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ndice2Introduccin

21.Sistema Bancario Mexicano

31.1Antecedentes del sistema bancario mexicano

51.2Funciones del Instituto Para el Ahorro Bancario

41.3Funciones del la Comisin Nacional del Ahorro para el Retiro

71.4Funciones de la Comisin Nacional Bancaria y de Valores.

142.Aspectos Socioeconmicos de Mxico

142.1Qu es el desarrollo sustentable?

182.2Qu es el crecimiento econmico?

223.Conclusin

24Bibliografa

Introduccin

El sistema financiero desempea un papel muy importante en la economa de un pas e influye de forma decisiva en su desenvolvimiento ya sea beneficindolo o perjudicndolo, dependiendo de la cantidad y calidad de sus servicios y de la eficiencia con que los preste. La funcin bsica de los intermediarios financieros en la economa consiste en captar los excedentes de las unidades superavitarias y ponerlos a disposicin de las deficitarias para su inversin productiva o de consumo. Mientras ms sofisticado e innovador sea tal sistema y ms eficiente sea la movilizacin del ahorro y su asignacin a las inversiones, repercutir en mejores niveles de crecimiento econmico.El objetivo de este trabajo es desarrollar el surgimiento, organizacin y consolidacin del sistema financiero en nuestro pas, ha jugado un papel muy importante en su desarrollo. Sin embargo, la estructura y caractersticas de dicho proceso han variado a lo largo del tiempo, pasando por diversas etapas de desarrollo y complejidad. La relacin existente entre el sistema financiero y el desarrollo econmico se puede manifestar tan slo considerando al sistema bancario. Ya que ste a travs de la captacin de recursos y la colocacin de los mismos en las actividades productivas y de servicios, ha logrado concentrar un enorme poder econmico e incidir significativamente en el estmulo o desestmulo de ciertos sectores y zonas productivas. 1. Sistema Bancario Mexicano

1.1 Antecedentes del sistema bancario mexicano

El surgimiento del sistema bancario en Mxico, propiamente dicho, fue resultado de un largo proceso iniciado oficialmente en 1830 y que lleg a su culminacin durante el porfirismo. En este lapso la creacin de instituciones de crdito en nuestro pas se retras con respecto a otros pases, a causa de las prolongadas guerras y levantamientos locales que se generalizaron durante el periodo de 1850 a 1880, y a las dificultades propias de las finanzas pblicas. Lo que no impidi que se fundaran unos cuantos bancos y agencias de crdito para apoyar el comercio, la minera, la industria textil y la agricultura, principalmente.

Nacional Monte de PiedadComo antecedente bancario en nuestro pas, cuando an era colonia espaola, surgi el Nacional Monte de Piedad, el cual fue fundado en la ciudad de Mxico en 1775, con un capital de $300,000, por el conde de Regla Pedro Romero de Terreros, para hacer prstamos con garanta de prenda.

En 1879 este organismo recibi la autorizacin para emitir certificados impresos, los cuales deberan ser reembolsables a la vista y al portador, que de hecho fueron billetes. A principios de 1881 la Secretara de Gobernacin le autoriz practicar operaciones bancarias otorgndosele la categora de banco de circulacin y de descuento con garanta de sus propios fondos y se le facult para emitir billetes hasta por $9,000,000. Pero a pesar de los augurios de xito que se le hacan, en 1884, debido a la crisis que se viva en el pas, tuvo que abandonar su calidad de emisor y continuar nicamente con sus primeras operaciones.Banco de Avo de MinasEn 1784 Bajo el reinado del monarca Borbn Carlos III, surgi el Banco de Avo de Minas con el fin de ofrecer recursos a los mineros. Este banco existi legalmente hasta los primeros aos del siglo XIX, aunque sin cumplir sus objetivos, ya que a escasos dos aos de ser fundado se vio en la necesidad de cesar el otorgamiento de sus prstamos, situacin agravada por la constante intervencin de la Corona espaola, que para solventar sus apuros financieros le exiga prstamos y donativos.

La iglesia y los comerciantes

Durante buena parte del siglo XIX existieron prcticas crediticias arcaicas heredadas de la colonia. Sin duda la ms importante, fue la ejercida por la iglesia como institucin de crdito. No obstante, como es bien sabido, en la mitad de ese siglo se produjo el debilitamiento del poder corporativo de la iglesia, tanto poltico como econmico, el cual tuvo una crisis definitiva con las guerras de Reforma, las leyes de desamortizacin y el despojo de sus bienes por parte del gobierno. Por lo que su papel de prestamista, que le haba permitido acumular gran parte de su riqueza, se vio mermado de manera importante.Esa situacin permiti la incorporacin de una clase emergente, compuesta por comerciantes, unos de nuevo cuo y otros tradicionales, que se dedicaron a la especulacin y al agio. Su capital original fue acumulado en el comercio, y acrecentado grandemente con practicas crediticias y especulativas, lo que les permiti participar como empresarios en la industria, la agricultura y la minera. Adems de controlar el comercio con el extranjero, detentar algunos monopolios, incursionar en la poltica y ms adelante en el crdito institucionalizado. Aunque otorgaban prstamos a particulares, sin duda los negocios con el gobierno eran los que representaban mayores ganancias.El Banco de AvoEn la tercera dcada del siglo XIX, surgieron dos instituciones oficiales de crdito. La primera fue el Banco de Avo creada el 16 de octubre de 1830, por decreto del presidente Bustamante, con capital de $1,000,000, que no lleg a completarse durante los doce aos que funcion. Su objetivo principal seria refaccionar la industria, preferentemente las actividades relacionadas con lo textil, pero tambin a otras industrias. Sin embargo, por la persistente carencia de recursos el banco se vio obligado a otorgar un crdito escaso y caro. Esta situacin, unida a la crisis del algodn y consecuentemente de la industria textil mexicana, la pobreza del Estado y de los industriales particulares, hicieron que el banco fuera extinguido el 23 de septiembre de 1842.Banco Nacional de Amortizacin de la moneda de cobreEl otro banco fue el Banco Nacional de Amortizacin de la moneda de cobre, el cual fue establecido el 17 de enero de 1837. Su objetivo central era amortizar la moneda dbil que circulaba en exceso, ya que mucha era falsificada; adems prohiba la acuacin de monedas que no fueran de oro y plata. Sin embargo, la actividad principal del Banco se circunscribi principalmente a procurar recursos al Gobierno para financiar la guerra de Texas y la guerra contra Francia, situacin que llev a que fuera liquidado por el presidente Santa Anna mediante el decreto del 6 de diciembre de 1841.Ambas instituciones tuvieron una corta vida, as como logros muy limitados, debido a la situacin econmica y poltica del pas, que no les permiti progresar. Durante esa poca el comercio bancario no constituy una especialidad, no obstante la existencia de varias casas fuertes dedicadas preferentemente a giros mercantiles, que slo por necesidad o por conveniencia practicaban funciones bancarias, tanto en la capital como en las principales localidades de provincia.Montepos ParticularesEn las Primeras dcadas del siglo XIX tambin llegaron a funcionar voraces montepos particulares donde los intereses llegaban al 10% mensual, adems de que se cometan otros atropellos con los deudores. Esta serie de problemas condujeron a la necesidad de crear instituciones bancarias, por lo que se formularon una serie de incipientes proyectos bancarios. Sin embargo, solamente algunos tuvieron vigencia, aunque no como bancos propiamente, sino como sociedades mutualistas de avo, de socorro o como simples casas de empeo.Banco de Londres y MxicoDe todas las propuestas para establecer un banco nacional antes del imperio de Maximiliano, la ms importante fue la presentada por Manuel Escandn en 1853, quien era uno de los ms importantes empresarios y agiotistas de Mxico. Segn la propuesta la institucin operara como un banco comercial, su misin fundamental consistira en servir de banco de gobierno, abriendo a ste una cuenta corriente. Sin embargo, este proyecto no prosper debido nuevamente a la inseguridad econmica e inestabilidad poltica que continuaban prevaleciendo en el pas.Con el establecimiento del imperio francs en Mxico, encabezado por el archiduque Maximiliano de Habsburgo las propuestas para la formacin de un banco comenzaron a ser mas reales. Una de ellas planteaba el establecimiento de un banco oficial que tuviera el monopolio de la emisin y el virtual control de las finanzas gubernamentales, adems de la franquicia exclusiva para la exportacin de la plata mexicana, sin embargo, nunca lleg a materializarse dicho proyecto.Fue en 1864 cuando el archiduque aprob la concesin que present un grupo de capitalistas ingleses para el establecimiento de una sucursal de una sociedad denominada Banco de Londres, Mxico y Sudamrica. Dicha sucursal abri sus puertas al pblico el 1 de agosto del mismo ao e n la ciudad de Mxico, contando con un capital de $2,500,000. Su establecimiento se llev a cabo sin autorizacin especial, slo mediante la inscripcin en el registro de comercio.Fue as como naci propiamente el primer banco, de emisin, circulacin y descuento en el pas. Curiosamente, dicha banca oper sin privilegios especiales o concesiones gubernamentales, pero contaba con el respaldo de fuertes capitalistas ingleses, por lo que logr sobrevivir y fue en la prctica el primer banco privado comercial que funcion en el pas. Esta sucursal que estuvo siempre dirigida y manejada con gran seriedad, habilidad y cordura fue la que familiariz al pas con el uso del billete de banco, y aunque tuvo que hacer frente a varias crisis, sali siempre victorioso de ellas.

