general o especial.

    En ausencia de los padres se deber contar con el documento que acredite ser el apoderado o curador.

  • 64 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014.

    27

    ANEXO 1.462 REQUISITOS Y DOCUMENTOS MNIMOS EXIGIBLES PREVIO LA FIRMA DE CONTRATO DE FINANCIAMIENTO

    SUBPROGRAMA DE ESTUDIOS DE NIVEL TCNICO, TECNOLGICO SUPERIOR Y TERCER NIVEL

    Nro

    Requisitos Generales

    Documentos de respaldo a ser adjuntados a la solicitud

    1 Certificado bancario con el nmero y tipo de cuenta personal en el Ecuador (o del apoderado de ser el caso).

    Documento certificado por la Institucin Financiera donde mantenga la cuenta bancaria, donde se seale que la cuenta esta activa. (La cuenta debe ser de adjudicatario de la beca o de su representante de ser el caso.) No se permiten cuentas conjuntas.

    2 No mantener obligaciones vencidas con el IECE

    Certificado de no adeudar al IECE63.

    ANEXO 1.564 REQUISITOS Y DOCUMENTOS MNIMOS EXIGIBLES PREVIO LA FIRMA DE CONTRATO DE FINANCIAMIENTO - BENEFICIARIOS/AS DE POLTICAS DE CUOTAS

    SUBPROGRAMA DE ESTUDIOS DE NIVEL TCNICO, TECNOLGICO SUPERIOR Y TERCER NIVEL

    Nro

    Requisitos Generales

    Documentos de respaldo a ser adjuntados a la solicitud

    1

    Documento que evidencie la condicin auto reportada a travs de encuesta desarrollada por el Sistema Nacional de Nivelacin y Admisin (SNNA), para confirmar su condicin de vulnerabilidad. (DE MANERA OBLIGATORIA SE DEBER JUSTIFICAR DE MANERA INDISTINTA UNA DE ESTAS CONDICIONES)

    a) Certificado de pertenecer a un pueblo o nacionalidad ecuatoriana emitido por las organizaciones de base y avalado por la CODENPE, CODAE O CODEPMOC; o

    b) Declaracin dentro del formulario o solicitud de postulacin al programa. En el caso de que el beneficiario/a del BDH sea de quien depende econmicamente, adjuntar su fotocopia de la cdula y certificado de votacin vigente; o

    c) Declaracin de adversidad econmica en la que se identifique el quintil de ingresos al que pertenece: Q1, Q2, Q3, Q4 o Q5; o

    d) Fotocopia del carn emitido por la entidad pblica componente.

    62 Reforma a travs de Acta Nro. 35-SEG-2014. 63 Reforma a travs de Acta Nro. 02-SEG-2015.