De esta manera, a pesar de todos los intentos por fundar instituciones de crdito en Mxico hasta 1864 slo se contaba con la participacin del Banco de Londres, Mxico y Sudamrica, y con la del Nacional Monte de Piedad.El Banco de Londres, Mxico y Sudamrica no fue un proyecto desligado de la realidad econmica de Mxico, los promotores del banco aprovecharon la favorable coyuntura imperial para la inversin de capitales extranjeros en el pas. Despus de la promulgacin del Cdigo de Comercio en 1884 tuvo lugar el ingreso del Banco de Londres Mxico y Sudamrica al rgimen legal, mediante el traspaso de la concesin del Banco de Empleados, tomando el nombre de Banco de Londres y Mxico.Propuestas para crear bancos durante los gobiernos de Jurez y Lerdo de Tejada.Entre 1869 y 1873, durante los gobiernos de Jurez y Lerdo de Tejada, se pretendi establecer varios bancos en diversas ciudades del pas. Sin embargo, slo se lograron fundar cajas de ahorros o sociedades mutualistas. La razn de su fracaso se debi a que en el pas se segua padeciendo de una persistente escasez de circulante monetario, situacin paradjica en una nacin como Mxico, que era un productor muy importante de plata acuada en el mbito mundial. Esa escasez de circulante monetario, aunada a la inexistencia e insuficiencia despus, de instituciones de crdito propici la proliferacin de medios de pago de lo ms diverso durante este periodo.A pesar de los numerosos intentos, algunos de ellos ya mencionados, para crear instituciones bancarias pblicas o privadas, lo cierto es que durante dos tercios del siglo XIX hubo una virtual inexistencia de ellas, y las que llegaron a funcionar, tuvieron una limitada influencia en la economa nacional. Sin embargo, es importante reconocer su papel de pioneras, al haber introducido el billete de banco y familiarizado al pblico con las prcticas bancarias.El sistema bancario en el porfirismoEn los primeros aos de vida del rgimen porfirista no existan an las condiciones que alimentaran la confianza y el optimismo de los aos ulteriores. Por el contrario, al terminar el primer periodo de gobierno de Daz en 1880, la situacin econmica era semejante a la de los aos de anarqua. Por una parte subsistan an los problemas del erario pblico, debido a la desarticulacin fiscal y a la enorme deuda interna y externa que pesaba sobre ste; adems de que exista en cierta medida el aislamiento de los mercados por la escasa red de comunicaciones y por los sistemas impositivos existentes. Por otra parte, se requera de grandes cantidades de capitales para reactivar la actividad econmica.Ya se haba pensado en recurrir al capital externo, pero la inestabilidad e insolvencia gubernamental, aunadas a la situacin de aislamiento del pas despus de la guerra de intervencin, dificultaron, y de hecho retardaron, la intencin de fomentar la riqueza del pas por esa va.

Sin embargo, Mxico no se escap de las formas de expansionismo econmico del siglo XIX, donde ferrocarriles y bancos aparecieron, simultneamente, en la dcada de 1880 para agilizar los intercambios e integrar los mercados. El establecimiento de instituciones bancarias y la orientacin de las comunicaciones se realiz en las regiones prometedoras, pero principalmente en viejos centros de intercambio mercantil, aprovechando inclusive viejas casas de comercio. Dichas actividades se realizaron, en su mayor parte, con capitales extranjeros, ya que el capital nacional se dedicaba an a negocios que producan ganancias rpidas, aunque muchas veces inseguras.Diez instituciones de crdito precedieron al Cdigo de Comercio de 1884, en el que por primera vez se le dedic un apartado especial a las instituciones de crdito, seis de ellas funcionaron en la capital de la Repblica y cuatro en el estado de Chihuahua. Sin embargo, como no estaban sujetas a la vigilancia oficial, ni daban a conocer sus balances, estados financieros u otra informacin, su trayectoria y funciones durante sus primeros aos son poco conocidas.En el estado de Chihuahua, entre 1875 y 1883 la legislatura estatal autoriz la creacin de los siguientes bancos: el Banco Santa Eulalia, fundado en noviembre de 1875 por el norteamericano Francisco Macmanus, convirtindose en 1889 en el Comercial de Chihuahua y fusionndose 1900 con el Minero de Chihuahua; el Banco Mexicano de Chihuahua, establecido en 1878 con un capital inicial de $750,000, fusionndose en 1895 tambin con el Minero; el Banco Minero de Chihuahua creado en 1882; y el Banco de Chihuahua fundado en 1883 y que desapareci en 1896. Todos tenan la facultad de emitir billetes.Chihuahua fue el nico estado que autoriz el funcionamiento de instituciones de crdito por medio de su legislacin local, sin embargo, los que se fundaron despus de estos sera slo por medio de la autorizacin del Gobierno Federal.Otra institucin que tuvo una influencia importante en la estructuracin de nuestro sistema bancario fue el Banco Nacional Mexicano, el cual pronto se convirti en el banco mexicano ms importante de Mxico. La fundacin del Banco Nacional Mexicano se eligi en un momento excepcional, porque la construccin de los grandes ferrocarriles haba iniciado la reactivacin econmica del pas.En 1881 un grupo de hbiles hombres de negocios de Francia que formaban el Banco Franco- Egipcio, comision a Eduardo Noetzin, miembro de esta institucin, para que obtuviera del presidente Manuel Gonzlez una concesin con objeto de crear en Mxico un Banco Nacional con un capital nominal que podra ser hasta de $20,000,000, pero que comenzara a operar cuando menos con $3,000,000 de caja y tendra el derecho de emitir billetes pagaderos a la vista, al portador y en efectivo, por el triple de su existencia metlica en numerario o en barras de metales preciosos.

Abri sus puertas al pblico el 23 de febrero de 1882, con un capital inicial de $8,000,000, con el 40% pagado. Combin su papel de banco de gobierno con su papel de banco comercial, pero si bien era un banco de gobierno, no era un banco del gobierno porque el control mayoritario de las acciones qued en manos de inversionistas europeos.Este banco sin llegar a constituir un Banco de Estado prest a la Nacin los servicios que le hubiera prestado un banco de esta naturaleza tanto en el interior como en el extranjero. Se encarg de colocar y concentrar los fondos federales, manejar los fondos para el servicio de la deuda pblica, en suma, fue la organizacin bancaria de la cual se vali el gobierno para sus servicios hacendarios. Adems, qued obligada a abrir a la Tesorera una cuenta corriente cuyo movimiento podra llegar anualmente hasta $8,000,000, a un tipo de inters que no bajase del 4 ni excediera del 6% anual.La apertura de este crdito al erario tuvo un peso clave en la decisin del gobierno mexicano para concederle al Banco Nacional las diversas prerrogativas que en materia bancaria se le otorgaron en el convenio de 1881 y que se confirmaron en 1884. Le fueron concedidas diversas exenciones de impuestos y ciertos derechos exclusivos, como el de que sus billetes fuesen, junto con los del Monte de Piedad, los nicos admisibles en las oficinas recaudadoras de la Federacin, y el de ser preferido en los negocios financieros y hacendarios de toda especie.El 27 de marzo de 1882, se estableci el Banco Mercantil Mexicano, con un capital nominal de $4,000,000, con el 25% pagado en su totalidad por casas mexicanas y espaolas, aunque sin contar con concesin oficial. Se dedic a la circulacin, prstamo, descuento, emisin y dems operaciones anlogas. Esta nueva institucin goz en todo momento de la confianza y estimacin de su clientela, inspirada en la solvencia moral y econmica de sus socios fundadores, quienes, en su mayora eran empresarios comerciantes ampliamente reconocidos.El hecho de que esta institucin no contara con la concesin del gobierno la liberaba de tener que otorgarle servicios especiales y destinarle, en calidad de prstamo, importantes sumas de dinero. Estuvo funcionando en constante competencia con el Nacional Mexicano, hasta que con motivo de la crisis de 1884 y a instancias del gobierno, decidieron fusionarse en una nueva institucin denominada Banco Nacional de Mxico.Con la unin de estas instituciones se buscaba obtener seguridad ante las tempestades y dificultades econmicas, financieras y monetarias del momento. Pero fue ms que nada el hecho de que la Hacienda Pblica tropezaba con grandes dificultades financieras, lo que propici que el gobierno impulsara la fusin de estos bancos, ya que de esta manera se creara una nueva institucin bancaria, que mediante concesiones especiales, estuviera en condiciones de abrir al gobierno nuevas fuentes de recursos y prstamos.El contrato del Banco Nacional de Mxico fue firmado el 15 de mayo de 1884, bajo los siguientes trminos: se estableci el derecho del banco para emitir billetes hasta por el triple de la suma que tuviera en caja, en moneda efectiva de oro o plata o en barras de metales preciosos, los cuales llevaran un timbre o sello puesto por la Oficina del Timbre de medio centavo en los de 1, 2, 5, 10, 20 y 50 pesos y de un centavo en los de 100, 400 y 1,000; la concesin se prolongara por cincuenta aos, sus franquicias y exenciones seran ampliadas; adems el gobierno se comprometa a no otorgar ms concesiones para la creacin de instituciones crediticias, as como elaborar una legislacin para garantizar los privilegios del banco. A cambio el Banco Nacional de Mxico se comprometi a incrementar su capital a $20,000,000 y a que la Tesorera de la Nacin tuviera una cuenta corriente que podra llegar hasta $8,000,000 anuales, con un inters del 6%, entre otros servicios.As, la circulacin fiduciaria estaba en 1882 en manos de dos establecimientos libres, el Banco de Londres, Mxico y Sudamrica y el Banco Mercantil Mexicano; de una institucin de beneficencia regida por funcionarios pblicos, el Nacional Monte de Piedad, y de un banco autorizado legalmente para emitir billetes y practicar las operaciones consiguientes, el Nacional Mexicano.Otra institucin fue el Banco Hipotecario que se fund en 1882, cambiando a Banco Internacional Hipotecario en 1888, siendo el precursor en los de su tipo y, por cerca de veinte aos, fue el nico dedicado a los prstamos sobre bienes races.Tambin se estableci el Banco de Empleados, en 1883, con un capital de $5,000,000, cuyo objetivo principal sera practicar operaciones con los empleados pblicos, pero con la facultad de emitir billetes reembolsables al portador y a la vista. Este banco, fundado por un grupo financieramente dbil, no lleg a tener importancia, ni siquiera lleg a usar su derecho de emisin, temeroso de no contar con el apoyo del pblico para la circulacin de sus billetes. Y desapareci mediante el traspaso de su concesin al Banco de Londres, Mxico y Sudamrica.Desde los primeros meses de 1883, comenzaron a resentirse las dificultades financieras del gobierno, quien haba comprometido sus ingresos en el subsidio a los ferrocarriles y que an no lograba llevar a cabo una reforma hacendaria. Adems, en este ao se resinti una severa reduccin de los ingresos aduanales ante la retraccin del mercado internacional, lo que se sum a la baja exportacin de metlico, y a la crecida deuda gubernamental. El alto costo de la subvencin de los ferrocarriles, los prstamos otorgados por bancos y particulares, ms los rezagos en los sueldos de los empleados pblicos, provocaron una nueva sacudida para la Hacienda pblica.Al mismo tiempo, la vida econmica de Mxico se vio paralizada inesperadamente a causa de la recesin econmica internacional de 1884 que provoc el retiro de capitales norteamericanos. Estos problemas afectaron principalmente al gobierno que se convirti en el centro de las tensiones y desajustes en el mbito monetario y crediticio palpable en la banca rota del Tesoro Pblico.Dicha quiebra fue solventada con el apoyo del Banco Nacional Mexicano y con la cooperacin del Banco Mercantil en momentos en que an permanecan cerradas las puertas del crdito europeo. A lo largo del siglo XIX, la posibilidad de obtener recursos externos se mantuvo cerrada para los gobiernos mexicanos, sin embargo, en 1888 se logr finalmente restablecer el crdito pblico mexicano en los mercados internacionales, con el arreglo de la llamada deuda inglesa.La prolongacin de la crisis condujo a una revisin de las recin fundadas instituciones de crdito y a que se empezaran las negociaciones para establecer un ttulo especial sobre bancos en el Cdigo de Comercio y un nuevo contrato de concesin en el cual fue reconocido el Banco Nacional de Mxico.

El marco legal vigente para las operaciones bancarias durante este periodo estuvo determinado por el Cdigo de Comercio de 1884, que en su ttulo XIII haca referencia a los bancos. La legislacin sobre la materia haba sido solicitada en diversas ocasiones por el Nacional con el fin de legalizar los trminos de su contrato, y de garantizar suficientemente a tales establecimientos, de la pugna y peligro que podan surgir de establecimientos anlogos actuales y futuros.La fusin de los bancos, el nuevo contrato y la legislacin tuvieron un gran significado poltico a corto y largo plazo. A partir de este momento la banca y la Hacienda quedaron ntimamente ligados por objetivos y tareas comunes. El gobierno del Porfirio Daz comenz su labor otorgando concesiones para la construccin de ferrocarriles, pero las reforz con la formacin de una entidad bancaria que sera el sostn fundamental de sus operaciones cotidianas e intermediario insustituible para la recuperacin del crdito en el interior y en el exterior.Es evidente que el Cdigo de Comercio de 1884 fue el primer paso importante para organizar un sistema bancario firme, pero cinco aos despus fue derogado por el de 1889, el cual intentara romper los privilegios otorgados al Banco Nacional de Mxico, ya que su objetivo era poner a todos los bancos bajo preceptos de carcter general. Sin embargo, las facultades discrecionales que en materia bancaria dio este Cdigo al Ejecutivo, provocaron la creacin de diversas instituciones de crdito en forma anrquica e incongruente.Antes de la creacin Ley de 1897 los bancos que se encontraban operando, adems del Banco Nacional de Mxico, el de Londres y Mxico, el Minero y el Comercial de Chihuahua, eran el Banco Yucateco y el Banco Mercantil de Yucatn fundados en 1889, el de Durango fundado en 1890 y los bancos de Nuevo Len y Zacatecas, fundados en 1891. Adems de estas instituciones que estaban en operacin, se haban extendido concesiones para bancos de emisin, agrcolas, industriales y mineros en Jalisco, Puebla, Guanajuato, San Luis Potos (dos concesiones), Durango, Yucatn (tres concesiones), Nuevo Len, Veracruz, Sonora y Zacatecas, aunque no todos llegaron a establecerse.De esta forma, se constituy un sistema anrquico en el que las concesiones tenan diversos trminos, as por ejemplo, una concesin terminaba en 1904 y las otras en una fecha ms lejana, concluyendo la ltima hasta 1939, ya que los plazos de concesin variaban entre 15 y 25 aos; los capitales sociales mnimos no eran uniformes; el capital exhibido variaba entre el 40 y el 50%; las emisiones se garantizaban con el 33 o el 50% en metlico y las denominaciones de los billetes por emitir carecan tambin de uniformidad. Adems, la emisin se regulaba para unos bancos, por el monto del capital social.La circulacin se garantizaba exigindose a unos bancos fianzas, a otros depsitos y a otros una garanta de diverso gnero; los fondos de reserva se constituyeron en muy distintas proporciones, segn los establecimientos; el derecho de establecer sucursales era limitado para ciertos bancos y para otros estaba sujeto a restricciones diversas.Como podemos observar, no todas las instituciones de crdito que se crearon perduraron ya fuera por la situacin econmica o poltica del pas o bien porque los gobiernos en turno las utilizaron para solventar sus apuros pidindoles prstamos y donativos. Lo que provoc que la vida de estas instituciones fuera corta y con logros muy limitados.Pero los intentos por crear instituciones de crdito no siempre terminaron en bancos, ya que finalmente terminaron siendo simples cajas de ahorros o sociedades mutualistas, bsicamente porque la escasez de circulante monetario prevaleca en el pas. Situacin que gener un crdito escaso y caro, adems proliferando distintos medios de pago, ya que de alguna u otra forma las necesidades crediticias se tenan que cubrir.Problemas que se siguieron presentando hasta principios de porfiriato, hasta que el expansionismo econmico generalizado en todo el mundo tambin se manifest en Mxico, principalmente a travs de la creacin de los ferrocarriles y de los bancos, lo que permiti la integracin de los mercados. Sin embargo, hay que destacar que se hizo principalmente en las antiguas regiones de intercambio mercantil y con capitales extranjeros.Debido a la situacin que prevaleca en el pas, la creacin del Banco de Londres y Sudamrica se realiz con capital extranjero. Sin embargo, el papel de este banco es muy importante ya que es considerado como el primer banco comercial en Mxico, adems de que fue el que familiariz a las personas con el uso de billetes de banco.Otro punto que es importante sealar sobre el surgimiento de los primeros bancos del pas, es que la creacin de los bancos en la ciudad de Mxico (de 1864 a 1884), fue paralela a la del norte del pas (de 1875 a 1883 en Chihuahua), y que no muy alejados estuvieron los creados en el sur del pas (en 1889 en Yucatn). Situacin que nos refleja claramente cuales eran los centros econmicos ms importantes en ese periodo, y por ende porque fueron los primeros en establecer bancos.Es importante sealar que la creacin de todas las instituciones bancarias se hizo bsicamente con la finalidad de servirle al gobierno como fuentes de recursos y prstamos, ms no se hizo pensando en que el pas necesitaba de estas instituciones para promover el desarrollo econmico. De ah que el gobierno estuviera muy interesado en la fusin entre el Nacional Mexicano y el Mercantil de MxicoAunque las diferentes legislaciones referentes al crdito permitieron la diversidad que exista en todos los aspectos relacionados, tanto con el establecimiento como con el funcionamiento de las instituciones de crdito, jugaron un papel muy importante para el sistema bancario del pas, en especial la Ley General de Instituciones de Crdito de 1897. De ah que sea importante dedicarle un apartado especial para conocer los antecedentes legislativos que la antecedieron, as como las condiciones en que fue creada.1.2 Funciones del Instituto Para el Ahorro Bancario

El IPAB es un organismo descentralizado de la Administracin Pblica Federal, sectorizado a la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, con personalidad jurdica y patrimonio propios y con domicilio en el Distrito Federal, cuyas funciones se encuentran reguladas en la Ley de Proteccin al Ahorro Bancario (LPAB) y en la Ley de Instituciones de Crdito (LIC). El IPAB tiene por mandato legal administrar el sistema de proteccin al ahorro bancario en Mxico (seguro de depsitos), en beneficio de los ahorradores que realicen operaciones bancarias consideradas como obligaciones garantizadas (depsitos, prstamos y crditos), de conformidad con lo dispuesto por la LPAB y la LIC; lo anterior, en los trminos y con las limitantes contenidos en las disposiciones normativas correspondientes. El IPAB pagar el saldo de las obligaciones garantizadas, considerando el monto del principal y accesorios, hasta por una cantidad equivalente a 400,000 unidades de inversin (factor de indexacin de la cobertura otorgada) por persona, fsica o moral, cualquiera que sea el nmero y clase de dichas obligaciones a su favor y a cargo de una misma institucin de banca mltiple.Asimismo, el IPAB tiene por objeto realizar los actos correspondientes para resolver al menor costo posible instituciones de banca mltiple con problemas financieros que afecten su nivel de capitalizacin, a travs de la determinacin e implementacin de mtodos de resolucin que permitan la salida ordenada del sistema bancario de dichas instituciones de banca mltiple y, de esta forma, contribuir a la estabilidad del aludido sistema y el buen funcionamiento del sistema de pagos.1.3 Funciones del la Comisin Nacional del Ahorro para el Retiro

La labor de la Comisin Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro es regular al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR). El SAR engloba todas las aportaciones que hacen los trabajadores y las empresas, durante la vida laboral de los trabajadores, a una cuenta de ahorro cuyo dueo (titular) es cada uno de los trabajadores (cuentas individuales). Dichas cuentas individuales sirven para que los trabajadores, una vez que alcancen su edad de retiro (como jubilados o pensionados), tengan los recursos suficientes para poder cubrir sus gastos y como previsin social. La Consar establece las reglas para que el SAR funcione adecuadamente.

La Consar tambin regula a las empresas administradoras de fondos para el retiro (afores), que son las empresas que administran estas cuentas individuales de los trabajadores, ya que la Consar tambin vigila que se resguarden de manera adecuada los recursos de los trabajadores.

El Sistema de Ahorro para el Retiro integra un conjunto de entidades encaminadas a administrar y regular los fondos que los afiliados ahorran para su retiro durante su vida laboral. Entre las entidades participantes en este sistema se encuentran, entre otros, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las Sociedades de Inversin Especializadas en Fondos para el Retiro (Siefores) y la Comisin Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) como organismo regulador.

La Consar tiene varias facultades otorgadas por la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, entre las principales se encuentran:

I. Regular, mediante la expedicin de disposiciones de carcter general, lo relativo a la operacin de los sistemas de ahorro para el retiro, la recepcin, depsito, transmisin y administracin de las cuotas y aportaciones correspondientes a dichos sistemas, as como la transmisin, manejo e intercambio de informacin entre las dependencias y entidades de la Administracin Pblica Federal, los institutos de seguridad social y los participantes en los referidos sistemas, determinando los procedimientos para su buen funcionamiento;

II. Expedir las disposiciones de carcter general a las que habrn de sujetarse los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro, en cuanto a su constitucin, organizacin, funcionamiento, operaciones y participacin en los sistemas de ahorro para el retiro, tratndose de las instituciones de crdito esta facultad se aplicar en lo conducente;

III. Emitir en el mbito de su competencia la regulacin prudencial a que se sujetarn los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro;

IV. Emitir reglas de carcter general para la operacin y pago de los retiros programados;

V. Establecer las bases de colaboracin entre las dependencias y entidades pblicas participantes en la operacin de los sistemas de ahorro para el retiro;

VI. Otorgar, modificar o revocar las autorizaciones a que se refiere esta ley, a las administradoras y sociedades de inversin;

VI bis. Conocer de los nombramientos de los consejeros, directores generales, funcionarios de los dos niveles inmediatos inferiores y comisarios de los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro, con excepcin de las instituciones de crdito;VII. Realizar la supervisin de los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro. Tratndose de las instituciones de crdito, la supervisin se realizar exclusivamente en relacin con su participacin en los sistemas de ahorro para el retiro.

La Comisin Nacional Bancaria y de Valores, la Comisin Nacional de Seguros y Fianzas y la Comisin, de comn acuerdo, establecern las bases de colaboracin para el ejercicio de sus funciones de supervisin;

VIII. Administrar y operar, en su caso, la Base de Datos Nacional SAR;

IX. Imponer multas y sanciones, as como emitir opinin a la autoridad competente en materia de los delitos previstos en esta ley;

X. Actuar como rgano de consulta de las dependencias y entidades pblicas, en todo lo relativo a los sistemas de ahorro para el retiro, con excepcin de la materia fiscal;

XI. Celebrar convenios de asistencia tcnica;

XII. Dictar reglas de carcter general para determinar la forma en que las administradoras debern remunerar a sus agentes promotores, ya sea que stos tengan una relacin laboral con la administradora, le presten sus servicios a travs de terceros, o sean independientes;

XIII. Rendir un informe trimestral al Congreso de la Unin sobre la situacin que guardan los Sistemas de Ahorro para el Retiro, en el que se debern considerar apartados especficos sobre:

a) Las carteras de inversin de las sociedades de inversin, incluyendo un anlisis detallado de cmo el rgimen de inversin cumple con lo descrito en el artculo 43 de esta Ley;

b) La adquisicin de valores extranjeros. Este apartado deber incluir informacin del porcentaje de la cartera de cada Sociedad de Inversin invertido en estos valores, los pases y monedas en que se hayan emitido los valores adquiridos, as como un anlisis detallado del efecto de estas inversiones en los rendimientos de las sociedades de inversin;

c) Las medidas adoptadas por la Comisin para proteger los recursos de los trabajadores a que se refiere la fraccin XIII bis del presente artculo;

d) Informacin estadstica de los trabajadores registrados en las administradoras, incluyendo clasificacin de trabajadores por nmero de semanas de cotizacin, nmero de trabajadores con aportacin, nmero de trabajadores con aportaciones voluntarias y aportacin promedio, clasificacin de los trabajadores por rango de edad y distribucin de sexo y cotizacin promedio de los trabajadores, densidad de cotizacin por rango de ingreso, edad y sexo. La informacin anterior ser desglosada por administradora y por instituto de seguridad social o trabajador no afiliado, segn corresponda;

e) Informacin desagregada por administradora relativa a los montos de Rendimiento Neto, de Rendimiento Neto Real, pagados a los trabajadores, al cobro de comisiones, y en caso de presentarse minusvalas, el monto de stas y el porcentaje que corresponda por tipo de inversin.

XIII bis. Establecer medidas para proteger los recursos de los trabajadores cuando se presenten circunstancias atpicas en los mercados financieros. As como dictar reglas para evitar prcticas que se aparten de los sanos usos comerciales, burstiles o del mercado financiero;

XIV. Dar a conocer a la opinin pblica reportes sobre comisiones, nmero de trabajadores registrados en las administradoras, estado de situacin financiera, estado de resultados, composicin de cartera y rentabilidad de las sociedades de inversin, cuando menos en forma trimestral;

XV. Elaborar y publicar estadsticas y documentos relacionados con los sistemas de ahorro para el retiro.1.4 Funciones de la Comisin Nacional Bancaria y de Valores.

El 28de abril de 1995, el Congreso de la Unin aprob la Ley de la Comisin Nacional Bancaria y de Valores (LCNBV), consolidando en un slo rgano desconcentrado, las funciones que correspondan a la Comisin Nacional Bancaria (CNB) y a la Comisin Nacional de Valores (CNV).

La CNBV nace con el mandato de supervisar y regular las entidades que conforman al sistema financiero mexicano, a fin de procurar su estabilidad, correcto funcionamiento, mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo del sistema financiero en su conjunto, y proteger los intereses del pblico.

A su vez, la CNBV conserva plenamente las facultades de autoridad que tenan las Comisiones fusionadas, complementndolas con el establecimiento de programas preventivos y de correccin para eliminar irregularidades en las entidades supervisadas.

Adicionalmente, a la Comisin se le otorga la facultad de dictar normas prudenciales orientadas a preservar la liquidez, la solvencia y la estabilidad de los intermediarios. Tales regulaciones prudenciales son, entre otras, las quese refieren a diversificacin de riesgos, capitalizacin y creacin de provisiones preventivas.Mediante estas herramientas, la CNBV se erigi como una autoridad fuerte, confiable, creble y segura; en los siguientes aos desarroll mtodos de regulacin y supervisin, que han dado solidez al sistema financiero mexicano, lo que se refleja en los altos ndices de capitalizacin, y que tambin han permitido enfrentar diversas crisis mundiales.La CNBV tiene varias facultades otorgadas por la Ley, entre las principales se encuentran:

I. Realizar la supervisin de las entidades financieras; del fondo de proteccin a que se refiere la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Prstamo; de las Federaciones y del fondo de proteccin a que se refiere la Ley de Ahorro y Crdito Popular, as como de las personas fsicas y dems personas morales cuando realicen actividades previstas en las Leyes relativas al sistema financiero.

Tratndose de sociedades cooperativas de ahorro y prstamo, nicamente corresponder a la Comisin la supervisin de aquellas con niveles de operacin I a IV a que se refiere la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Prstamo;

II.- Emitir en el mbito de su competencia la regulacin prudencial a que se sujetarn las entidades;

III.- Dictar normas de registro de operaciones aplicables a las entidades;

IV.- Fijar reglas para la estimacin de los activos y, en su caso, de las obligaciones y responsabilidades de las entidades, en los trminos que sealan las leyes;

V.- Expedir normas respecto a la informacin que debern proporcionarle peridicamente las entidades;

VI.- Emitir disposiciones de carcter general que establezcan las caractersticas y requisitos que debern cumplir los auditores de las entidades, as como sus dictmenes;

VII.- Establecer los criterios a que se refiere el artculo 2o. de la Ley del Mercado de Valores, as como aqullos de aplicacin general en el sector financiero acerca de los actos y operaciones que se consideren contrarios a los usos mercantiles, bancarios y burstiles o sanas prcticas de los mercados financieros y dictar las medidas necesarias para que las entidades ajusten sus actividades y operaciones a las leyes que les sean aplicables, a las disposiciones de carcter general que de ellas deriven y a los referidos usos y sanas prcticas;

VIII.- Fungir como rgano de consulta del Gobierno Federal en materia financiera;

IX.- Procurar a travs de los procedimientos establecidos en las leyes que regulan al sistema financiero, que las entidades cumplan debida y eficazmente las operaciones y servicios, en los trminos y condiciones concertados, con los usuarios de servicios financieros;

X. Certificar a los auditores externos independientes y dems profesionales, a efecto de que presten sus servicios a las entidades y personas sujetas a la supervisin de la Comisin para la verificacin del cumplimiento de las leyes financieras y de las disposiciones que emanen de ellas en materia de prevencin, deteccin y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artculos 139, 148 Bis o 400 Bis del Cdigo Penal Federal, por parte de las entidades y personas obligadas a dicho rgimen, as como a los oficiales de cumplimiento, en trminos de las disposiciones de carcter general que expida la Comisin para tales efectos. Dicha certificacin, en trminos de las citadas disposiciones, deber renovarse cada cinco aos;

X Bis. Certificar a los auditores y dems profesionales, a efecto de que coadyuven con la Comisin cuando sta los contrate, para la verificacin del cumplimiento de las leyes financieras y de las disposiciones que emanen de ellas en materia de prevencin, deteccin y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artculos 139, 148 Bis o 400 Bis del Cdigo Penal Federal, en trminos de las disposiciones de carcter general que expida la Comisin para tales efectos. Dicha certificacin, en trminos de las citadas disposiciones, deber renovarse cada cinco aos;

XI. Autorizar la constitucin y operacin de aquellas entidades que sealan las leyes y, en su caso, acordar la revocacin de dichas autorizaciones, as como determinar el capital mnimo y los requerimientos de capitalizacin a los que debern sujetarse las entidades conforme lo sealen las leyes;

XII.- Autorizar a las personas fsicas que celebren operaciones con el pblico, de asesora, promocin, compra y venta de valores, como apoderados de los intermediarios del mercado de valores, en los trminos que sealen las leyes aplicables a estos ltimos;

XIII.- Determinar o recomendar que se proceda a la amonestacin, suspensin o remocin y, en su caso, inhabilitacin de los consejeros, directivos, comisarios, delegados fiduciarios, apoderados, funcionarios, auditores externos independientes y dems personas que puedan obligar a las entidades, de conformidad con lo establecido en las leyes que las rigen;

XIV.- Ordenar la suspensin de operaciones de las entidades de acuerdo a lo dispuesto en esta Ley;

XV.- Intervenir administrativa o gerencialmente a las entidades, con objeto de suspender, normalizar o resolver las operaciones que pongan en peligro su solvencia, estabilidad o liquidez, o aqullas violatorias de las leyes que las regulan o de las disposiciones de carcter general que de ellas deriven, en los trminos que establecen las propias leyes;

XVI.- Investigar aquellos actos de personas fsicas, as como de personas morales que no siendo entidades del sector financiero, hagan suponer la realizacin de operaciones violatorias de las leyes que rigen a las citadas entidades, pudiendo al efecto ordenar visitas de inspeccin a los presuntos responsables;

XVII.- Ordenar la suspensin de operaciones, as como intervenir administrativa o gerencialmente, segn se prevea en las leyes, la negociacin, empresa o establecimientos de personas fsicas o a las personas morales que, sin la autorizacin correspondiente, realicen actividades que la requieran en trminos de las disposiciones que regulan a las entidades del sector financiero, o bien proceder a la clausura de sus oficinas;

XVIII.- Investigar actos o hechos que contravengan lo previsto en la Ley del Mercado de Valores, para lo cual podr practicar visitas que versen sobre tales actos o hechos, as como emplazar, requerir informacin o solicitar la comparecencia de presuntos infractores y dems personas que puedan contribuir al adecuado desarrollo de la investigacin;

XIX.- Imponer sanciones administrativas por infracciones a las leyes que regulan las actividades, entidades y personas sujetas a su supervisin, as como a las disposiciones que emanen de ellas y, en su caso, coadyuvar con el ministerio pblico respecto de los delitos previstos en las leyes relativas al sistema financiero; XIX Bis. Realizar, a solicitud de la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico y del Ministerio Pblico Federal, como coadyuvante de dichas dependencias, actividades de investigacin en entidades financieras y dems personas sujetas a su supervisin, con propsitos de deteccin de recursos y obtencin de informacin para efectos de lo dispuesto en la Ley Federal para la Prevencin e Identificacin de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilcita, as como para la persecucin de las conductas que pudieran favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperacin de cualquier especie, para la comisin del delito previsto en los artculos 139 y 148 Bis del Cdigo Penal Federal o que pudieran ubicarse en los supuestos del artculo 400 Bis del mismo Cdigo.

Las facultades de investigacin a que se refiere esta fraccin, se ejercern en los trminos del artculo 5 de esta Ley. La Comisin rendir un informe del resultado de sus investigaciones a la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico y al Ministerio Pblico Federal para los fines que resulten aplicables.

Las actividades de investigacin y la presentacin del informe no implicar transgresin alguna a los secretos financieros contemplados en las leyes relativas al sistema financiero mexicano;

XX.- Conocer y resolver sobre el recurso de revocacin que se interponga en contra de las sanciones aplicadas, as como condonar total o parcialmente las multas impuestas;

XXI.- Intervenir en los procedimientos de liquidacin de las entidades en los trminos de ley;

XXII.- Determinar los das en que las entidades debern cerrar sus puertas y suspender sus operaciones;

XXIII. Elaborar y publicar estadsticas relativas a las entidades y mercados financieros, indicadores de solvencia, estabilidad y liquidez, as como realizar y difundir estudios y estimaciones de escenarios de mercados que permitan la comparabilidad de informacin.

Asimismo, la Comisin podr publicar muestras representativas de bases de datos relativas a operaciones y servicios de las entidades o de segmentos de los mercados del sistema financiero, siempre que la informacin correspondiente no contenga informacin reservada o confidencial;

XXIV.- Celebrar convenios con organismos nacionales e internacionales con funciones de supervisin y regulacin similares a las de la Comisin, as como participar en foros de consulta y organismos de supervisin y regulacin financieras a nivel nacional e internacional;

XXIV Bis. Celebrar convenios de intercambio de informacin que no sea reservada o confidencial en trminos de las disposiciones legales aplicables, con instituciones de investigacin o docencia pblicas o privadas, para fines acadmicos y de difusin del sistema financiero mexicano;

XXV.- Proporcionar la asistencia que le soliciten las instituciones supervisoras y reguladoras de otros pases, para lo cual en ejercicio de sus facultades de inspeccin y vigilancia, podr recabar respecto de cualquier persona la informacin y documentacin que sea objeto de la solicitud;

XXVI.- Intervenir en la emisin, sorteos y cancelacin de ttulos o valores de las entidades, en los trminos de ley, cuidando que la circulacin de los mismos no exceda de los lmites legales;

XXVII. Se deroga

XXVIII.- Llevar el Registro Nacional de Valores e Intermediarios y certificar inscripciones que consten en el mismo;

XXIX.- Autorizar, suspender o cancelar la inscripcin de valores y especialistas burstiles en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, as como suspender la citada inscripcin por lo que hace a las casas de bolsa;

XXX.- Supervisar a los emisores de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, respecto de las obligaciones que les impone la Ley del Mercado de Valores;

XXXI.- Dictar las disposiciones de carcter general relativas a la forma y trminos en que las sociedades emisoras que dispongan de informacin privilegiada tendrn la obligacin de hacerla de conocimiento del pblico;

XXXII.- Expedir normas que establezcan los requisitos mnimos de divulgacin al pblico que las instituciones calificadoras de valores debern satisfacer sobre la calidad crediticia de las emisiones que stas hayan dictaminado y sobre otros aspectos tendientes a mejorar los servicios que las mismas prestan a los usuarios;

XXXIII.- Emitir reglas a que debern sujetarse las casas de bolsa al realizar operaciones con sus accionistas, consejeros, directivos y empleados;

XXXIV.- Autorizar y vigilar sistemas de compensacin, de informacin centralizada, calificacin de valores y otros mecanismos tendientes a facilitar las operaciones o a perfeccionar el mercado de valores;

XXXV.- Ordenar la suspensin de cotizaciones de valores, cuando en su mercado existan condiciones desordenadas o se efecten operaciones no conformes a sanos usos o prcticas;

XXXVI.- Emitir las disposiciones necesarias para el ejercicio de las facultades que esta Ley y dems leyes le otorgan y para el eficaz cumplimiento de las mismas y de las disposiciones que con base en ellas se expidan;

XXXVII. Llevar el registro de centros cambiarios y de transmisores de dinero y, en su caso, modificar o cancelar las inscripciones o anotaciones que se contengan en dicho registro, en los trminos que establecen las propias leyes, as como expedir las bases relativas a su organizacin y funcionamiento y a la obtencin de las inscripciones correspondientes, y

XXXVIII.- Las dems facultades que le estn atribuidas por esta Ley, por la Ley Reglamentaria de la Fraccin XIII Bis del Apartado B, del Artculo 123 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos y por otras leyes. 2. Aspectos Socioeconmicos de Mxico2.1 Qu es el desarrollo sustentable?

El desarrollo sustentable ha generado aparentemente una visin innovadora a la humanidad en este nuevo siglo; toda vez que es un concepto que propone la proteccin de la naturaleza, adems de la equidad social presente y futura.

El desarrollo sustentable no pone a debate ni discute sobre sistemas polticos ni econmicos sino que, a partir del medio ambiente, postula un cambio social pacfico y gradual, que de manera organizada y planificada modifique nuestra relacin con la naturaleza, con nosotros mismos y con la sociedad. De esta manera, el desarrollo sustentable ha creado una gran adhesin a su favor porque en su discurso ofrece puntos centrales de consenso imposibles de rechazar; sin embargo, esto se debe a una razn muy simple: hace falta anlisis por lo que no se observa que la definicin quede muy amplia para ser puesta en prctica.

El concepto se acepta como propuesta social pero no puede aplicarse fcilmente a procesos de trabajo especficos; no obstante, es su amplitud lo que permite que existan mltiples interpretaciones en torno a la sustentabilidad.El concepto de desarrollo sustentable, tal como se difunde actualmente, puede ubicarse en 1983, cuando la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU) cre la Comisin Sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, presidida por Gro Harlem Brundtland, quien fuera primer ministro de Noruega. El equipo de trabajo, tambin denominado Comisin Brundtland, efectu estudios, disertaciones, anlisis, debates y consultas pblicas, por todo el mundo, durante tres aos aproximadamente, finalizando en abril de 1987, con la publicacin y divulgacin del informe llamado Nuestro Futuro Comn mejor conocido como El Informe Brundtland.

En este documento se seala con claridad que la sociedad debe modificar su estilo y hbitos de vida, si no se quiere que la crisis social y la degradacin de la naturaleza se extiendan de manera irreversible. Nuestro Futuro Comn reconoce que hay asimetras entre los pases y que se profundizan con la pobreza de las naciones en desarrollo; a pesar de esto, la Comisin Brundtland propone objetivos comunes, en un intento de generar una amplia aceptacin para unificar las posiciones e intereses de pases y sociedades diversas que hacen compleja la interpretacin de la idea de sustentabilidad. En el Informe Brundtland se define el concepto de Desarrollo Sustentable, de la siguiente manera: El desarrollo sustentable es el desarrollo que satisface las necesidades de la generacin presente, sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras, para satisfacer sus propias necesidades. Encierra en s, dos conceptos fundamentales:

El concepto de necesidades, en particular las necesidades esenciales de los pobres a los que debera otorgarse prioridad preponderante;

La idea de limitaciones impuestas por el estado de la tecnologa y la organizacin social entre la capacidad del medio ambiente para satisfacer las necesidades presentes y futuras.

Por consiguiente, los objetivos del desarrollo econmico y social se deben definir desde el punto de vista de su sustentabilidad.

Esta definicin es la ms conocida y, de hecho, es la raz de la cual se desprenden otras conceptualizaciones respecto de la sustentabilidad.

La intencin bsica del desarrollo sustentable es crear un proceso que permita el desarrollo social, pero de una manera en la que, para las generaciones venideras, deben seguir permaneciendo los recursos naturales y los ecosistemas que garanticen un bienestar y una calidad de vida adecuados.

El desarrollo sustentable no deja de ser desarrollo, pero con un adjetivo que lo califica: sustentabilidad; es decir, debe tener una serie de atributos y caractersticas que le permitan su capacidad de permanecer y reproducirse a niveles cada vez ms amplios.

Al hablar de un tipo de desarrollo que permita satisfacer las necesidades de la generacin presente, sin poner en riesgo la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer las suyas, es posible observar dos planteamientos; por un lado, existe un componente tico relativo al hombre, pues al pensar en generaciones futuras y no slo en las generaciones actuales la nica razn a la que puede recurrirse es al principio de solidaridad, que es un principio tico; por otro lado, tenemos un componente ecolgico relativo a la naturaleza, al hablar de la necesidad de mantener la capacidad de recuperacin del ecosistema. Ambos planteamientos se unen en el desarrollo sustentable pensando en una relacin en donde los dos salgan beneficiados.

El desarrollo sustentable requiere de una poltica donde toda actividad productiva se ocupe de satisfacer las necesidades de la poblacin actual, y se preocupe por atender las necesidades de las generaciones futuras, en funcin de los recursos disponibles, lo que implica orden y lmites que deben establecerse a la organizacin social actual.

A pesar de que en el Informe Brundtland se especifica lo que es Desarrollo Sustentable, el tema queda abierto a distintas interpretaciones pues, en su apartado de conclusiones, Nuestro Futuro Comn seala slo vaguedades para hacerlo operativo:

En su sentido ms amplio, la estrategia para el desarrollo sustentable tiende a promover las relaciones armoniosas de los seres humanos entre s y entre la humanidad y la naturaleza. La consecucin de un desarrollo sustentable requiere:

Un sistema poltico democrtico que asegure a sus ciudadanos una participacin efectiva en la toma de decisiones;

Un sistema econmico capaz de crear excedentes y conocimiento tcnico sobre una base autnoma y constante;

Un sistema de produccin que cumpla con el imperativo de preservar el medio ambiente;

Un sistema tecnolgico capaz de investigar constantemente nuevas soluciones;

Un sistema internacional que promueva modelos duraderos de comercio y finanzas; y,

Un sistema administrativo flexible y capaz de corregirse de manera autnoma.

A partir de estas recomendaciones se puede establecer que, para lograr la sustentabilidad, es cuestin de buena voluntad, sobre todo de los gobiernos del mundo, ignorando o bien omitiendo deliberadamente, que se vive en un mundo donde los sistemas econmicos y polticos contradicen todo principio de sustentabilidad.

Lo que cuenta es la sinceridad en la persecucin de dichos objetivos y la eficacia con que se corrigen sus desviaciones. En este sentido, el desarrollo sustentable es un proceso de estudio y adaptacin, ms que un estado definitivo por tanto podemos afirmar que nunca se alcanzar.

Al plantearse de forma tan amplia, el concepto de desarrollo sustentable da espacio, por la falta de certeza en cuanto a la escala geogrfica y temporal de su aplicacin, a que se genere un debate en torno a su interpretacin.

Sin embargo, el desarrollo sustentable se ha convertido en el referente obligado al que se ha sumado la mayora de las naciones y sus gobiernos; pues el discurso se legitim, oficializ y difundi ampliamente a partir de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, llevada a cabo en Ro de Janeiro en 1992, conocida como "Cumbre de la Tierra".

La Agenda 21 es un marco de referencia para normar el proceso de desarrollo, acorde con los principios de la sustentabilidad. Fue el resultado ms importante de la Cumbre de Ro.

De esta forma, desarrollo sustentable ha pasado a ser una expresin que no debe faltar en

los discursos polticos o acadmicos, a sabiendas de que quienes la enuncian por lo regular ignoran cul es su significado y nunca harn ningn esfuerzo por convertir esas palabras en realidad tangible.2.2 Qu es el crecimiento econmico?

El trmino crecimiento econmico se define tradicionalmente como: el aumento continuo de la produccin agregada, con el paso del tiempo, el cual se mide a travs del Producto Interno Bruto (PIB) que calcula el valor a los precios del mercado de la produccin total para uso final de bienes y servicios realizada por trabajadores y propietarios localizados en un pas (Colander, 1998); este enfoque, asoci al nivel de bienestar de un pas y fue utilizado durante muchos aos. Se pensaba entonces, que mediante el incremento de la produccin se generaba una mejora econmica en la poblacin. Pero, no pasara mucho tiempo para que la aplicacin de este concepto empezara, a ser duramente cuestionado. Entonces, se propone medir el bienestar a travs de un nuevo enfoque: el desarrollo, termino al cual se le han dado mltiples usos y por ello, es difcil encontrar un consenso en el mismo, ya que muchas veces se parte de un concepto teniendo en cuenta la finalidad de la utilizacin del mismo o el mbito en el cual se est trabajando. Un concepto de desarrollo ampliamente difundido indica que:

El desarrollo es una condicin social, en la cual las necesidades autnticas de su poblacin se satisfacen con el uso racional y sostenible de recursos y sistemas naturales. La utilizacin de los recursos estara basada en una tecnologa que respeta los aspectos culturales y los derechos humanos.

Todos los grupos sociales tendran acceso a las organizaciones y a servicios bsicos como educacin, vivienda, salud, nutricin y que sus culturas y tradiciones sean respetada (Ros, 2004:485).

En trminos econmicos, implica que para la poblacin hay oportunidades de empleo y satisfaccin al menos de las necesidades bsicas. Esto indica cierta distribucin de la riqueza para lograr el acceso de toda la poblacin a los servicios bsicos; una vez satisfecha esta condicin, pueden existir numerosas distribuciones de la riqueza para dirimir otras necesidades sociales. Asimismo, vemos que los conceptos de desarrollo suelen incluir cierta ideologa correspondiente al paradigma o marco de pensamiento en el que se encuentra ubicado el autor. Por ejemplo, un concepto de desarrollo ligado a la sociedad moderna y al sistema de produccin capitalista, contiene la intencin de maximizacin del beneficio y del estmulo para lograr avances tecnolgicos. Esto se vio reflejado en el nfasis que se le dio a la acumulacin de capital en los conceptos de desarrollo empleados de 1950 a 1960. Luego, con la Conferencia de la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU) sobre el Ambiente Humano celebrada en Estocolmo en junio de 1972, se proclama que el ambiente -el hbitat mundial del hombre- es una cuestin de inters constante para los pases del mundo y se cre el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), para afrontar esta dimensin recin descubierta del desarrollo y de los asuntos internacionales. En la serie de conferencias de la ONU, se lleg a un consenso en el que los pases subdesarrollados entendieron que, lejos de ser un problema exclusivo del mundo industrializado, la degradacin ambiental y el abuso de la naturaleza constituyen en gran medida su propio problema. De igual forma, los pases industrializados abandonaron su posicin inicial claramente tecnocrtica y utilitarista hacia el ambiente; terminaron admitiendo que los patrones del uso y la mala distribucin de los recursos constituyen un aspecto importante de la problemtica ambiental. En este contexto, nace el trmino de desarrollo sustentable, mismo que comenz a tomar forma a fines de los sesenta cuando el Club Roma convoc, en 1968, a distintas personalidades entre economistas, hombres de ciencia, educadores, industriales y polticos con el propsito de discutir los problemas globales que amenazaban a la especie humana, as como la necesidad de encontrar soluciones a ese conflicto.

Tres aos despus, en 1971 se renen en Founex, Suiza, un grupo de expertos en desarrollo y medio ambiente, quienes redactan un documento marco que servira de base para la conferencia de las Naciones Unidas que se celebr en Estocolmo en 1972. El tema debatido fue la pobreza y alrededor de ste se discutieron seis ejes: vivienda, agua, salud, higiene, nutricin y catstrofes naturales. Ese mismo ao, se publica el libro: Los Limites del crecimiento, en el que se explican tres grandes tendencias: la industrializacin acelerada, el rpido crecimiento de la poblacin y el deterioro del medio ambiente. Las dos obras mencionadas anteriormente fueron el sustento de la declaracin de Estocolmo, la cual tiene siete proclamas y 14 principios (Daz y Escrcega,

2009). Dos aos ms tarde en 1975, se public el segundo informe del Club de Roma, bajo el ttulo de La humanidad en la encrucijada, donde se habla del surgimiento de un sistema global en el cual todas las naciones dependen de todas (Mesarovic y Pestel, 1974). La UNESCO, en 1968, organiz la Conferencia Intergubernamental para el Uso Racional y la Conservacin de la Biosfera, durante la cual tuvo lugar una discusin temprana del concepto de desarrollo ecolgicamente sustentable. Esta reunin tuvo como resultado la puesta en marcha del Programa sobre el hombre y la Bisfera (MAB) de la UNESCO.

En 1983 la ONU estableci la Comisin Mundial Sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CMMAD), a travs de la cual se form el grupo de trabajo, conocido como Comisin Brundtland, cuyas tareas culminaron en 1987, con la publicacin del documento llamado Nuestro Futuro Comn o Informe Brundtland, donde se advierte que la humanidad debe cambiar tanto sus modos de vivir y como de interaccin comercial, si no desea el advenimiento de una era con niveles de sufrimiento humano y degradacin ecolgica inaceptables. Asimismo, indica que est en manos de la sociedad hacer que el desarrollo sea sostenible, es decir, asegurar que satisfaga las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer las propias (Comisin Brundtland-cb, 1987). El reporte sugiere que el desarrollo econmico y social debe descansar en la sustentabilidad e identifica los siguientes puntos como conceptos claves en las polticas de desarrollo sustentable: a) La satisfaccin de las necesidades bsicas de la humanidad: alimentacin, vestido, vivienda y salud; b) La necesaria limitacin del desarrollo impuesta por el estado actual de la organizacin tecnolgica y social; y c) Su impacto sobre los recursos naturales, por la capacidad de la bisfera para absorber dicho impacto (Bell y Morse, 2003). Desde la dcada de los noventas hasta la actualidad, este paradigma relacionado con la preocupacin por el medio ambiente y la sostenibilidad se ha convertido en una serie de objetivos y condiciones para alcanzar un verdadero desarrollo. Por ello, muchos gobiernos intentan establecer mediciones para determinar si las pautas de crecimiento y desarrollo son congruentes con el cuidado ambiental y el bienestar social. Esto, se ha vuelto una prioridad en la escala mundial y se ha prestado especial inters a los lugares que cuentan con una alta riqueza natural, en donde se realizan actividades que involucran una constante interaccin entre el hombre y la naturaleza; en entidades que han desarrollado una enorme dependencia de actividades, como la turstica; o bien, en zonas que por su naturaleza resultan vulnerables en trminos sociombientales.El anlisis del crecimiento econmico ha sido objeto de atencin por parte de los economistas y de los decisores polticos, especialmente en las ltimas dcadas.

Como afirma Bell (1976, pgina 237) el crecimiento econmico se ha convertido en la religin secular de las sociedades industriales para avanzar. Ello se debe esencialmente al hecho de que el crecimiento econmico supone una mayor prosperidad (Layard, 1997). Por consiguiente, no es de extraar que se considere como una medida del bienestar de un pas y un objetivo relevante a alcanzar, ya que implica mayor empleo y ms bienes y servicios para satisfacer las necesidades.

Desde esta perspectiva se considera tambin el crecimiento econmico como una medida de idoneidad de la actividad que est llevando a cabo el Gobierno. Se supone que un mayor crecimiento econmico nos indica que se est utilizando una poltica econmica adecuada, por lo que a aquellos pases que muestran niveles reducidos de crecimiento se les aconseja modificar su poltica y seguir las medidas diseadas por los que presentan niveles ms elevados. Sin embargo, esta visin ha sido objeto de crticas que se fundamentan en aspectos relacionados con los problemas de distribucin de la renta, costes medioambientales, efectos sociales, etctera, as como en la necesidad de utilizar los recursos de la forma ms adecuada posible para conseguir una prosperidad ms sostenible para los individuos (McMahon y Squire, 2003).

Kutznets (1966) ofreci una definicin simple de crecimiento econmico sealando que es un incremento sostenido del producto per cpita o por trabajado. As pues, desde este planteamiento, sera un aumento del valor de los bienes y servicios producidos por una economa durante un perodo de tiempo.

Por lo que se refiere a su medicin, por regla general se suele utilizar la tasa de crecimiento del producto interior bruto y se suele calcular en trminos reales para eliminar los efectos de la inflacin. Asimismo, en funcin de las estadsticas disponibles tambin se suelen emplear otros indicadores, como por ejemplo, el PIB por trabajador, la productividad, etctera. Ahora bien, estos indicadores han sido objeto de crticas, que se pueden concretar en el hecho de no considerar algunos aspectos tales como la desigualdad econmica, algunas externalidades, los costes del crecimiento, las rentas no monetarias, los cambios en la poblacin o la economa informal, que suele ser muy relevante en los pases menos desarrollados.

Es por esto que se han ido introduciendo diferentes indicadores destinados a medir el desarrollo humano (Gadrey y Jany-Catrice, 2006), que se pueden clasificar en cuatro grupos: los referentes al desarrollo humano y progreso social, como el ndice de Desarrollo Humano (IDH) o el Index of Social Health (ISH); los que formulan un PIB ampliado, como el Measure of EconomicWelfare de Nordhaus y Tobin; los que incluyen aspectos medioambientales como el Index of Sustainable Economic Welfare (ISEW), el Genuine Progress Indicator (GPI), o Sustainable National Income (SNI); y el ndice de bienestar econmico, elaborado por Osberg y Sharpe (2000), que incluye cuatro elementos: los flujos del consumo per cpita, la distribucin de la renta, la pobreza y la acumulacin neta de recursos productivos.3. Conclusin

La banca llega nuevamente a tener una gran participacin en la actividad econmica, sin embargo, no se ha tenido un control sobre liberar las actividades bancarias, adems de que se ha confiado en manos con poca experiencia en el rubro. Unido a esto, tanto los administradores designados por el gobierno como los que se incorporaron con la privatizacin se han dejado llevar por un escenario econmico optimista e intentaron hacer del negocio bancario un proyecto de corto plazo. Se puede afirmar que los errores incurridos por la banca, operativos, de regulacin, administracin y control, etc., fueron elementos notables que se tomaron en cuenta despus de estallada la crisis de diciembre de 1994, toda vez que las autoridades fueron instrumentando medidas para neutralizar o eliminar los vicios empleados en la banca

El escenario hizo que la inversin extranjera, en particular la de cartera, disminuyera e incluso se contrajo, que vinculado al alto nivel de financiamiento de la balanza de pagos, ocasion la devaluacin del tipo de cambio, con la consecuente escalada inflacionaria (...) El financiamiento de los sectores decreci en un 25%, contrayndose la inversin. As la combinacin de estancamiento econmico, repunte inflacionario y altas tasas de inters se tradujo en dificultades para los deudores de la banca.Despus del error de diciembre de 1994, la banca se enfrent a un entorno desfavorable que ech abajo sus estrategias de desarrollo instrumentadas en los aos posteriores a su privatizacin. Desde el comienzo de la crisis, el gobierno apoy a las instituciones y al sistema financiero en su conjunto e introdujo un esquema legal ms enfocado a fortalecer la regulacin aplicable a la supervisin y vigilancia de los bancos.

Con el presente trabajo, se alcanz el objetivo principal, que fue el dar a conocer la estructura gubernamental del gobierno del Lic. Adolfo Lpez Mateos y del Lic. Carlos Salinas de Gortari.

Bibliografa a) http://biblio.juridicas.unam.mx, Consultado el 01/02/15.

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Ibid. Pg 142

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